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INSTRUCTOR DE APLICACIÓN Formulario de SCO-05 INSTRUCCIONES: Cada instructor debe someter sus propias aplicaciones. La solicitud debe ser llenada en su totalidad sin hacer referencia a una hoja de vida o currículum vitae (CV). Un curriculum vitae o CV completo se debe adjuntar la documentación de soporte requerida para esta aplicación. Una sección - TIPO DE SOLICITUD 0Initial 0Reinstate (proveedor y la fecha de aprobación previa: ______________________________) 0Update información (Complete la "Sección B" solamente) SECCIÓN B-DATOS PERSONALES (Provea una copia de su identificación emitida por el gobierno y una foto) Nombre: Segundo Nombre: Apellido: Dirección: Ciudad, Estado, Código Postal: Dirección Línea 2: País: Número de teléfono: Número de Teléfono Alt.: Dirección de correo electrónico: Fecha de nacimiento: Idioma: País de nacimiento: Empleador: Número de Instructores (previa aprobación): SECCIÓN C-CALIFICACIONES (Marque todo lo que corresponda y entregue la documentación de apoyo.)

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INSTRUCTOR DE APLICACIÓN

Formulario de SCO-05

INSTRUCCIONES: Cada instructor debe someter sus propias aplicaciones. La solicitud debe ser llenada en su totalidad sin hacer referencia a una hoja de vida o currículum vitae (CV). Un curriculum vitae o CV completo se debe adjuntar la documentación de soporte requerida para esta aplicación.

Una sección - TIPO DE SOLICITUD

0Initial

0Reinstate (proveedor y la fecha de aprobación previa: ______________________________)

0Update información (Complete la "Sección B" solamente)

SECCIÓN B-DATOS PERSONALES (Provea una copia de su identificación emitida por el gobierno y una foto)

Nombre: Segundo Nombre: Apellido:

Dirección: Ciudad, Estado, Código Postal:

Dirección Línea 2: País:

Número de teléfono: Número de Teléfono Alt.:

Dirección de correo electrónico: Fecha de nacimiento:

Idioma: País de nacimiento:

Empleador: Número de Instructores (previa aprobación):

SECCIÓN C-CALIFICACIONES (Marque todo lo que corresponda y entregue la documentación de apoyo.)

Instructor / facilitador calificaciones:

0 Experiencia en la industria (HSE o de petróleo y gas), y

0 puntos de experiencia relevante de enseñanza / formación académica, o

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0 Formación o en el lugar de trabajo la experiencia de enseñanza.

Un mínimo de 2 años de experiencia es necesario, ya sea en HSE o de petróleo y gas). La experiencia de ambos es preferido calificaciones. Además, la experiencia suficiente en una de las otras dos categorías se requiere.

Además, puede seleccionar uno de los siguientes y presentar los documentos justificativos

0Bachelors o equivalente

Instructor 0Certified

Facilitador 0Certified

0Industry Experiencia

0Classroom Experiencia

0References y Carta de Recomendación

Aplicación continúa en la página siguiente

PERSONAL DE USO EXCLUSIVO DE CID - No llene

Aprobado Fecha de panel:

Certificado Rechazado Número:

SECCIÓN D - INFORMACIÓN PERSONAL, HABILIDADES Y EXPERIENCIA DOCENTE

Nombre (nombre de pila) inicial del segundo apellido (nombre de la familia)

Completa las siguientes secciones, ya que pertenecen a cada uno de los temas tratados en el programa de pases de HSE Rig. Si el espacio proporcionado a continuación es insuficiente, por

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favor adjunte una página adicional, asegúrese de incluir su nombre completo en el archivo adjunto.

HSE EXPERIENCIA

Nombre Título de la Empresa o Institución Fecha Inicio Fecha Fin

OIL & GAS EXPERIENCIA

Nombre Título de la Empresa o Institución Fecha Inicio Fecha Fin

EXPERIENCIA DOCENTE (HSE o no HSE)

Nombre del título de los temas de la compañía o institución Fecha de inicio Fecha de finalización

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PREPARACIÓN ACADÉMICA y / o Certificación

Campo de estudio o de certificación

Nombre de la Empresa o Institución

Fecha de Terminación

COMENTARIOS ADICIONALES:

Sección E: APROBACIÓN / ACUERDO DE POLÍTICA DE AUDITORÍA

Depende de la recepción de la aprobación de la Asociación Internacional de Contratistas de Perforación ("el CID"), el profesor presenta la solicitud ("Instructor") se compromete a las siguientes condiciones.

1. CERTIFICACIÓN Y ACUERDO

El abajo firmante declara que toda la información contenida en este documento y todos los documentos son exactos y completos. El profesor se compromete a indemnizar y mantener indemne del CID, el Grupo y sus directores, funcionarios, socios, empleados y agentes de y contra

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cualquier y toda responsabilidad, pérdida, daños, costos o gastos, incluyendo honorarios razonables de abogados que puedan corresponderles, sufran ni estén obligados a pagar por razón de, o como consecuencia de las acciones del instructor, o el incumplimiento de este Acuerdo de cualquier acto u omisión de la IADC o el Grupo Especial con respecto a la continuación derecho otorgado para obtener la aprobación o para mostrar certificado de aprobación formal , o que puede ser sostenido o incurrido en la toma de cualquier investigación sobre la cuenta de cualquier reclamación, pérdida, daño o gasto, o en la defensa o el enjuiciamiento de cualquier acción, demanda u otro procedimiento que se pueda interponer en relación con ellos, o en la aplicación de cualquier de las obligaciones contenidas en este documento, o para obtener una liberación de responsabilidad en las conexiones con los mismos.

2. APROBADOS LOS DERECHOS DEL INSTRUCTOR

El instructor voluntario se compromete a aceptar las normas del Comité Interinstitucional de acreditación y presentar la información necesaria para la participación como instructor autorizado de conformidad con los procedimientos establecidos en los procedimientos de acreditación (Formulario SCO-01). La no presentación de la información complementaria necesaria y cumplir con los estándares de acreditación será justa causa para la revocación de este acuerdo y cualquier aprobación que se ha concedido al profesor.

3. APROBACIÓN DE LA DETERMINACIÓN

El instructor se considerará "aprobado" cuando el Grupo de Acreditación ha determinado que el solicitante cumple con los estándares del instructor y del CID ha emitido un certificado oficial a la demandante solicitante que permite estipular públicamente el cumplimiento de los instructores por los procedimientos de aprobación y las normas. Instructor podrá mostrar públicamente dicho certificado sólo durante el tiempo que el instructor está en conformidad con los procedimientos de acreditación y normas. Instructor no podrá mostrar el certificado cuando sea necesario la constatación del Grupo de cumplimiento ha sido suspendida o retirada. Sin perjuicio del derecho de apelación debido proceso se define en los procedimientos de acreditación, el instructor deberá acatar la decisión del Comité Interinstitucional sobre el cumplimiento o incumplimiento de Instructor con los estándares de aprobación aplicables. Instructor no permitirá que la pantalla o el uso del certificado excepto el permitido por el Comité Interinstitucional y los términos de este acuerdo y los procedimientos de acreditación. El uso del certificado, en contravención de este acuerdo será justa causa para el Comité Interinstitucional de revocar este Acuerdo y emitir un aviso público a tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Acreditación.

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4. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUCTOR DE HOMOLOGACIÓN

Tanto el Comité Interinstitucional y el instructor deberá seguir y ser controlado por los procedimientos y normas relativas a la formulación de normas, la comunicación de información, quejas, la visualización de los certificados oficiales de aprobación, y las apelaciones al debido proceso de las decisiones del Grupo Especial y otros asuntos en que este Acuerdo se refiere, según lo establecido en los procedimientos de acreditación desarrollados y revisados periódicamente y actualizado por el CID.

5. INSTRUCTOR cumplimiento de buena fe

Instructor deberá utilizar todos los medios prácticos a su su / eliminación de forma continua para asegurar que los servicios que él / ella provee cumplen plenamente con las normas de aprobación aplicables en todo momento.

6. Derecho a auditar

Cuando visite un sitio para auditar un instructor se requiere, se solicita, o se considere necesario o conveniente el Comité Interinstitucional, el IADC notifica al instructor de las fechas aproximadas de una visita al sitio. Si una visita es rechazada y no se puede programar para el acuerdo mutuo de CID y el instructor, el instructor será puesto en libertad condicional, a pesar de las disposiciones de la apelación en los procedimientos de acreditación. Al programar una visita al sitio, selecciona el CID, a partir de una lista de nombres que ha aprobado, el visitante del sitio (s). Las modalidades de la visita se realiza a través de contacto directo entre el instructor y el visitante del sitio (s).

7. CARGOS POR INCUMPLIMIENTO DE INSTRUCTOR

Instructor de acuerdo en que si un reclamo de incumplimiento de los procedimientos de aprobación / acreditación o las normas que se presentó contra el Instructor, Instructor cumplirán puntualmente con todas las solicitudes del Comité Interinstitucional para la información necesaria. Instructor o el instructor de contratación empresa o instructor de la empresa está directamente

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afiliado con el Comité Interinstitucional se compromete a reembolsar por los gastos relacionados con los mismos, salvo que la reclamación fue presentada por un programa y se encontró que carece de fundamento, en cuyo caso el programa de carga deberá reembolsar CID. Instructor o el instructor de contratación empresa o instructor de la empresa está directamente afiliado con el Comité Interinstitucional se compromete a reembolsar los gastos incurridos en relación con un cargo insustancial que archiva.

8. APROBACIÓN DE REPRESENTACIÓN

Cuando se hace referencia a la aprobación del instructor en cualquier momento, sólo la siguiente se hace referencia o usado: 1) El término "el CID Aprobado", 2) un certificado oficial o sello emitido por el Comité Interinstitucional, siempre y cuando dicho certificado o sello se imprimirá en totalidad, sin alteraciones de ningún tipo, o 3) una plataforma de HSE logotipo de PASS y marca comercial propiedad de CID, y cuyo uso no exclusivo por el instructor tiene autorización para el instructor tras la notificación oficial de que el instructor ha recibido la aprobación. CID tendrá derecho a notificar a Instructor de cualquier material utilizado o emitido por el instructor que el Comité Interinstitucional considera que es engañosa para el público en relación con cualquier referencia a la IADC o de la aprobación del instructor, y el instructor está de acuerdo en recibir la notificación del Comité Interinstitucional de suspender el uso de dichos materiales y adoptar aquellas otras medidas como la CID estime conveniente para el interés público.

9. INDEMNIZACIÓN Y LIBRAR DE RESPONSABILIDAD

Instructor se compromete a indemnizar y mantener CID inofensivo, el Grupo y sus directores, funcionarios, socios, empleados y agentes de y contra cualquier y toda responsabilidad, pérdida, daños, costos o gastos, incluyendo honorarios razonables de abogados, que puedan incurrir, sufren , o ser obligado a pagar por razón de, o como consecuencia de las acciones del instructor, o incumplimiento de este Acuerdo o cualquier otro acto u omisión de CID o el Grupo Especial con respecto a la continuación derecho otorgado para obtener y para representar el estado aprobado o mostrar a los certificado de aprobación formal, o que puede ser sostenido o incurrido en la toma de cualquier investigación sobre la cuenta de cualquier reclamación, pérdida, costo, daño o gasto, o en la defensa o el enjuiciamiento de cualquier acción, demanda u otro procedimiento que se pueda interponer en relación con el mismo , o en la aplicación de cualquiera de las obligaciones contenidas en este documento, o para obtener una liberación de responsabilidad en las conexiones con los mismos.

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10. DURACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO

Instructor de acuerdo en que puede CID, con diez días de anticipación para el instructor, dar por terminado este Acuerdo por cualquiera de las causas establecidas en este Acuerdo y de conformidad con el debido proceso establecido en los procedimientos de acreditación. De lo contrario, el presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su ejecución con la firma del acuerdo del instructor.