1.- régimen aplicable a personas físicas con actividad empresarial, que únicamente enajenen...

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Page 1: 1.- Régimen aplicable a personas físicas con actividad empresarial, que únicamente enajenen bienes o presten servicios al público en general, siempre
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1.- Régimen aplicable a personas físicas con actividad empresarial, que únicamente enajenen bienes o presten servicios al público en general, siempre que sus ingresos por actividad empresarial e intereses en el año anterior no excedan de $1,750,000.00.

AntecedentesAntecedentes::

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2.- En el 2002 se incluyó en este régimen la limitante de vender mercancía extranjera.

AntecedentesAntecedentes::

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3.- Para el 2003 permite la venta de mercancía extranjera, siempre que se pague impuesto a una tasa del 20% sobre la utilidad por venta de mercancía extranjera.

AntecedentesAntecedentes::

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Comentarios:Comentarios:

1.- Los contribuyentes cuyas ventas se compongan de mercancía de procedencia extranjera mayor de un 30% de la venta total, causan un impuesto sobre la renta del 20% sobre la ganancia directa de dicha mercancía (precio menos costo de adquisición sin permitir la deducción de gastos).

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Comentarios:Comentarios:

2.- Dicho costo impositivo encarece el precio para el consumidor final dejándolo fuera de competencia respecto al competidor extranjero y otros contribuyentes nacionales (régimen general de Ley). Lo anterior propicia el comercio informal, contrabando y por lo tanto evasión fiscal.

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3.- Los Pequeños contribuyentes no gozan los beneficios del Tratado de Libre Comercio (tasas preferenciales en los aranceles), en los casos de la pequeña importación (hasta cinco mil dólares). Esta situación fomenta pérdida de competitividad, economía informal, el contrabando y por consecuencia la evasión fiscal.

Comentarios:Comentarios:

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PropuestaPropuesta::A) En materia de Impuesto Sobre la

Renta, se proponen dos alternativas:

1. Por las características de la región fronteriza y con la finalidad de estimular el comercio de los pequeños contribuyentes, se propone eliminar la tasa especial del 20% y aplicar la tasa general de hasta el 2% de la venta.

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2.- Que la determinación del 20% de ISR sea sobre la ganancia real por la venta de mercancía; es decir, se permita no sólo la disminución del costo de adquisición (importación) del producto sino además disminuir gastos y costos relacionados con dicha venta, tales como fletes, seguros, energía eléctrica, sueldos y salarios. Además aquellos gastos y costos que no puedan ser identificados directamente se les permita su deducción de manera proporcional a los ingresos que representen las ventas de mercancía de importación respecto al total de ingresos.

PropuestaPropuesta::

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PropuestaPropuesta::

B) En materia Aduanera se propone:

Permitir la aplicación del régimen de importación bajo el tratado de libre comercio aplicando tasas preferenciales. Mediante el siguiente mecanismo:

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Que se autorice a REPECOS registrarse en el padrón de Importadores y exportadores.

Mantener la opción de pequeña importación, con el derecho de tasas preferenciales y sin la necesidad de realizar importación a través de Agente Aduanal.

PropuestaPropuesta::

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Beneficios: Beneficios:

I. Proporcionalidad y Equidad en la causación del impuesto sobre la renta.

II. Simplificación en las obligaciones de los pequeños contribuyentes, lo cual motiva el comercio y la generación de fuentes de ingresos y empleos.

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III. Permite a los Pequeños contribuyentes ser más competitivos en razón de los precios de mercancía en el extranjero.

Beneficios: Beneficios:

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IV. La competitividad desalienta realizar comercio en la economía informal y por otro lado motiva a quien comercializa dentro de la economía informal a regularizarse.

Beneficios: Beneficios:

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V. Se dan facilidades para evitar el contrabando.

VI. Se contaría con un control sobre las adquisiciones de mercancía de procedencia extranjera de los pequeños contribuyentes.

Beneficios: Beneficios: