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SESIÓN JGL2019/1 ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 08 ENERO DE 2019 . Asistentes: Sr. Alcalde - Presidente: D. Manuel Domínguez González Sres. Concejales: D.ª MARÍA NOELIA GONZÁLEZ DAZA D. DOMINGO GARCÍA RUIZ. D. JOSÉ ALEXIS HERNÁNDEZ DORTA D. MOISÉS DARÍO PÉREZ FARRÁIS D.ª LAURA MARÍA LIMA GARCÍA Sra. Secretaria en funciones: D.ª Raquel Oliva Quintero En la Histórica Villa de Los Realejos, Provincia de Santa Cruz de Tenerife, siendo las 14:05 horas, del día 8 de enero de 2019, se reúne, en la Sala de Prensa, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Señor Alcalde, concurriendo los Sres./as Concejales/as relacionados al margen, haciendo constar que no asiste, D. ADOLFO GONZÁLEZ PÉREZ-SIVERIO, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria en funciones, al objeto de celebrar la sesión ordinaria, en primera convocatoria, con arreglo al siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. APROBACIÓN , SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 26/12/2018 .- Dada cuenta del borrador de referencia, por unanimidad de todos los miembros presentes se aprueba el acta de la sesión de carácter ordinario celebrada por la Junta de Gobierno Local. 2. PROPUESTA DE DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA Nº 2018/2476, DE 26 DE DICIEMBRE RELATIVA A LA

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SESIÓN JGL2019/1

ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 08 ENERO DE 2019.

Asistentes:Sr. Alcalde - Presidente:D. Manuel Domínguez González

Sres. Concejales:D.ª MARÍA NOELIA GONZÁLEZ DAZAD. DOMINGO GARCÍA RUIZ. D. JOSÉ ALEXIS HERNÁNDEZ DORTA D. MOISÉS DARÍO PÉREZ FARRÁISD.ª LAURA MARÍA LIMA GARCÍA

Sra. Secretaria en funciones:D.ª Raquel Oliva Quintero

En la Histórica Villa de Los Realejos, Provincia de Santa Cruz de Tenerife, siendo las 14:05 horas, del día 8 de enero de 2019, se reúne, en la Sala de Prensa, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Señor Alcalde, concurriendo los Sres./as Concejales/as relacionados al margen, haciendo constar que no asiste, D. ADOLFO GONZÁLEZ PÉREZ-SIVERIO, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria en funciones, al objeto de celebrar la sesión ordinaria, en primera convocatoria, con arreglo al siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1. APROBACIÓN , SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 26/12/2018 .- Dada cuenta del borrador de referencia, por unanimidad de todos los miembros presentes se aprueba el acta de la sesión de carácter ordinario celebrada por la Junta de Gobierno Local.

2. PROPUESTA DE DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA Nº 2018/2476, DE 26 DE DICIEMBRE RELATIVA A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS COMERCIALES ABIERTAS. PR 797. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación del SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS COMERCIALES ABIERTAS, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA, conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Vista la propuesta de inicio de las áreas de Comercio para la iniciar la contratación referida, así como el informe de necesidad, de configuración de lotes e informe de insuficiencia de medios.

2º.- Atendiendo a los citados informes se configura la contratación en los lotes que se describen a continuación:

Lote Presupuesto sin IGIC IGIC total Precio total

Lote 1.- Servicio de talleres de animación y ambientación navideña en zonas diseminadas y asociaciones de vecinos

3.409,77 euros 238,68 euros 3.648,45 euros

Lote 2.- Servicio de animación y dinamización en la campaña de navidad en zonas comerciales abiertas

2.335,00 euros 163,45 euros 2.498,45 euros

TOTAL 5.744,77 euros 402,13 euros 6.146,90 euros

3º.- A tal efecto, por el Técnico de Desarrollo Local, se informa respecto a la necesidad, insuficiencia y lotes respecto a la actividad comprendida en dicho servicio, y las condiciones del contrato.

4º.- Mediante Decreto 2017/2308, de 29 de noviembre, se acordó iniciar el expediente de contratación.

5º.- Por la Intervención Municipal se ha emitido documento acreditativo de la existencia de crédito adecuado y suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria COM 433 22609 Nº 221080019268 Y 2210819612, para atender el gasto previsto.

6º.- Por Decreto 2017/2344, de 3 de diciembre se aprobó el referido expediente de contratación, y posteriormente rectificado por un error en el importe asignado a cada lote mediante Decreto 201//2392, de 13 de diciembre.

7º.- Se publicó anuncio de licitación de las citadas obras en la Plataforma de Contratación del Sector Público con fecha 4 de diciembre de 2018, para la presentación de proposiciones.

8º.- Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se han presentado una sola empresa: JUAN CARLOS PÉREZ TOSTE.

9º.- En fecha 20 de diciembre de 2018, se procede a la apertura del SOBRE/ARCHIVO ELECTRÓNICO ÚNICO, y se procede a la apertura de ofertas con el siguiente resultado:

LOTE Nº 1 Servicio de Talleres de animación y ambientación navideña en Zonas diseminadas y Asociaciones de vecinos

CRITERIO 11.2.- Oferta económica del/la solicitante: máximo 50 puntos, a la oferta más ventajosa económicamente, y 0 puntos a la que se ajuste al tipo de licitación, valorándose el resto de las ofertas con la siguiente fórmula:

Puntuación= 50 x (importe de la mejor oferta/importe de la oferta a valorar)

1) D. Juan Carlos Pérez Toste, presenta, en relación a este criterio, Anexo I Oferta económica, con fecha 12 de diciembre de 2018, con el siguiente detalle:

Concepto Precio unitario por hora sin IGIC

Precio total sin IGIC

LOTE Nº 1 Servicio de Talleres de animación y ambientación navideña en Zonas diseminadas y Asociaciones de vecinos

93,40 € 2.335,00 €

Por lo que por este criterio, al ajustarse la oferta al presupuesto máximo de licitación, se computa un total de 0 puntos.

Por todo lo expuesto anteriormente, el resumen de valoraciones de la propuesta presentada es el siguiente:

Solicitante: Juan Carlos Pérez Toste

Nº Criterio de valoración P. Max Descripción Nº Puntos

obtenidos

11.1 Experiencia del/la solicitante 50,00

40 puntos por animación lectura 6 años 40,00

10 puntos por dinamización comercial 3 años 10,00

11.2 Oferta económica 50,00 Oferta más ventajosa

económicamenteIguala al tipo de

licitación 0

Total puntos 50,00III. CONCLUSIÓN

De acuerdo a la valoración anteriormente desarrollada, en aplicación de los parámetros y criterios de valoración que se recogen en el pliego de prescripciones técnicas para la adjudicación del LOTE 1 - Servicio de Talleres de Animación y Ambientación Navideña en Zonas Diseminadas y Asociaciones de Vecinos, la puntuación final obtenida por la persona licitadora, por orden decreciente de importancia y ponderación, es la siguiente:

LICITADOR 11.1 Experiencia 11.2 Oferta económica Total puntuación

Juan Carlos Pérez Toste 50,00 0,00 50,00

LOTE Nº 2 Servicio de Animación y Dinamización en la Campaña de Navidad en Zonas Comerciales Abiertas

CRITERIO 11.2.- Oferta económica del/la solicitante: máximo 45,00 puntos, a la oferta más ventajosa económicamente, y 0 puntos a la que se ajuste al tipo de licitación, valorándose el resto de las ofertas con la siguiente fórmula:

Puntuación= 45 x (importe de la mejor oferta/importe de la oferta a valorar)

2) D. Juan Carlos Pérez Toste, presenta, en relación a este criterio, Anexo I Oferta económica, con fecha 12 de diciembre de 2018, con el siguiente detalle:

Concepto Precio unitario por hora sin IGIC

Precio total sin IGIC

LOTE Nº 2 Servicio de Animación y Dinamización en la Campaña de Navidad en Zonas Comerciales Abiertas

87,43 € 3.409,77 €

Por lo que por este criterio, al ajustarse la oferta al presupuesto máximo de licitación, se computa un total de 0 puntos.

CRITERIO 11.3.- Mejoras del Servicio: máximo 10,00 puntos, a la oferta que mejore el servicio mediante la aportación de mobiliario o mejoras materiales.

Mobiliario como pueden ser carpas, mesas o sillas que el adjudicatario se compromete a adscribir para la prestación del servicio tanto de las Actividades de Dinamización como para los talleres de la Tarde Mágica y que contribuyan al objeto del contrato. Máximo 5,00 puntos. La empresa que acredite que se comprometa a aportar el mayor número de medios se le asignara la máxima puntuación y el resto proporcionalmente.

Mejoras materiales del Servicio. Máximo 5,00 puntos.

1) D. Juan Carlos Pérez Toste, presenta, en relación a este criterio, Declaración Responsable relativa al compromiso de adscripción de medios personales y materiales, con fecha 12 de diciembre de 2018, con el siguiente detalle:

Mobiliario: 4 mesas y sillas para talleres y 1 carpa, por lo que obtiene el máximo de 5,00 puntos.

Mejoras materiales del servicio: 2.500 globos, por lo que obtiene 1,00 punto, por aportar un mayor número de globos superior a 500 unidades respecto al mínimo.

Por lo que por este criterio, se computa un total de 6,00 puntos

Por todo lo expuesto anteriormente, el resumen de valoraciones de la propuesta presentada es el siguiente:

Solicitante: Juan Carlos Pérez Toste

Nº Criterio de valoración

P. Max Descripción Nº Puntos

obtenidos

11.1 Experiencia del/la solicitante 45,00

40 puntos por animación lectura 6 años 35,00

10 puntos por dinamización comercial 3 años 10,00

11.2 Oferta económica 45,00 Oferta más ventajosa económicamente

Iguala al tipo de licitación 0

11.3 Mejoras del servicio 10,00

5,00 puntos por mejoras en mobiliario

Carpas, mesas y sillas 5,00

5,00 puntos por mejoras en materiales del servicio

Mayor núm. globos 1,00

Total puntos 51,00

III. CONCLUSIÓNDe acuerdo a la valoración anteriormente desarrollada, en aplicación de los

parámetros y criterios de valoración que se recogen en el pliego de prescripciones técnicas para la adjudicación del LOTE 2 - Servicio de Animación y Dinamización en la Campaña de Navidad en Zonas Comerciales Abiertas, la puntuación final obtenida por la persona licitadora, por orden decreciente de importancia y ponderación, es la siguiente:

LICITADOR 11.1 Experiencia

11.2 Oferta económica

11.3 Mejoras del

servicioTotal puntuación

Juan Carlos Pérez Toste 45,00 0,00 6,00 51,00

10º.- En consecuencia, se acuerda elevar propuesta de adjudicación a favor de la empresa JUAN CARLOS PÉREZ TOSTE al obtener la máxima puntuación, no procediéndose formular requerimiento previo de documentación dado que ya consta aportada la documentación por el citado licitador.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- La contratación, que motiva el presente expediente, se califica como contrato de serivicos de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 259 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Como contrato administrativo se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción por la citada Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, las normas de derecho privado (art.º 25 LCSP)

II.- La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

— Los artículos 63, 99 a 102, 116, 117, 122, 124 y 131 a 159 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

— El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

— El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Artículos vigentes tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo).

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Alcalde, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

III.- De conformidad con la Disposición Adicional segunda de la LCSP señala que “1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Asimismo corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 %

de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.”

No obstante dicha competencia ha sido delegada por el Sr. Alcalde-Presidente en la Junta de Gobierno Local en virtud del Decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 1263/15, de 15 de junio, siendo, por tanto, dicho órgano colegiado el competente en el presente expediente. No obstante, en el presente supuesto, y dada la necesidad de comenzar cuanto antes con el citado servicio, preciso avocar la competencia delegada por parte de la Alcaldía, al amparo de lo establecido en artº. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

"PRIMERO.- Avocar la competencia delegada a la Junta de Gobierno Local, conferida mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 1263/15, de fecha 15 de junio, referida a la adjudicación del contrato de SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS COMERCIALES ABIERTAS

SEGUNDO.- Adjudicar el contrato de SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS COMERCIALES ABIERTAS que engloba los dos Lotes que se indican, a favor de DON JUAN CARLOS PÉREZ TOSTE (COLORÍN COLORADO CUENTOS Y ANIMACIÓN A LA LECTURA), con DNI 43374537 X, con domicilio en Calle San Agustín 29, Piso 23 C.P. 38410 Los Realejos, por un importe de adjudicación de CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (5.744,77- €) IGIC no incluido, por ser la oferta con mejor relación calidad-precio de acuerdo con las condiciones recogidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regulan dicha contratación, desglosado en la siguiente forma:

Lote Presupuesto sin IGIC IGIC total Precio total

Lote 1.- Servicio de talleres de animación y ambientación navideña en zonas diseminadas y asociaciones de vecinos

3.409,77 euros 238,68 euros 3.648,45 euros

Lote 2.- Servicio de animación y dinamización en la campaña de navidad en zonas comerciales abiertas

2.335,00 euros 163,45 euros 2.498,45 euros

TOTAL 5.744,77 euros 402,13 euros 6.146,90 euros

TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto por importe de SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (6.146,90.- €) IGIC incluido, desglosado en 5.744,77 euros, correspondientes al precio del contrato y 402,13 euros al IGIC liquidado al 7%.

CUARTO.- Son características y ventajas determinantes para la selección de la única oferta presentada, que ha sido declarada como la mejor relación calidad-precio, en aplicación de los criterios económicos y cualitativos.

QUINTO.- Publicar anuncio de adjudicación en el perfil de contratante en plazo de 15 días.

SEXTO.- Designar como responsable del Lote 1 al Gestor Cultural Dª María Candelaria Pérez Domínguez y del Lote 2 a Don Delfín Ruiz Lorenzo.

SÉPTIMO.- Notificar al adjudicatario del mencionado suministro y advertirle que la formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación de la resolución de adjudicación.

OCTAVO.- Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

NOVENO.- Dar cuenta de la presente resolución en la Junta de Gobierno Local”.

3. PROPUESTA DE DACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA- PRESIDENCIA Nº 2018/2486 RELATIVA A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS COMPRENDIDAS EN EL PROYECTO DENOMINADO EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL ANTONIO YEOWARD.PR 800. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación de las obras comprendidas en el proyecto denominado EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL "ANTONIO YEOWARD", con un presupuesto de licitación de DOSCIENTOS CUARENTA Y TES MIL TRESCIENTOS CATORCE EUROS CON CATORCE CENTIMOS (243.314,14.-€) IGIC liquidado a tipo cero, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO Y OFERTA MEJOR RELACION CALIDAD PRECIO, conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia 2018/1607, de 24 de agosto, se aprobó el proyecto redactado por la Unidad de Proyectos y Obras Municipales denominado “EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL ANTONIO YEOWARD" por importe de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CATORCE EUROS CON CATORCE CENTIMOS (243.314,14.-€) IGIC liquidado tipo cero.

2º.- Mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia 2018/1918, de 22 de octubre se aprobó el expediente de contratación para la ejecución de las citadas obras, mediante procedimiento abierto simplificado y oferta mejor relación calidad precio.

3º.- Mediante Resolución de fecha 12 de septiembre de 2018 de la Agencia Tributaria Canaria, se acordado reconocer la aplicación del tipo cero del Impuesto General Indirecto Canario para la ejecución del citado proyecto.

4º.- El día 29 de octubre de 2018 se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público anuncio y pliegos del expediente de contratación de las obras comprendidas en el proyecto denominado “EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL ANTONIO YEOWARD".

5º.- Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se han presentado las siguientes empresas: ASFALTOS Y OBRAS TAFURIASTE, S.L., CONSTRUCCIONES P. PEREZ GARCIA, S.L., FALISA, S.L., GALITEC DESARROLLOS TECNOLOGICOS, S.L., LUIS OLANO CONSTRUCCIONES, S.L., RAMITEN SERVICIOS, S.L. Y ZIMA DESARROLLOS INTEGRALES, S.L.

6º.- Con fecha 21 de noviembre de 20185, se celebra la primera Mesa de Contratación y a la apertura del SOBRE/ARCHIVO ELECTRONICO Nº 1 (DOCUMENTACION GENERAL PARA LA LICITACION, OFERTA ECONOMICA Y CRITERIOS OBJETIVOS VALORABLES MEDIANTE FORMULAS O PORCENTAJES) y analizada la documentación administrativa presentada por las empresas licitadoras, se le confiere un plazo de TRES -3- DÍAS HÁBILES, al objeto de que se subsane los defectos advertidos en la calificación de la documentación general

7º.- En posterior Mesa de Contratación de fecha 29 de noviembre de 2018, analizada la documentación presentada, se admite a todas las empresas licitadoras y, a continuación, se procedió a la apertura de la documentación relativa a los criterios de valoración valorables automáticamente, obteniendo las empresas la siguiente puntuación:

En consecuencia, se acuerda elevar propuesta de adjudicación a favor de la empresa ASFALTOS Y OBRAS TAFURIASTE, S.L., que obtiene la máxima puntuación con un total de 100 puntos.

8º.- Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de diciembre de 2018, se requirió a la entidad mercantil ASFALTOS Y OBRAS TAFURIASTE, S.L. para que dentro del plazo de SIETE-7-DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido este requerimiento, presentase Declaración Responsable de que los datos contenidos en el ROLECE no han variado, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, en su caso, así como acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, obligaciones tributarias estatales y autonómicas, debiendo aportar el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas junto con una Declaración Responsable de no haberse dado de baja en dicho impuesto, Declaración responsable del cumplimiento de requisitos en materia de prevención de riesgos laborales (Anexo IX), Declaración Responsable del Convenio Colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, con especificación expresa en dicho escrito, de que se compromete a facilitar cuanta información se le requiera sobre las condiciones de trabajo se aplique efectivamente a los trabajadores.

Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a que se refiere el apartado anterior deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.

Se advierte que en caso de resultar adjudicataria de más de un lote deberá acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional suficiente para cada uno de los lotes para los que resulte adjudicatario, así como que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 CLSP (cláusula 26.9 del Pliego de Cláusulas Económico Administrativas.) y constituyan garantía definitiva por importe de 9.398,01 euros, equivalente al 5% del importe ofertado.

9º.- Por la entidad mercantil adjudicataria se ha procedido a constituir la garantía definitiva requerida, según se acredita en el mandamiento de constitución de depósitos nº 320180011917, de fecha 19 de diciembre de 2018, y asimismo mediante instancia de fecha 18 de diciembre de 2018, con Registro de Entrada Telemático nº 949, se presenta la documentación requerida.

10º.- Mediante Registro de Entrada telemático nº 2018/965, de fecha 26 de diciembre, la entidad mercantil adjudicataria presenta el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Gestión de Residuos de la citada obra, respecto a los cuales se emite informe favorable del Arquitecto de la Unidad de Proyectos y Obras Municipales con fecha 27 de diciembre de 2018.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- La contratación, que motiva el presente expediente, se califica como contrato de obras de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 259 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Como contrato administrativo se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción por la citada Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, las normas de derecho privado (art.º 25 LCSP)

II.- La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

— Los artículos 63, 99 a 102, 116, 117, 122, 124 y 131 a 159 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

— El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

— El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Artículos vigentes tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo).

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Alcalde, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

III.- Mediante Resolución de la Alcaldía – Presidencia número 2018/1727 de fecha 24/09/2018 se aprobaron las instrucciones sobre operaciones de cierre del ejercicio 2018, a los efectos de coordinación interadministrativa para el cierre “ordenado” de las operaciones contables y la liquidación del presupuesto a 31 de diciembre de 2018 y con el fin de garantizar y facilitar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). En dichas

instrucciones se especifican las operaciones, plazos y procedimientos a realizar a final del presente ejercicio.

En este sentido el apartado 3.3 de dichas instrucciones relativo a las Retenciones de créditos, Autorizaciones y Disposiciones de Gasto (Fases RC/A/D/AD) señala que: “Las propuestas de Autorizaciones (A) y Disposiciones (D) o acumulaciones de Autorización y Compromiso (AD) de gasto, con cargo a los créditos presupuestarios de 2018, deberán tener entrada en Intervención, según corresponda, junto con la documentación contable justificativa, como máximo el 10 de diciembre”

Habida cuenta que la propuesta de adjudicación del contrato (Fase D) que se emite supera la fecha límite señalada en las referidas instrucciones aprobadas por Resolución de la Alcaldía – Presidencia es por lo que necesariamente esta deficiencia o Salvedad deberá ser objeto de Convalidación a la hora de adoptar el correspondiente acuerdo.

IV.- Mediante Resolución de la Alcaldía – Presidencia número 2018/1727 de fecha 24/09/2018 se aprobaron las instrucciones sobre operaciones de cierre del ejercicio 2018, a los efectos de coordinación interadministrativa para el cierre “ordenado” de las operaciones contables y la liquidación del presupuesto a 31 de diciembre de 2018 y con el fin de garantizar y facilitar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). En dichas instrucciones se especifican las operaciones, plazos y procedimientos a realizar a final del presente ejercicio.

En este sentido el apartado 3.3 de dichas instrucciones relativo a las Retenciones de créditos, Autorizaciones y Disposiciones de Gasto (Fases RC/A/D/AD) señala que: “Las propuestas de Autorizaciones (A) y Disposiciones (D) o acumulaciones de Autorización y Compromiso (AD) de gasto, con cargo a los créditos presupuestarios de 2018, deberán tener entrada en Intervención, según corresponda, junto con la documentación contable justificativa, como máximo el 10 de diciembre”

Habida cuenta que la propuesta de adjudicación del contrato (Fase D) que se emite supera la fecha límite señalada en las referidas instrucciones aprobadas por Resolución de la Alcaldía – Presidencia es por lo que necesariamente esta deficiencia o Salvedad deberá ser objeto de Convalidación a la hora de adoptar el correspondiente acuerdo.

V.- De conformidad con la Disposición Adicional segunda de la LCSP señala que “1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Asimismo corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.”

No obstante dicha competencia ha sido delegada por el Sr. Alcalde-Presidente en la Junta de Gobierno Local en virtud del Decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 1263/15, de 15 de junio, siendo, por tanto, dicho órgano colegiado el competente en el presente expediente. Sin embargo, por razones de agilidad, resulta preciso avocar la competencia, al amparo de lo

establecido en el artº 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público.

En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

“PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local, para declarar la validez del acto licitatorio para la adjudicación del contrato para la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto denominado “EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL "ANTONIO YEOWARD".

SEGUNDO.- Adjudicar el contrato para la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto denominado EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL "ANTONIO YEOWARD", a la entidad ASFALTOS Y OBRAS TAFURIASTE, S.L. con CIF B-38420121, con Domicilio en Calle Tafuriaste nº 11 Puerto de la Cruz; por un importe de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA EUROS CON DIECISIETE CENTIMOS (187.960,17.-€), IGIC liquidado al tipo 0%, de acuerdo con las condiciones recogidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regulan dicha contratación y con la propuesta económica y técnica presentada por la empresa adjudicataria, con un plazo de ejecución de SEIS -6- MESES, a contar desde la formalización del acta de comprobación de replanteo, comprometiéndose la empresa a la ejecución de las siguientes mejoras:

TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto por importe de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA EUROS CON DIECISIETE CENTIMOS (187.960,17.-€), IGIC liquidado al tipo 0%.

CUARTO.- Convalidar la deficiencia o salvedad dado que la presente adjudicación supera la fecha del 10 de diciembre, fecha límite para dar entrada de la fase de disposición del gasto (D) según la Resolución de la Alcaldía – Presidencia nº 2018/1727 de fecha 24/09/2018 por el que se aprobaron las instrucciones sobre operaciones de cierre del ejercicio 2018, dado que por los plazos de aprobación del expediente de contratación no ha sido posible tramitarlo con anterioridad.

QUINTO.- Aprobar el Plan de Seguridad y Salud presentado por la citada empresa para la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto denominado EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL "ANTONIO YEOWARD".

SEXTO.- Advertir al adjudicatario que, conforme establece el artículo 7.4 del R.D. 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, cualquier modificación que se pretenda introducir por la empresa contratista al plan de seguridad y salud en el trabajo en función del proceso de ejecución, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, requerirá de un nuevo informe expreso del director facultativo de las obras, y habrá de someterse al mismo trámite de aprobación, información y traslado a los diversos agentes intervinientes en el proceso.

SÉPTIMO.- Advertir al adjudicatario que el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, una vez aprobado, deberá estar en la obra correspondiente, en poder del contratista o persona que le represente, a disposición permanente de quienes intervengan en la ejecución de la obra, de los representantes de los trabajadores, del coordinador, de la dirección facultativa, del personal y servicios de prevención, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los órganos técnicos en materia de la comunidad autónoma.

OCTAVO.- Designar como director de las citadas obras al Arquitecto de la Unidad de Proyectos y Obras Municipales, Luis María Machi Pérez y como coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de las mismas al Arquitecto Técnico de la Unidad de Proyectos y Obras Municipales, Fabián D. Rodríguez Luis.

NOVENO.- Aceptar el Plan de Gestión de Residuos de construcción y demolición para la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto denominado EDIFICIO DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE FÚTBOL "ANTONIO YEOWARD".

DECIMO.- Requerir al adjudicatario para que en el plazo de QUINCE -15- DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente adjudicación acuda su representante legal, a esta Casa Consistorial, el día y hora que se le indique al efecto, al objeto de formalizar el correspondiente contrato.

UNDÉCIMO.- Requerir a la empresa adjudicataria para que antes de la formalización del contrato, presente copia compulsada de la póliza de seguro de responsabilidad civil y recibo del último pago de la prima, conforme a la cláusula 20.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares.

DUODÉCIMO.- Notificar la presente Resolución a la empresa adjudicataria, a las demás empresas invitadas a la licitación, y simultáneamente publicarla en el perfil del contratante de la Plataforma de Contratación de la Administración General del Estado a la que se ha adherido esta Administración.

DÉCIMOTERCERO.- Dar traslado de la presente resolución a los Servicios Económicos Municipales a los efectos oportunos.

DÉCIMOCUARTO.- Dar cuenta de la presente Resolución a la Junta de gobierno Local"

4. ASUNTOS URGENTES . No hubo.

5. ASISTENCIA A LA ALCALDÍA EN EL EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES.

Único. Por unanimidad de todos los miembros presentes se asiste favorablemente a la Alcaldía para solicitar a la Dirección General de Tráfico informe sobre la idoneidad de dibujar una línea discontinua en la salida por Camino El Patronato a la Autopista del Norte TF-5, carril de entrada al municipio de Los Realejos por la rotonta de Los Barros, a los efectos de solucionar el colapso circulatorio que se genera en dicha rotonda.

6. RESEÑA DE ANUNCIOS EN BOLETINES OFICIALES DE INTERÉS PARA LOS REALEJOS.- Por la Sra Secretaria en funciones, se da cuenta de los siguientes boletines:BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIANúm 152 de 19 de D ICIEMBRE de 2018 , ANUNCIO , por el que se hace público: Bases que han de regir en las pruebas de aptitud para la obtención del permiso municipal para conducir vehículos autotaxi. Información pública de la modificación parcial y puntual de la Ordenanza reguladora de las prestaciones económicas de servicios sociales.Núm 155 de 26 de DICIEMBRE de 2018 , ANUNCIO , por el que se hace público: Modificación de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2018. Bases de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de un puesto de Trabajador Social.Núm 156 de 28 de DICIEMBRE de 2018 , ANUNCIO , por el que se hace público: Aprobación definitiva del Presupuesto General, de la Plantilla Orgánica y de la Relación de Puestos de Trabajo ejercicio 2019

7. RUEGOS Y PREGUNTAS. No hubo.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, de orden de la Presidencia, se da por terminada la sesión, siendo las 14:14 horas, de todo lo cual, yo la Secretaria en funciones, doy fe.

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE