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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL SUMARIO DECRETOS Pág. 4 - 18 Decreto Nº 431/06 : Declárase de Interés Municipal “el 5º Congreso Ibero Americano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto Nº 432/06 Ordenanza Nº 8128/06 : Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Jorge Omar Auguet D.N.I. Nº 12.633.657, el uso del suelo para el anexo del rubro “Estación de Servicio con expendio de G.N.C.”, a desarrollarse en la propiedad sita en la Avenida Rivadavia Nº 16.016, de la Ciudad de Haedo. Decreto Nº 433/06 Ordenanza Nº 8139/06 :Convalídase el Convenio “Unidades de Desarrollo Infantil Modalidad Centros de Atención Integral” registrado bajo el Nº 1352/05, suscripto con la Subsecretaría de Coordinación Operativa del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual las partes asumen sus respectivos compromisos para subvencionar la atención gratuita de niños de ambos sexos, de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con Riesgo Ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos, brindada a través de Comedores Infantiles, Guarderías, Casas Solidarias y Acciones Nutricionales Familiares. Decreto Nº 434/06 Ordenanza Nº 8140/06 : Declárese de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Secc. D, Mza. 278, Parc. 33, Subp. 00-03, a favor de la Sra. Susana Silvia Fernández con D.N.I. Nº 22.420.000. Decreto Nº 435/06 Ordenanza Nº 8141/06 : Decláre de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. F, Mza. 233a, Parc. 18, a favor del Sr. Patisco Oscar Alberto con D.N.I Nº 22.970.332. Decreto Nº 436/06 Ordenanza Nº 8142/06 : Autorízase a la Empresa Edenor S.A., a la apertura de veredas para la instalación de cable armado subterráneo de media tensión y elementos complementarios en las siguientes calles Belgrano e/ Brown y Buen Viaje e/ Belgrano y 9 de Julio de la Ciudad de Morón. Decreto Nº 437/06 : Aplícase a los agentes Lazare Mauricio Alberto (Legajo Nº 93.781) y Armaza Fernando Jaime (Legajo Nº 170.990), sanción correctiva de apercibimiento, prevista por el artículo 62º inc. b) de la Ley Nº 11.757. Decreto Nº 438/06 : Autorízase a la Señora Directora de Educación María Virginia Veyga y a la docente Marina Parra a concurrir al “V Congreso Iberoamericano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la Ciudad de Joinville, Brasil. Decreto Nº 439/06 : (Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 440/06 : Declárase de Interés Municipal “la Fiesta en Honor al Señor de los Milagros de Mailín”, organizada por la Comunidad Asunción de María de la Parroquia Sagrada Familia de Morón Sur, que se realizará los días sábado 27 y domingo 28 de Mayo en la Plaza Manzanar, sita entre las calles Santiago del Estero, Ruiz Díaz, Conscripto Ibañez y Santa Teresa, de la Ciudad de Morón. Decreto Nº 441/06 : (Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 442/06 : (Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 443/06 : (Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 444/06 : (Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 445/06 : (Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 446/06 :(Ver Decretos Sintetizados) Decreto Nº 447/06 :Rectifícase en su parte pertinente el Artículo 1º del Decreto Nº 1375/05. Decreto Nº 448/06 Ordenanza Nº 8134/06 : Modifícase los términos del artículo 75º de la Ordenanza Nº 10447 y sus modificatorias, Decreto Nº 449/06 Ordenanza Nº 8137/06 :Convalídase el Convenio Marco de Asistencia y Colaboración registrado bajo Nº 117/06, suscripto con la Asociación del Observatorio de Cambios en América Latina (LOCAL). BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

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Page 1: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

SUMARIO

DECRETOS Pág. 4 - 18

Decreto Nº 431/06 : Declárase de Interés Municipal “el 5º Congreso Ibero Americano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil.

Decreto Nº 432/06 Ordenanza Nº 8128/06 : Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Jorge Omar Auguet D.N.I. Nº 12.633.657, el uso del suelo para el anexo del rubro “Estación de Servicio con expendio de G.N.C.”, a desarrollarse en la propiedad sita en la Avenida Rivadavia Nº 16.016, de la Ciudad de Haedo.

Decreto Nº 433/06 Ordenanza Nº 8139/06 :Convalídase el Convenio “Unidades de Desarrollo Infantil Modalidad Centros de Atención Integral” registrado bajo el Nº 1352/05, suscripto con la Subsecretaría de Coordinación Operativa del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual las partes asumen sus respectivos compromisos para subvencionar la atención gratuita de niños de ambos sexos, de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con Riesgo Ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos, brindada a través de Comedores Infantiles, Guarderías, Casas Solidarias y Acciones Nutricionales Familiares.

Decreto Nº 434/06 Ordenanza Nº 8140/06 : Declárese de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Secc. D, Mza. 278, Parc. 33, Subp. 00-03, a favor de la Sra. Susana Silvia Fernández con D.N.I. Nº 22.420.000.

Decreto Nº 435/06 Ordenanza Nº 8141/06 : Decláre de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. F, Mza. 233a, Parc. 18, a favor del Sr. Patisco Oscar Alberto con D.N.I Nº 22.970.332.

Decreto Nº 436/06 Ordenanza Nº 8142/06 : Autorízase a la Empresa Edenor S.A., a la apertura de veredas para la instalación de cable armado subterráneo de media tensión y elementos complementarios en las siguientes calles Belgrano e/ Brown y Buen Viaje e/ Belgrano y 9 de Julio de la Ciudad de Morón.

Decreto Nº 437/06 : Aplícase a los agentes Lazare Mauricio Alberto (Legajo Nº 93.781) y Armaza Fernando Jaime (Legajo Nº 170.990), sanción correctiva de apercibimiento, prevista por el artículo 62º inc. b) de la Ley Nº 11.757.

Decreto Nº 438/06 : Autorízase a la Señora Directora de Educación María Virginia Veyga y a la docente Marina Parra a concurrir al “V Congreso Iberoamericano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la Ciudad de Joinville, Brasil.

Decreto Nº 439/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 440/06 : Declárase de Interés Municipal “la Fiesta en Honor al Señor de los Milagros de Mailín”, organizada por la Comunidad Asunción de María de la Parroquia Sagrada Familia de Morón Sur, que se realizará los días sábado 27 y domingo 28 de Mayo en la Plaza Manzanar, sita entre las calles Santiago del Estero, Ruiz Díaz, Conscripto Ibañez y Santa Teresa, de la Ciudad de Morón.

Decreto Nº 441/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 442/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 443/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 444/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 445/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 446/06 :(Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 447/06 :Rectifícase en su parte pertinente el Artículo 1º del Decreto Nº 1375/05.

Decreto Nº 448/06 Ordenanza Nº 8134/06 : Modifícase los términos del artículo 75º de la Ordenanza Nº 10447 y sus modificatorias,

Decreto Nº 449/06 Ordenanza Nº 8137/06 :Convalídase el Convenio Marco de Asistencia y Colaboración registrado bajo Nº 117/06, suscripto con la Asociación del Observatorio de Cambios en América Latina (LOCAL).

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

Page 2: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 450/06 :Reconócese con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil “Reconstruyendo Caminos”, con domicilio legal en la calle C. Pellegrini Nº 596 de la localidad y partido de Morón.

Decreto Nº 451/06 : Reconócese la prórroga de la licencia sin goce de haberes, que fuera autorizada por medio del Decreto Nº 776/05, a la docente Principiano Carola (Legajo Nº 181.090/00), hasta el día 23 de Mayo de 2007.

Decreto Nº 452/06 : Créase en el Cálculo de Recursos el rubro Transferencias Corrientes. De Gobierno e Instituciones Provinciales y Municipales. Ministerio de Desarrollo Humano – Programa comadres. por PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 13.674,00.-). Créase en el Presupuesto General de Gastos la categoría programática 32.07.00 “Plan Comadres” correspondiente al Programa 32 “Asistencia Laboral y de Recursos a Personas Fuera del Circuito Productivo”, dotado de las partidas Denominación: Ayudas Sociales a Personas por un total de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 13.674.-).

Decreto Nº 453/06 : Créase en el Cálculo de Recursos el rubro Transferencias Corrientes. De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales. Ministerio de Desarrollo Humano – Programa de Asistencia Alimentaria por PESOS SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES ($ 7.193.-). Créase en el Presupuesto General de Gastos la Categoría programática 32.08.00 “Programa de Asistencia Alimentaria” correspondiente al Programa 32 “Asistencia Laboral y de Recursos a Personas Fuera del Circuito Productivo”, dotado de las partidas Denominación: Ayudas Sociales a Personas por un total de PESOS SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES ($ 7.193.-).

Decreto Nº 454/06 : Declárase de Interés Municipal la “Reunión de Trabajo Unidad Temática Cultura - Mercociudades”, que se llevará a cabo los días 10, 11 y 12 de Abril de 2006, en la Provincia de Córdoba.

Decreto Nº 455/06 : Asígnasele a la Dra. Sztyrle Alicia María del Carmen (Legajo Nº 16676700), Directora de Fiscalización y Apremio, a partir del día 24 de Abril hasta el día 14 de Mayo del año 2006 inclusive, la firma de la Dirección de Tributos Municipales, en sustitución de la Dra. Pappalardo Silvana Nancy (Legajo Nº 15309000), cesando dicha sustitución a la fecha de reincorporación de esta última.

Decreto Nº 456/06 : Otórgase un subsidio a favor del “Hogar de Niños BETEL” por la suma de $ 7.000.- (pesos siete mil), para saldar la deuda hipotecaria de la sede Social sita en la calle Aristóbulo del Valle Nº 455, Unidad Funcional Nº 2, entre Almafuerte y Bartolomé Mitre, en la localidad de Castelar.

Decreto Nº 457/06 : Otórgase un subsidio a favor del Club de la 3ª Edad “La Unión”, por las sumas de $ 2.135.- (pesos dos mil ciento treinta y cinco), de $ 1.322.- (pesos un mil trescientos veintidós) y de $ 461.- (pesos cuatrocientos sesenta y uno), a los efectos de realizar la construcción de una cocina y 2 (dos) baños en el mencionado Club.

Decreto Nº 458/06 : Autorízase el reintegro de gastos que demandaran las Jornadas denominadas “30 años. Memoria, Verdad y Justicia”, que se llevaron a cabo los días 18 y 19 de Marzo del año en curso.

Decreto Nº 459/06 : Aplícase sanción disciplinaria de cesantía prevista en el artículo 62º apartado 11 inciso d) de la Ley 11.757, al agente Recalt José Pedro (Legajo Nº 81.182), por hallarse incurso en las causales enunciadas en el artículo 64º incisos 2, 3, 6 y 10 del mismo cuerpo normativo.

Decreto Nº 460/06 : Disminúyanse en el Presupuesto General de Gastos por un total de $ 45.088,00.- (pesos cuarenta y cinco mil ochenta y ocho), las partidas: Subjurisdicción . Fuente de Financiamiento 1110104000.1110107000. 1110107000. Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de $ 45.088,00.- (pesos cuarenta y cinco mil ochenta y ocho), las Partidas: Subjurisdicción: Fuente de Financiamiento 110104000. 1110107000.

Decreto Nº 461/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 462/06 : Aféctase al ejercicio 2006, el expediente 4079-11718/05, que fue comprometido y no devengado en el ejercicio 2005, el crédito pertinente del presente ejercicio. Proveedor: Ricardo Alvarez.

Decreto Nº 463/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 464/06 : Autorízase el gasto que demande “la participación de los Atletas federados representativos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales organizados por la Federación Atlética Metropolitana (F.A.M.)”.

Decreto Nº 465/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 466/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 2

Page 3: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 467/06 Ordenanza Nº 8138/06 : Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Hugo Daniel Arroyo D.N.I. 14.384.870, el Uso del Suelo para el rubro “Taller Mecánico”, con excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, para el local sito en la calle Salvador Curutchet Nº 2146 de la Ciudad de Castelar.

Decreto Nº 468/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 469/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 470/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 471/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 472/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 473/06 : Créase la Caja Chica de la dependencia Dirección de Acción Social Programa Chicos con Menos Calle con especificación del monto asignado y su rotación mensual.

Decreto Nº 474/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 475/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 476/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 477/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 478/06 : Otórgase un subsidio a favor de la Biblioteca Popular Parlante Sur, por la suma de $ 1.996 (pesos un mil novecientos noventa y seis), para solventar los gastos que demande la renovación del Contrato de Alquiler del inmueble ubicado en la calle Rivadavia Nº 16.348, que ocupa la citada Entidad.

Decreto Nº 479/06 : Recházase la Denuncia de Ilegitimidad interpuesta por el Señor Darío Ramón Clausi -DNI 12.349.948- Legajo Nº 64.428, referente a su reubicación escalafonaria.

RESOLUCIONES Pág. 18 - 20

DECRETOS SINTETIZADOS Pág. 20 - 22

El presente trabajo es elaborado por:Secretaría Privada

Dirección de Asistencia TécnicaDepartamento Boletín y Digesto Municipal

Dependiente delSr. Intendente Martín Sabbatella

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 3

Page 4: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

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DECRETOS

DECRETO Nº 431/06 Morón, 03 de Abril de 2006.-VISTO:

El Expediente Nº 4079-12495/06-0 D.E. y, CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Educación, solicitando se declare Interés Municipal el “5º Congreso Ibero Americano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil.

Que la actual gestión municipal, a través de la Dirección de Educación viene desarrollando diversas acciones en Educación Ambiental que promueven y contribuyen al proceso de sensibilización de la ciudadanía local en cuestiones ambientales.

Que si bien la Educación Ambiental ha sido tema motivador de diversas convenciones internacionales, es en América Latina un campo fértil en plena construcción, que va creciendo al calor de los debates e intercambio de experiencias que durante encuentros, jornadas, talleres y congresos se dan de manera enriquecedora, ya que promueven una revisión crítica de la educación y de las relaciones sociedad – naturaleza y esto es traducido en planes de trabajo de acción local.

Que atento la importancia que reviste el evento mencionado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “el 5º Congreso Ibero Americano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretario de Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Andres R. Rodriguez - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 432/06 Morón, 03 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8128/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11687/05 D.E.– 59556/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8128/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Jorge Omar Auguet D.N.I. Nº 12.633.657, el uso del suelo para el anexo del rubro “Estación de Servicio con expendio de G.N.C.”, a desarrollarse en la propiedad sita en la Avenida Rivadavia Nº 16.016, de la Ciudad de Haedo, cuyos datos catastrales son: Circ. III, Secc. G, Manz. 449, Parc. 1, Partida Nº 6901, con carácter de excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 59556/05 H.C.D– 4079-11687/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 23 de septiembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de habilitación y pago de los derechos correspondientes dentro de los 120 (ciento veinte) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de la Ordenanza Nº 14036/94 – Decreto Nº 69/95 y demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Luis M. De Luca - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 433/06 Morón, 03 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8139/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-14413/05-2 D.E. – 61609/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 4

Page 5: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8139/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio “Unidades de Desarrollo Infantil Modalidad Centros de Atención Integral” registrado bajo el Nº 1352/05, suscripto con la Subsecretaría de Coordinación Operativa del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual las partes asumen sus respectivos compromisos para subvencionar la atención gratuita de niños de ambos sexos, de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con Riesgo Ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos, brindada a través de Comedores Infantiles, Guarderías, Casas Solidarias y Acciones Nutricionales Familiares”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publí-quese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Andres R. Rodriguez - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 434/06 Morón, 04 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8140/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11171/05-0 D.E.– 61575/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8140/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárese de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Secc. D, Mza. 278, Parc. 33, Subp. 00-03, a favor de la Sra. Susana Silvia Fernández con D.N.I. Nº 22.420.000.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”

“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Luis M. De Luca - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 435/06 Morón, 04 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8141/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16333/05-0 D.E.– 61576/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8141/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Decláre de Interés Social la Escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. F, Mza. 233a, Parc. 18, a favor del Sr. Patisco Oscar Alberto con D.N.I Nº 22.970.332.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Luis M. De Luca - Guillermo R. Pascuero

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 5

Page 6: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 436/06 Morón, 04 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8142/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11445/06-0 D.E.– 61541/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8142/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Edenor S.A., a la apertura de veredas para la instalación de cable armado subterráneo de media tensión y elementos complementarios en las siguientes calles Belgrano e/ Brown y Buen Viaje e/ Belgrano y 9 de Julio de la Ciudad de Morón, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el valor de la Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.”“Artículo 5º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo a la devolución del fondo de garantía.” “Artículo 6º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 21 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.”“Artículo 7º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º y 4º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 8º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número telefónico de fácil acceso del representante técnico y del inspector

designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Luis M. De Luca - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 437/06 Morón, 04 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), el expediente Nº 4079-17277/04-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra memorándum del Departamento Edilicios informando a la Dirección de Obras y Delegaciones Operativas, que el día 17 de Agosto de 2004 se les encomendó a los agentes Armaza Fernando, Lazare Mauricio y Lescano Eduardo, la realización de tareas en la Escuela de Capacitación Ricardo Rojas, la cual consistía en soldar una reja y que habiendo culminado con dicho trabajo dejaron olvidada en la Escuela la máscara de protección facial provista de celda fotosensible, acto que no informaron en esa oficina al retornar de dicha Escuela.

Que el día 18 de Agosto de 2004, los mismos agentes se dirigieron al Departamento de Abasto donde realizaron tareas y posteriormente a la Escuela de Capacitación Ricardo Rojas a llevar dos rejas que habían fabricado en el taller y al buscar la máscara que fuera olvidada el día anterior, la encontraron con el faltante del elemento fotosensible, cuyo valor oscila aproximadamente en $ 550,00 (Pesos quinientos cincuenta); siendo las 14:15 horas le informaron al jefe de ese Departamento los hechos ocurridos desde ayer hasta la hora señalada

Que a fs. 4 se ordena la instrucción de los correspondientes sumarios administrativos, a los efectos de determinar y deslindar responsabilidades.

Que a fs. 10 obra declaración testimonial del Jefe del Departamento Edilicios, Sr. Mauricio Esteban Muñoz, quien ratifica en todos sus términos lo manifestado a fs. 1 de las presentes actuaciones.

Que a fs. 17/18 luce denuncia policial realizada con fecha 17 de Febrero de 2005.

Que a fs. 29 obra nota de la Dirección de Recursos Humanos informando que el agente Lescano Eduardo fue dado de baja con fecha 28 de Febrero de 2005.

Que a fs. 35/36 vta. obra declaración de los agentes Fernando Jaime Armaza y Alberto Lazare.

Que a fs. 47 vta obra declaración testimonial del Coordinador de Trabajos

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perteneciente al Departamento Edilicios, Sr. Ferreyra Ricardo Oscar.

Que a fs. 48 obra nota del Departamento de Sumarios donde deja constancia que no se ha presentado a prestar declaración el ex agente Lescano Eduardo, habiendo sido citado en tres oportunidades y careciendo esa Instrucción de las facultades para hacer comparecer al citado ex agente, se da por desistida la medida dispuesta.

Que a fs. 55 se adjunto informe de la compulsa judicial, realizada ante la U.F.I. Nro 7, del Departamento Judicial de Morón, a los fines de efectuar la compulsa de la I.P.P. Nro. 260.626. El personal dependiente de la citada Fiscalía, informa que con fecha 23 del mes de febrero del 2005, fue remitida al cuerpo de instructores a los efectos de designar el funcionario judicial que entendería en dichas actuaciones, indicándose que la I.P.P se encuentra en trámite.

Que a fs 56/58 obra dictamen del Departamento de Sumarios estableciendo que la conducta narrada con respecto a los agentes Fernando Jaime Armaza y Mauricio Alberto Lazare, denotan la falta de cuidado de los bienes municipales, no habiendo velado por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su custodia, conforme se encuentra previsto por los artículos 59 inc. c), 63 inc. 3), con la sanción prevista en el artículo 62 inc. I). Todo ello, correspondiente a la Ley Nro. 11.757 (Estatuto del Empleado Municipal). Por todo lo expuesto, ese Departamento resolvió citar a los agentes mencionados, a los fines de notificarles el auto de imputación, concediéndole traslado por el término de diez (10) días a los fines que produzca su descargo y ofrezca prueba de que intente valerse.

Que a fs. 74 obra descargo del agente Fernando Jaime Armanza, donde declara que el Sr. Muñoz Mauricio los autorizó para que su cuadrilla de trabajo dejase las herramientas en la escuela de capacitación ya que al día siguiente había de continuar con los trabajos, dado que no había certeza de que hubiere disponibilidad de transporte para las herramientas.

Que a fs. 111 obra pliego de interrogatorio a tenor del cual prestaran declaraciones los testigos ofrecido por el agente Armanza y a fs. 112/115 obra declaración testimonial de los agentes Juan Angel Leiva, Arturo Sebastian Godoy, Mario Daniel Morales y Oscar Alejandro Sanchez.

Que a fs. 116/119 vta. el Departamento de Sumarios dictamina que concluidas las actuaciones, se ha determinado que los agentes Armanza y Lazare, son responsables administrativamente del hecho que se le imputara y que su conducta fue realizada en forma negligente con respecto a los elementos a su cuidado y propios de su trabajo habitual.

Que a fs. 122/147 obra legajo del agente Lazare Mauricio y fs. 148/181 el legajo de Armaza Fernando Jaime.

Que a fs. 182 obra copia del acta de la Junta de Disciplina, donde establece que por unanimidad aconseja aplicar una sanción correctiva de “Apercibimiento” a los agentes imputados.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º:. Aplícase a los agentes Lazare Mauricio Alberto (Legajo Nº 93.781) y Armaza Fernando Jaime (Legajo Nº 170.990), sanción correctiva de apercibimiento, prevista por el artículo 62º inc. b) de la Ley Nº 11.757 por hallarse sus

conductas encuadradas en las previsiones del artículo 62º inc. I), de la normativa citada. ARTICULO 2º: Notifíquese por la Dirección de Recursos Humanos a los agentes mencionados en el artículo precedente, el texto íntegro del presente Decreto y anótese en los Legajos correspondientes.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno. ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Luis M. De Luca - Guillermo R. Pascuero C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 438/06 Morón, 04 de Abril de 2006.-VISTO:

El Expediente Nº 4079-12548/06-0 D.E. y, CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 431/06 se declaró de Interés Municipal el “V Congreso Iberoamericano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la Ciudad de Joinville, Brasil.

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Educación, solicitando la suma de $ 4.000 (pesos cuatro mil) para solventar los gastos de la participación de la Señora Directora de Educación María Virginia Veyga y la docente Señorita Marina Parra, al mencionado evento.

Que a fs. 2 se adjunta Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTÍCULO 1º:. Autorízase a la Señora Directora de Educación María Virginia Veyga y a la docente Marina Parra a concurrir al “V Congreso Iberoamericano de Educación Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la Ciudad de Joinville, Brasil.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de María Virginia Veyga (DNI 6.290.037), por la suma de Pesos cuatro mil ($ 4.000,-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar los gastos que demande la concurrencia al mencionado CongresoARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe 34.00.00 3.7.2.0 Viáticos $ 4.000,-

Total

$ 4.000,-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

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DECRETO Nº 440/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12620/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado en el Visto, obra nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando se declare Interés Municipal la Fiesta en Honor al Señor de los Milagros de Mailín organizada por la Comunidad Asunción de María de la Parroquia Sagrada Familia de Morón Sur, que se realizará los días sábado 27 y domingo 28 de Mayo en la Plaza Manzanar, sita entre las calles Santiago del Estero, Ruiz Díaz, Conscripto Ibañez y Santa Teresa, de la Ciudad de Morón.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “la Fiesta en Honor al Señor de los Milagros de Mailín”, organizada por la Comunidad Asunción de María de la Parroquia Sagrada Familia de Morón Sur, que se realizará los días sábado 27 y domingo 28 de Mayo en la Plaza Manzanar, sita entre las calles Santiago del Estero, Ruiz Díaz, Conscripto Ibañez y Santa Teresa, de la Ciudad de Morón.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Privada y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 447/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo; el Decreto Nº 1375/05, el expediente Nº 4079-16516/05 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto, se promulgó la Ordenanza Nº 7301/05, sancionada por Honorable Concejo Deliberante el día 14 de Julio del 2005.

Que a fs. 32 del expediente mencionado en el Visto, obra nota del Departamento Tasa por Servicios Generales informando de un error en el texto del Decreto Nº 1375/05.

Que al transcribir el Artículo 1º de la citada Ordenanza se incurrió en un error material involuntario omitiéndose la cuota 7 del año 1996 de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 212.757.

Que en razón de lo expuesto, corresponde subsanar el error en el que se incurriera, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Rectifícase en su parte pertinente el Artículo 1º del Decreto Nº 1375/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:”

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 7301/05, la norma sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria

celebrada el día 14 de Julio del año 2005, cuyo texto se transcribe:

Artículo 1º: Condónese al Sr. Antonio Figliola, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 212.757, incluidos multas, recargos e intereses, por el compromiso de pago CO3-97501 (cuotas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25,26,27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 48), por los saldos de los años 1995 (cuotas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11 y 12) y 1996 (cuotas 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12) y por los años 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.”

ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Finanzas Municipales y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 448/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8134/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-20959/05 D.E.– 60686/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8134/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Modifícase los términos del artículo 75º de la Ordenanza Nº 10447 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:Artículo 75º: A los efectos de ofrecer una adecuada prestación del servicio, se establecen paradas fijas en lugares que se determinan a continuación, incluyendo la cantidad de vehículo que prestarán servicios en las mimas.Asimismo, y a los fines de lo dispuesto en el Capítulo IV para las Habilitaciones, y sin perjuicio de las nuevas paradas que pudieran crearse, establécese la siguiente categorización que regirá el orden de cobertura de las vacantes, el que no podrá ser alterado en ningún caso, con excepción de las trasferencias directas que prevé la presente Ordenanza.

CATEGORIA “A” ESTACION MORON – Lado Sur…………………………52ESTACIOM MORON – Lado Norte………………………28

CATEGORIA “B” ESTACION CASTELAR – Lado Norte……………………34ESTACION CASTELAR – Lado Sur………………………15ESTACION HAEDO – Lado Sur…………………………...29ESTACION HAEDO – Lado Norte…………………………25AV. PTE. PERON y J.M. DE ROSAS (MORON PLAZA)..50

CATEGORIA “C” ESTACION EL PALOMAR……………………………………9

CATEGORIA “D” INSTITUTO “PROF. ALEJANDRO POSADAS”……………14

CATEGORIA “E” INSTITUTO DE CIRUGIA “PROF. LUIS GUEMES”………..7BARRIO GÜEMES (HAEDO)………………………………..20

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HOSPITAL DE MORON……………………………………….4

CATEGORIA “F” CEMENTERIO MORON……………………………………….1”

“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 449/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8137/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11269/06-1 D.E.– 61524/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8137/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio Marco de Asistencia y Colaboración registrado bajo Nº 117/06, suscripto con la Asociación del Observatorio de Cambios en América Latina (LOCAL), por el cual las partes acuerdan cooperar recíproca y gratuitamente en la programación de acciones tendientes a lograr aportes concretos a las áreas de investigación, capacitación, asesoramiento técnico y toda otra actividad específica que resulte de interés social.”

“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *

DECRETO Nº 450/06 Morón, 06 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 12.211/92 y el expediente Nº 4079-18493/05-0-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, ora nota suscripta por el Presidente y Secretario de la Asociación Civil sin fines de lucro “Reconstruyendo Caminos”, solicitando Reconocimiento Municipal, la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 3 se acompaña Acta Constitutiva de la entidad, donde se destaca el valor de la cuota social. Se acompaña a fs. 4 Declaración Jurada de Patrimonio, a fs. 15 y 40 se adjuntan nómina de asociados incluyendo sus datos de identidad, domicilio y firma.

Que del análisis de los elementos que anteceden surge que la solicitante desarrolla actividades descriptas en el artículo 1º de la Ley Nº 9388, concordante con el artículo 3º de la citada Ordenanza, mediante el cumplimiento de los fines específicos detallados en el artículo 1º de los Estatutos agregados a fs. 5/14 relacionado con los fines específicos.

Que toman debida intervención la Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Descentralización y la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que por lo expuesto precedentemente corresponde reconocer su carácter de Entidad de Bien Público y disponer la correspondiente inscripción en el Registro respectivo, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, conforme lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil “Reconstruyendo Caminos”, con domicilio legal en la calle C. Pellegrini Nº 596 de la localidad y partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza Nº 12211/92.ARTICULO 2º: Inscríbase a la citada Entidad en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público y otórguese el respectivo certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Otórgase a la Asociación un plazo de 90 (noventa) días, a partir de la notificación del presente Decreto, para que la Entidad inicie las tramitaciones correspondientes de la obtención de la Personería Jurídica. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Prof. Raquel Lopo Tejo - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 451/06 Morón, 06 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Nº 10.579, los Decreto Nº 688/93, Nº 776/05 y el expediente Nº 4079-12389/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la docente Principiano Carola, quien revista dentro del Plantel de Personal Provisional, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, solicita una extensión de la licencia

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por Unidad Familiar, a partir del día 24 de Mayo de 2006 y por el lapso de un (1) año.

Que por el Decreto Nº 776/05 se autoriza a la agente de referencia a hacer uso de licencia por Unidad Familiar, hasta el día 23 de Mayo de 2005.

Que por el Decreto Nº 688/93, se aprueba la reglamentación del artículo 114º de la Ley Nº 10.579 y sus modificatorias, el que en el Inciso i.2, menciona que al personal titular se le otorgará Licencia de Razones de Unidad Familiar sin goce de haberes por un período de hasta tres (3) años renovable anualmente, en circunstancias debidamente justificadas, cuando por motivos laborales algunos de los miembros del núcleo familiar deba trasladarse a otro distrito de la Provincia de Buenos Aires, a otras Provincias o al Extranjero.

Que ha tomado debido conocimiento la Dirección de Recursos Humanos sin formular objeción alguna al respecto, adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Reconócese la prórroga de la licencia sin goce de haberes, que fuera autorizada por medio del Decreto Nº 776/05, a la docente Principiano Carola (Legajo Nº 181.090/00), hasta el día 23 de Mayo de 2007.ARTICULO 2º: Notifíquese por la Dirección de Recursos Humanos a la agente citada en el artículo precedente, lo dispuesto en el presente Decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario de Desarrollo Social y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Andres R. Rodriguez - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 452/06 Morón, 06 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-11926/06-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que a través de memorándum con fecha 31 de marzo de 2006 la Dirección de Acción Social informa el destino que se dará a los fondos convenidos con la provincia.

Que los recursos percibidos del Ministerio de Desarrollo Humano revisten el carácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO

($ 13.674,00.-):

1.7 - Transferencias Corrientes5.0 - De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales04.07 - Ministerio de Desarrollo Humano – Programa Comadres

ARTICULO 2º: Créase en el Presupuesto General de Gastos la categoría programática 32.07.00 “Plan Comadres” correspondiente al Programa 32 “Asistencia Laboral y de Recursos a Personas Fuera del Circuito Productivo”, dotado de las partidas que a continuación se detallan por un total de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 13.674.-):

FuenteFinanc

Subjurisd. Prog Activ. Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

132 7 32 07 5 1 4 Ayudas Sociales a Personas $ 13.674.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero Andres R. Rodriguez

* * *DECRETO Nº 453/06 Morón, 06 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-12551/06-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que a través de memorándum con fecha 31 de marzo de 2006 la Dirección de Acción Social informa el destino que se dará a los fondos convenidos con la provincia.

Que los recursos percibidos del Ministerio de Desarrollo Humano revisten el carácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES ($ 7.193.-):

1.7 - Transferencias Corrientes5.0 - De Gobiernos e Instituciones Provinciales

y Municipales04.03 - Ministerio de Desarrollo Humano –

Programa de Asistencia Alimentaria

ARTICULO 2º: Créase en el Presupuesto General de Gastos la Categoría programática 32.08.00 “Programa de Asistencia Alimentaria” correspondiente al Programa 32 “Asistencia Laboral y de Recursos a Personas Fuera del Circuito Productivo”, dotado de las partidas que a continuación se detallan por un total de PESOS SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES ($ 7.193.-):

FuenteFinanc

Subjurisd. Prog Activ. Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

132 7 32 08 5 1 4 Ayudas Sociales a Personas $ 7.193.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero Andres R. Rodriguez

* * *DECRETO Nº 454/06 Morón, 06 de Abril de 2006.-VISTO:

El Expediente Nº 4079-12658/06-0 D.E. y, CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la Dirección de Arte y Cultura, solicitando que se declare de Interés Municipal “La Reunión de Trabajo de la Unidad Temática Cultura - Mercociudades”, que se llevará a cabo los días 10, 11 y 12 de Abril del año 2006, en la Provincia de Córdoba. A fs. 2/3 se acompaña documentación.

Que dicha dependencia, solicita la suma de pesos quinientos ($ 500), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, a los efectos de solventar los gastos que demande la concurrencia al mencionado evento.

Que a fs. 6 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que atento la importancia que reviste el evento mencionado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Municipal la “Reunión de Trabajo Unidad Temática Cultura - Mercociudades”, que se llevará a cabo los días 10, 11 y 12 de Abril de 2006, en la Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Arte y Cultura, Sr. Jorge Daniel Zabala (D.N.I. 14.078.117) a concurrir a la Reunión de Trabajo mencionada en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. Jorge Daniel Zabala, por la suma de Pesos quinientos ($ 500.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripciçon Importe35.00.00 3.7.2.0 Viáticos $ 500.-

Total $ 500.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto el Sr. Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 455/06 Morón, 07 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Nº 434/05, yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto, fue designada como Directora de Tributos Municipales, la Dra. Pappalardo Silvana Nancy.

Que la mentada profesional hará uso de licencia ordinaria a partir del día 24 de Abril hasta el día 14 de Mayo de 2006 inclusive.

Que en razón de lo expuesto corresponde asignar a otro funcionario del Departamento Ejecutivo la firma del despacho de la Dirección de Tributos Municipales, a efectos de evitar resentimientos en el normal desenvolvimiento de las tareas del área, resultando la Dra. Sztyrle Alicia María del Carmen la funcionaria idónea para el desempeño de las tareas delegadas.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Asígnasele a la Dra. Sztyrle Alicia María del Carmen (Legajo Nº 16676700), Directora de Fiscalización y Apremio, a partir del día 24 de Abril hasta el día 14 de Mayo del año 2006 inclusive, la firma de la Dirección de Tributos Municipales, en sustitución de la Dra. Pappalardo Silvana Nancy (Legajo Nº 15309000), cesando dicha sustitución a la fecha de reincorporación de esta última.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Finanzas Municipales, General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda. ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 456/06 Morón, 07 de Abril de 2006.-VISTO:

El Expediente Nº 4079-12039/05-0 D.E. y, CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente mencionado en el Visto, obra nota presentada por la Directora del Hogar de Niños “Betel”, solicitando una ayuda para continuar manteniendo el hogar, dado el remate judicial en que se encuentra la sede de la Institución por una deuda hipotecaria.

Que el Hogar ha recibido un subsidio $ 53.000 (pesos cincuenta y tres mil) para saldar la deuda y re comprar el edificio con el aporte del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires.

Que a fs. 59 obra nota de la Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Descentralización informando que existe un boleto de compra en subasta ya sellado y el trámite necesario es una cesión del boleto con certificación de firmas sin sellado bancario. Pero el monto total del reclamo asciende a los efectos conciliatorios a $ 60.000 (pesos sesenta mil), lo que hace una diferencia de $ 7.000 (pesos siete mil), lo que hace que ascienda el monto del subsidio solicitado.

Que a fs. 66 se adjunta Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA: ARTÍCULO 1º:. Otórgase un subsidio a favor del “Hogar de Niños BETEL” por la suma de $ 7.000.- (pesos siete mil), para saldar la deuda hipotecaria de la sede Social sita en la calle Aristóbulo del Valle Nº 455, Unidad Funcional Nº 2, entre Almafuerte y Bartolomé Mitre, en la localidad de Castelar. ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de Hilda Raquel Graneros (DNI 25.271.683), por la suma de Pesos siete mil ($ 7.000,00), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para saldar el total de la deuda hipotecaria.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe 32.01.00 5.1.4.0 Ayudas sociales a personas $ 7.000,00

Total $ 7.000,00

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto las Señoras Secretarias de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero Prof. Raquel Lopo Tejo

* * *DECRETO Nº 457/06 Morón, 10 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-11233/06 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición de materiales de construcción, efectuada por los representantes del Club de la 3ª Edad “La Unión”, y CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, luce nota suscripta por el Presidente y la Secretaria del Club de la 3ª Edad “La Unión”, mediante la cual solicita un subsidio, para la compra de materiales a fin de realizar la construcción de una cocina y 2 (dos) baños en el mencionado Club para su mejor funcionamiento, asimismo adjunta a fs. 3 croquis de la mencionada construcción. Que a fs. 4/6 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintos Corralones de Materiales.

Que a fs. 7/9 obra Informe Institucional, efectuado por la Dirección de Organizaciones de Acción Comunitaria.

Que a fs. 10/10 vta. obra copia del Contrato de Locación de la mencionada Institución.

Que a fs. 11 adjunta copia de la Resolución D.P.P.J. Nº 5495/05 por el se reconoce la Personería Jurídica del citado Club.

Que a fs. 12 luce copia del Decreto Nº 290/05 por el cual se reconoce con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil sin fines de lucro, denominada Club de la 3ª Edad “La Unión”.

Que a fs. 13 interviene la Secretaría de Desarrollo Social, sugiriendo que se acceda al subsidio solicitado.

Que a fs. 19/21 se agregan los Registros de Compromisos en los cuales constan las correspondientes Imputaciones Presupuestarias.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor del Club de la 3ª Edad “La Unión”, por las sumas de $ 2.135.- (pesos dos mil ciento treinta y cinco), de $

1.322.- (pesos un mil trescientos veintidós) y de $ 461.- (pesos cuatrocientos sesenta y uno), a los efectos de realizar la construcción de una cocina y 2 (dos) baños en el mencionado Club.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrense las ordenes de pago por la suma de $ 2.135.- (pesos dos mil ciento treinta y cinco) a nombre de Cerámica San Eduardo S.R.L., la suma de $ 1.322.- (pesos un mil trescientos veintidós) a nombre de Alfredo Armando Reitano y la suma de $ 461.- (pesos cuatrocientos sesenta y uno) a nombre de Ramona Esther Pare, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe32.01.00 5.1.7.0 Transferencias a otras

institucionales culturales y sociales sin fines de lucro

$ 3.918.-

Total: $ 3.918.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social, General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Andres R. Rodriguez - Guillermo R. Pascuero C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 458/06 Morón, 10 de Abril de 2006.-VISTO:

Los Decretos Nº 261/06 y Nº 311/06, el expediente Nº 4079-11665/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 261/06, se declaró de Interés Municipal las Jornadas denominadas “30 años. Memoria, Verdad y Justicia”, que se llevó a cabo los días 18 y 19 de Marzo del año en curso.

Que por Decreto Nº 311/06, se autorizó el gasto para realizar las jornadas precedentemente mencionadas por la suma de $ 4000.- (pesos cuatro mil).

Que a fs. 43 del expediente citado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Deportes y Recreación, informando que con motivo a los excesos de gastos ocasionados en dichas jornadas, se solicita el reintegro de la suma de $ 1.750.- (pesos un mil setecientos cincuenta).

Que a fs. 44 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el reintegro de gastos que demandaran las Jornadas denominadas “30 años. Memoria, Verdad y Justicia”, que se llevaron a cabo los días 18 y 19 de Marzo del año en curso.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, Sra. Beatriz Rosenblat , por la suma de Pesos Un mil setecientos cincuenta ($ 1.750.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.01.00 3.7.2.0 Viáticos $ 1.750,00.-

Total: $ 1.750,00.-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 459/06 Morón, 10 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), el Expediente Nº 4079-46785/03-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, luce memorándum producido por la Dirección de Educación, elevando nota obrante a fs. 2 suscripta por la Directora de la Escuela Especial “Mi Futuro”, Patricia Inés Arce, por la cual informa que en fecha 16 de Enero de 2003, el agente Recalt José, quien se desempeña como sereno de la mencionada Institución, habría pasado la noche en las instalaciones de la Escuela con una mujer, en una cama improvisada en la Dirección del Establecimiento.

Que por el Decreto Nº 462/03 se procedió a la instrucción del sumario administrativo correspondiente a fin de investigar los hechos en los que encuentra involucrado el agente y por el cual se lo suspendió preventivamente sin goce de haberes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79º y concordantes con la Ley Nº 11.757.

Que en estas actuaciones hay dos hechos que lo tienen como protagonista, el primero de los hechos en cuestión, que fue denunciado en la nota de la Directora Arce donde pone de manifiesto que …“ el sereno de referencia no concurría a la Escuela ya que no asentaba el presente en el Libro de novedades…” . Y el segundo de los hechos se fundamenta en lo sucedido el 16 de Enero de 2003.

Que a fs. 16 vta obra declaración de la Directora de la Escuela Especial ”Mi Futuro”, Sra. Patricia Inés Arce.

Que a fs. 17 y 18 obran declaración testimonial de los señores Ramón Héctor Morán y Alfredo Tolosa.

Que a fs. 32 obra declaración de la vicedirectora de la Escuela Especial “Mi Futuro”, la Señora Diana Laura Wiñazki. Y a fs. 48 vta. obra declaración de la Sra. Ana María Dominguez, actual Secretaria de Honorable Consejo Deliberante, que revistaba en ese momento el cargo de Secretaria, en la Secretaría de Desarrollo Social.

Que toma debida intervención la Coordinación en Materia Penal, Correccional y Disciplinaria dictaminando que la conducta narrada se enmarcan en los tipos previstos en el art. 64 inc. 2, 3, 6 y 10 con sanciones “explusivas”,de la ley 11.757/96. Es criterio de esa dependencia que el agente Recalt ha demostrado una inconducta notoria, desde el punto de vista del lugar y ante las personas, un despego total a obedecer las ordenes legalmente impartidas, en forma reiterada; lo cual surge claramente de los testimonios de la Directora Sra. Arce como de la Vice Directora Sra. Viñasky y de los Sres. Morán y Tolosa. Que con su modo de obrar podía haber causado la sustración de documentación y elementos valiosos en el ámbito de la Dirección, dado que le franqueaba el ingreso al establecimiento a terceras personas extrañas al

ámbito de trabajo. Esta forma de proceder conlleva un total desinterés por la labor que debía desempeñar, de acuerdo a las ordenes que le fueran expresamente impartidas y desobedecidas en forma sistemática; ello nos lleva a pensar que este agente se condujo con una total inconducta frente a sus compañeros de tareas. Que existe indicios suficientes para arribar a esta conclusión, sin llegar a una total probanza de los hechos denunciados, pues en este caso el agente no se presenta a prestar declaración, sin aparente motivo y/o justificación, siendo que fue debidamente notificado, en el domicilio real indicado y/o registrado en la Dirección de Recursos Humanos, demostrando con su actitud un total desinterés en ejercer su legitima defensa, así esclarecer su situación laboral actual.

Que a fs. 63 la Instrucción hace constar que se ha considerado concluidas las presentes actuaciones y habíendose determinado que el agente Recalt, es responsable administrativamente del hecho que se le imputara oportunamente encuadra en la ley 11.757 en sus artículos 64 inc 2, 3, 56 y 10 que conminan la aplicación de sanciones expulsivas.

Que a fs. 98 la Junta Disciplinaria dictamina en forma unanime que debe aplicarse una sanción expulsiva “Cesantía” al agente imputado.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Aplícase sanción disciplinaria de cesantía prevista en el artículo 62º apartado 11 inciso d) de la Ley 11.757, al agente Recalt José Pedro (Legajo Nº 81.182), por hallarse incurso en las causales enunciadas en el artículo 64º incisos 2, 3, 6 y 10 del mismo cuerpo normativo.ARTICULO 2º: Notifíquese por la Dirección de Recursos Humanos al ex -agente citado en el Articulo 1º, el texto integro del presente decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Andres R. Rodriguez - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 460/06 Morón, 11 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-12162/06-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que a través del expediente mencionado en el Visto, los Organos Ejecutores de cada Secretaría han dado conformidad a las necesidades planteadas por los diversos sectores respecto de proceder a la realización de las adecuaciones presupuestarias solicitadas.

Que la Ordenanza General de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2006, dispone en su artículo 8º la modalidad de procedimiento para la modificación de los créditos presupuestarios.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 13

Page 14: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Disminúyanse en el Presupuesto General de Gastos por un total de $ 45.088,00.- (pesos cuarenta y cinco mil ochenta y ocho), las siguientes partidas:

Subjurisdicion Cat. Program

Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 1101110104000 49.00.00 4.3.9.0 $ 2.088,00.-1110107000 32.01.00 2.9.1.0 $ 3.000,00.-1110107000 32.01.00 3.9.1.0 $ 40.000,00.-

Total $ 45.088,00.-

ARTICULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de $ 45.088,00.- (pesos cuarenta y cinco mil ochenta y ocho), las siguientes partidas:

Subjurisdicion Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente de Financiamiento 110

1110104000 49.00.00 4.3.2.0 $ 2.088,00.-1110107000 32.01.00 4.3.2.0 $ 43.000,00.-

Total $ 45.088,00.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y los Señores Secretarios de Salud, Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero Andres R. Rodriguez – Dr. Rubén J. Der

* * *DECRETO Nº 462/06 Morón, 11 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-11718/06-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que al 31 de diciembre de 2005, fue comprometido y no devengado el expediente mencionado en el Visto, instrumentado conforme lo dispone el Decreto Nº 2980/00, Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ambito Municipal de la Provincia de Buenos Aires.

Que el art. 42º del Decreto Nº 2980/00, establece el procedimiento a llevarse a cabo para reimputar aquellos gastos que fueron comprometidos durante el 2005 y no se devengaron en el mismo.

Que resulta necesario el dictado de un acto administrativo a fin de reconocer en el ejercicio 2006 los gastos comprometidos y no devengados en el 2005. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Aféctase al ejercicio 2006, el expediente que se detalla, que fue comprometido y no devengado en el ejercicio 2005, el crédito pertinente del presente ejercicio:

Reg. Comp. Expediente Número Proveedor Saldo a Imputar

5.291 4079-11718/05 51.393 Ricardo Alvarez $ 450,00

ARTICULO 2º: La Dirección de Contaduría queda autorizada a llevar a cabo las registraciones originadas para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 464/06 Morón, 11 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Nº 429/06 y el expediente Nº 4079-12505/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 429/06, se declaró de Interés Municipal “la participación de los Atletas federados representativos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales organizados por la Federación Atlética Metropolitana (F.A.M.)”, la cual se encuentra afiliada a la Confederación Argentina de Atletismo (C.A.D.A.).

Que a fs. 4 del expediente citado en el Visto, obra nota de la Dirección de Deportes y Recreación, informando que con motivo de los gastos de Afiliación anual 2006 a la F.A.M., Federación de deportistas, Bonos de competición y Transferencias de atletas contraídos con la Federación Atlética Metropolitana, se solicita el reintegro de la suma de $ 2.900.- (pesos dos mil novecientos).

Que a fs. 6 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el gasto que demande “la participación de los Atletas federados representativos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales organizados por la Federación Atlética Metropolitana (F.A.M.)”.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Federación Atlética Metropolitana (F.A.M.), por la suma de Pesos Dos mil novecientos ($ 2.900.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe33.00.00 3.4.9.0 Otros $ 2.900,00.-

Total: $ 2.900,00.-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social, General de Gobierno y la Señora Secretaría de Hacienda.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Andres R. Rodriguez - Guillermo R. Pascuero C.P. Stella M. Santos

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 14

Page 15: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 467/06 Morón, 11 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Nº 8138/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 30 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-10981/05 D.E. – 59414/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8138/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Hugo Daniel Arroyo D.N.I. 14.384.870, el Uso del Suelo para el rubro “Taller Mecánico”, con excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, para el local sito en la calle Salvador Curutchet Nº 2146 de la Ciudad de Castelar, según constancias obrantes en el Expte. Nº 59414/05 H.C.D. – 4079-10981/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 23 de septiembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º estará condicionado al inicio del trámite de habilitación y al pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulte de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos”.“Artículo 3º: Una vez promulgada la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11.654”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis”. “FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Luis M. De Luca - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 473/06 Morón, 12 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº

2542/05 promulgador de la Ordenanza General de Presupuesto 2006, el expediente Nº 4079-12163/06-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Acción Social manifestando la necesidad de contar con una Caja Chica para la atención del Programa Chicos con Menos Calle, suscripto con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, a fin de poder hacer frente a gastos de pequeña cuantía que hacen al funcionamiento operativo del mismo.

Que el organismo provincial actuante informó que el Municipio debe “…arbitrar todos los medios necesarios para la efectivización del mismo otorgándole el destino que estime corresponder”. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase la Caja Chica de la dependencia que se detalla a continuación con especificación del monto asignado y su rotación mensual:

DEPENDENCIA MONTO ROTACIONMENSUAL

Dirección de Acción SocialPrograma Chicos con MenosCalle

500 1

ARTICULO 2º: La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la caja chica, conforme a lo establecido en el art. 218 de la L.O.M. ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 478/06 Morón, 12 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-11725/06-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para solventar la renovación del Contrato de Alquiler de la propiedad que ocupa la Biblioteca Popular Parlante Sur, efectuada por la Presidenta y Secretaria de dicha Entidad, las Sras. Galli Ana Beatriz (DNI 16.967.363) y Palermo Mirta Pilar (DNI 10.531.961), yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra nota presentada por la Presidente y la Secretaria de la Biblioteca Popular Parlante Sur, en la cual solicita un subsidio por la suma de $ 1.996 (pesos un mil novecientos noventa y seis), para solventar la renovación del Contrato de Alquiler de la propiedad ubicada en la calle Rivadavia Nº 16.348 que ocupa la Biblioteca Popular Parlante Sur, a fs. 9/10 acompaña copia del mencionado contrato.

Que a fs. 4/6 obra Informe Institucional efectuado a la Biblioteca Popular Parlante Sur.

Que a fs. 15 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de

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conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Biblioteca Popular Parlante Sur, por la suma de $ 1.996 (pesos un mil novecientos noventa y seis), para solventar los gastos que demande la renovación del Contrato de Alquiler del inmueble ubicado en la calle Rivadavia Nº 16.348, que ocupa la citada Entidad.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma de $ 1.996 (pesos un mil novecientos noventa y seis) a nombre de la Sra. Galli Ana Beatriz (DNI 16.967.363), en su carácter de Presidenta de la mencionada Entidad, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe32.01.00 5.1.7.0 Transferencias a otras

instituciones culturales y sociales sin fines de lucro

$ 1.996,00.-

Total: $ 1.996,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto las Señoras Secretarias de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, de Hacienda y los Señores Secretarios Desarrollo Social, General de Gobierno.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Prof. Raquel Lopo Tejo - Guillermo R. Pascuero C.P. Stella M. Santos – Andres R. Rodriguez

* * *DECRETO Nº 479/06 Morón, 12 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo, el Decreto Nº 764/03, el expediente Nº 4079-16835/05 D. E., Adjunto Nº 4079-11282/06 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs 1/2 de las actuaciones citadas en el Visto, el Señor Darío Ramón Clausi interpone recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio, peticionando la reubicación escalafonaria a su anterior categoría y que se le abone las sumas salariales devengadas y no percibidas, así como las diferencias en sus haberes por falta de pago de los aumentos salariales otorgados por la Administración oportunamente.

Que el mencionado agente ratifica todos y cada uno de los términos de sus presentaciones deducidas mediante telegrama Nº TCL 62686396 CD 52595477 5 AR de fecha 9 de febrero de 2005 y Carta Documento Nº 033810672 AR de fecha 9 de marzo de 2005.

Que rechaza el contenido de las contestaciones cursadas por Carta Documento Nº MDCD 28037341 de fecha 28 de marzo de 2005 y, Carta Documento Nº CD MCD 22048075 de fecha 22 de abril de 2005, remitidas por la Dirección de Asuntos Legales.

Que solicita se restablezca la anterior categoría escalafonaria del agente de acuerdo con la índole y caracteres de las funciones específicamente cumplidas por su parte en la jurisdicción de la Intendencia Municipal de Morón; de conformidad con la normativa vigente y la ley 11.757, peticionando se lo ubique en la categoría “306” y se le abonen las sumas en sus remuneraciones no percibidas y efectivamente devengadas por el período

prescriptivo, con más los demás rubros no abonados al agente.

Que la postulación del accionante se sustenta en que comenzó a desempeñarse a las órdenes de la Municipalidad de Morón con fecha 1º de Febrero de 1988, contado hasta la actualidad con más de diecisiete (17) años de antigüedad ininterrumpida en el servicio.

Que refiere haberse desempeñado durante un prolongado período de tiempo, en carácter de chofer de ambulancia habiendo accedido a la categoría de “306”. Aclara el recurrente que en todo momento su conducta profesional y laboral fue intachable; habiendo en todo momento cumplido sus obligaciones de manera eficiente, por lo que jamás fue objeto de apercibimiento ni sanción disciplinaria de ninguna especie, ni sumario administrativo.

Que sostiene que en el mes de Julio de 1998 sufrió un gravísimo accidente, viéndose privado de prestar servicios en forma normal durante un período de tiempo durante el cual se mantuvo su categoría respectiva. Esgrime asimismo, que abruptamente hacia el mes de marzo de 2004, el suscripto fue reencasillado sin ninguna razón jurídica válida, y todo ello en flagrante violación a lo dispuesto en el art. 14 inc a) de la Ley Nº 11.757; que en la oportunidad señalada “equiparado” o “asimilado” a la situación de ”radioperador”, y entonces sorpresivamente se lo reubicó escalafonariamente en la Categoría “412” sufriendo desde entonces una importante reducción en sus remuneraciones.

Que fundamenta su silencio en que la estabilidad del empleado es de “orden público”, que para las fechas en que el accionante formuló el reclamo de los créditos devengados estos no se encontraban ni se encuentran prescriptos.

Que fundamenta su presentación en lo normado por el art. 14, 14 bis, 16, 17, 18, 19, 31, 75 y cc de la Constitución Nacional; Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 12, 39 y cc; Ley 11.757 y sus cc. Y modificatorias; Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires, CPCC, Ley Nº 19.549 y Decreto Reglamentario 1759/72 t.o. Decreto Nº 1883/91 de manera subsidiaria y accesoria; L.C.T.; Doctrina y Jurisprudencia.

Que la Dirección de Asuntos Legales toma debida intervención estableciendo que el recurrente toma conocimiento con la liquidación de Marzo 2004 del cambio de categoría, determinando que el recurso interpuesto es extemporáneo por imperativo de lo normado por el art. 89 de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654.

Que en la "Denuncia de Ilegitimidad", el contenido solo puede versar sobre cuestiones de legalidad, que afectan el interés general y la decisión que resuelve; la citada denuncia, no resulta susceptible de ser recurrida ni revisada judicialmente. A los efectos ilustrativos, en los autos "Hotelera, Ricardo Raúl c/ Provincia de Buenos Aires (IPS) s/ Demanda Contencioso Administrativa" SCBA, B 53546 I 25/06/1991, se dijo que la decisión administrativa emitida con motivo una denuncia de ilegitimidad no puede ser equiparada a la resolución definitiva que deja expedita la instancia contencioso administrativa y por lo tanto no resulta susceptible de habilitar esta vía judicial.

Que las presentaciones destinadas a controlar que la administración sujete su accionar a la normativa, se denominan Denuncia de Ilegitimidad.

Que es la Denuncia de Ilegitimidad, un recurso autónomo cuya finalidad esta conducida exclusivamente a que se revise la legalidad del actuar estatal, pero bajo ningún punto de vista la interposición debe perseguir que se evalúe o verifique la oportunidad, el mérito o la conveniencia de la decisión adoptada por la administración.

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Que la Denuncia de Ilegitimidad solo tiene por horizonte el estudio de materias que hacen a la legalidad, razón por la cual, deben prescindir, tanto el denunciante como la administración que sustancia la denuncia, de cualquier fundamento destinado a la obtención de un rédito o beneficio personal a favor del particular.

Que la figura jurídica aludida, en el considerando anterior, persigue la custodia del interés público, reflejado esto en el erario público y en la pretensión que se cumplan con los fines generales estatales.

Que igualar la Denuncia de Ilegitimidad a un recurso administrativo no deviene correcto. Que Tomás Hutchinson (ver Régimen de Procedimiento Administrativos, p. 59, Bs. As. 3ra. Edición, 1995 Editorial Astrea) manifiesta que no puede tener el mismo efecto la denuncia de ilegitimidad, recurso tardíamente interpuesto, que un recurso interpuesto en término. El particular negligente no puede tener la misma solución que el diligente (CNFedContAdm, Sala III, 14/5/985, RE-CAS SCACFAI").

Que el mencionado autor, destaca que no cabe olvidar, tampoco, que este instituto (Denuncia de Ilegitimidad) es un remedio excepcional que trata de restablecer la legalidad objetiva antes que favorecer el interés del particular.

Que la oportunidad para que el administrado manifieste su intención de obtener un beneficio, fenece cuando vence el plazo para presentar el remedio procedimental administrativo, es decir el recurso.

Que de no ser así, no tendría sentido alguno la fijación de plazos para recurrir un acto administrativo y, la administración viviría en un estado permanente de incertidumbre y de inseguridad jurídica, ello debido a que el administrado, podría en cualquier momento, cuestionar una decisión administrativa, sin importar el tiempo transcurrido desde su emisión.

Que tal circunstancia, no devendría factible, ello pues nunca podría reputarse que, una decisión administrativa se encuentra firme y consentida.

Que entonces, el objeto de fijar plazos estrictos para la interposición recursiva del particular, tiene por norte establecer una fecha de corte, a partir de la cual la decisión administrativa debe considerarse firme y consentida, es decir estable tanto para el emisor estatal como para el administrado destinatario del acto.

Que de lo dicho, brota que (vencido el plazo para presentar recursos, sin que el particular hubiese manifestado su disconformidad con la decisión administrativa) debe entenderse que la resolución estatal ha sido acogida, consensuada y admitida, por el particular destinatario del acto, ello en razón que el mero transcurso del tiempo opera como medio para comprender que, el administrado, ha manifestado su aquiescencia con la medida adoptada.

Que los principios de buena fe, armonía en el marco de la relación administrado y administración y seguridad jurídica respaldan lo dicho en el considerando anterior.

Que debe tenerse presente que el reclamo del Sr. Clausi, se trata de una cuestión relacionada, esencialmente, con su propio interés particular y que no pretende resguardar a la colectividad en su conjunto, sino tan solo obtener un rédito personal.

Que la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo, Sala IV, el 23/12/1993 (ver ED 157-394) sentenció que "EL TRAMITE Y LA DECISIÓN DE LA DENUNCIA DE ILEGITIMIDAD NO INTERRUMPE EL PLAZO PARA INICIAR LA ACCIÓN PREVISTA EN EL ARTICULO 25to. DE LA LNPA".

Que la DENUNCIA DE ILEGITIMIDAD, no actúa como un recurso típico, ni posee la entidad de

este último, a los fines de considerarlo como vehículo o medio que agota la vía administrativa.

Que el Sr. Clausi, demostró su conformidad con la decisión municipal, ello debido a que no cuestionó la medida sino luego de haber transcurrido, aproximadamente 360 (trescientos sesenta) días.

Que cuando un acto administrativo repercute de modo directo e inmediato en un particular, ello por modificarle, eliminarle o generarle un derecho o interés en forma automática, el administrado destinatario del acto, si está opuesto con los términos del acto, debe manifestar tal circunstancia de inmediato.

Que ello es así, debido a que el mero transcurso del tiempo sin que, el particular, se oponga a la actuación o a la medida estatal, da a entender, en forma manifiesta y fehaciente, que el particular ha estado conteste, conforme, con la decisión estadual, cambio de su categoría.

Que es aquí donde comienza a jugar la extendida "Teoría de los Propios Actos", posición doctrinaria que ha sentado jurisprudencia, cuya finalidad está destinada a resguardar los principios de buena fe y de seguridad jurídica.

Que si la Administración, realiza conductas frente a los administrados que deben ser reputadas como actos administrativos tácitos (negativos o positivos) portadores de efectos jurídicos y transmisores de derechos subjetivos o de intereses legítimos en igual forma que los actos administrativos (sean de alcance general o individual) expresos o tácitos, resulta admisible que, los administrados, puedan realizar actos jurídicos tácitos frente a la administración que importen acuerdo o admisión con los actos dictados o llevados a cabo por ésta última, y ello ocurre cuando no presentan en tiempo y forma el recurso o reclamo en sede administrativa.

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación -en el caso "Sindicato de Empleados de Comercio del Chaco", publicado en la revista La Ley del 29 de Septiembre de 1998, página 5-, señaló que "…Los comportamientos incompatibles con la conducta idónea anterior violentan el principio que impide ir contra los propios actos y en tanto trasuntan deslealtad, resultan descalificables por el derecho…". Que en el caso sub examine, al no haber, el Sr. Dario Clausi, efectuado, en tiempo y forma, la interposición del recurso en sede administrativa, su posterior reclamo denominado como recurso contraría una conducta suya previa, válida y eficaz, como es el haber admitido, tácitamente, enteramente el accionar administrativo.

Que a la luz de lo señalado, precedentemente, se observa que, el denunciante, aceptó unilateral y voluntariamente, en forma expresa, el actuar administrativo, motivo por el cual cualquier reclame ulterior en sede administrativa o judicial que se vincule indirectamente con hecho, acciones, actos o conductas derivadas del actuar administrativo, admitido por el citado agente municipal, deviene improcedente y violatorio de la Teoría de los Propios Actos, ello pues afrenta a una de las instituciones jurídicas mas reputadas y valiosas, como ser la seguridad jurídica.

Que en marco del caso en examen, es evidente que, el Sr. Dario Clausi, ha abandonado cualquier pretensión personal, ello pues su presentación ha sido manifiestamente extemporánea.

Que debe remarcarse que, los efectos del acto administrativo acometido, extemporáneamente, han repercutido en forma instantánea, continua, regular y permanente en el receptor del mismo, razón por la cual es obvio que, la Administración, considere (a la luz del tiempo transcurrido sin que se hubiesen manifestado oposiciones a la medida estatal, pese a que el acto continuaba,

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pacíficamente, generando efectos) que el acto se encuentra firme, consentido, adquiriendo el carácter de inmodificable y pleno productor de efectos jurídicos. Que todo lo señalado conduce a entender que la admisión y acuerdo de Darío Clausi con la actuación estatal (trasuntada a través de su silencio y aceptación pacífica de la decisión administrativa) ha generado a favor de la Administración, el derecho subjetivo a considerar que, el accionar estadual, ha sido admitido y conformado, de debida forma, por el administrado destinatario del acto. Que la administración actuó conforme lo establecido por el art. 16º de la ordenanza 5513/04, siendo el mismo legítimo y conforme a derecho.

Que la Dirección del Hospital de Morón informa que el agente Clausi, cumple desde el 20 de abril de 2001, cumpliendo funciones en el Servicio Radio-operadores de ese Hospital, como franquero los días sábado, domingos y feriados .

Que a fs 49 la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mencionado percibe la Bonificación por Compensación Salarial establecida en el artículo 17º de la Ordenanza Nº 5513/2004 y que respecto a la opción señalada en el artículo 26º de la citada normativa, no ha hecho uso de la misma.

Que en virtud de ello, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales citadas en el visto y lo establecido en el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Recházase la Denuncia de Ilegitimidad interpuesta por el Señor Darío Ramón Clausi -DNI 12.349.948- Legajo Nº 64.428, referente a su reubicación escalafonaria.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Recursos Humanos, notifíquese al Sr. Clausi el texto íntegro del presente decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 053/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 28/06 – segundo llamado – referente a la adquisición de Bitalco, tramitada por expediente Nº 671/06, solicitada por la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, y CONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaría de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº

6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación realizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, luego del segundo llamado concurrieron las siguientes empresas: FERNANDES HNOS. S.R.L., WILNOR VIAL S.R.L, CERAMICA SANTA MARTA S.R.L. y ARON RABE E HIJOS S.A., resultando esta última la oferta más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello,LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

Art. 1º - Adjudícase la Licitación Privada Nº 28/06 – segundo llamado – tramitada por expediente Nº 671/06, por la adquisición de Bitalco, solicitada por la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, a la firma ARON RABE E HIJOS S.A., en la suma de $ 102.600.- (pesos ciento dos mil seiscientos). Art. 2º -Autorízase a la Dirección e Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 12, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gasto Nº 778. Art. 3º - Dése al Registro de Decretos y Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – C.P. Stella M. Santos

* * *RESOLUCION Nº 054/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 23/06 - segundo llamado - referente a la adquisición de una camioneta marca Iveco Modelo Daily y su equipamiento, tramitada por expediente Nº 172/06, solicitada por la Secretaría de Salud, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, luego del segundo llamado concurrió la siguiente empresa: IVECAM S.A., resultando la oferta conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 23/06 - segundo llamado - tramitada por expediente Nº 172/06, por la adquisición de una camioneta

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 18

Page 19: 1º Parte de Abril 2006 - Partido de Morón · 2016. 1. 1. · Ambiental” a desarrollarse los días 5, 6, 7 y 8 de Abril del corriente año, en la ciudad de Joinville, Brasil. Decreto

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

marca Iveco Modelo Daily y su equipamiento, solicitada por la Secretaría de Salud a la firma: IVECAM S.A., en la suma de $ 111.780.- (pesos ciento once mil setecientos ochenta). ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 12, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 551 y 1223 respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – C.P. Stella M. Santos

* * *RESOLUCION Nº 055/06 Morón, 05 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 26/06, tramitada por expediente Nº 542/06, por la Adquisición de Material Descartable, solicitado por la Secretaría de Salud, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: LOPEZ MARIA HORTENSIA, PHARMA EXPRESS S.A., BALDINI JUAN CARLOS, SIPESA ARGENTINA S.A., PROPATO HNOS. SAIC, ALVAREZ EDIT NORA, ALBRO S.R.L., LEDESMA EMILIANO RUBEN, B.BRAUN MEDICAL S.A. Y BYMED S.R.L., resultando los últimos nueve convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 16/06, tramitada por expediente Nº 542/06 por la Adquisición de Material Descartable solicitado por la Secretaría de Salud a las empresas: PHARMA EXPRESS S.A. el ítem Nº 1 $ 1.908,20 (Pesos mil novecientos ocho con veinte centavos); BALDINI JUAN CARLOS los ítems Nº 2, 7, 15, 30, 34, 35, 49 y 50 en la suma de $ 24.895 (Pesos veinticuatro mil ochocientos noventa y cinco); SIPESA ARGENTINA S.A. los ítems Nº 3, 5, 6, 18, 27, 32, 33 y 36 en la suma de $ 8.503,20 (Peses ocho mil quinientos tres con veinte centavos), PROPATO HNOS. SAIC los ítems Nº 4, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 29, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 56 en la suma de $ 19.437,34 (Pesos diecinueve mil cuatrocientos treinta y siete con treinta y cuatro); ALVAREZ EDIT NORA los ítems Nº 16, 45 y 47 en la suma de $ 6.961 (Pesos seis mil novecientos sesenta y uno); ALBRO S.R.L. los ítems Nº 25 y 46 en la suma de $ 538 (Pesos quinientos treinta y ocho); LEDESMA EMILIANO RUBEN los ítems Nº 36 y 37 en la suma de $ 2.715 (Pesos dos mil

setecientos quince); B.BRAUN MEDICAL S.A. el ítem Nº 31en la suma de $ 810 (Pesos ochocientos diez); BYMED S.R.L. los ítems Nº 51, 52, 53, 54 y 55 en la suma de $ 17.191,20 (Pesos diecisiete mil ciento noventa y uno con veinte centavos).El total de la presente adjudicación asciende a $ 82.958,94.- (pesos ochenta y dos mil novecientos cincuenta y ocho con noventa y cuatro centavos).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 12, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 663 y 1171.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – C.P. Stella M. Santos

* * *RESOLUCION Nº 056/06 Morón, 07 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 1703/05, la Ordenanza Fiscal Vigente, la Ley Orgánica de las Municipalidades, y CONSIDERANDO:

Que el expediente del Visto incluye la documentación respaldatoria de la contratación con la firma BY MED S.R.L., para la adquisición de bienes y/o servicios.

Que a través de las facturas B Nº 0001-00006298, la Comuna posee obligaciones con la empresa originadas en la adquisición de bienes y/o prestación de servicios.

Que la empresa indicada mantiene obligaciones con la Comuna originadas en las facultades del Estado Municipal para imponer tasas, derechos y/o demás tributos para la prestación de los servicios a su cargo.

Que en el expediente del visto la empresa BY MED S.R.L.solicita la compensación de deuda por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del legajo nº 2-101345, con acreencias por servicios prestados al municipio.

Que el procedimiento de compensación de deuda con acreencias encuentra su fundamento en el art. 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que mediante la documentación obrante en el mencionado expediente se verifica la veracidad de lo expuesto.

Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Finanzas Municipales, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 422/2005, Art.13 anexo X (diez) A.1.11.

Por ello:LA SECRETARIA DE FINANZAS MUNICIPALES

RESUELVE:ARTICULO 1º: Dispónese la compensación – de conformidad con lo dispuesto en el art. nº 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades – de las deudas y créditos entre la firma BY MED S.R.L. y La Municipalidad de Morón, correspondientes a la prestación de servicios con las contribuciones por tasas, derechos y/o tributos que impone el Municipio según Anexo I y II que se acompañan y forman parte integrante de la presente. ARTICULO 2º: Las Direcciones de Contaduría y Tesorería procederán a realizar las correspondientes imputaciones, ordenes de pago y emisión de cheques y recibos de pago. ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones.

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Dra. Alicia M. del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

Por razones de espacio los Anexos I y II, deberán ser solicitados en la Dirección de Asuntos Técnicos.

* * *RESOLUCION Nº 057/06 Morón, 11 de Abril de 2006.-VISTO:

Los expedientes Nº 4079-40577/02 alcance 0 y 4079-40577/02 alcance 1, la Ordenanza Fiscal Vigente, la Ley Orgánica de las Municipalidades, y CONSIDERANDO:

Que los expedientes del Visto incluye la documentación respaldatoria de la contratación con la firma SADEMEC S.A., para la adquisición de bienes y/o servicios.

Que a través de las Facturas B Nº 0002-00000509/511 la Comuna posee obligaciones con la empresa originadas en la adquisición de bienes y/o prestación de servicios.

Que la empresa indicada mantiene obligaciones con la Comuna originadas en las facultades del Estado Municipal para imponer tasas, derechos y/o demás tributos para la prestación de los servicios a su cargo.

Que en los expedientes del visto la empresa SADEMEC S.A. solicita la compensación de deuda por la Tasa por Servicios Generales de la partida nº 5085, compromiso de pago C03-174376, con acreencias por servicios prestados al municipio.

Que el procedimiento de compensación de deuda con acreencias encuentra su fundamento en el art. 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que mediante la documentación obrante en el mencionado expediente se verifica la veracidad de lo expuesto.

Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Finanzas Municipales, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 422/2005, Art. 13 anexo X (diez A. 1.11.

Por ello:LA SECRETARIA DE FINANZAS MUNICIPALES

RESUELVE:ARTICULO 1º: Dispónese la compensación – de conformidad con lo dispuesto en el art. nº 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades – de las deudas y créditos entre la firma SADEMEC S.A. y La Municipalidad de Morón, correspondientes a la prestación de servicios con las contribuciones por tasas, derechos y/o tributos que impone el Municipio según Anexo I y II que se acompañan y forman parte integrante de la presente. ARTICULO 2º: Las Direcciones de Contaduría y Tesorería procederán a realizar las correspondientes imputaciones, ordenes de pago y emisión de cheques y recibos de pago. ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Dra. Alicia M. del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

Por razones de espacio los Anexos I y II, deberán ser solicitados en la Dirección de Asuntos Técnicos.

* * *RESOLUCION Nº 058/06 Morón, 12 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el

Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, y el expediente Nº 1030/06 por la Contratación de Publicidad Radial, solicitado por la Subsecretaría de Comunicación Institucional, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para dicha adquisición se presentó la empresa Aleco S.R.L., y el precio se considera conveniente y resulta de aplicación los términos del artículo 156 inciso 4º (publicidad oficial) de la Ley Orgánica Municipal.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Contratación de Publicidad Radial, tramitada por el expediente Nº 1030/06, solicitado por la Subsecretaría de Comunicación Institucional, a la empresa Aleco S.R.L., en la suma total de $ 24.000.- (pesos veinticuatro mil).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 2, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gasto Nº 1352.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese. Prof. Mariano P. Spina –C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº : 439/06Téngase por aceptada la renuncia presentada por el agente Ursi Juan Ignacio (Legajo Nº 202.145), a partir del día 15 de Marzo de 2006, quien revista dentro del Plantel de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Temporario Profesional “B” con cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, prestando servicios en la Dirección de Inspección General, dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal, perteneciente a la Secretaría General de Gobierno. Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 441/06Otórguese a la agente Vega Ana María (L.C. Nº 5.270.515) – (Legajo Nº 40808.18), el anticipo jubilatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 19º inc. F) párrafo 1º de la Ley Nº 11.757. Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 442/06Dése de baja a partir del día 1º de Abril del año en curso, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, al agente Villegas Roberto Andrés (L.E. Nº 4.522.556) - (Legajo Nº 8.961), quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente en el cargo de Profesional Hospital “A”

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con treinta y seis (36) horas semanales de labor, prestando funciones en el Servicio de Tocoginecología del Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud. Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 443/06Rectifícase en su parte pertinente el Decreto Nº 242/06. Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 444/06Desígnanse a partir de la fecha que en cada caso se indica, a los docentes que a continuación se mencionan, con carácter de Suplentes, en los cargos y establecimientos educativos que en cada caso se indica, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social:

Apellido y Nombre

Fecha de Ingreso

Cargo Establecimiento

Rígoli, Jorgelina Gabriela

Legajo Nº 179.989/00

09/03/06 Preceptora Jorn. Doble

Jardín Maternal Nº 8

Wiacek, Cintia Paola

Legajo Nº 200.323/00

09/03/06 Preceptora Jorn. Doble

Jardín Maternal Nº 15

García Varona, Ignacio Javier

DNI 29.800.332 14/03/06 Prof. 12 Hs. Cátedra

Escuela de Capacitación Laboral Nº 1 “Ricardo Rojas”

Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 445/06Désen de baja a partir del día 14 de Marzo del año 2006, a las docentes que a continuación se detallan, con carácter de Suplentes, en el cargo y en los establecimientos educativos que en cada caso se indica, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social:

Apellido y Nombre Cargo Establecimiento

De Witte, Patricia DNI 21.440.412 Maestra Espec. Jornada Doble Jardín de Infantes Nº 4

Marino, María Teresa Legajo Nº 192.878/00 Preceptora Jornada Doble Jardín Maternal Nº 10

Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 446/06Téngase por aceptada la renuncia a la cantidad de 6 (seis) Horas Cátedras, presentada por el docente Corsaro Alejandro (DNI 29.517.637) - (Legajo Nº 188.167/18), a partir del día 1º de Marzo del año 2006, quien revista con carácter Provisional en el cargo de Profesor Horas Cátedras en la Escuela de Capacitación Laboral Nº 1 “Ricardo Rojas”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social, quedando en dicho cargo con 6 (seis) Horas Cátedra. Morón, 5 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 461/06Otórguese a la agente Gomez Norma Inés (DNI Nº 03.975.416) – (Legajo Nº 46284), el anticipo jubilatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 19º inc. F) párrafo 1º de la Ley Nº 11.757. Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 463/06Reconócese a la Nómina de Personal Docente que a continuación se detalla, como integrante de la Junta de Clasificación Docente Municipal, quienes fueron elegidos según lo establecido en el inciso b) del Art. 38º, Capítulo IX del Estatuto del Docente Municipal, Ordenanza Nº 11.233, Decreto Promulgatorio Nº 1439/90: extendiéndose el mandato durante el período que en cada caso se menciona.

Apellido y Nombre Legajo Fecha de mandatoCáceres Aníbal Alberto 145.862/00 Desde 01-03-06

Hasta 01-03-08Zarco Sandra Edith 69.419/18 Desde 06-03-06

Hasta 06-03-08

Ratifícase como Integrantes de la Junta de Clasificación Docente Municipal, quienes fueron

elegidos según lo establecido en el inciso b) del Art. 38º, Capítulo IX del Estatuto del Docente Municipal, Ordenanza Nº 11.233, Decreto Promulgatorio Nº 1439/90, a los agentes: Borsani Ana María (Legajo Nº 106.096/18) por la Rama de Capacitación Laboral; Fabre Estela Beatríz (Legajo Nº 31.856/00) por la Dirección de Educación al igual que Gómez Susana Beatriz (Legajo Nº 67.751/00/18), manteniéndose sus mandatos hasta el día 01 de Marzo de 2007. Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 465/06Dése de baja, a la docente Rodríguez Kaiser Verónica Analía (Legajo Nº 182.901/00), a partir del día 1º de Febrero de 2006, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter de Provisional, quien prestaba funciones en el Jardín de Infantes Nº 3, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social. Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 466/06Desígnase, a partir del día 1º Enero de 2006, a las docentes que a contnuación se detallan, con carácter de Suplente, en el cargo que en cada caso se menciona, a efectos de prestar funciones en la Escuela de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social.

Apellido y Nombre Legajo CargoSieghart Elizabeth Ines 186.678/00 Profesor con 12 Horas

CátedraVillaverde Martín María Fernanda 164.878/00 Profesor con 3 Horas

CátedraVarrica Mónica Marcela 145.938/00 Profesor con 16 Horas

Cátedra

Rectifícase el puesto, a partir del día 1º de Enero de 2006, de la docente Villaverde Martín María Fernanda (Legajo Nº 164.878/18), estableciéndose el cargo de Profesor con nueve (9) Horas Cátedra, con carácter de Provisional, quien presta servicios en la Escuela de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social. Rectifícase el puesto, a partir del día 1º de Enero de 2006, de la docente Varrica Mónica Marcela (Legajo Nº 145.938/18), estableciéndose el cargo de Profesor con veintiún (21) Horas Cátedra, con carácter de Provisional, quien presta servicios en la Escuela de Danzas “José Neglida”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social. Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 468/06Increméntese la cantidad de Horas Cátedra que se establece, a los docentes que a continuación se detallan, con carácter de Provisional, a partir de la fecha que se menciona, en el cargo que en cada caso se indica, a efectos de prestar funciones en establecimientos educativos municipales, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social.

Apellido y Nombre

Legajo Ingreso Cargo Establecimiento

Olmos Alejandro Gabriel 175.212/19 01-04-06

Profesor 9Horas

Cátedra

Escuela de Capacitación Laboral Nº 1

Segovia María del Rosario 199.634/00 13-03-06

Profesor 21Horas

Cátedra Escuela MunicipalDe GastronomíaSolitario Claudio

Adrían 177.356/00 03-04-06Profesor 10

Horas Cátedra

Singer Julieta198.423/00

13-03-06

Profesor 15 Horas

Cátedra

Escuela Municipal de Gastronomía

Riccelli Gabriel Gerardo 194.656/19

Profesor 12 Horas

CátedraCollado Santiago 198.412/00

Profesor 19Horas Cátedra

Bottoso Adriana Isabel

178.689/18 20-03-06 Profesor 6Horas

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CátedraGarcía Villverde Lilian Andrea 178.467/00 Profesor 3

Horas Cátedra

Escuela Municipal Danzas “José

Neglia”Caprotta Carla Paola 182.534/18

Desígnase, a la docente Bohn Esther Silvia (Legajo Nº 118.968/18), con carácter de Suplente, durante el período establecido entre el día 13 y el día 18 de Marzo de 2006, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, a efectos de prestar funciones en la Escuela Especial “Mi Futuro”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social.Desígnase, a los docentes que a continuación se detallan, con carácter de Provisional, a partir de la fecha que se menciona, en el cargo que en cada caso se indica, a efectos de prestar funciones en establecimientos educativos municipales, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social.

Apellido y Nombre

Legajo Ingreso Cargo Establecimiento

Fernández Loreley

D.N.I.23.126.8

1714-03-06

Profesor 20Horas

Cátedra

Escuela Municipal de Gastronomía

Kerlakian Sara Graciela

198.467/00 03-04-06

Profesor 4Horas

Cátedra

Maccanani Alicia

D.N.I.11.321.9

9313-03-06

Profesor 11Horas

CátedraCalcagno Alicia Elsa

40.568/18 20-03-06

Profesor 3Horas

Cátedra

Escuela Municipal de Danzas José Neglia”Pol Julio

Américo186.090/

18

Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 469/06Téngase por designada a partir del día 1º de Abril del año 2006, a la Dra. Mieggie Gloria Noemí (DNI 12.623.954), dentro de la Planta Interina del SUMS, con un haber equivalente a la categoría Profesional Asistente, con una carga horaria de 24 (veinticuatro) horas semanales de labor, a efectos de prestar funciones en la Dirección de Medicina Preventiva, dependiente de la Secretaría de Salud. Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 470/06 Reencasíllese a partir del día 1º de Enero del año 2006, a la agente Velázquez Miriam Liliana (Legajo Nº 138.263), quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, en la categoría Técnico Semi Senior, con 40 (cuarenta) horas semanales de labor, prestando funciones en el Servicio de Laboratorio del Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”, dependiente de la Secretaría de Salud.

Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 471/06Téngase por renococida el cambio de la Jornada Laboral de la docente Medici María de los Angeles (DNI 16.050.703) - (Legajo Nº 34.843/00), con retroactividad al día 20 de Marzo del año 2006, pasando de Preceptora Jornada Simple a Preceptora Jornada Doble, quien cumple funciones en el Jardín Maternal y de Infantes Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social. Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 472/06Téngase por dados de baja a partir del día 20 de Marzo del año 2006, a las docentes que a continuación se detallan, con carácter de Suplentes, en los cargo y establecimientos educativos que en cada caso se indica, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social: Apellido y Nombre Legajo

Nº Cargo Establecimiento

Diminno, María 197.067/ Maest. Espec. Jardín Maternal Nº 10

Gisela 00 Jornada Doble

Costa, Stella Maris 201.789/00

Maest Espec. Jornada Doble

Jardín Maternal y de Infantes Nº 12

Rígoli, Jorgelina Gabriela

179.989/00

Preceptora Jornada Doble Jardín Maternal Nº 8

Morón, 11 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 474/06Dése de baja, a la docente Santomauro Verónica Gabriela (Legajo Nº 174.189/18), a partir del día 1º de Febrero de 2006, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter de Provisional, quien prestaba funciones en el Jardín de Infantes Nº 9, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social. Morón, 12 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 475/06Téngase por autorizada a la docente Catenaccio María Cecilia (Legajo Nº 82.446/00), a hacer uso de licencia sin goce de haberes en el cargo que desempeña en la Escuela de Capacitación Laboral Nº 1 “Ricardo Rojas”, por el lapso de 18 (dieciocho) meses contados a partir del día 13 de Marzo del año 2006, solamente en 12 (doce) Horas Cátedra, manteniendo el cargo en 10 (diez) Horas Cátedra. Morón, 12 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 476/06Modifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 391/06, en su parte pertinente, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Donde se lee:Apellido y Nombre Legajo Nº Cargo Establecimiento

Herminia, José Alfonso 174.834/18 Profesor 10 Escuela de

Gastronomía

Deberá leerse:

Apellido y Nombre Legajo Nº Cargo Establecimiento

Hermida, José Alfonso 174.834/18 Profesor 10 Escuela de

Gastronomía

Morón, 12 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 477/06Téngase por aceptada la renuncia presentada por la agente Acevedo Lorena Laura (Legajo Nº 195.067), a partir del día 20 de Marzo del año 2006, quien revista dentro del Plantel de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Profesional Asistente con veinticuatro (24) horas semanales de labor, prestando servicios en la Unidad Sanitaria Malvinas Argentinas, dependiente de la Dirección de Medicina Preventiva, perteneciente a la Secretaría de Salud. Morón, 12 de Abril de 2006.-

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