14 - bases para una tributación ecologica en perú
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Daniel I rw in Yacolca Estares Catedrático de Derecho Tributario de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos 02/09/2011 12:25 a.m. 1
CONTAMINACION AMBIENTAL
REDUCIR A UN NIVEL ÓPTIMO
Soluciones
Problema
Objetivo
FEFLEXIÓN AMBIENTAL
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DERECHO: PENAL, ADM Y TRIBUTARIO
AGENDA 1. Justificación Económica 2. Justificación Jurídica 3. Métodos contra la Contaminación Ambiental 4. Principios Ambientales 5. Tipos de Tributos Ambientales 6. Constitución Política de 1979 y 1993 7. Ley General del Ambiente N° 28611 8. Potestad Tributaria 9. Bases Imponibles 10. Reforma Fiscal Verde Conclusiones
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• Teoría de los bienes públicos Bienes de titularidad común: todos somos
propietarios del medio ambiente.
• Teoría de las externalidades negativas Un agente económico que genera efectos
nocivos al medio ambiente, debe pagar por el daño causado.
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1. JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
EXTERNALIDADES ACTOS DE AGENTES ECONOMICOS TIENEN EFECTOS
EN TERCEROS
NEGATIVAS POSITIVAS
AFECTAN A TERCEROS SIN PAGAR
BENEFICIAN A TERCEROS SIN COBRAR
SE GENERAN EN MENOR ESCALA
SE GENERAN EN MAYOR ESCALA
COSTOS ------------------------------------- BENEFICIOS
INTERVENCION DEL ESTADO: REGULACION
CO
NTA
MIN
AC
IÓN
AM
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REFO
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IÓN
AM
BIEN
TAL
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25/08/11: POR CADA ANILLO DE ORO SE PRODUCEN 20 TONELADAS DE DESECHOS TÓXICOS
El precio de la vanidad es caro:
Rio Rímac
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Patrimonio Cultural
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Población - Urbanidad
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2. JUSTIFICACIÓN JURÍDICA
El Medio ambiente es:
•Para el ciudadano un “Derecho / Deber”.
•Para los poderes públicos: “Obligación”.
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3. METODOS CONTRA LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
⇒ MÉTODOS DIRECTOS
• Autorizaciones administrativas
• Sanciones administrativas
• Sanciones penales • Responsabilidad por
daño ambiental
⇒ MÉTODOS INDIRECTOS
• Positivos: • Elemento ambiental • Ejm: beneficios en
tributos tradicionales como RENTA e IGV.
• Negativos: tributos ecológicos para internalizar costos que generan los contaminadores
⇒ SISTEMAS MIXTOS
• Se aplican tanto el método directo como indirecto como política ambiental, y económica
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4. PRINCIPIOS AMBIENTALES 1. PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD
COLECTIVA: Adopta el significado de defensa
global del ambiente, en sentido espacial y temporal, entre generaciones presentes y futuras.
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2. EL PRINCIPIO CONTAMINADOR PAGADOR: El que contamina, paga.
• RESPONSABILIDAD CIVIL (reparador
PRODUCIDO EL DAÑO) Restauración del medio ambiente.
• TRIBUTOS ECOLÓGICOS (preventivo ANTES DEL DAÑO) como instrumentos idóneos para la internalización de los costos ambientales. 02/09/2011 12:25 a.m. 13
4. PRINCIPIOS AMBIENTALES
1. IMPUESTOS INCENTIVO - creados para
cambiar el comportamiento de los productores y/o consumidores.
Ejemplo: Bienes con demanda elástica que tengan sustitutos.
• Pesticida químico vs abono orgánico • Plásticos, gasóleos vs vidrio y gas nat. • Carne vs tofu
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5. TIPOS DE TRIBUTOS AMBIENTALES
2. CONTRIBUCIONES DE MEJORA -creadas principalmente para la realización de obras públicas con fines ambientales combinada con inversión publica municipal o regional.
Ejemplo: Crear zonas VERDES en las urbanizaciones.
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5. TIPOS DE TRIBUTOS AMBIENTALES
5. TIPOS DE TRIBUTOS AMBIENTALES
3. TASAS DE COBERTURA DE COSTES: Por ejemplo, creadas para cubrir los costes de
los servicios ambientales y de las medidas de control de la contaminación, como el tratamiento de aguas y/o vertidos:
• Rios – Rímac, Santa, Piura, Amazonas etc. • Lagos – Titicaca, Junín etc. • Mar – Toda la costa peruana
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6. CONSTITUCIÓN POLÍTICA 1.LA CONSTITUCIÓN DE 1979, empieza a incorporar
temas ambientales (régimen económico), reconociendo al ambiente como un tema fundamental que debía ser protegido y promocionado.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1993 (derecho de la persona): • “art. 2. inciso 22. A la paz, a la tranquilidad, al
disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.”
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Artículo 4º.- De la tributación y el ambiente El diseño del marco tributario nacional considera los objetivos de la Política Nacional Ambiental, promoviendo particularmente: 1. Conductas ambientalmente responsables.
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7. LEY GENERAL DEL AMBIENTE N° 28611
2. Modalidades de producción y consumo responsable de bienes y servicios.
3. La conservación, aprovechamiento sostenible y recuperación de los recursos naturales.
4. El desarrollo y uso de tecnologías apropiadas y de prácticas de producción limpia en general.
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7. LEY GENERAL DEL AMBIENTE
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PODER TRIBUTARIO TRIBUTOS
NORMA LEGAL
El Gobierno Nacional
El Gobierno Regional
Poder Legislativo
Poder Ejecutivo
Regiones
Impuestos
Demás impuestos y Contribuciones
Contribuciones Tasas
Ordenanza Regional
Ley ordinaria
Decreto Legislativo
El Gobierno Local Municipalidad Contribuciones y tasas Ordenanza Municipal
Artículo 74° de la Constitución de 1993
8. POTESTAD TRIBUTARIA
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ORGANO
9. BASES IMPONIBLES Los tributos ambientales como IMPUESTOS pueden gravar muchos tipos de base imponible: 1. Las emisiones contaminantes: Ejm. Toneladas de
dióxido de Azufre (SO2) y de Carbono (CO2) emitidas.
2. El contenido contaminante de los combustibles, como el Azufre y el Carbono.
3. Los Factores productivos contaminantes: Ejm. Fertilizantes y plásticos, etc..
4. Bienes de consumo contaminantes: Ejm. Pilas y embalajes, etc..
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9. BASES IMPONIBLES Los tributos ambientales como TASAS pueden gravar muchos tipos de base imponible: 1. Vertidos Industriales contaminantes a los Rios,
Lagos y Mar, cuantificado por m3 y según el tratamiento que requiere.
2. Vertidos domésticos contaminantes a los Rios, Lagos y Mar, cuantificado por m3 y según el tratamiento que requieren.
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RENTA: Disminución de la alícuota
para las personas físicas (PN)
Amortización acelerada por la compra de Activo Fijo con tecnología limpia para las sociedades (PJ)
(IVA): (Perú IGV) Alícuota reducida por la
venta de bienes que no contaminan el medio ambiente.
Objetivo Reducir a un nivel óptimo la
contaminación ambiental REFORMA FISCAL VERDE
Fiscales
FISCALIDAD AMBIENTAL
Extra-Fiscales TRIBUTOS AMBIENTALES: IMPUESTOS: Sobre emisiones de CO2 Sobre productos
contaminantes. TASAS: Residuos sólidos urbanos
(RSU) Saneamiento y
alcantarillado por vertidos de aguas contaminadas
ETC.
TOTAL -SUECIA 1990 -NORUEGA 1992 -DINAMA. 1994 -HOLANDA 1995
PARCIAL: -EEUU 1990 -ESPAÑA 1992 -BELGICA 1993
OTROS INSTRUMENTOS ECONÓMICOS
10. REFORMA FISCAL VERDE
FINES DEL
TRIBUTO
CONCLUSIONES
1. Medio ambiente presupuesto de vida
2. Problema ambiental es grave y permanente
3. Responsable es el hombre • Existencia= masiva • Comportamiento - racional ó
irracional como contaminador (avaricia)
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4. Problema ambiental es complejo:
• Exige respuesta integral del derecho (No existe un instrumento jurídico apto por sí solo para resolverlo)
• En este marco el DERECHO TRIBUTARIO debe aportar los instrumentos jurídicos que le son propios:
1) Tributo ambiental 2) Elemento ambiental
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13. CONCLUSIONES
Colofón
• “El dominio confiado al hombre por el Creador no es un poder absoluto, ni se puede hablar de libertad de usar y abusar, o de disponer de las cosas como mejor parezca (…) una justa concepción del desarrollo no puede prescindir de estas consideraciones –relativas al uso de los elementos de la naturaleza, a la renovabilidad de los recursos y a las consecuencias de la industrialización desordenada- las cuales ponen ante nuestra conciencia la dimensión moral, que debe distinguir el desarrollo.”
Juan Pablo II
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¿Qué planeta les dejamos?
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