1 008 contratos parte general ppt
TRANSCRIPT
![Page 1: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/1.jpg)
(008)Contratos parte general
Profesor Carlos López DíazVersión 2012
![Page 2: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/2.jpg)
Contrato y otras fuentes del Derecho
GRECIA Y PUEBLOS ANTIGUOS
EDAD MEDIA
ROMA
Evolución histórica del contrato
• El contrato se relaciona y confunde con la solemnidad (el ritual). Hay contrato cuando se cumple la sola solemnidad.• Surgen otras fuentes de las obligaciones, como los cuasidelitos, los cuasicontratos.• La ley (lex) no existe como fuente autónoma, sino que al final del derecho clásico• Surge la aequitas, en base al derecho griego
TIEMPOS MODERNOS
• El contrato se “espiritualiza” y surge la buena fe contractual por influencia del cristianismo
• El contrato se vincula a la autonomía de la voluntad, bajo el ideal de la Ilustración• Surge la ley como fuente formal del derecho, a parejas del Código en el ámbito del derecho privado y la Constitución en el derecho público.• Le ley se estima una fuente de la “voluntad” soberana
• Tiene como base el trueque o la sinalagma• Surge el principio de responsabilidad, el más antiguo de todos (ley del Talión)• No existe la “ley” sino que el “nomos”
![Page 3: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/3.jpg)
3
PRINCIPIOS
AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD
Principios que rigen la contratación
BUENA FE
LIBERTAD CONTRACTUAL
CONSENSUALISMO
FUERZA OBLIGATORIA DEL CONTRATO
EFECTO RELATIVO DEL CONTRATO
PRIMACÍA DE LA VOLUNTAD REAL EN EL CONTRATO
CLASES
ALCANCES
BUENA FE OBJETIVA
BUENA FE SUBJETIVA
• En las tratativas preliminares• En la celebración del contrato• En la ejecución del contrato (caso de abuso del derecho)• En la interpretación del contrato• En la terminación del contrato
![Page 4: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/4.jpg)
4
Crea
Modifica
Extingue
CONVENCION
CONTRATO
Artículo 1438. Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.
Ejemplo de convención que no
sea contrato: novación, pago.
![Page 5: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/5.jpg)
5
CLASIFICACIÓNCONTRATOS
LEGAL(SEGÚN EL CODIGO CIVIL)
Clasificación de los contratos
SEGÚN LA DOCTRINA
UNILATERALES Y BILATERALES
GRATUITOS Y ONEROSOS
CONMUTATIVOS Y ALEATORIOS
PRINCIPALES Y ACCESORIOS
CONSENSUALES, REALES Y SOLEMNES
REMISIÓN A LO VISTO EN ACTO JURÍDICO
![Page 6: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/6.jpg)
6
COSAS QUE SEDISTINGUEN EN
LOS CONTRATOSArtículo 1444
DE LA ESENCIASe distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales o no produce efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente
Clasificación de los contratos
DE LA NATURALEZASon de la naturaleza de un contrato las que no siendo esenciales en él, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial.
ACCIDENTALESSon accidentales a un contrato aquellas que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales
DE LA ESENCIA COMUNES A TODO
ACTO JURIDICO
DE LA ESENCIA ESPECÍFICOS
![Page 7: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/7.jpg)
7
Categorías contractuales
Categorías contractuales
Contrato forzoso
Contrato dirigido
Contrato-ley
Subcontrato o contrato derivado
Autocontrato
Contrato forzoso ortodoxo
Contrato forzoso heterodoxo
Se impone contratar, pero se puede elegir con quién. Ejemplo: seguro obligatorio automotriz
Se impone contratar y con quién. Desaparece completamente autonomía de la voluntad. Ejemplo: 386 y 387 C de Com. Caso del artículo 2081 CC.
Diapositiva siguiente
Diapositiva siguiente
![Page 8: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/8.jpg)
8
El subcontrato
Subcontrato Contratos vinculados
Efectos del subcontrato
Definición
Características
Clases
Extinción
Contrato padre (originario o base)
Subcontrato o contrato derivado
Contrato en virtud del cual una parte transfiere a la otra, por vía de una cesión constitutiva, derechos u obligaciones que han nacido para ella de una relación contractual previa, sin que esta última relación se extinga.
• Es un contrato de duración en el tiempo. Excluye los de ejecución instantánea.• En este contrato, el contratante transfiere a un tercero derechos y obligaciones emanados del contrato originario• Esta transferencia no extingue el contrato originario• Es un contrato dependiente.
Hay identidad esencial: arrendamiento - subarrendamientoSubcontratación propia
Subcontratación impropia No hay tal identidad : arrendamiento - comodato
• Los derechos y obligaciones que genera son los propios de cualquier contrato, pero limitados por el contenido del contrato originario.• Se conserva el efecto relativo de los contratos: el primer contratante no puede dirigirse contra el tercer subcontratante.
Por vía principal
Por vía consecuencial
![Page 9: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/9.jpg)
9
La autocontratación
Autocontratación
Casos en que no se admite
Naturaleza jurídica
Acto jurídico unilateral
Contrato bilateral (*) CHILE
Concepto
Es el acto o contrato que una persona celebra consigo misma y en virtud del cual actúa a la vez como parte y como representante de la contraparte, o como representante de ambas partes.
• Guardador del pupilo (410, 412)• Padre o padre con patria potestad de los hijos (1796, 1900)• Mandatario y mandante (271, 1800, 2144, 2145)
Cuando las partes lo han prohibido expresamente
Cuando hay contraposición de intereses
Cuando la ley lo prohíbe
![Page 10: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/10.jpg)
10
REGLAS INTERPRETATIVASEN EL CÓDIGO CIVIL
Interpretación de los contratos
Reglas para la leyArtículos 19 a 24.
Reglas para el testamentoArtículo 1069. Sobre las reglas dadas en este título acerca de la inteligencia y efecto de las disposiciones testamentarias, prevalecerá la voluntad del testador claramente manifestada, con tal que no se oponga a los requisitos o prohibiciones legales. Para conocer la voluntad del testador se estará más a la substancia de las disposiciones que a las palabras de que se haya servido.
Reglas para el contratoArtículos 1560 a 1566
![Page 11: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/11.jpg)
11
Interpretación de los contratos
REGLAS INTERPRETATIVAS
EN EL CÓDIGO CIVIL
Ley
Testamento
Contrato
Prima la VOLUNTAD REAL
Prima la VOLUNTAD DECLARADA
Rigen ciertos principios:• 1) Primacía de la voluntad real• 2) Primacía del efecto del contrato (la idea es que produzca efectos a que no) • 3) Ejecución de buena fe• 4) Protección del deudor
Prima la VOLUNTAD REAL
![Page 12: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/12.jpg)
12
REGLASINTERPRETATIVAS
Interpretación de los contratos
Elemento lógicoArtículo 1564 inc. 1º. “Las cláusulas de un contrato se interpretarán unas por otras, dándose a cada una el sentido que mejor convenga al contrato en su totalidad”.
Elemento sistemáticoArtículo 1564 inc. 2º. “Podrán también interpretarse por las de otro contrato entre las mismas partes y sobre la misma materia”.
Principio de interpretación restrictiva de los contratosArtículo 1561. “Por generales que sean los términos de un contrato, sólo se aplicarán a la materia sobre que se ha contratado”.
Principio de interpretación extensiva del contratoArtículo 1565. “Cuando en un contrato se ha expresado un caso para explicar la obligación, no se entenderá por sólo eso haberse querido restringir la convención a ese caso, excluyendo los otros a que naturalmente se extienda”.
Regla generalArtículo 1560. “Conocida claramente la intención de los contratantes, debe estarse a ella másque a lo literal delas palabras”.
![Page 13: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/13.jpg)
13
REGLASINTERPRETATIVAS(continuación)
Interpretación de los contratos
Caso de cláusulas ambiguasArtículo 1566. Regla subsidiaria. “No pudiendo aplicarse ninguna de las reglas precedentes de interpretación, se interpretarán las cláusulas ambiguas a favor del deudor. Pero las cláusulas ambiguas que hayan sido extendidas o dictadas por una de las partes, sea acreedora o deudora, se interpretarán contra ella, siempre que la ambigüedad provenga de la falta de una explicación que haya debido darse por ella”.
Principio de la conservación del contrato o de alguna de sus cláusulas (favor contractus)Artículo 1562. “El sentido en que una cláusula puede producir algún efecto, deberá preferirse a aquel en que no sea capaz de producir efecto alguno”.
La naturaleza del contrato predomina, si no aparece voluntad contrariaArtículo 1563. “En aquellos casos en que no apareciere voluntad contraria deberá estarse a la interpretación que mejor cuadre con la naturaleza del contrato. Las cláusulas de uso común se presumen aunque no se expresen”.
Principio de la aplicación práctica del contrato (interpretación auténtica)Artículo 1564 inc. 3º. “(…) por la aplicación práctica que hayan hecho de ellas ambas partes, o una de las partes con aprobación de la otra”.
![Page 14: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/14.jpg)
14
Efectos de los contratos
Efectos de loscontratos
Respecto de las partes
Respecto de
terceros
Representadas (1448)
Por sí mismas
Absolutos
Relativos
Regla general: no produce efectos
Excepción Estipulación a favor de otro
(1449)
A título universal
A título singular
Promesa de hecho ajeno
(1450)
Excepción aparente
Por autor o partes se entiende aquellos que con su voluntad
generan un acto jurídico
Por tercero se entiende todo
individuo ajeno al acto
o contrato
TA son aquellos que no son parte y que además son completamente extraños al contrato, el cual no les afecta ni les afectará en lo futuro
TR son aquellos que no son parte al momento de celebrar el contrato, pero con posterioridad entran a la relación jurídico-obligacional.
• Los herederos
• Por acto entre vivos. P. e. comprador, cesionario• Mortis causa: P. e. legatario
![Page 15: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/15.jpg)
15
Estipulación a favor de otro
Artículo 1449. Cualquiera puede estipular a favor de una tercera
persona, aunque no tenga derecho para representarla; pero sólo esta
tercera persona podrá demandar lo estipulado; y mientras no intervenga
su aceptación expresa o tácita, es revocable el contrato por la sola
voluntad de las partes que concurrieron a él. Constituyen
aceptación tácita los actos que sólo hubieran podido ejecutarse en virtud
del contrato.
Estipulante
Promitente
Beneficiario
![Page 16: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/16.jpg)
16
Promesa de hecho ajeno
Artículo 1450. Siempre que uno de los contratantes se compromete a que por una tercera persona, de quien no
es legítimo representante, ha de darse, hacerse o no hacerse alguna cosa, esta
tercera persona no contraerá obligación alguna, sino en virtud de
su ratificación; y si ella no ratifica, el otro contratante tendrá acción de perjuicios contra el que hizo la
promesa.
Estipulante
Promitente
Tercerobligado
![Page 17: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/17.jpg)
17
La inoponibilidad
Reglas aplicables
La inoponibilidad
Clases
Concepto
Inoponibilidad proveniente de un acto jurídico valido
Inoponibilidad proveniente de un acto jurídico nulo, revocado o resuelto
Es la sanción legal que consiste en el impedimento de hacer valer, frente a ciertos terceros, un derecho nacido de un acto jurídico válido, o de uno nulo, revocado o resuelto. El contrato vale, pero no se puede “oponer” a los terceros.
Debe ser alegada por el interesado perjudicado
Se ejerce como acción o excepción
Diapositiva siguiente
![Page 18: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/18.jpg)
18
La inoponibilidad
Clases de inoponibilidad
Inoponibilidad proveniente de un acto jurídico
valido
Inoponibilidad proveniente de un acto jurídico nulo,
revocado o resuelto
De forma
De fondo
• Inoponibilidad producida por falta de publicidad. Artículos 1707, 2513.• Inoponibilidad producida por falta de fecha cierta. Artículo 1703.
• Inoponibilidad producida por haberse celebrado un contrato en fraude de terceros. Artículo 2468.• Inoponibilidad por falta de concurrencia. Artículo 1815.• Inoponibilidad producida por la lesión de derechos adquiridos. Artículo 94.
• Nulidad del contrato de sociedad contra terceros de buena fe. Artículo 2058.• Matrimonio putativo. Artículo 51 Ley de Matrimonio Civil (antiguamente en artículo 122).• En el caso de resolución, artículos 1490 y 1491.• En el caso de donación, artículo 1432.
![Page 19: 1 008 Contratos Parte General Ppt](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022083018/577c7f851a28abe054a4ec4c/html5/thumbnails/19.jpg)
19
CONTRATO
Disolución de los contratos
Acuerdo de las partes
Causas legales
Resolución
Nulidad y rescisión
Artículo 1545. Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.
Artículo 1567 inciso 1º. “Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula”.
• Opera para lo futuro.• No puede perjudicar a terceros absolutos.• Procede en todos los contratos.• De la misma manera en que se celebró
Terminación
Revocación
Muerte en ciertos casos
Imposibilidad de ejecución
Plazo extintivo
Renuncia