1728 8 febrero 1967 b. o. del e.-núm. 33 · 1728 8 febrero 1967 b. o. del e.-núm. 33 creto...

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1728 8 febrero 1967 B. O. del E.-Núm. 33 creto 221/1965, de 11 Je felXero sin que por LaIlto pueda s er éste repercutido como partida independiente del presupuesto. 7. 0 Igualmente qUedara ob:igado a asegur ar estas obras por el importe integro de la de adjudicac ió:l durante el plazo que dure su ejecución La póliza h abrá de extenderse con la condición especial de que 51 bie n el contratista la s uscribe con este carácter es requisito ,ndL' ;ipensable en caso de siniest· ro que el importe in tegro de la lIldemnización se in grese en la Caja General de Depósitos para ir pagando la obr a que se recons· truya a medida que se vaya realiz· ando preVia las certificac ionell facultativas, así como los demás trabajos de la adap tación. 8 0 El impor te de la c.on trata, así como los honorar ios de los se ñores Arquitecto Y Apare j ador .se abonaran con cargo al crédito consignado en el ,::apítulo sexto, artículo primero , gru- po primero , del presupuesto de gastos del P atr onato Nacional de Enseñanz a Med' ia y Profesional en la form a siguiente : 4.00.000 de pesetas para 1966 y 10.802.615,12 pesetas para 1967. previa la presentación mensual de certificación de obr a eJecut ada con deducc ión de la baja ofrecida y <mentas de honorarios facul - tativos en la forma que det ermin an l as condicion es del pl'oyecto y disposiciones vigen tes sobre la materia Lo digo a V. 1. par·a su conocim iento y demás efectos Dios gUacde a V. l . muchos años . Madrid , 29 de de 1966. LORA TAMAYO Ilmo. Sr . Director general de Enseñanza Media. ORDEN de 11 de ene ro de 1967 por la que se auto- riz a el /unción ami ento como Centro especializado para el Curso Pr euniversitario bienio 1966-68 al Co- legio masculino «Centro de Estudios Superiores», de San Sebastián, I1mo. Sr. : Vista la petición del Director del COlegio mascu- lino «CentEo de Est udios Superiores», establecido en la calle de San MarCial, número 26, de San Sebastián, en la que solí- cita autorización c o.mo Centro par a el curso pre- universitario bien io 1966-68 Teniendo en cuen' ta que según mforma la Inspección de Enseñanza Media en 20 de dioiembre próximo pasado y 3 de enero actual el Centro reúne las condiciones precisas para el buen funcIonamiento y que el Instit uto Nacional de Enseñanza Medi a «Peñaflorida>l . de S an Sebastián , asume la responsllibili- d ad¡ académi ca de los estudios del Centro, Este Ministerio, de conformddad con lo dispuesto en el De- creto 1862/ 1963, de 11 de julio «(Bolet.ín Oficial del EstadO)l de 8 de agosto) . ha r esuel, to: Primel'o. -Autorizar el funClonarnienw como Centro especia.- !izado para el curso preuniver>itario bienio 1966-68 al COlegio masculino «Centro de EstudIos Superiores». de San Sebastian. Segundo.-AsuIrnr á la responsabilidad académioa del l;>uen f uncionamien, to de los estiUdios del Centco el Instituto NacIonal de Enseñanza Medi a «Peñaflorid a ». de Sa.n 8ebastián. Lo digo a V. 1. para su conocimiento y dem ás efectos. Dios guacde a V. I. muchos años. Madrid. 11 de enero de 1967 LORA TAMAYO Ilmo. Sr . D irector genera.l de Enseñanza Med, Ia . ORDEN de 14 de enero de 1967 por la que se crea la Biblioteca blica Municipal de Cruces-Baracal- do (Vizcaya). llmo, Sr ,: Visto el expediente Ülooado en virtud de petición formulada por el Ayuintamiento de Bara.ca.ldo, soliciota.ndo la oreación de una Biblioteca Pública Municipal en dicha loca- lidad. Visto asimismo el Concier to formalizado por el referido Ayun- tamiento y el CentEo Provincial Coordinador de Bibliotecas de Vizcaya, en el que se establecen las obligaciones que ambos con- traen en cuan, to se refiere al sostenimient o y funcionamiento de dicha Biblioteca, teniendo en cuent a los informes favorables emitidos por el Director del Mencionado Centro Provincial Coor- dinador de . Bibliotecas y del Jefe de la Oficina Técnica del Ser- vicio Nacional de Lectura, y de conformidad con lo establecido en el a.pa.rtado c) del a.t"1tfculo 13 del Decreto de 4 de j ulio de 1952, Este MinisterIO ha acordado lo siguiente : Primero, -Crear la Biblioteca Pública Municipal de Cruces- (Vizcaya), 8eg'l1ndo, -Aprob8ir el Conciel'to suscrilto entre el Ayunta- miento de Bacacaldo y el Centro Provincial Coordinador de Bi- bliotecGs de BiLbao, Tercero.-Aprobar los Reglamenw, ' dI' régi men mr.er no de l a. Biblioteca. v préstamos dI' libres Lo digo ,l V 1. par a su cu!1 uC1Dllento y demá., efectos Dios guarde a V 1. muchos a ños Madrid 14 de e nero de 1967 LORA TAMAYO Umo. Sr . Director general de ArChlVOS y Bibliotecas . ORDEN de 16 de ene1'O de 1967 por la que se cons- ti tuyen en las Facultades de Farmacia de las Uni- ver sidades de Barcelona, Granada, Madrid iJ San- Hago los Departamentos que se indican .. Ilmo. Sr. : De C01110r nllQact con lO establecido en el al''tlOWo tercero del Decr eto 2011/1966, de 23 de julio. sobre ol'd'enación de Depa.!"tamentos en l as F acultades de Farmacia y con las pro- puéstas formulad as por l as Universidades de Barcelona, Gran a- da, Madrid y San, tiago . Este Ministerio ha dis pues to que en las Facul, tades de F'ar- maci a de las Universidad es indicadas se consti ·t u yan los Depar- t·amentos s iguientes: Facultad de Farmacia de B'arcelona 1. Dep artamento de Biologia Vegetal 2, Departamento de Bioquímica. 3 Departamento de Microbiologia y Pa.r asitología. 4 Depar, tamento de Qu ím ica Inorgánica y Fisicoquímica. 5 Depart . amento de FaJ'm acia G alénica Facultad de Farmacia de Granada 1 Dep' ar' tamento de BlOl ogia Vegetal . 2. Depar tamen to de Bioquímica. 3 Departamento de Microbiologia y Pa rasi 'tologia. 4 Depart amento de Química Inorgánica y Fisicoquímica. 5 Departamento de Química Orgánica, Farmacognosia 7 Farmaoodinamia. 6 Departamento de Farmacia Galénic a Facultad de Farmacia de Madrid 1 Depar' tamento de Biologla Vegetal. 2 Depar' tamento de Bioquímica. 3. Departamento de MIcrobiologia y Parasi-tologia.. 4. Departamento de Química Inorgánica y Fisicoquímica, 5. Departamento de Química Orgá nica, F::u-macognosia y Farmacodinamia. 6 Departamento de Farmacia Galénica. li'acultad de Farmacia de Santiago 1. Depart amenw de Biología Vegetal . .2. DepartW,lento de Bioquímica. 2 Departamento de MicrObiología y Parast, tologia. 4 Departamento de Química Inorgánica y FisIcoquimlca. 5 Departamento de QuímIca Orgánica, Farmacognosia y Farmacodinamia. . 6 Departamento de Farmacia Galénica. Lo digo a V I para su conocimiento y efecrtos. Dios guarde a V. l , muchos años Madrid , 16 de enero de 1967. LORATAMAYO Ilmo. Sr . Director general de Enseñanza Uni versitaria. ORDEN de 20 de enero de 1967 por la que se con- voca a los Centros no estatales de Enseñanza Prfma.. Tia que deseen ampliar o crear Bibliotecas escolares mediante S(-tbvenciones con cargo ' a los Presupues- tos del Departamento . Ilmo. Sr ,: Vista la consignacn figurad'a en el Presupuesto General del Estado para el bienio económico de 196&-1967 en su Sección 18. 0 (Ministerio de Educación y Ciencia), capitUlo 800, articulo 830, numeración funcional 347.832, por un importe total. de 4.440,000 pesetas para s ubvencionar a Entidades y personas no estatales de Enseñanza Primaria para. la adqUiSición de libros , Este Ministerio ha resuelto: Primero, -Pod!'án so.licitar estas subvenciones los Centros o Entidades no estatales de Ensefianza PrimarIa, que las destina- rán necesaria e inexcusablemen te a la ampliación o creación de bibliotc<:as escolares. Segundo,-Unicamente deber án tomar parte en esta convo- catoria los Cen· tros, Colegios o Escuelas antes , tados que estén legalmente autorizados para su funcionamiento , a cuyo fin, en su solicItud, especificarán de manera obligatoria la fecha, de

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1728 8 febrero 1967 B. O. del E.-Núm. 33

creto 221/1965, de 11 Je felXero sin que por LaIlto pueda ser éste repercutido como partida independiente del presupuesto.

7.0 I gualmente qUedara ob:igado a asegurar estas obras por el importe integro de la '~ l fr a de adjudicació:l durante el plazo que dure su ejecución La póliza habrá de extenderse con la condición especial de que 51 bien el contratista la suscribe con este carácter es r equisito ,ndL';ipensa ble en caso de siniest·ro que el importe in tegro de la lIldemnización se ingrese en la Ca ja General de Depósitos para ir pagando la obra que se recons· truya a medida que se vaya realiz·ando preVia las certificacionell facultativas, así como los demás tr aba jos de la adaptación.

80 El impor te de la c.on trata , así como los honorarios de los señores Arquitecto Y Aparejador .se abonaran con cargo al crédito consignado en el ,::apítulo sexto, artículo primero , gru­po primero, del presupuesto de gastos del Patronato Nacional de Enseñanza Med'ia y Profesional en la forma siguiente : 4.00.000 de pesetas para 1966 y 10.802.615,12 pesetas para 1967. previa la presentación mensual de certificación de obra eJecut ada con deducción de la baja ofrecida y <mentas de honorarios facul­tativos en la forma que determinan las condiciones del pl'oyecto y disposiciones vigentes sobre la materia

Lo digo a V. 1. par·a su conocimiento y demás efectos Dios gUacde a V. l . muchos años. Madrid, 29 de dIciembr~ de 1966.

LORA TAMAYO

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Media .

ORDEN de 11 de enero de 1967 por la que se auto­riza el /unciónamiento como Centro especializado para el Curso Preuniversitario bienio 1966-68 al Co­legio masculino «Centro de Estudios Superiores», de San Sebastián,

I1mo. Sr. : Vista la petición del Director del COlegio mascu­lino «CentEo de Estudios Superiores», establecido en la calle de San MarCial, número 26, de San Sebastián, en la que solí­cita autorización co.mo Centro ~specializado para el curso pre­universitario bienio 1966-68

Teniendo en cuen'ta que según mforma la Inspección de Enseñanza Media en 20 de dioiembre próximo pasado y 3 de enero actual el Centro reúne las condiciones precisas para el buen funcIonamiento y que el Instituto Nacional de Enseñanza Media «Peñaflorida>l. de San Sebastián, asume la responsllibili­dad¡ académica de los estudios del Centro,

Este Ministerio, de conformddad con lo dispuesto en el De­creto 1862/ 1963, de 11 de julio «(Bolet.ín Oficial del EstadO)l de 8 de agosto) . ha resuel,to:

Primel'o.-Autorizar el funClonarnienw como Centro especia.­!izado para el curso preuniver>itario bienio 1966-68 al COlegio masculino «Centro de EstudIos Superiores». de San Sebastian.

Segundo.-AsuIrnrá la responsabilidad académioa del l;>uen funcionamien,to de los estiUdios del Centco el Instituto NacIonal de Enseñanza Media «Peñaflorida». de Sa.n 8ebastián.

Lo digo a V. 1. para su conocimiento y dem ás efectos. Dios guacde a V. I. muchos años. Madrid. 11 de enero de 1967

LORA TAMAYO

Ilmo. Sr. Director genera.l de Enseñanza Med,Ia.

ORDEN de 14 de enero de 1967 por la que se crea la Biblioteca Pública Municipal de Cruces-Baracal­do ( Vizcaya).

llmo, Sr,: Visto el expediente Ülooado en virtud de petición formulada por el Ayuintamiento de Bara.ca.ldo, soliciota.ndo la oreación de una Biblioteca Pública Municipal en dicha loca­lidad.

Visto asimismo el Concier to formalizado por el referido Ayun­tamiento y el CentEo Provincial Coordinador de Bibliotecas de Vizcaya, en el que se establecen las obligaciones que ambos con­traen en cuan,to se refiere al sostenimient o y funcionamiento de dicha Biblioteca, teniendo en cuenta los informes favorables emitidos por el Director del Mencionado Centro Provincial Coor­dinador de .Bibliotecas y del Jefe de la Oficina Técnica del Ser­vicio Nacional de Lectura, y de conformidad con lo establecido en el a.pa.rtado c) del a.t"1tfculo 13 del Decreto de 4 de julio de 1952,

Este MinisterIO ha acordado lo siguiente:

Primero,-Crear la Biblioteca Pública Municipal de Cruces­~8I'aCaldo (Vizcaya) ,

8eg'l1ndo,-Aprob8ir el Conciel'to suscrilto entre el Ayunta­miento de Bacacaldo y el Centro Provincial Coordinador de Bi­bliotecGs de BiLbao,

Tercero.-Aprobar los Reglamenw,' dI' régimen mr.erno de la. Biblioteca. v préstamos dI' libres

Lo digo ,l V 1. para su cu!1uC1Dllento y demá., efectos Dios guarde a V 1. muchos años Madrid 14 de enero de 1967

LORA TAMAYO

Umo. Sr. Director general de ArChlVOS y Bibliotecas.

ORDEN de 16 de ene1'O de 1967 por la que se cons­tituyen en las Facultades de Farmacia de las Uni­ver sidades de Barcelona, Granada, Madrid iJ San­Hago los Departam entos que se indican . .

Ilmo. Sr. : De C01110rnllQact con lO establecido en el al''tlOWo tercero del Decreto 2011/1966, de 23 de julio. sobre ol'd'enación de Depa.!"tamentos en las Facultades de Farmacia y con las pro­puéstas formuladas por las Universidades de Barcelona, Grana­da, Madrid y San,tiago.

Este Ministerio ha dispues to que en las Facul,tades de F'ar­macia de las Universid ades indicadas se consti·tuyan los Depar­t·amentos siguientes:

Facultad de Farmacia de B'arcelona

1. Departamento de Biologia Vegetal 2, Departamento de Bioquímica . 3 Departamento de Microbiologia y Pa.r asitología . 4 Depar,tamento de Quím ica Inorgánica y Fisicoquímica . 5 Depart.amento de FaJ'm acia G alénica

Facultad de Farmacia de Granada

1 Dep'ar'tamento de BlOlogia Vegetal. 2. Departamen to de Bioquímica. 3 Departamento de Microbiologia y Parasi'tologia. 4 Depart amento de Química Inorgánica y Fisicoquímica. 5 Departamento de Química Orgánica , Farmacognosia 7

Farmaoodinamia. 6 Departamento de Farmacia Galénica

Facultad de Farmacia de Madrid

1 Depar'tamento de Biologla Vegetal. 2 Depar'tamento de Bioquímica. 3. Departamento de MIcrobiologia y Parasi-tologia .. 4. Departamento de Química Inorgánica y Fisicoquímica, 5. Departamento de Química Orgánica, F::u-macognosia y

Farmacodinamia. 6 Departamento de Farmacia Galénica.

li'acultad de Farmacia de Santiago

1. Depart amenw de Biología Vegetal. .2. DepartW,lento de Bioquímica. 2 Departamento de MicrObiología y Parast,tologia. 4 Departamento de Química Inorgánica y FisIcoquimlca. 5 Departamento de QuímIca Orgánica, Farmacognosia y

Farmacodinamia. . 6 Departamento de Farmacia Galénica .

Lo digo a V I para su conocimiento y efecrtos. Dios guarde a V. l , muchos años Madrid, 16 de enero de 1967.

LORATAMAYO

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Universitaria.

ORDEN de 20 de enero de 1967 por la que se con­voca a los Centros no estatales de Enseñanza Prfma.. Tia que deseen ampliar o crear Bibliotecas escolares mediante S(-tbvenciones con cargo ' a los Presupues­tos del Departamento.

Ilmo. Sr, : Vista la consignación figurad'a en el Presupuesto General del Estado para el bienio económico de 196&-1967 en su Sección 18.0 (Ministerio de Educación y Ciencia), capitUlo 800, articulo 830, numeración funcional 347.832, por un importe total. de 4.440,000 pesetas para subvencionar a Entidades y personas no estatales de Enseñanza Primaria para. la adqUiSición de libros,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero,-Pod!'án so.licitar estas subvenciones los Centros o Entidades no estatales de Ensefianza PrimarIa, que las destina­rán necesaria e inexcusablemente a la ampliación o creación de bibliotc<:as escolares.

Segundo,-Unicamente deberán tomar parte en esta convo­catoria los Cen·tros, Colegios o Escuelas antes cí,tados que estén legalmente autorizados para su funcionamiento, a cuyo fin, en su solicItud, especificarán de manera obligatoria la fecha, de

Page 2: 1728 8 febrero 1967 B. O. del E.-Núm. 33 · 1728 8 febrero 1967 B. O. del E.-Núm. 33 creto 221/1965, de 11 Je felXero sin que por LaIlto pueda ser éste repercutido como partida

B. O. del K-Núm. 33 8 febrero 1967 1729

las Ordenes de autorización, tanto provisional como definitiva, y, en su caso, la de declaración de (<subvencionadW>, indicándose el número de alumnos gratuitos matriculados en el pasado curso escolar, con independencia de los porcentajes obligados de Pro­tección Escolar.

Asimismo declararán imprescindiblemente si ya han percibido anteriormente, bien en 1964, 1965 Y 1966, subvenciones para estas atenciones.

Tercero.-Las solicitudes, en donde se citará la denominación del Centro, domicilio (calle, número, localidad y provincia), En­tidad o persona propietaria, etc., se presentarán en la respec­tiva Inspección de Enseñanza Primaria de la provincia del do­micilio del solicitante en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al de la publicación de esta Orden en el (<Boletín Oficial del Estado».

A "la instancia se unirá Memoria explic!litiva de los textos con que cuenta ya la biblioteca, en el supuesto de que esté estable­cida, y relación de los que se deseen adquirir con el importe de la subvención que se sol,ieita, consignándose autor, título, editorial y precio de cada uno de ellos. El importe total de esta relación ' no podrá exceder de las cinco mil pesetas.

La omisión de uno de los datos que se solicitan será causa bastante para denegar la petición. .

CuartO.-Las Inspecciones de Enseñanza Primaria remitirán las instancias presentadas a la Dirección General de Enseñanza Primaria (Sección de Enseñanza Primaria no Estatal), acompa­ñad'as cad'a una de un informe referente al funcionamiento del Centro peticionario y crédito docente del mismo, proponiendo la concesión dei beneficio de acuerdo con sus necesidades o de los fondos bibliográficos con que cuente. Este envio se realizará en los quince días siguientes a.l de la terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Quinto.-A la vista de estas peticiones y de los informes emitidos la Dirección Gener!lil autorizará la adquisición de libros, para lo cual se abonará el importe correspondiente a los Centros subvencionados a través de las Pagadurías provinciales del De­par'tamento.

Sexto.-Las Entidades subvencionadas tendrán libertad abso­luta de adquirir los libros en la editorial o librero Que considere oportuno, si bien ser á necesario Que presenten en la Inspección de Enseñanza Primaria competente la relación de los mismos, la cual será sellada con el oficia:! del Ministerio (por triplicado ejemplar) , devolviéndose una al interesado, quedándose otra en la Inspección y la tercera se remitirá a la Sección de Enseñanza Primaria no Estatal.

Lo digo a V. l . para su conocimiento y efectos oportunos. Dios guarde a V. 1. muchos años. Madrid. 20 de enero de 1967.

LORA TAMAYO

!olmo. Sr. Director general de Enseñanza Primaria.

ORDEN de 26 de enero de 1967 por la que se dis­pone se incluyan en el Inventario de Patrimonio Artístico Nacional y se declaren inexportables tres cuadros propiedad de don Manuel González, titu­la"as «Martirio de San Bartolomé», «Descendimien­to» y «Visión de San Bernardo».

Ilmo. Sr.: Visto el e:lépediente de que se hará méri,to y, Resul,tando que por don Manuel Gonzá lez, con domicilió en

esta capital, calle de Bailén, número 12, y por escrito fechado en 6 de septiembre último, se solici,tó de la J ·unta de Califica­ción, Valoración y Exportación de Obras de Impar,tancia Histó­rica o Artística, el oportuno permiso para exportar. por la Aduana de Barajas, un importante lote de pinturas ;

Resultando que la Junta de Calificación, Valoración y Expor­tación de 'Obras de Impor'tancia Histórica o Ar,tística, en sesión celebrada por la misma el día 14 de octubre, con asistencia de la mayoría de sus miembros, acordó por unanimidad elevar a la Dirección General de Bellas Artes la propuesta de que sean aplicados los precep'tos contenidos en el Decreto de 2 de jU!Ilio de 1960, decl'arando inexportlllbles e integrantes del Tesoro Ar­tístico Nacional, las siguientes piezas reseñadas en la relación que acompaña a la petición ~e permiso de exportación, con los números 1, 5 Y 7: «Martirio de San Barwlomé», por Carreño de . Miranda ; «Descendimiento», por Correa de ViVa!"; «(Visión de San Bernardo», por Alonso Can0;

Resultando que concedido el trámi,te de audiencia al inte­resado, en este expediente no formUló escrito alguno de alega­ciones;

Vistos el Decreto de 2 de junio de 1960, Ley de 13 de mayo de 19,33, Reglamento p·ara su aplicación de 16 de abril de 1936 y demás disposiciones de genernl aplicación;

Considffando que la competencia para resolver este expe­diente corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, con­forme a lo d ispuesto en los ar'tículos primero y segundo del De­creto de 2 de junio de 1-960;

Considerando que en el caso objeto de este expediente . con­curren las condiciones necesarias para declarar que las obras cuya ex.pootación se preteDlte . deben form.ar- paclte integnw¡te .

del Tesoro Artístico Nacional; ha;\)iéndose cumplido también . las formalidades exigidas por las disposiciones lega;les vigentes sobre la materia, para que esta declaración tenga la debida efi­cacia en derecho; pues de un·a par'te, las obras de que se tr3lta tienen más de cien años de ant igüedad, y reúnen calidad ar,t~ tica suficiente para engr06a4" nuestrQ p8itrimonio, y de otra, existe propuesta favorable em~tida por la mayoría !libsolwta de los Vocales Jl.ue componen la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Obras de Import ancia Histórica o Arltistica y esta decla.ración se hace como consecuencia. de la soliciroud de permiso de exportación formU'lad~ por el propietario de las obras;

Considerando que en vir:tud de lo expuesto, y en aplicación de lo preceptuado en los arltícmos primero y segundo, párra­fo C, y tercero del Decreto de 2 de junio de 1960, en relación con la Ley de 13 de mayo de 1933 y Reglamento para su aplica­ción de 16 de !libril de 19-36, procede declarar Pal"'te integrante del Tesoro Artístico Nacional y, por tanto ine~rtables, las pilllturas que a continuación se relacionan, sin que esta declaroa­ción implique su prohibición de venta dentro del territorio na­cional, siempre que la misma se sujete a las condiciones y for­malidades es'tablecidas en el Decreto de 2 de Junio de 1953':

1. «(Mar-tirio de San Bartolomé», firmada por Juan Carreño, pintor de cámara de Felipe IV, del que se conserv!IiD obras en el Museo de Louvre, Galería Imperial de Viena, Pinacoteca de Munich. Museo de BUdapest, Museo del Emperador Federico, en Berlín, y Museo del Ermitage, de San Petesburgo. Representa el martirio del santo cuando unos verdugos le están desollando la piel, mientras un grupo ecues tre comenta. Se valora por su propietario en 6.500.000 pesetas.

2. «Descendimiento», de Correa de Vivar, pintor español del siglo XVI, representa este cuadro la escena del descendimiento de Cristo de la Cruz, al que sostienen un criado, Nicodemo y San Juan Evangelista, y que contempla la Magdalena. En el ángulo izquierdo aparece la Santisima Virgen desmayada y asistida por las Santas Mujeres. Valorado en 2.225.000 pesetas.

3. (Visión de San Bernardo», del artista gronadino Alonso Cano, del que han desaparecido gran cantidad de obras, con­servlÍlndose varias en Museos de Berlín, Munich , Dresde y San Petesburgo. Representa la escena en la que la. Santisima Virgen, agradecida a San Bernardo por las alaJbanzas hechas de Ella en sus escritos, se le aparece enviándole unas gotas de su divina leche. Escena contemplada por un fraile. Valorado por el ex­portadoc en 4.750.000 pesetas;

Considerando que este expediente ha sido informado favora­blemente por la Asesoría Jurídica del DepariOOmento con fecha 24 de los corrientes,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero. - Que se declaren inexportables e in.tegrantes del Pllltrimonio Actístico Nacional, incluyéndolos en el correspon­diente inventario Gon los números 16, 17 Y 18. las siguientes pin" turas:

«Mar,tirio de San Bar,tolomé», de Carreño, V'alorado en pese­tas 6.500.000. número 16. El «Descendimienw», por Correa de Vivar, valorado en 2.2Gl5.0oo peset as, número 17. «Visión de San Bernardo», de Alonso Cano. valorado en 4.7liO.OOO pesetas, nú­mffO 18.

Segundo.-Que se notifique al interesado lla resolución que recaiga en este expediente, haciéndole saber . los recursos que pueden imponer contra la misma y que se pUbliquen en el «Bo­letín Oficial del Estado», teniendo en cuenta para ello el tér­mino estaiblecido en el art ículo quinto del Decreto de 2 de junio de 1960. .

Lo que d igo a V. l. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. l. muchos aftos. Madrid, 26 de enero de 1967.

LORA TAMAYO

Ilmo. Sr. Director genffal de Bellas M ·tes.

RESOLUCION de la D irección General de Enseñan­za Primaria por la que se autoriza el jtmcionamien­to legal con carácter provisional del Colegio de Enseñanza Primaria no estatal establecido en la localidad que se indica por las Religiosas que se mencionan.

Esta Dirección General, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 25 y 27 de la vigente Ley de Educación Primaria, de 17 de julio de 1945 «<Boletín Oficial del Estado» del 18), y en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden ministerial de 15 de noviembre del mismo año «<Boletín Oficial del Estado» del 13 de diciembre), ha resuelto autorizar . el funcionamiento legal con carácter provisional, durante el plazo de un a~o, supe_· dltado a las disposiciones vigentes en la materia y a las que en lo sucesivo p¡¡dieran dictarse PQr este Ministerio, en las con-