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SEPARATA ESPECIAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 022-2016-OS/CD Aprueba publicación del proyecto de Resolución que aprueba el Plan de Inversiones en Transmisión para el periodo 1 de mayo de 2017 al 30 de abril de 2021 Viernes 5 de febrero de 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU 1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR

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SEPARATA ESPECIAL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOOSINERGMIN N° 022-2016-OS/CD

Aprueba publicación del proyecto de Resolución que aprueba el Plan de

Inversiones en Transmisión para el periodo 1 de mayo de

2017 al 30 de abril de 2021

Viernes 5 de febrero de 2016AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU

1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR

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Viernes 5 de febrero de 2016 / El Peruano2 PROYECTO

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N 022-2016-OS/CD

Lima, 2 de febrero de 2016

CONSIDERANDO:

Que, conforme se dispone en el literal g) del Anexo A.2.1., Procedimiento para Aprobación del Plan de Inversiones en Transmision (“Procedimiento”), de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado mediante Resolución N° 080-2012-OS/CD; deberá publicarse, en el diario ofi cial El Peruano, el proyecto de resolución que aprueba el Plan de Inversiones; así como la relación de la información (informes, estudios, dictámenes y/o modelos económicos) que lo sustentan. Asimismo, indica dicho literal que en la misma oportunidad se deberá convocar a Audiencia Pública;

Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de resolución que aprueba el Plan de Inversiones en Transmisión para el periodo comprendido entre el 01 de mayo de 2017 y el 30 de abril de 2021, así como convocar a Audiencia Pública Descentralizada para el sustento por parte del Osinergmin. Dicho Plan tiene incidencia a nivel nacional;

Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el ítem j) del Procedimiento, los interesados podrán presentar a Osinergmin, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la realización de la Audiencia Pública de Osinergmin, sus opiniones y sugerencias sobre el proyecto de resolución publicado, a fi n de que sean analizados por Osinergmin en la publicación de la resolución que apruebe el Plan de Inversiones;

Que, adicionalmente el Procedimiento establece que se deberá publicar en la página web de Osinergmin, el proyecto de resolución que aprueba el Plan de Inversiones, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la publicación en el diario ofi cial El Peruano;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias y complementarias; y,

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 05-2016.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la publicación, en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de Osinergmin, www2.osinerg.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones.html, del proyecto de resolución que aprueba el Plan de Inversiones para el período comprendido entre el 01 de mayo de 2017 y el 30 de abril de 2021. Dicho proyecto de resolución fi gura como Anexo B de la presente resolución.

Artículo 2°.- Disponer la publicación, en el diario ofi cial El Peruano y en la citada página web de Osinergmin, de la relación de información que sustenta el proyecto de resolución a que se refi ere el artículo 1°, que se acompaña como Anexo A de la presente resolución, en la cual se identifi can los informes que contienen el análisis de la propuesta de Plan de Inversiones en Transmisión 2017-2021 por Área de Demanda.

Artículo 3°.- Convocar a Audiencia Pública Descentralizada, para la sustentación y exposición por parte de Osinergmin, de los criterios, metodología y modelos utilizados en el proyecto de resolución publicado, que se realizará en la fecha, hora y lugares siguientes:

Fecha: Viernes 19 de febrero de 2016Hora: 10:00 a.m.Lugares: LIMA Sala Principal GART Av. Canadá N° 1460, San Borja

AREQUIPA Auditorio del Hotel Tierrasur Ca. Consuelo N° 210, Ciudad de Arequipa

CHICLAYO Auditorio del Hotel Los Portales Ca. Saenz Peña N° 396, Ciudad de Chiclayo

Artículo 3°.- Defi nir un plazo de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente a la realización de la Audiencia Pública de Osinergmin, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 224 0491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas.

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El Peruano / Viernes 5 de febrero de 2016 3PROYECTO

Artículo 4°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución.

Artículo 5°.- La presente resolución, sus Anexos A y B deberán ser publicados en el diario ofi cial El Peruano y serán consignados, junto con los Informes contenidos en la relación de información del Anexo A y con la exposición de motivos, en la página Web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe.

JESÚS TAMAYO PACHECOPresidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La normatividad legal vigente, como la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, determinan la regulación de precios para las instalaciones de los Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT) y de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST).

Dicha regulación es competencia de Osinergmin, tal como lo establece el artículo 62° de la Ley de Concesiones Eléctricas, en el cual se dispone que las compensaciones y peajes por las redes del SST, serán reguladas por dicho Organismo; de igual modo, el artículo 139° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, señala que las compensaciones y las tarifas de transmisión a que se refi eren los artículos 44° y 62° de la Ley de Concesiones Eléctricas, y las compensaciones y tarifas del SCT a que se refi ere el artículo 27° de la Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, serán fi jadas por Osinergmin, de acuerdo a los criterios allí explicitados.

El artículo 139° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, establece que previo a la aprobación de las tarifas y compensaciones de las instalaciones de los SST y de los SCT, Osinergmin debe aprobar un Plan de Inversiones, el cual está conformado por el conjunto de instalaciones requeridas que entren en operación dentro del período de fi jación de Peajes y Compensaciones, el mismo que tiene una duración de cuatro años, siendo el vigente, el aprobado con Resolución N° 151-2012-OS/CD y modifi catorias, para el periodo 2013 - 2017.

La presente resolución tiene como fi nalidad, dar cumplimiento a lo señalado en el mencionado artículo 139°, para lo cual, luego de cumplidas todas las etapas y plazos previstos en el “Procedimiento para Aprobación del Plan de Inversiones en Transmision” que consta en el Anexo A.2.1. de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado por Resolución N° 080-2012-OS/CD, corresponde disponer la publicación, en el diario ofi cial El Peruano, de la resolución que aprueba el Plan de Inversiones en Transmisión, correspondiente al período 2017-2021; así como la relación de la información que lo sustenta y realizar la respectiva convocatoria a Audiencia Pública Descentralizada.

ANEXO A

RELACIÓN DE INFORMACIÓN QUE SUSTENTA EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DEAPROBACIÓN DEL PLAN DE INVERSIONES EN TRANSMISIÓN

PERIODO 2017-2021

1. Informes Técnicos que motivan la publicación del proyecto

- Informe N° 081-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 1.

- Informe N° 082-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 2.

- Informe N° 083-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 3.

- Informe N° 084-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 4.

- Informe N° 085-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 5.

- Informe N° 086-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 6.

- Informe N° 087-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 7.

- Informe N° 088-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 8.

- Informe N° 089-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 9.

- Informe N° 090-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 10.

- Informe N° 091-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 11.

- Informe N° 092-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 12.

- Informe N° 093-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 13.

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Viernes 5 de febrero de 2016 / El Peruano4 PROYECTO

- Informe N° 094-2016-GART. Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, para el Área de Demanda 14.

2. Informe Legal que motiva la publicación del proyecto

- Informe N° 095-2016-GART.

3. Respuesta por parte de los Titulares de Transmisión a las observaciones realizadas por Osinergmin a las propuestas:

- Respuesta presentada por Electronoroeste S.A.- Respuesta presentada por Electronorte S.A.- Respuesta presentada por Electro Oriente S.A.- Respuesta presentada por Hidrandina S.A.- Respuesta presentada por Electrocentro S.A.- Respuesta presentada por Edelnor S.A.A.- Respuesta presentada por Luz del Sur S.A.A.- Respuesta presentada por Electro Dunas S.A.A.- Respuesta presentada por Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.- Respuesta presentada por Electro Sur Este S.A.A.- Respuesta presentada por Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.- Respuesta presentada por Electrosur S.A.- Respuesta presentada por Electro Ucayali S.A. - Respuesta presentada por Sociedad Minera Cerro Verde.

4. Observaciones de Osinergmin a las Propuestas Tarifarias:

- Ofi cio N° 0847-2016-GART: Observaciones a Electronoroeste S.A.,- Ofi cio N° 0836-2016-GART: Observaciones a Electronorte S.A.- Ofi cio N° 0844-2016-GART: Observaciones a Electro Oriente S.A.- Ofi cio N° 0837-2016-GART: Observaciones a Hidrandina S.A.- Ofi cio N° 0834-2016-GART: Observaciones a Electrocentro S.A.- Ofi cio N° 0833-2016-GART: Observaciones a Edelnor S.A.A.- Ofi cio N° 0846-2016-GART: Observaciones a Luz del Sur S.A.A.- Ofi cio N° 0838-2016-GART: Observaciones a Electro Dunas S.A.A.- Ofi cio N° 0850-2016-GART: Observaciones a Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.- Ofi cio N° 0843-2016-GART: Observaciones a Electro Sur Este S.A.A- Ofi cio N° 0839-2016-GART: Observaciones a Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.- Ofi cio N° 0848-2016-GART: Observaciones a Electrosur S.A.- Ofi cio N° 0849-2016-GART: Observaciones a Electro Ucayali S.A.- Ofi cio N° 0842-2016-GART: Observaciones a Sociedad Minera Cerro Verde S.A.

5. Propuestas presentadas por los Titulares de Transmisión:

- Estudio Técnico - Económico de Electronoroeste S.A.- Estudio Técnico - Económico de Electronorte S.A- Estudio Técnico - Económico de Electro Oriente S.A- Estudio Técnico - Económico de Hidrandina S.A.- Estudio Técnico - Económico de Electrocentro S.A.- Estudio Técnico - Económico de Edelnor S.A.A.- Estudio Técnico - Económico de Luz del Sur S.A.A., que incluye a Edecañete S.A.- Estudio Técnico - Económico de Electro Dunas S.A.A.- Estudio Técnico - Económico de Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.- Estudio Técnico - Económico de Electro Sur Este S.A.A.- Estudio Técnico - Económico de Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.- Estudio Técnico - Económico de Electrosur S.A.- Estudio Técnico - Económico de Electro Ucayali S.A.- Estudio Técnico - Económico de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.- Estudio Técnico - Económico de Enersur S.A.- Carta de Electroperu S.A. comunicando que no han previsto ampliar instalaciones en el período 2017 - 2021.- Carta de Electro Puno S.A.A, con el cual presenta su Estudio de Plan de Inversiones 2017 – 2021, de manera

extemporanea.

ANEXO B

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N XXX-2016-OS/CD

Lima, de mayo de 2016

CONSIDERANDO:

Que, conforme al literal c) del artículo 43° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (“LCE”), se encuentran sujetas a regulación de precios las tarifas y compensaciones de los sistemas de transmisión y distribución;

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El Peruano / Viernes 5 de febrero de 2016 5PROYECTO

Que, de acuerdo al artículo 20° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (“Ley N° 28832”), el Sistema de Transmisión Nacional está integrado por las instalaciones del Sistema Garantizado de Transmisión (“SGT”), del Sistema Complementario de Transmisión (“SCT”), del Sistema Principal de Transmisión (“SPT”) y del Sistema Secundario de Transmisión (“SST”);

Que, el citado artículo 20° establece que las instalaciones del SGT y del SCT son aquellas cuya puesta en operación comercial se produce en fecha posterior a la promulgación de la Ley N° 28832, mientras que las instalaciones del SPT y del SST, son aquellas califi cadas como tales al amparo de la LCE y cuya puesta en operación comercial se ha producido antes de la promulgación de la citada Ley;

Que, el literal b) del numeral 27.2 del artículo 27° de la Ley N° 28832, explicita que las compensaciones y tarifas de los SCT se regulan considerando los criterios establecidos en la LCE para el caso de los SST;

Que, de esta forma, la normatividad determina que las instalaciones de los SCT y de los SST, se sujetan a la regulación de precios, aplicándose para tales efectos, lo dispuesto en la LCE. Dicha regulación es competencia de Osinergmin, conforme lo dispone el artículo 62° de la LCE y el artículo 139° del Reglamento de la LCE, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM (“RLCE”);

Que, el artículo 139° mencionado, señala que Osinergmin debe aprobar previamente un Plan de Inversiones, el cual está conformado por el conjunto de instalaciones requeridas que entren en operación dentro del período de fi jación de Peajes y Compensaciones, el mismo que tiene una duración de cuatro años, siendo el último fi jado para el periodo 2013 – 2017de conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral V, del Artículo 139° del RLCE;

Que, la Norma “Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión”, aprobada por Resolución N° 217-2013-OS/CD (“Norma Tarifas”), estableció los criterios, metodología y formatos para la presentación de los estudios técnico-económicos que sustenten las propuestas de Planes de Inversión y de determinación de Tarifas y/o Compensaciones de los titulares de los SST y SCT;

Que, debemos manifestar que, entre las normas relacionadas con la Norma Tarifas, que incluyen sus modifi catorias, tenemos:

- Procedimiento de Altas y Bajas en Sistemas de Transmisión, aprobado mediante Resolución N° 018-2014-OS/CD.- Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica, aprobado mediante

la Resolución N° 261-2012-OS/CD.- Procedimiento para la Asignación de Responsabilidad de Pago de los SST y SCT, aprobado mediante con

Resolución N° 383-2008-OS/CD.

Que, adicionalmente, se aprobaron las siguientes disposiciones regulatorias, que incluyen sus modifi catorias:

- La Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión aprobada por Resolución N° 177-2015-OS/CD.

- Las Áreas de Demanda a que se refi ere el literal i) del artículo 139 del RLCE, aprobadas por Resolución N° 083-2015-OS/CD.

- Los Porcentajes para determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de las instalaciones de Transmisión, aplicables para el período comprendido entre el 01 de mayo de 2015 y el 30 de abril de 2021, aprobados por Resolución N° 082-2015-OS/CD.

Que, mediante Resolución N° 080-2012-OS/CD, se aprobó la Norma “Procedimientos para fi jación de Precios Regulados”, en cuyo Anexo A.2.1 consta el “Procedimiento para Aprobación del Plan de Inversiones en Transmision” (“Procedimiento”), el mismo que contiene los plazos para las diferentes etapas que deben llevarse a cabo;

Que, en los plazos dispuestos en el Procedimiento, se han desarrollado las siguientes etapas: Presentación de los Estudios Técnico Económicos (“Propuestas”); Publicación en página web de Osinergmin de las Propuestas y convocatoria a audiencia pública; Audiencia Pública de los Titulares de los SST y SCT; Observaciones a las Propuestas por parte de Osinergmin, y Respuesta a las observaciones; Publicación del proyecto de resolución que aprueba el Plan de Inversiones; Audiencia Pública de Osinergmin; y Presentación de comentarios de los interesados respecto del proyecto;

Que, las opiniones y sugerencias recibidas a la publicación del proyecto, efectuada mediante la Resolución N° XXX-2016-OS/CD, han sido publicadas en la página web de Osinergmin, cuyo análisis se realiza en los Informes Técnicos N° XXX-2016-GART al N° XXX-2016-GART, así como en el Informe Legal N° XXX-2016-GART;

Que, de conformidad con lo establecido en el Ítem k) del Procedimiento, corresponde aprobar y publicar el Plan de Inversiones en Transmisión que integrará el proceso de fi jación de Tarifas y Compensaciones para los SCT y SST, correspondiente al periodo 01 de mayo 2017 - 30 de abril de 2021;

Que, es importante resaltar que, de conformidad con el numeral V) del literal a) del artículo 139 del RLCE, la ejecución del Plan de Inversiones aprobado, es de cumplimiento obligatorio, por lo tanto los proyectos que se aprobarán en el Plan de Inversiones en Transmisión 2017 – 2021, son vinculantes con la reglas establecidas en la presente resolución;

Que, conviene precisar que en caso se presenten diferencias no signifi cativas entre las características técnicas de las instalaciones aprobadas en el Plan de Inversiones y las puestas en operación comercial, su evaluación se realiza en el proceso de liquidación anual de ingresos y no en el proceso de modifi cación del Plan de Inversiones, según lo dispone los literales d) y f) del artículo 139° del RLCE;

Que, el proyecto aprobado en el Plan de Inversiones 2017 - 2021, podrá ser remplazado por la segunda alternativa de mínimo costo, evaluada e identifi cada en los informes que sustentan el Plan de Inversiones aprobado, siempre que

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Viernes 5 de febrero de 2016 / El Peruano6 PROYECTO

se justifi que la imposibilidad de ejecutar la alternativa seleccionada por Osinergmin y en caso la nueva alternativa no supere en cinco por ciento (5%) la mencionada alternativa seleccionada. Este criterio aplica a sistemas radiales y no aplica para las Áreas de Demanda 6 y 7. Con ello, se busca dotar de una alternativa a los titulares de transmisión, en caso resulte impracticable justifi cadamente la ejecución de la primera alternativa, con lo cual se pondera la cobertura y atención oportuna de la demanda;

Que, se han emitido los Informes Técnicos del N° XXX-2016-GART al N° XXX-2016-GART y el Informe Legal Nº XXX-2016-GART, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, respectivamente; los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como, en sus respectivas normas modifi catorias, complementarias y conexas.

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° XX-2016.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Inversiones en Transmisión del período comprendido entre el 01 de mayo de 2017 al 30 de abril de 2021, por Área de Demanda y por cada titular que la conforma, según se resume en los cuadros consignados en el Anexo 1 de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Incorporar, como parte de la presente resolución, el Informe Legal N° XXX-2016-GART y los Informes Técnicos del N° XXX-2016-GART al N° XXX-2016-GART, en cuyos Anexos XX se consigna por proyectos, el Plan de Inversiones 2017-2021 de cada Área de Demanda y el Titular al que se asigna la responsabilidad de su implementación y la fecha de Puesta en Operación Comercial. En dichos informes se detallan los elementos que se retiran del Plan de Inversiones 2013 - 2017, así como en casos específi cos, se lista los proyectos que podrán remplazar a la primera alternativa seleccionada.

Artículo 3°.- La fecha de Puesta en Operación Comercial de las instalaciones, deberá efectuarse en el año considerado en el Plan aprobado, bajo responsabilidad e inicio del procedimiento administrativo sancionador respectivo.

Artículo 4°.- De conformidad con el marco normativo vigente, lo aprobado en el Plan de Inversiones en Transmisión 2013 - 2017, es de ejecución obligatoria en todo aquello que no ha sido retirado por la presente resolución.

Artículo 5°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano con su Anexo 1. Igualmente, deberá ser consignada junto con todos sus Informes, en la página Web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe.

ANEXO 1 DEL PROYECTORESUMEN DEL PLAN DE INVERSIONES EN TRANSMISIÓN 2017 -2021

Cuadro 1.1.- Área de Demanda 1

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidadde

Elementos

Total Área de Demanda 1 29 442 269 47,7 435 91

ENOSA 29 442 269 47,7 435 91

AT

Celda 3 846 010 13

Línea 4 033 471 35,7 4

Transformador 6 506 260 235 7

MAT

Celda 2 418 715 5

Línea 1 811 370 12,0 1

Transformador 5 731 695 200 2

MT

Celda 4 295 022 53

Compensador 799 725 6

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El Peruano / Viernes 5 de febrero de 2016 7PROYECTO

Cuadro 1.2.- Área de Demanda 2

Titular Inversión(US$)

Longitud (km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de Elementos

Total Área de Demanda 2 23 448 599 86,0 269 80

ELECTRONORTE 15 071 306 33,0 224 68

AT

Celda 3 112 861 12

Línea 2 162 012 33,0 2

Transformador 3 818 857 119 5

MAT

Celda 965 813 5

Transformador 2 470 384 105 3

MT

Celda 2 266 246 37

Compensador 275 134 4

ELECTRO ORIENTE 8 377 293 53,0 45 12

AT

Celda 716 353 2

Línea 5 004 034 53,0 1

Transformador 860 480 15 1

MAT

Celda 507 471 2

Transformador 1 068 863 30 1

MT

Celda 220 092 5

Cuadro 1.3.- Área de Demanda 3

Titular Inversión(US$)

Longitud (km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de

Elementos

Total Área de Demanda 3 32 291 049 110,6 324 109

HIDRANDINA 32 291 049 110,6 324 109

AT

Celda 2 818 394 10

Línea 4 598 298 57,6 3

Transformador 3 559 034 104 7

MAT

Celda 5 344 677 16

Línea 3 409 431 54,0 4

Transformador 7 509 781 220 4

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Viernes 5 de febrero de 2016 / El Peruano8 PROYECTO

Titular Inversión(US$)

Longitud (km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de

Elementos

MT

Celda 4 820 689 61

Compensador 230 746 4

Cuadro 1.4.- Área de Demanda 4

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

CantidadDe

Elementos

Total Área de Demanda 4 3 934 859 3,2 40 23

Electro Oriente 3 934 859 3,2 40 23

AT

Celda 643 909 3

Línea 354 096 2,2 1

MAT

Celda 1 129 500 4

Línea 127 800 1,0 1

Transformador 1 087 520 40 2

MT

Celda 529 273 11

Compensador 62 761 1

Cuadro 1.5.- Área de Demanda 5

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidadde

Elementos

Total Área de Demanda 5 27 266 223 84,5 280 50

ELECTROCENTRO 7 899 108 2,0 100 37

AT

Celda 2 643 107 9

Línea 210 610 2,0 2

Transformador 3 483 879 100 6

MT

Celda 1 561 511 20

ELECTROCENTRO (*) 19 367 115 82,5 180 13

AT

Celda 316 158 1

MAT 3

Celda 1 094 112 3

Línea 12 608 501 82,5 1

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El Peruano / Viernes 5 de febrero de 2016 9PROYECTO

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidadde

Elementos

Transformador 4 985 585 180 3

MT

Celda 362 760 5

(*) La empresa ha manifestado su intención de que estas inversiones sean ejecutadas a través del MINEM, para lo cual corresponderá que gestione su solicitud para su correspondiente evaluación y posterior licitación de darse el caso, conforme a lo señalado en el numeral VI.2) del literal d) del artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Cuadro 1.6.- Área de Demanda 6

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidadde

Elementos

Total Área de Demanda 6 99 172 585 54,75 850 168

EDELNOR 99 172 585 54,75 850 168

AT

Celda 23 070 011 54

Línea 43 678 585 45,15 15

Transformador 5 830 589 210 6

MAT

Celda 7 258 440 17

Línea 2 176 449 9,60 2

Transformador 11 272 402 640 7

MT

Celda 5 886 108 67

Cuadro 1.7.- Área de Demanda 7

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidadde

Elementos

Total Área de Demanda 7 227 880 161 61,5 1 578,3 194

LUZ DEL SUR 227 880 161 61,5 1 578,3 194

AT

Celda 28 876 452 32

Línea 95 644 991 50,4 10

Transformador 9 632 849 450 23

MAT

Celda 40 169 351 24

Línea 21 529 736 11,1 4

Transformador 25 522 574 1 128,3 16

MT

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Viernes 5 de febrero de 2016 / El Peruano10 PROYECTO

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidadde

Elementos

Celda 6 504 209 85

Cuadro 1.8.- Área de Demanda 8

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de Elementos

Total Área de Demanda 8 8 405 087 94,7 40 31

COELVISAC 833 120 31,0 3

AT

Celda 256 096 1

Línea 517 057 31,0 1

MT

Celda 59 968 1

ELECTRODUNAS 7 571 967 63,7 40 28

AT

Celda 3 618 216 14

Línea 2 633 803 63,7 5

Transformador 848 564 40 1

MT

Celda 471 383 8

Cuadro 1.9.- Área de Demanda 9

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de

Elementos

Total Área de Demanda 9 12 646 640 15,6 166 52

SEAL 9 831 547 15,6 126 47

MAT

Celda 899 795 3

Línea 1 988 698 15,6 2

Transformador 1 429 857 75 1

AT

Celda 3 027 075 19

Transformador 1 196 813 50 2

MT

Celda 1 205 413 19

Compensador 83 896 1 1

EGASA 2 815 092 40 5

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El Peruano / Viernes 5 de febrero de 2016 11PROYECTO

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de

Elementos

MAT

Celda 1 105 942 3

Transformador 1 549 840 40 1

AT

Celda 159 310 1

Cuadro 1.10.- Área de Demanda 10

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de

Elementos

Total Área de Demanda 10 6 450 974 122 29

ELECTRO SUR ESTE 6 450 974 122 29

AT

Celda 250 147 1

Transformador 1 661 466 42 3

MAT

Celda 226 267 1

Transformador 2 915 054 80 3

MT

Celda 1 398 039 21

Cuadro 1.11.- Área de Demanda 11

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad deElementos

Total Área de Demanda 11 8 907 938 90,3 35 24

ELECTROPUNO 8 907 938 90,3 35 24

AT

Celda 1 108 511 4

MAT

Celda 1 299 316 3

Línea 3 826 156 90,3 3

Transformador 1 761 279 35 1

MT

Celda 912 676 13

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Viernes 5 de febrero de 2016 / El Peruano12 PROYECTO

Cuadro 1.12.- Área de Demanda 12

Titular Inversión(US$)

Longitud de Línea(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de Elementos

Total Área de Demanda 12 3 463 359 6,0 25 14

ELECTROSUR 3 463 359 6,0 25 14

MAT

Celda 673 452 2

Línea 763 588 6,0 1

Transformador 1 263 842 25 1

MT

Celda 762 477 10

Cuadro 1.13.- Área de Demanda 13

Titular Inversión(US$)

Longitud de Línea(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

Cantidad de Elementos

Total Área de Demanda 13 4 958 278 12,8 42 25

ELECTROSUR 4 958 278 12,8 42 25

AT

Celda 1 753 554 6

Línea 734 547 12,8 2

Transformador 1 622 954 42 3

MT

Celda 847 223 14

Cuadro 1.14.- Área de Demanda 14

Titular Inversión (US$)

Longitud(km)

Potencia de Transformación

(MVA)

CantidadDe

Elementos

Total Área de Demanda 14 4 244 913 1,7 15 21

ELECTROUCAYALI 4 244 913 1,7 15 21

AT

Celda 992 768 3

Línea 273 620 1,7 1

MAT

Celda 1 097 331 3

Transformador 970 576 15 1

MT

Celda 910 618 13

1342003-1

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9

mi jurado. Puede serque me haya olvidado y hay que ser realista, puede ser que en un pie de página no haya puesto al autor pero eso no descalifi-ca los 4 años que he estudia-doy los 2 años de la tesis que yo he hecho. Mi asesor fue el doctor García", comentó.

VELASQUEZ. Ante estas de-claraciones, el aprista Javier Velásquez salió en defensa de su lider. "Quiere tratar de justificar el plagio, cree el señor Virgilio Acuña que los peruanos so-mos ignorantes. Un cabeza de lista de un partido cuyo jefe es su hermano y que ha hecho el robo de estas ideas, que no sepa, es un descaro", comen-tó el parlamentario. "Yo no sé si el señor habrá aprobado una tesis en el Ins-tituto de Gobierno que presi-de Alan García, él dice que Alan ha sido su profesor. Quie-re involucrar a otros", dijo.

» Afirma que su asesor fue Alan García. Velásquez responde: "quiere Involucrar a otros" HARRY GORDILLO AYASTA hgcrdlllol5grupoepensape

Acuña admite "olvido" en su tesis de maestría. /Correo

CHICLAYO, CNL29, SAN JOSE, 917 CHICLAYO. LIDIA CAMPOS MUNOZ DE. WALTER SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA DE SU ESPOSO WALTER NUÑEZ NICOLÁS FALLECIDO EL 18/10/2015 EN EL HOSPITAL NACIONAL ALMANZOR AGIJINAGA ASENJO, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO UBICADO EN PARQUE PROLONGAdOR JOSE QUIÑONES GONZALES 091 MZ 084, PUCAL.A - CHICLAYO, LAMBAYEOUE; SEÑALÁNDOSE COMO SU HEREDERA LEGAL A LIDIA CAMPOS MUÑOZ DE WALTER EN CALIDAD DE CÓNYUGE DEL CAUSANTE

(YII,LAYL1. 1$ DF FRORERODI 2016

ANTONIO VERA MENDEZ NOTARIO DE CHICLAYO

años de edad nacionalidad Peruana nalaral de SicrIez de Ocupacion Agncaltor Identificado con DNI N'42320572, y con DomIcIlio en. Caserio Zapolal Doña: Kelty Romero Cruz SolIera de 26 años de edad; nacionalidad Peraana natural de San Pablo de Ocapacidn Obrera Idenliflcado con DIII N'47902807 y con DomicIlio en Caseris Zapolal Deseando contraer Matnmonio Civil en eolo MunicIpalidad Qaienes conozcan causales e Impedimento podrán denunciarlos dentro del término de Ley,

C1FLqoyApo 15 de FebIe,o del 2016 Oboe-a Tema Pn'om Daaia

JEFE DE E/VISillO C VIL

PEDRO ABRAHAM VALDIVIA DEXTRE, NOTARIO DEL DISTRITO LA VICTORIA - PROVINCIA CHICLAYO, CNL.37. AV. LOS INCAS 192 - LA VICTORIA- CHICLAYO. JOSE CALIXTRO TULLIJME REYES, SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA DE SU MADRE CARMEN REYES GONZALES, FALLECIDA EL 21101/2016, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN AV. IMPERIO 1028, LA VICTORIA, CHICLAYO, SEÑALÁNDOSE COMO SU HEREDERO LEGAL AL RECURRENTE en calidad de hijo de la causante.

1 OV1C000 A. 12 DE FLORERO ¿CIA. FODRDÁBR.RJÍRO 5oaDDexrRE

NOTARIO DE CHICLAYO CNI

CHICLAYO, CNL.29, SAN JOSE 917 - CHICLAYO, CAROLINA ELIZABETH LAGUADO 01,62 DE GONZALES SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA DE SU ESPOSO FELIX GONZALES FLORES FALLECIDO EL 19/01/2016, EN EL HOSPITAL NACIONAL ALMANZOR AGUIEJAGA ASEE/JO - CHICLAYO, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO UBICADO EN CAL. LAS MARGARITAS 400 P.J JOSE OLAYA, CHICLAYO, CHICLAYO, LAMBAVEQUE. SEÑALISZ/DOSE COMO SU HEREDERA LEGAL A CAROLINA ELIZABETH LAGUADO DIAZ DE GONZALES EN CALIDAD DE CÓNYUGE DEL CAUSANTE

CHICLAYO, 1501 FEBRERO LII 2011,

8/OECEIO VERA MENDEZ NOTARIO DE CHICLAYO

PEORO ABRAHAM VALDIVIA DEXTRE, NOTARIO DEL DISTRITO LA VICTORIA - PROVINCIA CHICLAYO, C1,11.37, AV LOS INCAS 192-LA VICTORIA-CHICLAYO, JOHN CH/ROLlE BRAVO ABANTO, SOLICITA SIJCESION INTESTADA DE SU MADRE FLOR DE MARIA ABANTO DE BRAVO FALLECIDA EL 94/03/2014. SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN CALLE INTI RAYMI 1206, LA VICTORIA.CHICLAYO SEÑALÁNDOSE COMO SUS HEREDEROS LEGALES A ESTEBAN BRAVO VASQUEZ, EN CALIDAD DE CONVUGE DE LA CAUSANTE Y A JOHN CHARLIE BRAVO ABANTO, en calidad de hi10 de la coasanle

LA VICTORIA 15 05FEBRERO DEL folb PRDRV 530004010 A&&[WdDEXORE

50,0010 DE CHICLAYO

CNL.37, OFICIO EN AV LOS INCAS 192. NOTARIO DEL DISTRITO LA VICTORIA - CHICLAYO, CLEOTILDE BEATRIZ BRIONES ZAMORA, SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA DE SU MADRE TEOFILA CRISALIDA ZAMORA DE BRIONES, FALLECIDA EL 22)10/2000, EN JR. LAS ALHUCEMAS 1742 URB LAS FLORES - SAN JUAN DE LLIRIGANCHO - LIMA, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN EL PALMO N' 348- CAYALTI-CHICLAYO; SEÑALÁNDOSE COMO SU HEREDERA LEGAL A LA RECURRENTE, EN CALIDAD DE HIJA DE LA CAUSANTE

JoOIC'TURIR. lA DE FOReRO 0046 PEOROYBRMAFOÍ VAODMADEEIRE

NOTARIO OC DuDARE C1ID /7

ANTONIO VERA MENDEZ, NOTARIO DE CHICLAYO, CNL.29, SAN JOSE 917 - CHICLAYO, OLGA VASQUEZ CO,LAZOS SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA DE SU ESPOSO ADRIAN L. ZAPATA FALLECIDO EL 22105/2014, EN CALLE BROOKHURST 15130 N'162- WESTMINSTER - ORANGE CALIFORNIA, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO UBICADO EN CALLE ELIAS AGUIRRE 830, CHICLAYO - CHICLAYO. LAMBAYEQUE; SEÑALÁNDOSE COMO SU HEREDERA LEGAL A OLGA VASQUEZ COLLAZOS EN CALIDAD DE CÓNYUGE DEL CAUSANTE.

CHICLAYO SOL FEBRERO01 2016.

ANTONIO VERA MENDEZ

LLEMPEN, EDAD; 35 AÑOS. OCUPACIÓN COMERCIANTE. NATURAL' CHICLAYO DOMICILIO. AV. INDEPENDENCIA N'025-P.J SAN ANTONIO. ESTADO CIVIL. SOLTERO. DOÑA: SELENE JARUMI Y/ROE ENCARE/A-ClON. EDAD: 31 AÑOS, OCUPACÍON: AMA DE CASA NATURAL CHICLAYO. DOMICILIO CA BERNABE COBOS N' 145-PJ 09 DE OCTUBRE ESTADO CIVIL. SOLTERA Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad Las personas que conozcan, causales de impedimento podrán, denunciar contonnie a ley.

cobayo rs Febre,odet2Ol6 Oteg RORAVOXEERCDEASDLAAO

S.E-GYrYYrbEnñqovnC.A

R evelaciones como can- cha. El congresista por Solidaridad Nacional y

aspirante a la reelección por Alianza Para el Progreso, Vir-gilio Acuña Peralta, admitió haber olvidado citar a algu-nos autores en su tesis de postgrado. El parlamentario por Lamba-yeque, dijo que su profesor y asesor en estos temas fue nada más y nada menos que el candidato presidencial de la Alianza Popular y rival de su hermano César, Alan García Pérez. Estas declaraciones, verti-das en una entrevista televi-siva en un canal de cable, tu-vieron rápido eco en tienda aprista. Fue su también co-lega, Javier Velásquez Ques-quén, quien salió en defen-sa del líder aprista y lanzó duros calificativos contra Acuña.

» Humberto Velásquez Quesquén le respondió a Humberto Acuña y le dijo que "se muere de miedo de presentar su tesis a todos Los lambayecanos".

HABLA VIRGILIO. Lss con-fesiones realizadas por Virgi-lio Acuña, fueron vertidas tras consultársele sobre las acusa-ciones de plagio contra su hermano César. En respuesta a esta interrogan-te, el parlamentario reveló que también se 'olvidó" citar sus fuentes en su tesis en la es-cuela que Alan García dirige. "Yo he hecho una tesis y mi maestro ha sido el doctor Alan García Pérez, y seguramente me he olvidado algo. El ha sido

1 4> GARI0 CORRECPE LAMBAVEQUE/MIÉRCOLES 17 DE FEBRER0/2016

'i*iulii iL [.I1L.fJ 11]! 'i [sIXI iti

Virgilió Acuña admite olvido de citas en su tesis

KyOslnergmln ORGANISMO SUPERVISOR 0€ LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

Audiencia Pública Descentralizada Lima-Chiclayo-Arequipa

Viernes 19 de febrero de 2016 Aprobación del Plan de Inversiones en Transmisión Eléctrica

Periodo 2017 - 2021 Osinergmin convoca a la ciudadanía, empresas concesionarias y demás interesados a participar en la Audiencia Pública para la presentación y sustento de los criterios, metodología y modelos económicos empleados en la determinación del Plan de Inversiones en transmisión eléctrica para el periodo 2017 - 2021. El proyecto de aprobación de dicho Plan de Inversiones fue publicado mediante la Resolución N° 022-2016-OS/CD. Ello en cumplimiento de lo dispuesto en el Anexo A.2.1 de la norma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados", aprobada mediante la Resolución N° 080-2012-OS/CD. En Chiclayo, la Audiencia Pública se realizará de manera presencial y mediante videoconferencia, tal como se indica a continuación:

Fecha : Viernes 19 de febrero de 2016 Hora : 9:30 am. - 3:30 pm. Lugar : Auditorio del Hotel Los Portales

Calle Sáenz Peña 396, Cercado La información del procedimiento, indicado se encuentra a disposición de los interesados en www.osinergmin.gob.pe, sección Empresas —> Procesos Regulatorios; en la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, GART de Osinergmin, ubicada en la Av. Canadá 1460, San Borja; y en las oficinas regionales de Osinergmin.

Chiclayo, 17 de febrero de 2016

Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria Os i nerg mi n

u(S1 :i[•]

Editorial

MÁS CELERIDAD EN EL CASO GUZMÁN

Las interpretaciones de la ley pueden resultar ambiguas en cualquier fallo legal, pero en un proceso electoral las resoluciones de los organismos competentes, como el Jurado Nacional de Elecciones

(JNE), deben ser ciaras y determinantes. Este no es solo el caso de la candidatura presidencial de Julio Guzmán, de Todos por el Perú (TPP), de la que han quedado más especulaciones que certezas, sino que engloba a todo el proceso electoral. El carrusel burocrático en el que se encuentra la candidatura morada solo colabora a exacerbar al postulante y sus votantes. Hasta ayer por la tarde ha tenido que aclarar el mismo JNE, con Francisco Távara a la cabeza, que la resolución matutina del colegiado electoral es independiente de la lista presiden-cial y congresal (no tiene aspirantes al Parlamento Andino). Es decir, este fallo no afecta la fórmula presidencial ni la plancha congresal, porque su opinión resolutiva está aboca-

IDEL VEXLER L-

[email protected]

Err

varios artículos me he referido a la errática politica cu-icular desarrollada por el Ministerio de Educación du-ante el quinquenio que está por terminar. Y es que a la

decisión ilegal de querer desactivar el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, puesto en vigencia el 2009, se agrega la gran cantidad de documentos curncula-res producidos, que ha traído desorden y confusión en el tra-bajo pedagógico de los colegios. Pero eso no ha sido suficien-te. Ocurre que en los últimos meses el Ministerio decide recomenzar el proceso de elaboración de una nueva propuesta cun'icular cuyos "aprendizajes fundamentales" (presentados como perfil del egreso) se están consultando de manera dirigida a través del portal del Minedu. No se conocen, entre otros, los fundamentos pedagógicos, los planes de estudios, los contenidos de aprendizajes por ni-veles y grados de las áreas cuniculares, el enfoque metodoló-gico y los lineamientos de evaluación. Aunque se dice que estarían circulando entre un pequeño sector de personas cer-canas a la gestión ministerial. Se puede entender (ante el fracaso de no llegar a concretar un nuevo curricculo después de cuatro años y medio) el inicio de un nuevo proceso para tener una nueva propuesta curricular que debiera Irabajarse -con el aporte de todos- para ponerla a consideración del nuevo gobierno. Lo preocupante es que pareciera que se quisiera aprobar a la brevedad para que se desarrolle en una muestra de planteles este año, dejarlo oficializado y que luego se generalice. Para lo cual se estaría pensando comprometer recursos financieros en la impresión de textos y materiales educativos -según este nuevo cuniculo- para imponer de todas maneras su vigencia nacional el 2017. Esperemos que estas intenciones no sean compartidas ni asumidas por el ministro Saavedra

1 da, precisamente, a confirmar la denegatoria de la modifica-ción de su estatuto partidario, de los miembros de su Tribunal Nacional Electoral y del Comité Ejecutivo Nacional, incluso del color del símbolo partidario. Sin embargo, la decisión del JNE es determinante como órgano jerárquico en la postura que tomará una dependencia inferior y vinculante, como el Jurado Electoral Especial (lEE) Lima Centro 1, con relación a si los integrantes de TPP que validaron la postulación de Guzmán tenían legi-timidad para su elección. A Manuel Iván Miranda Alcántara (presidente), María de Lourdes Loayza Gárate y Edith Marianela Vargas Chojeda (segundo y tercer miembro, respectivamente), del JEE Lima Centro 1, les invocamos celeridad especial en este caso. Los tres días hábiles deberán resumirse en horas para evitar el descrédito de las autoridades electorales con respecto al normal proceso de las elecciones generales.

JUAN CARLOS VALDIVIA @coluinnabizancio

Es1 caso de Julio Guzmán nos muestra cómo no es

uficiente una dosis de voluntad para entrar en litica. Y también cómo, a pesar de su relativo éxito,

el transitar en un vientre de alquiler le ha costado su candidatura. Guzmán siempre se mostró solo y sin equipo. Estaba acom-pañado de su enorme voluntad y de un presupuesto que le ha permitido viajar por el país por más de un año. Hoy tiene un partido donde es fácil advertir que hay dinero suficiente para seguridad, polos, bandas de música, banderolas y la pa-rafemalia que lo acompaña. Ofreció convocar a los mejores profesionales para que lo acompañen, pero no pasn de cinco a quienes se puede reconocer alguna trayectona en su entorno. Todo era un cú-mulo de improvisaciones, que se mostraban en sus contradicciones yen los problemas legales que tiene. Antes de que el Jurado Nacional de Elecciones emitiera su resolución ayer, varios jurados de distritos electorales del interior del país venían tachando la inscripcióri de sus listas al Parlamento. A saber, Huánuco, San Martín, Lambayeque y La Libertad ya habían excluido las listas parlamentarías de Todo por el Perú, en base al incumplimiento de la democra-cia interna y de sus estatutos partidarios. Es decir que en el hipotético caso de que Guzmán siguiera en la lid electoral, no tendría listas parlamentarias en vanas circtmscnpciones. Ha hecho bien el Jurado Nacional de Elecciones en mantener el criterio jurisdiccional que venía aplicando los últimos años. Ha hecho mal Guzmán, que ha mostrado audacia, pero también impericia e improvisación. Y lo más grave: ha pretendido coaccionar a la autoridad con unas raleadas masas. Ayer se ha fortalecido la institucionalidad democrática. Fue un buen día para el país.

/ARlOCCT.E LAMBAVEQUE/MIÉRCOLES 17 DE FEBRERO/2016

LA MORADA IMPROVISACIÓN

oque hoy están experimentando el candidato presi- dencial Julio Guzmán y sus seguidores ha podido

vitarse si Todos por el Perú (TPP) fuera un partido con bases sólidas y un estatuto interno transparente. Por favor, este país merece más seriedad y acabar con la improvisación de su clase politica Si el punto flaco de Guzmán es la inexpenencia, esta reso-lución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que confirma la denegatoria de la modificación de su estatuto partidario, de su Tribunal Nacional Electoral y del Comité Ejecutivo Nacional (hasta del color del símbolo partidario), solo ha levantado la alfombra de la sala princi pal de TPP. ¿De quién es la culpa? Absolutamente de ellos. Acá no hay mano negra ni de otros colores partidarios que hayan doblado la decisión del JNE. Es inoperancia morada No pongo las manos al fuego por Francisco Táva-ray su gente, pero creo en las instituciones. Por más que sediga que enlapolitica no hay coincidencias, hay que respetar la ley y "POR FAVOR no aplicarla fórmula del presidente provisional pemanoóscarRBenavi- MERECE MAS des: "Para mis an'iigos, todo, para mis enemigos, SERIEDAD Y la ley"1 Si tanto Guzmán reniega dela clase politica IMPROVISACI 11 tradicional y tuvo acogida cuando denunció que estaba POLITICA" cansado de la improvisa- ción (recordó que el gobierno nacionalista lo nombró y presentó como viceministro en menos de cuatro días), entonces debió crear un partido serio con dirigentes y militantes bien registrados para evitar el papelón en el que puede haber metido, además, a sus simpatizantes. Leía en varios comentarios en las redes sociales (el plato fuerte de Guzmán) que el derecho constitucional a elegir y ser elegido para un cargo público está por encima de cualquier norma administrativa (entiéndase la decisión del JNE). Pero, también vi el ejemplo base del derecho romano en el latín "Dura lex, sed lex" (dura es la ley, pero es la ley), que me parece el acto democrático más afin si es que exigimos un respeto hacia el país. Como la burocracia manda en el Perú, aún es-el Jurado Electoral Especial de Lima el que decidirá en primera ins-tancia si con el fallo superior del JNE le da de baja a la candidatura de Guzmán, con el argumento de que su elección la hizo un grupo de personas ilegítimas para el cargo. Y al final, el JNE resolverá de manera definitiva.Esuncarruseldonde ' '1

viaja la improvisación en clase 1 ejecutiva

Reflexiones comprometidas D ' Columna bizantina Ojo con el currículo Se fortalece la escolar institucionalidad

RENATO SANDOVAL GONZÁLEZ DIRECTOR DE CORREO NORTE

Director: _____ Contentdos elaborados por GRUPO ' Los artíCulos firmados son responsabilidad de sus autores. Hecho el Depósito Leqal en la Biblioteca

Renato Sandoval González — EPENSA SAE. Calle San Josó NO 1112-A, Nacional del Perú N°2006-3262. Redacción: 228162/ 224242, correOchiclayolllqrupoepenszi,pe / www.diariocorreo.pe ' Chiclayo. Lanobayeque, Perú. Publicidad: publiventachiprensmarl.pe //lntpreso en los talleres gráficos de Empresa Editora El PubliCAción de Prenslntart S.A.C. Comercio S.A.- tw. Los Incas N6 130. La Victoria, tambayeque. Perú.

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Page 15: 1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR · AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU Viernes 5 de febrero de 2016 1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR. ... en el Reglamento General de Osinergmin,

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PARTIDOS NO RESPETAN LA CIUDAD Seg(zidgerentedeCentmHis-tójico, Víctor Dibán, las parti-dos no respetan el área monu-mental de la ciudad. En las avenidas Parra, Juan de la To-rre, Bajo Grau y Jorge Chávez está ubicada lamayorcaitidad de propaganda política.

CORREO

Se colocaran en avenidas.

DIARiO CORREO.PE AREQUIPA/MIÉRCOLES 17 DE FEBRERO/2016

El alcalde distrital de Yanahuara, Elvis Delgado Baciga-lupi, informó que sorteará 30 espacios públicos entre los

Yanahuara 102 candidatos al Congreso, para que puedan colocar su publicidad electoral. Estos se ubican en la Av. Ejército. Av.

ofrece 30 Quiñonez y Av.Metropolltana. Dicha medida se dará bajo una ordenanza que solo exige el respeto al ornato. Así-

esnacios mismo señaló que los beneficiarios no pagarán nada y solo se les pedirá una garantía que solo se hará efectiva públicos si es que no dejan el lugar tal y como lo recibieron. Esto será aprobado en sesión de concejo. Finalmente reveló que retiraron 19 carteles colocados sin permiso.

SERÁ ESTE VIERNES A LAS 11 DE LA MAÑANA

ODPE Arequipa realiza sorteo para designar a 21 mii 564 miembros de mesa » Multas por no ejercer sus funciones el día de las &cckwtes será de 197 soles JULIO ANCALLE jancalle@grupoepensape

crutirno. Para estos comicios se debe contar con 21 mil 564 miem-bros de mesa en el departa-mento Arequipa, entre titula-res y suplentes. La multa por no ejercer el cargo de miem-bro de mesa es de 197.50 so-les, equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributa-ria (UIT).

Defienden a servidores públicos La Defensoría del Pueblo recibirá la denuncia de trabajado- res públicos que sean obligados, por autoridades de gobier- nos locales a participar en actos políticos y direccionamien-

devotos. "Se respeta un principio de neutralidad, los alcal- des deben mantenerse al margen de cualquier acto político", 4to

dijo el representante de esta dependencia en Arequipa, Ma- nuel Amat. Agregó que se fiscalizará a autoridades participen

- en actos políticos en jornadas de trabajo o que se utilice es- Defensor exhorta a alcaLdes pacios e infraestructura municipal para propaganda política.

Simpatizantes de Guzmán rechazan decisión de JNE

El secretario regional de Todos Por el Perú, Ricardo Lamas, criticó ayer la deci-sión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en no aceptar la modificación del estatuto del partido, lo cual dejaría fuera de la carrera electoral al candidato pre-sidencial, Julio Guzmán. "Es triste, penoso e indig-nante. Nuestro país va a

KY~Mffcjmin ORGANISMO SUPERVISOR UR LA INVRRSIÓN EN RNERGIA Y MINRRA

Audiencia Pública Descentralizada Lima-Chiclayo-Arequipa

Viernes 19 de febrero de 2016 Aprobación de¡ Plan de Inversiones en Transmisión Eléctrica

Periodo 2017- 2021 Osinergmiñ convoca a la ciudadanía, empresas concesionarias y demás interesados a participar en la Audiencia Pública para la presentación y sustento de los criterios, metodología y modelos económicos empleados en la determinación de¡ Plan de Inversiones en transmisión eléctrica para el periodo 2017 - 2021. El proyecto de aprobación de dicho Plan de Inversiones fue -E publicado mediante la Resolución N° 022-2016-OS/CD. Ello en cumplimiento de lo dispuesto en el Anexo A.2.1 de la norma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados", aprobada mediante la Resolución N° 080-2012-OSICD. En Arequipa, la Audiencia Pública se realizará de manera presencial y mediante videoconferencia, tal como se indica a continuación:

Fecha : Viernes 19 de febrero de 2016 Hora : 9:30 am. - 3:30 pm. Lugar : Auditorio de¡ Hotel Tierrasur

Calle Consuelo 210, Cercado La información del procedimiento indicado se encuentra a disposición de los interesados en www.osinergmin.gob.pe, sección Empresas -> Procesos Regulatorios; en la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, GART de Osinergmin, ubicada en la Av. Canadá 1460, San Borja; y en las oficinas regionales de Osinergmin.

Arequipa, 17 de febrero de 2016

Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria Osinergmin

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ODPE) realizará este

viernes el sorteo que definirá a los ciudadanos que asumi-ránla función de miembros de mesa para las Elecciones Ge-nerales 2016. El acto público se realizará en simultáneo en las Ofici-nas Descentralizadas de Pro-cesos (ODPE) Arequipa 1, Are-quipa 2y Castilla. Los jefes de estas dependencias, Walter Tello, Rafael Dávila y Nélida Pacheco, confirmaron ayer que la hora fijada es las 11 de la mañana.

FUNCIÓN. Los miembros de mesa tienen como responsa-bilidad instalar las mesas y re-cibir los votos que emitan los electores. Posteriormente, realizarán el escrutinio, el computo y la elaboración de las actas electorales, de acuer-do a la ley Orgánica de Eleccio-nes N°26859. Son las autorida-des de una mesa de sufragio; e presidente asume la repre-sentación de la mesa y la con-ducción de los actos principa-les; el secretario y el tercer miembro tienen la obligación de apoyar las tareas en los tres momentos de la elec-dón: instalación, sufragio y es-

» Los miembros de mesa serán capacitados entre el 27 de marzo y el 3 de abril. Esta será en las sedes de las ODPE y de manera virtual.

ser condenado a vivir cin-co años más de retraso. Vamos a seguir luchando y agotar las vías legales", manifestó. Los simpatizantes del can-didato realizaron ayer en la noche una protesta en la Plaza de Armas de nuestra ciudad. Denunciaron que existe 'una mano negra" en el JNE que quiere sacar de carrera el proyecto de la "ola morada". "Si se puede, vamos a pedir que se aplique una acción de amparo", acotó La mas. Asimismo, dijo que ya se su-peraron las observaciones presentadas por la entidad electoral a la lista de candi-datos al Congreso.