3. mikel berraondo - nuevos espacios internacionales para los pueblos indigenas
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NUEVOS ESPACIOS EN ÁMBITOS INTERNACIONALES PARA
LOS PUEBLOS INDIGENAS.
1.-) Pueblos Indígenas en su relación con el mundo.
Cuando desde el discurso occidental se habla de los pueblos indígenas existe la
costumbre de generalizar y homogeneizar toda una diversidad de pueblos y culturas
tremendamente amplia. Es una actitud que consciente o inconscientemente tiende a
suavizar la magnitud de la diversidad cultural indígena frente a la homogenizada cultura
occidental y a reducir su impacto a través de dicha generalización. Rápidamente
pretendemos otorgarles unas características comunes con las que poder convencerles y
convencernos de su similitud a pesar incluso de que estén repartidos por todo el mundo.
Pero detrás de esta costumbre tan occidental, al amparo de los pueblos indígenas existe
un mundo tremendamente diverso, con infinidad de pueblos y culturas, étnicamente
diferentes, que se resiste precisamente a ser homogeneizado y exige un tratamiento
basado en la dignidad, la equidad y la igualdad, pero respetando la diversidad. Son más
de 300 millones de personas los que conforman pueblos indígenas que habitan en más
de 70 países diferentes, repartidos por todo el mundo y conforman uno de los grupos
sociales más desfavorecidos y desvalidos por la historia y el presente 1 . Con la
homogenización occidental de los pueblos indígenas parece que basta hablar de
generalidades cuando se aborda la situación de los pueblos indígenas y que no hace falta
analizar o profundizar en las peculiaridades de cada pueblo y en las necesidades
concretas que cada pueblo presentan en su hábitat tradicional, en función de las
problemáticas que tenga y los conflictos que existan con los pueblos no indígenas. Con
esta dinámica se ha pretendido ocultar la magnitud de una problemática existente con
los pueblos indígenas desde hace siglos, que siempre ha sido ignorada, y que en
determinados casos, como pueden ser el caso de los pueblos indígenas no contactados la
magnitud, y la indiferencia, ha sido y es todavía mayor.
Sin ánimo de pretender ser demasiado occidental el los planteamientos, si es
cierto que se pueden enumerar una serie de características comunes a todos los pueblos
1 Naciones Unidas, Folleto nº 1, Los Pueblos Indígenas y el sistema de Naciones Unidas. Descripción general. http://www.onu.org/temas/indigenas/1.pdf. P. 4
indígenas que se desprenden de la forma en que se han relacionado con el resto del
mundo, y que precisamente son las que han posibilitado que conformen un movimiento
internacional, fuerte y cohesionado, que lleva más de 30 años luchando en todos los
ámbitos para lograr el respeto que sus culturas merecen. Entre estos rasgos comunes
característicos de los pueblos indígenas podemos citar la discriminación, la violación de
derechos humanos, la pobreza y el deseo de mantener sus culturas y formas de vida
tradicionales en contraposición a la aculturación que ofrece el capitalismo.
La Discriminación ha sido una constante en la relación de los pueblos indígenas
con los pueblos no indígenas. Discriminación que en sus primeros momentos llego a ser
expresada en su forma más cruel de exclusión total de la vida social y política de las
sociedades occidentales llegadas a los territorios indígenas y de sometimiento a
esclavitud, debido a la consideración que les daban de seres inferiores, de los que
incluso se llego a cuestionar su condición de seres humanos2. Desgraciadamente la
discriminación sigue siendo una de las características principales que comparten todos
los pueblos indígenas a la hora de caracterizar su relación con las culturas dominantes.
La situación de la discriminación fue motivo del primer estudio que se realizó en el seno
de las Naciones Unidas sobre la situación de los pueblos indígenas. El famoso estudio
del Relator Especial José Martínez Cobo sobre la situación de la discriminación de los
pueblos indígenas fue contundente, al mostrar un panorama desolador en el que el
racismo y la discriminación eran los elementos centrales.3 En el año 2001, coincidiendo
con la celebración de la Cumbre Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial,
la Xenofobia y otras formas de Intolerancia, en la ciudad sudafricana de Durban, se
abordo la cuestión de los derechos de los pueblos indígenas desde la perspectiva del
racismo y de la discriminación racial. La Declaración y Programa de Acción se refirió
expresamente a los pueblos indígenas reafirmando sus derechos. Se reconoció que los
pueblos indígenas han sido victimas de discriminación durante siglos y que son libres e
iguales en dignidad y derechos y no deberían sufrir ningún tipo de discriminación,
particularmente por su origen e identidad indígenas. La Declaración insistió en la
necesidad de tomar constantemente medidas para luchar contra la persistencia del
racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia que 2 Para realizar un análisis más en profundidad sobre esta cuestión ver Asier Martínez de Bringas, Los Pueblos Indígenas y el discurso de los derechos, Cuadernos Deusto de Derechos Humanos nº 24, Universidad de Deusto, Bilbao, 2003. 3 José R. Martínez Cobo, Estudio sobre el Problema de la Discriminación contra las Poblaciones Indígenas, E/CN.4/Sub.2/1986/7.
les afectan, y en que para que los pueblos indígenas puedan expresar libremente su
propia identidad y ejercer sus derechos no deben ser objeto de ningún tipo de
discriminación, lo que necesariamente implica el respeto de sus derechos humanos y
libertades fundamentales.4 A pesar de tantas buenas palabras, la realidad cotidiana de la
relación entre indígenas y no indígenas es mucho más dura y la discriminación sigue
estando muy presente en todos los ámbitos de las relaciones entre ambos mundos. No
hay más que ver, por ejemplo la realidad de países como Guatemala, en donde, a pesar
de ser la mayoría de la población de origen maya, los índices de racismo y
discriminación de la minoría criolla sobre la mayoría indígena son altísimos, unos de los
más altos del mundo y recuerdan los años de Apartheid sudafricano.
La pobreza, se sitúa estrechamente ligada con la discriminación, como uno de
los posibles resultados de esa situación permanente de exclusión que han sufrido y
sufren los pueblos indígenas. Esto les lleva a encabezar las listas mundiales de los
niveles de pobreza, hasta el punto de que podamos afirmar que los pueblos indígenas
son los más pobre de entre los pobres, viviendo la mayoría de ellos bajo los umbrales de
la extrema pobreza. Se puede decir que la pobreza actúa como punta de un iceberg
mucho mayor en el que se dan problemas de malnutrición, insalubridad y enfermedades
que sitúan a los pueblos indígenas entre las poblaciones con más emergencia y de
mayor vulnerabilidad. En 1953 la OIT realizó un estudio sobre las condiciones de vida y
trabajo de los pueblos autóctonos de los países independientes, en el que una de las
conclusiones que adoptó decía que en general, el nivel de vida de las poblaciones
aborígenes en los países independientes es extremadamente bajo y en la gran mayoría
de los casos es considerablemente inferior al de las capas menesterosas de la población
no aborigen5 . Treinta años después el Relator Especial Martínez Cobo en su estudio
sobre el problema de la discriminación contra las poblaciones indígenas observó que en
muchos países se encuentran en lo más bajo de la escala socioeconómica6. Como afirma
el Relator Especial sobre los Derechos Humanos y las Libertades Fudamentales de los
Pueblos Indígenas, los indígenas se encuentran muy a menudo entre los estratos más
pobres de la sociedad y se estima que su nivel de vida es al promedio en muchos
aspectos. Algunos estudios han mostrado altos niveles de mortalidad infantil, niveles 4 Rodolfo Stavenhager, Derechos Humanos y Cuestiones Indígenas, E/CN.4/2002/97, de 4 de febrero de 2002. P 10 5 OIT, Poblaciones Indígenas. Condiciones de vida y de trabajo de los pueblos autóctonos de los países independientes, Ginebra, OIT, 1953. P. 93 6 Nota superior nº 3, E/CN.4/Sub.2/1986/7/Add. 1 a 4.
nutricionales inferiores al promedio, falta de servicios públicos, dificultades para
acceder a las instituciones de bienestar social, prestación de servicios de una calidad
inferior al promedio por parte de esas instituciones, condiciones de vivienda y
alojamiento inadecuadas y, generalmente, un nivel bajo de los indicadores asociados
con la idea del desarrollo humano.7
La violación de los derechos humanos más fundamentales es otra de las
constantes que acompañan a los pueblos indígenas desde siempre, ya que desde los
inicios de las colonización el instrumento corriente para enfrentarse a ellos era el de la
violencia y el exterminio. La historia de los pueblos indígenas en los últimos siglos se
ha convertido en un sinfín de historias de asesinatos, masacres, genocidios, torturas y
desalojos forzosos, que todavía hoy se siguen produciendo en aparentes climas de
impunidad y colaboración gubernamental. La lista de derechos humanos vulnerados
constantemente que han acompañado siempre a la instalación de multinacionales en
territorios indígenas y a los graduales procesos de colonización de sus territorios resulta
increíble de creer en un mundo aparentemente convencido de la necesidad de otorgar a
los derechos humanos un papel fundamental en el día a día. Derechos humanos tan
básicos como el derecho a la vida, a no sufrir torturas, malos tratos o coacciones, a no
ser discriminados, a la propiedad, a la salud, a unas condiciones de vida dignas, o a vivir
en un medio ambiente sano, son algunos de los que los pueblos indígenas no pueden
afirmar su pleno disfrute en prácticamente ninguna parte del planeta. Se puede afirmar
que existe un cuadro recurrente de presuntas violaciones de los derechos humanos de
los indígenas en todas partes, entre cuyos elementos destacan la expropiación de tierras,
la reubicación, la discriminación, la violencia particular y colectiva contra los pueblos
indígenas y la falta de servicios sociales. Entre las situaciones que se denuncia destacan
la explotación minera y forestal que afecta al sustento de los indígenas, la inundación de
territorios ancestrales indígenas a causa de proyectos con múltiples finalidades, la
destrucción medioambiental a causa de la construcción de oleoductos y la violencia
contra dirigentes indígenas que luchan por los derechos de sus comunidades.8
Desgraciadamente estas afirmaciones tan graves no son meras palabras, sino que
a lo largo de todo el siglo pasado podemos encontrar ejemplos catastróficos de la
fatalidad que ha rodeado siempre a la relación entre los pueblos indígenas y el resto del
7 Nota 4. Informe Stavenhager 2002. Para. 80 , P. 27 8 Informe de Stavenhaguer, 2002, pará 109. Ver también Lotte Hughes Pueblos Indígenas, Intermon Oxfam, 2004, Barcelona.
mundo, manifestándose siempre en violaciones concretas de los derechos humanos.
Ejemplos con los que probar tales afirmaciones existen muchos, y diariamente se
producen más. La famosa masacre del paralelo 11 de un grupo de “cintas largas” en
1963, cuando fueron diezmados por construir sus casas en las orillas del rió Arupuana,
en la misma zona donde se pensaba construir una carretera y una factoría minera9; la
exterminación de los “ Nhambiquaras” a través de su realojo en una región árida,
carente de recursos naturales, en donde fueron muriendo de hambre y enfermedades,
mientras sus territorios originales eran debidamente explotados 10 ; los sucesivos
desalojos de los indios “Yanomami”, los asesinatos masivos que han sufrido de colonos
y garimpeiros que no han respetado sus derechos territoriales, como el de 1993 cuando
16 indios fueron asesinados en sus comunidades por garimpeiros que querían trabajar en
sus territorios11 o las enfermedades y epidemias introducidas por los colonos en sus
territorios que constantemente ha diezmado a su población, como la epidemia de los
años 1987 a 1991, en la que murieron alrededor de 1.500 de una población de menos de
10.000 personas 12 ; el asesinato de 60 indios “Ashaninka” en comunidades de
Mazamari, en Perú, en una sola noche por Sendero Luminoso13.
Por último, la última de las características que hemos mencionado comunes a los
pueblos indígenas, lidera los procesos de lucha y enfrentamiento de estos pueblos con el
mundo. Y esta no es otra que la de intentar mantener sus formas de vida y sus culturas
en medio del avance imparable de la hegemonía cultural impuesta por el capitalismo y
de, esa manera, ser ellos quienes tengan el control sobre su desarrollo y sobre sus vidas.
En este sentido llevan décadas luchando en los diferentes ámbitos nacionales e
internacionales por alcanzar un grado de reconocimiento y respeto hacia su dignidad
como pueblos diferentes y hacia lo que ellos consideran sus derechos fundamentales,
que a pesar de coincidir básicamente con los derechos humanos, introducen una serie de
elementos diversos respecto a estos, con la finalidad de que sean efectivos en la
9 Carmen Junqueira y Betty Mindlin “ The Aripuana park and the Polonoroeste Programme”, IWGIA, document. Nº 59, Copenague 1987. P. 17 10 Lonardo Boff, Ecología: Grito de la tierra. Grito de los pobres, ed. Trotta, Madrid, 1996. P. 129. 11 11 Miguel Berraondo López, Los derechos medioambientales de los pueblos indígenas. La situación en la región amazónica. Ed. Abya-Yala, Quito 2000. P. 29 12 Alexander Ewen, La Voz de los Pueblos Indígenas. Los indígenas toma la palabra en las Naciones Unidas, Clear Light Publishers, 1995, Nueva York. P.97 13 Soren Hvalkof, “ The Ashaninka Disaster and Struggle. The forgotten war in the Peruvian Amazon”, Indigenous Affairs, IWGIA, Copenague, 1994. P 20-32.
protección real de sus culturas. La irrupción de los pueblos indígenas en la comunidad
internacional no ha estado exenta de polémica, puesto que muchas de sus
reivindicaciones no son bien vistas por los estados, y esto ha motivado que todavía
existan muchos Estados en donde se niega que existan pueblos indígenas en sus
territorios, como por ejemplo China o India, que insisten en negar la diversidad étnica
de sus poblaciones. A esta negación ha podido contribuir el hecho de que no exista una
definición oficial sobre los pueblos indígenas en el ámbito jurídico internacional,
aunque principalmente ha contribuido el deseo de los estados de no reconocer derechos
especiales para diferentes grupos sociales.
En cualquier caso, e intentando resolver la duda sobre quien es y quien no es
indígena, a lo largo de la historia se han producido diversos intentos en ámbitos
supranacionales por alcanzar consenso alrededor de una definición o por establecer unos
criterios mínimos que les separen del resto de grupos sociales. De entre los diversos
intentos que se han producido destacan los del relator especial de Naciones Unidas José
Martínez Cobo14 y la del Convenio nº 169 de la OIT15 y las características que establece
la Relatora Especial Dª Erica Irene Daes, en su informe al grupo de trabajo de Naciones
Unidas sobre poblaciones indígenas sobre el asunto de la definición del concepto
pueblos indígenas. Según la Relatora Especial existen cuatro factores, relevantes para
entender el concepto de pueblo indígena: Prioridad en el tiempo, con respecto a la
ocupación y uso de los territorios específicos; La perpetuación voluntaria de las
distinciones culturales, que hacen incluso de aspectos del lenguaje, de las
organizaciones sociales y de los modos religiosos y espirituales modos de producción
de leyes e instituciones; Auto identificación, así como también el reconocimiento de
14 “Las comunidades, pueblos y naciones indígenas son aquellas que teniendo una continuidad histórica con las sociedades pre-invasiones y pre-coloniales que se desarrollaron en sus territorios, se consideran a si mismos distintos de otros sectores de la sociedad que ahora prevalece en esos territorios o en parte de ellos. Forman en el presente actores no dominantes de la sociedad y están determinados a preservar, desarrollar y transmitir a las generaciones futuras sus territorios ancestrales y su identidad étnica, como los fundamentos básicos de la continuidad de sus existencia como pueblos de acuerdo a sus propias culturas y a sus instituciones sociales y a sus sistemas legales”. UN. Doc E/CN.4/Sub.2/1983/21/add.8 parágrafos 379. También E/CN.4/Sub.2/1986/7/add4. Vol. V parágrafos 362-382 15 “Pueblos en territorio de países independientes que son contemplados como indígenas por descender directamente de las poblaciones que habitaban el país o la región geográfica a la que pertenece el país en el tiempo de la conquista o colonización o creación de las actuales fronteras y que independientemente del régimen legal, retienen algunas o todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales o políticas”
otros grupos o autoridades estatales de la distinción del colectivo; Una experiencia de
subyugación, exclusión, desposesión o discriminación, persista o no en el presente.16
2.-) El movimiento indígena como respuesta a la opresión y la discriminación
tradicional.
A raíz de estos rasgos distintivos de los pueblos indígenas y tras asumir que
ningún estado iba a actuar de buena fe y de manera voluntaria para devolver a los
pueblos indígenas su dignidad robada durante siglos y para restituirles con todo lo
expoliado durante siglos, los pueblos indígenas se han organizado alrededor de un fuerte
movimiento internacional. El movimiento indígena puede considerarse como el
resultado de la organización de los diversos pueblos indígenas del mundo en pos de un
reconocimiento nacional e internacional y de unas garantías mínimas de respeto hacia
sus culturas y formas de vida. Pretende proteger y garantizar unas mínimas medidas de
desarrollo que aseguren la supervivencia de unos pueblos y unas culturas diferenciadas,
que constituyen uno de los grupos sociales más vulnerados y vulnerables del planeta17.
El movimiento indígena puede caracterizarse como un movimiento globalizado,
al ser un movimiento internacional en donde se incluyen organizaciones indígenas de
todas partes del mundo y globalizador, al ser un movimiento que apuesta por su
internacionalización, consciente de la capacidad de presión política que ese elemento
globalizador les otorga, buscando aunar en un solo planteamiento o demanda las voces
de todos los pueblos indígenas del mundo, independientemente del origen, religión,
situación social o política que les toque vivir.
Por otro lado, podemos considerar al movimiento indígena como un movimiento
solidario, puesto que apuesta por el trabajo en red entre unas organizaciones y otras,
personalizando y asumiendo de manera solidaria los problemas y demandas de
organizaciones determinadas, poniendo en práctica el celebre refrán de “la unión hace la
16 Erica Irene Daes, Informe sobre el concepto de Pueblos indígenas, E/CN.4/sub.2/AC.4/1996/2. UN Ginebra 17 Ver Mikel Berraondo López, “Definición y Origen del movimiento indígena” en Enciclopedia de Paz y Conflictos, Mario López Martínez (Dir.), Instituto de la Paz y los Conflictos, Universidad de Granada, Granada, 2004. Pp. 732- 736.
fuerza”, trabajando paralelamente el doble ámbito local e internacional y persiguiendo
los mismos fines para el conjunto de organizaciones que componen el movimiento.
Y por último, podemos considerarlo como un movimiento trasformador, puesto
que la finalidad que persigue es la de trasformar la realidad social, política y económica
nacional e internacional para así tener cabida como pueblos diferentes a los que se les
respete y proteja sus formas de vida y culturas. La trasformación que persiguen se puede
resumir en las demandas principales que vienen manteniendo desde el comienzo de su
trabajo. Las principales vienen a ser: Respeto a su dignidad como pueblos y culturas
diferentes, que lleva aparejado el reconocimiento de su identidad, tanto individual como
colectiva y de todos aquellos derechos dirigidos al desarrollo de la identidad;
Reconocimiento de títulos de propiedad y del control efectivo sobre sus Tierras y
Territorios, reconociendo la dualidad ambiental existente para los pueblos indígenas
entre las tierras y los territorios y respetando el libre ejercicio del control sobre todas sus
tierras y territorios para hacer posible el desarrollo de sus culturas, sus costumbres y
creencias religiosas y permitir la aplicación de sus modelos económicos de desarrollo
sostenible; Reconocimiento y aplicación de su derecho a la autonomía y a las formas de
autogobierno, que les permita aplicar sus sistemas de organización política, generar sus
propios sistemas normativos y ejercer el control efectivo sobre sus tierras y territorios
siguiendo las costumbres y prácticas establecidas en sus culturas; Reconocimiento y
aplicación de sus sistemas tradicionales de justicia y de sus sistemas normativos, de las
filosofías que los motivan y los valores que imperan en dichos sistemas, además de
asegurar la convivencia entre los sistemas judiciales de derecho positivo y los sistemas
de derecho indígenas; Participación política y social, tanto en el ámbito nacional como
internacional principalmente para todas aquellas decisiones que afecten directa o
indirectamente a la vida cotidiana de su pueblo18.
Dentro del movimiento indígena, la situación de las diferentes organizaciones y
en las diferentes partes del mundo es muy diversa. Se pueden establecer tres fases, a
juzgar por las diferentes situaciones que viven los pueblos indígenas en el mundo. Una
primera fase inicial de reconocimiento y respeto de su dignidad como pueblos, en la que
desgraciadamente se encontrarían demasiados pueblos indígenas que todavía no han
podido conseguir el reconocimiento suficiente dentro de sus territorios. Principalmente
hablamos de pueblos indígenas de los continentes africano y asiático, en donde son
18 Ibid.
raras las excepciones de gobierno que reconocen y respetan teórica y prácticamente a
los pueblos indígenas. El reconocimiento y respeto de su dignidad significa no sólo
asumir la existencia de unos grupos sociales diferentes al resto dentro de un territorio
nacional, sino que significa reconocer todas las demandas indígenas y comprometerse a
trabajar en el reconocimiento e implementación de dichas demandas
Una segunda fase sería de desarrollo normativo, en la cual, una vez logrado el
respeto de los gobiernos, se desarrollan una serie de normas o cuerpo jurídico para
asegurar ese respeto y garantizar el desarrollo social, cultural y político de los pueblos
diferentes. En esta fase podríamos decir que se encuentran todos los demás pueblos no
mencionados anteriormente porque si bien es cierto que unos países han desarrollado,
más que otros, leyes sobre las cuestiones indígenas, todavía falta mucho por hacer y
regular en la mayor parte del mundo para responder efectivamente a las demandas
indígenas. Además hay que añadir en este apartado que los procesos de creación
normativa son muy variados de un país a otro, y que mientras en unos se ha tenido en
cuenta los planteamientos indígenas antes de crear las normas, en otros se ha regulado
su situación sin contar con ellos para nada, lo cual hace que a pesar de contar con un
desarrollo normativo, esas normas creadas no son eficaces y no responden para nada a
la filosofía de estos pueblos.
Por último, la tercera y última fase sería la fase de implementación de las formas
de autogobierno y de autonomía indígenas, la cual desgraciadamente no deja de ser un
sueño para la mayor parte de pueblos indígenas. Tan solo existen contados ejemplos de
autonomías que no deja de constituir una esperanza para el resto de pueblos indígenas y
un punto de referencia clave para todos los demás. La autonomía Kuna en Panamá, la
autonomía de Nunavut en Canadá o en menor medida la autonomía Saami en Finlandia,
son ejemplos de lo que se puede ir construyendo. Lógicamente, esta fase no encuentra
límites ya que siempre se puede avanzar y perfeccionar el modelo de autogobierno o de
autonomía. Lo importante es que todos los pueblos indígenas tengan sus miradas
puestas en esta fase para que tarde o temprano podamos hablar de un movimiento
indígena exclusivamente inmerso en esta tercera y última fase19.
En el ámbito internacional podríamos afirmar que nos encontramos entre las dos
primeras fases. Obviamente la fase de autonomía queda todavía muy lejos de toda una
19 Ibid.
comunidad internacional en donde solo tienen capacidad de decisión los gobiernos y
donde solo se reconocen como sujetos del Derechos Internacional los estados. A pesar
de todo, sí se han dado una serie de avances, que bien pueden ser catalogados como
grandes avances si tenemos en cuenta la dificulta que entraña la trasformación y la
creación de espacios en el ámbito internacional para todo aquel sujeto que no sea un
estado soberano. Estos avances son consecuencia directa de la política dual de actuación
que siempre ha tenido el movimiento indígena, conjugando siempre el trabajo en el
ámbito nacional con el trabajo en el ámbito internacional, lo cual ha motivado la
paradoja según la cual en la actualidad hay pueblos sin derechos ni reconocimiento en el
ámbito nacional, y con espacios de participación y reconocimiento en el ámbito
internacional. El proceso experimentado por el movimiento indígena en el ámbito
internacional además de ser sorprendente por la rapidez y efectividad de sus presiones,
constituye un autentico ejemplo de cómo la sociedad civil bien organizada puede
motivar cambios trascendentales para el devenir de las relaciones internacionales en el
futuro. El hecho de conseguir, como han conseguido la creación de un foro permanente
dentro del seno de las Naciones Unidas, al más alto nivel permitido (con dependencia
directa del ECOSOC) significa un logro importantísimo no solo para las pretensiones de
los pueblos indígenas, sino también para todo aquel que trabaja desde la sociedad civil
por provocar modificaciones del sistema internacional. Pero lógicamente el foro no ha
surgido de la noche a la mañana, sino que lleva aparejado muchas interminables
jornadas de trabajo y confrontación en ámbitos internacionales, de lobby político y de
presión.
El acceso de lideres indígenas a organizaciones internacionales data, ya de la
época de la Sociedad de las Naciones, cuando representantes del pueblo Cree solicitaron
su participación en dicha organización, mientras que la Organización Internacional del
Trabajo, organización creada al amparo de la Sociedad de Naciones, creaba un Comité
de expertos sobre los trabajadores nativos en 1926, comenzando de esa manera un
trabajo a favor de los pueblos indígenas que no ha cesado hasta nuestros días.
Más tarde, ya en la década de los 70 se organizaron las primeras conferencias
internacionales y los primeros intercambio con Naciones Unidas, que motivaron la
redacción de un extenso estudio sobre la discriminación contra los pueblos indígenas,
realizado por el relator especial D. José Martínez Cobo, que se alargó entre 1973 y
1984, y que a su vez motivo la creación en el seno de las Naciones Unidas de un grupo
de trabajo para las poblaciones indígenas en 1982. Dicho grupo tenía y tiene como
misiones principales el seguimiento de la situación y violaciones de derechos humanos
que se producen contra los pueblos indígenas, y la creación normativa dirigida a mejorar
la situación de estos pueblos. Compuesto por un grupo de 5 expertos independientes
nombrados por la Comisión de Derechos Humanos y dependiente de la Subcomisión de
Derechos Humanos, el grupo de trabajo se ha convertido con los años en el mayor foro
de participación social de Naciones Unidas, y en un punto de referencia obligado para
todas las organizaciones que trabajan por el movimiento indígena. El nivel de
participación es tan alto(más de 1200 personas en los últimos años) que da pie a un
trabajo paralelo tan importante o más que el del propio grupo de trabajo.
A pesar de sus enormes limitaciones, de sus sesiones, durante la tercera semana
del mes de julio de cada año, en las convergen lideres y representantes indígenas
llegados de todo el mundo, han partido las iniciativas más significativas, relacionadas
con los pueblos indígenas de las últimas décadas. Gracias a su impulso se declaró el año
1993 como el año internacional de los pueblos indígenas, y la década comprendida entre
el año 1994 y 2004 como la década internacional de los pueblos indígenas. Década en la
cual estamos inmersos y a la expectativa de que se acaben de cumplir los dos objetivos
principales que tenía. La aprobación en la Asamblea General de Naciones Unidas de
una declaración internacional sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas y la
creación de un foro permanente dentro del propio sistema de Naciones Unidas que
posibilite completar y perfeccionar, si cabe, el trabajo del grupo de trabajo. Hasta la
fecha se ha creado el foro permanente, con la resolución 2000/22 de 28 de julio de 2000,
marcando un hito interesante dentro de la propia organización porque sin duda supone
un apoyo muy interesante de la organización a la causa de los pueblos indígenas.
Desgraciadamente no todo es positivo y en cuanto al proyecto de declaración, las cosas
no marchan tan bien. Tras su aprobación por el grupo de trabajo en 1993 y por la
Subcomisión para la Prevención y Protección de las Minorías en 1994, se encuentra
estancada en la Comisión de Derechos Humanos, en donde a pesar incluso de que se ha
creado un grupo de trabajo ad hoc para el tema del proyecto de declaración no parece
muy probable que prospere, ya que hasta la fecha tan solo se han aprobado dos de los 45
artículos de que se compone la declaración y el enfrentamiento y constante bloqueo
entre los representantes indígenas y los representantes gubernamentales no hace
presagiar un futuro muy halagüeño a corto plazo. De hecho, la primera década concluyó
en el 2004, y el proyecto de declaración sigue siendo un proyecto y sigue estancado en
la misma comisión ad hoc con un futuro totalmente incierto.
Paralelamente, el movimiento indígena viene trabajando desde la óptica de los
movimiento sociales, buscando siempre avanzar en este largo camino que les separa del
reconocimiento, del respeto y en definitiva de la supervivencia. Sin lugar a dudas, puede
ser considerado como un ejemplo para el resto de la organizaciones y sociedad civil en
general, ya que, lo que este movimiento viene consiguiendo en las últimas décadas
resulta muy esperanzador para quienes creen en la hegemonía de los derechos humanos
dentro del marco de las relaciones internacionales y en la humanización de las
organizaciones y del derecho internacional. Quizás, el colofón a este reconocimiento
internacional, fue la concesión en 1992 a la Sra. Dª. Rigoberta Menchu Tum, líder
indígena del pueblo Maya, del premio Nóbel de la paz.