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Novas da xustiza Nº 258. 7 de xullo de 2010 OPOSICIÓNS Secretarios, promoción interna. Tra- mitación, quenda libre Últimas informacións sobre os procesos selectivos para o corpo de Secretarios, promoción interna, e para o corpo de Tramitación, quenda libre (OEP 2008) Páx. 2 Texto completo da nova >>> REVISTA DE PRENSA ¿Cuánto ahorrarían los funcionarios de Justicia con el expediente digital? Otro beneficio es el del espacio, pues los ocho millones de expe- dientes que se gestionan anualmente en España ocupan unos 65.000 metros cuadrados. Páx. 5 Texto completo da nova >>> REXISTRO CIVIL El Gobierno aprobará este mes la re- forma del Registro Civil El Consejo de Ministros aprobará este mes el proyecto de ley del Registro Civil que permitirá que "cada español" pueda consultar sus datos "en cualquier momento y en cualquier lugar de nuestro país". Páx. 7 Texto completo da nova >>> Outras novas Opinión "La política de austeridad", por Ignacio Escolar Resolucións da DXRN A inscrición da filiación Documentos Solicitude de paralización da implantación en Galicia da Nova Oficina Xudicial Edita CCOO de Xustiza Páxina web http://ccooxustiza.blogspot.com/ Correo electrónico [email protected] Subscricións - Colaboracións Se queres publicar un artigo ou un comen- tario no boletín, se queres realizar unha consulta ou unha suxestión ou se queres recibir o boletín remítenos un correo electró- nico Diarios oficiais Taboleiro de avisos Delegados

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Boletin informativo de CCOO de Xustiza Oposicións - Revista de prensa - Opinión - Rexistro Civil - Documentos - Delegados - Páxinas web

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Page 1: 07-07-2010. Novas da Xustiza nº 258

Novas da xustiza

Nº 258 . 7 de xu l lo de 2010

OPOSICIÓNS

Secretarios, promoción interna. Tra-mitación, quenda libre

Últimas informacións sobre os procesos selectivos para o corpo de

Secretarios, promoción interna, e para o corpo de Tramitación,

quenda libre (OEP 2008)

Páx. 2 Texto completo da nova >>>

REVISTA DE PRENSA

¿Cuánto ahorrarían los funcionarios de Justicia con el expediente digital?

Otro beneficio es el del espacio, pues los ocho millones de expe-

dientes que se gestionan anualmente en España ocupan unos

65.000 metros cuadrados.

Páx. 5 Texto completo da nova >>>

REXISTRO CIVIL

El Gobierno aprobará este mes la re-forma del Registro Civil

El Consejo de Ministros aprobará este mes el proyecto de ley del

Registro Civil que permitirá que "cada español" pueda consultar

sus datos "en cualquier momento y en cualquier lugar de nuestro

país".

Páx. 7 Texto completo da nova >>>

Outras novas

Opinión

"La política de austeridad",

por Ignacio Escolar

Resolucións da DXRN

A inscrición da filiación

Documentos

Solicitude de paralización da

implantación en Galicia da

Nova Oficina Xudicial

Edita

CCOO de Xustiza

Páxina web

http://ccooxustiza.blogspot.com/

Correo electrónico

[email protected]

Subscricións - Colaboracións

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Diar ios o f i c i a i s Tabo le i ro de av i sos De legados

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OPOSICIÓNS

Últimas informacións sobre os procesos selectivos

Secretarios, promoción interna. Tramitación, quenda libre

Publicado en www.mjusticia.es

Secretarios, promoción interna. Relación de aprobados no

primeiro exercicio

Acuerdo del Tribunal N.º Uno por el que se publica la relación de

aspirantes que han aprobado el primer ejercicio de oposición por

promoción interna, y se anuncia el comienzo del segundo ejerci-

cio

6 de julio de 2010

Documentos asociados

Acuerdo de 5 de julio. (PDF. 50 KB) (versión HTML)

Anexo I (PDF. 80 KB) (versión HTML)

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Publicado en www.mjusticia.es

Tramitación, quenda libre. Rectificación da puntuación de

méritos

Publicamos o acordo do Tribunal das oposicións de Tramitación, quenda

libre, polo que se corrixen os erros materiais detectados nas puntuacións de

méritos dos seguintes aspirantes: Dª. Rosa María Rizo Sánchez (ámbito

territorial de Canarias), Dª. Sofía Gutiérrez Ippolito (ámbito territorial de

Canarias) e Dª. María Francisca Vattier Lagarrigue (ámbito territorial de

Resto de Península e Baleares). Estas rectificacións alteran o número de

orde nos respectivos ámbitos territoriais a partir da nova puntuación obtida

polas devanditas aspirantes pero non afectan á condición de aprobado de

ningún opositor.

Así mesmo publícanse nos ámbitos territoriais afectados, a nova relación

definitiva de valoracións de méritos de ao fase de concurso que substitúe a

do 10 de xuño.

Acuerdo del Tribunal Calificador, Turno Libre, por el que se publi-

ca la lista definitiva de aprobados con la puntuación del idioma

autonómico y derecho foral.

6 de julio de 2010

Documentos asociados

Acuerdo 5 de julio de 2010 (PDF. 13 KB) (versión HTML)

Anexo I: Rectificación de méritos en los ámbitos de Canarias y Resto de

Península y Baleares. (PDF. 58 KB) (versión HTML)

Anexo II: Relación de aprobados con puntuación en idioma autonómico y

derecho foral (PDF. 245 KB) (versión HTML)

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Tramitación, quenda libre (OEP 2008)

Data probable de publicación no BOE das listas definitivas de apro-

bados

Segundo o Ministerio de Xustiza, a data máis probable de publicación no

BOE das relacións definitivas de aprobados das probas selectivas de trami-

tación, quenda libre, correspondentes á OEP 2008, sería a partir do 15 de

xullo.

A partir da publicación, comezan a contar os 20 días naturais para a entre-

ga da documentación dos opositores que superaron as probas selectivas,

para ser nomeados funcionarios en prácticas.

O Ministerio de Xustiza publicará a partir do mes de setembro na súa páxina

web (www.mjusticia.es) os nomeamentos como funcionarios en prácticas

de todos os que superaron o proceso selectivo.

Data de comezo do curso práctico

Segundo a información que puidemos obter, os Centros de Estudos Xurídi-

cos do Ministerio de Xustiza e das Comunidades Autónomas con competen-

cias transferidas que convocaron prazas de Tramitación na OEP 2008, man-

teñen a data do 25 de outubro (ou como moito, o 18 de outubro) para a

realización do curso práctico de Tramitación, quenda libre, a pesar das nu-

merosas protestas de decenas de opositores e de CCOO esixindo que se

adiante ao mes de setembro, como é totalmente posible, e non se permita

polas Administracións atrasar aínda máis o proceso selectivo.

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REVISTA DE PRENSA

¿Cuánto ahorrarían los funcionarios de Justicia con el expe-diente digital?

Otro beneficio es el del espacio, pues los ocho millones de expedientes que se gestionan

anualmente en España ocupan unos 65.000 metros cuadrados.

Publicado en

www.diariocriticocv.com

Ligazón permanente

http://www.diariocriticocv.com

/noticias/not335548.html

Los funcionarios de Justicia se

ahorrarían un total de 1.400.000

horas anuales con la implantación

del expediente digital, pues se

reducirá el tiempo de consulta a

30 segundos frente a los 4 minu-

tos del documento en papel. El

mayor beneficio es en relación al

espacio, pues los ocho millones

de expedientes que se gestionan

anualmente en España ocupan

unos 65.000 metros cuadrados,

con lo que podría recuperarse

más de una cuarta parte del es-

pacio disponible y reutilizarlo en

las nuevas necesidades.

Así se desprende del informe

´Las TIC en la Justicia del futuro´

que presentó Telefónica en Valen-

cia en un acto presidido por la

consellera de Justicia y Adminis-

traciones Públicas, Paula Sánchez

de León. A la presentación asis-

tieron, además, el director de

Relaciones Corporativas de Tele-

fónica en España, Eusebio Bautis-

ta, y el director Territorial de Te-

lefónica en Comunidad Valencia-

na, Murcia y Baleares, José Ma-

nuel del Arco, entre otras perso-

nalidades.

Otro de los datos que se des-

prenden del informe se refiere al

coste de mantener un expediente

en papel, que asciende a unos 15

euros al año, en total aproxima-

damente 120 millones de euros

anuales. Al digitalizarse toda la

información se reducirían los cos-

tes de archivo físico y los de la

conservación del papel hasta en

un 95 por ciento, es decir, alre-

dedor de 114 millones de euros.

Por otro lado, su uso supondr-

ía un ahorro total en la búsqueda

de información de 14,4 millones

de euros, ya que el coste asocia-

do a la búsqueda de un documen-

to digital es de 0,08 euros frente

a los 0,68 de la búsqueda de un

informe en formato papel.

Este informe, realizado con la

colaboración del Observatorio de

la Justicia de la Fundación Wolters

Kluwer, se centra en los necesa-

rios cambios técnicos, organizati-

vos y administrativos encamina-

dos hacia un modelo en Red de la

Administración de Justicia, habida

cuenta del notable aumento de la

ligitosidad, con más de nueve

millones de asuntos ingresados y

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resueltos en 2009 frente a los

siete millones registrados en

2003.

La implantación de las TIC,

según apunta el informe, ofrece

"una gran oportunidad para res-

ponder a la petición de una Justi-

cia más accesible, próxima y

transparente, que ofrezca nuevos

canales de acceso a la informa-

ción".

El objetivo en la implantación

de las TIC es "lograr un modelo

de Justicia en Red: un sistema

integral e intercomunicado entre

toda la Administración de Justicia

que garantice la interconexión

telemática entre los distintos

agentes involucrados", revela el

documento. El desarrollo del nue-

vo modelo de Oficina Judicial

permitirá a los profesionales de la

Justicia "incrementar su producti-

vidad y su eficiencia" con "una

gestión más operativa y menos

sujeta a errores", así como "re-

partir las cargas de trabajo de

una manera más racional, facilitar

la deslocalización, reducir los

traslados de funcionarios y reali-

zar estos traslados con medidas

de formación adaptadas a sus

nuevos puestos".

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REVISTA DE PRENSA

El Gobierno aprobará este mes la reforma del Registro Civil

Publicado en

www.adn.es

Ligazón permanente

http://www.adn.es/lavida/20100706/

NWS-1036-Registro-Gobierno-Civil-

aprobara-reforma.html

El Consejo de Ministros apro-

bará este mes el proyecto de ley

del Registro Civil que, según ha

dicho hoy el ministro de Justicia,

Francisco Caamaño, permitirá que

"cada español" pueda consultar

sus datos "en cualquier momento

y en cualquier lugar de nuestro

país".

Así lo ha confirmado Caamaño

durante la sesión de control al

Gobierno en el Senado en res-

puesta a una pregunta del sena-

dor nacionalista Joseba Zubía,

quien se ha mostrado satisfecho

por la inminente aprobación de

este proyecto "a todas luces ne-

cesario".

Se trata, a juicio del titular de

Justicia, de un proyecto de ley

que "cambia absolutamente" la

concepción del Registro Civil,

supone un "salto fundamental" en

nuestra administración de Justicia

y afecta de manera "muy directa"

a los derechos de los ciudadanos.

"Pasaremos de un Registro Ci-

vil de hechos a un Registro Civil

de personas, de un Registro Civil

sustentado en libros a un Registro

Civil electrónico común para toda

España, de un registro de acceso

rogado a otro de acceso directo,

que permitirá a cada español

consultar sus datos en cualquier

momento y en cualquier lugar de

nuestro país", ha asegurado el

ministro.

Tras confirmar que el Ejecuti-

vo, después de estudiar los in-

formes de los órganos consulti-

vos, aprobará este mes el proyec-

to de ley, Caamaño se ha mos-

trado confiado en que los grupos

políticos ayuden a mejorarlo du-

rante su tramitación parlamenta-

ria.

El ministro de Justicia también

ha anunciado, en este caso en

respuesta a una pregunta del

senador socialista Francisco

Abellán, que el Gobierno adelan-

tará al mes de septiembre la

creación de los llamados jueces

de adscripción territorial o "jueces

volantes", que comenzarán a

ejercer sus funciones donde sean

más necesarios.

Caamaño ha subrayado que

"apostar por una Justicia de cali-

dad es apostar por una Justicia

servida por jueces titulares", ya

que "la profesionalidad de quie-

nes sirven en la administración de

justicia es un elemento clave".

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OPINIÓN

La política de austeridad

Ignacio Escolar

Publicado o 06/07/2010 en

www.escolar.net

Ligazón permanente:

http://www.escolar.net/MT/archives/

2010/07/la-politica-de-

austeridad.html

Alquiler del Auditori de Barcelona, 11.000 euros. Montaje de la mesa presi-

dencial, megafonía, iluminación y servicio de limpieza: 9.100. Aperitivo

para 600 personas: 15.300. Un reportaje fotográfico y otro en vídeo para

guardar el bonito recuerdo: 3.000. Viajes de los invitados, 37 altos cargos

de la Justicia española: 14.800 euros. Medallas de la orden de San Raimun-

do de Peñafort: 400. Hotel en Barcelona: 2.900 euros. Dietas y otros gastos

de los 37 invitados vips: 1.735. “Cena de trabajo” de sus señorías la noche

anterior: 1.200 euros. Parking, adornos y almuerzo del equipo organizador:

6.000 euros más.

Que el Consejo General del Poder Judicial se gaste en plena crisis 64.236

euros en una ceremonia de poco más de una hora para la entrega de des-

pachos de la nueva promoción de jueces sí tiene precio. Lo que no tiene es

vergüenza.

La factura la desveló ayer el diario El País. El manirroto presupuesto, más

propia de una boda que de un acto público, fue aprobado por el pleno del

CGPJ a propuesta del vicepresidente Fernando de Rosa. La fiesta fue el 1 de

junio, hace unas semanas. La información es escandalosa pero no acaba

aquí. A modo de contraataque, en defensa de su buen nombre, fuentes del

CGPJ explicaron ayer a Europa Press que este gasto forma parte de “la polí-

tica de austeridad en el Consejo”. Tal cual. Según esas fuentes, hay que

agradecer al ahorrador CGPJ que rebajase la factura porque el plan inicial

era gastarse 18.000 euros más. En esta explicación a la prensa, el Consejo

no detalla exactamente en qué se ahorro: si tenían previsto servir canapés

de algún animal en extinción, si iban a viajar también las señoras de sus

señorías, si en vez de organizarlo en Barcelona barajaron celebrarlo en las

Seychelles… Sea lo que fuese, muchas gracias, señores del Poder Judicial,

por apretarse tanto el cinturón.

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RESOLUCIÓNS DA DXRN

A inscrición da filiación

Publicado en www.mjusticia.es

Ligazón:

http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?

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tion%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=

Resolucio-

nes&blobwhere=1161680003109&s

sbinary=true

RESOLUCIÓN (2ª) de 7 de enero de 2009, sobre inscripción de na-

cimiento.

No procede la inscripción con la sola filiación materna por estar afectada la

filiación por la presunción de paternidad matrimonial que no ha sido des-

truida.

En las actuaciones sobre inscripción de nacimiento remitidas a este Centro

en trámite de recurso en virtud del entablado por la interesada contra auto

de la Juez Encargada del Registro Civil de D.

H E C H O S

1 El 25 de enero de 2008 comparece en el Registro Civil de D. Doña M., a

fin de inscribir el nacimiento de su hija M., nacida en S. el 18 de enero de

2008. Aporta como documentación: Certificado médico de asistencia al par-

to y sentencia de divorcio de la interesada.

2 El 25 de enero de 2008 comparece en el Registro Civil de D., Don S., ex

marido de la promotora, a fin e destruir la presunción de paternidad con

respecto a la menor M. hija de su ex esposa, haciendo constar que lleva

separado de hecho desde diciembre de 2007 sin tener contacto con ella

desde entonces, por lo que no es el padre de la niña, no oponiéndose a la

inscripción de la menor.

3 El Ministerio Fiscal, informa que considera que en el presente expediente

no ha quedado desvirtuada la presunción de paternidad matrimonial, ya

que según el artículo 116 del Código Civil dispone que “se presumen hijos

del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de

los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de

hecho de los cónyuges”. En este caso existe presunción de paternidad ma-

trimonial de S. puesto que consta copia de sentencia de divorcio de fecha

12 de junio de 2007 y el hijo nació el 18 de enero de 2008, es decir antes

de los trescientos días siguientes de la disolución del matrimonio, habiendo

además manifestado el interesado, en su comparecencia que se

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separó de hecho de su esposa en diciembre de 2007, antes pues del trans-

curso del plazo mencionado. La Juez Encargada del Registro Civil, mediante

auto de fecha 31 de enero de 2008 deniega la petición de filiación del asien-

to de nacimiento de la menor M.

4 Notificada la interesada, ésta interpone recurso ante la Dirección General

de los Registros y del Notariado, alegando que el cese de la convivencia se

produjo en diciembre de 2006, sin que en ningún momento se reanudara

dicha convivencia.

5 Notificado el Ministerio Fiscal de la interposición del recurso, éste se opo-

ne al mismo. La Juez Encargada del Registro Civil remite el expediente a la

Dirección General de los Registros y del Notariado para su resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Vistos los artículos 113 y 116 del Código civil (Cc); 386 de la Ley del En-

juiciamiento Civil (LEC); 2, 48 y 97 de la Ley del Registro Civil (LRC); 183,

184 y 185 del Reglamento del Registro Civil (RRC); la Circular de 2 de junio

de 1981; y las Resoluciones de 22 de mayo de 1997; 22-3ª de abril y 20-4ª

de septiembre de 2002; 17 de abril y 25-3ª de junio de 2003; 31-1ª de

enero de 2004; 25-1ª de noviembre y 9-1ª de diciembre de 2005; 4-4ª de

junio de 2007; y 9-4ª de julio de 2008.

II. Se pretende la inscripción de nacimiento de la nacida en S. el 18 de ene-

ro de 2008 haciendo constar sólo la filiación materna. La madre había con-

traído matrimonio el 6 de septiembre de 2005, el cual fue disuelto por sen-

tencia de divorcio dictada el 12 de junio de 2007, por el Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción nº 6 de

Por la Juez Encargada del Registro Civil, mediante auto de 31 de enero de

2008, se denegó la pretensión de la interesada por existir presunción de

filiación matrimonial que no consideraba destruida. En este caso han trans-

currido 7 meses desde la sentencia de divorcio hasta el nacimiento es decir,

menos de los 300 días previstos por el art. 116 Cc en que se mantiene la

presunción de paternidad del marido. Pero dado que es muy probable que

el procedimiento de divorcio (aún acogido a la reforma del 2005 sin previa

separación) haya durado más de dos meses, hay que añadir a los citados 7

meses el periodo de tramitación del procedimiento dado que la mera admi-

sión judicial de la demanda de divorcio produce automáticamente el efecto

del cese de la presunción de convivencia conyugal (cfr. Art. 102-1 Cc) A

este hecho se añade lo manifestado por el exmarido de la madre en su

comparecencia del 25 de enero de 2008 en el sentido de remontarse la

separación de hecho del matrimonio a diciembre de 2006, fecha que apare-

ce así recogida en diligencia de constancia que

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figura en el expediente a continuación del acta de la citada comparecencia

en la que por error se hizo constar como fecha de tal separación la de sep-

tiembre de 2007.

III. Para que la inscripción proceda figurando sólo la filiación materna, pre-

viamente, tiene que haber quedado destruida la presunción de paternidad

matrimonial (cfr. art. 116 Cc), porque si la madre es casada y el alumbra-

miento ha tenido lugar, como ha sucedido en este caso, antes de transcu-

rridos trescientos días desde la separación legal o de hecho de los cónyuges

es obligado inscribir la filiación matrimonial, dada la fuerza probatoria (cfr.

art. 113 Cc) de la presunción de paternidad del marido de la madre dis-

puesta por el artículo 116 del Código civil, salvo que sea desvirtuada la

eficacia probatoria de tal presunción (cfr. art. 385 LEC), la cual, por tratarse

de presunción iuris tantum admite prueba en contrario, prueba que confor-

me a lo razonado en el fundamento jurídico anterior se puede estimar con-

currente en el presente caso.

Esta Dirección General ha acordado, de conformidad con la propuesta re-

glamentaria, estimar el recurso y revocar el auto apelado.

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Resolucio-

nes&blobwhere=1161680003109&s

sbinary=true

RESOLUCIÓN (3ª) de 7 de enero de 2009, sobre inscripción de la

maternidad.

La inscripción de la maternidad derivada del reconocimiento de la mujer

casada con la madre biológica del nacido a que se refiere el Art. 7 de la Ley

14/2006, requiere que el nacimiento se haya producido mediante la aplica-

ción de técnicas de reproducción asistida en los términos autorizados por la

citada Ley.

En el expediente sobre reconocimiento de nacimiento fuera de plazo, remi-

tido a este Centro en trámite de recurso por virtud del entablado por las

interesadas contra providencia de la Juez Encargada del Registro Civil de M.

H E C H O S

1 Mediante escrito de fecha 18 de septiembre de 2007, Doña “M. N. H-G.”,

y Doña “E. M.” manifiestan que contrajeron matrimonio el 7 de octubre de

2006, que la primera está empadronada en M. y la segunda está empadro-

nada en P., que Doña “M. N”. ha tenido un niño nacido en M. el 1 de sep-

tiembre de 2007, que solicitan se inscriba al menor como hijo de ambas con

los apellidos “H-G. M.”. Adjunta como documentación: Parte del facultativo

que asistió al parto y libro de familia.

2 Mediante providencia de fecha 24 de septiembre de 2007, la Juez Encar-

gada del Registro Civil de M., acuerda la inscripción del menor con la sola

determinación de la filiación materna biológica, según el artículo 47.1 de la

Ley de Registro Civil, sin constancia de la filiación materna de la esposa.

3 Notificadas las interesadas éstas interponen recurso ante la Dirección

General de los Registros y del Notariado volviendo a solicitar la inscripción

del menor como hijo de ambas cónyuges.

4 Notificado el Ministerio Fiscal de la interposición del recurso, éste impug-

na el mismo. La Juez Encargada del Registro Civil remite el expediente a la

Dirección General de los Registros y del Notariado para su resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Vistos los artículos 10, 14 y 39 de la Constitución; 113 y 120 y Disposi-

ción transitoria 1ª del Código Civil; Disposición adicional primera de la Ley

3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la men-

ción relativa al sexo de las personas, que modifica el artículo 7 de la Ley

14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida;

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47, 48 y 50 de la Ley del Registro Civil; y Resoluciones de 9 de enero de

2002; 30-2ª de septiembre de 2004, y 5-6ª de junio de 2006; y 17-3ª de

abril y 22-2ª de mayo de 2008.

II. Se pretende por las promotoras, unidas en matrimonio, que en la ins-

cripción de nacimiento del hijo biológico de doña “M. N. H-G.” -acaecido en

M. el 1 de septiembre de 2007-, se haga constar también la filiación de la

cónyuge doña “E. M.”, atribuyendo al hijo los apellidos “H-G. M.”. Por la

Juez Encargada del Registro Civil único de M. se dictó providencia de 24 de

septiembre de 2007, por la que se acordaba practicar la inscripción de na-

cimiento haciendo constar sólo la filiación materna biológica sin constancia

de la filiación materna de la esposa. Se basaba para ello tanto en que el

Registro de M. carece de competencia porque no está acreditado que el

domicilio conyugal, en el que las interesadas han de formular la declaración

a que se refiere el artículo 7.3 de la Ley 14/2006, radicase en M. como por-

que no está acreditado documentalmente el carácter de la filiación por

técnica de reproducción asistida. La citada providencia constituye el objeto

del presente recurso.

III. La situación referida aconseja examinar la interpretación que haya de

darse al artículo 7 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de

Reproducción Humana Asistida, en la redacción dada por la disposición adi-

cional primera de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectifica-

ción registral de la mención relativa al sexo de las personas. El apartado 3

del precepto citado, añadido por Ley 3/2007, dispone lo siguiente en rela-

ción con la filiación de los hijos nacidos mediante técnicas de reproducción

asistida: “3. Cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o

de hecho, con otra mujer, esta última podrá manifestar ante el Encargado

del Registro Civil del domicilio conyugal, que consiente en que cuando naz-

ca el hijo de su cónyuge, se determine a su favor la filiación respecto del

nacido”. Obviamente, el precepto debe entenderse que la mujer gestante

ha de serlo en virtud de la aplicación de técnicas de reproducción asistida,

no sólo en atención a la rúbrica del precepto -”Filiación de los hijos nacidos

mediante técnicas de reproducción asistida”- sino también porque, como

indica el párrafo segundo in fine del artículo 8 de la Ley 14/2006, “Queda a

salvo la reclamación judicial de paternidad”.

La incorporación del párrafo transcrito permite que se determine la filiación

del nacido a favor de la cónyuge de la mujer progenitora. No obstante, esta

determinación de la filiación a favor de otra mujer no altera el principio de

unidad de la maternidad que consagra el ordenamiento, ya esté determina-

da por naturaleza –por el hecho del nacimiento- o por adopción.

Ciertamente, no puede pretenderse para este caso una aplicación analógica

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de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 14/2006, que considera que los

hijos nacidos como consecuencia de la fecundación asistida de la madre son

también hijos del marido que haya prestado su consentimiento formal, pre-

vio y expreso a una fecundación con contribución de donante. El legislador

sólo acudió a esta ficción legal en los casos en que el progenitor no biológi-

co que ha prestado su consentimiento sea el marido de la mujer a la que se

aplican las técnicas de reproducción asistida. Lo que en realidad pretendió

la adición del párrafo tercero más arriba transcrito es, simplemente, deter-

minar la filiación matrimonial y su acceso al Registro Civil cuando las

cónyuges sean ambas del sexo femenino.

Obsérvese además que la reforma operada en el Código Civil por la Ley

13/2005, de 1 de julio, sobre el derecho a contraer matrimonio no alteró el

régimen vigente de la filiación, sino que se limitó a modificar el artículo 48

de la Ley de Registro Civil para añadir la mención a la constancia registral

de la filiación materna, como una mejora de técnica legislativa referida a la

forma de la constancia registral de tal filiación.

IV. Visto lo anterior, con referencia al recurso planteado, son dos las razo-

nes que impiden su estimación y que ha señalado la providencia apelada.

Una de ellas es que la competencia del Registro ante el que ha de formular-

se la declaración a que se refiere el artículo 7.3 de la Ley 14/2006, viene

determinada por el domicilio conyugal y, éste no está acreditado en el pre-

sente caso, puesto que, aunque las interesadas señalan como tal uno de M.,

ambas reconocen hallarse empadronadas en domicilios distintos sitos, res-

pectivamente, en M. y en P. (S.). La segunda razón está en que el naci-

miento del hijo no ha sido consecuencia de técnicas de reproducción asisti-

da contempladas legalmente. La Ley 14/2006 dispone que “las técnicas de

reproducción humana asistida que, conforme a lo que se determina en el

artículo 1, reúnen las condiciones de acreditación científica y clínica son las

relacionadas en el anexo” (cfr. art. 2.1) y según los propios términos usa-

dos por las promotoras han seguido “un tratamiento de fertilización casero”,

el cual no se halla contemplado en el citado anexo. “La aplicación de cual-

quier otra técnica no relacionada en el anexo requerirá la autorización de la

autoridad sanitaria.” (cfr. art. 2.2 Ley 14/2006), que tampoco consta en

este caso. En el mismo sentido el artículo 4.1 de la Ley establece que “la

práctica de cualquiera de las técnicas de reproducción asistida sólo se podrá

llevar a cabo en centros o servicios sanitarios debidamente autorizados para

ello por la autoridad sanitaria correspondiente”, lo que tampoco consta que

se haya efectuado por las interesadas.

Esta Dirección General ha acordado, de conformidad con la propuesta re-

glamentaria, desestimar el recurso y confirmar la providencia apelada.

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TABOLEIRO DE AVISOS

Acción Social. Semanas grandes. Revistas. Escalas

Acción Social

O prazo de presentación das solicitudes é o abran-

guido entre o día 1 de xuño e o día 31 de xullo,

ambos os dous incluídos.

Semanas grandes

Boiro: 9, 12, 13, 14 e 15 de xullo

Noia, Foz, Cambados, O Grove, A Guarda, Ma-

rín e Moaña: 12, 13, 14, 15 e 19 de xullo

Zas: 19, 20, 21, 22 e 23 de xullo

Xinzo de Limia: 21, 22, 23, 24 e 27 de xullo

Baiona: 19, 21, 22, 23 e 26 de xullo

Gondomar e Silleda: 13, 14, 15, 16 e 19 de xullo

Espazo aberto: Unha aposta por la infor-

mación e pola participación

Número 1. 11 de maio de 2010

Descarga: - Preme aquí

Trabajadora

Número 36. Maio de 2010

Descarga: - Preme aquí

Escalas (ano 2003)

Axentes (Auxilio), preme aquí

Auxiliares (Tramitación), preme

aquí

Oficiais (Xestión), preme aquí

Escala pechada a 09-03-2003

O Ministerio ten outra escala, pechada a

11-04-2009 e contabilizada por días, pero

non é publica

Escalas (ano 2003)

Axentes (Auxilio), preme aquí

Auxiliares (Tramitación), preme

aquí

Oficiais (Xestión), preme aquí

Escala pechada a 09-03-2003

O Ministerio ten outra escala, pechada a

11-04-2009 e contabilizada por días, pero

non é publica

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DELEGADOS

A Coruña

Raquel e Estrela

981.18.20.32

[email protected]

Ferrol

Manolo e Mati

981.33.73.25

[email protected]

Santiago

Argimiro e Mati

981.54.03.73

[email protected]

Ourense

Carlos e Justo

988.68.71.92

[email protected]

Pontevedra

Belén

986.80.39.79

[email protected]

Vigo

Mercedes e Pablo

986.81.78.35

[email protected]

Lugo

José Antonio

982.40.21.95

[email protected]

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