4. trabajo control político
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Derecho constitucional II
CONTROL POLITICO
CUESTIONARIO
1) ¿Control y fiscalización son lo mismo?
Si bien para algunos, control y fiscalización son conceptos sinónimos, en cuanto
implican una actividad material de verificación sin consecuencias inmediatas y
directas, aspecto este último que es ajeno al control mismo. La diferencia entre
ambos radica en las consecuencias que traen aparejadas una y otro, siendo
consubstancial al segundo (elemento que lo distingue de la primera) la existencia de
una sanción que haga efectiva la superioridad directiva del órgano controlador sobre
el controlado.
Por tanto, desde esta perspectiva la fiscalización podría ser comprensiva de un
carácter genérico y amplio que incluye el control, pero este último tiene un carácter
restrictivo que incluye sólo a aquellos instrumentos que llevan aparejada la
exigencia inmediata y directa de responsabilidades políticas, como sanción
indispensable asociada a la fiscalización.
Sin embargo, y a pesar de lo antes expuestos, se tiende a hacer sinónimos tanto
control como fiscalización a pesar de que ambos son conceptos distintos, pues la
fiscalización tiene un carácter comprensivo que incluye al control.
Integrantes:Cristian LagüesMarcela Flores
Profesoras:Katherine Becerra Carolina Salas
Fecha de entrega:27 de octubre de 2015
2) ¿Qué es fiscalizar? Y ¿Por qué utilizamos este concepto cuando nos referimos al
control político?
Cuando hablamos de Fiscalizar, nos referimos a aquella actividad de relativo control
de la actividad política desplegada por los agentes del Gobierno.
Utilizamos este concepto, cuando nos referimos al control político puesto que esta
es el principal instrumento de control de la actividad política desarrollada por el
Gobierno; un claro ejemplo de esto es lo que acontece con la Cámara de Diputados,
la cual tiene como una de sus atribuciones constitucionales exclusivas, la de
fiscalizar los actos del Gobierno, tal como lo consagra el Art. 52 N°1 de la
Constitución Política de la República.
3) ¿Qué características tiene el control político?
Las principales características del control político son:
a) Es una actividad que tiene por objetivo conocer y emitir un juicio valorativo.
b) Tiene múltiples mecanismos de comprobación para la obtención de información.
c) Es susceptible de producir efectos jurídicos posteriores.
d) Tiene solo efectos valorativos inmediatos, pero sin efectos materiales.
e) Existe una actividad de control – inspección y de control – autorización.
f) Pretende ejercer una influencia de tipo política en el comportamiento del sujeto
controlado.
g) Es una actividad de confrontación de la decisión gubernamental con la opinión
parlamentaria.
4) Busque y señale ejemplos de control político al interior de la administración del
Estado
Un claro ejemplo es el control político en el poder ejecutivo, pues, Los órganos de
la Administración del Estado tienen como propósito fundamental servir con
objetividad a los intereses generales, poniendo en práctica las políticas, planes,
programas y acciones de alcance nacional, regional y local.
Control que se extiende solo a los actos emanados del o de los sujetos que ostentes
la calidad jurídica de Gobierno, los cuales se señalan taxativamente en el art. 52 N°
1 CPR, entendiéndose para tal efecto al Presidente de la República y sus
colaboradores directos e inmediatos, a los Consejos Regionales y Concejos
Municipales.
5) Busque y señale ejemplos de control político – autorización
a) Participación del Senado en el nombramiento de ciertas autoridades del Estado:
Ministros de la Corte Suprema y Fiscal Nacional
b) Participación del Senado en la evaluación de las políticas implementadas por ciertos
órganos del Estado
c) Control periódico de las actividades que desarrolla habitualmente el Bco. Central
d) Potestades de aprobación de proyectos de ley de iniciativa exclusiva del Presidente
de la República
e) Aprobación de habilitación legislativa al Presidente para dictar decretos con rango
legal
f) Aprobación de la Ley Anual de Presupuestos de la Nación
6) ¿Cuáles son los antecedentes históricos del art 52 nº 1 de la Constitución?
A) La reforma constitucional de 1874 al entonces artículo 58 de la Constitución
de 1833. En efecto, hasta ese momento la carta vigente no establecía un rol
fiscalizador de las cámaras parlamentarias, remitiéndose a enunciar algunas
potestades del Congreso Nacional, de la Cámara de Diputados y de la Cámara
de Senadores. Esta reforma vino a incorporar en forma expresa al texto
constitucional del 1983 como función de la comisión parlamentaria en
representación del Congreso, la de "ejercer la supervigilancia que a éste
pertenece, sobre todos los ramos de la administración pública" y en especial
velar por la observancia de la Constitución y las leyes y representar al
Presidente de la República los abusos o atentados cometidos por las autoridades
que de él dependan (nuevo Art. 58).
B) Reforma total de la Constitución de 1833, que dio lugar a una nueva Carta
Fundamental en 1925, la cual incorporo expresamente la fiscalización
parlamentaria, como un atribución exclusiva de la Cámara de Diputados. El art.
39 Nº2 del nuevo texto dispuso que a esta cámara correspondía "fiscalizar los
actos del Gobierno”, en términos más o menos similares a los actuales, pero con
el poco andar de esta la Nueva Constitución se deje entrever las características
restrictivas que tenía esta, poniendo en evidencia su ineficacia como mecanismo
de control del Ejecutivo y de contrapeso al poder político de éste.
C) Por último, encontramos la Carta de 1980, la cual recogió en términos más o
menos similares a la Constitución de 1925 la fiscalización parlamentaria,
incorporando expresamente un plazo máximo dentro del cual debía el ministro
dar respuesta a las observaciones o acuerdo de la Cámara (30 días), dispuso que
dicha obligación recaía sobre el Ministro de Estado correspondiente,
excluyéndose al Presidente de la República de esta obligación y por último,
constitucionalizó parcialmente el Art. 173 del antiguo Reglamento de la Cámara
de Diputados de la Constitución de 1925, en cuanto estableció un procedimiento
regular para que los diputados soliciten antecedentes al Gobierno.
De este modo, en nuestro actual sistema constitucional, al igual que en la Carta
del ‘25, la Cámara de Diputados tiene como una de sus atribuciones
constitucionales exclusivas, la de "fiscalizar los actos del Gobierno" (Art. 52
N°1 CPR)
7) ¿A qué se refiere la expresión “actos del Gobierno” que utiliza el artículo 52 nº 1?
La Cámara de Diputados tiene como una de sus atribuciones constitucionales
exclusivas, la de "fiscalizar los actos del Gobierno" (Art. 52 N°1 CPR). Esto implica
que a esta cámara política le está encomendado, en el sistema constitucional
chileno, realizar un examen o control de mérito de la actividad del Gobierno,
juzgando su labor en la dirección de los asuntos del Estado. En este sentido, esta
cámara no desarrolla una mera fiscalización jurídica del Gobierno, aspecto que
también podría cubrir, sino una evaluación política del ejercicio de su autoridad, es
decir y en palabras de la propia Comisión de Estudios de la Nueva Constitución
"vigila la conducta de personas o autoridades para que su comportamiento se
conforme a ciertas pautas".
8) ¿Cuáles son las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados?
Las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados, luego de la reforma de
2005 al Texto Constitucional, son las siguientes:
A) Constitucionalización de las Comisiones investigadoras
B) Regulación de las citación e interpelación a Ministros
C) Obligación de respuesta del P. de la R. a los acuerdos u observaciones hechas
por la Cámara
D) Se refuerza la multiplicidad de mecanismos de comprobación y obtención de
información
E) Se favorece a las minorías parlamentarias
9) Caso:
María Acuña es Ministra del SERNAM y en ejecución del programa de Gobierno,
prometió con firmeza revisar todos los actos de los funcionarios públicos de su
cartera que pudieran afectar al erario público. En esa labor, decreta sumarios
administrativos en contra de 25 funcionarios que presuntamente estarían desviando
dineros fiscales a fines personales.
En atención a lo anterior, decide girar un cheque a su nombre, a fin de destinar esos
dineros al pago de honorarios de todas aquellas mujeres que se vieron beneficiadas
del programa de empleo que auspicio el SERNAM durante el año 2011, evitando así
que los funcionarios cuestionados siguieran haciendo de las suyas y desviando los
dineros del Fisco.
Como asesor jurídico de la Cámara de Diputados, un grupo de parlamentarios (18)
le pide Ud. que elabore un informe en Derecho que analice la situación antes
presentada, ya que ellos estiman que habría alguna falta ética. Indique claramente
cuáles son las alternativas que tiene este grupo de parlamentarios, fundamentando
cada una de ellas.