1 definición y descripción psicológica del trabajo saint simon plantea la teoría sobre la...
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Definición y Descripción Psicológica del Trabajo
Saint Simon plantea la teoría sobre la psiquis humana en los siguientes términos: “el hombre se diferencia del reino animal del que era “un ser más”, en el momento en que es capaz de transformar la materia, superando con ello los estrechos límites de su condición anterior. Este gigantesco salto cualitativo se realiza mediante el trabajo, con él, el hombre trasciende su condición de animal irracional”.
1760-1825
Orestes Salerno
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Definición y Descripción Psicológica del Trabajo
Karl Marx elaboró la idea del hombre como ser social. En su basta teoría se señala insistentemente una idea dinámica: para el hombre “ser” es “hacer”, la actividad está aquí como fundamento mismo de la conducta humana.
1818-1883
Orestes Salerno
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Definición y Descripción Psicológica del Trabajo
F. Herzberg basó sus estudios tomando en cuenta el campo motivacional relacionándolo con el laboral, siendo los aspectos más sobresalientes de su teoría los siguientes:1. Consideró que el trabajo es la actividad más importante del individuo.2. A través del trabajo, el hombre puede satisfacer sus necesidades sociales de autoestima y aprobación.3. La satisfacción e insatisfacción personal en el ambiente laboral se debe a factores motivacionales e higiénicos.
Frederick I. Herzberg (1923-2000)
Orestes Salerno
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Definición y Descripción Psicológica del Trabajo
C
D
C
H Stephen R. Covey
Peter F. Drucker1909 - 2005
Orestes Salerno
5Orestes Salerno
Relaciones Laborales
Cuando se habla de relaciones, pensamos inmediatamente en dos o más actores, siendo en el caso específico de las relaciones laborales los protagonistas principales: Trabajadores, sindicalizados o no, por una parte y por la otra el patrono, correspondiendo al estado el papel garante de equilibrio de tal relación, lo cual logra mediante la aplicación de las normas que regulan la materia laboral.
Alfonso G., R. (1999) define en su obra Didáctica del Derecho del Trabajo, el tema en cuestión como sigue:
“El derecho del Trabajo es el conjunto de preceptos de orden público regulador de las relaciones jurídicas que tiene por
causa el trabajo por cuenta y bajo la dependencia ajena con el objeto de garantizar, a quien lo ejecuta, su pleno desarrollo
como persona humana y, a la comunidad, la efectiva integración del individuo en el cuerpo social y la regulación de
los conflictos entre los sujetos de esas relaciones”. (p. ).
6Orestes Salerno
Relaciones Laborales
Artículo 65.- Se presumirá la existencia de una relación de trabajo entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba. Se exceptuarán aquellos casos en los cuales, por razones de orden ético o de interés social, se presten servicios a instituciones sin fines de lucro con propósitos distintos a los de la relación laboral. (Destacado nuestro).Artículo 66.- La prestación de servicios en la relación de trabajo será remunerada. (Destacado nuestro).
LOT
enciclopedia Encarta 99 la definición dada a las relaciones laborales así:
Relaciones industriales, en sentido amplio, son todos los acuerdos, transacciones y
actividades que afectan a la estructura, los términos y las condiciones del mercado de
trabajo, es decir, del empleo. Los principales agentes implicados son los sindicatos, los empresarios (o la patronal, asociación de
empresarios) y a veces, los gobiernos al legislar el mercado.
7Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
El salario: Elemento clave en la relación laboral, pues sirve de base de cálculo a los efectos de determinar las asignaciones y deducciones.
Origen del salario Diferencia entre Sueldo y Salario
Definición del Salario El Salario en el Marco legal Venezolano
8Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
El Pequeño Larousse Ilustrado (1992) “SALARIO m. (Lat. Salarium). Cantidad de dinero que se da a alguno para pagar un servicio o trabajo (SINÓN. V. Sueldo) // Salario base, cantidad mensual utilizada para calcular los subsidios familiares. // Salario mínimo, el de menor cuantía que la ley permite dar a un trabajador. // Salario bruto, salario antes de hacer deducción de las cargas sociales, por oposición a salario neto.” (921).
Enciclopedia Encarta (1999).“Salario (Lat. -iu ← sale, sal) m. Dinero, generalmente mensual, que recibe un trabajador por los servicios que presta en una institución, empresa, etc.: ~ base, el sueldo sin tener en cuenta primas, la antigüedad, etc.; ~ mínimo, cantidad fijada por ley, que debe ser pagada como mínimo a todo trabajador activo. SIN. Sueldo, retribución, remuneración, jornal, emolumentos, paga; quitación” (Ant,)
Definición del Salario
9Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
Organización Internacional del Trabajo:“La ganancia sea cual fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijado por acuerdo o por la legislación nacional, y debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo, escrito o verbal, por el trabajo que éste último haya efectuado o deba efectuar o por servicios que haya prestado o deba prestar”. Agregando además que: “la retribución que percibe el trabajador con el fin de compensar el esfuerzo material o intelectual que éste realizó”.
El Salario Implica
Pago por servicio
EsfuerzoSubordinación
Convenio
10Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
El Salario en el Marco Legal Venezolano
Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
Ley Orgánica del Trabajo (1990) reformada en 1997
• Garantiza igual salario por igual trabajo (Ver Art. 91)
• Para cada clase de salario se deberá tomar en cuenta su cantidad y calidad (Ver Art. 130).
• Desarrolla el principio Constitucional referido al pago el salario igual (Ver Art. 135).
• Deberá permitir al trabajador y a su grupo familiar la subsistencia digna y decorosa (Ver Art. 138)
11Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
Tipo de Salarios
Nominal
Real
Mínimo
Por Unidad de Obra
Por Unidad de Tiempo
Salario Normal
Cantidad convenida a pagar a cambio de la labor sin incluir
deducción alguna – Monto bruto -
Lo recibido y que sirve al
trabajador para la adquisición de bienes y
servicio luego de las
deducciones (Salario
Nominal menos deducciones)
Monto indispensable para la subsistencia y fijado por la Ley (Art. 138 LOT)
Cantidad y calidad del trabajo
Lleva implícito la duración de la
jornada
Asignación fija y regular que no incluye beneficios sociales no salariales
(Parágrafo Segundo Art. 133 LOT)
12Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
Seguridad y Certeza
Proporcional(Art. 130, 135
y 194 LOT)Inembargable
(Art. 149, 163 y SIG.
LOT)
Periódico(Art. 150 LOT)
Irrenunciable(Art.148 LOT)
Conmutativo(Art. 133 LOT).
Características del Salario
13Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
Por su Valor
Nominal Real
Por su Medio
Dinero Especie Mixto
Por su Tiempo o Frecuencia
Diario Semanal Quincenal Mensual Anual
Clasificación del Salarios
14Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
Por sus Resultados
Unidad de Tiempo Obra Asignada Destajo o Comisión
Por las Personas
Individual ColectivasPor su Naturaleza
Legal Contractual
Clasificación del Salarios
Por su Distribución
Directa Compensatoria
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No revisten carácter salarial aquellas percepciones o suministros que:• No ingresen al patrimonio del trabajador.
• No fueren libremente disponibles.• Estuvieren destinadas a reintegrar los gastos que hubieren incurrido el
trabajador con ocasión de la prestación de sus servicios y cuyo coste deba ser asumido por el patrono.
• Proporcionaren al trabajador medios, elementos o facilidades para la ejecución de su labor, tales como herramientas, uniformes, implementos de seguridad y provisión de habitación en el supuesto contemplado en el Art. 241 LOT. Si a estos fines el trabajador recibiere de su patrón sumas
de dinero, estás deberán guardar proporción con los gastos en que efectivamente incurrió o debe incurrir según lo pactado, y
• Constituyan gratificaciones voluntarias o graciosas originadas en motivos diferentes a la relación de trabajo”. (Ver Art. 671 LOT y 72 RLOT)
El Salario y la Remuneración
Percepciones no salariales
16Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
Tipos de Salarios
Mínimo
Debe permitir al trabajador y su grupo familiar, la recomposición del poder adquisitivo que le permita la subsistencia digna. Para tales fines es aplicable lo dispuesto en el artículo 167 y siguientes de la LOT. (Ver Art. 83 y SIG. del RLOT y 196 LOT).
Normal
Regular y permanente, no variable, y serán las percepciones fijas que a cambio de la labor perciba el trabajador, excluyendo como lo indica el parágrafo segundo del Art. 133 de la LOT., los beneficios accidentales y los que no tienen carácter salarial conforme lo indica el primer parágrafo del Art. 133, 671 de la LOT y los Art. 72 y 73 del RLOT
Por Unidadde Tiempo
Se conviene el pago del servicio en forma periódica sin considerar sus resultados, siendo el salario diario un treintavo del salario mensual y por hora el resultante de dividir el valor de la jornada diaria entre su número de horas ordinarias de labor (ver Art. 140 de la LOT y Art. 75 RLOT).
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El Salario y la Remuneración
Tipos de Salarios
Por Unidadde Obra
Opuesto a salario por unidad de tiempo, acá se toma en cuenta el resultado de la labor y no el tiempo para ejecutar el mismo (ver Art. 141 de la LOT).
Por TareaEn este tipo de salario, se conjugan ambos aspectos antes vistos, el tiempo de la ejecución y el resultado de la labor (ver Art. 142 de la LOT)
MixtoEn este tipo de asignación salarial, se incluye además del salario por unidad de tiempo, el de producción como el caso de los vendedores.
18Orestes Salerno
El Salario y la Remuneración
La RemuneraciónSerá el provecho o ventaja que obtenga el trabajador a cambio de la labor que ejecuta y comprenderá: Las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios de utilidades y en general todo cuanto perciba y que la Ley no excluya de manera taxativa como los servicios de comedores, dotación de uniformes y otros de características similares (ver Art. 133 y 671 de la LOT.), al menos que en la convención colectiva se incluyan como parte de la remuneración, y por tanto, así deban ser considerado. (Art. 129 y siguientes de la LOT, Art. 54 y siguientes de la LEFP y Art. 180 y siguientes del RGLCA).
Clasificación de la Remuneración
Directa Indirecta
Patrono y Trabajador
El Trabajador Todo cuanto disponede manera inmediata
El Trabajador Beneficios que podrá
Aprovechar en El futuro
Patrono
Lo que cancela periódicamente y que tiene incidencia en las prestaciones
Patrono
Obligaciones derivadas del contrato de trabajo con los trabajadores o terceros
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Modalidad Atípica
del Salario
Vivienda o pago
de alquiler
Automóvil oTransporte
Descuentos en
Productos oServicios y Préstamos
Manutencióny
Servicios Públicos
Asistencia Médica y Planes de
Jubilaciones
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La Jornada de Trabajo
Qué es
Artículo 189.- Se entiende por jornada de trabajo el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrono y no puede disponer libremente de su actividad y de sus movimientos.Se considera que el trabajador está a disposición del patrono desde el momento en que llega al lugar donde deba efectuar su trabajo, o donde deba recibir órdenes.(Ver Art. 90 CNRBV y 67 LEFP)
LOT
Tipos de Jornadas
Diurna
Nocturna
Mixta
Horas Día
Horas Semanal
Desde Hasta
8 44 5:00 a. m. 7:00 p.m.
7 35 7:00 p.m. 5:00 a. m.
71/2 42 Ambas jornadas
Los funcionarios públicos
21Orestes Salerno
La Jornada de Trabajo
Otras Consideraciones
Posibilidad de convenir en una jornada diurna por 9 horas de
labor Art. 196 LOT
Labor de hasta 5 horas continuas
½ hora de descanso intrajornada
Cuando el descanso intrajornada forma parte de la jornada
ordinaria Art. 205 y 190 LOT
Labores excepcionales Art. 198 LOT y 115 RLOT
22Orestes Salerno
Días Hábiles, De Descanso y Feriados
Días Hábiles
Todos los días de año son hábiles para el trabajo, excepto los feriados Art. 211 y 212 LOT:
• Los Domingos
• 1ero. De enero
• jueves y viernes santo
• 1ero. De mayo
• 25 de diciembre
• Los señalados en la Ley de fiestas nacionales.
• Los declarados como festivos por los gobiernos regionales y municipales, hasta 3 días al año
Se exceptúan aquellas labores de interés público, por razones técnicas y circunstancias eventuales Art. 213
LOT
23Orestes Salerno
Días Hábiles, De Descanso y Feriados
Días de DescansoTodo trabajador tendrá derecho a
un día descanso semanal remunerado Art. 216 LOT
Cuándo se pierde el día de descanso
Al faltar más de un día de laborCuántas horas de descanso
remunerado posee un trabajador que labora 44 horas semanales de lunes a
sábadoAl calcular que cada día de labor es de 8 horas diarias (de lunes a viernes) y 4 horas el sábado, se puede apreciar que
el sábado habrá de disponerlo libremente (4 horas) y el domingo todo el día (8 horas), de manera que en total
descansará 12 horas remuneradas
En qué casos tendrá derecho a disfrutar de dos días de descanso
En los casos en que se conviene laborar 9 horas durante cuatro días a la
semana y un día a razón de 8 horas según lo consagra el Art. 196 LOT o cuando se acuerda una jornada de
lunes a viernes con una jornada menor a 44 horas semanales
24Orestes Salerno
Días Hábiles, De Descanso y Feriados
Días de Descanso
Cuando el salario se conviene por periodos (mensual, semanal o diario), y
no posee variación alguna, el día de descanso tendrá el mismo valor que el
de un día de labor
En los casos en que el trabajador posea un salario variable (salario más
otras recompensas) el día de descanso será calculado a razón del promedio de lo devengado en la semana respectiva.
Cómo se cancela el día de descanso
25Orestes Salerno
Días Hábiles, De Descanso y Feriados
Días de Descanso
El trabajador tendrá derecho a:
Cuándo se labora en un día de descanso
Descanso compensatorio equivalente a un día hábil la semana inmediata Art. 218
LOT
Al pago adicional de 1 y 1/2 día más (Ver Art. 154 LOT)
26Orestes Salerno
Descanso interanual
Vacaciones
Beneficio que logra el trabajador por un año ininterrumpido de servicios
Base legal
• Art. 219 LOT
•Art. 24 LEFP
27Orestes Salerno
Suspensión del Vínculo Laboral
•Interrumpe la relación laboral por el tiempo que dure ésta.
•Obedece a causas ajenas a la voluntad de las partes, no pone fin al vínculo laboral Art. 93 LOT.
• El trabajador no esta obligado a prestar el servicio ni el patrono a remunerarlo, no pudiendo ser despedido el trabajador mientras
dure tal situación.
•En cuanto al sector público, el tema de las suspensiones se refiere a los procesos en que la administración requiere realizar una
averiguación y a los permisos o licencias consagrados en la normativa administrativa
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Suspensión del Vínculo Laboral
• Accidente o enfermedad profesional que incapacite al trabajador hasta los doce (12) meses. Cuando el médico tratante considere que no existe posibilidad de recuperación, pues en caso positivo, esta situación podrá prolongarse por doce (12) meses más.
• El servicio militar obligatorio.
• El descanso pre y post – natal. (Ver Art. 385 LOT)
• Los conflictos colectivos.
• La detención preventiva por averiguación judicial o policial.
• Licencias otorgadas por el patrono.
• Casos fortuitos o de fuerza mayor. (Véase Art. 39 y SIG. del RLOT).
Causas Art. 93 LOT
29Orestes Salerno
Del Contrato de Trabajo
Materialización de la relación laboral, según el cual, las partes – trabajador (es) y patrón (os) -, se obligan
conforme a la Ley. (Ver Art. 67 LOT)
Servicio Pago Subordinación
Individual
Libre voluntadAjustado a las normasCapacidad para obrar
30Orestes Salerno
Del Contrato de Trabajo
Clasificación de los contratos
individuales
Por tiempo determinado Art.
74,77 y 78
Para una obra determinada Art.
75 LOT
Por tiempo indeterminado
Art. 73
Será preferiblemente
por escrito(Ver Art. 70 LOT)
31Orestes Salerno
Del Contrato de Trabajo Requisitos Art. 71 LOT
a) El nombre, nacionalidad, edad, estado civil y domicilio o residencia de los contratantes.
b) El servicio que deba prestarse, que se determinará con la mayor precisión posible.
c) La duración del contrato o la indicación de que es por tiempo indeterminado, según el caso.
d) La obra o la labor que deba realizarse, cuando se haya estipulado por unidad de tiempo o tarea.
e) La duración de la jornada ordinaria de trabajo, cuando se haya estipulado por unidad de tiempo o tareas.
f) El salario estipulado o la manera de calcularlo y su forma y lugar de pago.
g) El lugar donde deba prestarse el servicio y
h) Cualesquiera otras estipulaciones lícitas que acuerden los contratantes.
32Orestes Salerno
Del Contrato de Trabajo
Otras Disposiciones
Protección del trabajador nacionalExtranjeros 10%
(Art. 27)
Limite en laRemuneración 20%
(Art. 27)
75% deberán serpadres de familia
(Art. 29)
Periodo de prueba deHasta 90 días (Art. 30)
Excepciones MT
33Orestes Salerno
Del Contrato de Trabajo En la Administración Pública
Sólo Personal
especializado
No constituye una vía de ingreso como funcionario
Base legalLEFP
Art. 37 y SIG.
34Orestes Salerno
Del Contrato de Trabajo Contrato Colectivo
Por definición, se entiende la existencia de un contrato colectivo cuando son varios los actores que en él
intervienen, así se tiene que podrán concurrir para su celebración uno o varios representantes de los
trabajadores (sindicatos o federaciones) y uno o varios patronos, siendo el contenido del contrato lo que las
partes convengan como de obligatorio cumplimiento en tanto y cuanto no contravenga la norma, manteniéndose los beneficios conquistados en convenciones anteriores
además de ser un derecho adquirido reconocido en la Constitución como irrenunciable (ver Art. 507 y SIG. de la
LOT).
Sector Público Sector Privado