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Informe de Transparencia 2019

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Memoriae

Informe de Gestión

2018

Informe de

Transparencia2019

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INDICE

Informe Anual Relativo al Cumplimiento de los Códigos de Conducta Sobre

Inversiones Financieras Temporales 2 Cuentas Anuales 5 Estatutos 24 Reglamento de Repartos 29 Informe de Gestión 35 Información Sobre las Negativas a

Conceder una Autorización No Exclusiva de los Derechos Gestionados por la Entidad 54 Estructura Jurídica y Administrativa de la Entidad 56

Información Sobre Toda Entidad Que Sea Propiedad o Este Controlada Directa o

Indirectamente, en su Totalidad o en Parte, por la Entidad de Gestión 59

Información Sobre el Importe Total de las Remuneraciones Pagadas

el Ejercicio Anterior a las Personas Contempladas en los Artículos 161 y 162 de la

Ley de Propiedad Intelectual 61 Información Financiera 63Declaración de los órganos de Gobierno y del ógano de Control interno 76 Informe Sobre

la Utilización de los Importes Deducidos para Servicios Sociales y Culturales 78

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INFORME ANUAL RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE LOS CÓDIGOS DE CONDUCTA

SOBRE INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORALES

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Informe anual relativo al cumplimiento de los códigos de conducta sobre inversiones financieras temporales del ejercicio económico 2019

Durante el ejercicio arriba indicado, al que corresponden las cuentas anuales que se presentan, VEGAP ha realizado todas las inversiones financieras temporales que se encuentran reflejadas en dichas cuentas conforme a los principios y recomendaciones indicados en el acuerdo de 20 de febrero de 2019, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por el que se aprueba el código de conducta relativo a las inversiones de las entidades sin ánimo de lucro, no habiéndose producido desviaciones respecto de los criterios contenidos en dicho código. Al 31 de diciembre de 2019 y al 31 de diciembre de 2018, los saldos de las inversiones financieras temporales eran los siguientes:

Imposición vigente

Depósito a Plazo

Cédulas Hipotecarias

Otros

Total

Imposición vigente

Depósito a Plazo

Cédulas Hipotecarias

Otros

Total

Euros

600.000

0

2.148

602.148

Euros

1.000.000

0

2.148

1.002.148

Tipo de interés

0,37%

Tipo de interés

0,37%

Vencimientos

2019

Saldo a 31/12/2019

Saldo a 31/12/2018Vencimientos

2019

Política general de las inversiones financieras temporales de visual entidad de gestión de artistas plásticos (VEGAP)

I. Introducción.

VEGAP con el fin de reforzar el rigor en el uso de sus inversiones financieras temporales, ha adoptado el acuerdo del 20 de febrero de 2019, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por el que se aprueba el código de conducta relativo a las inversiones financieras temporales que realicen las entidades sin ánimo de lucro en instrumentos financieros sujetos al ámbito de supervisión de Comisión Nacional del Mercado de Valores.

A los efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Inversiones financieras temporales. - Se considerarán inversiones financieras temporales cualesquiera inversiones en instrumentos financieros, con la excepción de las siguientes:

1.- Las inversiones que estén sujetas a restricciones a la libre disposición por virtud de un título fundacional, de los estatutos de la entidad o de la normativa que le sea de aplicación.

2.- La parte del patrimonio de la entidad que provenga de aportaciones efectuadas por el fundador, por donantes o por asociados con sujeción a requisitos de no disposición o con vocación de permanencia.

Instrumentos financieros. A efectos del presente Código tienen la consideración de instrumentos financieros los recogidos en el Anexo de instrumentos financieros de la Ley del Mercado de Valores.

En dicho acuerdo se contemplan las obligaciones de información que sobre la realización de inversiones temporales de las entidades sin ánimo de lucro deben elevarse al Consejo de Administración de la Entidad

Por esta razón, el Consejo de Administración de VEGAP ha resuelto proponer a la Asamblea General de Socios el establecimiento de la política general de inversiones de la entidad, de acuerdo con los siguientes:

II. Principios y recomendaciones.

Medios y organización

1. Las entidades sin ánimo de lucro deben establecer sistemas de selección y de gestión de inversiones.

2. Estas entidades deben fijar un Código Conducta que establezca sistemas de selección y gestión proporcionados al volumen y naturaleza de las inversiones financieras temporales que realicen o que pretendan realizar.

3. Quienes decidan en la entidad las inversiones contarán con los suficientes conocimientos técnicos y experiencia suficientes o se sirvan de asesoramiento profesional apropiado

3

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4. Cuando se decida contar con asesoramiento externo lo que se considera en general recomendable, deberá velarse por que el mismo ofrezca suficientes garantías de competencia profesional y de independencia, y porque no se vea afectado por conflicto de intereses.

Política y Selección de inversores.

Para la selección de las inversiones en instrumentos financieros se valorará la seguridad, liquidez y rentabilidad que ofrezcan las distintas posibilidades de inversión, vigilando que exista el equilibrio entre estos tres objetivos y atendiendo a las condiciones del mercado en el momento de la contratación.

VEGAP, se obliga a respetar, en virtud de la normativa mencionada, los siguientes principios en sus decisiones en materia de inversiones financiera temporales:

1º.- Principio de coherencia. La estrategia de inversión deberá ser coherente con el perfil y duración de los pasivos y las previsiones de tesorería.

2º.- Principio de liquidez. Como regla general deberá invertirse en instrumentos financieros suficientemente líquidos.

Se considera especialmente apropiada, en este sentido, la inversión en valores negociados en mercados regulados o sistemas multilaterales de negociación y la inversión en instituciones de inversión colectiva con reembolso diario armonizadas a nivel europeo o equivalentes.

Deberá tenerse en cuenta al invertir la profundidad del mercado de los valores o instrumentos financieros correspondientes considerando su negociación habitual.

3º.- Principio de diversificación. Según el cual, diversificarán los riesgos correspondientes a sus inversiones, seleccionando una cartera compuesta por una pluralidad de activos no correlacionados entre sí, de distintos emisores y con diversas características desde el punto de vista de su riesgo.

4º Principio de preservación del capital. La política de inversiones deberá dar en todo caso especial importancia a la preservación del capital.

Se considerará inapropiado que se realicen operaciones apalancadas o dirigidas exclusivamente a obtener ganancias a corto plazo.

Por ello, y cumpliendo los principios mencionados, las inversiones de VEGAP deben asegurar el adecuado cumplimiento de sus fines. No podrán menoscabar su patrimonio, ni su solvencia o liquidez, todo ello para hacer frente a sus obligaciones dentro del cumplimiento de sus fines.

En todo caso, las inversiones realizadas por VEGAP se orientaran a obtener los mayores rendimientos, dentro del nivel de riesgo que el Consejo de Administración de VEGAP haya fijado como adecuado, teniendo en todo caso en cuenta los principios mencionados.

III.Reglas particulares de ejecución de las inversiones.

1. VEGAP, orientará sus inversiones de acuerdo con los principios de seguridad, liquidez, rentabilidad, diversificación y no especulación, tal y como se definen en el punto II.

Es importante resaltar que los fondos líquidos que tiene VEGAP y que son los que invierte para obtener una rentabilidad adicional, son fondos cuyo destino final será para atender al reparto de derechos, y la rentabilidad obtenida se utilizará para acrecentar el reparto. Consecuentemente, estos fondos se tienen que invertir en activos que puedan fácilmente transformarse en liquidez.

2. Las clases de activos en los que podrá invertir VEGAP serán exclusivamente deuda pública, imposiciones a plazo fijo y productos garantizados sin limitación geográfica.

VEGAP no invertirá directamente en acciones de ninguna compañía

3. Las inversiones se realizarán preferentemente en euros, efectuándose en mercados oficiales y a precios de mercado.

Aprobado en reunión del Consejo de Administración del 20 de abril de 2020 para su presentación a la Asamblea General de Socios de VEGAP para su aprobación definitiva.

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CUENTAS ANUALES

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VISUAL ENTIDAD DE GESTION DE ARTISTAS PLASTICOS

BALANCE DE SITUACIÓN(expresado en euros)

Las notas 1 al 24 son parte integrante de estas cuentas anuales

ACTIVO

A) ACTIVO NO CORRIENTE

I. Inmovilizado intangible

II. Inmovilizado material

B) ACTIVO CORRIENTE

II. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar

IV. Inversiones financieras a corto plazo

VI. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes

Total Tesorería

Total Activo corriente

TOTAL ACTIVO

Notas de la memoria

Nota 5

Nota 6

Nota 7

Nota 8

Nota 9

31/12/2019

110.320

2.105.874

2.216.194

1.320.432

602.148

6.303.939

6.906.087

8.226.520

10.442.713

31/12/2018

154.571

2.084.292

2.238.863

1.101.556

1.002.148

6.358.901

7.361.049

8.462.605

10.701.468

PATRIMONIO NETO Y PASIVO

A) PATRIMONIO NETO

A-1) Fondos propios

I. Capital

1. Fondo Social

III. Reservas

VII. Excedente del ejercicio

B) PASIVO NO CORRIENTE

I. Provisiones y a largo plazo

II. Deudas a largo plazo

C) PASIVO CORRIENTE

Provisiones a corto plazo

Deudas a corto plazo

Beneficiarios - Acreedores

Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar

Fondo Asistencial y Cultural

Total Pasivo Corriente

TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO

Notas de la memoria

Nota 10

Nota 11

Nota 12

Nota 11

Nota 12

Nota 13

Nota 14

Nota 15

31/12/2019

90.240

89.191

89.191

1.049

0

1.231.155

416.204

543.656

93.509

6.700.237

535.564

832.149

8.705.115

10.442.713

31/12/2018

86.572

85.523

85.523

1.049

0

1.535.315

519.301

651.707

91.639

6.441.981

842.749

532.205

8.560.280

10.701.468

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Las notas 1 al 24 son parte integrante de estas cuentas anuales

VISUAL ENTIDAD DE GESTION DE ARTISTAS PLASTICOS

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS(expresado en euros)

A) OPERACIONES CONTINUADAS

Ingresos de la actividad propia

Descuentos de gestión

Excedente provisiones para acrecentar el reparto

Gastos de personal

Otros gastos de explotación

Amortización del inmovilizado

Otros resultados

Total Gastos

A.1) EXCEDENTE POSITIVO O (NEGATIVO) DE LA

ACTIVIDAD

Ingresos financieros

a) De participaciones en instrumentos de patrimonio

b) En terceros

Gastos financieros

c) Por deudas con terceros

Diferencias de cambio

A.2) EXCEDENTE POSITIVO O (NEGATIVO) DE LAS

OPERACIONES FINANCIERAS

A.3) EXCEDENTE ANTES DE IMPUESTOS (A.1 + A.2)

Impuestos sobre beneficios

A.4) EXCEDENTE DEL EJERCICIO

Notas de la memoria

Nota 17

Nota 18

Nota 19

Notas 5 y 6

Nota 20

Nota 16

31/12/2019

11.938.512

1.938.512

0

-1.290.003

-514.074

-125.209

0

-1.929.286

9.227

992

-10.218

-9.227

0

0

0

31/12/2018

11.690.603

1.690.603

0

-1.095.354

-466.256

-117.487

0

-1.679.097

11.506

507

-12.012

-11.506

0

0

0

7

Page 12: 2018 2019 - VEGAP

Nº de titulares representados

Nacional

Internacional

Total

2019

2.801

141.778

144.579

2018

2.763

136.266

139.029

MEMORIA DE LAS CUENTAS ANUALES

Ejercicio Anual cerrado el 31 de diciembre de 2019

1. Actividad

Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, (en adelante la Entidad o VEGAP), es una entidad de gestión de derechos de autor por transformación, en lo pertinente, de la asociación sin ánimo de lucro denominada Visual Asociación de Artistas Plásticos, que se fundó el 17 de mayo de 1990, que se rige por lo establecido en sus Estatutos y en lo no previsto en los mismos por lo dispuesto en los preceptos del Título IV, del Libro III del Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación y los de las restantes disposiciones de legal aplicación. Su domicilio fiscal y social está radicado en la Calle Núñez de Balboa número 25 de Madrid.

VEGAP fue autorizada para actuar como entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, en virtud de la Orden del Ministerio de Cultura de 5 de junio de 1990 (BOE nº 141)

El fin primordial es la protección de los autores de obras de la creación visual, agrupándose dentro de ellas las creaciones de imágenes, sean estas fijas o en movimiento, con independencia del soporte o proceso utilizado para su creación y de sus derechohabientes en el ejercicio de sus derechos de carácter patrimonial, mediante la gestión de los mismos.

VEGAP realiza también, la promoción de actividades o servicios de carácter asistencial o social.

Pueden ser miembros de la Entidad las personas, naturales o jurídicas, titulares de alguno de los derechos objeto de la gestión de esta, ya los hayan adquirido a título originario o derivativo. Su adscripción a la Entidad, en cualesquiera de las categorías de miembros, se producirá a instancia del interesado, por acuerdo del Consejo de Administración.

A 31 de diciembre el número de titulares representados por la Entidad es de:

El órgano de gobierno supremo de la entidad es la Asamblea General de Socios a quien corresponde como competencia el examen y aprobación de la Memoria, el Balance y Cuenta de Resultados del ejercicio, así como el nombramiento y revocación de los miembros del Consejo de Administración.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales

Estas cuentas anuales se han formulado por los Administradores de acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable a la Entidad, establecido en:

• Código Comercio y restante legislación mercantil. • Plan General de Contabilidad aprobado por el Real

Decreto 1514/2007, modificado por el Real Decreto 602/2016, y sus Adaptaciones sectoriales y, en particular, la Adaptación Sectorial del Plan General de Contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro aprobado por el Real Decreto 1491/2011.

• Las normas de obligado cumplimiento aprobadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en desarrollo del Plan General de Contabilidad y sus normas complementarias.

• El resto de la normativa contable española que resulte de aplicación.

Las cuentas anuales 2019 que han sido formuladas por los administradores de la sociedad se someterán a la aprobación de la Asamblea de Socios, estimándose que serán aprobadas sin modificación alguna. Las cuentas anuales del ejercicio 2018 fueron aprobadas por la Asamblea General de Socios el 27 de junio de 2019.

Las cuentas anuales se presentan en euros, que es la moneda funcional y de presentación de la Entidad.

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2.1. Imagen fiel y Marco normativo de información financiera aplicable a Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos

Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros auxiliares de contabilidad de la Sociedad, habiéndose aplicado las disposiciones legales vigentes en materia contable con la finalidad de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Entidad.

2.2. Principios contables no obligatorios aplicados

No se han aplicado principios contables no obligatorios. Adicionalmente, los Administradores han formulado estas cuentas anuales teniendo en consideración la totalidad de los principios y normas contables de aplicación obligatoria que tienen un efecto significativo en dichas cuentas anuales. No existe ningún principio contable que, siendo obligatorio, haya dejado de aplicarse.

2.3. Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre

Principio de “empresa en funcionamiento”

La regulación que en materia tarifaria desarrolló la Orden Ministerial ECD/2574/2015 de 2 de diciembre por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de las entidades de gestión de Propiedad Intelectual ha creado un nuevo espectro de incertidumbre como consecuencia de la inconcreción que en su redactado presentan determinados aspectos que requerirían de una mayor seguridad jurídica. Además, esta Orden Ministerial quedo anulada por sentencia del Tribunal Supremo.

Debido a todo ello, al cierre del ejercicio 2017 y durante el año 2018 y el año 2019, no ha sido posible que ninguna entidad de gestión de España haya alcanzado acuerdo alguno con los operadores televisivos.

Esta situación, que está generando graves disfunciones, por las lesiones económicas que por ello están sufriendo los titulares de derechos de propiedad intelectual, y la inseguridad jurídica en que se encuentra las utilizaciones de los diferentes repertorios en el ámbito televisivo, ha generado otra incertidumbre cuya evolución no es posible determinar; si bien, la Ley 2/2019 de 2 de marzo de 2019 ha venido a paliar la inseguridad jurídica establecida en el artículo 164.5 de la Ley de Propiedad Intelectual, mediante una regulación en materia de pago de cantidades a cuenta en los casos en que el usuario se cuestiona la tarifa de la entidad de

gestión. Ello no ha servido para normalizar una situación que deviene en inadmisible, toda vez que desde el año 2015 los operadores televisivos no están alcanzando acuerdos para regular la utilización de los repertorios que explotan en sus emisiones televisivas.

En el caso de VEGAP, la negativa a contratar el uso de las obras del repertorio que tutela nuestra entidad conforme a las tarifas de la entidad, está creando una situación, por acumulación de ejercicios pagados a cuenta que dificulta enormemente el quehacer de nuestra entidad.

Los administradores de VEGAP han formulado las cuentas anuales adjuntas siguiendo el principio de gestión continuada, y entienden que la capacidad de la Entidad para continuar su actividad de forma que pueda realizar sus activos y hacer frente a sus pasivos en el curso ordinario de sus negocios, por los importes y según la clasificación con que figuran registrados en las cuentas anuales adjuntas, está sujeta a continuar sufragando los gastos de gestión en los que incurre, fundamentalmente, con los descuentos de gestión que obtiene anualmente de la recaudación de los derechos para sus socios, de acuerdo con lo establecido en el marco legal aplicable.

Estimaciones contables relevantes e hipótesis

En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas se han utilizado estimaciones realizadas por los Administradores de la Sociedad para valorar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas. Estas estimaciones se han realizado sobre la base de la mejor información disponible al cierre del ejercicio.

Básicamente estas estimaciones se refieren a: • Vida útil de los activos materiales e intangibles

(notas 5 y 6) • El importe de determinadas provisiones (nota 11 • La evaluación de posibles pérdidas por deterioro de

determinados activos (nota 5, 6 y 7)

Juicios relevantes en la aplicación de políticas contables

En la nota de Normas de registro y valoración o en otras notas se describen, en su caso, los juicios efectuados por la Dirección de la Entidad, las principales magnitudes que se muestran en los estados financieros de la Sociedad.

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Cambios de estimación

A pesar de que las estimaciones realizadas por los Administradores de la Sociedad se han calculado en función de la mejor información disponible al 31 de diciembre de 2018, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a su modificación en los próximos ejercicios. El efecto en cuentas anuales de las modificaciones que, en su caso, se derivasen de los ajustes a efectuar durante los próximos ejercicios se registraría de forma prospectiva.

2.4. Comparación de la información

A los efectos de la obligación establecida en el artículo 35.6 del Código de Comercio, y a los efectos derivados de la aplicación del principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad, las cuentas anuales del ejercicio 2019 recogen, a efectos comparativos, las cifras correspondientes al 2018.

2.5. Agrupación de partidas

Determinadas partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivos se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.

2.6. Importancia relativa

Al determinar la información a desglosar en la presente memoria sobre las diferentes partidas de los estados financieros u otros asuntos, la Entidad, de acuerdo con el Marco Conceptual del Plan General de Contabilidad para empresas sin ánimo de lucro ha tenido en cuenta la importancia relativa en relación con las cuentas anuales del ejercicio.

2.7. Cambios en criterios contables y corrección de errores

La memoria del ejercicio terminado a 31 de diciembre de 2019 no incluye cambios en criterios contables , ni corrección de errores.

3. Aplicación de resultados

La Asamblea General de Socios celebrada el 27 de junio de 2019, aprobó el resultado del ejercicio 2018 que fue cero.

El consejo de Administración someterá, para su aprobación por la Asamblea, el resultado del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2019 que es cero.

4. Normas de registro y valoración

Las normas de valoración y principios contables principales son los siguientes:

4.1.Inmovilizaciones intangibles

El inmovilizado intangible se presenta en el balance de situación por su valor de coste minorado en el importe de las amortizaciones y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.

La Sociedad revisa la vida útil y el método de amortización de los inmovilizados intangibles al cierre de cada ejercicio. En su caso, las modificaciones en los criterios inicialmente establecidos, se reconocen como un cambio de estimación.

Aplicaciones informáticas

Corresponde a los costes de adquisición y desarrollo incurridos en relación con los sistemas informáticos básicos para la gestión de la Sociedad. La amortización de las aplicaciones informáticas se realiza linealmente en un periodo de cuatro años de vida desde la entrada en explotación de cada aplicación.

4.2. Inmovilizaciones materiales

El inmovilizado material se valora por su precio de adquisición, neto de su correspondiente amortización acumulada y las pérdidas por deterioro que hayan experimentado.

Los gastos periódicos de mantenimiento, conservación y reparaciones del inmovilizado material, se imputan a resultados, siguiendo el principio de devengo, como coste del ejercicio en el que se incurren.

10

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Construcciones

Mobiliario

Equipos para procesos de información

Años de vida útil

25

10

4

La amortización de los elementos de inmovilizado material se realiza distribuyendo su importe amortizable de forma sistemática a lo largo de su vida útil. A estos efectos se entiende por importe amortizable el coste de adquisición menos su valor residual. La Sociedad determina el gasto de amortización de forma independiente para cada componente, que tenga un coste significativo en relación al coste total del elemento y una vida útil distinta del resto del resto del elemento.

La amortización de los elementos del inmovilizado material, con excepción de los terrenos que no se amortizan, se determina mediante la aplicación de los criterios que se mencionan a continuación:

La Sociedad revisa el valor residual, la vida útil y el método de amortización del inmovilizado material al cierre de cada ejercicio. Las modificaciones en los criterios inicialmente establecidos se reconocen como un cambio de estimación.

4.3. Deterioro del valor de los activos intangibles y materiales

Los activos intangibles y materiales se revisan, para pérdidas por deterioro, siempre que algún suceso o cambio en las circunstancias indique que el valor contable puede no ser recuperable.

Se reconoce una pérdida por deterioro por el exceso del valor neto contable del activo sobre su importe recuperable.

El importe recuperable es el mayor entre el valor razonable del activo menos el coste de venta o su valor en uso. A efectos de evaluar las pérdidas por deterioro del valor, los activos se agrupan al nivel más bajo para el que hay flujos de efectivo identificables por separado (unidades generadoras de efectivo).

En caso de deterioro, se realizan revisiones a cada fecha de balance por si se hubieran producido reversiones de la pérdida.

4.4. Arrendamientos

Arrendamiento operativo

Los contratos se clasifican como arrendamientos financieros cuando de sus condiciones económicas se deduce que se transfieren al arrendatario sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato. En caso contrario, los contratos se clasifican como arrendamientos operativos.

Cuando la Entidad actúa como arrendatario, los gastos del arrendamiento incluyen incentivos concedidos, en su caso, por el arrendador, se cargan linealmente a la cuenta de pérdidas y ganancias, en función de la vida del contrato.

4.5. Instrumentos financieros

Los instrumentos financieros se clasifican en el momento de su reconocimiento inicial como un activo financiero, un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio, de conformidad con el fondo económico del acuerdo contractual y con las definiciones de activo financiero, pasivo financiero o de instrumento de patrimonio.

La Entidad clasifica los instrumentos financieros en las diferentes categorías atendiendo a las características y a las intenciones de la Sociedad en el momento de su reconocimiento inicial.

a) Activos financieros

• Activos financieros mantenidos para negociar: activos cuya adquisición se origina con el propósito de venderlos en el corto plazo. Su valoración posterior se realiza por su valor razonable y los cambios en dicho valor razonable se imputan directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias.

• Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar: Corresponden a créditos (comerciales) originados por la Entidad a cambio de suministrar servicios directamente y cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable y que no se negocian en un mercado activo. Posteriormente se valoran por su coste amortizado, utilizando el método de interés efectivo. Se efectúan las correcciones valorativas necesarias por deterioro de valor cuando existe evidencia objetiva de que no se cobrarán todos los importes que se adeudan.

• Cuentas por cobrar: Corresponden a créditos (comerciales) originados por la Entidad a cambio de suministrar servicios directamente y cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable y que no se negocian en un mercado activo. Posteriormente se valoran por su coste amortizado, utilizando el método de interés efectivo. Se efectúan las correcciones valorativas necesarias por deterioro de valor cuando existe evidencia objetiva de que no se cobrarán todos los importes que se adeudan.

11

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• Fianzas entregadas: Corresponden a los importes desembolsados a los propietarios de los locales arrendados, cuyo importe corresponde normalmente, a un mes de arrendamiento. Figuran registradas dentro del inmovilizado financiero por los importes pagados, que no difieren significativamente de su valor razonable.

• Efectivo y otros líquidos equivalentes: El efectivo y otros activos líquidos equivalentes incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades de crédito y otras inversiones a corto plazo de liquidez inmediata.

• Deterioro del valor de los activos financieros. El valor en libros de los activos financieros se corrige por la Sociedad con cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias cuando existe una evidencia objetiva de que se ha producido una pérdida por deterioro. En el caso de los derechos de autor pendientes de recaudación (y por lo tanto pendientes de reparto), excepto por el importe de los impuestos indirectos, la Entidad no evalúa el posible deterioro dado que, de producirse finalmente el mismo, se procederá a corregir el importe del activo y del correspondiente pasivo registrado en el momento de la facturación de los mismos. En este sentido, no se producirá impacto alguno en la cuenta de pérdidas y ganancias de la Entidad.

• Para determinar las pérdidas por deterioro de los activos financieros, la Sociedad evalúa las posibles pérdidas tanto de los activos individuales, como de los grupos de activos con características de riesgo similares.

b) Pasivos Financieros

Los acreedores comerciales y otras cuentas a pagar corrientes son pasivos financieros a corto plazo que se valoran a valor razonable, no devengan explícitamente intereses y se registran por su valor nominal. Se consideran deudas no corrientes las de vencimiento superior a doce meses. Dentro de este apartado se incluyen:

«Acreedores por derechos» incluye todos los importes repartidos que aún no han sido liquidados a sus titulares.

«Derechos pendientes de reparto» son los derechos cobrados en el ejercicio que están pendientes de aprobación por la Asamblea para su reparto entre los socios titulares de derechos. Los derechos recaudados por las licencias tienen un reparto específico. Después

de descontar las deducciones correspondientes, los derechos netos recaudados se distribuyen entre los socios titulares de derechos, tanto nacionales como extranjeros, cuyos titulares han encomendado su gestión a la Entidad.

«Derechos pendientes de cobro» y «Derechos devengados» corresponden a derechos del ejercicio, facturados o no, que aún no se han cobrado. Cuando no existen dudas de su cobro antes de la formulación de las cuentas, se consideran estos derechos devengados a efectos del descuento de administración. Estos importes se acumularán, para su reparto, a los derechos recaudados en el ejercicio en el que se cobren (nota 7).

Las deudas con entidades de crédito se registran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Los mencionados pasivos se valoran posteriormente a su coste amortizado.

La Sociedad da de baja los pasivos financieros cuando se extinguen las obligaciones que los han generado.

4.6. Clasificación de saldos entre corriente y no corriente

En el balance de situación adjunto, los saldos se clasifican en no corrientes y corrientes. Los corrientes comprenden aquellos saldos que la Sociedad espera vender, consumir, desembolsar o realizar en un plazo inferior a doce meses, aquellos que no correspondan con esta clasificación se consideran como no corrientes.

4.7. Fondo asistencial y cultural

VEGAP, de acuerdo con lo establecido en el artículo 178 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual, tiene constituido un fondo para promover, directamente o por medio de otras entidades, actividades o servicios de carácter asistencial en beneficio de sus socios, así como para atender actividades de formación o promoción para el sector.

El Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada, determina asimismo en su artículo 15 que la cantidad destinada a estos efectos será el 20% de la recaudación proveniente de la compensación equitativa por copia privada y que se destinará, por partes iguales, al desarrollo de estas actividades.

12

Page 17: 2018 2019 - VEGAP

4.8. Transacciones en moneda extranjera

La conversión en moneda extranjera de los créditos y débitos expresados en moneda extranjera (divisas distintas del euro) se realiza aplicando el tipo de cambio vigente en el momento de efectuar la correspondiente operación, valorándose al cierre del ejercicio de acuerdo con el tipo de cambio vigente en ese momento.

Las diferencias de cambio que se produzcan como consecuencia de la valoración al cierre del ejercicio de los débitos y créditos en moneda extranjera se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias.

4.9. Impuesto sobre sociedades

El gasto devengado del Impuesto sobre beneficios del ejercicio se calcula mediante la suma del impuesto corriente, que resulta de aplicar el correspondiente tipo de gravamen la base imponible del ejercicio menos las bonificaciones y deducciones existentes, y de las variaciones producidas durante dicho ejercicio en los activos y pasivos por impuestos diferidos registrados. Se reconoce en la cuenta de Pérdidas y Ganancias, excepto cuando corresponde a transacciones que se registran directamente en el patrimonio neto, en cuyo caso el impuesto correspondiente también se registra en el patrimonio neto.

VEGAP declara el impuesto sobre beneficios como entidad parcialmente exenta. Se consideran como base imponible exclusivamente las pérdidas y ganancias financieras, sobre las que se aplica el tipo impositivo correspondiente a estas entidades parcialmente exentas para actividades mercantiles.

Los activos y pasivos por impuestos corrientes son los importes estimados a pagar o a cobrar con la Administración pública, conforme a los tipos impositivos en vigor a la fecha del Balance e incluyendo otro ajuste por impuestos correspondiente a ejercicios anteriores.

4.10. Provisiones

Los pasivos que resultan indeterminados respecto a su importe o a la fecha en que se cancelarán se reconocen en el balance como provisiones cuando la Entidad tiene una obligación actual (ya sea por una disposición legal, contractual o por una obligación implícita o tácita) surgida como consecuencia de sucesos pasados, que se estima probable que suponga una salida de recursos para su liquidación y su importe pueda medirse con fiabilidad. A tal efecto cuando el pasivo no puede calcularse de forma fiable, ni siquiera por un importe mínimo, se incluye información adecuada en esta memoria.

Las provisiones se valoran por su valor actual, en la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir a un tercero la obligación, registrándose los ajustes que surjan por la actualización de la provisión como un gasto financiero conforme se van devengando. Cuando se trata de una provisión con vencimiento inferior o igual a un año, y el efecto financiero no es significativo, no se lleva a cabo ningún tipo de descuento. Por lo general, las provisiones para reclamaciones se clasifican a largo plazo debido a que el proceso de identificación y pago de los titulares de derechos es un proceso que lleva más de un año.

Las provisiones se revisan a la fecha de cierre de cada balance y son ajustadas con el objetivo de reflejar la mejor estimación actual del pasivo correspondiente en cada momento, que incluye el evaluar los riesgos derivados del reparto de derechos del ejercicio o de ejercicios anteriores.

Por otra parte, se consideran pasivos contingentes aquellas posibles obligaciones, surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización está condicionada a que ocurran eventos futuros que no están enteramente bajo el control de la Entidad y aquellas obligaciones presentes, surgidas como consecuencia de sucesos pasados, para las que no es probable que haya salida de recursos para su liquidación o que no se pueden valorar con suficiente fiabilidad.

4.11. Ingresos y gastos

Al cierre del ejercicio, y una vez imputados todos los gastos inherentes a la actividad de la Entidad, se descuenta de los derechos recaudados y devengados en el periodo el importe correspondiente a la diferencia obtenida entre ingresos y gastos, figurando como ingresos procedentes de la gestión en la Cuenta de pérdidas y ganancias adjunta.

Los ingresos y gastos se imputan en función de la corriente real de bienes y servicios que representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos valorándose por su valor razonable.

4.12. Indemnizaciones por cese

De acuerdo con la normativa laboral vigente, existe la obligación de indemnizar a aquellos empleados que sean despedidos sin causa justificada. No existen razones objetivas que hagan necesaria la contabilización de una provisión por este concepto.

13

Page 18: 2018 2019 - VEGAP

5. Inmovilizado intangible

El detalle y movimiento de las partidas incluidas en el inmovilizado intangible es el siguiente:

Terrenos y bienes naturales y construcciones muestra la adquisición, con fecha 15 de julio de 2010, de tres plantas del edificio sito en la calle Núñez de Balboa número 25, de Madrid. Esta adquisición se ha financiado parcialmente con un préstamo con garantía hipotecaria de dicho inmueble. (Véase nota 12)

6. Inmovilizado material

El detalle y movimiento de las partidas incluidas en el inmovilizado material es el siguiente:

Coste

Propiedad Industrial

Aplicaciones Informáticas

Menos Amortización acumulada

Propiedad Industrial

Aplicaciones Informáticas

VALOR NETO

Saldo al 31.12.17

51.000

297.778

348.778

-25.053

-125.334

-150.338

198.390

Saldo al 31.12.18

51.000

341.792

392.792

-37.803

-200.417

-238.221

154.571

Saldo al 31.12.19

51.000

386.496

437.496

-50.903

-276.273

-327.176

110.320

Altas

0

44.014

44.014

-12.750

-75.083

-87.833

-43.819

Altas

44.704

44.704

-13.100

-75.855

-88.955

-44.252

Bajas

0

0

0

0

0

0

0

Bajas

0

0

0

0

0

0

0

Coste

Terrenos y bienes naturales

Construcciones

Mobiliario

Equipos para proceso de información

Menos Amortización acumulada

Construcciones

Mobiliario

Equipos para proceso de información

VALOR NETO

Saldo al 31.12.17

1.749.004

664.365

64.042

10.852

2.488.262

-321.083

-45.665

-7.568

-374.316

2.113.946

Saldo al 31.12.18

1.749.004

664.365

64.042

10.852

2.488.263

-341.620

-52.069

-10.281

-403.970

2.084.292

Saldo al 31.12.19

1.749.004

664.365

64.042

10.852

2.488.263

-361.552

-58.642

-20.031

-440.225

2.105.874

Altas

0

0

0

0

0

-20.537

-6.404

-2.713

-29.654

-29.654

Altas

0

0

2.544

55.836

57.836

-19.932

-6.573

-9.750

-36.255

21.581

Bajas

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Bajas

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

7. Deudores

El detalle a 31 de diciembre de 2019 es como sigue:

Usuarios

Usuarios Deudores en gestión de cobro

Total derechos facturados pendientes de cobro

Deterioro del valor de los créditos por operaciones comerciales

Hacienda Pública, deudor por IVA

Total

968.460

0

968.460

-21.865

373.838

1.320.432

799.620

4.682

804.302

-21.865

319.119

1.101.556

Saldo al 31.12.2019 Saldo al 31.12.2018

14

Page 19: 2018 2019 - VEGAP

Los importes totales de la facturación y de la recaudación efectivamente percibida durante el ejercicio 2019 y el ejercicio 2018, desglosados por cada uno de los derechos y las modalidades de explotación administrados, se muestran a continuación.

i) Facturación realizada durante el ejercicio 2019 y el ejercicio 2018:

El concepto “Total facturación” corresponde a las facturas emitidas durante el año 2019 y 2018.

ii) importe recaudado durante el ejercicio 2019 y el ejercicio 2018:

Derecho

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Facturación

2019

1.774.715

30.951

361.900

25.258

1.799.948

1.061.660

231.504

124.641

487.219

402.202

1.012.906

7.312.906

2018

1.703.931

27.216

395.816

21.162

2.702.968

1.177.676

248.920

100.722

328.963

513.653

1.014.202

8.235.229

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

1.801.072

32.824

361.900

43.708

1.819.989

910.166

204.990

111.681

446.675

419.958

1.004.338

7.157.302

1.801.072

32.824

361.900

43.708

2.110.890

910.166

204.990

111.681

446.675

446.758

1.004.338

7.475.002

1.618.765

25.027

395.816

2.713

2.432.365

1.170.964

286.019

94.666

295.022

389.525

988.342

7.699.225

4.678.659

181.304

67.489

248.793

DerechoRecaudaciónbruta 2019

Provisiones para reclamaciones

(Reembolsos) 2019 2018

Recaudación neta (*)

472.204

94.289

566.493

RegularizacionesReembolsos

El concepto “Recaudación bruta” corresponde a los importes cobrados en el ejercicio 2019 correspondiente a facturas emitidas en 2019 y anteriores.

El concepto “Provisión para reclamaciones por reembolsos” recoge el importe estimado sobre los importes recaudados en 2019 por copia privada, para hacer frente a las exceptuaciones que se produzcan por parte de los deudores, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1398/2018 de 23 de noviembre.

El concepto “Regularizaciones por reembolso” recoge el excedente de la provisión por reclamaciones efectuada en los años 2018 y 2017, al no haberse producido ninguna exceptuación por parte de los deudores de copia privada. Por consiguiente, se integran estos importes dentro de los derechos recaudados en el 2019.

15

Page 20: 2018 2019 - VEGAP

8. Inversiones financieras a corto plazo

Corresponde a activos financieros mantenidos para negociar, cuyo detalle por tipo de inversión al 31 de diciembre de 2019, es como sigue:

Dentro de “Bancos e Instituciones financieras” se incluye el saldo de 237.655 euros, existente al cierre del ejercicio correspondiente al importe retenido de las recaudaciones de copia privada, para poder hacer frente a las exceptuaciones que se puedan solicitar de acuerdo con lo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual (nota 4.10)

El patrimonio fundacional de la Entidad se destina al Fondo social, más la aportación realizada en el momento de su alta como socio. (nota 2.5)

Saldo a 31.12.2017

Dotaciones del ejercicio (2018)

Exceso y aplicaciones de provisiones yAplicaciones

Saldo a 31.12.2018

Dotaciones del ejercicio (2019)

Exceso y aplicaciones de provisiones yAplicaciones

Saldo a 31.12.2019

21.865

0

21.865

0

221.865

El movimiento del deterioro del valor de los créditos por operaciones comerciales durante el 2019 y 2018 es como sigue:

Imposición vigente

Depósito a Plazo

Cédulas Hipotecarias

Otros

Total

Euros

600.000

0

2.148

602.148

Saldo al 31.12.2019 Saldo al 31.12.2018

Euros

1.000.000

0

2.148

1.002.148

Tipo de interés

0,37 %

Tipo de interés

0,37 %

Vencimiento

2019

Vencimiento

2019

9. Efectivos y otros medios líquidos equivalentes

A 31 de diciembre de 2019 su detalle es como sigue:

Bancos e instituciones financieras

Caja

Total

6.301.512

2.427

6.303.939

6.357.440

1.461

6.358.901

Saldo al 31.12.2019 Saldo al 31.12.2018

10. Patrimonio Neto

El detalle del fondo social y los movimientos de las reservas es como sigue:

Saldo a 31.12.17

Alta de socios

Resultado del ejercicio

Saldo a 31.12.18

Alta de socios

Resultado del ejercicio

Saldo a 31.12.19

Fondo social Reservas Resultado del ejercicio Total

79.693

5.830

85.523

3.668

89.191

1.049

1.049

1.049

0

0

0

0

0

80.742

5.830

86.572

3.668

90.240

16

Page 21: 2018 2019 - VEGAP

Ejercicio 2019

Ejercicio 2018

La provisión para reclamaciones y otros riesgos de la Entidad a largo plazo, cubre las reclamaciones que puedan realizar titulares de derechos sobre obras que tengan usos no liquidados relacionados con la recaudación derechos realizadas de copia privada reprográfica, préstamo público, copia licenciada, remuneración universitaria, televisiones, operadores de cable, televisiones de pago y copia privada audiovisual. La provisión para reclamaciones y otros riesgos de la Entidad a corto plazo, muestra las estimaciones de posibles riesgos de entidad que se pueden materializar.

La provisión a largo y corto plazo de reembolsos, muestra los importes retenidos de la recaudación de la copia privada en 2019, para hacer frente a las reclamaciones de personas jurídicas o físicas no exceptuadas del pago de la compensación establecida en las adquisiciones de los bienes sujetos a esta compensación de copia privada, que soliciten el reembolso de la misma durante el periodo de un año, a contar desde el momento de la realización de la compra. Pasado el mencionado año, los importes no reclamados se destinarán, después de deducir el correspondiente descuento de gestión, al reparto a los socios o titulares de derechos a los que se les haya repartido inicialmente el importe de los derechos netos recaudados.

11. Provisiones y Contingencias

El detalle de provisiones a largo y corto plazo al 31 de diciembre, muestra el saldo y los movimientos habidos durante los ejercicios 2019 y 2018 de las provisiones para reclamaciones y otros riesgos de entidad y la provisión para reembolsos, siendo su detalle como sigue:

Saldo a 31-12-17

Dotación año 2018

Pagos por reclamaciones

Traspasos a corto plazo

Regulariazaciones

Saldo a 31-12-18

Dotación año 2019

Pagos por reclamaciones

Acrecentar el reparto

Pagos exceptuaciones y reembolsos

Traspasos a corto plazo

Regularización e la provisión

Saldo a 31-12-2019

1.289.663

344.900

-15.690

-355.545

-24.177

1.239.153

-185.058

45.320

1.099.414

0

355.545

355.545

263.403

-182.387

1.181

437.741

89.538

543.341

-40.553

-296.163

296.163

-164.422

131.741

0

296.163

296.163

248.793

-36.970

164.422

-566.494

105.914

1.379.201

888.241

-56.243

-651.707

-24.177

1.535.315

0

0

-185.058

.

-164.422

45.320

1.231.155

0

651.707

651.707

512.196

-182.387

0

-36.970

164.422

-565.313

543.656

Provisión expresada en euros

Largo plazo

Reclamaciones y otros riesgos

Reclamaciones y otros riesgosReembolsos ReembolsosTotal Total

Corto plazo

Saldo a 31-12-16

Dotación año 2017

Pagos por reclamaciones

Descuento de

Administración de facturas

Aplicaciones (Nota 13)

Acrecentar el reparto

Saldo a 31-12-17

Dotación año 2018

Pagos por reclamaciones

Traspaso a corto plazo

Regularizaciones

Acrecentar el reparto

Saldo a 31-12-2018

1.599.286

131.098

-64.872

-78.144

-7.117

-290.588

1.289.663

344.900

-15.690

-355.545

-24.177

1.239.151

0

0

355.545

355.545

89.538

89.538

543.341

-40.553

-296.163

296.164

0

0

296.163

296.163

1.599.286

220.636

-64.872

0

-78.144

0

-7.117

-290.588

1.379.201

888.241

-56.243

-651.707

-24.177

1.535.315

0

0

651.707

651.707

Provisión expresada en euros

Largo plazoReclamaciones y otros riesgos

Reclamaciones y otros riesgosReembolsos ReembolsosTotal Total

Corto plazo

17

Page 22: 2018 2019 - VEGAP

12. Deudas con entidades de crédito

El detalle de las deudas al 31 de diciembre de 2019 es como sigue:

Préstamo:

Amortización mensual

Total

15.07.2024

Fecha de último vencimiento

Euros

1.380.000

Importe original / Interés límite

93.509

93.509

Corto plazo

1,85%

Interés

416.204

416.204

Largo plazo

El detalle de las deudas al 31 de diciembre de 2018 es como sigue:

El detalle por vencimientos de esta deuda es como sigue:

Préstamo:

Amortización mensual

Total

1 año

2 años

3 años

4 años

5 años

Más de 5 años

Total

15.07.2024

111.305

111.305

111.305

111.305

64.928

0

510.146

111.288

111.288

111.288

111.288

111.288

64.918

621.359

93.509

105.009

106.984

108.997

95.215

0

509.713

91.639

103.064

105.000

106.973

108.983

95.281

610.940

Fecha de último vencimiento

Pagos mínimos

Cuotas pendientes

2019

Cuotas pendientes

2018

Pagos mínimosValor actual Valor actual

Euros

Euros

1.380.000

Importe original / Interés límite

91.639

91.639

Corto plazo

1,85 %

Interés

519.301

519.301

Largo plazo

13. Beneficiarios - Acreedores

El detalle de los acreedores es el siguiente:

Derechos devengados pendientes de cobro

Acreedores de derechos repartidos

Derechos pendientes de reparto 2019

Derechos pendientes de reparto 2018

Derechos pendientes de reparto 2017

Derechos pendientes de reparto 2016

Derechos pendientes de reparto 2015

Acreedores extranjeros de derechos

840.364

2.919.714

1.846.051

241.789

60.377

0

73

791.869

6.700.237

684.779

1.907.879

0

2.502.858

502.424

31.452

23.782

788.808

6.441.981

Saldo 31.12.2019 Saldo 31.12.2018

Euros

La Entidad considera que el saldo de estas provisiones, es suficiente para hacer frente a cualquier reclamación de derechos tanto de socios como de no socios y de cualquier otra contingencia relacionada con la gestión de la Entidad, como para hacer frente a cualquier reclamación de devolución de la compensación de copia privada de acuerdo con lo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual.

18

Page 23: 2018 2019 - VEGAP

Derechos devengados pendientes de cobro, muestra el total de los derechos facturados y no cobrados.

Acreedores de derechos repartidos, muestra el saldo pendiente de liquidar a cada socio, después de las asignaciones efectuadas por el reparto de derechos realizados durante los ejercicios 2019 y anteriores.

Acreedores extranjeros de derechos a 31 de diciembre de 2019 y 2018, muestran las asignaciones efectuadas a las sociedades del CIAGP, correspondientes a derechos recaudados durante los años 2019 y 2018, que se liquidan en 2020.

Derechos pendientes de reparto de 2019, muestra el importe de los derechos recaudados en el ejercicio pendientes de reparto. Su detalle es como sigue:

Derechos pendientes de reparto de 2018, muestra el importe de los derechos recaudados en el ejercicio 2018, y durante el ejercicio 2019 su movimiento es el sigue:

El concepto “Ingreso Reembolso” hace referencia a la parte de la recaudación detraída de la copia privada para atender reembolsos, pasado el año para que los deudores realicen los reembolsos se reintegra para su asignación.

El concepto “Ingreso Reembolso” hace referencia a la parte de la recaudación detraída de la copia privada para atender reembolsos, pasado el año para que los deudores realicen los reembolsos se reintegra para su asignación.

Derechos pendientes de reparto de 2017, muestra el importe de los derechos recaudados en el ejercicio 2017, y durante el ejercicio 2019 su movimiento es el sigue:

(*) De conformidad con el artículo 177.5 de Ley de Propiedad Intelectual, la acción para reclamar a las entidades de gestión, el pago de cantidades recaudadas que estén pendiente de asignación tras el procedimiento de reparto y no hayan sido identificados los titulares, o la obra, o la prestación protegida, prescribe a los cinco años, contados desde el 1 de enero del año siguiente a su recaudación.

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2018

Copia Privada Audiovisual 2018

Televisiones 2018

Televisiones de pago 2018

Operadores de Cable 2018

Remuneración Universitaria 2018

Préstamo Público 2018

Copia Licenciada 2018

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2017

Copia Privada Audiovisual 2017

Televisiones 2017

Televisiones de pago 2017

Operadores de Cable 2017

31/12/2018

1.202.706

156.544

639.527

1.878

162.234

317.160

1.561

21.248

2.502.858

31/12/2018

30.430

21.817

297.754

19.404

133.019

502.424

31/12/2019

168.143

34.310

37.458

1.878

0

0

0

0

241.789

31/12/2019

51.500

8.878

0

0

0

60.377

Asignaciones

1.200.442

156.463

602.069

0

162.234

317.160

1.561

21.248

2.461.176

Asignaciones

30.430

21.817

297.754

19.404

133.019

502.424

Ingreso Reembolso

165.879

34.228

0

0

0

0

0

0

200.107

Ingreso Reembolso

51.500

8.878

0

0

0

60.377

Euros

Euros

Euros

Euros

(*)

(*)

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2019

Copia Privada Audiovisual 2019

Televisiones 2019

Operadoresd e Cable 2019

Remuneración Universitaria 2019

Préstamo Público 2019

Copia Licenciada 2019

31/12/2019

603.441

139.585

655.076

162.775

229.090

30.501

25.583

1.846.051 (*)

19

Page 24: 2018 2019 - VEGAP

Acreedores por prestación de servicios

Hacienda Pública

H. Pública, acreedor por retenciones

H. Pública, acreedor por impuesto sobre beneficios

Organismos de la Seguridad Social, acreedores

Total Hacienda Pública acreedores

Remuneraciones pendientes de pago

Total otros acreedores

Saldo 31.12.2019

-1.505

511.093

-188

23.654

534.559

2.510

535.564

Saldo 31.12.2018

34.324

785.780

0

20.135

805.915

2.510

842.749

Euros Euros

Período medio de pago a proveedores, Ratio de operaciones pagadas yRatio de operaiones pendientes de pago

Total pagos realizados

Total pagos pendientes

2019

0

968.261

0

2018

17

745.907

34.324

Derechos pendientes de reparto de 2016, muestra el importe de los derechos recaudados en el ejercicio 2016, y durante el ejercicio 2019 su movimiento es el siguiente:

Derechos pendientes de reparto de 2015, muestra el importe de los derechos recaudados en el ejercicio 2015, y durante el ejercicio 2019 su movimiento ha sido el siguiente:

En acreedores por prestaciones de servicios no se incluye la cuenta del Fondo Asistencial y Cultural que está desglosada en la nota 15.

Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a acreedores por prestación de servicios es como sigue:

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2016

Copia Privada Audiovisual 2016

Televisiones 2016

Televisiones de pago 2016

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Audiovisual 2015

31/12/2018

2.565

16.197

1.533

11.157

31.157

31/12/2018

23.782

23.782

31/12/2019

0

0

0

0

0

31/12/2019

73

73

Asignaciones

2.565

16.197

1.533

11.157

31.157

Asignaciones

23.709

23.709

Euros

Euros

Euros

Euros

(*) De conformidad con el artículo 177.5 de Ley de Propiedad Intelectual, la acción para reclamar a las entidades de gestión, el pago de cantidades recaudadas que estén pendiente de asignación tras el procedimiento de reparto y no hayan sido identificados los titulares, o la obra, o la prestación protegida, prescribe a los cinco años, contados desde el 1 de enero del año siguiente a su recaudaciónsiguiente a su recaudación.

(*)

14. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar

A 31 de diciembre de 2019 el detalle de otros acreedores es como sigue:

20

Page 25: 2018 2019 - VEGAP

15. Fondo Asistencial y cultural

17. Ingresos

16. Situación Fiscal

El movimiento del Fondo Asistencial y Cultural es como sigue:

Ingresos de la actividad propia

El detalle, a 31 de diciembre de 2019, de los ingresos de la actividad son como sigue

Las sociedades tienen obligación de presentar anualmente una declaración a efectos del Impuesto sobre Sociedades. Debido a que las actividades de VEGAP son consideradas parcialmente exentas, los beneficios, determinados conforme a la legislación fiscal, están sujetos a un gravamen del 25% sobre la base imponible. De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, que señala que los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales, o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años, a 31 de diciembre del 2019, la Entidad tiene abiertos a inspección por las autoridades fiscales todos los impuestos principales que le son aplicables para los cuatro últimos ejercicios. La Dirección de la Entidad considera que ha practicado adecuadamente las liquidaciones de los impuestos que le son aplicables. En caso de inspección no espera que surjan pasivos contingentes adicionales de importancia.

La conciliación del importe neto de ingresos y gastos del ejercicio 2019 y del ejercicio 2018 con la base imponible, así como el cálculo del gasto fiscal del impuesto sobre beneficios y su liquidación cerrada al 31 de diciembre es como sigue en euros:

La conciliación del resultado contable con la base imponible del Impuesto sobre Sociedades y su liquidación es como sigue:

Todos los ajustes por diferencias permanentes, se corresponde a las actividades exentas desarrolladas por VEGAP.

Saldo a 31.12.2017

Dotaciones 2018 sobre derechos recaudados por copia privada

Ingresos financieros

Proyectos realizados

Saldo a 31.12.2018

Dotaciones 2019 sobre derechos recaudados por copia privada

Ingresos financieros

Proyectos realizados

Saldo a 31.12.2019

95.204

569.503

-2

-132.500

532.205

511.530

-4

-211.581

832.149

Resultado contable antes de impuestos

Diferencias permanentes

Diferencias temporales

Base imponible negativa

0

-9.277

-9.277

0

-11.506

-11.506

Ejercicio 2019 Ejercicio 2018

a) Descuento de Gestión correspondiente a los derechos recaudados

b) Acrecentar el Reparto:

Exceso de provisiones aplicadas

Ingresos procedentes de reclamaciones judiciales

Total Ingresos

1.734.570

185.058

18.884

203.942

1.938.512

1.690.603

1.690.603

Saldo 31.12.2019

Euros

Saldo 31.12.2018

21

Page 26: 2018 2019 - VEGAP

Acrecentar el Reparto

Descuento de Gestión

Descuento de GestiónTotal

2019 2018

Ingresos procedentes de reclamaciones judicialesDerecho

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

5.144

3.965

153.032

22.917

185.058

4.752

87

955

115

4.802

2.401

541

295

1.179

1.108

2.650

18.885

390.189

4.616

98.433

9.032

623.867

131.171

24.483

24.874

105.721

131.360

190.824

1.734.570

394.941

9.847

99.388

13.112

628.669

286.603

47.941

25.169

106.900

132.468

193.474

1.938.512

375.497

2.023

31.990

219

418.468

359.968

94.607

24.102

87.383

74.627

221.719

1.690.603

18. Sueldos y Salarios

19. Otros gastos de explotación

La composición de este epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias al 31 de diciembre de 2019, es como sigue:

Detalle por derechos de los ingresos de la actividad propia es como sigue:

El detalle de otros gastos de gestión a 31 de diciembre del 2019 es como sigue:

El número medio de empleados de los ejercicios 2019 y 2018, distribuidos por categorías, es el siguiente:

Sueldos y Salarios

Seguridad social a cargo de la empresa

Total

1.060.560

229.443

1.290.003

903.675

191.679

1.095.354

Saldo 31.12.2019

Euros

Saldo 31.12.2018

(*) Se incluyen a 7 trabajadores con jornada reducida. / (**) Se incluyen a 4 trabajadores con jornada reducida.

Hombres HombresMujeres MujeresTotal Fijos Total Fijos

Director General

Directora Adjunta

Subdirectora General

Responsables de Departamentos

Técnicos Administrativos

Técnico de Sistemas

Servicios Generales

TOTALES

1

1

3

5

1

1

3

5

1

1

4

15

1

1

23

1

1

3

13

1

1

20

1

1

1

5

18

1

1

28 (**)

1

1

1

4

16

1

1

25 (*)

Ejercicio 2019 Ejercicio 2018

Arrendamientos y cánonesReparación y conservaciónServicios profesionales independientesPrimas de segurosServicios bancarios y similaresPublicidad, propaganda y relaciones públicasSuministrosOtros servicios

Reembolso Organos de GobiernoOtros tributosTotal otros gastos de explotacióm

36.84437.760

114.7322.7246.015

33.90918.782

177.886428.652

72.61512.807

514.074

28.78231.10098.553

2.7927.366

32.80516.864

162.353380.815

75.07610.365

466.256

Saldo 31.12.2019Euros

Saldo 31.12.2018

22

Page 27: 2018 2019 - VEGAP

20. Excedente de las operaciones financieras

21. Operaciones con partes vinculadas

22. Información sobre el medio ambiente

23. Otra Información

24. Hechos posteriores

El importe de los ingresos financieros durante 2018 y 2019, correspondientes a los ingresos obtenidos por la Entidad durante 2019 y 2018 por la colocación de instrumentos de activo asciende al importe de 507 euros y 992 euros respectivamente, los cuales fueron calculados mediante el método del tipo de interés efectivo.

La Entidad no mantiene a 31 de diciembre del 2019 y 2018 anticipo ni crédito alguno, ni obligaciones o compromisos en materia de pensiones o seguros de vida con miembros del Consejo de Administración.

Ningún miembro del Consejo de Administración de la Entidad tiene participaciones en entidades de gestión de derechos de autor, cuyo objeto social sea idéntico, análogo o complementario al desarrollado por VEGAP.

Información relativa a miembros de los Órganos de Gobierno y Dirección

El importe recibido por los miembros de los órganos de gobierno y de la Dirección de la Sociedad durante los años 2019 y 2018, en concepto de sueldos, dietas y otras remuneraciones es como sigue:

La Entidad no tiene inmovilizaciones materiales cuyo fin sea la minimización del impacto medio ambiental y la protección y mejora del medio ambiente. La Entidad no ha incurrido en gasto alguno por este concepto durante el ejercicio.

La Entidad no tiene necesidad de dotar provisiones para riesgos medio ambientales, ni mantiene litigios en curso derivados de dichos riesgos.

Los miembros del Consejo de Administración de la Entidad estiman que, debido a la naturaleza de la actividad de la Sociedad no existen contingencias significativas con la protección y mejora del medio ambiente

En el año 2019 y 2018 la remuneración a Valldaura & Asociados SL, sociedad auditora de VEGAP, es como sigue:

Durante los meses transcurridos entre el cierre del ejercicio y la fecha de formulación de las presentes cuentas anuales, no se ha producido ningún hecho significativo que puedan afectar a las mismas.

En Madrid a 20 de abril de 2020.

Consejo de Administración

Comisión Permanente

Junta Administrativa del Fondo

Asistencial y Cultural

Órgano de control Interno

Remuneración Derechos de Autor

Total General

Dirección

19

10

3

20

10

6

2

Nº Miembros Nº Miembros

Ejercicio 2019

Remuneración Remuneración

Ejercicio 2018

35.077

32.615

4.923

359.327

431.942

205.076

39.384

29.538

3.692

2.462

253.493

328.569

205.076

Auditoría de las cuentas anuales

Auditoriía del Informe de Transparencia

8.152

1.217

9.369

8.071

1.205

9.276

Ejercicio 2019

Euros

Ejercicio 2018

23

Page 28: 2018 2019 - VEGAP

ESTATUTOS

Page 29: 2018 2019 - VEGAP

Modificación de Estatutos

El pasado 2 de mayo se aprobó la Ley 2/2019, de 2 de marzo, en virtud de la cual se modifica la Ley de Propiedad Intelectual para concluir su adaptación a la Directiva 2014/26/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor. En esta reforma se incluyen algunas novedades que es necesario reflejar en los Estatutos.

Asimismo, el Ministerio de Cultura en su Resolución de 19 de septiembre del pasado año, mediante la que aprobó la reforma de los Estatutos de VEGAP aprobada a su vez por la Asamblea General de Socios en su reunión de 14 de junio de 2018, recomendó a nuestra Entidad incluir una serie de matices en algunos de los artículos de los Estatutos en la siguiente modificación que llevase a cabo.

Por todo lo anterior, la Asamblea General de Socios ha acordado incorporar las siguientes modificaciones en los Estatutos de VEGAP:

1.- Art. 1: Incorporar la referencia a la Ley 2/2019, de 2 de marzo.

2.- Art. 10.1.A): Eliminar de la lista de creaciones visuales, objeto de gestión por parte de VEGAP, las referencias a “Faxart” y “Copyart”, por tratarse de denominaciones en desuso.

3.- Art. 10.3: En cumplimiento de la recomendación del Ministerio de Cultura en su Resolución de 19 de septiembre de 2018, añadir la mención “que deberán ser motivados adecuadamente”. De este modo, el apartado queda como sigue:

4.- La admisión debe ser acordada por el Consejo de Administración y podrá llevarse a efecto, dentro de un grupo de obras o más de uno. El Consejo de Administración denegará la solicitud de admisión, formulada en los términos establecidos en el presente artículo, cuando existan motivos objetivamente justificados para su rechazo, que deberán ser motivados adecuadamente.

5.- Art. 4.2.d) y 11.primero.B)a): Sustituir la referencia de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación por el artículo 24 de la Ley de Propiedad Intelectual.

6.- Art. 11. Segundo, C): Adaptar el texto a la nueva redacción del artículo 158.5 del TRLPI. La redacción queda como sigue:

“En el caso de que el titular adeude importes a la entidad, en virtud de anticipos a cuenta de los futuros repartos de derechos que le hubieren sido conferidos en conformidad con lo establecido en los presentes Estatutos, la entidad no conservará la gestión de los derechos, categorías de derechos, tipos de obras y territorios objeto de revocación total o parcial, aunque la deuda no haya quedado cancelada. Los efectos de la revocación se producirán de acuerdo con lo dispuesto en la letra C) del apartado segundo de este artículo.

La entidad y el titular acordarán los términos de la amortización total o parcial de los saldos de los anticipos que estén documentalmente acreditados. En caso de no alcanzarse un acuerdo, los frutos de la explotación de los derechos objeto de revocación total o parcial tendrán la consideración de garantía del pago de los saldos pendientes de anticipos documentalmente acreditados.”

7.- Art.11: Las obras expresadas a través de imágenes en movimiento, objeto de gestión por parte de VEGAP, reúnen una serie de características propias, que plantean la necesidad de que la Entidad sea informada por el titular de la misma sobre determinados datos relativos a dichas obras para poder garantizar la seguridad jurídica en la gestión y el reparto de sus derechos.

Por ello, se crea un Registro de obras expresadas mediante imágenes en movimiento, en el que los titulares deben registrar sus obras para que VEGAP pueda gestionar los derechos sobre las mismas.

En este sentido, se incorpora una nueva letra e) dentro de la letra F) del Apartado Primero del artículo 11, relativo al contrato de gestión, con el siguiente texto:

“En aquellos casos en que el titular encomiende a VEGAP la gestión de los derechos de autor sobre obras que se expresan mediante imágenes en movimiento de su titularidad, deberá registrar las mismas con antelación a dicha gestión en el Registro de obras expresadas mediante imágenes en movimiento, en conformidad con la regulación establecida en el Reglamento de Reparto.”

8.- Art. 12.1: Se añade el derecho de los socios a ser convocados en tiempo y forma a las reuniones de la Asamblea General, en conformidad con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 159.f) del TRLPI. El apartado queda como sigue:

“1. El de ser convocados en tiempo y forma a las reuniones de la Asamblea General, así como el de asistir y participar en la misma, disponiendo en todo caso de

25

Page 30: 2018 2019 - VEGAP

un voto cada uno. Estos votos se considerarán como permanentes.”

9.- Artículo 13: De acuerdo con los motivos expuestos en el anterior apartado 6, se amplía la letra B) del artículo 13, relativo a obligaciones de los socios, en el siguiente sentido:“Los socios que sean titulares de derechos de autor sobre obras que se expresan mediante imágenes en movimiento, deberán registrar dichas obras en el registro establecido al efecto y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Reparto.”

10.- Art. 13I) y 36 H): Con el fin de reflejar la nueva incompatibilidad establecida en el artículo 159.ñ) del TRLPI, se incluye en el artículo 13 una nueva letra I) y en el artículo 36 una letra H) con la siguiente redacción:“Art. 13.I): no podrán ocupar ningún puesto en el órgano de gobierno, ni podrán participar en las tomas de decisiones en que pudiera existir un conflicto de intereses, quien sea titular de una empresa usuaria de los derechos gestionados por la Entidad.

Art. 36.H): Los socios que sean titulares de una empresa usuaria de los derechos gestionados por la Entidad.”

11.- Art. 30.7: Se indica que en el acta de la Pre-Asamblea Territorial “se harán constar los datos de aquellos socios que hayan votado de forma anticipada electrónicamente y los resultados para cada uno de los puntos del Orden del Día a través de esta votación” para garantizar la seguridad jurídica y la transparencia en las votaciones.

12.- Art. 37.1 y 64.2: Se establece la obligación prevista en el artículo 159.j) TRLPI consistente en velar porque la composición del Consejo de Administración y del Órgano de Control Interno atienda al principio de representación equilibrada de mujeres y hombres. De esta manera la redacción de ambos apartados queda como sigue:

“Art. 37.1: Las candidaturas serán cerradas y deberán incluir tantos candidatos como puestos a elegir en el Consejo de Administración, atendiendo al principio de representación equilibrada de mujeres y hombres. Deberán incluir también, al menos, dos candidatos suplentes, con indicación del orden de la suplencia.

Art. 64.2. El Órgano de Control Interno estará compuesto por tres miembros más dos suplentes, que deberán ser socios de la Entidad no pertenecientes al Consejo de Administración, designados por la Asamblea General por un periodo de 4 años renovable una sola vez por idéntico

periodo. La Asamblea General habrá de designar a los miembros de este órgano atendiendo al principio de representación equilibrada de mujeres y hombres.”

13.- Art. 41.C): Atendiendo a la recomendación del Ministerio de Cultura en su Resolución de 19 de septiembre de 2018, se especifica en este apartado relativo al presupuesto anual de recaudación y reparto que “La convocatoria de la reunión del Consejo de Administración en que se proponga la aprobación del presupuesto, se anunciará en la página web de la entidad y se hará mención del derecho de los socios de disponer gratuitamente de la propuesta de presupuestos por las vías mencionadas”.

14.- Art. 54 y 56: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176.2 del TRLPI, nuestra entidad ha diseñado un sistema de contabilidad analítica que nos permite conocer el coste real de los servicios prestados y comprobar la adecuada gestión de los mismos. Dentro de estos desarrollos, se ha de separar el valor del uso de la obra, del valor de servicio prestado por la Entidad a favor del usuario, tal y como establece el artículo 164.3.e) del TRLPI. De esta manera, el valor del uso de la obra es el objeto de la remuneración y del reparto a los titulares y el descuento de gestión que se aplique por parte de VEGAP ha de ser proporcional al servicio que la Entidad presta al titular.

Por su parte, el valor del servicio prestado al usuario es una fuente de ingresos, sufragada por el usuario, que no ha de ser objeto de ningún descuento al titular de derechos.

De manera, que el titular no tenga que pagar lo que tiene que pagar el usuario, ni se produzcan duplicidades en los ingresos y se atienda, adecuadamente, la exigencia que establece el artículo 176 del TRLPI como objetivo de la contabilidad analítica. En este sentido, se incorporan las siguientes modificaciones:

- En el Art. 54 una nueva letra J) con la siguiente redacción: “Por el importe del valor económico del servicio prestado por la Entidad a favor del usuario consistente en la gestión de las autorizaciones no exclusivas emitidas por VEGAP”.

- En el Art. 56 dos nuevos párrafos, de manera que queda redactado como sigue:

·”Los descuentos de gestión sobre los derechos recaudados serán razonables en relación con los servicios prestados por la entidad a los titulares de derechos y se establecerán de acuerdo con criterios objetivos.

26

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Los descuentos de gestión se practicarán sobre los importes recaudados por la Entidad en concepto de derechos por el valor de uso de la obra, separando estos importes de aquellos que han sido recaudados en concepto de valor económico del servicio prestado por la Entidad a los usuarios de los derechos.

Los descuentos de gestión no superarán los costes justificados y documentados en los que haya incurrido la entidad en la gestión de los derechos. A estos efectos, la entidad llevará una contabilidad analítica.

Esta contabilidad analítica deberá atender a la finalidad de conocer el coste real de los servicios prestados y comprobar la adecuada gestión del servicio prestado. Este análisis contable quedará expresado de forma separada, al igual que lo serán los descuentos de gestión destinados a financiar las actividades y servicios previstos en el artículo 178 de la Ley, a efectos de la valoración independiente de estos dos conceptos con relación a la valoración de los descuentos de gestión

Los descuentos de gestión se componen de los descuentos de recaudación y de los descuentos de administración aplicables a cada derecho y modalidad de explotación.La Entidad deberá acomodar los descuentos de recaudación y administración de tal manera que los recursos de uno y otro concepto compensen los correspondientes gastos. A tal efecto, el Consejo de Administración adoptará las medidas necesarias a tal fin. “

15.- Art. 58 y 59: Atendiendo a la recomendación del Ministerio de Cultura en su Resolución de 19 de septiembre de 2018, se introducen las siguientes aclaraciones:

Art. 58: Las cuentas anuales y, el informe de gestión, y los informes del auditor, se pondrán a disposición de los socios, de forma gratuita, electrónicamente o en el domicilio de la Entidad, y en su caso, en sus delegaciones territoriales, con una antelación mínima de 15 días al de la celebración de la Asamblea General en la que hayan de ser aprobados. En la convocatoria de la Asamblea General, que se anunciará en la página web de VEGAP, se hará mención de este derecho.

“Art. 59: Dentro de los tres primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio o en el plazo que se establezca legalmente, el Consejo de Administración elaborará el informe anual de transparencia para su presentación a la Asamblea General de Socios. A tal efecto, la Entidad

pondrá el mencionado informe a disposición de los socios, de forma gratuita, electrónicamente o en el domicilio de la Entidad, y en su caso, en sus delegaciones territoriales, con una antelación mínima de 15 días al de la celebración de la Asamblea General en la que haya de ser aprobado. En la convocatoria de la Asamblea General, que se anunciará en la página web de VEGAP, se hará mención de este derecho.”

16.- Art. 60: Se incluyen una serie de precisiones en este artículo, relativo a los repartos de los derechos recaudados, en concreto, los siguientes:

En el primer párrafo y con el fin de reflejar lo dispuesto en el art. 175.2 TRLPI, que establece que las entidades de gestión deben garantizar la trazabilidad del proceso de recaudación y reparto de los derechos, se añade lo siguiente:

“El reparto de los derechos recaudados se efectuará equitativamente entre los titulares de las obras objeto de gestión de la Entidad en función de la naturaleza de la recaudación, garantizando la trazabilidad entre la recaudación, la asignación y la liquidación de estos derechos, todo ello con arreglo al siguiente sistema:…”

Con el fin de garantizar que VEGAP atienda las solicitudes de reembolso realizadas por personas que tengan derecho a ello, según establece el Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, se indica en el apartado cuarto que sobre la recaudación proveniente de la compensación equitativa por copia privada habrá de detraerse “el porcentaje que se fije por el Consejo de Administración en concepto de provisión para abonar las cantidades que correspondan como consecuencia de las solicitudes de reembolso realizadas por las personas jurídicas o físicas que, habiendo pagado la compensación por copia privada, tengan derecho a su reembolso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual y en la normativa que lo desarrolle.”

Teniendo en cuenta que la recaudación de determinados derechos, como la copia licenciada o la remuneración por préstamo bibliotecario, es muy reducida y ello dificulta la distribución anual por parte de la entidad, dado que las asignaciones para cada titular no llegan a cubrir los costos de transacción para cada operación de liquidación de derechos, se añade al apartado sexto del artículo 60 lo siguiente:

“Asimismo, en aquellos supuestos en que, tras el proceso de asignación de reparto relativo a un derecho o modalidad de explotación, la cantidad sea igual o

27

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inferior a 20 euros, V.E.G.A.P. mantendrá dicha cantidad en depósito hasta que por acumulación de las nuevas asignaciones sobre el mismo derecho se supere dicha cantidad. En ese momento la entidad procederá a realizar la liquidación de los importes resultantes de esta acumulación a favor del titular.

Todo ello, y sin perjuicio de que el titular pueda, si lo desea solicitar por escrito el pago a V.E.G.A.P. con antelación a la realización de este proceso de acumulación, en cuyo caso, la entidad procederá al pago de las cantidades que correspondieren, aun cuando las mismas fueran inferiores a 20 euros.

Esta medida vendrá recogida en el contrato de gestión que la entidad suscriba con el titular de derechos, si bien el titular podrá oponerse a su aplicación, viniendo la entidad obligada a atender la voluntad del titular.

En todo caso, V.E.G.A.P. establecerá los mecanismos para que el titular pueda conocer el estado de las cuentas relativas a sus derechos y hacer el seguimiento de las mismas”.

Atendiendo a la recomendación del Ministerio de Cultura en su Resolución de 19 de septiembre de 2018, se añade en el apartado octavo relativo al Reglamento de Reparto el siguiente párrafo: “Estos Reglamentos se elaborarán atendiendo a principios generales que excluyan la arbitrariedad en el reparto y garanticen la participación proporcional al uso de las obras de los titulares y a la recaudación que contribuya a generar para la entidad”.

En conformidad con lo dispuesto en el art. 159.l) del TRLPI, se añade al final del apartado octavo el siguiente párrafo: “Asimismo, en los Reglamentos se adoptarán las medidas necesarias, incluyendo la fijación de los topes de reparto cuando sea procedente, para respetar los principios de equidad y proporcionalidad”.

17.- Art. 61: Atendiendo a la recomendación del Ministerio de Cultura en su Resolución de 19 de septiembre de 2018, se matiza dentro de la letra c) de este artículo relativo al destino de las cantidades recaudadas y no reclamadas, lo siguiente: “A acrecer proporcionalmente el reparto a favor del resto de obras que sí fueron debidamente identificadas en el proceso de reparto de donde provienen dichas cantidades”.

18.- Art. 64.7: Por razones organizativas y a fin de adecuar los plazos al derecho de los socios a votar anticipadamente por medios electrónicos, se modifica el plazo de presentación de candidaturas al Órgano de

Control Interno, en el sentido de que los socios que deseen presentarse comuniquen su candidatura 20 días antes de la Asamblea General (en lugar de 15 días antes). Asimismo, reducir el plazo dentro del cual el Secretario del Consejo de Administración debe comunicar dichas candidaturas, de 10 a 5 días siguientes al cierre del plazo de presentación de candidaturas.

19.- Art. 70: Con el fin de adecuar los plazos para la adopción de las decisiones por parte de la Comisión Permanente, en materia de reclamaciones y quejas, al calendario de reuniones de dicho órgano, se amplia el plazo de 15 días establecido en el cuarto apartado de este artículo por el de 30 días, de manera que queda redactado como sigue:

“La Comisión Permanente podrá, si lo estima necesario, solicitar la ampliación de la información recibida, tanto de la persona que haya presentado la reclamación como del Director General aplazando la decisión a una nueva reunión que habrá de producirse en un plazo máximo de 30 días hábiles.”

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REGLAMENTO DE REPARTOS

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Reglamento de Repartos

El pasado 2 de mayo se aprobó la Ley 2/2019, de 2 de marzo, en virtud de la cual se modifica la Ley de Propiedad Intelectual para concluir su adaptación a la Directiva 2014/26/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor. En esta reforma se incluyen algunas novedades que es necesario reflejar en el Reglamento de Reparto.

Por ello, la Asamblea General de Socios, en su reunión de 27 de junio de 2019, ha acordado incorporar las siguientes modificaciones en los Estatutos de VEGAP:

1.- Artículo Segundo, 2.3 y 2.5: Atendiendo a los mismos motivos expuestos con relación a la modificación del artículo 60 de los Estatutos, se indica en el apartado 2.3 que en el caso de la compensación por copia privada, VEGAP detraerá lo siguiente: “a) El porcentaje que se fije por el Consejo de Administración en concepto de provisión para abonar las cantidades que correspondan como consecuencia de las solicitudes de reembolso realizadas por las personas jurídicas o físicas que, habiendo pagado la compensación por copia privada, tengan derecho a su reembolso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual y en la normativa que lo desarrolle”, así como que “Las cantidades a las que se refiere el apartado a), que no hayan sido objeto de una solicitud de reembolso una vez transcurrido el plazo dentro del cual, de acuerdo con la normativa vigente, pueda ser formulada, serán destinadas a acrecer proporcionalmente el reparto a favor del resto de obras que fueron debidamente identificadas en el proceso de reparto de donde provienen dichas cantidades. En este caso, se aplicará el mismo descuento aplicado en dicho reparto”.

Y en el apartado 2.5 “Asimismo, para la fijación del porcentaje establecido en el apartado 2.3. a) el Consejo de Administración atenderá al principio de prudencia contable.”

2.- Artículo Tercero, 3.3: Atendiendo a los mismos motivos expuestos con relación a la modificación del artículo 60 de los Estatutos, se indica que “Sin perjuicio de lo anterior, en aquellos supuestos en que, tras el proceso de asignación de reparto relativo a un derecho o modalidad de explotación, la cantidad sea igual o inferior a 20 euros, V.E.G.A.P. mantendrá dicha cantidad en depósito hasta que por acumulación de las nuevas asignaciones sobre el mismo derecho se supere dicha cantidad. En ese momento la entidad procederá a realizar la liquidación de los importes resultantes de esta acumulación a favor del titular.

Todo ello, y sin perjuicio de que el titular pueda, si lo desea solicitar por escrito el pago a V.E.G.A.P. con antelación a la realización de este proceso de acumulación, en cuyo caso, la entidad procederá al pago de las cantidades que correspondieren, aun cuando las mismas fueran inferiores a 20 euros.

Esta medida vendrá recogida en el contrato de gestión que la entidad suscriba con el titular de derechos, si bien el titular podrá oponerse a su aplicación, viniendo la entidad obligada a atender la voluntad del titular.

En todo caso, V.E.G.A.P. establecerá los mecanismos para que el titular pueda conocer el estado de las cuentas relativas a sus derechos y hacer el seguimiento de las mismas”

3.- Artículo Quinto, 5.3: Con el fin de garantizar la seguridad jurídica y la transparencia en el reparto, se especifica lo siguiente:

5.3.- Para calcular el importe de la liquidación, se tendrá en cuenta el valor económico atribuido a un uso de similares características en el reparto de las cantidades correspondientes al derecho y al ejercicio a que se refiera la reclamación. En todo caso, habrá de aplicarse el descuento de gestión que se hubiere establecido para el año de recaudación al que se refiera la reclamación.

4.- Artículo Octavo, 8.3 y 8.4: con el fin de garantizar la seguridad jurídica en el proceso de reparto de las cantidades provenientes de operadores de televisión y para evitar que determinadas obras reciban cantidades desproporcionadas en perjuicio del principio de proporcionalidad y de equidad en los repartos, tal y como establece el art. 159 l) del TRLPI, se añade lo siguiente:

- En el apartado 8.3 se sustituye el término “enviará” recogido en el tercer párrafo por “pondrá a disposición de”, quedando la redacción de la siguiente manera:

“Asimismo, la Entidad pondrá a disposición de los Socios y titulares representados, previamente a la asignación de las referidas cantidades, la información obtenida a través de los visionados (…).

- En el apartado 8.4: Dentro de las características a tener en cuenta para valorar cada uno de los usos de las obras de los autores, por parte de operadores de televisión, se añaden las siguientes precisiones: si el uso se realiza en la videoteca o archivo histórico de contenidos audiovisuales, si el derecho de remuneración tiene su fundamento en el

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artículo 90.4 de la Ley de Propiedad Intelectual, si la obra es fija o en movimiento y, en este último caso, el tiempo de aparición de la misma.

- En el apartado 8.4, se añaden los siguientes nuevos límites:

“Asimismo, se establece un límite anual máximo de 200 usos de una misma obra a través de un mismo canal u operador de televisión, de manera que aquellos usos que superen esta cifra, no se les asignará valor económico alguno.

En lo que se refiere al uso de las obras por parte de los operadores de televisión, a través de las videotecas o archivos de contenidos audiovisuales que pongan a disposición del público en sus sitios web, se establece un tope temporal máximo de cinco años, de forma que solo se asignará valor económico a aquellas obras que hayan sido incorporadas en dichos sitios web en los últimos 5 años.

En el caso de que el operador de televisión facilite a VEGAP información relativa al número de visionados o de descargas de las obras incorporadas en los contenidos audiovisuales puestos a disposición del público en sus sitios web, se asignará un valor económico a dichas obras, atendiendo al número de visionados o descargas de cada una de ellas, con independencia del tiempo de permanencia en el archivo.

5.- Art. Undécimo: en este artículo, relativo al derecho de participación, se incorporan las siguientes modificaciones como consecuencia de la reforma en la regulación de este derecho:

- En el apartado 11.1: Se hace referencia al repertorio custodiado por VEGAP de manera que queden integrados los no socios y se sustituye la referencia de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación por el artículo 24 de la Ley de Propiedad Intelectual.

- Se añade un nuevo apartado 11.5 que indica que: “Si en el plazo de un año establecido en el artículo mencionado en el apartado anterior, VEGAP no ha podido repartir a su titular la cantidad percibida en concepto de derecho de participación, por falta de identificación de éste y por falta de reclamación, VEGAP ingresará dicha cantidad en el Fondo de Ayuda a las Bellas Artes en el plazo legalmente establecido”.

6.- Artículo Duodécimo: en este artículo, relativo a la copia privada reprográfica, se incluyen las siguientes modificaciones:

- En el apartado 12.1, en el que se establece la definición de publicación asimilada, se incluye la siguiente modificación para adecuar dicha definición a lo establecido en el Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre: b) Tengan al menos 48 páginas por ejemplar en soporte papel o extensión similar en formato digital.

- En el apartado 12.3, se especifica que en el proceso de asignación se utilizará la información facilitada por las entidades de gestión de otros países, con las que VEGAP tiene suscrito contrato de representación, relativa a las licencias otorgadas y contratos suscritos para la reproducción de las obras de los autores del repertorio en libros y publicaciones asimiladas durante el año anterior al del reparto.

Asimismo, en la letra a) de este apartado 12.3 se sustituye el término “enviará” por “pondrá a disposición”, quedando la redacción de la siguiente manera:

“VEGAP pondrá a disposición de sus socios, de los titulares representados a los que representa la Entidad en virtud del contrato, y de las entidades de gestión extranjeras con las que VEGAP tenga suscrito contrato de representación, una información previa proveniente de la que disponga la Entidad sobre las reproducciones de obras que se han realizado durante el año anterior al del reparto (…)”

- En el apartado 12.4, con el fin de simplificar la redacción, se incluye el siguiente cambio:.- “Tras la identificación de los usos de las obras a través de las vías mencionadas, y tras detraer los porcentajes fijados establecidos en el Artículo Segundo, 2.2 y 2.3, se procederá a asignar las cantidades recaudadas.”

7.- Con el fin de atender al principio legal que establece el artículo 159 letra l) del TRLPI de excluir la arbitrariedad en el reparto y garantizar la participación proporcional de los titulares en relación a la utilización de sus obras con relación al reparto relativo al derecho de copia privada en el bloque de videogramas y demás obras audiovisuales y visuales se incorporan en el Artículo Decimotercero del Reglamento los cambios que aparecen destacados a continuación:

“13.1.- Se entiende por “reparto de copia privada audiovisual” el reparto de aquellas cantidades recaudadas por la Entidad en concepto de compensación equitativa por copia privada correspondiente a las obras de la creación visual divulgadas en forma de videograma o de otro soporte visual o audiovisual.

13.2.- Las cantidades recaudadas referidas en el apartado

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anterior, que pueden tener su origen en el pago realizado a VEGAP por los deudores establecidos en la normativa vigente, o bien en el pago efectuado por una entidad de gestión de otro país con la que VEGAP tiene suscrito contrato de representación, unilateral o recíproca, no son susceptibles de ser atribuidas de forma individualizada a unos concretos titulares por no estar identificadas las obras de las que traen causa desde el origen de la recaudación.

Sin perjuicio de lo anterior, en ocasiones las entidades de gestión de otros países con las que VEGAP tiene suscrito contrato de representación realizan determinados pagos en concepto copia privada audiovisual, acompañados de la identificación de los titulares y, en su caso, de las obras a que se refieren.

13.3.- Para la asignación y el reparto de las referidas cantidades, que no sean susceptibles de ser atribuidas de forma individualizada a unos concretos titulares por no estar identificadas las obras de las que traen causa desde el origen de la recaudación, se seguirán las siguientes reglas:

La Entidad recabará la información de la que disponga a partir de sus propias fuentes, tales como las licencias otorgadas y los contratos suscritos relativos a la comunicación pública de las obras en su primera emisión a través de canales difundidos por los operadores de televisión y cable durante el año anterior al del reparto.

Asimismo, la Entidad se dirigirá a sus socios, a los titulares representados a los que representa la Entidad en virtud del contrato de gestión, a las entidades de gestión extranjeras con las que VEGAP tiene suscrito contrato de representación, y a las asociaciones sectoriales de los creadores visuales del Estado español y sus comunidades autónomas para obtener información relativa a la comunicación pública de las obras de los autores de la creación visual a través de los canales difundidos por los operadores de televisión y cable, así como a su divulgación en soportes audiovisuales.

La información se obtendrá a través del mismo sistema establecido en el apartado 12.3, letras a) y b), si bien la información que se pondrá a disposición de los titulares será la relativa a la comunicación pública de sus obras y la que se recabará a través de los formularios, que deberán ser cumplimentados y suscritos por los titulares, será el nombre del autor y del titular de los derechos, su número de socio, en su caso, el título de la obra de la creación visual y de la obra o grabación audiovisual en la que se encuentre incluida, el operador de televisión, el canal de televisión a través del que se haya comunicado al público, la fecha de dicha comunicación, el soporte audiovisual en el que

se encuentre incluida la obra y su número identificativo y cualquier otra información que permita verificar el uso.

Tras la identificación de los usos de las obras a través de las vías mencionadas, y tras detraer los porcentajes o importes establecidos en el Artículo Segundo, 2.2. y 2.3, se procederá a asignar las cantidades recaudadas. Sólo se asignará valor económico al uso de una obra en un mismo programa y canal, en su primera emisión.

A tal efecto, atendiendo al número de obras comunicadas al público y divulgadas en soporte audiovisual y al importe a repartir, se establecerá un régimen de puntos por obras, atribuyendo un punto a cada uso de cada obra, con el límite máximo general de 300 puntos a repartir por autor.

13.4.- Una vez asignadas las cantidades y cerrado el reparto de las mismas se procederá a su liquidación”.

8.- Se añade un nuevo Artículo Dieciocho en el que se incluye la regulación de la Comisión Consultiva de Reparto, constituida por el Consejo de Administración mediante acuerdo adoptado en su reunión de 27 de marzo de 2019, al amparo del artículo 41.p) de los Estatutos. La redacción es la siguiente:

“Artículo Dieciocho. - La Comisión Consultiva de Repartos.

18.1.- La Comisión Consultiva de Repartos, creada por el Consejo de Administración, al amparo de lo establecido en el Artículo 41 letra p) de los Estatutos, es un órgano consultivo del propio Consejo.

18.2.- Sus funciones son las de informar y proponer al Consejo de Administración resoluciones en las siguientes materias:

a.- Propuestas de criterios técnicos para la precisión en la valoración de las asignaciones a realizar en cada uno de los sectores representados en el repertorio de la entidad.

b.- Incidencias en materia de los repartos de derechos y recomendaciones para su solución.

c.- Determinación de recomendaciones al Consejo de Administración para la solución de conflictos entre la entidad y los titulares, surgidos como consecuencia de la realización de repartos.

d.-Cualquier otra cuestión relativa a los repartos que realiza la entidad que le sea encomendada por el Consejo de Administración, incluidas entre ellas, la revisión de los reglamentos de repartos y su interpretación.

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18.3.- La Comisión Consultiva de Repartos está formada por el Presidente, el Secretario del Consejo de Administración, y los Vicepresidentes del Consejo de Administración, quienes contarán para la realización de su trabajo, con el equipo técnico, agrupado en el seno de una Comisión Técnica de repartos, (adelante la Comisión Técnica) formada por: el Director General y aquellas personas que el mismo designe, en función de cada caso.

La Comisión Consultiva de Repartos estará presidida por el Presidente del Consejo de Administración de la entidad, pudiendo ser sustituido en su función por cualquiera de los Vicepresidentes.

La Comisión Técnica, estará presidida por el Director General pudiendo ser sustituido en esta función, en caso de imposibilidad material, por aquel Directivo que el mismo designe.

18.4.- La Comisión Consultiva se reunirá a instancias del Presidente del Consejo de Administración, quien convocará a sus miembros, así como a los miembros de la Comisión Técnica, tantas cuantas veces fuere necesario, bien “motu proprio”, bien por solicitud de la Comisión Técnica.

Las reuniones de la Comisión Consultiva contarán con un orden del día y de las mismas se levantará la correspondiente acta, que quedará recogida dentro del libro de actas del Consejo de Administración.

Los acuerdos adoptados por la Comisión Consultiva se presentarán, para su ratificación o modificación, en la primera reunión que se celebre por el pleno del Consejo de Administración.”

9.- En concordancia con las modificaciones que se incluyen en los artículos 11 y 13 de los Estatutos sociales, se añade un último Artículo Diecinueve en el que se incluye la regulación del Registro de Obras expresadas mediante Imágenes en Movimiento, con la siguiente redacción:“Artículo Diecinueve.- El Registro de Obras expresadas mediante Imágenes en Movimiento

19.1.- En conformidad con lo establecido en el artículo 4 de los Estatutos, el fin primordial de VEGAP es la protección de los autores de obras de la creación visual, agrupándose dentro de ellas las creaciones de imágenes, sean estas fijas o en movimiento, con independencia del soporte o proceso utilizado para su creación.

Las obras expresadas a través de imágenes en movimiento reúnen una serie de características propias, que plantean la necesidad de que VEGAP sea informada por el titular de la

misma sobre determinados datos relativos a dichas obras para poder garantizar la seguridad jurídica en la gestión y reparto de sus derechos.

En este sentido, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, apartado primero, letras F).e), así como en el artículo 13, letra B) de los Estatutos sociales, VEGAP tiene establecido un “Registro de Obras expresadas mediante Imágenes en Movimiento”, consistente en una base de datos informática en la que los titulares deben registrar, con carácter previo al comienzo de la gestión de las obras expresadas mediante imágenes en movimiento, que se definen en el siguiente apartado, a través de las declaraciones habilitadas al efecto por la Entidad.

Corresponde al titular solicitar a VEGAP el registro de las obras expresadas a través de imágenes en movimiento, que sean de su titularidad, que se relacionan a continuación, así como aportar toda la información establecida en el apartado 19.3 de este artículo.

19.2.- Las categorías de obras, objeto de este Registro son las siguientes: instalaciones, performances, intervenciones, videoarte, arte electrónico, arte en la red, infografía, cómic y dibujo animado. Todas ellas constan en el artículo 10.1.A de los Estatutos de VEGAP.

A efectos de este registro, las citadas categorías se agruparán de la siguiente forma:

Videoarte: esta categoría agrupa obras de videocreación, performance, y acciones.Animación: esta categoría agrupa dibujo animado, comic, infografía, arte electrónico y arte en la red.

A) Cine artístico: esta categoría agrupa obras audiovisuales en las que la difusión se realiza en el ámbito institucional, a través de festivales, ciclos de proyecciones y concursos, todo ellos de carácter cultural, así como a través de galerías de arte, y su funcionalidad es únicamente artística.

19.3.- Para registrar las obras, el titular deberá cumplimentar la declaración habilitada al efecto por la Entidad, en la que facilitará la siguiente información:a) Datos identificativos del titular.b) Título de la obra.c) Categoría en la que ha de ser agrupada la obra.d) Duración de la obra.e) Autor o, en su caso, coautores de la obra. En este último supuesto, el titular deberá indicar los datos identificativos de los coautores.f) Titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre la obra y porcentaje de titularidad que corresponda al titular.

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g) Otros derechos vinculados a la obra. El titular deberá indicar si en la obra se encuentran incorporadas otras obras preexistentes y si la obra se ha realizado con la intervención de una productora. En ambos casos deberá informar sobre los datos identificativos relativos a los autores de obras preexistentes, así como de la productora.h) Si se trata de una obra realizada por encargo de un tercero, el titular deberá informar sobre los datos identificativos de este tercero y aportar copia del contrato de encargo.Junto con la declaración, el titular deberá aportar un soporte, archivo o dirección electrónica en el que se encuentre recogida la obra objeto de registro.

Los titulares declararán bajo su responsabilidad, a través del formulario, que los datos que constan recogidos en el mismo, son ciertos y verificables, así como que mantienen a su favor la titularidad de todos los derechos de autor, cuya gestión encomiendan a VEGAP.

19.4.- VEGAP analizará la declaración y, en el caso de que conste toda la información requerida, procederá a su registro, cuando la misma sea efectuada en conformidad con lo establecido.Sin perjuicio de lo anterior, VEGAP podrá solicitar cualquier otra información que considere necesaria para la mejor identificación de la obra.

19.5.- Por su parte, el titular, podrá modificar los datos recogidos en el “Registro de Obras expresadas mediante Imágenes en Movimiento”. Para ello, deberá utilizar la declaración habilitada a tal fin por la Entidad, en la que deberá exponer los motivos que justifiquen la modificación de los datos notificados para el registro de la obra.

VEGAP, analizará la declaración y, en el caso de que conste toda la información requerida, procederá a la modificación de los datos del registro de la obra y lo notificará al titular.

El titular será responsable de la comunicación a VEGAP de cualquier cambio o modificación relativo a los datos que haya declarado a la Entidad para el registro de su obra en el “Registro de Obras expresadas mediante Imágenes en Movimiento”.

19.6.- VEGAP podrá rechazar aquellas declaraciones de obra en aquellos casos en que la información recogida no sea completa o verificable o la obra declarada no se encuentre dentro de las categorías de obras establecidas en el apartado 19.2 anterior.

19.7.- VEGAP, a la vista y conforme a la declaración de obra

y a la documentación justificativa de los datos consignados en ella, aplicará a las obras registradas, las normas de reparto para las modalidades de explotación siguientes:

a) Cantidades provenientes de los operadores de televisión en abierto.b) Cantidades provenientes de los operadores que retransmiten por cable.c) Recaudación de los operadores que transmiten y retransmiten su programación bajo pago.d) Cantidades recaudadas en concepto de copia privada audiovisual.e) Cantidades recaudadas en concepto de puesta a disposición del público.f) Cantidades recaudadas en concepto de proyecciones audiovisuales.

La Entidad utilizará como referencia para llevar a cabo el proceso de identificación y verificación de usos de obras en movimiento, únicamente aquellas que se encuentren debidamente registradas en el momento de la asignación.”

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INFORME DE GESTIÓN

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Derecho

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Facturación

Derecho

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

2019

1.774.715

30.951

361.900

25.258

1.799.948

1.061.660

231.504

124.641

487.219

402.202

1.012.906

7.312.906

2019

1.801.072

32.824

361.900

43.708

2.110.890

910.166

204.990

111.681

446.675

446.758

1.004.338

7.475.002

2018

1.703.391

27.216

395.816

21.162

2.702.968

1.177.676

248.920

100.722

328.963

513.653

1.014.202

8.235.229

2018

1.618.765

25.027

395.816

2.713

2.432.365

1.170.964

286.019

94.666

295.022

389.525

988.342

7.699.225

FACTURACIÓN

RECAUDACIÓN NETA (*)

INFORME DE GESTIÓN

Preámbulo

En el ejercicio 2019 se ha producido una modificación del marco regulador de la gestión de la entidad, como consecuencia de la aprobación de la Ley 2/2019 de 1 de marzo que modifica le Ley de Propiedad Intelectual.

Una novedad significativa para la actividad de VEGAP lo constituye el cambio del sistema de gestión del derecho de participación al incorporar este derecho dentro del régimen de los derechos considerados como de gestión colectiva obligatoria, así como, el descenso del precio umbral en las reventas, a partir del cual se genera este derecho a favor de los titulares que ha pasado de 1.200 euros a 800 euros. Se trata de una modificación que ha de permitir que un mayor número de autores puedan disfrutar de este derecho tanto a nivel nacional como internacional.

VEGAP ha realizado todos los desarrollos necesarios para atender a las obligaciones generadas a través de este nuevo sistema.

VEGAP ha adoptado las medidas necesarias para atender, tanto a aquellas obligaciones que han de cumplirse con relación a los obligados al pago del derecho, como a aquellas obligaciones que atienden a los autores beneficiados en el ámbito nacional, así como a las sociedades extranjeras y a la información que ha de brindarse al Ministerio de Cultura y Deportes.

En este ejercicio hemos avanzado considerablemente en el desarrollo del sistema de identificación de imágenes AIR al que VEGAP pertenece como miembro fundador de esta herramienta de ámbito mundial titularidad de CISAC. Estamos desarrollando el sistema de licenciamiento digital legal hermanados con el resto de las sociedades de autor de todos los países para crear un sistema internacional de gestión digital de los derechos.

También, se ha creado un Registro de obras en movimiento de gran utilidad para los autores de videocreaciones y piezas visuales a la hora de gestionar sus derechos de autor.

Todos estos desarrollos se han llevado a cabo por el equipo de VEGAP, que ha centrado sus esfuerzos en adaptar su operativa a la nueva normativa, así como al desarrollo del entorno digital y a la gestión de los derechos exclusivos y compensatorios con la singularidad que conlleva la gestión de cada uno de estos derechos.

I. Emisión de licencias y recaudación en el ejercicio 2019

Durante el ejercicio 2019 la entidad ha emitido facturas por un importe total de 7.312.906 euros (impuestos no incluidos).

El cuadro informa, de manera desglosada, sobre los importes facturados en función de los derechos, para los que la Entidad ha emitido las correspondientes licencias en el ámbito de los derechos exclusivos.

Durante el ejercicio 2019, como puede verse en el cuadro que se presenta a continuación, la recaudación neta generada por la gestión del conjunto de derechos ascendió a 7.475.002 euros (impuestos no incluidos).

El cuadro informa, de manera desglosada, sobre los importes recaudados en función de los derechos.

(*) La recaudación neta es el resultado de deducir de la recaudación bruta la provisión para reembolsos en el ámbito de la copia privada, así como para reclamaciones legalmente establecidas. Véase la nota 7 de la Memoria.

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Derecho de Reproducción

El derecho de reproducción es un derecho de naturaleza exclusiva del autor y que VEGAP gestiona de forma individualizada en nombre de los autores que forman parte del repertorio de la entidad a nivel nacional e internacional.

La entidad realiza esta actividad de manera personalizada, tanto con los autores a los que representa, como con los usuarios de los derechos. Seguimos avanzado en el plan de convenios de colaboración con las instituciones de carácter cultural y educativo, así como desarrollando un servicio personalizado en los casos de usos de las obras de los autores representados en el ámbito comercial, publicitario, etc. Todas estas gestiones se realizan con un respeto escrupuloso de la legislación en vigor.

VEGAP ofrece a los usuarios de los derechos su servicio de licencias de copias digitales con el fin de facilitar los derechos junto con las imágenes de las obras seleccionadas.

Se trata de un servicio gratuito y voluntario para los socios de la entidad.

Copia Licenciada

Con base en el artículo 18 de la Ley de Propiedad Intelectual, en concordancia con el artículo 25.5. c)1, VEGAP gestiona las licencias a favor de los centros reprográficos de todo el país, para que puedan prestar, un servicio de fotocopiado al público de soportes editoriales, en los que se contengan reproducciones de obras de autores representados por VEGAP con la mayor seguridad jurídica.

Remuneración Universitaria

Con base en el artículo 32 apartado 4º de la Ley de Propiedad Intelectual que reconoce una remuneración equitativa a favor de los autores de imagen y de textos y que se hace efectiva a través de las entidades de gestión, VEGAP gestiona en los centros universitarios esta compensación para la utilización de las obras protegidas, con fines educativos y de investigación científica en las condiciones que establece la Ley.

El acuerdo tripartito entre la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE), CEDRO y VEGAP, hace posible el ejercicio de esta compensación al derecho para usos educativos, y con ello facilita la utilización de materiales universitarios, en los que el texto y la imagen se distribuyen a través de la intranet de cada universidad.

Préstamo Público

La excepción al derecho de autor establecida en el artículo 37 de la Ley de Propiedad Intelectual, que facilita a las bibliotecas la capacidad de prestar obras protegidas mediante el pago de una remuneración global a los autores del texto. La imagen, la música y las obras audiovisuales, se ha modificado con la aprobación de la Ley 2/2019 de 1 de marzo. En concreto, se han unificado las liquidaciones que realizan las bibliotecas municipales las cuales pasan a realizarse a través de las Diputaciones Provinciales reduciendo de esta manera la fragmentación en el pago de esta remuneración.

VEGAP forma parte de un acuerdo de gestión conjunta con CEDRO, DAMA y SGAE por el que CEDRO realiza la gestión de este derecho mediante mandato de las tres entidades restantes.

Copia privada reprográfica y audiovisual

VEGAP realiza la gestión de este derecho en ambas áreas a través de la “Ventanilla Única Digital” junto con el resto de las entidades de gestión colectiva de derechos de Propiedad Intelectual que gestionan este derecho que es de gestión colectiva obligatoria.

La Ventanilla Única Digital es la asociación constituida por todas las entidades de gestión en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, que se encarga de tramitar las exceptuaciones del pago y de los reembolsos a los usuarios, así como, de la recepción y posterior remisión a las entidades de las declaraciones y liquidaciones de la copia privada y de la comunicación unificada de la facturación, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual, en su redacción dada por el mencionado Real Decreto-Ley, mediante el que se recuperó el sistema de financiación anterior al que se había establecido en el año 2012.

Su gestión por Vegap se ha venido desarrollando a lo largo del ejercicio aplicando las tarifas provisionales establecidas en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto-ley 12/2017.

Derecho de comunicación pública. Operadores de Televisión en abierto, Televisiones de pago y Operadores de cable.

Terminado el ejercicio 2019, aún no ha sido posible concluir ningún contrato con los operadores televisivos que regule los ejercicios 2016 y siguientes salvo los acuerdos para los establecimientos de pagos a cuenta que se han venido realizando a la espera de poder suscribir los contratos que permitan regularizar el uso de las obras de la creación visual liquidando unos derechos razonables, en conformidad con las tarifas no discriminatorias entre los operadores de televisión y respecto de otros repertorios.

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Estas circunstancias no se han dado al cierre del ejercicio 2019 y los pagos a cuenta que se han realizado por los operadores son muy lejanos a la aplicación de la tarifa en vigor.

Los operadores de televisión ejercen las modalidades recogidas en los artículos 18,20 y 90, que se refieren tanto a derechos exclusivos que VEGAP gestiona a favor del repertorio que custodia, como los derechos de gestión colectiva obligatoria que se extienden a todo el colectivo.

Proyecciones Audiovisuales

Dentro del artículo 20 de la Ley de Propiedad Intelectual, se definen como actos de comunicación pública la proyección y la exhibición pública tanto de las obras cinematográficas, como de las demás obras audiovisuales, lo que incluye a las obras de videoarte, que se comunican públicamente en los espacios museísticos y otros espacios de divulgación del arte.

VEGAP ha creado un Registro de Obra en movimiento para facilitar la gestión de los derechos de las obras del repertorio de la entidad por parte de usuarios que divulgan estas obras en el ámbito audiovisual.

Nuestra entidad gestiona esta modalidad de explotación de la comunicación pública a favor de los titulares que representa.

Puesta a disposición del público

Seguimos avanzando en la gestión digital de los derechos de autor en un número cada vez mayor de modalidades de explotación. La herramienta transnacional AIR sigue avanzando en su desarrollo de puesta en marcha y se ha integrado dentro del sistema cotidiano de gestión de VEGAP.

Derecho de Participación

Con la aprobación de la Ley 2/ 2019 de 1 de Marzo, se reincorpora la regulación del derecho de participación dentro del artículo 24 del TRLPI y, por consiguiente, se deroga la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte.

Esta modificación es muy positiva para el sector de la creación visual, ya que pone fin al debilitamiento e inseguridad jurídica que suponía el regular este derecho mediante una Ley independiente y al incluirse dentro de la Ley de Propiedad Intelectual mejora la protección sistémica de este derecho.

Además, la redacción de este artículo incluye dos novedades muy importantes:

Por una parte, se reduce el precio de reventa a partir del cual se genera este derecho, de 1.200 euros a 800 euros.

Se trata de una modificación que permite que un mayor número de autores puedan ejercitar este derecho, Hay que tener en cuenta que la función social que cumple este derecho sólo puede llevarse a cabo con un precio umbral que no sea elevado.

Por otra parte, se establece que el derecho de participación se hará efectivo a través de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.

Este cambio garantiza la liquidación de este derecho a todos los titulares y de esta manera, permite a los autores beneficiarse de este derecho tanto en el ámbito analógico como digital en mercados nacionales o internacionales.

Junto con ello, hemos de mencionar las ventajas de simplificación administrativa y de seguridad jurídica que para los obligados al pago del derecho remuneratorio supone el hacerlo efectivo a través de una entidad de gestión colectiva.

Esta modificación también tiene una repercusión positiva en el Fondo de Ayuda a las Bellas Artes, ya que a partir de la entrada en vigor de esta reforma, VEGAP realizará todas las obligaciones establecidas legalmente y entre ellas ingresará puntualmente en este Fondo las cantidades que no pueda repartir a sus titulares.

II.- Convenios

El número total de convenios en vigor al cierre del ejercicio 2019 que mantiene VEGAP en España asciende a 447. La relación de estos convenios se presenta segregada por grupos diferenciados de usuarios y es la siguiente:

Administración Pública • Ajuntament de Barcelona • Ajuntament de Lleia • Ajuntament de L’Hospitalet de Llobregat • Ajuntament de Palma de Mallorca • Ajuntament de Salou • Ajuntament de Sant Boi de Llobregat • Ajuntament de Tarragona • Ayuntamiento de A Coruña • Ayuntamiento de Alcobendas • Ayuntamiento de Avilés • Ayuntamiento de Baeza • Ayuntamiento de Bilbao • Ayuntamiento de Buitrago • Ayuntamiento de Córdoba

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• Ayuntamiento de Ferrol • Ayuntamiento de Fraga • Ayuntamiento de Irún • Ayuntamiento de Madrid • Ayuntamiento de Málaga • Ayuntamiento de Miengo • Ayuntamiento de Pamplona • Ayuntamiento de Quesada • Ayuntamiento de Santander • Ayuntamiento de Valdepeñas • Ayuntamiento de Zaragoza • Bilbao Zerbitzuak, EPEL • Buenavista Golf, S.A. • Cabildo Insular de Gran Canaria • Cabildo Insular de Lanzarote • Cabildo Insular de Tenerife • Cabo Blanco Ordenación y Gestión Urbanística, S.A. • Canarias Cultura en Red (Gobierno de Canarias) • Centre de Restauració de Béns Mobles • Centro Informático Municipal de Bilbao, S.A. • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Instituto

de las Industrias Culturales y de las Artes de la Región de Murcia)

• Comunidad de Madrid (Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte)

• Concello de Riveira • Consorci del Palau de la Música Catalana • Consorci del Patrimoni de Sitges • Consorci de Terminología (TERMCAT) • Consorci per a la Normalització Lingüística (CNPL) • Cultivos y Tecnología Agraria de Tenerife, S.A. • Diputación de Barcelona • Diputación de Cuenca • Diputación Foral de Guipúzcoa. Departamento de

Cultura • Diputación Provincial de Granada. Servicio de

Publicaciones • Diputación Provincial de Huesca • Diputación Provincial de Málaga. Departamento de

Cultura • Diputación Provincial de Zaragoza • Generalitat de Catalunya. Departament de Cultura • Instituto Médico Tinerfeño, S.A. • Instituto Tecnológico de Energías Renovables, S.A. • Junta de Andalucía. Consejería de Cultura • Juntas Generales de Bizkaia • Juntas Generales de Gipuzkoa • Metropolitano de Tenerife, S.A. • Ministerio de Educación y Cultura. Subdirección de

Promoción de las Bellas Artes • Parque Científico y Tecnológico de Tenerife, S.A. • Patrimonio Nacional

• Solten III Arico, S.A. • Soluciones Eléctricas Insulares, S.A.U. • SPET Turismo de Tenerife, S.A.

Archivos Fotográficos • ACI Agencia de Fotografía, S.L. • Age Fotostock Spain, S. L • Álbum Archivo Fotográfico, S.L. • Archivo Photoaisa, S.L. • Prisma Archivo Fotográfico, S.L.

Asociaciones • Associació A Bao A Qu • Asociación de Revistas Culturales de España • Associació Pro-Docs • Cercle Artistic Sant Lluc • Col.legi d ´Arquitectes de Catalunya • Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) • Feria Internacional de Arte Contemporáneo (ARCO)

Editoriales • Centro de Estudios CEAC, S.L.U. • Centro Editor PDA, S.L. • Centro Libros PAPF, S.L. • Circe Ediciones, S.L. • Círculo de Lectores, S.A. • Columna Edicions Llibres i Comunicació, SAU • DEA Planeta, S.L.U. • Dos de Arte Ediciones, S.L. • Ediciones Atalanta, S.L. • Ediciones Baula • Ediciones de Intervención Cultural, S.L • Ediciones El Viso, S.A. • Ediciones Eunate • Ediciones La Bahía, S.L.U. • Ediciones Remotas • Edicions 62, SA • Edicions Bromera • Editorial Catedral • Edicions Cavall Fort • Edicions de 1984, S.L • Editorial Anagrama, S.A. • Editorial Bridge • Editorial Casals S.A. • Editorial Combel • Editorial Elba • Editorial Galaxia Gutemberg • Editorial Ibaizabal, S.A. • Editorial La Galera • Editorial Luis Vives • Editorial Oceano • Editorial Planeta de Agostini, S.A. • Editorial Planeta, S.A.U. • Editorial Rata

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• Editorial Salvat • Editorial Sexto Piso • Enciclopèdia Catalana • Espasa Libros, S.L.U. • Grup Editorial 62 S.L.U. • Grupo Océano • Hoja de Lata Editorial • Kalandraka • La Fabrica Gestión Mas Cultura • Milenio Publicaciones, S.L. • Pages Editors • Planeta Corporación S.R.L • Planeta Innovación, S.A. • Planeta Junior, S.L. • Prisma Publicaciones 2002, S.L • Publicacions de l’Abadia de Montserrat (Revista Serra d’or)

• Publicaciones y Ediciones Salamandra • Raval Edicions, S.L. • Random House Mondadori • Roca Editorial • Sapiens Publicacions • Signo Editores • T.F. Editores • Triangle Postals, S.L. • Turner Publicaciones, S.L. • Tusquets Editores, S.A

Entidades Financieras • ABANCA Corporación Bancaria, S.A. • Banc Sabadell • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria • Caixa de Ahorros de Pollensa

Grupos de Prensa • Audiovisual Española 2000, S.A. (La Razón) • Prisa Noticias, S.L. • Edició de Prensa Periòdica Ara, S.L. • Ediciones Primera Plana S.A. (El Periódico de Catalunya) • Luxury Media, S.L. • Prensa Española, S.A. (Periódico ABC) • Taller de Editores S.A. • Unidad Editorial Información General, S.L. (El Mundo)

Instituciones Culturales de Naturaleza Pública • Agencia Pública para la gestión de la Casa Natal de

Picasso y otros espacios museísticos y culturales • Arxiu nacional de Catalunya (ANC) • Auditorio de Tenerife, S.A. • Biblioteca de Catalunya (BC) • Bilbao Ekintz, EPE • Bilbao Kirolak, OAL • Bilbao Kirolak, S.A. • Bilbao Musika, OAL. • CAC Teatro Arriaga S.A.

• Casino Playa de las Américas, S.A. • Casino de Santa Cruz de Tenerife, S.A. • Casino Taoro • Centre d’Arqueologia de Subaquàtica de Catalunya • Centro Azkuna de Ocio y Cultura S.A. • Consejo Insular de Aguas • Consell Català de la Cultura i de les Arts (CONCA) • Direcció de Cultura de Proximitat • Direcció d’Innovació, conexement i Arts Visuals • Direcció de Marketing, comunicació i Sistemes • Direcció de Memòria, Història i Patrimoni • Direcció de Programes de Difusiò Cultural • Direcció de Promociò dels Sectors Culturals • Empresa Insular de Artesanía, S.A. • Eusko Ikaskuntza • Festival Internacional de Musica y Danza de Granada • Filmoteca de Catalunya • Funicular de Artxanda,S.A • Gestión Insular para el Deporte, la Cultura y el Ocio, S.A.

• Institució de Lletres Catalanes (ilc) • Institución Ferial de Tenerife • Institut Catalá d’Empreses Culturals • Institut del Teatre • Institut Ramon Llull (IRL) • Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria • Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB) • Instituto Municipal de Turismo y Cultura de Burgos • Instituto Vasco Etxepare • Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) • Museu Monestir de Pedralbes • Museu i Necròpolis Paleocristians • Museu Ruïnes d’Ullastret • Oficina de Suport a la Iniciativa Cultural (OSIC) • Organismo Autónomo Balsas de Tenerife • Organismo Autónomo Museos y Centros • Patronato Insular de Música • Reial Cercle Artistic de Barcelona • Ruïnes d’Olèrdola • Sant Pere de Galligants • Sociedad Mercantil Estatal Acción Cultural, S.A. • Sociedad Insular para la Promoción Personas con

Discapacidad • Surbisa, S.A. • Teatre Nacional de Catalunya • Tenerife Espacio de las Artes, TEA • Transportes Insulares de Tenerife • Vil.la romana de Centcelles • Vil.la romana dels Munts • Viviendas Municipales de Bilbao, OAL

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Museos y Fundaciones • Archivo Lafuente de Cantabria • Arxiu Fotogràfic de Barcelona • Arxiu Històric de la Ciutat • Asociación de Amigos de la Fundación Díaz Caneja • Asociación de Amigos de la Residencia de Estudiantes • Canònica de Santa María de Vilabertran • Casa Museu Prat de la Riba • Casa Museu Rafael Casanova • Castell de Cardona • Castell de Claramunt • Castell de Miravent • Castell de Monestir d’Escornalbou • Castell de Montjuic • Centre de Cultura Contemporania de Barcelona • Centro Atlántico de Arte Moderno • Centro de Arte y Naturaleza (CDAN) - Fundación Beulas • Cidade da Cultura de Galicia.CINC (Centro de

Innovación Cultural) • Círculo de Bellas Artes de Madrid • Ciutat ibèrica d’Ullastret • Clot del Moro • Colecció Bassat • Colònia Sedó • Conjunt Monumental d’Empùries • Conjunt Monumental d’Olèrdola • Conjunt Monumental de Sant Pere de Rodes • Consorci Museu d’Art Contemporani de Mataró.

Col·lecció Bassat • Consorci del Museu d’Art Contemporani de Barcelona

(MACBA) • Consorci del Museu Memorial de L´Exili • Consorcio de Derecho Público- Museo de Arte

Contemporáneo Esteban Vicente • Convent de Sant Bartomeu de Bellpuig • Farga Palau de Ripoll • Fundació Antoni Tàpies • Fundació Cultural Privada Fran Daurel • Fundació del Gran Teatre del Liceu • Fundació Enciclopedia Catalana • Fundació Fundit – Mecad • Fundació Iluro • Fundació Joan Miró • Fundació Museu Picasso Barcelona • Fundació Privada Centre d’Art Col.lecció Catalana de

Sant Feliu de Guixols - Espai Thyssen • Fundació Privada Josep Suñol Soler • Fundació Privada Museu del Comic • Fundació Privada Vilas Casas • Fundación Provincial de Cultura (Diputación de Cádiz) • Fundació Pública Museu del Valls • Fundació Tren de L’Art • Fundación Arquia • Fundación En Aire

• Fundación Archivo Manuel de Falla • Fundación Arte Viva Europa • Fundación Artium de Álava • Fundación Banco Santander Central Hispano • Fundación BBVA • Fundación Bilbao 700 • Fundación Bilbao Arte • Fundación Caja Madrid • Fundación Caja Murcia • Fundación Canal • Fundación Canaria, ITER • Fundación Canaria del Instituto de Tecnologías

Biomédicas de Tenerife • Fundación Canaria Salud y Sanidad • Fundación Canaria Tenerife Rural • Fundación Carulla • Fundación Centro Cultural Internacional Oscar

Niemeyer Principado de Asturias • Fundación Centro Internacional de la Estampa

Contemporánea (CIEC) • Fundación Centro Ordoñez-Falcón de Fotografía • Fundación Cidade da Cultura • Fundación Coca Cola • Fundación Colección ABC (Museo ABC) • Fundación Colección Thyssen Bornemisza • Fundación Cultural Colegio Oficial Aparejadores y

Arquitectos Técnicos de Sevilla • Fundación Duques de Soria • Fundación Eduardo Capa • Fundación Eugenio Granell • Fundación Foto Colectania • Fundación Galicia Obra Social • Fundación German Sánchez Ruiperez • Fundación Goya en Aragón • Fundación Helga de Alvear • Fundación Instituto de Crédito Oficial (ICO) • Fundación Jose Manuel Lara • Fundación Juan March • Fundación La Caixa • Fundación León Felipe • Fundación Manuel Ramos Andrade • Fundación Mapfre • Fundación Marcelino Botín • Fundación Mer • Fundación Municipal de Cultura de Valladolid • Fundación Museo Casa Ibañez • Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao • Fundación Museo Grabado Español Contemporáneo

de Marbella • Fundación Museo Guggenheim • Fundación Novacaixagalicia • Fundación Palacio de Villalón (Museo Carmen Thyssen) • Fundación Palau

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• Fundación Patronato de la Semana de Música Religiosa de Cuenca

• Fundación Pedro Barrié de la Maza • Fundación Privada Carmen y Luis Bassat • Fundación Provincial Artes Plásticas Rafael Boti • Fundación Provincial de Cultura (Diputación de Cádiz) • Fundación Residencia de Estudiantes • Fundación Rodríguez Acosta • Fundación Telefónica • Fundación Valentín de Madariaga • Kutxa Fundazioa • Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía • Museo Picasso de Málaga • Museo Provincial de Teruel • Museu Cultures del Món • Museu de Montserrat • Museu d´Història de Catalunya • Museu de la Colònia Sedó d’Esparreguera • Museu del Ciment Asland de Castellar de n’Hug • Museu del Disseny • Museu d’Arqueología de Catalunya • Museu d’Arqueología de Catalunya (Girona) • Museu d’Art de Girona • Museu d’Historia de Catalunya • Museu d’Historia de la ciutat • Museu Etnològic • Museu Frederic Marès • Museu Nacional Arqueològic de Tarragona • Museu Nacional de la Ciència i la Tècnica de Catalunya

(Mnactec) • Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) • Real Academia de Bellas Artes de San Fernando • Real Academia de Bellas Artes de San Telmo • Reial Monestir de Santes Creus

Productoras Audiovisuales

• Batabat • Bausan Films • Cine de Garage • Colomo Producciones, S.L. • El Deseo • El Dedo en el ojo • El Terrat • Goroka • Inicia Films • JWProductions • Karavan Films • La Lupa Productions • La Perifèrica Produccions S.A. • Lastor Media • Lavinia Productora • Manual

• Minimal Films • Multicanal Iberia, S.L.U. • Nadir Films • Nanouk Films • Parallel 40 • Polar Stars Films • Rec Videoproductions • The History Channel Iberia, S.L.U.

Universidades • IE Universidad (*) • Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)(*) • Universidad Alfonso X el Sabio(*) • Universidad Antonio Nebrija(*) • Universidad Autónoma de Madrid (*) • Universidad Camilo José Cela (*) • Universidad Carlos III de Madrid (*) • Universidad Católica de Ávila (*) • Universidad Católica San Antonio de Murcia(*) • Universidad Complutense de Madrid (*) • Universidad de Alcalá (*) • Universidad de Alicante (*) • Universidad de Almería (*) • Universidad de Burgos (*) • Universidad de Cádiz (*) • Universidad de Cádiz. Vicerrectorado de Extensión

Universitaria • Universidad de Cantabria (*) • Universidad de Cantabria • Universidad de Castilla-La Mancha (*) • Universidad de Córdoba (*) • Universidad de Deusto / Deustuko Unibertsitatea (*) • Universidad de Extremadura (*) • Universidad de Granada (*) • Universidad de Huelva (*) • Universidad de Jaén (*) • Universidad de La Laguna (*) • Universidad de La Rioja (*) • Universidad de Las Palmas de Gran • Canaria (*) • Universidad de León (*) • Universidad de Málaga (*) • Universidad de Mondragón /Mondragón Unibertsitatea(*) • Universidad de Murcia (*) • Universidad de Navarra (*) • Universidad de Oviedo (*) • Universidad de Salamanca (*) • Universidad de Sevilla (*) • Universidad de Valladolid (*) • Universidad de Zaragoza (*) • Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unib. (*) • Universidad Europea de Madrid (*) • Universidad Europea Miguel de Cervantes(*) • Universidad Francisco de Vitoria (*)

(*) Acuerdo tripartito entre la Confederación de Rectores de Universidades Españolas (CRUE), CEDRO y VEGAP.

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• Universidad Internacional de Andalucía (*) • Universidad Internacional de La Rioja (*) • Universidad Internacional Menéndez Pelayo (*) • Universidad Internacional Menéndez Pelayo • Universidad Loyola Andalucía (*) • Universidad Pablo de Olavide (*) • Universidad Politécnica de Cartagena (*) • Universidad Politécnica de Madrid (*) • Universidad Pontificia Comillas (*) • Universidad Pontificia de Salamanca(*) • Universidad Pública de Navarra (*) • Universidad Rey Juan Carlos (*) • Universidad San Jorge (*) • Universidad San Pablo-CEU (*) • Universidade da Coruña (*) • Universidade de Santiago de Compostela (*) • Universidade de Santiago de Compostela • Universidade de Vigo (*) • Universitat Abat Oliba CEU (*) • Universitat Autònoma de Barcelona (*) • Universitat Autónoma de Barcelona. Institut de

Ciencies de l’Educación • Universitat Autónoma de Barcelona. Servei de

Publicacions • Universitat Cardenal Herrera - CEU (*) • Universitat Católica d Valencia San Vicente Mártir(*) • Universitat d’Alacant (*) • Universitat de Barcelona (*) • Universitat de Girona (*) • Universitat de les Illes Balears (*) • Universitat de Lleida (*) • Universitat de València (*) • Universitat de Vic (*) • Universitat Internacional de Catalunya (*) • Universitat Jaume I de Castelló • Universitat Miguel Hernández d’Elx (*)(*) • Universitat Oberta de Catalunya (UOC) • Universidad Nacional de Educación a Distancia

(UNED) (*) • Universitat Politécnica de Catalunya (*) • Universitat Politècnica de Valencia (*) • Universitat Pompeu Fabra(*) • Universitat Ramón Llull (*) • Universitat Rovira i Virgili (*)

Otros • Arthemisia Museum España, S.L • Colección Cal Cego • DKV Seguros y Reaseguros S.A.E • ETV Llobregat • Ernesto Ventós Colección Olor Visual • Euxenita Dieciseis, S.L. (ESTAMPA) • Laietana de Llibreteria, S.L. • Palacios y Museos, S.L.U. • Producciones Capitel, S.L. • Serveis Culturals del Liceu S.L

III.- Convenios de Representación

VEGAP, es desde su creación en 1990 miembro de la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC), el organismo no gubernamental que representa a más de cuatro millones de autores en 120 países de todo el mundo. En la CISAC hay agrupadas 232 sociedades de autores, de las cuales 61 pertenecen al Consejo Internacional de Artes Gráficas y Plásticas (CIAGP) al que pertenece VEGAP, y que agrupa a las sociedades que gestionan a los autores de la creación visual. Actualmente, VEGAP forma parte del Consejo de Administración de la CISAC y ocupa la vicepresidencia de este Consejo.

Nuestra Entidad ha ido aumentando a lo largo de los años el número de sociedades del CIAGP con las que ha suscrito contratos de representación en función de la importancia de estas sociedades y de sus territorios de custodia. Estos contratos pueden ser de representación recíproca o de representación unilateral. Los primeros se denominan así por ser aquellos contratos en los que ambas sociedades se representan mutuamente en sus respectivos territorios de custodia, representando a los autores del repertorio de la sociedad contratante en los mismos términos que a sus propios autores. Los contratos de representación unilateral son aquellos en los que una sociedad encarga a otra la representación de su repertorio en su país de custodia.

Actualmente VEGAP tiene suscritos los siguientes contratos de representación recíproca

• Albania: ALBAUTOR • Alemania: BILDKUNST • Argentina: SAVA • Australia: COPYRIGHT AGENCY • Austria: BILDRECHT • Azerbaiyán: AAS • Bélgica: SABAM

Universidades19% Archivo Fotográfico

1%Asociación

2%Editorial

13%

Entidad Financiera1%

Grupo de prensa2%

Institucionesculturales de

naturaleza pública12%

Museos yFundaciones

29%

Otros2%

ProductoraAudiovisual

5%

Administraciónpública 16%

(*) Acuerdo tripartito entre la Confederación de Rectores de Universidades Españolas (CRUE), CEDRO y VEGAP.

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• Brasil: AUTVIS • Canadá: SODRAC • Chile: CREAIMAGEN • Corea: SACK • Cuba: ADAVIS • China: ICSC • Dinamarca: COPYDAN • Ecuador: ARTEGESTIÓN • Eslovaquia: LITA • Estonia: EAU • Estados Unidos: ARS • Filipinas: FILVADRO • Finlandia: KUVASTO • Francia: ADAGP • Georgia: GCA • Holanda: PICTORIGHT • Hungría: HUNGART • Islandia: MYNDSTEF • Irlanda: IVARO • Italia: SIAE • Japón: JASPAR • Letonia: AKKA LAA • Lituania: LATGA • México: SOMAAP • Noruega: BONO • Perú: APSAV • Portugal: SPA • Reino Unido: DACS • República Checa: GESTOR y OOAS • Rumanía: VISARTA • Rusia: UPRAVIS • Senegal: BSDA • Serbia: OFA • Sudáfrica: DALRO • Suecia: BILDUPPHOVSRÄTT • Suiza: PROLITTERIS • Uruguay: AGADU • Venezuela: AUTORARTE

Las sociedades de autores de otros países con las que

VEGAP tienen suscritos contratos de representación

unilateral son las siguientes • Andorra: SDADV • Bélgica: SOFAM • Canadá: CARCC • Francia: SAIF

Las entidades, fundaciones y sucesiones con las que

VEGAP tiene suscritos contratos de representación son las

siguientes: • Archivo “El Sueño de Venus” • Associació Cultural Helios Gómez • Comissió Tàpies, S.L. • El Alba del Alhelí, S.L. • Erlogu, S.L. • Fondation Alberto et Annette Giacometti • Fondo Fotográfico de la Fundación Universitaria de

Navarra • Fundació Caixa Vinaròs de la Comunitat Valenciana • Fundació Ramón Calsina • Fundació Xavier Nogués • Fundación Alberto Schommer • Fundación Antonio Tàpies • Fundación Cultural Coll Bardolet • Fundación Eugenio Granell • Fundación Enrique Meneses • Fundación Gala - Salvador Dalí • Fundación Joan Brossa • Fundación Manolo Prieto • Fundación Museo Picasso de Málaga • Fundación Universidad San Jorge • Institut d’Estudis Catalans • Les Heretiers Matisse • Picasso Administration • Successió Miró, C.B. • The Andy Warhol Foundation for the Visual Arts, Inc • The Estate of Roy Lichtenstein • The Zentrum Paul Klee • The Calder Foundation

Además de los acuerdos anteriores, VEGAP tiene suscrito un contrato con CEDRO para la gestión del Préstamo Publico y las Licencias Universitarias

IV. Socios

Al cierre del ejercicio 2019, la entidad representaba a un total de 144.579 autores de 50 sociedades de la CISAC en 46 países.

Dentro de este conjunto de autores representados, 2.801 son socios de VEGAP.

Del conjunto total de socios de la Entidad, 1.811 son artistas plásticos, en el ejercicio 2018 eran 1.796 socios.

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Al cierre del 2019 figuran 508 fotógrafos, en el ejercicio 2018 había 497 fotógrafos miembros de En cuanto a ilustradores al cierre del ejercicio eran socios 262, mientras que en 2018 eran 258.

Respecto a los diseñadores en 2018 fueron 58 socios y en 2019 ha sido 60 socios. En cuando a otras modalidades de creación (arquitectura, videocreación, performances, instalaciones e intervenciones), en 2018 eran 154 socios y en 2019 han sido 160 socios.

VEGAP al 31 de diciembre de 2019 representaba los derechos de autor de 665 derechohabientes de creadores

visuales.

V. Repartos

Durante el ejercicio 2019 se efectuaron los siguientes repartos:

1) Reparto del derecho de comunicación pública a través de emisiones por televisión.

2) Reparto del derecho de comunicación pública a través de emisiones por televisión de pago.

3) Reparto del derecho de comunicación pública a través de emisiones por operadores de cable.

4) Reparto del derecho de reproducción

5) Reparto de comunicación pública de licencias audiovisuales

6) Reparto de comunicación pública de puesta a disposición del público.

7) Reparto del Banco de Imágenes

8) Reparto del derecho de reproducción, comunicación pública de Recomendaciones tarifarias.

9) Reparto del derecho de participación

10) Reparto de préstamo bibliotecario

11) Reparto de copia licenciada

12) Reparto de Licencias universitarias

13) Reparto a las sociedades de otros países y “estates” internacionales

14) Reparto de la Remuneración Compensatorio por Copia Privada

1) Reparto del derecho de Comunicación Pública de televisión.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2017 a los operadores televisivos que emiten por televisión en abierto, se asignaron 122.171 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.230 autores. 56% socios representados de VEGAP y 44% autores del repertorio internacional. El importe de la asignación ascendió a 299.077 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2018 a los operadores televisivos que emiten por televisión en abierto, se asignaron 130.217 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.214 autores. 54% socios representados de VEGAP y 46% autores del repertorio internacional. El importe de la asignación ascendió a 602.069 euros.

También se realizó el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados, en el que se asignaron 1.619 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.458 autores socios representados de VEGAP. El importe de la asignación ascendió a 50.653 euros.

2) Reparto del derecho de Comunicación Pública de televisión de pago.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2017 a los operadores televisivos de pago, se asignaron 145.329 utilizaciones de obras de un conjunto de 966 autores 485 son socios representados de VEGAP y 481 son autores del repertorio internacional. El importe de la asignación ascendió a 19.404 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados de los operadores televisivos de

Nuevas formas de Expresión Artística

6%Ilustradores

9%

Fotógrafos18%

Artistas Plásticos65%

Diseñadores2%

45

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pago, se asignaron 657 utilizaciones de obras de un conjunto de 68 autores. El importe de la asignación ascendió a 6.554 euros.

3) Reparto del derecho de Comunicación Pública por operadores de cable.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2017 a los operadores televisivos que emiten por cable, se asignaron 819.105 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.314 autores, el importe de la asignación ascendió a 142.648 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2018 a los operadores televisivos que emiten por cable, se asignaron 876.972 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.279 autores, el importe de la asignación ascendió a 162.234 euros.

También se realizó el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados de los operadores televisivos de cable y se asignaron 71 utilizaciones de obras de un conjunto de 40 autores. El importe de la asignación ascendió a 1.492 euros.

4) Reparto del derecho de Reproducción

Se realizó el pago del reparto de la recaudación efectuada durante el ejercicio 2018 por la emisión de licencias de derecho de reproducción, en este reparto se distribuyeron un total de 7.536 utilizaciones de obras, se beneficiaron a un total de 677 socios de la entidad y se distribuyeron 215.889 euros.

También se realizó el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados se asignaron para el primer semestre del año 331 utilizaciones de obras de un conjunto de 53 autores y el importe de la asignación ascendió a 30.447 euros. Para el segundo semestre del año 1.411 utilizaciones de obras de un conjunto de 154 autores y el importe de la asignación fue de 64.908 euros.

Al cierre del ejercicio se realizó la asignación de la recaudación del ejercicio 2019 de las licencias del derecho de reproducción, en este reparto se han distribuido 6,637 usos, para el que se han beneficiado un total de 650 socios de la entidad. Este reparto distribuye un total de 219.865 euros.

En el reparto de las Fundaciones y “Estates” de autores nacionales e internacionales, se asignaron 5.983 usos para 10 autores y se distribuyeron 494.571 euros.

5) Reparto del derecho de Comunicación Pública de licencias audiovisuales.

Se realizó el pago del reparto de la recaudación efectuada durante el ejercicio 2018 por la emisión de licencias audiovisuales del derecho de comunicación pública.

En este reparto se asignaron un total de 492 utilizaciones de obras, se beneficiaron a un total de 68 socios de la entidad y se distribuyeron 7.589 euros.

También se realizó el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados se asignaron para el segundo semestre del año 52 utilizaciones de obras de un conjunto de 7 autores, y el importe de la asignación ascendió a 815 euros.

Al cierre del ejercicio se realizó la asignación de la recaudación del ejercicio 2019 de las licencias audiovisuales del derecho de comunicación pública.En este reparto se han asignado 235 usos, del que se han beneficiado un total de 50 socios de la entidad. Este reparto distribuye un total de 11.223 euros.

En el reparto de las Fundaciones e “Estates” de autores nacionales e in internacionales, se asignaron 12 usos para 7 autores y se distribuyeron 32.522 euros.

6) Reparto del derecho del derecho de Puesta a Disposición del público.

Se realizó el pago del reparto de la recaudación efectuada durante el ejercicio 2018 por la emisión de licencias para la puesta a disposición del público de las obras de los autores que tutela VEGAP.

La modalidad de puesta a disposición al público, consiste en la explotación de las obras en Internet y es una de las modalidades de explotación o versiones del derecho de Comunicación al Público que recoge el artículo 20 de la LPI.

En este reparto se asignaron un total de 55.801 utilizaciones de obras, se beneficiaron a un total de 1.985 socios de la entidad y se distribuyeron 130.397 euros.

También se realizó el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados se asignaron para el primer semestre del año 538 utilizaciones de obras de un conjunto de 112 autores, y el importe de la asignación ascendió a 6.456 euros. Para el segundo

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semestre del año 1736 utilizaciones de obras de un conjunto de 902 autores y el importe de la asignación fue de 33.349 euros.

Al cierre del ejercicio se realizó la asignación de la recaudación del ejercicio 2019 de las licencias de puesta a disposición del público.

En este reparto se han asignado 80.889 usos, para el que se han beneficiado un total de 1.232 socios de la entidad. Este reparto distribuye un total de 135.745 euros.

En el reparto de las Fundaciones y “Estates” de autores nacionales e internacionales, se asignaron 14.344 usos para 10 autores y se distribuyeron 73.540 euros.

7) Reparto del Banco de Imágenes

Se realizó el pago del reparto de la recaudación efectuada durante el ejercicio 2018 por la emisión de licencias por alquiler de copias de obras del Banco de imágenes. En este reparto se asignaron un total de 49 utilizaciones de obras, se beneficiaron un total de 24 socios de la entidad y se distribuyeron 4.932 euros.

También se realizó el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados se asignaron para el segundo semestre del año 37 utilizaciones de obras de un conjunto de 14 autores y el importe de la asignación ascendió a 2.657 euros.

Al cierre del ejercicio se realizó la asignación de la recaudación del ejercicio 2019 de las licencias emitidas por el alquiler de copias de obras del Banco de imágenes.

Este reparto ha asignado un total de 47 utilizaciones de obras, que benefician a un total de 25 socios de la entidad. Este reparto ha distribuido un total de 2.485 euros.

En el reparto de las Fundaciones y “Estates” de autores nacionales e internacionales, se asignaron 4 usos para 2 autores y se distribuyeron 2.485 euros.

8) Reparto del derecho de reproducción y de comunicación pública en las Recomendaciones tarifarias.

Este reparto se refiere a las licencias otorgadas para el uso de las obras en artículos de merchandising, en soportes monográficos o con fines publicitarios. Estos repartos se realizan de forma semestral.

Para el primer semestre del 2019 el resultado de la asignación de este reparto es el siguiente:

• Para el derecho de reproducción se asignaron 3.103 usos de obras, se beneficiaron 86 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 87.669 euros.

• Para el derecho de comunicación pública de licencias audiovisuales se asignaron 24 usos de obras, se beneficiaron 3 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 1.172 euros.

• Para el derecho de comunicación pública en su modalidad de puesta a disposición del público se asignaron 22 usos de obras, se beneficiaron 6 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 1.275 euros.

Para el segundo semestre del 2019 el resultado de la asignación de este reparto es el siguiente:

• Para el derecho de reproducción se asignaron 3.184 usos de obras, se beneficiaron 109 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 154.830 euros.

• Para el derecho de comunicación pública de licencias audiovisuales se asignaron 40 usos de obras, se beneficiaron 9 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 2.246 euros.

• Para el derecho de comunicación pública en su modalidad de puesta a disposición del público se asignaron 32 usos de obras, se beneficiaron 10 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 7.138 euros.

9) Reparto del derecho de Participación

Los repartos trimestrales del derecho de participación a los socios de la entidad han generado las siguientes asignaciones:

• 1er Trimestre 2019: Asignados 497 usos de obras de los que se beneficiaron 170 autores para una asignación de 148.015 euros.

• 2º Trimestre 2019: Asignados 720 usos de obras de los que se beneficiaron 240 autores para una asignación de 95.307 euros.

• 3er. Trimestre 2019: Asignados 888 usos de obras de los que se beneficiaron 285 autores para una asignación de 290.572 euros.

• 4º Trimestre 2019: Asignados 1.588 usos de obras de los que se beneficiaron 550 autores para una asignación de 269.207 euros.

10) Reparto de Préstamo Público.

En el ejercicio 2019 se han realizado las siguientes asignaciones:

Del Préstamo Público recaudado en el ejercicio 2018 se asignaron 34.757 usos de obras, se beneficiaron 635 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 1.561 euros.

Reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los que se asignaron 32 utilizaciones de obras de un conjunto de 24 autores. El importe de la asignación ascendió a 754

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11) Reparto de Copia Licenciada.

En el ejercicio 2019 se han realizado la asignación de la Copia Licenciada recaudada en el ejercicio 2018 se asignaron 9.785 usos de obras, se beneficiaron 561 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 1.777 euros.

12) Reparto de Remuneración Universitaria.

En el ejercicio 2019 se han realizado las siguientes asignaciones:

De la remuneración universitaria recaudada en el ejercicio 2018 se asignaron 34.737 usos de obras, se beneficiaron 634 autores. La cantidad asignada a reparto fue de 317.160 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados de remuneraciones universitarias, se han asignado 473 utilizaciones de obras de un conjunto de 256 autores. El importe de la asignación ascendió a 6.047 euros.

13) Reparto a las Sociedades Extranjeras.

VEGAP tiene suscritos convenios de representación con 50 sociedades de autores de otros países. En virtud de estos convenios, VEGAP representa el repertorio de estas sociedades en España y su repertorio es gestionado en los respectivos países por las distintas sociedades. Además, VEGAP representa en España a cuatro fundaciones y otras organizaciones de autores.

VEGAP, a través de los convenios que tiene suscritos con las sociedades de autores de otros países, realizó las siguientes asignaciones por derechos:

Derecho de Reproducción • En el reparto del primer semestre del 2019 se

asignaron para un volumen de 2.754 usos de obras, en este reparto se vieron beneficiados un conjunto de 452 autores del repertorio internacional con un importe de 177.383 euros.

• En el reparto del segundo semestre del 2019 se asignaron para un volumen de 4.790 usos de obras, en este reparto se vieron beneficiados un conjunto de 566 autores del repertorio internacional con un importe de 159.292 euros.

Derecho de Comunicación Pública de Licencias Audiovisuales

• En el reparto del primer semestre del 2019 se asignaron para un volumen de 36 usos de obras, en este reparto se vieron beneficiados un conjunto de 24 autores

del repertorio internacional con un importe de 22.946 euros.

• En el reparto del segundo semestre del 2019 se asignaron para un volumen de 46 usos de obras, en este reparto se vieron beneficiados un conjunto de 32 autores del repertorio internacional con un importe de 9.922 euros.

Derecho de Comunicación Pública de Licencias de puesta a disposición del público

• En el reparto del primer semestre del 2019 se asignaron para un volumen de 1.688 usos de obras, en este reparto se vieron beneficiados un conjunto de 329 autores del repertorio internacional con un importe de 7.902 euros.

• En el reparto del segundo semestre del 2019 se asignaron para un volumen de 28.914 usos de obras, en este reparto se vieron beneficiados un conjunto de 3.186 autores del repertorio internacional con un importe de 60.657 euros.

14) Reparto de la Remuneración Compensatorio por Copia Privada.

Copia Privada Audiovisual.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2015 se asignaron 16.581 utilizaciones de obras de un conjunto de 702 autores. El importe de la asignación ascendió a 23.708 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2016 por las sociedades extranjeras se asignaron 9.655 utilizaciones de obras de un conjunto de 367 autores. El importe de la asignación ascendió a 16.197 euros.

En la recaudación correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2017 se asignaron 19.981 utilizaciones de obras de un conjunto de 774 autores. El importe de la asignación ascendió a 21.817 euros.

En la recaudación correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2018 se asignaron 23.236 utilizaciones de obras de un conjunto de 716 autores. El importe de la asignación ascendió a 156.464 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en los ejercicios 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados por copia privada audiovisual se asignaron 104 utilizaciones de obras de un conjunto de 90 autores. El importe de la asignación ascendió a 8.894 euros.

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Copia Privada Reprográfica

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2016 por las sociedades extranjeras se asignaron 5.064 utilizaciones de obras de un conjunto de 549 autores. El importe de la asignación ascendió a 2.565 euros.

En la recaudación correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2017 se asignaron 27.870 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.022 autores. El importe de la asignación ascendió a 30.429 euros.

En la recaudación correspondiente a la recaudación realizada en el ejercicio 2018 se asignaron 37.907 utilizaciones de obras de un conjunto de 1.170 autores. El importe de la asignación ascendió a 544.546 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación extraordinaria de proveniente de Alemania en el ejercicio 2018. El importe de la asignación ascendió a 657.598 euros.

En el reparto correspondiente a la recaudación realizada en los ejercicios 2019 por las sociedades extranjeras para los usos individualizados por copia privada audiovisual se asignaron 5.477 utilizaciones de obras de un conjunto de 2.451 autores. El importe de la asignación ascendió a 90.571 euros.

Actividades de divulgación

A lo largo del 2019, VEGAP ha participado en un conjunto de actividades para la divulgación del derecho de autor y la promoción de la gestión colectiva de los creadores visuales, en colaboración con diversas instituciones públicas y privadas.

A continuación, presentamos una relación sucinta de estas actividades realizadas en el pasado año.

Actividades de ámbito nacional • El 13 de febrero VEGAP participó en el curso Experto

en Fotografía Publicitaria organizado por EFTI (Centro Internacional de Fotografía y Cine).

• El 28 de febrero VEGAP participó en la mesa redonda organizada por Sucessió Miró en ARCO 2019 celebrado en Madrid.

• El 1 de marzo VEGAP participó en la mesa redonda " Propiedad Intelectual XVI edición MBA en empresas e instituciones culturales" organizada por SGAE.

• El 4 de marzo nuestra entidad colaboró con la Universidad Carlos III de Madrid impartiendo la clase

• El 1 de abril nuestra entidad colaboró con la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE) participando en el Máster de Propiedad Intelectual impartiendo clase sobre “"La obra plástica y la gestión de sus derechos: VEGAP”.

• El 23 de mayo nuestra entidad colaboró con el Máster Propiedad Industrial PONS ISDE impartiendo la clase sobre “"VEGAP y la gestión de la obra fotográfica y mera fotografía”.

• El 7 de octubre nuestra entidad colaboró con la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE) participando en el Máster de Propiedad Intelectual impartiendo clase sobre “"La obra arquitectónica y prensa escrita y digital".

• El 8 de octubre VEGAP participó en la jornada “Derechos de autor y Propiedad Intelectual” organizada por el Cabildo de Lanzarote en el CIC Almacén.

• El 11 de octubre VEGAP participó en la Feria Internacional del Libro, LIBER, organizada por IFEMA con la ponencia “El sector público y el cumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual”.

• El 14 de octubre nuestra entidad colaboró con la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE) participando en el Máster de Propiedad Intelectual impartiendo clase sobre “"La obra arquitectónica" y “prensa escrita y digital"".

• El 18 de octubre VEGAP participó en el Festival de artes e emprendimiento Audacia., organizada por Cidade da Cultura de Galicia, en Santiago de Compostela, con la ponencia “VEGAP y la gestión de los derechos de autor de los creadores visuales”.

• El 6 de noviembre VEGAP participó en la jornada “Únicos. Creatividad y Sostenibilidad. Imagen Gráfica y Visual” organizada por el Centro Regional de Artesanía de Castilla y León, CEARCAL en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Soria.

• El 14 de diciembre VEGAP participó en una mesa redonda en el Festival y feria del libro Ilustrado “Baba Kamo”, organizado por la Associació de Professionals de la Il·lustració Valenciana (APIV) y la Fundació pel Llibre i la Lectura (FULL).

Actividades de ámbito internacional

Nuestra Entidad participa en las actividades que realizan distintos organismos internacionales, como lo son: la Federación Internacional de Organizaciones de Derechos Reprográficos (IFRRO), la principal red internacional de organizaciones de gestión colectiva y asociaciones de creadores y editores en el ámbito del texto y de la imagen, la EVA (European Visual Artist), el Grupo Europeo de interés económico que representa a los creadores visuales en la Unión Europea y del que VEGAP ha ocupado la presidencia hasta junio del ejercicio 2014, On Line Art

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(OLA) el organismo global de licenciamiento en la red de los creadores visuales, la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) que es la Organización No Gubernamental que agrupa a las sociedades de autores de todo el mundo y que representa a más de seis millones de creadores extendidos por todos los países firmantes de la Convención de Berna y en la que nuestra Entidad ostentó durante al año pasado la Vicepresidencia del Consejo de Administración.

Las reuniones en las que ha participado VEGAP son las siguientes:

• 6 y 7 de febrero Asamblea General de EVA y OLA en Bruselas.

• 13 de febrero Comité Ejecutivo y de Gobierno en París. • 12 y 13 de marzo Consejo de Administración de la

CISAC en París. • 9 de abril Comité Ejecutivo y de Gobierno en Berlín. • 10 al 11 de abril Comité Europeo de la CISAC en Berlín. • 24 al 25 de abril Comité Latinoamericano y del Caribe

en Lima. • 28 y 29 de mayo Consejo de Administración de la

CISAC en Tokio. • 29 de mayo Asamblea General de la CISAC en Tokio. • 5 y 6 de junio Congreso y Asamblea General de IFRRO

en Dublín. • 16 y 17 de junio Asamblea General de EVA y OLA en

Bruselas. • 6 y 17 de septiembre Asamblea General de EVA y OLA

en Bruselas. • 1 al 2 de octubre Consejo Internacional de Autores

de Artes Gráficas y Plásticas y de Fotógrafos (CIAGP) en Dakar.

• 24 de octubre Comité Ejecutivo y de Gobierno en París. • 5 y 6 de noviembre World Congress de IFRRO en

Edimburgo. • 26 de noviembre Seminario CISAC/EVA sobre la

gestión colectiva de las artes visuales en Europa central y del este en Budapest.

• 3 y 4 de diciembre Consejo de Administración de la CISAC en Londres.

VII.-Procedimientos judiciales

Al cierre del ejercicio 2019 se encuentran en tramitación los siguientes procedimientos judiciales:

1.- En primer lugar, con relación a los procedimientos judiciales en los que VEGAP es parte y en los que se reclama la Responsabilidad Patrimonial del Estado por el incumplimiento de su obligación de compensar adecuadamente a los titulares por las copias privadas de

sus obras, estos se encuentran en diferentes estados de tramitación.

Por una parte, los procedimientos judiciales relativos a la Reclamación de Responsabilidad Patrimonial correspondientes a los ejercicios 2012 y 2013 (bloque audiovisual), así como al ejercicio 2014 (bloques libro y audiovisual), ya finalizaron mediante su desestimación. En sus Sentencias, el Tribunal Supremo ha considerado que no existe un incumplimiento de la normativa comunitaria lo suficientemente caracterizado por parte del Estado.

Las restantes Reclamaciones de Responsabilidad Patrimonial correspondientes a los ejercicios 2015 a 2017 y relativas, tanto al bloque audiovisual como del libro, están en diferentes estados de tramitación pendientes de resolución.

Cabe destacar que en los procedimientos judiciales relativos a las Reclamaciones correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015 solicitamos el planteamiento de dos cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea; la primera referida a si se adecua o no al artículo 5.2.b) de la Directiva, la limitación de la cantidad a recibir por las entidades de gestión a la disponibilidad presupuestaria, que sistemáticamente ha sido inferior al perjuicio, y la segunda referida a si concurre falta de observancia del principio de equivalencia, toda vez que los requisitos para exigir la responsabilidad patrimonial del Estado en los casos de inobservancia del derecho comunitario son superiores a los supuestos de declaración inconstitucional de una norma interna.

Pues bien, el 11 de noviembre pasado el Tribunal Supremo ha dictado dos Sentencias, mediante las que desestima los recursos contencioso-administrativo interpuestos por VEGAP, junto con EGEDA y DAMA, con relación al bloque audiovisual y, junto con CEDRO, con relación al bloque del libro, relativos a la Reclamación de Responsabilidad Patrimonial contra el Estado por el incumplimiento de su obligación de compensar adecuadamente a los titulares por las copias privadas de sus obras durante el ejercicio 2014.

El Tribunal Supremo ha considerado que no concurre una infracción suficientemente caracterizada.

Asimismo, rechaza el planteamiento al Tribunal de Justicia de la Unión Europea de las dos cuestiones prejudiciales solicitadas por VEGAP, EGEDA y DAMA en su recurso. Con relación a la primera de ellas (relativa a si se adecua o no al artículo 5.2.b) de la Directiva, la limitación de la cantidad

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a recibir por las entidades de gestión a la disponibilidad presupuestaria, que sistemáticamente ha sido inferior al perjuicio) considera que el Tribunal europeo ya se pronunció al respecto en su Sentencia de 9 de junio de 2016, en la que determinó que el sistema español por el que se sufragaba la compensación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado era contrario al derecho comunitario. Respecto a la segunda de ellas (referida a si concurre falta de observancia del principio de equivalencia, toda vez que los requisitos para exigir la responsabilidad patrimonial del Estado en los casos de inobservancia del derecho comunitario son superiores a los supuestos de declaración inconstitucional de una norma interna) considera que no existe similitud entre la declaración de inconstitucionalidad de una ley por el Tribunal Constitucional y la estimación de un recurso en el que se declare por el TJUE la violación o incumplimiento del derecho comunitario, toda vez que las Directivas no tienen una aplicación directa en los Estados miembros, quienes tienen margen de discrecionalidad para su incorporación al derecho nacional.

Con posterioridad a estas Sentencias, hemos sido informados de que la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE en relación con las normas españolas sobre compensación por los daños y perjuicios causados por el Estado al adoptar legislación contraria al Derecho de la Unión.

A raíz de las denuncias recibidas sobre determinadas disposiciones españolas que regulan la compensación por daños y perjuicios causados por actos legislativos contrarios al Derecho de la Unión, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción el 14 de junio de 2017, al considerar que estas disposiciones infringen los principios de efectividad y/o equivalencia. Estos principios limitan la autonomía procesal y sustantiva de los Estados miembros al establecer las condiciones de responsabilidad en caso de infracción del Derecho de la Unión.

En primer lugar, la legislación española supedita la compensación a una serie de condiciones acumulativas: debe haber una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se declare que un acto legislativo español vulnera el Derecho de la Unión; la parte perjudicada debe haber obtenido, en cualquier caso, una sentencia firme por la que se desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; y la parte perjudicada debe haber alegado la infracción del Derecho de la Unión durante dicho procedimiento de recurso. Según la jurisprudencia consolidada, estas condiciones hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado por infracciones del Derecho de la Unión y, por tanto, violan el principio de efectividad.

En segundo lugar, las normas españolas establecen condiciones menos favorables en lo referente a la

responsabilidad del Estado derivada de una infracción del Derecho de la Unión que en el caso de la responsabilidad fruto de infracciones de la Constitución Española, se trata de una violación del principio de equivalencia. En su respuesta a la carta de emplazamiento de la Comisión de 2017, las autoridades españolas consideraron que el sistema de responsabilidad del Estado era conforme con el Derecho de la Unión. Dado que esta respuesta no era satisfactoria, el 26 de enero de 2018 la Comisión emitió un dictamen motivado en el que reiteraba sus argumentos. Las autoridades españolas respondieron el 26 de marzo y enviaron una respuesta complementaria el 21 de diciembre. Se produjeron más contactos e intercambios entre las autoridades españolas y la Comisión, pero no se ha logrado ningún avance. Por lo tanto, el pasado 27 de noviembre la Comisión ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

A raíz de esta noticia, solicitaremos la suspensión de los procedimientos pendientes de resolver, en la medida en que la resolución de este asunto por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene un efecto directo sobre los mismos.

2.- En segundo lugar, el pasado 30 de octubre VEGAP ha presentado la solicitud de inicio de procedimiento de determinación de tarifas generales ante la Comisión de Propiedad Intelectual y frente a Telefónica.

Dado que este operador no ha efectuado pago alguno en concepto de derechos de autor desde el ejercicio 2016, en esta solicitud se solicita la medida provisional consistente en el pago a cuenta por parte de Telefónica a VEGAP de 4.307.468, 26 euros, que se corresponde con el 50% de la cantidad total que adeuda Telefónica a VEGAP por la utilización no autorizada de su repertorio durante los ejercicios 2016, 2017 y 2018, conforme a la tarifa general vigente, aprobada por la entidad en junio de 2016.

3.- Finalmente, hay una serie de procedimientos judiciales en los que VEGAP es parte y que se encuentran pendientes de resolución:

a) Procedimiento ordinario iniciado por VEGAP contra Condado de Salvatierra por la utilización sin autorización y sin pagar los correspondientes derechos de autor de una obra de Ignacio Zuloaga en productor alimentarios.

b) Procedimiento ordinario iniciado por D. Juan Antonio Carlos Fernández Oronoz, D. Pedro Carrión Juárez, D. Francesc Fábregas Oliveras, D. Ramón Manent Rodon, D. Álvaro García Pelayo-Gros, D. Martí Escuder Berenguer, Dª. Pilar Aymerich Puig, D. Miguel Raurich Bottiguer y Dª María Concepción Malet Coll, en el que las personas

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referidas manifiestan ser fotógrafos y reclaman a VEGAP la compensación por copia privada que les pudiera corresponder y que se condene a la entidad al pago de dicha compensación en la cuantía que sea determinada por un perito judicial

c) Recurso de casación interpuesto por VEGAP, junto con CEDRO y SGAE, contra la Sentencia de 11 de julio de 2019 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, que admite parcialmente el anterior recurso de contencioso administrativo interpuesto frente a la Resolución de 20 de octubre de 2014, del Director de Patrimonio Cultural, por la que se autoriza a la entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual Euskal Kulturgileen Kidegoa (EKKI) para actuar, de manera exclusiva o mayoritariamente, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como entidad de gestión de los derechos reconocidos en la Ley de Propiedad Intelectual. El motivo de este recurso es que, si bien dicha Sentencia estima parcialmente el recurso, mantiene la Resolución mencionada.

d) Se detalla finalmente el estado de tramitación del procedimiento instado por CAIXABANK contra VEGAP y CEDRO:

En fecha 29 de enero de 2014, Caixabank, S.A., interpuso demanda de juicio ordinario contra VEGAP y CEDRO por infracción del Art. 5.2.b) de la Directiva 200/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, y de los artículo 1895 y concordantes del Código Civil, en la que, a raíz de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de octubre de 2010 (Asunto C-467/18), solicitaba la declaración de ilegalidad de la compensación equitativa por copia privada que las codemandadas cobraron a Caixabank, S.A. durante los ejercicios 2006 a 2009, e interesaba la devolución de 906.026,37 euros pagados por HP (fabricante y distribuidora de equipos de reprografía) en este concepto.

El Juzgado de lo Mercantil nº 5 estimó parcialmente la demanda y condenó a VEGAP y CEDRO al pago de 869.966,77 euros, por entender que la compensación equitativa por copia privada aplicada a los aparatos y soportes adquiridos por Caixabank, S.A. durante los ejercicios 2006 a 2009, y que sobre ésta había repercutido HP, carecía de justificación al no ser el propósito de la adquisición la realización copias privadas de obras protegidas por derecho de autor, sino la reproducción de contenidos concernientes al ejercicio de su propia actividad.

En fecha 17 de diciembre de 2015, VEGAP y CEDRO interpusieron recurso de apelación contra la mencionada

resolución afirmando que era HP, a quien CAIXABANK, S.A. abonó la compensación equitativa por copia privada, contra quien en su caso debía haber accionado, abundando en el hecho de que ambas entidades, no son en ningún caso las destinatarias últimas de la compensación equitativa por copia privada, sino que, en cumplimiento de una obligación legal y estatutaria, y sin obtener por ello lucro alguno, actúan como mandatarias e intermediarias de los autores titulares del derecho exclusivo de reproducción y proceden a la distribución entre sus representados de las cantidades recaudadas en concepto de compensación equitativa por copia privada conforme a las normas de reparto establecidas en sus respectivos Estatutos.

La Sentencia de la Audiencia Provincial de 12 de marzo de 2018, revocó la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 5 y desestimó íntegramente la demanda interpuesta por CAIXABANK S.A. contra CEDRO y VEGAP, tras afirmar que una interpretación del Art. 25 de la Ley de Propiedad Intelectual que condujese a excluir de la compensación equitativa por copia privada, determinados soportes materiales por el hecho de no estar destinados a la copia privada en supuestos no establecidos reglamentariamente, sería una interpretación “contra legem” proscrita por la propia doctrina del Tribunal de Justicia y contraria al Derecho Comunitario.

Caixabank ha recurrido en casación la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 12 de marzo de 2018, este recurso se encuentra actualmente pendiente de resolución por el Tribunal Supremo.

VIII.- El Portal del Socio. Una herramienta muy útil para los socios de VEGAP

La entidad dispone de un portal del socio que permite la comunicación directa de nuestros socios con la Entidad.

Se trata de un espacio personal del que disponen todos los socios de la entidad para acceder a toda la información relativa a las utilizaciones de sus obras y a la gestión de sus derechos de autor.

De manera exclusiva los socios pueden disponer de avisos inmediatos sobre el reparto de los derechos de autor, acceso a la información de la actualidad jurídica sobre el derecho de autor, sobre seminarios, conferencias, concursos y actividades del campo de la creación.

El socio puede obtener información de las autorizaciones y suministro de las copias digitales de sus obras realizadas a través del banco de imágenes de VEGAP, información de las obras que se han revendido en subastas o en galerías de arte. También puede hacer un seguimiento de las liquidaciones pendientes de pago y comprobar la relación de las sumas ya percibidas, dispone de un acceso directo

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a la asesoría jurídica personalizada, así como a sus propias obras en el Banco de Imágenes.

Para ello, solo es necesario acceder a la página http://portaldelsocio.vegap.es, y completar el formulario de registro, tras solicitar el acceso y ser validado, el socio recibe un su correo electrónico una contraseña para acceder a su espacio personal.

Para garantizar la seguridad de las contraseñas estas tienen una vigencia limitada por lo que los socios deben cambiar periódicamente las mismas, todas las consultas relativas a este servicio se atienden por correo electrónico en [email protected] o en el teléfono +0034 915 32 66 32.

IX. Proyecto AIR. Una herramienta para la gestión de las obras en Internet

AIR es una herramienta interna utilizada por las entidades de gestión para agilizar y facilitar la gestión de los derechos de los creadores visuales.

VEGAP junto a ADAGP, Bild-Kunst, Pictoright y Sofam forman parte de las cinco sociedades de autores que iniciaron el proyecto piloto durante el ejercicio 2017 para su implantación por las sociedades de todo el mundo a partir de 2018.

Este software permite el reconocimiento visual de las imágenes y es un identificador de obras protegidas por la propiedad intelectual.

Ha sido creado por la CISAC con la colaboración de las sociedades de gestión colectiva de creadores visuales que integran el CIAGP.Nace con el objetivo de mejorar la calidad de la gestión de los derechos de autor de los creadores visuales en el sector audiovisual y en los distintos medios de comunicación digital.

Un algoritmo de reconocimiento permite al software identificar la autoría, título y características técnicas de las obras en cualquier plataforma digital, las obras son etiquetadas bien en las páginas web de los autores o en las obras que los autores han incorporado a los bancos de imágenes de cada una de las sociedades para que sirvan como archivo principal a partir del cual rastrear sus reproducciones en páginas web, en las redes sociales o en las producciones audiovisuales.

X. Con el ejercicio 2019, da comienzo un periodo de normalización.

Una vez recuperado el mecanismo legal de regulación e la Copia Privada, la entidad ha podido, durante el ejercicio 2019, cumplir con el compromiso con los trabajadores de

la entidad, alcanzando en el ejercicio 2013 mediante el cual se aprobó un plan de viabilidad de la entidad que supuso una reducción salarial de toda la plantilla y que se mantendría hasta la normalización de la recaudación de la Copia Privada.

Consecuentemente, en el año 2019 se han restablecido las condiciones económicas de los trabajadores, excepto del Director General que a petición propia, ha decidido mantener temporalmente la reducción salarial durante el ejercicio 2019 y durante el ejercicio 2020. Esta situación ha supuesto un incremeto en la partida de gasto de personal 194.649 euros.

La entidad necesita resolver el problema que supone la ausencia de contratos normalizados con los operadores televisivos. En esta cuestión se ha centrado el equipo de Dirección, así como el equipo de gestión de la entidad en la confianza de ver resuleto este problema lo antes posible.

53

Page 58: 2018 2019 - VEGAP

23

INFORMACIÓN SOBRE LAS NEGATIVAS A CONCEDER

UNA AUTORIZACIÓN NO EXCLUSIVA DE LOS

DERECHOSGESTIONADOS POR LA

Page 59: 2018 2019 - VEGAP

Información sobre las negativas a conceder una autorización no exclusiva de los derechos gestionados por la entidad.

A lo largo del año 2019, se han denegado dieciséis solicitudes de autorizaciones no exclusivas a las que los titulares no han dado su autorización.

En todos los casos las denegaciones han tenido su fundamento en el ejercicio del derecho moral de los titulares.

Siete de las solicitudes se han realizado dentro del sector editorial o de publicaciones periódicas y nueve en el ámbito del merchandising.

Ocho han sido denegadas por autores o titulares de Fundaciones nacionales y ocho han sido denegadas por estates internacionales

55

Page 60: 2018 2019 - VEGAP

ESTRUCTURA JURÍDICA Y ADMINISTRATIVA DE LA ENTIDAD

Page 61: 2018 2019 - VEGAP

1. Proyecto Estructura jurídica y Administrativade la entidad.

Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, (en adelante la Entidad o VEGAP), es una entidad de gestión de derechos de autor por transformación, en lo pertinente, de la asociación sin ánimo de lucro denominada Visual Asociación de Artistas Plásticos, que se fundó el 17 de mayo de 1990, que se rige por lo establecido en sus Estatutos y en lo no previsto en los mismos por lo dispuesto en los preceptos del Título IV, del Libro III del Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación y los de las restantes disposiciones de legal aplicación. Su domicilio fiscal y social está radicado en la Calle Núñez de Balboa número 25 de Madrid.

VEGAP fue autorizada para actuar como entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, en virtud de la Orden del Ministerio de Cultura de 5 de junio de 1990 (BOE nº 141)

El fin primordial es la protección de los autores de obras de la creación visual, agrupándose dentro de ellas las creaciones de imágenes, sean estas fijas o en movimiento, con independencia del soporte o proceso utilizado para su creación y de sus derechohabientes en el ejercicio de sus derechos de carácter patrimonial, mediante la gestión de los mismos.

VEGAP realiza también, la promoción de actividades o servicios de carácter asistencial o social.

Pueden ser miembros de la Entidad las personas, naturales o jurídicas, titulares de alguno de los derechos objeto de la gestión de esta, ya los hayan adquirido a título originario o derivativo. Su adscripción a la Entidad, en cualesquiera de las categorías de miembros, se producirá a instancia del interesado, por acuerdo del Consejo de Administración.

A 31 de diciembre el número de titulares representados por la Entidad es de:

El órgano de gobierno supremo de la entidad es la Asamblea General de Socios a quien corresponde como competencia el examen y aprobación de la Memoria, el Balance y Cuenta de Resultados del ejercicio, así como el nombramiento y revocación de los miembros del Consejo de Administración y el Órgano de Control Interno.

Nº de titulares representados

Nacional

Internacional

2019

2.801

141.778

144.579

2018

2.763

136.266

139.029

57

Page 62: 2018 2019 - VEGAP

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Presidente Antón Patiño

VicepresidentaConsejera Delegada Montserrat Soto

Vicepresidente Secretario José Freixanes

Vicepresidenta Eva Lootz

Consejeros

Consejeros de Honor

Alfonso Albacete Alicia MartínCarla AndradeChema MadozEsther PizarroEulàlia ValldoseraJuan GenovésJuan Luis MorazaLuis ChillidaLuis GordilloOscar MarinéRafael LevenfeldRobert LlimósSusana SolanoToni TàpiesValentín Vallhonrat

Alberto Bercovitz Ángeles Amador Antonio López Albert Ráfols-CasamadaAntoni TàpiesCarlos SolchagaEduardo ChillidaJavier Moscoso del PradoMiquel RocaPedro González-Trevijano

COMISIÓN PERMANENTE EJECUTIVAPresidente

Antón Patiño

Vicepresidenta Consejera DelegadaMontserrat Soto

Vicepresidente SecretarioJosé Freixanes

ConsejerosAlfonso Albacete

Alicia MartínEulàlia Valldosera

Eva LootzJuan Luis Moraza

Luis ChillidaValentín Vallhonrat

JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO ASISTENCIAL Y CULTURAL

PresidenteAntón Patiño

Vicepresidenta Consejera Delegada Montserrat Soto

ConsejerosAlfonso Albacete

Alicia MartínEulàlia Valldosera

José FreixanesJuan Luis Moraza

ÓRGANO DE CONTROL INTERNOPresidente

Juan Martínez Zívico

SecretariaCassandra Constant

VocalEduardo Mur

58

Page 63: 2018 2019 - VEGAP

23

INFORMACIÓN SOBRE TODA ENTIDAD QUE SEA

PROPIEDAD O ESTÉ CONTROLADA DIRECTA O

INDIRECTAMENTE, EN SU TOTALIDAD O EN PARTE, POR LA ENTIDAD DE GESTIÓN

Page 64: 2018 2019 - VEGAP

1. Información sobre toda entidad que sea propiedad o esté controlada directa o indirectamente, en su totalidad o en parte, por la entidad de gestión.

Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, (VEGAP), es una entidad de gestión de derechos de autor por transformación, en lo pertinente, de la asociación sin ánimo de lucro denominada Visual Asociación de Artistas Plásticos, que se fundó el 17 de mayo de 1990, que se rige por lo establecido en sus Estatutos y en lo no previsto en los mismos por lo dispuesto en los preceptos del Título IV, del Libro III del Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación y los de cuantas más disposiciones sean de aplicación.

Su domicilio fiscal y social está radicado en la Calle Núñez de Balboa número 25 de Madrid.

VEGAP no es propietaria de ninguna otra entidad, si bien esta asociada, por razones de exigencia legal a la Asociación Ventanilla Única Digital (VUD) con domicilio social en calle Velázquez número 94 de Madrid. También está asociada voluntariamente a la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) con sede en París (Francia), a la International Federation of Reprografic Rights Organizations (IFRRO) con sede den Bruselas (Bélgica), a la European Visual Artist (EVA) con sede en Bruselas (Bélgica) y a la On Line Art (O.L.A.) con sede en Bruselas (Bélgica).

60

Page 65: 2018 2019 - VEGAP

23

INFORMACIÓN SOBRE EL IMPORTE TOTAL DE LAS

REMUNERACIONES PAGADAS A LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Y ÓRGANO DE CONTROL INTERNO

Page 66: 2018 2019 - VEGAP

Consejo de Administración

Comisión Permantente

Órgano de Control Interno

Remuneración derechos de autor

Total General

Consejo de Administración

Comisión Permantente

Junta Administradora del Fondo Asistencial y Cultural

Órgano de Control Interno

Remuneración derechos de autor

Total General

Nº Miembros

19

10

3

Nº Miembros

20

10

6

2

Ejercicio 2019

Ejercicio 2018

Remuneración

35.077

32.615

4.923

359.327

431.942

Remuneración

39.384

29.538

3.692

2.462

253.493

328.569

Importes totales de las remuneraciones pagadas a los Órganos de Gobierno y Órgano de Control Interno.

62

Page 67: 2018 2019 - VEGAP

23

INFORMACIÓN FINANCIERA

Page 68: 2018 2019 - VEGAP

a) Información financiera sobre los derechos recaudados

Desglosados por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización, incluida la información sobre los rendimientos derivados de la inversión de derechos recaudados, y el uso de estos (si han sido repartidos a los titulares de derechos, a otras entidades de gestión o destinados a otros usos).

La recaudación realizada durante el ejercicio 2019 por derecho y modalidades de explotación es como sigue:

b) Información financiera sobre el coste de la gestión de derechos y otros servicios prestados por la entidad de gestión a los titulares de derechos con una descripción pormenorizada de los elementos siguientes:

1º. Todos los costes de explotación y costes financieros, desglosados por categoría de derechos gestionados y, cuando los costes sean indirectos y no puedan atribuirse a una o varias categorías de derechos, con una explicación del método utilizado para la asignación de dichos costes indirectos.

El importe de los ingresos financieros durante 2019 y 2018, correspondientes a los ingresos obtenidos por la Entidad durante 2019 y 2018 por la colocación de excedente de tesorería que se muestra en las cuentas de tesorería e inversiones financieras de las notas 8 y 9 de la memoria asciende al importe de 992 euros y 507 euros respectivamente, los cuales fueron calculados mediante el método del tipo de interés efectivo. El uso de los rendimientos derivados de los ingresos se ha destinado a acrecentar el reparto en todas sus modalidades de explotación.

(*) La recaudación neta es el resultado de deducir de la recaudación bruta la provisión para reclamaciones legalmente establecida, según Real Decreto 1398/2018 de 23 de noviembre)

Ver Nota 7 de la Memoria 2019

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

1.801.072

32.824

361.900

43.708

2.110.890

910.166

204.990

111.681

446.675

446.758

1.004.338

7.475.002

2.799

1.988

705

2.774

3.520

100.546

17.523

205

745

752

1.542

133.099

229.821

3.537

71.289

6.142

444.954

93.131

23.458

17.288

66.816

89.410

111.060

1.156.906

1.618.765

25.027

395.816

2.713

2.432.365

1.170.964

286.019

94.666

295.022

389.525

988.342

7.699.225

1.953

3.243

250

1.306

1.282

54.887

5.935

90

434

356

1.108

70.844

160.368

1.079

27.144

2.890

178.913

38.040

1.025

7.587

38.905

41.950

79.765

577.666

4.752

5.231

955

4.080

4.802

155.433

23.458

295

1.179

1.108

2.650

203.943

390.189

4.616

98.433

9.032

623.867

131.171

24.483

24.874

105.721

131.360

190.824

1.734.570

Derecho

Derecho

2019

Gastos Personal Gastos Personal

2018

Gastos Generales Gastos GeneralesTotal Total

Recaudación neta (*)

Acredentar el reparto Total

64

Page 69: 2018 2019 - VEGAP

2º. Costes de explotación y costes financieros, desglosados por categoría de derechos gestionados y, cuando los costes sean indirectos y no puedan atribuirse a una o varias categorías de derechos, con una explicación del método utilizado para la asignación de dichos costes indirectos, únicamente en relación con la gestión de derechos, incluidos los descuentos de gestión deducidos de derechos recaudados o compensados con estos, o cualquier rendimiento derivado de la inversión de derechos recaudados.

Durante 2019, no se ha producido ningún descuento de gestión deducido de derechos recaudados o compensados con estos, y el único rendimiento obtenido de la inversión de derechos recaudados asciende a 507 euros. Consecuentemente, la información resultante que se ha expresado en el anterior epígrafe.

3º Costes de explotación y costes financieros en relación con servicios distintos de los servicios de gestión de derechos.

Durante el ejercicio 2019, los gastos financieros ascienden a 10.218 € y los ingresos financieros ascienden a 992 € respectivamente, y se muestran dentro de la columna de gastos generales, atendiendo al principio de importancia relativa.

Durante el ejercicio 2018, los gastos financieros ascienden a 12.012 € y los ingresos financieros ascienden a 507 € respectivamente, y se muestran dentro de la columna de gastos generales, atendiendo al principio de importancia relativa.

Los costes indirectos de personal se reparten, por una parte, al peso específico que tiene cada derecho recaudado, y, por otra parte, a las horas dedicadas por cada trabajador a la gestión de cada derecho. Los costes indirectos de gastos de explotación se reparten en función de las horas trabajadas por el personal de VEGAP

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

Seguro colectivo

Proyecto Comunicación VEGAP Habla

Propuestas 2019

TOTALES

Seguro colectivo

Proyecto Comunicación VEGAP Habla

Propuestas 2019

Proyecto "No sin mis derechos"

TOTALES

Centro de Documentación

Promoción y Divulgación

Proyecto ARCO

Proyecto ArtMadrid

Proyecto JustMadrid

Exposición Propuestas 2017 y 2018

Propuestas 2019

TOTALES

Centro de Documentación

Promoción y Divulgación

Proyecto ARCO

Propuestas 2019

TOTALES

215.857

1.483

23.461

161

313.049

245.856

60.053

13.809

51.926

50.133

116.996

1.092.784

3.911

25

5.681

9.617

4.061

48

1.808

106

6.023

156

991

751

734

105

2.226

4.654

9.617

174

910

1.318

3.625

6.027

159.640

539

8.529

59

105.419

114.111

34.554

10.293

35.457

24.495

104.723

597.819

375.497

2.023

31.990

219

418.468

359.968

94.607

24.102

87.383

74.627

221.719

1.690.603

Derecho

PROYECTO PROYECTO

PROYECTO

PROYECTO

Gasto de Gestión Gasto de Gestión

Gasto de Gestión

Gasto de Gestión

Gastos Personal Gastos Generales Total

Ejercicio 2018

Proyectos 2019PROYECTOS DE CARACTER ASISTENCIAL

Proyectos 20198PROYECTOS DE CARACTER ASISTENCIAL

PROYECTOS DE CARACTER PROMOCIONAL

PROYECTOS DE CARACTER PROMOCIONAL

65

Page 70: 2018 2019 - VEGAP

4º Recursos empleados para cubrir los costes.

5. Deducciones aplicadas a los derechos recaudados, desglosadas por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización, así como la finalidad de la deducción, por ejemplo, costes relacionados con la gestión de derechos o con servicios sociales, culturales o educativos.

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

390.189

4.616

98.433

9.032

623.867

131.171

24.483

24.874

105.721

131.360

190.824

1.734.570

4.572

5.231

955

4.080

4.802

155.43

23.458

295

1.179

1.108

2.650

203.943

181.304

67.489

248.793

444.721

98.619

543.340

422.178

89.352

511.530

486.473

77.905

564.378

2.626

28.331

3.421

156.832

66.711

16.240

34.561

308.722

2.002

30.063

186

184.323

82.744

21.998

23.585

344.901

390.189

4.616

98.433

9.032

623.867

131.171

24.483

24.874

105.721

131.360

190.824

1.734.570

375.497

2.023

31.990

219

418.468

359.968

94.607

24.102

87.383

74.627

221.719

1.690.603

375.497

2.023

31.990

219

418.468

359.968

94.607

24.102

87.383

74.627

221.719

1.690.603

Derecho

Derecho

Derecho

2019 2018Acrecentar el reparto 2019

Provisión para reclamaciones(reembolsos)

Provisión para reclamaciones(reembolsos)

Fondo Asistencial y

Cultural

Fondo Asistencial y

Cultural

Provisión para reclamaciones

Provisión para reclamaciones

Descuento de gestión

Descuento de gestión

Descuento de gestión

Ejercicio 2019

Ejercicio 2018

66

Page 71: 2018 2019 - VEGAP

6º. Porcentaje que representa el coste de los servicios de gestión de derechos y otros servicios prestados por la entidad de gestión a los titulares de derechos en relación con los derechos recaudados en el ejercicio pertinente, por categoría de derechos gestionados, y, cuando los costes sean indirectos y no puedan atribuirse a una o varias categorías de derechos, una explicación del método utilizado para la asignación de dichos costes indirectos.

Importe a repartir derivado de la recaudación del ejercicio 2019

Una vez realizada a la recaudación neta las distintas deducciones anteriormente comentadas, el importe a repartir en 2019 por derechos es como sigue:

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Descuento Medio

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Descuento Medio

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Descuento Medio

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Descuento Medio

21,7 %

14,1 %

27,2 %

20,7 %

29,6 %

19,7 %

11,9 %

22,3 %

23,7 %

29,4 %

19 %

23 %

1.415.636

30.814

236.092

35.334

912.815

867.717

187.725

87.101

342.132

192.593

816.164

5.124.123

1.415.664

21.249

323.207

2.315

1.325.715

977.762

306.374

86.807

227.081

348.088

813.514

5.847.773

1.269.776

55.314

390.289

47.336

108.885

607.653

177.867

73.659

121.680

235.297

766.623

3.854.379

387.662

4.616

98.433

9.032

623.867

131.171

24.483

24.874

108.248

131.360

190.824

1.734.570

25,1 %

8,1 %

8,1 %

8,1 %

17,2 %

38,3 %

33,1 %

25,5 %

29,6 %

19,2 %

2,4 %

22 %

375.497

2.023

31.990

219

418.468

359.969

94.606

24.102

87.383

74.627

221.719

1.690.603

Derecho

Derecho

Derecho

Derecho2019 20192018 2018

Descuento medio de gestión

importe a Asignar

2019 2018

Descuento medio de gestión

c) Información financiera sobre los importes que deben abonarse a los titulares de derechos

1º. El importe total atribuido a los titulares de derechos, desglosado por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización.

El concepto legal “importe total atribuido”, muestra el importe asignado a los titulares de derechos correspondiente a las recaudaciones netas en las partidas: derechos individuales en el ejercicio 2019, televisiones de pago y televisiones en abierto en los ejercicios 2017, 2018 y 2019 y para el resto de los derechos de los ejercicios 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.

67

Page 72: 2018 2019 - VEGAP

Derecho

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto

Televisiones de Pago

Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Frecuencia de Pago

Anual. -Junio (Autores VEGAP) - Semestral.- Abril y Septiembre (Sociedades Extranjeras y estates

internacionales - Semestral. -Julio y Diciembre (Recomendaciones tarifarias)

Anual.- Diciembre y Semestral Julio y Diciembre para la recaudación Internacional individualizada

Anual.- Diciembre y Semestral Julio y Diciembre para la recaudación Internacional individualizada

Anual.- Diciembre y Semestral Julio y Diciembre para la recaudación Internacional individualizada

Anual.- Diciembre y Semestral Julio y Diciembre para la recaudación Internacional individualizada

Anual.- Mayo y Semestral.- Julio y Diciembre Recaudación internacional individualizada

Anual.- Mayo y Semestral.- Julio y Diciembre Recaudación internacional individualizada

Anual.- Mayo y Semestral.- Julio y Diciembre Recaudación internacional individualizada

Anual.- Junio (Autores VEGAP) - Semestral.- Abril y Septiembre (Sociedades Extranjeras y estates

internacionales) - Semestral.- Julio y Diciembre (Recomendaciones tarifarias)

Anual.- Junio (Autores VEGAP) - Semestral.- Abril y Septiembre (Sociedades Extranjeras y estates

internacionales) - Semestral.- Julio y Diciembre (Recomendaciones tarifarias)

Anual.- Diciembre y Semestral Julio y Diciembre Recaudación internacional individualizada

2º. El importe total pagado a los titulares de derechos, desglosado por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización.

3º. La frecuencia de los pagos, con un desglose por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización.

El concepto “repartos realizados durante el ejercicio 2019”, se presenta redactado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 177 de la LPI, que determina dos plazos distintos para los repartos de los derechos recaudados dependiendo de que se trate de repartos de cantidades recaudadas en el ámbito nacional (los cuales deberá realizarse antes de nueves meses a contar desde el primer día del año siguiente a la recaudación) y los repartos de cantidades provenientes de otras sociedades que representan el repertorio directo de nuestra entidad bajo mandato expreso, como ocurre con las sociedades miembros del CIAGP las cuales deben repartirse en los seis meses siguientes a su recepción en VEGAP.

Con fundamento en la citada norma, estos plazos no son exigibles cuando existan razones objetivas que lo justifiquen y relacionadas, en particular, con los siguientes extremos: la comunicación de información por los usuarios, la identificación de los derechos o de los titulares de derechos o el cotejo de la información sobre obras y otras prestaciones con los titulares de derechos.

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Descuento Medio

1.325.363

8.444

149.577

6.748

655.506

1.124.305

385.606

76.958

82.498

233.500

667.209

4.715.716

1.282.294

25.597

284.108

35.901

46.310

420.256

122.390

82.053

42.111

185.762

577.169

3.103.951

Derecho 2019 2018

68

Page 73: 2018 2019 - VEGAP

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2019

Copia Privada Audiovisual 2019

Televisiones 2019

Operadores de Cable 2019

Remuneración Universitaria 2019

Préstamo Público 2019

Copia Licenciada 2019

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2018

Copia Privada Audiovisual 2018

Televisiones 2018

Televisiones de Pago 2018

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2017

Copia Privada Audiovisual 2017

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Audiovisual 2015

Euros

31/12/2019

603.442

139.584

655.076

162.775

229.090

30.501

25.583

1.846.051

Euros

31/12/2019

168.143

34.310

37.458

1.878

241.789

Euros

31/12/2019

51.500

8.878

60.377

Euros

31/12/2019

73

73

4º. El importe total recaudado, pero aún no atribuido a los titulares de derechos, desglosado por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización, indicando el ejercicio en que se recaudaron dichos importes.

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2019. Su detalle es como sigue:

5º. El importe total atribuido, pero aún no pagado a los titulares de derechos, desglosado por categoría de derechos gestionados y por tipo de utilización, con indicación del ejercicio en el que se realizaron las asignaciones

(*) De conformidad con el artículo 177.5 de Ley de Propiedad Intelectual, la acción para reclamar a las entidades de gestión, el pago de cantidades recaudadas que estén pendiente de asignación tras el procedimiento de reparto y no hayan sido identificados los titulares, o la obra, o la prestación protegida, prescribe a los cinco años, contados desde el 1 de enero del año siguiente a su recaudación.

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2017. Su detalle es como sigue:

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2018. Su detalle es como sigue:

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2015. Su detalle es como sigue:

(*)

(*)

(*)

(*)

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Derechos individualizados (*)

Proyecciones Audiovisuales

Televisiones

Operadores de Cable

Satélite y Cable (**)

Sopia Privada Audiovisual

Copia privada Reprográfica

Derecho de Participación

Puesta a Disposición del Público

Total

2004

9.287

254

9.541

2008

1.025

10.935

159

312

20.748

33.178

2006

5.654

1.732

6.463

13.850

2010

290

769

10.489

1.897

3.152

509

9.060

2.405

28.571

2005

6.030

1.229

191

3.435

10.886

2009

741

9.704

601

456

435

10.786

787

23.510

2007

.

4.799

861

186

8.216

14.062

2011

805

80

13.876

2.033

2.221

2.215

9.040

2.358

32.627

DerechoAño de Asignación

Ejercicio 2019

69

Page 74: 2018 2019 - VEGAP

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Derechos individualizados (*)

Proyecciones Audiovisuales

Televisiones

Operadores de Cable

Satélite y Cable (**)

Sopia Privada Audiovisual

Copia privada Reprográfica

Derecho de Participación

Puesta a Disposición del Público

Total

2012

512

649

24.208

3.786

2.266

1.937

15.465

2.218

51.041

2016

30.109

801

126

4.612

62

13.868

649

1.142

3.058

34.060

22.548

5.399

116.434

2014

489

91

15.413

6.264

4.496

5.693

5.241

37.686

2018

46.481

5.857

19.506

6.035

787

34.680

9.577

18.959

3.561

234.509

19.412

399.364

2013

86

9.018

7.063

4.396

7.771

28.334

2017

27.082

453

4.349

2.518

62.681

7.756

104.838

2015

.

211

16.717

6.045

1.471

1.307

580

10.608

36.939

2019

539.590

20.058

266.048

2.121

25.893

129.108

22.991

215.029

722.571

319.866

143.329

2.406.605

DerechoAño de Asignación

(***)

(***)

(***)

(***)

(***)

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Derechos individualizados (*)

Proyecciones Audiovisuales

Televisiones y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Satélite y Cable (**)

Sopia Privada Audiovisual

Copia privada Reprográfica

Derecho de Participación

Puesta a Disposición del Público

Total

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Derechos individualizados (*)

Proyecciones Audiovisuales

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Satélite y Cable (**)

Sopia Privada Audiovisual

Copia privada Reprográfica

Derecho de Participación

Puesta a Disposición del Público

Total

2002

487

487

2011

812

80

14.121

8.739

2.267

1.948

9.040

2.358

487

39.365

2010

290

804

11.715

3.835

4.707

2.761

9.060

33.172

2006

5.654

1.732

507

9.220

17.113

2015

1.393

225

24.883

18.883

8.235

235

5.879

28.129

17.113

87.206

2004

9.287

254

6.643

16.184

2013

116

10.394

8.662

4.714

167

8.818

32.871

2008

1.061

10.981

159

3.362

379

20.886

36.828

2017

39.007

8.459

86.893

4.248

1.618

113.669

4.349

19.678

2.914

64.400

14.673

259.908

2003

3.435

3.435

2012

524

659

24.640

6.885

2.599

1.889

18.825

3.193

59.214

2007

5.202

861

456

56

12.464

19.039

2016

34.006

3.909

10.677

242

4.612

62

173.893

92.049

13.856

4.233

51.404

6.801

395.744

2005

.

6.107

1.229

191

8.563

16.090

2014

.

584

103

16.351

8.157

2.190

4.080

9.354

6.630

16.090

47.449

2009

741

9.763

1.472

2.576

566

21.353

36.471

2018

702.078

14.354

8.093

32.851

50.945

8.233

52.986

74.451

366.815

197.499

1.508.305

Derecho

Derecho

Año de Asiganción

Año de Asiganción

Ejercicio 2018

70

(*) Derechos individualizados, corresponde a las asignaciones realizadas en ejercicios anteriores cuando es enviada la asignación conjunta para los derechos de reproducción, banco de imágenes, proyecciones audiovisuales y puesta a disposición del público.

(**) Satélite y Cable, corresponde a las asignaciones realizadas en ejercicios anteriores cuando es enviada la asignación conjunta para los derechos de televisiones de pago y cable.

(***) Asignación de derechos realizada en el ejercicio 2019.

Page 75: 2018 2019 - VEGAP

6º. En caso de que la entidad de gestión no haya procedido al reparto y al pago en el plazo establecido en el párrafo segundo del artículo 177.1, los motivos del retraso.

Los importes recaudados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2018 de 14 de abril y en base a lo dispuesto en el artículo 177 del mencionado Real Decreto, que determina los plazos para el reparto y fundamentándonos en la citada norma, en la que se indica que estos plazos no son exigibles cuando existan razones objetivas que lo justifiquen y relacionadas, en particular, con los siguientes extremos: la comunicación de información por los usuarios, la identificación de los derechos o de los titulares de derechos o el cotejo de la información sobre obras y otras prestaciones con los titulares de los derechos y teniendo en cuenta se ha determinado la realización de estos repartos en el ejercicio 2019.

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2019. Su detalle es como sigue:

El concepto: “derechos pendientes de reparto”, corresponde a la recaudación de la copia privada reprográfica y copia privada audiovisual, así como los rubros “televisiones”, “operadores de televisiones, “remuneración universitaria”, “préstamos públicos” y “copia licenciada” del ejercicio 2019, tanto en su recaudación nacional como internacional. Estas asignaciones se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 177, a lo largo del ejercicio 2020.

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2018. Su detalle es como sigue:

El concepto: “derechos pendientes de reparto”, corresponde a la recaudación de la copia privada reprográfica y copia privada audiovisual, así como los rubros “televisiones”, “televisiones de pago” del ejercicio 2018, en su recaudación internacional. Estas asignaciones se realizarán a lo largo del ejercicio 2020.

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2017. Su detalle es como sigue:

El concepto: “derechos pendientes de reparto”, corresponde a la recaudación de la copia privada reprográfica y copia privada audiovisual, así como los rubros “televisiones”, “televisiones de pago” del ejercicio 2018, en su recaudación internacional. Estas asignaciones se realizarán a lo largo del ejercicio 2020.

Derechos pendientes de reparto de 2019, y recaudados en el ejercicio 2017. Su detalle es como sigue:

El concepto: “derechos pendientes de reparto”, corresponde a la recaudación de la copia privada audiovisual, del ejercicio 2015, en su recaudación internacional. Estas asignaciones se realizarán a lo largo del ejercicio 2020.

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2019

Copia Privada Audiovisual 2019

Televisiones 2019

Operadores de Cable 2019

Remuneración Universitaria 2019

Préstamo Público 2019

Copia Licenciada 2019

Euros

31/12/2019

603.442

139.584

655.076

162.775

229.090

30.501

25.583

1.846.051

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2018

Copia Privada Audiovisual 2018

Televisiones 2018

Televisiones de Pago 2018

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Reprográfica 2017

Copia Privada Audiovisual 2017

Euros

31/12/2019

168.143

34.310

37.458

1.878

241.789

Euros

31/12/2019

51.500

8.878

60.377

Derechos pendientes de reparto

Copia Privada Audiovisual 2015

Euros

31/12/2019

73

73

71

Page 76: 2018 2019 - VEGAP

7º. El total de los importes que no puedan ser objetos de reparto.

El concepto “Provisión para reclamaciones por reembolsos” recoge el importe estimado sobre los importes recaudados en 2019 por copia privada, para hacer frente a las exceptuaciones que se produzcan por parte de los deudores, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1398/2018 de 23 de noviembre.

El concepto “Fondo Asistencial y Cultural” recoge el importe equivalente al 20% sobre los importes recaudados por la compensación equitativa por copia privada y que se destinará, por partes iguales, al desarrollo de actividades asistenciales y culturales, de acuerdo con el Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y cuyo artículo 15 determina la cantidad destinada a este efecto.

El concepto “Provisión para reclamaciones” recoge el importe estimado sobre los importes recaudados para cubrir el pago de las obras que no han sido identificadas en el momento de realizar la asignación, así como recoge el importe que corresponde a aquellas obras que, habiendo sido identificadas no han sido localizados sus titulares.

El concepto “Descuento de gestión”, define el importe que se aplica sobre los ingresos por recaudación y que se destina a cubrir los gastos de la entidad.

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total

Derecho Reproducción

Copia Licenciada

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Recaudación

181.304

67.489

248.793

444.721

98.619

543.340

422.178

89.352

511.530

486.473

77.905

564.378

2.626

28.331

3.421

156.832

66.711

16.240

34.561

308.722

2.002

30.063

186

184.323

82.744

21.998

23.585

344.901

387.622

4.616

98.433

9.032

623.867

131.171

24.483

24.874

108.248

131.360

190.824

1.734.570

375.497

2.023

31.990

219

418.468

359.968

94.607

24.102

87.383

74.627

221.719

1.690.603

Derecho

Derecho

Provisión para reclamaciones(reembolsos)

Provisión para reclamaciones(reembolsos)

Fondo Asistencial y

Cultural

Fondo Asistencial y

Cultural

Provisión para reclamaciones

Provisión para reclamaciones

Descuento de gestión

Descuento de gestión

Ejercicio 2019

Ejercicio 2018

72

Page 77: 2018 2019 - VEGAP

d) Información sobre relaciones con otras entidades de gestión:

1º. Importes percibidos de otras entidades de gestión e importes pagados a otras entidades de gestión, desglosados por categoría de derechos, por tipo de uso y por entidad.

Importes percibidos de otras entidades de gestión del ámbito internacional por derechos

Importes percibidos de otras entidades de gestión del ámbito internacional por entidad

Derecho Reproducción

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Copia Privada Audiovisual

Puesta a Disposición del Público

Derecho de Participación

Totales

Alemania

Andorra

Australia

Austria

Bélgica

Brasil

Canadá

Corea

Dinamarca

Eslovaquia

Estados Unidos

Estonia

Finlandia

Francia

Holanda

Hungría

Islandia

Italia

Japón

Letonia

Lituania

México

Noruega

Perú

Portugal

Reino Unido

República Checa

Rusia

Suecia

Suiza

Total

Bild-Kunst

Sdadv

Copyright Agency

Bildrecht

Sabam

Autvis

Socam

Sack

Visda

Lita

Ars

Eau

Kuvasto

Adagp

Pictorght

Hungart

Myndstef

Siae

Jaspar

Akka/Laa

Latga

Somaap

Bono

Apsav

Spa

Dacs

Gestor y Oaas

Upravis

Bus

Prolitteris

369.657

7.766

5.949

289.620

100.731

26.128

2.603

68.316

76.420

587.966

1.535.156

243.995

5.709

5.980

11.656

7.414

29.800

12.897

9.328

8.271

919

84.687

183

3.840

505.971

50.712

1.970

362

202.892

23.340

0

151

4.581

243

802

276.016

7.349

4.102

18.389

13.600

1.535.156

259.225

20.033

383

1.394.682

139.616

30.243

295

159.413

33.389

710.660

2.747.939

1.504.202

15.698

29.500

0

15.124

0

5.213

4.774

5.649

3.608

77.896

180

786

383.941

14.467

1.014

0

335.357

15.730

170

192

4.061

2.911

0

3.897

292.349

2.431

0

14.362

14.427

2.747.939

Derecho

País Sociedad

2019

2019

2018

2018

73

Page 78: 2018 2019 - VEGAP

Importes pagados a otras entidades de gestión del ámbito internacional por derechos

Importes pagados a otras entidades de gestión del ámbito internacional por entidad

2º. Descuentos de gestión y otras deducciones de los derechos recaudados que deben abonarse a otras entidades de gestión, desglosados por categoría de derechos, por tipo de uso y por entidad.

Descuento de gestión detraído por VEGAP de las asignaciones realizadas a titulares miembros de entidades de gestión internacionales.

(*) Satélite y Cable, corresponde a las asignaciones realizadas en ejercicios anteriores cuando es enviada la asignación conjunta para los derechos de televisiones de pago y cable.

Derecho Reproducción

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Derecho de Participación

Totales

403.281

38.998

335.566

127.210

29.902

58.794

49.608

1.043.359

342.140

6.083

54.632

32.093

45.771

58.775

51.998

591.492

Alemania

Austria

Australia

Bélgica

Canadá

Chile

Dinamarca

Estados Unidos

Estonia

Finlandia

Francia

Holanda

Hungría

Italia

Letonia

Lituania

Noruega

Perú

Portugal

Reino Unido

República Checa

Suecia

Suiza

Total

Bild-Kunst

Copyright Agency

Bildrecht

Sabam

Socam

Creaimagen

Visda

Ars y Vaga

Eau

Kuvasto

Adagp y Saif

Pictorght

Hungart

Siae

Akka/Laa

Latga

Bono

Apsav

Spa

Dacs

Gestor y Oaas

Bus

Prolitteris

120.952

3.302

0

6.417

89

879

2.049

146.457

0

2.368

588.631

22.525

1.704

28.183

23

104

18.131

0

10.021

84.425

1.229

2.008

3.861

1.043.359

47.288

961

432

64.874

71

7.973

1.520

103.795

54

4.012

234.670

13.130

1.558

64.584

0

345

5.789

1.327

7.112

21.170

4.394

432

6.002

591.492

Derecho 2019 2018

País Sociedad 2019 2018

Derecho Reproducción

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Copia Privada Audiovisual

Puesta a Disposición del Público

Derecho de Participación

Total Asignación

96.039

54.437

150.366

61.445

9.278

15.129

18.892

15.475

421.061

49.332

3.933

47.914

27.277

7.302

0

10.030

11.017

156.805

Derecho 2019 2018

74

Page 79: 2018 2019 - VEGAP

3º. Descuentos de gestión y otras deducciones de los ingresos pagados por otras entidades de gestión, desglosados por categoría de derechos y por entidad.

Descuento de gestión detraído por entidades de gestión en las asignaciones que han realizado para los titulares de autores miembros de VEGAP

4º. Importes repartidos directamente a los titulares de derechos procedentes de otras entidades de gestión, desglosados por categoría de derechos y por entidad.

En virtud de las obligaciones adquiridas en los contratos de representación bilateral o unilateral suscritos con las sociedades miembros de la CISAC, VEGAP no puede realizar repartos directamente a los titulares de derechos que pertenecen a estas entidades de gestión.

Derecho Reproducción

Remuneración Universitaria

Préstamo Público

Copia Privada Reprográfica

Televisiones en Abierto y Televisiones de Pago

Operadores de Cable

Proyecciones Audiovisuales

Puesta a Disposición del Público

Copia Privada Audiovisual

Derecho de Participación

Total Asignación

80.847

1.557

1.221

59.908

21.793

6.467

597

15.776

16.391

134.016

337.573

75.539

5.721

101

349.750

38.912

16.759

98

8.784

43.378

214.162

753.204

Derecho 2019 2018

Importes repartidos directamente a los titulares

0 0

2019 2018

75

Page 80: 2018 2019 - VEGAP

23

DECLARACION DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DEL ÓRGANO DE

CONTROL INTERNO

Page 81: 2018 2019 - VEGAP

Consejo de Administración

Los miembros del Consejo de Administración de

VEGAP, Antón Patiño, Montserrat Soto, Eva Lootz, José

Freixanes, Alfonso Albacete, Alicia Martín, Susana

Solano, Carla Andrade, Chema Madoz, Esther Pizarro,

Eulàlia Valldosera, Juan Genovés, Juan Luis Moraza,

Luis Chillida, Luis Gordillo, Óscar Mariné, Rafael

Levenfeld, Robert Llimós, Toni Tàpies y Valentín

Vallhonrat, han suscrito la declaración que exige el

artículo 161.3 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual

declarando que carecen de cualquier conflicto de interés

que pudiera incompatibilidades para el ejercicio del cargo.

En dicha declaración se recoge toda la información a que

se refiere dicha norma. Estas declaraciones personales se

remiten al Ministerio de Cultura y Deporte de forma anual

y en los términos y procedimiento que establece la citada

Norma.

Órgano de Control Interno

Los miembros del Órgano de Control Interno de VEGAP, Juan Zivico, Cassandra Constant y Eduardo Mur han

suscrito la declaración que exige el artículo 162.4 de la

vigente Ley de Propiedad Intelectual declarando que

carecen de cualquier conflicto de interés que pudiera

incompatibilidades para el ejercicio del cargo.

En dicha declaración se recoge toda la información a que

se refiere dicha norma. Estas declaraciones personales se

remiten al Ministerio de Cultura y Deporte de forma anual

y en los términos y procedimiento que establece la citada

Norma.

77

Page 82: 2018 2019 - VEGAP

23

INFORME SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LOS IMPORTES DEDUCIDOS

PARA SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES

Page 83: 2018 2019 - VEGAP

INFORME SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LOS IMPORTES DEDUCIDOS PARA SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES.

La siguiente información deberá figurar en el informe especial dando cuenta de la utilización de los importes deducidos para los servicios asistenciales en beneficio de los miembros de la entidad, las actividades de formación y promoción de autores, artistas, intérpretes y ejecutantes y el fomento de la oferta digital legal de las obras y prestaciones protegidas cuyos derechos gestionan:

a) Importe obtenido por la entidad en el ejercicio para destinar a estas actividades, tanto en cuantía global, como desglosado en función de su procedencia conforme a lo establecido en los artículos 175.3, 177.6 y 178.2 de este texto legal, y con indicación, en su caso, de los remanentes resultantes una vez realizadas las actividades.

b) Importes deducidos para los referidos servicios y actividades, desglosados por tipo de finalidad y, respecto de cada tipo de finalidad, desglosados por categoría de derechos gestionados y por tipo de uso.

c) Una explicación de la utilización de dichos importes, con un desglose por tipo de finalidad, incluido el coste de la gestión de los importes deducidos para los referidos servicios y actividades y los importes separados utilizados para los mismos.

El artículo 178 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual establece que las Entidades de Gestión deberán, directamente o por medio de otras entidades, promover actividades o servicios de carácter asistencial en beneficio de sus socios, así como atender actividades de formación y promoción para el sector.

El Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada, determina asimismo en su artículo 15 que la cantidad destinada a estos efectos será el 20% de la recaudación proveniente de la compensación equitativa por copia privada y que se destinará, por partes iguales, al desarrollo de estas actividades.

VEGAP, entidad de gestión colectiva de los derechos de los creadores visuales, desarrolla estas actividades con cargo a su Fondo Asistencial y Cultural.

Cantidades recaudadas por copia privada en el ejercicio 2019 y cantidades dotadas al Fondo Asistencial y Cultual.

Los ingresos financieros obtenidos en el ejercicio 2019 han sido de -4 euros.

En consecuencia, durante el ejercicio 2019, VEGAP ha dispuesto de la cantidad total de 511.526 euros.

Cantidades destinadas para realizar actividades asistenciales y promocionales.

Concepto

Copia Privada Reprográfica

Copia Privada Audiovisual

Sociedades Extranjeras Copia Privada Reprográfica

Sociedades Extranjeras Copia Privada Audiovisual

Dotación 20% FAC Remanente Reembolsos 2017 y 2018

Importe

1.349.065

284.153

289.620

68.316

1.991.154

566.494

2.557.648

511.530

Cantidades Recaudadas por Copia Privada en el ejercicio 2019

Dotación 20% FAC

Saldo a 31.12.18

Dotaciones 2019 sobre derechos recaudados por copia privada

Ingresos financieros y gastos

Proyectos finalizados

Saldo a 31.12.19

532.205

511.5511.530

-4

211.581

832.149

79

Page 84: 2018 2019 - VEGAP

Proyectos aprobados y cantidades destinada a cada uno de los proyectos.

Seguro colectivo

Proyecto Comunicación VEGAP Habla

Propuestas 2019

TOTALES

Centro de documentación

Promoción y divulgación

Proyecto ARCO

Proyecto ArtMadrid

Proyecto JustMadrid

Exposición de Propuestas 2017 y 2018

Propuestas 2019

TOTALES

Centro de documentación

Artistas Seguros

Asesórate

Promoción y divulgación

Proyecto ARCO

Proyecto ArtMadrid

Proyecto JustMadrid

Proyecto comunicación VEGAP Habla

Proyecto Exposicióm Propuestas 2017 y 2018

Propuestas 2019

TOTALES

52.000

2.090

65.000

119.090

1.800

12.852

11.440

11.440

2.500

22.500

44.000

106.492

1.716

10.904

8.262

8.076

1.153

24.489

51.190

105.790

43.025

273

62.493

105.790

1.716

10.904

8.262

8.076

1.153

24.489

51.190

105.790

43.025

0

273

62.493

105.790

PROYECTO

PROYECTO

ACTIVIDADES DEL 2019GASTOS

211.581

Presupuesto aprobado

Presupuesto aprobado

PROMOCIONAL

50%

Gasto realizado

Gasto realizado

ASISTENCIAL

50%

PROYECTOS DE CARACTER ASISTENCIAL

PROYECTOS DE CARACTER PROMOCIONAL

PROYECTOS 2019

Cantidades totales gastadas en el ejercicio

Desglose del coste de gestión correspondiente a los proyectos del ejercicio 2019 con cargo al Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP, distribuidos en actividades asistenciales y promocionales.

Los gastos desembolsados para la ejecución de los proyectos asistenciales y promocionales en el ejercicio 2019, han sido de 211.581 euros, los gastos quedan distribucidos de la siguiente forma:

Seguro colectivo

Proyecto Comunicación VEGAP Habla

Propuestas 2019

TOTALES

Centro de documentación

Promoción y divulgación

Proyecto ARCO

Proyecto ArtMadrid

Proyecto JustMadrid

Exposición de Propuestas 2017 y 2018

Propuestas 2019

TOTALES

39.114

248

56.812

96.173

1.560

9.913

7.511

7.342

1.048

22.263

46.536

96.173

3.911

25

5.681

9.617

156

991

751

734

105

2.226

4.654

9.617

PROYECTO

PROYECTO

Gasto Proyecto

Gasto Proyecto

Gasto de Gestión

Gasto de Gestión

PROYECTOS DE CARACTER ASISTENCIAL

PROYECTOS DE CARACTER PROMOCIONAL

80

Page 85: 2018 2019 - VEGAP

Desglose del coste de gestión correspondiente a los proyectos del ejercicio 2018 con cargo al Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP, distribuidos en actividades asistenciales y promocionales.

Seguro colectivo

Proyecto Comunicación VEGAP Habla

Propuestas 2018

Proyecto "No sin mis derechos"

TOTALES

Centro de documentación

Promoción y divulgación

Proyecto ARCO

Propuestas 2018

TOTALES

40.612

479

18.084

1.053

60.228

1.696

9.103

13.177

36.247

60.223

4.061

48

1.808

105

6.023

174

910

1.318

3.625

6.027

PROYECTO

PROYECTO

Gasto Proyecto

Gasto Proyecto

Gasto de Gestión

Gasto de Gestión

PROYECTOS DE CARACTER ASISTENCIALPROYECTOS 2018

PROYECTOS DE CARACTER PROMOCIONAL

Gestión del fondo asistencial y cultural de VEGAP

El desembolso realizado para proyectos del ejercicio 2019 con cargo al Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP ha sido de 211.581 euros, distribuidos en actividades asistenciales y promocionales.

La actividad asistencial contiene las siguientes partidas: Artistas Seguros, Proyecto de comunicación VEGAPHABLA, Propuestas 2019 y Asesórate.

Las actividades promocionales se agruparon como sigue: Centro de Documentación, Promoción y Divulgación, Proyecto “ARCO”, Proyecto ArtMadrid, Proyecto JustMadrid, Exposición Propuestas 2017 - 2018 y Premio Propuestas 2019.

Las actividades desarrolladas por VEGAP en el ejercicio 2019, han sido principalmente actividades de apoyo a la creación y a los creadores, actividades de divulgación, defensa y promoción del derecho de autor de los creadores visuales. La realización de estas actividades ha permitido la difusión de la gestión colectiva que realiza VEGAP y la divulgación del derecho de autor de los creadores visuales entre las Asociaciones Profesionales, Organismos de la Administración Pública, juristas, especialistas en propiedad intelectual y otras personas e instituciones relacionadas con el sector.

Además de lo anterior, se ha dedicado especial atención en este ejercicio a las actividades asistenciales procurando generar beneficios sociales para los socios de VEGAP y para toda la comunidad artística.

I. Actividades Asistenciales

Artistas Seguros

Los Seguros Colectivos constituyen un servicio asistencial que VEGAP ofrece gratuitamente a sus socios, a través del Fondo Asistencial y Cultural. La participación en este servicio por parte de los socios de la entidad es voluntaria. Desde que se puso en marcha este servicio asistencial se ha dirigido a cubrir situaciones de riesgo en las que se pudieran ver involucrados los artistas, atendiendo a las características especiales de su actividad profesional.

En el ejercicio 2019, VEGAP ha orientado su actividad en este ámbito al mantenimiento y mejora de este servicio asistencial y el seguro que se contrató para este ejercicio ha sido el Seguro Multirriesgo que cubre los daños tanto en el taller del artista como en su obra en caso de siniestro. Se han beneficiado de este seguro en el ejercicio 2019 un total de 1.603 socios.

81

Page 86: 2018 2019 - VEGAP

Proyecto comunicación VEGAP HABLA

El objetivo de este proyecto es divulgar la importancia de la gestión colectiva y de VEGAP como “herramienta” de tutela del derecho de autor al servicio de la comunidad artística.

Vegaphabla se ha ampliado a los smartphones y tabletas y en la página web del Fondo Asistencial y Cultural integrada dentro de la página web de VEGAP.

A lo largo del año se han realizado nueve boletines informativos con el VEGAPHABLA

• Enero 2019 “2019, Buen comienzo de año: Seguir Creando, una campaña con éxito”.

• Mayo 2019 “Entre todos se ha conseguido. 100% de compatibilidad con la pensión”

• Mayo 2019 “Convocatoria Concurso Propuestas 2019” • Mayo 2019 “Una Ley de Patrocinio que estimula la

creación artística” • Julio 2019 “Novedades de la Asamblea General de

Socios” • Agosto 2018 “Continuamos la lucha” • Octubre 2019 “De la Unión nace la fuerza” • Octubre 2019 “Exhibición de obras premiadas

Propuestas 2017 y 2018”

Asesórate

Los socios de la entidad disponen, a través de Asesórate, de un servicio de asesoramiento jurídico gratuito en materia de derechos de autor atendido por abogados expertos en propiedad intelectual. El servicio tiene como objetivo reforzar la defensa de los derechos de autor, incluye el examen de documentación y antecedentes de los casos objeto de consulta, así como la elaboración de documentos tales como cartas, requerimientos y minutas para actas notariales. Ofrece a nuestros socios una orientación acerca de cómo enfocar la solución de los problemas y una información clara de las diferentes alternativas con las que cuenta.

Es un servicio de orientación jurídica previo a la presentación de un procedimiento contencioso.

Durante el año 2019 este servicio se presta directamente por los servicios jurídicos de VEGAP y ha atendido 181 consultas en materia de derechos de autor, por lo que se trata de una actividad realizada cuyo costo es sufragado por el descuento de administración de la entidad. De estas consultas, los temas más comunes han sido las cesiones de derechos, análisis de contratos, encargos de obras, plagios y vulneración de derechos morales.

II. Actividades Promocionales

Centro de Documentación

El cierre de la Fundación Arte y Derecho y la contención en los gastos, han provocado que el servicio que veníamos prestando del Centro de Documentación, como un centro de consulta especializado en las materias de arte y propiedad intelectual se ha tenido que cerrar y VEGAP se ha visto en la necesidad de tener que alquilar un espacio para la custodia de todas las publicaciones que se tenían recogidas en el centro de documentación.

Promoción y Divulgación

VEGAP ha desarrollado en el ejercicio 2019 un plan de promoción para implementar la difusión del derecho de autor a través de todos nuestros canales de comunicación.

Se trata de un plan de divulgación del derecho de autor de la gestión colectiva y de la “herramienta” VEGAP, al servicio de la comunidad artística.

Se han desarrollado distintas acciones de cooperación con asociaciones de las diferentes disciplinas creativas representadas por VEGAP para divulgación del derecho de autor entre sus asociados.

Además, nuestra entidad ha fortalecido su actividad divulgativa en aquellos sectores que intervienen en los procesos de difusión de la creación visual, tales como espacios museísticos y fundaciones, crítica artística y comisariado.

Proyecto ARCO

Dentro de la feria de arte ARCO Madrid 2019, VEGAP ha realizado una difusión de sus actividades y de la protección de los derechos de autor de los creadores visuales, promoviendo la defensa de los derechos en la actividad difusora y divulgando en el marco de las asociaciones e instituciones públicas el respeto al derecho de autor.

Proyecto ARTMADRID

Dentro de la feria de arte ARTMADRID 2019, VEGAP ha realizado una difusión de sus actividades y de la protección de los derechos de autor de los creadores visuales, promoviendo la defensa de los derechos en la actividad difusora y divulgando en el marco de las asociaciones e instituciones públicas el respeto al derecho de autor.

82

Page 87: 2018 2019 - VEGAP

Exposición Propuestas 2017 – 2018

El concurso Propuestas, convocado por la Fundación Arte y Derecho, se inició en 1997. Esta Fundación fue creada por VEGAP para gestionar el Fondo Asistencial y Cultural proveniente de la recaudación por copia privada.

Se trata de un concurso único en su género, pues financia la creación y no la adquisición de obras. Su objeto es por tanto fomentar la actividad creadora y permitir a los autores contar con una dotación económicamente que les permita o facilite la creación de su propuesta artística.

Durante las 22 ediciones anteriores se han logrado financiar más de 300 obras, financiación que ha sido posible, gracias a este concurso en el que han participado artistas muy destacados de las cinco ramas de la creación visual que a continuación se indican: artes plásticas, nuevas formas de expresión artística, fotografía e ilustración.

La supresión por el actual Gobierno del sistema de remuneración por copia privada en diciembre de 2011 conllevó el cierre de la Fundación Arte y Derecho, en consecuencia, ha sido VEGAP quien ha gestionado desde el ejercicio 2012 este concurso.

La referida exposición tuvo lugar desde el día 26 de septiembre hasta el día 27 de octubre. Fueron expuestas las siguientes obras de los ganadores a continuación numeradas

• Elvira Amor – Coatlicue o su falda era de serpientes • Ruth Montiel Arias – Bestiae • José Javier Olivares Conde– La Cólera • Albert Corbi – Límite Litoral • Vanesa Moreno Serna – Chairs Everywhere • Nuria Güell Sierra – Una película de Dios • Ismael Iglesias Serrano  –  Wanderlust (Impulso fuerte

anhelo por deambular) • Diego del Pozo Barriuso – Keller • Clara Carvajal Argüelles – Dioses de la frontera  • José María Medina Manrique – Trávelin

Propuestas 2019 (Actividad Asistencial y Promocional)

El número total de proyectos presentados en 2019 en el marco de la “XXIII Convocatoria de Ayudas a la Creación Visual. Propuestas 2019” fue de 435, entre los que, un jurado especializado, compuesto exclusivamente por artistas, tras valorar los proyectos presentados por sus compañeros, eligió los 10 proyectos que según su criterio merecían la financiación de100.000 €.

Tras la deliberación, el Jurado ha acordado conceder las siguientes ayudas:

Artes Plásticas, Nuevas Formas de Expresión Artística y Fotografía

• 10.000€ por el proyecto de Leyre Pérez Estévez: Ritmos de paisajes

• 10.000€ por el proyecto de Sara Chaparro Olmo: Proyecto de cámara oscura para retrato fílmico

• 10.000€ por el proyecto de Estibaliz Sadaba Murguia: ACCIONES (IN)DOMESTIKAS

• 10.000€ por el proyecto de Yolanda Tabanera Padilla: Néctar y Cenizas/La curación de las tapias

• 10.000€ por el proyecto de Fernando Moleres: Melting Landscapes

• 10.000€ por el proyecto de Alegría y Piñero: Masa • 10.000€ por el proyecto de Txuspo Poyo Mendia:  El

cuerpo se hizo pantalla o Las imágenes no caen del cielo. • 10.000€ por el proyecto de Cristina Mejías

Gómez: Palimpsesto

Ilustración

• 10.000€ por el proyecto de Blanca Nieto Gómez:  La Ciudad de los Coches

• 10.000€ por el proyecto de Arnal Ballester i Arbonès: Plomo

83

Page 88: 2018 2019 - VEGAP

Depósito Legal: M-5896-2020

Page 89: 2018 2019 - VEGAP

Centro de Madrid

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T. +34 91 532 66 32F. +34 91 531 53 98

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