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  • 09.007.0017

  • COMISIN NACIONAL DE IMPLEMENTACINDE LA REFORMA PROCESAL PENAL

    COMIT EJECUTIVO DE IMPLEMENTACIN

    AVANCES DE LAJUSTICIA PENAL

    INFORMEESTADISTICO

    JUNIO, 2001 - JUNIO, 2002

  • Informeestadisticode justicia

    penal

    3

    TABLA DE CONTENIDOS

    INTRODUCCION 5

    RAPIDEZ Y EFICIENCIA 7Grfico 1.1, Tiempos de la Etapa Preparatoria o Instruccin

    Bajo el Cdigo de 1973 y el NCPP, en das

    Grfico 1.2, Tiempos en audiencia de juicio de acuerdo al Cdigo de

    1973 y el NCPP, en das

    PARTICIPACIN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA 9

    Grfico 2.1, Juicios orales en Capitales de departamento

    Grfico 2.1.1, Juicios orales en Provincias 10Grfico 2.2, Participacin ciudadana en el Proceso de constitucin

    de Tribunales de Sentencia 11

    Grfico 2.3, Participacin ciudadana : Juzgando y Dictando

    Sentencias 11

    Grfico 2.4, Transparencia: Relacin de causas registradas

    PTJ y reportadas Corte de Justicia de La Paz 12

    MEDIDAS CAUTELARES 14Grfico 3.1, Anlisis de la detencin preventiva

    Grfico 3.2, Libertades extrajudiciales y detenciones preventivas 16

    PROTECCION A LA VICTIMA 18

    Grfico 4.1, Reparacin del dao aplicando salidas alternativas

    Grfico 4.2, Tiempos de resolucin en das: casos de estafa 19

    Grfico 4.2.1, Tiempos estimados para resolver la reparacin

    del dao civil en das 22Grfico 4.3, Duracin en das de dos procesos

    similares de violacin 23

    Grfico 4.4, Efecto disuasivo del juicio oral 255. ACCESO A LA JUSTICIA 27

    Grfico 5.1, Nmero de fiscales en provincias 28

    ANEXOS 29

  • Informeestadsticode justicia

    penalI\TRODUCCI\

    El 31 de mayo de 2001 entr en vigencia plena el Nuevo Cdigo de

    Procedimiento Penal- Ley 1970 - , como resultado de la necesidad inminente

    de reforma del sistema procesal boliviano que se caracteriz principalmente

    por la retardacin de justicia que generaba.

    Dicen los estudiosos de las Constituciones Polticas y de las leyes penales,

    que el juicio penal es el termmetro para conocer cun democrtica es una

    sociedad; con el viejo sistema de 1973 los bolivianos estbamos en deuda

    con los grandes principios democrticos de libertad, igualdad y fraternidad.

    El viejo sistema procesal de 1973 haba desarrollado:

    Retardacin impresionante de justicia donde el juicio en promedio

    terminaba en ms de 3 aos.

    Un proceso de investigacin sin plazo legal para la Polica y la Fiscala

    que era ratificado despus por un Juez Instructor que investigaba y

    acusaba a la vez en ms de 468 das.

    La realizacin de debates entre las partes y dictacin de sentencia

    por el Juez de Partido utilizando ms de 2 aos, rompiendo la

    continuidad del juicio.

    f Estado de desproteccin de la vctima, quien era obligada a litigar

    hasta conseguir una sentencia condenatoria para recin poder despus

    de muchos aos ver reparado el dao que se le haba causado (si an

    tena ganas y dinero para seguir en litigio).

    Arbitrariedad y selectividad de la Polica y la Fiscala al resolver la

    libertad de las personas, ya que como ejemplo, el 75% de personas

    detenidas en la gestin 1999 fueron liberadas ilegalmente por la

    Polica y la Fiscala y no por el Juez como establece la ley.

    La libertad provisional serva para castigar la pobreza ya que quien

    no contaba con bienes no poda acceder a sta y se impona como

    castigo por la reparacin del dao cuando an no haba sentencia,

    violando adems la presuncin de inocencia constitucional.

  • Informeestadsticode justicia

    penal

    En fin un sistema que haba desarrollado y privilegiado la retardacin de

    justicia, la corrupcin, impunidad y que castigaba la pobreza no era

    precisamente el que deba regir la justicia penal boliviana, ms an si

    proclamamos que Bolivia es un pas democrtico.

    Por ello era necesaria una reforma de fondo al sistema procesal penal que

    se caracterice por:

    Rapidez y eficiencia en la investigacin de los delitos, donde el mayor

    tiempo del proceso debe estar destinado a la investigacin de los

    hechos para llegar a juicio ( los fiscales investigan en un promedio

    menor a los 180 das sealados por ley).

    Implementacin de un juicio oral, pblico, contradictorio y continuo,

    con la participacin de jueces ciudadanos, donde se debatan las

    pruebas con la presencia de las partes de manera continua hasta

    dictar sentencia y con control ciudadano.

    Incorporacin de las medidas cautelares como mecanismo de proteccin

    ciudadana y de respeto a las garantas establecidas en la Constitucin

    Poltica que devuelven al juez la facultad constitucional para

    pronunciarse sobre la libertad de las personas.

    Proteccin a la vctima al establecer salidas alternativas al juicio para

    resolver el dao civil ocasionado otorgando soluciones rpidas, tiles

    y justas.

    Mayor acceso a la justicia en reas mayoritariamente asiladas y

    deprimidas de nuestro pas.

    Esta es la nueva justicia que estamos construyendo a partir del 31 de mayo

    de 2001. Este informe es un primer acercamiento a esta realidad en la que

    todos los bolivianos y bolivianas nos hemos empeado y comprometido en

    aras de seguir construyendo el Estado de Derecho Democrtico boliviano

    que soamos.

  • Informeestadsticode justicia

    penal

    400DAS

    300

    200

    100

    CPP 1973

    Duracin de la Etapa Preparatoria(Investigacin) o Instruccin

    El CPP de 1973 estableca que la instruccin era la etapa de investigacinde los delitos, que comprenda dos fases: la primera a cargo de la polica yfiscala formalmente en la que no se estableca plazo alguno; y la segunda,a cargo del juez instructor, quien tena legalmente un plazo de 20 das paranuevamente investigar y acusar. El NCPP ha aumentado el tiempo para lainvestigacin del delito a 180 das, tiempo razonable para acumular laspruebas necesarias para resolver los casos. Sus crticos sealaban queampliar el tiempo para la investigacin iba a causar mayor retardacin dejusticia. Cul ha sido el efecto? Se puede observar que el tiempo pararealizar las investigaciones y acusar en juicio oral o solicitar aplicacin desalidas alternativas, es menor a los 180 das establecidos en el NCPP, ymucho menor que al promedio real de 468 das que duraba la investigacinbajo el Cdigo de 1973.

    IaziGrfico 1.1' Tiempos Actuales de la Instruccin o Etapa Preparatoria*

    bajo el Cdigo de 1973 y bajo el NCPP, en dasdi

    500 468 **

    137 ***

    k.

    NCPP 2001

    *La instruccin o etapa preparatoria se extiende desde el momento en que el Juez dicta el auto inicial hastala emisin del auto final de la instruccin (CPP 1973) y desde la denuncia hasta la acusacin formal delfiscal para juicio oral o la resolucin final en caso de salidas alternativas(NCPP)FUENTES **CPP: Estudio ILANUD, 1991.

    ***NCPP: Reportes Sistemas IANUS - Distrito Santa Cruz (Junio 2001 - Abril 2002)

    1. RAPIDEZ Y EFICIENCIA

  • Informeestadsticode justicia

    penal

    Duracin de audiencias de juicio

    En el CPP de 1973 despus de la emisin del auto final de la instruccinel proceso pasaba al Juez de Partido (Plenario), quien ratificaba por lecturael expediente elaborado en la instruccin. Esta ratificacin se produca enaudiencias discontinuas celebradas con intervalos de hasta meses entreuna y otra, lo que segn el estudio del ILANUD de 1991 originaron que enun 92 % de los casos, la etapa de los debates y la dictacin de la sentenciacon el CPP de 1973 se llegue a atrofiar y desnaturalizar. Aunque tericamenteel anterior Cdigo consagraba el juicio oral, pblico, contradictorio y continuo,estos postulados no se plasmaron en la realidad por las causas sealadasanteriormente.

    Con el NCPP se hacen realidad los principios del juicio oral, pblico,contradictorio y continuo ya que las partes presentan y debaten sus pruebasen forma oral, ante la presencia del Tribunal de Sentencia que incorporaa los jueces ciudadanos, de manera continua hasta la emisin de la sentencia..

    Grfico 1.2Tiempo en audiencia de juicio* de acuerdo al Cdigo de

    1973 y el NCPP, en das

    800

    DAS 600

    400

    200

    741 **

    3 *4-*damm_

    NCPP 2001 CPP 1973

    * La audiencia del plenario se extiende desde el momento en que el imputado presta su confesoria hastala dictacin de la sentencia. (CPP 1973); y desde el juramento de los Jueces ciudadanos hasta la dictacinde la sentencia (NCPP 2001).FUENTE **CPP: Estudio ILANUD 1991 Flujograma del proceso penal;

    ***NCPP: Revisin actas de registro de juicio - Distrito de La Paz - Informes de Prensa.

  • 28

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    Informeestadsticode j usticia

    penal2. PARTICIPACIN Y TRANSPARENCIA

    Participacin

    El NCPP ha incorporado a los ciudadanos en calidad de jueces para posibilitaruna efectiva y activa participacin ciudadana, cumpliendo lo que estabaescrito en nuestra primera Constitucin Poltica del Estado (ConstitucinBolivariana de 1826) para que as la administracin de justicia sea mstransparente y de cara al ciudadano(a).

    Juicios orales realizados en capitales de departamento

    En las capitales de departamento se realizaron un total de 109 juicios orales,cifra que contempla datos de las capitales de toda Bolivia. En las principalescapitales que son La Paz y Santa Cruz de la Sierra se han realizado un totalde 31 y 28 juicios orales respectivamente, hasta junio de 2002.

    Grfico 2.1Juicios orales en Capitales de departamento

    3531

    30

    25

    JUICIOS 20ORALES

    15

    10

    5