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-1- Departamento de Transcripciones CONGRESO DE LA REPÚBLICA SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2001 COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE ANALIZAR LOS DELITOS ECONÓMICO- FINANCIEROS PERPETRADOS EN EL PERÍODO 1990-2001 EN EL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN, EL USO DE RECURSOS DEL ESTADO PARA EL SALVATAJE DE EMPRESAS BANCARIAS Y NO BANCARIAS, LICITACIONES PÚBLICAS, EL USO DE RECURSOS PÚBLICOS PARA CONFORMAR UNA RED DE CORRUPCIÓN, EL USO DE LA SUNAT Y ADUANAS COMO MECANISMO DE CHANTAJE Y PRESIÓN O DE EVASIÓN TRIBUTARIA Y EL MAL USO DE DONACIONES Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS ENTRE OTROS (Sesión Reservada) (Matinal) MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2002 PRESIDENCIA DEL SEÑOR JAVIER DIEZ CANSECO CISNEROS Y COORDINADOR EL ASESOR DE LA COMISIÓN, SEÑOR JOSÉ CASTRO A las 9 horas y 30 minutos se inicia la sesión. El COORDINADOR.Buenos días ante todoa los señores invitados. Entendiendo la disponibilidad de tiempo de los invitados, hemos decidido —por acuerdo de la comisión— iniciar el interrogatorio del señor David Saettone Watmough, en la medida que los señores congresistas se estarán integrando a medida que avance la sesión. Básicamente los cuestionamientos en esta sesión están orientados al tema de contribuciones reembolsables que ya había sido conversado con el señor Saettone en una oportunidad anterior. No sé si alguien va a hacer una breve presentación de su actividad profesional, para de alguna manera centrarnos, y del período que estuvo usted en el Ministerio de Economía y Finanzas, como jefe de gabinete de asesores, para poder introducir el tema. El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, creo que eso ya hemos cubierto en la reunión anterior. No sé si ustedes tienen preguntas específicas que me quisieran hacer, más bien. El COORDINADOR.— Sí, una pregunta específica referida con este temas es: en la sesión anterior el presidente de la comisión le hizo una consulta específica en torno a si usted había tenido algún tipo de vínculo laboral con la empresa Edelnor, si hubiera sido directivo de la empresa, si había hecho algún tipo de consultoría, a lo cual usted contestó que no recordaba, y que había sido accionista de Edelnor, en montos pequeños. Sin embargo, esta versión es contradictoria con el hecho de que revisando las memorias de Edelnor, del año 2001, nosotros hemos encontrado que usted figura como directivo titular de la compañía, en el período comprendido entre el 24 de marzo del 2000 y el 21 de julio del 2000. Entonces, nos gustaría saber en principio ¿cuál sería el motivo de esta contradicción?. Y, en

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Departamento de Transcripciones

CONGRESO DE LA REPÚBLICA SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2001

COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE ANALIZAR LOS DELITOS ECONÓMICO-

FINANCIEROS PERPETRADOS EN EL PERÍODO 1990-2001 EN EL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN, EL USO DE RECURSOS DEL ESTADO PARA EL SALVATAJE DE EMPRESAS BANCARIAS Y NO BANCARIAS, LICITACIONES PÚBLICAS, EL USO DE RECURSOS PÚBLICOS PARA CONFORMAR UNA RED DE CORRUPCIÓN, EL USO DE LA SUNAT Y

ADUANAS COMO MECANISMO DE CHANTAJE Y PRESIÓN O DE EVASIÓN TRIBUTARIA Y EL MAL USO DE DONACIONES Y OTRAS

AYUDAS RECIBIDAS ENTRE OTROS (Sesión Reservada)

(Matinal)

MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2002 PRESIDENCIA DEL SEÑOR JAVIER DIEZ CANSECO CISNEROS Y

COORDINADOR EL ASESOR DE LA COMISIÓN, SEÑOR JOSÉ CASTRO

—A las 9 horas y 30 minutos se inicia la sesión.

El COORDINADOR.— Buenos días —ante todo— a los señores invitados.

Entendiendo la disponibilidad de tiempo de los invitados, hemos decidido —por acuerdo de la comisión— iniciar el interrogatorio del señor David Saettone Watmough, en la medida que los señores congresistas se estarán integrando a medida que avance la sesión.

Básicamente los cuestionamientos en esta sesión están orientados al tema de contribuciones reembolsables que ya había sido conversado con el señor Saettone en una oportunidad anterior.

No sé si alguien va a hacer una breve presentación de su actividad profesional, para de alguna manera centrarnos, y del período que estuvo usted en el Ministerio de Economía y Finanzas, como jefe de gabinete de asesores, para poder introducir el tema.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, creo que eso ya hemos cubierto en la reunión anterior. No sé si ustedes tienen preguntas específicas que me quisieran hacer, más bien.

El COORDINADOR.— Sí, una pregunta específica referida con este temas es: en la sesión anterior el presidente de la comisión le hizo una consulta específica en torno a si usted había tenido algún tipo de vínculo laboral con la empresa Edelnor, si hubiera sido directivo de la empresa, si había hecho algún tipo de consultoría, a lo cual usted contestó que no recordaba, y que había sido accionista de Edelnor, en montos pequeños. Sin embargo, esta versión es contradictoria con el hecho de que revisando las memorias de Edelnor, del año 2001, nosotros hemos encontrado que usted figura como directivo titular de la compañía, en el período comprendido entre el 24 de marzo del 2000 y el 21 de julio del 2000.

Entonces, nos gustaría saber en principio ¿cuál sería el motivo de esta contradicción?. Y, en

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segundo término, ¿en virtud de qué usted estaba en el directorio de Edelnor, qué acciones representaba y en qué sesiones de directorio participó?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, como expresé la vez pasada, nunca he sido director de Edelnor; ahí lo que ha habido es un malentendido; porque nunca he participado en una sesión de directorio ahí.

Aparentemente el Fonafe que es la holding de las empresas estatales, me nombra como representante en Edelnor; creo que fue en junta del 24 de marzo como mencionó usted. Yo tan pronto cuando me enteré de ese nombramiento presenté mi carta de renuncia al directorio, básicamente porque era la forma de no aceptar el cargo, dado que ya había sido supuestamente elegido en junta general de accionistas del 24 de marzo. Esa carta se presentó el 10 de abril, no sé si hay una copia acá; está con el sello de recepción de Edelnor.

Y, el siguiente directorio después de la junta donde fui elegido director titular, no participé. Ahora, ustedes se preguntarán, ¿por qué, si fue la junta el 24 de marzo, recién presenté mi carta el 10 de abril? Porque yo me hice esa pregunta también cuando me llegó la citación de ustedes que me citaban también en mi calidad de ex director de Edelnor. Y lo que pasa es que el año 2000, la reunión internacional del BID y el Banco Mundial se hizo en New Orleans del 22 al 30 de marzo, y yo obviamente salí del país del 22 al 30, ustedes pueden chequear eso en Migraciones, y me enteré cuando he regresado; y, tan pronto me enteré presenté mi renuncia, que era la forma —digamos— de no aceptar el cargo.

El señor COORDINADOR.—Esto quiere decir que en la sesión del 24 de marzo del 2000 usted ¿no participó?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Efectivamente, no participé. No estaba en el país.

El señor COORDINADOR.—Fue junta, no?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Es fue junta, no fue sesión. Y como usted preguntó quién hace el nombramiento, fue Fonafe, que en esa época el ministro Goldemberg estaba haciendo una serie de cambios en los directorios de las empresas que teníamos, y me nombraron en esa oportunidad director de Edelnor, que no acepté, y también fui nombrado en Cofide; que ése es un cargo que ya los jefes de gabinete de asesores llevaban como fue el caso del señor Carlos Paredes, que era el director al que yo estaba reemplazado.

El COORDINADOR.— ¿Cómo era el mecanismo del Fonafe mediante el cual nombrada a sus directores en las empresas que aun tenían participación estatal? Porque de alguna manera sería un poco irregular el tema de que nombre directores sin que estos estén de acuerdo con el tema, sin que muestren una disposición o un conocimiento por lo menos del sector, al cual están siendo adscritos. Entonces, queda la ambigüedad de si este tema era previamente conversado con los integrantes de los directores, o con los posibles integrantes de los directorios.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Habría que preguntarle a los miembros del Fonafe, digamos, creo que la manera cómo se hacen esas determinaciones, son acuerdos del Fonafe; y el Fonafe eran ministros ¿no?, los que tomaban las decisiones. Yo lo que pienso es que el Ministro de Economía pensaba que disponía de mí, que fue el caso, la razón que, digamos, del sector conocía algo, conozco algo del sector eléctrico, conocimiento de negocios, tengo.

Como les manifesté la vez pasada, había un interés por vender las acciones del Estado de Edelnor, y seguramente el ministro ha pensado que sería bueno que yo esté ahí para empujar el tema.

Entonces no, me imagino que no, ha habido una descordinación ahí; pero básicamente lo que hay

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que explicar es ¿por qué rechazo yo el puesto?, que es algo que seguramente se están preguntando, y la razón es porque si bien yo creo que hubiera representado los intereses del Estado en Edelnor, sin ningún conflicto de interés, porque yo separé bien mi vinculación anterior laboral, con la labor que estaba cumpliendo en ese momento; yo soy de la idea que no solamente hay que ser honesto sino también parecerlo, justamente para que no se levante este tipo de suspicacias como las que ustedes han encontrado.

Entonces, le dije al ministro que no podría ser representante, prefería no ser yo el representante del Estado, y que no iba a aceptar el cargo, y la forma de hacerlo era presentar mi renuncia antes de que se instale inclusive el primer directorio después de esa junta. Y, aquí creo que fui reemplazado por el alterno que fue un señor Antonio Milla, que es el que me reemplaza.

El COORDINADOR.— Esto quiere decir que usted no participó en ninguna junta de directorio durante todo ese período en el cual fue nombrado. Porque usted en la práctica era directivo de Edelnor hasta que se aceptó su renuncia en julio del 2000; ¿no participó en ninguna sesión de directorio?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, tengo entendido que el aceptar un cargo, o se hace explícitamente a través de una aceptación formal, donde se dice “acepto el cargo”, o se hace implícitamente asistiendo a alguno de estos directorios. Yo no asistí a ningún directorio y por ende no acepté el cargo y no fui director, nunca me instalé como director.

La señora .— Si, además, en la junta siguiente, donde se formaliza la aceptación de la renuncia a la situación de reemplazo, el presidente da cuenta y dice, manifestó: “Que como era de conocimiento de los señores accionistas, el día 10 de abril del año en curso había presentado su renuncia a cargo el director el señor David Saettone, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 33.° del estatuto social, quedó convertido en director titular el director alterno fulano de tal”. O sea, está dando cuenta de hechos pasados, no está diciendo “esto a partir de ahora” ¿no? Y, es probable que en las sesiones de directorio que haya en el período, haya estado el señor Milla actuando como director. Eso no lo sabemos, pero supongo.

El COORDINADOR.— Sí, nosotros hemos tenido acceso a las juntas generales de accionistas de Edelnor, del 25 de junio del 2000. Digamos que se citó con fecha 25 de junio del 2000.

Ahora usted cuando presenta su renuncia, que tiene fecha 10 de abril para la renuncia del director titular, ¿lo hizo directamente o lo hizo a través del presidente del directorio de Fonafe?, en este caso, que era el Ministro de Economía, el señor Goldemberg.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Lo hice directamente al directorio, a la persona que convocaba a la junta; ahí tiene la carta, está dirigida a José María Hidalgo; y, también, obviamente eso lo informé al ministro, antes, le dije que “no podía aceptar el cargo”. Pero, eso fue verbalmente.

El COORDINADOR.— Y hubo algún tipo de sugerencia de su parte para que la persona que sea nombrada como representante del Fonafe en Edelnor sea una persona que de alguna manera ¿usted recomendaba por su experiencia en el sector, por su participación, el señor Milla tenía alguna relación con este tema?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, el señor Milla, creo que estaba nombrado como alterno desde el inicio, yo no lo conozco al señor Milla, pero tengo entendido que es un trabajador de Electroperú, y creo que tenía tiempo ya en ese puesto. Y, bueno, la pregunta es si sugerí yo quién me reemplace, no.

El COORDINADOR.— Un tema adicional. Cuando el presidente de la comisión le hizo la consulta sobre esos temas, ¿usted no los recordaba o no los tenía frescos de alguna manera?,

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porque se le hizo la pregunta concreta, si usted había sido directivo de algunas empresas, usted contestó que no recordaba. Entonces, queríamos una explicación sobre el tema.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, la verdad es que no recordaba para nada, me había olvidado de este incidente, lo he recordado a raíz de la citación de ustedes, donde dicen que me citan en mi condición de ex director de Edelnor, y obviamente pues nunca fui director, o sea que no he faltado a la verdad. Lo que pasa es que hay un tema técnico ahí donde se me nombra, yo estoy fuera del país, me entero después; y, simplemente no acepto el cargo.

El COORDINADOR.— Un tema adicional en este terreno. ¿Usted sabe o tiene conocimiento si el Banco de Crédito tiene representaciones, tiene acciones en la empresa Edelnor? Esto nace simplemente a raíz de un razonamiento que es que el señor Reinaldo Llosa —si no me equivoco— es directivo actual del Banco de Crédito. Entonces queríamos saber si había ese mecanismo de reciprocidad en ambas empresas, ¿si lo había antes o si lo hay actualmente? Queríamos saber si usted tenía información en ese campo.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Sí, hay una empresa, Inversiones Crédito que es del grupo, que tiene un porcentaje (ininteligible), no sé exactamente qué porcentaje es, y ahí está la relación.

El COORDINADOR.— Eso ¿le permite tener participación en la junta general de accionistas, y por lo tanto en el directorio de la empresa?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Eso no le puedo contestar, eso habría que preguntarle al señor Llosa, directamente. Me imagino que sí, si tiene representación accionaria sí le da a uno derecho a participar en la junta de accionistas.

El COORDINADOR.— Claro, le da derecho de participar en la junta general de accionistas, pero sí le da algún tipo de representación en el directorio. En todo caso, usted no tiene información sobre este tema.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— No le puedo contestar con certeza.

La señora .— Lo que ocurre es que el hecho de ser accionista le da derecho a uno a participar y a proponer miembros del directorio. Entonces, puede desprenderse de ahí el uso del derecho legítimo de cualquier accionista de proponer (2) a un integrante del directorio ¿no? Entonces, por ahí podría darse la posibilidad, pero no por un tema así automático.

El COORDINADOR.— Un tema adicional es, yendo al tema propio de las contribuciones reembolsables. En la sesión pasada no quedó claro cuál fue la actitud que tomó el gabinete de asesores del MEF, cuando Col-Fonavi le envió al señor Saettone una ayuda memoria que la tenemos acá, sobre el caso de las contribuciones reembolsables en el cual le hacían la valoración de a cuánto ascendían esas contribuciones reembolsables a enero del año 2000, que era fecha en la cual ya usted ejercía el cargo de jefe del gabinete de asesores del MEF.

Entonces, la pregunta sería si usted tomó conocimiento de esa información, y si no fuera el caso, ¿qué persona dentro del Ministerio de Economía y Finanzas fue la que se ocupó del tema directamente a quién estaba encargado? Porque a raíz de las diversas conversaciones que hemos tenido con los ex ministros de economía, existe una suerte de responsabilidad difusa sobre el tema, no existe una explicación concreta de ¿quién era el encargado de ver este tema? No sé si usted nos podría ayudar en ese terreno para ver quién era exactamente y qué sector era el encargado de ver el tema de la

Devolución de las contribuciones reembolsables, y ¿a quién derivó usted la ayuda de memoria que le enseñamos en esa fecha?

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El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, como le mencioné a vez pasada, yo entro en enero del 2000 al ministerio. En realidad entré un poquito antes para ver las negociaciones con el Fondo, y en las negociaciones con el Fondo había el compromiso de vender las acciones de Edelnor y una serie de otros activos; no me acuerdo cuánto era el monto, pero era 500 millones de dólares en privatizaciones, algo así. Hubo una reunión con la Copri, donde vimos el stock de privatizaciones por haber; y, en el tema del Cepri y de Participación Ciudadana salió este tema de Edelnor, donde el banco de inversión indicó que había una contingencia en el balance, y si no se arreglaba esa contingencia iba haber penalidad; no se podía vender porque iba a ver una penalidad muy grande sobre el precio de venta.

Entonces, la primera labor fue averiguar cuál era esa contingencia, y justamente es donde se pide tanto la información a la empresa como al Fonavi, de la situación. Tuve una reunión con la gente del Fonavi, donde me explicaron su punto de vista; y, le pedí al señor Ramírez, creo que es, Felipe Ramírez, que me mande una ayuda memoria que es la que ustedes han visto; y hubo una reunión con la empresa también donde ponían su punto de vista de una posición de diez millones de dólares.

Entonces, se vio un poco más el tema; se vio que habían discrepancias conceptuales y también me dio la impresión a mi que habían cuestiones también de orden en los papeles que mantenía Fonavi, etcétera, del orden contable; y, que esto requería que se trabaje desde adentro en el Fonavi. Y, esto yo le comuniqué al ministro de ese entonces, que era el señor Goldenberg; y él tomó la decisión y la determinación creo que correcta, que eso se tenía que negociar desde Fonavi. Ha sido una negociación que ha involucrado al Fonavi, a la empresa y al ministro; y, justamente por todo este tipo de suspicacias que podrían haber de yo haber estado en el Banco de Crédito, iba a volver al Banco de Crédito, etcétera, es que yo me abstuve totalmente de estos temas. Como de otros temas también donde se podrían decir que habían conflictos de interés.

El COORDINADOR.— En primer lugar, bueno, creo que la suspicacia no nace en virtud de que usted haya sido funcionario del Banco de Crédito y de que sea actualmente, sino, evidentemente nace de una ayuda memoria que se encuentra en la cual usted figura como directivo de Edelnor.

Usted ha mencionado en su intervención que hubo una reunión con los funcionarios de Edelnor. Usted participó en esa reunión con los funcionarios de Edelnor, y en todo caso, ¿con qué funcionario se reunió, con el señor Llosa o con el gerente general en esa época; y, cuál fue la posición en todo caso en virtud de esa reunión que usted mantuvo, como representante del MEF?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Sí, ¿cuál es la ayuda memoria en la cuál yo aparezco como directivo de Edelnor? ¿Ayuda memoria?

El COORDINADOR.— Es una ayuda memoria que le manda Col-Fonavi al MEF, en esa época usted era jefe de gabinete de asesores del MEF.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Ah, pero no aparezco como directivo de Edelnor ahí.

El COORDINADOR.— No, estamos hablando de una ayuda memoria del mes de enero.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Ah no, porque usted mencionó la ayuda memoria en que yo aparezco como directivo de Edelnor.

El COORDINADOR.— No, quise decir en todo caso en las memorias en las cuales usted figuraba como directivo.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Y me imagino que tampoco aparezco en ninguna memoria de Edelnor como director, si nunca asumí el cargo.

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El COORDINADOR.— No. Sí lo aparece. Tenemos el documento, ésta es la ayuda memoria del 26 de marzo del 2001, en la cual la misma carta del presidente Reynaldo Llosa hace mención que usted ha sido directivo.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Creo que eso se explica porque la Junta fue el 24; y, como le dije, yo estuve fuera del país del 22 al 30 en las reuniones del BID en New Orleans; y recién pude renunciar el 10 de abril ¿no?

El COORDINADOR.— Sí. Acá en realidad en la carta lo que menciona no es que usted renuncie el 10 de abril si no que su renuncia se efectiva el 21 de julio del 2000. Eso es lo que menciona la carta del presidente del directorio.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Pero nunca asumiré el cargo y nunca lo acepté ¿no?

El COORDINADOR.— Ah, un tema más adicional en ese terreno de su participación, que no se llegó a concretar en el directorio de Edelnor. Hemos visto en sus declaraciones que usted nos ha hecho llegar en las declaraciones de ingresos, el hecho de participar sólo la presencia en estos directorios, les daba una remuneración, una dieta de mil 680 dólares a cada directivo, titular o suplente. Queríamos saber si a usted ¿le habían remunerado en alguno de estos casos por su presencia o no, en estos temas?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Como le dije, no acepté el cargo, nunca lo asumí, y por ende obviamente nunca he recibido la dieta del directorio correspondiente a Edelnor.

El COORDINADOR.— Entonces, retornando al tema anterior, le estaba consultando. Usted había manifestado que hubo una reunión con los funcionarios de Edelnor y que usted participó en su calidad de asesor en el MEF. Entonces, queríamos saber ¿con quiénes se realizó esta reunión y qué acuerdos se tomaron sobre el tema, y como se plantearon las primeras diferencias entre las cifras que plantaba Edelnor por contribuciones reembolsables y la que planteaban ustedes desde el MEF.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, primero, desde el MEF no planteábamos, por lo menos el jefe de gabinete de asesores no planteaba ninguna cifra sino era del Fonavi, como le mencioné.

Segundo, la reunión se sostuvo, vino el señor Llosa, y vinieron los expertos en el tema, y los que hicieron la exposición eran los abogados de Edelnor, no me acuerdo sus nombres, puede ser Luis Salem y el señor Hidalgo también creo que pueda haber participado. La reunión era netamente informativa, donde explicaban su parecer sobre el tema; explicaban que habían diferencias en el número de obras, porque aparentemente había una ambigüedad en cuanto a cuándo es que haya cambiado de leyes, y cuáles son las obras que entran, etcétera, había diferencia en el valor de los activos, también por temas legales, digamos de decretos y normas; y, habían discrepancias en cuanto a las tasas de interés, etcétera. Entonces, como le digo, fue informativa, recibimos información, a lo que se llegó fue que íbamos a ver el tema. Se tuvo la misma reunión con Fonavi, como le expliqué, donde obviamente otra posición, un monto más alto; y, se comunicó al ministro que hay estas dos posiciones, que es un tema complejo, por una serie de razones, y que había que resolver lo de Fonavi.

El COORDINADOR.— En el caso de Fonavi ¿también sólo se dio una reunión? ¿Se dio el señor César Henández Márquez o digamos con la anterior comisión liquidadora de Fonavi?, que me parece que era el señor Del Pino Ramírez.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Sí se dio con el señor Felipe Ramírez, y creo que luego el ministro Goldemberg cambió al señor Ramírez por Hernández, y ahí fue donde empezó a andar el tema.

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El COORDINADOR.— Entonces, su sugerencia directamente el informe al ministro fue que Col-Fonavi en calidad de se el encargado de realizar la cobranza sobre estas contribuciones reembolsables se encargara el tema, que ellos directamente vieran el tema, ésa fe la sugerencia que entendemos que usted hizo y el informe. ¿Existe algún informe que usted presentó sobre este tema, sobre estas reuniones?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Ninguno. Mi labor era asesorar al ministro, y básicamente se entendió el problema, se definió cuál era la naturaleza del problema y se le sugirió cuál era la manera de (ininteligible) del Fonavi, no solamente porque Fonavi era el encargado de cobrar, etcétera, sino que era donde estaba la información.

El COORDINADOR.— Luego, el tema aquí radica fundamentalmente el 24 de julio Col-Fonavi, incluso contratan una asesoría especial sobre el tema, plantean las dificultades que básicamente estaban orientadas en el terreno que usted manifiesta. Había un problema con la determinación del valor nuevo reemplazo; había un problema con la tasa de interés con la cual se había actualizado esta deuda; y, había un problema con la cantidad de proyectos, de cuándo habían sido recibido los proyectos.

Entonces, el 24 de julio lo que ocurre es que Col-Fonavi entrega un informe directamente a la Comsión Liquidadora de Fonavi, mediante la cual manifiestan que existiendo estos tres problemas, ellos recomendaban que se vaya a un arbitraje por la complejidad del tema, por la ambigüedad legal que recaía.

Tendrías dos preguntas, la primera es si ¿a usted también se le informó o al Ministerio de Economía se le informó sobre la posición de Col-Fonavi?, en este terreno a partir del 24 de julio ya. Y, la segunda pregunta es si usted tuvo acceso a la información que estimaba el monto final a pagar mediante el decreto 103/2000 Economía y Finanzas, del 19 de setiembre, en la cual ya se determinó que el monto final a pagar por Contribuciones reembolsables era de 25 millones de dólares, que era que tenía que devolver Edelnor al Estado peruano.

Entonces, quería saber primero si le llegó esa información; y, segundo, si usted ¿tuvo acceso a los antecedentes y al sustento técnico que avalaban ese decreto; o si se preguntó cómo se había llegado a esa conciliación de deuda? Ésas serían las dos preguntas que tendría en este campo.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Acceso a la información, ese informe con el Fonavi no recuerdo haber tenido, pueda ser que me lo haya mencionado, etcétera. Pero, para mí, soy un poco más gerencial. O sea, habían una serie de cosas que tratar en el Ministerio, éramos en esa época tres o cuatro asesores nomás en el gabinete, viendo temas macroeconómicos, etcétera, a parte de lo micro.

Entonces, a participación realmente terminó en la evaluación inicial, digamos, y en decirle al Ministro que tenía que (3) tenía que resolver el tema con Fonavi. Obviamente el interés sí estaba ahí por el tema de la venta de las acciones.

Entonces, ahí sí tuve acceso a la información, al monto final. Recuerdo que el ministro de ese entonces, que era el ministro Boloña, me preguntó acerca de si una tasa de 13 y medio era razonable o no, con lo cual hacía una comparación con los Bradys, en esa época el (ininteligible) de los Bradys, que estaba alrededor doce por ciento, once y medio, doce por ciento. Le dije que sí me parecía razonable porque había un spread de uno y medio de prima de riesgo por una empresa adentro del Perú, digamos, que pague un poquito más, si está dentro de los parámetros correctos ¿no?

Y de ahí, otro tema que era importante en cuanto al monto y la venta, era que el monto que se pagara a Fonavi por encima de lo que estaba provisionado el balance, iba a restarle el valor de mercado a las acciones. Entonces, si digamos, creo que el paquete valía cien millones de dólares;

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y, lo que le habían provisionado de no haber podido ser alrededor de diez millones que era la cifra que ellos mantenían; y, usted ha mencionado que la cifra fue veinticinco. Entonces, quiere decir que va a bajar en quince millones el (ininteligible) accionario, y va a valer ochenta y cinco, no cien ¿no? Entonces, ese tipo de cositas.

Pero, en cuanto al acuerdo en sí, primero era un tema donde yo no tenía mayor opinión, porque dependía pues de una serie de factores la determinación del precio, que yo no manejaba; y, dos, eso es algo que lo manejaba directamente el ministro Boloña. Boloña en verdad pues no necesitaba un asesor que le haga los números, etcétera, porque él es una persona que los podía hacer. Entonces, él manejaba, yo creo directamente eso con el señor Hernández ¿no? Pero sí tuve acceso al monto, etcétera, después de que se hizo el acuerdo.

El COORDINADOR.— ¿Tuvo acceso al convenio de pago? Porque usted acaba de afirmar que le preguntaron sobre si la tasa de 13,5 era la adecuada para descontar las cuotas.

En efecto, en el convenio de pago, que curiosamente no tiene ni lugar ni fecha, se establece una tasa de 13,5. Ahora, quisiera saber si sólo se restringió a esto la consulta a la cual deberían ser descontadas las cuotas; y, quería demostrarle además el convenio de pago en el cual se establece que debían pagar diez cuotas anuales de 4.7 millones de dólares.

Lo raro de este convenio es que los 25 millones de dólares al cual se estableció son los 47 millones de dólares descontados una tasa de 13.5; pero, no existe el capital que se fija para la devolución que debe haber sido 24 ó 23.

Entonces, quería, además de enseñarle el convenio de pago, preguntarle si es que usted tuvo algún tipo de consulta con respecto a otros temas, que se fijara en este convenio de pago; y, la segunda, si usted sabe quién hizo este convenio de pagos, quién fue la persona que lo redactó. Porque los señores de Col-Fonavi nos han manifestado que ellos no han redactado el convenio de pago, sino que ellos simplemente fueron a firmarlo al MEF. Entonces, hay una ambigüedad, porque por otro lado el señor Boloña nos ha dicho que, efectivamente, fueron los señores de (ininteligible) encargados de realizar el convenio de pago. Entonces, queríamos saber, efectivamente, quién realizó este convenio de pago, y si usted tiene acceso a esa información.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, en el momento no tuve acceso, sí tuve acceso la vez pasada en la reunión anterior; no he participado en nada más que lo que he dicho, en esas consultas puntuales; era un tema que se manejaba entre el ministro y la gente de Col-Fonavi, y ellos los que han firmado, tengo entendido, el documento, entonces ellos tienen que haber redactado con la empresa ¿no?

El COORDINADOR.— Eso quiere decir que usted no tiene la certeza de quién redactó este documento, no podía afirmar ni que fue el ministerio ni que fue Col-Fonavi.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Sí, así es, no podría decirle.

El COORDINADOR.— Generalmente tienen vistos de los asesores jurídicos, etcétera.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Lo que yo vi, vi la firma de los tres señores del Fonavi.

El COORDINADOR.— Sí, efectivamente, aquí están las firmas de los señores del Fonavi; y, le voy a pasar el convenio de pago para ver si usted podría reconocer alguna firma de un asesor jurídico, o un asesor.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— No, no reconozco ninguna.

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El COORDINADOR.— No reconoce ninguna.

La segunda pregunta, que es una pregunta más técnica. ¿No le parece raro que en un convenio de pago como éste no se establezca el capital que se debía devolver. Porque lo que se establece son las cuotas a diez años y el valor descontado de esas cuotas que son 25 millones de dólares es una tasa de 13.5; el capital que se iba a devolver a ese monto no figura en ninguna parte del convenio, así como no figura tampoco ni el lugar en donde se efectuó la firma, en el que se redactó el convenio, ni tampoco la fecha en la cual se hizo. Entonces, quería saber su opinión sobre este tema.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Bueno, me imagino que va haber un estudio técnico apoyando las cifras para Fonavi ¿no?

El COORDINADOR.— Lo curioso es que no existe ningún estudio técnico ni del Fonavi ni del MEF; y, esperamos que los señores de Edelnor, que me parece que vienen hoy, nos presenten el estudio técnico en la cual ellos hacían su propuesta.

Un tema más en este terreno. Cuando hemos entrevistado a los señores Silva Ruete y al ex Ministro de Economía, doctor Boloña, en e caso de Luz del Sur, que ya es un convenio posterior al de Edelnor, decreto en realidad; en el caso de luz del Sur se firma el 7 de diciembre, a pesar que de que el cheque había sido recibido el 23 de noviembre de una manera muy curiosa en el MEF, mediante un decreto que ellos aludían que había sido expedido en la fecha, pero que nunca fue expedido, sino hasta después de 15 días aproximadamente.

Cuando al señor Boloña le preguntamos, quién se queda a cargo del tema, él nos dice que es el doctor Saettone, refiriéndose a usted, con la doctora Blume. Entonces, luego, entrevistamos a la doctora Blume para ver si ella había tenido que ver con el caso de Luz del Sur, entendiendo que ella es una entendida en el tema del sector eléctrico; y, ella nos manifestó que no.

Entonces, lo que queríamos saber es, entendemos que usted luego también se quedó a pesar que renunció, no se aceptó su renuncia o hubo un interín ahí, pero usted se quedó hasta el mes de febrero como jefe de gabinete de asesores del MEF, inclusive con el señor Silva Ruete.

Entonces, queríamos saber quién luego culmina la negociación en el caso de Luz del Sur, y quien asesora en este terreno. ¿Quién se queda en el MEF viendo el tema concretamente?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Como mencioné la vez pasada, creo que fue el 20 de noviembre, no sé, ahí está la renuncia, (ininteligible) señor Boloña; y, el señor Boloña una vez que da un par de días máximo yendo y viniendo en el ministerio, terminando mi informe final que tenía que presentar al BID, y el señor Boloña se quedó solo. No puede decir el señor Boloña que se encargado el doctor Saettone, porque el doctor Saettone no se quedó con el señor Boloña. Es más, creo que tuvo una reunión en Palacio el señor Boloña, a la cual yo no asistí. Entonces, no era que yo estaba encargado del tema.

Si el señor Boloña dice que la señora Blume vio el tema, debe ser así. A mi parecer, que creo que fue lo que mencioné la vez pasada, es que la misma gente del Fonavi estaba viendo esto con la gente de Luz del Sur y con el ministro directamente ¿no? Pero no podría decirle con certeza si fue o no la señora Blume; pero, definitivamente le puedo decir con certeza que a mí no me dejó encargado el tema con el señor Silva Ruete, porque no estuve ahí.

Y, como mencioné, hubo un interín donde inclusive creo que se demoró cuando ingresa el señor Silva Ruete al ministerio, no recuerdo; pero inclusive se demoró en ubicarme un par de días, y ahí fue cuando conversamos y me pidió que me quede, yo le expliqué mi situación y acodamos un par de meses hasta que se termine ciertos asuntos. Pero uno (ininteligible) adicional creo inclusive ahí, y este tema no lo llevé con él.

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El COORDINADOR.— Exactamente lo que manifiesta el señor Boloña es, cuando el presidente de la comisión le pregunta: “ ¿Usted le informa al ministro Silva Ruete en la transferencia de mando sobre este tema, lo discute?”. Se refiere precisamente a ese interín, si es que le informa sobre el tema de Luz del Sur, que era uno de los temas pendientes en el tema. El señor Boloña Bher, contesta: “Le explico las cosas pendientes, sobre todo bancos; le explico el caso Fonavi, le explico todo una serie de temas”. Y, es más, Cecilia Blume queda ahí, y queda también Saettone, que perfectamente podían explicarle todos los temas.

¿Usted conversó sobre otros temas con señor Silva Ruete, sobre los temas que estaban en la agenda?, que me parece que había una coyuntura económica un poco difícil en ese período. Lo que quería saber es ¿qué tipos de temas se informaron?, y si el señor Silva Ruete le comunicó a usted o le comentó algo sobre el caso de Luz del Sur y cómo iba la negociación. Porque tengo entendido que además usted se queda luego hasta el mes de febrero ¿no es así?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Ha sido hasta enero, el mes de enero ha sido; el mes de febrero ya estaba fuera del ministerio.

Como le digo, con el ministro Silva fueron temas puntuales, inclusive el tema de bancos, él lo empezó a tratar con a Superintendente de Banca, y tuvo una reunión con los bancos, antes de que yo vuelva al MEF. Hubo una reunión que tuvo con una serie de bancos; yo todavía no había vuelto porque le había pedido un par de días adicionales. Entonces, básicamente la relación con el Ministro Silva fue para el tema del Fondo, de acuerdo con el Fondo, que eso obviamente consume un montón de tiempo, especialmente las negociaciones que había que tener en ese momento pasar el acuerdo antes de Navidad. Y, temas de financiamiento, donde ya se había estado trabajando el tema de transparencia económica, etcétera, y que fue algo que se pudo lograr con el ministro Silva; y, me preguntaba temas puntuales, pero no recuerdo exactamente qué; pero, la transferencia en sí de qué cosa queda pendiente, lo hizo directamente con el ministro Boloña.

El COORDINADOR.— ¿Era usual que el Presidente de la República estuviera al tanto de estos temas?, ¿ustedes mantenían un grado de comunicación mediante documentos?, no sé cual sea el mecanismo en el MEF, mediante una ayuda memoria semanal, un informe de coyuntura o lo que sea, en la cual se le explica al Presidente de la República los temas pendientes en el MEF, y cuales son los principales problemas en cada área.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Más que explicarle los temas pendientes, con el Presidente de la República, era explicarle las normas, las cosas que se tenían que sacar. O sea, me imagino que había que explicarle digamos cuando se le han llevado estos decretos, les tienen que haber explicado el tema, para que lo firme, porque es con la firma del Presidente de la República que se hacen.

En cuanto a comunicaciones formales, escritas, etcétera, no recuerdo que haya, no recuerdo si será el caso, sino más bien eran visitas a Palacio, a contarles los temas. (4) Pero, me imagino que a razón por la cual el ministro Boloña tuvo que ir donde el Presidente Paniagua para explicarle los temas pendientes de que todavía no se había nombrado un reemplazo, y seguramente por eso fue a explicarle los temas.

La señora .— Pero, además del Consejo de Ministros, donde se da la relación natural de todos los ministerios con el Presidente, los ministros despachan con el Presidente, regularmente; y, a veces requieren de algunas personas para que lo expliquen algún tema puntual, porque ellos tiene despacho directo, también. Pero, es general, no es tema del MEF, Palacio ¿no?

El COORDINADOR.— Esto tenía que ver con un tema que me parece bien importante en este

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campo, que es que el acuerdo mediante el cual se establece el monto que debía devolver las distribuidoras eléctricas al Estado peruano, y no sé si usted me podría ayudar en este campo, ¿requería de que sea un decreto supremo?, es decir, ¿requería de la firma del Presidente de la República, además del Ministro de Economía, o podía ser mediante una resolución ministerial que sea refrendado el acuerdo? Porque el acuerdo era firmado el convenio de pago entre Fonavi y la concesionaria eléctrica. Pero, queríamos saber si el refrendo necesitaba de todas maneras que sea refrendado mediante un decreto supremo por el Presidente de la República, o si podía quedar a terreno del MEF nada más.

La señora .— Yo le puedo contestar, porque tampoco vi el tema directamente; pero, supongo que al haber una transacción, un intercambio de dinero y una renuncia de ambas partes a pretensiones, es que se sacó el acuerdo por decreto supremo ¿no?

Usualmente los convenios se aprueban o por resolución ministerial, depende del tipo de convenio, o por resolución suprema; pero, también hay muchos acuerdos que se aprueban por decreto supremo. O sea, es un poco como que no hay una norma rígida al respecto. Entonces, no le puedo dar el detalle de por qué se elevó aquí; me imagino que la verdadera transacción.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Pero, eso lo veía asesoría jurídica.

La señora .— Claro, claro, lo tiene que haber visto la asesoría jurídica del ministerio, por lo menos el decreto y el texto adicional adjunto al decreto ¿no?

El COORDINADOR.— Una pregunta final en este campo que ya es una cuestión un poco más subjetiva. ¿Qué opinión le merece el acuerdo al cual se llegó, cree usted que ha sido beneficioso para el Estado peruano haber conciliado esta deuda en este monto?, en función de la ambigüedad que se manejaba en el tema. Y, ¿qué efecto económico podía haber tenido en el caso de la privatización de las empresas de Edelnor?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— De lo que yo vi las cifras, está dentro de los rangos que se preveían, haciendo en esas reuniones iniciales, digamos, cálculos rápidos, se veía que una cifra de veinte millones podía ser adecuada. Pero obviamente no soy la persona más indicada para dar una opinión al respecto, dado que es un trabajo muy detallado, o sea es un montón de microobras, miles y miles de pequeñas obras que hay que ir valorizándolas una a una.

Creo que las mejores personas para dar su opinión pueden ser los del Fonavi mismo, y los de las empresas. Pero, definitivamente lo que era la venta de las acciones, es malo, porque como le dije, había una provisión de diez millones de dólares y eso ha ido haciendo que vaya bajando el precio del paquete en sí, una forma proporcional al exceso. Obviamente al Estado eso le pagaba solamente el 37%, porque era el porcentaje de las acciones que se tenían; entonces, era como sacar de un bolsillo para ponerlo en otro.

Lo lamentable es que todavía no se había podido verde las acciones, o sea, era bueno llegar a un acuerdo para poder vender las acciones, lo lamentable era que no se había podido vender por estos problemas que ha habido creo de otras contingencias en los balances, etcétera, de temas tributarios.

El COORDINADOR.— En función de, usted manifestó que hubiera sido muy difícil llegar a un acuerdo en tan poco tiempo; y, justamente ésa eso es una de nuestras principales preocupaciones, porque hay un informe del día 9 de noviembre, hecho por Col-Fonavi, estamos hablando del caso de Luz del Sur precisamente, en la cual dice que hay una serie de problemas, los problemas que habíamos mencionado, y que ellos recomiendan que ir al arbitraje por la complejidad del tema. Lo raro es que el 17 de noviembre Col-Fonavi toma conocimiento de este acuerdo, toma conocimiento de este informe que les hace la asesoría de Col-Fonavi, y esta recomendación. Dentro de Col-Fonavi, Hernández Márquez con Mamán Quiroga y Kobayashi Kobayashi.

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La señora .— (Fuera de micro. Ininteligible.)

El COORDINADOR.— Exacto, o sea ellos contrataron una asesoría especial para que les informara sobre el tema. Y, lo raro es que seis días después, el 23 de noviembre se está recibiendo el cheque mediante un decreto expedido que no existe, a esa fecha no existía.

Entonces, ¿usted considera improbable que se haya solucionado este tema en ese lapso de seis días? O qué cantidad de horas hombre hubiera podido requerir ponerse a ver cada uno de los proyectos, ponerse a ver la tasa de interés ponerse a ver el valor nuevo de retorno de cada uno de estos, ponerse a ver la normatividad y todo el contexto en ese período.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Pienso que demora muchísimo.

Cuando vimos el tema, en enero, en el caso de Edelnor y de Luz del Sur también empezamos a ver ahí, era un trabajo de hormiga, que había que hacerlo dentro de Fonavi mismo.

El COORDINADOR.— Bien, parece que nosotros estaríamos claros en el tema, y le agradecemos su presencia.

Perdón, el asesor legal tiene una pregunta sobre el tema.

El ASESOR LEGAL.— Sí, de repente no es mucho el tema de mi especialidad, pero a mí me tiene intrigado desde que estamos investigando este tema, es de la expedición de la ley que extingue la deuda a los usuarios del Fonavi, de los préstamos que ellos habían recibido del Fonavi para la ejecución de los proyectos, y que a su vez generaban contribuciones reembolsables.

Yo quisiera recibir su opinión, más que su experiencia, su opinión, atendiendo a que usted es un ex asesor y connotado especialista de estos temas, ¿qué opina sobre la ley que extingue las deudas de los usuarios al Fonavi y sustituye al Ministerio de Economía en ellos para cobrarle a las Eléctricas las contribuciones reembolsables.

Es todo, para usted como especialista ¿puede ser un buen negocio?

El señor SAETTONE WATMOUGH.—Eso se hizo creo con anterioridad, pero definitivamente me parece una complicación adicional, digamos, y no creo que sea un buen negocio el que el Estado tenga que pagar por eso.

El COORDINADOR.— Y finalmente, doctor Saettone, yo quisiera sí esto un poco relacionado al área que me toca investiga a mí, en relación a la formalidad. Es decir, la pregunta ya la ha contestado, pero quisiera abonar un poco más en esa formalidad.

Cuando la norma dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas se encargará de determinar los montos y la forma de pago, respecto a las contribuciones reembolsables, ¿no creen ustedes que tienen los instrumentos legales suficientes para llegar a una determinación de un monto y establecer el pago mediante una resolución ministerial y no mediante un decreto supremo? O sea, la norma dice que el ministerio es autónomo en ese sentido, y lo establece la deuda y ve la forma de pago. Sin embargo vemos aquí un instrumento adicional, desde mi perspectiva jurídica. Yo digo ¿por qué buscar una mayor rubricación de una atribución que ya se tiene?

La señora .— Creo que le puedo contestar, como le dije, porque no participé en esto, pero no lo veo tampoco ningún impedimento que sea un (ininteligible) mayor nivel, el tema fuera, que fuera un decreto supremo, o sea el que se requeriría y se hubiera utilizado una resolución ministerial ¿no? O sea, no le veo el excederse, a veces ocurre; no le puedo dar las razones por las cuales se recurre al decreto supremo; tampoco le puedo decir que no

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correspondía expedir un decreto supremo, pensaría.

Normalmente cuando hay acuerdos, cuando hay transacciones, porque esto es una transacción, según se puede apreciar, hay este tipo de; no es un tema de un convenio simple de cómo se determina una deuda equis, clara, y acordamos una forma de pago. Aquí aparentemente hubo concesiones mutuas; entonces, por eso es que presumo que se (ininteligible) de ése ¿no?

El COORDINADOR.— Precisamente por eso ¿no? Ésa era mi pregunta, y disculpen que exista ¿no? Si eso era lo habitual, entonces, si sólo era lo habitual, si era habitual sentarse a negociar los intereses del Estado peruano, y cuando los intereses del Estado peruano de repente no eran tan diríamos claros en temas técnicos ¿no? Se buscaba, cuando ya se tenía la atribución se buscaba la firma del Presidente para tener una mayor seguridad, ¿era lo habitual? En este caso, tenemos la experiencia y ustedes mismos pueden observar de que el Presidente no sabía lo que estaba firmando, técnicamente. Entonces, no entiendo cómo, si el ministro tenía la facultad de hacerlo mediante una resolución ministerial, le llevan al Presidente para que firme sin saber lo que estaba firmando también, ésa era una pregunta.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— En cuando a la primera parte de su pregunta, creo que de acuerdo a mi experiencia, lo habitual era tener un sustento técnico en todo y tener un estudio de lo que hay, con una valorización etcétera. Me sorprende, yo pensaba que había eso; me sorprende cuando ustedes me mencionan de que no existe tal valorización. Entonces, lo habitual es que haya, el MEF o Col-Fonavi ¿no?, que era este caso.

Entonces, en las cosas que se trabajan siempre hay que tener un sustento técnico, como yo mencioné en la reunión anterior, yo trabajaba muy de cerca, como éramos pocos asesores, que asesorábamos, trabajábamos muy de cerca con las diferentes entidades, y siempre pues había la opinión técnica de la entidad, etcétera, que es el caso acá.

Ahora, en cuanto a la segunda parte de porqué es un decreto supremo o no sé que hubiera podido ser, resolución suprema hubiera podido ser, ministerial; yo soy ignorante en esos temas y siempre he confiado en mis abogados que me guían.

La señora .— Pero en esto no te guiamos porque no tuvimos nada que ver.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— (Risas).

La señora .— Pero tampoco es ajeno, (ininteligible) que en el caso este de algún tema de deuda, por ejemplo, los acuerdos a los que se llega (ininteligible), o sea no es un tema extraño, ajeno o extraordinario. Yo podría intentar hacer un levantamiento de algunas normas de repente, en virtud de las cuales se han aprobado acuerdos, y se las alcanzo como referencia; o sea un poco para que tenga esa información.

El COORDINADOR.— Me gustaría muchísimo si lo pudiera hacer, por favor, para documentar esa parte (5) la investigación y para terminar.

También una pregunta de opinión, respecto qué opina de la afirmación de los miembros del Col-Fonavi, no sé si eso he preguntado, pero de todas maneras quisiera esa precisión.

Respecto al hecho, de que han afirmado que ellos solamente se limitaron a afirmar lo que el Ministerio de Economía y Fianzas les puso como instrumento; es decir, mientras ellos eran el organismo técnico encargado de hacer la determinación del valor, cuando Col-Fonavi hace la determinación del valor, se lo entrega al Ministerio de Economía y luego se ingresa a un periodo de negociación, el Ministerio de Economía le dice, según la afirmación de los miembros del Col-Fonavi, le dicen a ellos “ya hemos llegado a esta determinación firmen”, cuando vino el Ministro de Economía dijo que eso responsabilidad de Col-Fonavi y los miembros de Col-Fonavi dicen

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que era responsabilidad que ellos solamente ejecutaban, que el mandatario, que era el Ministerio de Economía, es el que determina el monto y finalmente ellos ejecutan. ¿Esto con su experiencia, nos podría de repente informar algo o alguna orientación?

La señora .— En un instante que conteste el señor Saettone. Estamos enviando una norma el decreto 903 y aquí dice que mediante el decreto del año 98 se facultó a la Col-Fonavi, a recuperar los recursos efectuados de Fonavi, de realizar los actos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de la función otorgada. O sea, yo creo que Col-Fonavi por donde la miremos, al margen de lo que pueda manifestar era la persona obligada a representante del Ministerio de Economía, una comisión del Ministerio y luego se le autoriza a firmar, como yo lo dije en la sesión pasada, si uno no está de acuerdo o le parece que ese es un tema en que no ha participado con el cual discrepa, pues no firma.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Ha habido un cambio, hubo un cambio de ministro entre en el momento en el que yo veo el tema inicialmente y le recomiendo al ministro Goldenberg que se tenía que analizar e investigar a Col-Fonavi y en el momento en que se llega el acuerdo que es con el ministro Boloña, yo no participé en la reunión donde el ministro Goldenberg le da las instrucciones a Col-Fonavi, pero recuerdo haber conversado, cuando hemos conversado el tema, que el mandato, la idea, era el análisis en Fonavi y ver, digamos, si ordenamos bien los libros y hacemos bien las valorizaciones y determinamos bien las fechas en las cuales entre las obras cuánto es lo que sale el monto. Entonces, definitivamente desde el punto de vista del mandato original para la venta de las acciones de Edelnor, ese era la instrucción, que le tiene que haber dado el ministro, obviamente no me consta si Goldenberg se sentó y le dijo exactamente eso; pero, sí discutimos el tema y que ese era el ejercicio que había que hacer.

El señor COORDINADOR.— Antes de terminar. Entonces, yo vería un vacío ahí, de un lado el titular de esa era el MEF, el Estado peruano, que le había dado el encargo a Col-Fonavi de cobrar la deuda, esa deuda no figuraba en ningún momento en los recibos de Col-Fonavi, entonces, lo que Col-Fonavi nos ha manifestado a nosotros es que ellos no eran los titulares de ese dinero, sino era el Estado peruano, que era el MEF, representado por el MEF y que ellos solo tenían el encargo de realizar la cobranza. Entonces, la primera idea era más o menos formal era que hubiera una coordinación estrecha entre ambos organismos para la determinación de la deuda: uno porque tenía facultad de cobrarlo y otro por la deuda; entonces, ese es un tema.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Esos temas no era yo consciente, pero creo que la información estaba ahí, la información estaba ahí en Fonavi y tenía entendido de que ellos tenían que resolver el tema.

Ahora si es el MEF también debería dar no sé qué será, siendo entonces la parte que es responsable de ver este tema.

El señor COORDINADOR.— Ese era justo que queremos hacer, ¿quién era el responsable en MEF de ver este tema?

La señora .— Allí había una ambigüedad en el MEF por el que se cree esta comisión liquidadora que era la encargada de liquidar el Fonavi y la que asumió toda la información y todos los libros y registros de Ute-Fonavi y de los ex Fonavis que venía, entonces, siguió funcionando en su propio local y venía de una comisión que reportaba el ministro y coordinaría en alguna vez con los viceministerios, pero no era un tema que estaba vinculado directamente a uno u otro, como tiene que ver con ingresos o con recuperaciones indudablemente era Hacienda, pero no era un tema definido tampoco.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Esta comisión reportaba directamente al ministro; es

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decir, la asesoría al interior del MEF nunca se reunió con los integrantes de Col-Fonavi para determinar y para hacer las coordinaciones, para determinar la deuda.

La señora .— Yo no sé si para determinar la deuda, porque nosotros no participamos, pero yo, por ejemplo, algunas veces ha visto algún reglamento de esta norma de extinción de deudas en la parte reglamentaria, en el decreto supremo 041, me parece, o sea, coordinaciones con la gente de Col-Fonavi han habido vías del punto de vista legal, previas al tema de la negociación esto del acuerdo con las empresas de electricidad.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Básicamente ese sería todo, no sé si el Presidente de la Comisión tiene algún cuestionamiento sobre el tema.

—Asume la presidencia el señor Diez Canseco Cisneros.

El señor PRESIDENTE.— Señor, pediría disculparme por no haber estado presente, en forma personal me impidió hacerlo a la hora prevista.

Solamente quisiera si es que ya respondió, no hay necesidad que lo vuelva a hacer, dejar preciso si hubieron estudios técnicos para las valorizaciones y si los hubieron a quién se los encomendó, quien los entregó y cómo se manejaron fuera de los estudios de Col-Fonavi para producir estas variantes, si esto ha quedado ya respondido, yo no le pediría que repita la respuesta.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Si, creo que se respondió, básicamente la respuesta fue que esto que respondía, a mi entender, a Fonavi, Col-Fonavi y que ahí deberían de estar los estudios respectivos dado que este fue un tema que se veía directamente en Col-Fonavi y el ministro.

El señor PRESIDENTE.— Es decir, información alternativa la de Col-Fonavi no hay, ustedes no recibieron, por ejemplo, un estudio técnico de Luz del Sur o de Edelnor, diciendo “frente a lo que dice Col-Fonavi nuestro planteamiento es este, en esta obra en esta, en esta otra, etcétera” y alguien consolidó una propuesta en este sentido.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Sí, como mencioné cuando en la reunión inicial que se tuvo con Edelnor, por el tema justamente por entender el problema y ver el tema de la venta de las acciones, si Edelnor hizo su presentación en PowerPoint del tema, dónde estaban las discrepancias y cuánto le salía su cifra, de allí se le pidió la información también al Fonavi donde la gente del Fonavi hizo una presentación al respecto y hay una ayuda memoria de enero del 2000 al respecto; pero después de eso, mi participación simplemente fue agarrar y decirle al ministro Goldenberg que en ese entonces que había una discrepancia grande, que se debía a ciertos factores, y que mi opinión era que había que hacerlo desde Fonavi, resolver el tema y verlo punto por punto, y bajo ese entendido, creo que la información debería estar ahí.

El señor PRESIDENTE.— Un último asunto. En términos de participación precisa en este terreno. El señor Boloña cuando ha venido a la comisión, que era necesario tener una reunión con varios de los participantes, señala que las personas involucrados directamente en el tema o encargados de manejarlo eran la señora Blume y usted, aparte por supuesto el señor Hernández, de Col-Fonavi. La señora Blume ha dicho que no ha tenido ninguna participación, que además no era asesora del ministro, sino que lo asistía una hora, una vez a la semana a discutir determinados temas de privatización; mientras que el señor Boloña dice que ella inclusive se quedó y tuvo un nivel de continuidad en el tratamiento del tema. Usted ha dejado preciso su rol en las preguntas previas en este terreno, directamente cuál fue su relación con Col-Fonavi, con las empresas en el proceso concreto de la negoción en este campo.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— En el proceso concreto de negociación ninguno —como le dije— fue de entender el problema en principio y direccionar al ministro, al primer

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ministro, el ministro anterior a Boloña que era Goldenberg, direccionarlo en cuanto por donde era la vía de solución, pero ese era un tema en el cual yo no participaba, si no sabía directamente entre Col-Fonavi y el ministro.

En cuanto al señor Boloña que diga que yo he participado directamente en las negociaciones, me sorprende, como mencioné la vez pasada, habían preguntas relacionadas a tasa de descuento que ahí si le di mi opinión en base a como estaba la rentabilidad al crecimiento de los Brady y daría un tema también de cómo variaba el valor del paquete de acciones en la medida que el precio del arreglo sea mayor a los 10 millones o algo así que tenía Edelnor en su balance, más allá de esto no podría decirle.

En cuanto a la señora Blume, ella fue asesora jurídica del Ministerio con el ministro Goldenberg y cuando usted me preguntó la vez pasada si yo participaba de las privatizaciones del COPRI etcétera, yo no participaba en eso, la que veía esos temas con el ministro Goldenberg era Cecilia, creo que inclusive en esa época había un pre-COPRI donde se reunían las asesoras y los diferentes ministros y ella participaba allí. En julio del 2000 a Cecilia le aceptan la renuncia y se va al Estudio Echecopar a trabajar y continúa asesorando al ministro en cuanto a las privatizaciones, entonces sí, había una relación entre ella y el ministro, pero yo no podría decirle si es que ella ha visto el tema de Luz del Sur o no.

El señor PRESIDENTE.— Una última. ¿Usted estuvo en algunos actos de suscripción de los acuerdos, entre Col-Fonavi, Edelnor, Luz del Sur y la firma de los documentos?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— No.

El señor PRESIDENTE.— No tiene idea tampoco quién estuvo el día 23 de noviembre en el cuarto piso del Ministerio de Economía y Finanzas a nombre del MEF en el acto en el que Col-Fonavi suscribe con LUZ del Sur el acuerdo, donde se habla de un decreto supremo dado en el día.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— No, como mencioné anteriormente el 20 de noviembre presenté mi renuncia y habré ido para hacer mi informe final y determinar algunos temas, pero no participé de esto, me imagino la gente de Luz del Sur si podría decir quiénes estuvieron ahí y alguien de Hacienda, porque quien recibe el cheque.

La señora .— Hubo firma formal, porque a veces.

El señor PRESIDENTE.— Sí, hubo firma formal, hubo ahí un recibo suscrito, (6) creo que la vez pasada se lo mostramos, donde está la firma del señor Hernández a nombre de Col-Fonavi y dos funcionarios de Luz del Sur, pero se deja cuenta de que este es suscrito no en las oficinas de Col-Fonavi, sino en el Ministerio de Economía y Finanzas y en el recibo se da cuenta que esto se hace a la luz y a la vista de un decreto emitido en el día que no existe, que fue un borrador, exacto, después fue dado por Silva Ruete tiempo después del tema.

El señor .— Una pregunta más, un poco retornando al tema anterior de su participación como directivo de Edelnor.

Es que usted ha manifestado que su participación en las negociaciones de eliminar el monto de las contribuciones reembolsables fue tangencial y fue simplemente activo de la venta de las acciones remanentes de Edelnor en el Estado peruano. ¿Por qué cuando usted regresa de viaje, siempre que haya una incompativilidad en el tema de ser directivo de Edelnor si su participación hubiera sido perfectamente combatible, con el hecho de vender las aciones en tanto que usted no estaba participando en la negociación de la determinación de las contribuciones reembolsables, por qué renuncia inmediatamente después de que usted regresa de su reunión del BID.

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El señor SAETTONE WATMOUGH.— Creo que no me expresé bien. Primero, mi participación en la negociación no fue tangencial, sino fue, me entero del tema, porque hay una venta de acciones que hay que hacer, hay un problema, identifico el camino de la solución y lo asesoro al ministro en cuanto a qué camino hay que seguir.

En segundo lugar, nunca fui directivo de Edelnor, porque nunca asumí el cargo; y, en tercer lugar, no es que yo haya sentido que haya incompatibilidad necesariamente, o sea, como manifesté creo que hubiera hecho una excelente labor en representar los intereses del Estado, porque yo si demarqué claramente mi anterior afiliación profesional con la que yo tenía en ese momento; pero como le dije, la motivación fue que podía estar sujeto a suspicacias mi participación, como creo que es natural y si bien pensaba que podía representar adecuadamente al Estado, lo que determinó que yo renuncie es que soy de la idea de que no solamente hay que ser honesto, sino también parecerlo y eso no hubiera sido coherente con eso.

La señora .— Pero entendería por tu relación previa, no por el ejercicio de cargo, porque el ejercicio de cargo.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Eso es lo que he dicho, lo que he dicho es que podría estar sujeto a suspicacias, no solamente por previa, sino el tiempo me ha dado la razón, o sea, yo he vuelto al Banco de Crédito, entonces, digamos, podría estar sujeto a mayores suspicacias, por eso justamente por eso no se atercaron.

El señor PRESIDENTE.— Una última cosa que quisiera poder precisar es si ustedes pudieran precisarnos en una operación de este estilo, cómo funciona el tema de quien recibe los cheques, si nos pueden describir, cómo opera el ministerio en una cosa de este estilo, porque ninguno de nosotros ha estado en una función al interior del Ministerio; entonces, para tener claro, cómo es el mecanismo operativo por el cual se produce una transacción de este estilo, quienes deben participar, quiénes deben recibir el cheque, quiénes lo cobran o lo depositan, a dónde lo depositan ¿cómo funciona eso?

La señora .— Lo que pasa, congresista, bueno yo soy abogada de un área distinta que se llama unidad de coordinación, pero no es usual, creo yo, o sea, yo no tengo ninguna experiencia de ninguna referencia de ceremonias con entrega de cheques, por lo menos en el Ministerio de Economía, las cosas entran vía el Banco de la Nación, vía depósitos, o sea, no es habitual una firma de convenio que yo conozca en el Ministerio con entrega de cheques con ceremonia, entonces un poco qué hago con el documento, las relaciones o los vínculos, cuando nosotros manejamos algún dinero del Banco Interamericano que se hace depósitos en banco y de comunicaciones en el cual se indica que se ha hecho una transferencia, el depósito, como le digo, no es un tema habitual ni que yo lo había visto antes.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— En términos generales el proceso para cobrar cheques depositarlo en una cuenta debería ser, entonces, los que tienen el número de cuentas son los de hacienda, generalmente allí tiene que dar cuenta el de hacienda allí.

El señor .— Un tema adicional en función de la respuesta con el tema anterior.

Yo quería saber si en su experiencia en el Banco de Crédito usted personalmente había manejado la cuenta de Edelnor, proyectos similares, en el tema de banco corporativa o grupo de sectoristas que manejaba la cuenta de Edelnor, si usted particularmente había tenido vínculo con la empresa, si lo ha tenido antes de ingresar al Ministerio de Economía y Finanzas y si lo tiene ahora en su calidad de gerente general del Banco de Crédito.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Previamente yo estuve en lo que es mercado de capitales, credibolsa y de la negociación, allí, digamos, yo no manejaba cuentas directamente, sino gerenciaba a un grupo de más o menos 60 a 70 personas, entonces obviamente, allí si tienen

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que haber habido transacciones de tipo de cambio con Edelnor, de moneda extranjera a ese tipo de cosas, inclusive captaciones y colocaciones cortitas que se maneja en la mesa de dinero, pero nada yo directamente, sino gente que trabajaba para mí en la cuenta.

Como le dije, en el caso de Edelnor y Luz del Sur ha habido asesorías. En el caso de Edelnor no recuerdo exactamente si fue cuando yo estaba de gerente general de Credibolsa o antes, pero en el caso de Luz del Sur si recuerdo claramente que fue el Estado para la adquisición de acciones y como también mencioné anteriormente he tenido algunas acciones personalmente en Edelnor y también en Luz del Sur de participación ciudadana, pero esa posición yo la liquidé tan pronto asumí el cargo de gerente general de Credibolsa, porque implicaría un conflicto de interés con mis funciones allí intermediación bursátil.

El señor PRESIDENTE.— El último tema de mi parte, señor Saettone.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— En cuanto a Bolivia allí no manejamos ninguna cuenta de Edelnor.

El señor PRESIDENTE.— Decía el último tema de mi parte.

Cada vez que hemos tratado este tema de la urgencia de tomar estas resoluciones en el caso de Edelnor, se ha hablado de que el Estado quería vender un conjunto de acciones que tenía disponibles en ese campo, ¿la vendió?

El señor SAETTONE WATMOUGH.— No, no se vendieron y creo que todavía está la urgencia de venderlas, pero no se vendieron porque salió otro tema, que era el tema tributario que usted mencionó la vez pasada con las empresas, y hasta que eso no sé, no sé si ya se resolvió o no se resolvió, pero va a ser difícil venderlo.

El señor PRESIDENTE.— El arbitraje ya se resolvió, en un lado arbitral y el Estado no ha apelado el laudo.

El señor .— Un tema adicional en este campo, usted cree que existía la posibilidad, porque así nos los ha manifestado el ex ministro de Economía, doctor Carlos Boloña, de que las empresas concecionarias, las distribuidoras de electricidad pudieran devolver las obras al Estado peruano porque creían que no era, o sea, si tuviera que ejercer una opción de compra y si no lo ejercía simplemente las podía devolver, eso estaba dentro de la posibilidad. Porque nosotros hemos visto en los estados financieros tanto de Edelnor como Luz del Sur a lo largo entre el año 1995 y 2000, que ellos en sus balances incluyen como pasivos las contribuciones responsables. Entonces, me parece que no sería dable esa alternativa de poder devolver las obras al Estado peruano.

La señora .— No sé a qué se refiere con devolución, o sea, en lugar de cancelar la contribución, digamos, a cambio de la devolución.

El señor PRESIDENTE.— Uno de los argumentos que nos han presentado es que lo que podía hacer Luz del Sur o Edelnor era devolverle al Estado las obras que pretendían ser o sean pagadas como contribución reembolsable.

Entonces, la pregunta es, nosotros nos hemos tomado el trabajo de ver la contabilidad de las empresas, y las empresas deducen como parte de sus costos para fines tributarios las obras, entonces, como pueden devolver obras que están deduciendo como costos en materia tributaria, si inclusive, si en su caso, en el caso de ustedes consideran viable la posibilidad de esa devolución, porque ese fue uno de los argumentos que aquí nos presentó una de las personas interrogadas que podían devolverlo, entonces, este es un tema.

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Y dos, en su caso, doctora, siendo usted abogada, una pregunta procesal, estas resoluciones, estos acuerdos, ¿son administrativamente derogables?

La señora .— Derogable de toda norma administrativa, pero tiene un contrato, porque al final del acuerdo es un contrato adjunto y obviamente, la nulidad habría que plantear la nulidad de este contrato, no creo que eso enerve, como le digo, porque hay una resolución un acuerdo de dos partes, cuando uno entrega dinero, con obligaciones asumidas.

El señor PRESIDENTE.— Pregunto, si administrativamente es posible disponer la nulidad de eso, derogar la norma, devolver el dinero y replantear una negociación.

La señora .— Creo que atentaría contra la seguridad jurídica, congresista, habría que primero ubicar al vicio de nulidad para encontrar la nulidad administrativa, persona no válida, objeto lícito, o sea, haría que identificar una causa de nulidad para luego pensar en ella, y ver los efecto de esto, pero no creo que pueda enervarse tan cosas similar del tema sin estudiarlo.

El señor PRESIDENTE.— Si le parece que es viable el mecanismo de devolución.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Digamos, en el sentido de negocio si me quieren cobrar equis por ciertos activos y yo puedo poner esos activos nuevecitos por medio de equis, tiene sentido que yo ponga mis activos nuevos y devolver, pero ahí lo que va a primar es los contratos, las leyes etcétera, desde ese punto de vista habría que verlo.

La señora .— Lo que ocurre es que la constitución responsable es un aporte que hace el usuario a una porción de la red y la empresa eléctrica que no puede financiar en ese momento, tiene la obligación de devolverlo. Entonces, no es mi tema eléctrico, pero desde que la empresa de electricidad recibe la obra y la empieza a operar o administrar, es que ya aceptó, entonces, decir devuelvo la obra, bueno ya genera en ese momento el derecho en este paso del trabajador peruano usuario individual a la contribución y ese es el derecho en que se sustituye el estado con la ley 26969 que extingue las obligaciones, o sea, se extingue esto pero ya te reemplazó la deuda que tiene la empresa para contigo, entonces, decía te devuelvo ahora, es como que la empresa pudiera ser causaría, te devuelvo tu porción de red o de conexión, como que lo encuentro en un tema sin sentido.

El señor PRESIDENTE.— La única fórmula efectivamente, como dice el señor Saettone, implicaría que la empresa tendría que sustituirlo por otro, la empresa no podría tener el derecho de privarse de una red secundaria y quitarle el servicio a la gente por no estar de acuerdo con pagar estos activos, tendría que colocar otros postes, otros cables y otro tendido. Supongo, yo, sería la única condición que esto (7) sería posible.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Me imagino cuando era la obligación directa ante la empresa y el usuario es imposible, pero cuando ya se sustituye al Estado habría que ver.

La señora .— Porque así le ponga uno nuevo ya hay una obligación, es par con el usuario de devolverle esa inversión, vía contribución del empresario, entonces, yo no lo veo ninguna posibilidad a eso.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— Muchas gracias.

El señor .— Muchas gracias.

El señor .— No sé si nos podría hacer llegar una copia de su pasaporte en la cual establece que no ha estado en ese periodo, del 2 de marzo del 2000 a la fecha que terminó la reunión del BID.

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El señor PRESIDENTE.— Se puede pedir a migraciones.

El señor .— Nosotros queríamos saber si lo tenía, si lo ha renovado en todo caso, podemos pedir a migraciones, pero hubiese sido mucho menos engorroso que usted.

El señor SAETTONE WATMOUGH.— La reunión anual del BID que salgo el 22 de marzo y regreso el 30 de marzo, eso también.

El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias, ha sido muy gentil.

—Se suspende la sesión por breves minutos.

—Se reanuda la sesión.

El señor PRESIDENTE.— Vamos a retomar la sesión.

Buenos días, doctor Zúñiga.

Como usted sabe este es una Comisión Investigadora del Congreso, este es la única de las comisiones investigadoras que no trabaja con sesiones públicas, sino con sesiones reservadas, nosotros no hacemos declaraciones después de las sesiones, sino en el momento de presentar el informe o iniciar las acciones legales, pero usted, por supuesto, es libre de declarar sobre los temas que considere pertinentes en el momento que abandone la sesión o en cualquier momento en este terreno.

Lo hemos convocado, doctor Zúñiga, por el tema de la legalización de firmas, en el caso de San Jacinto y en ese sentido, queremos conversar con usted puntual y brevemente respecto al tema.

Antes de ello, doctor, quisiéramos solicitarle a usted, no sé si lo ha traído por escrito o quiere hacerlo verbalmente su currículum profesional, desde cuando ejerce usted la profesión de notario, qué otras actividades ha hecho, qué formación ha tenido, qué empleos ha desempeñado para hacernos una idea centralmente de lo que ha sido su función como notario, en este terreno, pero si también ha tenido usted, otras actividades que lo vincularan, por ejemplo, al tema de determinadas empresas o actividades como las azucareras.

No sé si usted pudiera hacernos una breve presentación desde cuando ejerce usted la profesión de notario y qué otras ocupaciones ha tenido.

Le rogaría que para manifestarse, pudiera apretar el botón del micrófono para que quede grabado su respuesta.

Gracias.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Efectivamente, doctor Diez Canseco, muy breve mi informe.

Yo tengo alrededor de 38 años de ejercicio a la profesión y durante mi profesión he sido decano del Colegio de Notarios de Ancash y actualmente soy vicedecano, por segunda vez.

Mis misiones ha sido presidente del Rotary Club, dirigente del Club Social Chimbote y otras instituciones, de manera que mi prestigio en Chimbote está bien ganado, tengo mucha confianza con el público, de tal forma, que la mayor cantidad de contratación se efectúa en mi notaría durante muchos años.

Eso es todo en cuanto a mi currículum, doctor Diez Canseco.

El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.

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El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— En relación vinculación no he tenido ninguna, n he tenido un caso con empresa alguna, el único caso que es en este caso con la Empresa Agro Industria San Jacinto.

El señor PRESIDENTE.— Gracias, doctor.

En el caso se San Jacinto, doctor Zúñiga, de acuerdo al cardex 76728 que corría en su notaría, este contenía un contrato de mutuo y de ampliación de garantía hipotecaria entre Corporación de Inversiones Progreso y San Jacinto. En el mismo, debía ir anexado una relación de personal de trabajadores y jubilados a los que se les tenían pagos de beneficios laborales por parte de San Jacinto. Nuestra pregunta es: ¿este anexo consta en sus archivos de escrituras públicas?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Efectivamente, yo recuerdo sobre respecto a ello bastante reclamos de parte de los ex empleados y de los accionistas trabajadores, recuerdo bien de ese aumento de capital, presentó la minuta respectiva preparado por su asesor legal de la Empresa San Jacinto, como notario lo único que me limité fue a elevar a escritura pública, y presentar los partes respectivos a Registros Públicos, en cuya oficina fue observada, efectivamente, por falta de presentación de una acta, creo, y no estaba anexado la relación de los trabajadores accionistas, cuya observación se le transcribió a la empresa y efectivamente ellos recepcionaron y no han subsanado hasta la fecha, no hay cumplido con subsanar. Ese es la situación de esa escritura prácticamente, no ha sido inscrito en los Registros Públicos y como tal carece de valor, por lo menos, no es como, por no haber sido inscrito en los Registros Públicos no tiene efecto, ningún efecto legal.

Bueno, creo que posteriormente se ha hecho un aumento de capital en una notaría de acá de Lima, ya subsanando esas observaciones, o al menos cumpliendo con un mayor aumento de capital, esto no estoy bien enterado, pero tengo conocimiento que ha habido otras inscripciones en los Registros Públicos.

El señor PRESIDENTE.— Doctor Zúñiga, el texto de la escritura original en el cárdex respectivo dice lo siguiente: “Los beneficios sociales y adeudos laborales al 31 de diciembre del 95, constan en documento anexo “titulado; Relación de personal de trabajadores y jubilados”, firmado por los otorgantes, integra este contrato. Le acerco copia del escrito y le ruego que reconozca si es el mismo que consta en el cárdex, si es el mismo, la pregunta es: ¿ por qué en lo escrito dice, lo tiene usted subrayado a la derecha, ¿por qué no consta? Por que según el cárdex y la escritura consta, está anexado.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Efectivamente, me vuelvo a rectificar en el sentido que Esa minuta ha sido recepcionado en la notaría debidamente autorizado por el abogado, por el jefe de la sección legal de San Jacinto, inmediatamente que se recibió el documento se ha elevado a escritura pública y luego como es de ley el notario no observa, por cuanto está autorizado por el mismo abogado, y como tal cumple con pasar los partes a los Registros Públicos en cuya entidad fue observada, por falta de presentar efectivamente por falta de orientación de esos anexos.

El señor PRESIDENTE.— Doctor discúlpeme mi ignorancia respecto al tema, pero yo entiendo que la función de un notario es dar fe de lo que está en una escritura, si el notario está suscribiendo una escritura en la cual dice que está anexado y forma parte del documento, el listado de la relación del personal de trabajadores y jubilados en los que se les tenía pagos pendientes, cómo puede darse fe de que es parte del documento, una parte inexistente.

Yo entiendo que esto ha sido observado, por la dependencia respectiva de los registros, pero la función de la notaría no es simplemente una mesa de partes, que tramita y suscribe lo que le indique el abogado o representante de la empresa que va, sino es obviamente también constatar que el escrito se ajusta a la realidad; es decir, consta de las partes que el escrito dice, en este caso

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la escritura, están anexas y forman parte del documento. Entonces, mi pregunta es por qué la notaría da fe de esta circunstancia, siendo así que el anexo no está presente y tomando en consideración que la Ley de Notariado en su artículo segundo dice que el notario es el profesional del derecho que está autorizado para dar fe de los actos y contratos que ante él se celebra, esto implica que el notario está dando fe que el contrato que establece que tiene un anexo físicamente presente parte integrante del mismo, al dar fe que está ahí, no estando estaría violando su función. Entonces mi pregunta es ¿por qué es que usted da fe de que hay un anexo que no existe y que es luego observado en los registros?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Doctor, yo no he dado fe la redacción de la minuta, la redacción de la minuta corre por cargo de la empresa, de medida que la oficina —como le digo— ha sido simplemente la de elevar a escritura pública y luego presentar a Registros Públicos, ahora, si su contenido no haya cumplido, inclusive en la minuta no está insertado, no dice se servirá insertar, claro que si hay esa palabra “se servirá usted insertar”, prácticamente yo tenía la obligación de insertarlo, ellos no invocan “se servirá usted insertar”, simplemente presentan la minuta sin esos requisitos, bueno fue el asunto, viene a firmado la minuta directamente por el asesor legal y por eso no observé ningún caso, puesto que en esto no dice se servirá usted insertar como debe ser en la minuta.

El señor PRESIDENTE.— Doctor Zúñiga, hasta donde llega mi comprensión frente a lo que estamos es frente a una escritura pública, y esta escritura pública dice en el acápite que se denomina, segunda objeto del contrato, en su tercer párrafo: “Los beneficios sociales y adeudos laborales al 31 de diciembre del 95 consta en documento anexo titulado relación de personal de trabajadores y jubilados y firmado por los otorgantes integra este contrato.

Según la ley el notario da fe de los contratos y actos ante él se celebra. (8) Entonces mi pregunta es, si el acto se celebró ante usted con las partes, no es función de la notaría dar fe de que el documento está integrado por las partes que el documento mismo dice, lo integran.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, doctor Diez Canseco, sinceramente bueno fue que en el momento de recepcionar la minuta se hace, digamos, se pasa al cárdex, tiene unos empleados allí, empleados de confianza que tienen 20, 25 y tantos años de servicios, se les deposita confianza a ellos y ellos avisan por la recargada labor que tiene el notario, porque el notario en esa época yo tenía un recargo demasiadamente, por decir, un recargo laboral sumamente alto, de tal manera, que ellos colaboraban en la revisión de las minutas de manera que fue un acto de recibir el documento, luego revisar por el empleado que está a cargo de la recepción de las minutas y luego se le pasó al empleado, quizás hubo una pequeña, como puedo decir, una pequeña falta de información oportuna el haber pasado por alto esas recepciones.

El señor PRESIDENTE.— El documento se suscribe ante usted.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Claro si, si.

El señor PRESIDENTE.— ¿Ante su empleado o ante usted?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, ante mí, pero está redactado por los empleados, nada más.

El señor PRESIDENTE.— ¿Cómo se realiza la certificación de la transferencia de acciones de San Jacinto, doctor Zúñita?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Según tengo conocimiento la trasferencia de acciones de San Jacinto propiamente no se han transferido las acciones, sino se han efectuado mediante carta creo, que ellos suscriben a nombre de la empresa San Jacinto, no sé qué empresa, y luego en la carta se legalizaba la firma del accionista, con la presentación de su libreta electoral o su DNI, es el procedimiento que se ha hecho en este caso en la trasferencia de acciones.

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El señor PRESIDENTE.— ¿Qué empresa es la que adquiere los certificados de acciones de San Jacinto?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, no recuerdo bien, doctor, la empresa, pero siempre me he limitado a legalizar la firma que estaban o que aparecían en ese documento en las cartas, no podría precisar directamente a qué nombre, mucho tiempo ha transcurrido y no estoy enterado de ese asunto.

El señor PRESIDENTE.— Su firma consta en la transferencia de acciones ¿no es cierto?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Si, si, doctor.

El señor PRESIDENTE.— Entonces mi pregunta en ese sentido es simple, ¿qué empresa es la que compra en aquellas de transferencia de certificado de acciones donde consta su firma?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, no recuerdo bien el nombre de las empresas, pero en el comienzo han estado tramitando con una empresa Royal, Inversiones Progreso, o sea, ha estado tramitando esos papeles.

El señor PRESIDENTE.— A nombre de Inversiones Progreso, Corporación de Inversiones Progreso.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Corporación de Inversiones Progreso, si mal no recuerdo.

El señor PRESIDENTE.— Y ésta empresa estaba representada ¿por quién, recuerda usted?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, no, bueno no.

El señor PRESIDENTE.— ¿Recuerda el nombre del señor Eduardo, Luis Eduardo Díaz Domínguez?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— ¿Es el presidente de San Jacinto?

El señor PRESIDENTE.— Gerente general.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Posiblemente ha sido el gerente general antiguo, pero no recuerdo la fecha, posiblemente ha sido gerente del banco, funcionario de San jacinto.

El señor PRESIDENTE.— Doctor Zúñiga, tenemos denuncias grabadas de personas que intervinieron en el proceso de venta de las acciones de San Jacinto, en las que se dice que el grupo Picasso al darse cuenta que la referida compra de acciones se realizó contraviniendo lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley de Mercado de Valores, cambian las primeras páginas de los certificados de acciones que había comprado la Corporación de Inversiones Progreso y hacen aparecer en ellos a Gato Sol Financia ¿usted está enterado de esto?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Por referencia de los accionistas y trabajadores tengo conocimiento de eso, que me dijeron que ya no aparecían en parte de las legalizaciones de esas transferencias aparecía Inversiones Progreso y Gato Sol, lo cual pues yo no estoy enterado de ese asunto, no sé cómo puede ser eso.

El señor PRESIDENTE.— Yo voy a pedirle a los asesores de la comisión que le presenten a usted los documentos respectivos, que hay una preocupación en al comisión respecto a la diferencia de sellos que tiene los certificados de las acciones inscritas en CONASEV y los cargos de los certificados que tiene los trabajadores que usted legalizó en su notaría, los sellos son distintos.

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El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Efectivamente, cuando se presentó esas cartas han sido por duplicado, uno para la empresa y otro para los trabajadores, se les entregó a ellos el duplicado y el original quedó par la empresa.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted tiene alguna explicación de por qué los sellos son distintos entre la primera hoja y la segunda hoja? Porque realmente resulta curioso, le presento, usted puede observar en la primera hoja en la esquina superior izquierda aparece un sello de la notaría ¿no es cierto? En la segunda hoja aparece otro sello al costado de su firma, son distintos los sellos, entiendo yo, capaz estoy equivocado, que el procedimiento en el caso de un documento si uno utiliza el sello es el mismo sello, sea la primera hoja, sea la segunda firmo y está resuelto el tema; pero los sellos son distintos y eso tiene que ver con una, quiero ser directo en ese sentido también, tiene que ver con la apreciación de que el documento pudiera haber sido alterado, es decir, que se podría haber cambiado la primera página, que es precisamente el tema que le mencionaba de la sustitución de la corporación de Inversiones Progreso por la Empresa Gato Sol Financia, o sea, si este tema de los sellos diferentes es un tema que usted observa como un tema que le llama la atención o así funcionaba en la notaría, tenía usted un sello distinto que podría utilizar para la primera página y otro para la segunda, porque lo que la comisión está buscando es esclarecer en este terreno, si es que ha habido sustitución de una parte del documento.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No creo, este sello no debe ser, se nota hay una diferencia, el sello que está en la primera hoja y con el sello en la segunda foja, yo desconozco la existencia de esa primera página, solamente yo me he limitado a legalizar la firma del accionista y su esposa en este caso, como dice acá: “Certifico la firma que corresponde a don Victoreo Evangelista en el año tal, fulano tal, número tanto, y es referente a la firma que se pone en la última, en la segunda foja.

El señor PRESIDENTE.— Señor, usted reconoce como propio la firma y el sello que aparece en la segunda hoja más no el que aparece en la primera.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Si pues, de todas maneras podría confrontar, no, creo que no puedo estar poniendo dos sellos en la mismo documento, cambiar de sello, parece que hay alguna irregularidad en ese asunto en la primera hoja.

El señor PRESIDENTE.— Nosotros le vamos a entregar una copia, doctor Zúñiga, una fotocopia del documento para que usted nos pueda hacer en su propia notaría una apreciación del tema y respondernos en ese terreno.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bien, doctor Diez Canseco.

El señor PRESIDENTE.— El doctor Silva, asesor de la comisión tiene una pregunta que hacerle.

El señor PRESIDENTE.—

El ASESOR DE LA COMISIÓN, doctor Silva.— Con su venia, señor Presidente, con su venia, doctor Zúñiga.

Una pregunta. Usted cuando legaliza los certificados de acciones de San Jacinto, ¿la legalización fue entre los trabajadores y Corporación de Inversiones Progreso o fue entre los trabajadores Gato Sol?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, los documentos me presentaron en conjunto, entonces cada vez que venían los empleados se les atendía personalmente a ellos, no a la empresa, la empresa fue la que presentó las catas aceptada por ellos, aceptando la trasferencia de acciones, creo un porcentaje equis etcétera, ellos convencieron, arreglaron, se entregaron con loa accionistas, se

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reunieron y entonces ya la notaría tenía que ver la formalidad de legalizar las firmas de cada uno de los accionistas.

El ASESOR DE LA COMISIÓN, doctor Silva.— Una pregunta. ¿A quién usted legalizó a los accionistas?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— A los accionistas simplemente.

El ASESOR DE LA COMISIÓN, doctor Silva.— Ya lo sé, pero esto era un contrato de transferencia de acciones, ¿entre los accionistas y quienes, entre qué empresa?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, al principio ha estado poniendo los trámites, diremos estos, Inversiones Progreso, pero yo no he tenido conocimiento que se estaban haciendo, luego apareció una empresa Gato Sol, transferencia o esto de por medio desconozco.

El ASESOR DE LA COMISIÓN, doctor Silva.— Le pregunto eso, doctor, porque tengo una carta que le envían a usted, el señor Martín Picasso Candamo, el señor Rafael Villanueva, representantes de Corporación de Inversiones Progreso y Gato Sol, en la que dicen: Por la presente le confirmamos los términos de la conversación que sostuviéramos para solicitarle sus servicios profesionales como fedatario público en la operación de oferta de compra de acciones a empresa San Jacinto que hemos efectuado y que sus accionistas en forma individual mediante carta de 12 de abril del 96, usted conoce. En este caso, Corporación de Inversión Progreso y Gato Sol están mandando a usted.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, en esa carta me dijeron necesitaban con el fin de regularizar las acciones que aparecía Gato Sol, pero el contenido de las acciones, en la transferencia de acciones es que hayan efectuado Gato sol desconozco, doctor.

El ASESOR DE LA COMISIÓN, doctor Silva.— Doctor, usted me dice hace 5 minutos que solamente había legalizado las firmas.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, pero yo me refiero en cuanto a los nombres que aparecen, yo me entendido con la Corporación de Inversiones San Francisco, Progreso, con ellos hemos estado haciendo la trasferencia de acciones, ahora que nuevamente aparezca otra empresa Gato Sol S.A, convenio de ellos, no sé en qué forma han regularizado, desconozco ese documento.

El señor PRESIDENTE.— Sin embargo, doctor, el oficio en cuestión está suscrito por 2 personas: por el señor Martín Picasso Candamo, de Corporación de Inversiones Progreso S.A.; y por el señor Rafael Villanueva Merino de Gato Sol Fainashun Corporation, oficio en el cual el 22 de mayo del año 96 señalan dirigiéndose a usted que le confirman los términos de la conversación que sostuviéramos para solicitarle sus servicios profesionales como fedatario público en la operación de oferta de compra de acciones representativas del capital de Agro Industrias San Jacinto S.A. que hemos efectuado los accionistas en forma individual mediante carta el 12 de abril del 96 cuyos términos usted conoce.

Dicho de otra manera, ambas entidades se están dirigiendo a usted y ambas dicen que han conversado con usted y que usted conoce y que ambas requieren sus servicios profesionales.

Luego le dicen: “para asegurarle que haremos efectivo el pago que nos hemos comprometido efectuar a cada uno de los accionistas, trabajadores activos y jubilados de (9) Agroindustrias San Jacinto por la compra de sus acciones, le hacemos —a usted— entrega del cheque Núm. 03575203, a cargo del Banco Wiese, por 3 millones 056 mil nuevos soles que representa el 67% del valor total de las acciones del capital social suscrito y pagado en base a nuestra oferta de 1 nuevo sol por cada acción.

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En la oportunidad que adquiramos un número de acciones que nos permita contar con la propiedad del 67% del capital social de dicha empresa o antes si así lo decidiéramos, procederemos a coordinar el pago que corresponda a cada accionista en forma individual a través de la compañía Hermes Transportes Blindados, que llevará el dinero en efectivo a la localidad de San Jacinto, oportunidad en que se servirá también usted certificar la identidad de los accionistas vendedores.

Agradeciendo desde ya la colaboración que nos preste, quedamos de usted.

Muy atentamente

Martín Picasso Candamo, Corporación de Inversiones Progreso S.A.— Rafael Villanueva Merino, Gatosol Financial Corporation, apoderado."

Este documento va a continuación, dos días después, con otro documento también dirigido a usted por ambas entidades, Corporación de Inversiones Progreso y Gatosol Financial Corporation en la que, dirigiéndose a usted, le dicen:

"Nos referimos al encargo profesional que le hemos encomendado para que actúe como fedatario público en la operación de compra de acciones representativas de capital Agroindustrias San Jacinto para manifestar lo siguiente:

1. Nos hemos comprometido con los accionistas de Agroindustrias San Jacinto que deseen vender sus acciones a efectuarles un préstamo hasta por el 75% de sus beneficios sociales y adeudos laborales que pudieran estar pendientes de pago. Este préstamo será re-pagado por los accionistas vendedores mediante la dación en pago de las acciones resultantes de la capitalización del 100% de sus beneficios sociales y adeudos laborales de forma de poder acogerse la empresa a las normas del Decreto Legislativo N.° 802.

Para cumplir con tal objetivo le estamos adjuntando el cheque Núm. 03575204, a cargo del Banco Wiese, por 15 millones de soles que aseguran los recursos de los préstamos individuales a los accionistas, trabajadores activos y jubilados.

2. Tan pronto como contemos con los contratos de transferencia por un número de acciones que represente el 67% del capital social de dicha empresa o antes si así lo decidiéramos, la compañía Hermes Blindados, etc. irá a pagarles a los trabajadores."

Entonces, aquí hay dos documentos, doctor Zúñiga, que tienen el respectivo sello de recepción de su notaría por las cuales usted trata con dos entidades, Corporación de Inversiones Progreso y Gatosol Financial Corporation, lo cual no se ajustaría por lo tanto a la versión de que el trato que usted conoce era solo con loa Corporación de Inversiones Progreso y no sabe de lo otro.

Entonces, yo quisiera que usted nos pueda aclarar lo que acaba de manifestar, porque los dos oficios que tienen sello de recepción de la notaría son oficios donde ambas partes se dirigen a usted como asociación de dos empresas que son las que toman sus servicios. No sé qué comentario tiene usted al respecto.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Voy a aclarar, como dije al comienzo, los trámites se van haciendo a nombre de la Compañía de Inversiones Progreso, pero ya últimamente ellos me conversaron; o algo así más o menos me acuerdo, dado el tiempo transcurrido no estoy muy enterado, no podría en forma afirmativa, pero algo en la conversación dijeron ellos que ya tenían los documentos de la transferencia de acciones a favor de Gatosol y todo estaba regularizado; que ya ellos habían regularizado la documentación respectiva, lo cual no sé en cual forma habrán regularizado.

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En cuanto a la transferencia, claro, los trámites han comenzado primero con la Compañía de Inversiones Progreso, pero ya después me llaman para conversar más o menos, tanto tiempo que pasa esto, que ya estaban regularizando la transferencia de acciones a favor de Gatosol, razón por la cual, a petición de ellos les dirigí esas cartas, esas comunicaciones a petición de ellos mismos.

El señor SILVA.— Doctor Zúñiga, igualmente en los contratos que usted ha certificado, que constan inscritos en Conasev son distintos a los que tienen los ex trabajadores y ex accionistas de San Jacinto. le voy a mostrar uno de ellos para que usted emita un pronunciamiento al respecto.

El señor PRESIDENTE.— Doctor Zúñiga, le están mostrando dos contratos que son o debieran ser idénticos, uno es el contrato que tienen a su disposición los trabajadores y otro es el contrato que se ha enviado a Conasev. Los dos contratos los tiene usted allí, tiene uno en original, que es uno que tiene de un trabajador y otro que es el mismo contrato pero en la copia a Conasev.

Usted podrá observar que en el contrato del trabajador las firmas están en la parte lateral izquierda y en el contrato de Conasev, que se supone que es exactamente el mismo no hay firmas en la primera página en la parte lateral izquierda, solamente hay firmas en la segunda página.

Para poner el tema en claro, doctor Zúñiga, lo que estamos investigando es una sustitución de contratos y para decírselo también con toda franqueza y en forma directa lo que estamos investigando es si usted está comprometido en la sustitución de los contratos.

Entonces, yo quisiera que usted tenga claro los temas y los cargos que motivan esto, porque como usted comprenderá es un tema serio, estamos hablando de una modificación de contratos donde una parte sustituye a otra. Y le preguntamos esto porque varios indicios apuntan en el sentido de que se habrían sustituido las primeras páginas de los contratos, y lo que estamos investigando es si esto se ha hecho con la colaboración de la notaría.

Este es el tema, si la notaría ha facilitado esta operación de suplantación de contratos que nos parece más o menos evidente, es clara en este sentido. Entonces lo primero que queremos tener claro es, de los dos contratos que usted tiene frente as, la fotocopia que tiene Conasev y el original, si usted reconoce como original real uno de ellos, cuál es el que usted reconoce como original real en este terreno. Y dos, preguntarle directa y abiertamente si es que ha tenido alguna participación en el tema de la sustitución de contratos.

Y le hago esta pregunta porque la sustitución habría caminado en un proceso en el cual Inversiones Progreso introduce luego el tema de Gatosol Financial Corporation y este procedimiento por los elementos de los oficios que tenemos de la Corporación de Inversiones Progreso y Gatosol dirigidos a usted es nuestra impresión que podría haber sido de su conocimiento, porque usted tenía la noción de que en entre estas dos empresas había una relación y ambas requieren sus servicios.

Y la razón por la cual se produce esta sustitución de Corporación de Inversiones Progreso S.A. por Gatosol Financial Corporation es el hecho de que tiene que haber una oferta pública de acciones, es decir una OPA, cuando usted va a comprar una mayoría absoluta de las acciones de una empresa, entonces tenía que aparecer otra empresa en este sentido para que aparezca la visión de una oferta pública de acciones. Entonces, la motivación de la operación parece clara en este terreno, porque de otra manera se invalidaba la operación al no haber una oferta pública de acciones.

Entonces la pregunta directa, doctor Zúñiga, y yo creo que usted debe pensarlo bien al responderme es qué nivel de conocimiento y participación tuvo usted en este proceso y si usted está en disposición de decirnos que usted tuvo determinado tipo de participación y considera que esta fue indebida y tiene una posición autocrítica de ella; si tendría disposición de ampararse en un mecanismo de colaboración eficaz ante los fiscales y jueces anticorrupción para enfrentar este

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tema.

Porque la comisión, obviamente, culminada la investigación va a producir un informe y va a actuar legalmente, como corresponde. Y es distinto cuando alguien colabora y contribuye en el esclarecimiento del hecho, cuando alguien ha sido engañado en el proceso o cuando alguien oculta información, tres posibilidades distintas.

Y yo le pregunto en este sentido cuál es su versión respecto a estos hechos.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Mi participación ha sido en legalizar las firmas puestas por los accionistas o trabajadores de Agroindustrias San Jacinto, identificarlos debidamente como debe ser, con la autenticación de la firma y lo que aparece en el documento de identidad mas no el contenido de las cartas que no es mi responsabilidad.

El señor PRESIDENTE.— Mi pregunta es la siguiente, doctor, es la primera hoja en la cual le hemos mostrado un original.

Lo primero que yo quisiera preguntarle es la diferencia, todos los originales que tenemos nosotros tienen firma lateral en la primera hoja y tienen hasta huellas digitales en algunos casos ¿no es cierto? Todos los originales que tenemos.

Los documentos de Conasev no tienen firmas laterales o huellas en la primera hoja. Entonces lo primero que yo quisiera que usted nos diga es cuáles son los documentos que usted legalizó, ¿los legalizó con firmas laterales?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, doctor, yo solamente he legalizado las firmas de la segunda página, o sea la firma que aparece en la segunda página.

Ahora, respecto a la primera página, si ha habido alteración o no ha habido alteración o cambio no estoy enterado, es la primera vez que estoy observando. Y yo quería precisamente, por eso es que no, a mí me sorprende que aparentemente se hubiera podido producir alguna alteración en la primera página o una sustitución. Eso no ha sido de mi conocimiento, recién me sorprendo.

Hay un sello, un simple sello en la primera página y generalmente a veces se rubrica algo en la primera página, pero acá no aparece más que simplemente un sello. Sí, pues, acá en la segunda copia.

El señor PRESIDENTE.— Lo que nosotros le hemos entregado, doctor, ahí está el original. Lo que es absolutamente incongruente es que el documento enviado que tiene Conasev es distinto al documento que tienen los trabajadores, distinto en la forma de suscribirlo en su primera página. (10)

Usted tiene ahí el original y acto seguido, en la hoja siguiente en su mano izquierda, el que tiene en su mano es la fotocopia que está en Conasev, ¿me entiende? Ese es el original que tiene el trabajador y dos páginas atrás está la fotocopia que está en Conasev. Usted podrá constatar que no son iguales ¿no es cierto? la segunda página sí es igual.

Entonces nuestra pregunta es ¿por qué?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Por lo que estoy viendo, observando, yo reconozco mi firma, como vuelvo a repetir, en la legalización de firmas en la segunda página, en la segunda foja, mas yo desconozco si la primera página ha sido sustituida.

El señor SILVA.— ¿Este sello es correcto o no?

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El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Tendría que confrontarlo, no pueden ser dos sellos al mismo tiempo, yo reconozco que el primer sello puede haber sido falsificado, el que aparece en la primera hoja.

El señor PRESIDENTE.— En todos los casos, doctor Zúñiga, lo que nosotros constatamos es que una cosa es la primera página de los contratos de los trabajadores, que nos los están dando con su firma en lapicero, y el documento que tiene Conasev inscrito.

El sello es distinto, está ubicado en lugares distintos, pero hay algo que es más notorio en este tema. Yo quisiera que usted precise también este asunto.

En la copia de Conasev el sello de la primera página es solo un sello, no lleva ninguna rúbrica, en los documentos que tienen los trabajadores con sus firmas está el sello de la notaría y hay una rúbrica.

Porque yo supongo que la notaría cuando certifica un documento en su conjunto certifica el conjunto del documento no solamente la firma final y por lo tanto para que precisamente no...

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Haya autenticidad.

El señor PRESIDENTE.— Exactamente.

Entonces el tema que nos llama la atención es cómo aparece en Conasev una primera página distinta a la primera página que aparece en los documentos que tienen los trabajadores con un sello de la notará que es distinto al sello que está en el documento, no solo porque está ubicado en un lugar diferente, usted ve que en el de los trabajadores está ubicado en el ángulo superior izquierdo por ejemplo, en el caso de este documento firmado con el...

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Allí donde aparece el sello a la derecha.

El señor PRESIDENTE.— En fin, no sé quién de los trabajadores es el que firma, la señora María Morales y un señor que no sé cómo se llama, pero aparecen suscribiendo lateralmente y su sello está colocando en el ángulo superior izquierdo y en lo que aparece en Conasev no hay la firma de los trabajadores y hay un sello de la notaría en el ángulo superior derecho —ya no izquierdo— y no lleva ninguna rúbrica ni encima ni al costado.

Mientras que la segunda página encuentra las firmas de los trabajadores, pero si usted observa también en la segunda página igualmente el sello que recibieron los trabajadores de la notaría de firma legalizada está inmediatamente debajo; mientras que en Conasev, ahí tiene usted frente a sí, no hay sello de la notaría inmediatamente debajo sino aparece un sello de cancelado, 1 de junio de 1996 y dice: "Certifico que las firmas que anteceden corresponden a don Máximo Victoriano Echevarría Regalado, con libreta electoral tal y doña Milla María Morales”, es el mismo documento. Y luego, debajo, aparece su sello.

Entonces en un documento, en el que tienen los trabajadores solamente aparece una rúbrica de la notaría, no aparece una certificación de las firmas sino solamente dice: "firma legalizada del accionista o cónyuge conviviente", el sello y la rúbrica.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Simplemente el sello.

El señor PRESIDENTE.— Exacto, mientras que en el caso del documento de Conasev aparecen tres líneas escritas o cuatro que certifican, que se da fe, aparecen 3 sellos y no uno. Un sello que dice "cancelado", un sello que dice "Bernabé Zúñiga Quiroz, Notario de Chimbote, colegiado número tal" y un sello redondo, tres sellos.

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Entonces lo que pareciera es eso, que son distintos ejemplares, pero yo entiendo que lo que se envía a Conasev es una fotocopia del documento, de este documento.

El señor .— Conasev tiene un original.

El señor PRESIDENTE.— ¿Conasev tiene un original? ¿y por qué en el original que tienen los trabajadores ellos firman al costado?

El señor .— Perdón, la primera hoja sí ha sido cambiada.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, aparentemente, doctor, parece que ha sido sustituida la primera foja. A simple vista, porque no aparece conforme aparecen con las firmas que están presentando los trabajadores, no coinciden, no está igual.

El señor .— La segunda es distinta porque el cargo que tiene el trabajador ahí no se le han legalizado las firmas.

El señor SILVA.— El sello entre la primera y las segunda página no deberían ser distintos, porque está legalizando un mismo documento, entonces han sido cambiados.

El señor .— En la primera página, nomás

El señor PRESIDENTE.— Pero hay otro problema, que es un tema que yo no entiendo, si usted me puede explicar cómo es el procedimiento en la segunda página.

En la segunda página usted tiene las mismas firmas ¿correcto? Fíjese están tan ubicados, es tan el mismo documento que hasta la “x” de dónde debe firmar la persona está en la fotocopia, ¿correcto? Exactamente es lo mismo, la segunda página es la misma, pero tiene dos variantes que a mí me llaman la atención: una es que en los trabajadores hay un sello redondo de la notaría con una rúbrica.

El señor .— Ese documento es para el trabajador.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Son documentos aparte, doctor.

El señor .— Son dos ejemplares, ese ejemplar se le entrega al trabajador con el sello del notario y el visto de haberse recepcionado y la legalización no consta ahí sino en el otro ejemplar consta la legalización.

El señor PRESIDENTE.— O sea, esta sería la copia que tenía la empresa.

El señor .— Y que está en Conasev.

El señor PRESIDENTE.— Y que envía a Conasev.

El señor .— Y que está en Conasev el original.

El señor PRESIDENTE.— Y que está en Conasev, esta es la copia que tendría la empresa y que la envía a Conasev.

El señor .— Cuyo original está en Conasev.

El señor PRESIDENTE.— Cuyo original está en Conasev, correcto.

El señor .— Y esa es la copia del trabajador, es el cargo de recepción de la notaría.

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El señor PRESIDENTE.— Entonces, creo que está claro para ustedes que evidentemente aquí ha habido una variación en la primera página.

El señor .— En la primera página nomás.

El señor PRESIDENTE.— Mi pregunta es, doctor Zúñiga, cuál es su conocimiento o su papel en la sustitución de esa primera página. ¿Usted tuvo alguna participación, conoció del hecho, participó del hecho por alguna presión, dádiva, acción de las empresas Gatosol y Corporación de Inversiones Progreso o es un asunto que usted desconoce?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Doctor, esos documentos se han hecho totalmente sin mi intervención, no he tenido conocimiento como recién se me presenta ese documento. Sinceramente recién estoy viendo personalmente, enterándome del procedimiento que se ha mencionado cambiando la foja, etcétera.

Yo jamás voy a permitir, dentro de mi trayectoria como notario, permitirme hacer ningún convenio y tampoco no tendría por qué un convenio, cualquier convenio o cualquier arreglo estaría encaminado mediante un contrato. No hay ningún documento de que yo he intervenido en las intervenciones o en el cambio de otra empresa que es Gatosol, totalmente no he tenido conocimiento.

Simplemente ellos me dijeron que ya habían regularizado, los dirigentes, la transferencia de acciones. Seguramente se basaba en eso, que habían regularizado ya las transferencias de acciones a favor de Gatosol, y por eso que me dijeron y por ese motivo yo le dirigí esa carta, porque ya ellos tenían conocimiento —me dijeron— que conmigo ninguna conversación, seguramente me dijeron que ya habían regularizado esos documentos.

El señor PRESIDENTE.— Una consulta, doctor Zúñiga.

¿Estos documentos se redactaron en la notaría o los trajeron redactados?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, han traído redactados.

El señor PRESIDENTE.— ¿Quién los trajo redactados?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Han venido uno por uno ellos mismos, los trabajadores.

El señor PRESIDENTE.— Lo que implicaría que cada trabajador ha usado.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Ya habían convenido en hacerlo, habían aceptado y entonces ellos han traído cada uno sus cartas personalmente.

El señor PRESIDENTE.— O sea, no ha sido necesariamente la misma máquina de escribir o la misma computadora o la misma impresora.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Se legalizaba en distintas máquinas.

El señor PRESIDENTE.— En distintas máquinas, cada uno venía con su documento.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Con su documento de identidad.

El señor PRESIDENTE.— Entonces usted afirma que usted no ha tenido ninguna participación en el tema de lo que tiene que ver con la sustitución de la primera página y que usted se ha enterado hoy.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Recién me he enterado, doctor, desconozco esa sustitución de

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la primera página.

El señor PRESIDENTE.— Le pregunto adicionalmente, doctor, dado que usted ha participado en legalizar una significativa cantidad de firmas de personas, ¿cuál sería la versión legítima de la primera página, la que tiene la firma de los trabajadores o la que no tiene la firma de los trabajadores? ¿usted recuerda si los trabajadores? Porque en todos los casos que tenemos de trabajadores y accionistas, todos tienen firmas y hasta digitales en la primera página y todo lo que tiene Conasev no tiene.

Entonces de su recuerdo, yo sé que estamos hablando de una cosa que tiene a estas alturas casi 6 años de antigüedad, pero de su recuerdo y de lo que usted ve ante sí, ¿cuál de las do recuerda usted era el estilo de suscripción de estos contratos, la firma de los trabajadores en la primera página también?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Por lo que veo que están presentadas ahí las originales que han presentado los mismos trabajadores y con la que tiene la Conasev se nota, como vuelvo a repetir, que ha habido sustitución de la primera foja.

El señor PRESIDENTE.— ¿Es un estilo de su notaría, doctor, el colocar un visto bueno cuando colocan un sello o colocan el sello sin visto bueno?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, esos sellos se colocan solamente para tener que el documento se ha compuesto de dos fojas.

El señor PRESIDENTE.— ¿Pero es un ello con visto bueno o sin visto bueno? Porque otra característica es que los sellos en los documentos de los trabajadores tienen un visto bueno, los sellos en Conasev no tienen visto bueno. (11)

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Generalmente ese visto bueno lo tenían para que puedan pagarle a los trabajadores, solamente se legaliza la segunda foja nomás, el visto bueno.

El señor PRESIDENTE.— Yo lo entiendo, doctor, lo que le pregunto es otra cosa. Cuando usted sella un documento en la primera página, como está sellado ahí, lo tiene sellado ante Conasev.

Ante Conasev solo hay un sello, pero no hay un visto bueno, a los trabajadores hay un sello con un visto bueno. En todos los casos, aquí también, como usted podrá observar que hay un sello con un visto bueno.

¿Usted reconoce ese visto bueno de algún empleado de la notaría o de usted mismo? Ahí tiene un visto bueno, en el contrato que tiene frente a usted tiene otro visto bueno en el sello, todos vienen con un visto bueno. ¿Usted reconoce ese visto bueno?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, ese sello es como una especie de verificación, solamente para verificar nada más se ponía el sello y quien sabe ponían los empleados que se encargaban de redactar la legalización de firmas.

El señor PRESIDENTE.— ¿Su notaria usualmente cuando coloca un sello hace que alguien ponga un visto bueno encima del sello?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, en este caso de la primera foja nomás.

El señor PRESIDENTE.— En la primera foja, sí.

Lo que le pregunto es ¿el estilo de la notaría es que cuando pone en la primera foja un sello?

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El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, no se pone más que el sello nomás. a veces que haya excedido a esto, ese visto bueno ya se ha pasado. Solamente se ponen los sellos cuando están documentos así, para hacer ver que se ha pasado por medio de la notaría, se ha sellado y se ha tramitado.

Lo que sí se pone es el sello y firma es en la segunda foja, en la legalización de firmas.

El señor .— Pero en este caso sí se ha puesto, pues.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Sí, claro, en este caso aparece.

El señor PRESIDENTE.— Le menciono esto porque aparece en las que tienen los trabajadores pero no aparece en las otras, ahí los tiene usted. Aquí tiene otra donde también esta el sello y debajo hay una rúbrica con la fecha.

En todos los casos que tenemos hay un sello.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Efectivamente, a veces se ponía y a veces no se ponía, pero en este caso no aparece un visto bueno.

El señor PRESIDENTE.— No aparece encima, pero aparece un poquito abajo, hay una firma junto a la fecha.

—Intervenciones fuera de micrófono.

Entonces lo que llama la atención es que aparece una rúbrica abajo y en la segunda página igual aparece la rúbrica abajo.

El señor .— Esa firma no es de la notaría.

El señor PRESIDENTE.— Entonces usted, doctor Zúñiga, para culminar con el tema, enfáticamente señala que usted desconoce de la acción que hubiera podido implicar el cambio de la primera página.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Desconozco totalmente, doctor.

El señor PRESIDENTE.— ¿Con quién trató usted de las empresas Corporación de Inversiones Progreso y Gatosol Financial Corporation, con quién trató, con qué personas trató usted, lo recuerda?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Ese documento se trató generalmente entre el señor Martín Pïcasso, que ha sido el primer accionista, y el gerente anteriormente, no recuerdo bien, hay un nuevo gerente.

El señor .— ¿Andrade?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, antes de Andrade han tenido gerente. Ya no está en la empresa, está en otra azucarera. él ha intervenido.

El señor .— ¿Díaz?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, no me acuerdo bien, pero él ha sido quien ha intervenido conjuntamente con Picasso.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted trató directamente con el señor Picasso?

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El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Con el señor Picasso y con el gerente que era entonces de Agroindustria San Jacinto.

El señor PRESIDENTE.— ¿El señor Picasso se apersonó a Chimbote?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Claro, llegaron ahí a la oficina.

El señor PRESIDENTE.— ¿Y usted trató con el señor Rafael Villanueva, de Gatosol Financial Corporation que le dirige estas cartas junto con el señor Picasso?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, me pidieron para ir a la oficina, porque ya tenían trato con ellos y como tal había que regularizar ese documento.

El señor PRESIDENTE.— ¿Pero usted no trató directamente con el señor Rafael Villanueva, de Gatosol, nunca trató personalmente con él?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Posiblemente haya ido a la oficina, no recuerdo bien, doctor.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el doctor Silva.

El señor SILVA.— Doctor Zúñiga, usted entonces certifica contratos de Corporación de Inversiones Progreso y también certifica contratos de Gatosol.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, doctor, simplemente he legalizado documentos a nombre de Corporación de Inversiones Progreso. Yo cuando comienzo ha sido ese el trato y se han estado haciendo todos los trámites por intermedio del señor Martín Picasso y otro gerente.

Yo no conozco, la intervención de Gatosol no tengo conocimiento en qué forma se ha regularizado.

El señor PRESIDENTE.— Pero aquí hay un asunto, doctor Zúñiga, que la verdad que no me queda claro a mí, porque los dos oficios dirigidos a usted y recibidos por la notaría están firmados por Gatosol también. Entones, usted trató con los dos, pro me está diciendo que no trató con los dos, entonces.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Sí, efectivamente ellos se apersonaron, doctor, dijeron que ya habían regularizado los documentos.

El señor PRESIDENTE.— Pero no solo se apersonaron, sino que los dos lo contrataron profesionalmente.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, no.

El señor PRESIDENTE.— Según estos oficios, estos oficios dicen: "Nos referimos al encargo profesional que le hemos encomendado para que actúe como fedatario público en la oferta de compra de acciones de Agroindustrias San Jacinto", el 24 de mayo de 1996.

El 22 de mayo, días antes, le dicen: "Por la presente le confirmamos la conversación que sostuviéramos para solicitarle sus servicios profesionales como fedatario público". Le confirmamos, los dos.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Bueno, yo le hago presente que esas dos cartas la han presentado los dos posiblemente, usted sabe que por el tiempo transcurrido no puedo precisar en forma concreta. Pero, como dice la carta, es posible que ellos dos han estado en la oficina y a petición de ambos les he presentado esa carta.

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El señor PRESIDENTE.— ¿Pero usted trató con los dos?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Claro, cuando llegaron, cuando fueron, cuando se ha suscrito la carta posiblemente he tratado con los dos.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted no recuerda quiénes eran las personas con las que trató?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, es decir, posiblemente como dice la carta, posiblemente hayan ido, no estoy, no puedo precisar en forma afirmativa.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted recuerda la conversación que tuvo con ellos, quién lo llamó o si fueron directamente a buscarlo a la notaría, con quién trató usted?

¿Quién le plantea por primera vez que usted sea fedatario en la operación de San jacinto?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— El gerente de la empresa San Jacinto y el señor Martín Picasso, esas dos personas.

El señor PRESIDENTE.— Y no recuerda usted el nombre del gerente, pero fue el gerente de ese periodo, de mayo de 1996 que ya no está.

¿Tiene alguna cosa adicional, doctor Silva?

El señor SILVA.— Doctor, usted entonces legaliza la firma de Corporación Industrial Progreso y de los trabajadores. Perdón, solamente de los trabajadores, legaliza estos contratos ¿no es cierto'

Usted debe tener, porque eso es por ley, en sus archivos, todas las legalizaciones que realizó con los trabajadores de San Jacinto. Lo que le queremos pedir es si usted nos podría alcanzar todo lo referente a San Jacinto, las legalizaciones de certificados de acciones a la comisión, por favor.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Como son documentos extra protocolares, son documentos sueltos no se lleva en el archivo ninguna legalización, ningún duplicado.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted no tiene un archivo de las legalizaciones?

El señor .— No son documentos protocolares, de acuerdo a la Ley del Notariado.

El señor PRESIDENTE.— Por no ser documentos protocolares.

El señor SILVA.— Señor notario, de la cláusula primera del contrato de transferencia de acciones se desprende que a usted le entregaban el dinero hasta que la compradora, que era Corporación de Inversiones Progreso complete la compra del 67% del capital social de San Jacinto, eso está establecido en todos los contratos.

¿No le parece que esta cláusula estaría reñida con el artículo 34.° de la Ley del Mercado de Valores que establece que a quien quiera adquirir la capacidad decisoria en una sociedad requiere hacer una oferta pública de adquisición de acciones para que las acciones se coticen a mejor precio? ¿No le parece que esta cláusula que usted certifica estaría reñida con la legalidad vigente en ese entonces?

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— ¿En el contrato?

Como yo en este caso, dado que ya habían presentado a la notaría para poder legalizar los documentos de transferencia de acciones, yo les presté propiamente mis servicios a los encargados, el señor Martín Picasso y el señor gerente por entonces. Y, bueno, yo no he

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advertido en realidad que tenía que cumplir algunos requisitos, simplemente me solicitaron que se legalizara.

Esto tampoco son transferencias de acciones sino son propiamente cartas, ellos después ya habrán hecho la transferencia de acciones en los documentos originales, porque estos son simplemente como una cuestión previa, estas cartas.

El señor SILVA.— Según tengo entendido, señor notario, el notario no solo certifica las firmas sino también la legalidad de los documentos, de los contratos que se le presentan.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— No, solamente cuando se hacen escrituras públicas, pero cuando se trata de documentos, cartas y estas el notario no puede negarse a legalizar las firmas.

El señor PRESIDENTE.— Bien, doctor Zúñiga, le agradecemos su testimonio a la comisión, cualquier información adicional que requiramos buscaremos comunicarnos con usted o pedirle que nos responda por escrito si fuera necesario.

¿Quiere usted agregar alguna otra cosa a su declaración, doctor?

El señor .— Solicitarle una copia para confrontar con los sellos.

El señor PRESIDENTE.— Una fotocopia de los documentos, perfecto. Le entregaremos una fotocopia para confrontar con los sellos. La señorita secretaria de la comisión se encargará de eso.

El señor ZÚÑIGA QUIROZ.— Muchas gracias, doctor; gracias también por haberme escuchado y dado mi testimonio. Le agradezco por su atención.

El señor PRESIDENTE.— Gracias, doctor Zúñiga.

—Se suspende la sesión por breves momentos. Se retira de la sala el señor Bernabé Zúñiga Quiroz e ingresa el señor Rafael Villanueva Merino, ex representante de Gatosol Financial Corporation.

El señor PRESIDENTE.— Se reanuda la sesión.

Agradecemos la presencia del señor Rafael Villanueva Merino, representante de Gatosol Financial, si no me equivoco.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Ex representante, por eso el día viernes presentamos una renuncia del poder que había casi un año, por eso es que no asistí a la primera convocatoria y ahora sí tengo la convocatoria como ex representante; conversé con su secretaria y con el doctor Silva.

Encantado de poder apoyar y ayudar en lo que necesiten.

El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.

Señor Villanueva, el tema que motiva nuestra preocupación y nuestra investigación es el tema San Jacinto. Usted ha sido representante de la empresa Gatosol que según estamos informados adquiere el 24,5% de acciones de la empresa San Jacinto.

¿Y ha sido también abogado del grupo Picasso Candamo o estoy equivocado?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Así es, he sido abogado de ellos.

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El señor PRESIDENTE.— ¿Usted podría darnos una pequeña reseña de su actividad profesional y de los cargos (12) que ha desempeñado y de sus vínculos con el Grupo Picasso Candamo en el transcurso de su actividad profesional?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Yo me recibí como abogado egresado de la Universidad San Martín de Porres en el año 1991, me colegié en Lima y en el Callao. Posteriormente cursé la Maestría de Derecho Civil en la Universidad Católica del Perú y hace poco he terminado una especialización en finanzas en ESAN.

Como abogado independiente cómo me he desempeñado, atendí algunos casos al Grupo Picasso Candamo. Yo fundé mi estudio de abogados más o menos en el año 1994 ó 1995 como abogado independiente y tenía algunos casos que les atendía de algunas empresas.

Posteriormente mi estudio siguió creciendo, diversifiqué mi actividad básicamente a lo que es el derecho empresarial y concursal, ámbito en el que me desempeño generalmente y he dejado de atenderlos a ellos con la frecuencia que tenía más o menos hace tres años que ya no tengo relación con esta empresa Agroindustrias San Jacinto, de la que renuncié al directorio.

Y atendí casos muy puntuales cuando eran referidos a las empresas de ellos que tenían que ver con la materia que yo me desempeño que es crisis o empresas con problemas de reestructuración patrimonial.

Ahora, como abogado continúo mi ejercicio profesional en el Estudio Villanueva Asociados, que es un estudio constituido como una sociedad civil que cuenta con 3 abogados más aparte de mí y que atiende diversa cartera de empresas pesqueras, principalmente vinculadas al sector de reestructuración como textil o minería entre otras.

El señor PRESIDENTE.— ¿En el caso del Grupo Picasso Candamo podría usted preciar con un poco más de detalle con qué empresas y en qué casos tuvo vinculación?

El señor VILLANUEVA MERINO.— En primer lugar el Grupo Picasso es más o menos una corporación que tiene diversas compañías, a esas compañías las atienden diversos abogados. Yo formaba parte, entiendo, de uno de los estudios de abogados que los atendía, por tanto no atendía todas las situaciones de ellos sino algunas cosas puntuales.

Con respecto a las empresas con que yo he tenido contacto con ellos en la línea de pinturas con Sherwin Williams Company e Industrias Fast, en la línea de medicamentos con Medifarma, en la línea de alimentos en algún momento con Paracas y Egasa y con Agroindustrias San Jacinto a partir de estas relaciones que tuvimos, pero todo es en el diverso tiempo de mi ejercicio profesional, no todo desde un principio.

El señor PRESIDENTE.— ¿Qué cargo ocupó usted en Gatosol?

El señor VILLANUEVA MERINO.— En Gatosol, en mi condición de abogado fui representante.

El señor PRESIDENTE.— A efectos de una gestión en particular?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Fui representante en el Perú a efectos de la adquisición de la empresa Agrondustrias San Jacinto.

El señor PRESIDENTE.— ¿A qué grupo empresarial o a qué personas pertenece Gatosol?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Gatosol es una corporación que está constituida en Islas Vírgenes Británicas, que es una empresa que tiene su sede en Road Town Tórtola, y yo recibo

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este encargo de conformarme como representante a través del Estudio Arias, Aleman & Mora, ellos son quienes me otorgan un poder para yo representar a la empresa, mas no conozco quiénes son los accionistas de esa compañía sino recibo el poder de parte del estudio de abogados de Panamá.

El señor PRESIDENTE.— ¿Y este poder que usted recibe de la empresa por parte de un estudio de abogados lo tiene usted en su poder?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Sí, está inscrito en registros públicos, ha sido presentado también a la Conasev cuando se abrió la investigación sobre este caso.

El señor PRESIDENTE.— ¿Cuál era la relación entre Gatosol y el Grupo Picasso Candamo?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Por lo que yo entiendo, lo que yo conozco, Gatosol y la corporación tienen relaciones para participar en el proyecto de lo que es la compra o la participación en la privatización de estas empresas azucareras a raíz del Decreto Legislativo N.°802. Ellos entran en contacto y a raíz de ese hecho, que se habían puesto en contacto ellos a mí Gatosol me designa o el Estudio Arias, Aleman & Mora me designa como representante y yo acepto ese mandato en mayo de 1996.

Entiendo que la relación de ellos era tener negocios, asimismo conocí por las declaraciones que se hicieron en la investigación que se realizó en Conasev, por la declaración que hizo la gente de corporación que ellos habían tenido una relación anterior a mi gestión y a mi mandato en alguna empresa. no conozco los detalles, pero ha sido así.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted recibía instrucciones de cómo operar como apoderado de Gatosol en el caso de las acciones que esta empresa llevaba adelante por qué vía?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Por vía del Estudio Arias, Aleman & Mora.

El señor PRESIDENTE.— Lo que implica que usted tiene documentación escrita con instrucciones acreditables sobre cómo operar en este terreno.

El señor VILLANUEVA MERINO.— No, las instrucciones se recibían telefónicamente, básicamente la operación se dio a través de un contrato de gestión de negocios para solicitar un crédito y a raíz de eso proceder, si en caso se fuera a irse a una disolución a una opción de compra.

La operación en general sobre este tema de San Jacinto era exclusiva responsabilidad llevada por Corporación de Inversiones Progreso mas no por Gatosol.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted llevaba adelante la operación, me dice, con instrucciones del estudio, pero la conducción de la operación la hacía Inversiones Progreso?

El señor VILLANUEVA MERINO.— La conducción de la operación, porque era una operación de compra con una opción para Gatosol de poder comprar. Y el compromiso, según lo que a mí me refirieron, el acuerdo que habían tomado ellos entre Gatosol y Corporación era participar en esta operación por las virtudes del Decreto Legislativo N.° 802 y a raíz de eso proceder a la compra.

Gatosol participaba en la medida que aceptase hacer la opción, de lo contrario solamente Corporación sería el único dueño de la compañía.

El señor PRESIDENTE.— ¿Quién le daba a usted las instrucciones telefónicas desde Panamá?

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El señor VILLANUEVA MERINO.— Jaime Mora.

El señor PRESIDENTE.— ¿Y este proceso se dio entre cuándo y cuando, recuerda?

El señor VILLANUEVA MERINO.— ¿El proceso de compra o este proceso?

El señor PRESIDENTE.— El proceso de relación entre.

El señor VILLANUEVA MERINO.— La aceptación del mandato, de mayo de 1996 hacia adelante, julio o agosto que se terminó con la operación.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted en ese momento operaba legalmente desde dónde?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Desde mi oficina en Paseo de la República.

El señor PRESIDENTE.— ¿Qué teléfono tiene?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No recuerdo en este momento, pero creo que es el 423423 con un 4 adelante.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted tendría inconveniente en acercarnos el listado de llamadas telefónicas recibidas y emitidas desde su estudio de abogados en los meses en cuestión?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No.

El señor PRESIDENTE.— Muy bien, entones le agradeceríamos que pudiera hacer esa gestión para ese efecto.

¿Desconoce o conoce usted de relación de propiedad de Gatosol y el Grupo Picasso Candamo?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No, no conozco si exista relación entre ambas, son empresas que tienen acciones al portador y no conozco si existía propiedad entre una y otra.

El señor PRESIDENTE.— ¿Cuando usted recibe un mandato para ejercer una función de apoderado, no le preocupa quién le propone esa función? Porque islas Vírgenes también es un paraíso de lavado de dinero de fuentes de las más diversas, en fin.

El señor VILLANUEVA MERINO.— La preocupación que yo tuve, y esa es una situación clara que a mí se me presentó en esa oportunidad, la confianza que yo tuve básicamente era en que entre amabas empresas, hasta donde me habían señalado, ya había un compromiso que habían tenido desde antes y el Estudio Arias, Aleman & Mora es un estudio que entiendo yo que es de mucho prestigio en Panamá y quienes asumían obviamente dar una tranquilidad suficiente para saber que la responsabilidad recaía sobre ellos.

El señor PRESIDENTE.— Usted recibe de Gatosol Financial Corporation poderes absolutos ¿no? para comprar, arrendar, permutar bienes de o para la mandante, sean muebles o inmuebles; transferir, comprar, vender, licenciar, ceder marcas de productos, lemas, es un poder extraordinariamente amplio.

¿No le llama la atención que le entreguen un poder extraordinariamente amplio personas que no lo conocen?

El señor VILLANUEVA MERINO.— En realidad lo que yo entiendo es lo siguiente, la relación que yo establezco con el Estudio Arias, Aleman & Mora se refiere a que cuando Gatosol solicita o acepta llevar la operación con Corporación, son los representantes de Corporación quienes refieren entre otros abogados mi nombre, entiendo yo. Y ellos contactan conmigo y las

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referencias venían por parte de ellos.

El señor PRESIDENTE.— Entonces en realidad usted era una persona de confianza del Grupo Picasso más que del Grupo Gatosol.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Yo entiendo que no solamente para el Grupo Picasso sino para diferentes empresarios, mi actitud como ahogado siempre ha sido una actitud como una persona responsable, en ese sentido nunca he tenido ningún procedimiento ni caso alguno. Por lo tanto, creo que podía merecer la confianza de ellos o de quien me conociera.

El señor PRESIDENTE.— Si, el problema es otro, doctor Villanueva, no es su calidad profesional o la confianza. Es que alguien le entrega un poder para manejar con absoluta amplitud la toma de decisiones. Usted puede comprar, vender, licenciar, ceder, etcétera por un grupo que usted dice no conoce y que ellos no o conocen a usted, siendo referido por el Grupo Picasso a través de la Corporación de Inversiones Progreso.

Para ir directo al tema, lo que está en cuestión aquí es si la transferencia de San Jacinto se realizó conforme a ley o no. La legislación en ese momento establecía que si una empresa o alguien iba a comprar la mayoría de acciones de una entidad, esto debería hacerse a través de una OPA.

Las operaciones de negociación para la compra de San Jacinto y los acuerdos en ese terreno se producen sin un mecanismo de ese estilo por la Corporación de Inversiones Progreso y luego ingresa la presencia de Gatosol a efectos de buscar presentar la imagen de que hay una pluralidad de postores, para ponérselo en corto y en claro en términos de la hipótesis sobre la cual nosotros estamos trabajando.

Y es por eso que nos preocupa tener claro qué es Gatosol, cómo se establece la relación y apoderado de quién es usted en realidad a través de Gatosol.

Porque off shore se forman por cualquier tipo de grupo, puede ser un grupo peruano que forma off shore en Islas Vírgenes y entonces aparece en una operación en este terreno en un momento determinado que le resulta interesante o conveniente hacerlo.

Entonces, esto es lo que queremos tener claro y por eso es que yo le quiero señalar con toda nitidez que la comprensión (13) que yo tengo de su respuesta es que si usted aparece recomendado al Grupo Gato Sol por el Grupo Picasso-Candamo, y usted no sabe quiénes son los dueños de Gato Sol. Digamos, el aval de su función como apoderado en realidad lo está dando el Grupo Picasso-Candamo.

El señor VILLANUEVA MERINO.— En términos prácticos, señor Diez Canseco, yo lo que le puede manifestar, en la voluntad que tengo yo, es que se pueda facilitar la información que yo pueda tener. Es alcanzarle con la mayor exactitud lo que yo conozco y de lo que yo puedo saber.

Como le manifiesto, el hecho de la propiedad directa de lo que es Gato Sol a mí no me consta ni puedo decirle con exactitud quién es el duelo. Lo que sí le puedo decir es que en las veces que yo he consultado sobre si había relación entre ambas. La respuesta ha sido negativo. Me han dicho que no existía relación entre ambas empresas. Y yo no he tenido alcance de ver quién tenía los títulos de propiedad de esa compañía. Pero básicamente ese el asunto con respecto a la propiedad y al mandato que se recibió de parte de Arias, Alemán y Mora.

El señor PRESIDENTE.— Bien.

¿Cómo y en qué fecha se realiza la transferencia de acciones a la empresa Gato Sol? ¿o nunca llega a ser accionista de San Jacinto?

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El señor VILLANUEVA MERINO.— Sí se realiza la transferencia y llega a ser accionista la empresa Gato Sol suscribe.

La operación de compra la realiza directamente, es decir, encargado de la operación de compra es la Corporación de Inversiones "Progreso" que es quien realiza la operación de compra, digamos, las ofertas de compra a raíz de una opción que tenía con Gato Sol para poder adquirir el 50% de esas acciones.

El 21 de junio, si mal no recuerdo, se le remite una comunicación a la empresa Corporación señalándole la intención y la decisión de acceder a la opción de compra.

A raíz de eso es que las operaciones que había realizado, las ofertas que había realizado Corporación para (ininteligible) y Corporación se dan paripaso y le transfiere el 24,5% de las acciones que logró finalmente adquirir.

El señor PRESIDENTE.— La adquisición de acciones se realiza ¿vía una OPA?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No. Se realiza fuera de bolsa.

El señor PRESIDENTE.— Se realiza fuera de bolsa.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Así es. Es una compra directa.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted tiene conocimiento que la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N.° 755, hoy derogada por la nueva ley, Decreto Legislativo N.° 855, vigente en el momento de la operación, establece al convertirse en Jacinto Sociedad Anónima, que toda transferencia de acciones debería realizarse en concordancia con esa norma y que esto exigía una oferta pública de adquisición como obligación para producir la transferencia?

Por lo tanto, ¿era consciente que estaba participando en una operación que no estaba desarrollándose por los canales establecidos por la norma?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Como yo señalo, en la investigación que realiza la Conasev la operación en sí estaba, digamos, a cargo y cuenta de Corporación de Inversiones por eso, pero no más de Gato Sol. Gato Sol había llevado únicamente, es decir, los pasos legales a seguir dependían de Corporación y sus asesores legales.

Eso es básicamente como se hizo el acuerdo con ellos para este contrato de opción de compra.

Ahora, bien, con respecto a lo que es el Decreto Legislativo N.° 755.

En mi condición de abogado le puedo señalar, que ahí hubieron determinadas normas con respecto a lo que era las ofertas públicas o la necesidad de hacerlas.

En esa época, creo, se estaba negociando las ofertas de Paramonga, entiendo yo, y la compra, pienso yo, se había realizando antes que se conozca la inscripción en la Bolsa.

En el Decreto Legislativo N.° 755, entiendo, en su artículo 20.° y siguientes, establece la necesidad de que tenían que contar con todos los documentos financieros para poderse inscribir. Y creo que ahí es el entendido que los asesores de Corporación entienden que no había necesidad.

Eso no correspondió a Gato Sol pero es lo que le puedo comentar.

El señor PRESIDENTE.— La norma legal de la que estamos hablando vigente en ese momento establece claramente en el artículo 30.°: "Que la persona natural o jurídica que pretende adquirir

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directa o indirectamente en un solo acto, o actos sucesivos, una cantidad de acciones de una sociedad que negocia sus valores mobiliarios en bolsa con el objeto de alcanzar en ella capacidad decisoria debe efectuar una oferta pública de adquisición."

Estaba meridianamente claro, digamos, esto, y la intencionalidad de tomar el control de la empresa, está también meridiadamente claro en los documentos que se cursan a la notaría, en Chimbote, en donde se dice que lo que se pretende es tomar el control del 67% de las acciones. Y las cartas las firman Gato Sol y Corporación de Inversiones "Progreso".

De manera que yo entiendo que tienen que haber sido plenamente conscientes, usted es firmante de la carta al notario, de que el procedimiento que estaban empleando no es el que está establecido en la norma que he mencionado; es decir, el Decreto Legislativo N.° 755, vigente hasta octubre del año 1996.

¿Por qué emplean este procedimiento si saben que no es el que establece la norma?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Con la finalidad de poder establecer este punto, que no estuvo a cargo mío como asesoría legal, pero con la voluntad de contestar la pregunta.

Le reitero, lo que yo recuerdo de aquella oportunidad y cómo se habían dado los plazos legales, si me permite hacer un pequeña reseña.

Anteriormente al tema del 755, Corporación al momento de realizar esta oferta las acciones no se encontraban inscritas en la Bolsa.

Posteriormente, las acciones se inscriben en la Bolsa y se notifica luego que se habían hecho las ofertas a la empresa San Jacinto a finales de mayo, entiendo yo.

El señor PRESIDENTE.— Si pudiera usted precisar la parte inicial, fechas, cuándo es que usted dice que no estaban inscritas, cuándo, etcétera.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Las fechas exactas no las que tengo. Pero sí le puedo decir que el día 3 de mayo, entiendo yo, sale una resolución que señala la obligatoriedad de inscribir las acciones o señala la posibilidad de inscribir las acciones de las empresas agrarias azucareras en el registro de la Conasev y en la Bolsa de Valores. Esa es la fecha de una norma que no recuerdo el número, si me permite.

El señor PRESIDENTE.— La Resolución Conasev N.° 175-96-EF-94.10.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Perfecto.

Entonces, a raíz de eso posteriormente a ello se le da 30 días a la empresa para que cumpla con inscribir las acciones.

Eso es lo que yo le he comentado a usted como abogado mi apreciación, que estas acciones para poderse inscribir debían cumplir con los requisitos de presentar sus estados financieros.

Posteriormente a eso, entiendo yo, —no tengo la norma específica— se señala —creo que es un 09, sino recuerdo, 009 ó 09— la obligatoriedad de inscribir las acciones sin pasar por esa tramitación. O la Bolsa o la Conasev las inscribe sin pasar por la tramitación, sin aceptar tramitación.

Eso se notifica a la empresa el día 31 y así se pone en conocimiento de quienes tenían interés de comprar esas empresas.

Posteriormente a esto y obviamente no había sido negociado por red de Bolsa, esto se comunicó

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después de que ya se habían hecho las ofertas de compra, se había dado ese lapso entre lo que lo que tenía que haberlo presentado durante 30 días los documentos antes de que esto pueda ser inscrito, entonces se inscribió con anterioridad.

Posteriormente a eso, se emite un Decreto Supremo N.° 031, que le da un plazo a la Conasev o la Bolsa de Valores, si mal no recuerdo, para poder inscribir las acciones bastando con el padrón de accionistas.

Y eso es básicamente lo que sucede con esta empresa que está involucrada también creo que en una posición similar con Paramonga hasta la dación del Decreto Supremo N.° 041, que es el que a través de Conasev da por convalidado el procedimiento de compra.

El señor PRESIDENTE.— La fecha en la cual se inscriben las acciones de San Jacinto en Conasev, ¿tiene usted la precisión de cuál es?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No tengo la fecha exacta.

El señor PRESIDENTE.— Puede detallar un poco más cómo se realiza la transferencia de San Jacinto a Gato Sol y la Corporación de Inversiones "Progreso".

El señor VILLANUEVA MERINO.— El 21 de mayo Gato Sol realiza una opción de compra, presenta la opción de compra a Corporación, y sobre las compras que realiza Corporación, el 50% de lo que iba comprando compraba para sí y para Gato Sol. Y luego, posteriormente, se anota en el libro de transferencia de acciones —no conozco en este momento la fecha exacta— la transferencia de esas acciones a favor de Gato Sol.

El señor PRESIDENTE.— Usted me dice que esto opera el 21 de mayo.

El señor VILLANUEVA MERINO.— El 21 de mayo se envía una carta de opción de compra. Una se envió el 3 de mayo, si mal no recuerdo, y posiblemente se reitera la carta el 21 de mayo, hasta el 24,5% de acciones.

El señor SILVA.— Doctor Villanueva, el Decreto Supremo N.° 041-96-PCM, disponía textualmente, precisaba que el requisito para realizar oferta pública de adquisición para la compra de acciones de las empresas agrarias azucareras cuyas acciones estuvieran inscritas en bolsa. Pero que su emisor no haya presentado la información económica y financiera. Y de hecho es de importancia la Bolsa de Valores de Lima y el Registro Público de Valores, son exigibles a partir de la vigencia del Decreto Supremo N.° 031-96, promulgado el 13 de junio de 1996.

Este decreto supremo convalida la venta de San Jacinto.

¿Usted cree que este decreto supremo fue creado expresamente para beneficiar a los nuevos compradores de San Jacinto?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No podría precisar algo así, porque conozco realmente cómo fue promulgado y bajo qué condiciones.

El señor PRESIDENTE.— Es decir, usted no participó en ninguna negociación alrededor de este decreto.

El señor VILLANUEVA MERINO.— En lo absoluto.

El señor PRESIDENTE.— ¿Conoce si el Grupo Picasso-Candamo participó en una negociación de este tipo?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No lo conozco.

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El señor PRESIDENTE.— ¿Conoce si la Corporación de Inversiones "Progreso" participó en la negociación o relaciones políticas para obtener este decreto?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No, no lo conozco.

El señor PRESIDENTE.— En la reunión de la Comisión Multisectorial de Apoyo al Proceso de Saneamiento Económico y Financiero de las Empresas Agrarias Azucareras, el 20 de agosto del año 1996, en la sala de reuniones del Ministerio de Pesquería, oficina del Primer Ministro, con la presencia del señor Pandolfi, Camet, Gonzales Izquierdo, Absalón Vásquez y el ingeniero Juan Calizaya Medina, que es hoy curiosamente gerente de San Jacinto, efectivamente.

Entre los acuerdos que se señalan de esa reunión se analizó el problema de transferencia de acciones de las empresas azucareras San Jacinto y Chucarapi, encargándose a Conasev dar solución, dentro de los alcances de la normatividad, la realidad presente.

Se acordó sacar dispositivo legal, el mismo que se promulgó como Decreto Supremo N.° 041-96-PCM, el 27 de agosto del año 1996.

Usted señala que no hubo ninguna participación de parte de Gato Sol y que usted desconoce que hubiera alguna participación del Grupo Picasso-Candamo en la gestión de este tema.

El señor VILLANUEVA MERINO.— A ver, en primer lugar, yo no he señalado que ha habido ningún problema con respecto, o si había un problema con respecto a la validez del proceso.

Lo que sí le puedo reiterar es que no participé yo en ninguna de esas reuniones, ni tuve participación directa, ni conocía si estos señores participaron o no participaron esas reuniones.

Le puedo dar el alcance de lo que yo conozco.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted reconoce que había un problema en la operación?

Si había un problema en la operación, usted era abogado y apoderado de la empresa, ¿por qué no orientó a la empresa explicándole que había un problema en la operación? Y que esto tenía que desarrollarse vía rueda de Bolsa.

El señor VILLANUEVA MERINO.— A mi criterio, yo pensaba, y sigo sosteniendo, que estas acciones para poderse, cuando se dieron la inscripción, no estaban cumpliendo con el requisito del 755.

Para mí el problema se generaba en que tenía que haber cumplido con los requisitos de presentarse su información financiera completa.

Por lo tanto, yo consideraba que no debía haberse negociado a través de la Bolsa.

Es un criterio profesional y personal directo.

El señor PRESIDENTE.— Doctor Villanueva, nosotros tenemos en nuestras manos (ininteligible) de los trabajadores (ininteligible) la fotocopia de los documentos entregados a Conasev por parte de las empresas adquirientes, son distintos.

Los documentos que los trabajadores tienen, y su supuesta fotocopia, en el caso de los documentos de los trabajadores, hay firmas laterales y hay sellos en la primera hoja, en todos, del notario.

En los documentos de Conasev son fotocopias, se supone, de estos, (14) no hay firmas de los trabajadores laterales. El sello no tiene visto bueno ni mecanismos en éste, ahí tiene usted un

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original de un contrato de trabajador y luego tiene la fotocopia de Conasev, que está atrás. Y usted podrá constatar que la primera hoja, evidentemente, no es la misma.

Inclusive, si usted compara la letra con la que se escriben los números de los soles y el número de certificados, las letras son distintas.

Dicho de otra manera, todos indicaría que ha habido una sustitución de lo que es la primera hoja del documento.

La segunda hoja, donde está la firma y la ubicación de la firma, la firma y la firma legalizada es idéntica.

Lo que ocurre es que hay certificados posteriores del notario en el caso del documento de Conasev. Pero eso no hace distinto el documento.

Pero la primera hoja sí es distinta. Y nuestra impresión es que el objetivo de ese cambio habría tenido que ver con una posibilidad de que una operación que hacía la Corporación de Inversiones "Progreso" pueda aparecer luego vinculada a Gato Sol, como coparticipante del tema. A pesar de que la primera hoja, en ambos casos, hace mención exclusivamente a Corporación de Inversiones "Progreso".

¿Usted tenía conocimiento de esto? ¿Qué una cosa es el documento que hay en Conasev y otro es el documento que tienen los trabajadores?

Y dos, ¿podría usted explicarnos cómo tomó usted relación con el notario de Chimbote, que vio el tema, y en qué fecha se inscribieron los certificados de acciones en Conasev a nombre de Gato Sol?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Con respecto al primer punto de este documento. Es un documento que ha presentado que transfiere directamente a Corporación. Yo no conocía esta situación, es una situación que desconozco.

En segundo lugar, con respecto a la situación del notario. El notario fue contratado por Corporación de Inversiones "Progreso" y posteriormente, sí, efectivamente, nosotros también ratificamos el encargo con el doctor Bernabé Zúñiga, en el mes de mayo, también.

La fecha exacta de la inscripción de las acciones a favor de Gato Sol, como le mencioné hace un momento, no la tengo en mente.

El señor PRESIDENTE.— Bien. ¿Usted la podría precisar revisando su documentación?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Por supuesto, yo creo que sí.

El señor PRESIDENTE.— Yo le agradecería que este sea un segundo asunto que pudiera hacernos el favor de precisar.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Sí, por supuesto que sí.

El señor PRESIDENTE.— ¿Usted trató directamente con el notario Zúñiga en algún momento?

El señor VILLANUEVA MERINO.— En algún momento cuando yo llego a Chimbote, he estado en su notaría básicamente en dos o tres oportunidades, quizás. No recuerdo si han sido mayores oportunidades. Se le remitido documentaciones por escrito, que yo he suscrito, se le han remitido cartas. Y eso ha sido el tratado directo. Ha sido por escrito y en forma personal, en algún momento.

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El señor PRESIDENTE.— ¿Cuánto y cómo se le pagó al notario por sus servicios?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No recuerdo. No recuerdo y ese pago estuvo a cargo de Corporación, entiendo yo.

El señor PRESIDENTE.— ¿Normalmente los pagos los hacían con cheque? ¿en efectivo? ¿en depósito de 50?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Que yo recuerde, los pagos se realizaban, en muchos casos, con cheques.

El señor PRESIDENTE.— En cheque.

Sería, digamos, factible por Corporación certificar la forma como se le produjo el pago al notario.

El señor VILLANUEVA MERINO.— ¿Al notario público?

El señor PRESIDENTE.— Sí.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Y no estoy seguro si el notario público, las acciones, esos pagos sí se hacían por cheques. Al notario público no estoy seguro si lo hacían con cheque o en efectivo.

Cuando me refiero a los cheques, básicamente es por el tema, entiendo yo, los empoces para las acciones. Pero entiendo que si fuera así también, en las cuentas que existían se podría verificar el pago.

El señor PRESIDENTE.— Usted como abogado, ¿considera que el Decreto Supremo N.° 041, legaliza la adquisición?

El señor VILLANUEVA MERINO.— En realidad, yo creo que lo que hace es básicamente es hacer una precisión con respecto a una situación que se había dado.

Mi posición, quizás, era que no había necesidad de tener un decreto de esa naturaleza, desde mi punto de vista como abogado, únicamente como profesional.

El señor PRESIDENTE.— En razón de que usted considera que no había necesidad de pasar por una rueda de Bolsa por las consideraciones que he expresado.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Yo creo que si; es decir, si había norma específica, porque luego hubieron normas específicas, o no se anotó la inscripción, pero había un requisito previo que no se había cumplido.

Eso es básicamente lo que yo sustento. Lo que pienso yo con respecto a esas operaciones, en forma personal. Pese a que no estuve yo a cargo de los lineamientos o pasos legales. Pero es mi criterio, como se me ha preguntado como abogado, es lo que yo pienso. Puedo estar en la razón o no.

El señor PRESIDENTE.— En relación a este tema de las primeras hojas de este certificado es por el notario, y la diferencia que hay entre el contrato que tienen los trabajadores y el que tiene Conasev.

¿Usted ha tenido conocimiento anterior de este tema?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No, la información que yo presenté a Conasev, yo

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presenté a Conasev fue una información, por un encargo de un pliego interrogatorio que me señalaron y ahí adjunté diversa documentación.

Sobre esta documentación y esos cambios que usted me menciona que se podrían haber producido, yo no conocía.

El señor SILVA.— ¿Cuál era el porcentaje de acciones que Gato Sol, de acuerdo a los contratos de opción de compra, que usted ha referido, pensaba adquirir de Corporación de Inversiones "Progreso"?

El señor VILLANUEVA MERINO.— El 50% de lo que ellos adquiriesen.

El señor SILVA.— ¿Por qué más o menos el 50% era alrededor de 24% de las acciones?

El señor VILLANUEVA MERINO .— Le explico, si me permite.

Había una postura para poder adquirir el 50% hasta un 67% de un total.

Entiendo que posteriormente diversos accionistas devolvieron, o desistieron de vender y se quedó al final con un porcentaje de 49%. Esa fue una situación que fue una devolución de los accionistas y se ratificó siempre el 50%.

La primera vez que Gato Sol solicita la opción la hace hasta por 50% y 67%.

Creo que eso es básicamente lo que usted me está preguntando.

El señor SILVA.— Claro, porque existen denuncias respecto a que eso habría hecho para evadir el reglamento de OPA; o sea, en el sentido de que establece todo aquel que quiera adquirir más del 25% en una sociedad tiene que hacer una oferta pública de adquisición para que las acciones no se vendan a mejor precio.

¿Qué opinión le merece eso?

El señor VILLANUEVA MERINO.— El conocimiento que yo tenía sobre esa situación es que existieron devoluciones o retiros de las opciones de compra más no así que hubiera ha habido una situación así. Para mi punto de vista, como le decía, esta operación puede haber realizado fuera de Bolsa, según mi idea.

El señor SILVA.— ¿Gato Sol llegó a adquirir acciones de San Jacinto o nunca llegó a adquirir, nunca llegó a ejercer las opciones de compra?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Ejerció la opción hasta el 24,5% de las acciones, y adquirió ese porcentaje.

El señor SILVA.— ¿Eso figura en la documentación que ha sido remitida a Conasev?

El señor VILLANUEVA MERINO.— Entiendo que sí, que fue remitida y señalado el 24,5%. Y de lo contrario, debe estar en los padrones y en el libro de transferencias de la empresa.

El señor SILVA.— Porque de lo que hemos investigado solamente figuraría Corporación de Inversiones "Progreso", quien adquiere el paquete mayoritario de acciones.

El señor VILLANUEVA MERINO.— Como le digo, eso se hizo a través de la opción de compra y se solicitó la adquisición hasta en 24,5%, que entiendo se inscribieron.

El señor PRESIDENTE.— Okey. Creo que por nuestra parte está preciso lo que queríamos

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conocer.

Le rogaría nos pudiera acercar los dos asuntos que han quedado pendientes, la fecha de inscripción, uno; y dos, el tema de las llamadas de teléfono, la relación en forma de ser menos engorroso el procedimiento en este campo.

¿Si usted quisiera agregar algo o dejar establecido algún otro elemento adicional a las que ya mencionado?

El señor VILLANUEVA MERINO.— No, ninguno.

Únicamente, la colaboración nomás cuando lo requieran.

El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias, doctor. Es muy gentil.

—Se suspende la sesión por breves minutos.

—Se reanuda la sesión.

El señor PRESIDENTE.— Se reanuda la sesión, con la presencia de los señores representantes de Edelnor Sociedad Anónima Abierta, a quien hemos invitado en la comisión para tratar diversos temas; el más significativo de los cuales es el que tiene que ver con el tema de las contribuciones reembolsables de Fonavi, y la forma cómo se produjo el procedimiento de transacción con el Estado, los criterios empleados para el efectos y los procedimientos empleados.

Y en segundo lugar, para conocer respecto al tema de lo que tiene que ver con la temática de revaluación de activos y de apreciación a efectos o fines tributarios que se ha producido por parte de la empresa a raíz de la temática de la legislación y los decretos sobre decisiones y fusiones en este terreno.

Entiendo que los señores representantes de Edelnor quisieran iniciar su presentación con una presentación en power point sobre el tema de las contribuciones reembolsables que creo que ordenaría nuestra conversación, si estoy en lo correcto.

El señor .— Señor Presidente, es un gusto de estar con ustedes acá para aclarar este tema, señores asesores, que creo que es importante que conozcan el punto de vista de Edelnor exactamente y la forma cómo se llegó a la transacción final con Fonavi de las contribuciones que han sido reembolsables.

Creo que este power point va a dar una explicación clara desde nuestro punto vista y cómo llevamos a cabo la transacción y cómo llegamos a la cifra correspondiente.

Gracias, Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Gracias a usted.

Puede proceder si lo desea.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A, Luis Salem.— Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, lo que cabría manifestar es que existió una gran diferencia en la posición inicial, entre lo que reclamaba el Fonavi por contribuciones y lo que la empresa sostenía debería ser...

El señor PRESIDENTE.— Lo voy a interrumpir medio minuto.

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Como esto es grabado y no filmado, les rogaría que al iniciar su intervención, para que quede un registro en la cinta, puedan indicar sus nombres.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— Mi nombre es Luis Salem; soy gerente legal de Edelnor S.A.

Continuando, como manifestaba, las diferencias al comienzo de la negociación eran abismales.

El Estado a través de Fonavi pedía alrededor de 100 millones de dólares, en concreto, y la posición de la empresa era 10 millones de dólares.

Entonces, ante diferencias (15) tales cabría preguntarse ¿por qué? Y ese es más o menos la explicación que le voy a dar en qué se basan las diferencias de interpretación de la legislación para determinar los montos.

Son tres los temas que principalmente determinan que los montos sean disímiles.

El primero es el número de obras a reembolsar.

El Fonavi financia, según ellos y según la información que se tiene, un total de 356 obras, tengo entendido, o 55 obras, algo por ahí, y él tiene que se le deben devolver todas estas obras. La empresa dice que no deben ser esos números de obras.

¿Cuál es el criterio? Los antecedentes son los siguientes:

La anterior Ley de Electricidad, la Ley General de Electricidad, la 23406, establecía el pago por parte de los usuarios de los mismos conceptos: un aporte a la red primaria, un aporte a la red secundaria y un aporte a la conexión domiciliaria. Con otros nombres, se llamaba aporte Alafa, tenían otros nombres.

¿Qué tratamiento tenía eso? La gente entregaba esos bienes o dineros a la empresa, la empresa los capitalizaba a favor del Estado y no le daba nada al usuario. Simplemente tenía el derecho a obtener el servicio, con lo cual la empresa se capitalizaba con la plata de la gente, y era porque era del Estado.

Cambio la legislación y empezaron a entrar unas concesiones con los cuales eran privados.

Entonces, ya no correspondía que el financiamiento que hicieron las personas pasara a la empresa sin costo, porque ya no era a nombre del Estado.

Entonces, la legislación cambia y dice que tiene que haber un aporte o una contribución reembolsable.

Entonces, de ahí nace el tema.

Las obras en el tiempo empiezan a comenzar en el año 90 o antes que eso, incluso al año 80, y van (ininteligible) a partir del 90 que Fonavi empieza a financiar, y antes habían otras instituciones que financiaban.

Con el tiempo va seguir un número de obras que corresponden a la legislación anterior y por lo tanto, tiene que haber no reembolsables y fueron pagadas con el precio de compra, porque eran los derechos que ya habían sido adquiridos por la empresa que fue comprada. Y los que sí correspondían eran los demás. Y la ley de concesiones se pone en ese primer caso. Da una norma transitoria para ver cuál era el punto de quiebre, entre las que eran reembolsables y las que no lo eran. Esa norma no es tomada en cuenta en nada por Fonavi. Fonavi quiere todas.

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Entonces, ¿cuál es la regla? La regla es la que aparece en la pantalla en este momento.

Ese es una transcripción de la sexta disposición transitoria del Reglamento de la Ley de Concesiones, que establece qué requisitos debían ser, mejor dicho, en qué situación debe encontrar una solicitud para que sea regulada por la ley anterior o por esta ley.

Lo que regía en última instancia era la ultra actividad de la Ley N.° 23406. Esa es la situación.

En razón de eso tomamos una posición en la empresa con los asesores legales externos, internos, con informe y todo, que luego ha sido ratificada por la Corte Suprema de la República. Porque no todos los (ininteligible) han sido financiados por Fonavi. Hay unos que son por recursos propios y tienen mucho de ellos en realidad de 25 mil han sido pagados sin problemas. Y algunos de ellos se encuentran en el Poder Judicial, que no deben ser más de 30.

Esos 30 hemos ganado, no entran, y los que ya llegaron a la Corte Suprema, porque todos tienen una secuencia sucesiva, ya se ganó este tema en la Corte Suprema. La Corte Suprema nos ha dado la razón.

¿Y de qué trata esto? Esto quiere decir que como usted ve ahí, las palabras importantes son 'trámite' y 'cancelados' o 'pactados'. Ese es un procedimiento administrativo. Está regulada por una norma administración la obtención de un suministro en esa época, el Decreto Supremo RN-02, de ese año.

El tema es, que para que una solicitud esté en trámite se diga que no ha habido resolución, porque la resolución pone fin al trámite administrativo.

Entonces, el punto de quiebre que se tomó era la resolución administrativa que autorizaba la obra y fijaba el monto a pagar por Afa y establecía el plazo en que podía pagarlo, que era el que el usuario se acogiese.

Tomando en cuenta la fecha de resolución de aprobación del proyecto, se distinguía cuáles eran reembolsables y cuáles no. Eso fue ratificado por la Corte Suprema ya años después, hace más o menos 6 ó 8 meses, en dos o tres sentencias sucesivas que viene manteniendo el criterio.

Siendo así, de las 365 obras que solicitaba Fonavi sólo correspondía 198, de acuerdo a este criterio.

Con lo cual como puede verse baja la deuda a un 55%, más o menos, en número de obras, hablemos a groso modo.

Se puede puntualizar todo esto con cifras pero para entendernos fácil veámoslo a groso modo.

Eso ya sabe que los 100 millones pasaron a ser 55, sólo por ese efecto.

Ahora, pasamos al siguiente efecto: ¿cuál sería el valor de la obra a reembolsar?

El señor PRESIDENTE.— Una pequeña interrupción.

¿Ustedes tienen todo esto documentado, supongo, no es cierto?

¿Lo van a dejar en la comisión? Lo han traído con ustedes. No nos enviarían. Yo le agradecería mucho.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— Colega, son 198 expedientes, en nuestro caso, los que se reembolsan, que son 365 expedientes.

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¿Qué información es la que requerirían ustedes?

El señor PRESIDENTE.— Ese es un tema sobre el cual podríamos terminar a su presentación, precisar, ponernos de acuerdo.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— Encantado, señor Presidente.

El segundo tema es, ¿cuánto cuestan las obras? Que ya definimos cuales se pagan.

Ahora, ¿cuánto cuestan esas obras?

El Fonavi reclamaba el valor de liquidación de obras, que es lo que le costó a él factura por factura, no sabemos con qué criterios de costos, no sabemos si el costo fue el adecuado, menor o mayor. No tenemos la menor idea. Ese costo pero él pedía el total.

¿La ley qué dice al respecto y con qué razón lo dice? La ley en el artículo 85.° establece que, como lo he resaltado ahí en letras, que la obra se debe reembolsar al valor y número de reemplazo, que es un término que está definido en la ley, más adelante. Y que quien lo fija en ese entonces es la Comisión de Tarifas Eléctricas, y hoy día el Osinerg a través de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART), que genera las funciones.

En ese caso, ellos no toman en cuenta las instalaciones de la empresa, tal y como son, sino las instalaciones de un modelo de eficiencia, que lo determinan de acuerdo a las necesidades de consumo de cada zona.

Por ejemplo, en la zona de contribución reembolsable, que son las zonas marginales, las más pobres, en esas zonas el nivel de consumo es muy bajo y muy disperso.

En consecuencia, corresponde líneas áreas; sin embargo, Fonavi y los usuarios quisieron líneas subterráneas.

Cuando eso ocurre, por ejemplo, si usted quiere urbanizar una zona en La Molina, donde fuera, usted puede decidir si la zona que va a vender va a tener redes aéreas o subterráneas.

Usted va a la empresa y la empresa le va a decir: "Señores, voy a pagar mis FR por esa solicitud. Yo quiero una red subterránea."

En ese momento se le dice: "Señor, el BNR de esto es aéreo. La norma ahora establece que se debe decir al momento esto sería.

A la hora que le entrega la obra le vuelvo a fijar el BNR y no puede diferir de un monto que ya se estableció en la norma.

Entonces, señor, todo lo que usted haga por encima de lo eficiente es porque usted lo quiere, para que sus hijos vuelen cometa, para que usted no vea los cables cuando ve por la venta, para lo que usted quiera.

Ese es como funciona la norma eléctrica.

Entonces, todo este mayor valor de hacerlo subterráneo no se ve reconocido por la norma, y tiene razón, porque la tarifa la fijan de la misma manera.

Eso es lo que me cuesta comprar los bienes.

Ahora, ¿cómo lo recupero? A través de la tarifa. ¿Qué conceptos toma la tarifa? El mismo, BNR.

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Se recordará, las empresas tuvieron juicios, Edelnor, Luz del Sur y de Cañete con la Comisión de Tarifas Eléctricas en el año 97 y 98 por el tema del BNR.

Nosotros sosteníamos que el modelo no era como lo dicen ellos, sino el modelo es contrastar un modelo de eficiencia contra la realidad, y ellos decían que se contrastaba. Un modelo de eficiencia contra otro modelo de eficiencia. Lo cual daba lo que uno quiere, se hacen los modelos.

Fuimos a un juicio y perdimos.

Entonces, es como dice el Estado, es como dicen ellos, es lo eficiente.

Entonces, siendo así la tarifa no va a subir, la tarifa se mantiene como es pero, sin embargo, las devoluciones de los ingresos tienen que mantener la misma regla, porque si no el criterio, el modelo no estaría completo y sería un modelo contradictorio.

Entonces, ese es la razonabilidad que tiene.

Por lo tanto, en el tema de cuánto costaban las obras. Costaban de acuerdo al artículo 85.°, el BNR.

Para informar informar un poco a groso modo, una línea área frente a una subterránea varían entre 3 y 7 veces. Tres veces en 7.

¿Por qué tanta diferencia? Porque hay líneas que son conductos, con bóvedas y ductos, y para el mantenimiento es muy cómodo y se cambian las fallas muy fáciles.

Y hay otras, como las nuestras, que son enterradas. Se hace un hueco en la tierra, se pone un cable protegido y se tapa. Es mucho más caro para mantenerlo, es mucho más caro para ubicar la falla y mucho más caro.

Es por eso que en este caso más o menos 3 veces más caro lo que han pagado que lo que corresponde devolver.

Entonces, lo que ya habíamos hecho a 55% por el número de obras, se convierte en el 30% de esos 33% producto del criterio BNR establecido por el Estado y congruente con toda la regulación tarifaria la normatividad eléctrica.

Entonces, ya estamos más o menos en un 20% de la pretensión inicial.

El tercer punto de conflicto con Fonavi lo representa el criterio de actualización.

Esa plata ustedes nos las dieron. Okey. Las obras son tantas, la plata es tanta.

Pero esa plata la has tenido desde el año 92, 93, 94 y me la estás devolviendo en el año 99-2000.

Entonces, esa plata algún tratamiento debe tener de actualización.

La norma, la parte importante de esta norma, dice, bueno: "El usuario tendrá derecho a que se le reconozca las contribuciones que realicen mediante la entrega de acciones, empresas, bonos u otras modalidades que garanticen su recuperación real."

El criterio económico contenido es el de obligación de valor. Mantener el valor de la obligación. Los soles que compran 10 manzanas, que hoy compren las mismas 10 manzanas, que se mantenga en valor.

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Entonces, ¿con qué quería actualizar la deuda Fonavi?

Primero intentó hacerlo con el artículo 176.° del reglamento de la Ley Eléctrica del cual la penalidad que se cobra cuando el usuario no paga, pero no es el supuesto de hecho de la norma. Por lo tanto, no es aplicable.

El segundo que quisieron tomar era el promedio de promedios de las tasas activas y pasivas, que era el que establecía la directiva de devolución de contribuciones emitidas por el ministerio pero para el caso de las modalidades de devolución.

Para explicarle eso, comprendido un poco.

Ellos entregan la obra, yo tengo que fijar el BNR de esa obra en ese momento. En 30 días pactar la modalidad de devolución.

Entonces, si yo no pacto esa modalidad de devolución esos 30 días, la ley me sanciona con el 176, que no es el caso, porque a eso no hemos llegado. Ni siquiera hemos llegado a que el usuario venga a pedirme la modalidad.

En el caso de las modalidades es la tasa que debería rendir la modalidad, que si yo doy un bono el bono no puede rendir menos de promedio de promedios. Lo cual a nuestro entender de la empresa, va contra la ley. Porque eso hace ganar al usuario.

Ojalá yo tuviera una tasa por mi dinero, que sea promedio de promedio de tasas activas y pasivas. No la tiene nadie. Y eso no es lo que dice la ley. Le dice que la recupere realmente. Entonces nosotros dijimos no. La manera de actualizar esto es, o con el IPN, como se hace en la misma directiva que lo toman en la parte en donde tienen que actualizar un monto. Es entre el momento que yo fijo el BNR y el en momento que entrega la obra.

Ahí utilizo el artículo 154.° del reglamento, que es la fórmula de actualización de las tarifas, que contiene la fórmula polinómica que tiene: salarios, tipo de cambio, precio de combustibles, IPC. Todo lo tiene y se actualiza mes a mes la tarifa con eso.

Entonces, era lo más junto. En su efecto, IPC no suponíamos, IPM. Cualquiera cosa, lo que quisieran, pero que fuera un mantenimiento de actualización, y con eso se llega a la diferencia de la actualización, que duplica el monto del capital en el período.

Por eso es que llegamos a los 10 millones y ese es el fundamento.

Ellos, creemos, que cuando fuimos a las negociaciones este fundamento no pudo ser rebatido por ellos de una manera. Y creemos que por eso es que no quisieron un arbitraje. Porque un arbitraje en nuestra posición era muy sólida.

Entonces, ellos, me imagino, que prefirieron negociar el tema antes que se diera. Porque lo más simple hubiera sido para todo el mundo el arbitraje.

El señor PRESIDENTE.— Señor Castro.

El señor CASTRO.— ¿Usted afirma que ellos, refiriéndose a Col-Fonavi, no quisieron ir a un arbitraje? ¿Presentaron una posición con respecto al tema del arbitraje concretamente en documentos?

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— No, simplemente, o sea, cuando negociábamos, ante la duda, como en el lado de la mesa habían unos criterios y otro habían otros y la diferencia era muy grande y ellos no estaban dispuestos a ceder.

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¿Qué es lo que pasa? Acá hay un defecto de origen (Falla de grabación)

personas que ya tenían 7

años negociando el tema de las devoluciones, porque él pensaba que esa plata era suya. Esa plata, si me permite pasar (falla de grabación) para contarle cómo varían las relaciones.

Una ley del Congreso varía estas relaciones y en ese momento se genera recién la deuda del Fonavi.

La deuda del Fonavi, perdón, la pérdida de Fonavi se genera con una ley del Congreso, que es la ley que extingue los saldos deudores.

El señor PRESIDENTE.— Usted quiere seguir en el orden, no hay problema.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— ah, bueno, entonces sigamos en el orden.

Ahora para darle un poco de orden de magnitud de lo que hablamos, y ya estamos hablando de derechos y cosas que no son muy tangibles, ahora hablemos de orden de magnitud cifras de las que hay.

Ahí tenemos una descripción de lo que compone una red, de lo que componen, lo que ha entregado el Fonavi a nosotros, son redes de media tensión, subestaciones que son las que baja la tensión de media a baja.

Son baja tensión de servicios particulares y las normas de alumbrado público. O sea, las redes de baja y el alumbrado público; (16) o sea, las redes de baja y el alumbrado público y algunas inversiones no eléctricas, que también contienen estas redes.

El BNR aprobado por la Comisión de Tarifas, es la primera columna, es 348 millones. Sobre eso hacen mi tarifa. Ese es la base tarifaria, de acuerdo a lo que es la regulación tarifaria.

Lo siguiente es en términos de fierros, de instalaciones, ¿cuánto representa lo otorgado por Fonavi? Es 11 millones 429, que es más o menos el 3%.

Si se da cuenta, arriba están desiminadas cada una, y es un 3%.

En número de clientes. Edelnor tenía en ese entonces 832 mil, Fonavi dio 45 mil con todas sus instalaciones. Fueron 5,4%.

El consumo mensual de Edelnor es 126 mil megavatio-hora. Ellos aportaron 2 mil, 1,9%, porque son gente, evidentemente, de escasos recursos y de caso consumo.

Y en ingreso mensual, bueno, lo correspondiente en soles, 800, ese es el 2% de la facturación.

¿Cómo se puede pretender con esos aportes a la compañía querer cobrar el 30% el valor de la compañía, 348 millones, querían un poco más de 110 millones.

Ahora, si quieres, pasemos a la siguiente.

El señor PRESIDENTE.— ¿De dónde saca usted la cifra de 310 millones?

La cifra que nosotros hemos recibido aquí en la comisión es de 240 millones.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— Ese es la segunda cifra que está aquí.

Le cuento un poco, atrás de la negociación. Fonavi, que se sentía propietario de este dinero que

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era de los usuarios viene y reclama ante Edelnor la devolución de las 355 obras y quería 355 millones de dólares, en el año 97, que de acuerdo a lo que él actualizaba, para el año de la negociación, ya eran como 550.

Entonces, nosotros le dijimos: "Señor, usted no es el acreedor de esto. Usted no tiene legitimidad para hablar en este tema."

Adjuntó un poder de un usuario y le dijimos: "De los 355 millones, yo sólo le puedo pagar lo que este poder que le ha dado el usuario." Y le dí mil soles.

Entonces, él se fue al Osinerg, y la Osinerg le dijo improcedente por falta de legitimidad para obrar. Usted no es el acreedor, señor. Se fueron.

Entonces, tenemos el problema; este problema de las FR comienza en el año 94 cuando compramos la empresa y no se podía solucionar. Porque cada vez que se buscaba una solución por el ministerio, Fonavi intervenía, y Fonavi decía: "Señores, esa plata es mío. ¿Por qué se las dan a los usuarios? El usuario no me va a pagar a mí." Entonces, démela a mí, e intervenía y nos paralizaba y el ministerio nos mandaba a parar y nosotros queríamos solución.

Entonces, en ese momento tomó la decisión de devolverle a todo el mundo la plata, porque no queríamos tener esa contingencia de más.

Empezamos a citar a la gente: pueblo joven, asentamiento humano por asentamiento humano; manzana por manzana.

Se les citó a cada uno de ellos, y ellos vinieron, recogieron su plata, se les descontó lo que nos debían a nosotros, con lo cual estuvieron de acuerdo, firmaron el compromiso y así le pagamos a cerca de 13 mil personas.

Y en ese entonces Fonavi ya se empezó a desesperar, y Fonavi empezó a hacer su lobby y consiguió que obtengan la ley que extinguen los saldos deudores y subrroga al Estado en la posición de ellos para cobrarme la deuda, que son los siguientes cuadros que le voy a enseñar.

El 34% representa de BNR lo que estaba pidiendo Fonavi.

Ese es el flujo, si quiere, de las obligaciones iniciales.

Primero, el número uno, marca la relación jurídica que tiene Fonavi con el poblador del asentamiento humano en el cual le da un préstamo de dinero, el cual está avalado por un contrato individual, creo que son a 20 años, si la memoria no me falla, en la cual nosotros actuábamos como agente de percepción. Le cobrábamos a la gente a través de un decreto supremo, no porque quisiéramos, se nos obliga a hacer eso. e íbamos cobrando ese crédito que ellos tenían.

Así que Fonavi tenía garantizado el cien por ciento, con la morosidad que puede tener cualquier entidad financiera, pero el cien por ciento de sus cobros, a soles. Porque él prestó soles, le devolvían soles, los usuarios.

Luego, el usuario, con esos soles hace obras y me las da a mí, y yo le debo ¿qué? los criterios contenidos en la Ley Eléctrica, que son distintos a los soles que recibió, porque él hizo redes subterráneas, hizo redes que no se devolvían, y luego quisieron autorizar los montos.

O sea, la deuda que tenía Fonavi con el usuario, era puro y simple, él cobraba su cien por ciento y el fondo no se veía afectado.

Simplemente con esta ley lo que hacen es extinguen, sale la 26968, se extinguen los saldos

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deudores de los beneficiarios de préstamos, se transfiere a favor el derecho de los usuarios al cobro de contribuciones al MEF y luego al Estado, y luego se fue delegando vía decreto supremo. Y deberá negociar montos a devolver y en caso de desacuerdo se deberá a ir a arbitraje.

Yo inicialmente pensé que el camino iba a ser el arbitraje, pero sin embargo no fue así. Se negoció y fuimos negociables y cuando vieron las cifras ellos dijeron, cuando vieron los argumentos. Sobre todo, yo creo que deben haber tomado en cuenta eso. Y más pensaron sacar, creo, una negociación, que fue lo que sacaron. Yo he pagado bastante más. Nosotros pensábamos pagar 10 millones de dólares de acuerdo a nuestros cálculos y hemos pagado 28. Porque 3 le dimos a los usuarios y 25 al Estado.

Así que para nosotros no fue una negociación de la que hubiéramos salido felices.

Terminamos un problema largo, sí, eso nos quitó un tema de encima y nos quitó una presión del Estado fuerte y de marchas en la calle y daño a la imagen a la empresa y de mucho problema diario acarreado por 5 ó 6 años.

Entonces, con ese costo se conversó con la matriz y se pasó al pago, y esa fue la negociación que se hizo básicamente, en lo que a derecho respecta.

Una cosa más, que es muy importante, que son informaciones del Ministerio de la Presidencia, tengo entendido que fueron ante la Comisión de Fiscalización del Congreso de ese entonces en la cual se ve que la cifras pagadas.

¿Qué pasa? Fonavi no sólo presta plata para electrificar Lima. Presta plata para electrificar todo el Perú. Y aquí se tienen las cifras en una presentación que se hace en el Ministerio de la Presidencia, tengo entendido, al Congreso me gustaría verificarlo eso.

No estoy tan seguro de eso pero creo que es así, en la cual se establecen los montos que se gastan en saneamiento, en electrificación, área por área, del Perú, y cuánto es lo que gastan en redes.

Del cien por ciento que gastan, una parte corresponde a la conexión domiciliaria y esa no se devuelve, ese es propiedad del usuario.

Yo sólo devuelvo lo que él aporta a mis redes, que son la red primaria y la red secundaria, la media tensión y la baja tensión. Lo demás él lo paga pero es suyo, de su propiedad.

Entonces, al cien por ciento de cifras que aparecen acá se le debe descontar el 22% de la conexión domiciliaria y da la cifra final que se invirtió en redes, en Lima y Callao.

Recordemos que Lima está dividida en dos: una parte es Luz del Sur.

O sea, acá estamos sumando lo que es Luz del Sur y Edelnor, porque el Callao completo es Edelnor.

Las cifras que aparecen acá son, mejor vamos de frente a los anexos.

En electrificación, en todo el país, se gastó 536 millones de dólares, período 1992-1996.

En Lima se gastaron, voy al consolidado, año por año, se gastaron: en el Callao 12 millones 226 mil dólares; y en Lima 17 millones 261 mil dólares. De los cuales hay que descontarle a ese total el 22%, que le da un total de 23 millones de dólares.

¿Cómo habiendo gastado 23 millones de dólares en toda la ciudad —o sea, descontemos la mitad de Lima, que es Luz del Sur— va a llegar a una cifra de 110 millones de dólares iniciales? Que luego fueron bajando en sucesivas negociaciones y pretensiones.

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No tenía. Por eso es que llevamos esta presentación. Esta presentación es similar la que se hizo en algún momento en el MEF, para enseñarles que el orden de magnitud de lo que hablaban estaba fuera de proporción y ahí fue que entendieron.

Señores, más allá de las leyes, veamos la realidad, veamos qué me han dado, qué fierros han puesto en mi red y cuánto valen esos fierros, y por último, cuánto gastaron ustedes, según propias declaraciones de ustedes.

Porque recuerden que a mí están poniendo horas de más, valorizaciones que no corresponden a las legales y que están infladas además, y actualizaciones que duplican y más el capital.

¿Con eso qué hacen? Limpian, me imagino, su cartera pesada que tienen de esta cobranzas.

¿En el caso de las estatales qué se hizo con los FR? Se capitalizaron antes de la venta, las cuatro regiones del norte.

¿Esos FR dónde están? Ese es otro tema.

Entonces, a Lima no se le puede cargar los mil. A Lima lo que se dio a Lima, y eso está dicho por ellos.

Y con eso concluyo, señor Presidente.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Gracias, doctor.

¿Usted nos va a dejar copia de su power point, del material que tiene del ministerio en términos de valorizaciones?

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— Sí, eso, lo que tengo yo (intervención fuera de micrófono) del Ministerio de la Presidencia en un informe que se ha realizado.

La memoria ejecutiva, creo que incluso que es un documento pero tengo que conversar con la fuente de este documento para conseguirle exactamente de dónde viene. Porque aquí no quiero darle palabras que no sepan de dónde son.

El señor PRESIDENTE.— Ese documento es de ustedes, no es un documento del ministerio, con fuentes de datos del ministerio.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— Así es, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— No había original, le había entendido que era un documento del ministerio.

El señor GERENTE LEGAL DE EDELNOR S.A., Luis Salem.— No, mire, el desarrollo de este trabajo toma como referencia cifras proporcionadas por el Ministerio de la Presidencia.

O sea, le voy a traer las cifras oficiales.

Lo que hagamos como final, pongámonos de acuerdo en que es la información que requieren, la comisión para su investigación, y ahí hacemos un consolidado claro.

Gracias, señor Presidente.

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El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias a usted.

No sé si hay algo de carácter general que quisieran adicionar a lo que ha presentado el doctor.

El señor LLOSA BARBER.— De este tema no creo, Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Gracias.

Entonces, yo quisiera hacerles algunas interrogantes sobre el procedimiento.

¿Con quién trataron ustedes en el ministerio sobre este tema?

El señor LLOSA BARBER.— En una oportunidad tuvimos una reunión justamente para presentar este power point, no era exactamente igual pero contenía lo mismo, que asistimos el presidente de Edelnor, (ininteligible) con el gerente general, el doctor Salem, como gerente legal.

Hizo una presentación a las personas del ministerio que estaba en ese momento el señor David Saettone, el señor Alfredo Jaililié, y habían algunos asesores que no me acuerdo exactamente sus nombres.

Les explicamos cuál era la razón exacta por la cual nosotros no aceptábamos la cifra que se mencionada de parte de Fonavi.

Esa fue una reunión que tuve yo con el señor Saettone y el señor Elías y la representación del Ministerio de Economía y Finanzas.

Después, creo haber tenido otra reunión con el señor Saettone pero no fue sobre este tema. Fue por el interés que había de parte del ministerio de vender el casi 37% de las acciones que tiene el Estado en Edelnor.

Entonces, comentamos el tema de, bueno, que teníamos que arreglar este tema para eliminar esta contingencia y que las discusiones con Fonavi no avanzaban, y que realmente sin eso nosotros no íbamos a poder participar en comprar esas acciones, me refiero a los accionistas del 60% que el distrito de Lima, y quedó esto pendiente hasta que se terminara el tema de la negociación, cosa que después se volvió a trabar por el tema de fusión, de la contingencia de la cual ustedes tienen conocimiento.

Esas fueron mis únicas dos reuniones con gente del Ministerio de Economía.

Y finalmente, tuve una sola reunión con el Ministro Boloña a quien le entregué el cheque por los 25 millones de dólares.

En el interin el Ministro de Economía nombró al señor César Hernández como negociador —diríamos— de este tema, para ver cómo podríamos llegar a una cifra más compatible, para nosotros, para poder llegar a una solución.

Y con el señor Hernández he tenido 3 ó 4 reuniones en la cual hemos tenido intercambios de cifras, (17) donde decíamos, bueno, que la posición original de ellos era totalmente aceptable, bajaron un poco ese valor, después volvimos a reunirnos. Nosotros teníamos presentes que nuestro pago no debía ser más de 10, 12 millones de dólares, entonces ellos fueron bajando.

Y llegamos, después de la última reunión, a un tema. El señor Hernández sólo presentaba supuestamente proposiciones del Ministerio, las llevaba a la reunión y nosotros decíamos esto no funciona y volvíamos a quedar en nada; después nos volvían a citar; digamos, volvíamos a tener la reunión, las reuniones que no eran en el Ministerio. Y finalmente fuimos acercando las cifras hasta que se llegó a la cifra final que es la de 47 millones de dólares con intereses incluidos,

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pagadera en 10 años.

Entonces, ese fue el acuerdo, que el señor Hidalgo tuvo que ir a su principal a Chile donde está Endesa, a ver este tema. Fue muy difícil convencer a Endesa y a los accionistas peruanos también de aceptar este pago, porque de acuerdo a la explicación que acaba de dar el doctor Salem, era mucho más de lo que nosotros teníamos como contingencia.

Entonces, regresó de Chile y, bueno, terminamos conversando entre nosotros y insistiendo para solucionar el problema que era un problema ya que está volviendo difícil, con manifestaciones, como informa el doctor Salem, con dificultades, queríamos eliminar las contingencias que habían en la empresa, como ya habíamos eliminado antes otros problemas con el Estado que se había resuelto totalmente.

Entonces, el momento ya de terminar esta negociación y llegar a esa cifra, que eran los 50 millones originales más los 3 millones que hemos pagado los fonavistas, quedaban 47. El Ministerio planteó: Nosotros queremos valor presente, queremos tener el dinero. Entonces se tomó una tasa de descuento de 13,5, lo cual da el valor de 25 millones que pagamos al contado. En ese momento los intereses estaban en más o menos 17, 18% en dólares. Entonces, consideramos una tasa de descuento conveniente para llegar al mayor valor que fue 25 millones.

Así terminamos un asunto que se había vuelto enojoso para la empresa, que comienza cuando Edelnor compra las acciones a Electrolima el 18 de agosto de 1994, y que duraba ya muchísimos años en que no nos poníamos de acuerdo y que eran cifras que venían que iban; bueno, se decidió pagar de lo que correspondía, pero terminamos ese tema.

Así es, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Doctor Salem

El señor SALEM.— Gracias, señor Presidente.

Para completar un poco lo dicho por el señor Llosa.

Hubo un nivel de negociaciones que fue intermedio, entre los dos que le he mencionado, que es producto del decreto supremo que nombra a Colfonavi como negociador en nombre del Estado, y en ese momento fue que se nombra al señor Hernández por esa razón y ahí se forma una comisión, una comisión de parte nuestra y una comisión de parte del Fonavi, y la del Fonavi estaba conformada por el señor —si mi memoria no me falla— el señor Maman, el señor Covayachi y un tercero que no puedo recordar el nombre, pero se lo puedo hacer llegar revisando la documentación.

De la parte de Edelnor fueron el señor Agustín Moliner, gerente de administración y finanzas de ese entonces, el señor Yamamoto aquí presente, subgerente de administración contable y quien habla, y en esas reuniones fue que se trataban esos temas, los temas que yo he expuesto. Ahí donde se vio que en negociación de mesa iba a ser muy difícil y se pasó a un nivel distinto que era el nivel ya del señor Hernández que era el jefe de Colfonavi y el señor Llosa que era jefe de Edelnor, porque se actuó al mandato de la norma y del decreto supremo; y en ese derrotero fue que se llevó la negociación y acabó en lo que les acaba de manifestar el señor Llosa.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Hay varios asuntos sobre el proceso mismo que yo quisiera pudiéramos avanzar en aclarar.

¿Las negociaciones se inician con el ministerio del señor Boloña o con el ministerio del señor

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Goldemberg?

El señor LLOSA BARBER.— Al señor Goldemberg se le mencionó este tema pero no fue una cosa que se tomó la importancia para solucionarlo, que recién se define con el señor Boloña.

El señor PRESIDENTE.— Un segundo asunto es: Entiendo entonces, que en términos de intermediarios aparte del señor Boloña como ministro que era cabeza, operaron centralmente el señor Saettone por el lado del ministerio y el señor Hernández por el lado de Colfonavi? ¿estoy en lo correcto?

El señor LLOSA BARBER.— No, el señor Saettone intervino únicamente en una reunión sobre este tema en la que presentamos el Power Point con los demás delegados del Ministerio de Economía, de ahí el señor Saettone se retiró del tema, no volvió a tocar el tema, seguimos únicamente con el señor Hernández.

El señor PRESIDENTE.— En el caso del señor Hernández, el señor Hernández recibió de parte de ustedes los estudios que fundamentaban la argumentación que ustedes han presentado y la documentación que acreditaba lo que ustedes proponían; es decir, las observaciones sobre obras en trámites, las observaciones sobre implicancia de costos, casos por caso y Colfonavi contó con los estudios técnicos de ustedes?

El señor LLOSA BARBER.— Las comisiones que se reunieron previas a negociación, Fonavi tenía toda esa información que le habíamos proporcionado nosotros.

El señor PRESIDENTE.— O sea, la información que ustedes habían proporcionado.

El señor LLOSA BARBER.— Mejor dicho, los datos que nosotros estamos negociando con ello y que no llegamos a ninguna parte porque ellos siempre tenían el tema de una cifra astronómica que no competía el caso, entonces ahí se dieron los detalles.

El señor PRESIDENTE.— Hubo un intercambio de documentos de valorizaciones, estudios técnicos, de la posición de Colfonavi y de la posición de la empresa Edelnor.

El señor SALEM.— Yo estuve presente en esas reuniones, fue en un solo sentido, nosotros dimos más de lo que ellos nos dieron, nosotros dimos mucha más información, incluidos en informes legales de nuestra posición sintiéndonos seguros en ellos. Teníamos de ellos sí alguna información, no sé si Juan me puede, nos dieron el número de obras que ellos tenían, era general esto: las de análisis y de las nuestras.

Y como le digo, ellos no tenían mucha respuesta a los argumentos jurídicos en esa mesa de negociación por lo menos, había mucho de recepcionar información y solicitar acreditación de lo que decíamos.

El señor PRESIDENTE.— Yo le señalo esto doctor Salem y señor Llosa, porque esta comisión lo que tiene es información exactamente a la inversa, es decir tiene una gran cantidad de información de Colfonavi donde hemos preguntado sobre qué es lo que había de la otra parte como sustento para ponerlo casi literalmente. Lo que nos ha dicho es que, ellos iban, les proponían una cifra distinta, ustedes proponían otro, el señor Hernández regresaba donde el ministro a decirle nos han ofertado tanto, él volvía a venir diciendo al señor ministro, mejor páguenos de una vez y no en 10 años ó 12 y ofrezcan algo más.

La verdad es que daba la impresión de una negociación de alguien que está comprando un pacto en el mercado, digamos, ¿no?, entonces, te doy 10 soles, doy 12, quedamos en 10,50, no, voy por 11,20. Pero la comisión no ha podido contrastar los elementos técnicos de uno y otro lado, hemos recibido sí un listado de obra por obra por parte de Colfonavi indicando de qué se trata,

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qué valorización calculan ellos, etcétera.

Hemos recibido la versión de que los asesores legales de ellos le recomendaban ir a un arbitraje, hemos recibido ese conjunto de documentación; pero no hemos recibido documentación, aunque le hemos pedido a Colfonavi, le hemos pedido toda la documentación que tuvieran fundamentando una y otra posición para poder hacernos un criterio, y no hemos recibido de Colfonavi esa información, más o menos hemos recibido la versión de que no dispone de la información argumental de la empresa, de cuáles son los estudios técnicos que fundamentaban una u otra postura.

Es esta la razón por la cual no solamente resolvemos invitarlos, sino pedirles que nos acercan la documentación o la información necesaria para tener una noción de qué estamos discutiendo por el lado de la visión de la empresa en este terreno y poder contrastar los argumentos de uno y otro lado.

Y, obviamente, no se trata de tener cada expediente, sino se trata sí de tener cuadros donde esté encerrados el conjunto de las obras, el señalamiento de la valorización que hacen por obra en el terreno, la objeción que tienen en los casos en los que tiene objeción y en qué la fundamentan como criterio básico; si hay que ahondar en ello, ahondaremos en ello y conocer las características en el que se produce la transacción en este campo.

Aquí hay algunas cosas en la transacción, en la visión de las cosas que yo quisiera si ustedes pudieran precisar. Primero se ha dicho, se nos ha argumentado aquí, de que el apuro central en resolver este tema era de que si no se resolvía este tema no se podían vender las acciones remanentes del Estado. Las acciones no se han vendido, de manera que el argumento central que las autoridades políticas han utilizado respecto al apuro de resolver el tema, no parece justificadas.

Entonces, la pregunta es: ¿cómo se manejó esto?, ¿cuál era la lógica?, ¿les iban a vender a ustedes mismos el 30 y tanto por ciento de acciones que tenía el Estado?, ¿las iban a colocar en una operación de oferta en bolsa?, ¿por qué frenaba este tema esa posibilidad? Resuelto el tema, ¿por qué no han procedido a la venta?

La verdad que es una argumentación sostenida con mucho énfasis, pero cuando preguntamos si se ha vendido. No, no se ha vendido.

Entonces, yo quisiera tener una idea de qué es lo que ocurrió.

El señor SALEM.— En el primer caso, cuando se va a proceder a la venta remanente de acciones de Edelnor, se visita el banco de inversión, el sector bienes, Salomon Smith Barner se aparece la empresa y empiezan a hacer due dilligence para la venta y se encuentra con esta contingencia, y en esos días se encuentran con la contingencia que iban saliendo normas que hacían más grandes la contingencia.

En ese momento Salomon Smith Barney junto con Interbak se levantan de la mesa y dicen: hasta que no vea el ministro no puedo poner precio. Porque eran 100 millones que afectaban a una empresa que para el tamaño de la empresa le afectaba. Entonces se detiene todo y ellos dicen, bueno, vamos a arreglar esto. Esto por la velocidad con que se mueven las cosas a nivel del Estado, normalmente demora en el tiempo. Y si llegamos a los plazos que conocemos en que hemos cerrado este tema.

Una vez cerrado este tema, vuelve la gente de Salomon Smith Barney, pero a la vez que vuelve la gente de Salomon Smith Barney con una mano que le manda el Ministerio de Economía, con la otra me manda a la SUNAT y empiezan a revisar lo de la fusión. Entonces le digo: Oye, —llamo al ministerio— señores, no entiendo (18) quieren vender y ahorita me acaban de poner otra

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contingencia más grande que no puedo todavía valorizar, seguimos en la misma. La respuesta fue: qué inoportuno. Qué inoportuno, le digo, qué me querías engañar, me quería primero vender la empresa y luego hacérmelo de los impuestos.

Ahí se detuvo todo nuevamente, ¿hasta cuándo? Hasta ahorita, ¿y por qué no sale? Porque todavía sigue en el tribunal fiscal, y mientras esté ahí nosotros ni nadie creo que está en una posición de ofrecer un precio, salvo castigando esa deuda con lo cual van a recibir muy poco por la empresa.

Incluso ese paquete que van a vender ahora todavía está el tema del tribunal fiscal, que no resuelve lo del arbitraje que ha sido ganado por nuestra empresa.

Siendo así, aún pensamos que está difícil la ventas de las acciones.

El señor LLOSA BARBER.— Quiero explicarle, Presidente, que en ningún momento se condicionó una cosa u otra, en ningún momento se tocó un tema de que arreglemos las financieras reembolsables, de esa o del grupo de Distrilima va a tener interés en las acciones, nunca se habló de este tema.

Nuestro objetivo era solucionar ese tema, tanto que la idea de siempre la Copri y esas cosas era llamar primero a las AFP y comenzar a ofrecer libremente este 37% casi de las acciones. En ningún momento hubo un acondicionamiento de que una cosa iba con otra, de ninguna forma y no sabemos, seríamos un postor más para ese porcentaje. Lógicamente teniendo el control de la empresa, naturalmente se podía presentar como una versión interesante, pero no hemos definido nuestra posición de compra a esas acciones.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— A usted, señor Llosa.

Un segundo asunto es, ustedes señalan que llegan a un entendimiento con la mediación del señor Hernández de un pago de 50 millones, en realidad eran 47 menos los 3 que se le habían devuelto a los usuarios, pagadero en un plazo de 10 años y que resuelven colocar esto a valor actual, porque el ministro señala que tiene interés en el dinero en ese momento y que lo hacen estableciendo una tasa anual de 13,5%, una tasa de descuento. ¿Cuál es el criterio para el 13,5%? Por ejemplo, cuando ustedes solicitan un crédito aquí como Edelnor a una entidad bancaria, ¿cuánto les cobran de interés anual?

El señor LLOSA BARBER.— En el momento, ese momento era muy diferente las tasas actuales, o sea no podemos comparar esa tasa de descuento con las tasas de descuento al momento.

El señor PRESIDENTE.— ¿En ese momento cuáles eran las tasas de descuento?

El señor LLOSA BARBER.— Bueno, las tasas de intereses en ese momento era más o menos 17, 18%.

El señor PRESIDENTE.— En general para ustedes.

El señor LLOSA BARBER.— Para nosotros.

El señor PRESIDENTE.— Pero actualmente ustedes están en tasas, supongo yo, alrededor del 5%.

El señor LLOSA BARBER.— Y menos.

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El señor PRESIDENTE.— Parecido menos, parecido a Telefónica, digamos.

El señor LLOSA BARBER.— Menos, nosotros tenemos tasas sumamente bajas este momento.

El señor PRESIDENTE.— Y las tasas de los créditos del Estado, de los créditos que el Estado obtenía, fueron tomadas en consideración en la negociación para hablar de la tasa de descuento.

El señor LLOSA BARBER.— Para el Ministerio no mencionó sus tasas, ellos consideraron que esa tasa era aceptable y nosotros consideramos que era una buena tasa para el Estado, pero la tasa de descuento depende al momento de la tasa de interés. En este momento se pueden conseguir préstamos a 2 y 2 y medio por ciento para compañías grandes importantes y también del plazo 10 años.

Ah, es cierto, 10 años es muy diferente que una operación a 180 días, eso es importante, una operación a 180 días no es menor de 9, 10% de 10 años, eso es definitivamente una operación de 10 años; para una empresa de importancia será pues de 11, 12%, hoy.

El señor PRESIDENTE.— Un tercer asunto en este proceso es. Estas redes y instalaciones vinculadas a las llamadas contribuciones reembolsables son activos de la empresa, correcto.

La empresa para fines tributarios, podrían ustedes en la información que nos aproximen indicarnos en cuánto la valoriza; y si la empresa las ha colocado obviamente como un costo para fines tributarios, en cuánto ha valorizado las obras a efectos de descuentos en la tributación. Es decir, para ver qué nivel de coherencia hay en la argumentación respecto a cuánto pago por ellas y respecto a cómo uso el tema en la depreciación en este terreno.

Ese sería un dato, por ejemplo, que en los casos resultaría interesante tenerlo claro para evidenciar la coherencia en el manejo del tema.

Sí, doctor Salem.

El señor SALEM.— Si me permite.

La propia ley de Concesiones Eléctricas establece que los cálculos de DNR no tiene ningún efecto tributario, estoy viendo eso, la propia ley lo establece así.

Sin embargo, preferiría que la segunda parte de la pregunta la conteste el subgerente de administración contable que sabe más de eso que yo.

El señor YAMAMOTO.— Mi nombre es Juan Yamamoto, subgerente de administración contable, Edelnor.

En la actualidad el pasivo es generado por estas contribuciones financieras reembolsables, se activan al mismo valor que la valorización DNR, vale decir, se incorporan al activo de la empresa DNR, que es el valor al cual se le devuelve al poblador en este caso o a UTE-FONAVI indistintamente.

El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.

Señor Castro.

El señor CASTRO.— Tengo una consulta muy puntual.

Ustedes han manifestado que había una gran diferencia entre las cifras que proponían ustedes que alrededor de los 100 millones de dólares que le querían cobrar Colfonavi y las cifras que ustedes ofrecían, que era aproximadamente 10 millones de dólares por las contribuciones

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reembolsables.

Nosotros tenemos información de Colfonavi en las ayudas memorias incluso que ellos le enviaban al MEF, informándolos sobre el tema, que sus pretensiones no fueron decreciendo sino, por el contrario, en enero del año 2000, nosotros tenemos la información de que ellos le comunican al MEF que el valor de las contribuciones reembolsables totales sí seguían siendo 366 proyectos, pero el monto actualizado de esos 366 proyectos era 217 millones de soles. Luego ellos llegan con una actualización a agosto de ese mismo año a 240 millones de soles.

Entonces, no es que hayan renunciado en sus pretensiones sino, por el contrario, simplemente es cuestión de la actualización de esos proyectos, iban incrementando sus pretensiones. Ese es un tema.

Y el otro tema es que de alguna manera mostrando de que éstas diferencias no eran tan abismales. Nosotros hemos revisado los estados financieros que figuran en sus memorias anuales, y tenemos que ustedes en el año 1996 valorizaron sus contribuciones financieras reembolsables a 51 millones de soles. Eso es mucho más que 10 millones de dólares, el tipo de cambio de esa época aún más.

Una pregunta sería ¿Cómo fue la evolución de esta cuenta?, ustedes la revisaban. Y el otro tema ver ¿cuál era la diferencia entre los márgenes que ustedes han manifestado hoy en su exposición?

El señor PRESIDENTE.— Juan Yamamoto, por favor.

El señor YAMAMOTO.— Perdón, en el caso de la información que ustedes tienen en lo estados financieros está la totalidad de las contribuciones financieras reembolsables. Parte de esos 50 millones corresponden a particulares, digamos, a personas naturales individuales, y parte de eso corresponde a lo que vendría a ser UTE-FONAVI.

Tendríamos que entrar a revisar las cifras y nosotros le podemos alcanzar la información año por año cómo se desagrega ese pasivo que está registrado en los estados financieros; pero no es el total los 50 millones pertenecientes a UTE-FONAVI, es un monto mucho menor.

El señor CASTRO.— Tiene usted una idea de qué porcentaje era el UTE-FONAVI y el otro a particulares.

El señor SALEM.— Parte de ese pasivo ya estaba convenido con particulares, ese pasivo se descompone en tres conceptos, digamos: UTE-FONAVI por un lado, particulares que todavía no se han acercado a cobrar a la empresa y también figuran CFR que ya están siendo devueltos a través de pagarés en potencias, que nosotros fijamos un convenio de devolución con los clientes. Hay tres conceptos inmersos dentro de esa cifra.

El señor PRESIDENTE.— Estos particulares que no se han acercado a resolver con la empresa, son en total los 3 millones de los que ustedes hablaban de dólares o no, o es otra cosa.

El señor SALEM.— Otra cosa.

El señor PRESIDENTE.— Podría entregarnos un desagregado de ese tema más adelante.

El señor SALEM.— Se refiere a que no fueron descendiendo las pretensiones incrementándose.

Como le referí hace un momento, un año antes de esta negociación y de que salga esta norma, un año o un poco más, ellos solicitan primero 355 millones. Y lo único que variaba en esos criterios es que en vez de pedir el promedio de promedio de tasas activas y pasivas como autorización, pedían el artículo 176.°, que era un artículo que por un período fue incluso capitalizable y era

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mayor el cargo. Después bajaron a 240, pues cambiaron el criterio.

Eso lo que llevaron a la mesa, de lo que estábamos el señor Yamamoto, Molineli y yo, y al otro lado estaban los... ahí no se avanzó y luego se pasó a nivel del señor Hernández y del señor Llosa, donde ya se empezaron a hablar y el Estado empezó a bajar sus pretensiones.

De palabra, él se acercaba y me decía: dame 70 u 80 de esta manera, dame 60 y tantos de esta otra manera. No, no, no, hasta que ya llegamos en una manera a que mucho costo de la empresa preferimos cerrar el tema.

Entonces, sí le aseguro que ha habido una decreciente desde la primera vez que pidieron, y lo que usted dice es sumamente cierto, desde una fecha a otra lo único que hicieron fue actualizar en ese momento.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— En relación al tema de la decisión de actualizar con una tasa de descuento, el pago en hacerlo 10 años, esa negociación se lleva también con el señor Hernández o se lleva a cabo directamente con el señor Boloña.

El señor LLOSA BARBER.— Como le explique, señor Presidente, con el señor Boloña sólo estuve en la oportunidad que le entregue el cheque, con él no estuve ninguna vez anteriormente.

Cuando ya se había concluido la cifra, es 47 millones a 10 años, vino una opinión del Ministerio que quisiéramos que nos paguen al contado y que no haya nada de plazos. Entonces ahí se discutió la tasa de descuento y se pagó al contado, pero no fue negociación con el señor Boloña.

El señor PRESIDENTE.— Cómo demostraba Edelnor que era menor la cantidad de proyectos que deberían ser reembolsados, qué documentación se utilizaba para ese efecto, qué criterio y qué elementos de proanza de ese criterio presentaban.

El señor SALEM.— Ahondando un poco más en el punto de quiebre.

El criterio definitivo, interpretando lo que decía la norma y lo que decía los informes, era que debía ser la fecha de resolución de aprobación del proyecto de las personas.

Eso si estaba antes del 5 de diciembre del año 92, fecha de entrar en vigencia de la ley, se regulaba por la ley anterior. Es decir, ya no estaba en trámite, como decía la norma que leímos. Por lo tanto, se regía ultractivamente por la Ley N.° 23406, no era reembolsable. Lo que eran posterior a eso, entonces esos datos lo tenía tanto Fonavi como yo, porque él tenían sus relaciones.

Ahora, los usuarios le deben de dar resoluciones de aprobación, las podían tener y yo las tenía, entonces era fácil determinar definiendo una vez el criterio, el problema era ponernos a orden del criterio; él decía no, liquidación de obra; él decía, no, aprobación de proyecto; no, resolución.

Entonces, ahí cuando juegan los tiempos, porque este es un proceso que comienza con una solicitud, una aprobación del punto de entrega, factibilidad técnica, resolución de aprobación, luego viene la parte de la ejecución. Ahí en el tiempo se desplaza, y si yo desplazo en el tiempo a la fecha son más obras que reembolso o menos obras.

Por eso que era muy importante definir el criterio de la fecha de corte, por eso le llama punto de quiebre. Es el 5 de diciembre de 1992, fecha (19) entrar en vigencia de la ley. Todas las que tuvieran resolución anterior eran no reembolsables, todas las que tuvieron resolución posterior eran reembolsables.

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Y eso, como le repito, en sostenida ya jurisprudencia de la Suprema está siendo rectificado, luego del análisis legal.

El señor PRESIDENTE.— Gracias.

Señor Castro.

El señor CASTRO.— Tengo dos preguntas en este campo.

La primera es establecer si ustedes realizaron algún tipo de consulta, me parece que el señor Boloña lo ha manifestado así ante esta comisión, que se manifestó una consulta concreta al doctor Marcial Rubio sobre el tema de qué era lo determinante si la fecha de recepción o no. Ese es una primera pregunta.

Y la segunda pregunta que quería hacerles es: Si la fecha de recepción de la obra había sido dentro de la Ley General de Electricidad en el ámbito, entonces las disposiciones que establecía esa ley hacían, de alguna manera correspondía a que sean capitalizadas las obras que hayan sido bajo las disposiciones que tenía esa ley.

Entonces la pregunta es: ¿Si ustedes tienen algún tipo de documentación que acredite que esas obras fueron capitalizadas como aporte del Estado?

El señor SALEM.— Usted se refiere algo que decía la norma exactamente, le voy a contestar la segunda primero.

La parte del aporte del Estado, cuando yo le compro 60%, esa parte correspondía a mí, entonces las obras se capitalizaron y la proporción es correcta, al Estado le quedaba 36% a mí 60%. Entonces las acciones se enriquecieron y valieron más o se le dieron más acciones en función a eso. Entonces, con eso contesto la segunda pregunta.

Y la primera pregunta, y te comento un poco más sobre el contenido de por qué con una obra que la recepciona durante la vigencia de la ley, no, lo que interesa es la fecha en que se crea la relación jurídica.

Existe criterio de aplicación inmediata de las normas, eso quiero decir que las normas que se publiquen se aplican a las consecuencias de las relaciones jurídicas existentes.

En este caso, hacer una obra reembolsable por no reembolsable no es aplicar a las consecuencias, sino era cambiar la relación jurídica misma. Y eso es lo que sostiene el doctor Marcial Rubio a la luz de los reglamentos procedimientos, está en el informe que les voy hacer llegar.

Eso es lo que está pasando acá, esto es un proceso administrativo, el proceso administrativo tiene tales características. Él hace una interpretación total entre el artículo 3.° del título preliminar del Código Civil y la Constitución que refiere a la no retroactividad de la normas y la norma sexta de la norma, y entre esas establece que la única forma de interpretar esto para que sea constitucional es que no se puede modificar de carácter no reembolsable porque se debía cambiar la relación jurídica. Y eso es aplicar retroactivamente una norma, lo cual está prohibido.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Hay un par de detalles antes de continuar, quisiera tener claro la intervención del señor Llosa.

En la conversación nos ha dicho que las relaciones con el señor Hernández no se realizaba en el MEF, ¿dónde se realizaba?

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El señor LLOSA BARBER.— Generalmente eran desayunos en el Country Club.

El señor PRESIDENTE.— O sea no eran en las oficinas de las empresas ni tampoco en Colfonavi.

En segundo lugar, usted nos ha dicho que el señor Boloña no participó en la decisión de la liquidación final sino solamente recibió el cheque en el momento del pago.

¿Cómo es o en qué momento es que se logra establecer el acuerdo y por qué vía para que se acepte la transacción y el señor Boloña reciba el cheque. ¿Es exclusivamente a través del señor Hernández o hay algún otro mecanismo que permite dejar constancia de que ya el Estado está de acuerdo en este tema?

El señor LLOSA BARBER.— Bueno, el contrato que se suscribió de este arreglo que se vio las proformas de contrato que se firmó el día que se entregó el valor.

El señor Boloña mandaba seguramente sus decisiones con el señor Hernández, el señor Hernández fue el que dijo: Bueno, estamos conformes en esto, páguenos al contado. Entregamos el cheque, al día siguiente salió la resolución suprema en la cual daba por terminado este asunto.

El señor PRESIDENTE.— En relación al tema del valor neto de reemplazo en la valorización de obras, usted señala que para fijarles a ustedes el tema de las tarifas se apoyan en un modelo de empresa ideal, de eficiencia equis, y que este modelo supone redes aéreas y no redes subterráneas que son más caras.

¿Esto está establecido en una normatividad?, ¿en algún reglamento, en alguna ley?

El señor SALEM.— Eso se ha establecido en los criterios que aplica la comisión de tarifa para reconocimiento. Ellos establecen cuál es la densidad por kilómetro cuadrado de consumo para que sea una red aérea o una red subterránea, por ejemplo, son 4 megawatios por kilómetro cuadrado. Si yo tengo un área donde atiendo y tiene más de 4 megawatios, yo puedo poner una red subterránea y me la reconocen, justifica; y si en esa misma área tengo menos, no me la reconoce así la tenga.

Entonces no me permite rentar sobre un mayor valor si es que lo eficiente no era eso, lo cual es un criterio que está siendo aceptado en todo el mundo por todas las legislaciones de distribución básicamente; o sea, es un criterio muy usado en la regulación mundial actualmente el de valor nuevo reemplazo.

El señor PRESIDENTE.— El BNR no fue fijado al momento de la recepción de obras?

El señor SALEM.— Sí, normalmente se fija en la recepción de obras.

El señor PRESIDENTE.— ¿Y qué documentos acredita en esto?

El señor SALEM.— Los documentos de recepción de obras. En todo caso el BNR está fijado, fija la Comisión de Tarifas Eléctricas, y no fijamos nosotros simplemente aplicamos lo que dice la comisión; o sea, no es que determinemos un monto.

El señor PRESIDENTE.— Pero nosotros tenemos un documento de la Comisión de Tarifas Eléctricas que afirma que ellos no son los encargados de fijar el BNR para la valorización de contribución reembolsables, y precisamente a una solicitud de UTE-FONAVI le contestan en marzo del año 98 claramente que ellos, la Comisión de Tarifas Eléctricas no le corresponde intervenir en el proceso de fijación del BNR que se refieren a los artículos 83.°, 85.° de la Ley de Concesiones Eléctricas. Entonces ¿cómo utilizar como criterio el valor de BNR una entidad que

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se autoexcluye de la responsabilidad de fijar ese BNR?

El señor SALEM.— Le explico. Esa, para mi entender, de la empresa esa comunicación de la CTE es totalmente errada, en la CTE hay tres artículos en la ley básicamente.

¿Quién es el que tiene la función de fijar el BNR, el único BNR? Sólo hay un BNR y está en el artículo 76.° definido para toda la ley, el único BNR que hay y no podría ser otro porque es el mismo de lo que yo gasto en comprar que me reconocen al pagar. Entonces si se da cuenta eso, va a darse cuenta rápidamente que lo está diciendo CTE es una cosa de una ayuda entre primos estatales para negociar conmigo que no soy de la familia.

El señor PRESIDENTE.— Hay una cosa que no me queda claro. Por qué se utiliza un criterio tarifario.

Usted ha hecho alusión a que hay que colocar el tema en la valorización conjunto de factores, uno de ellos claves es el tema tarifario para valorizar una inversión que tiene un carácter financiero; o sea, no necesariamente están vinculados uno con el otro, a mí me puede haber costado una obra tanto y yo compré la empresa con la lógica de que yo tenía un conjunto de bienes que estaban ahí que tenía un valor que costaron tanto, puede ser que no fuera la más eficaz la inversión que produje, puedo comprar un carro que fue demasiado caro para las condiciones en las que estaba, pero es el carro que compré y ese carro que compré tenía un valor determinado y unas características de instalación determinadas; o sea, no es que pos a la venta se produce conexiones subterráneas, sino sabían que eran conexiones subterráneas y a Fonavi la operación le costó el costo de una instalación subterránea; puede ser menos rentable, sin lugar a dudas. Todo lo indica menos rentable, esa fue la transacción con los bienes así.

El señor SALEM.— Eso justamente, yo coincido con usted plenamente, por eso fuimos a un juicio a decirles: Señores, usted no tiene que contratarse un modelo de eficiencia que crea en la primera.

Le cuento un poco como es la fijación del BNR, son dos etapas: una, que tiene que ver con la eficiencia; y otra, con la recuperación de capital, porque si no hay recuperación de capital nadie invierte y nadie tiene luz y nadie tiene agua. Eso está clarísimo.

Entonces, la primera parte hace un modelo de eficiencia, cómo debería ser esto, no importa lo que exista, sólo importa las demandas, ¿cómo las atiendo? Eficientemente, y saca un precio básico, pero ese precio básico es de laboratorio, con ese precio básico no vive nadie.

Entonces tiene contrastarlo contra la realidad de esa empresa, se toman tres elementos: el valor de los activos que le llaman BNR de la empresa a diferencia del BNR del modelo, que la ley lo separa con mayúsculas, que es un sistema adaptado.

Y en ese sentido, el BNR debería ser justamente distinto y basado en la realidad, actualizado sí con costo. Por ejemplo, si la red subterránea, yo le hice 40 años, y los costos de hacer la red subterránea ahora son menores, me tomo los costos de ahora pero de red subterránea, no les permite reemplazar, es renovar lo que manda la ley.

Entonces, por eso discutimos, yo dije: No, señor, cuando tú comparas tu precio que has hallado en tu laboratorio contra la realidad que es lo que busca el modelo de Smith Barney, que ese es la única manera. Y traje, pues, informes de universidades de afuera, hasta Inglaterra y Nacionales de la Pacífico, Esan, todas las que se pueda ocurrir, señor Presidente, que decían que no tenía ningún sentido lo que decía la CTE.

Entonces, por eso es que justamente la CTE vuelve y dice: No, no importa la realidad; porque eso es con lo que estoy prestando servicio, eso es lo que me tienes que remunerar, mal o bien eso

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es lo que hay como dice usted, eso es lo que hizo el Perú a lo largo del desarrollo de sus 50 años, 60 años de electricidad.

Entonces hay que vivir con eso y hay que darle la rentabilidad a las personas que vienen para eso. Pero la CTE no quiso eso y nos fuimos a un juicio. Y todos conocemos como fue esa época y todos conocemos lo que nos pasó.

El señor PRESIDENTE.— Usted sostiene que la razón de esa argumentación de la Comisión de Tarifas Eléctricas era no elevar las tarifas; o sea, castigaba la valorización de los activos en función de no elevar las tarifas.

El señor SALEM.— Me permite, usando una expresión un poco dura, se muerde la cola cuando hay que pagar conexiones domiciliarias, cuando hay que pagar las contribuciones, porque lo que yo le había castigado a las empresas para que no ganen lo que en protección de los usuarios, esas empresas tenían que utilizar el mismo criterio para devolver lo que los usuarios le habían dado, entonces ahí es donde se muerde la cola el asunto.

Por eso le digo, la CTE saca eso y dice: No, yo no tengo nada que ver. A ver, leamos las normas, leamos si realmente eso que dice es cierto o es una favor que le está haciendo una cartita a tu primo para que vaya a negociar con el otro.

El señor PRESIDENTE.— Usted también en la argumentación que ha presentado ha señalado que unos elementos en los que había que apoyarse para fijar el valor neto y la actualización de las contribuciones reembolsables, era el índice de precios al por mayor, ha señalado que esto era un elemento, uno de los elementos que entraba.

El señor SALEM.— Con los cuales estaríamos de acuerdo nosotros, porque cualquiera de ellos garantizaba el criterio de recuperación real; o sea, y el que quisimos usar y usamos fue el de 154 del reglamento, porque es el mismo que usa la directiva de contribuciones de devolución cuando actualiza dentro de su procedimiento esto de electrificaciones colectivas, establece que ellos primero presentan su solicitud y se les da un BNR en ese momento, luego hacen la obra y ese BNR se actualiza. ¿Y ese BNR cómo se actualiza? Con el 154, ¿qué está haciendo? Está manteniendo el valor del dinero. Lo que toma Fonavi para su autorización se va a otro artículo que habla de lo que debe rendir la modalidad, un paso más allá, otro supuesto hecho de la norma.

Por lo tanto, la sanción de la norma no es aplicable, al hacer el supuesto (20) distinto.

El señor PRESIDENTE.— En relación a los temas que usted señala que se han ventilado en la Corte, hay dos preguntas.

En primer lugar, me parece desprender de su intervención de que ustedes eran favorables un arbitraje en la solución del tema de la valorización.

El señor SALEM.— Nosotros queríamos pagar lo que creíamos que debíamos pagar, y en ninguna mesa de negociación no íbamos a llegar a una solución salomónica de mitad mitad, no queríamos llegar a esa solución porque no correspondía.

Si de la otra parte no iba a flexibilizar su posición como lo vino flexibilizando, nosotros no íbamos a llegar a un acuerdo y sí íbamos ir al arbitraje, porque nosotros no pensábamos pagar 100 millones porque los pedían o 80 millones porque los pedían, digamos, una solución que no costó más de lo que queríamos pero que nos resultó aceptable, volvemos a la casa matriz.

El señor PRESIDENTE.— Pero ahí, doctor Salem, hay un asunto que a mí no me queda claro. Nosotros tenemos documentos de los asesores legales de Colfonavi, señalando de que hay que ir a un arbitraje, y los señores de Colfonavi han señalado que ellos querían ir a un arbitraje.

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Ustedes, nos señalan ahora, que al no resolverse las diferencias, estaban a favor también de un arbitraje. Si Colfonavi estaba a favor de un arbitraje y ustedes estaban a favor de un arbitraje, ¿quién impedía el arbitraje?

El señor SALEM.— Yo creo que si vemos lo que resultó cae por su propio peso.

Primero, para impedir el arbitraje bastaba uno, no bastaban dos; uno que no quiera ir y se da arbitraje, uno que no quiera negociar y se da arbitraje. Yo me quedé los más cercanos a mi cifra que él, él fue bajando mi cifra. Eso le debe decir claramente quien no quería el arbitraje.

El señor PRESIDENTE.— Ustedes trasmitieron alguna comunicación en aplicación de la normatividad contractual establecida a Colfonavi diciéndole tanto tiempo este tema sin resolverse, es una contingencia que nos afecta, no tenemos acuerdo en aplicación del inciso que se refiere al arbitraje, vamos al arbitraje?

El señor SALEM.— No lo hicimos, bueno, por cuestiones propias personales, ya habíamos tenido experiencias no tan buenas. Cuando uno estudia derecho se le enseña que es mejor un mal arreglo que un buen juicio; irnos sí con el Estado

El señor PRESIDENTE.— ¿Y Colfonavi les trasmitió a ustedes alguna documentación o alguna carta que diera cuenta que ellos querían ir al arbitraje?

El señor SALEM.— No.

El señor PRESIDENTE.— En el proceso de negociación con Colfonavi hay una ruptura de relaciones luego el 24 de junio del año 2000 en la negociación.

El señor SALEM.— Las fechas exactas no las recuerdo, pero ruptura no hubo, lo que paso es, como le mencionaba, en la mesa de negociación formal no había avances, y no había ningún avance porque me imagino que del otro lado no estaban en facultades de dar concesiones sobre las platas que no eran; o sea, era muy difícil para yo negociar, no obstante la facultad que le daba una ley de negociar, porque no tiene límites la negociación.

El señor PRESIDENTE.— ¿Quién retoma el vínculo ahí?, ¿es iniciativa de ustedes o iniciativa del gobierno?, ¿es ahí donde entra el rol del señor Hernández?

El señor LLOSA BARBER.— Supongo que sí, cuando eso fracasó. Nosotros queríamos resolver este tema y el Ministerio también quería cobrar definitivamente, ahí es que se forma, digamos, el Ministro decide nombrar al señor Hernández para después de la reunión que tuvimos con David Saettone y explicamos todos los detalles del Power Point que le mencioné, después de ahí es que nombran a Hernández y comienzan las negociaciones.

El señor PRESIDENTE.— Señor Castro.

El señor CASTRO.— Del informe que nos ha hecho llegar Colfonavi, ellos manifiestan que hubo dos reuniones, la primera reunión se llevó a cabo el lunes 5 de junio de 2000 a las 5 horas de la tarde en las oficinas de Colfonavi, o posteriormente se dieron.

El señor LLOSA BARBER.— Son dos distintas reuniones, como le vuelvo a repetir, hay un primer grupo de reuniones, los entes eran Edelnor y Colfonavi que tenían que negociar, las cabezas de esos entes designan comisiones, el señor Covayachi, el señor Mamán y no recuerdo el tercer nombre por parte de ellos, y el señor Yamamoto, el señor Molineli el señor Salem por parte del Edelnor. Esas reuniones se realizan en Enace, y no recuerdo si dos o tres.

El señor CASTRO.— Fueron dos, de acuerdo a la versión que nosotros tenemos, y hubo una

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tercera que fue programada para el mes de julio del año 2000, y luego de esa reunión frustrada, de esa tercera reunión frustrada es que ellos sacan un informe este comité que había sido designado para negociar interno con ustedes.

Entonces ellos sacan un informe y lo que manifiestan es que en función de esas negociaciones no se había llegado a un acuerdo en virtud de los tres problemas fundamentales con respecto al número de obras, con respecto a la tasa de interés y con respecto a la fijación del BNR.

Entonces, en función de eso ellos afirman que se han agotado las negociaciones y que lo que recomiendan en ese extremo es ir a un arbitraje.

Como ese es el documento más reciente que nosotros tenemos antes de la firma del Decreto N.° 103-2000-EF, que es el que determina el pago de la deuda, asumimos que luego de esa negociación al interior del Colfonavi, ustedes pasaron a otra instancia.

Lo que queríamos de alguna manera era ¿con qué instancia superior a Colfonavi dice que se había agotado las negociaciones?

El señor Hernández nunca participó de esta reuniones en las primeras. Luego hubo otras reuniones.

El señor SALEM.— El señor Hernández designa a la gente que representaría al Colfonavi en la mesa de negociaciones, él no asiste a las negociaciones, si mal no recuerdo creo que va a la primera nos presenta y se retira, no participa.

La verdad no recuerdo bien eso, así que podría estar equivocándome; sobre la permanencia de él en la sala si fue por mucho tiempo o poco, pero sí se retiró en un momento y de ahí no participó más en esas reuniones.

El señor CASTRO.— Lo que tenemos entendido entonces es que desde finales de julio del año 2000 hasta la firma del decreto, las negociaciones se llevaron directamente con el señor Hernández. ¿Solo el señor Hernández, o con el señor Hernández y un representante del MEF que era el titular.

El señor LLOSA BARBER.— Sólo con el señor Hernández. Las reuniones que he tenido yo ha sido sólo con el señor César Hernández.

El señor PRESIDENTE.— En el caso de las discusiones que tenía usted con el señor Hernández, él llegaba acuerdo con usted o conversaba y después traía una respuesta.

El señor LLOSA BARBER.— Exactamente él conversaba, trataba de que subamos el valor del monto, nos decía que esos montos no iban aceptar absolutamente, pero él no recibía en ningún momento, él consultaba en el ministerio o la actividad competente, y traía respuesta, o sea que él no decidía nada.

El señor PRESIDENTE.— Tampoco le dijo con quién consultaba.

El señor LLOSA.— Bueno, tenía entendido que era el Ministerio de Economía y Finanzas, supuestamente es el Ministro.

El señor PRESIDENTE.— Señor Llosa, usted personalmente tenía alguna relación particular con el jefe del gabinete de asesores del Ministro de Economía y Finanzas, con el señor Saettone.

El señor LLOSA BARBER.— Relación personal ninguna porque soy mucho mayor que él, él entró a trabajar al Banco de Crédito y ahí lo conocí a David Saettone y después tomó la decisión

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de participar en el ministerio cuando renunció al banco, hasta entonces no he mantenido una relación de estrecha amistad, lo conozco y sé que es un magnífico muchacho y funcionario, después ha salido y ha sido contratado nuevamente por el banco, está encargado de la sucursal de Bolivia; pero así una relación estrecha amistad, no puedo llamarlo eso, porque mi vinculo es por la conexión de trabajo.

El señor PRESIDENTE.— ¿El Banco de Crédito es accionista, o el grupo del Banco de Crédito o el grupo Romero de la empresa Edelnor?

El señor LLOSA BARBER.— En el momento de formar Distrilima para participar en la privatización de la zona norte de Lima, Edelnor, en esa época era Chile y Endesa de España que querían tener un socio local. Invitaron al Banco de Crédito para participar en el accionariado de esta empresa. En esta empresa participan Inversiones Crédito, que es la principal accionista; el Pacífico Compañía de Seguro, Inversiones Centenario. Tres entidades ligadas por accionistas.

Ese es la forma como el Banco de Crédito, digamos, el Grupo Crédito, porque Inversiones Centenario tiene otros accionistas que no son del Banco de Crédito, participan en esta inversión.

El señor PRESIDENTE.— ¿El señor Saettone en su desempeño profesional tenía algún vínculo con algunas de estas entidades del Grupo Crédito?

El señor LLOSA BARBER.— En absoluto, ningún vínculo, su trabajo del Banco de Crédito estaba asignado a otro departamento, no tenía ningún vínculo con esa empresa.

El señor PRESIDENTE.— Gracias.

Señor Castro.

El señor CASTRO.— El señor Saettone fue directivo de Edelnor en un período corto, entre marzo y julio del año 2000, según las memorias que nosotros tenemos de la empresa Edelnor.

Tiene usted idea de cuántas, o usted que hacia la veces de secretario en esas sesiones, ¿en cuántas sesiones de directorio él representó al Estado, a Fonafe?

El señor LLOSA BARBER.— Fonafe lo nombró director.

La política de Edelnor es cuando renuncia un director se nombra todo el directorio nuevamente.

Hubo renuncia de directores y el Fonafe presentó una terna de directores en la cual estaba el señor Saettone. El señor Saettone en ese momento creo que, no sé estaba ausente algo por el estilo cuando se nombró, pero la junta lo nombró director.

Pero apenas. poco tiempo después él ha presentado su renuncia a Edelnor en forma irrevocable y nunca asistió a ninguna sesión de directorio, jamás hemos tenido la presencia del señor Saettone, ya que él fue reemplazado por Fonafe, inmediatamente después que renunció Saettone por el señor. Era alterno por ese tiempo y después lo nombraron director titular, pero el señor Saettone nunca asistió a un directorio de Edelnor.

El señor PRESIDENTE.— Gracias, señor Llosa.

Si pudiéramos pasar al tema de fusiones y decisión. No sé si habría algún inconveniente ustedes de que pudiéramos reproducir el cassette de su Power Point para poder entregarlo a otros miembros.

Correcto, podríamos enviarlo a la señorita que nos saque una impresión y luego lo fotocopiamos, (21) creo que sería lo más sencillo.

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Sobre el tema de fusiones y escisiones y la legislación en ese terreno y Edelnor, no sé si sobre eso quisieran que nosotros ingresáramos directamente a interrogantes o si tienen algún material sobre el tema.

Antes de la fusión de EdeChancay de alguna manera con Edelnor, EdeChancay contaba con activos fijos por un valor de 48 millones 500 y pico mil soles, y los activos de Edelnor eran de 292 millones que fueron transferidos a EdeChancay.

En acto previo a la fusión, Edelnor revaluó sus activos a 871 millones de soles, los que fueron transferidos a EdeChancay. ¿Cómo se beneficiaba o fortalecía patrimonialmente al fusionarse de esa manera y cómo fueron valorados los activos en este proceso? ¿Cómo es que se pasa de los 292 a los 871 y cuál es el beneficio de fortaleza patrimonial en este terreno para la empresa?

El señor GARCÍA DIEZ.— Si me permite, señor Presidente, soy Emilio García, el gerente general actual de Edelnor.

El proceso de valorización de los activos, como luego quizás podrá detallar con más precisión el señor Yamamoto, se realizó mediante tasaciones externas por peritos especializados, tal y como además entiendo que contemplaba la ley.

Precisamente de lo que se trataba es de acomodar el valor de los activos a los valores estimados de mercado en ese momento.

Y en cuanto al sentido que podía tener la fusión, era un sentido netamente económico, es decir, eran dos empresas que estaban actuando en zonas colindantes, que de hecho procedían de un tronco común que había sido la antigua Electrolima, que habían sido segregadas en su momento por el Estado, quizás para facilitar el proceso de venta; pero que en ese momento eran dos empresas administradas por los mismos dueños y actuando en una zona contigua y por tanto susceptibles de producir unas sinergias operativas importantes si se consiguiera la fusión que permitiría, en consecuencia, una administración única y una simplificación de todo el modelo operativo. Esta era, entiendo, la base para proceder a la fusión.

No sé si sobre este punto puede añadir algo el señor Yamamoto ¿o está claro?

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Al decir de que subió de 200 millones a 800 millones, era para poner los activos de la empresa a precio de mercado; bajo ese razonamiento ¿significaría que el Estado subvaluó la empresa para venderla?

El señor GARCÍA DIEZ.— No, porque entiendo que las valoraciones que se hacen en el momento de la venta o de la compra se hacen tradicionalmente por varios métodos de valoración; pero el más importante suele ser el descuento de los cash flow futuros, de los flujos futuros que se prevea para la empresa. Y eso los bancos de inversiones especializados, pues, los suelen hacer de una forma muy homogénea, utilizan una metodología que es muy homogénea y realmente los márgenes de variación son mínimos.

Es decir, es un proceso de valoración en base a flujos futuros, mientras que este proceso de adecuación al valor de mercado es un proceso contable; pero digamos que implícitamente en el precio de compra de las acciones en su momento ya estaba este mayor valor que intrínsecamente podían tener los activos. Así es como operan normalmente los bancos de inversiones.

El señor PRESIDENTE.— Señor García, ¿cuánto es que paga Edelnor por la adquisición?

El señor SALEM.— Yo tampoco estaba en esa época, estaba en otro lado, pero son 176 millones por el 60% de la empresa.

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El señor PRESIDENTE.— Con la revaluación de activos que se produce, ¿qué ocurre en términos del valor de lo pagado?, ¿qué representa lo pagado en relación a los activos?

El señor SALEM.— No tendría por qué representar nada, podría representar que hizo una buena compra o una mala compra o una compra en su precio; pero en sí no tiene por qué tener relación uno con el otro.

Construir una empresa tiene un precio, el día siguiente que está construida ya no vale lo que costó, vale lo que va a rendir en el futuro. Y en este caso los otros datos no tienen mucho que ver tampoco.

El señor GARCÍA DIEZ.— En cualquier caso esa revalorización contable que se produce es contable, o sea no tiene ninguna repercusión en el valor real, en el valor intrínseco de la empresa, salvo el hecho en sí de la fusión, y estas sinergias operativas que genera indudablemente le añaden un mayor valor a la empresa por ahorro futuro de costes.

No es lo mismo administrar separadamente dos empresas que son contiguas que administrarlas conjuntamente. Hay algunos ahorros, indudablemente, operativos y eso se puede entender que genera a partir de la fusión un mayor valor; pero en sí la revalorización de los activos es un proceso meramente contable que nada tiene que ver con el valor intrínseco de la empresa. El día anterior y el día siguiente pues era sustancialmente el mismo.

El señor PRESIDENTE.— Yo quisiera que usted nos explique cómo la sinergia de las dos empresas producen impacto económico de 40 millones y medio de dólares a favor de las sociedades. Si nos puede explicar usted el detalle de cómo una fusión de EdeChancay y Edelnor produce un impacto económico de 40 millones y medio de dólares a favor de las sociedades, que es lo que dice el directorio de Edelnor, según el documento que tenemos aquí en la mano elaborado por el estudio Benites, Mercado y Ugaz, acreditando un acta de directorio de Edelnor.

¿Cómo la fusión de estas dos empresas, cómo la sinergia produce un beneficio de 40 millones y medio de dólares?

El señor SALEM.— No conozco el documento, no conozco los datos, no sé de qué estamos hablando.

El señor PRESIDENTE.— Este es un documento de un estudio de abogados, sobre el tema, pero el tema es un argumento que aparece en una junta de accionistas de la empresa. En la junta de accionistas se hace una valorización de que esta fusión producirá un impacto económico de 40 millones y medio a favor de la sociedad y sus accionistas; yo lo que quería era que nos expliquen cómo es esto, cómo es que la fusión de dos empresas, que tenían administraciones distintas, fusionadas bajo una sola administración, una de ellas muy pequeñita, la EdeChancay, iba a producir un impacto de 40 millones y medio de dólares.

Porque el argumento del señor García es muy simple y muy lógico: el planteamiento de la administración unificada es reducir costos. Pero reducir costos a este volumen no es cualquier reducción de costos.

Entonces, mi pregunta es, ¿este beneficio era producto de que el objetivo era una elusión tributaria? Es decir, ¿que el objetivo era la reducción de costos tributarios y no costos de producción?

El señor LLOSA BARBER.— Presidente, no estamos muy al tanto de este tema, quisiéramos profundizar y contestarle. Le mandaríamos una comunicación al respecto, porque francamente yo no estoy muy enterado de esta cifra importante que significa la fusión.

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El señor PRESIDENTE.— Señor García.

El señor GARCÍA DIEZ.— En todo caso, una cifra sacada del contexto en que esté determinada es muy difícil de poder explicar o evaluar. La reducción de costos operativos que se puede producir en un proceso de fusión como ese depende en qué plazo se esté evaluando. Si se proyecta en un tiempo muy dilatado o larguísimo, bueno las cifras pueden ser efectivamente cuantiosas; depende de en qué contexto, en qué plazo, con qué criterios se pueda estar evaluando.

Naturalmente ni tenemos aquí los datos ni personalmente tampoco estaba en aquellos momentos, para poder determinar qué es lo que significaban esas cifras concretas.

El señor PRESIDENTE.— Le menciono esto porque la cifra es obtenida de un acta de una reunión de accionistas, en la que queda constancia de que se distribuye un fólder, una carpeta con la cifra respecto al impacto; pero el acta da cuenta de que los accionistas han decidido omitir la lectura del cuadro. Entonces, no es posible, por el acta, conocer la forma cómo se desagregan los 40 millones y medio de dólares.

Y para hablar con la claridad y franqueza con la que tratamos de actuar siempre, el tema que motiva esta investigación, este terreno, es la intencionalidad de la fusión o la escisión, según sea el caso, y lo que es objeto de la investigación es la intencionalidad de una elusión tributaria. Es decir, una fusión o integración cuya finalidad no es el fortalecimiento de la gestión sino es esencialmente obtener un beneficio tributario desproporcionado que tiene un impacto fuerte.

Entonces, nos resulta difícil entender cómo la integración de estas dos empresas, una muy chiquita y otra muy importante, puede producir un beneficio a los accionistas y a la sociedad de 40 millones y medio de dólares, que equivale más o menos al 30%, un poquito menos ...(falla de grabación)... obviamente notorio, porque el valor de la empresa es distinto.

Si yo compro una empresa que paga impuesto a la renta y si yo compro una empresa que no paga impuesto ...(falla de grabación).

Si en las condiciones ...(falla de grabación)... un proceso donde la empresa va a tener un gravamen u otro gravamen, el valor de la entidad en funcionamiento y el flujo de caja, como bien se señala, es muy distinto.

Entonces, para nosotros resulta muy importante entender por qué en la junta de accionistas se hace mención a este tema de un beneficio de 40 millones y medio de dólares.

Cómo una fusión puede producir un beneficio de esa envergadura en una empresa por la que se ha pagado la cifra que mencionamos, que es muy significativa, entiendo, como rendimiento.

El señor GARCÍA DIEZ.— Si me permite para centrar un poco las cifras. Antes se dijo que se habían pagado 176 millones de dólares por el 60%, luego la valoración completa de la empresa en ese momento (22) se entiende que era superior a los 300 millones de dólares. Ese supuesto beneficio que se apunta en esa acta que podría generar o que podría derivarse como consecuencia de la fusión, en todo caso, pues, representaría el 12 ó el 13% del valor que en su momento se había dado a la empresa, que posiblemente en ese momento en el que ya estamos hablando de la fusión este valor se habría crecido como consecuencia de la gestión ordinaria, el desenvolvimiento ordinario de la empresa. Eso por centrar las cifras.

Realmente no tengo mucho más que decir en el otro tema.

El señor LLOSA BARBER.— Pediría, señor Presidente, si se puede referir a qué acta de junta general se refiere, para verla y poder hacerle llegar una explicación exacta del tema, para que

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estemos tranquilos, porque en este momento no tenemos esa información a la mano. Estamos tratando de suposiciones. Si me permite, para poder informarle exactamente cuál es la razón.

El señor PRESIDENTE.— Podemos hacerle llegar el dato preciso en ese terreno.

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— ¿Actualmente el Estado mantiene el mismo porcentaje de participación?

El señor LLOSA BARBER.— Sí, mantiene el 36.45% de la empresa.

El señor PRESIDENTE.— Otro tema en este campo es el siguiente. ¿Estamos en lo correcto al entender de que este proceso de revaluación de activos se hizo bajo la presidencia del directorio del señor Pedro Pablo Kuczynski?

El señor LLOSA BARBER.— No sé exactamente qué año se hizo la revaloración, no tengo el dato exacto, de repente el doctor Salem tiene los directorios. Yo entré a la presidencia del directorio el año 1999, tengo entendido, sucedí al señor Pedro Pablo Kuczynski.

El señor PRESIDENTE.— ¿Quién era el presidente del directorio de Edelnor?

El señor SALEM.— Rafael Roselló y luego por sustituido. Pedro Pablo Kuczynski ingresa cuando ya está hecha la fusión, él ingresa en octubre de ese año, conjuntamente conmigo, a la empresa. Yo entré un poco antes que él, por eso me acuerdo.

El señor PRESIDENTE.— La valorización o la revaluación de los activos en concreto, para pasar de una cifra a otra, ¿con qué criterio se produce?, ¿cuáles son los elementos? Es un cálculo de qué tipo el que se utiliza para pasar de estos 292 a los 871; porque ahí no estamos hablando de cash flow de la empresa, estamos hablando de valor de bienes.

¿Cómo es que se produce?, ¿con qué elementos de juicio, con qué criterios?

El señor SALEM.— Básicamente, como decía la ley, lo hace un perito técnico de una empresa especializada que se llamaba Protecna, y figura en las memorias del año 96, en los estados financieros. Lo hace Protecna basado en aspectos técnicos, un informe de evaluación que fue proporcionado también a la Sunat en la etapa de fiscalización, donde ellos sientan tanto los valores como la vida útil residual, digamos, que le está quedando a cada uno de los bienes, segmentado por tipo de bien, identificados, digamos, todos los bienes de la empresa en ese entonces, en agosto del año 96.

El señor PRESIDENTE.— El régimen temporal regulado por la Ley 26283 permitía a las empresas revaluar sus activos, dando efecto tributario al nuevo valor. Esto es, la depreciación de los mismos se aplica sobre el valor revaluado; ¿cuál fue el mecanismo de depreciación utilizado por Edelnor en el período 94-98 y por qué se continuó depreciando en este período sobre el mayor valor revaluado?

¿Consideran ustedes que se pudo incurrir en un mecanismo de doble depreciación con esta práctica?

El señor YAMAMOTO.— Para explicar la metodología de depreciación al momento del año 94, cuando se adquiere la empresa, se toma el costo neto del activo y se deprecia al costo neto que estaba en ese entonces. Venía de una empresa estatal, pero igual, digamos, ellos nos vendieron a un costo neto de depreciación y ese costo neto se empezó a depreciar.

Al momento que se hace la operación de la fusión y se hace la revaluación en sí, se toma el criterio de vida útil nueva, valor nuevo, vida útil nueva del activo y se deprecia como si fuera un

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bien nuevo desde el punto de vista tributario y de un punto de vista contable al valor de tasación y al valor de la vida útil residual que vio el tasador.

El señor PRESIDENTE.— ¿Y considera usted que esta práctica puede haber conducido a una doble depreciación o no?

El señor GARCÍA DIEZ.— Al contrario, lo que indicaría la explicación del señor Yamamoto es que si cupieran dos criterios —entiendo que la empresa en aquel momento consideró que solo cabía este criterio— pero si cupieran dos criterios que es el de seguir con el plazo de amortización de depreciación de los activos que estaba vigente hasta su agotamiento, hasta el agotamiento de la vida útil, o el que se tomó que es volver a empezar como si fuera un bien nuevo, lo único que hace es ir depreciándolo más despacio; por lo tanto, reducir el impacto tributario que puede tener, perdón, el beneficio tributario, el escudo fiscal tributario que genera la depreciación. Lo que hace, con este criterio adoptado por la empresa, es reducirlo en relación al que hubiera supuesto el seguir simplemente con el procedimiento de depreciación que ya se venía teniendo.

Es decir, es en ese sentido un criterio que genera menos ahorro tributario, si lo queremos decir así, menos escudo fiscal.

El señor PRESIDENTE.— Del Decreto Supremo 120-94, que se presenta como reglamento de la Ley 26283, este fue prorrogado año tras año hasta el 98; ¿cómo influye en las cuentas de Edelnor y en sus resultados la prolongación de esta norma? ¿Los beneficia, los perjudica, les reduce el pago de impuestos, se los mantiene estables, se los modifica?

El señor GARCÍA DIEZ.— Señor Presidente, si pudiera precisarnos un poco más. Creo que no he percibido bien.

El señor PRESIDENTE.— El Decreto Supremo 120, que se presenta como el reglamento de la ley a la que hemos hecho referencia, establece un elemento adicional a lo que establecía la norma. Y es la posibilidad de producir una depreciación para fines tributarios en este terreno.

Lo que quería saber es ¿cuál es el impacto que, evalúan ustedes, tuvo este decreto sobre la empresa?

El decreto va ligado a la ley, pero la ley no establecía la posibilidad de una depreciación para fines tributarios.

El señor SALEM.— El tema de diferencia de rango de las normas queda superado con la propia derogatoria. Así es que por ahí no hemos...

Ahora, lo que nos pregunta es cuál es el impacto en números de lo que tuvo. Es el mayor valor de los activos, costaron más y luego vino una mayor depreciación y lo que haya sido el monto de depreciación conforme el tiempo; pero eso era parte de la consecuencia normal de la norma.

Nosotros nos acogimos a una norma vigente totalmente legal y utilizamos los mecanismos que esa norma permitía.

¿Tuvieron los efectos que usted menciona? Sí los tuvieron. La cifra exacta no la tengo en la cabeza en este momento, pero fue evidentemente producto de la mayor depreciación que tenía por esa revaluación de activos.

El señor PRESIDENTE.— ¿Tuvieron ustedes operaciones de fiscalización o acotaciones de Sunat en el período 95-98?

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El señor YAMAMOTO.— Las hemos tenido. La fiscalización de Sunat se inicia en diciembre del año 2000, la última...

El señor PRESIDENTE.— Del 95 al 98.

El señor YAMAMOTO.— Tuvimos una fiscalización el año 97, que nos vinieron a fiscalizar por el año 94.

El señor PRESIDENTE.— Por el 94.

El señor YAMAMOTO.— Solamente el año 94 nada más, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— ¿Ustedes fueron convocados en algún momento por Sunat, en el período, para discutir con ustedes la posibilidad de la aplicación de la norma octava del Código Tributario de aquel entonces, que establece que Sunat tiene el derecho a evaluar la razonabilidad de determinadas decisiones empresariales, en este caso por ejemplo de la fusión, y evaluar los objetivos que tenían estas acciones, en este caso esta fusión?

El señor SALEM.— La norma octava lo que establece es la realidad económica más que la razonabilidad. Porque yo puedo hacer una operación económica que sea poco racional, pero sí que sea lo que realmente ocurre.

Y en este caso lo han analizado, y por esa razón a nosotros no nos han objetado y a otras empresas sí, porque nuestra fusión es una fusión real, y que luego se acogía dentro de un régimen de beneficio tributario que estaba establecido y vigente en ese momento. Si no hubiera sido real nuestra fusión, nos habrían aplicado la norma octava, como lo han hecho en otros casos por el mismo tema.

Entonces, sí, no lo hemos hecho nosotros, pero veíamos que no era aplicable a nuestro caso y tampoco lo vio la Sunat, y no creemos que nadie lo pueda ver; porque acá, sin duda, existió una fusión.

El señor PRESIDENTE.— En relación al Decreto Supremo 120, ¿ustedes tienen alguna conversación, discusión con representantes del gobierno, particularmente con el Ministro de Economía de ese entonces, el señor Camet, en relación a la conveniencia de una norma de este estilo?

El señor SALEM.— Ninguno de los presentes, salvo don Reynaldo que ya pertenecía.

El señor LLOSA BARBER.— Bueno, yo era director de esa época, pero no conozco de ninguna reunión con el señor Camet, sobre este tema. Este tema, tengo entendido, que fue para solucionar problemas de muchas empresas; pero que yo sepa Edelnor, el directorio no ha tenido conocimiento en ningún momento de un contacto con el señor Camet sobre este tema.

El señor PRESIDENTE.— ¿Alguien los asesora para evaluar los beneficios que podían obtenerse de la aplicación de esta norma? ¿Alguien los orienta preferentemente en términos de cómo operar frente a la norma?

El señor SALEM.— Sí. Se contratan los servicios de Arthur Andersen, ellos son los que ven la viabilidad. Arthur Andersen tiene consultoría, auditoría y tiene la parte legal; entonces, entre ambos trabajando hacen el análisis de si era procedente, incluso se consultan, creo, en ese entonces. como le refiero, yo entro en etapa posterior, reciente pero posterior a la fusión. Y se tomaron, sí, los servicios principalmente de Arthur Andersen. Ellos son los que hicieron los cálculos y todo el tema. Y luego fueron auditados por nuestro auditor externo, que era KPMG en ese entonces; o sea, Arthur hizo el trabajo, pero KPMG era el auditor.

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El señor PRESIDENTE.— ¿En materia legal Edelnor ha mantenido relaciones de asesoría, contratos puntuales, en fin, con el estudio Echecopar?

El señor SALEM.— Sí. Del año 96 en que ingreso yo y tomo los servicios externos de (23) ellos, hasta el año —puedo equivocarme— 98, que luego terminamos con el contrato y desde entonces no hemos tenido mayor, quizás alguna cosa muy pequeña con el estudio, pero no hemos tenido mayor trabajo con el estudio Echecopar y he cambiado de asesoría externa a otros estudios ya diversos.

El señor PRESIDENTE.— ¿Podrían ustedes acercarnos a la comisión los estudios jurídicos con los cuales han mantenido contrato de asesoría legal o consultoría en este terreno? También le soy muy directo en el tema, en el terreno de las actividades de la empresa.

Se lo preciso para colocar el tema en lo que es la materia de la discusión y que tiene que ver con la temática de las personas que participan en los procesos del arbitraje. Y si las personas que participan en los procesos de arbitraje han sido o no personas vinculadas por prestación de servicios profesionales en algún momento a la empresa; un elemento en ese campo, en concreto, creo que es fácilmente ubicable quiénes han sido los árbitros, ¿no es cierto?, y los estudios legales en los cuales han estado. Si ha habido vinculación con esos estudios legales, con estudios legales donde han participado estas personas, quisiéramos conocerlas.

Y si estas personas han tenido contratos, ellas como personas, aparte del estudio, también nos interesaría tener una aseveración de ustedes respecto al tema, para no hablar de todo el conjunto de los asesores legales que tienen, sino dirigirnos directamente al asunto que nos interesa.

El señor SALEM.— Con cargo a revisar las facturas y lo que tengamos pendiente. Con el doctor Kresalja, que fue uno de los miembros del Tribunal, en absoluto; con el doctor Cárdenas, en una ocasión para un arbitraje que lleváramos contra Electro Perú, nos hizo un informe; y el doctor Avendaño nos asesoró en un proceso de anulación de arbitraje que iniciamos, pero que nos desistimos al cabo de un mes, no recuerdo el año, fue un proceso de arbitraje de Electro Perú, 98, 99. Fuera de eso, creo que alguna vez ha hecho un informe en temas relacionados con reales, que es su especialidad; pero un informe, le estoy hablando, si yo tengo un presupuesto de por decir 100, el doctor Avendaño no debe haber consumido ni punto 5.

Mis asesores de cabecera y los que trabajan conmigo son otros, que me gustaría sí alcanzarle los que no han tenido que ver para que vea que hay asesores que sí son realmente los que trabajan para nosotros, son los estudios de cabecera. Y si ellos alguna vez han participado es porque son abogados de trayectoria impecable en lo jurídico y en lo personal, hasta donde conocemos, y que nos han servido en muchos casos, como el doctor Marcial Rubio, como el doctor Osterling.

Yo tengo informes en muchos temas de muchos, yo lo que hago normalmente es escojo por especialidad; si necesito un informe de un determinado tipo, busco al especialista y bajo esa premisa han tenido algún contacto, pero no más que ningún otro, en todo caso.

El señor PRESIDENTE.— Le rogaría que nos precisara el tema, y por supuesto si tiene elementos adicionales que cree que nos darían más luces sobre el asunto.

Señor Castro.

El señor CASTRO.— Dos preguntas. Una con respecto a la lógica económica de la fusión. ¿Por qué es que la empresa EdeChancay actúa como absorbente de Edelnor?

Edelnor, en acto previo a la fusión, lo que hace es revaluar sus activos de 292 millones a 871. Si hubiera sido a la inversa y Edelnor hubiera actuado como empresa absorbente y los activos de EdeChancay solo hubieran sido revaluados de 48 millones. Y además la lógica es que la empresa

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grande absorbe a la pequeña, una manera de aprovechar las sinergias, como usted manifestaba. Esa es la primera pregunta.

Y la segunda pregunta, un poco más orientada al doctor Llosa. Es que en el directorio del Banco de Crédito usted ha mantenido relaciones con el señor Jorge Camet Dickmann, en el año 1999 quizás, en función de su coincidencia en el directorio, y queríamos saber si en algún momento se conversó sobre el tema, en ese momento ya había sido derogado el Decreto 120-94-EF, que ha sido declarado inconstitucional por el Congreso de la República, y si en algún momento se tocó el tema en vista que él fue el que promulgó ese decreto. Esas son las dos preguntas.

El señor LLOSA BARBER.— Jorge Camet entra a ser director del Banco de Crédito o establezco un contacto con él ha sido el año 2000, tengo entendido, o no sé exactamente. Sin embargo, el tema del Decreto 120 no hemos tocado, porque en realidad nunca he tenido que ver mayormente con su gestión de Ministro de Economía. Con él no tuve ninguna cita ni ninguna entrevista. O sea que, sí participo en el directorio del Banco de Crédito con Jorge Camet, pero el tema específico que usted menciona no lo hemos tocado.

El señor CASTRO.— La pregunta surgía en función de la lectura de las memorias del Banco de Crédito del año 1999. Es por eso que como encontramos tanto su nombre como el del ingeniero Camet es que le hago la pregunta.

El señor LLOSA BARBER.— Él continúa de director del banco, o sea debe estar en la memoria del 2000 y 2001.

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Una pregunta. ¿Por qué el ingeniero Camet es director del Banco de Crédito?, ¿por razones de amistad o porque es accionista?, ¿qué cosa es? ¿Qué lo hace a él director?

El señor LLOSA BARBER.— Bueno, un caso similar al mío ¿no?, yo soy accionista muy pequeño del Banco de Crédito; los directivos, específicamente en mi caso, del grupo Romero me invitan a ser director y yo participo como director.

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— ¿Usted es un antiguo funcionario del banco?

El señor LLOSA BARBER.— No, nunca he trabajado en el Banco de Crédito. Yo tengo mis negocios personales que son importaciones, exportaciones; pero siempre he tenido por esos temas contacto con la familia Romero, he estado en el colegio con ellos en Arequipa cuando ellos fueron un año a vivir allá. O sea, tengo una amistad estrecha y en base, seguramente, a una confianza hacia mí me nombraron director.

No sé cuál ha sido el sentimiento del señor Romero y los accionistas importantes del banco de nombrar al señor Camet; pero el señor Camet no es accionista del Banco de Crédito.

El señor GARCÍA DIEZ.— Respecto a la pregunta que nos hacía el asesor sobre por qué se revalorizan los activos de Edelnor y no los de EdeChancay. Yo diría que hay dos razones: Una, porque la ley lo permitía; y dos, qué es lógico y qué es ilógico.

Yo diría que en un proceso de llevar a valor de mercado los activos que tiene unas repercusiones prácticas importantes, y cuando hablo de repercusiones prácticas estoy pensando en el plano financiero, en el ámbito financiero, la presentación ante los bancos, ante las entidades financieras, de unos balances que tienen un patrimonio contable mayor, porque se ha producido ese proceso de actualización del valor de los activos, indudablemente le da una notable ventaja operativa a las empresas.

El mostrar un patrimonio mayor permite una mayor capacidad de endeudamiento, facilita el

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desenvolvimiento normal de la actividad, fundamentalmente en esos planos financieros.

Entonces, si se trata de un proceso de actualización hasta el valor de mercado de los activos, es lógico elegir aquellos activos que suman más, que son más importantes, que representan de mejor manera, que se aproximan más a la realidad conjunta de la empresa y no revalorizar los que representan menos. Lo lógico es proceder a la revalorización de los activos que representan más. O sea, entiendo que la lógica está ahí, no en la otra dirección, no al revés.

No sé si hay algo que se pueda añadir, desde el punto de vista contable.

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Usted habla desde el punto de vista financiero, desde el punto de vista empresarial tiene una lógica que usted revalúe porque mejora la situación de la empresa frente a las instituciones financieras; pero acá está que esa revaluación y la fusión hace que en el momento de la depreciación se deprecien activos de 800 millones y no activos de 40.

El señor GARCÍA DIEZ.— Eso es indudablemente una consecuencia que tiene la ley y que tiene el proceso de fusión; pero se deriva de la propia ley.

En cualquier caso, si me permite hacer una referencia general, en todos los países —por lo menos todos los que conozco— en distintos momentos se producen procesos de actualización de balances, es decir de puesta a valor de mercado o aproximadamente a valor de mercado de los activos de las empresas y con consecuencias tributarias que son muy similares a las que nos ocupan en este caso.

Estos son procedimientos normales que se dan, insisto, en todos los países por lo menos que conozco, cuando están sujetos a unos procesos de inflación normal; pero que cada cierto tiempo pues se permite por ley el que haya una revalorización, una puesta a valor de mercado de los activos y las consecuencias tributarias que suelen acompañar a estas revalorizaciones pues son de la misma naturaleza de las que estamos contemplando aquí.

O sea, no es un fenómeno absolutamente extraño y atípico. Lo que pasa es que se producen, bueno, en unos tiempos determinados, de una forma determinada.

Es lo que puedo añadir para ponerlo un poco en contexto general; pero en cualquier caso son consecuencias que se derivaban de la ley y de su aplicación.

El señor .— Y de la hiperinflación, en todo caso.

El señor GARCÍA DIEZ.— Lógicamente. Supongo que esa era la lógica que estaba detrás de ...

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Sí, pero la lógica era acogerse al decreto que le permitía la revaluación y la depreciación para beneficiarse al momento de pagar el impuesto a la renta.

El señor SALEM.— Evidentemente cuando uno hace un análisis de la fusión, analiza todos los aspectos. Analiza el aspecto que ha mencionado el ingeniero, los aspectos de sinergia, los aspectos de beneficios financieros y por último los aspectos tributarios.

Y uno como abogado, y como los abogados externos tienen que decir la mejor manera para que uno sea más eficiente en el pago de sus impuestos sin incumplir la ley, evidentemente.

Y Edelnor eso fue lo que hizo: congenió todos esos factores y todos daban que lo mejor que se podía hacer era fusionar Edechancay que absorba a Edelnor. Y eso es totalmente legal, totalmente válido y lo hubiera hecho cualquier funcionario responsable en una empresa.

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El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— O sea, esa fusión tenía como fin no mejorar desde el punto de vista patrimonial la empresa, sino beneficiarse de las normas tributarias en ese momento.

El señor GARCÍA DIEZ.— No, en absoluto. La fusión tenía como fin el fusionar operativamente dos empresas que estaban actuando en zonas contiguas que se dedican exactamente a lo mismo y que lo hacen de la misma manera ...(falla de grabación)... administraciones separadas, y eso es ...(falla de grabación)... de recursos.

La lógica detrás de esa fusión es la fusión real de esas dos empresas operativas y vienen funcionado así. Hay una sola administración, una sola empresa.

Además, en ese proceso de fusión se podía dar, se daba la actualización del valor de los activos que tiene, indudablemente, unas consecuencias positivas en el aspecto financiero, como antes me refería. Es decir, que mejora la presentación de los balances, por lo tanto, facilita las negociaciones con los bancos, facilita el endeudamiento, abarata el endeudamiento; es decir, va produciendo ahorros también en el plano (24) financiero y tenía, además, sí, unas repercusiones tributarias en el sentido de que aumentaba los valores de depreciación y por lo tanto disminuía los impuestos a pagar o retrasaba el momento.

Básicamente, sí, lo que hace es diferir, básicamente ese es el resultado práctico fundamental que tiene: diferir el pago de impuestos.

Todo ello coincidía como consecuencia de la aplicación de esa ley, de la aplicación de un proceso de fusión que tenía todo el sentido en sí mismo y que era una obligación, la de racionalizar esas dos empresas.

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Explíqueme el término diferir. Porque eso significa que usted lo que está dejando de pagar en estos tiempos ¿lo va a pagar después?

El señor GARCÍA DIEZ.— Sin duda, básicamente, sí. Si usted ve los balances de Edelnor, pues, por ejemplo el del año 2000 y ahora está ya a punto de salir la memoria del año 2001. En estos balances hay una rúbrica en el pasivo que se llama “impuestos diferidos”; en el año 2000 entiendo que alcanzaba al 31 de diciembre a ciento noventitantos millones de soles el pasivo; y en el año 2001, pues debe haber cerrado ya, en 280, de ese orden, millones de soles.

El concepto es “impuestos diferidos”. ¿Qué significa? Significa que si bien todavía no se tienen que pagar, que ingresar en la Sunat, de alguna forma han sido ya devengados y están a la espera de que corresponda el momento de su pago.

¿Y por qué se produce esto de diferimiento? Porque los períodos de depreciación financiera o contable de los activos son bastante más largos que los períodos de depreciación tributarios, pero eso lo establece así la ley y las normas contables. Establecen con absoluta precisión en qué plazos hay que depreciar los activos desde el punto de vista contable o financiero y en qué plazos hay que depreciarlos desde el punto de vista tributario.

En consecuencia, es mayor la depreciación tributaria que se aplica cada año que la depreciación financiera. Luego, aparece que no hay que pagar tributos en este momento, pero sí, por esa diferencia de que el resultado financiero ha sido mayor, habrá que pagarlos en algún momento posterior.

Y ese es el concepto fundamental del impuesto diferido.

Entonces, básicamente es un retraso...

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El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— En qué beneficia, explíquelo, porque no soy ni contador ni economista, soy arquitecto, ¿y en qué beneficia a la empresa que después va a tener que pagar un montón de plata?

El señor GARCÍA DIEZ.— Mire, el beneficio es fundamentalmente el que la Tesorería no sale todavía de la empresa. Entonces...

El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Pero dentro de ocho o diez años...

El señor GARCÍA DIEZ.— Hay que pagarlo. Mientras tanto hay un ahorro equivalente de intereses, si lo quiere ver así; porque si no se tuviera dentro de la empresa todavía esa plata, pues habría que ir al banco a buscarlo, y el banco cobra intereses. Eso es así.

Pero, si me permite, esta plata que, digamos, ha ido quedando retenida temporalmente en la empresa, pues ha servido, entre otras cosas, para financiar los planes de inversión. Edelnor ha ido invirtiendo año tras año, desde su existencia, de su privatización, entre 35 y 40 millones de dólares, año tras año.

Si eso hubiera habido que sacarlo de los bancos, obtenerlo de los bancos, el endeudamiento se hubiera elevado en unas cifras posiblemente prohibitivas, así que ni los bancos lo aceptarían, y el coste financiero también hubiera sido muy fuerte y hubiera producido desequilibrios, sin duda, en la empresa, desequilibrio financiero en la empresa.

¿Y esto beneficia a la empresa así en términos abstractos y nada más que a la empresa? Me atrevería a pensar, si me lo permite, señor Presidente, que beneficia un poco a todos; beneficia al propio sistema eléctrico general. Porque de haber caído en un endeudamiento mayor, que probablemente hubiera impedido en algún momento seguir con el plan de inversiones, se hubiera perjudicado los consumidores al fin y al cabo, los usuarios de energía eléctrica, porque no tendrían el nivel de calidad que tienen actualmente. Eso por un lado.

Pero, por otro lado, sin duda las tarifas hubieran tenido que recoger de una forma u otra unos mayores costes, en este caso costes financieros. Los hubieran tenido que recoger, porque las tarifas, según ley, según la letra, pero evidentemente según el espíritu de la ley, deben recoger los costes eficientes, es cierto; pero los costes en que incurre el concesionario y si hubiera incurrido en unos costos financieros muy superiores a los que realmente ha tenido, tarde o temprano las tarifas lo hubieran tenido que reflejar.

Entonces, es una cuestión de equilibrio general. Pero ese es el efecto fundamental que tiene todo este tema, es un diferimiento fundamentalmente.

El señor.— ¿Otro beneficio, luego de la fusión con EdeChancay, no fue la capitalización del excedente por revaluación voluntaria que ustedes efectuaron en esos años? Porque ese es otro beneficio, aparte del tributario.

El señor GARCÍA DIEZ.— Más que beneficio, y corríjame, doctor, si me equivoco, era una obligación legal el hacerlo así. O sea, la propia ley entiendo que establecía que la única forma de acogerse a esa ley era capitalizando, no repartiéndolo, y nunca se repartió.

Y, además, es el sentido de la revalorización, el que antes decía, el mejorar la presentación del balance de la compañía y el mostrar ante los bancos, ante la comunidad financiera en general que esta es una compañía sólida, solvente, pueden confiar en ella, le pueden prestar la plata que necesita para sus operaciones porque es solvente, debe de tener la capacidad de devolución. Eso cuando el balance es así de chiquito o el patrimonio es chiquito, pues lógicamente los bancos, la comunidad financiera lo ve con otros ojos y frena.

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Entonces, este es el verdadero sentido. ¿Eso qué es? Una revalorización contable, ojo, que en sí no genera plata; pero, además, si hubiera repartido en forma de dividendo, entonces sería un contrasentido en sus propios términos, hubiera habido que acudir a los bancos para obtener la plata para pagar dividendos. Eso no tiene ningún sentido económico ni de ninguna forma.

Entonces, la propia ley obligaba a hacerlo, pero es que además es lógico.

El señor PRESIDENTE.— Hay un tema en este terreno que tiene que ver con el acotamiento que ha producido Sunat a la empresa, que lo produce, si no me equivoco, el año pasado, en julio, por 41 millones de soles por impuesto a la renta.

¿Por qué en este caso se acude inmediatamente a la vía arbitral y no a la vía administrativa por parte de la empresa?

Mientras que en el caso de las contribuciones reembolsables no proponen la vía arbitral ustedes, directamente a Colfonavi y, más bien, van a una negociación directa con el Estado, en este caso, con el ministerio; ¿por qué no optan por la vía administrativa, culminan la vía administrativa y la vía administrativa termina en un sentido determinado, acuden al procedimiento arbitral?

El señor SALEM.— Fuimos a las dos vías. Hemos ido a la vía administrativa y a la vía... Es más, solicitamos en la vía administrativa que suspendan el proceso, cosa que no hicieron, hasta que se defina en la vía arbitral, que venía a ser el órgano jurisdiccional, haciendo un símil con la Ley Orgánica del Poder Judicial y como debe ser.

Sunat no nos aceptó y siguieron ellos por su lado, incluso emitieron opinión antes de la emisión del laudo. Eso fue lo que nos obligó luego a apelar, llevando mi laudo esta vez. Diciendo: miren, señores, ya hay un laudo, este tema no lo resuelve más.

No olvidemos que en el tema de la acotación no solo está ese tema, hay varios temas más. Hay gastos pasados... hay una serie de observaciones que algunas están siendo reclamadas.

Entonces, el proceso administrativo lo hemos llevado en todo momento; pero además tenemos la vía que nos faculta el convenio de estabilidad firmado, y no teníamos por qué, y sería una irresponsabilidad para nosotros como funcionarios de la empresa no utilizar todos los medios de defensa que podemos en el momento adecuado. No hay ninguna razón para que nosotros esperemos hacia el final.

Y, además, el caso era tan claro jurídicamente. Si podemos poner en una escala jurídicamente este caso es como cien de claro y el de los VNR y el de los CFR que es un hecho totalmente distinto, eso es totalmente nuevo para un árbitro, y era mucho más discutible; podían ser más discutible los términos, para nosotros era seguro, pero en todo caso, y usted entenderá que eso es mucho más discutible que un tema de depreciaciones y revaluaciones.

Entonces, esas son las razones. Y sí hemos ido a las dos vías.

El señor PRESIDENTE.— ¿Cuál es el criterio que se tomó para elegir los árbitros en este proceso y con quién coordinan la elección de los árbitros en el Ministerio de Energía?

El señor SALEM.— Primero, nuestra cláusula establecía que debían ser de consenso. Entonces, en ese supuesto teníamos que ponernos de acuerdo con las personas, y nos reunimos con el secretario general del ministerio, el señor Richard Martin, y con él manejamos alguna lista larga como de 10 ó 12 nombres, al cual se fueron retirando unos e incorporando otros, y hasta que llegamos a un consenso.

Ellos propusieron al doctor Cárdenas, nosotros le dijimos que estábamos de acuerdo; el doctor

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Avendaño estuvimos de acuerdo desde el comienzo los dos, porque en términos de derecho, por lo menos los que estamos en este tema confiamos de alguna manera en su criterio; y en el último le propusimos al doctor Marcial Rubio que fuera árbitro también para que por las dos partes estuvieran de acuerdo y no teníamos ninguna duda. Marcial se excusó por el hecho de que su contrato con la Universidad Católica no le permite participar en arbitrajes en su condición de vicerrector, y él mismo fue quien nos recomendó a Valdo Kresalja como una persona imparcial y que podía conocer mucho, y de ahí fue que salió los nombres, fueron saliendo, agregándose y fue de mutuo consenso.

Y buscamos nombres que estuvieran más allá de la duda, o sea nombres de personas de amplia trayectoria, reconocida trayectoria, y que le aseguro que el doctor Avendaño ha trabajado mucho más para el Estado que para Edelnor. Si para mí ha trabajado como uno, para el Estado ha trabajado como mil. Tiene varias empresas del Estado que ha trabajado, pero yo confiaba en el doctor Avendaño, igual en el doctor Cárdenas.

Por el lado de los tres es una cosa transparente, limpia y buscando gente que justamente la prensa y los demás que vieran lo que estaba pasando confiaran en el tribunal.

El señor PRESIDENTE.— ¿De ambas partes se solicitó antecedentes en relación de los nombres de las personas que eran propuestas como árbitros?

El señor SALEM.— No.

El señor PRESIDENTE.— ¿No le llama la atención?

El señor SALEM.— De nuestro lado no, porque yo sabía que él había... cuánto había trabajado conmigo y cuál vinculación tenía y sabía que no era uno de mis abogados de cabecera ni un abogado permanente de mi lado, y tenía conocimiento de que había trabajado mucho más con el Estado; pero sabía quién era el doctor Avendaño y no me preocupaba.

En el doctor Cárdenas, incluso él tiene escritos contra los convenios de estabilidad; pero también reconocemos que el doctor Cárdenas puede pensar que los convenio de estabilidad no están bien, pero él sabe que una vez que están en una ley tiene que respetarlos. (25) Entonces, por eso confiamos en él, todavía teniendo él escritos en contra de esto.

El señor PRESIDENTE.— ¿Cuánto se le paga a cada árbitro en el proceso?

El señor SALEM.— Lo que se le paga a los árbitros lo fija el propio tribunal en función a la cuantía y en este caso utilizaron la escala de aranceles de la Cámara de Comercio de Lima, dado el monto involucrado ellos determinaron la cuantía y determinaron el monto. Y en eso mas bien las dos partes no tenemos nada que ver. El monto total final fue 175 mil dólares por árbitro, pidieron un poco más y luego se objetó, dijimos que era mucho, el Estado sobre todo dijo que era mucho, hicieron una rebaja.

Pero la verdad que tenían todas las armas, las ley les manda que ellos fijen sus honorarios, lo hacen de acuerdo a un arancel con lo cual nadie les puede decir mucho y lo que les beneficiaba era la cuantía, la cuantía ellos también la definen y la definieron así, poco podíamos hacer. No era buena por ello, pero poco podíamos hacer nosotros.

El señor PRESIDENTE.— Una consulta, ¿ustedes tienen proceso de fiscalización o acotaciones pendientes, aparte del tema específico este del año 2001?

El señor GARCÍA DIEZ.— Sí, en el mismo proceso de acotación, puesto que fue una revisión conjunta de varios años: 95, 96, 97, 98.

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Entonces, aparte de este tema que se ha sustanciado en el arbitraje había otra serie de temas de discrepancias con la administración tributaria, pero todas ellas de índole menor en relación al tema principal, que es este referido a la materia de arbitraje.

El señor PRESIDENTE.— Ustedes han hecho un cálculo de las implicancias tributarias del proceso de escisión o fusión de lo que ha significado para ustedes, esto que usted ha llamado un diferimiento de tributos que haya representado para la empresa.

El señor GARCÍA DIEZ.— Entiendo que no haya sido unos cálculos muy precisos, pero en términos generales sería esto que antes en esa contestación prolija, que le ruego de nuevo me disculpen, pues traté de comentar. Fundamentalmente ha supuesto un ahorro de intereses por la plata que ha permanecido en Edelnor y que todavía no ha habido que entregarla a la Sunat.

¿Cuánto? Si hiciéramos un cálculo muy simple, no es un cálculo válido, pero como una mera aproximación al tema. Pues, si tomamos el promedio de los impuestos diferidos que se hayan ido acumulando en el balance cada año y eso lo ponemos a la tasa de interés relevante en el mercado, cada uno de esos años, pues eso serían un poco los ahorros.

Pero también, insisto, es una aproximación muy grosera porque ni todos los impuestos diferidos nacen de esta revalorización de activos, sólo una parte de ellos; otra, es por la propia dinámica general de la empresa que todos los años está haciendo inversiones, está incorporando nuevos activos, y estos nuevos activos que incorpora tienen un proceso de depreciación tributaria y un proceso de depreciación financiero contable diferentes y produce esas diferencias en el tiempo. Entonces es un proceso continuo. Pero una parte, sí corresponde a esa revalorización de los activos.

El señor PRESIDENTE.— ¿Es cuantificable, señor García?

El señor GARCÍA DIEZ.— Se puede intentar hacer algún ejercicio. Un poco teórico, pero podemos intentar hacer algún ejercicio.

El señor PRESIDENTE.— Sobre este mismo tema, ¿ustedes están manteniendo el mismo nivel de depreciación de activos? Usted acaba de señalar que eso varía.

El señor GARCÍA DIEZ.— Señor, el procedimiento no varía. Lo que sí como cada año se van incorporando nuevas inversiones, las cifras son las que van variando, pero el procedimiento no varía.

El señor PRESIDENTE.— Ahí hay algo, para terminar de mi parte, creo que hemos abusado de ustedes en exceso porque la hora está bien avanzada y nosotros estamos en reunión desde las nueve de la mañana con diferentes personas sobre diversos temas. Y entiendo que esta es una limitación para la reunión, pero hay un asunto que yo no logro comprender bien.

Usted ha señalado de que considera que lo que ha ocurrido es un procedimiento por el cual se difiere el pago de tributos. Yo no entiendo cómo se difiere el pago de tributos si yo efectúo una depreciación con fines tributarios dos veces del mismo activo. ¿Cuándo voy a recuperar un mecanismo o un activo que ha sido doblemente depreciado? porque fue revaluado y el mismo activo fue depreciado dos veces.

Entonces, cómo es que en el tiempo se recupera después. Porque usted esos activos que deprecia con finalidad tributaria también los va a sustituir porque se desgastan, se agotan, y los va a cambiar.

Por lo tanto, cuando entren los nuevos activos igual los va a considerar como un costo y los va a depreciar con fines tributarios. No entiendo dónde está el proceso de diferimiento, porque una

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vez que el bien se acabó, se agotó. Estamos hablando de un bien que era usado porque estos bienes eran bienes que ya tenían tiempo de instalados, no entiendo cómo es posible producir el diferimiento del pago si usted va entrar en un proceso de renovación de activos, salvo que el proceso de renovación de activos no sea tal y como lo estoy sosteniendo yo, sino distinto, bastante más complejo; y por lo tanto, se puede aplicar la lógica que usted mencionó ¿no?

El señor GARCÍA DIEZ.— Bueno, respecto a la complejidad eso sabe mucho más el señor Yamamoto que es el que sufre todos estos cálculos año tras año o día a día, casi por lo menos mes a mes. Pero el concepto que hay es, vamos a ver, todo activo tiene que depreciarse completamente tanto desde el punto de vista tributario como desde el punto de vista contable o financiero.

La diferencia está en que desde el punto de vista financiero la ley establece que depende de la naturaleza del activo, pues puede ser en quince, en veinte, en treinta años. Cuando estamos hablando de activos eléctricos que tienen una larga duración en general; o los informáticos y tal, eso es un período muchísimo más corto. Pero el grueso de nuestra actividad, pues, son a largo plazo. Eso desde el punto de vista contable.

En cambio desde el punto de vista tributario la ley es taxativa, las normas tributarias son taxativas: cinco años, en cinco años deben estar totalmente depreciados.

¿Qué ocurre entonces? Que hay dos cuentas separadas, distintas. Una es la cuenta financiera, que es la que aparece en los balances y demás, y otra es la cuenta tributaria que es la que le importa a la Sunat, la que sirve para la interlocución, la relación con la Sunat.

Entonces, si partiéramos hoy, un mismo día, con todo nuevo sin arrastrar ninguna historia, pues, hoy diríamos que desde el punto de vista financiero valen 100 los activos, pero desde el punto de vista tributario valen 100 también.

Ahora, qué pasa ya dentro de un año, después que haya transcurrido un año, que desde el punto de vista financiero, vamos a suponer que el promedio de depreciación es 25 años, se habrá depreciado 4, un veinticinco avo, luego valen 96.

Desde el punto de vista tributario se ha depreciado 20, ya sólo valen 80, y qué ha pasado con esa depreciación financiera, los cuatro, que va en la cuenta de resultados financiera como un costo, por lo tanto reduce la utilidad financiera, lo reduce solo un cuatro. Mientras que desde el punto de vista tributario lo reduce en 20, luego la utilidad tributaria es muchísimo menor, incluso puede darse que se ha tenido utilidad financiera y pérdida tributaria. Esto es así, esto es por esta diferencia.

Muy bien. Eso el primer año. El segundo, el tercero, el cuarto y el quinto sigue pasando lo mismo. Pero llega el sexto año, y el sexto año qué pasa. Que yo sigo en la parte financiera con el mismo ritmo, cuatro, que me voy a llevar a la depreciación contable que reduzco en eso la utilidad financiera. Pero en cambio en el otro lado, cuánto me llevo a la depreciación tributaria. Nada, porque ya está depreciado. Nada, luego tengo mayor utilidad tributaria a partir del sexto año que utilidad financiera y por tanto estaré pagando realmente unos impuestos superiores a los que salen de la contabilidad financiera, y así en el sétimo, en el octavo. Entonces, este es el proceso de diferimiento.

Claro, no es todo tan perfecto, nada empieza en un solo día, hay toda una historia, se van incorporando nuevos activos, termina la vida útil, vida financiera en teoría, debe coincidir la vida útil con la vida financiera de unos activos y ya desaparece; entonces, las cifras van variando, pero van variando para ese efecto.

Ahora, el concepto de diferimiento es ése, es el distinto camino, el distinto ritmo que llevan y lo

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establece la ley y le pasa a todas las empresas. Lo que pasa es que se nota especialmente en las empresas muy inversoras, las que tienen muchos activos y siguen incorporando nuevos activos.

El señor SALEM.— Eso de que hubiera doble relación, recordemos que veníamos de un proceso hiperinflacionario, que los valores de libros no representaban lo que valían en el mercado. Se puede hablar de doble relación de alguna manera, porque le volvía a dar valor y lo volvía a depreciar; pero recordemos que lo que está hablando es llevarlo a su valor real. Entonces la depreciación es la que correspondía.

Una manera de verlo es como usted lo está diciendo es doble, otra manera de verlo es: No, señor, esto sufrió un proceso de hiperinflación, que lo conocimos todos y sabemos los niveles de inflación que fue, eso afectaba los balances de las empresas, las dejaba muy pobres. Esa es la razón.

El señor GARCÍA DIEZ.— De alguna forma más que doble depreciación es que faltaba depreciación, si tenemos en cuenta los valores reales.

En el momento en que salió el señor presidente un minuto estaba yo comentando, creo recordar, el que en otros muchos países, pues, en todos los que conozco, en distintos momentos y siempre ligados a los procesos de inflación pues se han dado procesos de revaluación de activos, de acomodación de esos activos al valor de mercado de una forma u otra y con consecuencia similares.

Lo que ha podido variar es la intensidad, los importes, las formas concretas. Pero este tipo de regulaciones de leyes son bastante frecuentes, han sido bastante frecuentes ligados sobre todo, insisto, a los procesos inflacionarios en muchos países. O sea, no es algo totalmente atípico ¿no? Es algo bastante común, cada país pues tiene sus momentos y sus formas concretas de expresión, pero los procesos son muy similares.

El señor SALEM.— Una última, pediría que no habiendo una pregunta. Pero, es recordar que en nuestra empresa el grupo de Lima tiene el 60%, el 40% restante es del Estado casi, salvo un pequeño porcentaje que está difundido. El Estado tiene tres directores en Edelnor y aparecen en las juntas, ha aprobado todo esto, y se ha beneficiado de todos los diferimientos que han habido y todos esos beneficios menores, o sea, se ha beneficiado y ha participado, que al final en la carga recaudadora se supone perjudicado, los tenemos sentados en los dos sitios.

Entonces eso también nunca se ha dicho hasta ahora ni en prensa, pero el Estado ha hecho esto, ha hecho esta relación con nosotros, sentados en la mesa con unanimidad. Aquí no hay votos en discordia, todo es por unanimidad.

El señor PRESIDENTE.— Una cosa para terminar. Usted ha señalado que la empresa tenía todo el derecho a defenderse con todas las herramientas que tenían a su disposición legales.

Usted puede dar una explicación por la cual el Estado no apela, no pide nulidad, siendo de su interés ... (falla de grabación)... lo máximo teóricamente. Ese su interés, sí, por qué no lo ha hecho así. (26) Tiene alguna relación con que el señor Kuczynski haya sido presidente de Edelnor, porque es presidente a su vez o ministro de Economía y Finanzas. Es decir, aquí hay un tema que a nosotros sí nos ha dejado con una cuestión pendiente, porque usted conoce perfectamente la Ley de Arbitraje, establece procedimientos para nulidad, para apelación en determinados casos, porque en el caso de ustedes hay otra cosa curiosa, que es un contrato donde se renuncia a un derecho que la ley establece, que es, apelar el fallo de un tribunal arbitral.

El señor SALEM.— Primero, en lo que es apelación.

El compromiso arbitral establecido en los contratos es lo que determina los alcances del arbitraje

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y se hizo a una sola instancia sin apelación; así que eso es un acuerdo de partes.

Respecto a la anulación del laudo, sólo procede en determinados casos. No, si no estoy de acuerdo con el fondo, si hay alguna falla formal. Y en este caso, yo de mi análisis cuando he visto el laudo, no existe ninguna falla formal. Lo han hecho de una manera pulcra, además, han retirado todo lo que podría haber incluido alguna nulidad, y el lado para mí es pulcro en términos jurídicos.

Por esa razón estimo, porque yo no estoy en los zapatos del mercado o del Estado que son los que tienen que solicitar la anulación, pues, no he encontrado base alguna para hacerlo.

Y el ministro Kuczynski no tiene nada que ver en nuestro arbitraje, excepto el ministro Quijandría. Entonces no, realmente no en absoluto.

Y sí entiendo por qué no han presentado anulación, porque no tiene ninguna causal de las seis o siete que contempla el código, porque no se ha dado fuera del plazo, no han habido nulidades flagrantes, no se ha invadido el artículo uno, inciso cuatro, en absoluto. Por lo tanto, veo totalmente lógico y razonable lo que ha pasado.

El señor PRESIDENTE.— Yo les agradezco mucho su presencia en la comisión, espero que disculpen la duración de la conversación y la dieta a la que han sido sometidos a la hora de almuerzo en este terreno, pero les agradezco mucho su presencia.

Muchas gracias.

—Se levanta la sesión.

Page 90: 20 MARZO 2002 DAVID SAETTONE - … segundo término, ¿en virtud de qué usted estaba en el directorio de Edelnor, qué acciones representaba y en qué sesiones de directorio participó?

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