1era ev. a distancia procesal civil i

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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN Primera Evaluación a Distancia Derecho Procesal Civil I Ciclo VII DATOS DE IDENTIFICACIÓN PROFESOR : Mg. Walter E. Chambergo Chavesta EVALUACIÓN: PRIMERA EVALUACIÓN Nombre del Alumno: VERONICA PORTOCARRERO ÑOPO Nota: Programa Académico de Educación Superior a Distancia

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PRIMERA EVALUACIN A DISTANCIA DERECHO PROCESAL CIVIL

UNIVERSIDAD

SEOR DE SIPN

PRIMERA EVALUACIN A DISTANCIA DEL CURSO DE

DERECHO PROCESAL CIVIL IEn este examen todas las preguntas estn relacionadas con la Primera Unidad del curso de Derecho Procesal Civil I.PRIMERA PARTE: preguntas objetivas que tiene nicamente una respuesta vlida, las interrogantes han sido tomadas tanto del libro base, como del Cdigo Procesal Civil vigente.

SEGUNDA PARTE: Son preguntas abiertas que deber responder aplicando los conocimientos que proporciona el texto base y el Cdigo Procesal Civil.PRIMERA PARTEINSTRUCCIONES

Las preguntas correctamente contestadas tienen un valor total de 10 puntos. (1 punto c/u)1. Cmo se manifiesta la Tutela Jurdica en el Derecho Procesal Civil?

a) Derecho es jurisdiccin y competencia

b) Derecho de accin y contradiccinc) Derecho de pretensin y peticin

d) Derecho de oposicin y excepcin

e) N.A.

2. La persona que ha sido emplazada en virtud a la tutela jurdica qu derecho especfico tiene en proceso?

a) Derecho de accin

b) Derecho de oposicin

c) Derecho de excepcin

d) Derecho de contradiccine) N.A.

3. Cules de las alternativas que se indican constituirn el contenido del Debido Proceso?

a) Juez independiente y competente

b) Derecho a ser odo en audiencia

c) a y bd) Derecho a prueba de oficioe) N.A.

4. El principio de direccin del proceso est a cargo del juez, figura intermedia entre el juez espectador del derecho clsico y el juez inquisidor, por tanto de las alternativas que aparecen cul le corresponde al principio de direccin?

a) Determinar el tipo de cuanta

b) Vigilar que el proceso se tramite para proteger los derechos

c) Disponer las diligencias necesariasd) Fijar la va procedimental

e) N.A.

5. En qu momento surgir el inters para obrar?

a) Ante la imposibilidad de demandar

b) Estado de necesidad de un justiciablec) Ante la imposibilidad de reclamar

d) La necesidad del bien

e) N.A.

6. Qu factores determinan la competencia?

a) La situacin de hecho al demandar

b) Por la ley

c) a y bd) Las funciones del Jueze) N.A.

7. De los indicados qu elementos determinan la competencia por razn de la materia?

a) La controversia

b) Conflicto de intereses

c) a y bd) El debido Procesoe) N.A

8. Cul es la finalidad de los medios probatorios?

a) Acreditar hechos y producir certeza

b) Acreditar el derecho y fundamentar decisiones

c) Fundamentar hechos y acreditar el derecho

d) a y ce) N.A.

9. La prueba cientfica de ADN para su actuacin requiere de auxilios cientficos, por tanto en nuestro ordenamiento procesal civil es una prueba.

a) Legalb) Atpicac) Procesal

d) Tpica

e) N.A.

10. El interrogatorio realizado por un juez a las partes procesales implica el cumplimiento del principio de:

a) Socializacin

b) Integracin

c) Unidad

d) Inmediacine) N.A.

11. Cuando el Estado proporciona la tutela jurdica efectiva al aducir una persona haber sido lesionada en sus derechos, qu es lo que resuelven los jueces?

a) La pretensin y la excepcin

b) La accin y la competenciac) El conflicto de intereses e incertidumbre jurdicad) el conflicto de intereses en la sentencia

e) N.A.

12. Cmo se clasifican los procesos civiles en el Per?

a) Sumario, abreviado ordinario

a) Sumario, abreviado ordinario

c) Abreviado, conocimiento, ordinario

d) sumarsimo, abreviado conocimiento

e) N.A.13. La oportunidad probatoria como debido proceso consistir en:

a) Ofrecer medios probatorios durante el proceso

b) Ofrecer medios probatorios en la etapa postulatoriac) Ofrecer medios probatorios en la audiencia

d) Ofrecer medios probatorios cuando lo requiera el juez

e) N.A.

14. El fin del proceso civil ha sido explicado por diversas teoras, entre ellas las que sostienen que protege los derechos subjetivos y la que indica que resuelve un conflicto de intereses y lograr la paz social; en nuestro derecho procesal civil cul es el fin?

a) Solucionar conflicto de intereses

b) solucionar conflicto de intereses y lograr la paz socialc) Solucionar conflicto de las partes

d) solucionar la paz social de las partes

e) N.A.

15. La legitimidad para obrar como condicin para el proceso es:

a) La accin que se ejercita

b) La calidad y cualidad de la persona

c) El inters legitimo

d) La causa para obrar

e) N.A.

16. La administracin de justicia le corresponde al Estado que la encarga al rgano Jurisdiccional representado por los jueces competentes, por tanto qu es la competencia?

a) Facultad de administrar justiciab) Deber de administrar justicia

c) Poder del Estado de administrar justicia

d) Ejercicio regular de un juez para administrar justicia

e) N.A.

17. Cul es el fundamento de la competencia por razn del territorio?

a) Conveniencia del demandante

b) Slo conveniencia del demandado

c)La economa procesald) Necesidad que sea en un solo territorio

e) N.A.

18. Cuando se dice que los medios probatorios deben referirse a los hechos y a la costumbre cuando sta sustenta la pretensin, estaremos ante un medio probatorio:

a) Impertinente

b) Procedentec) Improcedente

d) Inadmisible

e) N.A.

19. En que consiste, cuando se dice que el juez puede ordenar pruebas de oficio?

a) Cuando las ofrecidas estn desmotivadas

b) Cuando el juez lo considera urgente

c) Cuando las ofrecidas sean insuficientesd) Cuando las ofrecidas son inconvenientes

e) N.A.

20. Un documento pblico o privado como medio probatorio est constituido por.

a) Escritos y dibujos

b) Escritos u objetos

c) Escritos o fotografas

d) Escritos o microformas

e) N.A.SEGUNDA PARTEINSTRUCCIONES

Las preguntas correctamente contestadas tienen un valor total de 10 puntos. (1 punto c/u)1. Describa el debido procesoEl debido proceso consiste en que nadie puede ser juzgado sino se realiza de conformidad con la ritualidad establecida en la ley, de realizarse contrario a ello no se cumplira el axioma De que nadie puede ser condenado; sin antes haber sido odo y vencido en juicio con la plenitud de las formalidades legales.

El debido proceso es la sumatoria de actos preclusivos y coordinados que cumplen el funcionario competente en la oportunidad y lugar debidos, con las formalidades legales; tambin se conjugan conceptos de legalidad y del juez natural, limitado en el tiempo, espacio y modo.2. Precise que es jurisdiccin y cuales son sus caractersticas?Modernamente se entiende como la potestad que tiene el Estado en su conjunto para solucionar conflictos particulares a travs de la imposicin de la Ley y el Derecho. Por lo tanto esa potestad esta encargada a un rgano estatal, el Poder Judicial y, al encomendar al Poder Judicial esa actividad privativa del Estado emerge la Potestad Jurisdiccional y esta, no es mas que la cesin al Poder Judicial, a travs de la ley de organizacin judicial, del deber de realizar esa actividad jurisdiccional.Para Couture La jurisdiccin es lafuncin pblica, realizada por losrganos competentes del Estado, con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por un acto de juicio, se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos o controversias de relevancia jurdica, mediante decisiones conautoridad de cosa juzgada, eventualmentefactibles de ejecucin.

La Jurisdiccin se caracteriza porque tiene: a) origen constitucional, b) es una funcin pblica, c) es un concepto unitario, es una y es la misma cualquiera sea el tribunal,

d) su ejercicio es eventual,

e) el ejercicio de la funcin jurisdiccional corresponde exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley,

f) es indelegable,

g) es improrrogable,

h) debe ser ejercida a travs del debido procesoi) se debe ejercer dentro del territorio de la Republica

j) resuelve conflictos a travs de sentencias que tienen la eficacia de cosa juzgada.

3. Qu es competencia y describa sus clases?La competencia implica la actividad de distribucin de trabajo entre los jueces, la competencia acta como un filtro que establece que procesos debe revisar cada juez o lo que comnmente denominamos jurisdiccin. Por consiguiente, la jurisdiccin (entendida como la facultad de administrar justicia) va a estar condicionada por la competencia.

Las clases de competencia, son las siguientes: a) Competencia por razn de la materia. Aqu la competencia se determina por el contenido del litigio, la naturaleza de la pretensin y las disposiciones legales que la regulan.b) Competencia por razn de la cuanta. La competencia se determina por el valor econmico del petitorio que el recurrente ha expresado en la demanda.c) Competencia por razn del territorio.- La competencia se establece en virtud del espacio territorial asignado al juez para que ejerza jurisdiccin.d) Competencia por razn de turno.- Aqu la competencia se encuentra determinada por cuestiones administrativas y en razn de la carga de las instancias judiciales.e) Competencia por razn del grado.- La competencia se establece en virtud de la jerarqua de los rganos jurisdiccionales.4. En que casos procede la prueba pericial y cual es su efecto?La Prueba Pericial procede:

1. Al apreciar hechos o circunstancias que exijan conocimientos especiales extraos al Derecho.2. El Juez requiere el apoyo de personas expertas con un arte, industria, actividad tcnica, ciencia, oficio, profesin, exclusivamente para el fin de arrojar claridad al proceso en que se le haya nombrado.Su efecto es que incorpora hechos al proceso que con los otros medios probatorios no podra hacerse.5. Cules son los fines de la prueba?Las pruebas tienen por fin llevar al conocimiento del juez, ms all de duda razonable, los hechos y circunstancias materia del juicio.

6. Diga si las reproducciones de audio y video son medios probatorios, porqu y a qu clase de pruebas pertenecen?Si son medios probatorios atpicos porque permiten tener un mejor alcance de los hechos.Son pruebas documentales.7. Cundo se formula oposicin a los medios probatorios y sobre que clase de pruebas procede?La oposicin es una cuestin probatoria al igual que la tacha, que permite a la parte interesada oponerse a los medios probatorios ofrecidos por la contraparte con el objeto de que dichas pruebas no sean actuadas o, si lo son, evitar que se les asigne eficacia probatoria al momento de resolverse la controversia.

La oposicin procede contra las siguientes pruebas: la declaracin de parte, la exhibicin de documentos, la pericia y la inspeccin judicial, as como tambin contra los medios probatorios atpicos.

Se puede formular oposicin a la actuacin de una de declaracin de parte, a una exhibicin, a una pericia, a una inspeccin judicial o a un medio probatorio atpico, de seguro que ms de un operador del Derecho se habr preguntado cules son las causales o motivos para oponerse a la actuacin de tales pruebas.

Proceder la oposicin si es que las pruebas ofrecidas tienen por finalidad acreditar hechos no controvertidos, hechos admitidos por los sujetos procesales, hechos notorios, hechos que caen en la esfera de la cosa juzgada, hechos presumidos por la ley, o con la probanza del derecho nacional; es decir, si es que estn incursos en los casos de impertinencia y de improcedencia.

La oposicin a la declaracin de parte es precisamente la ausencia de dicho pliego de preguntas, lo cual se puede acreditar constatando que en autos no obra dicho documento. Proceder la oposicin si es que la declaracin de parte tiene por finalidad acreditar hechos no controvertidos, hechos admitidos por los sujetos procesales, hechos notorios, hechos que caen en la esfera de la cosa juzgada, hechos presumidos por la ley, o si con esta prueba se pretende acreditar el derecho nacional.

La oposicin a la exhibicin de documentos puede sustentarse, en principio, en la impertinencia o irrelevancia del documento para acreditar la cuestin controvertida; as, por ejemplo, si en un proceso de otorgamiento de escritura pblica se ordena que el demandado exhiba el contrato que suscribi con el abogado que redact el contrato de compraventa, el demandado podr oponerse a dicha exhibicin por considerar que tal documento no es pertinente o relevante para la solucin de la litis.

Proceder la oposicin si es que la pericia tiene por finalidad acreditar hechos no controvertidos, hechos admitidos por los sujetos procesales, hechos notorios, hechos que caen en la esfera de la cosa juzgada, hechos presumidos por la ley, o si con este medio se pretende probar el derecho nacional.

La oposicin a la inspeccin judicial puede estar fundamentada en la inutilidad de la inspeccin por haberse acreditado el hecho con otras pruebas ofrecidas por la parte, as como cuando en el proceso judicial se pretende ofrecer una inspeccin judicial para que el juez certifique la ubicacin exacta de un inmueble, cuando dicha ubicacin se desprende de la partida registral del referido inmueble adjuntada al expediente.

8. Los documentos como pruebas que clase de tacha proceden contra ellos?La Tacha de Documentos tiene como fin y objeto fundamental enervar la capacidad probatoria de dicho instrumento en el procedimiento Judicial en el cual se pretende hacer valer dicha Prueba, la Tacha de Documentos tiene como finalidad esencial anular la eficacia probatoria de tales documentos, ya sea por falta de veracidad en la forma extrnseca de este o porque su falsedad recaiga sobre el fondo de su contenido. Contra los documentos procede 9. Describa que es la reposicin como recurso impugnativo y cul su requisito de procedenciaLa reposicin es considerado un recurso ordinario e impropio, de instancia nica (a contraposicin de los denominados propios, verticales y de instancia mltiple), debido a sunaturalezano devolutiva.

A travs de la misma se solicita que sea el propio juzgado o tribunal que hubiera dictado la que se impugne a efectos: "declare la ilegalidad de una resolucin (por ser contraria a norma o garanta procesal" y la consiguiente ineficacia de la misma, dictando con unidad de acto, la resolucin que procede legalmente o dicho de otro modo que la tramitacin delprocesoseacomodea lo prevenido enLey.

El Recurso de reposicin procede contra los decretos y como tal importa enteora- una discusin menor, por lo que las caractersticas que describen mejor a los decretos, sonla simplicidady lacarencia de motivacin, esto ltimo consecuencia directa de lo primero, en tanto la naturaleza de esta sea impulsar o dar trmite mecnicamente al proceso; sostenemos mas adelante que no existe un catalogo de resoluciones sobre las que este recurso debe recurrir, limitndose al genricoconceptoresoluciones demero tramite.

No es inusual, que respecto de los mismos, no exista obligacin de firma por parte del Juez, tan solo del secretario respecto de quien se exige firma completa. La caracterstica principal de este recurso, es que su interposicin no suspende la tramitacin del proceso, y mucho menos la ejecucin o cumplimiento de lo provedo judicialmente, pertenece a la escassimafamiliade los inimpugnables, y es o debera ser deintersprocesal comn, pues presupone el inters de todas las partes en la correcta y adecuada tramitacin del proceso, de modo tal que siempre se permanezca atento aenderezarel expediente. 10. Precise y describa los requisitos de admisibilidad y procedencia del recurso de apelacin.La apelacin se interpone dentro del plazo legal ante el Juez que expidi la resolucin impugnada, acompaando el recibo de la tasa respectiva cuando esta fuera exigible.

La apelacin o adhesin que no acompaen el recibo de la tasa, se interpongan fuera del

plazo, no tengan fundamento o no precisen el agravio, sern de plano declaradas inadmisibles o improcedentes, segn sea el caso.

La apelacin se interpone dentro del plazo legal ante el Juez que expidi la resolucin

impugnada, acompaando el recibo de la tasa judicial respectiva cuando sta fuera exigible.

La apelacin o adhesin que no acompaen el recibo de la tasa, se interpongan fuera del

plazo, que no tengan fundamento o no precisen el agravio, sern de plano declaradas

inadmisibles o improcedentes, segn sea el caso.

Segn el Cdigo Procesal Civil, se ordenar que el recurrente subsane en un plazo no mayor de cinco das, la omisin o defecto que se pudiera advertir en el recibo de pago de la tasa respectiva, en las cdulas de notificacin, en la autorizacin del recurso por el Letrado Colegiado o en la firma del recurrente, si tiene domicilio en la ciudad sede del rgano jurisdiccional que conoce de la apelacin. De no subsanarse la omisin o defecto, se rechazar el recurso y ser declarado inadmisible.

Si el recurrente no tuviera domicilio procesal en la ciudad sede del rgano jurisdiccional que conoce de la apelacin, tramitar la causa de manera regular y ser el Juez quien ordene la correspondiente subsanacin del error.

El superior tambin puede declarar inadmisible o improcedente la apelacin, si advierte que no se han cumplido los requisitos para su concesin. En este caso, adems, declarar nulo el concesorio.

Procede apelacin:

1. Contra las sentencias, excepto las impugnables con recurso de casacin y las excluidas por convenio entre las partes;

2. Contra los autos, excepto los que se expidan en la tramitacin de una articulacin

.

11. En qu consiste la inmediacin y concentracin como principios del Derecho procesal civil?En lainmediacinel juez toma conocimiento directamente, en contacto directo con las partes y la prueba rendida, mientras que en lamediacin, el juez toma conocimiento por medio de la protocolizacin o escrituracin de actuaciones no realizadas ante l.El principio de concentracin se refiere al desarrollo del proceso en una cantidad menor de actos procesales, concentrndolos o agrupndolos en un solo acto, debido a que estos pueden ser reiterativos o intiles.

12. Describa la competencia funcionalLa competencia funcional supone una asignacin de atribuciones establecidas en la ley acerca de a quien le corresponde el conocimiento del primer o segundo examen de una resolucin judicial.

Se realiza una divisin entre el juez a quo a quien se le asigna el primer conocimiento del asunto correspondindole su estudio y resolucin en primer grado; y entre el juez ad quen, a quien le corresponde la revisin de aquello que ha sido resuelto por el a quo.La competencia funcional slo podr ser declarada de oficio o a pedido de parte hasta antes de expedirse el auto de saneamiento procesal13. Porqu se dice que un medio probatorio es impertinente y quien podr solicitar dicha impertinencia?Un medio porbatorio impertinente es aquel que no se refiere a hechos que sustentan la pretensin. Aquellos hechos no controvertidos, imposibles, o que sean notorios o de pblica evidencia; hechos afirmados por una de las partes y admitidos por la otra en la contestacin de la demanda, de la reconvencin o en la audiencia de fijacin de puntos controvertidos.

La declaracin de improcedencia la har el Juez en la audiencia de fijacin de puntos controvertidos. Esta decisin es apelable sin efecto suspensivo. El medio de prueba ser actuado por el Juez si el superior revoca su resolucin antes que se expida sentencia. En caso contrario, el superior la actuar antes de sentenciar.14. Qu es un indicio?Un indicio se define como la circunstancia, hecho o acto, que sirve de antecedente o base para presumir la existencia de otro hecho. Tambin se le define como la circunstancia, hecho o acto, que sirve de antecedente o base para presumir la existencia de otro hecho.

CARACTERSTICAS DEL INDICIO:

a)Se trata de un medio de prueba judicial.

b)Puede ser propuesto por las partes o utilizado de oficio por el juez.

c)Es una prueba indirecta, porque la demostracin de los hechos se produce mediante la induccin que se hace por razonamientos lgicos y crticos a partir de los hechos ciertos y demostrados en el proceso, que contienen un argumento probatorio.

d)El indicio ser el hecho cierto y demostrado en el proceso por los medios de prueba pertinentes y legales.

e)Para descubrir, verificar y demostrar el hecho controvertido en el proceso y que se desconoce, el operador de justicia debe utilizar las reglas de la experiencia, lgica y crtica, partiendo del hecho conocido y demostrado en el proceso.

15. Describa la inspeccin judicial como medio probatorioLa inspeccin judicial es el reconocimiento que hace el juez de manera directa, a travs de sus percepciones, sobre lugares, cosas y personas para verificar las cualidades condiciones o caractersticas. Se puede decir que la inspeccin judicial es un examen sensorial directo realizado por el juez en cosas u objetos que estn relacionados con la controversia. Es un medio de prueba que lleva a cabo el juez y que consiste en someter las cosas, lugares o inclusive personas al examen.

16. Qu entiende por cuestiones probatorias?Se entiende por cuestiones probatorias medios de defensa que se opone contra el ofrecimiento de medios probatorios tpicos o atpicos de la contra parte, se fundamenta en el principio de contradiccin. 17. Defina la confrontacin como medio probatorio, y cuando es procedenteLa confrontacin es el cotejo que se realiza de un medio probatorio, esta confrontacin se hace de documentos pblicos con sus originales, tambin se puede hacer la comparacin de los documentos privados que no han sido reconocidos con otros, para darlo autenticidad por medio de personas especializadas en grafotecnia o grafologa.La confrontacin procede:

Cuando quien declare no pueda dar noticia exacta de la persona a quien se refiera, pero exprese poder reconocerla si se la presentan, y

Cuando el declarante asegure conocer a una persona y haya motivos para sospechar que no la conoce.

18. Qu son medios impugnatorios?Son mecanismos de saneamiento procesal, pues tienen como misin evitar los errores y las arbitrariedades del juzgador en la sustanciacin del proceso, permitiendo decisiones legales y justas.

19. Qu es la nulidad como remedio procesal?La nulidad es el instituto natural por excelencia que la ciencia procesal prev como remedio procesal para reparar un acto procesal viciado, originado en la carencia de alguno de sus elementos constitutivos o de vicios existentes en ellos, que lo coloca en la situacin procesal de ser declarado invlido, el cual puede ser declarado de oficio o a pedido de parte.

20. Qu es un recurso como medio impugnativo?.Es aquel que est destinado a lograr la revisin de una resolucin que se encuentra afectada por vicio o error sea esta de forma o de fondo, con la finalidad que sea anulada o revocada total o parcialmente por el propio rgano o por el superior jerrquico que emiti el acto cuestiondo.Programa Acadmico de Educacin

Superior a Distancia

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Nombre del Alumno:

VERONICA PORTOCARRERO OPO

DATOS DE IDENTIFICACIN

PROFESOR : Mg. Walter E. Chambergo Chavesta

EVALUACIN: PRIMERA EVALUACIN

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Ciclo VII

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