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Aplicación práctica
Opciones y herramientas previstas en las disposiciones fiscales
Que pueden aplicar las empresas ante la crisis financiera
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IDE
Supuesto
Empresa dedicada a la compra venta de aves en estado natural
• Ventas anuales $120,000, 000• Margen de utilidad bruta 2.5%• Pérdidas de ejercicios anteriores
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Exentos de pago
Art. 6 LIDE
VI. Personas físicas y morales, por los depósitos en efectivo de los créditos que les hayan sido otorgados por el sistema financiero, hasta por el monto adeudado a estas instituciones.
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CONCEPTO DE DEPÓSITOS EN EFECTIVO POR CRÉDITOS OTORGADOS (Regla I. 11.8.)
Se entiende por depósitos en efectivo en cuentas propias abiertas con motivo de los créditos que hayan sido otorgados por las instituciones del sistema financiero, aquéllos que se destinen para el pago de dichos créditos.
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Por lo tanto•Con una línea de crédito de $350,000
(venta diaria promedio).
•Se giran cheques o se hacen transferencias a cargo de la línea de crédito y:•No se causa IDE hasta por el monto adeudado.
•Se causan intereses diarios únicamente sobre la parte no pagada (al día) del crédito.
Si no se puede hacer ……..
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Acreditamiento, compensación y devolución del IDE
I.11.27. (RM 2008 I.11.32)Quienes en el mes no tengan ISR a su cargo contra el cual puedan acreditar el IDE,
• Por haber realizado el pago provisional del ISR, encontrarse disminuyendo pérdidas, o bien, de haber efectuado el acreditamiento de otras cantidades a que tengan derecho.
Pueden considerar que el acreditamiento del IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos.
La diferencia que subsista a su favor pueda ser susceptible de acreditarse contra el ISR retenido a terceros en dicho mes.
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Acreditamiento, compensación y devolución del IDE
I.11.27. (RM 2008 I.11.32) • Cuando no tengan ISR retenido a terceros, o bien, habiéndolo tenido hayan efectuado el entero correspondiente o hayan acreditado contra éste otras cantidades a que tengan derecho.
Podrán considerar que el acreditamiento de la diferencia de IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos.
• Permitiendo así la generación de una diferencia susceptible de ser compensada contra otras contribuciones federales (23 del CFF).
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Acreditamiento, compensación y devolución del IDE
I.11.27. (RM 2008 I.11.32) • Si después de efectuar los acreditamientos, subsiste alguna
diferencia susceptible de compensarse.
• Quienes no hayan causado otras contribuciones federales, o hayan extinguido sus obligaciones de pago por cualquier medio permitido por las leyes fiscales.
• Pueden considerar que la compensación de la diferencia se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, generando una diferencia susceptible de solicitarse en devolución.
• No releva al contribuyente de dictaminar la solicitud de devolución del IDE.
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ACREDITAMIENTO DEL IDE EN EL EJERCICIO (Art. 7 IDE)
1. El IDE efectivamente pagado en el ejercicio será acreditable contra el ISR del ejercicio, salvo que hubiere sido acreditado contra el ISR retenido a terceros o compensado o solicitado devolución.Por lo tanto
El IDE acreditado en pagos provisionales aún no ha sido aplicado y esta sujeto a que se cause ISR en la declaración anual.
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Supuesto
• Sociedad Mercantil
• Con utilidades fiscales en años anteriores
• Pronostica pérdidas fiscales para este año.
• Sueldo anual de los socios $ 2,000,000.
• Sin problemas en IETU
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Cálculos
Sueldos 3,000,000$
Carga social estimada 750,000$ 25%
ISR 780,000$ 26%
Neto a recibir 2,220,000$
Costo a la empresa 3,750,000$ 125%
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Alternativa
• Reparto de dividendos provenientes de CUFIN
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ARTÍCULO 88. CUFINNo se esta obligado al pago de ISR
cuando el dividendo provienen de CUFIN.
La utilidad fiscal neta (UFIN) es la utilidad que tiene derecho a retirar el accionista, toda vez ya se cubrió el impuesto correspondiente.
La cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) es la cuenta que agrupa las UFIN.
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UFINResultado Fiscal del Ejercicio
Menos:
ISR del Ejercicio No deducibles (excepto: provisiones para
creación o incremento de reservas complementarias de activo o pasivo; reservas para indemnizaciones al personal y para pagos de primas de antigüedad y PTU (10 F. I))
__________________________________________
= UTILIDAD FISCAL NETA (UFIN)
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No deducibles
Artículo 98 RISR
Las partidas no deducibles son aquellas señaladas como tal en la ley.
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Efecto
Saldo en Cufin 5,000,000$
Dividendo 2,220,000$
Nuevo Saldo en Cufin 2,780,000$
Costo fiscal -$
Costo a la empresa 2,220,000$
Ahorro 1,530,000$
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Para el accionistaLas personas físicas acumulan a sus demás ingresos, los percibidos por dividendos o utilidades.
Pueden acreditar, el ISR pagado por la sociedad que distribuye los dividendos o utilidades:
– Consideran como ingreso acumulable, además del dividendo, el ISR pagado por la sociedad correspondiente al dividendo o utilidad percibido y
– Cuenten con la constancia respectiva.Artículo 165 LISR
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Acreditamiento Artículo 165
El impuesto pagado por la sociedad se determina aplicando el 28% (tasa del artículo 10), al dividendo multiplicado por el factor de 1.3889.
Dividendo 2,220,000$ Factor 1.3889
Ingreso acumulable 3,083,358$
Impuesto acreditable 863,340$ 28%
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Supuesto
• Empresa la Patita desea proyectar su IETU 2009.
• No puede saber cuanto va a cobrar de sus ventas pronosticadas.
• NO sabe con exactitud cuanto va a pagar a sus proveedores.
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Proyectando el IETU
El IETU es un ciclo• Solo hay efecto cuando se rompe el ciclo
IETU.
Por tanto se debe proyectar:
Las cuentas donde se rompe el ciclo del IETU
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Proyectando el IETUCuentas donde se rompe el ciclo del IETU
Activo A favor
Caja y Bancos Disminución
Cuentas por cobrar "basura"Deudores DisminuciónAnticipo a proveedores (no deducible) Disminución
Activos fijos no depreciables En contra
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Proyectando el IETUCuentas donde se rompe el ciclo del IETU
Pasivo A favor
Acreedores Diversos AumentoDocumentos por pagar (Terceros) AumentoPrestamos bancarios Aumento
Capital A favorAportaciones AumentoAportaciones para futuros aumentos AumentoDividendos En contra
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Proyectando el IETU EjemploSaldos iniciales
2009
Bancos 2,499,565 a)Clientes 6,500,000 Iva x acreditar 978,261 Iva pagadoInventario 2,000,000 Activo Fijo 500,000 Proveedores 7,500,000- Iva x trasladar 847,826- Iva cobradoIva x pagar 130,000- Doc x pagar 1,000,000- b)Capital 1,000,000- Res ej ant 2,000,000- c)Res ej -
-
Intereses d)
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Proyectando el IETULa empresa proyecta :
a) El saldo de bancos es excesivo para su operación, con 800,000 es suficiente.
b) Planea pagar el total de los documentos por pagar.
c) Planea repartirse en dividendos $1,800,000.
d) Calcula pagar intereses al banco en el ejercicio por $230,000.
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Proyectando el IETUSaldos iniciales Proyectado
2009 2009 Dif
Bancos 2,499,565 800,000 1,699,565- Clientes 6,500,000 Iva x acreditar 978,261 Iva pagadoInventario 2,000,000 Activo Fijo 500,000 Proveedores 7,500,000- Iva x trasladar 847,826- Iva cobradoIva x pagar 130,000- Doc x pagar 1,000,000- - 1,000,000 Capital 1,000,000- Res ej ant 2,000,000- 200,000- 1,800,000 Res ej -
-
Intereses 230,000 230,000
Base de pago IETU 1,330,435 Mas operaciones 2009
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AlternativaLas erogaciones deben ser efectivamente pagadas al momento de su deducción.
– También, se consideran pagadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta.
– Se entiende que es efectivamente pagado cuando la obligación se extinga mediante compensación o dación en pago.
•Art. 6 LIETU
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Requisito Deducciones
– Suscripción de títulos de crédito por el contribuyente, diversos al cheque, constituye garantía del pago.
• Se entiende efectuado el pago cuando éste efectivamente se realice o cuando la obligación quede satisfecha mediante cualquier forma de extinción.
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SupuestoLa empresa “Planeación S.A.”– Con utilidades contables en años anteriores– Proyecta:
– Perdida Fiscal en 2009 – IETU a pagar en el mismo año
– Utilidades fiscales en 2010.
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Supuesto2009 2010 Total
Utilidad (perdida) 2,000,000-$ 5,500,000$ Perdidas ant. 2,100,000-$ Base 3,400,000$ ISR 0 952,000 952,000
IETU antes de ISR 4,000,000 900,000 IETU 680,000 157,500 ISR 0 952,000
A pagar 680,000 - 680,000
Total 1,632,000
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HerramientasISR del ejercicio.
• También se considera ISR propio por acreditar, el efectivamente pagado por dividendos (Art.11 LISR), siempre que el pago se haya efectuado en el ejercicio por el que se calcula el IETU.
• Art. 8 IETU
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Herramientas
El impuesto que no se pueda acreditar en el ejercicio en el que se paga el impuesto del dividendo, se puede acreditar hasta en los dos ejercicios inmediatos siguientes contra el impuesto del ejercicio y contra los pagos provisionales de los mismos.
Art. 11 I LISR
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EstrategiaDividendosDistribuido sin CUFIN 1,800,000 Piramidacion 1.3889
2,500,020 Tasa 28%Impuesto 700,006
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Efecto2009 2010 Total
Utilidad (perdida) 2,000,000-$ 5,500,000$ Perdidas ant. 2,100,000-$ Base 3,400,000$ Acreditamiento 11 I 700,006$ 700,006 ISR 0 251,994 251,994
IETU antes de ISR 3,000,000 900,000 IETU 510,000 157,500 ISR 700,006 251,994
A pagar - - - Total 952,000 Ahorro 680,000
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Supuesto
• La empresa “La Victima SA”
Proyecta tener un crédito IETU.
Escenarios:
A)Utilidad para ISR
B)Pérdida fiscal ISR
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Exceso en deducciones IETU Crédito fiscal del artículo 11.
Deducciones > Ingresos gravados
Deducciones Menos
Ingresos gravados
MontoPor tasa
Crédito fiscal
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Crédito fiscal del artículo 11
Deducciones 14,500,000Menos Ingresos gravados 10,000,000
Monto 4,500,000Por tasa 17.00%Crédito fiscal 765,000
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Crédito fiscal del artículo 11
El crédito fiscal puede acreditarse contra:
– IETU (del ejercicio y pagos provisionales), diez ejercicios siguientes.
– ISR causado en el ejercicio en el que se generó el crédito.
• Ya no puede acreditarse contra el IETU. • “… la aplicación del mismo no dará derecho a
devolución alguna.”
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CASO A)ISR IETU
Base 3,000,000 -4,500,000Tasa 28% 17%
Impuesto 840,000 Crédito 765,000 MenosCrédito 765,000
A pagar 75,000
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CASO A)• Genera “UFIN” en el ejercicio, por $2,160,000.
• Con un pago mínimo de impuestos
• Puede distribuirse a los socios o accionistas sin un gravamen adicional.
Los accionistas
• Lo acumulan en su declaración anual, pudiendo acreditar en su conjunto $840,000.
• Por deducciones personales pudieran tener un saldo a favor y solicitar su devolución.
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CAcredita en ejercicios posteriores, sin embargo:
IETU causado.
(menos) Crédito inversiones 2008 (Transitorio).
(menos) Crédito artículo 11.
(menos) Estímulos de inventarios, perdidas fiscales y enajenación a plazos (Decreto)
(menos) ISR propio. (menos) Crédito artículo 8.
IETU a cargo
(menos) Pagos provisionales IETU
Cantidad a pagar (favor)
CASO B)
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En el ejercicio siguiente:ISR IETU
Ingresos 12,000,000 13,000,000Deducciones 9,000,000 7,500,000
Utilidad (perdida) 3,000,000 5,500,000Tasa 28.00% 17.50%
Impuesto 840,000 962,500
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En el ejercicio siguiente:ISR IETU
Impuesto 840,000 962,500Acreditamientos
a) Crédito fiscal del artículo 11 765,000Subtotal 197,500
b) Penúltimo párrafo Art. 8 227,500c) ISR del ejercicio 840,000
Suma 1,067,500IETU a cargo 0
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43
Supuesto
Persona física con ingresos por arrendamiento.
– Ingresos anuales por arrendamiento $240,000.
Casos:A) Juan López con ingresos por sueldos por
$260,000.
B) Pedro Pantera retirado accionista de La Lupita SA, sin otros ingresos.
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44
IETUJUAN LOPEZ
Ingresos arrendamiento 240,000 240,000 Deducción ciega 84,000 Deducción comprobada -
Base Arrendamiento 156,000 240,000
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45
IETUJUAN LOPEZ
Sueldos 260,000 0BASE Impuesto 416,000 240,000
Impuesto 76,147 40,800 Proporcion 37.50%
Acreditamiento ISR 28,555 A pagar 12,245
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46
Alternativa
JUAN LOPEZ compra otro inmueble para su renta, por $500,000 con crédito bancario.
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47
Efecto
Ingresos arrendamiento 240,000 240,000 Deducción ciega 84,000 Deducción comprobada 500,000
Base Arrendamiento 156,000 260,000 -
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48
EfectoSueldos 260,000 0BASE Impuesto 416,000 260,000-
Impuesto 76,147 44,200-
Credito IETU 44,200- - ISR a pagar 31,947 A favor 44,200
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49
Pedro Pantera
ISR IETU
Ingresos 240,000 240,000 Deducción ciega 84,000 Deducción comprobada -
Base 156,000 240,000
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50
Pedro Pantera
ISR IETUBase 156,000 240,000 Tasa 17.00%
Impuesto 19,552 40,800 209%
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51
Alternativa
•La empresa de la cual es accionista le paga un dividendo
• Cuya parte que a el le corresponde son $75,000
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52
Alternativa
Ingresos arrendamiento 240,000 240,000 Deducción ciega 84,000 Deducción comprobada -
Base Arrendamiento 156,000 240,000
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53
AlternativaDividendo Acumulable 104,168 BASE Impuesto 260,168 240,000
Impuesto 40,537 40,800
Suma 40,537 Acreditamiento ISR 40,537 Impuesto por arrendamiento 19,552 Dividendos 29,167 A pagar 8,182- 263
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54
Supuesto
•La empresa “Nada que hacer SA”
•Proyecta lo siguiente:
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55
Ejercicio 2009
55
IETUIngresos 10,000,000 Deducciones 9,500,000
Base 500,000 Tasa 17.00%IETU Causado 85,000
Acreditamientos
a) Crédito fiscal del artículo 11 0Subtotal 85,000
b) Penúltimo párrafo Art. 8 0c) ISR del ejercicio 1,120,000
IETU a cargo 0
ISR
Ingresos 14,000,000 Deducciones 10,000,000
Base 4,000,000 Tasa 28.00%
ISR Causado 1,120,000
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56
“Nada que hacer SA”
•Por lo tanto concluye que no tiene nada que hacer ya que no causa IETU.
•Sin embargo:
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57
Ejercicio 2010
57
ISR
Ingresos 15,000,000 Deducciones 16,000,000
Base 1,000,000- Tasa 28.00%
ISR Causado 0
IETUIngresos 19,000,000 Deducciones 16,500,000
Base 2,500,000 Tasa 17.50%IETU Causado 437,500
Acreditamientos
a) Crédito fiscal del artículo 11 0Subtotal 437,500
b) Penúltimo párrafo Art. 8 0c) ISR del ejercicio 0
IETU a cargo 437,500
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58
Alternativa
•No pagar al proveedor las ultimas adquisiciones o gastos de diciembre 2009.
•Cantidad estimada $4,000,000
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59
Ejercicio 20094,000,000
Ingresos 10,000,000 Deducciones 5,500,000
Base 4,500,000
Tasa 17.00%IETU Causado 765,000
Acreditamientos
a) Crédito fiscal del artículo 11 0
Subtotal 765,000b) Penúltimo párrafo Art. 8 0c) ISR del ejercicio 1,120,000
IETU a cargo 0
Se tiene una deducción en IETU por: 4,000,000
Para el año siguiente
Si no se hubieran pagado proveedores por:
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60
Ejercicio 2010
IETU
Ingresos 19,000,000 Deducciones 20,500,000
Base 1,500,000-
Tasa 17.50%Credito IETU -262,500
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61
DecretoInfluenza
(DOF. 06/05/09)
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Pagos provisionales IETU
• Durante 2009 las empresas podrán reducir de su pago mensual de ISR:
• El pago en exceso que hubiesen realizado en el IETU.
• En lugar de hacerlo hasta la presentación de su declaración anual (ARTÍCULO 1°).
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63
F I N