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S u m a r i o Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Miércoles 13 de abril de 2011 Número 85 de la provincia de Sevilla Boletín Oficial JUNTAS ELECTORALES DE ZONA: Lora del Río: Relación de lugares y locales públicos para la celebración de actos electorales y fijación de propaganda elec- toral en los municipios de Alcolea del Río, Cantillana, Lora del Río, Peñaflor, La Puebla de los Infantes, Tocina y Villanueva del Río y Minas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Utrera: Relación de lugares y locales públicos para la celebra- ción de actos electorales y fijación de propaganda electoral en los municipios de Dos Hermanas, Las Cabezas de San Juan, El Cuervo, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y Villafranca y Utrera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Economía, Innovación y Ciencia: Delegación Provincial de Sevilla: Instalaciones eléctricas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Consejería de Obras Públicas y Vivienda: Delegación Provincial de Sevilla: Notificaciones expedientes sancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . 10 Expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial 12 Junta Arbitral del Transporte: Expedientes sobre reclamación de cantidad de la Junta Arbitral del Transporte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 Consejería de Agricultura y Pesca: Delegación Provincial de Sevilla: Expediente sancionador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Consejería de Medio Ambiente: Delegación Provincial de Sevilla: Declaración de impacto ambiental. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL: Dirección Provincial de Sevilla: Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/03, 41/05 y 41/10: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

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Page 1: 085 BOP MAQUETA BOP - Web corporativa de Diputación de ... · celebración de actos electorales y fijación de propaganda elec- toral en los municipios de Alcolea del Río, Cantillana,

S u m a r i o

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Miércoles 13 de abril de 2011 Número 85

de la provincia de Sevilla

BoletínO f i c i a l

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA:

— Lora del Río: Relación de lugares y locales públicos para lacelebración de actos electorales y fijación de propaganda elec-toral en los municipios de Alcolea del Río, Cantillana, Lora delRío, Peñaflor, La Puebla de los Infantes, Tocina y Villanuevadel Río y Minas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

— Utrera: Relación de lugares y locales públicos para la celebra-ción de actos electorales y fijación de propaganda electoral enlos municipios de Dos Hermanas, Las Cabezas de San Juan, ElCuervo, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y Villafranca y Utrera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

JUNTA DE ANDALUCÍA:

— Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:Delegación Provincial de Sevilla:Instalaciones eléctricas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8

— Consejería de Obras Públicas y Vivienda:Delegación Provincial de Sevilla:Notificaciones expedientes sancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . 10Expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial 12Junta Arbitral del Transporte: Expedientes sobre reclamación de cantidad de la Junta Arbitraldel Transporte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

— Consejería de Agricultura y Pesca:Delegación Provincial de Sevilla:Expediente sancionador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

— Consejería de Medio Ambiente:Delegación Provincial de Sevilla:Declaración de impacto ambiental. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL:

— Dirección Provincial de Sevilla:Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/03, 41/05 y 41/10:Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA:

— Casa de la Provincia:Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

— Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.— Sevilla:Sala de lo Social:Recurso núm. 2298/10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

— Juzgados de lo Social:Sevilla.—Número 1: autos 275/10, 255/10 y 182/10; número3: autos 19/11, 56/11, 195/10 y 709/10; número 4: autos926/10, 149/10 y 802/10; número 5: autos 1217/09, 73/06,42/11, 1188/09 y 611/09; número 6: autos 74/10, 531/10,1063/09 y 91/10; número 7: autos 23/11, 134/09, 178/10,15/11 y 1155/10; número 8: autos 1266/09, 150/10, 744/09,32/11, 761/10 y 368/09; número 10: autos 28/11 y número 11: autos 60/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

— Juzgados de Instrucción:Sevilla.—Número 3: autos 576/09 y número 9: autos 239/10. . 39

— Juzgados de Primera Instancia:Sevilla.—Número 11: autos 1833/10 y número 16: autos 1160/06 40

AYUNTAMIENTOS:

— Sevilla: Estudios de viabilidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40Gerencia de Urbanismo: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41Modificación de estatutos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43

— Benacazón: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45— Coria del Río: Expediente de disciplina urbanística . . . . . . . . . 46— Fuentes de Andalucía: Expediente de baja de oficio en el

Padrón municipal de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46— Los Palacios y Villafranca: Modificación puntual. . . . . . . . . . . 47— La Puebla de Cazalla: Expedientes de baja de oficio en el

Padrón municipal de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53— La Puebla del Río: Notificaciones para la baja de oficio en el

Padrón municipal de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53— Tomares: Convocatoria para la provisión del puesto de Juez

de Paz sustituto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54

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JUNTAS ELECTORALES DE ZONA———

LORA DEL RÍO

Hago saber la relación de locales y emplazamientos públi-cos destinados a la campaña electoral de las elecciones localesdel 22 de mayo de 2011, facilitados por los ayuntamientos per-tenecientes a esta Junta Electoral de Zona.

ALCOLEA DEL RÍO

EMPLAZAMIENTOS DISPONIBLES PARA LA COLOCACIÓNGRATUITA DE PROPAGANDA ELECTORAL:

— CARTELES/BANDEROLAS: A colocar en las veintiséisfarolas ubicadas a lo largo de la Avda. Príncipe Felipe (inclui-das rotondas entrada y salida).

— PANCARTAS: Seis a lo largo de la Avenida Príncipe Fe-lipe; Una en la confluencia de la avda. Príncipe Felipe con lacalle Luis Cernuda; una en la confluencia de la avda. PríncipeFelipe con la Cádiz; una en la confluencia de la calle Cádiz conla calle Pablo Picasso; una en la confluencia de la Avda. Prín-cipe Felipe con la calle Virgen del Rosario y una en la con-fluencia de la calle Virgen del Rosario con la calle Virgen delConsuelo (total pancartas once).

LOCALES Y LUGARES PÚBLICOS PARA LA CELEBRACIÓN DEACTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL:

1. Plaza de Andalucía.2. Plaza del Cristo de la Vera Cruz.3. Plaza de la Constitución.

Los lugares relacionados estarán disponibles durante todoslos días de campaña electoral sin limitación horaria.

CANTILLANA

A) Espacios de titularidad pública para propaganda es-tática:

a) Carteles en paneles:

— Plaza del Llano— Plaza de la Casa Consistorial en calle Ntro. Padre

Jesús, s/n.— Barrida Pintor López Cabrera. ( A la altura del bar «El

Cano» y del Polideportivo Municipal).— Barriada de la Monta.— Parque Felipe González ( Frente al Centro de Salud ).

b) Carteles en farolas:

— 13 farolas en Calle Polvillo.— 7 farolas en Plaza de Sevilla.— 5 farolas en Calle Juan Carlos I.— 17 farolas en Plaza del Llano.— 10 farolas en Calle Nuestro Padre Jesús.— 10 farolas en Avda. Andalucía.

B) Lugares para pancartas:

— Una en Cruce Vioque.— Una en San Bartolomé.— Una en San Sebastián.— Dos en Avda. de Andalucía.— Una en Ctra. Provincial Cantillana-Estación.

C) Locales y lugares para la celebración de actos de pro-paganda electoral:

Se habilitan los siguientes locales de carácter oficial para lacelebración de actos públicos de propaganda electoral:

a) Colegio Público nuestra Señora de la Soledad, sito enlugar conocido por Pedazo del Rosario.

b) Colegio Público la Esperanza, ubicado en barriadaPintor López Cabrera.

Se determinan seguidamente para ambos locales los días yhoras en que cada uno puede ser utilizado, a saber:

Sábados, domingos y festivos, podrán ser utilizados a par-tir de las 9 horas y hasta las 24 horas. Los restantes días podránser utilizados solamente desde las 18 hasta las 24 horas.

c) Polideportivo cubierto, sito en la barriada PintorLópez Cabrera, podrá ser utilizado todos los días de la campa-ña electoral desde las 18 hasta las 24 horas.

d) Casa de la Cultura y Plaza del Llano, podrán ser utili-zados todos los días de la campaña electoral desde las 18 hastalas 24 horas.

e) Plaza de Blas Infante, podrá ser utilizada todos losdías de la campaña electoral desde las 18 horas hasta las 24horas.

LORA DEL RÍO

A) Locales oficiales y lugares públicos de uso gratuitopara la celebración de actos de Campaña Electoral:

— CASETA MUNICIPAL DEL POBLADO DE EL PRIORATO.Con una capacidad calculable para 500 personas. Disponibletodos los días ( excepto desde el día 9 al 17 de mayo ambos in-clusive) de 18 horas a 23 horas.

— PLAZA MAYOR DE EL PRIORATO. Con una capacidadcalculable para 500 personas. Disponible todos los días de 18horas a 24 horas.

— PLAZA DE LA ERMITA. – SETEFILLA. Con una capaci-dad calculable para 500 personas. Disponible todos los días de18 horas a 24 horas.

— CASETA MUNICIPAL .- SETEFILLA. Con capacidad cal-culable para 500 personas. Disponible todos los días de 18horas a 23 horas.

— PLAZA DE ESPAÑA DE LORA DEL RÍO. Con capacidadcalculable para 500 personas. Disponible todos los días de 18horas a 24 horas.

— PLAZA DE ANDALUCÍA LORA DEL RÍO. Con capacidadcalculable para 500 personas. Disponible todos los días de 18horas a 24 horas.

— PLAZA DE LAS TRES CULTURAS LORA DEL RÍO. Concapacidad calculable para 500 personas. Disponible todos losdías de 18 horas a 24 horas.

— PLAZA NUESTRO PADRE JESÚS LORA DEL RÍO. Con unacapacidad calculable para 400 personas. Disponible todos losdías de 18 horas a 24 horas.

— PISTA POLIDEPORTIVA EL BARRERO LORA DEL RÍO.Con capacidad calculable para 700 personas aproximadamente.Disponible todos los días de 18 horas a 24 horas.

— PISTA POLIDEPORTIVA LAS VIÑAS LORA DEL RÍO. Concapacidad calculable para 500 personas aproximadamente. Dis-ponible todos los días de 18 horas a 24 horas.

— BIBLIOTECA MUNICIPAL- SALÓN DE ACTOS LORA DELRÍO. Con una capacidad calculable para 91 personas. Disponi-ble todos los días de 19 horas a 23 horas.

— SALA USO MULTIPLES COLEGIO PÚBLICO VIRGEN DELOS REYES LORA DEL RÍO. Con una capacidad calculable para90 personas. Disponible todos los días de 19 horas a 23 horas.

— PATIO DEL COLEGIO PÚBLICO «REYES DE ESPAÑA».Con capacidad calculable para 1400 personas. Disponibletodos los días de 20 horas a 23 horas.(*)

— PATIO DEL COLEGIO PÚBLICO «SAN JOSÉ DE CALA-SANZ». Con capacidad calculable para 700 personas. Disponi-ble todos los días de 18 horas a 23 horas.(*)

— PATIO DEL COLEGIO PÚBLICO «MIGUEL DE CERVAN-TES». Con capacidad calculable para 700 personas. Disponibletodos los días de 18 horas a 23 horas.(*)

— PATIO DEL COLEGIO PÚBLICO «VIRGEN DE SETEFI-LLA». Con capacidad calculable para 700 personas. Disponibletodos los días de 18 horas a 23 horas.(*)

Miércoles 13 de abril de 2011 Número 85

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— AUDITORIO MUNICIPAL, COLEGIO RAMÓN Y CAJAL.Con una capacidad calculable para 500 personas. Disponibletodos los días de 20 horas a 23 horas.

— PARQUE NUESTRO PADRE JESÚS. Con una capacidadcalculable para 2000 personas. Disponible todos los días de 18horas a 24 horas.

— PARQUE CENTRAL. Con capacidad calculable para1000 personas. Disponible todos los días de 18 horas a 24horas.

— PARQUE DE LAS VIÑAS. Con una capacidad calculablepara 2000 personas. Disponible todos los días de 18 a 24 horas.(*) En los patios de los colegios se contará solamente con el mobiliario ur-

bano que en él se ubique. En el almacén municipal se dispone de apro-ximadamente, de 200 sillas que podrán ser solicitadas para su uso enlos diferentes actos públicos.

B) Lugares especiales gratuitos para la colocación depancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistemallamado de banderolas:

PANCARTAS:

— En el puente de Jesús: Cuatro.

— En la confluencia de las Avenidas De la Cruz, de LaCampana, calle Roda Arriba y Marcos Orbaneja. (cruce de lossemáforos ): Cuatro.

— En aquellos espacios que con autorización de los pro-pietarios no impidan el acceso a la circulación vial.

BANDEROLAS COLGADAS A POSTES O FAROLAS.

— Todas las existentes en la localidad.

Asimismo, las pancartas, banderolas y todo tipo de propa-ganda electoral, deberá ser retirada en el plazo de diez días con-tados desde el siguiente a la celebración de las elecciones, porlos respectivos partidos.

Queda prohibido el uso de otros lugares distintos de los in-dicados para exponer todo tipo de cartel o pegatinas.

No está permitido el uso de cualquier tipo de mobiliario ur-bano distinto de los indicados.

PEÑAFLOR

Locales Oficiales y lugares públicos para la realizacióngratuita de actos de campaña electoral:

— Salón de Actos de la Casa de la Juventud, ubicado encalle Málaga s/n con capacidad para 150 personas, utilizabletodos los días desde las 20.30 horas.

— Teatro Municipal, con capacidad para 300 personas,utilizable todos los días desde las 20.00 horas

— Los dos patios del Centro de Educación Infantil y Pri-maria «Pedro Parias», ubicado en Avda. San Fernando número11, con capacidad para más de 200 personas, utilizables todoslos días desde las 20.30 horas

Emplazamientos con destino a propaganda electoral.

No se autoriza pegada de carteles en edificios públicos ymonumentos de nuestro patrimonio local.

Se autoriza la colocación de pancartas o cartelería con so-porte en farolas de todas las calles, plazas y avenidas de los tresnúcleos de población: Peñaflor, Vegas de Almenara y La Vereda.

LA PUEBLA DE LOS INFANTES

LOCALES Y LUGARES PÚBLICOS PARA LA CELEBRACIÓN DEACTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL.

1. Salón de Plenos del Ayuntamiento.2. Salón de Actos del edifico de usos múltiples (Cine An-

dalucía).3. Plaza de la Constitución.4. Pza Virgen de Las Huertas.5. Polideportivo Municipal.6. Plaza de Santa Ana.7. Plaza de Santiago.8. Plaza Estacada Larga.

Los lugares relacionados estarán disponibles durante todoslos días de campaña electoral sin limitación horaria, a excep-ción del Salón de Plenos del Ayuntamiento cuya disponibilidadestará limitada de Lunes a Viernes a horario de tarde, siendo ili-mitada los sábados, domingos y festivos en su caso.

EMPLAZAMIENTOS DISPONIBLES PARA COLOCACIÓN GRA-TUITA DE PROPAGANDA ELECTORAL.

1. Mercado de Abastos: paneles ubicados en las fachadasde Calles Cervantes y Hermanos Álvarez Quintero

2. Farolas de calle Canovas del Castillo, Avenida de An-dalucía, Carretera de Constantina y Plaza de la Constitución.

TOCINA

ESPACIOS RESERVADOS PARA COLOCACIÓN GRATUITA DECARTELES DE PROPAGANDA ELECTORAL.

FAROLAS EN :

— TOCINA:

– Avenida Pozo de la Ermita (16)– Barriada Cristo Vera-Cruz (26)– Paseo Tocina-Los Rosales (55)– Gran Avenida (23)– Ctra. de Concentración Parcelaria (35)

— LOS ROSALES:

– Avenida de Sevilla (61)– Avenida El Rosal (11)– Carretera Sevilla-Lora (24)– Calle Francisco de Salinas (24)

PANELES EN:

— TOCINA:

– Gran Avenida– Bda. Cristo de la Vera-Cruz– Avda. Pozo de La Ermita – Recinto Ferial – Campo de Fútbol– Polideportivo Municipal.

— LOS ROSALES:

– Avda. de Sevilla.– Avda. El Rosal.

NO SE COLOCARA NINGÚN TIPO DE PROPAGANDA ELECTO-RAL SOBRE PAREDES Y MOBILIARIO PÚBLICO.

LOCALES DONDE PODRÁN CELEBRASE ACTOS PÚBLICOSDE PROPAGANDA ELECTORAL.

— Colegio Público Juan de Mesa — Colegio Público Menéndez Pidal — Dependencias Municipales ( Tocina y Los Rosales )

En Tocina Dependencias Municipales sitas en:

— Centro Cultural Dulce Chacón calle Julio Caro Barojanúmero 11-15.

— Biblioteca Municipal calle Real número 19.

En Los Rosales, Dependencias Municipales, sitas en:

— Centro Cívico Tomás y Valiente en Avenida de Sevillanúmero 110.

De lunes viernes de 17.00 horas a 24.00 horasSábados y domingos de 9.00 a 24.00 horas.

ACTOS PÚBLICOS EN RECINTOS ABIERTOS.

Plazas, Parques y Paseos de la Localidad.

VILLANUEVA DEL RÍO Y MINAS

Emplazamientos disponibles para colocación gratuita decarteles de propaganda electoral:

— VILLANUEVA DEL RÍO Y MINAS.

– Calle Juan Gómez Torga, excepto las fachadas delAyuntamiento, Teatro Cine, Parroquia etc.

– Calle Barcelona, excepto las fachadas del Consulto-rio, Mercado de Abastos y Casa de la Cultura.

4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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– Calle Antonio Machado – Calle Marcelino Champagnat, excepto fachada del

Colegio Público Virgilio Fernández e Instituto Mu-nigua

– Avenida de Andalucía, excepto Convento de lasHermanas de la Cruz.

– Avenida de la Constitución.– Barriada Blas Infante.

— NÚCLEO DE VILLANUEVA DEL RÍO Y MINAS.

– Calle Nueva.

— NÚCLEO DEL CARBONAL.

– Avenida García de Sola.

Locales oficiales y lugares públicos para la realizacióngratuita de actos de campaña electoral:

— VILLANUEVA DEL RÍO Y MINAS.

– Teatro Cine calle Juan Gómez Torga número 1– Casa de la Cultura. (Glorieta Antonio García López

«Pilongo»).– Plaza de España.– Plaza de Santa Bárbara. – Plaza Placido Fernández Viaga.

— NÚCLEO DE POBLACIÓN DE VILLANUEVA DEL RÍO.

– Parque Maestra doña Rosario Pozo.

— VILLAVERDE DEL RÍO:

Emplazamientos disponibles para colocación gratuita decarteles de propaganda electoral:

– Mercado Municipal.– Almacén Municipal.– Cerramiento y Puerta del Polideportivo y Piscina.– Deposito Municipal de agua en calle Greco.

Lugares públicos que se reservan para la realización gra-tuita de actos de campaña electoral:

– Plaza de San Pedro.– Parque Avenida del Madroño.– Plaza 1.º de Mayo.– Patio de los Colegios Públicos de esta localidad.

Lugares públicos cubiertos:

– Altos del Pasaje, calle Polvillo s/n.– Salón de Actos Instituto Pepe Ruiz Vela.

Y para que sirva de publicación conforme al art. 57.2 de laLOREG se expide el presente en Lora del Río a 11 de abril de2011.—La Secretaria. (Firma ilegible.)

3W-4717

UTRERA

Don Mario de las Heras Blanco, Presidente de la JuntaElectoral de Zona de Utrera (Sevilla).

Hace saber: Que en cumplimiento de lo prevenido en elReal Decreto 424/2011, de 28 de marzo, por el que se convo-can elecciones locales y a las Asambleas de Ceuta y Melillapara el 22 de mayo del 2011, los locales oficiales y lugarespúblicos reservados para la realización gratuita de actos decampaña electoral y colocación de propaganda son lossiguiente, respecto a cada uno de los municipios pertenecientea esta Junta Electoral de Zona:

Dos Hermanas

Lugares para propaganda:Casco urbano Dos Hermanas:

— Avda. Ramón y Cajal: Margen izquierda (entre lascalles Jovellanos y Jorge Manrique): 20x3 metros.

— Paso Cantelgallo: 40x3 metros.— Paso Purísima Concepción: 40x3 metros.— Paso 19 de Abril: 40x3 metros.

Casco urbano Montequinto:

— Avda. Los Pinos: 3x3 metros(Junto a Residencial Bol-sena).

— Avda. Portimao (junto IES María Galiana): 3x3 metros.— Avda Montequinto (junto Asociación de vecinos):4x4

metros.

Casco urbano Fuente del Rey:

— Almirante Bonifaz (cerramiento Colegio San Fer-nando): 150x2 metros.

— Cerramientos Carretera de la Isla:150x3 metros.

Banderolas

Núcleo principal Avda. Ramón y CajalAvda. Adolfo Suárez Avda Andalucía Avda Reyes Católicos Avda José Luis PratsAvda. de EspañaAvda. 28 de FebreroAvda. de los PirralosAvda. Joselito el GalloAvda. Juan Pablo IIAvda. Cristóbal ColónAvda. Dr. FlemingC/ RuiseñorC/ Laguna de MaestreC/ Virgen de los DoloresC/ TajoC/ Real de Utrera

Montequinto

Avda. de MontequintoAvda. Madre Paula MontaltAvda. San José de CalasanzAvda. de EuropaAvda. Los PinosAvda. Hermanas de Cruz BlancaAvda. Condes de Ibarra

Fuente del Rey

Ctra. Isla Menor (desde glorieta Blanco White hasta inter-sección c/

Almirante Bonifaz) C/. Garcí Pérez de VargasC/ Fernando III

Pancartas

Núcleo principalAvda. 28 de FebreroAvda. de AndalucíaAvda. de EspañaAvda. de la LibertadAvda. de la MotillaAvda. de los PirralosAvda. de SevillaAvda. del TriunfoAvda. Doctor FlemingAvda. Isaac PeralAvda. Joselito el GalloAvda. Ramón y CajalAvda. Real UtreraAvda. Reyes CatólicosC/ Alonso CanoC/ Antonia DíazC/ Antonio MachadoC/ Buenos AiresC/ Cristo de la VeracruzC/ Doctor Julio San JoséC/ EstepaC/ GenilC/ La MinaC/ MarbellaC/ Meñaca

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 5

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C/ Ntra. Sra. del CarmenC/ Real UtreraC/ Sta. María MagdalenaC/ TajoC/ Virgen del Rocío

Montequinto

Avda. Conde de YbarraAvda. de EuropaAvda. de los PinosAvda. de MontequintoAvda. Enríquez de RiberaAvda. San José de CalasanzCondequinto (entrada)Bda. Fuente del ReyC/ Almirante BonifazC/ Romería de Valme

— Se fijarán las mismas en forma adecuada en las farolasexistentes, adoptando las medidas oportunas para que su colo-cación no produzca deterioro del elemento mobiliario sobre elque se coloquen. La retirada de tales elementos deberá finali-zar en el plazo de una semana siguiente a la fecha en que secelebren las elecciones, respondiendo el partido políticocorrespondiente de cualquier incidencia que se produzca conmotivo de la utilización extraordinaria del mobiliario urbano.

— Queda terminantemente prohibido adherir o fijar publi-cidad electoral a cualquier otro elemento del mobiliariourbano así como al arbolado o postes de señalización de trá-fico o de direcciones de centros públicos.

— En su colocación cada Partido ha de respetar los tra-mos que en colocación de Banderolas ocupen los demás parti-dos. No han de ocasionar molestias al tráfico, a vehículos, ni apersonas. Los colocados en farolas no han de fijarse con alam-bres u otros elementos que pudieran deteriorarlos.

— La colocación de propaganda en los pasos inferiores,cerramientos definitivos y similares queda condicionada a sulimpieza una vez terminado el proceso electoral, a cargo de losanunciantes.

Lugares para actos públicos:— Grupo Escolar San Fernando, calle Almirante Bonifaz,

nº 64, capacidad 100 personas de pié, horario 20 h. en ade-lante, de Lunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Valme Coronada, calle Mirabrás, nº2,capacidad 300 personas de pié, horario 20 h. en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Fernán Caballero, calle Cerro Blanco, nº3, capacidad 200 personas sentadas, horario 20 h en adelante,de Lunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Maestro Jose Varela, calle Ruiseñor, nº3,capacidad 100 personas de pié, horario 20 h en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Las Portadas, Avda. del Triunfo,nº 24,capacidad 150 personas de pié, horario 20 h en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Enrique Díaz Ferreras, calle MartínezMontañés, nº 14, capacidad 200 personas de pié, horario 20 hen adelante, de Lunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Federico García Lorca, calle GabrielGarcía Márquez, capacidad 200 personas de pié, horario 20hen adelante, de Lunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Dolores Velasco, calle Almendro nº 21,capacidad 200 personas de pié, horario 20h en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Cervantes, calle Doctor Fleming, nº 33,capacidad 100 personas de pié, horario 20h en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Gloria Fuertes, calle M. Paula Moltal, nº61— A, capacidad 100 personas de pié, horario 20h en ade-lante, de Lunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Blas Infante, calle Antonio Machado,nº38, capacidad 100 personas de pié, horario 20h en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Palmarillo, calle Rafael Alberti nº 2,capacidad 100 personas de pié, horario 20h en adelante, deLunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Ibarburu, calle Cornicabra nº 5, capaci-dad 100 personas de pié, horario 20h en adelante, de Lunes aViernes laborables.

— Grupo Escolar Poetas Andaluces, Avda Los Pinos nº 9 (Bda Montequinto), capacidad 100 personas de pié, horario 20h en adelante, de Lunes a Viernes laborables.

— Grupo Escolar Velódromo, Bda Los Montecillos, capa-cidad 3000 personas de pié, horario 10 h en adelante (todoslos días).

Cabezas de San Juan (Las)

Lugares para propaganda:— Postes o farolas de Alumbrado Público, por el sistema

de banderolas.

Lugares para actos públicos:— I.E.S. Ciudad de Las Cabezas (Antiguo PUA). C/ Pablo

Iglesias nº 6, capacidad 400 personas, horario: laborables apartir de las 6 de la tarde; Sábados y Domingos, todo el día.

— I.E.S Delgado Brackenbury. Avda. Jesús Nazareno s/n,capacidad 500 personas, horario: laborables a partir de las 6 dela tarde; Sábados y Domingos, todo el dia.

— Centro Cívico «El Huerto».Calle Calvario Bajo nº 35,capacidad 200 personas, horario: laborables a partir de las 6 dela tarde; Sábados y Domingos, todo el día.

— Salón Cultural «La Torrecilla», Pza de la Torrecilla s/n(E.L.A. Marismillas), capacidad 200 personas, horario: laborablesa partir de las 6 de la tarde; Sábados y Domingos, todo el día.

Cuervo (El)

Lugares para propaganda:— 36 farolas en Avda. José Antonio Gallego.— 18 farolas en Avda. Blas Infante.— 27 farolas en Avda. de Jerez.— Vallas en Plaza de la Constitución.— Vallas en Avda. Jerez.— Vallas en C/ Fernando Cámara.— 36 farolas en C/ Fernando Cámara.— 27 farolas en Avda. de Lebrija.— 33 farolas en Polígono Industrial.

Lugares para actos públicos: — Colegio Público Ana Josefa Mateos: 19:00 horas.— Colegio Público Antonio Gala: 19:00 horas.— Colegio Público El Pinar: 19:00 horas.— Salón Socio-Cultural: Todo el día.— Plaza de Avda. José Antonio Gallego: Todo el día.— Casa de la Juventud: 19:00 horas.

Los citados locales podrán ser utilizados durante todos losdías de la campaña electoral en el horario reseñado.

Lebrija

Lugares para propaganda:Vallas para la colocación de carteles para la propaganda

electoral:

— Colegio Público Blas Infante.— Calle Alonso Cano.— Colegio Público El Recreo.— I.E.S. El Fontanal.— I.E.S. Virgen del Castillo.— Colegio Público Josefa Gavala.— Ambulatorio.— Colegio Público Ignacio Halcón.— Colegio Público Nebrixa.— Colegio Público Cristo Rey.

Postes para colocación de pancartas y carteles por el sis-tema de «Banderolas».

— Avda. Cruz de Mayo.— Calle Sevilla.— Calle Corredera.

6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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— Calle San Francisco.— Calle Trinidad.— Calle Arcos.— Calle Cataño.— Avda Jose Mª Tomassetti.— Ronda La Mina.— Huerta Macenas.— Avda. Dr. José Viel.— Avda. De Utrera.— Avda de Las Cabezas.— Avda José Fernández Ruiz.— Avda Juan Peña “El Lebrijano”— Avda Antonio Calvo Ruiz.— Calle Albeniz — Enrique Granados— Avda de El Cuervo— Avda de Andalucía— Avda Océano Atlántico.— Avda. Canga.— Avda. Reyes de España— Avda de Atenas— Avda. Nervión

Los citados lugares podrán ser utilizados durante todos losdías de campaña electoral.

Lugares para actos públicos:— Colegio Público Nebrixa— Colegio Público Blas Infante— Colegio Público Cristo Rey— Colegio Público Elio Antonio— Colegio Público Josefa Gavala— Colegio Público El Recreo— Colegio Público José Cortines Pacheco— Casa de la cultura— Centro Cívico Blas Infante— Mirador de La Peña— Casa de la Juventud— Teatro Municipal «Juan Bernabé»

Los citados locales podrán ser utilizados durante todos losdías de campaña electoral, excepto sábados y domingos, a par-tir de las 19 horas.

Molares (Los)

Lugares para propaganda:— Los emplazamientos disponibles para colocación de

carteles de las Elecciones Locales, a celebrar el próximo 22 demayo, son las farolas de este municipio, debiendo contar loscarteles con soporte para colgar.

Lugares para actos públicos: — Explanada c/ Iglesia— Plaza de la Mancomunidad— Plaza de la Constitución — Colegio Público— Caseta municipal.

Palacios y Villafranca ( Los)

Lugares para propaganda:— Farolas para la colocación de propaganda por el sis-

tema de «Banderolas». Relación:Ubicación Nº de farolas

— Avenida de Cádiz 26— Avenida de Sevilla 35— Avenida de Utrera 35— Calle Leonardo de Vinci 16— Avenida del Horcajo 18— Calle Juan José Baquero 36— Avenida de las Marismas 36— Avenida Miguel Ángel 56— Calle Buenavista 18— Calle Manuel Mantero 13— Avda. Comunidad Aut. de Canarias 11— Avda Siglo XXI 17

— Avda Parque Norte 22— Entrada a Maribáñez 44

Lugares para actos públicos:— Colegio Público «María Doña» (Extensión Los Rato-

nes), (Patio de recreo), sito en la calle Antonio Gaudí, número5, con capacidad aproximada para 1000 personas, que puedeser utilizado los días laborables a partir de las 6 de la tarde ylos Sábados y Domingos, durante todo el día.

— Colegio Público «María Auxiliadora» (Patio de recreo),sito en la calle Juan José Baquero, número 19, con capacidadaproximada para 2000 personas, que puede ser utilizado comoel anterior.

— Colegio Público «Félix Rodríguez de la Fuente» ( Patiode recreo), sito en la calle Ortega y Gasset, número 25, concapacidad aproximada para 500 personas, que puede ser utili-zado como el anterior.

— Colegio Público «Juan Hidalgo González» ( Patio derecreo), sito en la calle Felipe II, número 11, con capacidadaproximada par 2000 personas, que puede ser utilizado comoel anterior.

— Instituto de Bachillerato «Diego Llorente» (Patio derecreo), sito en la Carretera del Monte, número 1, con capaci-dad aproximada para 2000 personas, que puede ser utilizadocomo el anterior.

— Casa Ayuntamiento de «Maribáñez» (Salón de actos),sito en la Plaza Mayor, número 1, de dicho poblado con capa-cidad para 100 personas, disponibles todos los días y horas.

— Casa Ayuntamiento de «El Trobal» (Salón de actos), sitoen la Plaza Madre de Dios, número 1, de dicho poblado, concapacidad para 100 personas y disponible como el anterior.

— Casa de la Cultura (Salón de Actos), de propiedadmunicipal, sita en la calle Real de Villlafranca, número 24, concapacidad para 100 personas, disponibles todos los días yhoras.

Además de los locales mencionados, también podrán serutilizados diversos lugares en la vía pública en los siguientesemplazamientos:

Plaza de las FloresPlaza Juan Antonio TardíoLaguna de CaroLaguna del MantilloPlaza de Andalucía.Calle el CabreroPaseo Francisco RiverolaPlaza de España.Calle AlmendroCalle HíspalisCalle Simón PeresPlaza Teatro MunicipalPaseo de la DemocraciaPlaza Félix Rodríguez de la FuentePlaza del Pabellón José MoralPlaza Plácido Fernández ViagasPlaza Juan Antonio Tardío

Asimismo podrá ser utilizada la Plaza Mayor en «LosChapatales», Plaza Madre de Dios en «El Trobal» y PlazaMayor en «Maribáñez».

Utrera

Lugares para propaganda:— Calle Silos, esquina Callejón de Capachuelos.— Avda. de los Palacios (junto puente de la Fontanilla).— Avda de Portugal ( frente fachada principal Hipermer-

cado Supersol).— Avda. Curro Guillén (lateral antigua Plaza de Toros).— Calle Pablo Picasso (frente Centro de Salud).— Avda. del Ejército (frente C.P. Álvarez Quintero).

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 7

Ubicación Nº de farolas

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— Calle Cristo de los Afligidos (escalera de acceso alPolígono El Tinte).

— Avda. de Cádiz (frente C.P Federico García Lorca). ElPalmar de Troya.

— Avda de Utrera (esquina Plaza de la Concordia) El Pal-mar de Troya.

— C/ Geranio (lateral izquierdo Piscina Municipal) El Pal-mar de Troya.

— Valla publicitaria Avda. General Giráldez (Frente a laBda. El Carmen).

— Valla publicitaria Avda. de Los Palacios (Frente al Par-que de Los Remedios).

— Se disponen para la colocación o fijación de pancartas,carteles, banderolas o cualquier otro elemento propio utilizadoen campañas electorales solo en las Farolas Públicas que acontinuación se detallan:

— En las 64 farolas públicas situadas en Avda MaríaAuxiliadora y San Juan Bosco, tramo comprendido entre C/Molares y Avda General Giráldez.

— En las 46 farolas públicas situadas en la Avda de Portugal.— En las 14 farolas públicas centrales en Plaza de Altozano.— En las 22 farolas públicas situadas en la Avda Los Pala-

cios tramo comprendido entre Mercado de Abasto y Puente dela Fontanilla.

— En las 10 farolas públicas situadas en el margenizquierdo de la Avda. de Utrera de El Palmar de Troya parapropaganda elecciones locales.

— En las 11 farolas públicas situadas en el margen dere-cho de la Avda. de Utrera de El Palmar de Troya para propa-ganda elección órgano unipersonal de las entidades de ámbitoterritorial inferior al municipal (E.L.A)

Lugares para actos públicos:— Colegio Público Rodrigo Caro.— Colegio Público Maestro Juan Antonio Velasco.— Colegio Público Coca de la Piñera.— Colegio Público Al-Andalus.— Colegio Público Álvarez Quintero— Colegio Público Ntra. Sra. de las Veredas (Guadalema

de los Quintero).— Colegio Público Ntra. Sra. de las Marismas (Trajano)— Colegio Público Rural Los Girasoles (Pinzón).— Colegio Público Federico García Lorca (El Palmar de

Troya).— Caseta Municipal.

En estos Centros fuera del horario escolar.

Se excluyen expresamente su uso con fines electorales lospostes en la vía pública y demás mobiliario urbano, los árbolesy la fachada de los edificios públicos.

Y para que así conste a los efectos oportunos y para supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, se expideel presente.

En Utrera a 8 de abril de 2011.—El Presidente.—El Secre-tario (Firmas ilegibles.)

6W-4715

JUNTA DE ANDALUCÍA

———

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

———Delegación Provincial de Sevilla

Instalación eléctricaA los efectos prevenidos en artículo 133.º del R.D.

1995/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las activi-

dades de transporte, distribución, comercialización, suministroy procedimientos de autorización de instalaciones de energíaeléctrica, se somete a información pública la solicitud decesión centro de transformación compartido y 15 metros deL.S.M.T., sita en calle Inca Garcilaso, s/n, en el término muni-cipal de Sevilla, cuyo titular es Puerto Triana, S.A., con domi-cilio social en Avda. de los Descubrimientos P.B. Natural, sec-tor 2 en Sevilla.

Referencias: R.A.T.: 258.663.

Expedientes.: 23.237.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada ladocumentación presentada en esta Delegación Provincial, sitaen Sevilla, calle Graham Bell número 5, edificio Rubén Darío,2, de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00, y formularseal mismo tiempo las alegaciones, por duplicado, que se esti-men oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Sevilla a 24 de marzo de 2011.—La Delegada Provincial,María Francisca Amador Prieto.

20W-4276-P

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

A los efectos prevenidos en el artículo 125.º del R.D.1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las activi-dades de transporte, distribución, comercialización, suministroy procedimientos de autorización de instalaciones de energíaeléctrica, se somete a información pública la petición de auto-rización de la instalación eléctrica, y cuyas características prin-cipales se señalan a continuación:

Peticionaria: Manuel García Gálvez.Domicilio: Calle Juan XXII, 21, Mesón, Marinaleda.

Línea eléctrica:Origen: LAMT San Calixto.Final: C.T. proyectado.Término municipal afectado: Marinaleda.Tipo: Aérea.Longitud en km: 0,030 km.Tensión en servicio: 25 kV.Conductores: LA 56.

Estación transformadora:Emplazamiento: Ctra. Marinaleda-El Rubio, km 3.Finalidad de la instalación: Electrificación finca.Potencia: 50 kVA.Relación de transformación: 25 kV/0,42 kV.Tipo: Intemperie.

Presupuesto: 10.046,89 euros

Referencia: R.A.T: 23841.

Exp.: 264246.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada ladocumentación presentada en esta Delegación Provincial, sitaen Sevilla, calle Graham Bell número 5, edificio Rubén Darío,2, de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00, y formularseal mismo tiempo las alegaciones, por duplicado, que se estimenoportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Sevilla a 15 de marzo de 2011.—La Delegada Provincial,María Francisca Amador Prieto.

20F-3561-P

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor Técnicas de Aislamiento y de la Construcción Turquesa,

8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

Page 9: 085 BOP MAQUETA BOP - Web corporativa de Diputación de ... · celebración de actos electorales y fijación de propaganda elec- toral en los municipios de Alcolea del Río, Cantillana,

S.A., en solicitud de Autorización Administrativa así como deaprobación del proyecto de ejecución, de la instalación eléc-trica de distribución de energía eléctrica en el término munici-pal de Alcalá del Río con línea Subterránea de 0,020 km delongitud que tiene su origen en línea Endesa y final en C,T,Proyectado, tensión de servicio 15 KVM conductores tipo tipo3 y centro de transformación Interior Prefabricado de 630KVA., relación de transformación 15-20/380-220, ubicado enPolg. Ind. Ilipa Magna, con la finalidad de suministro eléctricofabrica Materiales de Construcción, presupuesto 32.113,44euros, referencia R.A.T: 23384 y EXP,: 259868, así como de latransmisión de la misma a una empresa distribuidora de ener-gía eléctrica

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en laSección I del Capítulo II, y el Capítulo III del Título VII delR.D 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica y de acuerdo con la resolución de 23 defebrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energíay Minas, por la que se delegan determinadas competencias enmateria de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provin-ciales de la citada Consejería. Vistos los preceptos legales cita-dos y demás de general aplicación, el Servicio de Industria,Energía y Minas, de esta Delegación Provincial, propone:

Conceder la autorización administrativa a la instalacióneléctrica citada, y la aprobación a su proyecto de ejecución, asícomo la transmisión de la misma a la empresa distribuidora deenergía eléctrica de la zona, con las condiciones especialessiguientes:

1. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientrasno cuente el peticionario de la misma, con la correspondienteAutorización de Explotación, que será emitida por esta Dele-gación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 1322 del R.D 1955/2000.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seis mesespara la citada transmisión, debiendo presentar el correspon-diente convenio o contrato con la empresa distribuidora.Transcurrido el periodo de seis meses sin la presentación delcitado documento se producirá la caducidad de la presenteautorización en lo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos,como la del Exmo. Ayuntamiento de Alcalá del Río, y solotendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas aésta Delegación.

4. La presente Aprobación de Proyecto de Ejecuciónhabilita al Titular a la construcción de la Instalación Proyec-tada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso se solici-ten y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la termina-ción de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrápracticar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de ia instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuentapara su ejecución, las condiciones impuestas por los Organis-mos que las han establecido, las cuales han sido puestas enconocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella. En tales supues-tos, la Administración, previo el oportuno expediente,acordará la anulación de la autorización con todas las conse-cuencias de orden administrativo y civil que se deriven, segúnlas disposiciones legales vigentes propuesto:

El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, JoséAntonio Vega González.

Vista la presente propuesta del Servicio de Industria, tner-gía y Minas, ésta Delegación Provincial resuelve:

Autorizar y aprobar la instalación descrita anteriormenteen la Propuesta con las condiciones de ejecución indicadas enal apartado segundo de la misma.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante elExcmo. Sr. Consejero, en el plazo de un mes contado a partirdel día de su notificación, de conformidad con lo establecidoen el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modi-ficación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

En Sevilla a 29 de marzo de 2011.—La Delegada Provin-cial, María Francisca Amador Prieto.

253F-4350-P

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor DIMALTRANS, S.L., en solicitud de Autorización Adminis-trativa así como de Aprobación del proyecto de ejecución, dela instalación eléctrica de distribución de energía eléctrica enel término municipal de Alcalá del Río con línea Subterráneade 0f040 km de longitud que tiene su origen en línea Endesa yfinal en C.T. Proyectado, tensión de servicio 15 KV., conduc-tores tipo y centro de transformación Interior de 400 KVA.,relación de transformación 15-20/380-220, ubicado en Pol.Ind. Ilipa Magna calle Constantino núm. 8, con la finalidad deelectrificación nave industrial, presupuesto 38195,24 euros,referencia R.A.T: 23463 y EXP.: 260771, así como de la trans-misión de la misma a una empresa distribuidora de energíaeléctrica

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en laSección I del Capítulo II, y el Capítulo III del Título VII delR.D 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica y de acuerdo con la resolución de 23 defebrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energíay Minas, por la que se delegan determinadas competencias enmateria de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provin-ciales de la citada Consejería. Vistos los preceptos legales cita-dos y demás de general aplicación, el Servicio de Industria,Energía y Minas, de esta Delegación Provincial, propone:

Conceder la autorización administrativa a ia instalacióneléctrica citada, y ia aprobación a su proyecto de ejecución, asícomo la transmisión de la misma a la empresa distribuidora deenergía eléctrica de la zona, con las condiciones especialessiguientes:

1. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientrasno cuente el peticionario de la misma, con la correspondienteAutorización de Explotación, que será emitida por ésta Dele-gación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 1322 del R.D 1955/2000.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seis mesespara la citada transmisión, debiendo presentar el correspon-diente convenio o contrato con la empresa distribuidora.Transcurrido el periodo de seis meses sin la presentación delcitado documento se producirá la caducidad de la presenteautorización en lo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos,como la del Exmo. Ayuntamiento de Alcalá del Río, y solotendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas aésta Delegación.

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 9

Page 10: 085 BOP MAQUETA BOP - Web corporativa de Diputación de ... · celebración de actos electorales y fijación de propaganda elec- toral en los municipios de Alcolea del Río, Cantillana,

4. La presente Aprobación de Proyecto de Ejecuciónhabilita al Titular a la construcción de la Instalación Pro-yectada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso se solici-ten y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la termina-ción de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrápracticar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuentapara su ejecución, las condiciones impuestas por los Organis-mos que las han establecido, las cuales han sido puestas enconocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella. En tales supues-tos, la Administración, previo el oportuno expediente,acordará la anulación de la autorización con todas las conse-cuencias de orden administrativo y civil que se deriven, segúnlas disposiciones legales vigentes propuesto:

El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, JoséAntonio Vega González.

Vista la presente propuesta del Servicio de Industria, Ener-gía y Minas, esta Delegación Provincial resuelve

Autorizar y aprobar la instalación descrita anteriormenteen la Propuesta con las condiciones de ejecución indicadas enal apartado segundo de la misma.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante elExcmo. Sr. Consejero, en el plazo de un mes contado a partirdel día de su notificación, de conformidad con lo establecidoen el articulo 107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modi-ficación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

En Sevilla a 29 de marzo de 2011.—La Delegada Provin-cial, María Francisca Amador Prieto.

253F-4351-P

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

———

Delegación Provincial de Sevilla

Ignorándose el actual domicilio de los Sres. relacionados,contra los que se tramita expediente sancionador por infraccióna la normativa de transportes terrestres, o siendo desconocidosen las direcciones que figuran en los archivos de esta Delega-ción, se notifica por el presente anuncio lo siguiente:

Notificaciones:Expediente: SE-00250/2011 Matrícula: 90-76CFW- Titular: GAGO-

TRANSIT S.L. Domicilio: FRATERNIDAD,7 Co Postal: 11400 Municipio:JEREZ DE LA FRONTERA Provincia: Cadiz Fecha de denuncia: 28 deSeptiembre de 2010 Vía: URB. GLORIETA OLIMPICA Punto Kilométri-co: Hora: 09:46 Hechos: EFECTUAR TRANSPORTE DE PRODUCTOSPERECEDEROS CARECIENDO DE AUTORIZACION DE TRANSPOR-TES.- Normas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31 ROTT Pliego de descargo:No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00251/2011 Matrícula: 90-76CFW- Titular: GAGO-TRANSIT S.L. Domicilio: FRATERNIDAD,7 Co Postal: 11400 Municipio:JEREZ DE LA FRONTERA Provincia: Cadiz Fecha de denuncia: 28 deSeptiembre de 2010 Vía: URB. GLORIETA OLIMPICA Punto Kilométri-co: Hora: 09:46 Hechos: ARROJAR EN BASCULA UN PESO TOTAL ENCARGA DE 4150 KG., ESTANDO AUTORIZADO A 3500 KG., EXCESODE 650 KG. BASCULA Nº 4718 Y 4719. SE ADJUNTA TICKET PESA-JE.- Normas Infringidas: 141.4 LOTT 198.4 ROTT Pliego de descargo: NoSanción: 1.651,00.

Expediente: SE-00297/2011 Matrícula: 53-91DDJ- Titular: EDISONFABIAN TARAZONA HOLGUIN Domicilio: SANTA JUSTA Y RUFINA. BLOQUE 8.3D Co Postal: 41008 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevi-lla Fecha de denuncia: 24 de Septiembre de 2010 Vía: A-4 Punto Kilomé-trico: 533 Hora: 04:45 Hechos: TRANSPORTAR MUEBLES DESDE OLI-VARES HASTA ECIJA CON MASA EN CARGA DE 5000 KG, ESTAN-DO AUTORIZADO PARA 3500 KG, EXCESO 1500 KG, PESAJE ENBASCULA MOVIL, RETIRA ELEXCESO DE CARGA ANTES DE CON-TINUAR VIAJE.- Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 4.600,00.

Expediente: SE-00321/2011 Matrícula: A -005151-EH Titular: CER-BEDAM S.L Domicilio: ROSELLO 515 Co Postal: 08025 Municipio:BARCELONA Provincia: Barcelona Fecha de denuncia: 22 de Septiembrede 2010 Vía: AP-4 Punto Kilométrico: 45 Hora: 16:00 Hechos: CIRCULARTRANSPORTANDO BEBIDAS CON UN PESO TOTAL EN BASCULADE 4280 KG., ESTANDO AUTORIZADO PARA 3500 KG. EXCESO DE780 KG. REALIZA REPARTO DENTRO DE LA PROVINCIA DE SEVI-LLA.- Normas Infringidas: 141.4 LOTT 198 ROTT Pliego de descargo: NoSanción: 1.851,00.

Expediente: SE-00389/2011 Matrícula: -- Titular: PETROSUR Domi-cilio: CTRA.DOS HERMANAS UTRERA KM.1 Co Postal: 41700 Muni-cipio: DOS HERMANAS Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 1 de Octu-bre de 2010 Vía: SE-005 Punto Kilométrico: 1 Hora: 14:40 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE DOS HERMANAS HASTAREPARTO INDICANDO INADECUADAMENTE EN LOS DOCUMEN-TOS DE TRANSPORTE O ACOMPAÑAMIENTO LA MERCANCÍATRANSPORTADA. TRANSPORTA 100 LITROS DE UN1202GASO-LEO,3,III. NO DESIGNA CORRECTAMENTE LA MERCANCIATRANSPORTADA EN CARTA DE PORTE PRESENTADA (SE ADJUN-TA FOTO COMO DOCUMENTAL), NO CONSTA IGUALMENTE CAN-TIDAD DE MERCANCIA TRANSPORTADA NI QUE SE ACOJA AEXENCIONES 1.1.3.6. SE SANCIONA COMO EXPEDIDOR DE LAMERCANCIA.CON MATRICULA 3833FKR.- Normas Infringidas:142.23.1 LOTT Pliego de descargo: No Sanción: 200,00.

Expediente: SE-00410/2011 Matrícula: 74-62DZL- Titular: ABACOLOGISTICA Y TRANSP SL Domicilio: AVDA COLON, 1 EDIF COLON,PLANTA 1º MOD 4 Co Postal: 41960 Municipio: GINES Provincia: Sevi-lla Fecha de denuncia: 13 de Octubre de 2010 Vía: N630 Punto Kilométri-co: 779 Hora: 19:12 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDEBELVIS DE LA JARA HASTA CAMAS SIN APORTAR DISCO/S DEFECHA/S: 19/09/2010. Y ANTERIORES A ESA JORNADA SE ADJUN-TA IMPRESIÓN ULTIMA JORNADA QUE PRESENTA EN TACOGRA-FO DIGITAL Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00422/2011 Matrícula: 38-46DFV- Titular: SAN-CHEZ JURADO HNOS E TRANS SL Domicilio: ED. LA FUENTE,LOCAL, 2 Co Postal: 41510 Municipio: MAIRENA DEL ALCOR Provin-cia: Sevilla Fecha de denuncia: 20 de Octubre de 2010 Vía: A8008 PuntoKilométrico: 0 Hora: 16:16 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIASDESDE SEVILLA HASTA RINCONADA (LA) SIN APORTAR DISCO/SDE FECHA/S: 25/09/2010. NO JUSTIFICA FECHAS 25.09.10 A03.10.10.CARECE DE TARJETA DE CONDUCTOR. CARECE DE CER-TIFICADO DE ACTIVIDADES Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00433/2011 Matrícula: 34-08BMT- Titular: SUPER-MERCADOS ECO PUEBLA SL Domicilio: MORON 22 Co Postal: 41540Municipio: PUEBLA DE CAZALLA (LA) Provincia: Sevilla Fecha de de-nuncia: 1 de Octubre de 2010 Vía: A-376 Punto Kilométrico: 23 Hora:11:50 Hechos: REALIZAR TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTA-RIO DE MERCANCIAS EN VEHICULO PESADO, CARECIENDO DEAUTORIZACION DE TRANSPORTES. TRANSPORTA 3000 KG. DEPRODUCTOS ALIMENTICIOS DESDE UTRERA A LA PUEBLA DECAZALLA. MANIFIESTA TENER TODA LA DOCUMENTACION ENTRAMITE, NO PAORTANDO NINGUN DOCUMENTO.- Normas Infrin-gidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:1.001,00.

Expediente: SE-00434/2011 Matrícula: 54-48DWX- Titular: GARCIAALCANTARA JOSE Domicilio: CANTILLANA, 5 Co Postal: 41530 Mu-nicipio: MORON DE LA FRONTERA Provincia: Sevilla Fecha de denun-cia: 25 de Octubre de 2010 Vía: A394 Punto Kilométrico: 34 Hora: 09:53Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE MORON DE LAFRONTERA HASTA LEBRIJA NO HABIENDO REALIZADO EL CON-DUCTOR LAS ANOTACIONES EN LAS HOJAS DE REGISTRO DELAPARATO TACOGRAFO, CONSISTENTE/S EN CARECIENDO DENOMBRE Y APELLIDO DEL CONDUCTOR QUE HA EFECTUADO ELTRABAJO EN LA JORNADA 14.10.10,PUDIENDO SER EL MISMOCONDUCTOR . SE ADJUNTAN DOS DISCOS-DIAGRAMAS. FECHADISCOS 14.10.10 Normas Infringidas: 141.8 LOTT 198.8 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 401,00.

10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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Expediente: SE-00438/2011 Matrícula: 30-01CSB- Titular: RODRI-GUEZ RORIGUEZ JOSE ANTONIO Domicilio: TIRSO MOLINA 7 CoPostal: 41720 Municipio: PALACIOS Y VILLAFRANCA (LOS) Provin-cia: Sevilla Fecha de denuncia: 26 de Octubre de 2010 Vía: NIV Punto Ki-lométrico: 580 Hora: 18:57 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIASDESDE PALACIOS Y VILLAFRANCA (LOS) HASTA CABEZAS DESAN JUAN (LAS) SIN HABER PASADO LA REVISION PERIODICADEL APARATO TACOGRAFO. ULTIMA REVISION PERIODICASEGÚN PLACA DE MONTAJE DE FECHA 26/06/2008. CIRCULA CON14000KG DE ZAHORRA Normas Infringidas: 141.5 LOTT 198.5 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00441/2011 Matrícula: 76-23GBB- Titular: TORRE-JON TROYA BERNABE Domicilio: MERCEDES ORTEGA FARFAN, 53.Co Postal: 41970 Municipio: SANTIPONCE Provincia: Sevilla Fecha dedenuncia: 27 de Octubre de 2010 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 9 Hora:07:10 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SANTIPON-CE HASTA DOS HERMANAS SIN HABER PASADO LA REVISIONPERIODICA DEL APARATO TACOGRAFO. ULTIMA REVISION PE-RIODICA SEGÚN PLACA DE MONTAJE DE FECHA 21/02/2008. TA-LLERES HNOS A BERENGUEL E9A-41103.NUMERO DE SERIE DEU.I. 905840 Normas Infringidas: 141.5 LOTT 198.5 ROTT Pliego de des-cargo: No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00443/2011 Matrícula: 92-05CRY- Titular: RECEROBAYON MARIA DOLORES Domicilio: LUZ 16 Co Postal: 41100 Muni-cipio: CORIA DEL RIO Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 27 de Octu-bre de 2010 Vía: A8058 Punto Kilométrico: 6 Hora: 13:00 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA CORIADEL RIO SIN APORTAR DISCO/S DE FECHA/S: 26/10/2010. Y JOR-NADAS ANTERIORES Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00449/2011 Matrícula: 62-65BKZ- Titular: ARIDOSLEBRIJA S.L. Domicilio: CTRA. SE-694 A N-IV KM. 2.8 Co Postal:41740 Municipio: LEBRIJA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 1 de Oc-tubre de 2010 Vía: A-8008 Punto Kilométrico: 0 Hora: 17:33 Hechos: CIR-CULAR REALIZANDO TRANSPORTE DE GASOIL CON UN PESOTOTAL DE 4.200 KG. EXCESO DE 610 KG. PESADO EN BASCULAOFICIAL MOVIL Nº 4702 Y Nº 4703.- Normas Infringidas: 141.4 LOTT198 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.551,00.

Expediente: SE-00451/2011 Matrícula: 86-11FHH- Titular: TRANS-PORTES FRISUR ALCALA S.L. Domicilio: CARDENAL CISNEROS, 12- PUERTA 7 - 2B Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRAProvincia: Sevilla Fecha de denuncia: 2 de Octubre de 2010 Vía: A-471Punto Kilométrico: 25 Hora: 17:30 Hechos: REALIZAR TRANSPORTEDE MERCANCIAS, EN VEHICULO PESADO, CARECIENDO DE AU-TORIZACION. CIRCULA TRANSPORTANDO FRUTAS Y VERDURASDESDE CHIPIONA A SEVILLA. REALIZADA CONSULTA AUTORI-ZACION VALIDA HASTA 31/07/10 ESTANDO DE BAJA DESDE30/06/10.- Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de des-cargo: No Sanción: 4.601,00.

Expediente: SE-00452/2011 Matrícula: 67-69BFG- Titular: AUTOA-SISTENCIA ALCALA, S.L. Domicilio: C/ ANDEN, Nº 8 - 3º E Co Postal:41309 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 3 de Oc-tubre de 2010 Vía: A-8008 Punto Kilométrico: 4 Hora: 09:50 Hechos: CIR-CULAR DESDE SEVILLA HASTA LOS ROSALES(SE), TRANSPOR-TANDO UN VEHICULO AVERIADO, CON LA REVISION DEL TACO-GRAFO CADUCADA DESDE 17/03/2010.- Normas Infringidas: 141.5LOTT 198.5 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00465/2011 Matrícula: 82-28BDD- Titular: NUÑEZDOMINGUEZ JOSE MANUEL Domicilio: SUAREZ SOMONTE, 80-2º-A Co Postal: 06800 Municipio: MERIDA Provincia: Badajoz Fecha de de-nuncia: 30 de Octubre de 2010 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 15 Hora:01:56 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE DOS HER-MANAS HASTA MERIDA SIN APORTAR DISCO/S DE FECHA/S:21/10/2010. CARECE DE DISCOS-DIAGRAMAS DESDE EL 30-09-10AL 20-10-10.TARJETA DE CONDUCTOR ULTIMA ACTIVIDAD EN2008. CARECE CERTIFICADO ACTIVIDADES Normas Infringidas:140.24 LOTT 197.24 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00467/2011 Matrícula: 82-28BDD- Titular: NUÑEZDOMINGUEZ JOSE MANUEL Domicilio: SUAREZ SOMONTE 80 2º ACo Postal: 06800 Municipio: MERIDA Provincia: Badajoz Fecha de de-nuncia: 30 de Octubre de 2010 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 15 Hora:02:05 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE DOS HER-MANAS HASTA MERIDA INCUMPLIENDO LAS NORMAS SOBREPRECINTADO DEL APARATO TACOGRAFO O SUS ELEMENTOS,CONSISTENTE EN PRESENTAR FORZADO CON ELEMENTO PUN-ZANTE (DOS MUESCAS),EL TAPON PRECINTO DE ACCESO ALYAK DELIBRACION.. TACOGRAFO BOSCH-MOTOMETER, TYPEGK-100-01, Nº SERIE 2505070687, Nº HOM E1-75.- PLACA MONTA-JE PRECINTADA POR T. AUT. Nº E3 350 EL 12-08-2009. SE ADJUN-

TAN FOTOS COMO DOCUMENTAL Normas Infringidas: 141.5 LOTT198.5 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00479/2011 Matrícula: 26-85GCX- Titular: TRANS-PORTES MAURI E HIJOS SL Domicilio: CTRA. SEVILLA-MALAGAKM.114 Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provin-cia: Sevilla Fecha de denuncia: 5 de Octubre de 2010 Vía: A-92 Punto Ki-lométrico: 42 Hora: 09:30 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO PIE-DRA DESDE LA PUEBLA DE CAZALLA HASTA SEVILLA CON UNATARJETA CADUCADA, REVOCADA O QUE POR CUALQUIEROTRA CAUSA HUBIERA PERDIDO SU VALIDEZ. FECHA CADUCI-DAD 30/09/10.- Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 4.601,00.

Expediente: SE-00486/2011 Matrícula: 72-92CTH- Titular: QUIJOTEQUINTO CENTENARIO S. COOP. CLM Domicilio: PEDRO CAMPO 17- 1º IZQ. Co Postal: 45880 Municipio: CORRAL DE ALMAGUER Pro-vincia: Toledo Fecha de denuncia: 7 de Octubre de 2010 Vía: A-4 Punto Ki-lométrico: 455,2 Hora: 11:25 Hechos: LA CARENCIA DE HOJAS DE RE-GISTRO DEL APARATO DE CONTROL QUE EXISTE OBLIGACIONDE LLEVAR A BORDO. PRESENTA DISCOS DEL DIA 02/10/10 FINA-LIZANDO 562.880 KMS. Y DISCO DEL DIA 04/10/10 INCIANDO CON563.290 KM. NO PRESENTANDO DISCO DIAGRAMA DEL DIA03/10/10 NI CERTIFICADO DE ACTIVIDADES.- Normas Infringidas:140.24 LOTT 197.24 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00528/2011 Matrícula: 62-03DTZ- Titular: RUIZGONZALEZ JOSE Domicilio: CTRA. GALAROZA, Nº1 - 1 Co Postal:21292 Municipio: FUENTEHERIDOS Provincia: Huelva Fecha de denun-cia: 20 de Octubre de 2010 Vía: ESTACION DE SANTA JUSTA Punto Ki-lométrico: Hora: 21:35 Hechos: COGER PASAJEROS UN VEHICULOAUTOTAXI CON TARJETA DE TRANSPORTE CLASE VT, FUERADEL TERMINO MUNICIPAL DE FUENTE HERIDOS - HUELVA.- Nor-mas Infringidas: 141.21 LOTT 198.21 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 1.001,00.

Expediente: SE-00532/2011 Matrícula: 76-21DMR- Titular: NR ALI-MENTACION SL Domicilio: POLIG. PIEDRA HINCADA,012 Co Postal:41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: Sevilla Fecha dedenuncia: 22 de Octubre de 2010 Vía: URB.- RONDA URBANA NORTEPunto Kilométrico: Hora: 09:25 Hechos: EXCEDER UN FURGON SUMMA DE 3.500 KG., ARROJANDO EN BASCULA UN TOTAL DE 4.550KG. EXCESO DE 1.050 KG. TRANSPORTA ALIMENTACION NO PE-RECEDERA DESDE ALCALA DE GUADAIRA HASTA PLGNO. CA-LONGE(SEVILLA).- Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 3.821,00.

Expediente: SE-00549/2011 Matrícula: 83-42CZP- Titular: TRANS-ADRIPA SL Domicilio: VIRGEN DEL ROCIO, 56 Co Postal: 41970 Mu-nicipio: SANTIPONCE Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 14 de Octu-bre de 2010 Vía: AVDA. JEREZ Punto Kilométrico: Hora: 09:30 Hechos:REALIZAR TRANSPORTE DE PAQUETERIA POR SEVILLA, SIENDOUN VEHICULO DESTINADO A SERVICIO PARTICULAR, CARE-CIENDO DE TARJETA DE TRANSPORTE, PORTA FACTURAS CONDISTINTOS REMITENTES Y CONSIGNATARIOS.-.

Normas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31 ROTT Pliego de descargo:No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00570/2011 Matrícula: SE-009359-CV Titular: FER-NANDEZ GARCIA FRANCISCO JAVIER Domicilio: AVDA. EMI-GRANTES, 33 - 1 - D Co Postal: 41400 Municipio: ECIJA Provincia: Se-villa Fecha de denuncia: 27 de Octubre de 2010 Vía: A-361 Punto Kilomé-trico: Hora: 10:10 Hechos: CIRCULAR DESDE UTRERA HACIA ECIJACON LA TARJETA DE TRANSPORTE CADUCADA DESDE EL28/02/2010. PRESENTA VISADO DESDE 25/01/2010. VEHICULOCARGADO.- Normas Infringidas: 141.31LOTT 198.31 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 1.501,00.

Expediente: SE-00576/2011 Matrícula: SE-006860-CY Titular: RO-DRIGUEZ SERRANO SL Domicilio: CTRA. SEVILLA-CHIPIONA, KM.13 Co Postal: 41730 Municipio: CABEZAS DE SAN JUAN (LAS) Pro-vincia: Sevilla Fecha de denuncia: 16 de Octubre de 2010 Vía: A-471 PuntoKilométrico: 25 Hora: 18:00 Hechos: LA REALIZACION DE TRANS-PORTE AL AMPARO DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE PRI-VADO COMPLEMENTARIO PARA VEHICULOS PESADOS DE SER-VICIOS QUE NO CUMPLEN ALGUNA DE LAS CONDICIONES DELART. 102.2. TRANSPORTA ALGODON SIN ACREDITAR SER PRO-PIETARIO DE LA CARGA.- Normas Infringidas: 140.1.6 LOTT 197.1.6ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.601,00.

Expediente: SE-00577/2011 Matrícula: SE-006860-CY Titular: RO-DRIGUEZ SERRANO SL Domicilio: CTRA. SEVILLA-CHIPIONA, KM.13 Co Postal: 41730 Municipio: CABEZAS DE SAN JUAN (LAS) Pro-vincia: Sevilla Fecha de denuncia: 16 de Octubre de 2010 Vía: A-471 PuntoKilométrico: 25 Hora: 18:00 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDOALGODON DESDE LAS CABEZAS DE SAN JUAN HASTA LEBRIJACARECIENDO DE LA TARJETA DE TRANSPORTES, CADUCADA

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 11

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CON FECHA 30/09/2005.- Normas Infringidas: 141.13 LOTT 198.13ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00.

Expediente: SE-00581/2011 Matrícula: SE-006860-CY Titular: RO-DRIGUEZ SERRANO SL Domicilio: CTRA. SEVILLA-CHIPIONA, KM.13 Co Postal: 41730 Municipio: CABEZAS DE SAN JUAN (LAS) Pro-vincia: Sevilla Fecha de denuncia: 16 de Octubre de 2010 Vía: A471 PuntoKilométrico: 25 Hora: 18:00 Hechos: LA CARENCIA DE HOJAS DE RE-GISTRO DEL APARATO DE CONTROL , DE LA TARJETA DE CON-DUCTOR O DE LOS DOCUMENTOS IMPRESOS QUE EXISTE OBLI-GACION DE LLEVAR EN EL VEHICULO. CARECE DE CERTIFICA-DO DE ACTIVIDADES.- Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00647/2011 Matrícula: 45-33FSM- Titular: MOSE-TRANS SL. COOP. ANDALUZA Domicilio: MANZANILLA 9 - 4º C CoPostal: 41013 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia:4 de Octubre de 2010 Vía: SE-30 Punto Kilométrico: 12,5 Hora: 17:09 He-chos: CIRCULAR TRANSPORTANDO PAQUETERIA DESDE DOSHERMANAS HASTA SEVILLA CON UNA MASA TOTAL EN CARGADE 5.760 KG. ESTANDO AUTORIZADO A 3.500 KG. EXCESO DE2.260 KG. BASCULA PUERTO DE SEVILLA.- Normas Infringidas:140.19 LOTT 197.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.600,00.

Expediente: SE-00663/2011 Matrícula: 00-42CPT- Titular: RVA CA-TERING, S.L. Domicilio: AVDA. DE JEREZ, 2 Co Postal: 41014 Munici-pio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 15 de Octubre de 2010Vía: SE-30 Punto Kilométrico: 12 Hora: 07:34 Hechos: CIRCULAR PORLA PROVINCIA DE SEVILLA REALIZANDO UN TRANSPORTE PRI-VADO COMPLEMENTARIOS DE MERCANCIAS, TRANSPORTANDOMOBILIARIO. PESADO EN BASCULA ARROJA UN PESO TOTAL DE5.640 KG. SOBRE UNA MMA DE 3.500 KG. EXCESO DE 2.140 KG.-Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 4.600,00.

Expediente: SE-00700/2011 Matrícula: 30-86FZK- Titular: ANTONIOMOYA TRANS. Y MOVIMIENTOS DE TIERRA, S.L Domicilio: LIBIA,5 Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: Se-villa Fecha de denuncia: 10 de Noviembre de 2010 Vía: A8003 Punto Kilo-métrico: 1 Hora: 10:00 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIASDESDE ALCALA DE GUADAIRA HASTA RINCONADA (LA) EFEC-TUANDO UNA CONDUCCION DE 07:00 HORAS, ENTRE LAS 06:44HORAS DE FECHA 03/11/2010 Y LAS 15:49 HORAS DE FECHA03/11/2010, IMPLICANDO UNA CONDUCCION ININTERRUMPIDASUPERIOR AL TIEMPO MAXIMO AUTORIZADO. HECHO COMPRO-BADO A TRAVES DE PDA 328 DE FOMENTO.- Normas Infringidas:140.20 LOTT 197.20 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00703/2011 Matrícula: 30-86FZK- Titular: ANTONIOMOYA TRANS. Y MOVIMIENTOS DE TIERRA, S.L Domicilio: LIBIA,5 Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: Se-villa Fecha de denuncia: 10 de Noviembre de 2010 Vía: A8003 Punto Kilo-métrico: 1 Hora: 10:00 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIASDESDE ALCALA DE GUADAIRA HASTA RINCONADA (LA) EFEC-TUANDO UNA CONDUCCION DE 09:03 HORAS, ENTRE LAS 07:13HORAS DE FECHA 05/11/2010 Y LAS 18:22 HORAS DE FECHA05/11/2010, IMPLICANDO UNA CONDUCCION ININTERRUMPIDASUPERIOR AL TIEMPO MAXIMO AUTORIZADO. HECHO COMPRO-BADO A TRAVES DE PDA 328 DE FOMENTO.- Normas Infringidas:140.20 LOTT 197.20 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.

Expediente: SE-00704/2011 Matrícula: 30-86FZK- Titular: ANTONIOMOYA TRANS. Y MOVIMIENTOS DE TIERRA, S.L Domicilio: LIBIA,5 Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: Se-villa Fecha de denuncia: 10 de Noviembre de 2010 Vía: A8003 Punto Kilo-métrico: 1 Hora: 10:00 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIASDESDE ALCALA DE GUADAIRA HASTA RINCONADA (LA) EFEC-TUANDO UNA CONDUCCION DE 06:16 HORAS, ENTRE LAS 10:01HORAS DE FECHA 02/11/2010 Y LAS 18:29 HORAS DE FECHA02/11/2010, IMPLICANDO UNA CONDUCCION ININTERRUMPIDASUPERIOR AL TIEMPO MAXIMO AUTORIZADO. HECHO COMPRO-BADO A TRAVES DE PDA 328 DE FOMENTO.- Normas Infringidas:141.6 LOTT 198.6 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 401,00.

Expediente: SE-00719/2011 Matrícula: 90-76CFW- Titular: GAGO-TRANSIT, S.L. Domicilio: RESID LA CARTUJA C/FRATERNIDAD Nº 7PORTAL 2 1º B Co Postal: 11408 Municipio: JEREZ DE LA FRONTERAProvincia: Cadiz Fecha de denuncia: 2 de Noviembre de 2010 Vía: N630Punto Kilométrico: 781 Hora: 17:07 Hechos: TRANSPORTE DE MER-CANCIAS DESDE CORTEGANA HASTA SEVILLA EN VEHICULO LI-GERO, CARECIENDO DE AUTORIZACION DE TRANSPORTE. Nor-mas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 1.501,00.

Lo que se notifica a efectos de que, si lo estima oportuno,cada interesado alegue por escrito a esta Delegación, sita enPlaza de San Andrés, 2 y 4, 41071 Sevilla, lo que a su dere-

cho convenga, con aportación o proposición de pruebas en elplazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación delpresente anuncio. Igualmente se le notifica que, conforme es-tablece el artículo 146.3 de la Ley de Ordenación de losTransportes Terrestres, el importe de la sanción inicialmentepropuesta se reducirá en un 25% si realiza su ingreso antes deque transcurran los 15 días siguientes a la publicación de lapresente notificación.

Sevilla a 30 de marzo de 2011.—El Instructor, Luz MaríaRomero García.

3W-4261

Delegación Provincial de SevillaExpediente n.º 751/10, de descalificación de viviendas de

protección oficial, a instancia de don Francisco José GaleanoLópez, de fecha 14 de septiembre de 2010, se resuelve dene-gar la solicitud de descalificación voluntaria de la viviendaprotegida de referencia. El plazo para presentar recurso dealzada es de un mes, a partir del día siguiente al de estapublicación.

Sevilla a 25 de marzo de 2011.—La Delegada Provincial,Salud Santana Dabrio.

7W-4264

Delegación Provincial de SevillaExpediente n.º 591/10, de descalificación de viviendas de

protección oficial, a instancia de doña Rosario María Rodrí-guez Gómez, de fecha 14 de julio de 2010, se resuelve denegarla solicitud de descalificación voluntaria de la vivienda prote-gida de referencia. El plazo para presentar recurso de alzada esde un mes, a partir del día siguiente al de esta publicación.

Sevilla a 25 de marzo de 2011.—La Delegada Provincial,Salud Santana Dabrio.

7W-4266

Delegación Provincial de SevillaJunta Arbitral del Transporte

N/Ref.: Expte. núm. 158/10 (Reclamado).Destinatario: Estructuras Metálicas Hnos. Ortiz, SLL.Domicilio: Calle del Estanquillo, calle Issac Peral núm. 6. Localidad: 41220 Burguillos (Sevilla)

En el expediente que sobre reclamación de cantidad sesigue en esta Junta Arbitral a instancias de transportes Buy-trago Andalucía, S.A., contra Estructuras Metálicas Hnos.Ortiz, S.L.L., cuya demanda y documentación aportada seencuentra en la sede de esta Junta Arbitral, se ha dictado, confecha del año en curso, providencia por la que se acuerda citara Vd. a fin de que el día y hora a continuación señalado com-parezca para la celebración de la segunda Vista:

Día: 24/05/10Hora: 11.00.

Y en cumplimiento de ello y para que sirva de notificaciónen forma, cito a Vd. Para que el día y hora señalado compa-rezca al acto de la vista que tendrá lugar en el domicilio de laJunta Arbitral del Transporte, sito en la Plaza de San Andrésnúm. 2, 1ª planta (Sevilla).

Se advierte a las partes que deberán concurrir con losmedios de prueba de que intenten valerse. La no comparecen-cia del demandado citado en forma y sin causa justa, no impe-dirá la celebración de la vista, salvo acreditación, por élmismo, de su expresa oposición al sometimiento al arbitraje dela Junta Arbitral del Transporte, comunicada a la otra parteantes del momento en que se inicie o debería haberse iniciadola realización del servicio o actividad contratada. Si no compa-

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reciere el demandante o no alegara causa justa que motive lasuspensión de la Vista se le tendrá por desistido de su acción.

Las partes podrán comparecer por sí mismas o conferir surepresentación mediante escrito dirigido a la Junta Arbitral,comparecencia ante su Secretario, o cualquiera otra de las for-mas en derecho previstas.

En Sevilla a 1 de abril de 2011.—La Secretaria, Mª Dolo-res Arriaza Barrera.

253W-4396

Delegación Provincial de SevillaJunta Arbitral del Transporte

N/Ref.: expte. núm. 154/10 (Reclamado)Destinatario: HGR Logistics, S.L.Domicilio: Parque Empresarial X, calle 2, Centro Incuba-

dora de Empresas, módulo 11Localidad: 41500 Alcalá de Guadaíra (Sevilla)

En el expediente que sobre reclamación de cantidad sesigue en esta Junta Arbitral a instancias de Tranpisa S.L. Dis-tribución y Transporte contra HGR Logistics, S.L., cuyademanda y documentación aportada se encuentra en la sede deesta Junta Arbitral, se ha dictado, con fecha del año en curso,providencia por la que se acuerda citar a Vd. a fin de que eldía y hora a continuación señalado comparezca para la cele-bración de la segunda Vista:

Día: 24/05/10.Hora: 11.15.

Y en cumplimiento de ello y para que sirva de notificaciónen forma, cito a Vd. Para que el día y hora señalado compa-rezca al acto de la Vista que tendrá lugar en el domicilio de laJunta Arbitral del Transporte, sito en la Plaza de San Andrés,núm. 2, 1ª Planta (Sevilla).

Se advierte a las partes que deberán concurrir con losmedios de prueba de que intenten valerse. La no comparecen-cia del demandado citado en forma y sin causa justa, no impe-dirá la celebración de la vista, salvo acreditación, por élmismo, de su expresa oposición al sometimiento al arbitraje dela Junta Arbitral del Transporte, comunicada a la otra parteantes del momento en que se inicie o debería haberse iniciadola realización del servicio o actividad contratada. Si no compa-reciere el demandante o no alegara causa justa que motive lasuspensión de la Vista se le tendrá por desistido de su acción.

Las partes podrán comparecer por sí mismas o conferir surepresentación mediante escrito dirigido a la Junta Arbitral,comparecencia ante su Secretario, o cualquiera otra de las for-mas en derecho previstas.

En Sevilla a 1 de abril de 2011.—La Secretaria, Mª Dolo-res Arriaza Barrera.

253W-4397

Delegación Provincial de Sevilla

Junta Arbrital del Transporte

N/Ref.: Expte. núm. 122/10 (Reclamado)Destinatario: Solumat Obras Públicas y Servicios, S.L.Domicilio: Calle Arquitectura, Torre 8, planta 1, módulo 1.Localidad: 41015 Sevilla.

En el expediente que sobre reclamación de cantidad sesigue en esta Junta Arbitral a instancias de Dª. María IsabelOrtíz Castro contra Solumat Obras Públicas y Servicios, S.L.,cuya demanda y documentación aportada se encuentra en lasede de esta Junta Arbitral, se ha dictado, con fecha del año encurso, providencia por la que se acuerda citar a Vd. a fin deque el día y hora a continuación señalado comparezca para lacelebración de la segunda Vista:

Día: 24/05/10Hora: 11.30.

Y en cumplimiento de ello y para que sirva de notificaciónen forma, cito a Vd. Para que el día y hora señalado compa-rezca al acto de la Vista que tendrá lugar en el domicilio de laJunta Arbitral del Transporte, sito en la Plaza de San Andrés,núm. 2, 1ª planta (Sevilla).

Se advierte a las partes que deberán concurrir con losmedios de prueba de que intenten valerse. La no comparecen-cia del demandado citado en forma y sin causa justa, no impe-dirá la celebración de la vista, salvo acreditación, por élmismo, de su expresa oposición al sometimiento al arbitraje dela Junta Arbitral del Transporte, comunicada a la otra parteantes del momento en que se inicie o debería haberse iniciadola realización del servicio o actividad contratada. Si no compa-reciere el demandante o no alegara causa justa que motive lasuspensión de la Vista se le tendrá por desistido de su acción.

Las partes podrán comparecer por sí mismas o conferir surepresentación mediante escrito dirigido a la Junta Arbitral,comparecencia ante su Secretario, o cualquiera otra de las for-mas en derecho previstas.

En Sevilla a 1 de abril de 2011.—La Secretaria, Mª Dolo-res Arriaza Barrera.

253W-4398

Consejería de Agricultura y Pesca

———

Delegación Provincial de Sevilla

Anuncio de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que sepublica acto administrativo relativo a procedimiento san-cionador en materia de Sanidad Animal.En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, por el presente anuncio se notifica al interesadoabajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyoconocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de estaDelegación Provincial de Agricultura y Pesca, sita en calleSeda s/n, polígono HYTASA de Sevilla.

Expediente sancionador: SE/0090/11/SA.Interesado: Don Juan Manuel Doblado Vargas.DNI. núm.: 28615531N.Acto notificado: Acuerdo de inicio de Procedimiento San-

cionador.Fecha: 11/03/2011.Recursos o plazos de alegaciones: Alegaciones en el plazo

de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al desu publicación.

En Sevilla a 4 de abril de 2011.—El Delegado Provincial,Francisco Gallardo García.

253W-4425

Consejería de Medio Ambiente

———

Delegación Provincial de SevillaResolución del Delegado Provincial de la Consejería de

Medio Ambiente en Sevilla por la que se formula y se hacepública la Declaración de Impacto Ambiental sobre elPlan de Sectorización del P.G.O.U. de Tocina (Sevilla), enel suelo urbanizable no sectorizado en el sitio conocidocomo «La Flamenca».

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 dejulio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la Dispo-sición Transitoria cuarta de la misma, y de los artículo 9.1, 25,

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 13

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27, 30 y 40 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por elque se aprueba el Reglamento de Evaluación de ImpactoAmbiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se rea-liza y se hace pública para general conocimiento la Declara-ción de Impacto Ambiental sobre el Plan de Sectorización delP.G.O.U. de Tocina (Sevilla), en el suelo urbanizable no secto-rizado en el sitio conocido como «La Flamenca»; que figuracomo anexo de esta Resolución. El Delegado Provincial. Fdo.:Francisco Javier Fernández Hernández.

ANEXO

Declaración de impacto ambiental sobre el plan de sectoriza-ción del P.G.O.U. de Tocina (Sevilla), en el suelo urbanizable

no sectorizado sito en «La Flamenca». Expte.: E.A./SE/068/10.

1. Objeto de la declaración de impacto ambiental.La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la

Calidad Ambiental, establece en su artículo 36 los instrumen-tos de planeamiento urbanístico que se someten a EvaluaciónAmbiental de planes y programas, que son aquellos incluidosen las categorías 12.3, 12.4, 12.5, 12.6 y 12.7 del anexo I.

Asimismo, la Disposición transitoria cuarta establece quehasta que se desarrolle reglamentariamente el procedimientopara la Evaluación Ambiental de los instrumentos de planea-miento urbanístico será de aplicación el Decreto 292/1995, de12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eva-luación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma deAndalucía.

El instrumento de planeamiento presentado es el Plan deSectorización del P.G.O.U. de Tocina (Sevilla), en el suelo urba-nizable no sectorizado en el sitio conocido como «La Fla-menca». Esta actuación se encuentra incluida en el punto 12.6del anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integradade la Calidad Ambiental; por lo que se formula la presenteDeclaración de Impacto Ambiental de acuerdo con lo estable-cido en el artículo 40 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre,por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de ImpactoAmbiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dicha Declaración se realiza con posterioridad a la apro-bación provisional del Plan y en ella se determina, a los solosefectos ambientales, la conveniencia o no del planeamientopropuesto, así como los condicionantes ambientales que debe-rían considerarse en su posterior ejecución.

2. Tramitación.Con fecha 22 de febrero de 2010, y de conformidad con el

Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comu-nidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Tocinaremitió a esta Delegación Provincial el documento de aproba-ción inicial del Plan de Sectorización y el Estudio de ImpactoAmbiental. El Plan de Sectorización según la documentacióndiligenciada fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayun-tamiento, junto con el Estudio de Impacto Ambiental, el día 28de enero de 2010.

En cumplimiento del artículo 33 del Decreto 292/1995, de12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eva-luación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma deAndalucía, el Estudio de Impacto Ambiental fue sometido altrámite de información pública durante el periodo de un mes.A estos efectos fue publicado anuncio con expresa mención adicho documento, en el «Boletín Oficial» de la provincianúmero 63, de 18 de marzo de 2010, y en el tablón de anun-cios del Ayuntamiento. Durante dicho periodo no fueron pre-sentadas alegaciones, según consta en la certificación munici-pal del cumplimiento y resultado del trámite anteriormentedescrito con fecha de 5 de mayo de 2010.

En fecha 25 de octubre de 2010, se emitió la DeclaraciónPrevia, según el artículo 36 del Reglamento de Evaluación deImpacto Ambiental, aprobado por Decreto 292/1995.

El 10 de enero de 2011 se recibió documento adicional, alobjeto de dar cumplimiento a las determinaciones de la Decla-ración Previa sobre el citado Plan, y certificación acreditativade la Aprobación Provisional hecha en Pleno el día 30 denoviembre de 2010.

En el anexo I de esta Declaración de Impacto Ambiental seincluye una descripción de la situación preoperacional del sec-tor y en el anexo II un análisis del Estudio de ImpactoAmbiental correspondiente a dicho proyecto.

En consecuencia, y una vez analizada la documentaciónaportada y los informes recibidos, la Delegación Provincial dela Consejería de Medio Ambiente establece el siguiente:

3. Condicionado de la declaración de impacto ambiental.Se exponen en este punto las condiciones ambientales a

las que queda sujeto el Plan de Sectorización del P.G.O.U. deTocina (Sevilla), en el suelo urbanizable no sectorizado en elsitio conocido como «La Flamenca».

Al tratarse de un Plan de Sectorización, hablamos de uninstrumento de planeamiento general que innova y completalas determinaciones contenidas en el Plan General de Ordena-ción Urbanística de Tocina (10/06/05), definiendo un nuevosector sobre el suelo urbanizable propuesto por el planea-miento general. Debe tenerse en consideración por tanto, ade-más de las disposiciones de esta Declaración, aquéllas conteni-das en la Declaración de Impacto Ambiental, emitida el 24 deenero de 2005, dentro del procedimiento de evaluación deimpacto ambiental del PGOU de Tocina.

A) Medidas protectoras y correctoras respecto al docu-mento de aprobación inicial.

Se exponen a continuación, en cursiva y a los efectos deque se hagan públicas, las condiciones ambientales que seincluyeron en su día en la Declaración Previa correspondienteal proyecto que nos ocupa, señalándose expresamente desdeesta Declaración de Impacto Ambiental el carácter vinculantede dichas determinaciones con respecto a las figuras de planea-miento de desarrollo y ejecución, y a la Normativa Urbanística.

3.1. Medidas protectoras y correctoras de carácter general.

Las prescripciones de corrección, control y desarrolloambiental del planeamiento que se exponen en el Estudio deImpacto Ambiental se consideran vinculantes para el docu-mento urbanístico de aprobación provisional. El resto de medi-das que conforman esta Declaración Previa y que se exponenen los siguientes apartados deberá integrarse en dicho docu-mento.

A este respecto, el Ayuntamiento velará por el cumpli-miento de las medidas incluidas tanto en el Estudio de ImpactoAmbiental como en esta Declaración Previa, debiendo poner enconocimiento de esta Delegación Provincial cualquier circuns-tancia de carácter natural o artificial que impida la materializa-ción o la adopción de las medidas citadas.

Los terrenos objeto de las actuaciones propuestas habránde mantenerse en su estado y uso actual hasta la aprobacióndel proyecto de urbanización, no pudiéndose ejecutar actua-ciones de preparación del terreno que conlleven la eliminaciónde la vegetación –tanto de origen natural como agrícola uornamental- o movimientos de tierra.

3.2. Medidas protectoras y correctoras adicionales.

3.2.1. Compatibilidad del uso previsto industrial y elsuelo residencial

La sectorización propuesta supone una expansión notabledel suelo urbanizable hacia el suroeste del casco urbano, entrelos núcleos de población de Tocina y Los Rosales, otorgándoleun uso industrial. Aunque propone una nueva bolsa de ocupa-ción aislada separada del casco urbano, presenta colindanciaen parte con suelo dedicado a actividades industriales ya asen-tadas (de hecho en el ámbito se incluye una nave industrial).En concreto, en el lindero este se trata de una industria ensuelo no urbanizable dedicada a la venta de materiales deconstrucción y, por otra parte, al norte existe no muy distante

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suelo urbano industrial consolidado. El suelo en desarrolloresidencial queda algo más separado, aunque existe desarrollohacia el sur del casco urbano.

En cualquier caso, previendo futuros desarrollos cabedecir con carácter general que la colindancia del uso industrialy residencial sólo será compatible si el uso industrial cumplelas siguientes condiciones simultáneamente:

I. Los usos industriales no estarán incluidos, según elanexo I de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la CalidadAmbiental (y el Decreto 356/2010 por el que se modifica),bajo los epígrafes de Autorización Ambiental Integrada, niAutorización Ambiental Unificada.

II. Los usos industriales no estarán recogidos en las cate-gorías 1, 2, 3, 4, 5, 6, 10, 11 del anexo I de la ley 7/2007, deGestión Integrada de la Calidad Ambiental.

En el caso de actividades incompatibles (según el apartadoanterior), se procederá al cese de la actividad industrial y des-mantelamiento de sus instalaciones. Se considerarán desman-teladas las citadas instalaciones cuando se haya procedido a lademolición de las construcciones, la entrega a gestor autori-zado de los escombros y la limpieza de los terrenos ocupadospor el conjunto de la actividad.

3.2.2. Protección de la topografía y del paisaje

Se trata de un terreno al suroeste del casco urbano, conuna topografía regular, una planicie con variaciones de rasantemínimas y elevada respecto al valle del Guadalquivir (el ejedel río se localiza al norte del casco urbano, donde existen losmayores problemas de inundabilidad). Tiene una nave indus-trial construida pero el resto tiene un uso agrario, lo quecorresponde a una vega fértil de este tipo. Se establecerán lassiguientes consideraciones:

• Durante las distintas fases de la ejecución se instala-rán mallas protectoras para evitar el impacto visual yel arrastre de materiales, con el fin de proteger losusos colindantes, cuyas características vendrán deta-lladas en el planeamiento de desarrollo y proyectos deurbanización.

• Deberán respetarse, en su caso, los elementos natura-les o naturalizados singulares (vegetales, geológicos,hidrográficos) preexistentes en el sistema territorial,que deberán integrarse adecuadamente, constituyendoelementos de valor.

• La urbanización se acomodará en lo posible a la con-figuración primitiva del terreno, evitándose alteracio-nes y transformaciones significativas del perfil exis-tente. En el caso de que se produzcan desnivelesentre las rasantes proyectadas y las lindes perimetra-les, se deberá indicar qué tratamiento recibirán estoscontactos.

• Por otra parte, el planeamiento de desarrollo conten-drá un estudio paisajístico del ámbito, donde se ana-lice la incidencia paisajística del sector. En el estudiopaisajístico se analizará la incidencia de los volúme-nes y colores pretendidos en la ordenación sobre laimagen, tanto a nivel urbano como desde los corredo-res visuales más frecuentados (carreteras y caminosde acceso al núcleo), estableciendo medidas correcto-ras para paliar su impacto y lograr la integración.

• La tipología edificatoria de los distintos usos compati-bles, que deberán venir definidos en el Plan Parcial,deberán contemplar medidas que consigan su integra-ción en el entorno: materiales vistos de fabricaciónhomologados para tal fin, en las fachadas, medianerasy cerramientos que hayan de quedar visibles.

• El proyecto de ejecución incorporará el tratamiento delos bordes de contacto con las vistas más comprome-tidas, implantando pantallas vegetales que oculten, almenos parcialmente, la edificación prevista. Se insta-larán acerados amplios que permitan la disposición demasas de arbolado.

• Los viarios de las nuevas zonas a desarrollar se ajus-tarán, en lo posible, a los caminos y sendas actualessin romper de forma arbitraria la estructura de cami-nos y garantizando la continuidad de las tramasurbana y rural.

• Los tendidos eléctricos serán soterrados y en todocaso deberán implantarse de forma que produzcan elmenor impacto posible.

3.2.3. Protección del suelo.

Se establecen las siguientes consideraciones:

• Se realizará un control estricto y vigilancia de lasuperficie ocupada por el ámbito de la presente modi-ficación, inclusive espacios previstos para instalacio-nes auxiliares y viarios de acceso a los tajos, que evitela ocupación de más suelo del estrictamente necesa-rio. Además, dado que el entorno es una zona agrícolade cultivo en regadío, se tendrá especialmente encuenta no interceptar canales de riego y demásinfraestructura hidráulica existente, teniendo encuenta la legislación sectorial en materia de Aguaspara determinar su afección.

• Se deberá garantizar la inexistencia de afecciones asuelo producidas por vertidos de aceites, grasas ycombustibles procedentes de máquinas y motores enlas actuaciones de desarrollo del sector. Para ello, loscambios de aceites deberán realizarse en instalacionesfijas o acondicionadas y autorizadas a tal efecto quegaranticen su correcta gestión, tal como establece elReal Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que seregula la gestión de aceites industriales usados.

• Los materiales de préstamo (tierras, áridos, prefabri-cados, hormigones y aglomerados asfálticos) habránde proceder de explotaciones y actividades legal-mente establecidos.

• El sector objeto de estudio tiene riesgo bajo de ero-sión, por la orografía suave y el material de basesobre el que se asienta, no obstante, durante el perí-odo de obras se garantizará la evacuación de las aguasde escorrentía evitando el arrastre de los materialeserosionables, que provoque pérdidas de suelo.

• La utilización de fitosanitarios y fertilizantes durantelas fases de construcción y mantenimiento de zonasajardinadas, se hará de forma racional.

3.2.4. Protección de la cobertura vegetal, espacios natura-les y sistemas de espacios libres

Los terrenos que comprende el sector están actualmentedestinados a un uso agrario (cultivo de girasol y maíz en rega-dío). Los terrenos colindantes son igualmente en su mayoríaagrarios (cítricos y cereales), exceptuando en su lindero este.No existe afección a terrenos forestales, ni especies de flora yfauna catalogadas. Por otra parte, no existen afecciones que seestimen apreciables a espacios de la Red Natura 2000 que pre-cisen de una evaluación específica, conforme al art. 45.4 de laLey 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y dela Biodiversidad. Por otra parte los sistemas de espacios libresse han dispuesto en los bordes de contacto con el medio ruralcircundante. No obstante deben considerarse las siguientesmedidas:

• Durante la fase de obras se jalonarán y señalizaránestrictamente los límites de la parcela a transformar.Inclusive viarios de acceso y las áreas destinadas ainstalaciones auxiliares.

• Antes del inicio de las obras se deberá prever la reti-rada de la capa superior de suelo fértil. Su acopio serealizará en montones no superiores a los dos metrosde altura. Los excedentes de suelos de capacidadagrológica que serán objeto de urbanización se desti-narán a los sistemas de espacios libres y a las actua-ciones de ajardinamiento.

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• Es necesario por tanto que el planeamiento de des-arrollo y proyectos de urbanización, incorporen elacondicionamiento para el Sistema de EspaciosLibres previstos (y de su ampliación en su caso), asícomo el diseño concreto y utilización de elementosvegetales acordes.

• Las especies vegetales a utilizar en estas actuaciones,deberán estar en concordancia con las condiciones cli-máticas y características del suelo, y escasos requeri-mientos hídricos. Se recomienda el uso de especiesautóctonas según la definición dada por la Ley8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silves-tres, y en ningún caso el empleo de especies exóticasinvasoras.

3.2.5. Protección del sistema hidrológico

Para la preservación del sistema hidrológico se contempla-rán las siguientes determinaciones:

ESCORRENTÍA.

• El planeamiento de desarrollo garantizará la sufi-ciente capacidad de desagüe de cualquier escorrentíaque afecte a los terrenos a ordenar, por lo que se debe-rán adoptar las medidas constructivas precisas paragarantizar la rápida evacuación de las aguas pluvialesy evitar el encharcamiento de las zonas más deprimi-das, evitándose además procesos de erosión y sedi-mentación. Las obras a proyectar no podrán agravar,desviar, ni impedir la servidumbre de recepción deescorrentías en los predios inferiores. La ordenaciónde los terrenos recogerá la obligación de mantenerestas infraestructuras en buenas condiciones, tanto enla fase de ejecución como durante el posterior uso delos terrenos.

CALIDAD DE LAS AGUAS.

• Durante la fase constructiva se tendrá especial cui-dado en garantizar la no afección a la calidad de lasaguas superficiales y subterráneas, evitando vertidosincontrolados o accidentales, por lo que el manteni-miento de maquinaria habrá de realizarse en parquehabilitado al efecto, y en caso de vertido accidental desustancias contaminantes, se procederá a su rápidalimpieza, mediante la retirada del terreno afectado ysu traslado a vertedero autorizado.

• Los movimientos de tierra deberán realizarse adop-tando las medidas necesarias para impedir afección ala calidad de las aguas, y el acopio de materialessobrantes se realizará en lugares previamente acondi-cionados y con los medios adecuados para evitar elincremento de partículas sólidas en suspensión y desólidos disueltos en las aguas. Asimismo, deberá evi-tarse el vertido de productos químicos auxiliares pro-cedentes de obras de fábrica, cuyos residuos habránde ser adecuadamente recogidos, almacenados y trata-dos por gestor autorizado.

• Para garantizar la no afección a las aguas subterrá-neas, quedará prohibida expresamente la implantaciónde fosas sépticas o pozos negros en el ámbito de estesector.

ABASTECIMIENTO DE AGUAS.

• El Plan de Sectorización deberá garantizar mediantela correspondiente cesión administrativa o autoriza-ción, el abastecimiento público de agua potable de lanueva zona a ordenar.

• Para toda captación de aguas independientemente dela propia red de distribución de agua potable delmunicipio, deberá ser solicitada ante la AgenciaAndaluza del Agua la correspondiente cesión admi-nistrativa o autorización, bajo alguna de las diversas

figuras que la Ley de Aguas contempla para asignar oinscribir recursos provenientes del Dominio públicoHidráulico.

• Si algunos pozos o sondeos existentes se vieran afec-tados, se deberán sustituir o indemnizar a los propie-tarios, según lo dispuesto en el artículo 184 delR.D.P.H., por lo que la Modificación Puntual delPGOU deberá recoger este punto.

VERTIDOS.

• Deberá solicitar la autorización de vertidos para elmunicipio de Tocina, e informar de la fecha de pre-sentación de dicha solicitud.

• El Plan de Sectorización presentado propone una redde saneamiento unitaria que se conectará a la redgeneral del municipio de Tocina. Sin embargo, lasredes de saneamiento previstas para el sector debenser separativas de aguas residuales y de aguas pluvia-les. Se deben adoptar las medidas necesarias para evi-tar el vertido directo a cauce de las primeras aguaspluviales, así como diseñar los sistemas necesariospara su posterior depuración.

• El dimensionado de las conducciones del nuevoámbito, su acometida y la capacidad de la red exis-tente deben posibilitar el transporte de los caudalesextremos, de forma que se impida el alivio de cauda-les de agua al dominio público hidráulico sin previadepuración. Para ello se recomienda a los Ayunta-mientos la instalación de tanques de tormenta.

• El documento de la Aprobación Provisional debeincluir la ordenanza de vertidos aplicable al sector, altratarse de un sector con uso industrial. Definir el tipode industria, carga contaminante equivalente y nivelmáximo de sustancias peligrosas específicas y/o prio-ritarias definidas por la Decisión nº 2455/2001/CE delParlamento Europeo y el Consejo, de 20 de noviem-bre de 2001, por la que se establece la primera lista desustancias prioritarias en el ámbito de la Directivamarco de aguas. Dependiendo de las características delas citadas instalaciones industriales será necesarioque el planeamiento prevea una depuración propia delas aguas residuales generadas por las mismas o biende sistemas de tratamiento previos que reduzcan lacarga contaminante del efluente que llega a la depura-dora.

• Durante la fase de ejecución del proyecto, se tomaránlas medidas oportunas para evitar el vertido fuera dela red municipal. Por lo demás, no se podrán otorgarlas licencias de ocupación en tanto los terrenos nocuenten con conexión a las redes de abastecimiento ysaneamiento.

• En ningún caso se verterán aguas residuales al sis-tema hidrológico local, quedando prohibidos los verti-dos directos al cauce o indirectos sobre el terreno. Deesta manera la infraestructura hidráulica de la zonadeberá garantizar la correcta evacuación de las aguasresiduales que se generen conectando obligatoria yexclusivamente con la red municipal de saneamiento.

• Se deberá obtener autorización previa de la AgenciaAndaluza del Agua para efectuar el tratamiento dedepuración previa y el vertido directo o indirecto deaguas y productos residuales susceptibles de contami-nar las aguas continentales o cualquier otro elementode dominio público hidráulico (artículos 100 a 108 dela Ley de Aguas, RDL 1/2001, de 20 de julio).

FINANCIACIÓN DE ESTUDIOS E INFRAESTRUCTURAS.

• El estudio económico financiero debe tener en cuentalas infraestructuras y equipamientos hidráulicos, que-dando valoradas económicamente.

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3.2.6. Residuos

a) La ejecución de los instrumentos de planeamiento delsector deben incluir las medidas necesarias para garantizar elcontrol de desechos y residuos generados durante la fase deconstrucción y funcionamiento. Para ello se adoptarán lassiguientes medidas:

• Los residuos sólidos generados durante el desarrollodel sector y los que se deriven de su futuro uso, seránconducidos a instalaciones de gestión autorizadas(plantas de compostaje, etc).

• Las tierras, escombros y demás materiales sobrantesgenerados durante la fase de obras y ejecución delsector, serán conducidos a instalaciones de gestiónautorizadas (plantas de reciclaje, etc).

• Los proyectos de urbanización deberán contenerexpresamente un apartado dedicado a definir la natu-raleza y volumen de los excesos de excavación quepuedan ser generados en la fase de ejecución, especi-ficándose el destino del vertido de esas tierras.

• Cualquier residuo peligroso (desencofrantes, pinturas,disolventes, baterías, etc) que pueda generarse enalguna de las fases de desarrollo de la actuación,deberá gestionarse de acuerdo con la legislaciónvigente sobre este tipo de residuos.

• La gestión de aceites usados y lubricantes empleadospor la maquinaria de construcción, industrial, etc,habrá de realizarse conforme al Real Decreto679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la ges-tión de aceites industriales usados. En este sentido, yconforme al art. 5 de la citada norma, queda prohibidotodo vertido de aceites usados en aguas superficialeso subterráneas y en los sistemas de alcantarillado o deevacuación de aguas residuales; todo vertido de aceiteusado, o de los residuos derivados de su tratamiento,sobre el suelo, y todo tratamiento de aceite usado queprovoque una contaminación atmosférica superior alnivel establecido en la legislación sobre proteccióndel ambiente atmosférico. Así mismo, los productoresde aceites usados deberán almacenarlos en condicio-nes adecuadas, evitando las mezclas con agua o conotros residuos no oleaginosos; deberán disponer deinstalaciones que permitan la conservación de losaceites usados hasta su recogida y evitar que los depó-sitos de aceites usados, incluidos los subterráneos,tengan efectos nocivos sobre el suelo.

• La retirada y gestión de los residuos que actualmenteexisten en las áreas y zonas a urbanizar se realizaráconforme a lo expresado en los apartados anteriores.La retirada de materiales de desecho y escombros seráespecialmente escrupulosa en los bordes de la actua-ción y serán adecuadamente tratados.

b) Con base en el art. 104 de la Ley 7/2007, de 9 dejulio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, deberáneliminarse las referencias que figuren en los documentos urba-nísticos de los diferentes instrumentos de planeamiento, rela-cionadas con la eliminación de los residuos de la construccióny demolición mediante traslado a vertedero controlado, ya queesta opción debe considerarse únicamente en caso de no existirotras alternativas viables; en todo caso deberá justificarse ade-cuadamente la elección de la misma.

c) El Ayuntamiento de Tocina asume, implícitamente, larecogida de residuos, limpieza viaria y demás prestacionesobligatorias de conformidad con la normativa sectorial y derégimen local para los nuevos terrenos a urbanizar. En estesentido, las licencias municipales incluirán las condicionesoportunas para la correcta gestión de los residuos municipalese inertes (condiciones y punto de entrega, periodicidad, etc),así como las relativas a los residuos peligrosos que se puedangenerar (recogida por gestor autorizado, obligaciones del pro-ductor, etc).

d) Al ser suelo industrial - terciario, y en cumplimientodel artículo 103 de la ley 7/2007, de 9 de julio, de GestiónIntegrada de Calidad Ambiental, los nuevos polígonos indus-triales y las ampliaciones de los existentes deberán contar conun punto limpio, para lo cual los instrumentos de planea-miento deberán incluir las reservas de terrenos necesarias. Eneste caso concreto, el documento de la Aprobación Provisionaldel Plan de Sectorización deberá contemplar la instalación deun punto limpio para el polígono, y el Plan Parcial que des-arrolle el sector deberá contar con la definición y concreciónde esta reserva de terrenos. La gestión de la citada instalacióncorresponderá a una empresa con autorización para la gestiónde residuos.

• Asimismo, las grandes superficies comerciales adop-tarán las medidas necesarias para facilitar la recogidaselectiva de todos los residuos generados en la activi-dad del establecimiento, incluyendo las salas de ven-tas y las dependencias auxiliares como oficinas yzonas comunes.

3.2.7. Protección de las condiciones acústicas.

• En la ejecución de obras se observarán las condicio-nes acústicas exigibles por el Decreto 326/2003, de 25de noviembre, respecto al uso de maquinaria al airelibre y actividades de carga/descarga.

• No deberían existir molestias devenidas de la activi-dad industrial por no existir colindancia con zonaresidencial consolidada o en desarrollo, aunque sí hayun desarrollo cercano. Los usos permitidos para elsuelo urbanizable industrial según el P.G.O.U. deTocina son: industrias agroalimentarias, transforma-ción, bienes de equipo, almacenes, talleres, centro deempresas, o similares a los anteriores.

Para ellos habrá de considerar no obstante las condicionesde implantación, que habrán de adecuarse a los Objetivos deCalidad Acústica y de las Normas de Calidad Acústica (límitesadmisibles de ruidos y vibraciones en el interior y hacia elexterior de las edificaciones) del Decreto 326/2003, de 25 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Proteccióncontra la Contaminación Acústica en Andalucía. Las Normasde Prevención Acústica del mismo (Estudio Acústico, Normasde Prevención de Actividades Específicas, etc.) habrán de sertenidas en cuenta en los procedimientos de CalificaciónAmbiental para las actividades compatibles con el uso caracte-rístico, así como en las licencias de actividad a implantar. Paraello se aplicarán las Condiciones acústicas particulares en acti-vidades donde se generan niveles elevados de ruido estableci-das en el art. 29 del citado Decreto.

• Se instalarán pantallas antirruido en los lugares dondese sobrepasen los niveles de inmisión establecidos porla normativa vigente.

3.2.8. Protección de la atmósfera

• Por otra parte, para evitar las incidencias del polvodurante la fase de construcción, se realizarán riegosperiódicos en los caminos de tierra y se procederá ahumedecer cualquier material, en origen o acopio,previamente a su manipulación.

• Se entoldarán los camiones durante el traslado de tie-rras u otros materiales generadores de polvo.

3.2.9. Protección de la fauna

• Durante la fase de obras se jalonarán y señalizaránestrictamente los límites de la parcela a transformar.Inclusive viarios de acceso y las áreas destinadas ainstalaciones auxiliares.

• Se respetarán los nidos detectados, y el resto de hábi-tats de las especies presentes.

• Se evitarán en la medida de lo posible durante laépoca de reproducción, voladuras, ruidos y vibracio-nes en las zonas de reproducción.

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• Para evitar la colisión con la avifauna, el tendido eléc-trico de baja tensión existente y previsto será sote-rrado en el área de actuación, y las mallas del cerra-miento contendrán un tamaño de cuadro adecuado,proporcionalmente más grande en la parte superior,que habrán de ser detallados en los subsiguientes PlanParcial y proyectos de urbanización.

3.2.10. Protección de las vías pecuarias

A la vista de la planimetría aportada al expediente, una vezconsultado el Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuariasexistentes en este término municipal, aprobado por OrdenMinisterial de fecha de 27 de septiembre de 1932, se constatala existencia en el ámbito de actuación del Sector, de la víapecuaria denominada «Vereda de la Zarza».

Conforme a la Ley 3/1995, de Vías Pecuarias y al Regla-mento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma deAndalucía, aprobado por Decreto 155/1998, si como conse-cuencia de cualquier instrumento de ordenación del territorio oplaneamiento urbanístico general, su revisión o modificación,fuera necesaria la alteración del trazado de las vías pecuariasexistentes en su ámbito espacial, el instrumento de ordenaciónque se elabore tendrá que contemplar un trazado alternativo alas mismas y su forma de ejecución. En estos casos la conside-ración como suelo no urbanizable de protección especial vin-culará a los terrenos del nuevo trazado establecido por lacorrespondiente modificación.

Teniendo en cuenta la Resolución de esta Delegación Pro-vincial, relativa a la Declaración de Impacto Ambiental delproyecto Plan General de Ordenación Urbanística (Expte.: I.A.SE/54/99), promovido por el Ayuntamiento de Tocina, y con-cretamente el punto 3.6. Medidas relativas a vías pecuarias, elPlan de Sectorización que nos ocupa se encuentra afectado porun tramo de la «Vereda de la Zarza» involucrado en el cambiode trazado propuesto, por lo que la ejecución de las previsio-nes contenidas en el Sector de La Flamenca, no podrán lle-varse a cabo si con carácter previo no se produce la resolucióndel expediente de cambio de trazado correspondiente.

3.2.11. Protección del patrimonio arqueológico

La Delegación Provincial de la Consejería de Cultura deSevilla informa de que el municipio de Tocina no cuenta en sutérmino con ningún inmueble protegido específicamente por lalegislación vigente en materia de Patrimonio Histórico, aun-que sí se encuentran inventariados un conjunto de 7 yacimien-tos arqueológicos, si bien no se ha realizado prospecciónactualizada con meteodología arqueológica del término muni-cipal. Por tanto, será necesario que en el Planeamiento de Des-arrollo de los suelos afectados por el Plan de Sectorizaciónquede incorporada una prospección superficial de todo el sec-tor, donde se evalúe de forma precisa los impactos de caráctercultural, identificando los bienes inmuebles susceptibles deprotección y la delimitación de sus ámbitos, especialmente enlo referente a yacimientos arqueológicos. De esta forma,podrán eliminarse en esa fase, incertidumbres o cargas para eldesarrollo urbanístico del área a reclasificar que pudieran serdebidas a cautelas de tipo patrimonial en zona actualmente nocontrastadas.

3.2.12. Otras medidas

• Los horarios en que se lleven a cabo los trabajosdeberán evitar las molestias a la población ajustán-dose al horario convencional de la jornada laboral.

• El tráfico de maquinaria pesada deberá planificarse deforma que se produzcan las mínimas molestias sobrela población cercana y efectuará los desplazamientosa través de las rutas que resulten menos molestas,reduciéndose convenientemente la velocidad de circu-lación, para ocasionar las mínimas molestias posibles,por otra parte, la maquinaria de obra estará dotada delos silenciadores necesarios.

• Habrá de acreditarse convenientemente que las opera-ciones de carga y descarga de mercancías se efectúan

en espacios habilitados al efecto (zonas de carga/des-carga) para evitar interferencias con la circulación envía pública, estableciéndose las limitaciones de hora-rio pertinentes.

B) Medidas protectoras y correctoras respecto al docu-mento de aprobación provisional.

La integración de las medidas que se acaban de reproduciren la documentación incluida en la Aprobación Provisional,satisface las exigencias de la Declaración Previa. Se adoptaránpues todas las medidas protectoras y correctoras mencionadas,así como todas las medidas que se exponen en los apartadossiguientes. Se trata de medidas adicionales que se entiendennecesarias para la adecuación ambiental del planeamiento.Oportunamente, estas prescripciones de corrección, control ydesarrollo ambiental del planeamiento se recogerán e integra-rán en el documento urbanístico, al mismo tiempo se remitirána esta Delegación Provincial para completar el expediente.

Estas consideraciones y medidas adicionales se extraen delinforme de la Agencia Andaluza del Agua recibido el 25 defebrero de 2011. Son éstas:

AFECCIÓN AL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO.

Los terrenos afectados no afectan al dominio públicohidráulico ni a sus zonas de servidumbre y policía.

PREVENCIÓN DE RIESGOS POR AVENIDAS E INUNDACIONES.

Según el Estudio «Asistencia Técnica para la Evaluacióndel Nivel de Riesgo de Inundaciones en Tocina (Sevilla)», dejulio de 2006, realizado a partir de la aprobación por parte dela Secretaría General de Aguas de la Consejería de MedioAmbiente de la Junta de Andalucía en septiembre de 2004 delPliego de Prescripciones Técnicas Particulares para la contra-tación de la Asistencia Técnica para la evaluación del «Nivelde Riesgo de Inundabilidad en Tocina y Umbrete (Sevilla)»,para los terrenos afectados por el Plan de Sectorización sepuede afirmar lo siguiente:

El perfil número 74 del citado estudio se puede considerarcomo el más próximo a los terrenos del Plan de Sectorización.

Para este perfil, en la situación más desfavorable estudiada(periodo de retorno de 500 años en régimen natural), la cotaalcanzada por la lámina de agua es la 23,97.

Según el documento del Plan de Sectorización, la cotamedia de los terrenos incluidos en la misma es la 25, siendo latopografía de los mismos prácticamente llana. Este extremo seha podido comprobar con la documentación topográfica dispo-nible.

Por todo lo anteriormente expuesto se puede afirmar queel terreno incluido en el Plan de Sectorización no es inundablede acuerdo con el artículo 14 del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico (RD 849/1986, de 11 de abril).

DISPONIBILIDAD DE RECURSOS HÍDRICOS.

Los terrenos incluidos en el Plan de Sectorización, seabastecerán mediante su conexión a la red general del munici-pio, que a su vez se abastece a través del Consorcio de Abaste-cimiento de Aguas del Huesna.

Este consorcio dispone de concesión de aguas públicaspara abastecimiento con referencia TC-04/0297 por un volu-men anual de 21,53 H m3 anuales.

Según informe emitido por el Director Técnico del Con-sorcio de Aguas del Huesna el 5 de noviembre, el consumo delsistema Huesna en 2.009 fue de 18,62 H m3.

El consumo del sector SUNS «La Flamenca» se estima enun caudal medio de 2,46 l/s (0,077 H m3 anuales), que seríaasumible por el margen del volumen concedido al consorcio.

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INFRAESTRUCTURAS DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA.

Según la documentación aportada, se ejecutará un ramalpara abastecimiento del sector de Ø 150 FD que conecte con lared propuesta por el PGOU de Tocina de Ø 200 FD en lacarretera que conecta Tocina con el sector Las Arenas delbarrio de Los Rosales. La red de abastecimiento planteadaaparece representada en el Plano de Ordenación 0.02. del Plande Sectorización.

En cuanto a la red de saneamiento propuesta para este sec-tor, el documento de Aprobación Inicial del Plan de Sectoriza-ción plantea una red unitaria. En el documento posterior,denominado «Cumplimiento de la Declaración Previa sobre elPlan de Sectorización», adjunto a la Aprobación Provisionaldel Plan de Sectorización, indica en su apartado 1.4 que secontempla una red de saneamiento separativa de aguas resi-duales y de aguas pluviales, adoptando las medidas necesariaspara evitar el vertido directo al cauce de las primeras aguaspluviales, así como diseñar los sistemas necesarios para suposterior depuración.

La red de saneamiento separativa propuesta finalmentedebe quedar representada sobre plano de planta, ya que en elPlano de Ordenación 0.03 del Plan de Sectorización única-mente aparecen representadas las estimaciones de las conexio-nes exteriores de la red de saneamiento. Según ese mismoplano esa conexión se realizará a la red principal de sanea-miento existente en el municipio de Tocina (Ovoide 600 x900).

En la actualidad, la Agencia Andaluza del Agua está trami-tando el Proyecto para la Agrupación de Vertidos y EDAR deTocina y Villanueva del Río y Minas.

Para garantizar la correcta depuración de las aguas resi-duales generadas en el sector «La Flamenca», la EDAR deTocina y Villanueva del Río y Minas tendrá que estar funcio-nando correctamente antes de la ejecución de las actuacionesprevistas por este Plan de Sectorización. Igualmente deberácontar con la correspondiente autorización de vertidos.

En el anexo al Plan de Sectorización, denominado «Cum-plimiento de la Declaración Previa sobre el Plan de Sectoriza-ción», se incluye la ordenanza de vertido aplicable a este Sec-tor, teniendo como objetivo la regulación de los vertidos deaguas residuales de carácter industrial procedentes del mismo,así como establece los valores límite de emisión para los verti-dos permitidos. Igualmente define el tipo de industria, cargacontaminante equivalente y nivel máximo de sustancias peli-grosas.

FINANCIACIÓN DE ESTUDIOS E INFRAESTRUCTURAS.

El anexo al Plan de Sectorización contiene una evaluacióneconómica aproximada que incluye una valoración de lasinversiones necesarias para el desarrollo y la ejecución de latotalidad del sector. Asimismo incluye una estimación de lasinfraestructuras y equipamientos hidráulicos del sector.

Habrá de remitirse a esta Delegación Provincial, antes dela aprobación definitiva del Plan Parcial subsiguiente, certifi-cación acreditativa de la adecuación de éste a los términos deesta Declaración de Impacto Ambiental.

En consecuencia, analizada la documentación aportada porel promotor de la actuación y en aplicación del art. 40 delReglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comu-nidad Autónoma de Andalucía:

Resuelvo:Primero. A los solos efectos ambientales, se informa favo-

rablemente el Plan de Sectorización del P.G.O.U. de Tocina(Sevilla), en el suelo urbanizable no sectorizado en el sitioconocido como «La Flamenca».

Segundo. Se considera que la actuación será ambiental-mente viable, siempre y cuando se cumplan las especificacio-nes indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental y en el con-dicionado de esta Declaración de Impacto Ambiental.

Cualquier modificación del Plan o acontecimiento de unsuceso imprevisto, que implique una alteración de las condi-ciones expresadas en esta Declaración de Impacto Ambiental,se pondrá en conocimiento de esta Delegación Provincial.

El Delegado Provincial, Fco. Javier Fernández Hernández

Esta Declaración de Impacto Ambiental consta de 20 pági-nas debidamente numeradas y selladas. Se acompaña de dosanexos.

ANEXO I

Breve descripción del proyecto.El proyecto presentado es el Plan de Sectorización del

P.G.O.U. de Tocina (Sevilla), en el suelo urbanizable no secto-rizado en el sitio conocido como «La Flamenca». Tiene porobjeto establecer las directrices para transformar una zona desuelo clasificado como Urbanizable No Sectorizado en sueloUrbanizable Sectorizado, con el fin de poder desarrollarlo pos-teriormente mediante las distintas figuras de planeamiento dedesarrollo. A este sector se le asigna un uso industrial.

Se desarrolla la actuación sobre los terrenos ubicados alsuroeste del núcleo urbano de Tocina, entre los núcleos deTocina y Los Rosales. La superficie neta del sector es de66.326 m2.

Establece los siguientes parámetros estructurales para sudesarrollo mediante el correspondiente plan parcial (que podráampliarlos en superficie):

— Superficie destinada a viario . . . . . . . . . . 16.581 m2

— Superficie destinada a zonas verdes . . . . 6.632 m2

— Superficie destinada a S.I.P.S . . . . . . . . . 2.653 m2

ANEXO II

Análisis del estudio de impacto ambientalEl Estudio de Impacto Ambiental se estructura conforme a

los epígrafes expuestos en el anexo II apartado B de la Ley7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la CalidadAmbiental, y abarca aproximadamente los campos temáticosque recoge el citado anexo. Similares a los recogidos en elartículo 12 del Reglamento de Evaluación de ImpactoAmbiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se valoran positivamente el conjunto de medidas decorrección propuestas, considerándose que su efectiva adop-ción en el desarrollo del proyecto garantizará una adecuadaintegración ambiental de la actuación.

Sevilla a 8 de marzo de 2011.—El Delegado Provincial,Francisco Javier Fernández Hernández.

2W-3095

Delegación Provincial de SevillaEn virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, por el presente anuncio se notifica al interesado abajoreferenciado, el siguiente acto administrativo, dado que la noti-ficación personal realizada en el domicilio que se especificabaen su expediente ha resultado infructuosa. Para conocer el textointegro del acto podrá comparecer en la sede de esta Delega-ción Provincial de Medio Ambiente, Servicio de ProtecciónAmbiental, sita en avenida de la Innovación s/n, edificio Mi-nister de Sevilla.

Interesado: Fundiciones Caetano, S.A., AAI/SE//002/04/AV.

Acto Notificado: Modelo para la Delcaración Anual de Ver-tido y Protocolo de comunicación de vertido 2009.

Sevilla a 20 de mayo de 2010.—El Delegado, Francisco Ja-vier Fernández Hernández.

8W-7861

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TESORERÍA GENERALDE LA SEGURIDAD SOCIAL

———

Dirección Provincial de Sevilla

———

Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/03Edicto de valoración de bienes inmuebles

embargados (TVA-503)

Don Antonio Sayago García. Recaudador Ejecutivo de laTesorería General de la Seguridad Social, Unidad de Recauda-ción Ejecutiva 4103 de Sevilla.

Notificadas al deudor de referencia las providencias deapremio por los débitos perseguidos, cuyo importe mas abajose indica, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedido confecha 04/03/2.011 al embargo de bienes inmuebles de su pro-piedad, contra la sociedad Viajes Platón, S.L., expediente41031000008181, provisto de DNI/CIF número B41/727.702,y con domicilio en la Avenida San Francisco Javier número 1 –bajo – 41018 Sevilla, habiendo sido devuelta la notificaciónpor el servicio de Correos con la indicación de desconocido, espor lo que, se le requiere por medio del presente, para que com-parezca en las oficinas de esta Unidad, sita en calle Padre PedroAyala número 75 - 79 - 41005, de Sevilla durante las horas de9 a 14 en días hábiles, excepto sábados, a fin de darse por en-terado y señalar el domicilio legal donde ser notificado, de con-formidad con lo preceptuado en el artículo 9 del Reglamento deRecaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad So-cial, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de Junio,(BOE del día 25-06-04).Como interesada se le notifica que losbienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recau-dación Ejecutiva, según se transcribe en RELACIÓN adjunta, aefectos de su posible venta en pública subasta, si no se realizael pago de la deuda.

Al mismo tiempo, también hago saber que, con el fin deasegurar el adeudo a la Seguridad Social por los conceptos deRégimen General. Importe deuda: principal 31.211,70 euros,recargo 6.242,34 euros, intereses 2.226,70 euros, costas deven-gadas 0,00 euros, costas e intereses presupuestados 0,00 euros,total 39.680,74 euros.,por lo que se procede para conocimientodel deudor a la publicación del presente en el «Boletín Oficial»de la provincia, en el tablón de edictos del ayuntamiento y enlas oficinas de esta Unidad.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta.No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada,podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quincedías, a contar desde el siguiente al de la presente notificación.En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, seaplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consi-deradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de losbienes, no excediera del 20 % de la menor, se estimará comovalor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario,la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios oasociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designa-ción de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoraciónen plazo no superior a quince días desde su designación. Dichavaloración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estarcomprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, yservirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Segu-ridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 dejunio, (BOE del día 25).

ADVERTENCIA: SE HACE CONSTAR QUE EL IMPORTE DE VA-LORACIÓN QUE SE COMUNICA SE REVALORIZARA AUTOMÁTI-CAMENTE SEGÚN EL I.P.C. VIGENTE A LA FECHA DE LA PRO-PUESTA DE LA SUBASTA.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demásefectos pertinentes al destinatario en su condición de deudor seexpide la presente notificación.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS(CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS)

DEUDOR: VIAJES PLATÓN, S.L.DATOS FINCA URBANA.IMPORTE DE TASACIÓN: 153.066,00 euros.

URBANA: EN EL EDIFICIO EN CONSTRUCCIÓN EN AYAMON-TE, CON FACHADAS A LAS CALLES BAILEN, ISLA CRISTINA YADUANA. NUMERO 22. LOCAL COMERCIAL NUMERO 8. ESTA SI-TUADO EN LA PLANTA BAJA DEL PORTAL 4. ES TOTALMENTEDIÁFANO CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 41 METROS,31 DECÍMETROS CUADRADOS. TIENE ACCESO DIRECTO DESDEEL EXTERIOR POR LA CALLE ADUANA. LINDA: AL NORTE, CONCERRAMIENTO Y JUNTA DE DILATACIÓN QUE LE SEPARA DELLOCAL NUMERO 7; SUR, CON EL PORTAL DE ACCESO A LAS VI-VIENDAS DEL PORTAL 4; ESTE, CON EL LOCAL NUMERO 9-A; YAL OESTE, CON LA CALLE ADUANA. INSCRITA LA REFERIDAFINCA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE AYAMONTE(HUELVA), EN CUANTO AL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITU-LO DE COMPRAVENTA, A NOMBRE DE LA SOCIEDAD VIAJESPLATÓN, S.L. AL TOMO 862, DEL LIBRO 217, CON EL NUMERO DEFINCA 9.783. IDUFIR Nº 21002000094583. REFERENCIA CATASTRALNUMERO: 1200204PB4210S0022AE.

Recursos: Contra el acto notificado, que no agota la vía ad-ministrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Direc-ción Provincial en Sevilla de la Tesorería General de la Seguri-dad Social, en el plazo de un mes, contado a partir de su publi-cación, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Ge-neral de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Le-gislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significán-dose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin laprevia aportación de garantías para el pago de la deuda. Trans-currido el plazo de tres meses desde la interposición de dichorecurso de alzada sin que recaiga resolución expresa , el mismopodrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, lo quese comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 42.4de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedi-miento Administrativo Común.

Sevilla a 4 de marzo de 2011.—El Recaudador Ejecutivo,Antonio Sayago García.

3D-4577

Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/05

El Jefe de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva número05, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Hace saber: En el expediente administrativo de apremionúmero 41 06 90 00330077, que se instruye en esta Unidad a micargo contra la deudora «Industrias M.L.», S.A., por débitos ala Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial dela Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 25 de marzo de2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad de la deudorade referencia, que le fueron embargados en procedimiento ad-ministrativo de apremio seguido contra la misma, procédase ala celebración de la citada subasta el día 19 de mayo de 2011,a las 10.30 horas, en calle Pablo Picasso n.º 3, de Sevilla, y ob-sérvense en su trámite y realización las prescripciones de losartículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación dela Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004,de 11 de junio («BOE» del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta suventa, así como su tipo de subasta, son los indicados en rela-ción adjunta.

Notifíquese esta providencia a la deudora, a los terceros po-seedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignora-ticios y a los condueños, con expresa mención de que en cual-quier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar losbienes embargados, pagando el importe total de la deuda, in-

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cluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimien-to, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el pre-sente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar endicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipode subasta, serán los indicados en la providencia de subasta.

2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títu-los de propiedad que se hayan aportado al expediente, no te-niendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienesen el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante elcual puede efectuarse la inmatriculación en los términos pre-venidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en losdemás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les in-teresa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsis-tentes, no destinándose el precio del remate su extinción.

4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, con-forme al modelo oficial establecido al efecto por la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presen-tación de las mismas hasta el día 18 de mayo de 2011. Simul-táneamente a la presentación de la oferta el licitador deberáconstituir depósito, acompañando a cada postura cheque con-formado extendido a nombre de la Tesorería General de la Se-guridad Social, por importe, en todo caso, del 25% del tipo desubasta.

5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75%del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta,constituyendo en el acto un depósito del 30% del tipo fijadopara la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamen-te postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberánguardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2% del tipode subasta.

7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso encuenta, cheque conformado expedido a nombre de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la di-ferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del de-pósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes alde la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además,se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir porlos mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origi-ne la no efectividad de la adjudicación.

8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anteriora la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, inte-reses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en sucaso, a la devolución de los cheques que se hubieran formali-zado para la constitución del depósito.

9. A la deudora le asiste el derecho a presentar tercero quemejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme alapartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazode tres días hábiles, contados a partir de la fecha de su celebra-ción.

10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podráejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión delcertificado de adjudicación o de la escritura pública de venta, yen el plazo máximo de treinta días; en este caso se adjudicaráel bien subastado notificándose así a la deudora y al adjudica-tario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido y,en su caso, el resto del precio satisfecho.

11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedaddel bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, seránsiempre a cargo del adjudicatario.

12. Mediante el presente anuncio se tendrá por notificados,a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desco-nocido.

13. En lo no dispuesto expresamente en el presente anun-cio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento Ge-neral de Recaudación citado.

Advertencias:Para cualquier información relativa a la subasta los intere-

sados podrán consultar en la dirección de Internet siguiente:"HTTP://WWW.SEG-OCIAL.ES/INDEXMUEBLES.HTML"

Relación adjunta de bienes que se subastanDEUDORA: «INDUSTRIAS M.L.», S.A.

LOTE N.º 1

DATOS FINCA NO URBANA

NOM. FINCA: SAN VICENTE F. RTRAL 8220. PROVINCIA: SEVILLALOCALIDAD: UTRERA. TERMINO UTRERACULTIVO: OLIVAR. CABIDA: 8, 7700 HALINDE N: HIJUELA DEL JUNQUILLO. LINDE E: OLIVARES DE

SOFIA FDEZ. LINDE S: VEREDA CAÑADA DE MARCHENA. LINDE O:OLIVAR CARMEN NOGUES GAVIRA

DATOS REGISTRO

N.º REG.: N.º TOMO: 1707. N.º LIBRO: 636. N.º FOLIO: 217. N.º FINCA: 8220IMPORTE DE TASACIÓN: 253.284,96 €TIPO DE SUBASTA: 253.284,96 €

DESCRIPCIÓN AMPLIADA

SUERTE DE OLIVAR LLAMANDA SAN VICENTE, AL SITIO DE LAHIGUERA, PAGO DEL JUNQUILLO, TERMINO DE UTRERA.OCHO HEC-TAREAS Y SETENTA Y SIETE AREAS.LINDA; AL NORTE, CON LA HI-JUELA DEL JUNQUILLO O CAMINO DE PIEDRA HINCADA; AL SUR,CON VEREDA DE LA CAÑADA DE MARCHENA O DE PAJARERO; ALESTE CON OLIVARES DE SOFIA FDEZ HEREDIA Y DEIRO Y SRA.VIUDADE MANUEL BOZA PEREZ; AL OESTE CON OLIVAR DE HEREDEROS DECARMEN E ISABEL NOGUES GAVIRA. INSCRITA A NOMBRE DE AGRO-PECUARIA CONSOLACION SL CON EL 100% PLENO DOMINIO POR TI-TULO DE ADJUDICACION CON HIPOTECA UNILATERAL A FAVOR DELA TESORERIA GRAL S.S., EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEUTRERA 1.

LOTE N.º 2

DATOS FINCA NO URBANA

NOM.FINCA: EL TESORILLO. F.RTRAL 2454. PROVINCIA: SEVILLALOCALIDAD: UTRERA. TERMINO: UTRERACULTIVO: OLIVAR. CABIDA: 2,1000 HALINDE N: OLIVAR ENRIQUE GARCIA RGUEZ. LINDE E: EDUARDO

NAVARRO SOTOMAYOR. LINDE S: CAÑADA O VEREDA MARCHENA.LINDE O:OLIVAR ENRIQUE GARCIA RGUEZ.

DATOS REGISTRO

N.º REG.: N.º TOMO: 1707. N.º LIBRO: 636. N.º FOLIO: 220. N.º FINCA: 2454IMPORTE DE TASACIÓN: 58.268,51 €TIPO DE SUBASTA: 58.268,51 €

DESCRIPCIÓN AMPLIADA

SUERTE DE OLIVAR LLAMANDA EL TESORILLO, EN EL PAGO DELA CAÑADA DE MARCHENA, TERMINO DE UTRERA.CABIDA DOSHECTAREAS, UN AREA.LINDA; AL NORTE Y OESTE , CON OLIVAR DEENRIQUE GARCIA RODRIGUEZ; ESTE, EDUARDO NAVARRO SOTOMA-YOR; SUR, CAÑADA O VEREDA DE MARCHENA LLAMADA TAMBIENDE PAJARERO. INSCRITA A NOMBRE DE AGROPECUARIA CONSOLA-CION SL CON EL 100% PLENO DOMINIO POR TITULO DE ADJUDICA-CION CON HIPOTECA UNILATERAL A FAVOR DE LA TESORERIA GRALS.S. EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE UTRERA 1.

LOTE N.º 3

DATOS FINCA NO URBANA

NOM.FINCA: LA DEL POZO. F.RTRAL 2459. PROVINCIA: SEVILLALOCALIDAD: UTRERA. TERMINO: UTRERACULTIVO: OLIVAR. CABIDA: 3, 5600 HALINDE N: CALERONES. LINDE E: CALERONES. LINDE S: CAÑADA

DE MARCHENA. LINDE O: OLIVAR FABRICA IGLESIA STA MARIA.

DATOS REGISTRO

N.º REG.: N.º TOMO: 988. N.º LIBRO: 335. N.º FOLIO: 76. N.º FINCA: 2459IMPORTE DE TASACIÓN: 102.974,50 €TIPO DE SUBASTA: 102.974,50 €

DESCRIPCIÓN AMPLIADA

SUERTE DE OLIVAR CONOCIDA POR LA DEL POZO O CALERO-NES, PAGO DE LA LINERA, TERMINO DE UTRERA,CABIDA DE 3,56HA.LINDA: NORTE Y ESTE, CON CALERONES QUE FUERON DE VA-LENTIN GIL; SUR, CON LA CAÑADA DE MARCHENA; OESTE, CON OLI-VAR QUE FUE DE LA FABRICA DE LA IGLESIA DE SANTA MARIA DELA MESA DE UTRERA. INSCRITA A NOMBRE DE AGROPECUARIA CON-

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 21

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SOLACION SL CON EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DECOMPRAVENTA CON HIPOTECA UNILATERAL A FAVOR DE LA TESO-RERIA GRAL S.S., EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDA DE UTRERA 1.

LOTE N.º 4

DATOS FINCA NO URBANA

NOM.FINCA: SAN VICENTE. F.RTRAL 8221. PROVINCIA: SEVILLALOCALIDAD: UTRERA. TERMINO: UTRERACULTIVO: OLIVAR. CABIDA: 8, 7700 HA. LINDE N: RESTO DE

FINCA SEGREGADA. LINDE E: F. MANUEL JIMENEZ MENA. LINDE S:VEREDA CAÑADA DE MARCHENA. LINDE O: OLIVAR CARMEN NO-GUES GAVIRA.

DATOS REGISTRO

N.º REG.:N.º TOMO: 1546. N.º LIBRO: 567. N.º FOLIO: 42. N.º FINCA: 8221

IMPORTE DE TASACIÓN: 253.284,96 €

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES

CAJA RURAL DEL SUR SCC. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE:555.767,77 €. TIPO DE SUBASTA: 253.284,96 €.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA

SUERTE DE OLIVAR, PARTE DE LA LLAMADA SAN VICENTE, ALSITIO DE LA LINERA Y MANQUILLA, DEL PAGO DEL JUNQUILLO, DELTERMINO DE UTRERA, DE 8,77 HA. LINDA: NORTE, RESTO DE FINCADONDE SE SEGREGO LA QUE SE DESCRIBE, QUE FUE ADJUDICADA AJOSEFA DOMINGUEZ SANZ Y OLIVARES DE IGNACIO FDEZ.DEL CAS-TILLO..SUR, CON LA VEREDA DE LA CAÑADA DE MARCHENA. ESTE,CON FINCA QUE FORMO UNA SOLA CON LA QUE SE DESCRIBE QUEFUE DE MANUEL JIMENEZ MENA. INSCRITA A NOMBRE DE «AGRO-PECUARIA CONSOLACION», S.L., CON EL 100% PLENO DOMINIO PORTITULO DE APORTACION CON HIPOTECA UNILATERAL A FAVOR DELA TESORERIA GRAL. S.S., EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEUTRERA 1.

Alcalá de Guadaíra (Sevilla) a 28 de marzo de 2011.—LaRecaudadora Ejecutiva.—Fdo.: Manuela Rodríguez Rodrí-guez.

7D-4576

Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/10Edicto de anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA-603)

La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/10 deSevilla.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio,número 4110000900121509, que se instruye en esta Unidad ami cargo contra el deudor, David Marshall Diseños, S.A., pordébitos a la Seguridad Social, en cumplimiento de lo estipula-do en el artículo 117.1, párrafo dos del Reglamento General deRecaudación de la Seguridad Social, y, se ha dictado por el Di-rector Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Socialla siguiente:

«Providencia: Una vez autorizada, con fecha, 25 de marzode 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudorde referencia, que le fueron embargados en procedimiento ad-ministrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase ala celebración de la citada subasta el día 12 de Mayo de 2011 ,a las 11:00 horas, en c/ Pablo Picasso, s/n, Sevilla, y obsérven-se en su trámite y realización las prescripciones de los artículos114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Segu-ridad Social, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11de junio (BOE del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta,así como el tipo de subasta son los indicados en relación ad-junta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros pose-edores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignorati-cios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con ex-presa mención de que, en cualquier momento anterior a la ad-judicación podrán liberar los bienes embargados pagando elimporte total de la deuda, incluido el principal, recargo, intere-ses y costas del procedimiento en cuyo caso se suspenderá lasubasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el pre-sente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar endicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipode subasta serán los indicados en la Providencia de Subasta.

2. Que los licitadores habrán de conformarse con los tí-tulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no te-niendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienesen el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante elcual puede efectuarse la inmatriculación en los términos preve-nidos por el artículo 119.b) de la Ley Hipotecaria, y, en losdemás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les in-teresa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsis-tentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado,conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesore-ría General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la pre-sentación de las mismas 11-05-2011 (inclusive). Simultánea-mente a la presentación de la oferta el licitador deberá consti-tuir depósito, acompañando a cada postura cheque conformadoextendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad So-cial, por importe, en todo caso, del 25 % del tipo de subasta.

5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75% del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subas-ta, constituyendo en el acto un depósito del 30 % del tipo fijadopara la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamentepostura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6. Las posturas verbales que se vayan formulando debe-rán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 % deltipo de subasta.

7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso encuenta, cheque conformado expedido a nombre de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la di-ferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del de-pósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes alde la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Ademásse le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir porlos mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origi-ne la no efectividad de la adjudicación.

8. La subasta se suspenderá en cualquier momento ante-rior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda,intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo ensu caso, a la devolución de los cheques que se hubieran forma-lizado para la constitución del depósito.

9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero quemejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conformeal apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en elplazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su ce-lebración.

10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podráejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión delcertificado de adjudicación o de escritura pública de venta y enel plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el biensubastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al quese le devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en sucaso, el resto del precio satisfecho.

11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedaddel bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, seránsiempre a cargo del adjudicatario.

12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notifica-dos, a todos los efectos legales, a los deudores con domiciliodesconocido.

13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anun-cio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento Ge-neral de Recaudación citado.

Advertencias:

Para más información de la subasta, los interesados podránconsultar la página de internet HTPP: //WWW.SEG.SOCIAL.ES.

22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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Contra el acto notificado, que no agota la vía administrati-va, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la DirecciónProvincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en elplazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el inte-resado, conforme a los dispuesto en el artículo 34 del Texto Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado porReal Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día29), significándose que el procedimiento de apremio no se sus-penderá sin la previa aportación de garantías para el pago de ladeuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposi-ción de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución ex-presa, el mismo podrá entenderse desestimado, según disponeel artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de laSeguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, (BOE del día 27), de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo es-tablecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Sevilla a 1 de abril de 2001.—La Recaudadora Ejecutiva,Ana Gómez Fernández.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES INMUEBLESQUE SE SUBASTAN

DEUDOR: DAVID MARSHALL DISEÑOS, S.A.LOTE NÚMERO: 02.FINCA NÚMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA

DESCRIPCIÓN FINCA: NAVE INDUSTRIAL (100% PLENO DO-MINIO).

TIPO DE VÍA: CL NOMBRE VÍA: CORTIJO RAMÍREZ-CL A.NÚM. VÍA: 68

BIS-Nº VÍA: ESCALERA PISO: PUERTA: COD-POST:41008.

DATOS REGISTRO

Nº REG: SEVILLA 5. Nº TOMO: 2064. Nº LIBRO: 2063. NºFOLIO: 0001. Nº FINCA: 86674.

IMPORTE DE LA TASACIÓN: 647.605,79.CARGAS QUE DEBERÁN QUEDAR SUBSISTENTESTIPO DE SUBASTA:647.605,79

DESCRIPCIÓN AMPLIADA

URBANA. UNA NAVE INDUSTRIAL DE UNA SOLA PLANTA,CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE 500 M2 QUE OCUPA ENLA FINCA SOBRE LA QUE SE UBICA. TIENE FORMA RECTANGU-LAR CON 20 M. DE FACHADA Y 25 M. DE FONDO. ESTA CONS-TRUIDA SOBRE UNA PARCELA DE TERRENO PROCEDENTE DELA SEÑALADA CON EL NÚM. 68-B, EN EL PLANO PARCELARIODE LA URBANIZACIÓN INDUSTRIAL "CORTIJO RAMÍREZ", EN SE-VILLA, CON UNA SUPERFICIE DE 1.500 M2 DE FORMA RECTAN-GULAR. APARECE INSCRITA A FAVOR DE DAVID MARSHALL DI-SEÑOS, S.A. DEL PLENO DOMINIO.

Sevilla a 1 de abril de 2011.—La Recaudadora Ejecutiva,Ana Gómez Fernández.

3D-4575

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA———

Casa de la Provincia

Este Organismo Autónomo Casa de la Provincia ha forma-lizado, con fecha 16 de marzo de 2011, el contrato que a conti-nuación se relaciona con el contratista que se indica y en elprecio que se señala. Lo que se hace público en cumplimientode lo previsto en el art. 138, apartado 2, de la Ley 30/2007, de

30 de octubre, modificada por la Ley 34/2010, de Contratosdel Sector Público.

— Contrato: Servicio de seguridad y vigilancia para Casade la Provincia.

— Contratista: «Magasegur», S.L.— Importe adjudicado (sin IVA): 233.271,36 €.

En Sevilla a 22 de marzo de 2011.—El Vicepresidente deCasa de la Provincia, Carlos Márquez Miranda.

7W-3773

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Tribunal Superior de Justiciade Andalucía.—Sevilla

———

SALA DE LO SOCIAL

La Sala de lo Social con sede en Sevilla del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía.

Hace saber: Que en el recurso de suplicación núm.2298/10 (actualmente en trámite de recurso de casación paraunificación de doctrina núm. 24/11 RE), dimanante de losautos 327/09, seguidos por el Juzgado de lo Social núm. dosde los de Sevilla, se ha dictado por esta Sala la resolución queliteralmente dice:

Iltmos. señores:

Doña María Elena Díaz Alonso, Presidente.

Doña María Gracia Martínez Camarasa.

Don José Joaquín Pérez-Beneyto Abad.

Don Benito Recuero Saldaña.

En Sevilla a 29 de marzo de 2011.

La Sala de lo Socia del Tribunal Superior de Justicia deAndalucía con sede en Sevilla, compuesta por los Iltmos.señores citados al margen.

En nombre del Rey.

Ha dictado el siguiente.

Auto.En el recurso de casación para la unificación de doctrina,

contra la sentencia número 3609/10, recaída en este rollo, pre-parado por el Letrado señor don Ignacio Gutiérrez García, ennombre y representación de Umivale; ha sido Ponente elIltmo. señor don Benito Recuero Salada, Magistrado.

Hechos.Primero.—Con fecha 21-12-10, este Tribunal dictó la refe-

rida sentencia, en la que se desestima el recurso de suplicacióninterpuesto por la representación legal de Umivale contra lasentencia dictada por el Juzgado de lo Social número dos delos de Sevilla, en autos 327/09.

Segundo.—Según consta en el rollo, la sentencia se noti-ficó a la parte recurrente el día 10-01-11.

Tercero.—El día 19-01-11, se recibió en este Tribunalescrito formulado por el Letrado señor don Ignacio GutiérrezGarcía, en la representación citada, preparando recurso decasación para unificación de doctrina.

Razonamientos jurídicos.Primero.—Como señala el Tribunal Supremo en su Sen-

tencia núm. 3199, de 11 de noviembre de 2009, las exigenciasque ha establecido al interpretar el art. 219.2 LPL, que prevéque el escrito de preparación del recurso contenga «una expo-sición sucinta de la concurrencia de los requisitos exigidos»,implica, según su doctrina unificada, la obligación de identifi-

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car cuál es el núcleo básico de contradicción, o lo que es igual,«la determinación del sentido y alcance de la divergencia entrelas resoluciones comparadas, así como las sentencias concre-tas que se tienen por contradictorias», sin que sea preciso efec-tuar el más detenido «análisis comparativo de las identidadesque constituyen el ámbito propio de la relación precisa y cir-cunstanciada del escrito de interposición». (Ss., entre otras, de22/6/01 en rcud 3006/00, de 26/3/02 en rcud. 2504/01, de18/12/02 en rcud 203/02, de 30/9/03 en rcud 3140/01, y lasvarias más que en ellas se citan).

Rigorismo formal de obligado cumplimiento que, comoseñala la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de junio de1994 (Aranz. 5488), tiene una trascendencia sustancial, todavez que afecta al propio derecho de defensa de las partes inter-vinientes en el litigio.

Segundo.—En el supuesto ahora contemplado, no se dacumplimiento al descrito requisito, ni en lo que se refiere alnúcleo de la contradicción, ni en lo relativo a la mención delas sentencias supuestamente contradictorias. Siendo insubsa-nable tal defecto, pues se trata de una omisión absoluta de losdatos que identifican la contradicción, con lo que no puedeincluirse en el ámbito del artículo 207 de la Ley de Procedi-miento Laboral, ya que éste ha de ser puesto en relación con el193, que describe cuales son los defectos subsanables. Tratán-dose también de una omisión injustificada imputable a quienprepara el recurso, en un trámite que, a diferencia de lo queocurre con el recurso de casación ordinario, exige la interven-ción de Letrado, según es de ver en lo prescrito en los artículo206 y 219 de la referida ley; afectando tal omisión a la regula-ridad de un proceso fundado en el principio, de celeridad, conel consiguiente perjuicio para la parte, que ha obtenido un pro-nunciamiento favorable.

Parte dispositiva.Tenemos por no preparado el recurso de casación para la

unificación de doctrina que se anunció por el Letrado señordon Ignacio Gutiérrez García, en nombre y representación deUmivale y, en consecuencia, se tiene por firme la sentenciadictada por esta Sala.

Notifíquese esta resolución a las partes, con advertencia deque, contra ella, cabe recurso de reposición ante esta Sala,dentro del plazo, de cinco días hábiles siguientes al de la noti-ficación de esta resolución, como preparación -en su caso- delrecurso de queja ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.

Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación y emplazamientoen forma a Avantia Ticsa, S.L., cuyo domicilio o paraderoactual se ignora, expido el presente.

En Sevilla a 29 de marzo de 2011.—La Secretaria, AnaMaria Jiménez Bada.

258-4523

Juzgado de lo Social———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número unode Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecuciónnúm. 275/2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instan-cia de María Dolores Martín Semprun, contra Foince, S.L., enla que con fecha 26 de enero de 2011, se ha dictado auto quesustancialmente dice lo siguiente:

Auto:En Sevilla a 18 de febrero de 2011.

Dada cuenta y;

Hechos:Primero.—El 7 de octubre de 2010 se dictó sentencia por

la que se declaró nulo el despido de la actora.

Segundo.—La empresa Foince, S.L., declarada en con-curso, se encuentra cerrada, habiendo cesado en su actividad.

Tercero.—El 14 de febrero de 2011 se celebró compare-cencia.

Fundamentos jurídicos:Único.—Constando el cierre de la empresa y el cese de la

actividad, y no siendo posible la readmisión acordada, pro-cede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 284L.P.L., declarar extinguida al día de la fecha, la relación labo-ral que vincula a las partes con condena a Foince, S.L., a abo-nar a la actora la indemnización y salarios de trámite corres-pondientes.

En atención a lo expuesto.

S.Sª acuerda: Declarar extinguida, al día de a fecha, larelación laboral que vincula a doña Dolores Martín Sempruncon Foince, S.L., declarada en concurso, y condenar a lademandada a que abone a la actora las siguientes cantidades:17.312,40 euros en concepto de indemnización y 5.642,56euros en concepto de salarios de trámite, en total 22.954,96euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma podrán interponer recurso de repo-sición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazode cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notifi-cación, con expresión de la infracción cometida a juicio delrecurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Parala admisión del recurso deberá previamente acreditarse consti-tución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado núm. 4020 0000 64065810,debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de unrecurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», deconformidad con lo establecido en la Disposición adicionalDecimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo con-currencia de los supuestos de exclusión previstos en la mismay quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídicagratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria,habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 420005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de loSocial número uno de Sevilla, y en «Observaciones» se con-signarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indi-cando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio)el código «30» y «Social-Reposición».

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número uno de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—El Secretario.

Y para que sirva de notificación en forma a Foince, S.L.,cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el pre-sente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resolu-ciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas enlos estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la formade autos, sentencias o se trate de emplazamientos, y todasaquellas otras para las que la ley expresamente disponga otracosa.

En Sevilla a 18 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial. (Firma ilegible.)

40-2740

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número unode Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecuciónnúm. 255/2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instan-cia de Vicente Jesús Muesas Molero, contra Teisur Automati-zación y Servicios Industriales, S. Coop. A., en la que confecha 14 de febrero de 2011, se ha dictado auto que sustancial-mente dice lo siguiente:

24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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Auto:En Sevilla a 14 de febrero de 2011.

Dada cuenta y;

Antecedentes de hecho:Primero.—En fecha 21 de octubre de 2009, se dictó por

este Juzgado, sentencia por la que se declaraba improcedenteel despido del actor, don Vicente Jesús Muesas Molero, cuyaantigüedad de 10 de octubre de 2007 con la empresa «TeisurAutomatización y Servicios Industriales S. Coop. A.», concategoría profesional de peón de mecánico de mantenimientoindustrial y salario diario de 36,79 euros/día.

Segundo.—Solicitada la ejecución de la mencionada sen-tencia, se citó a las partes para comparecencia, la cual se cele-bró el día 26 de enero de 2011, con inasistencia de la partedemandada.

Fundamentos jurídicos:Primero.—Vista la incomparecencia de la demandada y las

manifestaciones efectuadas por la parte actora es procedente,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 279.2.a de laL.P.L., declarar extinguida la relación laboral que vincula a laspartes, con derecho a la indemnización y salarios de trámiteexpresamente recogidos en los apartados b y c del citado pre-cepto, a la vista de los datos obrantes en los informes de vidalaboral.

En atención a lo expuesto.

S.Sª acuerda: Declarar extinguida la relación laboral quevincula a don Vicente Jesús Muesas Molero con Teisur Auto-matización y Servicios Industriales, S. Coop. A., con fecha 26de enero de 2011, con obligación de la empresa demandada deabonar las siguientes cantidades: en concepto de indemniza-ción por despido la cantidad de 5.453,97 euros y en conceptode salarios dejados de percibir la cantidad de 11.441,69 euros,haciendo un total de 16.895,66 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtién-doles que contra la misma cabe interponer recurso de reposi-ción en el plazo de cinco días y, una vez notificada esta resolu-ción, procédase al archivo provisional de las presentesactuaciones hasta que por la actora se solicite lo que a su dere-cho convenga.

Así lo manda y firma la Ilma. señora doña Aurora BarreroRodríguez, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Sevilla y su provincia.

Y para que sirva de notificación en forma a Teisur Auto-matización y Servicios Industriales, S. Coop. A., cuyo actualdomicilio o paradero se desconocen, libro el presente edictoque se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia deSevilla, con la prevención de que las demás resoluciones querecaigan en las actuaciones, le serán notificadas en los estra-dos del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma deautos, sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aque-llas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 14 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial. (Firma ilegible.)

40-2774

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 182/2010.Negociado: ENIG: 4109144S20090003672.De: Doña Soledad Roldán Ruiz.Contra: Servicios Integrales de Mantenimiento y Limpieza

Fetema, S.L.Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 182/2010, a instancia de la parte actora doñaSoledad Roldan Ruiz contra Servicios Integrales de Manteni-

miento y Limpieza Fetema, S.L., sobre Ejecución de títulosjudiciales se ha dictado resolución de fecha 12/03/10, del tenorliteral siguiente:

Decreto

Secretaria Judicial doña Rosa María Rodríguez Rodríguez

En Sevilla a 14 de marzo de 2011

Antecedentes de hechoPrimero.—En el presente procedimiento seguido entre las

partes, de una como ejecutante doña Soledad Roldán Ruiz y deotra como ejecutada/s Servicios Integrales de Mantenimiento yLimpieza Fetema SL, se dictó resolución judicial despachandoejecución para cubrir un total de 4.068 €. de principal, mas813,6 €. presupuestados para intereses gastos y costas.

Segundo.—Por resolución de fecha 18/11/10 se dio tras-lado al Fondo de Garantía Salarial a fin de que instase la prác-tica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos.

Fundamentos de derechoÚnico.—Dispone el art 274.1 y 2 de la LPL que previa-

mente a la declaración de insolvencia, si el Fondo de GarantíaSalarial no hubiere sido llamado con anterioridad, la Secreta-rio Judicial le dará audiencia, por un plazo máximo de quincedías, para que pueda instar la práctica de las diligencias que asu derecho convenga y designe los bienes del deudor principalque le consten.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación,

Parte dispositivaAcuerdo: Declarar al/los ejecutado/s Servicios Integrales

de Mantenimiento y Limpieza Fetema, S.L., en situación deinsolvencia que se entenderá a todos los efectos como provi-sional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución caberecurso directo de revisión que deberá interponerse ante quiendicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientesa la notificación de la misma con expresión de la infraccióncometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficia-rio de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en el núm. de cuenta deeste Juzgado núm. debiendo indicar en el campo concepto, laindicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Siel ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberáincluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con laindicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión".Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especi-ficar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otrosrecursos de la misma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando elformato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todocaso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autóno-mas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación al demandado ServiciosIntegrales de Mantenimiento y Limpieza Fetema, S.L., actual-mente en paradero desconocido, expido el presente para supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con laadvertencia de que las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, senten-cia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 14 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,Rosa María Rodríguez Rodríguez.

253F-3670

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 25

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tresde Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecuciónnúmero 19/2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a ins-tancia de José Luis García González, Francisco Manuel Asen-cio Antúnez y Rubén Morales Pernía, contra Fondo de Garan-tía Salarial y Aluminios y Montajes Los Alcores, S.L., en laque con fecha 9 de febrero de 2011, se ha dictado auto generalde ejecución y decreto de ejecución que sustancialmente dicelo siguiente:

Diligencia: En Sevilla a 9 de febrero de 2011.

La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que se hadado cumplimiento al requerimiento efectuado a la parte eje-cutante, de lo que paso a dar cuenta a S.Sª Ilma., doy fe.

Auto: En Sevilla a 9 de febrero de 2011.

Dada cuenta y;

Hechos:Primero.—En los autos de referencia, seguidos a instancia

de José Luis García González, con NIF número 47005357-G;Francisco Manuel Asencio Antúnez, con NIF 34037795-A, yRubén Morales Pernía, con NIF 15414416-T, contra Fondo deGarantía Salarial, y Aluminios y Montajes Los Alcores, S.L.,con CIF B-91609685, se dictó auto extintivo de la relaciónlaboral con fecha 20 de octubre de 2010, por el que se fijabanlas indemnizaciones y los salarios de tramitación que se indi-can en el mismo y que ascendían a las siguientes cantidades:

A don Francisco Manuel Asencio Antúnez, 7.433,25 eurosen concepto de indemnización, más 20.903,20 euros en con-cepto de salarios de tramitación.

A don José Luis García González, 7.422,25 euros en con-cepto de indemnización, más 20.903,20 euros en concepto desalarios de tramitación.

A don Rubén Morales Pernía, 3.505,95 euros en conceptode indemnización, más 12.050,80 euros en concepto de sala-rios de tramitación.

Totalizando lo reclamado por los trabajadores la suma de72.228,93 euros, resolución que damos por reproducida.

Segundo.—Dicha resolución judicial es firme.

Tercero.—Que se ha solicitado la ejecución de la resolu-ción por la vía de apremio, toda vez que por la demandada nose ha satisfecho el importe de las cantidades objeto de la con-dena en el plazo de veinte días desde la notificación de la sen-tencia.

Cuarto.—La parte demandada se encuentra en paraderodesconocido, habiendo sido notificada mediante edicto apublicarse en el BOP de Sevilla.

Razonamientos jurídicos:Primero.—Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional,

juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de proce-sos, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunalesdeterminados por las leyes, según las normas de competenciay procedimiento que las mismas establezcan, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Espa-ñola y artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segundo.—Que de conformidad con lo dispuesto en losartículos 235 de la LPL, 549 y concordantes de la Ley deEnjuiciamiento Civil, siempre que sea firme una sentencia seprocederá a su ejecución transcurrido el plazo de espera delartículo 548 de la LEC, únicamente a instancia de parte, por elMagistrado que hubiere conocido del asunto en primera ins-tancia, y una vez solicitada se acordará la procedencia de laejecución frente a la ejecutada y el importe de la misma.

Tercero.—Conforme al artículo 551 de la Ley de Enjuicia-miento Civil:

Presentada la demanda ejecutiva, el Tribunal, siempre queconcurran los presupuestos y requisitos procesales, el título

ejecutivo no adolezca de ninguna irregularidad formal y losactos de ejecución que se solicitan sean conformes con lanaturaleza y contenido del título, dictará auto conteniendo laorden general de ejecución y despachando la misma.

El citado auto expresará:

1.º La persona o personas a cuyo favor se despacha la eje-cución y la persona o personas contra quien se despacha ésta.

2.º Si la ejecución se despacha en forma mancomunada osolidaria.

3.º La cantidad, en su caso, por la que se despacha la eje-cución, por todos los conceptos.

4.º Las precisiones que resulte necesario realizar respectode las partes o del contenido de la ejecución, según lo dis-puesto en el título ejecutivo, y asimismo respecto de las parteso del contenido de la ejecución, según lo dispuesto en el títuloejecutivo, y asimismo respecto de los responsables personalesde la deuda o propietarios de bienes especialmente afectos a supago o a los que ha de extenderse la ejecución, según lo esta-blecido en el artículo 538 de esta ley.

Cuarto.—Encontrándose la ejecutada en paradero desco-nocido, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artí-culo 248 de la LPL, librar oficio a los pertinentes organismosy registros públicos a fin de que faciliten la relación de todoslos bienes y derechos del deudor de los que tengan constancia,debiéndose dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial a finde que inste las diligencias que a su derecho interesen, de con-formidad con lo previsto en el artículo 274 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Parte dispositiva:S.Sª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución frente a la

empresa, Aluminios y Montajes Los Alcores, S.L., con CIFnúmero B-91609685, a favor de los ejecutantes, don José LuisGarcía González, con NIF número 47005357-G; don Fran-cisco Manuel Asencio Antúnez, con NIF 34037795-A, y donRubén Morales Pernía, con NIF 15414416-T, por el importede 72.228,93 euros en concepto de principal, más 21.000 eurosprovisionalmente calculados en concepto de intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse en lo resuelto en laforma y plazo conforme previene la LEC.

Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo.señor don Francisco Manuel de la Chica Carreño, Magistrado-Juez de lo Social número tres de Sevilla. Doy fe.—El Magis-trado-Juez. El Secretario.

Decreto:Secretario del Juzgado de lo Social número tres de Sevilla,

don Nicolás Alcalá Pedrajas.

Sevilla a 9 de febrero de 2011.

Antecedentes de hecho:Primero.—Con fecha 9 de febrero de 2011, por el Magis-

trado-Juez de este Juzgado, se ha dictado auto de orden gene-ral de ejecución y despacho de la misma, en el que en su partedispositiva se acuerda despachar ejecución frente a Aluminiosy Montajes Los Alcores, S.L., con CIF número B-91609685, afavor de José Luis García González, Francisco Manuel Asen-cio Antúnez y Rubén Morales Pernía, por importe de72.228,93 euros de principal, más 21.000 euros en concepto deintereses y costas provisionalmente presupuestadas, y que sedesglosan conforme se establece en el Hecho Primero del autogeneral de ejecución.

Segundo.—Que la empresa Aluminios y Montajes LosAlcores, S.L., se encuentra en paradero desconocido, habién-dose notificado lo actuado en el presente procedimiento,mediante edictos a publicarse en el BOP de Sevilla.

Fundamentos de derecho:Primero.—Dictado el auto despachando ejecución por el

Tribunal, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en

26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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el mismo día o en el siguiente día hábil dictará decreto con-forme al artículo 551.3 de la LEC.

Segundo.—No siendo necesario en la ejecución de lostítulos judiciales el previo requerimiento de pago, al tratarsede la ejecución de una resolución judicial, conforme al artículo580.1 de la LEC, procede decretar directamente en esta resolu-ción el embargo de los bienes de la ejecutada, siguiendo elorden de embargo previsto en el artículo 592 de la LEC.

De conformidad con el artículo 589.1 de la LEC, requié-rase al ejecutado para que manifieste relacionadamente bienesy derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución,con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así comoen el caso de bienes inmuebles, si están ocupados, por qué per-sonas y con qué título, con el apercibimiento de que podráimponérsele multas coercitivas periódicas si no respondieredebidamente a este requerimiento; requiérase igualmente a laparte ejecutante para que facilite relación de bienes de la eje-cutada frente a los que trabar embargo para hacer frente a lapresente ejecución.

El ejecutante puede solicitar en la demanda (artículo549.1.4º) las medidas de investigación de los bienes y dere-chos del ejecutado, siempre que exprese, como en este caso,las razones por las que estima que la entidad, organismo,registro o persona de que se trata dispone de informaciónsobre el patrimonio del ejecutado y que aquél no pudiera obte-ner por sí mismo o a través de su procurador debidamentefacultado al efecto por su poderdante, medidas que pueden lle-varse a efecto de inmediato cuando no es preciso el requeri-miento de pago como previene el artículo 554.1 de la LEC,por lo que procede acceder a lo solicitado y practicarse la ave-riguación patrimonial respecto de la ejecutada.

Tercero.—Encontrándose la ejecutada en paradero desco-nocido procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo248 de la LPL, librar oficio a los pertinentes organismos yregistros públicos a fin de que faciliten la relación de todos losbienes y derechos del deudor de los que tengan constancia,debiéndose dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial a finde que inste las diligencias que a su derecho interesen, de con-formidad con lo previsto en el artículo 247 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Parte dispositiva:Habiéndose dictado orden general de ejecución frente a la

ejecutada, Aluminios y Montajes Los Alcores, S.L., con CIFnúmero B-91609685, a favor de José Luis García González,con NIF número 47005357-G; Francisco Manuel AsencioAntúnez, con NIF 34037795-A, y Rubén Morales Pernía, conNIF 15414416-T, por el importe de 72.228,93 euros en con-cepto de principal, más 21.000 euros en concepto de interesesy costas provisionalmente calculados, y no pudiéndose practi-car diligencia de embargo, al encontrarse la ejecutada en para-dero desconocido, requiérase a la parte ejecutante a fin de queen el plazo de diez días señale bienes, derechos y accionespropiedad de la ejecutada que puedan ser objeto de embargo.

Hallándose la ejecutada en paradero desconocido, notifí-quese esta resolución, junto con el auto de orden general deejecución, a través de edicto a publicar en el «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla.

Concédase audiencia al Fondo de Garantía Salarial paraque en el plazo de quince días inste las diligencias que a suderecho interesen.

En cuanto a la investigación del patrimonio del ejecutado,líbrese oficio al Servicio de Índices del Registro Central deRegistros en Madrid para que facilite la relación de bienes oderechos del ejecutado de los que tengan constancia.

Igualmente, líbrese oficio a la Agencia Tributaria para queproceda al embargo de cualquier devolución de IVA u otracantidad pendiente de ser abonada a la ejecutada, debiéndosetransferir la cantidad resultante del embargo a la cuenta de esteJuzgado.

Hágase saber a las partes que de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domi-cilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónicoo similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizadoscomo instrumentos de comunicación con la oficina judicialdurante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmedia-tamente a la misma.

Modo de impugnación: Contra esta resolución caberecurso directo de revisión, que deberá interponerse en elplazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse lainfracción en que la resolución hubiere incurrido (artículo 454bis LEC). El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de lanotificación, con expresión de la infracción cometida a juiciodel recurrente, y deberá constituir y acreditar al tiempo de lainterposición el depósito para recurrir de veinticinco euros,mediante su ingreso en la cuenta de consignaciones de esteJuzgado número 4022 0000 644 0096309, salvo que el recu-rrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal,el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismoautónomo dependiente, sin cuyos requisitos no se admitirá atrámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en losartículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adi-cional Decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo.—El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a Aluminios yMontajes Los Alcores, S.L., cuyo actual domicilio o paraderose desconoce, libro el presente.

En Sevilla a 9 de febrero de 2011.—El Secretario Judicial,Nicolás Alcalá Pedrajas.

40-2214

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3

En los autos número 1068/09, seguidos en este Juzgado ainstancia de Fundación Laboral de la Construcción contraDomótica y Obras, S.A., se ha dictado sentencia número56/2011, de fecha 11 de febrero de 2011, cuya parte disposi-tiva es del siguiente tenor literal:

Fallo: Estimo la demanda presentada por la FundaciónLaboral de la Construcción frente a la empresa Domótica yObras, S.A., en reclamación de cantidad.

Condeno a la demandada, Domótica y Obras, S.A., a quepague a la Fundación Laboral de la Construcción la suma totalde mil sesenta y siete euros con noventa y nueve céntimos(1.067,99 euros) por los conceptos y periodos ya indicados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, informándoles deque contra la misma no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente enúnica instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación y notificación: En Sevilla a 11 de febrero de2011.

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de lafecha por el Ilmo. señor don Francisco Manuel de la ChicaCarreño, Magistrado Juez de lo Social número tres de Sevillay su provincia, estando celebrando audiencia pública. De todolo cual doy fe.—El Secretario.

Y para que sirva de notificación a la empresa, Domótica yObras, S.A., en ignorado paradero, expido el presente.

En Sevilla a 11 de febrero de 2011.—El Secretario, Nico-lás Alcalá Pedrajas.

40-2356

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3

En el procedimiento 223/09, ejecución número 195/2010,seguido a instancia de doña Ana Pérez García contra LíneaHogar 2000, S.A.U., e Inter Liber, S.A., se ha dictado la reso-lución del tenor literal siguiente:

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 27

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Decreto:Señora Secretaria del Juzgado de lo Social número tres de

Sevilla, doña María José de Góngora Macías.

En Sevilla a 15 de febrero de 2011.

Hechos:Primero.—En la presente ejecución número 195/2010,

seguida en este Juzgado en materia de ejecución de títulosjudiciales, se dictó auto en fecha 15 de julio de 2010 decre-tando el embargo de bienes y derechos de las empresas ejecu-tadas en cuantía suficiente a cubrir el principal de 59.318,61euros, más 5.591,40 euros que provisionalmente se presupues-tan para intereses legales y costas del procedimiento, sin per-juicio de su ulterior tasación.

Segundo.—Se ha practicado, sin pleno resultado, diligen-cia de embargo, desconociéndose tras las gestiones y averigua-ciones oportunas la existencia de bienes suficientes de la partedemandada sobre los que trabar embargo, habiéndose dado lapreceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial en fecha 30de julio de 2010, sin que se haya efectuado alegación algunarespecto a la citada declaración ni designado bienes de las eje-cutadas sobre los que trabar embargo.

Tercero.—Las ejecutadas han sido declaradas en situaciónde insolvencia provisional por el Juzgado de lo Social número5 de Madrid mediante auto de fecha 25 de marzo de 2010, enautos número 308/09, ejecutoria número 214/09.

Fundamentos de derecho:Único: Disponen los artículos 248 y 274 de la Ley de Pro-

cedimiento Laboral que de no tenerse conocimiento de la exis-tencia de bienes del ejecutado en los que hacer traba yembargo se practicarán las averiguaciones procedentes, y deser infructuosas, tras oír al Fondo de Garantía Salarial se dic-tará Decreto declarando la insolvencia total o parcial del eje-cutado, insolvencia que se entenderá a todos los efectos comoprovisional, hasta que se conozcan bienes del ejecutado o serealicen los bienes embargados.

Asimismo, y conforme al apartado 3 del artículo 274 de laL. P. L., la declaración de insolvencia de una empresa consti-tuirá base suficiente para estimar su insolvencia en otras ejecu-ciones, pudiéndose dictar la resolución de insolvencia sinnecesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes, sibien en todo caso se deberá dar audiencia previa a la parte eje-cutante y al Fondo de Garantía Salarial para que puedan seña-lar la existencia de nuevos bienes, sin que se haya efectuadoalegación alguna por este organismo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación.

Parte dispositiva:Declarar a las ejecutadas, Línea Hogar 2000, S.A.U., con

CIF número A-830523365, e Interliber, S. A., con CIF númeroA-80341837, en situación de insolvencia con carácter provi-sional por importe de 59.318,61 euros de principal, más5.591,40 euros que provisionalmente se presupuestan paraintereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio desu ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso de directo de revisión ante este Juzgado de loSocial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. Elrecurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cincodías hábiles contados desde el siguiente de la notificación, conexpresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso de la empresa ejecutadadeberá previamente acreditarse constitución de depósito encuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de esteJuzgado abierta en Banesto número 4022-0000-64-022309,utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en elcampo «concepto» que se trata de un recurso seguido delcódigo «30» y «social-reposición», de conformidad con lo

establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de laL.O. 6/1985, del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número3 de Sevilla, y en «observaciones» se consignarán los 16 dígi-tos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial,indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espa-cio) el código «30» y «social-reposición».

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de9 de julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el«Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Lo acuerdo y mando. Doy fe.—El Secretario.

Y para que les sirva de notificación en forma a las deman-dadas ejecutadas, Línea Hogar 2000, S.A.U., e Interliber, S.A.,en ignorado paradero, expido y firmo la presente.

En Sevilla a 15 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial, Nicolás Alcalá Pedrajas.

40-2357

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3

En los autos número 709/2010, seguidos en este Juzgado ainstancias de Diego Piñas Domínguez contra Tapicería Mora-les, S.L., se ha dictado sentencia número 106/2011 de fecha 24de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

Fallo: 1. Estimo la demanda presentada por Diego PiñasDomínguez frente a Tapicería Morales, S.L., en reclamaciónpor despido.

2. Declaro el despido improcedente y la extinción de larelación laboral con fecha de esta sentencia.

3. Condeno a la demandada, Tapicería Morales, S.L., aque pague al demandante, Diego Piñas Domínguez comoindemnización la cantidad de veintidós mil setecientos veinti-siete euros con veinticinco céntimos (22.727,25 euros).

4. Condeno a la demandada, Tapicería Morales, a quepague al demandante Diego Piñas Domínguez, los salariosdejados de percibir desde el día del despido (inclusive) hastala de esta sentencia.

Esta sentencia no es firme, pues contra la misma caberecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del T.S.J.A.(Sevilla), cuyo anuncio podrá efectuarse mediante manifesta-ción de la parte o de su abogado o representante, en elmomento de hacerle la notificación, por comparecencia anteeste Juzgado o por escrito de la parte o de su abogado o repre-sentante, todo ello en el plazo improrrogable de cinco días acontar desde el siguiente a la notificación de esta sentencia.

Si recurre la empresa condenada, deberá acreditar, al anun-ciar el recurso de suplicación, la consignación del importe dela condena en la c/c no 4022-0000-65, con expresión delnúmero de autos, a efectuar en la entidad Banesto, sucursalsita en calle José Recuerda Rubio de Sevilla, pudiendo susti-tuirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista; así como deberá efec-tuar el ingreso del depósito especial de 150,00 euros en lamisma cuenta y sucursal; todo ello con apercibimiento de que,caso de no efectuarlos, se declarará la inadmisión del recurso.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente enúnica instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación ynotificación.—En Sevilla a 24 de febrero de 2011.

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de lafecha por el Ilmo. Sr. don Francisco Manuel de la Chica

28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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Carreño, Magistrado-Juez de lo Social número tres de Sevillay su provincia, estando celebrando Audiencia Pública.

De todo lo cual Doy fe.—El Secretario.

Y para que sirva de notificación a Tapicería Morales, S.L.,en ignorado paradero, expido el presente.

En Sevilla a 24 de febrero de 2011.—El Secretario, Nico-lás Alcalá Pedrajas.

40-3035

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secreteario Judicial delJuzgado de lo Social número cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 926/2010, a instancia de la parte actora a Joa-quín Pérez Orta contra SISA 2006, S.L., sobre despidos/ceses,en general, se ha dictado resolución de fecha 11 de febrero de2011, del tenor literal sguiente:

Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuestapor don Joaquín Pérez Orta, contra SISA 2006, S.L., en cuyavirtud debo declarar y declaro el mismo como improcedenteel despido, condenando a la empresa, a estar y pasar por estadeclaración así como, a su elección, que deberá verificar enun plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia,bien a radmitir a la parte actora en su puesto de trabajo conlas mismas condiciones que tenía antes del despido, bien aque le indemnice en la cantidad de cuatrocientos dieciséiseuros con treinta y dos céntimos (416,32 euros), más en todocaso a que le abone los salarios dejados de percibir desde eldía del despido (25 de junio de 2010) hasta la notificación deesta sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega decopia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los cinco díashábiles siguientes a la notificación de la presente resolución,mediante escrito, comparecencia o por simple manifestaciónante este Juzgado de lo Social.

Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciarel recurso, el ingreso del importe de la condena en la cuenta deDepósitos y Consignaciones número .027 0000 65, en cual-quier sucursal del Grupo Banesto (Banco Español de Crédito,S.A., y Banco de Vitoria, S.A.), mediante la presentación en laSecretaria del oportuno resguardo, concretando además elnúmero y año del procedimiento.

Al interponer el recurso acreditará, igualmente, el ingresode 150,25 euros en la cuenca de este Juzgado, abierta en elGrupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A., y Banco deVictoria, S.A.), con el número 4027 0000 65, indicando a con-tinuación el núnero y año del procedimiento, mediante entregadel resguardo acreditativo, en la Secretaría de este Juzgado delo Social.

Y mientras dure la sustanciación del recurso, la empresacondenada, en caso de optar por la readmisión, estará obligadaa readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo, en lasmismas condiciones que tenía y con abono de sus salarios,salvo que quiera hacer dicho abano, sin contraprestación porparte de la actora, a menos que opte, antes de interponer elrecuso, por la indemnización.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, SISA2006, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido lapresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 16 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial, Alonso Sevillano Zamudio.

40-2719

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social número cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 149/2010 a instancia de la parte actora doñaAna María Rodríguez Perrero, contra INSS y TGSS, FremapMutua y Residencial Los Pinares, S.C., sobre SeguridadSocial, se ha dictado resolución de fecha 7 de diciembre de2010, del tenor literal siguiente:

Juzgado Social número cuatro de Sevilla.

Procedimiento: incapacidad temporal 149/2010.

Sentencia número 664/2010.—En Sevilla a 7 de diciembrede 2010. Vistos por mí, doña Nieves Rico Márquez, Magis-trada-Juez del Juzgado de lo Social número cuatro de estacapital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre I.T.(cantidad), seguidos en este Juzgado bajo el número 149/2010,promovidos por doña Ana María Rodríguez Ferrero, asistidapor el Letrado don José David Pérez Muñoz, contra InstitutoNacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Segu-ridad Social, representados por la Letrada doña AlejandraOrgado Pérez, contra FREMAP, representada por el Letradodon José María Hormigo Muñoz, y contra Residencial LosPinares, S.C., que no compareció pese a haber sido citada enlegal forma.

Fallo: Que debo desestimar y desestimo la demanda pre-sentada por doña Ana María Rodríguez Ferrero contra Insti-tuto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de laSeguridad Social, FREMAP y Residencial Los Pinares, S.C.,en cuya virtud, debo absolver y absuelvo a los demandados delas pretensiones deducidas de contrario.

Adviértase a las partes que, contra la presente resolución,cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar anteeste Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, desu abogado o representante en el momento de hacerle la notifi-cación o ulteriormente en el plazo de cinco días hábiles, a con-tar desde el siguiente al de dicha notificación, por compare-cencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, Residen-cial Los Pinares, S.C., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 22 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial, Alonso Sevillano Zamudio.

40-2673

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4

Procedimiento: Social Ordinario 802/2010.Negociado: 3Sobre: Reclamación de cantidad.NIG: 4109144S20100008794.De: Doña Francisca García Moreno.Contra: Construcciones Hoteleras Mar y Sol, S.L. y Car-

tago Blanco, S.L.

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social número 4 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 802/2010, a instancia de la parte actora doñaFrancisca García Moreno contra Construcciones HotelerasMar y Sol, S.L. y Cartago Blanco, S.L., sobre Social Ordinariose ha dictado resolución de fecha 14/03/2011, del tenor literalsiguiente:

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 29

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Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuestapor da Francisca García Moreno, contra Construcciones Hote-leras Mar y Sol, S.L, y Cartago Blanco, S.L., en cuya virtud:

I. Debo condenar y condeno a las demandadas, de formasolidaria, a abonar a la actora la cantidad de cinco mil cientoveintidós euros con cuarenta y un céntimos (5.122,41 euros).

II. No procede la imposición del interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega decopia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma caberecurso de suplicación, ante la Sala de lo Social de Sevilla delTribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en elplazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, porescrito, comparecencia o mediante simple manifestación alnotificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada,deberá acreditar al anunciar el recurso haber ingresado elimporte de la condena en la cuenta de depósitos y consigna-ciones judiciales de este Juzgado en el Banesto, Oficina 4325sita en calle José Recuerda Rubio núm. 4 (Urbana Avda.Buhaira-Viapol), de esta Capital, abierta con el núm.4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citandoen el mismo el n° de autos y año del procedimiento; tal con-signación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberáconstar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando eldocumento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al formalizar el recurso, deberá efectuar eldepósito de 150.25 € en la cuenta 4023000065, que tieneabierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndosedicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente enúnica instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Construc-ciones Hoteleras Mar y Sol, S.L. y Cartago Blanco, S.L.,actualmente en paradero desconocido, expido el presente parasu publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con laadvertencia de que las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, senten-cia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 15 de marzo de 2011.—El Secretario Judicial,Alonso Sevillano Zamudio.

253F-3663

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo social número cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1217/2009, a instancia de la parte actora donNelson Bernardo Machaca Fuentes, contra E&T Netfoyage,S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fechadel tenor literal siguiente:

Fallo: Que estimando la demanda formulada por NelsonBernardo Machaca Fuentes contra E&T Nettoyage, debo con-denar y condeno a la demandada a que abone al actor la sumade dos mil seiscientos veintiocho euros con setenta y cuatrocéntimos de euro (2.628,74 euros), más el 10% en concepto deinterés por mora. No se hace especial pronunciamiento de con-dena respecto del FOGASA.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndo-les saber que contra la misma cabe recurso de suplicaciónante la Sala de lo Social del TSJA, dentro de los cinco díashábiles siguientes al de su notificación, debiendo ser anun-ciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma que esta-blece la Ley.

De hacerse uso de este derecho por la empresa deman-dada, deberá acreditar haber efectuado el depósito especialpor importe de 150 euros en la Cuenta de Depósitos y Con-signaciones de este Juzgado y, al anunciar el recurso, laempresa demandada deberá ingresar el importe del principal

objeto de la condena en la misma entidad bancaria y Cuentade Depósitos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando enesta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, E&T Net-foyage, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 17 de febrero de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María Amparo Atarés Calavia.

40-2620

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 73/2006, a instancia de la parte actora, donEzequiel Pérez López, contra Proserver Sur, S.L., sobre ejecu-ción, se ha dictado resolución de fecha 1 de marzo de 2011,del tenor literal siguiente:

Decreto:Secretaria Judicial, doña María Amparo Atarés Calavia.

En Sevilla a 1 de marzo de 2011.

Antecedentes de hecho:Primero.—En el presente procedimiento se practicó liqui-

dación de intereses y tasación de costas, ascendiendo a un totalde 532,74 euros.

Segundo.—Proserver Sur, S.L., ha dejado transcurrir elplazo sin oponerse a la liquidación practicada.

Fundamentos de derecho:Único.—No habiendo sido impugnada la liquidación de

intereses y tasación de costas por ninguna de las partes yestando la misma practicada con arreglo a derecho, procedeaprobarla y satisfacerla siguiendo el orden establecido en elartículo 266.1 LPL.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación.

Parte dispositiva:Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de

costas practicada/s por importe de 532,74, a cuyo pago resultacondenada, Proserver Sur, S.L., en las presentes actuaciones.

Hágase entrega de mandamiento de devolución a la parteactora por importe de 148,62 euros en concepto de intereses yotro por importe de 224,38 euros en concepto de parte dehonorarios del Letrado, quien deberán pasar por esta Secreta-ría para retirar los mismos.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directode revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escritoque deberá expresar la infracción cometida a juicio del recu-rrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notifi-cación (art. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tengala condición de trabajador o beneficiario de Régimen Públicode la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrirde 25 euros en la cuenta del Juzgado de lo Social númerocinco de Sevilla, debiendo indicar en el campo concepto, laindicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión».Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberáincluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con laindicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revi-sión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberáespecificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecena otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en elcampo de observaciones la fecha de la resolución recurridautilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de suabono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comu-

30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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nidades Autónomas, las Entidades Locales y los OrganismosAutónomos dependientes de ellos.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, ProserverSur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el pre-sente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provin-cia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 1 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María Amparo Atarés Calavia.

40-2996

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 42/2011, a instancia de la parte actora, doñaSalud C. Crespo Santos contra Nerol, S.L., y Lorenzo e Hijos,S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolu-ción de fecha 1 de julio de 2009, del tenor literal siguiente:

Auto: En Sevilla a 23 de febrero de 2011.

Dada cuenta y;

Hechos:Primero.—En los autos de referencia, seguidos a instancia

de Salud C. Crespo Santos contra Nerol, S.L., Lorenzo eHijos, S.L., se dictó resolución judicial en fecha 1 de julio de2009, por la que se condenaba a la demandada al abono de lascantidades que se indican en la misma.

Segundo.—Dicha resolución es firme, habiendo transcu-rrido más de veinte días desde su notificación al demandado.

Tercero.—Que se ha solicitado la ejecución de la resolu-ción por la vía de apremio, toda vez que por la demandada nose ha satisfecho el importe de la cantidad objeto de la condena.

Cuarto.—Consta en el Juzgado de lo Social número cuatrode Sevilla, que con fecha 23 de junio de 2009, se ha dictadoauto de insolvencia en los autos número 972/08, ejecutorianúmero 34/09.

Razonamientos jurídicosPrimero.—Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional,

juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusi-vamente a los Juzgados y Tribunales determinados en lasLeyes yen los Tratados Internacionales (art. 117 de la C.E. y 2de la L.O.P.J.).

Segundo.—Previenen los artículos 235 de la L.P.L., y545.1 y 549.2 de la subsidiaria Ley de Enjuiciamiento Civil,que las resoluciones firmes se ejecutarán a instancia de parte,por el Órgano Judicial que hubiera conocido del asunto en pri-mera instancia y, una vez solicitada, se tramitará de oficio, dic-tándose al efecto las resoluciones y diligencias necesarias (art.237 del TA. de la L.P.L.).

Tercero.—De conformidad con lo dispuesto en el art. 274de la L.P.L., no habrá necesidad de reiterar los trámites de ave-riguación de bienes establecido en el artículo 248 de la L.P.L.,cuando con anterioridad hubiera sido declarada judicialmentela insolvencia de una empresa, sin perjuicio de lo cual se daráaudiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Sala-rial, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes.

Cuarto.—La ejecución se despachará mediante auto, en laforma prevista en la L.E.C. y contra el mismo no cabrá recursoalguno, sin perjuicio de la oposición, por escrito, que puedeformular el ejecutado, en el plazo de diez días siguientes a lanotificación del mismo (artículos 551, 553 y 556 y ss. L.E.C.).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación,

Parte dispositiva:S.Sª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia

por la suma de 5.568,17 euros en concepto de principal, más lade 1.113,63 euros calculadas para intereses y gastos, yhabiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisio-nal, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de GarantíaSalarial a fin de que en el plazo de quince días insten la prác-tica de la diligencia que a su derecho interese o designenbienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objetode embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en laforma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de estaresolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga, Magis-trada del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Doy fe.

La Magistrada.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Nerol,S.L., y Lorenzo e Hijos, S.L., actualmente en paradero desco-nocido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 23 de febrero de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María Amparo Atarés Calavia.

40-2742

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1188/2009, a instancia de la parte actora donJuan María Delgado Granados contra Antonio Rojas López,Dislecyte, S.L., y Nelotel Promociones, S.L., sobre SocialOrdinario se ha dictado resolución de fecha del tenor literalsiguiente:

Fallo: Que estimando parcialmente la demanda formuladapor Juan María Delgado Granados contra Dislecyte, S.L.,Nelotel Promociones, S.L., y Fondo de Garantía Salarial debocondenar y condeno a la demandada Dislecyte, S.L., a queabone al actor la suma de 2.178,36 euros, absolviendo libre-mente a Nelotel Promociones y sin hacer expreso pronuncia-miento respecto del FOGASA.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndo-les saber que contra la misma cabe recurso de suplicaciónante la Sala de lo Social del TSJA, dentro de los cinco díashábiles siguientes al de su notificación, debiendo ser anun-ciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma que esta-blece la Ley.

De hacerse uso de este derecho por la empresa deman-dada, deberá acreditar haber efectuado el depósito especial porimporte de 150 euros en la Cuenta de Depósitos y Consigna-ciones y, al anunciar el recurso, la empresa demandada deberáingresar el importe del principal objeto de la condena en lamisma entidad bancaria.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en estainstancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, NelotelPromociones, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 31

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En Sevilla a 17 de febrero de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María Amparo Atarés Calavia.

40-2672

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Procedimiento: Seguridad Social 611/2009.Negociado: 4i.Sobre: Materias Seguridad Social.NIG: 4109144S20090006590.De: Don Massimiliano Barón.Contra: SAS, UMIVALE MUTUA DE ACCIDENTES DE TRA-

BAJO, INSS Y TGSS y ARQUITECTURA PROTECTORA COMPEN-SADA SA

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 611/2009, a instancia de la parte actora D.Massimiuano Barón contra SAS, UMIVALE MUTUA DE ACCI-DENTES DE TRABAJO, INSS Y TGSS y ARQUITECTURA PROTEC-TORA COMPENSADA SA sobre Seguridad Social se ha dictadoresolución de fecha 16/03/11, del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación

Secretario Judicial Sra doña María Amparo Atares Calavia

En Sevilla a 16 de marzo de 2011.

El letrado colegiado don Manuel Gil Coronado, en nombrey representación de Massimiliano Barón, ha presentado entiempo escrito de formalización del recurso de suplicación yacuerdo:

Dar traslado a la parte contraria para su impugnación en eltérmino de cinco días, si así le conviene.

La impugnación deberá llevar la firma de Letrado o Gra-duado Social Colegiado para su admisión a trámite, quiendeberá designar un domicilio en la localidad en que radica lasede del TSJ de Andalucía, (art. 196 LPL).

Transcurrido el plazo, habiendo impugnado el recurso ono, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del TSJA.

Notifíquese la presente resolución las partes

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ainterponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo decinco días hábiles siguientes a su notificación con expresiónde la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma,sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivoscon respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado Arquitec-tura Protectora Compensada, S.A., actualmente en paraderodesconocido, expido el presente para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 16 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María Amparo Atares Calavia.

253F-3735

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 74/2010, a instancia de la parte actora donÁlvaro Antonio Vélez Ospina contra Mec Lara, S.L., sobreejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución defecha 28 de enero de 2011, del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Mec Lara, S.L., en situa-

ción de insolvencia con carácter provisional por importe de

12.548,40 de principal más 2.502,08 presupuestadas para inte-reses legales y costas del procedimiento.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros deRegistro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienesdel ejecutado sobre los que trabar embargo.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución caberecurso directo de revisión que deberá interponerse ante quiendicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientesa la notificación de la misma, con expresión de la infraccióncometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 L.P.L. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficia-rio de Régimen Público de la Seguridad Social, deberá hacerun depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuentade este Juzgado número, debiendo indicar en el campo con-cepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia banca-ria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por unespacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la mismacuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto,incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distintaclase, indicando en el campo de observaciones la fecha de laresolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Que-dan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, elEstado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales ylos Organismos Autónomos dependientes de ellos.—La Secre-taria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Mec Lara,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 1 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María de los Ángeles Peche Rubio.

40-3037

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 531/2010 a instancia de la parte actora donFrancisco Falcón Roldán contra INSS y TGSS, Matadero Fri-gorífico Navi, S.A. y Activa Mutua 2008 sobre SeguridadSocial se ha dictado Resolución de fecha 21 de octubre de2010 del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando parcial-mente la demanda formulada por don Francisco Falcón Rol-dán contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y laTesorería General de la Seguridad Social, Matadero Frigorí-fico Navi, S.A. y la Mutua Activa 2008, debo declarar ydeclaro al actor en situación de invalidez permanente totalpara su profesión habitual, derivada de enfermedad profesio-nal, condenando a las demandadas a estar y pasar por estadeclaración y a la Mutua Activa 2008, al abono de la presta-ción correspondiente, con responsabilidad subsidiaria delINSS.

Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndo-les que contra la misma cabe interponer recurso de suplicaciónante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia deAndalucía con sede en Sevilla, cuyo anuncio se efectuará anteeste Juzgado en el plazo improrrogable de cinco días, a contardesde el siguiente a la notificación de esta sentencia, o en otrocaso, una vez firme la misma procédase al archivo de lasactuaciones dejando nota.

Advirtiéndoles que en los escritos de anuncio e interposi-ción, así como en los de impugnación, se hará constar undomicilio en la Sede de la Sala de lo Social del TSJA en Sevi-lla, a efectos de notificaciones.

32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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Así por esta mi sentencia de la que se llevará testimonio alas actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y resolución de fecha 29 de noviembre de 2010.

«Parte dispositiva:Se acuerda aclarar la Sentencia dictada en los presentes

autos, solicitada por el letrado de la Adminsitración de laSeguridad Social, en el sentido de que en el hecho probadotercero se consigne como fecha desde la que el actor prestaservicios para la empresa Alcores 2005, S.L., la de 15 demarzo de 2010.

Notifíquese esta Resolución a las partes advirtiendo quecontra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de losrecursos que quepan contra la resolución completada.

Así por este Auto, lo acuerda manda y firma la Ilma.señora doña María de los Reyes de Flores Canales, Magistradadel Juzgado de lo Social número seis de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado MataderoFrigorífico Navi, S.A. actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 2 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María de los Ángeles Peche Rubio.

40-3041

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1063/2009, a instancia de la parte actora donEduardo Fuentes Pérez, contra José Manuel Segovia Carmona,Manuel Segovia Marcos y Manuel Segovia e Hijos, S.C.,sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha deltenor literal siguiente:

Fallo: Que estimando la demanda formulada por donEduardo Fuentes Pérez contra Manuel Segovia e Hijos, S.C.,don José Manuel Segovia Carmona y don Manuel SegoviaMarcos, debo condenar y condeno al demandado a que aboneal actor la suma de 4.585,60 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtién-doles que contra la misma cabe interponer recurso de suplica-ción ante la Sala de Social del T.S.J. de Andalucía con sede enSevilla, cuyo anuncio se efectuará ante este Juzgado en elplazo improrrogable de cinco días, a contar desde el siguientea la notificación de esta sentencia o, en otro caso, una vezfirme la misma, procédase al archivo de las actuacionesdejando nota.

De hacerse uso de este derecho por la parte demandada, seacreditará por la misma al anunciarlo, haber depositado elimporte de los salarios de tramitación y la indemnizaciónseñalada en la c/c núm. 4025.0000.68, así como la suma de150,00 euros en la cuenta número 4025.0000.65, ambas abier-tas en el Banesto, oficina 4325 «La Buhaira» sito en la C/ JoséRecuerda Rubio número 4 de esta capital, debiendo indicar elnúmero de autos y Juzgado al efectuar los referidos ingresos.

Se advierte a las partes que en los escritos de anuncio einterposición, así como en los de impugnación, se hará constarun domicilio en la sede de la Sala de lo Social del TSJA, enSevilla, a efectos de notificaciones.

Así por esta mi sentencia de la que se llevará testimonio alas actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, ManuelSegovia Marcos y Manuel Segovia e Hijos, S.C., actualmenteen paradero desconocido, expido el presente para su publica-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia

de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate deemplazamientos.

En Sevilla a 1 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María de los Ángeles Peche Rubio.

40-3042

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número seisde Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecuciónnúm. 91/2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instanciade David Estepa Espinosa, contra Fabremainsa, S.L., en la quecon fecha 1 de marzo de 2011 se ha dictado decreto cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:S.Sª la Secretaria del Juzgado de lo Social número seis de

Sevilla, doña María de los Ángeles Peche Rubio acuerda:

Declarar al ejecutado, Fabremainsa, S.L., en situación deinsolvencia con carácter provisional por importe de 4.602,66euros, más 921 euros que provisionalmente se presupuestanpara intereses legales y costas del procedimiento, y archivarlas actuaciones una vez firme la presente resolución, previapublicación en el «Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto loacordado. El recurso deberá interponerse por escrito en elplazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de lanotificación, con expresión de la infracción cometida a juiciodel recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma la Sra.Secretaria del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a Fabremainsa,S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro elpresente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de laprovincia de Sevilla, con la prevención de que las demás reso-luciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadasen los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de autos, sentencias o se trate de emplazamientos, ytodas aquellas otras para las que la ley expresamente dispongaotra cosa.

En Sevilla a 1 de marzo de 2011.—La Secretaría Judicial,María de los Ángeles Peche Rubio.

40-3061

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social númerosiete de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecuciónnúm. 23/2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instanciade José Antonio Aparcero Hinojosa contra FOGASA y Cía. deEstructuras y Pilotajes Andaluces, S.L., Coespa, S.L., en laque con fecha 14 de febrero del 2011, se ha dictado auto cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Dispongo:

— Despachar la orden general de ejecución del títuloindicado, a favor del ejecutante José Antonio Aparcero Hino-josa, frente a Cía. de Estructuras y Pilotajes Andaluces, S.L,Coespa, S.L.

— Requerir al empresario ejecutado, Cía. de Estructurasy Pilotajes Andaluces, S.L., Coespa, S.L., para que en el plazo

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 33

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de tres días reponga al trabajador José Antonio Aparcero Hino-josa en su puesto de trabajo.

— Se autoriza el requerimiento de pago y embargo entantas ocasiones como fuera necesario, por una cantidad equi-valente a 6 meses de salario (9.163,8 euros) autorizandóse laconsulta a la base de datos de la AEAT, DGT y Catrasto insta-lado en este Juzgado, a fin de conocer los bienes de la empresaejecutada sobre los que trabar el embargo.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ainterponer ante este órgano judicial, en el plazo de los cincodías hábiles siguientes a su notificación con expresión de lainfracción cometida en la resolución a juicio del recurrente,sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivoscon respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente notuviere la condición de trabajador o beneficiario del RégimenPúblico de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuentade Consignaciones de este Juzgado de lo Social número sietede Sevilla abierta en Banesto, cuenta número 4026 0000 650766/10 debiendo indicar en el campo concepto «Recurso»seguida del código «30 Social-Reposición». Si el ingreso sehace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras lacuenta referida, separados por un espacio, el «código 30Social-Reposición». Si efectuare diversos pagos en la mismacuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto,incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distintaclase, indicando en el campo de observaciones la fecha de laresolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Que-dan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, elEstado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales ylos Organismos Autónomos dependientes de ellos.—El Magis-trado.—El Secretario.

Y para que sirva de notificación en forma a Cía. de Estruc-turas y Pilotajes Andaluces, S.L., Coespa, S.L., cuyo actualdomicilio o paradero se desconocen, libro el presente edictoque se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia deSevilla, con la prevención de que las demás resoluciones querecaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estradosdel Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos,sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otraspara las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 23 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial. (Firma ilegible.)

40-2830

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Doña Concepción Lloréns Gómez de las Cortinas, Secreta-ria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número de ejecución 134/2009, a instancia de la parteactora, doña Lourdes Tardío González, contra Anenplast, S.L.,sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto defecha 3 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada, Anenplast, S.L., ensituación de insolvencia con carácter provisional por importede 11.018 euros de principal, más 2.203,66 euros presupuesta-dos para intereses legales y costas del procedimiento.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros deRegistro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienesdel ejecutado sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabrá interponer ante S.Sª, recursodirecto de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 5días siguientes al de su notificación debiendo citarse la infrac-ción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndoseel recurso si no se cumplieran ambos requisitos.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma la Sra.Secretaría del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla,doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Anenplast,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma le auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 3 de noviembre de 2010.—La Secretaria Judi-cial, María Concepción Lloréns Gómez de las Cortinas.

40-2843

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social númerosiete de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecuciónnúm. 178/2010, a instancia de María del Carmen de Oliva SanMartín, contra Peace Cup 2009, Andalucía, S.L., en la que confecha 23 de febrero de 2011, se ha dictado decreto que sustan-cialmente dice lo siguiente:

«Acuerdo: a) Declarar al ejecutado, Peace Cup 2009,Andalucía, S.L., en situación de insolvencia por importe de9.198,91 euros de principal y 1.382,09 euros presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, insolvencia que seentenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución caberecurso directo de revisión que deberá interponerse ante quiendicta la resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientesa la notificación de la misma, con expresión de la infraccióncometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficia-rio de Régimen Público de la Seguridad Social, deberá hacerun depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuentade este Juzgado número 0030-1846-42-0005001274, indi-cando en observaciones, cuenta número 4026-0000-64-017810, debiendo indicar en el campo concepto, la indicaciónrecurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingresose hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras lacuenta referida, separados por un espacio con la indicación«recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efec-tuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar uningreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recur-sos de la misma o distinta clase indicando en el campo deobservaciones la fecha de la resolución recurrida. Quedanexentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, elEstado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales ylos Organismos Autónomos dependientes de ellos.»

Y para que sirva de notificación en forma a Peace Cup2009 Andalucía, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se des-conocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Bole-tín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención deJuzgado, las demás resoluciones que recaigan en las actuacio-nes le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo lasque deban revestir la forma de autos, sentencias o se trate deemplazamientos y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 23 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial. (Firma ilegible.)

40-2845

34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Doña María Concepción Lloréns Gómez de las Cortinas,Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete deSevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 15/2011, a instancia de la parte actora donManuel Parrado Filiberto, contra Custodia y Guardería JM,S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado autode fecha 7 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

«Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Custo-dia y Guardería JM, S.L., a instancias de don Manuel ParradoFiliberto, por importe de 1.030,55 euros de principal, másotros 309,16 euros presupuestados provisionamente y sin per-juicio de ulterior liquidación para intereses y costas.

Se autoriza la consulta de las bases de datos de las aplica-ciones informáticas instaladas en este Juzgado de la Adminis-tración Tributaria y de la Dirección General de Tráfico, a finde recabar información sobre los bienes que aparezcan comode la titularidad de todas las ejecutadas sobre los que trabarembargo o localización de las mismas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno,sin perjuicio de su derecho a oponerse conforme a lo estable-cido en el fundamento tercero de esta resolución.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr.don Carlos Mancho Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado delo Social número siete de Sevilla. Doy fe.»

Igualmente, y con la misma fecha, se ha dictado decretocuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, alembargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de laejecutada Custodia y Guardería, JM, S.L., en cantidad sufi-ciente a cubrir la suma por la que se ha despachado ejecuciónen el anterior auto, y no pudiéndose practicar diligencia deembargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocidorequiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parteejecutada que puedan ser objeto de embargo.

Sin perjuicio de lo anterior, líbrese oficio al Servicio deÍndices en Madrid y habiéndose practicado la averiguaciónpatrimonial se decreta el embargo de los siguientes bienes:

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que existaen cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros,fondos de inversión, obligaciones, valores en general o cuales-quiera otros productos bancarios, que la demandada mantengao pueda contratar con la entidades, Bancaja, Banco PopularEspañol, Banesto, Banco Sabadell, Caja de Ahorros del Medi-terráneo y La Caixa, hasta cubrir el principal e intereses y cos-tas, a tal efecto líbrese oficio a dichas entidades, debiendo pro-ceder a dicha retención y puesta a disposición, aun cuando enel momento de recibir dicho oficio no existiese cantidadalguna disponible, si con posterioridad a ello existiesen saldoso productos bancarios realizables. En el caso de que la reten-ción ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales oretribuciones, se les aplicará los límites previstos en el artículo607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Igualmente se decreta el embargo de las cantidades que ala ejecutada le deban ser devueltas por Hacienda, como conse-cuencia de la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadidoo cualquier otro impuesto, debiendo quedar retenidas hastacubrir las cantidades adeudadas y transferidas a la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de este Juzgado, librándose elcorrespondiente oficio al efecto.

Se acuerda también el embargo de las cantidades por lasque resulte acreedora la demandada, frente a TratamientosGuadalquivir, S.L., González-Barba Riaza, S.L., Degra Servi-cios Auxiliares, S.L., Brico Al Andalus, S.L., y Rubio Plata,S.L., por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las

cantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuyaefectividad se librarán los despachos oportunos.»

Y para que sirva de notificación al demandado, Custodia yGuardería JM, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 7 de febrero de 2011.—La Secretaria Judicial,María Concepción Lloréns Gómez de las Cortinas.

40-3043

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Doña María Concepción Lloréns Gómez de las Cortinas,Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete deSevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1155/2010, a instancia de la parte actora SteveAustin Jolly Asemota, Francisco Javier Naranjo Pérez,Rachida Moussaidi, Concepción Ruiz Márquez y José AntonioFernández Cortés contra Restaurante San Marcos, S.A., yFondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general,se ha dictado resolución de fecha 23 de febrero de 2011, quecontiene el tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Steve AustinJolly Asemota, Francisco Javier Naranjo Pérez, RachidaMoussaidi, Concepción Ruiz Márquez y José Antonio Fernán-dez Cortés; contra Restaurante San Marcos, S.A., y Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el des-pido de los actores y extinguida con fecha de esta sentencia larelación laboral que unía a las partes, y debo condenar y con-deno a la empresa demandada a pagar:

— al Sr. Asemota 9.616,50 euros de indemnización, más6.368,26 euros de salarios de tramitación;

— al Sr. Naranjo 22.152,03 euros de indemnización, más7.680,95 euros de salarios de tramitación;

— al Sr. Moussaidi 8.394,87 euros de indemnización, más6.326,54 euros de salarios de tramitación;

— a la Sra. Ruiz 13.095,97 euros de indemnización, más6.398,06 euros de salarios de tramitación;

— al Sr. Fernández 36.116,19 euros de indemnización,más 6.851,02 euros de salarios de tramitación, sin especialpronunciamiento respecto a FOGASA.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de sucopia, advirtiéndole que contra la misma cabe interponerrecurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia deAndalucía, Sala de lo Social, con sede en esta capital, y quedeberán anunciar por ante este Juzgado dentro de los cincodías hábiles siguientes al de su notificación.

La demandada recurrente que no gozare del beneficio dejusticia gratuita, indispensablemente acreditará, al anunciar elrecurso, haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Con-signaciones número 4026000065, abierta por este Juzgado delo Social número siete en el Banco Banesto, la cantidad objetode condena, utilizando para ello el modelo oficial y concre-tando además el número y año del procedimiento, pudiéndosesustituir la referida consignación en metálico por el asegura-miento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse cons-tar la responsabilidad solidaria del avalista. El resguardo deconsignación o en su caso el documento de aseguramiento,quedará bajo la custodia del Sr. Secretario, que expedirá testi-monio de los mismos para su unión a los autos, facilitándoseel oportuno recibo.

Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien alanunciar el recurso o al formalizarlo, el depósito de 150,25euros, en la cuenta «Depósitos» establecida por este Juzgadoen el Banco Banesto de esta ciudad, con el número

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 35

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4026000068, indicando a continuación el número y año delprocedimiento.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y para que sirva de notificación al demandado, Restau-rante San Marcos, S.A., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 1 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María Concepción Lloréns Gómez de las Cortinas.

40-3056

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

En resolución del día de la fecha dictada en el procedi-miento número 1266/2009, seguidos en este Juzgado de loSocial número ocho de esta capital y su provincia, en materiade social ordinario, a instancia de don Diego Montilla Sán-chez, contra Teinsur, S.A. y Fogasa, se ha acordado citar a laspartes para que comparezcan el próximo día 18 de mayo de2011, a las 9.40 horas, en la Sala de Audiencia de este Juz-gado, sito en avenida de la Buhaira núm. 26, Edificio Noga,primera planta, 41071 Sevilla, para la celebración de una com-parecencia incidental prevista en el artículo 278 de la Ley deProcedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente opor persona legalmente apoderada y con los medios de pruebade que intenten valerse, con la advertencia de que si no com-pareciera el trabajador o persona que lo represente se archiva-rán sin más las actuaciones y que de no hacerlo el demandadoo su representación se celebrarán los actos sin su presencia.

Y para que sirva de citación en legal forma a Teinsur, S.A.,cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide lapresente cédula de citación que se publicará en el «BoletínOficial» de la provincia de Sevilla y se expondrá en el tablónde anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que lasdemás resoluciones que recaigan en las actuaciones le seránnotificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que debanrevestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplaza-mientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente dis-ponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su dis-posición las actuaciones para su examen en la Secretaría deeste Juzgado.

En Sevilla a 27 de mayo de 2010.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible.)

258-8211

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Doña M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social número ocho de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 150/2010, a instancia de la parte actora donGheorghe Tudor contra Ángel Pantoja, S.L., sobre ejecuciónde títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 14 defebrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Ángel Pantoja, S.L., en

situación de insolvencia con carácter provisional por importede 491,18 euros en concepto de principal, más la de 29,47euros en concepto de intereses, más otros 49,11 euros en con-cepto de costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros deRegistro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienesdel ejecutado sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a la parte actora, aldemandado Soluciones Universales a la Distribución, S.L., a

través del BOP de Sevilla y al Fondo de Garantía Salarial,haciéndoles saber que cabe recurso de revisión directo porescrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde elsiguiente de la notificación, con expresión de la infraccióncometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no seadmitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado núm. 4027 0000 00, abierta enBanesto, utilizando para ello el modelo oficial y concretandoademás el número y año del procedimiento, indicando en elcampo «Concepto» que se trata de un recurso seguido delcódigo «31» y «Social-Revisión-Secretario», de conformidadcon lo establecido en la Disposición adicional Decimoquintade la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de lossupuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso seefectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en lacuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando elbeneficiario. Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, yen «Observaciones» se consignarán los 6 dígitos de la cuenta4027 0000 00, más el número y el año del procedimiento, indi-cando después de estos 16 dígitos separados por un espacio elcódigo «31» y «Social-Revisión-Secretario».—La SecretariaJudicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Ángel Pan-toja, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 14 de febrero de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María del Carmen Peche Rubio.

40-2535

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Doña M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social número ocho de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 744/2009, a instancia de la parte actora Conse-jería de Empleo y otros contra Josefrans, S.L., y OI Manufac-turing Holding Spain, S.L., sobre Procedimiento de Oficio, seha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenorliteral siguiente:

Sentencia.—En Sevilla a 23 de noviembre de 2010.

Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número ocho de esta ciudad, lospresentes autos sobre procedimiento de oficio seguidos con elnúmero 744/2009, instados por escrito de la Consejería deEmpleo de la Junta de Andalucía, representada por el Letradoseñor Yun Casalillas contra OI Manufacturing Holding Spain,S.L., representada por el Letrado señor Cabral Cerdán y Jose-frans, S.L., representada por el Letrado señor Fernández Sán-chez; habiéndose dado intervención a don Daniel IzquierdoMartínez, que ha comparecido en su propio nombre y repre-sentación; don Antonio Jurado Ardila que ha comparecido ensu propio nombre y representación; doña María José SevillanoVera, don Manuel López Romero, don Daniel Márquez Rivasy don Enrique Rivera Rodríguez, que no han comparecido.

Fallo: Que desestimo el procedimiento de oficio instadopor escrito de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalu-cía, en el que han sido parte OI Manufacturing Holding Spain,S.L., Josefrans, S.L., don Daniel Izquierdo Martínez, donAntonio Jurado Ardila, doña María José Sevillano Vera, donManuel López Romero, don Daniel Márquez Rivas y donEnrique Rivera Rodríguez.

Notifíquese la presente resolución a las partes, incluido ala autoridad laboral que instó el procedimiento, haciéndolessaber, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 188 ysiguientes de la Ley de Procedimiento Laboral, su derecho ainterponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala

36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, elcual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante esteJuzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio alos autos de su razón, lo pronuncio, mando, y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Daniel Már-quez Rivas, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen,libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que lasdemás resoluciones que recaigan en las actuaciones le seránnotificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que debanrevestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplaza-mientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresa-mente disponga otra cosa.

En Sevilla a 17 de febrero de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María del Carmen Peche Rubio.

40-2596

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Doña M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social número ocho de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 32/2011, a instancia de la parte actora doñaMaría Teresa Tejada Aguilar contra Francisco Javier MarínMauri, Cuidalcor, S.L., y Al Kamar Servicios Integrados, S.L.,sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto ydecreto de fecha 18 de febrero de 2011, cuyas partes dispositi-vas son respectivamente del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia a favor

de María Teresa Tejada Aguilar contra Francisco Javier MarínMauri, Cuidalcor, S.L., y Al Kamar Servicios Integrados, S.L.,por la suma de 6.111,06 euros de principal, más 360,66 eurospara intereses y 611,10 para costas, calculados provisional-mente sin perjuicio de ulterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en laforma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de estaresolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Parte dispositiva:Acuerdo: Proceder a la ejecución de la sentencia a favor

de María Teresa Tejada Aguilar contra Francisco Javier MarínMauri, Cuidalcor, S.L., y Al Kamar Servicios Integrados, S.L.,por la suma de 6.111,06 euros de principal, más 360,66 eurospara intereses y 611,10 para costas, calculados provisional-mente sin perjuicio de ulterior liquidación; y no pudiéndosepracticar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada enparadero desconocido, requiérase a la parte ejecutante a fin deque en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o accionespropiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto deembargo.

Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid, vía fax,y al Decanato de los Juzgados de Sevilla (terminal de la basede datos de Tráfico) a fin de que informen sobre bienes queaparezcan como de la titularidad de los ejecutados, FranciscoJavier Marín Mauri, con DNI 28692598Y, Cuidalcor, S.L., conNIF B91844605 y Al Kamar Servicios Integrados, S.L., conNIF B91526012, accédase a la Base de Datos de la AgenciaTributaria a través de la Terminal de este Juzgado, a fin de queinformen sobre las cuentas corrientes que aparezcan como dela titularidad del ejecutado.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que enel plazo de quince días insten las diligencias que a su derechointeresen.

Notifíquese esta resolución a las ejecutadas a través delBOP, junto con el auto de orden general de ejecución, sin cita-

ción ni emplazamiento para que, en cualquier momento, pue-dan personarse en la ejecución.

Modo de impugnación: Contra esta resolución caberecurso de revisión directo ante este Juzgado de lo Social, noobstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recursodeberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábi-les contados desde el siguiente de la notificación, con expre-sión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.—La SecretariaJudicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, FranciscoJavier Marín Mauri, Cuidalcor, S.L., y Al Kamar ServiciosIntegrados, S.L., actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 18 de febrero de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María del Carmen Peche Rubio.

40-2600

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Doña M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria del Juzgadode lo Social número ocho de Sevilla.

En los Autos número 761/2010, a instancia de EustaquioCárdenas Macías y Antonio Cárdenas Entrena, contra Fer-nando Espejo Liger y Construcciones Liger, S.C., se ha dic-tado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo: 1.° Que estimando la demanda que en materia dedespido ha sido interpuesta por don Eustaquio CardenasMacías contra Construcciones Liger, S.C., y don FernandoEspejo Liger, debo declarar y declaro improcedente el despidodel que el actor fue objeto con fecha de efectos de 28 de mayode 2010, condenando solidariamente a los demandados a queen el plazo de cinco días opten entre la readmisión del trabaja-dor en las mismas condiciones que tenía antes del despidoimprocedente o al abono de la cantidad de mil cuatrocientossetenta euros con sesenta céntimos (1.470,60 euros), en con-cepto de indemnización, debiendo en todo caso abonar lossalarios de tramitación devengados desde la fecha del despidohasta la notificación de esta sentencia a razón de 49,02 eurosdiarios. Se advierte expresamente a los demandados que encaso de no efectuar la opción en el plazo indicado, por escritoo por comparecencia en este Juzgado, quedará obligado a abo-nar los salarios que se devenguen después de la notificación dela sentencia.

2.º Que estimando la demanda que en materia de despidoha sido interpuesta por don Antonio Cárdenas Entrena contraConstrucciones Liger, S.C., y don Fernando Espejo Liger,debo declarar y declaro improcedente el despido del que elactor fue objeto con fecha de efectos de 28 de mayo de 2010,condenando solidariamente a los demandados a que en elplazo de cinco días opten entre la readmisión del trabajadoren las mismas condiciones que tenía antes del despido impro-cedente o al abono de la cantidad de mil trescientos treintaeuros con cincuenta céntimos (1.330,50 euros) en concepto deindemnización, debiendo en todo caso abonar los salarios detramitación devengados desde la fecha del despido, hasta lanotificación de esta sentencia a razón de 44,35 euros diarios.Se advierte expresamente a los demandados que en caso deno efectuar la opción en el plazo indicado, por escrito o porcomparecencia en este Juzgado, quedará obligado a abonarlos salarios que se devenguen después de la notificación de lasentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega decopia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los cinco díashábiles siguientes a la notificación de la presente resolución,

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 37

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mediante escrito, comparecencia o por simple manifestaciónante este Juzgado de lo Social.

Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciarel recurso, el ingreso del importe de la condena en la cuenta deDepósitos y Consignaciones núm. 4027 0000 00, en cualquiersucursal del Grupo Banesto (Banco Español de Crédito S.A.),mediante la presentación en la Secretaría del oportuno res-guardo, concretando además el número y año del procedi-miento, o mediante transferencia bancaria en la cuenta delBanco Español de Crédito 0030 1846 42 0005001274, indi-cando en cualquier caso el beneficiario, Juzgado de lo Socialnúmero ocho de Sevilla, y en observaciones se consignará los16 dígitos de la cuenta (4027 0000 00 concretando además elnúmero y año del procedimiento).

Al interponer el recurso acreditará igualmente el ingresode 150 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en el GrupoBanesto (Banco Español de Crédito, S.A.), con el núm. 40270000 65, indicando a continuación el número y año del proce-dimiento indicando en el campo Concepto «Social-Suplica-ción», mediante entrega del resguardo acreditativo, en laSecretaría de este Juzgado de lo Social, o mediante transferen-cia bancaria en la cuenta del Banco Español de Crédito 20dígitos 0030 1846 42 0005001274, indicando en cualquiercaso el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho deSevilla, y en observaciones se consignará los 16 dígitos de lacuenta (4027 0000 34 concretando además el número y añodel procedimiento indicando en el campo Concepto «Social-Suplicación»).

Y mientras dure la sustanciación del recurso la empresacondenada, en caso de optar por la readmisión, estará obligadaa readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo, en lasmismas condiciones que tenía y con abono de sus salarios,salvo que quiera hacer dicho abono, sin contraprestación porparte de la actora, a menos que opte, antes de interponer elrecurso, por la indemnización.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio alos autos de su razón, lo pronuncio, mando, y firmo.

Publicación: Dada y publicada ha sido la anterior senten-cia por el Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrandoaudiencia pública el día 17 de enero de 2011. Doy fe

Lo arriba reseñado concuerda bien y fielmente con su ori-ginal, y para que sirva a los efectos pertinentes, expido y firmoel presente.

En Sevilla a 17 de enero de 2011.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FernandoEspejo Liger y Construcciones Liger, S.C., cuyo actual domi-cilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.

Dado en Sevilla a 22 de febrero de 2011.—La SecretariaJudicial, María del Carmen Peche Rubio.

40-2674

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Doña M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social número ocho de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 368/09, ejecución 214/2009, a instancia de laparte actora don Jesús Romero Falcón, Ana María JiménezDíez, Rosario Gálvez Jurado, Silvia Bravo Mudarra, MaríaNieves García Zambrano y Dámaso Arenas Torres contraRafael Torres Álvarez y FOGASA, se ha dictado resolución defecha 2 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:Reapertúrense las presentes actuaciones prosiguiéndose la

ejecución en vía de apremio de la sentencia dictada en losautos reseñados en el Hecho Primero de esta Resolución, pro-cediéndose el embargo de los bienes de la parte ejecutadaRafael Torres Álvarez, en cuantía suficiente a cubrir la canti-

dad de 123.905,27 euros en concepto de principal, compren-siva de la satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial(84.434,86 euros), más el resto no percibido por los trabajado-res, al tener la insolvencia carácter de provisional, más otros7.434,31 euros en concepto de intereses y otros 12.390,52euros en concepto de costas del procedimiento, sin perjuiciode ulterior tasación.

Líbrense oficios al Decanato de los Juzgados de esta capi-tal a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como dela titularidad de la ejecutada, accédase a la Base de Datos de laAgencia Tributaria a través de la Terminal de este Juzgado, afin de que informen sobre las devoluciones pendientes de per-cibir por la ejecutada, Rafael Torres Álvarez, con número deCIF 28862494R. Líbrese oficio a la Confederación Españolade Cajas de Ahorros, a fin de que remite certificación de lascuentas cuya titularidad sean del citado demandado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso derevisión directo por escrito en el plazo de cinco días hábilescontados desde el siguiente de la notificación, con expresiónde la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyosrequisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado núm. 4027 0000 00, abierta enBanesto, utilizando para ello el modelo oficial y concretandoademás el número y año del procedimiento, indicando en elcampo «Concepto» que se trata de un recurso seguido delcódigo «31» y «Social-Revisión-Secretario», de conformidadcon lo establecido en la Disposición adicional Decimoquintade la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de lossupuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso seefectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en lacuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando elbeneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, yen «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta4027 0000 00, más el número y el año del procedimiento, indi-cando después de estos 16 dígitos separados por un espacio, elcódigo «31» y «Social-Revisión-Secretario». Haciéndosesaber que de dicho depósito está exento el litigante que sea tra-bajador o beneficiario de la Seguridad Social.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, RafaelTorres Álvarez, actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo las que deban reves-tir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 2 de marzo de 2011.—La Secretaria Judicial,María del Carmen Peche Rubio.

40-3057

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social númerodiez de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimientonúm. 28/2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instanciade Cristofer Ciria Valero, contra Tajo del Espino, S.L., en laque con esta fecha se ha dictado auto y decreto de ejecuciónque sustancialmente dice lo siguiente:

Auto: En Sevilla a 18 de fe brero de 2011.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Acuerdo: despachar ejecución contra los bienes y derechos

propiedad de la demandada, Tajo del Espino, S.L., por la cuan-tía de 300 euros de principal y de 60 euros en que provisional-mente se presupuestan para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la

38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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forma y plazo a que se refiere el fundamento tercero de estaresolución, y sin perjuicio de su efectividad

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma Sra.doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez del Juz-gado de lo Social número once de Sevilla.

Decreto:En Sevilla a 18 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:S.Sª Secretaria del Juzgado de lo Social número diez de

Sevilla, doña Carmen Álvarez Tripero.

Acuerda: Proceder a la ejecución del auto por la suma de300 euros en concepto de principal, más la de 60 euros calcu-ladas para intereses y gastos, y habiendo sido declarada la eje-cutada, Tajo del Espino, S.L., en insolvencia provisional, deseaudiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial afin de que en el plazo de quince días insten la práctica de ladiligencia que a su derecho interese o designen bienes, dere-chos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles quecontra la misma cabe recurso de revisión sin que produzcaefecto suspensivo, ante el Magistrada-Juez que dictó el auto deejecución, mediante escrito dentro de los cinco días hábilessiguientes a su notificación, con expresión de la infraccióncometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no seadmitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número4029.0000.64.002811, utilizando para ello el modelo oficial,indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recursoseguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidadcon lo establecido en la Disposición adicional Decimoquintade la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de lossupuestos de exclusión previstos en la misma.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma S.Sª, laSecretaria del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla.—El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a Tajo delEspino, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen,libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que lasdemás resoluciones que recaigan en las actuaciones le seránnotificadas e os estrados del Juzgado, salvo las que debanrevestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplaza-mientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresa-mente disponga otra cosa.

En Sevilla a 18 de febrero de 2011.—El Secretario Judi-cial. (Firma ilegible.)

40-2695

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecuciónnúmero 60/2011, seguidos en este Juzgado de lo Socialnúmero once de esta capital y su provincia, en materia de eje-cución de títulos judiciales, a instancia de don José Luis OteroGarcía y don Manuel Ruiz Ródenas, contra Fogasa, StaffDiseño y Producción, S.L., Jalsa Media, S.L., Salazar Moreno,S.L., Samo Ediciones, S.L. y Formula Roja Comunicación,S.L., se ha acordado citar a las partes para que comparezcan elpróximo día 13 de abril de 2011, a las 11,50 horas, en la Salade Audiencia de este Juzgado, sito en avenida de la Buhairanúm. 26, Edificio Noga, segunda planta, 41018 Sevilla, para lacelebración de una comparecencia incidental prevista en elartículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendocomparecer personalmente o por persona legalmente apode-rada y con los medios de prueba de que intenten valerse, conla advertencia de que si no compareciera el trabajador o per-sona que lo represente se archivarán sin más las actuaciones y

que de no hacerlo el demandado o su representación se cele-brarán los actos sin su presencia.

Y para que sirva de citación en legal forma a FormulaRoja Comunicación, S.L., cuyo actual domicilio o paradero sedesconocen, se expide la presente cédula de citación que sepublicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla yse expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia de que las demás resoluciones que recaigan en lasactuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado,salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o setrate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Leyexpresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saberque tiene a su disposición las actuaciones para su examen en laSecretaría de este Juzgado.

En Sevilla a 11 de abril de 2011.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible.)

258-4714

Juzgados de Instrucción

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3

Don Jesús Orozco Torres, Secretario del Juzgado de Ins-trucción número tres de Sevilla.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas núm.576/2009, se ha dictado la presente:

Vistas las alegaciones del recurrente, procede admitir atrámite el recurso de apelación interpuesto en tiempo y formacontra la sentencia dictada en estas actuaciones y dese trasladoa las demás partes por plazo común de diez días para que pre-senten, si lo estiman oportuno, escrito de impugnación o adhe-sión.

Y para que conste y sirva de notificación a RafaelaRomera Sevillano, actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla,expido la presente.

En Sevilla a 21 de febrero de 2011.—El Secretario, JesúsOrozco Torres.

40-2734

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9

Don Antonio Rodríguez Ruiz, Secretario del Juzgado deInstrucción número nueve de Sevilla.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas núm.239/2010, se ha dictado la presente sentencia, que en su enca-bezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 326/10. En Sevilla a 4 de octubre de2010. El señor Juan Jesús García Vélez, Magistrado del Juz-gado de Instrucción número nueve de los de esta ciudad y supartido, ha visto y oído en Juicio Oral y Público, los autos dejuicio faltas inmediato número 239/2010, por presunta falta dehurto, seguidos contra Antonio Echeverri Domínguez, conasistencia del Ministerio Fiscal.

Fallo: I. Que debo condenar y condeno a Antonio Echeve-rri Domínguez, como autor de una falta de hurto del artículo623.1 Código Penal, en grado de tentativa, a la pena de un mesde multa, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabili-dad personal subsidiaria de un día de privación de libertad, porcada dos cuotas no satisfechas. Procédase a la restitución defi-nitiva a su propietario de los efectos que fueron objeto de ten-tativa de hurto. II. Las costas que en su caso, se hubierendevengado, serán abonadas por Antonio Echeverri Domín-guez. III. Una vez firme esta resolución, requiérase a la partecondenada para que efectúe el ingreso del importe de la multa,en el término de diez días. IV. La presente resolución no esfirme y contra la misma cabe interponer recurso de apelaciónen ambos efectos en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 39

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Provincial de Sevilla, en el plazo de cinco días desde su notifi-cación. Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia aAntonio Echevarry Domínguez, actualmente en paradero des-conocido, y su publicación en el «Boletín Oficial» de Sevilla,expido la presente.

En Sevilla 23 de febrero de 2011.—El Secretario Judicial,Antonio Rodríguez Ruiz.

40-2912

Juzgados de Primera Instancia

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

Don Francisco Bedano Arenado Magistrado Juez del Juz-gado de Primera Instancia núm. once de Sevilla.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedi-miento expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo1833/2010, a instancia de Lagos del Serrano, S.A., Félix Fer-nández Márquez, Pilar Prieto Trigo, Rafael Estévez González,Rafael Galán Miró, Juan Carlos Gutiérrez Espa y CCPP Lagosdel Serrano, expediente de dominio para la inmatriculación delas siguientes fincas: «Parcela urbana, sin edificar, señaladacomo «R51A», ubicada en la calle Sevilla de la UrbanizaciónLagos del Serrano, 1ª fase, con término municipal en Guillena(Sevilla). Tiene una superficie de 1.248 metros cuadrados ylinda al Norte y Oeste con la calle Sevilla, al Este con la par-cela número dos y al Sur con la parcela número 46, ambas per-tenecientes a la misma manzana. La linde con la parcelanúmero 2 tiene una longitud de treinta metros y veinticincocentímetros. La linde con la parcela número cuarenta y seistiene una longitud de cincuenta metros y sesenta centímetros,formando ambas fincas colindantes un ángulo de noventa yuno con ocho grados».

Por el presente y en virtud de lo acordado en providenciade esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Asimismo, se cita a Lagos del Serrano, S.A., Félix Fernán-dez Márquez, Pilar Prieto Trigo, Rafael Galán Miro, Juan Car-los Gutiérrez Espa y CC.PP. Lagos del Serrano, para que den-tro del término anteriormente expresado pueda comparecer enel expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Sevilla a 27 de enero de 2011.—El Magistrado-Juez,Francisco Berjano Arenado.

40-2438-P

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 16

Don Rafael Ferrer Garrofé, Secretario del Juzgado de Pri-mera Instancia número dieciséis de Sevilla.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedi-miento Expediente de dominio 1160/2006, a instancia deManuel Pulpón Jiménez y Marcos Avilés Marín, expediente dedominio para la reanudación del tracto sucesivo interrumpidode las siguientes fincas:

Urbana: Cinco piso izquierda de la planta segunda, de lacasa en Sevilla en calle Joaquín Costa 20 (ahora 18). Lindapor su frente con entrada al mismo, escalera patio y piso dere-cha de la misma planta; por la derecha con la fachada; por suizquierda con una casa de la calle Montalbán, números 1 y 3; ypor el fondo con la casa 22 de la calle Joaquín Costa. Superfi-cie de cincuenta y cinco metros cuadrados. Inscrita en elRegistro de la Propiedad 10 de Sevilla, al folio 221, libro 148,tomo 265 finca 6012.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en resoluciónde esta fecha, se cita a Ezequiel Alberto Fragoso CaleiraRoque, en calidad de Titular Catastral y Transmitente, paraque en el término de los diez días siguientes a la publicaciónde este edicto puedan comparecer en el expediente alegando loque a su derecho convenga.

En Sevilla a 27 de diciembre de 2010.—El SecretarioJudicial, Rafael Ferrer Garrofé.

40-2802-P

AYUNTAMIENTOS———

SEVILLA

De conformidad con lo previsto en los artículos 112 y 113de la Ley 30/07, de Contratos del Sector Público, se anuncia laapertura del trámite de información pública de un mes, a con-tar desde el día siguiente al de su publicación, del Estudio deviabilidad económico financiera y Anteproyecto elaboradospara la construcción y posterior explotación, en régimen deconcesión de obra pública, del aparcamiento subterráneo sitoen la calle General Luís Alarcón de la Lastra, quedando losmismos expuestos para su consulta en el Servicio Administra-tivo de Tráfico y Transporte de la Delegación de Movilidaddel Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, sito en avda. AméricoVespucio núm. 19, de esta ciudad.

En Sevilla, 1 de abril de 2011.—El Secretario General.(Firma ilegible.)

253F-4691

SEVILLA

De conformidad con lo previsto en los artículos 112 y 113de la Ley 30/07, de Contratos del Sector Público, se anuncia laapertura del trámite de información pública de un mes, a con-tar desde el día siguiente al de su publicación, del Estudio deviabilidad económico financiera y anteproyecto elaboradospara la construcción y posterior explotación, en régimen deconcesión de obra pública, del aparcamiento subterráneo sitoen la calle Marqués de Paradas, quedando los mismos expues-tos para su consulta en el Servicio Administrativo de Tráfico yTransporte de la Delegación de Movilidad del Excmo. Ayunta-miento de Sevilla, sito en avda. Américo Vespucio núm. 19, deesta ciudad.

En Sevilla a 1 de abril de 2011.—El Secretario General.(Firma ilegible.)

253F-4692

SEVILLA

De conformidad con lo previsto en los artículos 112 y 113de la Ley 30/07,de Contratos del Sector Público, se anuncia laapertura del trámite de información pública de un mes, a con-tar desde el día siguiente al de su publicación, del Estudio deviabilidad económico financiera y anteproyecto elaboradospara la construcción y posterior explotación, en régimen deconcesión de obra pública, del aparcamiento subterráneo sitoen la avda. Cruz del Campo, quedando los mismos expuestospara su consulta en el Servicio Administrativo de Tráfico yTransporte de la Delegación de Movilidad del Excmo. Ayunta-miento de Sevilla, sito en avda. Américo Vespucio núm. 19, deesta ciudad.

40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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En Sevilla a 1 de abril de 2011.—El Secretario General.(Firma ilegible.)

253F-4693

SEVILLA

De conformidad con lo previsto en los artículos 112 y 113de la Ley 30/07, de Contratos del Sector Público, se anuncia laapertura del trámite de información pública de un mes, a con-tar desde el día siguiente al de su publicación, del Estudio deviabilidad económico financiera y anteproyecto elaboradospara la construcción y posterior explotación, en régimen deconcesión de obra pública, del aparcamiento subterráneo sitoen la avda. de la Montería, quedando los mismos expuestospara su consulta en el Servicio Administrativo de Tráfico yTransporte de la Delegación de Movilidad del Excmo. Ayunta-miento de Sevilla, sito en avda. Américo Vespucio núm. 19, deesta ciudad.

En Sevilla a 1 de abril de 2011.—El Secretario General.(Firma ilegible.)

253F-4694

SEVILLA

De conformidad con lo previsto en los artículos 112 y 113de la Ley 30/07, de Contratos del Sector Público, se anuncia laapertura del trámite de información pública de un mes, a con-tar desde el día siguiente al de su publicación, del Estudio deviabilidad económico financiera y anteproyecto elaboradospara la construcción y posterior explotación, en régimen deconcesión avda, del aparcamiento sito en la plaza San Sebas-tián y la calle Manuel Bermuda Barrera, quedando los mismosexpuestos para su consulta en el Servicio Administrativo deTráfico y Transporte de la Delegación de Movilidad delExcmo. Ayuntamiento de Sevilla, sito en avda. Américo Ves-pucio núm. 19, de esta ciudad.

En Sevilla a 1 de abril de 2011.—El Secretario General.(Firma ilegible.)

253F-4695

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Habiendo sido devueltas las notificaciones que a continua-ción se relacionan por los motivos que igualmente se indicanse procede a su publicación en forma, a efectos de lo dispuestoen el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común:

Secretaría General. Expte. 11//2010. Servicio de Disci-plina Urbanística. Obras de Particulares.

Expte.: 299/06.

Recurso: Alzada.

Recurrente: D. Francisco Reguera Corriente. C/ RafaelAlberti, número 3, planta 5.ª, letra B. 41008- Sevilla (1.ª noti-ficacion 14/01/111: Ausente 2.ª notificacion: 07/02/11:Ausente). 390

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 19de noviembre de 2010, se ha servido aprobar propuesta del Sr.Capitular Delegado de Urbanismo, que literalmente dice así:"Interpuestos distintos recursos contra acuerdos de la Gerenciade Urbanismo recaidos en expedientes tramitados en la mismay vistos los informes emitidos al respecto por los servicioscompetentes y por la Secretaría General, el Delegado de Urba-nismo que suscribe, eleva al Excmo. Ayuntamiento Pleno lapresente propuesta para la adopción del siguiente:

Acuerdo:Primero. Resolver en el sentido que se indica a la vista

de los informes emitidos en su motivación, según propuestaaprobada por el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ensesión celebrada el 10 de noviembre de 2010, los recursos quea continuación se relacionan:

«Expte.: 299/06.

Servicio de Disciplina Urbanística. Obras de Particulares.

Recurso: Alzada.

Recurrente: Don Francisco Reguera Corriente. Resoluciónrecurrida: Acuerdo de la Comisión Ejecutiva, en sesión cele-brada el 7 de julio de 2010, por el que se imponía multa coer-citiva por incumplir acuerdo de 8 de octubre de 2008 por elque se ordenaron las medidas necesarias para la restitución dela realidad física alterada en la finca sita en C/ Rafael Alberti,número 3, planta 5.ª-B.

Motivación: Informe sección administrativa del Serviciode Disciplina Urbanística de 23 de septiembre de 2010, ratifi-cado en derecho por la Jefe del Servicio de Secretaría General.

Resolución: Desestimar con ratificación del acuerdo recu-rrido al ser el mismo conforme a derecho.

Segundo. Dar traslado a los interesados de los informesque motivaron el anterior acuerdo, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 54 y 89.5 LRJAP.»

Informe de la sección administrativa del Servicio de Disci-plina Urbanística de 23 de septiembre de 2010.

«Ref.: Obras de particulares-expte.: 299/2006-Zona 2-MOC-En relación con el recurso de alzada interpuesto enfecha 6 de agosto de 2010, por don Francisco RegueraCorriente, contra el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha7 de julio de 2010 por el que se le imponía multa coercitivapor incumplir el Acuerdo de fecha 8 de octubre de 2008, por elque se le ordenaron las medidas necesarias para la reposiciónde la realidad física alterada en la finca sita en calle RafaelAlberti Num. 3 planta 5.º, B, esta Sección tiene a bien emitir elsiguiente:

Informe:

Primero. La Comisión Ejecutiva, en sesión celebrada eldía 7 de julio de 2010, se le imponía a don Francisco RegueraCorriente una multa coercitiva por incumplir el Acuerdo de laComisión Ejecutiva de fecha 8 de octubre de 2008 por el quese le ordenaron las medidas necesarias para la reposición de larealidad física alterada en la finca sita en calle Rafael Albertinúmero 3 planta 5.º, B.

De dicho acuerdo se da traslado al interesado en fecha 2de agosto de 2010.

Segundo. En fecha 6 de agosto de 2010, por don Fran-cisco Reguera Corriente, se interpone recurso de alzada en elque se alega fundamentalmente:

1.º La resolución impugnada no tiene validez jurídicapor haber caducado el expediente sancionador.

2.º El cerramiento de la terraza ya existía anteriormentea la adquisición de la vivienda, habiendo sido sustituido porencontrarse en un deficiente estado de conservación.

3.º Se han ejecutado idénticas obras sin haber sidodenunciadas, atacando el principio fundamental de igualdad detrato.

4.º La sanción impuesta es contraria al principio de pro-porcionalidad ya que no guarda una proporción adecuada conlas circunstancias objetivas y subjetivas concurrentes.

Tercero. A la vista de lo expuesto, no procede estimar lasalegaciones presentadas en base a la siguiente fundamentaciónjurídica:

A la referida como primera, no procede su estimacióndado que nos hallamos ante un procedimiento para el ejerciciode la restitución de la realidad física alterada, es decir el actoadministrativo no deviene caducado, toda vez que el procedi-

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 41

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miento se inicia en mayo de 2008, y la orden de restitución esdictada en octubre del mismo año, por tanto no ha transcurridoel plazo de caducidad que dicta la Ley 7/2002 de OrdenaciónUrbanística de Andalucía, en su artículo 182.5, el cual esta-blece que el plazo máximo en el que debe de notificarse laresolución expresa que recaiga en el procedimiento de resta-blecimiento del orden jurídico perturbado será de un año acontar desde la fecha de su iniciación.

A su vez indicar que, no debe mezclarse el tratamiento dedos potestades de la Administración municipal en materia deprotección de la legalidad urbanística, que si bien arrancan depresupuestos de hecho idénticos, son diferentes en su régimenjurídico y en sus consecuencias. En efecto, en el presentesupuesto no estamos ante una resolución en la que se impongauna sanción como consecuencia de una previa infracción urba-nística, no se trata del ejercicio de la potestad sancionadora,sino del ejercicio de las facultades de la Administración paraadoptar las medidas de reposición necesarias, de carácterreglado y no discrecional. Así, de la comisión de una infrac-ción urbanística se generan dos tipos de consecuencias: por unlado, la adopción de medidas para el restablecimiento delorden jurídico infringido y la realidad material alterada a con-secuencia de la actuación ilegal, que pueden llegar incluso a lademolición de lo realizado, y, por otro, la imposición de san-ciones cuando la actuación enjuiciada está adecuadamentetipificada como infracción.

La multa coercitiva impuesta es la consecuencia del incum-plimiento de la orden de demolición, pretendiendo esta Admi-nistración, a través de su imposición, vencer la resistencia delparticular afectado mediante la imposición de multas coerciti-vas sucesivas. Estas multas no tienen carácter retributivoalguno, sino que pretenden únicamente forzar el cumplimientode lo ordenado, es decir, la demolición de la obra ilegal.

A la referida como segunda, no procede su estimación , enprimer lugar, tal y como se informó por la Sección Técnicacon fecha 30 de abril de 2008, las obras que venían realizán-dose en la citada finca, concretamente de ampliación de laterraza al incorporar esta al salón, se tratan claramente deobras para nueva edificación, no de mera conservación de laterraza tal y como expone el recurrente.

Y por ello, teniendo en cuenta que las obras denunciadasno disponían de licencia municipal y que tampoco estabanamparadas en la licencia de construcción del edificio, resultaacreditada la existencia de la infracción imputada, poniendo derelieve que no ha sido vulnerado el principio de congruencia yproporcionalidad , por cuanto se ha cumplido con los requisi-tos legales exigidos para su propia efectividad. Así lo mani-fiesta la Sentencia número 508/1997, de 22 de octubreRJCA/1997/2213.

A la referida como tercera, tampoco puede tener favorableacogida el alegato basado en el principio de igualdad, en rela-ción con el resto de los vecinos que se encuentran en la mismasituación, al ser doctrina reiterada por la jurisprudencia que laigualdad sólo puede predicarse de la legalidad, dado que locontrario sería admitir la ilegalidad generalizada (S.T.S15.04.92 TC 2836/1978).

A la referida como cuarta, indicar que la adopción demedidas tendentes a restaurar el orden urbanístico vulneradoresulta de carácter reglado para la Administración en elsupuesto de la realización de obras sin licencia y no legaliza-bles, sin que pueda la Administración dejar de adoptar lasmedidas en ningún caso. La contundencia de la norma a esterespecto es clara.

En el supuesto que nos ocupa, se han realizado unas obrasque incumplen desde su inicio normas de edificabilidad. Sóloel Tribunal Supremo, en S.S. de 22/09/89 y 26/11/90, hizo usodel principio de proporcionalidad para no ordenar la demoli-ción de excesos que respondían a pequeños errores derivadosde la técnica constructiva. Tales supuestos sí responden alobjetivo que el principio de proporcionalidad pretende cubrir enesta clase de supuestos, pues como afirman la S.T.S. 01/07/81 y

03/01/93 «no procederá la demolición en los casos en que seesté ante desajustes mínimos con la normativa urbanística de laconstrucción ilegal» en atención a la desproporción existenteentre la entidad de la infracción y los efectos de la medida dedemolición dispuesta. Pronunciamiento análogo se reitera en lassentencias de 5 de mayo de 1995 y de 18 de julio de 1995, enque la limitada importancia de la infracción se manifiesta en unerror representativo de tan sólo 0.73 m.

Por todo ello, el Técnico que suscribe considera que, salvomejor criterio, debe desestimarse el recurso interpuesto y con-firmar el acuerdo recurrido en todos sus extremos.

Es cuanto tiene que informar.

Sevilla, 23 de septiembre de 2010-La T.A.G. Adscrita alServicio de Disciplina, Mayte Oropesa Casado-V.º B.º La Jefade Seccion del Servicio de Disciplina, Rocío Díaz de la SernaCharlo».

Secretaría General. Expte. 11//2010. Servicio de Disci-plina Urbanística. Obras de Particulares.

Expte.: 376/08.

Recurso: Alzada.

Recurrente: Don Diego Mateo Pichardo. C/ Martínez deIrala, número 6-bajo A. Sevilla (1.ª notificacion 17/01/111:Ausente- 2.ª notificacion: 24/02/11: Ausente). 410.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 19de noviembre de 2010, se ha servido aprobar propuesta del Sr.Capitular Delegado de Urbanismo, que literalmente dice así:"Interpuestos distintos recursos contra acuerdos de la Gerenciade Urbanismo recaidos en expedientes tramitados en la mismay vistos los informes emitidos al respecto por los servicioscompetentes y por la Secretaría General, el Delegado de Urba-nismo que suscribe, eleva al Excmo. Ayuntamiento Pleno lapresente propuesta para la adopción del siguiente:

Acuerdo:

Primero. Resolver en el sentido que se indica a la vistade los informes emitidos en su motivación, según propuestaaprobada por el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ensesión celebrada el 10 de noviembre de 2010, los recursos quea continuación se relacionan:

«Expte.: 376/08.

Servicio de Disciplina Urbanística. Obras de Particulares.

Recurso: Alzada.

Recurrente: Don Diego Mateo Pichardo.

Resolución Recurrida: Acuerdo de la Comisión Ejecutiva,de fecha 18 de febrero de 2009 por el que se ordenaron lasmedidas necesarias para la restitución de la realidad física alte-rada en la finca sita en C/ Martínez de Irala número 6, Bda. ElTardón, por obras sin licencia, consistentes en:

Desmontado de la cubierta de PVC instalada en el patio.

Motivación: Informe sección administrativa del Serviciode Disciplina Urbanística de 29 de julio de 2010, ratificado enderecho por la Jefe del Servicio de Secretaría General.

Resolución: Desestimar con ratificación del acuerdo recu-rrido al ser el mismo conforme a derecho.

Segundo. Dar traslado a los interesados de los informesque motivaron el anterior acuerdo, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 54 y 89.5 LRJAP».

Informe sección administrativa del Servicio de DisciplinaUrbanística de 29 de julio de 2010.

«Ref.: Obras de particulares-expte.: 376/2008-Zona 3-AMG3-En relación con el Recurso de Alzada interpuesto enfecha 04.06.09 por don Diego Mateo Pichardo, contra elacuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 18 de febrero de2009, que ordena las medidas necesarias para la restitución dela realidad física alterada por las obras realizadas sin licencia yno legalizables en la finca sita en calle Martínez de Irala núm.

42 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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6 bda. El Tardon, esta Sección tiene a bien emitir el siguiente:-Informe-Primero.

Mediante acuerdo de Comisión Ejecutiva de fecha 18 defebrero de 2009, y tras el preceptivo trámite de audiencia, seordenó las medidas necesarias para la restitución de la realidadfísica alterada en la finca sita en Calle Martínez de Irala Num.6 bda. El Tardon, consistentes en: Desmontado de la cubiertade PVC instalada en el patio.

De dicho acuerdo se da traslado al interesado en fecha03.06.09.

Segundo. En fecha 04.06.09, por don Diego MateoPichardo se interpone Recurso de Alzada en el que se alegafundamentalmente:-Que no entendemos que el escrito de ale-gaciones y justificaciones presentado en su día sea extemporá-neo y en consecuencia presentado fuera de plazo.

Que procederemos al desmontaje de la cubierta en el pró-ximo mes de agosto.

Que también se han de desmontar los numerosos tejadillosy aleros de placa que hay en el citado patio comunitario deluces del edificio donde resido.

Que si el anterior hecho no ha sido denunciado ni tenidoen cuenta por la Gerencia, sirva este escrito para que tomeconocimiento de ello y actúe en consecuencia.

Que no es necesario para la ejecución del desmontaje demi cubierta la intervención de la Gerencia ni de la PolicíaLocal.

Vistas las alegaciones presentadas, cabe informar losiguiente:-A la consignada como primera, señalar que, estáfuera de dudas la extemporaneidad del escrito de alegacionespresentado en fecha 19.11.08 dado que, conforme al artículo84 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, al interesado se le concedió un plazo deaudiencia de 10 dias, el cual empezó a contar a partir del díasiguiente a aquel en que tuvo lugar la notificación del acto deque se trata (artículo 48.4 Ley 30/92), es decir, si la notifica-ción al interesado se realizó el 06.11.08, el cómputo del plazoempezó el 07.11.08, por lo que el día 18.11.08 expiró el plazoconcedido para presentar alegaciones al efecto. Las alegacio-nes son presentadas en fecha 19.11.08, de ahí que no fueranadmitidas a trámite al ser extemporáneas. Informar tambiénque, a tenor de lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley deRJAP y PAC, «…cuando los plazos se señalen por días, seentiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo losdomingos y los declarados festivos».

No obedece a lógica alguna la segunda alegación, ya que,desde que se ordenaron las medidas necesarias para la restitu-ción de la realidad física alterada (febrero de 2.009), por partede esta Gerencia se ha comprobado que la cubierta objeto delpresente expediente continúa instalada y en similares condi-ciones que en visitas anteriores, así lo indica, tras girarse denuevo visita de inspección a la finca de referencia, la SecciónTécnica de Disciplina mediante informe técnico emitido enfecha 27.05.10.

No pueden tener favorable acogida la tercera y cuarta ale-gación, ya que, el presente expediente es el relativo a lacubierta de PVC denunciada en el patio interior de la finca sitaen la calle Martínez de Irala número 6 bda. El Tardon, quenada tiene que ver con el resto de obras, legalizables o no, quepuedan existir.

El sentido de esa orden de restitución no es otro que el res-taurar el ordenamiento jurídico perturbado en la finca de refe-rencia.

Igual suerte desestimatoria ha de seguir el alegato basadoen la innecesariedad de la intervención de la Gerencia y de laPolicía Local para la ejecución del desmontaje ordenado. Alrespecto, decir que, dicha intervención tendría lugar siempre ycuando se estimara conveniente por parte de esta Administra-ción proceder a la ejecución subsidiaria de la cubierta.

Finalmente, la parte recurrente entiende desproporcionadala medida de restitución ordenada, no obstante, el desmontajede la cubierta instalada es la medida prevista en la normativaurbanística de aplicación para el supuesto de obras terminadassin licencia y no legalizables, sin que pueda aplicarse en estecaso el principio de proporcionalidad.

Asimismo, la adopción de medidas tendentes a restaurar elorden urbanístico vulnerado resulta de carácter reglado para laAdministración ante el supuesto de la realización de obras sinlicencia y no legalizables. No cabe pues otra medida adecuadapara reintegrar la legalidad vulnerada, siendo inaceptable latolerancia en su subsistencia en contra de las determinacionesdel Plan General.

Por todo ello, la T.A.G. adscrita al Servicio de DisciplinaUrbanística que suscribe considera que, salvo mejor criterio,debe desestimarse el recurso interpuesto y confirmar elacuerdo recurrido en todos sus extremos.

Es cuanto tiene que informar.

Sevilla a 29 de julio de 2010-La T.A.G. adscrita al Serviciode Disciplina, Ana Montaner García.

V.º B.º La Jefe de Seccion del Servicio de Disciplina,Rocío Díaz de la Serna Charlo».

Lo que se hace público a efectos de notificación de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 59.4 Ley 30/92, haciendoconstar que contra el acto anteriormente expresado, que ponefin a la vía administrativa, podrá interponer, siempre que estélegitimado para ello, en el plazo de dos meses contados a par-tir del día siguiente al de la última publicación del presenteedicto, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento o en elB.O.P., recurso contencioso-administrativo ante los Juzgadosde lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, conforme a lodispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/92 de 26 deNoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa, Ley 29/1998 de 13 de julio.

Sevilla a 9 de marzo de 2011.—El Secretario General,Luis Enrique Flores Domínguez.

2W-4500

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo delAyuntamiento de Sevilla, en sesión celebrada el día 9 de marzode 2011, aprobó inicialmente la modificación de los estatutosde la entidad de Conservación del Parque Científico y Tecno-lógico Isla de la Cartuja, cuya transcripción literal se incluye enel presente edicto:

Artículo 1. Constitución y denominación.1. Queda redactado de la siguiente manera: «Con el ob-

jeto y fines que se especifican en el artículo siguiente se cons-tituyó, en enero de 1993, la Entidad Urbanística Colaboradorade conservación del Polígono “A” (Tecnologías Avanzadas) delPlan Especial de la Cartuja y su Entorno, según la delimitacióndel planeamiento entonces vigente cuyo plano se anexa (AnexoI). Tras la aprobación definitiva del Plan General de Ordena-ción Urbanística de Sevilla en 2006, la Entidad mantiene ple-namente su vigencia y su ámbito de actuación.

2. La entidad se regirá por los presentes Estatutos ydemás normativas que sean de aplicación.

3. Para el cumplimiento de sus fines ésta Entidad tienecarácter administrativo y mantiene la personalidad jurídica queobtuvo desde el momento de su inscripción en el Registro deEntidades Urbanísticas Colaboradoras».

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 43

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Artículo 2. Objeto y fines.2.1. Queda redactado de la siguiente manera: «La entidad

tiene como objeto la conservación de las obras de urbanizacióny el mantenimiento de las dotaciones e instalaciones de los ser-vicios públicos municipales incluidos en la delimitación de suámbito de actuación».

2.2.b. Queda redactado de la siguiente manera: «Velarápor la correcta prestación de los servicios públicos en su ámbi-to de actuación, mediante la contratación directa con las Enti-dades Públicas y empresas suministradoras correspondientes».

Artículo 4. Domicilio.4.1. Queda redactado de la siguiente manera: «El domici-

lio de esta Entidad se fija en la Isla de la Cartuja, calle AlbertEinstein número 6, edificio “Centro Isla Cartuja”, Sevilla».

Artículo 7. Sujetos que integran esta entidad.7.1. Queda redactado de la siguiente manera: «Integran ne-

cesariamente esta Entidad todas las personas físicas y jurídicasque sean propietarias, titulares de derecho de superficie o depropiedad superficiaria sobre fincas incluidas dentro del ámbi-to de actuación de la entidad».

Artículo 8. Derechos y obligaciones.8.2. Queda redactado de la siguiente manera: «Salvo pér-

dida de la propiedad o copropiedad o del derecho de superficieo de la propiedad superficiaria de la finca dentro del ámbito deactuación de la Entidad, la condición de miembro de la Entidades irrenunciable y, como consecuencia de ello, también lo sonlos derechos y obligaciones inherentes a dicha condición».

8.3.c. Se sustituye este apartado de los estatutos origina-rios por el siguiente: «Obtener copias y certificaciones acredi-tativas de los acuerdos sociales y sus antecedentes, consultarlos archivos y registros de la Entidad y cuanta información re-quieran de las mismas y de sus órganos».

8.3.d. Queda redactado de la siguiente manera: «Presen-tar propuestas y sugerencias».

8.3.e. Queda redactado de la siguiente manera: «Ejercercualquier derecho derivado de los presentes Estatutos y dispo-siciones legales aplicables».

8.5. Queda redactado de la siguiente manera: «A los efec-tos de la participación de los propietarios y superficiarios en laconservación y mantenimiento de las obras de urbanización,dotaciones e instalaciones de los servicios públicos, que nohayan permanecido a cargo de la Administración, aquéllosmantienen la cuota vigente antes de la aprobación definitiva delPGOU (junio 2006), en función de la superficie construible encada parcela, cuya relación se incluye como Anexo II. No obs-tante, los propietarios superficiarios que obtengan licencia mu-nicipal de obras en función de las nuevas edificabilidades esta-blecidas por el PGOU (junio 2006), modificarán su cuota enproporción al incremento de superficie construible consolida-do; la fecha de aplicación de la nueva cuota será la correspon-diente a la concesión de la citada licencia municipal de obras,regularizándose anualmente en el momento de la aprobacióndel Presupuesto del Ejercicio siguiente».

8.6. Se introduce este apartado que queda redactado de lasiguiente manera: «La finca ocupada por construcciones en ré-gimen de copropiedad, distribuirán internamente la cuota gene-ral asignada, de acuerdo con las que, respectivamente tengan es-tablecidas para cada uno de los condominios que la componen».

Artículo 12. Sesiones.12.3. Queda redactado de la siguiente manera: «En las

sesiones extraordinarias los solicitantes, en su escrito de peti-ción, determinarán con claridad y precisión los temas que des-een someterse a la Junta General, y no podrán tratarse otrosasuntos que no estén incluidos en el orden del día».

Artículo 13. Facultades de la Junta General.13.c. Queda redactado de la siguiente manera: «Aprobar

el informe de gestión, los presupuestos y cuentas anuales de la

Entidad, así como las cuotas ordinarias que requieran la gestiónde la misma».

Artículo 14. Constitución.El último párrafo de este artículo queda redactado de la si-

guiente manera: «A la Comisión Ejecutiva podrán asistir cuan-tos miembros lo deseen, aunque sin voto».

Artículo 15. De los miembros de la Comisión Ejecutiva.15.2. Queda redactado de la siguiente manera: «La dura-

ción del cargo de los miembros de la Comisión Ejecutiva seráde dos años, siendo prorrogables. Las vacantes que se produz-can por fallecimiento, renuncia o cualquier otra causa, seráncubiertas provisionalmente entre los asociados, por designa-ción de la propia Comisión, hasta tanto se convoque la JuntaGeneral y sean elegidos por esta».

Artículo 16. Cesiones.16.1. Queda redactado de la siguiente manera: «La Co-

misión Ejecutiva celebrará sesiones ordinarias cada tres meses,y extraordinarias cuando el presidente las convoque, bien a supropia instancia, bien a la que se realice en virtud de peticiónescrita, con solicitud de inclusión de los puntos del orden deldía, de un número de miembros de la Comisión Ejecutiva querepresenten la cuarta parte de las cuotas de participación de laEntidad. En este último caso, aquél lo ejecutará en el plazo dediez días hábiles siguientes, a contar desde la fecha de presen-tación de la solicitud».

Artículo 17. Facultades de la Comisión.Queda redactado de la siguiente manera:

«La Comisión Ejecutiva tendrá las siguientes facultades:

a. Ejecutar los acuerdos de la Junta General.

b. Contratar obras y servicios cuya cuantía sea igual o in-ferior al 30% del presupuesto de la Entidad o superior en casode delegación prevista en el art. 13, d.

c. Elaborar los Presupuestos y liquidaciones de las cuen-tas para su aprobación por la Junta General.

d. Desarrollar la gestión económica de la Entidad con-forme a los presupuestos aprobados por la Junta General y con-tabilizar sus resultados.

e. Proponer a la Junta General la adopción de acuerdosen materias atribuidas a la competencia de ésta.

f. Realizar todos los actos de administración, gestión yrepresentación de la entidad que no estén expresamente reser-vados, legal o estatutariamente, a la Junta General.

g. Adoptar acuerdos relacionados con la interposición decualquier clase de recursos.

h. Las que le sean delegadas por la Junta General.»

Artículo 21. Facultades del Secretario.Queda redactado de la siguiente manera:

«El Secretario levantará acta de las reuniones, tanto de laJunta General como de la Comisión Ejecutiva, haciendo cons-tar el resultado de las votaciones y los acuerdos adoptados; ex-pedirá las certificaciones con el visto bueno del Presidente; or-ganizará los servicios de régimen interior de la Entidad y, demodo especial, la existencia de un libro-registro en el que se re-lacionarán los miembros integrantes de la Entidad con expre-sión de sus circunstancias personales, domicilio, fecha de in-corporación, cuota de participación y número de votos, des-cripción de las fincas de que son titulares en la entidad y cuan-tos datos complementarios se estimen procedentes, y realizará,asimismo, los actos de gestión administrativa y demás funcio-nes que especialmente se le encomienden por el Presidente o laComisión Ejecutiva.

En el caso de que la Entidad contrate un servicio de Admi-nistración, el Secretario podrá delegar en el Administrador lasfunciones que estime convenientes.»

44 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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Artículo 22. El Tesorero.Queda redactado de la siguiente manera: «Serán funciones

del Tesorero realizar los pagos y cobros que correspondan a losfondos de la Entidad, así como la custodia de éstos, rendircuentas de la gestión presupuestaria de la entidad, y cumplirtodas las demás obligaciones que, respecto a su cometido, seestablezcan por disposiciones legales o acuerdos de la Entidad.Asimismo, será función del Tesorero la preparación, en unióndel Administrador, del Presupuesto para su presentación a laComisión Ejecutiva».

Artículo 24. Requisitos de la convocatoria.

24.1. Queda redactado de la siguiente manera: “Los ór-ganos colegiados de la entidad serán convocados por el Secre-tario o el Administrador, de orden del Presidente.”

Artículo 25. Quórum de constitución y de votación.25.2. Párrafo 1.º Queda redactado de la siguiente mane-

ra: «La Comisión Ejecutiva quedará válidamente constituida,en primera convocatoria, cuando concurran a la misma un mí-nimo de seis vocales y en segunda convocatoria un mínimo detres vocales presentes, siempre que estén presentes el Presiden-te y el Secretario o quienes legalmente les sustituyan».

Artículo 30. Recaudación.Queda redactado de la siguiente manera: «Las cuotas de los

miembros y demás cantidades que deban satisfacer éstos seráningresadas en los plazos y fechas que fije la Entidad. En casode impago, las cuotas o cantidades podrán ser exigidas, a soli-citud de la entidad o de oficio, por el Ayuntamiento, mediantela vía de apremio y su importe será entregado a la Entidad».

Artículo 34. Disolución.Queda redactado de la siguiente manera: «La disolución de

la Entidad requerirá acuerdo de la Administración Actuante,previa tramitación del oportuno expediente».

Asimismo en el nuevo proyecto de estatutos presentadoquedan derogadas las disposiciones transitorias primera y se-gunda del texto originario.

El expediente instruido al efecto se encuentra de manifies-to en la Sección de Ejecución y Registro de Solares del Servi-cio de Gestión Urbanística de la Gerencia de Urbanismo (sitaen el Recinto de la Cartuja, Avda. Carlos III s/n, edificio nú-mero 5; horario de información al público: consulta de expe-dientes de lunes a viernes de 9.00 a 13.30 horas, y consulta téc-nica previa cita al teléfono 954480250), a los efectos de infor-mación pública durante un plazo que finalizará una vez trans-curridos quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de lapublicación del presente edicto en el «Boletín Oficial» de laprovincia de Sevilla, durante el cual cualquier persona que loconsidere oportuno podrá examinar el expediente y formularlas alegaciones que estime pertinentes al respecto (en el Regis-tro de la Gerencia de Urbanismo o en cualquiera de las formasprevistas en la Ley 30/92), todo ello de conformidad con losarts. 161 y 162 del RD 3288/78, de 25 de agosto, por el que seaprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.

Sevilla a 15 de marzo de 2011.—El Secretario de la Geren-cia, Luis Enrique Flores Domínguez.

3W-4083

BENACAZÓN

Anuncio de licitación para la concesión demanial de laparcela municipal anexa al Cementerio, y sita en la carreterade Huévar s/n de Benacazón, para la construcción y explota-ción de Tanatorio.

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 64 delDecreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba elReglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía,se somete a información pública, por un plazo de veinte días apartir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia para que puedan presentarse

reclamaciones, el Pliego de Claúsulas Administrativas Particu-lares que ha de regir el Contrato y el proceso de adjudicaciónde la concesión demanial de la parcela municipal anexa alCementerio, y sita en la carretera de Huévar s/n de Benacazón,para la construcción y explotación de Tanatorio.

Simultáneamente se anuncia la licitación si bien esta seaplazará, cuando resulte necesario, en el supuesto de que seformulen reclamaciones.

1.— Entidad adjudicadora. Organismo: El Ayuntamiento de Benacazón (Sevilla).Dependencia que tramita el expediente: Vicesecretaría del

Ayuntamiento.

2.— Objeto del contrato. Descripción del objeto: «Concesión demanial de la parcela

municipal anexa al Cementerio, y sita en la Carretera de Hué-var s/n de Benacazón, para la construcción y explotación deTanatorio».

Lugar de ejecución: Municipio de BenacazónPlazo de concesión: Máximo 60 años.

3.— Tramitación, procedimiento y forma adjudicación.Tramitación : Ordinaria.Procedimiento: Abierto.Forma: Varios criterios de adjudicación.

4.— Presupuesto base de licitación. El canon de concesión, al alza se establece en:Fijo: Mínimo de 1.500,00 € anuales, según se describen en

el Pliego de Cláusulas Administrativas.Variable: Mínimo del 6 % anual del importe que el conce-

sionario obtenga de las tarifas establecidas para la explotacióndel tanatorio.

5.— Criterios de selección.Lo establecido en la cláusula vigésimo cuarta (24) del

Pliego de Cláusulas Administrativas.

6.— Garantías. Fianza provisional.— La garantía provisional será de

3.214,83 euros, equivalente al 2% del valor del dominiopúblico ocupado.

Fianza definitiva.— 4% del valor del dominio públicoocupado ( 6.429,66 euros).

7.— Obtención de documentación e información. Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Benacazón. Domicilio: Plaza Blas Infante, n.º 1.Localidad y código postal: Benacazón 41805.Teléfono: 955709999.Fax: 955705000.Perfil del contratante: www.benacazon.es.Fecha límite de obtención de documentación e informa-

ción: Hasta el último día en que finaliza el plazo de presenta-ción de proposiciones.

8.— Presentación de las ofertas.

Fecha límite de presentación: Finalizará a los veinte díashábiles contados desde el siguiente al de la fecha de publica-ción del anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Documentación a presentar: La especificada en la cláusulavigésimo quinta (25) del pliego de cláusulas administrativasparticulares.

Lugar de presentación:

1.— Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Bena-cazón de nueve a catorce horas.

2.— Domicilio: Plaza Blas Infante, n.º 1. 3.— Localidad y código postal. Benacazón 41805.

9.— Apertura de ofertas. El acto público de apertura de proposiciones se celebrará en

el lugar, día y hora que se haya señalado por la Alcaldía en elTablón de anuncios de la Corporación con dos días de antelación.

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 45

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10.— Gastos de anuncio. A cuenta del contratista.

En Benacazón a 22 de marzo de 2011.—La Alcaldesa,Juana M.ª Carmona González.

6D-3962-P

CORIA DEL RÍO

Habiéndose dictado acuerdo de la Junta de Gobierno Localen sesión celebrada el día 20 de enero de 2011, acordandodejar sin efecto las actuaciones del expediente sancionador2318/2010, iniciado a don Rafael Utrera García y doña RuthFlorido Sánchez, se hace público el mismo, de conformidadcon lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común:

3. EXPEDIENTES DE DISCIPLINA URBANÍSTICA.

9. Expedientes 2318/2010 (E.S. 29/10). Don RafaelUtrera García, con D.N.I. 28.588.566-A y doña Ruth FloridoSánchez, con D.N.I. 28.923.016-X. Dada cuenta del estado detramitación del expediente sancionador número 2318/2010incoado a don Rafael Utrera García y doña Ruth Florido Sán-chez respecto de las actuaciones ilegales que ha realizado en c/Esclusa número 14, de esta localidad y teniendo en que cuentaque:

1º. Mediante Decreto número 939/2010 se iniciaron adon Rafael Utrera García y doña Ruth Florido Sánchez proce-dimientos de restauración de la legalidad urbanística infringidapara la adopción de medidas de restablecimiento de la legali-dad urbanística y sancionador, por las obras realizadas sinlicencia municipal en c/ Esclusa número 14, en virtud de lossiguiente hechos:

— La Arquitecta Municipal emitió informe el 7 de sep-tiembre de 2010, constatando que girada visita de ins-pección a c/ Esclusa número 14, propiedad de donRafael Utrera García se está realizando una edifica-ción de 3 x 4 m/2 en el patio trasero de la vivienda, sincontar con licencia municipal para ello, siendo ilegali-zables por incumplimiento del artículo 4.3.1.12 delPlan Parcial 1 y su valoración es de 2.400 euros.

— El artículo 4.3.1.12. Ocupación: La ocupación máximade la parcela, para ambas plantas, será del 80% de susuperficie neta.

— De lo anteriormente expuesto se desprende que lasobras no son compatibles con la ordenación vigente, alobjeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artí-culo 47.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística dela Comunidad Autónoma Andaluza.

— De los datos obrantes en el Departamento de Rentas yExacciones resulta que los titulares catastrales de lacitada vivienda son don Rafael Utrera García, conD.N.I. 28.588.566-A y doña Ruth Florido Sánchez,con D.N.I. 28.923.016-X.

2.º Los interesados presentaron escrito de alegaciones, de12 de enero de 2011, acompañando contrato de arrendamientodel citado inmueble desde el 13 de julio de 2010, a doña MaríaJerónima Solano Romero, con D.N.I. 34.053.681-L.

3º. Según acta de inspección levantada el 1 de septiem-bre de 2010, las obras se estaban ejecutando en esa fecha.

4º. Se hace preciso retrotraer las actuaciones del expe-diente sancionador iniciado a don Rafael Utrera García y doñaRuth Florido Sánchez, por cuando el inmueble de su propie-dad, en la fecha en que se inician las obras sin licencia, seencuentra arrendado a doña María Jerónima Solano Romero,según contrato de arrendamiento aportado por los propietarios.

Visto lo anteriormente expuesto, la Junta de GobiernoLocal acuerda:

Primero. Dejar sin efecto las actuaciones del expedientesancionador 2318/2010, iniciado a don Rafael Utrera García ydoña Ruth Florido Sánchez.

Segundo. Dar cuenta de la presente resolución a los inte-resados y a los Servicios Económicos Municipales.

De conformidad con el artículo 108 de la Ley Reguladorade las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985 y el artí-culo 14.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de28 de diciembre de 1988, contra la resolución anteriormentetranscrita puede interponer recurso de reposición ante la Alcal-día. El plazo para interponer el recurso será de un mes contadodesde el día siguiente al de esta notificación. Dicho recurso esde obligada interposición si pretendiese acudir a la Jurisdic-ción Contencioso- Administrativa.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso dereposición sin que se notifique su resolución, se entenderá des-estimado por silencio administrativo y quedará expedita la víacontencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso con-tencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses con-tados desde el siguiente a aquél en que se notifique laresolución expresa del recurso de reposición o en el plazo deseis meses contados desde el siguiente a aquél en que se pro-duzca el acto presunto.

De conformidad con las previsiones del artículo 21.2 delReal Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que seaprueba el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancio-nadora, pongo en su conocimiento que esta Resolución no ten-drá carácter ejecutivo en tanto no se resuelva el recurso que,en su caso, se interponga o haya transcurrido el plazo parainterponer el citado recurso sin hacerlo. Una vez que la resolu-ción sea ejecutiva (por haberse desestimado el recurso o habertranscurrido el plazo para recurrir) se procederá al pago de lamulta impuesta en la forma y plazos previsto en la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

a) Si la notificación de la resolución firme la recibe entrelos días 1 y 15 de cada mes desde la fecha de la notificaciónhasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábilsiguiente.

b) Las resoluciones firmes notificadas entre los días 16 yúltimo de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente.

Coria del Río a 16 de marzo de 2011.—El Alcalde, JoséVicente Franco Palencia.

2W-3869

FUENTES DE ANDALUCÍA

Don Miguel Fernández León, Alcalde Presidente del Ilmo.Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que con fecha 15 de marzo de 2011, ha dic-tado Decreto n.º 40/2011, del siguiente tenor literal:

Decreto de la Alcaldía n.º 40/2011Vista la resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidenta

del Instituto Nacional de Estadística y del Director General deCooperación Local por la que se dictan instrucciones técnicasa los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar lacaducidad de las inscripciones padronales de los extranjerosno comunitarios sin autorización de residencia permanente queno sean renovadas cada dos años. Habiéndose efectuado elpreaviso de caducidad al extranjero el 14 de octubre de 2010.

De conformidad con lo establecido en el punto 7 de dicharesolución, en el que se establece que: Los Ayuntamientosacordarán la baja por caducidad, CVAR=BCAUV en suPadrón de las inscripciones de los ENCSARP que no hayanrenovado su inscripción, transcurridos dos años desde su fechade alta en el Padrón o desde la fecha de la última renovación

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expresa. Esta caducidad podrá declararse sin necesidad deaudiencia previa al interesado.

Por todo lo anterior y dado que la persona que a continua-ción se relaciona no ha renovado su inscripción en el plazoestablecido, declaro la caducidad de su inscripción en el PadrónMunicipal de Habitantes y por tanto la baja en dicho Padrón.

— Nombre y apellidos: Norma Patricia Galo Ochoa. N.ºtarjeta residencia o pasaporte: C195698. Domicilio:General Armero, 109. Fecha de alta: 14/01/2009.

Dado por el señor Alcalde Presidente, don Miguel Fernán-dez León, ante la Secretaria del Ayuntamiento, a los solosefectos de dar fe, en Fuentes de Andalucía a 15 de marzo de2011.—El Alcalde, ante mí el Secretario.

Lo que se hace público para general conocimiento, enFuentes de Andalucía a 29 de septiembre de 2008.—ElAlcalde, Miguel Fernández León.

7W-3644

LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de LosPalacios y Villafranca hace saber:

Primero. Que el Pleno Municipal en sesión celebrada elpasado día 17 de febrero de 2011, adoptó acuerdo por el quese aprueba definitivamente el Documento de ModificaciónPuntual número 1 a 13 de las Normas Urbanísticas del PlanGeneral de Ordenación Urbanística, cuyo tenor literal es elque sigue:

«Examinado el Documento de Modificación Puntualnúmero 1 a 13 de las Normas Urbanísticas del Plan General deOrdenación Urbanística, promovido por el Ayuntamiento yredactado por la Arquitecto Municipal, que se refiere en con-creto a los siguientes artículos:

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 1:

Artículo 3.3.20. Construcciones e instalaciones porencima de la altura reguladora máxima.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 2:

Artículo 3.3.33. Condiciones de los patios de luces.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 3:

Artículo 3.4.12. Instalaciones vuelos y salientes en lavía pública.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 4:

Artículo 3.4.18. Altura mínima.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 5:

Artículo 3.5.9. Ventilación e iluminación.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 6:

Artículo 5.4.12. Adaptación al ambiente e imagenurbana.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 7:

Artículo 6.3.4. Ocupación máxima (V.P.C).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 8:

Artículo 6.4.4 Ocupación máxima (V.F.C).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 9:

Artículo 6.4.7. Otras condiciones de edificación (V.F.C).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 10:

Artículo 6.9.6. Otras condiciones de edificación (V.F.M).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 11:

Artículo 6.10.6. Otras condiciones de edificación(V.F.E).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 12:

Artículo 6.16.7. Régimen de usos (Servicios Terciarios).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 13:

Artículo 8.2.6. Usos de equipamientos privados y servi-cios terciarios.

Visto el expediente que se ha tramitado de conformidadcon el artículo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre deOrdenación Urbanística de Andalucía, en el que aparece laaprobación inicial, información pública, la audiencia a losmunicipios colindantes y a las entidades administrativas gesto-ras de intereses públicos, y la aprobación provisional.

Recibido el informe preceptivo previo que la DelegaciónProvincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda debeemitir antes de la aprobación definitiva del documento, en elque se realizan una serie de observaciones que afectan a lamodificación número 12 (artículo 6.16.7 Régimen de usos.Servicios Terciarios) y a la modificación número 13 (artículo8.2.6 Usos de equipamientos privados y servicios).

Considerando las citadas observaciones, se redacta para laaprobación definitiva el documento de modificación puntualnúmero 1 a 13 de las Normas Urbanísticas del Plan General deOrdenación Urbanística, que es el mismo que se aprobó inicialy provisionalmente, salvo la modificación número 12 y lamodificación número 13, que han sido modificadas respecto asu redacción inicial. Según el informe técnico emitido lasmodificaciones propuestas en el documento no tienen inciden-cia de carácter estructural en la ordenación al mantenerse losmismos criterios respecto a la estructural general y orgánicadel territorio.

Atendiendo a la legislación urbanística vigente aplicable,en concreto a los artículos 31, 32, 34 y 41 de la Ley 7/2002, deOrdenación Urbanística de Andalucía, y al artículo 22.2 c), y47.2.ll) de la Ley de Bases de Régimen Local.

Atendida la propuesta presentada por la Sra. Delegada deUrbanismo, doña Rosario Dolores Gavira Maestre.

El Pleno de la Corporación Municipal, por mayoría abso-luta, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar definitivamente el documento demodificación número 1 a 13 de las Normas Urbanísticas delPlan General de Ordenación Urbanística, con la nueva redac-ción de la modificación número 12 y de la modificaciónnúmero 13.

Segundo. Acordar la inscripción del citado Documentoen el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamientopara garantizar su publicidad, así como su remisión a la Con-sejería de Obras Públicas y Vivienda para la inscripción en elRegistro de la Consejería.

Tercero. Publicar dicho acuerdo, así como el contenidodel articulado de sus normas, en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la indicación de haberse procedido previamente aldepósito del documento, en el Registro Municipal de Instru-mentos Administrativos, y en el Registro de la Consejería deObras Públicas y Vivienda.

La publicación del acuerdo de aprobación definitiva delDocumento de Modificación extinguirá la suspensión de licen-cias y autorizaciones acordada en la aprobación inicial.

El acuerdo que antecede se adoptó con el voto a favor delos Sres. Gavira Maestre, Troncoso Rincón, González Molina,Maestre Moreno, Labrador Dieguez, Rodríguez Rodríguez,Godino Benítez, González Centeno, Díaz Ulloa, Durán Begi-nes, Amuedo Moguer, Gómez Rincón, Moguer Caro, GarcíaFernández y Ortega Moral.

Se abstuvieron los Sres. Valle Chacón y López Borrego.»

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Segundo. Que se ha producido la inscripción del citadoDocumento de Modificación Puntual en el Registro Municipalde Instrumentos de Planeamiento con el número de Registro26, número de Sección 18; y en el Registro Autonómico deInstrumentos Urbanísticos asignándole el número de Registro4667, en la Sección Instrumento de Planeamiento del LibroRegistro de Los Palacios y Villafranca.

Tercero. El contenido de las Normas Urbanísticas Modi-ficada es el siguiente:

1. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 1:

Artículo 3.3.20. Construcciones e instalaciones porencima de la altura reguladora máxima.

1. Por encima de la altura máxima o número máximo deplantas, sólo se permitirán:

a. El forjado de techo de la última planta en caso de serplano.

b. La formación de azoteas planas.

c. La formación de cubiertas inclinadas con forjadosestructurales, sin sobrepasar la altura total de cuatro-cientos (400) centímetros sobre la altura máxima per-mitida (medida en unidades métricas), cuando entre elsuelo de la última planta bajo la altura reguladora y elforjado inclinado no exista ningún forjado esta limita-ción se medirá desde un plano teórico a doscientossesenta (260) centímetros de dicho suelo.

d. La formación de empalomados con tabiques conejerospara cubierta inclinada que no sobrepasarán más dedoscientos cincuenta (250) centímetros sobre la carainferior del último forjado salvo que estén adosados aotras construcciones permitidas sobre la altura regula-dora en cuyo caso el máximo será de doscientos (200)centímetros.

e. Los pretiles y barandillas con una altura máxima deciento treinta (130) centímetros sobre el pavimento dela azotea en fachada y espacio libre de parcela, yciento ochenta (180) centímetros en medianeras.

F. LA CAJA DE ESCALERA DE ACCESO A LA AZOTEA.

g. Los ascensores o la maquinaria del ascensor, dedimensiones tales que su superficie no superará en dos(2,00) metros cuadrados o la mínima exigida por laNormativa Técnica de Aparatos Elevadores.

h. Las torres de refrigeración que ocuparán la superficieestricta necesaria para acoger las instalaciones que porrazones técnicas tengan que ubicarse al aire libre. Nose podrán instalar torres de refrigeración sobre cons-trucciones permitidas sobre la altura reguladora salvosi van integradas visualmente en las mismas y nosuperan la altura máxima permitida de la construcciónsobre la que se sitúan.

i. Las instalaciones técnicas necesarias como antenas,chimeneas conductos de aireación, artefactos captado-res de energía solar, etc. Los artefactos captadores deenergía solar y sus depósitos acumuladores no podránsituarse sobre las construcciones permitidas sobre laaltura reguladora salvo si van integradas visualmenteen las mismas y no superan la altura máxima permi-tida de la construcción sobre la que se sitúan.

j. Los trasteros siempre que estén ligados a viviendassituadas en las plantas inferiores del edificio y nosuperen el 15 % de la superficie construida de lasviviendas a las que están vinculadas.

k. Cualquier otra construcción ligada a la planta inmedia-tamente inferior con uso vivienda y con acceso directointerior desde ella.

l. Los áticos en el suelo urbanizable sectorizado (SUS),es decir construcciones con uso residencial no vincu-lado a la planta inmediatamente inferior si así lo con-templa el Plan Parcial que desarrolle el sector.

m. Las pérgolas.

2. La altura máxima permitida de los anteriores elemen-tos será:

a. De los elementos 1-a) y 1-b) la que se deriva de susexigencias técnicas: estructurales, de aislamiento tér-mico, impermeabilización y evacuación de aguas plu-viales.

b. De los elementos1-c), 1-d) y 1-e) las establecidas ensus propios apartados del punto anterior.

c. De los elementos 1-h) y 1-i) las que se derivan de susexigencias técnicas, con las limitaciones para las insta-laciones de refrigeración y energía solar establecidasen sus propios apartados.

d. De los elementos 1-g), 1-j), 1-k), 1-l) y 1-m) cuatro-cientos (400) centímetros desde la altura máxima per-mitida (medida en unidades métricas). La cubierta deestos elementos no será transitable y los pretiles decubierta tendrán menos de ochenta (80) centímetros.

e. Todos los elementos permitidos sobre la alturamáxima salvo el 1-a), 1-b) y 1-e) estarán situados pordebajo de un plano inclinado de cuarenta y cinco gra-dos (45º) formados a partir del encuentro entre elplano de fachada a espacios públicos y espacios vívi-deros con un plano horizontal medida 15 cms porencima de la altura máxima permitida (medida en uni-dades métricas).

3. Las tuberías, torres de refrigeración y depósitos debe-rán quedar ocultos de vistas desde la vía pública. Todos losparamentos verticales visibles desde la vía pública deberánestar convenientemente tratados a tono con la fachada del edi-ficio. Todos los elementos situados por encima de la cubiertageneral del edificio deberán estar agrupados, en lo posible.

4. Superficie máxima construida sobre la altura regula-dora.

La superficie máxima construida por encima de la alturareguladora será del veinticinco por ciento (25%) de la máximaocupación autorizada por las Condiciones Particulares de laZona en la planta inmediatamente inferior de esta, más ochometros cuadrados (como máximo) de superficie de escaleras,cuarto máquinas, etc.

La superficie máxima construida sobre la altura regula-dora, computará a efectos del cómputo de la superficiemáxima edificable cuando se defina una edificabilidadmáxima en las Condiciones Particulares de la Zona; en lasÁreas de Planeamiento Incorporado y en el Suelo Urbanizable.

Se considera superficie construida la de los siguientes ele-mentos:

1-c) Cuando la altura libre, sea igual o superior a cientocincuenta (150) centímetros si existe forjado, o acuatrocientos cruenta y cinco (445) centímetrosdesde el suelo de la última planta bajo la alturareguladora si no existe.

1-f) En su totalidad.

1-g) Cuando la altura total sobrepase doscientos (200)centímetros del forjado de la última planta dentro dela altura reguladora máxima.

1-j) En su totalidad.

1-k) En su totalidad.

1-l) En su totalidad.

1-m) En un 50%.

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2. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 2:

Artículo 3.3.33. Condiciones de los patios de luces.1. Sin perjuicio de lo que establezca el Plan General en

las Condiciones Particulares de Zona, las dimensiones de lospatios se ajustarán a las que se indican en los siguientes epí-grafes de este artículo.

2. En los patios de luces se deberá poder inscribir un cír-culo de diámetro superior a la longitud del 30% de la alturadel patio, y con los límites mínimos que se fijan en el siguientecuadro.Altura máxima del Dimensión mínima de patiospatio por plantas de luces (diámetros interiores)

B+1 3.00 m

B+2 3.00 m (Cuando el patio ventile elsalón o espacio vividero con superfi-cie mayor a 18 m2 el diámetro mínimoa inscribir será de 4.00 m)

B+3 4.00 m

Las nuevas Áreas de Desarrollo del presente Plan Generalcontendrán en sus planeamientos, normativas específicas rela-tivas a los patios que regulen sus dimensiones en función de laaltura con un mínimo absoluto de cuatro (4) metros, salvo enviviendas unifamiliares en las que el mínimo absoluto será detres (3) metros.

3. En aquellas actuaciones sobre edificios existentes,donde existan estructuras previas que hagan imposible el cum-plimiento de las dimensiones señaladas en el punto anterior, seadmitirán, y bajo criterio municipal, una disminución de lasdimensiones mínimas de patios de hasta un 30%, siempre quela superficie mínima de dicho patio sea al menos de 6 m2.

4. En los patios de luces no se permiten hendiduras cuyaprofundidad sea mayor que la embocadura al resto del patio.

3. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 3:

Artículo 3.4.12. Instalaciones, vuelos y salientes en lavía pública.

1. En el suelo clasificado como urbano por el Plan Gene-ral, se prohíben los cuerpos volados cerrados sobre la víapública y espacios públicos en calles de menos de 14,00 m deanchura, en las esquinas y en los chaflanes, a excepción de loscierres de rejas tradicionales. En ningún caso, los voladizosserán superiores a los 50 cm. medidos desde el plano de la ali-neación oficial, su longitud no superará el 30% de la de lafachada salvo en edificios singulares de uso no residencial enlos que por sus condiciones de composición y estética podránautorizarse hasta el 50%, en cuyo caso el promotor deberáaportar previamente la documentación exigida en el artículo3.4.3. La distancia entre dos cuerpos volados no será inferior a1,00 m, ni estarán situados a menos de 0,60 m del eje de lamedianería, esquina o chaflán. En ningún caso se permitiráncuerpos volados que, en su máximo saliente, queden a menosde 0,40 m de la vertical del borde externo de la acera.

2. Se entenderá por balcón o cuerpo no cerrado, aquelque cumpliendo las condiciones anteriores, no disponga decubierta, techo o laterales, y la parte ciega de su barandilla deprotección no supere los 30 cms de altura en ninguno de suslados. Todo vuelo que no cumpla tales requisitos se entenderácomo vuelo cerrado.

3. Ningún cuerpo o elemento de un edificio, tanto siforma parte del mismo, como si se trata de instalación adosadaa su fachada, podrá volar sobre el vial o espacio libre público auna altura inferior a 3,00 metros sobre la rasante de la acera, nisobresalir del plano vertical definido por el voladizo máximopermitido en cada zona.

4. Las persianas, puertas, ventanas, rejas y toda clase deelementos de cerramiento (salvo toldos removibles) deberándisponerse en forma tal que en ninguna de sus posicionesincumplan lo dispuesto en el apartado anterior.

5. Los escaparates o mostradores, sean o no desmonta-bles, así como las bajantes de aguas pluviales o residuales, nopodrán sobresalir la alineación oficial, salvo las rejas tradicio-nales en planta baja, cuando sean permitidas por la ordenanzacorrespondiente.

6. No obstante, lo establecido en los apartados anteriores,se podrán autorizar excepcionalmente la instalación de toldosremovibles en planta baja siempre que su máximo saliente sequede a más de 0,40 m de la vertical del borde externo de laacera y, en su punto más bajo, a 2,40 m sobre la misma.

7. Las cornisas de la última planta no superará los 30centímetros sobre la vía o espacio público. Salvo la de los vue-los que no podrán superarlos en más de diez (10) centímetros.

8. Los elementos ornamentales, tales como zócalos ymolduras podrán sobresalir de la alineación oficial hasta 5centímetros.

9. Se prohíben los elementos de instalaciones tales comocableado, cajas, etc…, que sobresalgan más de cinco (5) centí-metros de la alineación oficial.

10. Las rejas tradicionales en planta baja no sobresaldránmás de veinte (20) centímetros de la alineación oficial siempreque quede un ancho de acerado superior a ciento veinte (120)centímetros.

4. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 4:

Artículo 3.4.18. Altura mínima.1. Los nuevos edificios, cuya altura reguladora sea B+2 ó

B+3, no podrán tener en una profundidad mínima de cinco (5)metros desde su alineación a vial o espacio libre públicomenos de una planta de la máxima permitida en la zona dondeestén ubicados.

2. Los nuevos edificios en las Avenidas de Sevilla, Ave-nida de Cádiz y Avenida de Utrera no podrán tener en una pro-fundidad mínima de cinco (5) metros desde su alineación avial o espacio libre público menos plantas de las máximas per-mitidas.

3. La Administración Urbanística Municipal podrá exigirhasta la altura máxima en otros casos en que se entienda que,de lo contrario, se esté agrediendo el paisaje urbano por nocumplir con las condiciones de armonizar con el entorno quese exigen por estas Normas Urbanísticas.

En los solares en los que se proyecten edificios con menosaltura de la altura reguladora, deberán aportar Estudio Previoal Ayuntamiento sobre tal extremo para que este se pronuncieen base al informe emitido por los Servicios Técnicos Munici-pales.

5. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 5:

Artículo 3.5.9. Ventilación e iluminación.1. Los huecos de ventilación e iluminación de las piezas

habitables deberán tener una superficie no inferior a undécimo (1:10) de la planta del local y al menos la mitad serápracticable. Éstos no se situarán a menos de 3 metros, en pro-yección recta desde el punto medio de hueco, de cualquierparamento del patio o espacio libre al que dé.

2. Las cocinas, así como cualquier otra pieza donde seproduzca combustión o gases, dispondrán de conductos inde-pendientes o ventilación forzada para su eliminación.

3. La ventilación de las piezas no habitables tales comoaseos, baños, cuartos de calefacción, de basura, de acondicio-namiento de aire, despensas, trasteros y garajes, podrá llevarsea cabo mediante sistemas artificiales de ventilación forzada opor otros medios mecánicos.

4. La ventilación de locales a través de soportales sólo seaceptarán en las plantas bajas que ventilen a patios vivideros oa la vía pública y no podrán ser piezas habitables de uso resi-dencial.

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6. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 6:

Artículo 5.4.12. Adaptación al ambiente e imagenurbana.

1. La defensa de la imagen urbana y el fomento de suvaloración y mejora, tanto en lo que se refiere a los edificios,en conjuntos o individualizadamente, como a las áreas no edi-ficadas, corresponde al Ayuntamiento, por lo que, cualquieractuación que pudiera afectar a la percepción de la ciudaddeberá ajustarse a las presentes Normas así como aquellasotras Ordenanzas establecidas al efecto.

2. De igual forma, justificadamente, el Ayuntamientopodrá denegar o condicionar cualquier actuación que resulteantiestética o lesiva para la imagen de la ciudad. El condicio-namiento de la actuación podrá estar referido al uso, lasdimensiones del edificio, las características de las fachadas, delas cubiertas, de los huecos, la composición, los materialesempleados y el modo en que se utilicen, su calidad o su color,la vegetación, en sus especies y su porte y, en general, a cual-quier elemento que configure la imagen de la ciudad.

3. Las construcciones habrán de adaptarse, en lo básico,al ambiente en que estuvieran situadas, y a tal efecto:

a. Las nuevas construcciones y alteraciones de las exis-tentes deberán adecuarse en su diseño y composición con elambiente urbano en el que estuvieren situadas. A tales efectosla Administración Urbanística Municipal podrá exigir comodocumentación complementaria del proyecto de edificación laaportación de análisis de impacto sobre el entorno, con empleode documentos gráficos del conjunto de los espacios públicosa que las construcciones proyectadas dieren frente y otrosaspectos desde los lugares que permitieren su vista. En lossupuestos en que la singularidad de la solución formal o eltamaño de la actuación así lo aconsejen, podrá abrirse un perí-odo de participación ciudadana para conocer la opinión tantode la población de la zona como de especialistas de recono-cido prestigio.

b. En los lugares de paisaje abierto y natural y en lasinmediaciones de las carreteras y caminos de trayecto pinto-resco, no se permitirá que la situación, masa, altura de los edi-ficios, muros y cierres, o la instalación de otros elementos,limite el campo visual para contemplar las bellezas naturales,rompa la armonía del paisaje o desfigure la perspectiva propiadel mismo.

c. Cuando una edificación sea objeto de una obra queafecte a su fachada y se encuentre contigua o flanqueada poredificaciones catalogadas, se adecuará la composición de lanueva fachada a las preexistentes, armonizando las líneas fijasde referencia de la composición (cornisa, aleros, impostas,vuelos, zócalos, recercados, etc.) entre la nueva edificación ylas colindantes.

d. En todo caso, las soluciones de ritmos y proporciónentre los huecos y macizos en la composición de las fachadas,deberán adecuarse en función de las características tipológicasde la edificación, del entorno, y específicas de las edificacio-nes catalogadas, si su presencia y proximidad lo impusiere.

e. En las obras en los edificios que afecten a la plantabaja, ésta deberá armonizar con el resto de la fachada, debién-dose a tal efecto incluir sus alzados en el proyecto del edificioy ejecutarse conjuntamente con él.

f. Se podrá autorizar el cerramiento de terrazas y balco-nes existentes de acuerdo con las determinaciones de un pro-yecto del conjunto de la fachada, que deberá presentar lacomunidad o el propietario del edificio para lo cual deberácumplir lo establecido en el artículo 3.4 de estas Normas.

g. En edificios en que se hubieran realizado cerramientosanárquicos de terraza, el Ayuntamiento podrá requerir para laadecuación de las mismas a una solución de diseño unitario.

4. En todo el ámbito del suelo clasificado como urbano yurbanizable se desaconseja todo tipo de instalaciones aéreas desuministro de servicios públicos. La nueva instalación y la

sustitución o ampliación de redes de servicios se efectuaránmediante canalización subterránea, excepto en aquellos casosen los que, y bajo criterio municipal, se considere su dificul-tad. Esto afecta, en particular, a las redes de energía eléctrica yde telecomunicaciones, aunque sean de baja, media y alta ten-sión o de servicio supramunicipal.

5. En suelo no urbanizable se prohíbe la publicidad exte-rior, salvo los carteles informativos, de conformidad con lavigente legislación y las Ordenanzas municipales.

6. En el ámbito del suelo urbano se prohíbe la manifesta-ción de la actividad publicitaria, salvo en aquellos espaciosdebidamente acondicionados y autorizados por la Administra-ción, en base a las Ordenanzas municipales. Se admitirán losanuncios comerciales en los propios locales promocionados,que deberán adaptarse al ambiente en cuanto a tamaño, diseñoy materiales.

7. La implantación de usos o actividades que por suscaracterísticas puedan generar un importante impacto paisajís-tico tales como canteras, desmontes, etc., deberá realizarse demanera que se minimice su impacto negativo sobre el paisaje,debiéndose justificar expresamente este extremo en las corres-pondientes solicitudes de licencia, así como en los planes derestauración.

8. Para la atenuación de los impactos negativos se ten-drán en cuenta las siguientes normas:

a. En los edificios que contengan elementos que no seintegren en el medio en que se insertan, la concesión de licen-cia de obras quedará condicionada a la realización de las obrasque eliminen o atenúen los impactos negativos que contengan.

b. La obligatoriedad de realizar las obras referidas en elnúmero anterior se exigirá cuando las obras solicitadas sean dereestructuración o cuando sean de igual naturaleza que lasnecesarias para eliminar los referidos impactos negativos.

9. Las obras de nueva edificación deberán proyectarsetomando en consideración la topografía del terreno, la vegeta-ción existente, la posición del terreno respecto a cornisas, hitosu otros elementos visuales, el impacto visual de la construc-ción proyectada sobre el medio que la rodea y el perfil de lazona, su incidencia en términos de soleamiento y ventilaciónde las construcciones de las fincas colindantes y, en víapública, su relación con ésta, la adecuación de la solución for-mal a la tipología y materiales del área, y demás parámetrosdefinidores de su integración en el medio urbano.

10. La Administración Urbanística Municipal podrá exigirla inclusión en la documentación con la que se solicite licen-cia, de un estudio de visualización y paisaje urbano en elestado actual, y en el estado futuro que corresponderá a laimplantación de la construcción proyectada.

11. La Administración Urbanística Municipal podrá exigirque los Planes Parciales, Planes Especiales o Estudios deDetalle, demuestren la consecución de unidades coherentes enel aspecto formal, mediante los correspondientes estudios delimpacto. Sobre la base de un análisis del lugar en que se iden-tifiquen sus límites visuales desde los puntos de contempla-ción más frecuentes, las vistas desde o hacia el sitio a conser-var o crear, las siluetas características, así como los elementosimportantes en cuanto a rasgos del paraje, puntos focales,arbolado y edificios existentes, se justificará la solución adop-tada, que deberá contemplar al menos los siguientes aspectos:

a. Creación de una estructura espacial comprensiva tantodel sistema de espacios abiertos (áreas verdes, grandes vías)como del de los espacios cerrados (plazas, calles, itinerariosdel peatón).

b. Establecimiento de criterios para la disposición yorientación de los edificios en lo que respecta a su percepciónvisual desde las vías perimetrales, los accesos y los puntosmás frecuentes e importantes de contemplación.

c. Establecimiento de criterios selectivos o alternativospara el empleo armónico de los materiales de urbanización, de

50 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

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edificación y de ajardinamiento, así como de las coloracionespermitidas para los mismos.

12. Para la mejora y recualificación del paisaje y de laimagen urbana de Los Palacios podrán redactarse Planes Espe-ciales, cuyos objetivos generales, medidas y criterios particu-lares deberán establecerse en los apartados correspondientesde la Memoria de Ordenación de dichos planes.

7. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 7:

Artículo 6.3.4. Ocupación máxima. (VPC)1. Parcelas con profundidad igual o inferior a treinta (30)

metros.

• Planta baja: 100%.

• Plantas superiores: 100% en los veinticuatro (24)primeros metros paralelos a fachada.

2. Parcelas con profundidad superior a treinta (30) metros.

• Sin patio vividero:

Planta baja: 100%

Plantas superiores: 100% en los primeros veinticuatro (24)metros paralelos a fachada.

• Con patio vividero:

— Edificio exclusivamente residencial: 60%

— Edificio con plantas bajas donde se ubiquen usos noresidenciales:

70% en planta baja.

60% en plantas superiores.

8. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 8:

Artículo 6.4.4. Ocupación máxima. (VFC)1. Parcelas con profundidad igual o inferior a treinta (30)

metros.

Planta baja y planta primera: 100% en los dieciséis (16)primeros metros paralelos a la fachada, en el resto de la par-cela el 50% de ese resto.

2. Parcelas con profundidad superior a treinta (30)metros.

• Sin patio vividero:

Planta baja y primera: 100% en los primeros dieciséis (16)primeros metros paralelos a fachada, en el resto de la parcelael 50% de ese resto.

• Con patio vividero:

Planta baja y primera: 60%.

9. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 9:

Artículo 6.4.7. Otras condiciones de edificación. (VFC)1. Ver en las Normas Generales de Edificación.

2. Condiciones complementarias de estética y diseño:

a. Las construcciones deberán armonizar y adaptarse a suentorno y a los criterios y condiciones regulados por el PlanGeneral, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el artículo 98del Reglamento de Planeamiento. A tal efecto, se pondrá espe-cial cuidado en el tratamiento de fachadas, cubiertas, cornisaszócalos, niveles de forjado, dimensiones y composición dehuecos, materiales, color y detalles constructivos.

b. En la composición de las fachadas nuevas o renova-das, la solución de ritmo y proporción entre los huecos y maci-zos deberá justificarse en función de las características tipoló-gicas y ambientales del entorno y las del propio edificio.Deberán contemplarse las siguientes condiciones:

— La composición de la nueva fachada contemplarácomo referencia la estructura geométrica subyacentede la fachada de los edificios colindantes: cornisas,aleros, líneas de forjados, impostas, zócalos, etc.;

— La planta baja deberá componer sus huecos y materia-les con los del resto del edificio, respetando las pautasverticales de la fachada.

c. Los huecos de la fachada no estarán a menos de 0,60m. del eje de medianería.

d. En los huecos de fachada predominará la dimensiónvertical sobre la horizontal;

e. Los materiales de acabado y las soluciones constructi-vas empleadas serán similares a las características de las tipo-logías tradicionales. Serán preferentes los acabados de enfos-cado, pintado o encalado y el ladrillo tradicional. Se evitará enlo posible el uso de aplacados en fachada, prohibiéndose losazulejos. Los colores preferentes serán el blanco, o los ocresde tonalidades muy claras.

3. Cuando se sitúen patios a fachada, el cerramiento deparcela será ciego hasta una altura mínima de 3,20 metros.

10. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 10:

Artículo 6.9.6. Otras condiciones de edificación. (VFM)1. Ver en las Normas Generales de Edificación.

2. Condiciones complementarias de estética y diseño:

a. Las construcciones deberán armonizar y adaptarse a suentorno y a los criterios y condiciones regulados por el PlanGeneral, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el artículo 98del Reglamento de Planeamiento. A tal efecto, se pondrá espe-cial cuidado en el tratamiento de fachadas, cubiertas, cornisaszócalos, niveles de forjado, dimensiones y composición dehuecos, materiales, color y detalles constructivos.

b. En la composición de las fachadas nuevas o renova-das, la solución de ritmo y proporción entre los huecos y maci-zos deberá justificarse en función de las características tipoló-gicas y ambientales del entorno y las del propio edificio.Deberán contemplarse las siguientes condiciones:

— La composición de la nueva fachada contemplarácomo referencia la estructura geométrica subyacentede la fachada de los edificios colindantes: cornisas,aleros, líneas de forjados, impostas, zócalos, etc.;

— La planta baja deberá componer sus huecos y materia-les con los del resto del edificio, respetando las pautasverticales de la fachada.

c. Los huecos de la fachada no estarán a menos de 0,60m. del eje de medianería, y su anchura no será superior a 3,00m. en plantas de piso;

d. En los huecos de fachada predominará la dimensiónvertical sobre la horizontal;

e. Los materiales de acabado y las soluciones constructi-vas empleadas serán similares a las características de las tipo-logías tradicionales. Serán preferentes los acabados de enfos-cado, pintado o encalado y el ladrillo tradicional. Se evitará enlo posible el uso de aplacados en fachada, prohibiéndose losazulejos. Los colores preferentes serán el blanco, o los ocresde tonalidades muy claras.

3. Cuando se sitúen patios a fachada, el cerramiento deparcela será ciego hasta una altura mínima de 3,20 metros.

11. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 11:

Artículo 6.10.6. Otras condiciones de edificación. (VFE)1. Ver en las Normas Generales de Edificación.

2. Condiciones complementarias de estética y diseño:

f. Las construcciones deberán armonizar y adaptarse a suentorno y a los criterios y condiciones regulados por el PlanGeneral, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el artículo 98del Reglamento de Planeamiento. A tal efecto, se pondrá espe-cial cuidado en el tratamiento de fachadas, cubiertas, cornisaszócalos, niveles de forjado, dimensiones y composición dehuecos, materiales, color y detalles constructivos.

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 51

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g. En la composición de las fachadas nuevas o renova-das, la solución de ritmo y proporción entre los huecos y maci-zos deberá justificarse en función de las características tipoló-gicas y ambientales del entorno y las del propio edificio.Deberán contemplarse las siguientes condiciones:

— La composición de la nueva fachada contemplarácomo referencia la estructura geométrica subyacentede la fachada de los edificios colindantes: cornisas,aleros, líneas de forjados, impostas, zócalos, etc.;

— La planta baja deberá componer sus huecos y materia-les con los del resto del edificio, respetando las pautasverticales de la fachada.

h. Los huecos de la fachada no estarán a menos de 0,60m. del eje de medianería.

i. En los huecos de fachada predominará la dimensiónvertical sobre la horizontal;

j. Los materiales de acabado y las soluciones constructi-vas empleadas serán similares a las características de las tipo-logías tradicionales. Serán preferentes los acabados de enfos-cado, pintado o encalado y el ladrillo tradicional. Se evitará enlo posible el uso de aplacados en fachada, prohibiéndose losazulejos. Los colores preferentes serán el blanco, o los ocresde tonalidades muy claras.

3. Cuando se sitúen patios a fachada, el cerramiento deparcela será ciego hasta una altura mínima de 3,20 metros.

12. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 12:

Artículo 6.16.7. Régimen de usos. (Servicios Terciarios)Además del uso pormenorizado Servicios Terciarios en

todas sus categorías, salvo los establecidos en el título V sobreNormas Generales de Protección, los de campamentos y esta-ción de servicio que deberán estar expresamente indicadoscomo usos básicos en los planos de ordenación, se admitencomo usos permitidos los siguientes usos pormenorizados:

1. Vivienda en su categoría unifamiliar en parcelas demás de 5.000 m2 para personal de vigilancia de la ins-talación.

2. Deportivo.

3. Servicios de Interés Público y Social.

4. Recreativo.

5. Transporte e Infraestructuras urbanas.

6. Espacios Libres.

7. Industria y almacenamiento en categorías a2, vincu-lado a un uso comercial, y en una proporción no supe-rior al 40% del total.

13. MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 13:

Artículo 8.2.6. Usos de equipamientos privados y servi-cios terciarios.

1. Equipamientos privados: Se consideran como tales alconjunto de actividades destinadas a satisfacer necesidades o amejorar la calidad de vida de la población de los núcleos urba-nos, tanto en el aspecto de ocio, como en el cultural, sanitario,deportivo, asistencial, etc. Se trata de dotaciones sin edifica-ción significativa y ligadas con el esparcimiento al aire libre ycon ocupación de grandes espacios, y caracterizadas por lanecesidad o conveniencia de su implantación en el mediorural, tales como:

a. Equipamientos deportivos: Se trata de un conjuntointegrado de obras e instalaciones destinadas a posibilitar elesparcimiento, recreo y la realización de prácticas deportivas.Supone la construcción de instalaciones de carácter perma-nente. Están incluidos los campos de golf, los centros ecues-tres, los parques de agua y otros análogos. Su implantaciónexigirá la elaboración de un Plan Especial que incluirá un Pro-grama de Mejora Continua de la Calidad Ambiental.

b. Centros asistenciales especiales vinculados a la explo-tación natural de los recursos, centros de enseñanza técnica deexplotación del medio y equipamientos sanitarios que resultenaconsejable su implantación en el medio rural.

Las condiciones de implantación y edificación de los equi-pamientos privados serán las mismas que las definidas para losequipamientos públicos, salvo la parcela mínima que deberáde ser de dos (2) hectáreas y la distancia mínima a núcleosurbanos que será de doscientos (200) metros a suelo urbano yurbanizable.

2. Servicios Terciarios: Son los destinados al desarrollode la vida social, divertimento y al alojamiento, además seincluyen las estaciones de servicio no vinculadas a la obrapública. Deberán cumplir la normativa que le sea de aplica-ción según la actividad de que se trate, en razón de las circuns-tancias de seguridad, salubridad y explotación y se regirán porel contenido de las Normas Generales de Uso y Edificación.Engloba a las siguientes actividades:

a. Hoteles Rurales: Hoteles cuyo recurso básico sea lasposibilidades de contacto con la naturaleza. Se adecuarán alo dispuesto en la legislación sectorial aplicable.

b. Las instalaciones permanentes de pernoctación y res-tauración ( hostales, moteles, ventas y las casas de comidas ybebidas en general) al servicio de los usuarios del viario localo comarcal, que comportan instalaciones de carácter perma-nente. Pueden incluir discotecas, pubs, terrazas al aire libre,piscinas y similares.

c. Otras instalaciones de turismo rural, de acuerdo con lodefinido para este uso por la legislación sectorial de aplica-ción, localizándose preferentemente en edificaciones existen-tes. En el caso de nueva construcción deberán respetarse lastipologías constructivas propias de la zona.

d. Campamentos de turismo, en las condiciones estable-cidas en el Decreto 164/2003 de 17 de junio, de ordenación deCampamentos de Turismo o norma que lo sustituya.

e. Las estaciones de servicio y unidades de suministro deventa de carburantes y productos petrolíferos. Deberán cum-plir además de las condiciones establecidas en el siguienteapartado, las condiciones establecidas para el uso en el artí-culo2.4.15.

f. Instalaciones recreativas y de espectáculos relaciona-das con el medio rural, tales tentaderos o similares.

3. Condiciones generales de implantación de las cons-trucciones destinadas a servicios terciarios:

a. La distancia mínima a núcleos urbanos será de qui-nientos (500) metros.

b. La distancia mínima a carreteras será la que establecela legislación sectorial.

c. La distancia mínima a otras edificaciones de serviciosterciarios de restauración, pernoctación o similares será dequinientos (500) metros. Con el resto de edificaciones de usosdiferentes la distancia mínima será de cincuenta (50) metros.

d. La superficie mínima de parcela será de tres (3) hectá-reas para los Campamentos de turismo (2-d), Hoteles Rurales(2-a) e instalaciones recreativas (2-f), de cinco mil (5000)metros para Estaciones de Servicio y Unidades de Suministro(2-e) y la precisa para el ejercicio de la actividad en los restan-tes usos pormenorizados, (2-b y 2-c). No obstante, cuando setrate de la rehabilitación de edificaciones existentes cataloga-das para su adecuación a usos terciarios, se admitirá la parcelaexistente.

e. La ocupación máxima de la parcela será de un veinte(20%) por ciento en 2-b, 2-c, 2-e y 2-f, y en áreas de acam-pada de los Campamentos de Turismo. En 2-a y 2-d, la ocupa-ción máxima será del diez por ciento (10%).

f. Superficie máxima construida: veinte por ciento(20%) de la superficie de la parcela.

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g. La separación mínima a linderos se establece en diez(10) metros.

h. La altura máxima será de dos plantas y siete (7)metros.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 41de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanís-tica de Andalucía, se hace público para general conocimiento,contra la resolución transcrita, definitiva en vía administrativa,podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición anteel órgano que dictó la misma, en el plazo de un mes contadodesde el día siguiente a aquél en que tenga la presente notifica-ción, o bien recurso contencioso-administrativo ante el corres-pondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en elplazo de dos meses contados desde el día siguiente al de larecepción de la presente notificación, conforme a lo dispuestoen el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa.

Asimismo, le comunico que contra el acto o acuerdo queresuelva el recurso de reposición podrá interponer igualmenterecurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccio-nal competente, en el plazo de dos meses contados desde eldía siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresadel recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresa-mente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actospresuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquierotro recurso que estime procedente.

Los Palacios y Villafranca a 18 de marzo de 2011.—ElAlcalde, Antonio Maestre Acosta.

2W-3941

LA PUEBLA DE CAZALLA

Se hace público el contenido del Decreto del Sr. Alcalde-Presidente, de fecha 7 de marzo de 2011, que literalmentedice:

«Visto el/los expediente/s tramitado/s por este Ayunta-miento para llevar a cabo la/s baja/s de oficio de Hatche Emi-lova Angelova, Pasaporte 363087570, M.H.A. (menor) yAhmed Mehmet Nazif, pasaporte 05530210 con domicilio encalle Alameña 13, del Padrón Municipal de Habitantes de estetérmino Municipal.

Considerando lo dispuesto en el artículo 72 del RealDecreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba elReglamento de Población y Demarcación Territorial de lasEntidades Locales, según redacción dada por el Real Decreto2612/1996, de 20 de diciembre, conforme a la cual «los Ayun-tamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, aquienes figuren empadronados incumpliendo requisitos esta-blecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez com-probada esta circunstancia en expediente en el que se daráaudiencia al interesado. Este deberá comunicar el municipio opaís en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, elalta en el padrón municipal o en el registro de matrícula de laoficina o sección consular correspondiente. Dicha solicitudserá tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de ofi-cio. Si el interesado no manifiesta expresamente su conformi-dad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informefavorable del Consejo de Empadronamiento».

Resultando que existe el informe favorable emitido por elConsejo de Empadronamiento de fecha 1 de octubre de 2010.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1letras) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Básica de RégimenLocal, he resuelto:

Primero: Dar de baja de oficio del Padrón Municipal deHabitantes a Hatche Emilova Angelova, Pasaporte 363087570,M.H.A. (menor) y Ahmed Mehmet Nazif, Pasaporte 05530210con domicilio en calle Alameña 13, de conformidad con lo

establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población yDemarcación Territorial.

Segundo: Dar traslado de la presente resolución a los inte-resados.»

La Puebla de Cazalla 8 de marzo de 2011.—El Alcalde,Antonio Martín Melero.

2W-3710

LA PUEBLA DEL RÍO

Don Sergio Pérez Balmisa, Alcalde en funciones del Ayun-tamiento de esta villa.

Hace saber: Que desconociéndose el paradero actual dedoña Lila Victoria Maia Galli y ante el incumplimiento de loestablecido en el artículo 54 del Real Decreto 2612/96, de 20de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, apro-bado por Real Decreto 4690/86, de 11 de julio, y a tenor de lasfacultades que el citado Real Decreto confiere a los Ayunta-mientos para tramitar de oficio la baja en el Padrón Municipalde Habitantes por inscripción indebida de toda persona queincumpla lo preceptuado en el citado artículo, es por lo que, através del presente anuncio, se concede un plazo de quincedías hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacióndel mismo, para que las personas afectadas, presenten las ale-gaciones oportunas, mostrando su conformidad o disconformi-dad con la incoación del expediente de baja, de manera quetranscurrido el plazo establecido, este Ayuntamiento remitiráal Consejo de Empadronamiento el expediente completo paraque emita el informe correspondiente, en virtud del artículo 72del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre.

La Puebla del Río a 11 de marzo de 2011.—El Alcalde enfunciones, Sergio Pérez Balmisa.

7W-3648

LA PUEBLA DEL RÍO

Don Sergio Pérez Balmisa, Alcalde en funciones del Ayun-tamiento de esta villa.

Hace saber: Que desconociéndose el paradero actual dedon Néstor Girón Velasco y ante el incumplimiento de lo esta-blecido en el artículo 54 del Real Decreto 2612/96, de 20 dediciembre, por el que se modifica el Reglamento de Poblacióny Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobadopor Real Decreto 4690/86, de 11 de julio, y a tenor de lasfacultades que el citado Real Decreto confiere a los Ayunta-mientos, para tramitar de oficio la baja en el Padrón Municipalde Habitantes por inscripción indebida de toda persona queincumpla lo preceptuado en el citado artículo, es por lo que, através del presente anuncio, se concede un plazo de quincedías hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacióndel mismo, para que las personas afectadas presenten las ale-gaciones oportunas, mostrando su conformidad o disconformi-dad con la incoación del expediente de baja, de manera quetranscurrido el plazo establecido, este Ayuntamiento remitiráal Consejo de Empadronamiento el expediente completo paraque emita el informe correspondiente, en virtud del artículo 72del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre.

La Puebla del Río a 11 de marzo de 2011.—El Alcalde enfunciones, Sergio Pérez Balmisa.

7W-3649

LA PUEBLA DEL RÍO

Don Sergio Pérez Balmisa, Alcalde en funciones del Ayun-tamiento de esta villa.

Hace saber: Que desconociéndose el paradero actual dedon Jonatan Muñoz Camacho y ante el incumplimiento de lo

Miércoles 13 de abril de 2011 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 53

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54 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 85 Miércoles 13 de abril de 2011

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL«BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigiránal «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista) 41014-Sevilla.Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

establecido en el artículo 54 del Real Decreto 2612/96, de 20de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, apro-bado por Real Decreto 4690/86, de 11 de julio, y a tenor de lasfacultades que el citado Real Decreto confiere a los Ayunta-mientos, para tramitar de oficio la baja en el Padrón Municipalde Habitantes por inscripción indebida de toda persona queincumpla lo preceptuado en el citado artículo, es por lo que, através del presente anuncio, se concede un plazo de quincedías hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacióndel mismo, para que las personas afectadas, presenten las ale-gaciones oportunas, mostrando su conformidad o disconformi-dad con la incoación del expediente de baja, de manera quetranscurrido el plazo establecido, este Ayuntamiento remitiráal Consejo de Empadronamiento el expediente completo paraque emita el informe correspondiente, en virtud del artículo 72del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre.

La Puebla del Río 14 de marzo de 2011.—El Alcalde enfunciones, Sergio Pérez Balmisa.

2W-3720

TOMARES

Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo.Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamientoelegir las personas para ser nombradas Juez de Paz Sustituto deeste municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Habiendo sido admitida por el Tribunal Superior de Justi-cia de Andalucía la renuncia formulada por don José VázquezCharlo al cargo de Juez de Paz sustituto de este municipio, seanuncia dicha vacante.

Se abre un plazo de un mes a partir de la publicación deeste Anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para quelas personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones le-gales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. Si el últi-mo día del mes fuese sábado podrán presentar sus instanciashasta el primer día hábil siguiente. El horario en que permane-cerá abierto el Registro de Entrada del Ayuntamiento se en-cuentra publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Se-villa número 258, de 7 de noviembre de 2010.

Para ser Juez de Paz sustituto se requiere ser español ymayor de edad.

En el escrito que remitan a la Alcaldía deberán consignarsus datos personales completos (en especial el número del DNI,la profesión u oficio a que se dedique en la actualidad y domi-cilio), pudiendo acompañar cuantos documentos justificativosde su formación y experiencia estimen pertinentes. Asimismo,en dicho escrito deberán declarar expresamente:

— Que no se hallan incursos en ninguna causa de incom-patibilidad o incapacidad.

— Que aceptan expresamente el cargo, respecto de unposible nombramiento.

Caso de no haber solicitantes, el Pleno de la Corporaciónelegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado Decanode Sevilla.

Lo que se publica para general conocimiento.

Tomares a 24 de marzo de 2001.—El Alcalde, José LuisSanz Ruiz.

3W-4004

TOMARES

Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde del Excmo. Ayunta-miento de esta villa.

Hago saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en acuerdo adop-tado al tratar el punto número 4 de la sesión celebrada el día25 de marzo de 2011, ha aprobado inicialmente la Ordenanzareguladora de administración electrónica en el Ayuntamientode Tomares.

El expediente queda sometido a información pública en elÁrea de Nuevas Tecnologías e Informática del Excmo. Ayun-tamiento de Tomares, sito en la calle de la Fuente, número 10,durante treinta días, contados a partir del siguiente a aquel enque se publique el presente anuncio en el «Boletín Oficial» dela provincia de Sevilla. Durante dicho plazo los interesadospodrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones ysugerencias que estimen oportunas (artículo 49 LBRL).

En el caso de que no se hubieran presentado reclamacio-nes, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hastaentonces provisional.

Tomares a 5 de abril de 2011.—El Alcalde, José Luis SanzRuiz.

2W-4551