053 reglamento terminal terrestre

Upload: guillo-destructor

Post on 11-Feb-2018

702 views

Category:

Documents


40 download

TRANSCRIPT

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    1/12

    1

    RESO

    LA COMISIN

    Que, el Art. 394 de la Congarantizar la libertaterritorio nacional stransporte pblico mde transporte sernacutico y las activid

    Que, la Asamblea NaciTerrestre, TrnsitoOficial N 398, de 7

    Que, en los preceptosgese establecen comfomento, regulacin,seguridad vial, con eun lugar a otro porformalizacin del selos principios deaccesibilidad, continorganizacin como u

    Que, el Art. 86 de la Leytodos los medios denorma, debern coComisin Nacionalcoordinacin con elEcuatoriano de Nor

    Que, el numeral 17 del arty Seguridad Vial, faTerrestre, Trnsito ycumplimiento de su

    En uso de las atribuciones que

    y Seguridad Vial,

    RES

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    UCIN No. 053-DIR-2010-CNTTTSV

    ACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRERNSITO Y SEGURIDAD VIAL

    C O N S I D E R A N D O:

    stitucin de la Repblica del Ecuador expresad de transporte terrestre, areo, martimo y fluin privilegios de ninguna naturaleza. Laasivo y la adopcin de una poltica de tarifasrioritarias. El Estado regular el transporte ter

    ades aeroportuarias y portuarias;

    nal Constituyente expidi la Ley OrgnicaSeguridad Vial, publicada en el Suplement

    e agosto del 2008;

    erales de la mencionada Ley, en sus artculoobjetivos de esta norma la organizacin,

    modernizacin y control del transporte terrel fin de proteger a las personas y bienes que sla red vial del territorio ecuatoriano; se fundtor del transporte y garantiza que este servic

    seguridad, eficiencia, responsabilidad,idad y calidad, con tarifas socialmente justas;

    n elemento fundamental contra la informalidad;

    e Transporte Terrestre, Trnsito y Seguridadtransporte empleados en cualquier servicio dtar con el certificado de homologacin code Transporte Terrestre, Trnsito y Segu

    l Ministerio de Industrias y Competitividadalizacin y de acuerdo con el reglamento corr

    culo 20 de la Ley Orgnica de Transporte Terrculta al Directorio de la Comisin Nacionalseguridad Vial, el expedir los reglamentos necfines y objetivos;

    le confiere la Ley Orgnica de Transporte Terr

    UELVE EXPEDIR EL SIGUIETE:

    ,

    que el Estadovial dentro delromocin deldiferenciadasestre, areo y

    e Transportedel Registro

    1, 2, 3 y 46,planificacin,

    tre, trnsito ye trasladan deamenta en laio se ajuste auniversalidad,y, consagra la

    Vial exige quefinido en estaferido por laidad Vial eny el Instituto

    espondiente;

    estre, Trnsitoel Transportesarios para el

    estre, Trnsito

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    2/12

    2

    REGLAMENTO PARA LA CAUTORIZACIN DE FUNCI

    DE TRANSPORTE

    Art. 1.- OBJETO.- El present

    a) Definir las condicioneHabilitacin Tcnica,terminales de transpor

    b) Organizar las operaterminales de transpor

    CLASIFICACIN Y

    Art. 2.- CLASES DE TERMIy a los tipos de servicio de tra

    a) Terminales para el sque permite la receinterprovincial e internservicios de transportde transporte terrestre

    b) Terminales para el sque sirven un determiservicios comunes a llos terminales de servi

    Art. 3.- TERMINALES DCARRETERA.- Se considecarretera el conjunto de insta

    junto a los equipos, rganosde transporte y a su flota vehabilitadas que cubren rutaspor el respectivo municipio o lArt. 4.- TERMINAL TERRservicios de la terminal dadministrativa, financiera yterminal terrestre, de la cualpasajeros por carretera que c

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    EACIN, CERTIFICACIN DE HABILITACIONAMIENTO Y HOMOLOGACIN DE LAS TERRESTRE DE PASAJEROS POR CARRET

    CAPTULO IOBJETIVOS

    Reglamento tiene como objetivo:

    s y requisitos mnimos para la Creacin, CAutorizacin de Funcionamiento y Homolote terrestre de pasajeros por carretera;oras del transporte que se desarrollarnte terrestre de pasajeros por carretera;

    CAPTULO II

    EFINICIN DE LAS TERMINALES TERRES

    NALES TERRESTRES.- De acuerdo al mbitnsporte, las terminales terrestres se clasifican

    rvicio de transporte nacional e internacionalcin y distribucin de los buses en los s

    acional y la reparticin local de los pasajeros,e urbano. Pertenecen a esta clasificacin de, las terminales satlites y las paradas de ruta.rvicio de transporte colectivo/masivo urbanoado nmero de rutas urbanas, para distribuir ls usuarios de este servicio. Pertenecen a est

    cio urbano de transporte y las paradas en el r

    TRANSPORTE TERRESTRE DE PASan terminales de transporte terrestre delaciones que integran una unidad de serviciosde administracin, servicios a los usuarios, a lhicular; donde se concentran las operadorasque tienen como origen, destino o se encuentocalidad.

    STRE SATLITE.- Es toda unidad comple transporte principal, que debe dependeoperativamente de la persona jurdica quedeben hacer uso las operadoras de transporubren rutas autorizadas con origen, destino o

    N TCNICA,ERMINALESERA.

    rtificacin deacin de las

    entro de las

    RES

    de operacinn:

    de pasajeros,ervicios intra,travs de los

    los terminales

    de pasajeros,s viajes y dar

    a clasificacinea urbana.

    EROS PORasajeros porpermanentes,s operadorasautorizadas oan en trnsito

    ementaria der econmica,administre lae terrestre dese encuentren

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    3/12

    3

    en trnsito por la mismacorrespondiente.

    Art. 5.- PARADAS DE RUTterrestre, para permitir subir y

    Art. 6.- TERMINALES DESon equipamientos en las citransporte, organizar el trnsitransporte hacia infraestructusu desarrollo urbanstico en e

    Art. 7.- PARADAS DE BUSde transporte colectivo y/opasajeros.

    A

    Art. 8.- AUTORIDADES.- Epor carretera y, para los difesiguientes, en jerarqua descMinisterio de Transporteterrestres de pasajeros por cComisin Nacional del Tranormas generales de funciony registro del proyecto.

    Comisin Provincial del Trde las Certificaciones de Habi

    Director Ejecutivo de la CSeguridad Vial.- Para la SActividades del transporte dcarretera, y del desarrollo dterrestre relacionado.

    Consejo Municipal.- EjecuOrdenamiento Territorial; parde implantar la terminal terrterminales terrestres una vezmediante los permisos de coterrestres existentes.

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    ciudad, segn lo estipule el permiso

    .- Infraestructura complementaria del servicio/o bajar pasajeros del transporte intra e interpr

    RANSPORTE TERRESTRE URBANO DEdades que permiten concentrar una o varias

    ito vehicular en las reas urbanas, direccionalras adecuadas, constituyndose en factor muyl ordenamiento de las ciudades.

    URBANO.- Son instalaciones complementariasivo urbano, cuya funcin es servir para re

    CAPTULO III

    UTORIDADES COMPETENTES

    materia de terminales de transporte terrestrrentes efectos, se consideran autoridades condente:

    Obras Pblicas.- Definir las polticas de lrretera.

    sporte Terrestre, Trnsito y Seguridad Viamiento, operacin y control de las instalacion

    nsporte Terrestre, Trnsito y Seguridad Viilitacin Tcnica y Homologacin.

    omisin Nacional del Transporte Terrestrpervisin, Control y Vigilancia de las opera

    e las terminales de transporte terrestre dee programas de seguridad en la operacin

    cin de planes y programas contenidos ea autorizacin del uso del terreno identificadostre para pasajeros, para autorizar la constque se haya emitido la Aprobacin y Registr

    nstruccin, reconstruccin o remodelacin de

    de operacin

    de transportevincial.

    ASAJEROS.-peradoras dey controlar el

    importante de

    s del serviciocoger o dejar

    de pasajerosmpetentes las

    las terminales

    l.- Establecers; aprobacin

    l.- Encargado

    , Trnsito yciones de laspasajeros pordel transporte

    el Plan decon el objeto

    uccin de lasdel proyecto

    las terminales

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    4/12

    4

    NATURA

    Art. 9.- NATURALEZA D

    actividades que se desarrollaentendindolas como aquella

    Art. 10.- NATURALEZA Joperacin de las terminaleentidades pblicas, gobiernregularn por las normas quTerrestre, Trnsito y Segurid

    Art. 11.- CONCESIN DETransporte Terrestre, Trnsitcorrespondiente, podrn otorconstruccin, mantenimiento

    REQUISITOS MNIMOS PA

    Art. 12.- ESTUDIO.- Para lapor carretera, o de una termsea esta privada, pblica osocioeconmica, operativa, t

    Art. 13.- INSTRUCTIVO Testudio de factibilidad, sernNacional del Transporte Terrentre otros, las siguientes fasFASE IDel observatorio y la recopila

    a) Caractersticas socioterminal terrestre de P

    b) Usos de suelo y anlisc) Oferta de transporte:

    por construir, operadorigen y destino, forhorizontal, vertical y s

    d) Demanda de transporconsiderando el origelas rutas, motivos dedemanda: horaria, dia

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    CAPTULO IV

    EZA Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS

    L SERVICIO.- Se consideran de servici

    n en las terminales de transporte de pasajeross a la operacin, en general, de la actividad tra

    URDICA DE LAS TERMINALES.- El funterrestres, sean estas de propiedad de

    s seccionales, de economa mixta o de ppara el efecto expida la Comisin Nacional

    d Vial.

    ERMINALES TERRESTRES.- La Comisiny Seguridad Vial en coordinacin con el Conar a personas jurdicas, mediante contrato deexplotacin de las terminales pblicas de pas

    CAPTULO V

    A LA CREACIN DE UNA TERMINAL DE TERRESTRE DE PASAJEROS

    reacin de una terminal de transporte terrestrinal satlite se deber efectuar por la sociedixta, un estudio de factibilidad que contengacnica y ambiental del proyecto.

    NICO.- Los requerimientos mnimos que denormados por el instructivo tcnico emitido p

    estre, Trnsito y Seguridad Vial, tomando enes:

    in de informacin:

    conmicas de la ciudad donde se planificaasajeros.is del funcionamiento de la infraestructura de lFuncionamiento y operacin de las terminaleoras autorizadas, flota vehicular, rutas y fras de transporte para acceder a la terminalmafrica.e: Viajes realizados intra, interprovinciales e in

    y destino, demanda promedio de ocupacinviaje, particin modal, tiempos de viaje, intia, semanal, mensual, estacional y anual.

    pblico las

    por carretera,sportadora.

    ionamiento yorganismos orticulares, seel Transporte

    Nacional delsejo Municipalconcesin, la

    ajeros.

    ANSPORTE

    de pasajerosd interesada,

    la justificacin

    e contener elr la Comisinonsideracin,

    construir una

    ciudad.existentes, ocuencias por

    , sealizacin

    ternacionales,por tramos enensidad de la

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    5/12

    5

    e) La proyeccin de la inde la demanda del serla misma permita elforma permanente.

    FASE IIDe la estructuracin de los es

    a) Debern ejecutarse lacuerdo con la cocaractersticas delequipamiento, entre el

    Topografa Estudio de suelos Identificacin y anli

    existentes y de la red

    Estudios de arquitecbateras sanitarias, ppblicos; de taxis, mot

    Estudios de impacto a Prediseo y costos de Viabilidad de la altern

    b) En los estudios bEstructura arquitectpasajeros, patios de ezonas de estacionammotos, bicicletas y otr

    Estructura arquitectnmobiliario para la ciboleteras, locales coperaciones, servicios

    reas de desembarqcontrol sistematizadoubicacin de andenintermodalidad y la co

    reas de embarque dde ingresos a los andtiempos de espera.

    Patio de pre-salida: esalidas programadasrequerimientos de uny tiempos de permane

    Patio de reserva, estel estacionamiento de

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    raestructura deber garantizar el cubrimientovicio, mnimo por los prximos 20 aos, as coadecuado acceso y salida de la terminal de

    tudios bsicos preliminares:

    os estudios de arquitectura bsica que corrplejidad y magnitud del proyecto, as cedio natural en donde se tiene previsto

    los se ejecutarn los estudios de:

    is de las redes de abastecimiento de serial urbana

    tura: andenes, reas de circulacin y esptios de operaciones, reserva y preembarque,os y bicicletas, sealizacin interior y exteriormbientalalternativastiva seleccionada: tcnica, ambiental, financie

    sicos deben considerarse las siguientesica funcional, reas de desembarque ystacionamiento de buses de la terminal y patiiento para vehculos livianos, taxi, camiones.

    ica: Se debe considerar las dimensiones, reirculacin peatonal, sala de espera, bateromerciales, informacin, oficinas de admiauxiliares, estaciones de seguridad, etc.ue de pasajeros: andenes de llegada, ram

    de llegada de vehculos, organizacin,es considerando los diferentes tipos denexin con los sistemas de transporte urbanos.e pasajeros: andenes de salida, rampas, bordnes, sistemas de informacin a los pasajeros,

    tacionamiento para unidades de transporte de, ordenamiento de las unidades, determinoftware de control de frecuencias con indicaci

    ncia, venta de pasajes y control de pasajeros ycionamiento de vehculos particulares, lugarbicicletas, rea de mecnica bsica preventiva

    el crecimientoo prever que

    transporte en

    espondan, demo con lasimplantar el

    icios bsicos

    era, accesos,parqueaderos

    a, econmica

    acro zonas:embarque des de reserva,as de carga,

    s, espacios yas sanitarias,istracin, de

    as, bordillos,distribucin yransporte, la

    illos, sistemasregulacin de

    acuerdo a lasacin de losn de horariosconductores.estinado para, lavado, etc.

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    6/12

    6

    FASE IIIDel diseo arquitectnico defi

    Si producto del estudianteriormente, se deambiental, financiera

    definitivos.FASE IVDe las bases de convocatoria

    Elaboracin de basescomplementarios, que

    FASES VDe los estudios definitivos:

    Estudios definitivos:de transporte de pasajerosingeniera, las memorias, plelementos de soporte, destinlos siguientes:

    Diseo de pavimentos Diseo estructural Diseo hidrosanitario Diseo elctrico, telf Diseo electrnico pa Diseo del Sistema C Sealizacin interior y Plan de manejo ambie Volmenes de obra y Especificaciones tcni Costos de inversin

    definitivos del proyectLa gestin en su integridadTerrestre, Trnsito y Segurid

    Art. 14.- APROBACIN DELformal, dirigida a la Comisiny adjuntar el estudio de qusiguientes documentos: licende la sociedad, la correspon

    ordene la ley.

    Cuando la solicitud rena losNacional del Transporte Terr(3) meses contados a partir da travs de correspondienteProyecto. En caso de habeComisin Nacional del Tran

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    nitivo, siendo un conjunto las tres fases:io preliminar, concebido de acuerdo a los pu

    uestra que la alternativa seleccionada eseconmicamente, se podr realizar los estu

    para la planificacin integral:para estudios de Planificacin integral o estucomprenden las diferentes ingenieras.

    Los diseos definitivos de un proyecto de ter, estarn comprendidos por los estudioslanos, cronogramas, presupuestos y otrosdos a al construccin, los mismos que sern,

    nos y sonidoa control de las operaciones de la Terminalntraincendiosexteriorntalpresupuestos

    cas de construccin, reinversin, administracin operacin y.

    ser fiscalizada por la Comisin Nacionald Vial.

    PROYECTO.- El peticionario deber presentaNacional del Transporte Terrestre, Trnsito ye trata los artculos 12 y 13 de ste Reglia ambiental, certificado de existencia y represdiente autorizacin del consejo municipal y l

    requisitos exigidos en el presente Reglamentestre, Trnsito y Seguridad Vial, dentro del te la fecha de presentacin, se pronunciar soacto administrativo, otorgando o negando e

    r ms de un interesado en el desarrollo deporte Terrestre, Trnsito y Seguridad Vial es

    tos indicadosiable tcnica,ios de diseo

    ios definitivos

    inal terrestrediseos de

    ocumentos ypor lo menos,

    antenimiento

    el Transporte

    r una solicitudeguridad Vialmento, y losentacin legals dems que

    , la Comisinmino de tresre la solicitud

    l Registro dell proyecto, latablecer una

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    7/12

    7

    Comisin Tcnica de por loeconmicas y tcnicas y recoUna vez entregada la aproteniendo un plazo de hasta u

    REQUISITOS MNIMOS P

    Art. 15.- REQUISITOS PARComisin Nacional del TranComisin Provincial, si el seCertificado de Habilitacin Tquienes cumplan con las cpresente Reglamento.

    Para el efecto, los peticionarila siguiente documentacin:

    a) Solicitud del peticionnombre o razn socialrespectivamente; nmdocumento de identid

    b) Copia simple de la esen el Registro Mercaperifricos del servicio

    c) Planos de distribucicondiciones tcnicasproyecto.

    d) Certificado de communicipalidad.

    e) Certificado de confor

    Art. 16.- CADUCIDAD DELverifique que la terminal terreindicadas en los estudios deCertificacin de HabilitaciTransporte Terrestre, Trnsidebiendo comunicarse al muadopte las acciones que corr

    REQUISITOS MNIMOSTERMINAL DE

    Art. 17.- AUTORIZACIN DPara el funcionamiento de la

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    menos tres profesionales para que analicen lmienden la opcin ms viable.acin del proyecto, se podr dar inicio a laao para empezarlo.

    CAPTULO VIARA LA CERTIFICACIN DE HABILITACI

    LA CERTIFICACIN DE HABILITACINporte Terrestre, Trnsito y Seguridad Vial ovicio cubre solo el territorio de su jurisdiccincnica de la terminal terrestre o de la termindiciones tcnicas y dems requisitos esta

    os del Certificado de Habilitacin Tcnica deb

    rio, bajo la forma de declaracin juramental, en caso de tratarse de persona natural o peero del RUC y direccin domiciliaria, as cod y domicilio del representante legal, de ser elcritura pblica de constitucin de la persona jntil, en la que estar indicado, como partede transporte.n de reas e instalaciones, de conformi

    sealadas en el presente Reglamento, y ap

    patibilidad de uso otorgado por la c

    idad de obra otorgado por el municipio respect

    CERTIFICADO DE HABILITACIN TCNICstre o terminal satlite no mantiene las condicifinitivos presentados y que permitieron la exn Tcnica correspondiente, la Comisinto y Seguridad Vial proceder a declararnicipio que autoriz la construccin de la tersponda conforme a la ley.

    CAPTULO VII

    PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJERO

    E FUNCIONAMIENTO DE UNA TERMINAL

    terminal de transporte terrestre de pasajero

    s propuestas

    construccin,

    TCNICA

    CNICA.- Lala respectiva

    , otorgarn elnal satlite, alecidos en el

    rn presentar

    da, indicandorsona jurdica,o el nombre,

    caso.rdica inscritade terminales

    idad con lasobados como

    rrespondiente

    ivo.

    .- Cuando seiones tcnicasedicin de laNacional delu caducidad,inal para que

    DE UNA

    ERRESTRE.-y la terminal

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    8/12

    8

    satlite, la Comisin Provincila Autorizacin de Funcionacondiciones tcnicas indicadde la Certificacin de Habilitel personal administrativo y o

    DE

    Art. 18.- Denominase tasatransporte por la utilizacinterrestre de pasajeros por cdeben pagar los usuarios por

    Art. 19.- Denominase tarifaconcesiones, arrendamientoalgn servicio de carcter co

    Art. 20.- FIJACIN.- De arepresente anualmente paraNacional del Transporte Terra partir del 1ro de enero del a

    OBLIGACIONES Y PRO

    Art. 21.- OBLIGACIONES. Slas terminales de transporte t

    a) Operar las terminalesen el presente Reglam

    b) Prestar los serviciostransportadora, en con

    c) Aplicar los Manualeselaborar y aplicar los

    d) Permitir el despacho,habilitadas, en las rutTransporte Terrestreinternacional de pasaTrnsito y Seguridapasajeros.

    e) Definir de conformidadistribucin y asignaci

    f) Coordinar al interiorautoridades de trans

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    l del Transporte Terrestre, Trnsito y Seguridmiento correspondiente, comprobado que ss en los estudios definitivos presentados, previcin Tcnica, que cuenta con los Manuales derativo requerido, de acuerdo con las normas

    CAPTULO VIII

    FINICIN DE TASAS Y TARIFAS

    de uso al valor que deben cancelar las ode las reas operativas de las terminalesrretera, a la empresa terminal de transporte,el uso de la terminal terrestre.

    de uso al valor que deben cancelar los bey cualquier otro contrato que se establezcaercial a la Terminal o a los usuarios de la mis

    uerdo con el estudio socioeconmico queaprobacin de las tasas y tarifas por parte dstre y Seguridad Vial, las mismas que entrar

    o siguiente.

    CAPTULO IX

    IBICIONES DE LAS TERMINALES DE TRAERRESTRE DE PASAJEROS

    on obligaciones de las empresas encargadasrrestre de pasajeros las siguientes:

    de transporte, de conformidad con los criterioento y normas que lo complementen o adicion

    propios de la terminal relacionados condiciones de equidad, oportunidad, calidad y sede Operacin que se expidan para tal fin, oismos de conformidad con las disposiciones vnicamente a las operadoras de transporte

    as y frecuencias autorizadas por la Comisiny Seguridad Vial para el transporte int

    eros y de la Comisin Provincial del TranspVial, para el servicio de transporte intr

    d con la necesidad del servicio y la disponibiln de sus reas operativas.de la terminal, el desempeo de sus fu

    porte terrestre, trnsito y seguridad vial y

    d Vial emitircumplen las

    io a la entregae Operacin yvigentes.

    peradoras dede transportey al valor que

    eficiarios porpara proveera.

    cada terminale la Comisinn en vigencia

    SPORTE

    e administrar

    establecidosn.la actividad

    guridad.n su defecto,

    igentes.debidamenteNacional delrprovincial orte Terrestre,provincial de

    lidad fsica, la

    ciones a lasdel Municipio

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    9/12

    9

    correspondiente, resptransportadora.

    g) Expedir oportunamentvehculo despachado

    h) Suministrar a la Comi

    Vial y al Municipio corcon la operacin del trmedios que para esteTrnsito y Seguridad

    i) Cobrar las tasas y tTransporte Terrestre,Reglamento.

    j) No permitir, bajo niterminales, que los voperadoras de transp

    k) No permitir la ventaterminales.

    Art. 22.- PROHIBICIONES.terrestres de pasajeros:

    a) Operar la terminal teCertificado de Habilita

    b) Permitir el uso de lasatlite, a transportisten rutas y frecuencias

    c) No permitir u obstacultransporte.

    d) No mantener las cCertificado de Habilita

    e) Permitir el estacionamterminal autorizada.

    DERECHO, DEBERES Y PFRENTE A LAS

    Art. 23.- DERECHOS. Lasprestar el servicio de transterrestre de pasajeros tendr

    a) Acceder a los serviciode su infraestructura,

    b) Utilizar las reas operasignacin definida po

    c) Tener acceso, encomplementarios queestablecidas.

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    ecto del control de la operacin en general

    e el documento que acredita el pago de la tesde la terminal de transporte terrestre de pasin Provincial del Transporte Terrestre, Trnsi

    espondiente, de manera oportuna la informaciansporte de pasajeros de acuerdo con los formfin establezca la Comisin Nacional de Transpial.

    arifas de uso determinadas por la ComisinTrnsito y Seguridad Vial en los trminos

    guna consideracin, dentro de las instalaoceadores anuncien los servicios o rutas qurte.i el consumo de bebidas alcohlicas en el i

    Se prohbe a las empresas que administran

    restre y/o la terminal satlite, sin contar concin Tcnica y Autorizacin de Funcionamientos instalaciones de la terminal terrestre y/os no autorizados o a los autorizados que prdistintas a las concedidas.lizar la labor de fiscalizacin de la autoridad c

    ndiciones tcnicas que motivaron el otorcin Tcnica, durante el tiempo de su operaciiento de vehculos de la flota autorizada en r

    CAPTULO X

    OHIBICIONES DE LAS OPERADORAS DE TERMINALES DE TRANSPORTE TERREST

    operadoras debidamente autorizadas o ha

    orte de pasajeros, al utilizar las terminaleslos siguientes derechos:

    que prestan las empresas terminales de trann condiciones de seguridad y comodidad.

    ativas de las terminales de conformidad con lar la empresa terminal respectiva.condiciones de equidad, a los serviciosofrecen las terminales, dentro de las condi

    e la actividad

    asa de uso alajeroso y Seguridad

    n relacionadaatos, plazos yorte Terrestre,

    Nacional dedel presente

    iones de lase prestan las

    nterior de las

    las terminales

    el respectivo.e la terminalsten servicios

    ompetente de

    gamiento del.as fuera de la

    ANSPORTEE

    bilitadas parade transporte

    porte a travs

    distribucin y

    conexos yiones de uso

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    10/12

    10

    Art. 24.- DEBERES. Son dterminales de transporte terre

    a) Cumplir con las disp

    Terrestre, Trnsito yOperacin de la termib) Cumplir las normas dec) Dar instrucciones pre

    existan las terminalestrnsito y seguridad vi

    d) Pagar oportuna e incobradas por la emprlos despachos efectivy de la resolucin resp

    e) Suministrar informaciempresa que administ

    Art. 25.- PROHIBICIONES.usuarias de las terminales:

    a) Utilizar las reas opcorrespondiente manu

    b) La salida de sus vehcc) Realizar actividades

    operacional para cadad) Expender los boletos,e) Utilizar, permitir, patro

    rutas que prestan lasistemas o mecanisoperadora de transpor

    f) Permitir el ascenso oa los andenes destina

    g) Permitir el ingreso deh) Realizar en las reas

    mecnicos a los vehci) Recoger o dejar pas

    debe ser determinaday Seguridad Vial o por

    S

    Art. 26.-. SANCIONES A Lconformidad con lo previstoTrnsito y Seguridad Vial, yterrestres y terminales satlitconsecuentemente las empr

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    eberes de las operadoras de transporte usstre los siguientes:

    osiciones establecidas en la Ley Orgnica

    eguridad Vial, su Reglamento General, y losal terrestre correspondiente.trnsito dentro de las terminales.isas a los conductores, para detener sus vehsatlites, y permitir a las autoridades de transl la revisin del recibo de pago de las tasas deegralmente las tasas y tarifas de uso, lassa terminal de transporte a las operadoras demente realizados, en los trminos del presentectiva.n permanente, veraz y oportuna sobre el servra la terminal como a los usuarios.

    Se prohbe a las operadoras de transporte

    eracionales por un tiempo mayor a lo estaal operacional.ulos de las terminales sin cancelar la tasa de udiferentes a las establecidas y definidasrea.

    por fuera de las taquillas asignadas a cada opcinar o tolerar que los voceadores anuncien ls operadoras de transporte o actos similaros que coarten al usuario, la libertad de

    te de su preferencia para promover la venta deescenso de los pasajeros a los vehculos en sios para tal fin.ersonas sin boleto de viaje al andn de embar

    operativas de las terminales: mantenimiento,ulos.jeros dentro del rea de influencia de cadapor la Comisin Provincial del Transporte Terrla autoridad municipal para cada caso en conc

    CAPTULO XI

    NCIONES Y PROCEDIMIENTO

    S TERMINALES TERRESTRES DE TRANen el Art. 61 de la Ley Orgnica de Transpen el Art. 86 de su Reglamento General, l

    es, se consideran servicios conexos de transsas que administran las terminales de trans

    uarias de las

    e Transporte

    Manuales de

    culos cuandoorte terrestre,uso.cuales serntransporte pore Reglamento

    icio, tanto a la

    de pasajeros,

    blecido en el

    so respectiva.n el manual

    radora.os servicios oes y emplearleccin de laboletos.tios diferentes

    que.seo o arreglo

    terminal. Estaestre, Transitoreto.

    PORTE.- Derte Terrestre,as terminalesorte terrestre,orte terrestre

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    11/12

    11

    que incumplan con las oblprohibiciones determinadassancionadas, en el nombre dde la Ley Orgnica de Transp

    Art. 27.-. SANCIONES A LAtransporte terrestre de pasajcon lo establecido en el artsanciones establecidas en eTrnsito y Seguridad Vialcorrespondientes.

    Art. 28.- APLICACIN Dinfracciones cometidas por loperadoras de transporte terrde la Ley Orgnica de Transp

    Art. 29.-. TRASLADO DE Lordenar el traslado de lasfuncionamiento en instalacirespectivos municipios.

    Art. 30.- COLABORACINcontribuir al cumplimiento deautoridades de transporte teoperadoras de transporte utilcon el presente Reglamentotasas de uso. Igualmente covas autorizadas de salida e ila terminal de transporte.

    Art. 31.- CUMPLIMIENTOTrnsito y Seguridad Vial colcumplimiento de las normas

    Art. 32.- TRANSITORIA.- Ldentro del ao siguiente a lade la Comisin Nacional delHomologacin de su CertifFuncionamiento, para lo cuartculos 16, 17 y 18 deloperacional. A partir de esaempresa terminal no estar a

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    igaciones sealadas en el artculo 25 e ien el artculo 26 del presente Reglasu representante legal, con lo determinado e

    orte Terrestre, Trnsito y Seguridad Vial.

    S OPERADORAS DE TRANSPORTE.- A lasros, usuarias de las terminales de transporteculo 29 del presente Reglamento les sernl artculo 81 de la Ley Orgnica de Transpy las que se estipulen en los Manuales

    SANCIONES.- Para la aplicacin de slas empresas terminales de transporte terreestre se recurrir a lo estipulado en los artculorte Terrestre, Trnsito y Seguridad Vial.

    CAPITULO XII

    DISPOSICIONES VARIAS

    S OPERADORAS A LA TERMINAL.- Los Alperadoras de transporte a los terminales, pones particulares dentro del permetro ur

    DE LAS AUTORIDADES DE TRNSITO.-las disposiciones contenidas en el presente Rrestre y trnsito nacionales y locales, velarnlicen las terminales de transporte terrestre, dy exigir el comprobante que acredite la canctrolarn que las operadoras de transporte hangreso a los terminales, y no recojan pasajero

    E LAS NORMAS.- La Direccin Nacionalborar con los gerentes de las terminales, pastablecidas en este Reglamento.

    s terminales de transporte actualmente en fuigencia del presente Reglamento, debern obransporte Terrestre, Trnsito y Seguridad Vial

    icado de Habilitacin y emisin de la Aul debern enviar la justificacin tcnica depresente Reglamento, junto con el resp

    fecha, si no se ha obtenido la respectiva houtorizada para cobrar las tasas de uso.

    observen lasento, sernel artculo 82

    peradoras deue incumplanaplicadas lasrte Terrestre,e Operacin

    anciones portre y por lass 83, 84 y 85

    caldes podrnrohibiendo subano de los

    Con el fin deglamento, laspara que lasconformidad

    elacin de lasan uso de lass por fuera de

    e Control dera velar por el

    ncionamiento,tener de parte, la respectivatorizacin deque trata losctivo manualologacin, la

  • 7/23/2019 053 Reglamento Terminal Terrestre

    12/12

    12

    Art. 33.- VIGENCIA.- El pressu publicacin en el Registro

    Dado y firmado en la ciudad

    marzo del 2010, en la Sala dTrnsito y Seguridad Vial.

    In

    PCOMITER

    LO CERTIFICO:

    COMISIN N

    Resolucin No. 053-DIR-2010-CNTTTSV-2010

    ente Reglamento entrar en vigencia a partirOficial.

    de Quito, Distrito Metropolitano, a los tres d

    Sesiones de la Comisin Nacional del Transp

    g. Fernando Amador Arosemena

    RESIDENTE DEL DIRECTORIOIN NACIONAL DEL TRANSPORTEESTRE, TRNSITO Y SEGURIDAD

    Sr. Carlos Drouet Chiriboga

    SECRETARIO AD-HOCCIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE,

    RNSITO Y SEGURIDAD VIAL

    e la fecha de

    s del mes de

    orte Terrestre,