2015 1 460 bases de la convocatoria

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Becas Séneca 2015

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  • PLAN DE ACTUACIN SNECA 2015

    PROGRAMA DE TALENTO INVESTIGADOR

    CONTRATOS PREDOCTORALES DE FORMACIN DELPERSONAL INVESTIGADOR

    CONSEJERA DE INDUSTRIA, TURISMO,EMPRESA E INNOVACIN

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    BASES DE LA CONVOCATORIA

    PRIMERA. OBJETO. Esta convocatoria tiene por objeto la concesin de ayudas para laformacin en investigacin cientfica, tcnica, artstica y humanstica mediante la realizacin deuna tesis doctoral, dentro de un programa oficial de doctorado.

    La presente convocatoria se enmarca en el Programa de Talento Investigador de laFundacin Sneca-Agencia de Ciencia y Tecnologa de la Regin de Murcia, en ejecucin delas polticas de formacin de capital humano para la ciencia y la tecnologa impulsadas por laConsejera de Industria, Turismo, Empresa e Innovacin de la Comunidad Autnoma de laRegin de Murcia (CARM).

    SEGUNDA. CENTROS DE APLICACIN. Los periodos formativos financiados con cargo aeste Programa podrn desarrollarse en universidades y centros de investigacin pblicos oprivados sin nimo de lucro de la Comunidad Autnoma de la Regin de Murcia (en adelanteCARM) que tengan capacidad de contratacin laboral.

    TERCERA. DESTINATARIOS. Podrn optar a estas ayudas aquellas personas que estnmatriculadas o hayan sido admitidos en un programa de doctorado en el curso 2014/2015 enalgunas de las universidades de la CARM y cuya fecha de finalizacin de estudios,considerndose como aquella en la que se acredite que se han superado todas las materias yrequisitos acadmicos que constituyen el programa completo de la titulacin correspondiente(licenciatura, ingeniera, grado o diplomatura), deber ser:

    a) Posterior al 1 de enero de 2011, en el caso de licenciados, ingenieros, arquitectos y gradoso equivalente en sistemas universitarios extranjeros. En el caso de estudios no finalizados(licenciados, arquitectos o ingenieros) el ltimo requisito o asignatura que le haya dadoacceso al posgrado deber ser posterior al 1 de enero de 2010.

    b) Posterior al 1 de enero de 2010, en el caso de diplomados, ingenieros tcnicos yarquitectos tcnicos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros.

    c) Anterior a las sealadas anteriormente y posterior al 1 de enero de 2007 para los que seencuentren en posesin del ttulo oficial de la especialidad en Medicina, Farmacia, Biologa,Qumica o Psicologa y que en el momento de solicitar la ayuda estn en posesin del ttuloOficial de Especialidad Mdica (MIR) o Farmacutica (FIR) o cuenten con el CertificadoOficial de Especialidad en Biologa (BIR), Qumica (QUIR) o Psicologa (PIR).

    Los solicitantes debern acreditar tener vecindad administrativa en la CARM al menos desde el1 de enero de 2015.

    CUARTA. DURACIN. La Fundacin proceder a adaptar gradualmente el Programa deTalento Investigador a la normativa establecida en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero porel que se regulan las enseanzas oficiales de doctorado, y que establece una duracin mximade tres aos para estos estudios.

    Si el doctorando obtuviese el ttulo de doctor, o formalizase la solicitud de depsito de la tesisdoctoral antes de finalizar el tercer ao de disfrute de la ayuda, la Fundacin autorizar la

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    contratacin durante un ao adicional dentro del periodo de orientacin posdoctoral (POP),destinado a obtener resultados de la tesis doctoral. Durante ese periodo podr disfrutarse deayudas para realizar estancias externas y de la venia docendi, conforme a la normativa delcentro de aplicacin.

    Si el doctorando no obtuviese el ttulo de doctor, o formalizase la solicitud de depsito de latesis doctoral antes de finalizar el tercer ao de disfrute de la ayuda, deber presentar unamemoria cientfico-tcnica justificativa del trabajo desarrollado, y de las razones que hanimpedido su conclusin en el plazo establecido. La Fundacin, tras evaluar dicha memoria,podr ampliar la ayuda durante un cuarto ao improrrogable. A fin de facilitar la finalizacin dela tesis doctoral, la Fundacin no autorizar al doctorando durante el periodo la realizacin deestancias externas ni de actividad docente.

    El contrato, bajo la modalidad de contrato predoctoral, se celebrar por escrito entre el personalinvestigador predoctoral en formacin y la universidad, centro o institucin en su condicin deempleador, de acuerdo con el artculo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio de la Ciencia, laTecnologa y la Innovacin, y deber acompaarse de escrito de admisin al programa dedoctorado expedido por la unidad responsable de dicho programa, o por la escuela dedoctorado o posgrado en su caso. Los contratos se suscribirn por un periodo de doce mesesininterrumpidos a contar desde la fecha de incorporacin de los adjudicatarios al centro deaplicacin, que ser comunicada a los mismos una vez concluido el proceso de evaluacin, yse renovarn por periodos anuales. El contrato ser a tiempo completo.

    No obstante, cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, el contratopodr alcanzar una duracin mxima de seis aos, prrrogas incluidas, teniendo en cuenta lascaractersticas de la actividad investigadora y el grado de las limitaciones en la actividad.

    Ningn trabajador podr ser contratado mediante esta modalidad, en la misma o distintaentidad, por un tiempo superior a cuatro aos, salvo en el caso de las personas condiscapacidad indicadas en el prrafo anterior.

    En virtud de este contrato, el investigador en formacin quedar vinculado al centro en el quedesarrolle su tesis doctoral, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que delmismo se deriven, y que en todo caso se adecuarn al contenido de la solicitud de ayuda.Durante este periodo tendrn derecho a todos los beneficios laborales y sociales inherentes alcontrato laboral que suscriban.

    El centro de I+D contratante deber asumir cualquier coste de contratacin que exceda de laayuda concedida, derivado de incrementos retributivos de los salarios de los investigadorescontratados, de incrementos de la cuota empresarial de la Seguridad Social, de incrementos enlas tablas salariales de los correspondientes convenios colectivos de aplicacin, de laaplicacin del artculo 21.d) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnologa y laInnovacin, o de cualquier otra circunstancia.

    La Fundacin Sneca adoptar las medidas para el seguimiento peridico de la actividadfinanciada con el fin de asegurar el cumplimiento de los fines para los que ha sido concedida laayuda, pudiendo, si se apreciara incumplimiento, aplicar las medidas proporcionales que encada caso correspondan, incluida la extincin del contrato por el organismo del que dependa elcentro de aplicacin, con los efectos que correspondan.

    Los perodos de disfrute de otras ayudas homologables por su similar cuanta, proceso deseleccin y naturaleza, podrn ser descontados del cmputo total de esta ayuda.

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    QUINTA. DOTACIN, PAGO Y PRESTACIONES ACCESORIAS.

    I.- Dotacin: La retribucin de este contrato no podr ser inferior al 56 por 100 del salario fijadopara las categoras equivalentes en los convenios colectivos de su mbito de aplicacindurante los dos primeros aos, al 60 por 100 durante el tercer ao, y al 75 por 100 durante elcuarto ao de acuerdo con lo previsto en el artculo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de laCiencia, la Tecnologa y la Innovacin. Tampoco podr ser inferior al salario mnimointerprofesional que se establezca cada ao, segn el artculo 27 del Texto Refundido de la Leydel Estatuto de los Trabajadores.

    II.- Forma de pago: Los pagos se realizarn mensualmente por el organismo al que estadscrito el adjudicatario, previa remisin por parte de la Fundacin Sneca de la cantidadmensual del contrato, incluyendo en la aportacin el coste de la Seguridad Social.

    III.- El importe del coste de las tutoras de doctorado. En el caso de las universidades privadassin fin de lucro, las ayudas no podrn superar el precio pblico de las tasas universitariasestablecidas por la correspondiente Comunidad Autnoma para las universidades pblicas.

    Los gastos de las tutoras de doctorado se abonarn por la Fundacin Sneca directamente alorganismo al que el becario quede adscrito. Los adjudicatarios de ayudas FPI de la FundacinSneca que acrediten esta condicin no abonarn cantidad alguna al matricularse, hasta lostopes establecidos.

    Se aplazar el pago de la matricula de doctorado a quienes acrediten haber solicitado estasayudas y hasta tanto recaiga la Resolucin de concesin y denegacin de las mismas.

    SEXTA. REQUISITOS. Para acceder a las ayudas convocadas ser necesario reunir losiguiente:

    1. Cumplir con lo establecido en la base tercera de la convocatoria.2. Poseer la nacionalidad espaola, ser nacional de un pas miembro de la Unin Europea o

    tener la residencia legal en Espaa de acuerdo con la Ley Orgnica 4/2000, de 11 de enerode 2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaa y su integracin social yel Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de ejecucinde la Ley Orgnica 4/2000 en el momento de solicitar la ayuda.

    3. Poseer una nota mnima en el expediente acadmico de primer y segundo ciclo, grado,diplomatura o estudios cursados igual o superior a 6,5 en el caso de solicitudes referidas areas de Ingenieras o Arquitectura, y de 7,5 en lo referente a las restantes reas,calculadas ambas conforme al Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre por el que seestablece el sistema europeo de crditos y el sistema de calificaciones en las titulacionesuniversitarias de carcter oficial y de validez en todo el territorio nacional. La nota media secalcular sin computar las notas obtenidas en el programa oficial de doctorado o en elmster universitario oficial.

    4. Poseer vecindad administrativa en la Comunidad Autnoma de la Regin de Murcia, almenos desde el 1 de enero de 2015. Estar empadronado en un municipio de la ComunidadAutnoma de la Regin de Murcia al menos desde el uno de enero de 2015. La Fundacinpodr exigir otra documentacin que acredite la efectividad del arraigo del solicitante.

    5. Encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.6. No estar incapacitado fsicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo

    de la actividad formativa que constituya el objeto de la ayuda.

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    7. En el caso de ttulos obtenidos en centros espaoles no estatales, los solicitantes, deberntener el necesario reconocimiento oficial de los mismos antes de acudir a la convocatoria.En caso de ttulos obtenidos en el extranjero se estar a lo dispuesto en el artculo 16 delReal Decreto 1393/07. En el caso de que la certificacin acadmica estuviera extendida enidioma distinto del espaol deber acompaarse de la correspondiente traduccin oficial.En tales casos, la certificacin indicar cules son las calificaciones mxima y mnimadentro del sistema de evaluacin correspondiente y cul es la calificacin mnima paraaprobar; asimismo deber constar la fecha en la que se han finalizado los estudios yconstancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulacincorrespondiente, las calificaciones obtenidas y fechas de obtencin de las mismas. Sernecesario aportar el Suplemento Europeo al Ttulo (Diploma Supplement), en el caso de lospases del EEES en los que est regulada su expedicin. En el caso de los ttulos obtenidospor estudios realizados parcial o totalmente en sistemas universitarios extranjerosadaptados o no al EEES, la equivalencia de las calificaciones obtenidas en la escala decalificacin que corresponda a la escala numrica espaola de 0-10 ser expedida por laAgencia Nacional de Evaluacin de la Calidad y Acreditacin (ANECA) que tiene lainformacin a disposicin de los usuarios en el portal http://notasmedias.aneca.esCualquier duda o consulta, habr que dirigirla a la direccin de correo siguiente:[email protected]. La certificacin emitida por la ANECA deber serpresentada junto con el resto de la documentacin en la Fundacin Sneca, dentro delplazo de presentacin de solicitudes.

    8. Contar con la aceptacin, como director del proyecto de tesis, de un doctor perteneciente ala plantilla de funcionarios o contratado a tiempo completo en un centro o departamento deinvestigacin. En el caso de centros privados de enseanza superior e investigacin, eldirector del proyecto de tesis deber ser un doctor de la plantilla con dedicacin completa.El director del proyecto de tesis doctoral deber encontrarse participando en un proyecto deinvestigacin financiado con cargo a programas financiadores competitivos por organismoso entidades distintos de aqul al que se encuentre adscrito. El proyecto deber encontrarseen vigor al tiempo de cierre de la presente convocatoria.

    9. Se admitir la codireccin de tesis slo si el codirector pertenece a un organismo deinvestigacin distinto al del director y cumpla todos los requisitos exigidos para el mismo.En la evaluacin se determinar la necesidad o conveniencia de la codireccin, siendoobjeto de valoracin exclusivamente el Curriculum Vitae del director adscrito a un centro deinvestigacin de la Regin de Murcia. En el caso de que ambos directores pertenezcan a uncentro de la Regin de Murcia, el solicitante indicar que director ha de ser valorado en laevaluacin.

    10. El personal contratado doctor a tiempo completo podr dirigir un proyecto de tesis doctoralsiempre que cumpla los requisitos anteriormente citados y est vinculado al centro por unaduracin no inferior a la del proyecto de tesis. En el caso de que su vinculacin sea deduracin inferior, deber figurar como codirector otro doctor que pertenezca a la plantilla delcentro y cumpla, asimismo, los requisitos sealados en el prrafo anterior.

    11. Ningn director del proyecto de tesis podr dirigir ms de un proyecto de tesis de nuevaadjudicacin de los presentados a esta convocatoria.

    12. No haber sido adjudicatario previamente de una beca o contrato predoctoral integrada encualquiera de los Programas de Formacin de la Fundacin Sneca. Se admitirnsolicitudes de quienes siendo adjudicatarios de becas o ayudas de similar naturaleza concargo a programas de otras entidades financiadoras se encuentren en el primer o segundoao de disfrute de la misma. En este caso, la duracin se conceder por el plazo mximode tiempo restante.

    13. No hallarse en posesin del ttulo de doctor.

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    SPTIMA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIN.

    I. Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, debern cumplimentarse todos loscampos requeridos por la aplicacin web, ajustndose para ello a las instrucciones facilitadas.La solicitud se encuentra dividida en las siguientes secciones:

    a) Solicitud. Esta seccin comprender aquellos datos especficos de la convocatoria que noestn recogidos en el registro de usuarios;

    b) Actividad. En esta seccin se introducirn los datos relativos al ttulo y al resumen delproyecto de tesis, as como al centro de aplicacin del contrato.

    c) Interviniente. En esta seccin se introducirn los datos relativos al director de tesis, quiendeber haberse registrado previamente en el sistema, cumplimentando necesariamente loscampos obligatorios y todos los datos profesionales (excepto Centro de estudios y susfechas, as como Ttulo de la tesis y fecha).

    d) Anexo memoria de la tesis: Este archivo incluir los datos que configuran la memoria de latesis doctoral.

    e) Anexo curriculum vitae del solicitante: Este archivo incluir el modelo normalizado decurriculum vitae que figura incorporado a la convocatoria. Se admitir igualmente elcurriculum vitae normalizado del MINECO o de otros organismos financiadores de carcternacional. En caso de no utilizar el modelo proporcionado por la Fundacin Sneca, elsolicitante deber modificar el nombre del archivo y guardarlo con el nombrecorrespondiente a dicho modelo que figura en el sistema por defecto.

    f) Anexo curriculum vitae del Director: Este archivo incluir el modelo normalizado decurriculum vitae que figura incorporado a la convocatoria. Se admitir igualmente elcurriculum vitae normalizado del MINECO o de otros organismos financiadores de carcternacional. En caso de no utilizar el modelo proporcionado por la Fundacin Sneca, elsolicitante deber modificar el nombre del archivo y guardarlo con el nombrecorrespondiente a dicho modelo que figura en el sistema por defecto. En caso de existir co-director, su curriculum vitae se adjuntar en el mismo documento que el del Director.

    g) Anexo declaracin responsable. Este anexo incluir una declaracin responsable delsolicitante de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la SeguridadSocial, as como en el pago de obligaciones por reintegro segn el modelo facilitado. Elsolicitante deber cumplimentar y firmar el documento, para posteriormente escanearlo yadjuntarlo a la solicitud.

    h) Anexo vecindad administrativa. Este anexo incluir copia del certificado que acredite lavecindad administrativa (empadronamiento) en la Regin de Murcia, que incluir la fecha dealta en el empadronamiento. El solicitante deber escanear el documento y adjuntarlo a lasolicitud.

    i) Anexo matrcula de doctorado. Este anexo incluir copia del documento acreditativo de laadmisin a un programa de doctorado para el curso 2014/2015 o formalizacin de lamatrcula en un programa de doctorado para el curso 2014/2015, expedido por la unidadresponsable del programa de doctorado o, en su defecto, por el representante legal de launiversidad correspondiente. El solicitante deber escanear el documento y adjuntarlo a lasolicitud.

    II. Adicionalmente deber aportarse a la Fundacin Sneca dentro del plazo de presentacinde solicitudes, la siguiente documentacin:

    - En el caso de no haber cursado los estudios requeridos en la Regin de Murcia, unacertificacin acadmica oficial original o fotocopia compulsada en la que figuren lascalificaciones obtenidas y las fechas de las mismas, haciendo constar expresamente que

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    las materias cursadas constituyen el programa completo de la titulacin correspondiente yconsignndose la nota media. El candidato deber indicar en el momento de solicitardicha certificacin que esta ser aportada con el objeto de concurrir a una convocatoria deayudas de investigacin.

    - En caso de solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero debernpresentar la documentacin establecida en la Base Sexta punto sptimo de la presentaconvocatoria.

    III. La Fundacin Sneca recabar directamente del correspondiente organismo de la Reginde Murcia al que est adscrito el director de tesis una certificacin en la que conste que elDirector del proyecto de tesis del solicitante forma parte del equipo investigador de un proyectofinanciado con cargo a convocatorias de entidades pblica o privadas distintas del organismo alque est adscrito el Director, indicndose su fecha de inicio y finalizacin, as como organismofinanciador.

    IV. La Fundacin Sneca, para el caso de los solicitantes que hayan cursado los estudiossuperiores en la Regin de Murcia, recabar directamente de dichos organismos una relacinen la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas.

    V. La Fundacin Sneca recabar directamente de la correspondiente universidad de la Reginde Murcia en la que est matriculado el solicitante, una certificacin en la que se haga constarque ste ha sido admitido en un programa de doctorado.

    OCTAVA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIN.

    Las solicitudes se realizarn telemticamente, a travs de la aplicacin disponible enla direccin de Internet:

    http://www.fseneca.es/

    El registro como usuario en el sistema se producir por una sola vez. El solicitante tendracceso a la aplicacin informtica a travs de la introduccin de su nmero de usuario y clavede acceso, lo que le permitir cumplimentar y presentar su solicitud y consultar, durante sutramitacin, el estado de la misma.

    No podr presentarse ms de una solicitud por interesado.

    Los solicitantes sern responsables de la veracidad y autenticidad de los datos contenidos enella. La ocultacin, manipulacin o falsedad de los mismos determinar la exclusin inmediatade la solicitud.

    Las solicitudes que al da de cierre del plazo de presentacin no estn debidamentecumplimentadas y registradas sern excluidas del proceso de evaluacin.

    Las solicitudes de ayudas a esta convocatoria se debern presentar desde el 17 de febrerohasta las 14 horas del 16 de marzo de 2015.

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    NOVENA. EVALUACIN Y CONCESIN.

    I.- Evaluacin

    Las solicitudes presentadas se evaluarn en funcin de los siguientes criterios:

    El curriculum del solicitante, en el que el expediente acadmico se estimar comomrito preferente (mximo 12,5 puntos).

    La calidad cientfica y tcnica, originalidad e inters del proyecto o plan deinvestigacin a desarrollar (mximo 1,25 puntos).

    La capacidad formativa del director del proyecto de tesis (mximo 1,25 puntos).

    Finalizado el plazo de presentacin de solicitudes, la Fundacin proceder a comprobar elcumplimiento de los requisitos exigidos para la admisibilidad de las mismas, as como suadecuacin a los objetivos de la convocatoria. Las propuestas slo sern sometidas al procesode evaluacin cientfico-tcnica cuando superen esta comprobacin.

    La evaluacin cientfico-tcnica se realizar por un Panel de Expertos cientficos integrado porevaluadores de reconocido prestigio y trayectoria investigadora pertenecientes a Universidadesy centros de investigacin ubicados fuera de la Regin de Murcia. Las solicitudes sernagrupadas para su evaluacin en reas de conocimiento homogneas. Los evaluadoresactuarn conforme a los principios de competencia, imparcialidad, objetividad yconfidencialidad y gozarn de libertad para expresar su juicio y valoracin cientfica sobre laspropuestas sometidas a su consideracin.

    Esta Comisin podr solicitar cuantos informes estime necesarios a expertos externos.Asimismo, se podr proceder a una entrevista personal.

    II.- Resolucin

    Una vez recibidos en la Fundacin los informes de valoracin, sta elevar al Patronato unapropuesta priorizada de financiacin en funcin de los resultados de la evaluacin cientfico-tcnica, de la previsin de gastos hecha por el solicitante y de las disponibilidadespresupuestarias. El Patronato, a travs de su Presidente, dictar Resolucin de concesin ydenegacin de las ayudas.

    La estimacin de recursos en la fase de revisin de la evaluacin determinar la modificacinde la Resolucin inicial en el sentido de la inclusin de los candidatos entre los adjudicatarios.

    Los candidatos que hubieran obtenido puntuacin inmediatamente inferior a la de losadjudicatarios de las ayudas, podrn ser incluidos en una relacin de suplentes, con la que secubrirn, por su orden las vacantes producidas de los nuevos contratos dentro de los tresmeses siguientes a la resolucin de la convocatoria. Quienes resulten adjudicatarios de unaayuda como consecuencia de renuncias, disfrutarn igualmente de hasta 48 meses de ayudadesde la fecha de la incorporacin al Centro de aplicacin.

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    III.- Acceso a informacin sobre la evaluacin

    Dentro de los quince das naturales siguientes a la publicacin de la Resolucin de laconvocatoria, la Fundacin pondr a disposicin de los evaluados que as lo soliciten losinformes de valoracin cientfico-tcnica.

    IV.- Derecho de rplica

    Dentro de dicho plazo, los solicitantes podrn ejercer por escrito el derecho de rplica.En el ejercicio del mismo:

    - No se tendrn en cuenta hechos o circunstancias no incluidas en la solicitud inicial.- No se pondr en duda el juicio tcnico o cientfico de los evaluadores.- La puntuacin tras la reevaluacin ser considerada como definitiva y podr ser inferior

    a la inicial.

    La Fundacin Sneca cuenta con su colaboracin para no dar lugar a peticiones de revisinespeculativas. De no estar suficientemente fundadas no darn lugar a la reevaluacin.

    DCIMA. PUBLICACIN, COMUNICACIN Y ACEPTACIN DE LAS AYUDAS.

    La resolucin de la convocatoria, en cuanto a las solicitudes concedidas, se har pblica en lapgina web de la Fundacin Sneca.

    Los solicitantes que resulten adjudicatarios de las ayudas y los que hubieran resultadosuplentes, recibirn comunicacin de su situacin. Respecto de las solicitudes denegadas,servir como comunicacin la resolucin de la convocatoria, publicada por los mediosestablecidos en el prrafo anterior.

    La concesin de las ayudas, as como la informacin relativa a las condiciones econmicas ylas normas de ejecucin previstas para el adecuado desarrollo de las mismas, serncomunicadas a los adjudicatarios de las ayudas. Durante todo el periodo de duracin de lasayudas, la Fundacin mantendr asimismo comunicacin con los beneficiarios a fin demantenerlos informados sobre cualesquiera cuestiones que afecten al rgimen jurdico delpersonal investigador en formacin y sus modificaciones, o a su situacin particular.

    El adjudicatario podr aceptar la ayuda concedida accediendo a su zona privada yseleccionando en la misma la convocatoria correspondiente, en la que encontrar la opcinAceptar.

    UNDCIMA. INTERRUPCIN DEL DISFRUTE DE LA AYUDA.

    En el caso de que en los contratos celebrados al amparo de esta convocatoria se produzcansuspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal por unperiodo de, al menos, tres meses consecutivos, maternidad o paternidad, riesgo durante el

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    embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopcin oacogimiento durante el perodo de duracin del mismo, los beneficiarios podrn solicitar lainterrupcin y prrroga del contrato. Para solicitar la interrupcin y prrroga del contrato, deberpresentarse en la Fundacin Sneca una peticin razonada del interesado, acompaada de ladocumentacin correspondiente.

    Cuando se autorice la interrupcin y prrroga, no se considerarn subvencionables los gastosderivados de la contratacin en los que pueda incurrir el beneficiario (retribucin salarial y cuotapatronal de la Seguridad Social) durante el periodo de interrupcin. La anualidad en la que seproduzca la interrupcin se ver ampliada por un periodo idntico al de la duracin de lainterrupcin, a los efectos contemplados en esta convocatoria.

    Esta autorizacin en ningn caso conlleva un aumento en la cuanta de la ayuda concedidainicialmente. Cualquier incremento en el pago de la cuota patronal de la seguridad social comoconsecuencia del periodo prolongado ser por cuenta del centro de adscripcin.

    DUODCIMA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRATADOS.-

    Derechos

    De conformidad con lo establecido en el R.D 63/2006, de 27 de enero, regulador del Estatutodel Personal Investigador en Formacin, los adjudicatarios de las ayudas disfrutarn de lossiguientes derechos:

    a) Obtener de los organismos, centros o instituciones a los que se adscriba la colaboracin yel apoyo necesarios para el desarrollo normal de sus estudios y programas deinvestigacin, de acuerdo con las disponibilidades de aquellos y en los trminosestablecidos en la Base Decimotercera.

    b) Estar integrados en los departamentos, institutos y organismos pblicos o privados en losque lleven a cabo la investigacin.

    c) Participar, en la forma prevista en los estatutos de las universidades y organismos pblicosde investigacin, en sus rganos de gobierno y representacin.

    d) Participar en las convocatorias de ayudas complementarias para asistencia a reunionescientficas o para estancias de formacin y perfeccionamiento de centros diferentes a losde adscripcin.

    e) Ejercer los derechos de propiedad intelectual derivados de su propia actividad formativa enla investigacin y de acuerdo con su contribucin, conforme a lo establecido en el textorefundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo1/1996, de 12 de abril, la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes y, en su caso, el Realdecreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotacin y cesin de invenciones realizadas enlos entes pblicos de investigacin. Los citados derechos sern independientes,compatibles y acumulables con otros derechos que pudieran derivarse de la investigacinrealizada, sin perjuicio de los condicionantes derivados de la obra colectiva cuando elpersonal investigador en formacin participe o est vinculado a un proyecto colectivo deinvestigacin. En relacin con los derechos de propiedad industrial as como los derechosde carcter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarsedurante todo el perodo de la ayuda, se entender que es de aplicacin el artculo 15 de laLey 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, por lo que los mismos pertenecern nica yexclusivamente al centro de adscripcin del personal investigador en formacin, sin

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    perjuicio de lo dispuesto en la normativa de dichos centros de adscripcin sobre laparticipacin en los beneficios derivados de los mencionados derechos.

    f) El personal investigador predoctoral en formacin disfrutar de los derechos de carcterlaboral, as como los relativos a los de seguridad social, que se derivan del contrato queformalicen con el organismo, centro o universidad de adscripcin.

    Obligaciones

    Los adjudicatarios de las ayudas, quedarn sujetos a las siguientes obligaciones:

    a) Matricularse en un programa de doctorado de alguna de las Universidades de la CARM.b) Cumplir con aprovechamiento el plan de trabajo y los objetivos del programa de formacin

    y especializacin que deber concluir con la lectura y defensa con xito por parte deladjudicatario de una tesis doctoral dentro del periodo mximo de 48 meses de duracin delprograma.

    c) Realizar las actividades contempladas en sus programas de formacin y especializacinen la investigacin. La dedicacin de los contratados ser exclusiva a las actividades deformacin y especializacin cientfica.

    d) Cumplir los objetivos con aprovechamiento, atenerse al rgimen interno o funcionamientodel organismo o institucin en el que desarrolle sus actividades, especialmente en lorelativo a condiciones de trabajo y normas de prevencin de riesgos laborales. El personalinvestigador en formacin deber permanecer en dicho centro durante el desarrollo delcontrato y acatar las normas propias del Centro de aplicacin cumpliendo conaprovechamiento el plan de trabajo del proyecto de investigacin. Cualquier cambio deCentro o ausencia temporal del mismo deber ser autorizada previamente por laFundacin Sneca.

    e) Asumir las obligaciones que le correspondan por razn de su inclusin en el RgimenGeneral de la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en la disposicin adicionalprimera del Real Decreto 63/2006 de 27 de enero y en el Real Decreto 1493/2011, de 24de octubre, as como tambin, en el caso del personal investigador en formacin decontrato, las derivadas de su contrato de trabajo, que en todo caso incorporarn laobligacin de lectura y defensa con xito por parte del investigador en formacin de unatesis doctoral dentro del periodo mximo de duracin del programa.

    f) Presentar junto con el certificado de incorporacin fotocopia del documento o tarjeta dondefigure el nmero de afiliacin a la seguridad social (NSS).

    g) Comunicar a la Fundacin Sneca la obtencin del grado de doctor.h) En caso de caso de hallarse percibiendo al tiempo de la concesin de la ayuda, sueldos o

    salarios procedentes de organismos o empresas, pblicas o privadas, o becas o ayudasincompatibles, deber presentar renuncia a ello.

    i) Incorporarse al centro de aplicacin en la fecha que se indica en la base cuarta. Losefectos econmicos y jurdicos de la ayuda se computarn a partir de dicha fecha. Eladjudicatario de la ayuda deber permanecer en dicho centro durante el desarrollo de laayuda. El cambio de director de proyecto, de centro o la ausencia temporal del mismodebern ser autorizados previamente por la Fundacin Sneca a peticin motivada delinteresado.

    j) Excepcionalmente y debidamente justificados, la Fundacin Sneca, previa solicitud delbeneficiario y con el visto bueno del director de tesis, podr autorizar aplazamientos en lafecha de incorporacin.

    k) Remitir a la Fundacin Sneca en los plazos que sta establezca informes de seguimientoy memoria final sobre su actividad acadmica e investigadora, avalados por el Director delproyecto o responsable del programa de estudios. Si como resultado del desarrollo del

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    proyecto se hubiesen realizado publicaciones, se remitir copia o separata de los mismosa la Fundacin Sneca. Si hubiera dado lugar a patentes se documentarn estasdebidamente. El adjudicatario de la ayuda deber asimismo remitir su curriculum vitaeactualizado y una memoria una vez finalizado el periodo de disfrute de la ayuda.

    l) Los adjudicatarios de las ayudas debern cumplimentar on line los datos que se lesrequieran y facilitar material grfico para su publicacin en la zona web de TalentosFundacin Sneca.La Fundacin Sneca incluir las tesis doctorales, en su versin ntegra, en un repositoriopblico a travs de su pgina web, con objeto de facilitar su accesibilidad y la difusin desus resultados. Los adjudicatarios debern colaborar con estos objetivos cumplimentandolos documentos que se les facilitarn con este fin. Debern asimismo presentar, en formatopdf, una versin ntegra de la tesis, una vez haya sido finalizada y defendida con xito. LaFundacin Sneca tendr derecho preferente sobre la edicin y difusin de los resultadosde la tesis.

    m) En caso de renuncia a la ayuda: Preavisar con antelacin a la Fundacin Sneca y presentar escrito de renuncia

    indicando las razones de la misma y adjuntando en su caso, copia de la adjudicacinde otra beca o del contrato suscrito.

    Presentar una memoria, con el visto bueno del Director del proyecto de tesis de laactividad realizada hasta el momento de la renuncia y su curriculum vitae actualizado.S de la memoria resultase que el adjudicatario de la ayuda no ha desarrollado conaprovechamiento normal el periodo de disfrute de la ayuda, la Fundacin Sneca podrreclamar la devolucin de los fondos percibidos desde la fecha de la concesin o ltimarenovacin.

    Si la renuncia a la ayuda tuviera lugar a partir del segundo ao, el adjudicatario secomprometer a presentar una copia de la tesis doctoral una vez que la haya ledo ydefendido, e indicar que la misma ha sido financiada a travs de una ayuda de laFundacin Sneca, Agencia de Ciencia y Tecnologa de la Regin de Murcia.

    n) Cumplir las restantes condiciones y obligaciones establecidas en la presente convocatoria.

    El hecho de participar en esta convocatoria supone que los beneficiarios de las ayudasconsienten tcitamente en que la tesis doctoral y los resultados de la investigacin obtenidos,puedan ser utilizados por la Fundacin de acuerdo con los trminos especificados en la licenciaCreative Commons de Reconocimiento-No-Comercial-Sin-Obra Derivada.

    Esta licencia establece que se permite copiar, distribuir y comunicar pblicamente la obrasiempre y cuando se cite su autor original y la institucin que lo ampara y no se realice usoalguno con fines comerciales ni obra derivada. Por obra derivada se entiende aquel documentoque ha sido editado, traducido, combinado con materiales de terceros, cambiado de formato omodificado de cualquier otra forma.

    En el caso de que el/la beneficiario/a del contrato lo solicite, la Fundacin podr retrasar lapublicacin de la memoria cientfica hasta dos aos a contar desde la fecha prevista en laconvocatoria para la justificacin del contrato.

    Los convenios reguladores que en su caso se suscriban entre la Fundacin Sneca y lasuniversidades y centros de investigacin de la CARM, podrn establecer las medidasadecuadas para asegurar un ptimo cumplimiento de la finalidad de las ayudas.

    Los proyectos debern ajustarse a los requisitos establecidos en la legislacin espaola y a losprincipios fundamentales contenidos en los Convenios y Declaraciones Internacionalessuscritos por Espaa en todos los mbitos de la investigacin, y particularmente en los de los

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    derechos humanos, la proteccin de datos de carcter personal, la biomedicina, la biotica, elgenoma humano, la experimentacin humana y animal, la utilizacin de organismosmodificados genticamente o de agentes biolgicos, o cualesquiera otros sometidos anormativa especfica.

    La percepcin de las dotaciones econmicas y la renovacin de las ayudas estarncondicionadas al cumplimiento de estas obligaciones y al resultado de las evaluacionesperidicas, y a la existencia de disponibilidades presupuestaria para ello.

    El incumplimiento de las normas de la presente convocatoria, la evaluacin negativa sobre elaprovechamiento del adjudicatario de la ayuda, o la no conclusin de la tesis doctoral porrazones no justificadas en el plazo mximo de disfrute de la ayuda, podrn determinar larevocacin de la misma, pudiendo la Fundacin Sneca exigir al interesado el reintegro oindemnizacin de las cantidades correspondientes.

    DECIMOTERCERA. OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS RECEPTORES.-

    I.- De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero y el RealDecreto 1493/2011, de 24 de octubre, el organismo, centro o institucin de acogida deladjudicatario de la ayuda quedar atenido a las siguientes obligaciones:

    a) Proporcionar al personal investigador en formacin, el apoyo necesario y facilitarle lautilizacin de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normaldesarrollo de su actividad, en las condiciones legalmente establecidas de seguridad ehigiene.

    b) Aplicar a los adjudicatarios del Programa FPI las mismas condiciones de que disfruta supersonal de similar categora.

    c) Designar un tutor, con grado de doctor en su caso, para la coordinacin y orientacin de suactividad hasta la lectura y defensa de la tesis doctoral.

    d) Velar por el desarrollo adecuado del programa de formacin del personal investigador enformacin, asegurndose, en los dos periodos de disfrute, de su debido aprovechamiento yde que este conducir a la lectura y defensa con xito de una tesis doctoral dentro delperiodo mximo de duracin de dicho programa. A los adjudicatarios no se les podr exigirla realizacin de cualquier otra actividad que no est relacionada con el desarrollo de suinvestigacin o de la formacin especfica requerida para sta durante su transcurso. Noobstante, el personal investigador en formacin que desarrolle sus actividades en unauniversidad podr colaborar en tareas docentes, dentro de los lmites establecidos en laBase Decimosexta de la presente convocatoria, sin que en ningn caso pueda desvirtuarsela finalidad investigadora y formativa de la ayuda.

    e) Permitir su integracin en los departamentos, institutos y organismos pblicos o privadosen los que lleve a cabo la investigacin.

    f) Comunicar a la Fundacin Sneca por escrito las renuncias, interrupciones y demsincidencias de los contratos financiados con cargo a esta convocatoria.

    g) Comunicar a la Fundacin Sneca la obtencin del grado de doctor del personalinvestigador en formacin incorporado.

    h) Incluir en los contratos que en su caso se suscriban como causa de resolucin la obtencindel grado de doctor.

    i) Los organismos de investigacin receptores debern remitir a la Fundacin Sneca:

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    - Tras la firma de los contratos suscritos con los adjudicatarios de las ayudas, copiascompulsadas de los mismos. Recibida y comprobada la documentacin, la FundacinSneca proceder a realizar el ingreso de las cuantas correspondientes a loscontratos y los costes de la Seguridad Social.

    - Dentro del mes siguiente a la conclusin de la vigencia de cada uno de los contratosdel personal investigador en formacin finalizados y sin necesidad de requerimientoprevio, un certificado de La Gerencia o Servicio de Contabilidad del organismo al quepertenezca el investigador en formacin, indicando para cada uno de los contratos enformacin los siguientes datos: Nombre y DNI. Fecha de inicio y finalizacin del contrato. Importe integro de las remuneraciones pagadas. Importe del coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

    - En caso de rescisin de la ayuda para la que se hubiese concedido financiacin, dentrode los diez das hbiles siguientes, un certificado de La Gerencia o Servicio deContabilidad del organismo al que pertenezca el investigador en formacin, indicandopara cada uno de los contratos en formacin los siguientes datos:

    Nombre y DNI. Fecha de inicio y finalizacin del contrato. Importe integro de las remuneraciones pagadas. Importe del coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Motivo de la rescisin.

    Salvo indicacin contraria de la Fundacin, los fondos no invertidos debern ser reintegrados ala Fundacin Sneca.

    II. Los directores de tesis de las ayudas debern velar por el correcto desarrollo del proyectode tesis y notificar a la Fundacin Sneca cualquier incidencia o incumplimiento deobligaciones que a su juicio pueda perjudicar la conclusin de la misma en el plazo mximoprevisto en la convocatoria, particularmente lo referido a bajo rendimiento o escasa dedicacindel adjudicatario.

    III. Los directores de departamentos donde se desarrollen las tesis debern velar por elcumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en especial la de incorporacin ypermanencia en el centro de aplicacin, quedando obligado a poner en conocimiento de laFundacin Sneca cualquier ausencia no autorizada del mismo.

    DECIMOCUARTA. INCOMPATIBILIDAD.

    Las ayudas de este programa son incompatibles, con carcter general y siempre que elloafecte a la finalidad investigadora y formativa de la ayuda o se produzca en su mismo horario,con otras ayudas o becas, as como con sueldos o salarios que impliquen vinculacincontractual o estatutaria del interesado con cualquier otra institucin, organismo o empresa,pblica o privada, incluida la Institucin de la que dependa el centro de aplicacin, salvo laspercepciones que procedan de la realizacin de actividades derivadas de alguno de loscontratos regulados en el artculo 83.1 de la Ley Orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnologa y la Innovacin y

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    con las becas del Programa de Cooperacin Interuniversitaria de la Agencia Espaola deCooperacin Internacional, en su fase Espaa-Amrica Latina (modalidad Estudiantes).

    Las ayudas sern asimismo compatibles con las percepciones que procedan de tareasdocentes (cursos, conferencias o ponencias) o investigadoras (libros o artculos) directamenteasociadas con la investigacin desarrollada por el personal investigador en formacin y quetengan carcter espordico y no habitual. El centro de aplicacin y el propio personalinvestigador en formacin vendrn obligados a poner en conocimiento de la Fundacin Snecacualquier situacin de posible incompatibilidad.

    En los casos de no comunicar otras actividades incursas en incompatibilidad, la Universidadpodr privarle de la ayuda por el tiempo en que se haya producido dicha incompatibilidad deforma parcial o total o proceder a la revocacin de la misma.

    DECIMOQUINTA. DEDICACIN.

    La dedicacin al proyecto ser exclusiva. El personal investigador en formacin podr serautorizado a prestar colaboracin, con fines formativos, en tareas docentes, previa solicitud delpersonal investigador en formacin acompaada de la conformidad del director del proyecto detesis y del director del departamento, por un mximo de 60 horas, y de la fotocopia del Diplomade Estudios Avanzados (DEA) o certificacin acadmica personal en la que consteexpresamente que se han superado las pruebas para la obtencin de la suficienciainvestigadora o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructurade enseanzas adaptada al Espacio Europeo de Educacin Superior. El departamentouniversitario extender certificacin de la docencia impartida por el contratado a su trmino.Dicho documento deber ser remitido a la Fundacin Sneca, para su inclusin en elexpediente del personal investigador en formacin. En el caso de los beneficiarios conadscripcin a centros no universitarios, podrn realizar dichas tareas en la Universidad con laque el centro tenga convenio de vinculacin al respecto.

    A efectos de remuneracin, la imparticin de esta docencia no tendr ningn efecto econmico.

    En el caso de los beneficiarios con adscripcin a centros no universitarios, podrn realizardichas tareas en la Universidad con la que el centro tenga convenio de vinculacin al respecto.

    DECIMOSEXTA. ESTANCIAS EXTERNAS.

    A partir del segundo ao de disfrute de la ayuda, la Fundacin Sneca podr autorizar yfinanciar, en funcin de las disponibilidades presupuestarias, la realizacin por el personalinvestigador en formacin de estancias cortas, de hasta 4 meses, en centros ajenos al deaplicacin de la ayuda. Las condiciones para el disfrute de estancias externas se establecernen una convocatoria anual. Los adjudicatarios de las ayudas debern cumplimentar online losdatos que se les requieran para ser publicados en la zona web de Talentos FundacinSneca.

    DECIMOSPTIMA. SEGUIMIENTO.

    La modificacin de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesin de la ayuda, ascomo la de las condiciones de desarrollo de la misma, incluidas su interrupcin, suspensin,ausencias del centro de aplicacin y la alteracin de los programas previstos, deber ser

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    autorizada por la Fundacin Sneca. La modificacin no autorizada podr determinar larevocacin o minoracin de la ayuda concedida.

    La Fundacin Sneca adoptar las medidas necesarias para el seguimiento de la actividadsubvencionada y de la aplicacin a la misma de la ayuda concedida, de manera que seasegure el mayor aprovechamiento del periodo de formacin investigadora y la lectura ydefensa de una tesis doctoral como resultado del mismo dentro del periodo mximo deduracin del programa.Los convenios reguladores que se suscriban entre la Fundacin Sneca y las universidades ycentros de investigacin de la CARM, establecern las medidas adecuadas para asegurar elrendimiento y seguimiento de las ayudas.La aceptacin de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de la presenteconvocatoria.

    DECIMOCTAVA. AUSENCIA DE RELACIN CONTRACTUAL.

    La concesin y disfrute de estas ayudas en el primer periodo no implica la existencia derelacin contractual o estatutaria con la Fundacin Sneca, Agencia de Ciencia y Tecnologade la Regin de Murcia. Tampoco implica ningn compromiso por parte del centro de aplicacinen cuanto a la posterior incorporacin del personal investigador en formacin a la plantilla delmismo.

    DECIMONOVENA. RENOVACIN. PROTECCIN DE DATOS.

    La presentacin de una solicitud a esta convocatoria autoriza expresamente su tratamientoautomatizado, incorporacin al archivo que mantiene la Fundacin Sneca-Agencia de Cienciay Tecnologa de la Regin de Murcia y cesin de datos a terceros para el cumplimiento de losfines que estatutariamente tiene atribuidos, y particularmente con fines histricos, estadsticos ocientficos, en los trminos establecidos en la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, deProteccin de Datos de Carcter Personal.

    Para cualquier cesin distinta de sta La Fundacin Sneca se compromete recabarautorizacin expresa del interesado, quien podr ejercitar en cualquier momento los derechosde acceso, rectificacin, cancelacin y oposicin.El fichero de referencia se encuentra establecido en la Fundacin Sneca-Agencia de Ciencia yTecnologa de la Regin de Murcia, calle Manresa, 5, Entlo., Murcia, siendo esta entidad laresponsable del tratamiento de los datos (art. 5.1, L. O. 15/1999, de 13 de diciembre, deProteccin de Datos de Carcter Personal).

    VIGSIMA. ACEPTACIN DE LAS BASES

    La presentacin de la solicitud implica la aceptacin de las bases de la presente convocatoria.La Fundacin resolver las dudas que puedan surgir en su interpretacin y podr solicitarcuantos informes estime necesarios para su adecuada gestin.

    VIGSIMOPRIMERA. PATROCINIO

    Se har constar la financiacin de la Consejera de Industria, Turismo, Empresa e Innovacinde la CARM a travs Fundacin Sneca, Agencia de Ciencia y Tecnologa de la Regin deMurcia, por medio de una ayuda del Programa Sneca en los contratos entre los centros deinvestigacin y el personal investigador en formacin, todos los artculos, comunicaciones a

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    congresos, publicaciones u otros resultados de la investigacin realizados durante el disfrute dela ayuda, incluida la tesis doctoral.

    Murcia, 17 de febrero de 2015