2014 fada convenio gad - puce

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 GOB IERNO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA  CONVENI O No. 79-DGS-I 4 CONVENIO DE COOPER AC ION INTERINS TI TUCION AL QUE CELEBRA EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA Y LA PON TI FICI A UN IVERSIDAD CATOLlCA DEL ECUADOR. COMPARECIENTES: Compar ece n a la suscri pci ón del pr esente Con ven io: 1) El Gobi er no Au tónomo De sc en tr alizad o de la Provin ci a de Pichincha, represen ta do por el ec onomista Gustavo Baro ja Nar váez, Pr ef ect o Provincial de Pichincha; a quien en adelant e se le denominará "Gobierno Provincial"  y; 2) La Pont if icia Univer sidad Católica del Ecuador, legalmente representa da por el Doctor MAN UEL COR RAL ES PASCUAL S.J., en su calida d de Rector, a quien en adelante se le den omi nar á "LA PUCE". Las Part es acuerdan ce lebrar el pr es en te Convenio al tenor de las si gu ientes cláusulas: PRIMERA.- ANTEC EDENTES: 1.1 A tr avés del memorando 70-DGPE-14 de 13 de febrero del 2014, la Dirección de Gesti ón de Pr oyecto s Espe ciales solicita al señor Prefecto la autorización para la firma de un convenio específico de cooperación, en razón de que se ha plant eado la n ecesidad de elabor ar pr oyectos de forma conjunta con la Facul tad de A rquitectura, Diseño y Arte s de la PUCE; 1. 2 Con memorando 615-PRF-14 de 20 de febrero de l 2014, la señora Patricia Sánchez, Jefa de Desp acho de la Prefec tura, indica qu e el señor Pr ef ecto, en conocimiento del MEM 70-DGPE-14, autoriza proceder con la suscripción de un Conv enio de Cooperación con la PUCE; 1.3 Por medio del memorand o 289-DGPE -14 de 15 de se ptiembre del 2014 y con el fin de dar cu mp limien to a la di sp osición del señor Prefe cto,  ~1fV' '7 /i b s .

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Convenio para los trabajos de fin de carrera 2014

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-I4

    CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL QUE CELEBRA ELGOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DEPICHINCHA Y LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLlCA DEL ECUADOR.

    COMPARECIENTES:

    Comparecen a la suscripcin del presente Convenio:

    1) El Gobierno Autnomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha,representado por el economista Gustavo Baroja Narvez, PrefectoProvincial de Pichincha; a quien en adelante se le denominar "GobiernoProvincial" y;

    2) La Pontificia Universidad Catlica del Ecuador, legalmente representadapor el Doctor MANUEL CORRALES PASCUAL S.J., en su calidad deRector, a quien en adelante se le denominar "LA PUCE".

    Las Partes acuerdan celebrar el presente Convenio al tenor de las siguientesclusulas:

    PRIMERA.- ANTECEDENTES:

    1.1 A travs del memorando 70-DGPE-14 de 13 de febrero del 2014, laDireccin de Gestin de Proyectos Especiales solicita al seor Prefecto laautorizacin para la firma de un convenio especfico de cooperacin, enrazn de que se ha planteado la necesidad de elaborar proyectos de formaconjunta con la Facultad de Arquitectura, Diseo y Artes de la PUCE;

    1.2 Con memorando 615-PRF-14 de 20 de febrero del 2014, la seora PatriciaSnchez, Jefa de Despacho de la Prefectura, indica que el seor Prefecto,en conocimiento del MEM 70-DGPE-14, autoriza proceder con lasuscripcin de un Convenio de Cooperacin con la PUCE;

    1.3 Por medio del memorando 289-DGPE-14 de 15 de septiembre del 2014 ycon el fin de dar cumplimiento a la disposicin del seor Prefecto, ~1fV'

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DEPICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    Director de Gestin de Proyectos Especiales solicita a la Direccin deSindicatura la elaboracin del respectivo convenio;

    1.4. La Pontificia Universidad Catlica del Ecuador, creada por Decreto del 2 dejulio del 1946, publicado en el Registro Oficial Nro. 629, de 8 de julio de1946. y erigida por la Santa Sede el 16 de julio de 1954, se rige por: LaConstitucin y las Leyes de la Repblica del Ecuador, El Modus Vivendisuscrito entre la Repblica del Ecuador y la Santa Sede, y la LegislacinEclesistica respecto de las Universidades Catlicas y de las FacultadesEclesisticas, y el Estatuto y los reglamentos que dicte en ejercicio de supropia autonoma.

    1.5 El artculo 350 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador seala: "Elsistema de educacin superior tiene como finalidad la formacin acadmicay profesional con visin cientfica y humanista; la investigacin cientfica ytecnolgica; la innovacin, promocin, desarrollo y difusin de los saberes ylas culturas; la construccin de soluciones para los problemas del pas enrelacin con los objetivos del rgimen de desarrollo";

    1.6 El artculo 263 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, en relacin alas competencias exclusivas de los gobiernos provinciales, en el numeral 1expresa: "Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientesplanes de ordenamiento territorial, de manera articulad a con la planificacinnacional, regional, cantonal y parroqual", disposicin que guarda armonacon el artculo 42, literal f) del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial,Autonoma y Descentralizacin "COOTAD";

    1.7 El Gobierno Provincial es una corporacin de derecho pblico que goza deautonoma y representa a la provincia. Como tal, persigue entre susobjetivos principales la promocin del desarrollo cultural y material de laProvincia, el constante mejoramiento de su capacidad de gestin orientadaa fortalecer su desarrollo institucional, ampliar su mbito de accin ymejorar la calidad de los servicios que presta a la comunidad;

    SEGUNDA.- OBJETIVOS GENERALES DEL CONVENIO:

    Para cumplir con sus finalidades especficas, el GOBIERNO PROVINCIAL Y LAPUCE, han considerado la necesidad de establecer vnculos de cooperacininterinstitucional, para implementar y desarrollar conjuntamente proyectos demutuo inters que posibiliten la capacitacin prctica que permitir aprovechar laspotencialidades tcnico - cientficas de los docentes y estudiantes,involucrndoles en temticas especificas de diversos sectores vulnerablesaplicando y perfeccionando sus conocimientos con el fin de contribuir a su f: L

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    desarrollo profesional y al de la comunidad de la Provincia de Pichincha. Conestos antecedentes se propone mantener un intercambio de servicios en lassiguientes reas:

    a) Cooperacin tcnica y acadmica en reas relativas a la Arquitectura, ala Construccin, al Diseo Grfico, al Diseo de Productos y a las ArtesVisuales;

    b) Prcticas: participacin de estudiantes de los ltimos aos en proyectosde distinta tipologia, de acuerdo con las necesidades acadmicas delpensum y los requerimientos institucionales.

    TERCERA.- OBJETIVOS ESPECFICOS:

    3.1 Colaborar institucionalmente en la realizacin de investigaciones tendientesal desarrollo Urbanstico y Arquitectnico de los cantones, parroquias yrecintos de la Provincia de Pichincha, a travs de los trabajos acadmicosproducto de los Trabajos de Titulacin, Talleres de Arquitectura y Talleresde Diseo de Productos y de Diseo Grfico, y Artes Visuales de laFacultad de Arquitectura, Diseo y Artes - FADA;

    3.2 Presentar propuestas de diseo arquitectnico, diseo urbano, mobiliario yequipamiento urbano definidos en los procesos de los talleres, tomando encuenta los requerimientos actuales en tecnologa, accesibilidad universal,sostenibilidad ambiental y calidad del espacio pblico;

    3.3 Elaboracin de propuestas de sealtica, de diseo de unidades tipo, talescomo paradas de bus, pasos peatonales, puestos de revistas, kioskos deventa de productos;

    3.4 Elaborar propuestas de diseos de juegos para nios que permitanincentivar su creatividad y relacin con la ciudad;

    CUARTA.- COMPROMISOS CONJUNTOS:

    Este convenio se ejecutar mediante la identificacin de planes, programas,proyectos o actividades especficas, para cada uno de los cuales se suscribirntrminos de referencia, financiamiento, cronogramas de ejecucin, presentacinde informes de avance, entrega y recepcin, de acuerdo con las necesidadesparticulares de cada caso. 'D

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  • .~.GOBIERNO DELA PROVINCIA DEPICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    En estos trminos de referencia se debern considerar los gastos de alojamiento,transporte y alimentacin de profesores y estudiantes de la PUCE, para laejecucin de proyectos o convenios especficos.

    QUINTA.- EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA, SE OBLIGA A:

    a) Involucrar el contingente institucional, logstico, tcnico y econmico de susgestiones para la consecucin de los productos y el objetivo del presenteconvenio;

    b) Transferir toda la informacin requerida para la consecucin de losproductos y objetivo del presente convenio;

    c) Apoyar la realizacin de los Trabajos de Fin de Grado, de temas de interspara la Provincia de Pichincha, para lo cual se establecern los trminosde referencia o propuestas respectivas. La PUCE se reserva el Derecho dePropiedad Intelectual.

    d) Apoyar en la bsqueda de cofinanciamiento para el desarrollo de algnproyecto especfico, que de mutuo acuerdo se decida llevar a ejecucin;

    e) Apoyar con la publicacin de los mejores trabajos desarrollados.

    SEXTA: LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATLICA DEL ECUADOR SEOBLIGA A:

    a) Elaborar y presentar propuestas en los campos que conforman las Carrerasde Facultad de Arquitectura, Diseo y Artes para poner a consderacin delGobierno Provincial;

    b) Ofertar serviCIOS acadmicos y profesionales relacionados a lainvestigacin, planificacin, diseo arquitectnico y urbano, diseo grfico yde productos as como productos Visuales, mediante la conformacin deequipos multidisciplinarios compuesto de docentes y estudiantes;

    c) Identficar los Trabajos de Disertacin de Grado, que puedan ser de interspara el Gobierno Provincial para ponerlo en ejecucin, mediante la firma deConvenos Especficos;

    d) Difundr entre los profesionales y tcnicos del Gobierno Provincial temasde inters para la gestin del desarrollo provincial, provenientes de~

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    investigaciones, seminarios o conferencias, que hubieren sido gestadas enunidades acadmicas de la PUCE;

    e) Organizar equipos de profesionales para brindar servicios profesionales deconsultora, asesora, fiscalizacin y ejecucin tcnica que el GobernoProvincial requiera;

    f) invitar a personal tcnico del Gobierno Provincial a participar en actosacadmicos, foros, seminarios que se realicen en la PUCE.

    SPTIMA.- PROHIBICIONES

    Nada de lo estipulado en este convenio crea una asociacin entre las partes, porlo que, ninguna de ellas est autorizada a actuar como agente de la otra, ni firmarcontratos o incurrir en obligaciones o responsabilidades a nombre de la otra, salvosu expreso consentimiento por escrito.

    Las partes quedan expresamente prohibidas de ceder o transferir, total oparcialmente los derechos y obligaciones que asumen por medio del presenteConvenio.

    OCTAVA.- DE LA COORDINACiN Y SEGUIMIENTO

    Para llevar a cabo la planificacin, coordinacin y seguimiento de las actividadescomprometidas mediante este convenio, se conformar un Comit deCoordinacin integrado por un representante de cada una de las partes, cuyadesignacin ser comunicada por escrito. Sin embargo, la coordinacin ysupervisin del presente convenio, por parte del GAD Pichincha, estar a cargo dela Direccin de Gestin de Proyectos Especiales y, por parte de la PUCE, de laFacultad de Arquitectura, Diseo y Artes; ello no excluye la participacin de otrasDirecciones Tcnicas y Operativas del GAD Pichincha o de otras Facultades oEscuelas de la PUCE.

    Todas las actividades que se desarrollen en los locales de la PUCE serncoordinadas con sus autoridades, para impedir que perjudiquen el normaldesarrollo de las labores docentes y administrativas. Los espacios fsicos a serutilizados durante las capacitaciones sern designados por las autoridades de laUn iversid ad~,.s

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  • .~.GOBIERNO DELA PROVINCIA DEPICHINCHA

    NOVENA.- DURACiN

    CONVENIO No. 79-DGS-14

    El presente convenio entra en vigencia a partir de su firma, tendr una duracin dedos aos y podr ser renovado por mutuo acuerdo de las partes.

    DECIMA.- RELACiN LABORAL

    Queda claramente establecido que entre el GAD de Pichincha y la PUCE, por lasuscripcin de este Convenio, no se crean vnculos laborales de ningunanaturaleza y, por lo tanto, ninguna de las partes tiene relacin laboral ni dedependencia, directa o indirectamente con la Institucin, con los participantes,funcionarios, empleados o representantes de la otra.

    DCIMA PRIMERA.- DE LOS CONVENIOS ESPECFICOS:

    En el marco del presente Convenio, las partes podrn celebrar ConveniosEspecficos que resulten necesarios para el logro del objetivo planteado, loscuales sern suscritos por las Partes.

    DCIMA SEGUNDA.- FINANCIAMIENTO

    El presente Convenio no implicar compromisos presupuestarios para ninguna delas partes, los que sern establecidos en los convenios especficos que seacuerden.

    DCIMA TERCERA.- TERMINACiN DEL CONVENIO

    El presente convenio terminar por las siguientes causas:

    13.1 Por cumplimiento del objetivo.13.2 Por cumplimiento del plazo.13.3 Por mutuo acuerdo de las partes.13.4 Por razones de fuerza mayor o caso fortuito13.5 Por voluntad de una de las partes, cuando la otra incumpla con lasobligaciones asumidas a travs de este instrumento, debiendo notificar con 30das de anticipacin previamente por escrito a la otra parte con la intencin de darpor terminado anticipadamente el Convenio. En cualquier caso se procurar noafectar las actividades o proyectos en ejecucin. \\. 'v

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA

    DCIMA CUARTA.- DOMICILIO:

    Para cualquier comunicacin o notificacin a que hubiere lugar, y para todos losefectos de este convenio, las partes convienen fijar su domicilio en las direccionesque se indican a continuacin:

    GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE PICHINCHA: ManuelLarrea N13-45 y Antonio Ante, de la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.

    PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLlCA: Av. 12 de Octubre y Robles.

    DCIMA QUINTA.- DOCUMENTOS HABILlTANTES:

    Forman parte integrante del presente convenio los siguientes documentos:

    a) Copia del Nombramiento, cdula de ciudadana y papeleta de votacin delS.J. Rector de la Pontificia Universidad Catlica.

    b) Copia del nombramiento, cdula de ciudadana y papeleta de votacin delseor Prefecto del GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LAPROVINCIA DE PICHINCHA.

    DCIMA SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL

    El Gobierno Provincial reconoce los derechos de autor de los proyectos y trabajosde Disertacin de Grado de las Facultades de Arquitectura, Diseo y Artes, deacuerdo a lo establecido en la Ley de Propedad Intelectual. As mismo, elGobierno Provincial en caso de utilizar uno de los proyectos o trabajos deDisertacin de Grado, realizar el reconocimiento pblico de los derechospatrimoniales de la PUCE.

    DCIMA SPTIMA: NORMA SUPLETORIA

    En todo lo que no est previsto en este Convenio, se entendern incorporadas lasnormas de Derecho Comn, aplcables para esta clase de instrumento.

    DCIMA OCTAVA.- CONTROVERSIAS

    En caso de producirse controversias derivadas de la interpretacin o ejecucin delpresente Convenio, sern resueltas mediante la negociacin directa y amistosaentre las partes. En ausencia de un acuerdo se sometern al procedimiento de #

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  • .~.PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    mediacin, a travs del Centro de Mediacin de la Procuradura General delEstado.

    DCIMA NOVENA.- ACEPTACiN y SUSCRIPCiN

    Como constancia de aceptacin expresa de lo que antecede, las Partes suscribenel presente Convenio de Cooperacin Interinstitucional en cuatro ejemplares deigual contenido y valor legal, en Quito, Distrito Metropolitano,

    Econ. Gustavo Baroja NarvezPREFECTO PROVINCIAL DE PICHINCHA

    Dr. Manuel Corrales Pascual S. J.RECTORPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATLICA DEL ECUADOR

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL QUE CELEBRA ELGOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DEPICHINCHA Y LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLlCA DEL ECUADOR.

    COMPARECIENTES:

    Comparecen a la suscripcin del presente Convenio:

    1) El Gobierno Autnomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha,representado por el economista Gustavo Baroja Narvez, PrefectoProvincial de Pichincha; a quien en adelante se le denominar "GobiernoProvincial" y;

    2) La Pontificia Universidad Catlica del Ecuador, legalmente representadapor el Doctor MANUEL CORRALES PASCUAL S.J., en su calidad deRector, a quien en adelante se le denominar "LA PUGE".

    Las Partes acuerdan celebrar el presente Convenio al tenor de las siguientesclusulas:

    PRIMERA.- ANTECEDENTES:

    1.1 A travs del memorando 70-DGPE-14 de 13 de febrero del 2014, laDireccin de Gestin de Proyectos Especiales solicita al seor Prefecto laautorizacin para la firma de un convenio especfico de cooperacin, enrazn de que se ha planteado la necesidad de elaborar proyectos de formaconjunta con la Facultad de Arquitectura, Diseo y Artes de la PUCE;

    1.2 Con memorando 615-PRF-14 de 20 de febrero del 2014, la seora PatriciaSnchez, Jefa de Despacho de la Prefectura, indica que el seor Prefecto,en conocimiento del MEM 70-DGPE-14, autoriza proceder con lasuscripcin de un Convenio de Cooperacin con la PUCE;

    1.3 Por medio del memorando 289-DGPE-14 de 15 de septiembre del 2014 ycon el fin de dar cumplimiento a la disposicin del seor PrefecSo, el

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    Director de Gestin de Proyectos Especiales solicita a la Direccin deSindicatura la elaboracin del respectivo convenio;

    1.4. La Pontificia Universidad Catlica del Ecuador, creada por Decreto del 2 dejulio del 1946, publicado en el Registro Oficial Nro. 629, de 8 de julio de1946, y erigida por la Santa Sede el 16 de julio de 1954, se rige por: LaConstitucin y las Leyes de la Repblica del Ecuador, El Modus Vivendisuscrito entre la Repblica del Ecuador y la Santa Sede, y la LegislacinEclesistica respecto de las Universidades Catlicas y de las FacultadesEclesisticas, y el Estatuto y los reglamentos que dicte en ejercicio de supropia autonomia.

    1.5 El artculo 350 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador seala: "Elsistema de educacin superior tiene como finalidad la formacin acadmicay profesional con visin cientfica y humanista; la investigacin cientfica ytecnolgica; la innovacin, promocin, desarrollo y difusin de los saberes ylas culturas; la construccin de soluciones para los problemas del pas enrelacin con los objetivos del rgimen de desarrollo";

    1.6 El artculo 263 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, en relacin alas competencias exclusivas de los gobiernos provinciales, en el numeral 1expresa: "Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientesplanes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificacinnacional, regional, cantonal y parroquial", disposicin que guarda armonacon el artculo 42, literal f) del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial,Autonoma y Descentralizacin "COOTAD";

    1.7 El Gobierno Provincial es una corporacin de derecho pblico que goza deautonoma y representa a la provincia. Como tal, persigue entre susobjetivos principales la promocin del desarrollo cultural y materal de laProvincia, el constante mejoramiento de su capacidad de gestin orientadaa fortalecer su desarrollo institucional, ampliar su mbito de accin ymejorar la calidad de los servicios que presta a la comunidad;

    SEGUNDA.- OBJETIVOS GENERALES DEL CONVENIO:

    Para cumplir con sus finalidades especficas, el GOBIERNO PROVINCIAL Y LAPUCE, han considerado la necesidad de establecer vnculos de cooperacininterinstitucional, para implementar y desarrollar conjuntamente proyectos demutuo inters que posibiliten la capacitacin prctica que permitir aprovechar laspotencialidades tcnico - cientficas de los docentes y estudiantes,involucrndoles en temticas especficas de diversos sectores vulnerablesaplicando y perfeccionando sus conocimientos con el fin de contribuir a su

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  • GOBIERNO DELA PROVlNCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    desarrollo profesional y al de la comunidad de la Provincia de Pichincha. Conestos antecedentes se propone mantener un intercambio de servicios en lassiguientes reas:

    a) Cooperacin tcnica y acadmica en reas relativas a la Arquitectura, ala Construccin, al Diseo Grfico, al Diseo de Productos y a las ArtesVisuales;

    b) Prcticas: participacin de estudiantes de los ltimos aos en proyectosde distinta tipologia, de acuerdo con las necesidades acadmicas delpensum y los requerimientos institucionales.

    TERCERA.- OBJETIVOS ESPECFICOS:

    3.1 Colaborar institucionalmente en la realizacin de investigaciones tendientesal desarrollo Urbanistico y Arquitectnico de los cantones, parroquias yrecintos de la Provincia de Pichincha, a travs de los trabajos acadmicosproducto de los Trabajos de Titulacin, Talleres de Arquitectura y Talleresde Diseo de Productos y de Diseo Grfico, y Artes Visuales de laFacultad de Arquitectura, Diseo y Artes - FADA;

    3.2 Presentar propuestas de diseo arquitectnico, diseo urbano, mobiliario yequipamiento urbano definidos en los procesos de los talleres, tomando encuenta los requerimientos actuales en tecnologa, accesibilidad universal,sostenibilidad ambiental y calidad del espacio pblico;

    3.3 Elaboracin de propuestas de sealtica, de diseo de unidades tipo, talescomo paradas de bus, pasos peatonales, puestos de revistas, kioskos deventa de productos;

    3.4 Elaborar propuestas de diseos de juegos para nios que permitanincentivar su creatividad y relacin con la ciudad;

    CUARTA.- COMPROMISOS CONJUNTOS:

    Este convenio se ejecutar mediante la identificacin de planes, programas,proyectos o actividades especficas, para cada uno de los cuales se suscribirntrminos de referencia, fnanciamiento, cronogramas de ejecucin, presentacinde informes de avance, entrega y recepcin, de acuerdo con las necesidadesparticulares de cada caso. q}6s

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  • .~.GOBIERNO DELA PROVINCIA DEPICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    En estos trminos de referencia se debern considerar los gastos de alojamiento,transporte y alimentacin de profesores y estudiantes de la PUCE, para laejecucin de proyectos o convenios especficos.

    QUINTA.- EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA, SE OBLIGA A:

    a) Involucrar el contingente institucional, logstico, tcnico y econmico de susgestiones para la consecucin de los productos y el objetivo del presenteconvenio;

    b) Transferir toda la informacin requerida para la consecucin de losproductos y objetivo del presente convenio;

    c) Apoyar la realizacin de los Trabajos de Fin de Grado, de temas de interspara la Provincia de Pichincha, para lo cual se establecern los trminosde referencia o propuestas respectivas. La PUCE se reserva el Derecho dePropiedad Intelectual.

    d) Apoyar en la bsqueda de cofinanciamiento para el desarrollo de algnproyecto especifico, que de mutuo acuerdo se decida llevar a ejecucin;

    e) Apoyar con la publicacin de los mejores trabajos desarrollados.

    SEXTA: LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATLICA DEL ECUADOR SEOBLIGA A:

    a) Elaborar y presentar propuestas en los campos que conforman las Carrerasde Facultad de Arquitectura, Diseo y Artes para poner a consideracin delGobierno Provincial;

    b) Ofertar servicios acadmicos y profesionales relacionados a lainvestigacin, planificacin, diseo arquitectnico y urbano, diseo grfico yde productos as como productos Visuales, mediante la conformacin deequipos multidisciplinarios compuesto de docentes y estudiantes;

    c) Identificar los Trabajos de Disertacin de Grado, que puedan ser de interspara el Gobierno Provincial para ponerlo en ejecucin, mediante la firma deConvenios Especficos;

    d) Difundir entre los profesionales y tcnicos del Gobierno Provincial temasde inters para la gestin del desarrollo provincial, provenientes de

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  • GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    investigaciones, seminarios o conferencias, que hubieren sido gestadas enunidades acadmicas de la PUCE;

    e) Organizar equipos de profesionales para brindar servicios profesionales deconsultoria, asesora, fscalizacin y ejecucin tcnica que el GobiernoProvincial requiera;

    f) nvitar a personal tcnico del Gobierno Provincial a participar en actosacadmicos, foros, seminarios que se realicen en la PUCE.

    SPTIMA.- PROHIBICIONES

    Nada de lo estipulado en este convenio crea una asociacin entre las partes, porlo que, ninguna de ellas est autorizada a actuar como agente de la otra, ni firmarcontratos o incurrir en oblgaciones o responsabilidades a nombre de la otra, salvosu expreso consentimiento por escrito.

    Las partes quedan expresamente prohibidas de ceder o transferir, total oparcialmente los derechos y obligaciones que asumen por medio del presenteConvenio.

    OCTAVA.- DE LA COORDINACIN Y SEGUIMIENTO

    Para llevar a cabo la planificacin, coordinacin y seguimiento de las actividadescomprometidas mediante este convenio, se conformar un Comit deCoordinacin integrado por un representante de cada una de las partes, cuyadesignacin ser comunicada por escrito. Sin embargo, la coordinacin ysupervisin del presente convenio, por parte del GAD Pichincha, estar a cargo dela Direccin de Gestin de Proyectos Especiales y, por parte de la PUCE, de laFacultad de Arquitectura, Diseo y Artes; ello no excluye la participacin de otrasDirecciones Tcnicas y Operativas del GAD Pichincha o de otras Facultades oEscuelas de la PUCE.

    Todas las actividades que se desarrollen en los locales de la PUCE serncoordinadas con sus autoridades, para impedir que perjudiquen el normaldesarrollo de las labores docentes y administrativas. Los espacios fsicos a serutilizados durante las capacitaciones sern designados por las autoridades de laUn iversid ad.

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  • .~.GOBIERNO DELA PROVINCIA DE

    PICHINCHA

    NOVENA.- DURACiN

    El presente convenio entra en vigencia a partir de su firma, tendr una duracin dedos aos y podr ser renovado por mutuo acuerdo de las partes.

    DECIMA.- RELACiN LABORAL

    Queda claramente establecido que entre el GAD de Pichincha y la PUCE, por lasuscripcin de este Convenio, no se crean vnculos laborales de ningunanaturaleza y, por lo tanto, ninguna de las partes tiene relacin laboral ni dedependencia, directa o indirectamente con la Institucin, con los participantes,funcionarios, empleados o representantes de la otra.

    DCIMA PRIMERA.- DE LOS CONVENIOS ESPECFICOS:

    En el marco del presente Convenio, las partes podrn celebrar ConveniosEspecificas que resulten necesarios para el logro del objetivo planteado, loscuales sern suscritos por las Partes.

    DCIMA SEGUNDA.- FINANCIAMIENTO

    El presente Convenio no implicar compromisos presupuestarios para ninguna delas partes, los que sern establecidos en los convenios especficos que seacuerden.

    DCIMA TERCERA.- TERMINACiN DEL CONVENIO

    El presente convenio terminar por las siguientes causas:

    13.1 Por cumplimiento del objetivo.13.2 Por cumplimiento del plazo.13.3 Por mutuo acuerdo de las partes.13.4 Por razones de fuerza mayor o caso fortuito13.5 Por voluntad de una de las partes, cuando la otra incumpla con lasobligaciones asumidas a travs de este instrumento, debiendo notificar con 30das de anticipacin previamente por escrito a la otra parte con la intencin de darpor terminado anticipadamente el Convenio. En cualquier caso se procurar noafectar las actividades o proyectos en ejeCUci~

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  • GOBIERNO DELA PROViNCIA DE

    PICHINCHA CONVENIO No. 79-DGS-14

    DCIMA CUARTA.- DOMICILIO:

    Para cualquier comunicacin o notificacin a que hubiere lugar, y para todos losefectos de este convenio, las partes convienen fijar su domicilio en las direccionesque se indican a continuacin:

    GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE PICHINCHA: ManuelLarrea N13-45 y Antonio Ante, de la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha .

    PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLlCA: Av. 12 de Octubre y Robles.

    DCIMA QUINTA.- DOCUMENTOS HABILlTANTES:

    Forman parte integrante del presente convenio los siguientes documentos:

    a) Copia del Nombramiento, cdula de ciudadania y papeleta de votacin delS.J. Rector de la Pontificia Universidad Catlica.

    b) Copia del nombramiento, cdula de ciudadana y papeleta de votacin delseor Prefecto del GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LAPROVINCIA DE PICHINCHA.

    DCIMA SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL

    El Gobierno Provincial reconoce los derechos de autor de los proyectos y trabajosde Disertacin de Grado de las Facultades de Arquitectura, Diseo y Artes, deacuerdo a lo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual. As mismo, elGobierno Provincial en caso de utilizar uno de los proyectos o trabajos deDisertacin de Grado, realizar el reconocimiento pblico de los derechospatrmoniales de la PUCE.

    DCIMA SPTIMA: NORMA SUPLETORIA

    En todo lo que no est previsto en este Convenio, se entendern incorporadas lasnormas de Derecho Comn, aplicables para esta clase de instrumento.

    DCIMA OCTAVA.- CONTROVERSIAS

    En caso de producirse controversias derivadas de la interpretacin o ejecucin delpresente Convenio, sern resueltas mediante la negociacin directa y amistosaentre las partes. En ausencia de un acuerdo se sometern al procedimiento ~

    7 ~

  • .~.PICHINCHA

    t))CONVENIO No. 79-DGS-14 '".",,,.,,,,~

    mediacin, a travs del Centro de Mediacin de la Procuraduria General delEstado.

    DCIMA NOVENA.- ACEPTACiN y SUSCRIPCiN

    Como constancia de aceptacin expresa de lo que antecede, las Partes suscribenel presente Convenio de Cooperacin Interinstitucional en cuatro ejemplares deigual contenido y valor legal, en Quito, Distrito Metropolitano,

    ~r.Econ. Gustavo Baraja Narvez-' ' PREFECTO PROVINCIAL DE PICHINCHA

    Dr. Manuel Corrales Pascual S. J.RECTORPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATLICA DEL ECUADOR

    8

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