3. estrategia de desarrollo sostenible y...

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[213] 3. Estrategia de desarrollo sostenible y objetivos --------------------------------------------------------------------------------------------- La Ley 45/2007, para el desarrollo sostenible del medio rural, establece una nueva forma de enfocar el tratamiento del medio rural. Para su aplicación, el PDRS indica las bases que han de regir la estrategia de desarrollo rural sostenible. Por todo lo anterior, tanto para la definición de la estrategia de desarrollo como para el establecimiento de los objetivos generales de la zona, se han tenido en cuenta estas directrices, así como las conclusiones obtenidas en la caracterización y, sobre todo, en el diagnóstico, puesto que este último documento pone en evidencia los principales estrangulamientos y potencialidades del territorio en las diferentes áreas de intervención estudiadas. El contenido de la estrategia y objetivos se expone siguiendo el esquema que se detalla a continuación: - Aspectos claves de la estrategia - Articulación de la acción: definición de ejes estratégicos - Asignación de objetivos generales y específicos por ejes estratégicos - Situación de la zona en relación con los objetivos específicos comunes Aspectos claves de la estrategia --------------------------------------------------------------------------------------------- Multisectorialidad Para la elaboración del plan de zona se ha optado por un modelo de desarrollo multisectorial, basado en el establecimiento de directrices de desarrollo para los distinto sectores sociales. Este modelo va más allá de los ámbitos que hasta ahora se cubrían con los programas de desarrollo, como puede ser el sanitario, educativo, grandes infraestructuras, etc, El enfoque multisectorial pretende con ello cubrir las carencias y necesidades de forma integral, aprovechando las sinergias entre las diferentes actuaciones, priorizando y concentrando los esfuerzos sobre los elementos claves. No se trata de una yuxtaposición de acciones sino de aprovechar al máximo la interrelación entre las mismas para el desarrollo sostenible de la zona.

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�3. Estrategia de desarrollo sostenible y objetivos

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La Ley 45/2007, para el desarrollo sostenible del medio rural, establece una nueva forma de enfocar el tratamiento del medio rural. Para su aplicación, el PDRS indica las bases que han de regir la estrategia de desarrollo rural sostenible. Por todo lo anterior, tanto para la definición de la estrategia de desarrollo como para el establecimiento de los objetivos generales de la zona, se han tenido en cuenta estas directrices, así como las conclusiones obtenidas en la caracterización y, sobre todo, en el diagnóstico, puesto que este último documento pone en evidencia los principales estrangulamientos y potencialidades del territorio en las diferentes áreas de intervención estudiadas. El contenido de la estrategia y objetivos se expone siguiendo el esquema que se detalla a continuación:

- Aspectos claves de la estrategia

- Articulación de la acción: definición de ejes estratégicos

- Asignación de objetivos generales y específicos por ejes estratégicos

- Situación de la zona en relación con los objetivos específicos comunes

Aspectos claves de la estrategia ---------------------------------------------------------------------------------------------

Multisectorialidad Para la elaboración del plan de zona se ha optado por un modelo de desarrollo multisectorial, basado en el establecimiento de directrices de desarrollo para los distinto sectores sociales. Este modelo va más allá de los ámbitos que hasta ahora se cubrían con los programas de desarrollo, como puede ser el sanitario, educativo, grandes infraestructuras, etc, El enfoque multisectorial pretende con ello cubrir las carencias y necesidades de forma integral, aprovechando las sinergias entre las diferentes actuaciones, priorizando y concentrando los esfuerzos sobre los elementos claves. No se trata de una yuxtaposición de acciones sino de aprovechar al máximo la interrelación entre las mismas para el desarrollo sostenible de la zona.

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Cooperación y Coordinación Sobre el medio rural se ha dispuesto un modelo de intervención multinivel, que se basa en:

- Cooperación y coordinación entre las diferentes administraciones que intervienen en la financiación y ejecución del plan de zona. Participación de un amplio espectro de la población de la zona en el diseño del plan, fundamentado en la unión de los agentes económicos, sociales y públicos a través del comité territorial. Se pretende que esta cooperación, horizontal y vertical, redunde en una mayor eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos sobre el territorio, dimensionando adecuadamente los distintos sectores y ámbitos de actuación, de cara al lanzamiento de proyectos y actividades productivas nuevas.

Enfoque Sostenibilidad En la Ley 45/2007 se define el enfoque de sostenibilidad, debiéndose de llevar a la práctica en los Programas de Desarrollo Rural Sostenible y los Planes de Zona rural. Las acciones y propuestas presentadas en el presente Plan conjugan los tres pilares de la sostenibilidad: los aspectos económicos, los sociales y los ambientales. La estrategia diseñada va más allá de acciones concretas a corto plazo, ya que constituye la base de la planificación estratégica presente y futura. El reto pasa por actuar en el presente pero sin perder de vista el futuro, atacar las necesidades actuales sin poner en riesgos los recursos que dispone el territorio de cara al futuro. En definitiva, el desarrollo sostenible de la zona será posible si se mantienen los recursos naturales y es por ello por lo que se ha tenido en cuenta en todos los aspectos del plan el “enfoque de sostenibilidad”.

Enfoque de Complementariedad El presente plan, se ha elaborado teniendo en cuenta otros programas, proyectos e instrumentos que se aplican en el territorio. Se ha buscando la complementariedad y la optimización de los recursos, evitando el solapamiento entre unos y otros y siguiendo el principio de coordinación y cooperación. Como decimos, el Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural no parte de cero, sino que se elabora en un momento en que ya existen un gran número de fondos (FEADER, FEDER, FSE, Fondo de Cohesión), planes, programas o líneas de acción de la Unión Europea y de las diferentes Administraciones españolas con impacto de diversa naturaleza, alcance e intensidad sobre el medio rural. Por ello, se ha optado por dar al Programa

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un enfoque de complementariedad sobre dichos fondos, planes o líneas preexistentes, de forma que se ordene y optimice su aplicación conjunta, se eviten las interferencias, doble financiación o incompatibilidades, y se faciliten las adaptaciones y acomodaciones precisas entre unos y otros. Se han priorizado aquellas acciones, que evidenciándose su necesidad, tienen dificultades para financiarse con los proyectos o planes que actualmente se aplican sobre el territorio. Las acciones previstas pretenden incidir de forma clave sobre la economía, el estado de bienestar y el medio ambiente de la zona, suponiendo un salto cualitativo para la misma.

Intervención territorial adaptada a las necesidades Se han tenido en cuenta las principales amenazas que se ciernen sobre este territorio, planificándose acciones concretas adaptadas a las principales necesidades y oportunidades que brinda el propio PDRS. Del mismo modo se han priorizado actuaciones que puedan tener un impacto territorial más amplio, huyendo, en la medida de lo posible, de intervenciones de tipo local, sugiriendo otras de tipo supramunicipal.

Enfoque Participativo/Compromiso del territorio En la elaboración del presente plan de zona se ha aplicado el principio de participación real y efectiva de los interesados y de los agentes económicos, sociales y ambientales del territorio, para lo cual, la Comunidad Autonómica de Extremadura, ha desarrollado los correspondientes sistemas de participación pública. Respecto al compromiso de los interlocutores territoriales, se ha reforzado el papel y el compromiso de la sociedad civil y de los agentes económicos, sociales y ambientales en la toma de decisiones con incidencia en el medio rural, procurando no sólo su participación real y efectiva, sino además su compromiso a la hora de poner en marcha esas decisiones, con el fin de construir territorios más cohesionados, sostenibles y gobernables. En este sentido se han sentado las bases para que todos los actores e instituciones con presencia en el territorio, ya sean públicos o privados, y en un horizonte temporal de medio plazo, tengan adquirido un compromiso territorial orientado a garantizar una acción colectiva en los términos más amplios posibles.

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Articulación de la acción: definición de ejes estratégicos --------------------------------------------------------------------------------------------- Como ha sido expresado en epígrafes anteriores, las actuaciones incluidas dentro del Plan de Zona se orientan al cumplimiento de los principios y criterios establecidos en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural y, por tanto, encaminadas a mantener y ampliar la base económica del medio rural, mantener y mejorar su población, elevar el bienestar y a conservar y recuperar el patrimonio y los recursos naturales y culturales. Para estructurar y vertebrar la acción del Plan de Zona, y darle coherencia con la caracterización y el diagnóstico efectuado sobre su medio rural, se ha optado por articular las acciones en torno a cinco ejes estratégicos, priorizando aquellos de mayor relevancia para la zona. Los Ejes territoriales responden básicamente a los tres objetivos generales señalados por el artículo 2.1 de la Ley 45/2007 que equivalen a la consideración de los tres pilares de la sostenibilidad (un eje económico, otro eje social y un tercer eje ambiental), habiéndose diferenciado por cuestiones prácticas un cuarto eje para las infraestructuras y los equipamientos que habitualmente permiten el cumplimiento simultáneo de varios de los tres anteriores objetivos. Así, los Ejes estratégicos diferenciados son:

Territoriales

Eje 1. Actividad económica y empleo

Eje 2. Infraestructuras y equipamientos básicos

Eje 3. Servicios y bienestar social

Eje 4. Medio ambiente

Temáticos

Eje 5. Cooperación, innovación e igualdad

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Asignación de objetivos generales y específicos por ejes estratégicos ---------------------------------------------------------------------------------------------

Eje 1. Actividad Económica y Empleo Objetivos generales Fomentar una actividad económica continuada y diversificada en el medio rural, manteniendo un sector agrícola y agroalimentario, ganadero, forestal y derivado de la pesca e impulsando la creación y el mantenimiento del empleo y renta en otros sectores. Objetivos específicos Extender el sistema nacional de incentivos regionales a la totalidad de las zonas con nivel 1de prioridad territorial para la aplicación del Programa.

Eje 2. Infraestructuras y equipamientos básicos Objetivos generales Dotar al medio rural, y en particular a sus núcleos de población, de las Infraestructuras y los equipamientos públicos básicos necesarios, en especial en materia de transportes, energía, agua y telecomunicaciones. Objetivos específicos -Dotar de acceso por carretera asfaltada a todos los núcleos, tradicional y actualmente habitados con más de 50 habitantes. -Asegurar el abastecimiento energético con un nivel de garantía adecuado en todos los núcleos habitados. -Clausurar y restaurar todos los vertederos ilegales de residuos. -Implantar la recogida selectiva de residuos sólidos urbanos (no peligrosos) en todos los municipios rurales de más de 1000 habitantes. -Conseguir que dispongan de puntos limpios todos los municipios de más de 2000 habitantes.

Eje 3. Servicios y bienestar social Objetivos generales -Potenciar la prestación de unos servicios públicos básicos de calidad, adecuados a las características específicas del medio rural, en particular en los ámbitos de la educación, la sanidad y la seguridad ciudadana. -Garantizar el derecho a que los servicios en el medio rural sean accesibles a las personas con discapacidad y las personas mayores. -Tomar en consideración las necesidades particulares de los ciudadanos del medio rural en la definición y aplicación de las políticas y medidas de protección social, adecuando los programas de atención social con el fin de garantizar su efectividad en dicho medio. -Facilitar el acceso a la vivienda en el medio rural y favorecer una ordenación territorial y un urbanismo adaptado a sus condiciones específicas, que garanticen las condiciones básicas de accesibilidad, que atiendan a la conservación y rehabilitación del patrimonio construido, persigan un desarrollo sostenible y respeten el medio ambiente.

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Objetivos específicos -Disponer de rutas de transporte escolar adaptado -con plazas adaptadas-accesibles- para facilitar el traslado de todos los alumnos que lo precisen, en particular de núcleos aislados y de zonas de montaña. -Disponer de al menos una biblioteca de referencia para la zona, con catálogo de publicaciones virtual o accesible en todos los ayuntamientos de la zona, y distribución de préstamos itinerante con apoyo en los consistorios. -Asegurar un estado de conservación adecuado en todos los bienes de interés cultural de la zona. -Contar en todos los centros de salud rurales con un equipamiento sanitario básico estándar. -Disponer un servicio de atención a urgencias médicas que permita reducir el tiempo de espera de los potenciales pacientes de todos los núcleos de la zona rural hasta la llegada del medio de transporte (ambulancia UVI o helicóptero) a un máximo de 30 minutos. -Disponer de un servicio de asistencia a la dependencia, basado en un teléfono de ayuda y de equipos de asistentes a domicilio. -Disponer en todas las zonas rurales de un servicio de educación y atención infantil (0 a 3 años) accesible a la totalidad de familias con hijos en estas circunstancias. -Garantizar el acceso a la vivienda para todos los habitantes del medio rural, promoviendo una política de vivienda que permita cubrir las necesidades previsibles de las familias y de los jóvenes.

Eje 4. Medio ambiente Objetivos generales Lograr un alto nivel de calidad ambiental en el medio rural, previniendo el deterioro del patrimonio natural, del paisaje y de la biodiversidad o facilitando su recuperación, mediante la ordenación integrada del uso del territorio para diferentes actividades, la mejora de la planificación y de la gestión de los recursos naturales y la reducción de la contaminación en las zonas rurales. Objetivos específicos Disponer de Planes de Gestión u otros instrumentos de planificación para todos los lugares Natura 2000 incluidos en las zonas del Programa.

Eje 5. Cooperación, innovación e igualdad Objetivos generales Fomentar la cooperación entre los diferentes agentes involucrados en el Desarrollo de la zona rural, la innovación como base de la diversificación y extensión de las actividades económicas, la mejora en la prestación de los servicios y las Políticas de igualdad.

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Situación de la zona en relación con los objetivos específicos comunes --------------------------------------------------------------------------------------------- El PDRS 2010-14 establece unos objetivos generales y comunes para todas las zonas rurales, que permitan corregir determinadas situaciones de atraso relativo que pueden dificultar el ejercicio efectivo de derechos fundamentales o la consecución de objetivos básicos de las políticas sectoriales. Con este propósito, el Programa especifica un conjunto de objetivos básicos y comunes que deben alcanzarse al final de su periodo de aplicación en todas las zonas rurales, y cuya consecución ha de arbitrarse a través de cada Plan de Zona. Se relacionan seguidamente, la situación actual de la zona en relación can cada uno de estos objetivos comunes. Objetivos específicos

1. Extender el sistema nacional de incentivos regionales a la totalidad de las zonas con nivel 1 de prioridad territorial para la aplicación del Programa

Este objetivo se considera cumplido puesto que, los incentivos regionales, así como los incentivos extremeños a la inversión y los incentivos agroindustriales tienen un ámbito de aplicación regional y por tanto los municipios de la zona quedan cubiertos por este sistema de incentivación a la inversión empresarial.

2. Dotar de acceso por carretera asfaltada a todos los núcleos tradicionales y actualmente habitados con más de 50 habitantes.

La zona cumple con el objetivo, ya que todos los municipios de la zona están dotados de carretera asfaltada, incluso aquellos que no alcanzan los 50 habitantes.

3. Asegurar el abastecimiento energético con un nivel de garantía adecuado en todos los núcleos habitados.

Todos los núcleos urbanos de la zona disponen de abastecimiento energético, pero no siempre existe un nivel de garantía adecuado. En consecuencia, no puede determinarse que el objetivo se cumpla satisfactoriamente. En buena parte de los casos, la responsabilidad de asegurar el abastecimiento energético con garantía recae en las empresas distribuidoras de energía, según establece la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, pero algunas instalaciones eléctricas son de propiedad municipal, ya que contribuyen al desarrollo urbanístico. Para solventar las deficiencias que pudieran tener estas instalaciones municipales, se han diseñado dos tipos de acciones dentro de la medida

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2.23.CA.4, que se incluyen y describen con detalle en el apartado de Acciones de Interés Sin Financiación, por la imposibilidad de presupuestarlas actualmente en el periodo de aplicación del PDRS.

4. Clausurar y restaurar todos los vertederos ilegales de residuos.

En la región, no existen vertederos ilegales de residuos como tal, por lo que puede determinarse que la zona cumple el objetivo indicado. No obstante, es preciso señalar que en Extremadura sí existen escombreras ilegales (puntos de vertido de residuos de construcción y demolición). Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2012 del Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima que se resolverá este problema y podrá regularizarse la situación a medio plazo. No obstante, a través del fondo FEDER, esta previsto la realización de esta acción, recogida igualmente en el Plan Integral de Residuos de Extremadura 2009-2015 (PIREX). En la actualidad hay dotación presupuestaria para alguna de las acciones necesarias. Estas acciones se relacionan de manera concreta en el apartado de actuaciones financiadas por otros fondos.

5. Implantar la recogida selectiva de residuos sólidos urbanos (no peligrosos) en todos los municipios rurales de más de 1000 habitantes.

Actualmente no puede determinarse que el objetivo se cumpla íntegramente puesto que, a pesar de está implantada la recogida selectiva de residuos domésticos en todos los municipios de Extremadura, no está implantada en todas sus fracciones, es decir, no se dispone aún de recogida selectiva de todos los residuos, si bien se está procurando paliar paulatinamente estas deficiencias. Pese a lo anterior, cabe indicar que dicha acción esta recogida en los criterios de selección de operaciones del PO FEDER 2007-2013, la medida trata de ampliar la red de contenedores de recogida selectiva en toda Extremadura, adecuando la dotación de los mismos a la media nacional. Estas acciones se relacionan de manera concreta en el apartado de actuaciones financiadas por otros fondos.

6. Conseguir que dispongan de puntos limpios en todos los municipios de más de 2000 habitantes.

En esta ocasión no se cumple el objetivo puesto que no existen puntos limpios en todos los municipios de más de 2.000 habitantes. No obstante, las acciones necesarias para paliar estas deficiencias están recogidas en los criterios de selección de operaciones del PO FEDER 2007-2013. En la actualidad se han desarrollado dos convocatorias de las ayudas dando como

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resultado la construcción de 40 puntos limpios en municipios de todos los tamaños. Estas acciones se relacionan de manera concreta en el apartado de actuaciones financiadas por otros fondos

7. Asegurar la aptitud para el consumo del agua, así como la garantía del abastecimiento, en todos los núcleos habitados de cada zona rural del Programa.

Todas las localidades de la zona tienen asegurado el suministro de agua para el consumo, pero también se han detectado deficiencias, que imposibilitan declarar el cumplimiento integral del objetivo. Designar acciones para paliar estas insuficiencias es ciertamente complicado ya que son muchos los factores y cuestiones a tener en cuenta (ciclos de sequía, posibilidades presupuestarías, competencias diversas administraciones, normativa, etc.) No obstante, en la actualidad existen planes y medidas encaminadas a la corrección de insuficiencias en el abastecimiento del agua y aptitud para el consumo, que incidirán en la mejora sustancial de las mismas. Las más destacable de estas medidas son el Plan Integral de Abastecimiento de Agua de Extremadura 2008-2015, competencia de la Dirección General de Infraestructuras y Transportes del Gobierno de Extremadura y el Plan Hidrológico de la Demarcación, redactado por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, que actualmente está en fase de aprobación y que tiene como horizonte hasta el año 2027. Ambas medidas se incluyen y describen en el apartado de Acciones Financiables con Otros Fondos.

8. Tratar todos los vertidos de aguas residuales urbanas que afecten a lugares de la Red Natura 2000 y Parques Nacionales, mediante sistemas de depuración adecuados a los objetivos de conservación en cada caso establecidos.

Existen considerables deficiencias en la zona en el tratamiento de los vertidos de las aguas, causado en gran medida por la carencia de depuradoras. A tenor de lo expuesto se entiende que el objetivo no está cumplido, por lo que está previsto mejorar el funcionamiento de las EDAR en bastantes localidades, adaptándolas a la normativa vigente de la UE, así como instalar nuevas EDAR en muchas entidades locales. El desarrollo de estas actividades se realizará mediante la aplicación del Plan de Infraestructura de Depuración de Aguas Residuales de Extremadura 2008-15, cofinanciado por FEDER, la AGE y la Junta de Extremadura. La ejecución de dicho Plan permitirá que el objetivo se cumpla en las zonas rurales de Extremadura.

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9. Disponer de rutas de transporte escolar adaptado- con plazas

adaptadas-accesibles- para facilitar el traslado de todos los alumnos que lo precisen, en particular de núcleos aislados y de zonas de montaña.

El objetivo se considera cumplido puesto que existen rutas de transporte para facilitar el traslado de todos los alumnos que lo precisen, en particular de núcleos aislados y de zonas de montaña. Estas rutas de transporte son adaptadas –con plazas adaptadas accesibles- cuando existe dicha necesidad, es decir, cuando hay una demanda real de este tipo de servicios por parte del alumnado que lo requiere. Cuando existe tal necesidad la Consejería de Educación y Cultura actúa inmediatamente colocando una línea de transporte adaptado para tal necesidad cuando se garantiza un número mínimo de 4 usuarios o bien mediante ayudas al transporte cuando no se garantiza el número mínimo de usuarios mediante dinero a la familia o bien con la contratación de otro tipo de transporte público adaptado como el taxi.

10. Disponer de al menos una biblioteca de referencia para la zona, con catálogo de publicaciones virtual o accesible en todos los ayuntamientos y distribución de préstamos itinerante con apoyo en los consistorios.

La zona cuenta con un número considerable de bibliotecas y agencias de lectura, distribuidas por todo el territorio, por lo que se cumple el objetivo en la misma.

11. Asegurar un estado de conservación adecuado en los bienes de interés cultural de la zona.

El estado de conservación de los Bienes de Interés Cultural de la zona no es el adecuado en todos los casos, por lo que no puede determinarse que el objetivo esté cumplido por completo. Es particularmente notorio el estado deficiente del entorno del templo romano de Augósbriga en Bohonal de Ibor del castillo de Belvís de Monroy.

12. Contar en todos los centros de salud rurales con un equipamiento sanitario básico estándar.

Los consultorios y centros de salud de la zona cuentan con un equipamiento sanitario básico, por lo que el objetivo se considera cumplido.

13. Disponer un servicio de atención a urgencias médicas que permita reducir el tiempo de espera de todos los núcleos de la zona rural hasta la llegada del medio de transporte (ambulancia UVI o helicóptero) a un máximo de 30 minutos.

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El objetivo se considera cumplido ya que a todos los municipios a la atención de una urgencia médica se responde en un tiempo inferior a 30 minutos mediante la llegada del médico de atención primaria hasta la llegada, en caso de ser necesario, de una UME o de helicóptero. Mayor grado de atención convertiría el desarrollo o mejora en insostenible, ya que para lograr la llegada de una UME en menos de 30 minutos, haría necesario en algunos casos su ubicación en municipios con una población menor a 100 habitantes. Sí se cumple lo dispuesto en el reglamento que establece una distribución de una UME por cada 200.000 habitantes

14. Disponer de un servicio de asistencia a la dependencia, basado en un teléfono de ayuda y de equipos de asistentes a domicilio.

El objetivo fijado para este caso se considera cumplido, puesto que existen teléfonos de ayuda (call center) en funcionamiento las 24 horas del día los 365 días del año que cubre este servicio. Por otro lado, la ayuda a domicilio se concede de manera individualizada y a través de la subvención a los ayuntamientos que son los últimos gestores de esta asistencia.

15. Disponer en todas las zonas rurales de un servicio de educación y atención infantil (0 a 3 años) accesible a la totalidad de familias con hijos en estas circunstancias.

No se dispone en toda la zona rural de un servicio de asistencia a la infancia en edad preescolar accesible a la totalidad de familias con hijos en estas circunstancias. El servicio de asistencia a la infancia en edad preescolar no está definido como enseñanza obligatoria en la legislación estatal, habiendo recibido las competencias la Consejería de Educación y Cultura en julio de este año. (Antes dependía de la extinta Consejería de Igualdad). Debido a lo antes mencionado, no existe un programa de actuación que plantee una red de centros de educación infantil de primer ciclo que garantice la asistencia a la infancia en edad preescolar accesible a la totalidad de familias con hijos en estas circunstancias. No obstante, a lo largo de esta legislatura, y dentro de las posibilidades presupuestarias, se planteará el estudio de una red de centros de educación infantil de primer ciclo con una planificación adecuada que permita, por un lado, conocer las necesidades y demanda de este tipo de centros en la región y la posible actuación en sucesivos años siempre con cargo a otra financiación distinta a la de los PDRS, con cargo a fondos FEDER o de Comunidad Autónoma.

16. Disponer de un servicio de información y orientación preferentemente dirigido a colectivos con necesidades específicas sobre aspectos básicos: formación empleo, vivienda, hábitos de vida saludables, prevención de drogodependencias, voluntariado y

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acción social, integración social, violencia de género, igualdad, ocio inclusivo, cultura y deporte y deporte adaptado.

Se estima que el objetivo se cumple, ya que las necesidades específicas sobre estos aspectos básicos son competencia de distintos departamentos u organismos. Para unificar el acceso a la información se recanalizan a los demandantes hacia cada departamento a través de la ventanilla única y otros medios de información. De hecho, en el servicio de ventanilla única se recopila toda la información necesaria, facilitándose al usuario o interesado.

17. Garantizar el acceso a la vivienda de los habitantes del medio rural, promoviendo una política de vivienda que permita cubrir las necesidades previsibles de las familias y de los jóvenes.

Por la amplitud de la definición del objetivo, es complicado determinar el pleno cumplimiento del mismo, ya que pueden existir deficiencias a este respecto, más o menos perceptibles. En cualquier caso, se opta por determinar que el objetivo no se cumple de manera integra puesto que en Extremadura, no existe un acceso universal a la vivienda que garantice el cumplimiento del objetivo. Pese a lo anterior, son muchas las iniciativas que desde la Consejería competente en materia de vivienda se llevan a cabo para garantizar el acceso. Ejemplo de ello son las ayudas a la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción, las ayudas a la autopromoción de viviendas, las ayudas a demandantes de vivienda usada o las ayudas para la promoción privada de viviendas protegidas para arrendamiento entre otras. Todas las estas acciones se describen en el apartado de Acciones Financiables con Otros Fondos.

18. Disponer de Planes de Gestión u otros instrumentos de planificación para todos los lugares Natura 2000 incluidos en las zonas del Programa.

En la actualidad se están actualizando y definiendo a una escala de trabajo adecuada los límites de las zonas designadas RN2000, que se completa con el desarrollo de las directrices comunes por ecosistemas y hábitats afines. Estas directrices constan de: un análisis de los hábitats y especies silvestres presentes en cada conjunto de hábitats Natura 2000 de cada ecosistema; un diagnóstico de su situación de conservación y capacidad de renovación, así como de las afecciones y riesgos que amenacen sus valores naturales (atmósfera, agua, gea, flora y fauna). Con ello, el establecimiento de estas directrices y criterios orientadores o, en su caso, de normas o instrucciones de protección, contribuyen a la conservación y gestión sostenible de sus fines ambientales prioritarios en concordancia con el ámbito social y económico en el que se encuentran. Además de estas directrices generales por ecosistemas planteadas, se realizan especificaciones especiales para los hábitat y/o especies por los cuales se ha declarado cada uno de los espacios, y así conseguir una adecuada planificación de los mismos.

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�4. Directrices Estratégicas de Ordenación Rural

(DETOR) ---------------------------------------------------------------------------------------------

����4.1. Objetivos y base legal --------------------------------------------------------------------------------------------- Las Directrices Estratégicas Territoriales de Ordenación Rural (de ahora en adelante DETOR) se configuran en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, como instrumento para la ordenación de las actuaciones en el medio rural. Concretamente están reguladas en el artículo 12 de la Ley, con el contenido siguiente: Art. 12.- Directrices Estratégicas territoriales de ordenación rural 1. Con objeto de contribuir a la ordenación del medio rural, las Comunidades Autónomas adoptarán Directrices Estratégicas Territoriales de Ordenación Rural. 2. Estas Directrices orientarán y, en su caso, condicionarán la localización territorial de las medidas derivadas del Programa, favoreciendo la compatibilidad de los planes y actuaciones que se lleven a cabo en cada zona rural en función de sus características y potencialidades. 3. Las Directrices tendrán en cuenta, en todo caso, lo establecido por el Plan Estratégico Nacional del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en los planes de ordenación de Calidad Ambiental Agrícola y Ganadera a que se refiere el artículo 19 de esta Ley.

Reflexionando sobre el alcance y objetivos del texto reseñado y teniendo en cuenta que el Plan de Zona es el instrumento más adecuado para materializar la citada ordenación del medio rural, así como para concretar la localización de las acciones a ejecutar, consideramos que la principal aplicabilidad de estas Directrices es orientar el diseño y elaboración de los Planes de Zona rural. La Comunidad Autónoma de Extremadura no dispone actualmente de DETOR en ningún ámbito territorial, desde el municipio a la región. En consecuencia, en materia de ordenación territorial, Extremadura se rige por la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del suelo y ordenación territorial de Extremadura, sin que se haya desarrollado un Plan de Ordenación del Territorio a escala regional, ni tampoco una estructura de Planes de Ordenación del territorio a escala subregional.

Es efecto de lo anterior, que tampoco se puedan basar las DETOR de Extremadura en este tipo de ordenación y/o planificación territorial vigente, apoyada en la Ley 15/2001.

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Ante esta dificultad, la Junta de Extremadura ha optado por fundamentar las DETOR en otros documentos actualizados, dirigidos a marcar pautas de actuación en acciones relacionadas, directa o indirectamente, con el desarrollo rural. Básicamente estos documentos seleccionados han sido los siguientes: - Documento de referencia para la elaboración de Directrices Estratégicas Territoriales de Ordenación Rural, diseñado por el Consejo para el Medio Rural en abril de 2010, a petición de las CCAA, como referencia general en materias relacionas fundamentalmente con el proceso de participación de las administraciones y la población rural en el establecimiento de los Planes de Zonas, su seguimiento y evaluación. - “Estrategia para el Desarrollo Sostenible de Extremadura”, elaborado por la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, como respuesta al Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura establecido en la actual legislatura, que incluye la realización de este documento, integrando las dimensiones ambiental, económica y social de la sostenibilidad. Tomando como punto de partida la actual situación de la región, el documento articula las líneas estratégicas a tener en cuenta en los distintos sectores, que permitan afrontar paulatinamente los cambios necesarios en la base estructural de nuestra economía, para lograr hacerla competitiva al tiempo que sostenible social, económica y ambientalmente. Apoyados en estos documentos de referencia, se ha elaborado un Catálogo Provisional de DETOR común para todas las zonas rurales de Extremadura, diferenciando dos tipos diferentes de directrices:

- Directrices para el proceso de programación - Directrices para la planificación y ejecución de las acciones

����4.2. Directrices generales para la programación --------------------------------------------------------------------------------------------- Se establecen los siguientes criterios generales para la programación, siguiendo las pautas señaladas por el citado documento de referencia para la elaboración de directrices estratégicas de ordenación rural, elaborado por el Consejo para el Medio Rural, en abril de 2010. A) Coordinación y participación institucional

1. En la elaboración de los Planes de Zona deben intervenir, ya desde la fase de diagnóstico y de establecimiento de la estrategia zonal de desarrollo rural sostenible, los departamentos autonómicos competentes en las diferentes materias especificadas en los artículos 20 a 33 de la Ley 45/2007.

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2. La coordinación interdepartamental se planteará a escala institucional, mediante el Comité Autonómico de Desarrollo Rural, órgano colegiado de coordinación interdepartamental creado por la Comunidad Autónoma, mediante Decreto 115/2010, de 14 de mayo. 3. A escala operativa, se creará una unidad de coordinación designada por el órgano anterior, encargada de organizar el esquema de participación y de realizar contactos bilaterales o multilaterales con los diferentes departamentos afectados. Con carácter general, el órgano de coordinación interdepartamental será el que acuerde las líneas generales de coordinación, y el que adopte las decisiones colegiadas importantes que requiera el procedimiento de elaboración de los planes de zona. B) Participación de las Corporaciones Locales y de las Organizaciones No Gubernamentales a escala de cada zona rural 1. Procedimientos de participación De manera previa se organizarán procedimientos de participación, considerando tanto a los ayuntamientos, como a las organizaciones y asociaciones con presencia en cada zona, tales como grupos de acción local, organizaciones sindicales, patronales, agrarias y demás asociaciones o colectivos relacionados con el empleo y las actividades económicas implantadas en el territorio, organizaciones sin ánimo de lucro centradas en aspectos sociales (incluida la perspectiva de género, la cultura y el deporte), y organizaciones sin ánimo de lucro con incidencia en aspectos medioambientales, con actuación en el territorio. 2. Foros de participación Se considera apropiado establecer dos foros de participación y coordinación a escala de cada zona rural, con líneas de trabajo diferenciadas: -De una parte, los Comités Territoriales de Zona, constituidos formalmente para su participación activa y reglada en la elaboración de los Planes de Zona de su territorio y, posteriormente, en las actividades de seguimiento y evaluación de los mismos. -De otra parte, un foro ciudadano, como órgano de participación de la población en general, que podrá estar compuesto por representantes de asociaciones, organizaciones y grupos que actúen en el ámbito de la zona. También podrán participar en este órgano cualquier ciudadano que habite y/o realice actividades profesionales en dicho territorio. Los objetivos básicos del foro ciudadano consisten en debatir por ámbito temático las cuestiones o problemáticas relacionadas con el desarrollo rural de su zona, intentando proponer soluciones viables a las mismas para que sean canalizadas hacia las instituciones, organizaciones o entidades competentes en su puesta en marcha.

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Estos foros ciudadanos de participación en la problemática del desarrollo rural tienen una contratada experiencia en Extremadura, con apoyo técnico y financiero de la Junta de Extremadura regulado mediante Decreto desde el año 2008 y coordinado por los Grupos de Acción Local. - De manera complementaria, se deberán exponer públicamente, en páginas web oficiales accesibles, los principales documentos relacionados con la elaboración de los Planes de Zonas, para facilitar el conocimiento y participación de la ciudadanía por este medio en el proceso. 3. Constancia documental Del proceso de participación seguido es necesario dejar constancia documental, especificando las reuniones de los foros de participación o las reuniones bilaterales o multilaterales realizadas, lugar y fecha, personas y corporaciones o colectivos participantes, contenidos y conclusiones de cada una de ellas. También es preciso elaborar, como anexo del Plan de Zona, una síntesis del proceso de participación realizado, con sus principales hitos, las sugerencias aportadas por las corporaciones y organizaciones participantes, y el modo en que dichas sugerencias han sido tenidas en cuenta en la elaboración del Plan de Zona. C) Contenidos de la Planificación El conjunto del programa ha de tener coherencia interna y responder a las necesidades y particularidades de la zona rural. Para ello, se considera necesario que los diferentes contenidos se elaboren teniendo en cuenta las siguientes directrices: -Caracterización de la zona rural. -Diagnóstico de sostenibilidad. -Estrategia de desarrollo sostenible para la zona rural. -Selección de las actuaciones necesarias. -Decisiones sobre la financiación. -Seguimiento y evaluación. -Anexo de documentos especificativos complementarios

����4.3. Directrices generales para la planificación y ejecución de las

actuaciones --------------------------------------------------------------------------------------------- El principal objetivo de estas directrices es que la planificación y ejecución de las actuaciones que se propongan llevar a cabo cumplan con las indicaciones que se detallan en la Ley 45/2007 y en el PDRS 2010-2014, al mismo tiempo que respeten las principales conclusiones obtenidas en el documentos sobre las “Líneas Estratégicas para el Desarrollo Sostenible de Extremadura”, elaborado por la Junta de Extremadura como referencia para el desarrollo sostenible de nuestra economía en el futuro inmediato.

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Eje 1. Directrices sobre actividades económicas y empleo. En este apartado se incluyen de forma agrupada las directrices relativas a las actuaciones que el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, aprobado mediante Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, especifica en los ámbitos regulados por los artículos 20 (diversificación económica) y 22 (creación y mantenimiento del empleo) de la Ley 45/2007, así como lo que corresponda de las acciones generales de los artículos 16 (apoyo a la agricultura territorial) y 17 (fomento de la actividad económica en el medio rural) de la Ley 45/2007. Se organiza en los siguientes epígrafes: A) Agricultura y Ganadería. B) Empresa. C) Empleo. D) Comercio. E) I+D+i. F) Turismo. A) Directrices de Agricultura y Ganadería.

1. Potenciar un cambio de modelo productivo acorde con el nuevo escenario económico, orientado hacia la modernización y diversificación de la actividad agraria, que garantice el nivel de renta de los agricultores, la viabilidad de las explotaciones y el mantenimiento de la población en las zonas rurales. 2. Poner en valor la calidad, la seguridad alimentaria, el respeto ambiental y la producción sostenible. 3. Profundizar en el desarrollo de la legislación que regule la seguridad alimentaria, la identidad y la composición de los productos, la protección del medio ambiente, los aspectos fito y zoosanitarios, así como los relacionados con el bienestar de los animales. 4. Formar e informar sobre conocimientos técnicos, legislación y mercados relacionados con el medio rural, para mantener un nivel adecuado en la de cualificación profesional y reciclaje de sus efectivos. 5. Mejorar la Formación Profesional de los jóvenes de las ramas agrarias y modernizar y reorientar la formación continua agraria. 6. Fomentar el aprovechamiento racional de la Dehesa extremeña, mejorando los aspectos relacionados con su conservación como espacio forestal frágil y autóctono. 7. Consolidar y modernizar los regadíos existentes en Extremadura, atender las nuevas demandas de agua y apoyar decididamente la mejora en la eficiencia de su uso, creando para ello las infraestructuras necesarias.

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8. Articular medidas que favorezcan la fusión de las cooperativas ya constituidas y, a su vez, que incorporen a agricultores que aún están fuera del sistema cooperativo. B) Directrices sobre empresa

1. Impulsar la creación y/o mejora de nuevas empresas en las zonas rurales, apoyadas en los recursos potenciales menos explotados, diversificando la económica, demasiado sesgada hacia la actividad agraria. 2. Apoyar decididamente el desarrollo y mejora de la industria agroalimentaria en el medio rural. 3. Incentivar la competitividad, la creatividad y la innovación empresarial. 4. Apostar por los emprendedores, independientemente de su forma jurídica, como impulsores de la economía extremeña. 5. Priorizar las acciones de cualificación hacia los sectores estratégicos y emergentes para potenciarlos 6. Fortalecer los instrumentos de financiación y comunicación empresarial 7. Mejorar y agilizar los procedimientos de creación de empresas y otros trámites empresariales a desarrollar desde la Administración. 8. Crear infraestructuras básicas para el desarrollo industrial 9. Establecer las relaciones oportunas para la cooperación empresarial, como estrategia para disminuir la excesiva atomización de las empresas. 10. Reforzar la incorporación de las TICs y la I+D+i al tejido empresarial C) Directrices de Empleo

1. Promover el cambio estructural y sectorial de la economía desde el sector agrario tradicional hacia actividades de mayor valor añadido. 2. Dinamizar el mercado laboral incrementando la estabilidad y la calidad del empleo. 3. Favorecer la participación mujeres y jóvenes en el mercado de trabajo. 4. Incentivar la oferta de trabajo para colectivos desfavorecidos. 5. Facilitar la formación profesional de calidad, tanto inicial como continua y profesional, de tal como que incida en la mejora de los procesos productivos.

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6. Mejorar las ofertas de formación profesional, estableciendo una planificación y gestión vinculada a la competitividad de las empresas. 7. Promover la cooperación de las administraciones y agentes sociales en la cualificación, formación y orientación de la población extremeña. D) Directrices de Comercio 1. Estimular nuevos modelos de comercio de proximidad, intensificando la relación de éste con el turismo, la artesanía o las empresas agroalimentarias. 2. Potenciar la apertura de comercios en las áreas rurales, ligados a productos genuinos y naturales, con una consideración singular para los ecológicos. 3. Promocionar e incrementar la presencia de los alimentos ecológicos, naturales y genuinos en la distribución. Fomentar su consumo 4. Crear, ampliar y consolidar centros comerciales abiertos en municipios, recuperando y modernizando, en las localidades en las que sea posible, los mercados de abastos. 5. Mejorar las condiciones en las que se desarrolla el comercio ambulante. 6. Promover la implantación marcas de calidad como actuaciones para la mejora tanto de la calidad como de la competitividad de las mismas. 7. Incrementar la penetración del pequeño y mediano comercio en el uso de las nuevas tecnologías promoviendo la integración de las TIC e incorporando la pyme comercial extremeña del comercio electrónico. 8. Mejorar la eficacia de los organismos de control y certificación. 9. Promocionar y fomentar el comercio exterior y consolidar la presencia de empresas extremeñas en mercados internacionales 10. Formar a empresas y a técnicos dedicados al comercio exterior en materia de Marketing Internacional, para el desarrollo de una estrategia de diferenciación basada en la innovación. 11. Apoyar empresas profesionalizadas y tecnológicamente avanzadas que inviertan en I+D+i para disponer de procesos y productos capaces de hacer frente a la competencia exterior. 12. Impulsar un sector estratégico en el ámbito de los servicios y la distribución comercial minoristas con empresas radicadas en Extremadura.

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E) Directrices de I+D+i 1. Potenciar una estructura institucional en la Junta de Extremadura encargada de la planificación de la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico y la innovación. 2. Implantar un sistema de planificación que defina las líneas prioritarias de actuación, en convergencia con los planes de desarrollo regional y local, que programe la utilización de los recursos disponibles 3. Establecer medidas de carácter complementario, dirigidas a promocionar e incentivar la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico y la innovación.

F) Directrices de Turismo

1. Ordenar, planificar y poner en valor el patrimonio natural, histórico, cultural y arquitectónico. 2. Diversificar la oferta turística, potenciando la asociación entre cultura, naturaleza, deporte y otros elementos de ocio, con un análisis previo de sus efectos ambientales, especialmente en Espacios Protegidos. 3. Realizar una política transversal desde el sector turístico que tenga especialmente en cuenta el desarrollo rural, el medio natural, la sanidad y las actividades culturales. 4. Consensuar directrices con el sector empresarial y agentes sociales, dando prioridad a la calidad en la prestación de servicios y a la creación de empleo. 5. Reducir los impactos negativos derivados del carácter estacional del turismo. 6. Preservar los entornos sociales y culturales de los diferentes destinos turísticos. Eje 2. Directrices relativas a las infraestructuras y equipamientos básicos Se incluyen las materias que el PDRS 2010-14 introduce en relación con las infraestructuras, equipamientos y servicios básicos del artículo 23 de la Ley 45/2007, las actuaciones relacionadas con las energías renovables del artículo 24, las infraestructuras hidráulicas del artículo 25 y las acciones en materia de tecnologías de la información y la comunicación del artículo 26. Se organizan bajo los siguientes epígrafes: A) Vías de transporte

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B) Transporte público C) Abastecimiento energético. D) Tecnologías de la información y la comunicación. E) Agua. F) Residuos. G) Energías renovables. A) Directrices en Vías de transporte 1. Se tendrán en cuenta las necesidades de la zona para la comunicación entre sus poblaciones rurales entre sí y con los núcleos urbanos de referencia. Para ello, es preciso otorgar atención al menos a: a. Facilitar la accesibilidad para los habitantes de todos los núcleos habitados a los diferentes servicios básicos, según su localización: comercio, educación, sanidad, cultura, ocio, ... b. Las principales necesidades de movilidad derivadas de la localización del trabajo para la población activa de cada núcleo habitado. c. Las particulares necesidades de transporte y movilidad derivadas de las actividades económicas consideradas estratégicas para la zona rural.

2. De acuerdo con el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, todos los núcleos de más de 50 habitantes deben disponer de al menos un acceso por carretera asfaltada, y en caso negativo debe incluirse prioritariamente en el Plan de Zona la construcción de dicho tipo de acceso. 3. Las infraestructuras de transporte que se programen en los Planes de Zona han de ser diseñadas bajo el principio de minimización de su impacto ambiental, en función de la calidad ambiental y la capacidad o fragilidad del medio. Ello supone, desde las etapas preliminares de la programación, la elección de la alternativa y de las características del trazado que permitan: a. Evitar efectos negativos apreciables sobre cualquier espacio de la Red

Natura 2000 o sujeto a algún régimen de protección ambiental.

b. Evitar la intrusión en enclaves de alta naturalidad y fragilidad, o en enclaves críticos para la conservación de especies amenazadas. c. Evitar, o en el peor de los casos minimizar la ocupación de bosques, riberas, humedales, comunidades de alta montaña y otros hábitats singulares o valiosos. d. Detectar y minimizar el efecto de la vía sobre la movilidad de la fauna. Cuando sea necesario, dotar la vía de pasos para fauna técnicamente adecuados. Limitar los cerramientos perimetrales a casos excepcionales

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de riesgo, garantizando un adecuado nivel de permeabilidad a las especies afectadas mediante la construcción de pasos apropiados. e. Adaptar su diseño para favorecer la integración de la vía en el paisaje. f. Impedir la introducción de especies de flora no autóctonas en los trabajos de restauración.

4. En las actuaciones en zonas rurales con valor o potencialidad turística, sujetas a algún tipo de protección ambiental, zonas de montaña y demás zonas rurales con elevado valor natural y paisajístico:

a) Priorizar en primer lugar las actuaciones de mejora del firme y demás elementos de la vía.

b) En segundo lugar priorizar las actuaciones de acondicionamiento de las vías existentes frente a las de nueva construcción o trazado.

c) En todo caso ajustar la velocidad base, las características

geométricas y la señalización de los tramos de vía para minimizar la ocupación y el impacto ambiental global, compatible con el manteniendo de unas adecuadas condiciones de seguridad del tráfico.

B) Directrices de Transporte Público

1. El Plan de Zona podrá adoptar justificadamente soluciones especiales de transporte público a la medida de cada zona rural, teniendo en cuenta la equidad, funcionalidad y eficiencia del servicio. 2. Se procurará impulsar la implantación de soluciones tendentes a la reducción del transporte privado y la optimización del transporte público. 3. En circunstancias de baja densidad poblacional se podrán adoptar soluciones que permitan subvencionar el servicio de transporte público de viajeros, o bien organizar un sistema versátil de aprovechamiento mixto o combinado, de transportes especiales (rutas escolares, vehículos de prestación social, etc) y transporte regular de viajeros. C) Directrices en Abastecimiento Energético

1. En caso de resultar necesario, los Planes de Zona incluirán las actuaciones necesarias para asegurar el abastecimiento energético de todos los núcleos habitados en condiciones de calidad y de garantía del servicio. 2. En el diseño de proyecto de los tendidos eléctricos se tendrán en cuenta en la medida de lo posible las siguientes directrices: a. Evitar el sobrevuelo de las líneas de transporte sobre núcleos

habitados, edificios de servicios públicos, entorno de zonas húmedas, hábitat de especies amenazadas, lugares de concentración de fauna,

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paisajes relevantes, y otros enclaves importantes para la percepción de paisajes rurales valiosos o emblemáticos o espacios útiles con fines de turismo rural.

b. Las prescripciones derivadas de la normativa nacional y autonómica de seguridad de las líneas eléctricas para protección de las aves de los riesgos de colisión y electrocución.

D) Directrices en Tecnologías de la Información y la Comunicación

1. Mejorar la extensión y calidad del servicio de las TIC en el medio rural, principalmente en las zonas más aisladas y remotas, constituirá uno de los objetivos estratégicos de los Planes de Zonas. Se prestará especial atención a la cobertura de Internet en banda ancha a todos los núcleos habitados. 2. La construcción de infraestructuras relacionadas con las TIC incluirán las cautelas adecuadas para minimizar su impacto ambiental, con especial atención a la preservación de los paisajes valiosos y los espacios protegidos, 3. El Plan de Zona podrá incorporar acciones de formación de la población local para el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación. E) Directrices sobre Agua

1. El Plan de Zona tendrá en cuenta la necesidad de garantizar en todos los núcleos rurales el abastecimiento de agua apta para el consumo humano, el saneamiento y la depuración de las aguas residuales, según la normativa ambiental e hidrológica. 2. Se orientarán las acciones bajo un enfoque de gestión integral en aquellas zonas en las que haya escasez de recursos hídricos, competencia entre distintos usos por los recursos y/o existencia de problemas ambientales asociados a la intensidad del uso del agua, tal y como establece la normativa vigente de aguas. 3. Para garantizar la calidad de las aguas fluviales y cumplir con la Directiva Marco de Agua, sobre todo en los espacios protegidos –en particular Red Natura 2000 y Parques Nacionales-, se considera necesario mejorar los sistemas de depuración de las aguas residuales, prestándose atención especial al control de la contaminación por actividades ganaderas así como por otras actividades en auge. 4. En las zonas rurales donde se constate una habitual falta de mantenimiento de las estaciones depuradoras de aguas residuales construidas, se condicionará el otorgamiento de cualquier ayuda o la realización de cualquier inversión en beneficio de la entidad local responsable, a la previa adopción por la misma de las medidas precisas para subsanar dicha disfunción.

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5. Se evitará la instalación de infraestructuras y de sectores industriales en las proximidades y área de influencias de los cursos, cumpliendo los requerimientos de la legislación ambiental y de aguas vigente. 6. La restauración de riberas se enmarca en la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos, por lo que será necesario armonizar los objetivos hidráulicos, la conservación de la naturaleza y los posibles usos recreativos autorizados. F) Directrices sobre Residuos

1. Constituirá un objetivo estratégico de los Planes de Zona, la implantación de la recogida selectiva de residuos sólidos urbanos no peligrosos en todos los municipios rurales de más de 5.000 habitantes, así como que todos los municipios de más de 2.000 habitantes dispongan de puntos limpios. 2. También será un objetivo importante de los Planes de Zona, la clausura y restauración de todos los vertederos de residuos urbanos, agrarios, industriales, escombreras y de residuos de la construcción y demolición. 3. En todo caso se deberán evitar las instalaciones de gestión de residuos en los espacios naturales protegidos, entorno de poblaciones, zonas vulnerables, y zonas con paisaje rural valioso. 4. Se considera conveniente la puesta en marcha de programas o campañas de formación, sensibilización y educación ambiental, destinados tanto a la especialización del personal involucrado en la gestión de los residuos como a la concienciación social. 5. El Plan de Zona podrá incluir actuaciones especiales en aquellas zonas en las que por problemas en la gestión de residuos se vea afectada la actividad turística, la calidad de vida de la población rural, de las aguas, del paisaje o la diversidad biológica del territorio. 6. Se dará prioridad a las iniciativas de actuación municipal mancomunada. G) Directrices sobre Energías renovables 1. Promocionar e incentivar el cambio tecnológico para complementar los aportes exógenos y suplementar las deficiencias con el apoyo de pequeñas instalaciones basadas en sistemas de energética renovable, tanto doméstico como local. 2. En las zonas rurales más aisladas o excepcionalmente frágiles, procurar satisfacer las necesidades de energía mediante la implantación de sistemas de autoabastecimiento por generación de energías renovables. 3. Incentivar el ahorro y la eficiencia energética.

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5. Entre las zonas de exclusión para la implantación de instalaciones de generación de energía por motivos de sensibilidad ambiental, figurarán expresamente las señaladas por la normativa legal vigente en cada caso. 6. En las ZEPA la implantación de cultivos energéticos requerirá que la evaluación ambiental previa establezca los condicionantes necesarios para su instalación. Eje 3. Directrices relativas a los servicios y bienestar social Incluyen lo dispuesto para las actuaciones que la Ley 45/07 especifica en los artículos 28 (educación), 29 (cultura), 30 (sanidad), 32 (protección social) y el 33 (urbanismo y vivienda). Se organizan en los siguientes epígrafes: A) Sanidad. B) Educación. C) Servicios sociales. D) Cultura. E) Urbanismo y vivienda.

A) Directrices sobre Sanidad

1. Fomentar una vida sana desde la mejora de los estilos de vida, incidiendo en la prevención colectiva. 2. Mejorar la calidad de la atención al ciudadano (asistencial y de protección de la salud) y de sus expectativas y derechos. 3. Reducir las desigualdades en la salud, garantizando la equidad y la solidaridad del sistema. 4. Mejorar la eficiencia de los servicios sanitarios con carácter general y singularmente en las zonas rurales, garantizando unos servicios básicos suficientes y de calidad. 5. Garantizar la accesibilidad y la utilización de los bienes y servicios a todas las personas y especialmente a aquellas con movilidad reducida o con cualquier otra limitación física, psíquica o sensorial de manera permanente o transitoria. 6. Apoyar a las personas en situación de dependencia para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.

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B) Directrices en Educación.

1. Garantizar en las zonas rurales la existencia de un servicio público educativo suficiente y de calidad, incentivando su mejora y actualización. 2. Extender progresivamente la escolarización en el primer ciclo de educación infantil. 3. Incrementar los niveles de cualificación profesional y las posibilidades de empleabilidad, promoción y movilidad profesionales. 4. Consolidar la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en el proceso de enseñanza y aprendizaje. 5. Desarrollar la capacidad creativa y emprendedora del alumnado. 6. Potenciar la formación del profesorado y su reconocimiento social. C) Directrices sobre Servicios Sociales 1. El Plan de Zona se adaptará a las necesidades particulares del territorio, con especial atención a los siguientes aspectos:

a) Accesibilidad b) Atención a personas mayores c) Atención a personas con discapacidad d) Igualdad y lucha contra la violencia de género e) Integración de la población inmigrante

2. Se priorizará la dotación de equipamientos de servicios sociales públicos en donde haya ausencia, escasa dotación o inferior accesibilidad a los mismos. 3. En todas las zonas rurales debe preverse la forma rápida de actuación en caso de que tenga lugar un suceso de violencia de género, ya sea con la dotación de un centro de acogida de mujeres maltratadas, o con la previsión de prestación de este servicio en un centro adecuado al exterior de la zona rural. D) Directrices de Cultura 1. El Plan de Zona, como base para programar las acciones, deberá analizar previamente el nivel cultural de la población, la oferta en equipamientos y actividades culturales del territorio, así como identificar las principales carencias, necesidades y oportunidades en esta materia. 2. Estimular la conservación, recuperación y promoción de la cultura rural local, por su papel esencial como base de reconocimiento y afirmación de la identidad de cada territorio.

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3. Impulsar la salvaguarda de tradiciones, lenguas y hablas autóctonas, fiestas locales, bienes artísticos y arquitectónicos, paisajes rurales tradicionales, así como la creación de museos etnográficos y monográficos sobre elementos de identificación de las distintas comarcas, y demás instrumentos de promoción, identidad e imagen de las zonas rurales. 4. Las actuaciones de fomento de estas culturas y tradiciones locales deberán mantener concordancia con marco normativo vigente, adaptando dichas tradiciones en los casos que sean necesarios. 5. En aquellas zonas rurales a revitalizar, fuertemente aisladas o con población dispersa, dar respuesta a las necesidades culturales presenta una mayor dificultad. Por ellos es preciso idear nuevas fórmulas para acercar la cultura a la población (uso nuevas tecnologías, actividades itinerantes, etc.). También serán susceptibles de apoyo las iniciativas intermunicipales de cooperación, encaminadas a la dinamización cultural. 6. Se llevarán a cabo, según las necesidades de las zonas, actividades encaminadas a mejorar la comprensión y valorización del medio rural, de su naturaleza multifuncional, y su patrimonio cultural y natural, que prioritariamente estarán dirigidas a visitantes de origen urbano. 7. Como medida para fomentar la lectura, se considera necesario disponer de al menos una biblioteca de referencia para cada zona rural, con catálogo de publicaciones virtual o accesible en todos los ayuntamientos, y posibilidad de distribución de préstamos itinerante o también virtual, con apoyo ayuntamientos, centros públicos y asociaciones culturales. 8. Cuando el estado de conservación del patrimonio cultural de las zonas no sea el adecuado, se incluirán actuaciones de recuperación y conservación del mismo, así como actuaciones que además permitan su puesta en valor, como apoyo al turismo rural. 9. En la línea anterior deberá reforzarse la recuperación de los conocimientos, oficios y técnicas tradicionales relacionadas con la arquitectura tradicional desaparecidas o que corren el riesgo de desaparecer 10. Fomento de la cultura deportiva por medio del desarrollo de actividades dirigidas a todos los sectores de la población rural.

E) Directrices sobre Urbanismo y Vivienda.

1. En la medida que resulte viable, se incentivará un modelo territorial y urbano que permita mantener la actual estructura de asentamientos de pequeña escala, potenciando la consolidación de los núcleos que puedan actuar como cabeceras de comarca a efectos de prestación de servicios. Es conveniente consolidar el sistema de centros rurales tradicionales. 2. Cualquier ordenación del territorio y del urbanismo, además de estar sujeto a las normativas vigentes, responderá tanto a las iniciativas como a

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los intereses públicos. La tendencia debe ser a minimizar la nueva ocupación de suelo rústico con fines de usos urbanos, que en todo caso deben ser proporcionados, justificados, austeros y consecuentes con la estrategia de desarrollo sostenible adoptada para la zona rural. 3. Prestar especial atención a la ordenación de los espacios que se dedican o se van a dedicar a las actividades de ganadería intensiva y a las actividades industriales, que potencialmente pueden causar problemas y molestias tanto a las poblaciones humanas como al medio ambiente. 4. Los Planes de Zonas Rurales otorgarán preferencia a las actuaciones de rehabilitación de viviendas preexistentes frente a la nueva construcción, salvo que resulte imposible o inviable en algún municipio en especial. 5. Se programarán con mayor prioridad las actuaciones de rehabilitación de edificios que sean bienes de interés cultural o figuren en inventarios de elementos del patrimonio arquitectónico rural para darles algún uso, público o privado. En segundo lugar, se priorizarán las actuaciones de rehabilitación de edificios que presenten patrones arquitectónicos tradicionales, representativos o bien conservados. 6. Los instrumentos de ordenación territorial y urbanística han de regular adecuadamente los suelos no urbanizables y las áreas de especial protección, preservando la transformación urbanística en aquellos terrenos susceptibles de erosionarse e inclinados, los que sean importantes para la conservación de hábitat, ecosistemas o especies protegidas, y los que ocupen suelos de gran valor agrológico. Eje 4. Directrices relativas al medio ambiente Se consideran las materias que el PDRS 2010-14 introduce en relación con la planificación ambiental del artículo 19 de la Ley 45/2007, la conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales del artículo 21 y la restauración hidrológica-forestal del artículo 25. Se organizan en los siguientes epígrafes: A) Aspectos Generales. Conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales. B) Cambio Climático. C) Recursos Hídricos. D) Patrimonio Cultural y Biodiversidad.

A) Directrices sobre Aspectos Generales. Conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales.

1. Propiciar estrategias de desarrollo adaptadas a la particular situación ambiental de cada zona rural, que permitan compatibilizar una actividad

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económica continuada y diversificada con la conservación de la naturaleza, la diversidad biológica y la calidad ambiental del territorio. 2. Los Planes de Zona pueden impulsar la elaboración de Planes de Gestión en los espacios de la Red Natura 2000, en caso de que no existan. Estos planes de gestión pueden desarrollar e incentivar, además de las actuaciones inherentes a la conservación, otras de desarrollo sostenible que generen nuevas oportunidades. 3. Las actuaciones de conservación y restauración de los espacios naturales y los ecosistemas deben tener un enfoque holístico y fundamentarse en los aspectos clave de la funcionalidad ecológica. 4. En la gestión y conservación de paisajes y agrosistemas seminaturales de elevado valor ambiental, como las dehesas, el Plan de Zona puede incluir actuaciones de orientación para las prácticas adecuadas de las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. Podrá impulsar así mismo, actuaciones de sensibilización, educación y formación a los gestores de explotaciones acerca de su papel en el mantenimiento del medio rural en general y del paisaje rural en particular. 5. En las zonas rurales donde existan problemas ambientales derivados de una actuación, disposición o percepción desfavorable por parte de algunos agentes clave del territorio, el Plan de Zona podrá incluir la realización de programas de información y formación ambiental u otras medidas tendentes a superar dichas situaciones y a convertir a estos agentes en aliados ambientales activos.

B) Directrices relacionadas con el Cambio Climático 1. Con objeto de propiciar la adaptación de las zonas rurales al cambio climático, los Planes pueden incentivar la realización de estudios prospectivos de los efectos locales previsibles sobre los ecosistemas y los principales recursos naturales de las mismas. 2. Los Planes de Zonas Rurales tendrán en consideración, en todo caso, las líneas definidas y establecidas por la Estrategia de Cambio Climático de Extremadura. 3. Favorecer la reducción de las emisiones de contaminantes a la atmósfera y cumplir con los compromisos del Protocolo de Kioto. 4. Mejorar la calidad ambiental mediante el uso de energías limpias y renovables, el incremento de la eficiencia energética y ahorro en el uso de los recursos no renovables 5. Impulsar la consecución de objetivos de autosuficiencia y proximidad, es decir, ser capaz de gestionar el máximo de los RU generados en el territorio y utilizarlos en el lugar más cercano al lugar donde se generan.

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6. Promover pautas de consumo de productos con menor cantidad de energía añadida, estimular la demanda de materiales reciclados y fomentar las compras verdes. 7. Poner en marcha programas de pedagogía social, motivación al ciudadano y educación ambiental 8. Impulsar la instalación en edificios de tecnologías energéticas basadas en recursos renovables (energía solar térmica y fotovoltaica, biomasa térmica, mini-eólica, geotermia de baja temperatura, cogeneración, etc.) C) Directrices sobre Recursos Hídricos

1. Mejorar y tecnificar los sistemas de gestión y distribución de agua de los usos consuntivos, potenciando la reutilización de los retornos. 2. Garantizar la calidad para cada uso y para la conservación del medio ambiente 3. Velar por el abastecimiento a las poblaciones en cantidad y calidad. 4. Adaptar los regadíos existentes a las condiciones socioeconómicas actuales mejorando la distribución y el ahorro del recurso, el control de caudales y la disminución de los costes de explotación 5. Impulsar decididamente una depuración tanto de los vertidos al alcantarillado como de los vertidos directos, realizando una labor de seguimiento y control particularmente rigurosa cuando los vertidos puedan afectar a zonas 6. Fomentar las nuevas tecnologías en la gestión de recursos hídricos. D) Directrices de Patrimonio Cultural y Biodiversidad

1. Favorecer la integración del aprovechamientos económico de los recursos naturales y culturales de forma sostenible, con la adecuada conservación de la diversidad natural. 2. Contribuir a la existencia de herramientas de planificación y/o gestión en todos los espacios que integran la Red de Áreas Protegidas, así como adecuados órganos de participación social. 3. Favorecer que las explotaciones incluidas dentro de la Red de Áreas Protegidas dispongan líneas de ayudas suficientes que aseguren una gestión sostenible. 4. Fomentar el uso público de las Áreas Protegidas, mejorado los equipamientos ambientales y facilitando el desarrollo aquellas actividades turísticas, culturales, deportivas y de ocio que no comprometan su conservación.

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5. Fomentar la adopción de prácticas y estilos de vida sostenibles, mediante un uso racional y solidario de los recursos naturales. 6. Promover la coherencia ambiental y social de las Administraciones Públicas, las entidades privadas y las asociaciones. 7. Garantizar el equilibrio óptimo entre los beneficios e intereses ecológicos, económicos y sociales que convergen sobre los sistemas forestales (sostenibilidad forestal). 8. Garantizar la persistencia, protección y mejora de los ecosistemas forestales, haciendo hincapié en la recuperación y el mantenimiento de las especies autóctonas e incorporar la variable multifuncional al principio de desarrollo sostenible aplicado a los bosques y al medio natural. 9. Proteger la cubierta vegetal contra incendios, plagas, contaminación atmosférica y otros agentes nocivos, promoviendo la defensa del suelo frente a la erosión. 10. Favorecer la implicación de la sociedad extremeña en la prevención y lucha contra los incendios forestales. 11. Impulsar la primera transformación de los productos del monte, preferentemente en las áreas rurales próximas, que mejoren la economía rural y fomenten la creación de empleo. 12. Apuesta por una Caza de Calidad, y su reconocimiento a través del sello de calidad “Caza Natural de Extremadura”, para aquellos acotados que apuesten por una adecuada gestión del medio y la calidad genética de las especies cinegéticas. 13. Potenciar el desarrollo económico de la acuicultura, apoyando las actividades tradicionales y fomentando las especies autóctonas. 14. Potenciar el desarrollo de la Educación Ambiental como herramienta para conseguir la participación real de los ciudadanos en la prevención y resolución de los problemas ambientales y como instrumento de gestión ambiental.