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30
;..:..~ n au ~: :1i ¡ ii: : : CONGRESO RErú ' "BLICA OFICINA DE LA PROCURADURIA . ~- "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la Lucha Contra la Corrupción e Impunidad" Lima, 25 de noviembre de 2019. OFICIO Nº ·625 -2019/PP-CR Señor: GIOVANNI CARLO ANTONIO FORNO FLÓREZ Oficial Mayor del Congreso de la República Presente.- Asunto: El que se indica. Ref. : Oficio Nº 443-2019-2020-ADP-D/CR del ot-10-2019. , ..ONGRESO DE LA REPÚB O - LICA ," RE e 1 BID 2 5 NOV. 2019 J <7 ÁUI-' > \ ' .. L<U-,::i:,~ Hora:.... .. A ••.\Firrn: .t: · P . $ a 'i~~ ror L ª _,.f:,¡ - ¡ \ .}'11 •• l . . ~- - :ecr ~ O NG RÉSO DE LA REPUBLICA ÁREA DE DESPACHO PARLAMENTARIO T engo el agrado de dirigirme a usted, para saludarlo cordialment documento de la referencia, informarle lo siguiente: 2 7 NOV 2019 1. Que, conforme se desprende de la Trass iipción de _la T ercera Sesiqn de la r j - : :- <1: ------ .... i Comisión Permanente (Periodo LegislativoJ019_ ~2020) cel ebrada el miércoles :::¡ ~ , 1 2 de octubre de 2019, se tocaron entre los puntos pertinentes, la disolución del co w -~ ~ en J Congreso de la República y convocatoria a nuevas elecciones congresales, la ~ .~ ~ · agresión sufrida por el congresista Carlos Tu bino Arias Schreiber y la elección :3 ~ > 7 8 del nuevo magistrado del Tribunal Constitucional, entre otros. w~ o ~.: e_¡ ::z: ~ ow ~.-.: ... v , cr CC> O ~· . .w w C""' --,.J c. . : a:::o o 1 (.!) ,e( :"! 2 zw . e C' O o a::: ·¡:; :s u·c( ~ :x: Al respecto cabe informar que en relación a la disolución del Congreso de la República mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM denominado decreto supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo congreso, dicho tema fue abordado por la Comisión Permanente en la sesión mencionada en el párrafo precedente, donde el colegiado autorizó al Presidente Pedro Olaechea Álvarez Calderón, a fin de que presente la Acción Competencia! ante el Tribunal Constitucional. 3. En ese sentido, en fecha 1 O de octubre del año en curso el Congreso de la República ha presentado ante el Tribunal Constitucional una Demanda Competencia! contra el Poder Ejecutivo por conflicto de competencias respecto del planteamiento de las cuestiones de confianza que formuló el presidente de la PCM ante el Pleno el día 30 de setiembre y que culminó en la disolución del ' é:: ongreso por parte del Presidente de la República Martín Vizcarra Cornejo; demanda competencia! signada con el Expediente 0006-2019-CC/TC, que a la fecha ha sido admitida por el TC mediante Auto del Tribunal Constitucional de fecha 29 de octubre de 2019, encontr ándose pendiente de r esolver , cabe indicar que en este caso no se ha delegado a la Procuraduría Pública del ~ ~ ongreso de la República, la defensa jurídica ante el Tribunal Constitucional. , ~ . 1 1 ' . . J! imismo, _en representa~ión del P~rlamento Nacional, el Presi.d~~te Pe.dro · ¡ ~ aechea Alvarez Calderon, en la misma fecha (10.10.2019) solicito se dicte AP9. º " '-: : : .~ " ' edida cautelar de suspensión de los efectos del Decreto Supremo Nº 165- 2019-PCM que disuelve el parlamento y convoca a elecciones para un nuevo congreso, pedido que ha sido declarado improcedente conforme al Auto del Tribunal Constitucional de fecha 29 de octubre de 2019, J),l, 1

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Page 1: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

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~: :1i¡ii: : : CONGRESO RErú'"BLICA

OFICINA DE LA PROCURADURIA . ~- "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la Lucha Contra la Corrupción e Impunidad"

Lima, 25 de noviembre de 2019.

OFICIO Nº ·625 -2019/PP-CR Señor: GIOVANNI CARLO ANTONIO FORNO FLÓREZ Oficial Mayor del Congreso de la República Presente.-

Asunto: El que se indica. Ref. : Oficio Nº 443-2019-2020-ADP-D/CR del ot-10-2019.

,..ONGRESO DE LA REPÚBO- LICA ," RE e 1 BID

2 5 NOV. 2019

J<7 ÁUI-'> \ ' .. L<U-,::i:,~ Hora:.... .. A •••.••••••

\Firrn:.t: · P.$a'i~~ ror L ª _,.f:,¡ - ¡ \.}'11 ••• l •. . • ~--

:ecr ~ONGRÉSO DE LA REPUBLICA ÁREA DE DESPACHO PARLAMENTARIO

Tengo el agrado de dirigirme a usted, para saludarlo cordialment documento de la referencia, informarle lo siguiente:

2 7 NOV 2019

1. Que, conforme se desprende de la Trassiipción de _la Tercera Sesiqn de la rj-::-<1:------ .... i Comisión Permanente (Periodo LegislativoJ019_~2020) celebrada el miércoles

:::¡ ~ ,1 2 de octubre de 2019, se tocaron entre los puntos pertinentes, la disolución del co w -~ ~ en J Congreso de la República y convocatoria a nuevas elecciones congresales, la ~ .~ ~ · agresión sufrida por el congresista Carlos Tu bino Arias Schreiber y la elección :3 ~ >7 8 del nuevo magistrado del Tribunal Constitucional, entre otros. w~ o ~.: e_¡ ::z: ~ ow ~.-.: ... v, cr CC> O ~· ..• w w C""'--,.J c.. : a:::o o 1 (.!) ,e( :"!2 •

zw .e C'O o a::: ·¡:; :s u·c( ~ :x:

Al respecto cabe informar que en relación a la disolución del Congreso de la República mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM denominado decreto supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo congreso, dicho tema fue abordado por la Comisión Permanente en la sesión mencionada en el párrafo precedente, donde el colegiado autorizó al Presidente Pedro Olaechea Álvarez Calderón, a fin de que presente la Acción Competencia! ante el Tribunal Constitucional.

3. En ese sentido, en fecha 1 O de octubre del año en curso el Congreso de la República ha presentado ante el Tribunal Constitucional una Demanda Competencia! contra el Poder Ejecutivo por conflicto de competencias respecto del planteamiento de las cuestiones de confianza que formuló el presidente de la PCM ante el Pleno el día 30 de setiembre y que culminó en la disolución del 'é::ongreso por parte del Presidente de la República Martín Vizcarra Cornejo; demanda competencia! signada con el Expediente 0006-2019-CC/TC, que a la fecha ha sido admitida por el TC mediante Auto del Tribunal Constitucional de fecha 29 de octubre de 2019, encontrándose pendiente de resolver, cabe indicar que en este caso no se ha delegado a la Procuraduría Pública del

~~ ongreso de la República, la defensa jurídica ante el Tribunal Constitucional. ,~ . 11' . • • . J! imismo, _en representa~ión del P~rlamento Nacional, el Presi.d~~te Pe.dro

· ¡~ aechea Alvarez Calderon, en la misma fecha (10.10.2019) solicito se dicte AP9.º"'-:::.~"' edida cautelar de suspensión de los efectos del Decreto Supremo Nº 165-

2019-PCM que disuelve el parlamento y convoca a elecciones para un nuevo congreso, pedido que ha sido declarado improcedente conforme al Auto del Tribunal Constitucional de fecha 29 de octubre de 2019,

J),l, 1

Page 2: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO
Page 3: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

OFICINA DE LA PROCURADURIA CONGRESO --·H-- REPÚBLICA

"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la Lucha Contra la Corrupción e Impunidad"

entendiéndose que ambos efectos serán abordados al momento de resolverse el fondo de la demanda competencial, tal como se ha señalado en el párrafo precedente - in fine.

5. De otro lado, los incidentes que se produjeron contra el congresista Carlos Tubino Arias Schreiber, conforme se ha podido apreciar de las imágenes difundidas por los diversos medios de comunicación, habrían sido ocasionados por ciudadanos que se encontraban por inmediaciones del Congreso, que realizaron agresiones directas contra la integridad física del citado congresista, quien resultaría agraviado directo de tales acciones repudiables, por haberse atentado contra un bien jurídico personalísimo (contra la vida el cuerpo y la salud), por lo que la Procuraduría no resulta competente para iniciar acciones legales en este hecho.

6. Ahora bien, en relación a la elección del nuevo magistrado del Tribunal Constitucional recaído en el ciudadano Gonzalo Manuel Ortiz de Zevallos Olaechea, conforme a la Resolución Legislativa del Congreso Nº 005-2019- 2020-CR,en dicho caso, ante la omisión de la publicación debida en el Diario Oficial El Peruano, esta Procuraduría, con fecha 22 de octubre del presente año, ha interpuesto denuncia penal por el delito de desobediencia a la autoridad y omisión de actos funcionales, la misma que se viene ventilando ante la 19º Fiscalía Provincial Penal de Lima en la carpeta fiscal 506010119- 2019-895-0; cuya etapa es la calificación (se anexa copia del cargo de presentación de denuncia).

7. De otro lado, en torno a los hechos relacionados a la disolución del tcongreso, esta Procuraduría mediante escrito de fecha se apersonó ante la Fiscalía de la Nación y la Fiscalía Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, en las denuncias penales seguidas contra el señor Martín Vizcarra Cornejo, en su condición de Presidente de la República y otros por la presunta comisión del delito Contra los Poderes del Estado en agravio del Congreso de la República, proceso que han sido acumulados en la carpeta fiscal Nº 259-2019, que a la fecha se encuentra en curso, sin haberse admitido aún nuestra participación. (se anexa copia del cargo escrito de apersonamiento )

Sin otro particular, hago propicia la ocaJÍ6r para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.

Atentamente,

,.

Pª" ) .,, -

Page 4: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

: : : i : : ; CONGRESO Rí:PÚIILICA

, >· · :·,· ioÉ·B~sPAcHo PARLAMEN'rARtá·~ ,_-: ,.;" __ · '. . . . ' . ' ' ::--:

"Decenio de la Igualdad de oportunidades para muieres Y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad'"

Lima, 3 de octubre de 2019

\

Oficio Nº 443-2019-2020-ADP-D/CR

Abogado EDWIN LÉVANO GAMARRA Procurador Público del Poder Legislativo

c,O OEl.,4 ""°-" . ~\ . .__.l_ '~- .l ~~,Me dirijo a usted, por especial encargo del señor Presidente del Congreso de · · ª- J/la República, para hacer de su conocimiento que la Comisión Permanente del

Congreso, en su sesión celebrada el 2 de octubre de 2019, con la dispensa del trámite de sanción del acta, aprobó autorizarlo para que inicie las acciones legales que requieran la defensa de la institución; así como en contra del Jurado Nacional de Elecciones, tendientes a declarar la nulidad de la Resolución Nº 0150-2019-JNE, mediante la cual se adoptan acciones para la realización de un proceso de Elecciones Congresales 2020, por sustentarse en un decreto supremo ilegal e inconstitucional, iniciando las acciones penales, civiles y administrativas correspondientes.

Con esta oportunidad reitero a usted la expresión de mi especial consideración.

Atentamente,

I

CONGRESO DE LA REPÚBUc:~I R¡:::r-¡,:.-),¡:"'-· ~ . •... '- _, . -... , _ __, {_) z

• t O 3 OCT 2019 i ~:;wi(1ál~/

OFICINA DE PROCURADURlP-. f ....____,_______ . .. ..___..,._

de la República

JAP/jvch

www.congreso.gob.pe Plaza Bolívar, Av. Abancay sin - Lima, Perú

Central Telefónica: 311-?n?

Page 5: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

'-

\ Ministerio Público Mesa de Partes Unica SIATF

ll l ll l l llllll l1

I I I I III I II IIIII I IIII IIII I IIII II I I II III II I *0050601011920190008950000*

23/10/2019 Pag. 1 de 1

11:57:13

Cargo de Ingreso de Caso

CASO: 506010119-2019-895-0 ESPECIALIDAD : PENAL

F. INGRESO : 23/10/2019 11 :57

MOTIVO INGRESO : DENUNCIA DE PARTE

19ºFPP-LIMA DISTRITO JUDICIAL : LIMA

NRO.EXP:

NRO. FOLIOS : 103

CUADERNO: PRINCIPAL

DENUNCIANTE : SUPUESTO:

(_) OBSERVACIONES: ANEXOS ADJUNTOS A LA DENUNCIA SE ENCUENTRAN COPIAS FEDATEADAS Y SIMPLE!

SIN ESPECIES.

DELITO(S): A.A. (OMISION ILEGAL DE ACTO DE SU CARGO)

- RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD

MONTERO REYES RICARDO AGUSTO

BECERRA GUTIERREZ CARLOS (PRESIDENTE)

DIRECTORIO DE EDITORA PERU -

ZAVALETA VERTIZ NELLY PATRICIA (GERENTE GENERAL)

PAZ QUIROZ FELIX (DIRECTOR)

EL ESTADO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

DENUNCIANTE (S) : LEVANO GAMARRA EDWIN (PROCURADOR)

IMPUTADO (S) :

AGRAVIADO (S):

Recibido

Consultas en Linea: http://www.mpfn.gob.pe

Page 6: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

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. " .-!!',-" •• ••• 1,¡,I, •• CONG,~~~ REPÚBI.ICA "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres·

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

ESCRITO : N° 01

SUMILLA : INTERPONE DENUNCIA PENAL.

l

SEÑOR FISCAL PENAL DE TURNO DE LIMA:

EDWIN LÉVANO GAMARRA, con Documento Nacional de

Identidad Nº 21868053, Procurador Público del Poder

Legislativo, conforme a la Resolución Suprema Nº 233-2016- JUS, con domicilio real en la Av. Abancay No. 251, Oficinas 610-612, a usted respetuosamente digo:

l. PETITORIO

Recurro a vuestro Despacho en representación del Poder Legislativo, con la finalidad de

interponer denuncia penal contra CARLOS BECERRA GUTIERREZ, en su calidad de

Presidente del Directorio de Editora Perú, NELLY PATRICIA ZAVALETA VERTIZ en su

calidad de Gerente General de Editora Perú, FELIX PAZ QUIROZ en su calidad de

Director (e) y RICARDO AUGUSTO MONTERO REYES, en su calidad de Gerente de

Publicaciones Oficiales del Diario Oficial "El Peruano", por la presunta comisión de los

delitos de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD Y OMISIÓN, REHUSAMIENTO O

DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES, en agravio del Congreso de la República y del Estado.

11. FUNDAMENTOS FÁCTICOS

Antecedentes

1. Que, con fecha 30 de Setiembre último, el Congreso de la República en sesión

plenaria, eligió como Magistrado del Tribunal Constitucional al señor Gonzalo

Manuel Ortiz de Zevallos Olaechea, materializándose dicha designación mediante

'->"v.REp~~ la Resolución Legislativa del Congreso N° 005-2019-2020-CR, en consecuencia . ~ i1,

~.. rdenándose se publique y cumpla dicha resolución . f

,,.,,

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: : :,-¡i; : : CONGRESO REPÚBLICA

' . OFICINA DE LA PROCURADURIA ·'. '. ;, /~· "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres·

• Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

2. En la misma fecha (30 DE SETIEMBRE DE 2019) el Oficial Mayor del Congreso

de la República, Giovanni Forno Flórez emitió el Memorando Nº 142-2019-2020-

0M-CR, dirigido al señor Samuel Héctor Morales Michelot, Director General de

Administración, solicitándole se disponga la publicación, para el martes 1 de

octubre de 2019, en la sección de Normas Legales del diario Oficial "El Peruano",

de la Resolución Legislativa del Congreso N° 005-2019-2020-CR, la misma que

designó al señor Gonzalo Manuel Ortiz de Zevallos Olaechea, como Magistrado del Tribunal Constitucional.

3. En la misma fecha (30 DE SETIEMBRE DE 2019), el Oficial Mayor del Congreso,

mediante Carta N° 019-2019-2020-OM-CR solicita al Director del Diario Oficial "El

Peruano" se disponga la publicación para el día martes 1 de octubre de 2019, en

la sección de Normas Legales del referido diario, la Resolución Legislativa del

Congreso Nº 005-2019-2020-CR, la misma que designa al señor Gonzalo Manuel

Ortiz de Zevallos Olaechea, como Magistrado del Tribunal Constitucional. '·\

4. Que, ~ese al requerimiento formal realizado por el señor Oficial Mayor del l ,./

Congreso de la República de fecha 30 de Setiembre de 2019, para los efectos de

la publicación referida, los representantes de la entidad denunciada han omitido,

sin justificación ni sustento alguno, dar cumplimiento a lo ordenado por el

Congreso de la República. Debiendo precisar que, con fecha 01 de Octubre de

2019 se dirigió al director del Diario Oficial "El Peruano" el Oficio Nº 166-2019-

2020-0M-CR, mediante el cual se reiteraba el pedido de publicación de la

Resolución Legislativa del Congreso Nº 005-2019-2020-CR, sin embargo no fue

recibido por el funcionario encargado de recibir los pedidos de publicaciones de las entidadesdele~ado.

5. El Decreto Supremo N° 018-97-PCM de fecha 18 de Abril de 1997, establece que

le corresponde al Diario Oficial "El Peruano" publicar en forma gratuita y BAJO

RESPONSABILIDAD entre otras normas, las Resoluciones Legislativas.

6. Mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS se aprueba el Reglamento que

establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos

normativos y difusión de Normas Legales de carácter general, dispositivo legal

precisamente que establece la obligatoriedad del Diario Oficial El Peruano de

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: . . OFICINA DE LA PROCl,JRAOURtA".:·~_,'.4~ "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

publicar entre otras normas, las resoluciones legislativas BAJO RESPONSABILIDAD.

7. Es así que hasta la fecha permanece en esa conducta con voluntad omisiva que, a

nuestra consideración, tiene relevancia penal, viéndonos obligados a poner en

conocimiento del Ministerio Público, como titular de la acción penal, tales hechos, a fin de que sean esclarecidos por la fiscalía competente.

8. Pues, en cuanto a la primera conducta (desobediencia a la autoridad) los

directivos denunciados han hecho caso omiso a un mandato, pues es una orden

impartida por el Parlamento de la República, que tiene como finalidad que, los

ahora denunciados realice una conducta positiva (hacer), es decir realizar (de

manera obligatoria) la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de una norma aprobada en el seno del Poder Legislativo.

9. Finalmente, respecto a la segunda conducta (omisión de actos funcionales), se tiene que de manera ilegal, es decir con inobservancia del ordenamiento jurídico,

los Directivos del Diario Oficial "El Peruano" (Editora Perú) teniendo conocimiento

de cuáles son las funciones establecidas e inherentes a su cargo, omiten cumplir

un mandato, infringiendo así la ley que norma sus atribuciones y funciones, la

misma que tiene carácter constitucional. En este caso se rebasa la simple

inobservancia o incumplimiento de funciones de carácter administrativo, sino lo

que sucede es que se está actuando en contra del ordenamiento jurídico.

111. DESCRIPCIÓN TÍPICA DEL DEUTO DE RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD.-

1 O. Este injusto penal reprime los actos que atentan contra la administración pública,

específicamente protege concretamente la actividad funcionarial ejecutiva -

entendida esta como parte de la actividad de la administración pública - tiene

como objeto de protección penal, el efectivo cumplimiento de los mandatos u

órdenes emanados por la autoridad competente en el legítimo ejercicio de la

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"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" ~ Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

11. El delito tipificado bajo el nomen iuris de desobediencia y resistencia a la autoridad

lo encontramos previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 368° del CP, conforme al texto normativo que a continuación se cita:

"El que desobedece o resiste la orden legalmente impartida por un funcionario

público en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia

detención, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años".

12. De conformidad con el supuesto de hecho contenido en el artículo precitado, la

conducta sancionada se materializa a través de un desacato o rehusamiento por

parte del sujeto activo, frente al mandato impartido en forma expresa, directa y legítima por un funcionario público.

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO.-

13. En éste tipo de delitos se intenta proteger el principio de autoridad, entendida la

autoridad como la que la ciudadanía deposita en las instituciones para el ejercicio

adecuado de las funciones que desempeñan al servicio de una sociedad

democrática y por tanto de la colectividad, funciones que de no ser cumplidas, perjudicarían a la sociedad.

En el caso en concreto tenemos que la autoridad a quien se ha desobedecido es

una que ha sido constituida democráticamente (Congreso de la República), por lo

que no cumplir una orden emitida por esta entidad significa una afrenta a la dignidad de la función pública.

, CONDUCTA TÍPICA

14. La conducta sancionada se materializa a través de un desacato o rehusamiento

por parte del sujeto activo, frente al mandato impartido en forma expresa, directa y legítima por un funcionario público.

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.. --,!,-" .. tt ' .~lil , ... co~9RESO REPÚBLICA "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres·

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

En el caso de autos, el sujeto activo está representado por el Presidente del

Directorio, Gerente General, Director y Gerente de Publicaciones Oficiales del

Diario Oficial El Peruano - Editora Perú, quien rehúsa cumplir el mandato emitido

por el Congreso de la República, consistente en publicar una Resolución

Legislativa, es decir Editora Perú hasta la fecha viene desobedeciendo o

resistiéndose a cumplir la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio

de sus atribuciones; debiendo precisar que los principales verbos rectores son "desobedecer" y "resistir".

Estos comportamientos típicos pueden ser considerados como los medios que

utiliza el agente para lograr la finalidad preconcebida por aquel, de pretender que

la orden emanada de una autoridad quede sin ejecutarse, toda vez que producto

de la desobediencia o la resistencia la orden carece de la efectividad.

DESCRIPCIÓN TÍPICA DEL DELITO DE OMISIÓN, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES

15. Este injusto penal sanciona la inercia, la carencia de iniciativa, la lentitud dolosa

del funcionario que omite, rehusa o retarda algún acto propio de su cargo.

El funcionario "omite" cuando deja de hacer el acto propio de su cargo al que se

encuentra obligado por ley, o cuando lo realiza en forma indebida, Omitir constituye NO HACER LO QUE SE DEBE Y PUEDE HACER.

El delito tipificado bajo el nomen iuris de omisión de actos funcionales lo

encontramos previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 377° del CP, conforme al texto normativo que a continuación se cita:

"El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su

De conformidad con el supuesto de hecho contenido en el artículo precitado, la

impartido en forma expresa, directa y legítima por un

p.i·~ '

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: ;- :Ir¡!;;; CONG.~~J.2 REPÚBLICA

"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO.-

16. En éste tipo de delitos se intenta proteger el normal y correcto funcionamiento de

la Administración Pública, en cuanto a la oportunidad y eficacia en el cumplimiento de la función púbica.

CONDUCTA TÍPICA

'\_

17. La conducta sancionada se materializa a través de la omisión de hacer por parte

del sujeto activo, frente al mandato impartido en forma expresa, directa y legítima por un funcionario público.

En el caso de autos, el sujeto activo está representado por el Presidente del

Directorio, Gerente General, Director y Gerente de Publicaciones Oficiales del

Diario Oficial El Peruano - Editora Perú, quienes han omitido cumplir con su

obligación de publicar una norma emitida por el Congreso de la República,

consistente en publicar la Resolución Legislativa Nº 005-2019-2020-CR, es decir

Editora Perú hasta la fecha ha omitido cumplir con su obligación funcional;

debiendo precisar que el principal verbo rector es la "omisión".

Y si bien, los denunciados podrían argumentar no ser funcionarios públicos y en

consecuencia no poder ser sujetos activos del delito denunciado, cabe señalar lo

que taxativamente establece el artículo 425 del Código Penal, Son funcionarios o

servidores públicos: ..... .inciso 3) "Todo aquel que, independientemente del

régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de

cualquier naturaleza con entidades u organismos del Estado, incluida las

empresas del Estado o sociedades de economía mixta comprendidas en la

actividad empresarial del estado, y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos".

PRIMERO: El mérito de la transcripción del registro de votación de la

elección del señor Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea como magistrado del Tribunal Constitucional.

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- - --~-- - - •• ,!,¡.! ••• OFICINA DE LA PROCURADURIA · ·.:, ·, :· CONGRESO REPÚBLICA "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

SEGUNDO: El mérito del Diario de los Debates de la Primera Legislatura

Ordinaria 2019, 12ª Sesión, de fecha lunes 30 de setiembre de 2019, con la

que se acredita que en dicha fecha se eligió en sesión del pleno, como

magistrado del Tribunal Constitucional al señor Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea.

TERCERO: El mérito de la Resolución Legislativa del Congreso Nº 005- 2019-2020-CR, con la que se acredita que el día 30 de setiembre del

presente año, el Congreso de la República en sesión plenaria eligió como

magistrado del Tribunal Constitucional al señor Gonzalo Manuel Ortiz de Zevallos Olaechea.

CUARTO: El mérito del Memorando Nº 142-2019-2020-OM-CR con el que

se acredita que la Oficialía Mayor del Congreso de la República dispuso la

publicación en el diario oficial "El Peruano" de la designación del señor

Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea contenida en la Resolución Legislativa Nº 005-2019-2020-CR.

QUINTO: El mérito de la Carta Nº 019-2019-2020-OM-CR, con la que se

acredita que el día 30 de setiembre de 2019, se solicitó a la entidad

competente, la publicación para el día martes 1 de octubre de 2019 de la

Resolución Legislativa del Congreso Nº 005-2019-2020-CR, la misma que

designó al señor Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea, como magistrado del

Tribunal Constitucional, la cual ha sido objeto de incumplimiento hasta la fecha.

I 1

SEXTO: El mérito del Oficio Nº 166-2019-2020-OM-CR de fecha 01 de

Octubre de 2019, dirigido al Director del Diario Oficial "El Peruano",

mediante el cual se reitera el pedido de publicación de la Resolución

Legislativa del Congreso Nº 005-2019-2020-CR, documento que no fuera

recibido por el funcionario encargado de recepcionar los pedidos de publicaciones de las entidades del Estado.

BASE LEGAL:

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:·~-'' OFICl~A DE LA PROCURAOURIA: •:~·,.-.~~ "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

• Artículo 368.- Resistencia o Desobediencia a la Autoridad

"El que desobedece o resiste la orden legalmente impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia detención, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años."

• Artículo 377. Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales

"El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.

Cuando la omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales esté referido a una solicitud de garantías personales o caso de violencia familiar, la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años".

Otras Normas:

Constitución Política del Estado

• Artículo 109.-

"La ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial, salvo disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte (. .. )".

Reglamento del Congreso de la República

Artículo 1. Fuerza normativa y materias de regulación del Reglamento

"El presente Reglamento tiene fuerza de ley. Precisa las funciones del Congreso y de la Comisión Permanente, define su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de /os Congresistas y regula /os procedimientos parlamentarios".

rtículo 3. Soberanía y Autonomía

"El Congreso es soberano en sus funciones. Tiene autonomía normativa, económica, administrativa y política".

'IJ. ·'-q~ulo 80.- Promulgacíón, publicación y vigencia

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: : ;í¡i: : ; CONGRESO RErúsucA

, . ' OFICINA DE LA PROCURADURIA :. '·~ }' "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

Si no tiene observaciones, el Presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación. Si vencido el término de quince días, el Presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga el Presidente del Congreso. La ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período de "vacatio legis" en todo o en parte. Las resoluciones legislativas según correspondan son promulgadas por el Presidente del Congreso y un Vicepresidente. (Artículo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de fecha 6 de marzo de 1998).

Código Penal

Artículo 48, "Cuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho, se reprimirá hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementar ésta hasta en una cuarta parte, sin que en ningún caso pueda exceder de treinta y cinco años"

Artículo 425, inciso 3) Todo aquel que, independientemente del régimen laboral en

que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del Estado, incluida las empresas del Estado o sociedades de

economía mixta comprendidas en la actividad empresarial del estado, y que en virtud

de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos.

POR LO EXPUESTO: Sírvase Señor (a) Fiscal, iniciar las indagaciones preliminares y solicitar las medidas

correspondientes para el debido esclarecimiento de los hechos objeto de la presente

denuncia.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Que, sin perjuicio de las presuntas conductas penales

denunciadas, el Ministerio Público deberá determinar la posible concurrencia de otros

j tipos penales confor~e a su función persecutora y titular de la acción penal pública.

SEGUNDO OTROSI: Que, el suscrito actúa en representación del Poder Legislativo, de

1 conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Perú, concordante con los

V numerales 22.1 y 22.2 del artículo 22º, del Decreto Legislativo Nº 1068, del Sistema de

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: ; ~11¡1i~; ; CONGRESO REPÚBLICA

. bFICINA DE LA· PROCURADlJRl,A. -;' ~,' "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

TERCER OTROSÍ DIGO.- Que, al amparo de lo dispuesto en el numeral 22.8 del

artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 1068, Ley del Sistema de Defensa Jurídica del

Estado, DELEGO mi representación a favor del Dr. Manuel Eduardo Peña Tavera (Procurador Público Adjunto del Poder Legislativo), y de los abogados de la

Procuraduría Pública del Poder Legislativo Nestor Luis La Chira Carreño, Yuri lván García Cano, Katyrin Gabriela Paucar Espinoza y Luis Sánchez Rodríguez con las

facultades conferidas en la citada Ley.

ANEXOS:

1. Copia fedateada de la transcripción del registro de votación de la elección

del señor Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea como magistrado del

Tribunal Constitucional.

2. Copia fedateada del Diario de los Debates de la Primera Legislatura

Ordinaria 2019, 12ª Sesión, de fecha lunes 30 de setiembre de 2019.

3. Copia fedateada de la resolución legislativa del Congreso Nº 005-2019-

2020-CR.

( 4. Copia fedateada del Memorando N° 142-2019-2020-OM-CR.

5. Copia fedateada de la Carta Nº 019-2019-2020-OM-CR.

6. Copia fedateada del Oficio Nº 166-2019-2020-OM-CR de fecha 01 de

Octubre de 2019.

ELG/1/c.

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: ;·;1,¡n; =; CONGRESO REPú11ÜcA

"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres· • Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

Carpeta Fiscal

Sumilla

: Nº 259-2019

: Apersonamiento y otro.

SEÑOR FISCAL ESPECIALIZADA

ADJUNTO SUPREMO,

EN ENRIQUECIMIENTO CONSTITUCIONALES.-

COORDINADOR

ILÍCITO Y DEL ÁREA

DENUNCIAS

Ml'l'N

M•a Unlca de l'art• - IQ

21/10/2019 -14:58:00

Expediente 0026378-2019

l llllll 11111111111111111111111111111111111111 Nota: la racepcl6n no da conformld1d al contenido.

Tel6rono: 825-6555 5799 Vl1ft1noo: www.mprn.gob.p1

Ob1.· Frma CREATEGUI Foios 2

EDWIN LEVANO GAMARRA, con Documento Nacional de Identidad Nº 21868053, Procurador Público del Poder

Legislativo, conforme a la Resolución Suprema Nº 233-2016-

JUS, con DOMICILIO LEGAL en la Av. Abancay No. 251,

Oficinas 610-611, en los seguidos contra Martín Vizcarra Cornejo y Otros por Delito Contra los Poderes del Estado y

otro en agravio del Congreso de la República, a usted respetuosamente digo:

,. 1

1

Que, habiendo tomado conocimiento que su Despacho viene tramitando la denuncia interpuesta por la señora Yen; Vilcatoma De la Cruz, en su condición de Congresista de la República, contra el señor Martín Vizcarra Cornejo y otros, par la presunta comisión del delito Contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional en agravio del Congreso de la República, en ese sentido, en representación del Poder Legislativo, me apersono a la instancia, de conformidad con el articulo 47° de la Constitución Política del Perú, concordante con los numera/es 22.1 y 22.2 de/ articulo 22º, del Decreto Legislativo Nº 1068, del Sistema de Defensa Juridica del Estado, señalando domicilio procesal en la

~ · Casilla Nº 4849 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, y Casilla Electrónica Nº 5524, donde se me notificarán todas las resoluciones que recaigan en el presente

1 proceso. i I

TROSI DIGO.- Que, al amparo de lo dispuesto en el numeral 22.8 del articulo 22° del reto Legislativo N• 1068, Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, DELEGO

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l 1 ••• •·1· .. • ~ ~t111 ..•. " ~ CONGRESO REPÚ.B°üCA

OFICINA DE LA PROCURADURIA "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres·

• Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

mi representación a favor del Dr. Manuel Eduardo Peña Tavera (Procurador Público

Adjunto del Poder Legislativo), y de los abogados de la Procuraduría Pública del Poder

Legislativo Yuri lván García Cano, Katyrin Gabriela Paucar Espinoza, Luis Sánchez

Rodríguez y Néstor Luis La Chira Carreño con las facultades conferidas en la citada Ley.

POR TANTO:

Sírvase usted señor Fiscal Adjunto Supremo, tener presente lo expuesto y proveer conforme a ley.

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Lima, 18 de octubre de 2019. ,,..

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MPFN

Mesa Unlca de Partes • SG / : . Ofl<'.;l~A DE LA PROCURADURIA

07/10/2019 -11:45:00

Expediente 0025221-2019

l llllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 Nota: Le recepción no de conformidad al contenido.

Teléfono: &25-6555 5799 Vl1ft1no1: www.mpfn.gob.pe

"Decenio de fa Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres· • Año de fa lucha contra la corruoción v la lmounidad"

Expediente : 0024551-2019 Asistente Carpeta Sumilla

Obs.: Fema; FCORDOVA

: Principal : Apersonamiento y otro.

Foios· 5

SEÑORA FISCAL DE LA NACION.-

EDWIN LEVANO GAMARRA, con Documento Nacional de

Identidad Nº 21868053, Procurador Público del Poder

Legislativo, conforme a la Resolución Suprema Nº 233-2016-

JUS, con DOMICILIO LEGAL en la Av. Abancay No. 251,

Oficinas 610-612,, a usted respetuosamente digo:

Que, habiendo tomado conocimiento sobre la denuncia interpuesta por Yeni Vilcatoma De

la Cruz, en su condición de Congresista de la República, de fecha ~ de setiembre del

presente año, dirigida contra el señor Martín Vizcarra Cornejo y otros por la presunta

comisión del delito Contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional en agravio del

Congreso de la República, en ese sentido, en representación del Poder Legislativo, me

apersono a la instancia, de conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política

del Perú, concordante con los numerales 22.1 y 22.2 del artículo 22º, del Decreto

Legislativo Nº 1068, del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, señalando domicilio procesal en la Casilla Nº 4849 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, y Casilla Electrónica Nº 5524, donde se me notificarán todas las resoluciones que recaigan en el presente proceso.

OTROSI DIGO.- Que, al amparo de lo dispuesto en el numeral 22.8 del artículo 22° del

\ Decreto Legislativo Nº 1068, Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, DELEGO

} mi representación a favor del Dr. Manuel Eduardo Peña Tavera (Procurador Público

/ Adjunto del Poder Legislativo), y de los abogados de la Procuraduría Pública del Poder

~[~~~J=~::¡_.··~~egislativo Yuri lván García Cano, Katyrin Gabriela Paucar Espinoza, y Luis

J /~·:,· nchez Rodríguez, con las facultades conferidas en la citada Ley. .,, -,~, $

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: : :u¡n::; CONGRESO -·-,, .. . REPUBLICA

OFICINA DE LA PROCURADURIA

"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres· • Año de la lucha contra la corruoclón v la lmounidad"

POR TANTO:

Sírvase usted señora Fiscal de la Nación tener presente lo expuesto y proveer conforme a ley.

ima, 07 de octubre de 2019.

Page 20: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

MPFN

Mesa Unfca de Partes - SQ

07/10/2019 - 11 :51 :00

Expediente 0025223-2019

I IIIIII /IIII IIIII III/I IIIII IIIII IIIII IIII I/II Note: la r9eepc:J6n no de conformidad al contenido.

Teléfono: 825-6555 57911 Vf1(tanos: WWw.mpfn.9ob.pe

Obs.:

·.,. ,O~lql~A DE LA PROCURADURIA "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

Expediente : 0024675-2019 Asistente Carpeta Sumilla

: Principal : Apersonamiento y otro.

Fi'ma FCOROOVA Foios:5

SEÑORA FISCAL DE LA NACION.-

EDWIN LEVANO GAMARRA, con Documento Nacional de

Identidad Nº 21868053, Procurador Público del Poder

Legislativo, conforme a la Resolución Suprema Nº 233-2016- JUS, con DOMICILIO LEGAL en la Av. Abancay No. 251,

Oficinas 610-612,, a usted respetuosamente digo:

Que, habiendo tomado conocimiento sobre la denuncia interpuesta por Yeni Vilcatoma De

la Cruz, en su condición de Congresista de la República, de fecha 30 de setiembre del

presente año, dirigida contra el señor Martín Vizcarra Cornejo y otros por la presunta

comisión del delito Contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional en agravio del

Congreso de la República, en ese sentido, en representación del Poder Legislativo, me

apersono a la instancia, de conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política

del Perú, concordante con los numerales 22.1 y 22.2 del artículo 22º, del Decreto

Legislativo Nº 1068, del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, señalando domicilio procesal en la Casilla Nº 4849 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, y Casilla Electrónica Nº 5524, donde se me notificarán todas las resoluciones que recaigan en el presente proceso.

OTROSI DIGO.- Que, al amparo de lo dispuesto en el numeral 22.8 del artículo 22º del

Decreto Legislativo Nº 1068, Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, DELEGO

:; mi representación a favor del Dr. Manuel Eduardo Peña Tavera (Procurador Público

Adjunto del Poder Legislativo}, y de los abogados de la Procuraduría Pública del Poder

Espinoza, y Luis

lí·'.'·

_,

Page 21: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

OFICINA DE LA PROCURADURIA "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucha contra la corruoción v la lmounidad"

POR TANTO:

Sírvase usted señora Fiscal de la Nación tener presente lo expuesto y proveer conforme a ley.

Page 22: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

PENAL. CONTRA

'OMA De 1A CRUZ, Congresista de la al en Edificio Juan Santos Atahuafpa Av. Ahanc,1y

"!;,~c111.J,ut<1;'~ usted con el de!>ldo respeto me presento v digo:

J• ., ·'l 1,

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2

.. en .su condición de Mlnístra de la Mu1er y

'o de Un'·

.-.....,",::~ _en su tondiclón'de Ministro de Defensa o Qutfiones--Je.sús Maria

n de Ministra del Ambiente con domicllío en 25 - 41 ptso, urbanización San Fetipe

os Poderes cfel Estado y el Orden

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,.

3

:,~,. 01·r1·0;~~~ ~-~&i~tk!é,1.tfe: constittÍCJÓO' decidió archfva'r de manera exprés el proyecto para modlft~r J~-~:·t)Otmas q.e Íl'H11Uóidildí para que dejaran de ser un instrumento de {mpuni~d:- ajér se convocó !ie h~e~.as a prtmeras a fá Comisión de Constitución para que apenasfeií dos horas (.,;) y ante las protestas de muchos congresistas integrantes de la &omisióh se ~cidié(a arch,wr el proyectef de adelanto de elecdonesR

~ :;; - ;a -

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Page 26: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

5

fo otorga la c.ons~itució~ y tas- teyes y'ef re~paldci de peruanos y que na va claudicar en fa lucha. contra ta c&.rupci6n yva utilizar todos íos mecanismos que permite la constitución para garantrzar ta constn.tccrón de uni democracia sólida y de un futuro mejor para todos.

4.1·1.- Que con fecha 27 de setiembre de 2019 en horas de la tarde el Presidente del Consejo de Mínisirós SALVADOR DElSOlAR l.ABARTHE presentó fa cuestión de confianza al Congreso de;!a-RéptíbÍica,,pJdien.go~staren el próximo pleno, fo más antes posible para sustentar ta··westlón de confiantlaotes· de la elección de los magistrados al Tribunal

---·~n5tltudonárctiticartdota 0)31,_\~ra ta_~ acelerada que se quiere realizar la elección de los ·--,~r.iii¡hes. de]a Constitución. Señalando que El Congreso debe recapacítar y frenar eso.

'.~J~J~;~be,úealizar otro proceso para que nos garantícsn a los buenos magistrados'', ..... "Mi.V;qúe-\ii!n exigir una comtsión plural para que se elijan a los candidatos.

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O en su condíclén.de Prestdente de la

ros

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7 •

...• e imputa .-a Sytvla J,Utabéth táteres_ Patarr9 ,cark>5 Augusto Ol111a Nevra ,carto soto, Rodo lngred Barrios Al'larado ~M¡n.ia :esperanza Jara llisco ,lu.is Jaime Butters Elizabeth Zulém_á'Tomás Goi,iáles¡ flor Atdee ()aJ.,1& Medina, Vicente Zeba'Uos Salinas, F,rand$CO ,Atllio í,smodes Mez:zano ,Gfotia 'Edeimir~ Flgu•oa, Paol, Bustamante•Suárez, Jorge. Ricar~o Ftancisco ,Mo:sooso flores, fabJota Mart~·Muftoz. D(Kliro,tuda De\fln~ Rufz Ostoic·en su condición de Ministros de Estado:

Haber estad'b de acuerdo y avalado lo m~nlfcstado por el P(esidente del Consejo de Ministros SAl.VADOR AWA~DRO JORGE-OH SOLAit tA:SARTHf, apreciándose que se

}; ~ ' . ;¡¡. ~- .it ' ~:~~ · estárlan poniendo éie acúei:<fo- panrmodifü:ar ,et -régtmen constttudonal, impidiendo que los congresistas ejerzan lipr,emente sus- fundones1 quebrantaNdo 'el cumplimiento de la Co~stitüdón Política de\ Perú-, ate,t1tando contra ta seoaraelón de Podéres.

vm~ ,FUNDÁMÉNTACIÓN J\JttfotCA ' • • i.- '. '. . :".

>. • corisfihldón Pólíticctdel Perú ' ;.

El ORDEN CONSflTUOONAl

·ata(los

Page 29: }'11 ••• l •. . • ~-- :ecr ~ONGRÉSO

tan Maribel Morales Córdova en su condición de Secretaria GenaJ1,d déf'-Despacho Presidencial. p~ra que precise los hechos tratados en la estén del Consejo de Ministros los días 26 y 27 de setiembre de 2019 .-Se reciba la ded~raciiSit"de ursula Desilu León Chempen en su condición de Secretaria ner¡lf de la Pne$jde.-icia dd Consejo de Ministros para que precise tos hechos tratados

ceo J~.sesign delCÓñseJo dé Ministros tos días'26 v 21 de setiembre de 2019 9.-Se oficie" a, GAÑAL'N con la nnaUdad de que se sirva remitir la grabación integra de ta conferenfia de prensa brindada el dla 27 de setiembre de 2019, por el Presidente de la Repµblica Martin ~tz.~:nra Corr1eJo, en la que aoun~ió la presentación de la cuestión de confianza: todo •.. ~Uo .. ctH'i ta flnaJ1dad de que se reatlce la transcripción respectiva. 10~- Se recabe la entrevista füindada por el Presidente de ta República Martin vízcarra Cornejo en Amérlca Televisión, programa periodístico Cuarto Poder de fecha 29 de seti~mbr~ d~ 2019_ft1,\a qua Indicó que sl el parlamento elige a los nuevos miembros del TrfüunaJ co.~.stituelot\'ilt antes de escuchar al Presidente del Consejo de Ministros, lo

· tomarla como que se den.egó la cuestión de confianza y declararía disuelto el Congreso.

IX.·OOtUMENTOS''QUE SUSTENTA DENUNCIA

8

ebde américas noticias con fecha 29 de setiembre 1to el Congreso en caso se deniegue la cuestión de

et>de PERU 21 con fecha 27 de setiembre de 2019 nte el Congreso para cambiar sistema

2019 a~reckla en t a brindad

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9

Uma,, '30 de setiembre de 2019

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