10.- manual de contabilidad gubernamental

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Lunes 22 de noviembre de 2010 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO ACUERDO por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental. Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Armonización Contable. ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental (Ley de Contabilidad), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos. La Ley de Contabilidad es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales. El órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental es el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos, previamente formuladas y propuestas por el Secretario Técnico. El CONAC desempeña una función única debido a que los instrumentos normativos, contables, económicos y financieros que emite deben ser implementados por los entes públicos, a través de las modificaciones, adiciones o reformas a su marco jurídico, lo cual podría consistir en la eventual modificación o expedición de leyes y disposiciones administrativas de carácter local, según sea el caso. Por lo anterior, el CONAC, en el marco de la Ley de Contabilidad está obligado a contar con un mecanismo de seguimiento que informe el grado de avance en el cumplimiento de las decisiones de dicho cuerpo colegiado. El Secretario Técnico del CONAC realizará el registro de los actos que los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal ejecuten para adoptar e implementar las decisiones tomadas por el CONAC en sus respectivos ámbitos de competencia. El Secretario Técnico será el encargado de publicar dicha información, asegurándose que cualquier persona pueda tener fácil acceso a la misma. Lo anterior cumple con la finalidad de proporcionar a la población una herramienta de seguimiento, mediante la cual se dé cuenta sobre el grado de cumplimiento de las entidades federativas y municipios. No se omite mencionar que la propia Ley de Contabilidad establece que las entidades federativas que no estén al corriente en sus obligaciones, no podrán inscribir obligaciones en el Registro de Obligaciones y Empréstitos. En el marco de la Ley de Contabilidad, las Entidades Federativas deberán asumir una posición estratégica en las actividades de armonización para que cada uno de sus municipios logre cumplir con los objetivos que dicha ley ordena. Los gobiernos de las Entidades Federativas deben brindar la cooperación y asistencia necesarias a los gobiernos de sus municipios, para que éstos logren armonizar su contabilidad, con base en las decisiones que alcance el CONAC.

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  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 1

    SEGUNDASECCIONSECRETARIADEHACIENDAYCREDITOPBLICO

    ACUERDOpor elqueseemiteelManualdeContabilidadGubernamental.

    Almargenunlogotipo,quedice:ConsejoNacionaldeArmonizacinContable.

    ACUERDOPORELQUESEEMITEELMANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    ANTECEDENTES

    El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federacin la Ley General de

    ContabilidadGubernamental(LeydeContabilidad),que tienecomoobjetoestablecer loscriteriosgenerales

    queregirnlaContabilidadGubernamentalylaemisindeinformacinfinancieradelosentespblicos,conel

    findelograrsuadecuadaarmonizacin,parafacilitaralosentespblicoselregistroylafiscalizacindelos

    activos,pasivos,ingresosygastosy,engeneral,contribuiramedirlaeficacia,economayeficienciadelgasto

    eingresopblicos.

    LaLeydeContabilidadesdeobservanciaobligatoriaparalospoderesEjecutivo,LegislativoyJudicialde

    laFederacin,entidadesfederativaslosayuntamientosdelosmunicipioslosrganospolticoadministrativos

    delasdemarcacionesterritorialesdelDistritoFederallasentidadesdelaadministracinpblicaparaestatal,

    yaseanfederales,estatalesomunicipalesylosrganosautnomosfederalesyestatales.

    ElrganodecoordinacinparalaarmonizacindelacontabilidadgubernamentaleselConsejoNacional

    de Armonizacin Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la emisin de las normas contables y

    lineamientos para la generacin de informacin financiera que aplicarn los entes pblicos, previamente

    formuladasypropuestasporelSecretarioTcnico.

    El CONAC desempea una funcin nica debido a que los instrumentos normativos, contables,

    econmicos y financieros que emite deben ser implementados por los entes pblicos, a travs de las

    modificaciones,adicionesoreformasasumarcojurdico,locualpodraconsistirenlaeventualmodificacino

    expedicindeleyesydisposicionesadministrativasdecarcterlocal,segnseaelcaso.

    Por lo anterior, el CONAC, en el marco de la Ley de Contabilidad est obligado a contar con un

    mecanismodeseguimientoque informeelgradodeavanceenelcumplimientode lasdecisionesdedicho

    cuerpocolegiado.ElSecretarioTcnicodelCONACrealizarelregistrodelosactosquelosgobiernosdelas

    entidades federativas,municipios y demarcaciones territoriales delDistritoFederal ejecutenpara adoptar e

    implementarlasdecisionestomadasporelCONACensusrespectivosmbitosdecompetencia.

    El Secretario Tcnico ser el encargado de publicar dicha informacin, asegurndose que cualquier

    persona pueda tener fcil acceso a la misma. Lo anterior cumple con la finalidad de proporcionar a la

    poblacinunaherramientadeseguimiento,mediantelacualsedcuentasobreelgradodecumplimientode

    lasentidadesfederativasymunicipios.NoseomitemencionarquelapropiaLeydeContabilidadestablece

    quelasentidadesfederativasquenoestnalcorrienteensusobligaciones,nopodrninscribirobligaciones

    enelRegistrodeObligacionesyEmprstitos.

    EnelmarcodelaLeydeContabilidad,lasEntidadesFederativasdebernasumirunaposicinestratgica

    enlasactividadesdearmonizacinparaquecadaunodesusmunicipioslogrecumplirconlosobjetivosque

    dicha ley ordena. Los gobiernos de las Entidades Federativas deben brindar la cooperacin y asistencia

    necesariasalosgobiernosdesusmunicipios,paraquestoslogrenarmonizarsucontabilidad,conbaseen

    lasdecisionesquealcanceelCONAC.

  • 2 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    Asimismo,esnecesarioconsiderarqueelpresenteacuerdoseemiteconel findeestablecer lasbases

    paraquelosgobiernos:federal,delasentidadesfederativasymunicipales,cumplanconlasobligacionesque

    lesimponeelartculocuartotransitoriodelaLeydeContabilidad.Loanteriorenelentendidodequelosentes

    pblicos de cada nivel de gobierno debern realizar las acciones necesarias para cumplir con dichas

    obligaciones.

    El presente acuerdo fue sometido a opinin del Comit Consultivo, el cual integr distintos grupos de

    trabajo, contando con la participacin de entidades federativas, municipios, la Auditora Superior de la

    Federacin,lasentidadesestatalesdeFiscalizacin,elInstitutoparaelDesarrolloTcnicodelasHaciendas

    Pblicas,elInstitutoMexicanodeContadoresPblicos,laFederacinNacionaldelaAsociacinMexicanade

    ContadoresPblicos,laComisinPermanentedeContraloresEstadosFederacin.Ascomolosgruposque

    integralaComisinPermanentedeFuncionariosFiscales.

    El 11 de octubre de 2010 el Comit Consultivo hizo llegar al Secretario Tcnico la opinin sobre el

    proyectodeAcuerdoporelqueseemiteelManualdeContabilidadGubernamental.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artculos 6 y 9, fraccin I, de la Ley General de

    ContabilidadGubernamental,elCONAChadecididolosiguiente:

    PRIMERO.SeemiteelManualdeContabilidadGubernamentalalquehacereferenciaelartculotercero

    transitorio,fraccinIVdelaLeydeContabilidad,elcualseintegraconlossiguientescaptulos:

    CaptuloI AspectosGeneralesdelaContabilidadGubernamental

    CaptuloII Fundamentos Metodolgicos de la Integracin y Produccin Automtica de

    InformacinFinanciera

    CaptuloIII PlandeCuentas

    CaptuloIV InstructivosdeManejodeCuentas

    CaptuloV ModelodeAsientosparaelRegistroContable

    CaptuloVI GuasContabilizadoras

    CaptuloVII NormasyMetodologaparalaEmisindeInformacinFinancierayEstructurade

    losEstadosFinancierosBsicosdelEntePblicoyCaractersticasdesusNotas

    AnexoI MatricesdeConversin.

    MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    SEGUNDO. El Manual de Contabilidad Gubernamental deber ser actualizado con base en lo que

    determinen las Principales Reglas de Registro y Valoracin del Patrimonio, que analizar y en su caso

    aprobarelCONAC,ascomoporloseventossubsecuentesqueloameriten.

    TERCERO.Encumplimientodelartculo7delaLeydeContabilidad,lospoderesEjecutivo,Legislativoy

    JudicialdelaFederacinyentidadesfederativaslasentidadesylosrganosautnomosdebernadoptare

    implementarelpresenteacuerdoporelqueseemiteelManualdeContabilidadGubernamental.

    CUARTO.Encumplimientoconlosartculos7ycuartotransitorio,fraccinII,delaLeydeContabilidad,

    los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin y entidades federativas las entidades y los

    rganos autnomos debern realizar los registros contables y presupuestarios con base en el Manual de

    ContabilidadGubernamental,amstardarel31dediciembrede2011.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 3

    QUINTO.AladoptareimplementarloprevistoenelpresenteManualdeContabilidadGubernamental,las

    autoridadesenmateriadecontabilidadgubernamentalenlospoderesejecutivosfederal,localesymunicipales

    establecernlaformaenquelasentidadesparaestatalesyparamunicipales,respectivamenteatendiendoasu

    naturaleza,seajustarnalmismo.Loanterior,entantoelCONACemiteloconducente.

    SEXTO. En cumplimiento con los artculos 7 y quinto transitorio de la Ley de Contabilidad, los

    ayuntamientosdelosmunicipiosy losrganospolticoadministrativosdelasdemarcacionesterritorialesdel

    Distrito Federal debern adoptar e implementar el presente acuerdo por el que se emite el Manual deContabilidadGubernamental.

    SEPTIMO. En cumplimiento con los artculos 7 y quinto transitorio de la Ley de Contabilidad, los

    ayuntamientosdelosmunicipiosy losrganospolticoadministrativosdelasdemarcacionesterritorialesdel

    Distrito Federal debern realizar los registros contables y presupuestarios con base en el Manual

    deContabilidadGubernamental,amstardarel31dediciembrede2011.

    OCTAVO. De conformidad con los artculos 1 y 7 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las

    EntidadesFederativasdebernadoptare implementar lasdecisionesdelCONAC,valaadecuacindesus

    marcosjurdicos, locualpodraconsistirenlaeventualmodificacinoformulacindeleyesodisposiciones

    administrativasdecarcterlocal,segnseaelcaso.

    NOVENO.Deacuerdo con lo previsto enel artculo 1 de la Ley deContabilidad, los gobiernos de las

    Entidades Federativas debern coordinarse con los gobiernosmunicipales para que logren contar con un

    marcocontablearmonizado,atravsdelintercambiodeinformacinyexperienciasentreambosrdenesde

    gobierno.

    DECIMO.Entrminosdelosartculos7y15delaLeydeContabilidad,elSecretarioTcnicollevarunregistro pblico en una pgina de Internet de los actos que los gobiernos de las entidades federativas,

    municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal realicen para la adopcin e implementacin

    del presente acuerdo. Para tales efectos, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios

    y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal remitirn al Secretario Tcnico la informacin

    relacionada con dichos actos. Dicha informacin deber ser enviada a la direccin electrnica

    [email protected],dentrodeunplazode15dashbilescontadosapartirdelaconclusin

    delplazofijadoporelCONAC.

    DECIMOPRIMERO.Entrminosdelartculo15de laLeydeContabilidad, lasentidades federativasy

    municipios slo podrn inscribir sus obligaciones en el Registro de Obligaciones y Emprstitos si se

    encuentranalcorrienteconlasobligacionescontenidasenlaLeydeContabilidad.

    DECIMOSEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el artculo 7, segundo prrafo de la Ley de

    Contabilidad,elManualdeContabilidadGubernamentalserpublicadoenelDiarioOficialdelaFederacin,

    ascomoenlosmediosoficialesdedifusinescritosyelectrnicosdelasentidadesfederativas,municipiosydemarcacionesterritorialesdelDistritoFederal.

    EnlaCiudaddeMxico,DistritoFederal,siendolas13:00horasdelda4denoviembredelaodosmil

    diez, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestin Pblica de la

    Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en mi calidad de Secretario Tcnico del Consejo Nacional de

    Armonizacin Contable, HACE CONSTAR que el documento consistente de 526 fojas tiles denominado

    ManualdeContabilidadGubernamental,correspondeconlostextosaprobadosporelConsejoNacionalde

    ArmonizacinContable,mismosqueestuvieronalavistadelosintegrantesdedichoConsejoensusegunda

    reunin celebrada el pasado 4 de noviembre del presente ao. Lo anterior para los efectos legales

    conducentes,confundamentoenelartculo7delaLeyGeneraldeContabilidadGubernamentalyenlaregla

    20de lasReglasdeOperacindelConsejoNacionaldeArmonizacinContable.ElSecretarioTcnicodel

    ConsejoNacionaldeArmonizacinContable,MoissAlcaldeVirgen.Rbrica.

  • 4 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    PRESENTACIN

    ElPlanNacionaldeDesarrollo20072012establecelosobjetivosnacionales,estrategiasyprioridadesque

    regirn la accin de gobierno. De l se desprenden los ideales y compromisos que el Gobierno Federal

    establece con los ciudadanos. El Plan es el documento base de los programas sectoriales, especiales,

    institucionalesyregionalesydefineelDesarrolloHumanoSustentablecomopremisabsicaparaeldesarrollo

    integraldelpas,ascomolosobjetivosy lasprioridadesnacionalesarticulandocincoejesdepolticaenel

    siguienteorden:

    1.EstadodeDerechoyseguridad.

    2.Economacompetitivaygeneradoradeempleos.

    3.Igualdaddeoportunidades.

    4.Sustentabilidadambiental.

    5.Democraciaefectivaypolticaexteriorresponsable.

    En el eje 2 Economa competitiva y generadora de empleos se encuentra el punto 2.1 Poltica

    hacendariaparalacompetitividadenelcualseconstituyeelobjetivodeContarconunahaciendapblica

    responsable,eficienteyequitativaquepromuevaeldesarrolloenunentornodeestabilidadeconmica.Para

    lograr dicho objetivo el Plan establece estrategias, siendo la estrategia 1.3 la de Garantizar una mayor

    transparenciayrendicindecuentasdelgastopblicoparaasegurarque los recursosseutilicende forma

    eficiente,ascomoparadestinarmsrecursosaldesarrollosocialyeconmico.

    Porsuparte,enelEje5delPlanyenmateriadetransparenciayrendicindecuentas,seestablececomo

    Objetivo5eldePromoverygarantizarlatransparencia,larendicindecuentas,elaccesoalainformaciny

    laproteccindelosdatospersonalesentodoslosmbitosdegobierno.Paralograresteobjetivolaestrategia

    5.5 busca promover los mecanismos para que la informacin pblica gubernamental sea clara, veraz,

    oportunayconfiable.ElPlanaclaraquelainformacinnotieneunbeneficiorealsistanoescomprensible,

    porello, laqueponganadisposicinlasdependenciasyentidadesde laadministracinpblicadeberser

    confiable,oportuna,clarayveraz.

    ConbaseenelPlan,losobjetivosyestrategiasantesmencionadosenjuniode2007elejecutivofederal

    present,atravsdelaSecretaradeHaciendayCrditoPblico,laReformaHacendariaPorlosqueMenos

    Tienen,ellacontenareformasenmateriadeadministracintributaria,federalismofiscal,sistematributarioy

    gastopblico.Enmateriadegastopblicounadelaspropuestasimpulsadasfueelhomologarlacontabilidad

    gubernamental en los tres rdenes de gobierno conformea lasmejores prcticas internacionales. Para lo

    anterior,sereformelartculo73,fraccinXXVIII,atravsdelcualsefacultalCongresodelaUninpara

    legislar enmateria de contabilidad gubernamental y la presentacinhomognea de informacin financiera

    paralaFederacin,entidadesfederativas,municipios,DistritoFederalysusdemarcacionesterritorialesafin

    degarantizarsuarmonizacinanivelnacional.

    El objetivo que gui al Ejecutivo Federal a impulsar esa reforma es que todas las entidades pblicas

    apliquen losprincipios, reglase instrumentosde lacontabilidadgubernamentalparafacilitarel registroy la

    fiscalizacindesusactivos,pasivos,ingresosygastos,comomedicionesdeaspectostalescomolaeficacia

    econmica y eficiencia del gastoy los ingresospblicos, la administracinde la deudapblica, incluyendo

    obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado. Estas condiciones permitirn generar informacin

    accesiblealpblicoquecadadademandamayorinformacinsobrelaformaydestinoquelosgobiernosdan

    alascontribuciones.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 5

    La reforma constitucional facilit la entrada a la presentacin y aprobacin de la Ley General deContabilidadGubernamental,mismaqueentrenvigorel1o.deenerode2009.LaLeytienecomoprincipalobjetivo establecer los criterios generales que regirn la contabilidad gubernamental y la emisin de

    informacinfinancieradelosentespblicosconelfindelograrsuadecuadaarmonizacin.

    DerivadodelaLey,seestableceunmarcoinstitucionalincluyentedelosdistintosrdenesdegobiernoy

    autoridades en materia de contabilidad gubernamental al crear un Consejo Nacional de Armonizacin

    Contable (CONAC),comorganodecoordinacinparalaarmonizacindelacontabilidadgubernamentaly

    conelobjetodeemitirlasnormascontablesylineamientosparalageneracindeinformacinfinancieraque

    aplicarnlosentespblicos.AlafechaydeacuerdoconsusatribucioneselCONACyahaemitidoacuerdos

    enmateriadelacontabilidadgubernamentalaprobando:

    v MarcoConceptualdelSistemadeContabilidadGubernamental.

    v PostuladosBsicos.

    v NormayMetodologaparaelregistrodelosmomentoscontablesdelosingresosydelosegresos.

    v Clasificadorporrubrosdeingresos.

    v Clasificadorporobjetodelgasto.

    v Clasificadorportipodegasto.

    v PlandeCuentas.

    v EstructuradelosEstadosFinancierosBsicosycaractersticasdesusnotas.

    v ClasificacinFuncionaldelGasto.(Anivelfuncinpendientelaconclusindeltercernivelsubfuncin)

    v Lineamientosparamedirlosavancesfsicoyfinancieros.

    LaLeyintroduceunnuevoesquemadecontabilidadgubernamentalbajolosestndaresmsavanzadosa

    nivel nacional e internacional, el cual es aplicable a los tres poderes y los rganosautnomosen los tres

    niveles de gobierno.Contemplaque la contabilidadgubernamental seaunelementoefectivo y clave en la

    tomadedecisionessobrelasfinanzaspblicasynoslounmedioparaelaborarcuentaspblicas,establece

    parmetrosyrequisitosmnimosobligatoriosdelacontabilidadenlostresrdenesdegobierno.DelaLeyse

    desprenden caractersticas del Sistema de Contabilidad Gubernamental como el reconocimiento y

    seguimientodelasetapaspresupuestalesdelingresoygasto,llamadosmomentoscontables,lacontabilidad

    conbaseendevengado,acumulativaypatrimonial.

    DerivadodelaimplementacindelaLey,ascomodelaaprobacinderesolucionesdelCONACsurgeel

    SistemadeContabilidadGubernamental,mismoquegenerarbeneficiostangiblesenmateriadeinformacin

    financiera, toma de decisiones de los gobiernos, transparencia y rendicin de cuentas. Algunos de los

    conceptosquetutelanysingularizanelsistemason:

    v Armonizacindelascuentaspblicas.

    v Considerarlasmejoresprcticascontablesnacionaleseinternacionales.

    v Clasificadorespresupuestarios,listasdecuentasycatlogosdebienesoinstrumentossimilaresque

    permitansuinterrelacinautomtica.

    v Integrarenformaautomticaelejerciciopresupuestarioconlaoperacincontable.

    v Registroautomticoypornicavezdelastransacciones.

    v Generar,entiemporeal,estadosfinancierosydeejecucinpresupuestaria.

    v Informacinverazyoportunaparalatomadedecisiones.

  • 6 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    v Medicindelaeficacia,economayeficiencia.

    v Publicarinformacincontable,presupuestariayprogramtica,enpginaselectrnicas.

    v Informacin,transparenciayrendicindecuentas.

    Lacontabilidadgubernamentalqueseestdiseandobajolosconceptosypremisasanteriores,permitir

    cumplir con la generacin de la informacin y estados contables, presupuestarios, programticos y

    econmicos que establece la ley, los que por su estructura, claridad y oportunidad sern aptos para ser

    utilizadosenelprocesodetomadedecisionestantoporlosresponsablesdedisearyevaluarlapolticafiscal

    comoporquienestienenacargolagestinoperativadelgobierno.Lasociedad,elCongreso,losgobiernosy

    otros agentes cada da demandanmayor informacin sobre el destino y usoque los gobiernos dan a los

    recursos. A partir de la correcta implementacin del sistema, el acceso a informacin consistente y

    armonizadaquepermita el anlisis y la comprensinde la informacinqueel sistemaaportar, serms

    sencillaycomprensibleparatodoaquelquetengaunconocimientoelementalenmateriadefinanzaspblicas.

    Encumplimientodelaley,elsistemaestdiseadodentrodelosparmetrosgeneralesestablecidospor

    las normas internacionales y nacionales que rigen al respecto y que especficamente son las Normas

    Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (NICSP), emitidas por el Consejo de Normas

    internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (IPSASB) de la Federacin Internacional de

    Contadores(IFAC)y lasNormasdeInformacinFinanciera(NIF)emitidasporelConsejoMexicanoparala

    InvestigacinyDesarrollodeNormasdeInformacinFinanciera(CINIF).

    Porotraparte,elsistemagenerarinformacindetipoeconmico,mismaquebuscafacilitarelanlisisde

    la gestin fiscal de los gobiernos y que se ha estructurado siguiendo los lineamientos aceptados

    internacionalmenteyestablecidossobreelparticularporelSistemadeCuentasNacionalesyelManualde

    EstadsticasdelasFinanzasPblicas.Elcaminoquesehatomadoenlaarmonizacincontablemanifiestala

    importanciaquesepretendedaralainformacinpresupuestalycontabledelagestinfinancieradelsector

    pblicoenelordenFederal,estatalymunicipal.

    El Manual de Contabilidad constituye la base normativa mnima del nuevo modelo de Contabilidad

    Gubernamentalytienecomopropsitosmostrar losconceptosbsicos, loselementosque lo integrany las

    bases tcnicas y metodolgicas en que debe sustentarse para que su funcionamiento operativo, lo cual

    permita generar en forma automtica y en tiempo real, estados de ejecucin presupuestaria, contables y

    econmicos, encuadrados en la Ley, en elmarco conceptual, los postulados bsicos y las caractersticas

    tcnicasdelsistemayaaprobadasporelCONAC.

    LarutadearmonizacinestablecidaenlaLeyGeneraldeContabilidadGubernamentalpermiteobservar

    unaprimeraetapaconsistenteenlaemisindenormasquedebernseraprobadasporelCONACdurante

    2009y2010.Lasegundaetapaconsisteenelprocesodeimplementacindelasnormas,elcualincluyelos

    desarrollos informticos y la debida implantacinde losmismos, a partir de loscontenidos conceptuales y

    funcionalesdelManual.Unaterceraetapa,eselprocesodeconvergenciaconlasNormasInternacionalesde

    Contabilidad para el Sector Pblico. En esa lgica el Manual de Contabilidad, constituye una pieza

    fundamental para cumplir con el horizonte real del proceso de armonizacin, establecido en la Ley y que

    solamenteconvoluntad,preparacinycooperacinentrelosdistintosrdenesdegobiernoyresponsablesde

    lagestinfinancieradelsectorpblicopodrserrealidad.

    MoissAlcaldeVirgen

    SecretarioTcnicodelCONAC

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 7

    MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    INDICEDECAPITULOS

    INTRODUCCIN

    CAPTULOI ASPECTOSGENERALESDELACONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    CAPTULOII FUNDAMENTOS METODOLGICOS DE LA INTEGRACIN Y PRODUCCIN AUTOMTICA DEINFORMACINFINANCIERA

    CAPTULOIII PLANDECUENTAS

    CAPTULOIV INSTRUCTIVOSDEMANEJODECUENTAS

    CAPTULOV MODELODEASIENTOSPARAELREGISTROCONTABLE

    CAPTULOVI GUASCONTABILIZADORAS

    CAPTULOVII NORMASYMETODOLOGAPARALAEMISINDEINFORMACINFINANCIERAYESTRUCTURADELOSESTADOSFINANCIEROSBSICOSDELENTEPBLICOYCARACTERSTICASDESUSNOTAS

    ANEXO I MATRICESDECONVERSIN

    INTRODUCCIN

    LaLeyGeneraldeContabilidadGubernamental(LeydeContabilidad)disponequeelConsejoNacionaldeArmonizacin Contable (CONAC), en su calidad de rgano coordinador para la armonizacin de lacontabilidadgubernamental,esresponsabledeemitir lasnormascontablesylineamientosqueaplicarnlosentespblicosparalageneracindeinformacinfinanciera.Elementofundamentaldentrodetalesfunciones,lorepresentaelemitirduranteelao2010elmanualdecontabilidadgubernamental(Manual),elcuales lareferenciaparaquecadaentepblicoelaboresusmanualescorrespondientes.Lasautoridadesenmateriadecontabilidadgubernamentalenlospoderesejecutivosfederal,localymunicipalestablecernlaformaenquelasentidadesparaestatalesyparamunicipales, respectivamenteatendiendoasunaturaleza,seajustarnalmismo.

    DeacuerdoconlaLeydeContabilidad,elmanualeseldocumentoconceptual,metodolgicoyoperativoque contiene, comomnimo, su finalidad, elmarco jurdico, lineamientos tcnicos, la lista de cuentas, losinstructivosparaelmanejodelascuentas,lasguascontabilizadorasylaestructurabsicadelosprincipalesestados financieros a generarse en el sistema. En complemento, y conforme a lo sealado por el CuartoTransitoriodedichaLey, tambin formarnpartedelmanual lasmatricesdeconversinconcaractersticastcnicas tales que, a partir de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catlogos de bienes oinstrumentossimilaresquepermitansuinterrelacinmodular,generenelregistroautomticoypornicavezdelastransaccionesfinancierasenlosmomentoscontablescorrespondientes.

    Bajo este marco, el presente Manual tiene como propsito mostrar en un solo documento todos loselementos del sistema contable que seala la Ley de contabilidad, as como las herramientas ymtodosnecesarios para registrar correctamente las operaciones financieras y producir, en forma automtica y entiempo real, la informacin y los estados contables, presupuestarios, programticos y econmicos que serequieran.Sucontenidofacilitalaarmonizacindelossistemascontablesdelostresrdenesdegobierno,apartirdelaeliminacindelasdiferenciasconceptualesytcnicasexistentes.

    LametodologaderegistrocontabledesarrolladaenelManual,cubrelatotalidaddelastransaccionesdetipo financiero, ya sea que provengan de operaciones presupuestarias o de cualquier otra fuente. En elManualnoseefectaunadescripcinintegralde losprocesosadministrativos/financierosyde loseventosconcretosde losmismos que generan los registros contables. Cabe destacar que, tanto en elModelo deAsientoscomoenlasGuasContabilizadoras,seincluyenlosprincipalesprocesosquemotivanlosregistroscontables.

    Lapartemetodolgicaestdesarrolladadeacuerdoconlasoperacionesque,fundamentalmente,realizanlosentespblicos,mismosqueapartirdeloscontenidosdelManual,debernelaborarsuspropiosmanualesy podrn abrir las subcuentas y otras desagregaciones que requieran para satisfacer sus necesidadesoperativaso de informacingerencial, a partir de la estructura bsicadel plande cuentas, conservando laarmonizacinconlosdocumentosemitidosporelCONAC.

    LaaprobacinyemisinporpartedelCONACdeloscontenidosdeesteManual,secomplementarconlas principales reglasdel registro y valoracin de patrimonio, que elmismo emita, demanera tal que conambos instrumentos se concluirn las bases tcnicas estructurales y funcionales de la contabilidadgubernamental.

    A los contenidos delManual correspondeadicionar las normaso lineamientos especficos queemita laautoridadcompetenteenmateriadecontabilidadgubernamentalencadaordendegobierno.

  • 8 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    As,elpresentedocumentose integrde7CaptulosyunAnexo.Acontinuacinse realizaunabrevedescripcinsobreelcontenidodecadaunodeellos.

    EnelCaptuloIAspectosGeneralesdelaContabilidadGubernamental:sedesarrollanlosaspectosnormativos y tcnicos generales que enmarcan y condicionan el nuevo Sistema de ContabilidadGubernamental (SCG), los cuales obedecen, en su mayor parte, a disposiciones de la propia Ley deContabilidad,ascomoaresolucionesemitidasporelCONACyalateorageneraldelacontabilidad.

    El Captulo II Fundamentos Metodolgicos de la Integracin y Produccin de InformacinFinanciera: comprende las bases conceptuales y criterios generales a aplicar en el diseo funcional einformticoparalaconstruccindelSistemaIntegradodeContabilidadGubernamental(SICG).Estesistemaestarsoportadoporunaherramientamodularautomatizada,cuyopropsitofundamentalradicaenfacilitarelregistronicodelasoperacionespresupuestariasycontables,realizadoenformaautomticaalmomentoenqueocurranloseventosdelosprocesosadministrativosquelesdieronorigen,demaneraquesedispongaentiempo real de estados sobre el ejercicio del Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos, as comocontablesyeconmicos.

    Porsuparte,elCaptuloIIIPlandeCuentas:presentaapartirdelaestructuraycontenidoaprobadoporelCONAC,unaversinactualizada,adicionandosuscorrespondientesdescripcioneshastaelcuartoniveldeapertura.EstePlandeCuentasfueelaboradosobrelasbaseslegalesytcnicasestablecidaspor laLeydeContabilidad, el Marco Conceptual y los Postulados Bsicos que rigen la contabilidad gubernamental, ascomo en atencin a las propias demandas de informacin de los entes pblicos no empresariales.Adicionalmente,paradarcumplimientoalanormalegalqueestablecelaintegracinautomticadelejerciciopresupuestario con la operacin contable, se requiere que parte de las cuentas que integran el Plan deCuentasseanarmonizadashastaelquintoniveldedesagregacin(Subcuentas).Contalmotivoseincluyeenestemanualdichadesagregacinenloscasoscorrespondientes.

    EnelCaptuloIVInstructivodeManejodeCuentas:sedanaconocerlasinstruccionesparaelmanejodecadaunadelascuentasquecomponenelPlandeCuentas.Sucontenidodeterminalascausaspor lascuales se puede cargar o abonar, si la operacin a registrar est automticamente relacionada con losregistrosdelejerciciodelpresupuestoono, lascuentasqueoperarncontralasmismasenelsistemaporpartidadoble,ellistadodeSubcuentasconsurespectivacodificacin,laformadeinterpretarlossaldosy,engeneral, todo lo que facilita el uso y la interpretacin uniforme de las cuentasque conforman los estadoscontables.

    Al Captulo VModelo de Asientos para el Registro Contable: correspondemostrar el conjunto deasientos contables tipoa quepuedendar lugar las operaciones financieras relacionadas con los ingresos,gastos y el financiamiento pblico y que se realizan en el marco del Ciclo Hacendario, sean staspresupuestariasonopresupuestarias.Estemodelo tienecomopropsitodisponerdeunaguaorientadorasobre cmose debe registrar cadahechoeconmico relevante y habitual de los entes pblicosque tieneimpactosobreelpatrimoniodelosmismos.ElmodelopresentaenprimerlugarlosasientosrelacionadosconelejerciciodelaLeydeIngresosydelPresupuestodeEgresos,quesegeneranautomticamentemediantelamatrizdeconversincontinaconlasnopresupuestariasylospropiosdelasoperacionesdefinanciamiento,paradespusculminarconelmodelodeasientosporpartidadobledelasoperacionespresupuestarias.

    EncuantoalCaptuloVIGuasContabilizadoras:Supropsitoesorientarelregistrodelasoperacionescontablesaquienestienenlaresponsabilidaddesuejecucin,ascomoparatodosaquellosquerequieranconocerloscriteriosqueseutilizanencadaoperacin.Endichasguaslosregistrosseordenanporprocesoadministrativo/financieroysemuestraen formasecuencial losasientoscontablesquesedeben realizarensusprincipalesetapas.EsimportantemencionarqueelManualsemantendrpermanentementeactualizadomediantelaaprobacindenuevasGuasContabilizadoras,motivadasporelsurgimientodeotrasoperacionesadministrativo/financierasoporcambiosnormativosposterioresqueimpactenenlosregistroscontables.

    Por ltimo, en el Captulo VII: Normas ymetodologa para la emisin de informacin financiera yestructuradelosestadosfinancierosbsicosdelentepblicoycaractersticasdesusnotas:Incorporaen forma integral la nueva versin ajustada y actualizada,misma quemuestra los estados e informacinfinanciera (contable,presupuestaria,programticayeconmica)quedebegenerarcadaentepblico,enelmarcodelodispuestoporelArtculo46delaLeydeContabilidad.

    ElAnexoIMatricesdeConversin:muestralaaplicacindelametodologaparalaintegracindeloselementosquedanorigenalaconversindelosregistrosdelasoperacionespresupuestariasencontables.Alrespecto, se ejemplifica como opera la matriz para cada una de las principales transacciones de origenpresupuestario de ingresos y egresos. Como resultadode la aplicacin de estamatriz es posible generarasientos,registrosenloslibrosdecontabilidadymovimientosenlosestadosfinancieros,enformaautomticayentiemporeal.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 9

    CAPITULO I

    ASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    INDICE

    A. ANTECEDENTESSOBRECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    B. FUNDAMENTOLEGALDELACONTABILIDADGUBERNAMENTALENMXICO

    C. ELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    D. LACONTABILIDADGUBERNAMENTALYLOSENTESPBLICOS

    E. LACONTABILIDADGUBERNAMENTAL,LACUENTAPBLICAYLAINFORMACINECONMICA

    F. OBJETIVOSDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    G. PRINCIPALESUSUARIOSDELAINFORMACINPRODUCIDAPORELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    H. MARCOCONCEPTUALDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    I. POSTULADOSBSICOSDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    J. CARACTERSTICATCNICASDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    K. PRINCIPALESELEMENTOSDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    L. ESTADOSFINANCIEROSBSICOSAGENERARPORELSISTEMAYESTRUCTURADELOSMISMOS

    M. CUENTAPBLICA

    CAPITULOI

    ASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL

    A.AntecedentessobrelaContabilidadGubernamental.

    LaContabilidadGubernamentalesunaramadelaTeoraGeneraldelaContabilidadqueseaplicaalasorganizacionesdelsectorpblico,cuyaactividadestreguladaporunmarcoconstitucional,unabaselegalynormastcnicasquelacaracterizanylahacendistintaalaquerigeparaelsectorprivado.

    Lasprincipalesdiferenciasconceptuales,normativasytcnicasentre lacontabilidadgubernamentaly ladelsectorprivadosonlassiguientes:

    El objeto de la contabilidadgubernamental es contribuir entre otras a la economade la haciendapblica en tanto que, las entidades del sector privado est orientada a la economa de laorganizacin.

    El presupuestopara los entes pblicos representa responsabilidades formales y legales, siendoeldocumento esencial en la asignacin, administracin y control de recursosmientras que, en lasentidadesprivadastienecaractersticasestimativasyorientadorasdesufuncionamiento.

    Elprocesode fiscalizacinde lascuentaspblicasestacargode losCongresosoAsambleasatravs de sus rganos tcnicos, en calidad de representantes de la ciudadana y constituye unejerciciopblicoderendicindecuentas.Enelmbitoprivadolafuncindecontrolvarasegneltipodeorganizacin,sinsuperarelConsejodeAdministracin,nombradoporlaAsambleaGeneraldeAccionistaynuncainvolucrarepresentantespopulares.

    LainformacinfinancieradelsectorpblicoespresentadaconestrictoapegoalcumplimientodelaLeyy,engeneral,susestadosfinancierosseorientanainformarsilaejecucindelpresupuestoydeotrosmovimientosfinancierosserealizarondentrodelosparmetroslegalesytcnicosautorizadosmientrasquelosdelacontabilidadempresarialinformansobrelamarchadelnegocio,susolvencia,yla capacidad de resarcir y retribuir a los propietarios su inversin a travs de reembolsos orendimientos.

    Lainformacingeneradaporlacontabilidadgubernamentalesdedominiopblico,integraelregistrode operaciones econmicas realizadas con recursos de la sociedad y como tal, informan losresultadosde lagestinpblica.Enlaempresaprivadaespotestaddesuestructuraorganizativa,divulgarlosresultadosdesusoperacionesyelintersselimitaalosdirectamenteinvolucradosconlapropiedaddedichaempresa,exceptodelasquecotizanenlaBolsaMexicanadeValores.

    Con las excepciones anteriores, tanto la teora general de la contabilidad como las normas sobreinformacinfinancieraqueseutilizanparalasactividadesdelsectorprivadosonvlidasparalacontabilidadgubernamental.

  • 10 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    La contabilidad de las organizaciones, tanto pblicas como privadas, forma parte, a su vez, de unmacrosistema,queeselSistemadeCuentasNacionales.Estemacrosistemacontableconsolidaestadosdetodos los agentes econmicos residentes de un pas1 y a stos con el Sector Externo en un perododeterminadoyexponelosresultadosdelasprincipalesvariablesmacroeconmicasnacionalesoregionales2

    porloqueserequieretambindeinterrelacionescorrectamentedefinidasentreellos.B.FundamentoLegaldelaContabilidadGubernamentalenMxico.ElSistemadeContabilidadGubernamental(SCG)sefundamentaenelArtculo73,FraccinXXVIIIdela

    ConstitucinPolticadelosEstadosUnidosMexicanosque,dentrodelasfacultadesdelCongreso,establecelas de expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirn la contabilidad pblica y lapresentacinhomogneadeinformacinfinanciera,deingresosyegresos,ascomopatrimonialconelfindegarantizarsuarmonizacinanivelnacional.

    Endichomarco,elCongresodelaUninaproblaLeyGeneraldeContabilidadGubernamental(LeydeContabilidad) que rige en la materia a los tres rdenes de gobierno y crea el Consejo Nacional deArmonizacinContable(CONAC).

    ElArtculo1delaLeydeContabilidadestablecequestaesdeobservanciaobligatoriaparalospoderesEjecutivo,LegislativoyJudicialdelaFederacin, losestadosyelDistritoFederal losayuntamientosdelosmunicipios los rganos polticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal lasentidadesdelaadministracinpblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipalesylosrganosautnomosfederalesyestatales.

    Por otra parte, asigna al CONAC el carcter de rgano de coordinacin para la armonizacin de lacontabilidad gubernamental y lo faculta para la emisin de normas contables y lineamientos para lageneracindeinformacinfinancieraqueaplicarnlosentespblicos.

    C.ElSistemadeContabilidadGubernamental.El Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) est conformado por el conjunto de registros,

    procedimientos,criterioseinformesestructuradossobrelabasedeprincipiostcnicoscomunesdestinadosacaptar, valuar, registrar, procesar, exponer e interpretar en forma sistemtica, las transacciones,transformaciones y eventos identificables y cuantificables que, derivados de la actividad econmica yexpresadosentrminosmonetarios,modificanlasituacinpatrimonialdelosentespblicosenparticularydelasfinanzaspblicasengeneral.ElSCG,alquedebernsujetarselosentespblicos,registrardemaneraarmnica,delimitadayespecficalasoperacionespresupuestariasycontablesderivadasdelagestinpblica,ascomootrosflujoseconmicos.Deigualforma,generarperidicamenteestadosfinancierosdelosentespblicos, confiables, oportunos, comprensibles, peridicos y comparables, expresados en trminosmonetarios.

    ElArtculo34delaLeydeContabilidadestableceque Losregistroscontablesdelosentespblicossellevarn con base acumulativa es decir que, la contabilizacin de las transacciones de gasto se harconformealafechadesu realizacin, independientementede ladesupago,y ladel ingresose registrarcuandoexistajurdicamenteelderechodecobro.

    D.LaContabilidadGubernamentalylosEntesPblicos.LaLeydeContabilidadidentificaalosentespblicosdecadaordendegobiernoeinstituyelasnormasy

    responsabilidadesdelosmismosconrespectoalacontabilidadgubernamental.El Artculo 4 fraccin XII de la Ley de Contabilidad, establece que son Entes pblicos: los poderes

    Ejecutivo,LegislativoyJudicialde laFederacinyde lasentidades federativas losentesautnomosde laFederacin y de las entidades federativas los ayuntamientos de los municipios los rganos polticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y las entidades de la administracinpblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipales.

    Porsuparte,elArtculo2disponequeLosentespblicosaplicarnlacontabilidadgubernamentalparafacilitarelregistroylafiscalizacindelosactivos,pasivos,ingresosygastosy,engeneral,contribuiramedirla eficacia, economa y eficiencia del gasto e ingresos pblicos, la administracin de la deuda pblica,incluyendolasobligacionescontingentesyelpatrimoniodelEstado.Dichacontabilidad,talcomoloestablecela citada Ley, deber seguir lasmejores prcticas contables nacionales e internacionales en apoyo a lastareasdeplaneacinfinanciera,controlderecursos,anlisisyfiscalizacin.Asimismo,disponeensuArtculo17que cadaente pblico ser responsable de su contabilidad, de la operacin del sistema as comodelcumplimientodelodispuestoporLeyylasdecisionesqueemitaelConsejo.

    Finalmente,elArtculo52sealaquelosentespblicosdebernelaborarlosestadosdeconformidadconlasdisposicionesnormativasytcnicasqueemanendeestaLeyoqueemitaelConsejo.

    1Gobierno General, Corporaciones/Empresas no financieras, Corporaciones/Instituciones Financieras, Instituciones Privadas sin fines delucro,Hogares2ConsumoFinal,Produccin,ValorAgregado,Ahorro,Inversin,Financiamiento

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 11

    E.LaContabilidadGubernamental,laCuentaPblicaylaInformacinEconmica.

    LaLeydeContabilidadtambindeterminalaobligacindegenerar informacineconmica,entendiendoporsta,larelacionadaconlasfinanzaspblicasylascuentasnacionales.

    Lanormamsclaraalrespecto,estcontenidaenelArtculo46dondeseestablecequelacontabilidaddelosentespblicospermitirlageneracinperidicadelasiguienteinformacindetipoeconmico:

    Unflujodefondosqueresumatodaslasoperacionesylosindicadoresdelaposturafiscal.

    Informacin complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientosprovenientesdeorganismosinternacionalesdelosqueMxicoesmiembro.

    Asimismo, cabe destacar lo establecido en el Artculo 53 de la Ley de Contabilidad respecto a loscontenidosmnimosquedebeincluirlaCuentaPblicadelGobiernoFederal,entrelosqueseala:elAnlisiscualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vnculo con los objetivos y prioridadesdefinidosenlamateria,enelprogramaeconmicoanual.

    Porsuparte, lasfacultadesquelaLeydeContabilidadotorgaalCONACenlorelativoala informacineconmicasonlassiguientes:

    Emitirlosrequerimientosdeinformacinadicionalesylosconvertidoresdelascuentascontablesycomplementarias,paralageneracindeinformacinnecesaria,enmateriadefinanzaspblicas,parael sistema de cuentas nacionales y otros requerimientos de informacin de organismosinternacionalesdelosqueMxicoesmiembro.

    Emitirelmarcometodolgicoparallevaracabolaintegracinyanlisisdeloscomponentesdelasfinanzas pblicas con relacin a los objetivos y prioridades que, en la materia, establezca laplaneacindeldesarrollo,parasuintegracinenlacuentapblica.

    F.ObjetivosdelSistemadeContabilidadGubernamental.

    ElCONACmediante laaprobacindelMarcoConceptualhaestablecidocomoobjetivosdelSistemadeContabilidadGubernamental(SCG)lossiguientes:

    a) Facilitarlatomadedecisionesconinformacinveraz,oportunayconfiable, tendienteaoptimizarelmanejodelosrecursos

    b) Emitir, integrar y/o consolidar los estados financieros, as como producir reportes de todas lasoperacionesdelaAdministracinPblica

    c) Permitirlaadopcindepolticasparaelmanejoeficientedelgasto,orientadoalcumplimientodelosfinesyobjetivosdelentepblico

    d) Registrardemaneraautomtica,armnica,delimitada,especficayen tiemporeal lasoperacionescontablesypresupuestariaspropiciando,conello,elregistronico,simultneoyhomogneo

    e) Atenderrequerimientosdeinformacindelosusuariosengeneralsobrelasfinanzaspblicas

    f) Facilitarel reconocimiento,registro,seguimiento,evaluaciny fiscalizacinde lasoperacionesdeingresos,gastos,activos,pasivosypatrimonialesdelosentespblicos,ascomosuextincin

    g) Dar soporte tcnicodocumental a los registros financieros para su seguimiento, evaluacin yfiscalizacin

    h) Permitirunaefectivatransparenciaenlarendicindecuentas.

    Alosquepodemossumarlossiguientes:

    i) Posibilitar el desarrollo de estudios de investigaciones comparativos entre distintos pases quepermitanmedirlaeficienciaenelmanejodelosrecursospblicos

    j) Facilitarelcontrolinternoyexternodelagestinpblicaparagarantizarquelosrecursosseutilicenenformaeficaz,eficienteycontransparencia

    k) Informar a la sociedad, los resultados de la gestin pblica, con el fin de generar concienciaciudadanarespectodelmanejodesupatrimoniosocialypromoverlacontraloraciudadana.

    Desdeelpuntodevistadecadaunodelosentespblicos,elSCGseproponealcanzar lossiguientesobjetivos:

    a) Registrardemaneraautomtica,armnica,delimitada,especficayen tiemporeal lasoperacionescontablesypresupuestariaspropiciando,conello,elregistronico,simultneoyhomogneo

    b) Producirlosestadoseinformacinfinancieraconveracidad,oportunidadyconfiabilidad,conelfindecumplirconlanormativavigente,utilizarlaparalatomadedecisionesporpartedesusautoridades,apoyarlagestinoperativaysatisfacerlosrequisitosderendicindecuentasytransparenciafiscal

  • 12 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    c) Permitirlaadopcindepolticasparaelmanejoeficientedelgastoycoadyuvaralaevaluacindeldesempeodelenteydesusfuncionarios

    d) Facilitar la evaluacin y fiscalizacin de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos ypatrimonialesdelosentespblicos.

    Por su parte, desde el punto de vista de la gestin y situacin financiera consolidada de los diversosagregadosinstitucionalesdelSectorPblico,elSCGtienecomoobjetivos:

    a) Producir informacin presupuestaria, contable y econmica armonizada, integrada y consolidadaparaelanlisisy latomadedecisionesporpartede los responsablesdeadministrar lasfinanzaspblicas

    b) ProducirlaCuentaPblicadeacuerdoalosplazoslegales

    c) Producirinformacineconmicaordenadadeacuerdoconelsistemadeestadsticasdelasfinanzaspblicas

    d) CoadyuvaragenerarlascuentasdelGobiernoCentraldelSistemadeCuentasNacionales.

    G.PrincipalesUsuariosdelaInformacinProducidaporelSCG.

    EntrelosprincipalesusuariosdelainformacinqueproduceelSCG,seidentificanlossiguientes:

    a) El H. Congreso de la Unin y las legislaturas de las entidades federativas que requieren de lainformacinfinancieraparallevaracabosustareasdefiscalizacin

    b) Losresponsablesdeadministrarlasfinanzaspblicasnacionales,estatalesymunicipales

    c) Los organismos de planeacin y desarrollo de las polticas pblicas, para analizar y evaluar laefectividaddelasmismasyorientarnuevaspolticas

    d) Losejecutoresdelgasto,losresponsablesdelasreasadministrativo/financierasquienestienenlaresponsabilidaddeejecutarlosprogramasyproyectosdelosentespblicos

    e) La Auditora Superior de la Federacin (ASF), la Secretara de la Funcin Pblica, las entidadesestatales de fiscalizacin, los Organos de control interno y externo para los fines de revisin yfiscalizacindelainformacinfinancieradelosentespblicos

    f) Lasreas tcnicasdelBancodeMxico, dada la relacin existente entre la informacin fiscal, lamonetariaylabalanzadepagos

    g) Los rganos financieros nacionales e internacionales que contribuyen con el financiamiento deprogramasoproyectos

    h) Analistaseconmicosyfiscalesespecialistasenelseguimientoyevaluacindelagestinpblica

    i) Entidadesespecializadasencalificarlacalidadcrediticiadelosentespblicos

    j) Losinversionistasexternosquerequierenconocerelgradodeestabilidaddelasfinanzaspblicas,paratomardecisionesrespectodefuturasinversiones

    k) La sociedad civil en general, que demanda informacin sobre la gestin y situacin contable,presupuestariayeconmicadelosentespblicosyde losdiferentesagregadosinstitucionalesdelSectorPblico.

    H.MarcoConceptualdelSCG.

    ElMarcoConceptualdeContabilidadGubernamental (MCCG),desarrolla losaspectosbsicosdelSCGparalosentespblicos,erigindoseen la referencia tericaquedefine,delimita, interrelacionae integradeforma lgicodeductiva sus objetivos y fundamentos. Adems, establece los criterios necesarios para eldesarrollo de normas, valuacin, contabilizacin, obtencin y presentacin de informacin contable,presupuestaria y econmica, en forma clara, oportuna, confiable y comparable, para satisfacer lasnecesidadesdelosusuarios.

    Laimportanciaycaractersticasdelmarcoconceptualparaelusuariogeneraldelosestadosfinancierosradicaenlosiguiente:

    a) Ofrecer un mayor entendimiento acerca de la naturaleza, funcin y lmites de los estados einformacinfinanciera

    b) Respaldartericamentelaemisindelasnormasgeneralesyguascontabilizadoras,evitandoconellolaemisindenormasquenoseanconsistentesentres

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 13

    c) Establecerunmarcodereferenciaparaaclararosustentartratamientoscontables

    d) Proporcionar una terminologa yunpuntode referencia comnentre los diseadores del sistema,generadores de informacin y usuarios, promoviendo unamayor comunicacin entre ellos y unamejorcapacidaddeanlisis.

    En talsentido,elArtculo21de laLeydeContabilidadestableceque Lacontabilidadsebasarenunmarco conceptual que representa los conceptos fundamentales para la elaboracin de normas, lacontabilizacin,valuacinypresentacindelainformacinfinancieraconfiableycomparableparasatisfacerlasnecesidadesdelosusuariosypermitirserreconocidaeinterpretadaporespecialistaseinteresadosenlafinanzaspblicas.

    LaLeyestablececomounadelasatribucionesdelCONACladeemitirelmarcoconceptual.Alefecto,con fecha20deagostode2009, fuepublicadoelacuerdocorrespondiente,cuyosaspectossustantivossedescribenacontinuacin:

    ElMCCGtienecomopropsitos:

    a) Establecerlosatributosesencialesparadesarrollarlanormatividadcontablegubernamental

    b) Referenciar la aplicacin del registro en las operaciones y transacciones susceptibles de servaloradasycuantificadas

    c) Proporcionarlosconceptosimprescindiblesquerigenalacontabilidadgubernamental,identificandodemaneraprecisalasbasesquelasustentan

    d) Armonizarlageneracinypresentacindelainformacinfinancieraquepermita:

    Rendircuentasdeformaverazyoportuna

    Interpretaryevaluarelcomportamientodelagestinpblica

    Sustentarlatomadedecisionesy

    Apoyarlastareasdefiscalizacin.

    ElMCCGseintegraporlosapartadossiguientes:

    I. CaractersticasdelMarcoConceptualdeContabilidadGubernamental

    II. SistemadeContabilidadGubernamental

    III. PostuladosBsicosdeContabilidadGubernamental

    IV. Necesidadesdeinformacinfinancieradelosusuarios

    V. Cualidadesdelainformacinfinancieraaproducir

    VI. Estadospresupuestarios,financierosyeconmicosaproducirysusobjetivos

    VII. Definicindelaestructurabsicayprincipaleselementosdelosestadosfinancierosaelaborar.

    Enunasegundaetapa,elCONACemitirlasnormasqueformanpartedelMCCGyqueserefierenalavaloracindelosactivosyelpatrimoniodelosentespblicos.Estanormapermitirdefiniryestandarizarlosconceptosbsicosde valuacin contenidos en las normasparticulares aplicables a los distintoselementosintegrantesdelosestadosfinancieros.

    LasnormasemitidasporelCONACtienenlasmismajerarquaquelaLeydeContabilidad,porlotantosondeobservanciaobligatoriaparalospoderesEjecutivo,LegislativoyJudicialdelaFederacin,losestadosyelDistrito Federal los ayuntamientos de los municipios los rganos polticoadministrativos de lasdemarcacionesterritorialesdelDistritoFederallasentidadesdelaadministracinpblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipalesylosrganosautnomosfederalesyestatales.

    EnformasupletoriaalasnormasdelaLeydeContabilidadyalasemitidasporelCONAC,seaplicarnlassiguientes:

    a) LaNormatividademitidapor las unidadesadministrativas o instancias competentes enmateria deContabilidadGubernamental

    b) LasNormasInternacionalesdeContabilidadparaelSectorPblico(NICSP)emitidasporlaJuntadeNormas Internacionales deContabilidaddelSectorPblico (InternationalPublicSectorAccountingStandardsBoard,InternationalFederationofAccountantsIFAC),entesenmateriadeContabilidadGubernamental

    c) LasNormasdeInformacinFinancieradelConsejoMexicanoparalaInvestigacinyDesarrollodeNormasdeInformacinFinanciera(CINIF).

    Tanto las normas emitidas por el IFAC como las del CINIF, si bien forman parte delmarco tcnico aconsiderareneldesarrolloconceptualdelSCG,debenserestudiadasy,enlamedidaqueseanaplicables,debenserpuestasenvigormedianteactosadministrativosespecficos.

  • 14 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    I.PostuladosBsicosdeContabilidadGubernamental.

    De conformidad con el Artculo 22 de la Ley de Contabilidad, los Postulados tienen como objetivosustentar tcnicamente la contabilidad gubernamental, as como organizar la efectiva sistematizacin quepermitalaobtencindeinformacinveraz,clarayconcisa.

    Los Postulados Bsicos representan uno de los elementos fundamentales que configuran el SCG, alpermitirlaidentificacin,elanlisis,lainterpretacin,lacaptacin,elprocesamientoyelreconocimientodelastransacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan econmicamente al ente pblico.Sustentan de manera tcnica el registro de las operaciones, la elaboracin y presentacin de estadosfinancieros basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo en legislacin especializada yaplicacindelaLey,conlafinalidaddeuniformarlosmtodos,procedimientosyprcticascontables.

    Cabedestacarqueconfecha20deagostode2009,fuepublicadoelacuerdoporelCONACemite losPostulados Bsicos de Contabilidad Gubernamental, disponiendo que deben ser aplicados por los entespblicosdeformatalquelainformacinqueproporcionenseaoportuna,confiableycomparableparalatomadedecisiones.

    A continuacin se describe el contenido principal de los Postulados Bsicos de ContabilidadGubernamental,aprobadosporelCONAC:

    1)SustanciaEconmica

    Es el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, queafectaneconmicamentealentepblicoydelimitanlaoperacindelSCG.

    2)EntesPblicos

    LospoderesEjecutivo, Legislativoy Judicial de laFederacin y de las entidades federativas los entesautnomosdelaFederacinydelasentidadesfederativaslosayuntamientosdelosmunicipioslosrganospolticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y las entidades de laadministracinpblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipales.

    3)ExistenciaPermanente

    La actividad del ente pblico se establece por tiempo indefinido, salvo disposicin legal en la que seespecifiquelocontrario.

    4)RevelacinSuficiente

    Losestados y la informacin financiera debenmostrar amplia y claramente la situacin financieray losresultadosdelentepblico.

    5)ImportanciaRelativa

    La informacin debe mostrar los aspectos importantes de la entidad que fueron reconocidoscontablemente.

    6)RegistroeIntegracinPresupuestaria

    Lainformacinpresupuestariadelosentespblicosseintegraenlacontabilidadenlosmismostrminosque se presentan en la Ley de Ingresos y en el Decreto del Presupuesto de Egresos, de acuerdo a lanaturalezaeconmicaquelecorresponda.

    Elregistropresupuestariodelingresoydelegresoenlosentespblicossedebereflejarenlacontabilidad,considerandosusefectospatrimonialesysuvinculacinconlasetapaspresupuestariascorrespondientes.

    7)ConsolidacindelaInformacinFinanciera

    Los estados financieros de los entes pblicos debern presentar de manera consolidada la situacinfinanciera, los resultados de operacin, el flujo de efectivo o los cambios en la situacin financiera y lasvariacionesalaHaciendaPblica,comosisetrataradeunsoloentepblico.

    8)DevengoContable

    Losregistroscontablesdelosentespblicossellevarnconbaseacumulativa.Elingresodevengado,eselmomentocontablequeserealizacuandoexistejurdicamenteelderechodecobrodeimpuestos,derechos,productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes pblicos. El gasto devengado, es elmomento contable que refleja el reconocimiento de una obligacin de pago a favor de terceros por larecepcindeconformidaddebienes,serviciosyobrapblicacontratadosascomodelasobligacionesquederivandetratados,leyes,decretos,resolucionesysentenciasdefinitivas.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 15

    9)Valuacin

    Todos los eventos que afecten econmicamente al ente pblico deben ser cuantificados en trminosmonetarios y se registrarnal costo histricoo al valor econmicomsobjetivo registrndoseenmonedanacional.

    10)DualidadEconmica

    El ente pblico debe reconocer en la contabilidad, la representacin de las transacciones y algnotroeventoqueafecte su situacin financiera, su composicinpor los recursos asignadospara el logro de susfinesyporsusfuentes,conformealosderechosyobligaciones.

    11)Consistencia

    Antelaexistenciadeoperacionessimilaresenunentepblico,debecorresponderunmismotratamientocontable, el cual debe permanecer a travs del tiempo, en tanto no cambie la esencia econmica de lasoperaciones.

    J.CaractersticasTcnicasdelSCG.

    El contexto legal, conceptual y tcnico en el cual se debe estructurar el SCG de los entes pblicos,determina que elmismo debe responder a ciertas caractersticas de diseo y operacin, entre las que sedistinguenlasqueacontinuacinserelacionan:

    a) Sernico,uniformeeintegrador

    b) Integrarenformaautomticalaoperacincontableconelejerciciopresupuestario

    c) Efectuarlosregistrosconsiderandolabaseacumulativa(devengado)delastransacciones

    d) Registrardemaneraautomticay,pornicavez,enlosmomentoscontablescorrespondientes

    e) Efectuarlainterrelacinautomticaentre losclasificadorespresupuestarios,la listadecuentasyelcatlogodebienes

    f) Efectuarenlascuentascontables,elregistrodelasetapasdelpresupuestodelosentespblicos,deacuerdoconlosiguiente:

    En lo relativo al gasto, debe registrar los momentos contables: aprobado, modificado,comprometido,devengado,ejercidoypagado.

    En lo relativo al ingreso, debe registrar los momentos contables: estimado, modificado,devengadoyrecaudado.

    g) Facilitarelregistroycontroldelosinventariosdebienesmuebleseinmueblesdelosentespblicos

    h) Generar, en tiempo real, estados financieros, de ejecucin presupuestaria y otra informacin quecoadyuvealatomadedecisiones,transparencia,programacinconbaseenresultados,evaluacinyrendicindecuentas

    i) Estarestructuradodeformatalquepermitasucompatibilizacinconlainformacinsobreproduccinfsica que generan las mismas reas que originan la informacin contable y presupuestaria,permitiendoelestablecimientode relacionesde insumoproductoy laaplicacinde indicadoresdeevaluacindeldesempeoydeterminacindecostosdelaproduccinpblica

    j) Estar diseado de forma tal que permita el procesamiento y generacin de estados financierosmedianteelusodelastecnologasdelainformacin

    k) Respaldarconladocumentacinoriginalquecompruebeyjustifiquelosregistrosqueseefecten,elregistrodelasoperacionescontablesypresupuestarias.

    K. PrincipalesElementosdelSCG.

    De conformidad con lo establecidopor la Ley deContabilidad, as comoenelMarcoConceptual y losPostuladosBsicosdeContabilidadGubernamentalaprobadosporelCONAC,loselementosprincipalesdelSCGsonlossiguientes:

    1. PlandeCuentas(ListadeCuentas)

    2. ClasificadoresPresupuestariosArmonizados

    PorRubrosdeIngresos

    PorObjetodelGasto

    PorTipodeGasto

  • 16 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    3. MomentosContables

    Delosingresos

    Delosgastos

    Delfinanciamiento

    4. MatrizdeConversin

    5. Normascontablesgenerales

    6. Librosprincipalesyregistrosauxiliares

    7. ManualdeContabilidad

    PlandeCuentas(Listadecuentas)

    Instructivosdemanejodecuentas

    GuasContabilizadoras

    Estadosfinancierosbsicosagenerarporelsistemayestructuradelosmismos

    Normas o lineamientos que emita la autoridad competente en materia de contabilidadgubernamentalencadaordendegobierno.

    AcontinuacinserealizaunacontextualizacindeloselementosprincipalesdelSistemadeContabilidadGubernamental(SCG)condocumentosrelacionados.

    1.ListadeCuentas

    LaLeydeContabilidad,definelaListadeCuentascomolarelacinordenadaydetalladadelascuentascontables,mediante la cual se clasifican el activo, pasivo y hacienda pblica o patrimonio, los ingresos ygastos pblicos, y cuentas denominadas de orden o memoranda. De acuerdo con lo establecido en elArtculoCuartoTransitoriodelaLeydeContabilidad,sedeberdisponerdelaListadeCuentas,alineadaalPlandeCuentas,clasificadorespresupuestariosarmonizadosyelCatlogodeBienesamstardarel31dediciembrede2010.

    2.ClasificadoresPresupuestariosArmonizados

    La Ley de Contabilidad establece en su Artculo 41 que para el registro nico de las operacionespresupuestarias y contables, los entes pblicos dispondrn de clasificadores presupuestarios, listas decuentasycatlogosdebienesoinstrumentossimilaresquepermitansuinterrelacinautomtica.

    Deacuerdocondichomarcolegal, losclasificadorespresupuestariosarmonizadosquerequiereelSCGpararealizarlaintegracinautomticadelosregistrospresupuestariosconloscontablessonlossiguientes:

    ClasificadorporRubrosdeIngresos(rubro,tipo,claseyconcepto)

    ClasificadorporObjetodelGasto(captulo,conceptoypartida)

    ClasificadorporTipodeGasto

    ClasificadorporRubrosdeIngresos

    ElClasificadorporRubrosdeIngresosordena,agrupaypresentalosingresospblicosenfuncindesudiferentenaturalezayelcarcterdelastransaccionesqueledanorigen.

    Enlaclasificacinporrubrosdeingresosseidentificanlosqueprovienendefuentestradicionalescomolosimpuestos,losaprovechamientos,derechos,productos,contribucionesdemejoras,lastransferenciaslosqueprocedendelpatrimoniopblicocomolaventadeactivos,dettulos,deaccionesyporarrendamientodebienes,ylosquetienensuorigenenladisminucindeactivos.

    Esta clasificacin permite el registro analtico de las transacciones de ingresos, y la vinculacinde losaspectospresupuestariosycontablesdelosrecursos.

    Laestimacinde los ingresosse realizaaniveldeconceptoydebernregistrarseencifrasbrutas,sindeducciones,representenonoentradasdeefectivo.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 17

    Finalidad.

    Laclasificacindelosingresospblicosporrubrostiene,entreotrasfinalidades,lasqueacontinuacinsesealan:

    Identificarlosingresosquelosentespblicoscaptanenfuncindelaactividadquedesarrollan.

    Medirelimpactoeconmicodelosdiferentesingresosyanalizar larecaudacinconrespectoalasvariablesmacroeconmicasparaestablecer niveles y orgenes sectoriales de la elusin y evasinfiscal.

    Contribuiraladefinicindelapolticadeingresospblicos.

    Coadyuvaralamedicindelefectodelarecaudacinpblicaenlosdistintossectoressocialesydelaactividadeconmica.

    Determinarlaelasticidaddelosingresostributariosconrelacinavariablesqueconstituyensubaseimpositiva.

    Identificarlosmediosdefinanciamientooriginadosenlavariacindesaldosdecuentasdelactivoypasivo.

    ClasificadorporObjetodelGasto

    Esteinstrumentopresupuestariobrindainformacinparaelseguimientoyanlisisdelagestinfinancieragubernamental,permiteconocerenquconceptossegastaycuantificar lademandadebienesyserviciosquerealizaelsectorpblicosobrelaeconomanacional.

    ElClasificadorporObjetodelGastoesaplicableatodaslastransaccionesquerealizanlosentespblicosparaobtenerlosbienesyserviciosqueutilizanenlaproduccindebienespblicosyrealizartransferenciaseinversionesfinancieras,enelmarcodelPresupuestodeEgresos.

    Dichoclasificadorhasidodiseadoconunniveldedesagregacinyespecializacinquepermitequeelregistrodelastransaccionespresupuestariasquerealizanlosentespblicosseintegreautomticamenteconlasoperacionescontablesdelosmismos.

    Finalidad

    OfreceinformacinvaliosadelademandadebienesyserviciosquerealizaelGobierno,permitiendoidentificarelsectoreconmicosobreelquesegenerarlamisma.

    Ofreceinformacinsobrelastransferenciaseinversinfinancieraquesedestinaaentespblicos,yaotrossectoresdelaeconomadeacuerdoconlatipologaeconmicadelosmismos.

    Facilitalaprogramacindelacontratacindebienesyservicios.

    Promueveeldesarrolloyaplicacindelossistemasdeprogramacinygestindelgastopblico.

    Facilitalaintegracinautomticadelasoperacionespresupuestariasconlascontablesyelinventariodebienes.

    Facilitaelcontrolinternoyexternodelastransaccionesdelosentespblicos.

    Permiteelanlisisdelosefectosdelgastopblicoylaproyeccindelmismo.

    ClasificadorporTipodeGasto

    ElClasificadorporTipodeGastorelacionalastransaccionespblicasderivadasdelgastoconlosgrandesagregadosdelaclasificacineconmicatalycomosemuestraacontinuacin:

    1 GastoCorriente

    2 GastodeCapital

    3 Amortizacindeladeudaydisminucindepasivos

    Adems,cumpleunpapelfundamentalenloqueserefierealacapitalizacindegastosqueapriorilucencomodetipocorriente,peroquesonaplicadosporelentealaconstruccindeactivosfijosointangibles,talescomolosgastosenpersonaleinsumosmateriales.

    ClasificadoresarmonizadosrelacionadosconelSCG

    AlafechaelCONAC,haemitidolossiguientesclasificadores:

    ClasificadorporRubrosdeIngresos,quecomprendelaaperturahastasegundonivel,esdecir,porrubroytipo.Acuerdodefecha1dediciembrede2009.

    ClasificadorporObjetodelGastoaniveldecaptulo,conceptoypartida.Acuerdode fecha28demayode2010.

    ClasificadorporTipodeGasto.Acuerdodefecha28mayode2010.

  • 18 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    3.MomentosContables

    ElArtculo38de laLeydeContabilidadestablecequeel registrode lasetapasdelpresupuestode losentespblicosseefectuarenlascuentascontablesque,paratalefecto,establezcaelConsejo,lascualesdebernreflejar:

    I. Enlorelativoalgasto,elaprobado, modificado,comprometido,devengado,ejercidoypagadoy

    II. Enlorelativoalingreso,elestimado,modificado,devengadoyrecaudado.

    3.1.MomentosContablesdelosIngresos

    Enelmarcodelanormativavigente,acontinuacinsedefinencadaunodelosmomentoscontablesdelosingresos:

    IngresoEstimado:eselqueseapruebaanualmenteen laLeyde Ingresos,e incluyen losimpuestos,cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos,aprovechamientos,financiamientosinternosyexternosascomodelaventadebienesyservicios,ademsdeparticipaciones,aportaciones,recursosconvenidos,yotrosingresos.*

    IngresoModificado: elmomento contable que refleja la asignacin presupuestaria en lo relativo a laLeydeIngresosqueresultedeincorporarensucaso,lasmodificacionesalingresoestimado,previstasenlaleydeingresos*.

    IngresoDevengado:momentocontablequeserealizacuandoexistejurdicamenteelderechodecobrodelosimpuestos,cuotasyaportacionesdeseguridadsocial,contribucionesdemejoras,derechos,productos,aprovechamientos,financiamientosinternosyexternosascomodelaventadebienesyservicios,ademsdeparticipaciones,aportaciones,recursosconvenidos,yotrosingresosporpartedelosentespblicos.Enelcasoderesolucionesenfirme(definitivas)ypagoenparcialidades,sedebernreconocercuandoocurre lanotificacindelaresoluciny/oenlafirmadelconveniodepagoenparcialidades,respectivamente.*

    IngresoRecaudado: momentocontablequereflejaelcobroenefectivoocualquierotromediodepagodelos impuestos,cuotas y aportaciones de seguridad social,contribuciones demejoras, derechos, productos,aprovechamientos,financiamientosinternosyexternosascomodelaventadebienesyservicios,ademsdeparticipaciones,aportaciones,recursosconvenidos,yotrosingresosporpartedelosentespblicos.*

    El CONAC ha establecido en las Normas y Metodologa para la Determinacin de los MomentosContablesdelosIngresos,quecuandolosentespblicoscuentenconloselementosqueidentifiqueelhechoimponible, y se pueda establecer el importe de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social,contribucionesdemejoras,derechos,productosyaprovechamientos,mediantelaemisindelcorrespondientedocumentodeliquidacin,quesealalafechalmitepararealizarelpagodeacuerdoconloestablecidoenlasleyesrespectivas,elingresoseentendercomodeterminable.EnelcasodelosingresosdeterminablescorrespondequelosmismosseanregistradoscomoIngresoDevengadoenlainstanciareferida,aligualquecorrespondedichoregistrocuandoseemitelafacturaporlaventadebienesyserviciosporpartedelosentespblicos. Asimismo, se considerar como autodeterminable cuando corresponda a los contribuyentes elclculoypresentacindelacorrespondienteliquidacin.

    Asimismo,elCONAChadispuestoqueexcepcionalmente,cuandoporlanaturalezadelasoperacionesno sea posible el registro consecutivo de todos los momentos contables de los ingresos, se registrarnsimultneamente de acuerdo a lineamientos previamente definidos por las unidades administrativas oinstanciascompetentesenmateriadeContabilidadGubernamental,refirindosealasetapasdeldevengadoyrecaudado.

    En cumplimentoalArtculoTerceroTransitorio, Fraccin III, de la Ley deContabilidad, elCONAC, confecha 1 de diciembre de 2009, emiti las Normas yMetodologa para la Determinacin de losMomentosContables de los Ingresos, donde se establecen los criterios bsicos a partir de los cuales las unidadesadministrativaso instancias competentes enmateria deContabilidadGubernamental debendesagregar deacuerdoasusnecesidadesenclaseyconceptoapartirdelaestructurabsicadelClasificadorporRubrosdeIngresos desarrollado la correspondiente metodologa para los momentos contables a estos niveles decuentas.

    *En ladefinicinde losMomentoscontablesdel ingresoestimado,devengadoyrecaudado,aprobadosel09dediciembrede2009sehaincluidofinanciamientosinternosyexternos.EnelPresentecaptulo,elconceptodefinanciamientosinternosyexternosseabordanenelpunto3.3MomentosContablesdelasOperacionesdeFinanciamiento.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 19

    3.2.MomentoscontablesdelosEgresos

    Enelmarcodelanormativavigente,acontinuacinsedefinecadaunodelosmomentoscontablesdelosegresosestablecidosporlaLeydeContabilidad.

    Gasto aprobado: momento contable que refleja las asignaciones presupuestarias anuales segn loestablecidoenelDecretodePresupuestodeEgresosysusanexos.

    Gasto modificado: momento contable que refleja las asignaciones presupuestarias que resultan deincorporarlasadecuacionespresupuestariasalgastoaprobado.

    Gastocomprometido:momentocontabledelgastoque reflejalaaprobacinporautoridadcompetentedeunactoadministrativo,uotroinstrumentojurdicoqueformalizaunarelacinjurdicacontercerosparalaadquisicindebienesyserviciosoejecucindeobras.Enelcasodelasobrasaejecutarseodebienesyserviciosarecibirsedurantevariosejercicios,elcompromisoserregistradoporlapartequeseejecutarorecibir,durantecadaejercicio

    Encomplementoaladefinicinanterior,sedeberegistrarcomogastocomprometidolosiguiente:

    a) Enel casode gastos en personal de plantapermanente o fija y otros de similar naturalezaodirectamentevinculadosalosmismos,al iniciodelejerciciopresupuestario,porelcostototalanualdelaplantaocupadaendichomomento,enlaspartidascorrespondientes.

    b) Enelcasodela deudapblica ,aliniciodelejerciciopresupuestario,poreltotaldelospagosquehayaque realizardurantedichoejercicioporconceptode intereses,comisionesyotrosgastos,deacuerdoconelfinanciamientovigente.Correspondeactualizarlomensualmenteporvariacindeltipodecambio,cambiosenotrasvariablesonuevoscontratosquegenerenpagosduranteelejercicio.

    c) Enelcasodetransferencias,subsidiosy/osubvenciones,elcompromisoseregistrarcuandoseexpidaelactoadministrativoquelosaprueba.

    Gastodevengado:elmomentocontablequereflejaelreconocimientodeunaobligacindepagoafavorde terceros por la recepcin de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados ascomodelasobligacionesquederivandetratados,leyes,decretos,resolucionesysentenciasdefinitivas*

    Gasto ejercido: el momento contable que refleja la emisin de una cuenta por liquidar certificada odocumentoequivalentedebidamenteaprobadoporlaautoridadcompetente*

    Gastopagado:elmomentocontablequereflejalacancelacintotaloparcialdelasobligacionesdepago,queseconcretamedianteeldesembolsodeefectivoocualquierotromediodepago.

    De conformidad con lo establecidopor el CONAC, excepcionalmente, cuando por la naturaleza de lasoperacionesnoseaposibleelregistroconsecutivodetodoslosmomentoscontablesdelgasto,seregistrarnsimultneamente de acuerdo a lineamientos previamente definidos por las unidades administrativas oinstanciascompetentesenmateriadeContabilidadGubernamental.

    A los momentos contables de los egresos establecidos por la Ley de Contabilidad, es recomendableagregar a nivel de los ejecutores del gasto el registro del Precompromiso (afectacin preventiva).Entendiendoquecorresponderegistrarcomotal,laautorizacinparagastaremitidaporautoridadcompetenteyqueimplicaeliniciodeuntrmiteparalaadquisicindebienesolacontratacindeobrasyservicios,anteunasolicitudformuladaporlasunidadesresponsablesdeejecutarlosprogramasyproyectos.

    El registrodeestemomentocontable,esde intersexclusivode lasunidadesdeadministracinde losejecutoresdelgastooporlasunidadesresponsablesdeejecutarlosprogramasyproyectosdeacuerdoconlacompetenciadeestas,facilitalagestinderecursosquelasmismasrealizanyaseguranladisponibilidaddelaasignacinparaelmomentodeadjudicarlacontratacinrespectiva.

    EncumplimentoalArtculoTerceroTransitorio,FraccinIII,delaLey,elCONAC,confecha20deAgostode 2009, se public las Normas yMetodologa para la Determinacin de losMomentosContables de losEgresos, donde se establecen los criterios bsicos a partir de los cuales las unidades administrativas oinstanciascompetentesenmateriadeContabilidadGubernamentaldebendesarrollarendetalleyaniveldecadapartidadelClasificadorporObjetodelGasto,lacorrespondientemetodologaanalticaderegistro.

  • 20 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    3.3.MomentosContablesdelasOperacionesdeFinanciamiento

    Encuantoalosmomentosderegistrodelosingresosderivadosdeoperacionesdefinanciamientopblico,sedefinendelasiguientemanera:

    IngresoEstimado:lasestimacionesporcadaconceptodefuentedefinanciamientoprevistasenelPlanAnualdeFinanciamientoyensudocumentacindesoporte.

    IngresoModificado: registrode lasmodificacionesalPlanAnualdeFinanciamientoautorizadaspor laautoridadcompetente.

    IngresoDevengado:enelcasodeoperacionesdefinanciamientoseregistrarsimultneamenteconelingresorecaudado.

    Ingreso Recaudado: momento en que ingresan a las cuentas bancarias de la tesorera, los fondoscorrespondientesaoperacionesdefinanciamiento.

    b)Egresos/Usos:

    Laamortizacindeladeudaensusmomentoscontablesdecomprometido,devengado,ejercidoypagadocorresponderegistrarlaenlossiguientesmomentoscontables:

    GastoComprometido:seregistraaliniciodelejerciciopresupuestario,poreltotaldelospagosprevistosparaelmismoporconceptodeamortizacin,deacuerdoconloscontratosdefinanciamientovigentesolosttulosdeladeudacolocados.Serevisarmensualmenteporvariacindeltipodecambioodeotrasvariablesdelendeudamiento,igualmenteporlafirmadenuevoscontratosocolocacindettulosconvencimientoenelejercicio.

    Gasto Devengado/Ejercido: en el caso del Servicio de la Deuda, el devengo del gasto legalmentecorresponderealizarloenelmomentoquenacelaobligacindepago,loqueocurreenlamismafechaquelaobligacindebeserpagada.Decumplirsecabalmenteconloanterior,segeneraralaimposibilidadfcticadeprogramarlo y liquidarlo con oportunidad. Para solucionar este inconveniente, es habitual adoptar laconvencin de registrar el devengodeestosegresos con la emisin de lacuentapor liquidar certificadaodocumento equivalente, lo que corresponde hacerlo con varios das de anticipacin a la fecha de suvencimiento y pago para facilitar su inclusin en la programacinmensual o diaria de caja que realice latesoreradelente,asegurandoasuvez,queelpagorespectivoseconcreteentiempoyforma.

    GastoPagado:momentocontablequereflejalacancelacintotaloparcialdelasobligacionesdepago,queseconcretamedianteeldesembolsoenefectivoocualquierotromediodepagoy,especficamenteenelcasodeladeudapblicacuandolatesoreradelenteordenealbancoagenteelpagodelaobligacin.

    3.4Principalesventajasdelregistrodelosmomentoscontablesdel comprometidoydevengado

    a)Ventajasdel comprometido

    Elcorrectoregistrocontabledelmomentodelcomprometidodelosgastostieneunaparticularrelevanciaparaaplicarpolticasrelacionadasconelcontroldelgastoyconladisciplinafiscal.Sienalgnmomentodelaejecucinde unejercicio, la autoridad responsable de la poltica fiscal de cadaordendegobierno tiene lanecesidaddecontener,disminuiroparalizarelritmodeejecucindelgasto, lamedidacorrectaatomarenestos casos, es regular o impedir la constitucin de nuevos compromisos contables. La prohibicin decontraercompromisosimplicaquelosejecutoresdelgastonopuedenfirmarnuevasrdenesdecompradebienes,contratacindeservicios,contratosdeobrauotrosinstrumentoscontractualessimilaresquetardeotempranooriginarnobligacionesdepago.La firmadeuncontratoobligaasuejecucin.Laobligacindelregistrocontabledelcompromisopermiteasegurarquelasdisposicionestomadassobreelcontroldelgastosonrespetadasyfacilitarobtenerlosresultadosfiscalesprevistos.

    b)Ventajasdel devengado

    LaLey deContabilidadestableceen suArtculo19queelSCGdebe integrar en formaautomticaelejerciciopresupuestarioconlaoperacincontable,apartirdelautilizacindelgastodevengado.Ellotambinesvlidoparaelcasodelosingresosdevengados.

    Los procesos administrativofinancieros que originan ingresos o egresos reconocen en elmomentocontabledeldevengadolaetapamsrelevanteparaelregistrodelasrespectivastransacciones.Elcorrectoregistrodeestemomentocontableescondicinnecesariaparalaintegracindelosregistrospresupuestariosycontables,ascomoparaproducirestadosdeejecucinpresupuestaria,contablesyeconmicos,oportunos,coherentesyconsistentes.

  • Lunes22denoviembrede2010 DIARIOOFICIAL (SegundaSeccin) 21

    3.5 PrincipalesVentajasdelusodel comprometidoydeldevengado paralaprogramacindiariadecaja

    Laelaboracinperidicaydiariadeunprogramadecaja(ingresosypagos)realistayconfiable,condicinrequeridaparalaimplantacindeunsistemadecuentanicadelente,exigeconocerlosmontosautorizadospara gastarmediante lascalendarizaciones, las adecuaciones de stas y loscompromisosy devengoquerealizanlosejecutoresdelgastoenelmismomomentoenqueocurren.

    Ladisponibilidaddeestainformacinpermitirmantenerunatesorerapblicaenequilibrio,mantenerlospagosalda,impedirlacreacindepasivosexigiblesocultosenlosejecutoresdelgastoy,ensucaso,poderestablecerconprecisinlosexcedentesdelatesoreraparasumejorinversin.

    4.MatrizdeConversin

    La matriz de conversin tiene como finalidad generar automticamente los asientos en las cuentascontablesapartirdelregistroporpartidasimpledelasoperacionespresupuestariasdeingresos,egresosyfinanciamiento. Este elemento contable se desarrolla conceptualmente en el Captulo siguiente. LosresultadosdesuaplicacinprcticasemuestranenformaintegralenelAnexoIdeesteManual.

    5.NormasContablesGenerales

    De acuerdo con la Ley de Contabilidad se debe entender por Normas Contables: los lineamientos,metodologasyprocedimientostcnicos,dirigidosadotaralosentespblicosdelasherramientasnecesariaspara registrar correctamente las operaciones que afecten su contabilidad, con el propsito de generarinformacin veraz y oportuna para la toma de decisiones y la formulacin de estados financierosinstitucionalesyconsolidados.

    6.Librosprincipalesyregistrosauxiliares

    Conrespectoaesteelemento, laLeydeContabilidaddisponeensuartculo35quelosentespblicosdebernmantenerunregistrohistricodetalladodelasoperacionesrealizadascomoresultadodesugestinfinanciera,enloslibrosdiario,mayoreinventariosybalances.

    Enelmismosentido,elArtculo36establecequelacontabilidaddebercontenerregistrosauxiliaresquemuestrenlosavancespresupuestariosycontables,quepermitanrealizarelseguimientoyevaluarelejerciciodel gasto pblicoy la captacin del ingreso, as comoel anlisis de los saldos contenidos en susestadosfinancieros.

    El libro Diario es aquel en el cual se anotan cronolgicamente los hechos y las cifras esencialesasociadasconcadaunadelasoperacionesqueseefectanenelentepblico.

    EllibroMayoresunarecopilacindetodaslascuentasdeactivo,pasivo,patrimonio,ingresos,egresosydeordenyreflejaelmovimiento(crdito/dbito)individualdelasmismas.

    EllibroInventariosyBalancesmuestra,enformaanualyalcierredecadaejerciciocontable,elestadode situacin financiera, el estadode resultados o el de ingresos y egresos, y los inventarios fsicos finalescorrespondientes.

    En complemento a lo anterior, los registros auxiliares bsicos del sistema sern, como mnimo, lossiguientes:

    RegistroauxiliardelejerciciodelaLeydeIngresos,enlosdiferentesmomentoscontables.

    RegistroauxiliardelejerciciodelPresupuestodeEgresos,enlosdiferentesmomentoscontables.

    Registro auxiliar de inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo su custodia que, por sunaturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueolgicos,artsticosehistricos.(Artculo25delaLeydeContabilidad).

    Registroderesponsablesporlaadministracinycustodiadelosbienesnacionalesdeusopblicooprivado.

    RegistroderesponsablesporanticipodeFondosrealizadosporlaTesorera.

    Asmismo,comosealaelArtculo42delaLeydeContabilidadLacontabilizacindelasoperacionespresupuestariasycontablesdeberrespaldarseconladocumentacinoriginalquecompruebeyjustifiquelosregistros que se efecten y conservarla durante el tiempo que sealan las disposiciones legalescorrespondientes.

  • 22 (SegundaSeccin) DIARIOOFICIAL Lunes22denoviembrede2010

    7.ManualdeContabilidad

    DeacuerdoconloestablecidoenlaLeydeContabilidad,elManualdeContabilidadestintegradoporlosdocumentos conceptuales,metodolgicosy operativosque contienen, comomnimo, su finalidad, elmarcojurdico, lineamientos tcnicos, el catlogo de cuentas y la estructura bsica de los principales estadosfinancierosagenerarseporelsistema.

    ElCatlogodeCuentascomoparteconstitutivadelManual,esdefinidoporlaLeydeContabilidadcomoel documento tcnico integradopor la lista de cuentas, los instructivos demanejode cuentas y las guascontabilizadoras.

    Porsuparte,los Instructivosdemanejodelascuentas tienencomopropsitoindicarlaclasificacinynaturaleza,ylascausasporlascualessepuedencargaroabonarcadaunadelascuentasidentificadasenelcatlogo, las cuentas que operarn contra las mismas en el sistema por partida doble e indica cmointerpretarelsaldodeaqullas.

    Las GuasContabilizadoras , debenmostrar losmomentosde registro contable de cadaunode losprocesos administrativo/financieros del ente pblico y los asientos que se generan a partir de aqullos,indicando para cada uno de ellos el documento soporte de los mismos. Igualmente, las GuasContabilizadoraspermitirnmanteneractualizadoelManualmediante laaprobacinde lasmismas,anteelsurgimientodeoperacionesnoprevistasyprepararlaversininicialdelmismoorealizarcambiosnormativosposterioresqueimpactenenlosregistros.

    Cabedestacar que la estructurabsicade los principales estados financierosquegenerar elsistema,serdefinidoenelapartadoLdeesteCaptulo.

    8.NormasyLineamientosespecficos

    SerresponsabilidaddelaunidadcompetenteenmateriadeContabilidadGubernamentaldecadaordendegobierno,emitir los lineamientosonormasespecificasparaelregistrodelastransaccionesrelacionadasconlosingresos,gastosuoperacionesdefinanciamientoyotroseventosqueafectanalentepblico,conelfindeaseguraruntratamientohomogneodelainformacinqueseincorporaalosregistrosqueserealizanenelSCG,ordenarel trabajodelosresponsablesdelosmismos,ascomoidentificaryconocer lassalidasbsicasqueexistirnencadacaso,msalldelasquepuedanconstruirseparametrizandodatos.

    L.Estadosfinancierosbsicosagenerarporelsistemayestructuradelosmismos,

    Esteapartadoseintegraportrescomponentes:

    L.1. CualidadesdelainformacinfinancieraagenerarporelSCG.

    L.2. Estadoseinformacinfinancieraagenerarporlosentespblicos.

    L.3. Estructurabsicadelosprincipalesestadosfinancierosagenerarporlosentespblicos.

    L.1. CualidadesdelainformacinfinancieraagenerarporelSCG

    Lascaractersticascualitativassonlosatributosyrequisitosindispensablesquedebereunirlainformacinpresupuestaria,contableyeconmicaenelmbitogubernamental.Deestaforma,establecenunaguaparaseleccionar los mtodos contables, determinar la informacin a revelar en dichos estados, cumplir losobjetivos de proporcionar informacin til para sustentar la toma de decisiones as como facilitar elseguimiento,control,evaluacin,rendicindecuentasyfiscalizacindelosrecursospblicosporpartedelosrganosfacultadosporleyparaefectuardichastareas.

    La Contabilidad Gubernamental es, ante todo, un sistema de registro que procesa eventospresupuestarios, contables y econmicos de los entes pblicos. En tal sentido, los informes y estadosfinancieros deben elaborarse de acuerdo con las prcticas,mtodos, procedimientos, reglas particulares ygenerales,ascomoconlasdisposicioneslegales,conelpropsitodegenerarinformacinquetengavalidezy relevancia en los mbitos de los entes pblicos, que sea confiable y comparable, que responda a lasnecesidadesyrequisitosdelarendicindecuentas,ydelafiscalizacin,yaportecertezaytransparenciaalagestinfinancieragubernamental.

    Los estados e informacin financiera que se preparen deben incluir todos los datos que permitan laadecuadainterpretacindelasituacinpresupuestaria,contableyeconmica,detalmodoquesereflejenconfidelidadyclaridadlosresultadosalcanzadoseneldesarrollodelasatribucionesotorgadasjurdicamentealentepblico.

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    Paralogarloanterior,elArtculo44delaLeydeContabilidad,establecequeLosestadosfinancierosylainformacin emanada de la contabilidad debern sujetarse a criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia,comprensibilidad y de comparacin, as como a otros atributos asociados a cada uno de ellos, comooportunidad, veracidad, representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de prediccin e importanciarelativa,conelfindealcanzarlamodernizacinyarmonizacinquelamismadetermina.

    Las caractersticas cualitativas que la Ley de Contabilidad establece para los estados e informacinfinanciera que genere el SCG, son congruentes con lo establecido por el Consejo Mexicano para laInvestigacinyDesarrollodeNormasdeInformacinFinanciera(CINIF)mediante laNIFA4,referentealmismotema.

    Restriccionesalascaractersticascualitativas.

    Lascaractersticascualitativasreferidasanteriormenteencuentranalgunasrestriccionesquecondicionanla obtencin de nivelesmximosdeunauotra cualidado, incluso, puedenhacerle perder la congruencia.Surgenasconceptoscomolarelacinentreoportunidad,provisionalidadyequilibrioentrelascaractersticascualitativas,quesinserdeseables,debenexponerse.

    a)Oportunidad

    La informacin financiera debe encontrarse disponible en el momento que se requiera y cuando lascircunstanciasasloexijan,conelpropsitodequelosusuariospuedanutilizarlaytomardecisionesatiempo.Lainformacinnopresentadaoportunamentepierde,totaloparcialmente,surelevancia.

    b)Provisionalidad

    La informacin financierano siempre representahechos totalmente terminados, lo cual puede limitar laprecisindelainformacin.Portalrazn,sedalanecesidaddehacercortesconvencionalesenlavidadelente pblico, a efecto de presentar los resultados de operacin, la situacin financiera y sus cambios,considerandoeventoscuyasrepercusionesenmuchasocasionesnoseincluyenalafechadeintegracindelosestadosfinancieros.

    c)Equilibrioentrecaractersticascualitativas

    Paracumplirconelobjetivodelosestadosfinancieros,esnecesarioobtenerunequilibrioapropiadoentrelascaractersticascualitativasdelainformacin.Elloimplicaquesucumplimientodebedirigirsealabsquedadeunpuntoptimo,msquealaconsecucindenivelesmximosdetodaslascaractersticascualitativas,locualimplicalaaplicacinadecuadadeljuicioprofesionalencadacasoconcreto.

    L.2.Estadoseinformacinfinancieraagenerarporlosentespblicos.

    De acuerdo con la estructura que establecen los artculos 46, 47 y 48 de la Ley deContabilidad, lossistemas contables de los entes pblicos deben permitir la generacin de los estados y la informacinfinancieraqueacontinuacinseseala:

    ParalaFederacin(Artculo46):

    I. Informacincontable

    a) Estadodesituacinfinanciera

    b) Estadodevariacinenlahaciendapblica

    c) Estadodecambiosenlasituacinfinanciera

    d) Informessobrepasivoscontingentes

    e) Notasalosestadosfinancieros

    f) Estadoanalticodelactivo

    g) Estado analtico de la deuda y otros pasivos, del cual se derivarn las siguientesclasificaciones:

    i. Cortoylargoplazo,ascomoporsuorigeneninternayexterna

    ii. Fuentesdefinanciamiento

    iii. Pormonedadecontratacin,y

    iv. Porpasacreedor

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    II. Informacinpresupuestaria

    a) Estado analtico de ingresos, del que se derivar la presentacin en clasificacineconmicaporfuentedefinanciamientoyconcepto

    b) Estado analtico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarn lassiguientesclasificaciones:

    i. Administrativa

    ii. Econmicayporobjetodelgasto,y

    iii. Funcionalprogramtica

    c) Endeudamientoneto,financiamientomenosamortizacin,delquederivarlaclasificacinporsuorigeneninternoyexterno

    d) Interesesdeladeuda

    e) Unflujodefondosqueresumatodaslasoperacionesylosindicadoresdelaposturafiscal

    III. Informacinprogramtica

    a) Gastoporcategoraprogramtica

    b) Programasyproyectosdeinversin

    c) Indicadoresderesultados,y

    IV. LaInformacinparagenerarlascuentasnacionalesyatenderotrosrequerimientosprovenientesde organismos internacionales de los que Mxico forma parte (Informacin complementaria /econmica:3)

    Paralasentidadesfederativas(Artculo47):

    Los sistemascontables de lasdependenciasdel poderEjecutivo lospoderes Legislativo y Judicial lasentidadesylosrganosautnomosdebernproducir,enlamedidaquecorresponda,lainformacinreferidaen el artculo anterior, con excepcin de la fraccin I, inciso g) de dicho artculo, cuyo contenido sedesagregarcomosigue:

    I. Estadoanalticodeladeuda:

    a) Cortoylargoplazo

    b) Fuentesdefinanciamiento

    II. Endeudamientoneto:financiamientomenosamortizacin,y

    III. Interesesdeladeuda.

    Para los ayuntamientos de losmunicipios y de los rganos polticoadministrativos de lasdemarcacionesterritorialesdelDistritoFederal(Artculo48):

    Lossistemasdebernproducir,comomnimo,lainformacincontableypresupuestariaaqueserefiereelArtculo46,fraccinI,incisosa),b),c),e)yf)yfraccinII,incisosa)yb).

    Notasalosestadosfinancieros.

    De acuerdo con lo establecido por el Artculo 49 de la Ley de Contabilidad las notas a los estadosfinancierossonparte integralde losmismosstasdebernrevelaryproporcionar informacinadicionalysuficientequeampleydsignificadoalosdatoscontenidosenlosreportes,...

    Adicionalmente a los requisitos que deben cumplir y que estn sealados en dicho artculo, deberincluirseenlasnotasalosestadosfinancieros,losactivosypasivoscuyacuantaseainciertaoestsujetaauna condicin futura que se deba confirmar por un acto jurdico posterior o por un tercero. Si fuesecuantificable el evento se registrar en cuentas de orden para efecto de control hasta en tanto afecte lasituacinfinancieradelentepblico.

    3Seestclasificandolainformacineconmicacomocomplementaria,loquenoestprevistoenlaLeyniporelCONAC.Sinembargo,ellosededucedelalecturadeltextointegraldelamisma.IgualmentesehareordenadoelestadodenominadoFlujodeFondosporcorresponderelmismoalacategoradeinformacineconmica.

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    Otrasconsideraciones.

    El desarrollo de la finalidad, contenido y forma de presentacin de cada estado financiero y demsinformacin, as como de las mencionadas notas, se explican detalladamente en el Captulo VII de esteManualqueserefierealasNormasymetodologaparalaEmisindeInformacinFinancierayEstructuradelosEstadosFinancierosBsicosdelEntePblicoyCaractersticasdesusNotas.

    Por ltimo, debe sealarse que la Ley deContabilidadestableceen suArtculo 51que la informacinfinanciera que generen los entes pblicos en cumplimiento de esta Ley ser organizada, sistematizada ydifundida por cada uno de stos, al menos, trimestralmente en sus respectivas pginas electrnicas deinternet, a ms tardar 30 das despus del cierre del perodo que corresponda, en trminos de lasdisposicionesenmateriadetransparenciaquelesseanaplicablesy,ensucaso,deloscriteriosqueemitaelConsejo. La difusin de la informacin va internet no exime los informes que deben presentarse ante elCongresodelaUninylaslegislaturaslocales,segnseaelcaso.

    L.3.Estructurabsicadelosprincipalesestadosfinancierosagenerarporlosentespblicos.

    Laestructurade la informacin financiera se sujetara lanormatividademitidapor elCONACy por lainstancianormativacorrespondientedelentepblicoyenloprocedente,atenderlosrequerimientosdelosusuariosparallevaracaboelseguimiento,la