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Código: 5.1M - F - 10 RESOLUCIÓN ACLARATORIA Página 1 de 15 Alcaldía de Medellín FONVALMED Versión: 01 Radicado: 89148. RESOLUCIÓN No. RP 2019-9232. "Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017". El Director General del Fondo de Valorización del Municipio de Medellín, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 58 de 2008, el Decreto Municipal 0883 de 2015, el Decreto 104 de 2007, y la Resolución 094 de 2014, CONSIDERANDO QUE: En uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 313 y 318 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 18 de la ley 1551 de 2012, el Concejo de Medellín, el 30 de diciembre de 2008 expidió el Acuerdo 58 Estatuto de la Contribución de Valorización del Municipio de Medellín. En virtud de lo contemplado en la Constitución Política y en concordancia con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las actuaciones administrativas se efectuarán con fundamento en los principios de igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad. 3. El 22 de septiembre de 2014 se expidió la Resolución No 094, "por la cual se distribuye la contribución de valorización del Proyecto Valorización el Poblado, decretadas por la Resolución 0725 de 2009, modificada por las Resoluciones 0824 de 2010, 0246 de 2012 y 0197 de 2014". 4. El Director General del Fondo de Valorización del Municipio de Medellín, hoy FONVALMED, tiene la potestad de expedir los actos administrativos, definitivos y de trámite generados con el proceso del cobro de la contribución de valorización. 5. Mediante la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017, se expidió Resolución Modificadora "Por medio de la cual se corrigen de oficio las variables Área de lote y Área de compra (...)", entre otros de los inmuebles identificados con las matrículas inmobiliarias No. 321361 321313 321305 321337 321341 321362 321314 321306 321338 321342 321378 321393 321380 321389 321370 Página 1 de 15 Fondo de Valorización del Municipio de Medellín Centro de Atención: Aeropuerto Olaya Herrera - Cr. 65 A # 13-157 - piso 2, oficina 1N4 Teléfono: (4) 557 02 46- NIT: 900.158.929-0 www.medellin.gov.co www.fonvalmed.gov.co

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Código: 5.1M - F - 10

RESOLUCIÓN ACLARATORIA Página 1 de 15

Alcaldía de Medellín FONVALMED Versión: 01

Radicado: 89148.

RESOLUCIÓN No. RP 2019-9232.

"Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017".

El Director General del Fondo de Valorización del Municipio de Medellín, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 58 de 2008, el Decreto Municipal 0883 de 2015, el Decreto 104 de 2007, y la Resolución 094 de 2014,

CONSIDERANDO QUE:

En uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 313 y 318 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 18 de la ley 1551 de 2012, el Concejo de Medellín, el 30 de diciembre de 2008 expidió el Acuerdo 58 Estatuto de la Contribución de Valorización del Municipio de Medellín.

En virtud de lo contemplado en la Constitución Política y en concordancia con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las actuaciones administrativas se efectuarán con fundamento en los principios de igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

3. El 22 de septiembre de 2014 se expidió la Resolución No 094, "por la cual se distribuye la contribución de valorización del Proyecto Valorización el Poblado, decretadas por la Resolución 0725 de 2009, modificada por las Resoluciones 0824 de 2010, 0246 de 2012 y 0197 de 2014".

4. El Director General del Fondo de Valorización del Municipio de Medellín, hoy FONVALMED, tiene la potestad de expedir los actos administrativos, definitivos y de trámite generados con el proceso del cobro de la contribución de valorización.

5. Mediante la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017, se expidió Resolución Modificadora "Por medio de la cual se corrigen de oficio las variables Área de lote y Área de compra (...)", entre otros de los inmuebles identificados con las matrículas inmobiliarias No.

321361 321313 321305 321337 321341

321362 321314 321306 321338 321342

321378 321393 321380 321389 321370

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Fondo de Valorización del Municipio de Medellín Centro de Atención: Aeropuerto Olaya Herrera - Cr. 65 A # 13-157 - piso 2, oficina 1N4 Teléfono: (4) 557 02 46- NIT: 900.158.929-0

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Código: SJM - F - 10

Versión: 01 Página 2 de 15

RESOLUCIÓN ACLARATORIA 1 Alcaldía do Medellín

FO NVALM E

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6. Por error netamente aritmético, en los anexos los cuales forman parte integral de la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017; se omitió aplicar correctamente el descuesto a que se tiene derecho por realización de la modificadora técnica; toda vez que el sistema tomó dos veces el descuento, por lo que se les notificó de forma errada el saldo a favor respecto a los siguientes contribuyentes, que además se encuentran relacionados los números de identificación, las matrículas inmobiliarias, así:

Matricula Número de

Identificación Contribuyente

321361 8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO

321362 8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO

321378 8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO

321313 21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET

321314 21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET

321393 21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET

321305 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA

321306 21385229 SÁNCHEZ DE SIERRA MARGARITA

321380 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA

321361 32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA

321362 32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA

321378 32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA

321337 42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUÁREZ

321338 42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUÁREZ

321389 42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUÁREZ

321305 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA

321306 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA

321380 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA

321337 70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR

321338 70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR

321389 70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR

321341 860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A

321342 860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A

321370 860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A

7. De acuerdo con lo expuesto, resulta procedente a fin de evitar confusiones e inducciones a error por parte de la Entidad, y actuando bajo los principios de eficacia y economía procesal, aclarar la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017, de conformidad con lo que establece el artículo 45 de la Ley

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Código: 5.1M - F - 10

RESOLUCIÓN ACLARATORIA

Versión: 01 Página 3 de 15

1437 de 2011 — Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA — que estipula:

"Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda"

8. De esta manera, se procede a aclarar la referenciada Resolución, en virtud de la norma antes citada y por los motivos ya expuestos; y con el fin de dar mejor entendimiento respecto a los saldos a favor notificados de forma equivocada, teniendo presente el concepto financiero íntegro No. CN 2019-207 del 26 de noviembre de 2019, el cual se incorpora al presente acto administrativo y que expone lo siguiente:

"(...) Mediante la revisión de las solicitudes de devolución de saldos a favor interpuestas por los contribuyentes en la entidad, se identificó que los saldos notificados mediante la Resolución No. 2017-4604 del 2017, se encontraban errados, dado que se le notificó un saldo a favor mayor de lo que realmente era. Para este caso el cálculo del saldo a favor correcto es tomar la diferencia entre el valor a capital abonado, menos el nuevo valor de la contribución con el 6% de descuento aplicado. Sin embargo, para el año 2017 se realizó una modificación en el parámetro del sistema, por tanto, el cálculo del saldo a favor originado por una modificadora técnica para los contribuyentes que pagaron inicialmente el total de la contribución con el 6% de descuento, se realizaba la siguiente manera: Valor contribución asignado menos nuevo valor de la contribución con el 6% de descuento aplicado. Este cálculo estaba errado ya que está reconociendo dos veces el descuento, para este caso se debe tomar son los abonos a capital realizados y no el valor de la contribución asignado, ya que se está tomando un valor mayor al que realmente abonó.

Por lo anterior, se verificó el proceso junto con el área técnica y se determinó necesario realizar la revisión técnica y financiera nuevamente, con el fin de aclarar los saldos notificados.

Adicionalmente se identificó que los saldos a favor notificados en la resolución 2017-4604 del 2017 no fueron cargados en el sistema mediante la nota 01SA en cartera, por lo tanto, también se debe corregir y cargar la información que corresponde en el sistema de información de la entidad. (...)"

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Alcaldía de Medellín FONVALMED Versión: 01

9. De acuerdo con lo anterior, resulta importante precisar que, respecto de algunos de los contribuyentes vinculados en el presente acto administrativo, con relación a los inmuebles de los cuales son propietarios, al realizar la debida aplicación de saldos quedaron con un saldo a favor, como se puede evidenciar en el cuadro anexo el cual forma parte integral de la presente providencia y que le será notificado a cada uno de los contribuyentes.

Es de resaltar que, para acceder a la devolución de este saldo efectuado, deberá diligenciar el formulario correspondiente con sus respectivos soportes, para lo cual podrá acercarse al centro de atención ubicado en la carrera 65 A # 13-157 Oficina IN4, piso 2 — Aero Puerto Olaya Herrera, para diligenciar el mismo y por ende radicarlo; o también puede acceder al formulario desde nuestra página web www.fonvalmed.gov.co y descargarlo.

10. Además de todo lo anterior, es importante anotar que respecto de las siguientes contribuyentes ya se realizó la devolución de los saldos a favor y, por lo tanto, no hay lugar nuevamente a devolución alguna; pero si es necesario incluir los inmuebles identificados con las matrículas inmobiliarias No. 321305, 321306 y 321380, dentro de la presente providencia y proceder a la aclaración.

Los saldos a favor que fueron ya devueltos son los que se especifican a continuación, al igual que en el cuadro anexo el cual forma parte integral de la presente providencia y que como ya se explicó no hay lugar nuevamente a reclamar, toda vez que los mismos ya fueron devueltos:

Matricula Número de

Identificación Contribuyente

Saldo a favor

real

Saldo por pagar

real

321305 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 1.093 $ -

321306 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 1.092 $ -

321380 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 13.714 $

321305 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 90 $

321306 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 91 $ -

321380 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 1.133 $ -

11. Finalmente, nos permitimos informarles a los contribuyentes que, por cuestiones y asuntos directamente operativos del sistema, los anexos que forman parte integral de la presente providencia quedaron identificados con el número 20174604, toda vez que quedan identificados con el número de resolución modificadora técnica en un principio notificada. Lo anterior, con el fin de informar que consecuente a ello, no se acarrearán problemas jurídicos ni de ninguna otra índole, para el desarrollo del presente acto administrativo que se enumera con el RP 2019-9232.

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En virtud de lo anterior, El Director General del Fondo de Valorización del Municipio de Medellín — FONVALMED,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR la Resolución No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017, en cuanto a la debida aplicación de los saldos a favor, de los inmuebles identificados con las siguientes matrículas inmobiliarias que se relacionan a continuación, respecto del propietario, número de identificación y el saldo correcto, quedando de la siguiente forma:

Matricula Número de

Identificación Contribuyente

Saldo a favor

real

Saldo por pagar

real

321361 8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO $ 591 $ -

321362 8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO $ 591 $ -

321378 8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO $ 7.424 $ -

321313 21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET $ 1.183 $ -

321314 21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET $ 1.183 $ -

321393 21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET $ 14.846 $ -

321305 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 1.093 $ -

321306 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 1.092 $ -

321380 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 13.714 $ -

321361 32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA $ 592 $ -

321362 32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA $ 592 $ -

321378 32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA $ 7.422 $ -

321337 42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUAREZ $ - $ 74.828

321338 42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUAREZ $ - $ 72.032

321389 42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUAREZ $ - $ 864.251

321305 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 90 $ -

321306 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 91 $ -

321380 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 1.133 $ -

321337 70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR $ 68.530

321338 70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR $ 68.531

321389 70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR $ 859.981

321341 860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A $ 1.183

321342 860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A $ 1.183

321370 860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A $ 14.846

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ARTÍCULO SEGUNDO: Informar que el acto administrativo No. 2017-4604 del 13 de septiembre de 2017, se expidió en legal forma, razón por la cual el error netamente aritmético, respecto de los inmuebles mencionados en el numeral anterior, no afecta su nacimiento a la vida jurídica, ni su eficacia y oponibilidad.

ARTÍCULO TERCERO: Informar que respecto de la señora Margarita Sánchez de Sierra identificada con cédula de ciudadanía número 21.385.229 y de la señora Margarita Elena Sierra Sánchez identificada con cédula de ciudadanía número 42.981.225, ya se les devolvió el saldo a favor el cual se menciona en el siguiente cuadro y en el cuadro anexo el cual hace parte integra de la presente providencia y por lo tanto no hay lugar a devolución nuevamente, de conformidad con lo expuesto en este acto administrativo:

Matricula Número de

Identificación Contribuyente

Saldo a favor

real

Saldo por pagar

real

321305 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 1.093 $

321306 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 1.092 $

321380 21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA $ 13.714 $

321305 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 90 $

321306 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 91 $ -

321380 42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA $ 1.133 $ -

ARTÍCULO CUARTO: Informar que algunos de los contribuyentes vinculados en el presente acto administrativo, con relación a los inmuebles de los cuales son propietarios, poseen un saldo a favor, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.

ARTÍCULO QUINTO: Informar que algunos de los anexos que forman parte integral de la presente providencia, quedaron identificados con el número 20174604, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.

ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar el contenido de la presente Resolución, a las personas y representantes legales y/o apoderados de las sociedades que se relacionan en el siguiente cuadro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 51 del Acuerdo 58 de 2008:

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Código: SJM - F - 10

RESOLUCIÓN ACLARATORIA Página 7 de 15

Alcaldía de Medellín FONVALMED Versión: 01

Identificación Contribuyente

8259140 LEON CASTRO LUIS GUILLERMO

21318396 CRUZ DE RAMIREZ ACENET

21385229 SANCHEZ DE SIERRA MARGARITA

32455580 BERRIO DE LEON MARIA EUGENIA

42873123 ANA CRISTINA TRUJILLO SUAREZ

42981225 SIERRA SANCHEZ MARGARITA ELENA

70060323 VALDES DUQUE ALVARODEL SOCORR

860034313 BANCO DAVIVIENDA S.A

Dada en Medellín, a los veintiséis (26) días del mes de noviembre de 2019.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

aJCil Cgrd-/ CESAR AUGUSTO GIRALDO CEBALLOS

Director General

as Proye

Pro fe narl

Proyectó: Andre E r. ama Ec evem Ochoa Proyectó: Daniela López Ruiz. Abogada. Apoyo Financiero.

e a Valencia. fiera.

Pro yo Administrativo.

ndro Castañeda Ramírez Aprobó: Migue ZZJES Mir ~stamante. Abogo.

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