10.12. protecciÓn de acuÍfe ros y de las captaciones · sostenibles para que siga siendo potable...

18
Clase 10.12 Pág. 1 de 18 10.12. PROTECCIÓN DE ACUÍFEROS Y DE LAS CAPTACIONES 10.12.1. Introducción La protección de las aguas subterráneas es un tema que pese a estar estrechamente relacionado con los problemas de contaminación, sobrepasa dicho ámbito para ocuparse también de los problemas ligados con la protección de la cantidad de recurso disponible. El interés por la protección de los acuíferos nace a partir del conocimiento de la limitación de los recursos de agua, en calidad y cantidad, y de la importancia creciente de la problemática ambiental (Custodio, 1994). De esta forma, aumentan las presiones y esfuerzos para la conservación, protección y restauración de los acuíferos, con el fin que no sólo la generación actual pueda disfrutarlos, sino también las generaciones futuras, a la vez que se intenta asegurar un suministro normal, incluso en situaciones de emergencia. Sin embargo, el concepto de protección del agua no es nuevo, ya en el siglo pasado se definieron distancias de seguridad mínima entre pozos domésticos y fuentes de contaminación, de carácter básicamente orgánico, muy enfocadas a prevenir la contaminación bacteriológica (Tabla 10.21). Fuente de contaminación Distancia de seguridad en m Fosa séptica Cloacas con sellado estanco Cloacas sin sellado Pozos de infiltración Pozos negros ciegos Pozos negros y letrinas 15 3 15 30 15 45 Tabla 10.21. Distancias de seguridad definidas por Romero (1970) en Custodio y Llamas (1983), entre pozos y fuentes de contaminación en función de la granulometría y del tipo de fuente. En los actuales planes de cuenca se contemplan conceptos como el uso sostenible de las aguas subterráneas, la gestión coordinada de las aguas superficiales y subterráneas, la adopción de medidas precautorias ante un potencial contaminante, la responsabilidad compartida en la protección del recurso por parte de la administración competente, los usuarios y potenciales

Upload: buinguyet

Post on 03-Nov-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Clase 10.12 Pág. 1 de 18

10.12. PROTECCIÓN DE ACUÍFEROS Y DE LAS CAPTACIONES 10.12.1. Introducción La protección de las aguas subterráneas es un tema que pese a estar estrechamente relacionado con los problemas de contaminación, sobrepasa dicho ámbito para ocuparse también de los problemas ligados con la protección de la cantidad de recurso disponible. El interés por la protección de los acuíferos nace a partir del conocimiento de la limitación de los recursos de agua, en calidad y cantidad, y de la importancia creciente de la problemática ambiental (Custodio, 1994). De esta forma, aumentan las presiones y esfuerzos para la conservación, protección y restauración de los acuíferos, con el fin que no sólo la generación actual pueda disfrutarlos, sino también las generaciones futuras, a la vez que se intenta asegurar un suministro normal, incluso en situaciones de emergencia. Sin embargo, el concepto de protección del agua no es nuevo, ya en el siglo pasado se definieron distancias de seguridad mínima entre pozos domésticos y fuentes de contaminación, de carácter básicamente orgánico, muy enfocadas a prevenir la contaminación bacteriológica (Tabla 10.21).

Fuente de contaminación Distancia de seguridad en m Fosa séptica

Cloacas con sellado estanco Cloacas sin sellado Pozos de infiltración Pozos negros ciegos

Pozos negros y letrinas

15 3 15 30 15 45

Tabla 10.21. Distancias de seguridad definidas por Romero (1970) en Custodio y Llamas

(1983), entre pozos y fuentes de contaminación en función de la granulometría y del tipo de fuente.

En los actuales planes de cuenca se contemplan conceptos como el uso sostenible de las aguas subterráneas, la gestión coordinada de las aguas superficiales y subterráneas, la adopción de medidas precautorias ante un potencial contaminante, la responsabilidad compartida en la protección del recurso por parte de la administración competente, los usuarios y potenciales

Clase 10.12 Pág. 2 de 18

contaminadores y la harmonización del agua subterránea en un marco ambiental amplio, con políticas sectoriales que afectan a otros recursos naturales. También se incluyen medidas económicas y de disuasión, mediante cánones de vertido que penalicen al agente contaminador y propicien la recuperación del acuífero; o de incentivos, con el fin de estimular procesos productivos que tiendan a reducir o eliminar efectos ambientales negativos. 10.12.2. El binomio protección de la cantidad y de la calidad del agua de un acuífero

La actual estructura administrativa y educativa del Estado Español ha favorecido la existencia de una fuerte compartimentación entre los cuerpos técnicos y profesionales responsables de la calidad del agua, de los distintos acuíferos y los cuerpos responsables de la protección de la cantidad de agua disponible. Dada la estrecha relación existente entre calidad y cantidad, esta división tan artificial provoca que los problemas sean fundamentalmente tratados desde uno de los dos enfoques pudiendo, en el mejor de los casos, quedar únicamente resueltos de forma parcial. Sin embargo, dada la complejidad del problema a abordar, desde un punto de vista puramente metodológico, es útil hablar de protección ligada mayoritariamente a la cantidad de agua del acuífero y mayoritariamente ligada a la calidad de dicha agua. 10.12.2.1. Protección de la cantidad Los temas ligados con la protección de la cantidad de agua en el acuífero están básicamente relacionados con asegurar que las extracciones no provoquen que en periodos normales las afecciones entre caudales sean aceptables. Además, hay que evitar que el acuífero pueda llegar a vaciarse y que siempre pueda contarse con una parte de sus reservas, listas para ser utilizadas en situaciones de sequía. En este sentido, son posibles múltiples políticas dirigidas a una planificación hídrica que ubique la zona del acuífero prevista como

Clase 10.12 Pág. 3 de 18

reserva estratégica en zonas forestales, zonas rurales, parques naturales o zonas que afecten lo menos posible a los usos establecidos o al desarrollo futuro del territorio. Todo ello hace necesario plantear y hacer entender a los sectores afectados la necesidad de reservar partes o la totalidad de un cierto número de acuíferos para periodos de emergencia. En la aplicación de medidas de protección de los acuíferos es usual confundir la protección de las aguas subterráneas con la protección de las captaciones. Esta segunda figura de protección tiene una problemática específica y promueve medidas que, en muchos casos están poco relacionadas con las que protegen el agua del conjunto del acuífero. Un tercer aspecto, relativamente controvertido, relacionado con la protección de la cantidad es la de priorizar las dotaciones concedidas para abastecimiento sobre las demás, con el objetivo de asegurar que las infraestructuras asociadas a dicha distribución no sean infrautilizadas. Sin embargo, ello puede forzar a la administración a no otorgar más concesiones que originen descensos adicionales en los niveles del acuífero, pudiendo limitar el desarrollo territorial. La protección de la cantidad de agua puede realizarse mediante la delimitación de polígonos en los cuales se aplican restricciones y prohibiciones en cuanto a las extracciones y la construcción de nuevas captaciones. También se actúa protegiendo las zonas de recarga. Dicha protección debería ajustarse periódicamente a la evolución de la explotación, de la recarga y de las actividades que afecten al balance hídrico. Desgraciadamente, este tipo de intervenciones no tienen todavía un encaje lo suficientemente fluido en la administración pública y los tribunales de justicia, por lo que su aplicación resulta normalmente controvertida. 10.12.2.2. Protección de la calidad Análogamente a lo ocurrido con la protección de la cantidad de recurso, el tema de la protección de su calidad puede tratarse desde dos enfoques no totalmente coincidentes y con medidas de protección diversas, según se considere la protección del agua subterránea o de la captación.

Clase 10.12 Pág. 4 de 18

Así, el concepto de protección del recurso estaría destinado a evitar que el agua, aún manteniéndola sin explotar, pueda gozar de las condiciones sostenibles para que siga siendo potable (reservas de acuíferos por calidad). Sin embargo, el concepto de protección de la calidad en las captaciones, por el contrario, abarcaría la protección de aquellos abastecimientos de ámbito local frente a procesos contaminantes que pueden inutilizar su suministro. El problema de la contaminación de las aguas subterráneas no se limita a los acuíferos, sino que a medio o largo plazo repercute también en el resto del ciclo hidrológico; como en ríos o manantiales y también en las zonas húmedas y tramos de costa en los que descargan los acuíferos afectados. En la protección del recurso juega también un papel importante la vigilancia de la vía atmosférica de transporte y dispersión de contaminantes, como se ha puesto especialmente de relieve por los problemas observados en los acuíferos causados por la lluvia ácida. Existen diversos programas internacionales que contemplan la protección de los recursos hídricos y en concreto de las aguas subterráneas. La normativa de la Comunidad Europea parte de la Directiva (76/464/EEC) de sustancias peligrosas. Se aplicó hasta que fue modificada por la Directiva (80/68/EEC) sobre la protección del agua subterránea contra la polución causada por ciertas sustancias peligrosas. En Estados Unidos, la EPA (Environmental Protection Agency) fue creada y dotada de un fondo financiero especial para atender a la evacuación de residuos tóxicos y regeneración de los acuíferos más afectados (Custodio, 1994). La UNESCO en 1992 promovió una serie de acciones de protección del agua subterránea que sintéticamente son: 1) Establecer bases legales para la protección del agua subterránea, incluyendo la responsabilidad por contaminación. 2) Identificar y designar un organismo responsable de la implementación 3) Establecer normas y objetivos nacionales para la calidad del agua. 4) Establecer prioridades para la protección y crear áreas de protección del agua subterránea. 5) Controlar la localización, cantidad y calidad de eliminación de residuos al subsuelo. 6) Evaluar los potenciales impactos ambientales de los grandes proyectos sobre los recursos del agua subterránea.

Clase 10.12 Pág. 5 de 18

7) Controlar el transporte, almacenamiento, uso y eliminación de sustancias tóxicas y peligrosas. 8) Establecer normas para la ubicación y construcción de nuevos vertederos, medidas paliativas para los existentes y control. 9) Crear normas para ubicación de plantas de tratamiento, nivel de tratamiento y eliminación de aguas residuales, construcción de sistemas sépticos. 10) Establecer normas para localización y construcción de nuevos depósitos, inspección y eliminación de depósitos viejos. 11) Establecer normas para el control y tratamiento de aguas superficiales. 12) Prohibir actividades dañinas en la Áreas de Protección de las Aguas Subterráneas (en adelante APAS). 13) Controlar y restringir actividades potencialmente peligrosas en las APAS mediante permisos, licencias, etc. 14) Mantener el porcentaje de las APAS con cobertura vegetal natural para proteger la calidad del agua y la recarga. 15) Proteger la calidad del agua en las APAS en cuanto a fuentes dispersas de contaminación. 16) Limitar el crecimiento para dar tiempo a la recogida de datos, planificación y protección de las APAS. 17) Proteger permanentemente el agua subterránea de la contaminación terrestre mediante la adquisición de terrenos. 18) Mejorar la eficacia del personal. 19) Educar, informar e involucrar al público. 20) Emprender acciones específicas para proteger el abastecimiento público de agua en emergencias. 21) Aumentar las bases de datos de control y establecer tendencias En cualquier caso, la puesta a disposición pública de la información ambiental obtenida por organismos públicos y/o con fondos públicos es un paso necesario. En tal sentido se ha elaborado la Directiva 90/303 de la Comunidad Europea. Asimismo, el segundo borrador de la nueva directiva marco de aguas de la Unión Europea, de febrero de 1997, incorpora un mayor interés por los temas relacionados con la protección y la calidad de los acuíferos europeos. 10.12.3. Vulnerabilidad de los acuíferos frente a la contaminación El concepto de vulnerabilidad está frecuentemente enfocado a problemas de calidad del agua, sin embargo, también es posible asociarlo a problemas de

Clase 10.12 Pág. 6 de 18

cantidad. La vulnerabilidad a la salinización y contaminación puede asociarse a la susceptibilidad de que la calidad del agua subterránea pueda ser afectada negativamente como consecuencia de actividades humanas, tanto para su uso actual como futuro previsible (Custodio, 1994), dicho tema es objeto de un estudio más detallado en la sesión 10.12. 10.12.4. Perímetros de protección de las aguas subterráneas De acuerdo con el Programa de Acción para la gestión y protección integradas de las aguas subterráneas del Parlamento Europeo se incluyen las numerosas normativas que exigen a los estados miembros el declarar zonas de protección de las aguas subterráneas frente a determinados contaminantes (D91/676/CEE; D91/271/CEE). Del mismo modo, en el título V de la Ley de Aguas y el título II del Reglamento del Dominio Público Hidráulico se desarrollan las disposiciones relativas a la protección contra el deterioro de los recursos hídricos. Con este espíritu y tratando de seguir el modelo de protección imperante en el resto de países de la Unión Europea, en España se han legislado una serie de órdenes (MOPT, 24-9-1992; apto. VII) con el objeto de definir áreas de protección de captaciones para abastecimiento a poblaciones. Los Organismos de cuenca pueden definir perímetros de protección en los acuíferos donde existan captaciones para abastecimiento de agua a poblaciones, con el fin de preservar la calidad del agua, de forma que en una primera fase, todas las poblaciones de más de 30.000 habitantes, contemplarán dicha figura, dando 5 años más de plazo para que las tuviesen el resto de poblaciones. Por otro lado, la actual Ley de Minas también considera el establecimiento de los perímetros de protección como un método adecuado para proteger el recurso hídrico, tanto para abastecimiento como para el caso de las aguas minerales y termales (ITGE, 1996). La importancia de las captaciones como fuentes de suministro de agua potable ha llevado a proponer y legislar su protección mediante el establecimiento de zonas alrededor de los pozos (Custodio, 1994). En ellas, se establecen restricciones al uso del territorio y a actividades que supongan un riesgo de contaminación, de forma que las primeras sean más intensas cuanto más cercano este el pozo.

Clase 10.12 Pág. 7 de 18

Las zonificaciones varían de un país a otro, con criterios también variables. Sin embargo, en general puede resumirse en la delimitación de dos a tres zonas: - Inmediata: donde se excluye cualquier actividad, almacenamiento, manipulación o aplicación peligrosa. Suelen ser extensiones entre 10 y 20 metros alrededor de la captación y de sus posibles drenes. - Próxima o de protección bacteriológica: sus límites se fijan en función del tiempo de tránsito desde la superficie del terreno a la zona de admisión de la captación; superior a un valor que oscila entre 10 y 100 días. Según el tipo de terreno, espesor de la zona no saturada y caudal de captación suelen traducirse en distancias entre 50 y 300 metros. - Lejana: suele extrapolarse a los límites naturales del acuífero o a distancias que supongan tiempos de tránsito superiores a una década. Suelen propiciar restricciones en el uso del suelo a determinadas actividades humanas o agrícolas, aunque si su extensión es muy elevada, únicamente suelen imponerse medidas de seguridad apropiadas a la actividad potencialmente contaminante en concreto. - Exterior: en donde no hay restricciones, aunque aún se puede mantener una vigilancia especial, un sistema específico de actuación ante accidentes y la prohibición de ciertas actividades con un potencial especialmente peligroso. La Figura 10.26 muestra las partes típicas de una área de protección de aguas subterráneas en terreno arenoso.

Clase 10.12 Pág. 8 de 18

Figura 10.26. Partes de un área de protección de aguas en un suelo arenoso.

En rocas fisuradas y formaciones cársticas el diseño es más complejo que en medios granulares, aunque se tiende a adoptar metodologías similares. Las circunstancias varían según el grado de desarrollo del carst o la fracturación. Si están muy desarrolladas, las áreas de protección inmediata o próxima suelen alcanzar decenas de kilómetros cuadrados, por lo que no es posible restringir totalmente las actividades humanas y, en su lugar, habrá que exigir medidas de seguridad apropiadas.

Anchura b

Zona III B

Área de la zona de estudio

Área de protección

Zona III A

Zona II D

dist

anci

a

2 km

b/2

xo

PARTES DE UNA AREA DE PROTECCIÓN DE AGUAS EN UN SUELO ARENOSO

Límite del agua subterránea

Dirección del flujo de agua subterránea

Pozo de extracción

Clase 10.12 Pág. 9 de 18

10.12.5. Métodos para el establecimiento de perímetros de protección Una primera aproximación al desarrollo de perímetro de protección de captaciones se puede obtener a partir de la ecuación que define el área máxima de captación de un pozo, con la fórmula general:

⎟⎠⎞

⎜⎝⎛

⎟⎠⎞

⎜⎝⎛

π=

XYarctg*

i*T**2QY siendo :

Q : caudal de extracción del pozo T : transmisividad del acuífero i : gradiente hidráulico Y: la anchura máxima del área a captar X: la longitud máxima de área a captar Con lo que puede obtenerse una aproximación a la zona que es necesario proteger. Sin embargo, para la realización de un perímetro de protección se hace necesario el realizar una serie de estudios de tipo fundamentalmente geológico e hidrogeológico. En un proyecto de este tipo podrían establecerse las siguientes fases de actuación (ITGE, 1996; modificado): A- Fase de recopilación bibliográfica B- Estudios hidrogeológicos de campo C- Estudios para la protección del acuífero D- Estudios para el desarrollo de perímetros de protección A- Fase de recopilación bibliográfica:

A-1 Estudio geológico regional.

• Cartografía disponible • Estudio Litoestratigráfico • Tectónica

A-2 Estudio hidrogeológico regional - Características generales del acuífero

• Geometría • Parámetros hidráulicos • Inventario de puntos de agua

Clase 10.12 Pág. 10 de 18

• Piezometrías y estudios hidroquímicos preexistentes B- Estudios hidrogeológicos de campo:

B-1 Actualización de los estudios piezométricos e hidroquímicos

• Análisis de elementos menores y trazas • Estudios isotópicos • Balance hídrico • Desarrollo del modelo conceptual de funcionamiento

En su caso: caracterización geotérmica del acuífero. C- Estudios para la protección del acuífero. Estudio de la Vulnerabilidad del acuífero. C-1- Inventario de Focos de Contaminación C-2- Identificación de las zonas de recarga de la unidad C-3- Zonificación del grado de vulnerabilidad del acuífero D- Estudios para el desarrollo de perímetros de protección. Método de dimensionado de perímetros (su utilidad depende mucho del tipo de acuífero a proteger).

D-1- Medios porosos: Establecimiento de zonaciones (ver apartado anterior).

1- Método de Jacobs y Bear Este método requiere de acuíferos homogéneos, isótropos y de extensión infinita, sometidos a un gradiente regional uniforme y un único pozo. Las isocronas se calculan en forma de variables reducidas y mediante una colección de gráficos que relaciona las distancias con tiempos de tránsito (IGME, 2003) . Los gráficos y explicación del método puede encontrarse en la siguiente dirección de correo electrónico: http://aguas.igme.es/igme/publica/pdflib6/5_pro_cua.pdf Con el método Jacobs y Bear se definen isocronas, alrededor de una captación que delimiten zonas en las cuales el resultado de una

Clase 10.12 Pág. 11 de 18

actividad contaminante tarde en llegar a la misma un cierto periodo de tiempo que será el indicado por las mismas isocronas. Procedimiento (IGME 2003 modificado): - se traza un eje paralelo a la dirección de flujo que pase por la captación, así como un eje perpendicular a éste. - Se calcula el tiempo reducido:

tQbem

2i2T2tR = siendo

T=transmisividad (m2/h) Q = caudal (m3/h) t = tiempo (isocrona que calculará en horas) b = espesor saturado en metros i = gradiente hidráulico me = porosidad eficaz Q = caudal medio diario, es un caudal ficticio - En el ábaco proporcionado (Figura 10.16) se determina la curva correspondiente al tiempo tR si no coincide con ninguna se resuelve por interpolación. - Se dibujan en el ábaco los puntos necesarios determinando sus coordenadas en el ábaco para poderlas transformar a distancias reales y dibujar la curva a escala real en el mapa. Puede ser suficiente con determinar los puntos de los cortes con los ejes de coordenadas y 3 ó 4 puntos más. Es decir se determinan unas coordenadas en el ábaco con respecto a la curva y se pasan a coordenadas reales. - A partir de las coordenadas ficticias en el ábaco se calculan las coordenadas reales de los puntos:

RYi*T*20

Q)m(Y = RXi*T*20

Q)m(X = siendo,

X e Y distancias reales en metros Q caudal en m3/h durante las 24 horas del día XR e YR distancias en cm en el ábaco T transmisividad en m2/h i gradiente hidráulico en reposo - Finalmente se traza la curva en el mapa de trabajo determinando así el perímetro de protección de la captación.

Clase 10.12 Pág. 12 de 18

Figura 10.27. Ábaco para el cálculo de la isocrona según el método de Jacobs y Bear (IGME,

2003).

2- Método de Wyssling Este método consiste en el cálculo de la zona de llamada de la captación, es decir, la parte del agua subterránea en la que se puede apreciar un descenso piezométrico como consecuencia del bombeo. La

Clase 10.12 Pág. 13 de 18

resolución precisa conocer el valor del gradiente hidráulico (i), el caudal de bombeo (Q), la permeabilidad (K), la porosidad eficaz (m) y el espesor saturado del acuífero (b), IGME (2003). Se define como zona de llamada de una captación, la parte del área de alimentación en la cual puede apreciarse un descenso piezométrico consecuencia del bombeo, y las líneas de corriente se dirigen a la captación. Procedimiento (IGME 2003 modificado): (es un método diseñado para acuíferos con porosidad intergranular y homogéneos, peor no tiene en cuenta las heterogeneidades del acuífero). a) Cálculo de la zona de llamada: - Anchura del frente de llamada (Figura 10.28):

i*b*K

QB = siendo B la anchura del frente de llamada

- Se calcula el radio de llamada:

i*b*K**2

QoX

π=

- Ancho del frente de llamada a la altura de la captación:

( )i*b*k*2Q

2BB ==′

b) Cálculo de la velocidad eficaz Ve

emi*K

eV =

c) Cálculo de las isocronas. Resolución geométrica: con la zona de llamada determinada, se busca en la dirección del flujo la distancia correspondiente al tiempo de tránsito deseado (isocronas).

- Se calcula ( )2

ALoS += . Es la distancia aguas arriba en la dirección del

flujo, correspondiente a un tiempo de tránsito t

- Se calcula ( )2

ALuS +−= . Es la distancia aguas abajo en la dirección del

flujo, correspondiente a un tiempo de tránsito t.

Siendo t*eVL = y donde t es el tiempo de tránsito (isocrona) y

( )( )0X8L*LA +=

Clase 10.12 Pág. 14 de 18

Figura 10.28. Cálculo de perímetros de protección mediante la aplicación del método Wyssling (IGME 2003, modif).

Isocronas

Su So

Ancho m áxim o zona llam ada, B

Área de llam ada

Ancho zona llam ada altura pozo, B ’

Xo Xo = Radio m áxim o de llam ada

Lím ites longitudinales del perím etro de protección en función de la isocrona (proyección)

Clase 10.12 Pág. 15 de 18

D-2- Medios cársticos o fisurados:

1- Modelos conceptuales hidrogeológicos, modelos matemáticos, estudios de trazadores... con el objeto de establecer zonaciones (cuya forma variará mucho en función de la heterogeneidad del acuífero y especialmente su tipo y zona de recarga). 2- Área escogida arbitrariamente. 3- Establecimiento de un radio fijo en función del descenso en el pozo. 4- Método de Albinet. 5- Estudio del potencial de autodepuración del terreno.

10.12.6. Problemática asociada a la puesta en funcionamiento de áreas de protección de las captaciones y a las distintas metodologías utilizadas para su confección En el Libro Blanco de las Aguas Subterráneas de 1995 se contemplaba el establecimiento de perímetros de protección para captaciones de uso doméstico, en cuyo interior se limita o prohíbe el desarrollo de actividades contaminantes. El programa preveía una fase de identificación y caracterización por cuencas hidrográficas de las captaciones existentes. Éstas se dividirán según abastezcan a más de 15.000 habitantes, para después continuar con las que sirven a una población entre 2.000 y 15.000 habitantes y finalizar con las restantes. Dentro de los planes hidrológicos de cuenca, se contemplan en algunos casos, la determinación de medias de protección o el uso perímetros de protección en diversos acuíferos, que dada su importancia regional o la presión ejercida sobre éstos son objeto de especial interés. Desgraciadamente, la puesta en práctica de dichos decretos es muy dificultosa por una serie de motivos: - La declaración de perímetros de protección presenta enormes interferencias con otras actividades territoriales y con la propiedad del terreno o con su valor. Los propietarios afectados se encuentran con una servidumbre poco grata y el derecho de propiedad está muy arraigado. Se pueden producir protestas que legalmente no se sabe si son o no son viables, ya que no hay experiencia legal.

Clase 10.12 Pág. 16 de 18

Custodio (1994), definió una serie de dificultades o de puntos que es necesario solventar para el buen funcionamiento de las áreas de protección, sintéticamente son: 1- ¿Cómo establecerlas técnicamente? Desde el punto de vista técnico, se considera que el establecimiento de perímetros de protección, permite tener un lapso de tiempo razonable para que se pueda reaccionar en caso de un vertido tóxico al acuífero. Sin embargo, la ubicación de perímetros de forma genérica no es capaz de impedir el deterioro paulatino de los acuíferos debido a una mala ordenación territorial. Este establecimiento depende del acuífero y de su estado actual, del caudal a extraer o tomar, del efecto de otros pozos y de su interacción con las aguas superficiales. En general, la existencia de normas que regulan los perímetros de protección no debería ser obstáculo a su adaptación a cada tipo de acuífero en concreto, y ser también función de la vulnerabilidad específica del sistema acuífero y su hidrodinámica, por lo que se debería realizar un estudio hidrogeológico de detalle para cada acuífero en el que se pretenda aplicar dicha figura de protección. 2- ¿Cómo se deben aplicar los perímetros? Se hace necesario llegar a acuerdos con las diversas poblaciones, propietarios de captaciones, entes locales y resto de administraciones. 3- ¿Se debe indemnizar? Se deben de fijar criterios y cuantías. 4- ¿Cómo hacer respetar las áreas de protección? Se debe de involucrar a todos los sectores implicados en la necesidad de dicha protección. 5-¿Cómo han reaccionado los propietarios o habitantes? ¿la reacción depende de si la captación es de una empresa pública o privada?. 6- ¿Cuál será la respuesta cuando se deban modificar los perímetros anteriormente establecidos?. 7- ¿Existen problemas cuando se deben proteger nuevas captaciones?

Clase 10.12 Pág. 17 de 18

8- ¿Es posible establecer áreas en previsión de futuras captaciones? 9- ¿Los futuros perímetros de protección conllevarán la retirada de instalaciones y servicios contaminantes, pero que llevan instaurados muchos años? 10.12.7. Protección de las áreas de recarga y de la zona no saturada del acuífero La protección de las zonas de recarga o la creación de nuevas zonas de recarga artificial es una de las actuaciones más ligadas a la protección de la cantidad de agua en los acuíferos. Los cambios de usos del territorio, tales como deforestaciones, reforestaciones, grandes transformaciones agrarias, urbanizaciones, grandes vías de comunicación, establecimiento de polígonos industriales, suelen tener grandes efectos sobre estas zonas. Cuando un gran porcentaje de la recarga procede de aguas fluviales, intervenciones que modifiquen el grado de turbidez, el régimen de las aguas, que provoquen su encauzamiento o que exploten la unidad hidrogeológica para la obtención de áridos, propician frecuentemente severas variaciones en la cantidad de la recarga o la calidad del agua recargada (Custodio, 1994). Del mismo modo, la protección de la zona no saturada de los acuíferos libres es uno de los aspectos más fundamentales y más frecuentemente olvidada. Buena parte de la permanencia en el terreno de un contaminante se produce en la zona no saturada, siendo de muy difícil observación. La protección del acuífero en este aspecto se centra actualmente en la prevención de aquellas acciones humanas con capacidad para producir contaminación, tanto por cambios hidrodinámicos, como por la presencia en el territorio de sustancias y actividades contaminantes. También incluye aquellas acciones que alteren las características y espesor del suelo o que acerquen a la superficie el nivel freático. 10.12.8. Conclusiones La protección de los acuíferos es un aspecto que a pesar de estar estrechamente relacionado con los problemas de contaminación, sobrepasa dicho ámbito para ocuparse, de la protección de la cantidad del recurso, y

Clase 10.12 Pág. 18 de 18

sobretodo, definir actuaciones para la preservación de los acuíferos como recurso sostenible. Todo ello añade una nueva justificación para acabar con la actual división existente entre los responsables técnicos de la cantidad y la calidad del agua que se da en España, ya que se trata de dos partes del mismo problema. Toda actividad de protección en materia de aguas subterráneas acaba implicando una restricción de usos del terreno o de actividades humanas, por lo que debe ser aplicada de la manera más ajustada posible y con el grado de información suficiente del territorio objeto de la protección y los conocimientos técnicos y científicos apropiados. Por último, cabe recordar que la protección de un acuífero no es efectiva si no se considera el medio no saturado como parte esencial tanto en cantidad como en calidad de los recursos de agua de un acuífero. Asimismo, es importante reafirmar que la protección de la cantidad del recurso o las reservas, comporta necesariamente la protección de las zonas de recarga natural y la implantación de nuevas áreas o sistemas de recarga artificial. En este sentido, se deberían tener en cuenta los siguientes factores que condicionan el flujo subterráneo (en CEIA, 1996). 1) Intensidad, fuente y localización de la recarga. 2) Características, disposición y propiedades hidráulicas del terreno en el medio no saturado y saturado. 3) Controles naturales y artificiales existentes. 4) Posición y variación de los niveles piezométricos. 5) Límites en profundidad y laterales del acuífero. 6) Posibles causas de la contaminación.