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GacetaMunicipalÓrgano oficial de difusióndel H. Ayuntamiento de El Marqués
Responsable de la publicación:Secretaría del AyuntamientoLic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda
Año 105 de diciembre de 2012
No 5
ACUERDO QUE AUTORIZA LA CONTRATACION DE EMPRÉSTITOS. (UNICA PUBLICACION)
ACUERDO QUE AUTORIZA LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN CATASTRAL QUE COORDINA EL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO (BANOBRAS), ASÍ COMO SU ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO CELEBRADO ENTRE ESA INSTITUCIÓN CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM). (UNICA PUBLICACION)
ACUEDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE FECHA PARA LA REALIZACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2012 Y LA PRIMER SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL MES DE ENERO DEL 2013, EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 18, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS. (UNICA PUBLICACION)
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS EN LA CONTRALORÍA MUNICIPAL, DEL PERIODO COMPRENDIDO DEL 01 DE OCTUBRE AL 15 DE NOVIEMBRE DEL 2012, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION)
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ACUERDO QUE AUTORIZA LA SOLICITUD DEL ING. LUIS FELIPE GARCÍA ALCOCER, REPRESENTANTE LEGAL DE “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S. A. DE C. V., CONSISTENTE EN: I.- LA AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DE LA ETAPA 1, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA PRADERA II”, (QUE CONSISTE EN LA ELIMINACIÓN DEL LOTE 1, DE LA MANZANA 049, PARA DAR CONTINUIDAD DE LA CALLE MICONIA), LA CUAL SERÁ DONADA AL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; II.- EL RECONOCIMIENTO Y ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA OFICIAL DE LAS VIALIDADES IDENTIFICADAS COMO “PASEO PRADERA” Y “PRIVADA DE LA PRADERA”; QUE SE ORIGINARON CON LAS SUBDIVISIONES DE LA PARCELA 12 Z-1 P1/1, DEL EJIDO EL POZO CON SUPERFICIE TOTAL DE 36,516.39M2., SUB-192/12 Y SUB-193/12; III.- LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DEL 10% DE LA SUPERFICIE DE LOS CONDOMINIOS QUE SE UBICAN EN LA “PRIVADA DE LA PRADERA”; IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 1C, PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8, PRADERA FRACCIÓN 9 Y PRADERA FRACCIÓN 10; Y, IV.- AUTORIZACIÓN DE LA VENTA DE UNIDADES PRIVATIVAS DE LOS CONDOMINIOS IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8 Y PRADERA FRACCIÓN 9. (PRIMERA PUBLICACIO)
SEGUNDO PERIODO VACACIONAL DE LA ANUALIDAD 2012 DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL DE EL MARQUES, QUERETARO.(UNICA PUBLICACION).
ACUERDO QUE AUTORIZA EL PROYECTO DE “LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO., PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013”, A FIN DE REMITIRSE A LA LEGISLATURA DEL ESTADO PARA SU ANÁLISIS Y CORRESPONDIENTE APROBACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 108, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO. (UNICA PUBLICACION)
Gaceta Municipal 2012-2015 3
ACUERDO QUE AUTORIZA LA CONTRATACION DE EMPRÉSTITOS. (UNICA PUBLICACION)
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 28 de noviembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó el Acuerdo que autoriza la
Contratación de Empréstitos, el cual señala:
“…ANTECEDENTES
1. Que mediante oficio número SFT/0187/2012, de fecha 20 de noviembre del 2012, la C.P.
Norma Patricia Hernández Barrera, Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal de
éste Ayuntamiento, requiere se someta al Cabildo la Autorización de Contratación de dos
Empréstitos, el primero por un monto de $9,000,000.00 (NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100
M.N.), y el segundo por $109,000,000.00 (CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).
2. Que mediante oficio número DOPM/0251/2012 de fecha 27 de noviembre del 2012, el Ing.
Cirilo Ibarra Rangel, Director de Obras Públicas Municipales, remite la propuesta de obra que
integran el empréstito a solicitar, por un monto de $109,000,000.00 (CIENTO NUEVE
MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para su evaluación y aprobación por el H. Ayuntamiento
en pleno.
3. Que mediante oficios números PM/0095/2012 y PM/0096/2012, fechados el 26 de
noviembre del 2012, el L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, solicitó autorización
al Ing. Germán Giordano Bonilla, Secretario de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado
de Querétaro, se autorice al Municipio de El Marqués, Qro., para llevar a cabo las gestiones
necesarias para la contratación de Empréstitos hasta por un monto de $109,000,000.00
(CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para financiar el costo de inversiones
públicas productivas, I.V.A. incluido, e inversiones públicas productivas retroactivas, I.V.A.
incluido, más los intereses en el período de inversión más la comisión por apertura y su I.V.A.,
y $9,000,000.00 (NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para financiar el costo de
inversiones públicas productivas.
4. Que mediante oficio número SAY/257/2012-2013, el Lic. Rafael Fernández de Cevallos y
Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, remite en Comisiones Unidas, a la Comisión de
Hacienda Patrimonio y Cuenta Pública y a la Comisión de Obras y Servicios Públicos, ambas
del H. Ayuntamiento de El Marques, Qro, la solicitud de la C.P. Norma Patricia Hernández
Barrera, Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal de éste Ayuntamiento,
mediante el cual requiere se someta al Cabildo la Autorización de Contratación de
Empréstito, por un monto de $9,000,000.00 (NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para
financiar el costo de inversiones públicas productivas que recaen dentro de los campos de
atención de BANOBRAS, incluido el I.V.A., así como las comisiones por apertura y por
disposición, más el I.V.A. correspondiente; y la contratación de un Empréstito hasta por un
monto de $109,000,000.00 (CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para financiar
el costo de inversiones públicas productivas, I.V.A. incluido, e inversiones públicas productivas
retroactivas, I.V.A. incluido, más los intereses en el período de inversión más la comisión por
apertura y su I.V.A., ambas para su análisis y posterior dictamen.
5. Que con la contratación de deuda pública solicitada hasta por un monto de $9,000,000.00
(NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), se pretende financiar el costo de inversiones
públicas productivas.
El monto total del Programa de Inversión Pública productiva del financiamiento en cuenta
corriente se deducirán los importes de la comisión por apertura y disposición, así como su
I.V.A. correspondiente.
6. Que con la contratación de deuda pública solicitada hasta por un monto de
$109,000,000.00 (CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), se financiarán los
siguientes conceptos:
RETROACTIVA CONTRATACION DE EMPRESTITO PARA LA REALIZACION DE INVERSIONES
PUBLICAS PRODUCTIVA HASTA POR 109,000.000.00
MUNICIPIO EL MARQUES, QUERETARO. DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
"Inversiones Publicas Productivas Retroactivas"
No. DESCRIPCION MONTO DE LA OBRA COMUNIDADES BENEFICIADAS
1 PAVIMENTO SOBRE EMPEDRADO EN CALLE PRINCIPAL $ 991,494.58 SANTA MARIA
BEGOÑA
2 PAVIMENTO SOBRE EMPEDRADO DE
CALLE PRINCIPAL, BARRIO LA PROVIDENCIA
$ 420,369.29 SALDARRIAGA
3 PAVIMENTO SOBRE EMPEDERADO
CALLE PIRULES, LAURELES Y EUCALIPTOS
$ 343,093.14 PALO ALTO
4 PAVIMENTO SOBRE EMPEDRADO CALLE PIRULES, LAURELES Y EUCALIPTOS $ 768,121.23 PALO ALTO
5 ASFALTOEMPEDRADO CALLE OLVERA OVIEDO $ 424,424.83 CHICHIMEQUILLAS
6 URBANIZACION DE CALLE AMAPOLA Y JAZMINES $ 302,030.49 TIERRA BLANCA
7 URBANIZACION DE CALLE AMAPOLA Y JAZMINES $ 236,307.73 TIERRA BLANCA
8 AMPLIACION DE DRENAJE SANITARIO $ 953,443.82 ALFAJAYUCAN
9 CONSTRUCCION DE COLECTOR GENERAL CARIAS CALLES $ 374,163.44 ALFAJAYUCAN
10 MEJORAMIENTO URBANO Y MANTENIMIENTO DE VIALIDADES $ 9,084,676.18 VARIAS
COMUNIDADES 11 ADQUISION DE MATERIALES PARA
APOYOS SOCIALES $ 9,592,178.21 VARIAS COMUNIDADES
12 MEJORAMIENTO DE LINEA ELECTRICA DE MEDIA TENSION $ 362,630.89 EL COLORADO
13 AMPLIACIOJN DE RED DE ENERGIA ELECTRICA EN CALLE RIO ESCONDIDO $ 499,699.37 AGUA AZUL
14 AMPLIACION DE RED DE ENERGIA ELECTRICA EN LA LAGUNITA $ 302,377.78 LA GRIEGA
15 INTRODUCCION DE LINEA ELECTRICA EN POZO NUEVO $ 435,377.00 SAN RAFAEL
16 RED ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE LEÓN $ 328,710.21 EL LOBO
17 AMPLIACION DE RED ELECTRICA Y
ALUMBRADO PUBLICO (CALLE HERNAN CORTES)
$ 414,024.80 CHICHIMEQUILLAS
18 OBRA CIVIL, PARA LA INSTALCION
ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE EMILIANO ZAPATA DE CALLE LA
MANSION A AVENIDA DEL MARQUES $ 428,592.71 LA CAÑADA
18 OBRA CIVIL, PARA LA INSTALCION
ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE EMILIANO ZAPATA DE CALLE LA
MANSION A AVENIDA DEL MARQUES $ 428,592.71 LA CAÑADA
19 REHABILITACION DE RED DE DRENAJE CALLE LOS PASTORES $ 286,542.23 LA CAÑADA
20 CARRIL DE ACELERACION Y
DESACELERACION DE ACCESO AL CALERO
$ 472,500.18 EL CALERO
21 CONSTRUCCION DE DRENAJE CALLE LA MANSION $ 231,133.80 LA CAÑADA
22 RED DE AGUA POTABLE 1A ETAPA $ 160,586.83 TIERRA BLANCA
23 URBANIZACION DE CALLE PASTORES 2A ETAPA $ 452,797.22 LA CAÑADA
24 REHABILITACION Y EQUIPAMIENTO DE UNIDAD DEPORTIVA $ 482,915.35 LA GRIEGA
25 REHABILITACION Y EQUIPAMIENTO DE UNIDAD DEPORTIVA $ 426,298.91 LA GRIEGA
Gaceta Municipal 2012-20154
7. Que de lo anterior se garantiza la capacidad crediticia con la que cuenta el Municipio de El
Marques, Qro., para hacer frente al cumplimiento de la obligación financiera que emane de la
adquisición del empréstito que se pretende obtener hasta por un monto de $109,000,000.00
(CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).
8. Que aunado a lo anterior, tal y como se observa de las aportaciones federales recibe el
Municipio de El Marques correspondientes a los últimos tres ejercicios fiscales, existe una
tendencia de incremento en los montos lo cual permite proyectar una tendencia ascendente
en el ejercicio fiscal inmediato posterior.
9. Que el empréstito en cuenta corriente, que asciende a la cantidad de $9,000,000.00 (NUEVE
MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), respecto del cual se solicita su autorización, se proyecta
pagar en su totalidad dentro del período constitucional del ejercicio del Ayuntamiento de El
Marqués, Qro., 2012-2015, por lo que se cubrirá totalmente antes del 30 de agosto del 2015,
dentro del plazo del ejercicio de éstos recursos el Municipio podrá disponer las cantidades
que hayan cubierto, siempre y cuando exista saldo disponible a su favor y se encuentre al
corriente en el pago de sus obligaciones derivadas del financiamiento.
10. Que el empréstito del cual se solicita autorización por medio del presente y que asciende a
la cantidad de $109,000,000.00 (CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS
35 OFICINAS ADMINISTRATIVAS DELAGACION $ 334,041.62 CHICHIMEQUILLAS
36 CONSTRUCCION DE PLATAFORMA PARA
EDIFICIO ACADEMICO, CONALEP PLANTEL SAN ISIDRO
$ 326,066.81 LA GRIEGA
37 ADEME DEL DREN PLUVIAL 2A. ETAPA, LAS LAJITAS $ 376,780.97 LAS LAJITAS
38 PISO FIRME; DELEGACIÓN $ 839,763.89 EL COLORADO Y LA GRIEGA
39 PISO FIRME 1ERA ETAPA $ 840,374.01 AMAZCALA
40 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS UNIDAD DEPORTIVA, $ 412,314.33 CHICHIMEQUILLAS
41 CONSTRUCCION DE PARAPETO DE
CONCRETO Y BARRERA METALICA EN CALLE LOS PASTORES, BARRIO EL
MIRADOR $ 417,059.60 LA CAÑADA
42 AMPLIACION DE COLECTOR SANITARIO $ 453,640.09 EL ROSARIO
43 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO $ 1,168,423.95 ALFAJAYUCAN
44 URBANIZACION DE CALLE SAN FRANCISCO, $ 892,467.75 ATONGO
45 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 476,772.06 LA CAÑADA
46 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 1,044,964.43 LA CAÑADA
47 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 737,082.04 LA CAÑADA
48 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 794,210.00 LA CAÑADA
49 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO PARTE ALTA 2DA. ETAPA $ 328,871.91 SAN JOSE NAVAJAS
50 URBANIZACION DE LA CALLE CIRILO CORNEJO $ 476,482.20 EL CARMEN
51 PAVIMENTO DE EMPEDRADO,
GUARNICIONES Y BANQUETAS EN C. DURANGO
$ 1,405,076.62 SAN ISIDRO MIRANDA
52 AMPLIACION DE DRENAJE SANITARIO EN CALLES CERRITO COLORADO Y EL
ROSARIO $ 448,864.43 LA GRIEGA
53 REENCARPETADO DE PRIVADA CONIN $ 310,424.36 LA CAÑADA
54 TECHADO DE CANCHA DE USOS
MULTIPLES EN LA COMUNIDAD DE LA LOMA
$ 493,524.42 LA LOMA
55 TECHADO DE CANCHA DE USOS MUTIPLES $ 419,419.59 AMAZCALA
56 TECHADO DE CANCHA DE USOS MUTIPLES $ 411,007.92 SANTA MARIA
BEGOÑA 57 TECHADO DE CANCHA DE USOS
MULTIPLES $ 394,658.54 LOS POCITOS
58 TECHADO DE CANCHA DE USOS MULTIPLES $ 365,878.37 LOS POCITOS
59 URBANIZACION DE CALLE JOSE RUIZ GONZALEZ $ 410,884.14 SAN RAFAEL
60 PISO FIRME; DELEGACIÓN $ 1,182,138.13 LA GRIEGA Y CHICHIMEQUILLAS
61 PISO FIRME; DELEGACIÓN $ 1,171,947.28 LA GRIEGA Y CHICHIMEQUILLAS
62 CONSTRUCCION DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN CALLE 3 DE MAYO $ 337,067.43 SANTA CRUZ
63 MEJORAMIENTO DE RED DE DRENAJE SANITARIO, CALLE SAN JOSE $ 426,298.68 AMAZCALA
sub total de Inversiones Publicas Productivas Retroactivas $ 48,917,201.29
26 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO $ 245,032.45 TIERRA BLANCA
27 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO $ 229,890.59 TIERRA BLANCA
28 CARRIL DE DESACELERACION PARA ACCESO CALLE PABLO VAZQUEZ $ 269,125.35 CHICHIMEQUILLAS
29 CONSTRUCCION DE CUBIERTA A
CENTRO COMUNITARIO SANTA MARIA DE BAÑOS
$ 322,921.97 SANTA MARIA DE LOS BAÑOS
30 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO EN PARTE ALTA DE LA
COMUNIDAD $ 479,193.44 SAN JOSE NAVAJAS
31 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE EN
CALLES EUCALIPTO, JACARANDA, ALAMOS Y ROBLE
$ 260,422.26 COYOTILLOS
32 CONSTRUCCION DE PLATAFORMA PARA
EDIFICIO ACADEMICO, CONALEP PLANTEL SAN ISIDRO
$ 230,633.87 LA GRIEGA
33 URBANIZACION DE CALLE EL GRANJENO $ 280,540.67 EL DURAZNO
34 CONSTRUCION DE COLECTOR PLUVIAL EN CALLE 16 DE SEPTIEMBRE $ 128,444.90 SANTA CRUZ
MUNICIPIO EL MARQUES, QUERETARO.
DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
"Inversiones Publicas Productivas"
No. DESCRIPCION MONTO DE LA OBRA COMUNIDADES BENEFICIADAS
1
CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA , INCLUYE LINEA ELECTRICA PARA SU OPERACION
$ 8,389,241.10 SAN RAFAEL
2
CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA INCLUYE LINEA ELECTRICA PARA SU OPERACION
$ 8,255,489.45 ALFAJAYUCAN-ATONGO
3 CONSTRUCCION DE PLANTA DE
TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA $ 7,245,478.90 PRESA DE RAYAS
4 CONSTRUCCION DE PLANTA DE
TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA $ 8,389,241.10 LA GRIEGA
5 CONSTRUCCION DE PLANTA DE
TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA $ 8,389,241.10 TIERRA BLANCA
6
CONSTRUCCION DE GUARNICIONES,BANQUETAS Y
PAVIMENTO DE EMPEDRADO EN VARIAS CALLES ,ZONA DE LA
TELESECUNDARIA Y JARDIN DE NIÑOS
$ 11,166,367.00 ALFAJAYUCAN
7 CONSTRUCCION DE GUARNICIONES,
BANQUETAS Y PAVIMENTO DE CONCRETO ASFALTICO EN CALLE
ARMANDO PAREDES $ 1,689,456.00 EL COLORADO
8
CONSTRUCCION DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y RECONSTRUCION DE
PAVIMENTO DE EMPEDRADO EN CALLE DEL JARDIN DE NIÑOS DE LA
POBLACION
$ 1,258,284.06 SANTA MA. BEGOÑA
sub total de Inversiones Publicas Productivas $ 54,782,798.71
1 ACCESORIOS FINANCIEROS DEL
CREDITO: (PAGO DE COMISION POR APERTURA Y LOS INTERESES DURANTE
EL PERIODO DE DISPOCISION) B+C $5,300,000 MUNICIPIO EL
MARQUES
sub total de accesorios financeros $5,300,000
TOTAL DE PAQUETE A+B+C $ 109,000,000.00
Gaceta Municipal 2012-2015 5
00/100 M.N.); se proyecta pagarse en su totalidad en un plazo no mayor de diez años a partir
de efectuada la primer disposición del empréstito.
CONSIDERANDO
1.- Que el Ayuntamiento es el órgano de gobierno del Municipio cuyo propósito es reunir y
atender las necesidades colectivas y sociales, y sus integrantes tienen la obligación de vigilar
y evaluar la administración pública, con el único propósito de que los habitantes cuenten con
los servicios públicos municipales suficientes.
2.- Que es obligación de la Administración Pública Municipal prestar sus servicios de manera
permanente y continua, con eficiencia y eficacia, para que los habitantes del municipio
tengan seguridad en su persona y sus bienes, lo cual se puede cumplir cuando los servicios
públicos funcionen sin ningún contratiempo o menoscabo.
3.- Que el Municipio de El Marqués tiene un ritmo de crecimiento por encima de la media
nacional, es por ello, que los asentamientos humanos en el municipio y la zona conurbada a
éste, se han incrementado en poco tiempo. Lo anterior impacta en la prestación de servicios y
construcción de obras públicas para satisfacer las demandas y necesidades de la sociedad.
4.- Que considerando que las estadísticas muestran un incremento considerable en la
población del Municipio de El Marqués, lo cual consecuentemente se refleja en la necesidad
de abatir en la actualidad el rezago existente en infraestructura de obra pública, alumbrado
público, y en dotar de las herramientas mínimas al Ayuntamiento para poder estar en
posibilidades de realizar y alcanzar los fines del Municipio.
5.- Que el prever las necesidades de la sociedad, es una acción que favorece la calidad de vida
y beneficia el desarrollo armónico de sus integrantes; por ello, el Municipio de El Marqués
debe cumplir este compromiso para que sus habitantes accedan a servicios públicos de
calidad, obras de alto beneficio social y proyectadas no únicamente para resolver los
problemas actuales, sino aquellos que seguramente a futuro se exigirán.
6.- Que el Municipio, ha venido sufriendo un desarrollo económico y social en los últimos
tiempos, lo cual ha repercutido en la existencia de una serie de necesidades imperiosas que
demanda la población, las cuales son insoslayables de atender, donde las inversiones
asentadas en el Municipio, como son los parques industriales, el aeropuerto internacional, la
agroindustria en sus diferentes sectores y propiamente los habitantes del Municipio obligan
a la autoridad municipal a dar respuesta a la modernidad del presente siglo de manera
mediata e inmediata.
7.- Que la Ley de Deuda Pública del Estado de Querétaro, faculta a los municipios a contraer
obligaciones directas y contingentes derivadas de empréstitos o créditos, concediendo el
artículo 4, fracción I, de la Ley en cita, que la Legislatura del Estado de Querétaro autorice la
contratación de empréstitos a los Municipios, hasta por los montos máximos previstos en la
Ley de ingresos aplicable, así como el ejercicio de montos y conceptos de endeudamientos no
previstos o adicionales a los autorizados en la Ley de ingresos respectiva.
8.- Que el artículo 80 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece que los
Ayuntamientos previo acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, de conformidad
con lo que establezcan las leyes, el reglamento respectivo y en su caso, previa autorización de
la Legislatura, aprobará entre otros, la gestión de empréstitos, cuando sus efectos temporales
excedan el plazo de la administración municipal de que se trate.
9.- Que la Ley de Coordinación Fiscal señala en su Artículo 50, que se pueden garantizar
obligaciones con instituciones de crédito con las participaciones federales, una vez que se
cuente con la autorización de la Legislatura del Estado, y señala los montos máximos que
podrán destinarse para cumplir dichas obligaciones.
10.- Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 6 de la Ley de Deuda Pública del
Estado de Querétaro, corresponde a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de
Querétaro:
“…II. Proponer al titular del Poder Ejecutivo del Estado, el otorgamiento de aval o deudor
solidario del Gobierno del Estado, para las entidades enumeradas en las fracciones II a V del
artículo 1 de la presente Ley;…
…IX. Emitir opinión, tratándose de los empréstitos que pretendan contratar los municipios y
sus entidades;…
…XII. Realizar, previa instrucción de los Ayuntamientos, pagos por cuenta de los mismos, con
cargo a los ingresos de las aportaciones federales que le correspondan y que puedan utilizar
para ese fin, de conformidad con lo dispuesto en la legislación aplicable…”
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Extraordinaria de
fecha 28 de noviembre del 2012, por Unanimidad del Pleno del H. Ayuntamiento de El
Marqués, Qro., el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO. El H. Ayuntamiento de el Marqués, autoriza al Presidente Municipal, al Síndico
Municipal, a la Secretario de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal y al Secretario del
Ayuntamiento, para que en el ámbito de sus respectivas facultades gestionen y contraten a
nombre del Municipio de El Marqués, Qro., el otorgamiento de un empréstito por un monto
máximo de $9,000,000.00 (NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), incluidos los
accesorios financieros siguientes: Comisión por apertura y su IVA y Comisión por disposición
y su respectivo I.V.A. a pagarse antes del 30 de agosto del 2015, autorizándose para que
celebren los contratos, convenios y demás instrumentos necesarios para el cumplimiento del
presente Acuerdo.
SEGUNDO. El H. Ayuntamiento de el Marqués, autoriza al Presidente Municipal, al Síndico
Municipal, a la Secretario de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal y al Secretario del
Ayuntamiento, para que en el ámbito de sus respectivas facultades gestionen y contraten a
nombre del Municipio de El Marqués, Qro., el otorgamiento de un empréstito por un monto
máximo de $109,000,000.00 (CIENTO NUEVE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.)
incluidos los accesorios financieros siguientes: Comisión por apertura y su IVA, y el
financiamiento de los intereses en el período de disposición a pagarse en un plazo de 10
años, autorizándose para que celebren los contratos, convenios y demás instrumentos
necesarios para el cumplimiento del presente Acuerdo.
TERCERO. La contratación de los empréstitos autorizados, se realizarán con la institución
financiera que ofrece mejores condiciones crediticias a favor del Municipio de El Marqués,
Qro., mediante contrato que suscribirán los funcionarios facultados para ello en los términos
de las disposiciones jurídicas aplicables.
CUARTO. El Municipio deberá integrar dentro del clausulado del contrato de empréstito, lo
referente a una programación o anexo financiero, en donde se señale que las ministraciones
de los recursos por parte de la institución financiera, se realizarán de acuerdo a las
necesidades de pago derivadas de la programación de la inversión, según la propuesta de
obra establecida por el Municipio, con el objeto de evitar el pago de intereses financieros
Gaceta Municipal 2012-20156
sobre recursos que no se hayan devengado.
QUINTO. Los recursos obtenidos por la contratación del Empréstito autorizado en el punto
SEGUNDO de éste acuerdo serán depositados en una cuenta concentradora del Municipio de
El Marqués, Qro, para destinarlos a las obras propuestas por el Municipio de El Marqués que a
continuación se mencionan:
33 URBANIZACION DE CALLE EL GRANJENO $ 280,540.67 EL DURAZNO
34 CONSTRUCION DE COLECTOR PLUVIAL EN CALLE 16 DE SEPTIEMBRE $ 128,444.90 SANTA CRUZ
35 OFICINAS ADMINISTRATIVAS DELAGACION $ 334,041.62 CHICHIMEQUILLAS
36 CONSTRUCCION DE PLATAFORMA PARA
EDIFICIO ACADEMICO, CONALEP PLANTEL SAN ISIDRO
$ 326,066.81 LA GRIEGA
37 ADEME DEL DREN PLUVIAL 2A. ETAPA, LAS LAJITAS $ 376,780.97 LAS LAJITAS
38 PISO FIRME; DELEGACIÓN $ 839,763.89 EL COLORADO Y LA GRIEGA
39 PISO FIRME 1ERA ETAPA $ 840,374.01 AMAZCALA
40 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS UNIDAD DEPORTIVA, $ 412,314.33 CHICHIMEQUILLAS
41 CONSTRUCCION DE PARAPETO DE
CONCRETO Y BARRERA METALICA EN CALLE LOS PASTORES, BARRIO EL
MIRADOR $ 417,059.60 LA CAÑADA
42 AMPLIACION DE COLECTOR SANITARIO $ 453,640.09 EL ROSARIO
43 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO $ 1,168,423.95 ALFAJAYUCAN
44 URBANIZACION DE CALLE SAN FRANCISCO, $ 892,467.75 ATONGO
45 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 476,772.06 LA CAÑADA
46 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 1,044,964.43 LA CAÑADA
47 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 737,082.04 LA CAÑADA
48 PLAZA DEL DEPORTE EMILIANO
ZAPATA S/N LA CAÑADA, BARRIO LA CRUZ ALTA, 2DA ETAPA
$ 794,210.00 LA CAÑADA
49 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO PARTE ALTA 2DA. ETAPA $ 328,871.91 SAN JOSE NAVAJAS
50 URBANIZACION DE LA CALLE CIRILO CORNEJO $ 476,482.20 EL CARMEN
51 PAVIMENTO DE EMPEDRADO,
GUARNICIONES Y BANQUETAS EN C. DURANGO
$ 1,405,076.62 SAN ISIDRO MIRANDA
52 AMPLIACION DE DRENAJE SANITARIO EN CALLES CERRITO COLORADO Y EL
ROSARIO $ 448,864.43 LA GRIEGA
53 REENCARPETADO DE PRIVADA CONIN $ 310,424.36 LA CAÑADA
54 TECHADO DE CANCHA DE USOS
MULTIPLES EN LA COMUNIDAD DE LA LOMA
$ 493,524.42 LA LOMA
55 TECHADO DE CANCHA DE USOS MUTIPLES $ 419,419.59 AMAZCALA
56 TECHADO DE CANCHA DE USOS MUTIPLES $ 411,007.92 SANTA MARIA
BEGOÑA 57 TECHADO DE CANCHA DE USOS
MULTIPLES $ 394,658.54 LOS POCITOS
58 TECHADO DE CANCHA DE USOS MULTIPLES $ 365,878.37 LOS POCITOS
59 URBANIZACION DE CALLE JOSE RUIZ GONZALEZ $ 410,884.14 SAN RAFAEL
60 PISO FIRME; DELEGACIÓN $ 1,182,138.13 LA GRIEGA Y CHICHIMEQUILLAS
61 PISO FIRME; DELEGACIÓN $ 1,171,947.28 LA GRIEGA Y CHICHIMEQUILLAS
62 CONSTRUCCION DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN CALLE 3 DE MAYO $ 337,067.43 SANTA CRUZ
63 MEJORAMIENTO DE RED DE DRENAJE SANITARIO, CALLE SAN JOSE $ 426,298.68 AMAZCALA
sub total de Inversiones Publicas Productivas Retroactivas $ 48,917,201.29
RETROACTIVA CONTRATACION DE EMPRESTITO PARA LA REALIZACION DE INVERSIONES
PUBLICAS PRODUCTIVA HASTA POR 109,000.000.00
MUNICIPIO EL MARQUES, QUERETARO. DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
"Inversiones Publicas Productivas Retroactivas"
No. DESCRIPCION MONTO DE LA OBRA COMUNIDADES BENEFICIADAS
1 PAVIMENTO SOBRE EMPEDRADO EN CALLE PRINCIPAL $ 991,494.58 SANTA MARIA
BEGOÑA
2 PAVIMENTO SOBRE EMPEDRADO DE
CALLE PRINCIPAL, BARRIO LA PROVIDENCIA
$ 420,369.29 SALDARRIAGA
3 PAVIMENTO SOBRE EMPEDERADO
CALLE PIRULES, LAURELES Y EUCALIPTOS
$ 343,093.14 PALO ALTO
4 PAVIMENTO SOBRE EMPEDRADO CALLE PIRULES, LAURELES Y EUCALIPTOS $ 768,121.23 PALO ALTO
5 ASFALTOEMPEDRADO CALLE OLVERA OVIEDO $ 424,424.83 CHICHIMEQUILLAS
6 URBANIZACION DE CALLE AMAPOLA Y JAZMINES $ 302,030.49 TIERRA BLANCA
7 URBANIZACION DE CALLE AMAPOLA Y JAZMINES $ 236,307.73 TIERRA BLANCA
8 AMPLIACION DE DRENAJE SANITARIO $ 953,443.82 ALFAJAYUCAN
9 CONSTRUCCION DE COLECTOR GENERAL CARIAS CALLES $ 374,163.44 ALFAJAYUCAN
10 MEJORAMIENTO URBANO Y MANTENIMIENTO DE VIALIDADES $ 9,084,676.18 VARIAS
COMUNIDADES 11 ADQUISION DE MATERIALES PARA
APOYOS SOCIALES $ 9,592,178.21 VARIAS COMUNIDADES
12 MEJORAMIENTO DE LINEA ELECTRICA DE MEDIA TENSION $ 362,630.89 EL COLORADO
13 AMPLIACIOJN DE RED DE ENERGIA ELECTRICA EN CALLE RIO ESCONDIDO $ 499,699.37 AGUA AZUL
14 AMPLIACION DE RED DE ENERGIA ELECTRICA EN LA LAGUNITA $ 302,377.78 LA GRIEGA
15 INTRODUCCION DE LINEA ELECTRICA EN POZO NUEVO $ 435,377.00 SAN RAFAEL
16 RED ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE LEÓN $ 328,710.21 EL LOBO
17 AMPLIACION DE RED ELECTRICA Y
ALUMBRADO PUBLICO (CALLE HERNAN CORTES)
$ 414,024.80 CHICHIMEQUILLAS
18 OBRA CIVIL, PARA LA INSTALCION
ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE EMILIANO ZAPATA DE CALLE LA
MANSION A AVENIDA DEL MARQUES $ 428,592.71 LA CAÑADA
19 REHABILITACION DE RED DE DRENAJE CALLE LOS PASTORES $ 286,542.23 LA CAÑADA
20 CARRIL DE ACELERACION Y
DESACELERACION DE ACCESO AL CALERO
$ 472,500.18 EL CALERO
21 CONSTRUCCION DE DRENAJE CALLE LA MANSION $ 231,133.80 LA CAÑADA
22 RED DE AGUA POTABLE 1A ETAPA $ 160,586.83 TIERRA BLANCA
23 URBANIZACION DE CALLE PASTORES 2A ETAPA $ 452,797.22 LA CAÑADA
24 REHABILITACION Y EQUIPAMIENTO DE UNIDAD DEPORTIVA $ 482,915.35 LA GRIEGA
25 REHABILITACION Y EQUIPAMIENTO DE UNIDAD DEPORTIVA $ 426,298.91 LA GRIEGA
26 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO $ 245,032.45 TIERRA BLANCA
27 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO $ 229,890.59 TIERRA BLANCA
28 CARRIL DE DESACELERACION PARA ACCESO CALLE PABLO VAZQUEZ $ 269,125.35 CHICHIMEQUILLAS
29 CONSTRUCCION DE CUBIERTA A
CENTRO COMUNITARIO SANTA MARIA DE BAÑOS
$ 322,921.97 SANTA MARIA DE LOS BAÑOS
30 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO EN PARTE ALTA DE LA
COMUNIDAD $ 479,193.44 SAN JOSE NAVAJAS
31 AMPLIACION DE RED DE DRENAJE EN
CALLES EUCALIPTO, JACARANDA, ALAMOS Y ROBLE
$ 260,422.26 COYOTILLOS
32 CONSTRUCCION DE PLATAFORMA PARA
EDIFICIO ACADEMICO, CONALEP PLANTEL SAN ISIDRO
$ 230,633.87 LA GRIEGA
MUNICIPIO EL MARQUES, QUERETARO.
DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
"Inversiones Publicas Productivas"
No. DESCRIPCION MONTO DE LA OBRA COMUNIDADES BENEFICIADAS
1
CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA , INCLUYE LINEA ELECTRICA PARA SU OPERACION
$ 8,389,241.10 SAN RAFAEL
2
CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA INCLUYE LINEA ELECTRICA PARA SU OPERACION
$ 8,255,489.45 ALFAJAYUCAN-ATONGO
Gaceta Municipal 2012-2015 7
SEXTO. El Municipio deberá integrar expedientes financieros específicos, con la
documentación comprobatoria, que cumpla con requisitos fiscales en la materia, sobre los
gastos realizados. Asimismo el Municipio debe establecer los controles internos que permitan
la verificación y conciliación de saldos mediante información mensual, referente al destino y
aplicación de los recursos recibidos. De igual manera el Municipio implementará los
mecanismos necesarios que permitan su revisión y fiscalización de manera clara, precisa y
transparente.
SEPTIMO. El pago de los Empréstitos descritos en los puntos PRIMERO y SEGUNDO del
presente acuerdo se garantizarán a través de las participaciones que en ingresos federales le
correspondan al Municipio de El Marqués, Qro.
OCTAVO. El Empréstito y la garantía anteriormente señalada se inscribirán en el Registro de
Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios que lleva la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, así como en el Registro Único de Obligaciones y Empréstitos,
dependiente de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, lo anterior de acuerdo a lo
establecido en el artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal. Aunado a lo anterior la
contratación del empréstito autorizado se sujetará a lo establecido en la Ley de Deuda
Pública del Estado de Querétaro, y las demás disposiciones establecidas en la normatividad
vigente.
NOVENO. El H. Ayuntamiento de el Marqués, autoriza a la Secretaria de Finanzas Públicas y
Tesorería Municipal, a crear la partida presupuestal que garantice el pago del capital e
intereses que generen los empréstitos descritos en los puntos PRIMERO y SEGUNDO del
Presente acuerdo, de conformidad con los montos y plazos que se establezcan con la
institución financiera que otorgue el crédito.
DECIMO. Una vez que se cuente con los recursos crediticios disponibles, se autoriza a la
Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal a realizar la aplicación que
corresponda al ejercicio presupuestal respectivo, así como para proponer la previsión de las
cantidades necesarias al pago de intereses hasta la total liquidación de los adeudos.
3 CONSTRUCCION DE PLANTA DE
TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA $ 7,245,478.90 PRESA DE RAYAS
4 CONSTRUCCION DE PLANTA DE
TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA $ 8,389,241.10 LA GRIEGA
5 CONSTRUCCION DE PLANTA DE
TRATAMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE LA ZONA $ 8,389,241.10 TIERRA BLANCA
6
CONSTRUCCION DE GUARNICIONES,BANQUETAS Y
PAVIMENTO DE EMPEDRADO EN VARIAS CALLES ,ZONA DE LA
TELESECUNDARIA Y JARDIN DE NIÑOS
$ 11,166,367.00 ALFAJAYUCAN
7 CONSTRUCCION DE GUARNICIONES,
BANQUETAS Y PAVIMENTO DE CONCRETO ASFALTICO EN CALLE
ARMANDO PAREDES $ 1,689,456.00 EL COLORADO
8
CONSTRUCCION DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y RECONSTRUCION DE
PAVIMENTO DE EMPEDRADO EN CALLE DEL JARDIN DE NIÑOS DE LA
POBLACION
$ 1,258,284.06 SANTA MA. BEGOÑA
sub total de Inversiones Publicas Productivas $ 54,782,798.71
1 ACCESORIOS FINANCIEROS DEL
CREDITO: (PAGO DE COMISION POR APERTURA Y LOS INTERESES DURANTE
EL PERIODO DE DISPOCISION) B+C $5,300,000 MUNICIPIO EL
MARQUES
sub total de accesorios financeros $5,300,000
TOTAL DE PAQUETE A+B+C $ 109,000,000.00
DECIMO PRIMERO. El H. Ayuntamiento de el Marqués autoriza al Presidente Municipal, al
Síndico Municipal, a la Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal y al Secretario
del Ayuntamiento, para que a nombre y representación del Municipio de El Marqués, Qro.,
celebren contrato de mandato con el Gobierno del Estado, a efecto de que en caso de
incumplimiento de pago por parte del Municipio a la institución financiera acreedora,
Gobierno del Estado, como mandatario del Municipio, efectúe la amortización incumplida
que comprenda pago de capital e intereses, tomando las participaciones que en ingresos
federales le corresponda al Municipio de El Marqués, Qro.
DECIMO SEGUNDO. El H. Ayuntamiento de el Marqués autoriza al Presidente Municipal, al
Síndico Municipal, a la Secretaria de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, y al Secretario
del Ayuntamiento para que a nombre del Municipio de El Marqués, Qro., acuerden las bases,
condiciones y modalidades convenientes y necesarias en los contratos, convenios y demás
documentos relativos al presente acuerdo, asimismo, celebren los actos jurídicos que se
deriven en los contratos, convenios o documentos por conducto de sus funcionarios o
representantes legales, hasta la total amortización de los créditos.
DECIMO TERCERO. La recepción, administración y aplicación de los recursos deberán ser
fiscalizados por la Entidad Superior de Fiscalización, además de que dichos recursos
formarán parte de la Cuenta Pública Municipal.
DECIMO CUARTO. En caso de que alguna de las obras a que se refiere el punto QUINTO de
este Acuerdo, no fuera ejecutada por causas justificadas, dichos recursos por acuerdo del H.
Ayuntamiento podrán reasignarse a otras obras que tengan los mismos fines u objetivos que
aquellas, informándose a la Entidad Superior de Fiscalización para efectos de la revisión y
fiscalización de dicha obra y de la cuenta pública.
DECIMO QUINTO. Previo a la aplicación de los recursos en los términos de la Ley de Obras
Públicas del Estado, Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios del Estado de Querétaro y demás disposiciones legales vigentes al momento de la
ejecución de las obras, el Municipio deberá contar con los convenios firmados de las
afectaciones o donaciones de los predios necesarios para dicha ejecución, así como con los
proyectos ejecutivos y los expedientes técnicos unitarios debidamente integrados con los
estudios de impacto ambiental y apegado a los planes parciales delegacionales; de igual
forma se deberán considerar dentro del presupuesto de cada obra, todas las que resulten
complementarias para el cumplimiento y término de las mismas, con la finalidad de evitar la
suspensión temporal o permanente, el incremento de los presupuestos, así como la creación
de volúmenes y conceptos atípicos, que por su naturaleza deben ser considerados desde el
inicio.
DECIMO SEXTO. Para los casos de incumplimientos de los contratos de las obras, que sean
imputables al contratista, se deberá integrar una cláusula estableciendo la aplicación de
penalizaciones, sin embargo cuando el retraso sea imputable al Municipio, deberá ser
considerada, además la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Querétaro.
DECIMO SEPTIMO. El Municipio asignará la ejecución de las obras a empresas constructoras
en el caso que corresponda, que acrediten una experiencia mínima de tres años en el ejercicio
de la actividad empresarial en el Estado de Querétaro y tener establecida en éste, con la
misma antigüedad la administración principal de su actividad, de acuerdo con las leyes
vigentes en la entidad.
DECIMO OCTAVO. En la aplicación del gasto el Municipio deberá observar el cumplimiento
de la legalidad y normatividad aplicable en la materia.
Gaceta Municipal 2012-20158
T R A N S I T O R I O S
1.- El Decreto que se expida en su momento por parte de la LVII Legislatura del Estado de
Querétaro, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro "La Sombra de Arteaga".
2.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que remita copia certificada del presente
a la LVII Legislatura del Estado, para su autorización.
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
ACUERDO QUE AUTORIZA LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN CATASTRAL QUE COORDINA EL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO (BANOBRAS), ASÍ COMO SU ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO CELEBRADO ENTRE ESA INSTITUCIÓN CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM). (UNICA PUBLICACION)
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 28 de noviembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó el Acuerdo que autoriza la
Incorporación del Municipio de El Marques, Qro., al Programa de Modernización Catastral
que coordina el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución de Banca
de Desarrollo (BANOBRAS), así como su Adhesión al Convenio Marco celebrado entre esa
institución con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el cual señala:
“…CONSIDERANDO
1. Que con fecha 15 de mayo de 1991, el Gobierno federal, por conducto de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fidecomitente Unico de la Administración
Pública Federal (EL FIDEICOMITENTE), constituyó en el Banco nacional de Obras y servicios
Públicos, S.N.C., en su calidad de Institución Fiduciaria (EL FIDUCIARIO), un fideicomiso (EL
FIDEICOMISO 1249), cuyos fines fueron, inicialmente, entre otros, garantizar mediante aval
los créditos que otorgase BANOBRAS a los gobiernos estatales y municipales, para la
elaboración de estudios y proyectos de infraestructura básica, urbana y de servicios, que
atiendan las necesidades prioritarias nacionales y estatales.
2. Que mediante Convenio celebrado por el FIDEICOMITENTE y el FIDUCIARIO, en fecha 15 de
marzo de 2007, se modificó el FIDEICOMISO 1249, estableciéndose como nueva
denominación “Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y
Municipios”, teniendo como objetivos, entre otros: a) Otorgar apoyos no recuperables a las
Entidades Federativas y Municipios, para diversos programas y proyectos; b) Entregar a
BANOBRAS, las cantidades que éste no pudiese recuperar con motivo de los financiamientos
otorgados a los Municipios; y, c) Entregar apoyos no recuperables a las Entidades federativas
y Municipios, ya sea directamente o por conducto de BANOBRAS, para cubrir los costos de
estudios y proyectos que faciliten el proceso de financiamiento.
3. Que en fecha 26 de agosto de 2009, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.,
Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS) y la Universidad Nacional Autónoma de
México (UNAM), celebraron Convenio Marco de Colaboración, cuyo objeto es establecer las
bases conforme a las cuales se elaborarán, en beneficio de las Entidades Federativas y
Municipios que decidan adherirse al mismo, los estudios y proyectos para el Programa de
Modernización catastral contemplados en los “lineamientos para la asignación y aplicación
de los apoyos que se otorgan para la ejecución de los proyectos municipales de
Modernización Catastral”, con cargo al patrimonio del FIDEM.
4. Que mediante oficio número SFT/0198/2012 de fecha 23 de noviembre del 2012, suscrito
por la C.P. Norma Patricia Hernández Barrera, Secretario de Finanzas Públicas y Tesorería
Municipal, solicita se autorice por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la
incorporación de éste Municipio al Programa de Modernización Catastral que coordina el
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo
(BANOBRAS), así como su adhesión al Convenio Marco celebrado entre esa Institución con la
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a fin de que esta última elabore, con
cargo a los apoyos que al efecto se gestionen por conducto de BANOBRAS ante el Fiduciario
del Fideicomiso 1249 “Para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y
Municipios" (FIDEM).
5. Que mediante oficios SAY/DT/145/2011-2012 y SAY/DT/146/2011-2012, el Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, por instrucciones del L.A.E.
Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, turnó a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, y a la Comisión de Gobernación, la solicitud de la C.P. Norma Patricia
Hernández Barrera, Secretario de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, descrita en el
ANTECEDENTE próximo anterior; para que en Sesión de Comisiones Unidas se realice su
análisis y se resuelva en consecuencia.
6. Que a fin de obtener los beneficios y el apoyo del FIDEICOMISO 1249, ya multicitado, es
necesario el realizar la incorporación de éste Municipio al Programa de Modernización
Catastral, así como su adhesión al Convenio Marco celebrado entre BANOBRAS con la
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)…”
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Extraordinaria de fecha
28 de noviembre del 2012, por Unanimidad del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués,
Qro., el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., con fundamento en lo dispuesto por el
Artículo 30, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, autoriza la incorporación
del Municipio de El Marqués, Qro., al Programa de Modernización Catastral que coordina el
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo
(BANOBRAS), así como su adhesión al Convenio Marco celebrado entre esa Institución con la
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), facultando para tal efecto al L.A.E.
Gaceta Municipal 2012-2015 9
Enrique vega Carriles, Presidente Municipal para suscribir la correspondiente carta de
adhesión, a fin de que esta última elabore, con cargo a los apoyos que al efecto se gestionen
por conducto de BANOBRAS ante el Fiduciario del Fideicomiso 1249 “Para Coadyuvar al
Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios" (FIDEM), los estudios y proyectos
siguientes:
a) Diagnóstico Catastral y Plan de Acción, que permita identificar las áreas de
oportunidad para mejorar la gestión catastral y recaudatoria.
b) Proyecto Ejecutivo que permita identificar los costos, beneficios, calendario de
ejecución y rentabilidad de las acciones aprobadas por el Municipio.
c) Supervisión y Dictamen Técnico de Cumplimiento de las acciones contenidas en
el Proyecto Ejecutivo.
SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, toma conocimiento que una vez que se
cuente con el documento “Proyecto Ejecutivo”, la Administración Municipal llevará a cabo el
proceso de contratación de las acciones ahí contenidas, para lo cual instruye a Secretaría de
Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, a realizar las adecuaciones presupuestaria
correspondientes, a fin de disponer de los recursos económicos necesarios para cubrir la
totalidad de su costo, señalándose que los recursos no recuperables, se otorgarán bajo la
modalidad de rembolso, una vez que se emita el Dictamen Técnico de Cumplimiento por
parte de la institución encargada de la supervisión.
TERCERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., atendiendo a la autorización otorgada
en el punto PRIMERO del presente Acuerdo, para todos los efectos a que haya lugar, acepta en
consecuencia:
3.1.- Los términos y condiciones del Programa de Modernización Catastral contenidos en los
LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS APOYOS QUE SE OTORGUEN
PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS MUNICIPALES DE MODERNIZACIÓN CATASTRAL,
mismos que corren agregados como Anexo 1 del Convenio Marco señalado.
3.2.- Que las facturas sean emitidas por la UNAM a nombre del FIDEM por los servicios
prestados en su beneficio y pagadas por éste último con apoyos no recuperables a favor del
propio Municipio de El Marqués, Querétaro, con cargo a la Subcuenta B del propio FIDEM.
3.3.- Las condiciones previstas en el Convenio Marco celebrado entre BANOBRAS y la UNAM
de fecha 20 de agosto de 2009, asumiendo todos los derechos y obligaciones contenidos en el
mismo, resultándole propios, para todos los efectos a que haya lugar.
3.4.- Poner a disposición de Banobras y/o de la UNAM, de manera oportuna, la
documentación e información solicitada, relativa a los Estudios y Proyectos y a la realización
de las acciones del Proyecto Ejecutivo.
3.5.- Que se le presten los servicios por parte de la UNAM, bajo la coordinación de BANOBRAS
y con cargo a los apoyos que al efecto se gestionen por éste ante el Fiduciario del FIDEM, a fin
de que la UNAM elabore los siguientes estudios y proyectos, en beneficio del Municipio de El
Marqués, Querétaro:
aa) Diagnóstico Catastral y Plan de Acción, que permita identificar las áreas de
oportunidad para mejorar la gestión catastral y recaudatoria.
bb) Proyecto Ejecutivo que permita identificar el costo, beneficios y calendario de
ejecución de las acciones aprobadas por el Municipio.
cc) Supervisión y Dictamen Técnico de Cumplimiento de las acciones contenidas en
el Proyecto Ejecutivo.
3.6.- Asimismo, entendemos que para la realización de los estudios y proyectos antes
señalados, el Municipio brindará el apoyo necesario a las instituciones prestadoras de
servicio, consistente en proveer la información y facilidades siguientes:
Etapa para elaboración de Diagnóstico y Plan de Acción
3.7.- En el período durante el cual se lleve a cabo la visita técnica en el Municipio por personal
de la UNAM:
a) Acceso a las bases de datos técnicas relacionadas con el impuesto predial.- Esto
incluye la base completa del Padrón Catastral, Base de Ingresos y la Base Cartográfica con
que cuenta el municipio.
b) Copia de los manuales de organización y de procedimientos técnicos de las
actividades catastrales.
c) Listado de productos y servicios catastrales que brindan al contribuyente así
como los requisitos que solicita el Ayuntamiento para la realización de los trámites.
d) Información de los principales indicadores de cuenta pública
3.8.- El Municipio permitirá a la UNAM observar, documentar y realizar análisis de los
procedimientos que emplea para la generación de productos y servicios que brindan las
áreas de Catastro y de Ingresos, su organización interna así como la relación con otras áreas
del municipio:
a) Verificación del equipamiento con que cuenta catastro para la atención de los
servicios catastrales, a saber: personal, vehículos, equipo de medición, comunicación,
cómputo y auxiliar, etc.
b) Análisis de eficiencia, cobertura y pruebas de desempeño a los sistemas de
gestión catastral, de mantenimiento cartográfico, de ingresos y de información geográfica en
su caso
c) Observación del flujo de información que siguen los servicios y productos
catastrales desde que ingresan en ventanilla por la solicitud del contribuyente hasta que se
entrega el resultado final al mismo.
d) Revisión de funciones, productos, procesos y procedimientos que se tienen en las
áreas de Catastro e Ingresos según la conformación que se tengan en cada municipio, a
saber:
a. Cartografía
b. Padrón y registro
c. Área técnica
d. Valuación
e. Archivo
f. Sistemas Catastrales
g. Sistemas de Recaudación y control de obligaciones
h. Control
e) Información para la ejecución de los procedimientos de valuación catastral,
actualización de tablas de valores, cálculos del impuesto predial.
3.9.- Con el objetivo de que sean replicados los criterios y metodología que se emplea para la
realización de sus actividades, el Municipio apoyará con personal del Área de Catastro y de
Ingresos para la realización de las acciones siguientes;
a) Participar coordinadamente con el personal de la UNAM en la verificación de
campo, a fin de que el propio personal del Municipio sea quien clasifique el estado de
conservación y características de los inmuebles visitados, y estime los valores correctos de
impuesto predial en los predios que registran modificaciones con respecto a lo registrado en
los padrones.
b) Apoyo en la concertación de reuniones técnicas con otras áreas del
Ayuntamiento que produzcan y/o utilicen información geográfica en el municipio.
c) Permitan que personal de la UNAM acompañe al personal del municipio que
realiza trabajos técnicos de campo como actualización cartográfica, apeos y deslindes.
3.10.- El día de presentación de resultados del Diagnósticio y Plan de Acción, personal del
Gaceta Municipal 2012-201510
Municipio definirá que acciones acepta, para iniciar a la brevedad la elaboración del
Proyecto Ejecutivo.
3.11.- El Municipio se compromete, a proporcionar al personal de la UNAM la información y
facilidades siguientes:
a) Copia de las Bases de Licitación que emita el Ayuntamiento para contratación
de productos y servicios
b) Copia de los contratos que el municipio celebre con terceros para llevar a acabo
las acciones contenidas en el Proyecto Ejecutivo.
c) Copia de las facturas de los bienes y servicios adquiridos.
d) Copia del finiquito de los contratos.
e) Acceso a la información entregada por las empresas, a la verificación de los
procesos, productos y materiales de apoyo.
f) Toma de fotografías de las áreas y equipamiento
3.12.- Con motivo de la suscripción autorizada en el presente Acuerdo, el Municipio de El
Marqués, Querétaro, por conducto de sus representantes, se adhiere a lo previsto en el
Convenio Marco celebrado entre BANOBRAS y la UNAM de fecha 20 de agosto de 2009, con lo
que asume, adicionalmente a lo ya señalado anteriormente, entre otras obligaciones, las de
observar y dar cumplimiento a la normativa federal por la recepción de apoyos con cargo a
recursos federales a través del FIDEM, con los que se verá beneficiado dicho Municipio, como
son las que señalan a continuación:
a) El Municipio de El Marqués, Querétaro, cumplirá con los compromisos y obligaciones
asumidas al disponer recursos federales provenientes de apoyos del FIDEM y, en
consecuencia, revelará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la
Entidad Federativa, en su información financiera, el monto del apoyo que reciba del FIDEM,
por lo que el Municipio deberá reportar, dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a
la terminación de cada trimestre del ejercicio fiscal en el cual se hayan recibido los Apoyos, la
aplicación, destino y resultados obtenidos, en el formato establecido para tal fin, mediante el
sistema electrónico para reportar la información sobre el ejercicio, destino, resultados
obtenidos y evaluación de los recursos públicos federales transferidos a las Entidades
Federativas, Municipios y Demarcaciones, a que se refieren el artículo 85, fracción II, de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y el Lineamiento Segundo, fracción IX,
de los Lineamientos Generales de Operación para la Entrega de los Recursos del Ramo
General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, publicados en el
Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2008; y a través del “Sistema electrónico para
informar sobre la aplicación de recursos federales por los gobiernos locales” establecido para
tal fin por la SHCP, en los términos de los Lineamientos para informar sobre el ejercicio,
destino y resultados de los recursos federales transferidos a las Entidades Federativas,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2008.
b) También deberán publicar dicha información en sus respectivas páginas electrónicas de
Internet o de otros medios locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles a la fecha
señalada en el párrafo anterior.
c) Adicionalmente, el Municipio de El Marqués, Querétaro, deberá incluir en la presentación
de su Cuenta Pública y en los informes sobre el ejercicio del gasto público al Poder Legislativo
del Estado de Querétaro, la información relativa a la aplicación de los Apoyos.
3.13.- El Municipio de El Marqués, Querétaro, a través de sus representantes legalmente
facultados, acepta que queda prohibido ceder parcial o totalmente los derechos y
obligaciones adquiridos con relación al Convenio Específico y la presente Carta de Adhesión.
3.14.- El Municipio de El Marqués, Querétaro, acepta que la Propiedad Intelectual de los
productos que se generen por las actividades contenidas en el Convenio Marco celebrado
entre BANOBRAS y la UNAM de fecha 20 de agosto de 2009, le corresponderá al Municipio.
Asimismo, que las publicaciones de diversas categorías, (artículos, folletos, etc.), así como las
coproducciones y difusión de los trabajos objeto del presente instrumento, deberán contar
con la autorización escrita de los representantes facultados del Municipio de El Marqués,
Querétaro. LA UNAM podrá utilizar en sus funciones académicas la información o resultados
derivados de las actividades desarrolladas.
3.15.- El Municipio de El Marqués, Querétaro, acepta que se podrá intercambiar información
con BANOBRAS y/o con LA UNAM de conformidad con la legislación y normativa aplicable,
comprometiéndose a respetar los principios de confidencialidad y reserva aceptados y que se
encuentran previstos en la legislación en materia de información, incluyendo lo previsto en el
Convenio Específico y sus anexos.
3.16.- El Municipio de El Marqués, Querétaro, señala como domicilio para ver, oír y recibir todo
tipo de notificaciones y documentos el ubicado en: Avenida Venustiano Carranza número 2,
La Cañadas, Municipio de El Marques, Estado de Querétaro, para efectos de la suscripción de
la Carta Adhesión.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
2.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga” y en la “Gaceta Municipal” de El Marqués, Qro.
3.- Remítase la Carta de Adhesión y la certificación debidamente suscritas al LIC. GABRIEL
YORIO GONZÁLEZ, Subdirector de Asistencia Técnica y Financiera de BANOBRAS, S.N.C. y al Dr.
RICARDO ACEVES GARCÍA, Titular de la Jefatura de la División de Ingeniería Mecánica e
Industrial, de la Universidad Nacional Autónoma de México.
4.- Notifíquese del presente Acuerdo al Presidente Municipal y a la Secretaría de Finanzas
Públicas y Tesorería Municipal, para el cumplimiento del presente acuerdo…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
ATENTAMENTE
LIC. ENRIQUE VEGA CARRILES
PRESIDENTE
RÚBRICA
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
ACUEDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE FECHA PARA LA REALIZACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2012 Y LA PRIMER SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL MES DE ENERO DEL 2013,
Gaceta Municipal 2012-2015 11
EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 18, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS. (UNICA PUBLICACION)ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO CELEBRADO ENTRE ESA INSTITUCIÓN CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM). (UNICA PUBLICACION)
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 05 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó el Acuerdo que autoriza el cambio
de fecha para la realización de la segunda Sesión Ordinaria de Cabildo del mes de
diciembre del 2012 y la primer Sesión Ordinaria de Cabildo del mes de enero del 2013, en
cumplimiento al Artículo 18, del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de
El Marqués, el cual señala:
“…CONSIDERANDO:
Que conforme se establece en el Artículo 18, del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de
El Marqués, el Ayuntamiento deliberará dos veces al mes en sesiones públicas ordinarias, los
miércoles primero y tercero a partir de la hora descrita en la convocatoria respectiva.
Que la siguiente fecha establecida para celebrarse la Sesión Ordinaria de Cabildo de éste H.
Ayuntamiento corresponde al día 19 de Diciembre del 2012, debiendo expedirse la
convocatoria correspondiente el día 14 de Diciembre del año 2012.
Que la fecha señalada para celebrarse la primer Sesión Ordinaria de Cabildo de éste H.
Ayuntamiento relativa al mes de enero del 2013, corresponde el día 02 de enero del 2013,
debiendo expedirse la convocatoria correspondiente el día 28 de diciembre del año 2012.
Que mediante oficio RH/0071/2012, de fecha 12 de noviembre del 2012, el Lic. Fabián
Castañón Olvera, Director de Recursos Humanos del Municipio de El Marqués, Qro., notificó a
las dependencias de la Administración Pública Municipal, que el segundo período vacacional
del año 2012, se disfrutará en el período comprendido del 17 al 31 de diciembre del 2012,
regresando a laborar el día 02 de enero del 2013.
Toda vez que son inhábiles los días señalados para el desahogo de la segunda Sesión
Ordinaria del mes de diciembre del 2012, y la convocatoria de la primer Sesión Ordinaria del
mes de enero del 2013, pongo a consideración que sean cambiadas las fechas de las sesiones,
para los días 17 de diciembre del 2012 y 09 de enero del 2013, ello a fin de tener la posibilidad
de contar con el apoyo administrativo que al efecto se requiere…”
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Ordinaria de fecha 05 de
diciembre del 2012, por Unanimidad del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., el
siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués autoriza que la segunda Sesión Ordinaria del
mes de Diciembre del 2012 tenga verificativo el día 17 de Diciembre del 2012.
SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués aprueba que la primer Sesión Ordinaria de
Cabildo del mes de enero del 2013 tenga verificativo el día 09 de enero del 2013.
TRANSITORIOS
1.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
2.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a efecto de que notifique el presente acuerdo
a la Secretaría de Administración, Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal y la
Dirección de Comunicación Social para su debida observancia.
3.- Publíquese el presente acuerdo por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Estado de
Querétaro “La Sombra de Arteaga” y en la “Gaceta Municipal” del Municipio de El Marqués,
Qro…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS CINCO DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS EN LA CONTRALORÍA MUNICIPAL, DEL PERIODO COMPRENDIDO DEL 01 DE OCTUBRE AL 15 DE NOVIEMBRE DEL 2012, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION)
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 05 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó el Acuerdo mediante el cual se tiene
por cumplida la obligación referente a la Presentación realizada al H. Ayuntamiento del
Municipio de El Marques, Qro., del informe de Actividades realizadas en la Contraloría
Municipal, del periodo comprendido del 01 de octubre al 15 de noviembre del 2012, en
observancia a lo dispuesto por la fracción II, del Artículo 8, del Reglamento Interior de la
Contraloría del Municipio de El Marqués, Qro., el cual señala:
“…ANTECEDENTES
1.- En fecha 16 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del
Ayuntamiento, oficio número PM/076/2012, de fecha 16 de noviembre del 2012, dirigido al
Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, suscrito por el
L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, mediante el cual solicita sea informado al
Gaceta Municipal 2012-201512
H. Ayuntamiento en Pleno el informe de actividades de la Contraloría Municipal, del periodo
comprendido del 01 de Octubre al 15 de noviembre del 2012.
CONSIDERANDO
1.- Que la Contraloría Municipal, tiene como fin primordial prevenir y evitar la corrupción e
impunidad de los Servidores Públicos de la Administración del Municipio de El Marques a
través de la fiscalización, tanto para la evaluación de las Dependencias y Organismos
Descentralizados Municipales como del cumplimiento estricto de los deberes de los
Servidores Públicos, ello de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado de Querétaro.
2.- Que si bien, el Honorable Ayuntamiento es el órgano máximo de Gobierno en el Municipio
y el superior jerárquico de toda la Administración Municipal para los efectos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos en el Estado de Querétaro, la Contraloría
Municipal, garantiza y transparenta los procedimientos de la Administración así como el
manejo de los recursos.
3.- Que es facultad de la Contraloría Municipal, practicar revisiones a todas las dependencias
del H. Ayuntamiento, así como proceder al seguimiento de los programas, convenios,
contratos o acuerdos que efectúe el propio Ayuntamiento con Organismos del Sector
Gubernamental y Privado, vigilando que se logren los objetivos planeados, evaluando
aspectos normativos, administrativos, financieros y de control.
4.- Que dentro de las obligaciones de dicha dependencia municipal, se encuentra el Informar
al H. Ayuntamiento respecto del Programa Anual de Actividades de la Contraloría Municipal,
el cual contendrá las políticas, planes, sistemas, el programa de Auditorias y acciones que
ejecutará, así como rendir un informe anual de las actividades realizadas con los avances y
logros obtenidos…”
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Ordinaria de fecha 05 de
diciembre del 2012, por Unanimidad del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., el
siguiente:
“…ACUERDO:
UNICO.- El H. Ayuntamiento de El Marques, señala cumplida, la obligación establecida en la
fracción II, del Artículo 8, del Reglamento Interior de la Contraloría del Municipio de El
Marqués, Qro., al tener por presente por conducto del Presidente Municipal Constitucional, y
en conocimiento, el informe de Actividades realizadas en la Contraloría Municipal, del
periodo comprendido del 01 de octubre al 15 de noviembre del 2012.
TRANSITORIOS
1.- Publíquese por una sola ocasión en la “Gaceta Municipal” del Municipio de El Marqués,
Qro…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS CINCO DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
ACUERDO QUE AUTORIZA LA SOLICITUD DEL ING. LUIS FELIPE GARCÍA ALCOCER, REPRESENTANTE LEGAL DE “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S. A. DE C. V., CONSISTENTE EN: I.- LA AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DE LA ETAPA 1, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA PRADERA II”, (QUE CONSISTE EN LA ELIMINACIÓN DEL LOTE 1, DE LA MANZANA 049, PARA DAR CONTINUIDAD DE LA CALLE MICONIA), LA CUAL SERÁ DONADA AL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; II.- EL RECONOCIMIENTO Y ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA OFICIAL DE LAS VIALIDADES IDENTIFICADAS COMO “PASEO PRADERA” Y “PRIVADA DE LA PRADERA”; QUE SE ORIGINARON CON LAS SUBDIVISIONES DE LA PARCELA 12 Z-1 P1/1, DEL EJIDO EL POZO CON SUPERFICIE TOTAL DE 36,516.39M2., SUB-192/12 Y SUB-193/12; III.- LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DEL 10% DE LA SUPERFICIE DE LOS CONDOMINIOS QUE SE UBICAN EN LA “PRIVADA DE LA PRADERA”; IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 1C, PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8, PRADERA FRACCIÓN 9 Y PRADERA FRACCIÓN 10; Y, IV.- AUTORIZACIÓN DE LA VENTA DE UNIDADES PRIVATIVAS DE LOS CONDOMINIOS IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8 Y PRADERA FRACCIÓN 9. (PRIMERA PUBLICACIO)
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 21 de noviembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad, el Acuerdo que
autoriza la solicitud del Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas
del Bajío”, S. A. de C. V., consistente en: I.- La Autorización de la Relotificación de la Etapa 1,
del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote
1, de la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada al
Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el
Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso; II.- El Reconocimiento y
Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera”
y “Privada de La Pradera”; que se originaron con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1
P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12; III.-
La Autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se
ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10; y, IV.- Autorización de la
Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados como: Pradera Fracción 2,
Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8 y Pradera Fracción 9; para su discusión y en su caso, aprobación; el cual señala:
Gaceta Municipal 2012-2015 13
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, suscrito por el Ing. Luis
Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién solicita
la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste
en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia),
la cual será donada a este Municipio de El Marqués; con la finalidad de dar cumplimiento a
lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso.
3.- Copia del Escrito No. TM/156/2012 de fecha 12 de noviembre del 2012, dirigido al Lic.
Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, suscrito por el Ing.
Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién
solicita celebrar el Convenio con la Empresa que representa y este H. Ayuntamiento, respecto
al reconocimiento de vialidades que surgen dentro de la Parcela 12 Z-1 P1/1 las cuales se
encuentran con un avance de urbanización del 100%, así como la Autorización de la
“…ANTECEDENTES
1.- Que en fecha 16 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del
Ayuntamiento, escrito suscrito por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de
“Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", mediante el cual solicita se autorice la Relotificación de la
Etapa 1,del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del
Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia), la que será donada al
Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de
Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso.
2.- Que mediante Oficio SAY/092/2012 de fecha 05 de noviembre de 2012, el Secretario del
Ayuntamiento, Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, remite a la Dirección de
Desarrollo Urbano, el expediente que contiene la solicitud del Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", descrita en el ANTECEDENTE
próximo anterior, para efectos de emitir su opinión técnica correspondiente, conforme a lo
establecido en el artículo 8, fracciones VI, VII y IX, del Reglamento de Fraccionamientos y
Desarrollos en Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.
3.- Que se recibió el día 16 de noviembre del presente año en la Secretaría del Ayuntamiento,
Dictamen Técnico con número de folio 029/12, suscrito por el Lic. Arturo D. Díaz Sibaja,
Director de Desarrollo Urbano Municipal, relativo a la petición presentada por el Ing. Luis
Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., la cual
consiste en lo siguiente:
I. La Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049,
para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada al Municipio de El Marqués,
con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de
agosto del año en curso.
II. El Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades
identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”, que se originaron con las
subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo, con superficie total de 36,516.39m2.,
SUB-192/12 y SUB-193/12.
III. La Autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que
se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.
IV. Autorización de la Venta de Unidades Privativas de los condominios
identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera
Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9.
Dicho Dictamen se transcribe a continuación en su parte esencial:
"…ANTECEDENTES:
1.- Mediante Oficio SAY/092/2012 de fecha 05 de noviembre de 2012, el Secretario del
Ayuntamiento remite a la Dirección de Desarrollo Urbano el escrito suscrito por el Ing. Luis
Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién solicita
se autorice la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1,del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049,
para crear continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este Municipio de El
Marqués; con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de
fecha 15 de agosto del año en curso.
2.- Copia del Escrito No. TM/146/2012 de fecha 18 de octubre del 2012, dirigido al Lic. Rafael
Nomenclatura de Calles, dichas vialidades que se identifican en la Fracción 1 de la
subdivisión 192/2012, así como tener por presentadas las Fracciones Fracción 3, Fracción 1 a
y Fracción 1 b, dentro del cumplimiento que efectuara la citada empresa respecto a las Áreas
de Donación de las Constituciones de Regímenes de Condominio dentro de las Fracciones 2,
4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y Fracción 1 c, que corresponde a la solicitud de subdivisión 193/2012.
Anexando la siguiente documentación:
I.- Para dar cumplimiento a la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del
Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la
Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este
Municipio de El Marqués.
a) Copia del Oficio Número DDU/DPUP/3341/2012, de fecha 17 de septiembre de
2012, suscrito por la Directora de Desarrollo Urbano del Municipio de El Marqués, mediante el
cual se otorga al Ingeniero Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de Geo Casas del
Bajío, S.A. de C.V. el Visto Bueno a Proyecto de Relotificación del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”, con superficie de 96,325.27 m2., en razón a que lo pretendido
obedece a la eliminación del Lote 1, Manzana 049, de la Etapa 1 para dar lugar a la creación
de una vialidad, misma que será transmitida a favor del municipio.
b) Copia del Oficio Número DDU/DPVU/3953/2012 de fecha 14 de noviembre del
2012 emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la
Autorización de los Estudios Técnicos de Impacto Urbano y Vial, respecto a la Parcela 12 Z-1
P1/1 ubicada en el Ejido El Pozo, con una Superficie Total de 3-65-15.48 Has., perteneciente a
este Municipio de El Marqués Qro.
c) Copia del Presupuesto de Obras de Urbanización de la Vialidad de Acceso
identificada como Calle Miconia de fecha 17 de octubre del 2012; por un total de $
363,317.87(Trescientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Diecisiete 87/100 M.N.).
Asimismo, para dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Acuerdo de Cabildo
de fecha 4 de marzo del 2009 asentado en Acta AC/014/2008-2009, mismo que aprobó la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta Provisional de Lotes de
la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400
Hab/ Ha (H4), a desarrollarse en dos etapas denominado “La Pradera II”, se verifico la siguiente
documentación:
a) Copia simple de la fianza emitida por la empresa AFIANZADORA SOFIMEX S.A.,
con número 110895 de fecha 17 de abril de 2009, por la cantidad de $2,653,624.91 (Dos
Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos 91/100 M.N.), la cual
garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de cabildo celebrado en
sesión ordinaria de fecha 04 de marzo de 2009, relativo a la Ejecución y Conclusión de las
Gaceta Municipal 2012-201514
R E C I B O S DE P A G O Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta
Provisional de Lotes de la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400 hab./ha. (H4), a desarrollarse en Dos Etapas, denominado “La Pradera II”
CONCEPTO FOLIO FECHA DE PAGO MONTO Derechos por Supervisión de las Obras de
Urbanización 162510 14/04/2009 38,273.00 Dictamen Técnico para Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización 162511 14/04/2009 3,507.00 Dictamen Técnico para Autorización de
Venta de Lotes de Fraccionamientos 162512 14/04/2009 3,117.00 TOTAL 44,897.00
de Ma. Concepción Rodríguez Bautista, que comprende del Bimestre 4 al Bimestre 6 del 2012.
e) Copia del recibo de pago por los derechos de Incremento de Densidad de
Población de 400 Hab/Ha., a 600 Hab/Ha. (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo,
con una superficie de 36,515.48 m2., aprobada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de
agosto de 2012, asentado en acta AC/027/2011-2012.
II.- Anexando la siguiente documentación para dar sustento técnico a la solicitud realizada
respecto al Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades
identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”; que se originaron con las
subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2.,
SUB-192/12 y SUB-193/12.
a) Copia del Oficio DDU/DL/3933/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido
por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7
Fracciones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., en
las siguientes: Fracción 1 (destinada para vialidad), 2, 3, 1 a, 1b, 1c y II; describiendo las
superficies de cada una y las condicionantes para su cumplimiento.
b) Copia del Oficio DDU/DL/3934/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido
por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7
Fracciones de un predio identificado como Fracción II resultante de la Subdivisión de la
Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 19,611.12m 2., en las siguientes:
Fracción 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; describiendo las superficies de cada una y las condicionantes
para su cumplimiento.
c) Copia del Convenio tiene por objeto establecer las Bases de Colaboración y
Coordinación de fecha 15 de noviembre del 2012; para la autorización y desarrollo de lo que
fue la Parcela 12 del Ejido El Pozo en el Municipio de El Marqués, Qro.
d) Copia Simple de la Escritura Pública Número 35,094 de fecha 16 de marzo del
2012, mediante la cual se hace constar el Poder General para pleitos y cobranzas, Actos de
Administración y de Dominio, Limitado e Irrevocable, que otorga la Ma. Concepción
Rodríguez Bautista, a favor del Ing. Luis Felipe García Alcocer, respecto a la Parcela 12 Z-1
P1/1, Ejido El Pozo, con una superficie de 36,515.48 m2., la cual se encuentra pendiente de
R E C I B O DE P A G O Autorización consistente en el Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600
Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, con una superficie de 36,515.48 m2, perteneciente a este municipio de El Marqués.
CONCEPTO FOLIO FECHA DE PAGO MONTO Autorización de Incremento de Densidad
(H6), de 36,515.48 m2 349301 21/08/2012 34,076.00 TOTAL $34,076.00
Pradera II”.
d) Copia de la Escritura Pública Número 27,158 de fecha 27 de noviembre del 2008,
celebrada ante la Lic. Estela de la Luz Gallegos Barredo, Notario Adscrito a la Notaría Pública
Número 31, mediante la cual se hace constar la Donación a favor de este Municipio de El
Marqués, Qro., respeto al Fraccionamiento denominado La Pradera II, misma que quedo
inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00304956/001 y
00304383/0001 de fecha 8 de diciembre del 2008.
e) Copia de los recibos de pago por los derechos relativos a la Autorización de la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta Provisional de Lotes de
la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400
hab./ha. (H4), a desarrollarse en Dos Etapas, denominado “La Pradera II”, ubicado en un
predio identificado como fusión de las parcelas No. 22 Z-1 P1/1, 23 Z-1 P1/1 y 24 Z-1 P1/1 del
Ejido El Pozo, pertenecientes a éste Municipio de El Marqués Qro., las cuales integran una sola
unidad topográfica con superficie total de 9-63-25.266 Ha.
Dando, cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15
de Agosto del 2012, asentado en Acta AC/027/2011-2012, mismo que aprobó el Incremento
de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600 Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del
Ejido de El Pozo, se anexo la siguiente documentación.
a) Copias de las Publicaciones en la Gaceta Municipal de fechas 05 y 19 de
septiembre de 2012; Periódicos No. 81 y 82, respectivamente; en las que se publicó la
autorización consistente en el Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600
Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, con una superficie de 36,515.48
m2, perteneciente a este municipio de El Marqués.
b) Copias de las Publicaciones en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de
Gobierno del Estado, de fechas 31 de agosto y 07 de septiembre de 2012, Periódico No. 50 y 52
respectivamente, en las que se publicó el acuerdo que autoriza la solicitud del Ing. Luis Felipe
García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío S.A. de C.V., consistente en el
Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600 Hab/Ha (H6), de la Parcela 12
Obras de Urbanización de la Etapa 2 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”.
b) Copia del Oficio Número SEDESU/SSMA/0424/2009, de fecha 17 de junio de
2009, mediante el cual la Secretaría de Desarrollo Sustentable autoriza en Materia de
Impacto Ambiental su procedencia condicionada del proyecto de urbanización de un
desarrollo habitacional, que consiste en 824 viviendas, denominado “La Pradera II”.
c) Copias de las Publicaciones en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de
Gobierno del Estado, de fechas 31 de octubre y 07 de noviembre de 2008, Periódico No. 57 y 59
respectivamente, en las que se publicó el acuerdo relativo a la Autorización de Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización y Venta Provisional de Lotes de la Etapa 1 y
Nomenclatura Oficial de Vialidades del Fraccionamiento Habitacional Popular con una
Densidad de Población de 400 hab./ha. (H4), a desarrollarse en dos Etapas, denominado “La
Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, perteneciente a este municipio de El Marqués.
c) Copia de la Escritura Pública Número 7,552 de fecha 03 de septiembre de 2012,
ante el Lic. Leopoldo Mondragón González, comparece la señora Ma. Concepción Rodríguez
Bautista, por conducto de su apoderado legal el Ing. Luis Felipe García Alcocer, con el objeto
de Protocolizar el acuerdo emanado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de agosto de
2012, mediante el cual se autorizó el incremento de densidad de población de 400 hab./ha. a
600 hab./ha., de la parcela No. 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo, ubicado en el municipio de El
Marqués, con superficie de 36,515.48 m2. Inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo
Folio Inmobiliario 00430665/0003, de fecha 05 de octubre de 2012.
d) Copia del recibo de pago del Impuesto Predial de fecha 21 de Agosto de 2012,
con clave catastral 110606301996001 por la superficie de terreno de 36,515.5 m2 a nombre
Gaceta Municipal 2012-2015 15
Manzana: 049
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 002 CONDOMINAL 1,738.08 22
SUMA 1,738.08 22
Resumen de la Etapa 1 AREA VENDIBLE 46,666.40 68.95% HABITACIONAL 46,021.23 MIXTO 645.17 VIALIDADES 17,866.43 26.39% BANQUETA 4,839.77 ANDADOR-SERVIDUMBRE 343.14 VIALIDAD 12,683.52 DONACION 3,151.20 4.66%
TOTAL DE ETAPA 67,684.03 100.00% TOTAL VIVIENDAS 554
al Ing. Luis Felipe García Alcocer plano certificado con folio DT 2012 204, así como copia
simple del Acta de Ejecución de Deslinde de fecha 15 de noviembre de 2012 y notificación de
registro catastral correspondiente al inmueble identificado con la clave catastral
110606301996001.
h) Copia simple de la Escritura Pública Número 36,807 de fecha 12 de octubre de
2012, ante el Lic. Alejandro Duclaud Vilares, se hace constar el Contrato de Compraventa, que
celebran por una parte, la Sra. Ma. Concepción Rodríguez Bautista como “la parte vendedora”
y por otra parte la Sociedad Mercantil denominada “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S.A. DE C.V.,
como “la parte compradora”, representada por sus Apoderados Legales el Lic. Luis Alfonso
García Alcocer e Ing. Luis Felipe García Alcocer, con la comparecencia de los señores Nicasio
González Rodríguez y Ma. Herminia González Rodríguez ambos en su carácter de testigos
asistenciales, Inscrita en el Registro Público de la Propiedad en fecha 15 de noviembre de
2012, bajo el folio inmobiliario 430665/7.
i) Copia de los Planos del Proyecto de Construcción, Urbanización, Nomenclatura
y Señaletica de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”;
mimas que contemplan la introducción de los servicios de infraestructura como son: agua
potable, drenaje y alcantarillado, además de la Red Eléctrica como es: Alumbrado Público y
Acometidas para el Servicio de las viviendas (que se pretenden construir en cada una de las
fracciones producto de la subdivisión), así como la Señalización y Equipamiento Urbano;
además del reporte fotográfico mediante el cual se hace constar la Terminación de la Obra al
100% en los términos antes indicados.
III- Anexando la siguiente documentación para dar cumplimiento a la Autorización de la
Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se ubican en las Vialidades “Paseo
Pradera” y “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción
2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.
a) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3959/2012, DDU/DPUP/3960/2012,
DDU/DPUP/3961/2012, DDU/DPUP/3962/2012, DDU/DPUP/3963/2012,
DDU/DPUP/3964/2012, DDU/DPUP/3965/2012, DDU/DPUP/3966/2012 y
DDU/DPUP/3982/2012; todos de fecha 15 de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección
de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga el Dictamen de Uso de Suelo para los
Condominios que se ubican en las Vialidades “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”;
identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera
Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y
Pradera Fracción 10; pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., los cuales arrojan
una Superficie Total de 23,529.13 m2.
IV.- Anexando la siguiente documentación para dar cumplimiento Autorización de la Venta
inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
e) Copia Simple del testimonio de la Escritura 311,141 Volumen 11,299 de fecha 18
de octubre del 2011, mediante la cual se hace constar el Otorgamiento de Poderes de “Geo
Casas del Bajío”, S. A. de C. V., entre ellos el que se otorga al en favor del Ing. Luis Felipe García
Alcocer, inscrita en fecha 15 de noviembre de 2011, en el folio mercantil 28,489 de la notaria
207 del D.F.
f) Copia de identificación oficial del interesado Luis Felipe García Alcocer, emitida
por el Instituto Federal Electoral folio 0436000601824.
g) Copia del Oficio Número DT/04708/2012, de fecha 15 de noviembre de 2012,
mediante el cual el Ing. José Antonio Martín Lomelí Avendaño, Director de Catastro, entrega mediante el cual se otorga la Licencia de Obras de Urbanización para los Condominios que
se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 4 y Pradera
Fracción 9; pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., en los cuales a su interior se
llevarán a cabo las obras de urbanización.
c) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3984/2012, DDU/DPUP/3985/2012,
DDU/DPUP/3986/2012, DDU/DPUP/3987/2012, DDU/DPUP/3988/2012,
DDU/DPUP/3989/2012, y DDU/DPUP/3990/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012,
emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Declaratoria
de Condominio de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados
como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera
Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El
Marqués, Qro.
4.- Derivado de la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”, se verifico lo siguiente:
a) La Relotificación de la Etapa I, consiste únicamente en eliminar el Lote 1, de la
Manzana 049, del Fraccionamiento La Pradera II, con superficie de de 446.01m2., el cual
tenía asignado un uso mixto; quedando la superficie total de la Manzana 049, de la siguiente
manera:
b) Respecto a la superficie total de las Vialidades y Banquetas de la Etapa 1,
tuvieron un incremento debido a que anteriormente consistían en: Banquetas 4,657.71 m2., y
Vialidades 12,419.57m2., adicionándole la superficie del Anterior Lote 1, de la Manzana 049,
quedando ambas superficies, como se indica en la siguiente tabla:
de Lotes de los Condominios identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,
Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera
Fracción 9.
a) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3967 al 3974/2012 todos de fecha 16
de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se
otorga el Visto Bueno de Condominio de los Condominios que se ubican en las Vialidades
“Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera
Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y
Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro.
b) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3992/2012 y DDU/DPUP/3993/2012
todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano,
Gaceta Municipal 2012-201516
TABLA ANTERIOR
CALLE LONGITUD
DE VIALIDAD
AV. DIENTE DE LEON 403.95 m AV. LIPPIA 258.78 m CALLE SALIX 200.68 m CALLE CLUSIA 199.44 m CALLE MICONIA 179.71 m AV. ZARZA 127.51 m CALLE MEZQUITE 125.64 m CALLE VIZNAGA 67.32 m CALLE TREBOL 66.95 m
TABLA ACTUAL
CUADRO DE VIALIDADES
CALLE MEZQUITE 125.64 m AVENIDA DIENTE DE LEON 403.95 m CALLE TREBOL 66.95 m AVENIDA ZARZA 127.51 m CALLE VIZNAGA 67.32 m CALLE MICONIA 234.09 m CALLE CLUSIA 199.44 m AVENIDA LIPPIA 258.78 m CALLE SALIX 200.68 m
De lo que se establece que se realizo un incremento únicamente en la vialidad identificada
como Calle Miconia en 54.38 ml., mismos que se cobrarán en el presente dictamen.
e) Finalmente, es importante indicar que con la presente Relotificación las
Superficie Total del Fraccionamiento no ha sido Modificada como se indica en la siguiente
tabla:
f) Asimismo, es importante mencionar que la Licencia de Obras de Urbanización
del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, venció en su vigencia el pasado 4 de marzo
del 2011; por lo que se le cobrará en el presente dictamen la Elaboración de Dictamen
Técnico por concepto de Licencia de Obras de Urbanización; respecto a los trabajos que se
ejecuten sobre la Vialidad identificada como Calle Miconia; queden autorizados.
OPINIÓN:
En base a los antecedentes descritos, y una vez que “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., cuenta
con las debidas autorizaciones y factibilidades emitidas por las dependencias normativas
CUADRO GENERAL DE AREAS AREA VENDIBLE 70,860.04 73.56% HABITACIONAL 69,964.50 MIXTO 895.54 VIALIDADES 22,314.03 23.17% BANQUETA 6,056.16
ANDADOR-
SERVIDUMBRE 483.55 VIALIDAD 15,774.32 DONACION 3,151.20 3.27% AREA VERDE 3,151.20 TOTAL DE TERRENO 96,325.27 100.00% TOTAL DE VIVIENDAS 822
correspondientes; esta Dirección de Desarrollo Urbano Municipal reviso el proyecto de
Relotificación, mismo que cumple con los lineamientos de Planeación Urbana de este
Municipio. Por lo que esta Dirección, no tiene inconveniente que se someta a consideración
del H. Ayuntamiento la solicitud presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en la que
peticiona: I.-Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado
“La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para dar
continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este Municipio de El Marqués;
perteneciente a este municipio de El Marqués…”
4.- Por instrucciones del L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, el Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número
SAY/DT/121/2012-2013, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.
Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la petición presentada por el Ing. Luis Felipe García
Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", mediante el cual solicita se
autorice la Relotificación de la Etapa 1,del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que
consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle
Miconia), la que será donada al Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar
cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso,
para su análisis, discusión y posterior emisión de dictamen.
CONSIDERANDO
Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo
que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como participar en la
formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo urbano municipal.
Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano expedidos
por el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y
disposiciones relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento
de los centros de población en el territorio del Municipio, los cuales son susceptibles de
modificación cuando existen variaciones sustanciales de las condiciones o circunstancias
que les dieron origen, surjan técnicas diferentes que permitan una realización más
satisfactoria o sobrevengan causas de interés social que les afecte, entre otras.
Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al 128,
los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.
Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser
solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las
disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado
de Querétaro, y Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se elabora el
presente dictamen, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo
Urbano Municipal, la cual considera VIABLE se autorice la solicitud presentada por el la
solicitud presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en la que peticiona: I.-Autorización
de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que
consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle
Miconia), la cual será donada a este Municipio de El Marqués; perteneciente a este
municipio de El Marqués…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad por parte del Pleno
del H. Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre del 2012, el
siguiente:
Derivado de lo anterior, deberán de Modificarse la Escrituras Públicas de Propiedad en las que
se hizo constar la Donación de las Vialidades y Banquetas; a este Municipio de El Marqués,
Qro.
c) En lo que se refiere a las superficies vendibles con la presente Relotificación de la
Etapa 1, hubo una disminución de la misma, ya que anteriormente esta consistía en
47,112.41 m2., y actualmente esta quedo con 46,666.40m2., debido a la desaparición del Lote
1, de la Manzana 049; por lo anterior, en el presente dictamen no se cobrará por este
concepto.
d) Asimismo, derivado del incremento de la superficie de vialidades; la
Nomenclatura Oficial del Fraccionamiento tuvo un incremento en las longitudes totales de la
vialidad identificada como Calle Miconia, como se indica en la siguiente tabla:
Gaceta Municipal 2012-2015 17
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza la Relotificación de la Etapa 1,
del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de
la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a éste
Municipio de El Marqués, en base al Dictamen Técnico descrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES)
del presente acuerdo, con base a los antecedentes descritos, las Superficies y Usos que se
indican en las tablas que se describen a continuación:
E T A P A 1
Manzana: 004
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 184 CONDOMINAL 705.54 8 185 CONDOMINAL 289.61 4 186 CONDOMINAL 680.40 8
SUMA 1,675.55 20
Manzana: 049
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 002 CONDOMINAL 1,738.08 22
SUMA 1,738.08 22 Manzana: 050
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 CONDOMINAL 470.00 6 002 CONDOMINAL 1,458.12 18 003 CONDOMINAL 2,038.86 28
SUMA 3,966.98 52
Manzana: 051 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 MIXTO 213.08 2 002 CONDOMINAL 910.56 12 003 CONDOMINAL 1,440.00 20 004 CONDOMINAL 1,774.56 24 005 MIXTO 161.03 2
SUMA 4,499.23 60
Manzana: 053 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 CONDOMINAL 479.46 6 002 CONDOMINAL 1,112.88 16 003 CONDOMINAL 2,971.77 38 004 CONDOMINAL 871.06 12 005 CONDOMINAL 1,435.50 18 006 MIXTO 172.53 2 007 CONDOMINAL 239.98 2 008 CONDOMINAL 3,191.15 34 009 CONDOMINAL 539.64 6 010 CONDOMINAL 3,093.36 34
SUMA 14,107.34 168
Manzana: 054 Lote Uso Area M2 Num. Viv. 001 CONDOMINAL 524.30 4 002 CONDOMINAL 1,296.74 18 005 CONDOMINAL 1,192.38 16 006 MIXTO 98.53 2 007 CONDOMINAL 334.56 4 008 CONDOMINAL 6,934.38 68 009 CONDOMINAL 517.45 6 010 CONDOMINAL 432.00 6 011 CONDOMINAL 3,571.21 38 012 CONDOMINAL 432.00 6 013 CONDOMINAL 3,613.33 40
Suma 18,946.88 208
Manzana: 055 Lote Uso Area M2 Num. Viv.
001 AREA VERDE "A" (DONACION) 3,151.20 0
Suma 3,151.20 0
Manzana: 056
Lote Uso Area M2 Num. Viv. 001 CONDOMINAL 865.09 12 002 CONDOMINAL 867.26 12
Suma 1,732.35 24 Resumen de la Etapa 1
AREA VENDIBLE 46,666.40 68.95% HABITACIONAL 46,021.23 MIXTO 645.17 VIALIDADES 17,866.43 26.39% BANQUETA 4,839.77 ANDADOR-SERVIDUMBRE 343.14 VIALIDAD 12,683.52 DONACION 3,151.20 4.66%
TOTAL DE ETAPA 67,684.03 100.00% TOTAL VIVIENDAS 554
E T A P A 2 Manzana: 050
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 004 CONDOMINAL 3,267.30 34 005 CONDOMINAL 533.36 6 006 CONDOMINAL 2,740.87 28 007 CONDOMINAL 552.56 6 008 CONDOMINAL 2,882.01 30 009 CONDOMINAL 520.29 6 010 CONDOMINAL 3,225.81 34 011 CONDOMINAL 546.66 6 012 CONDOMINAL 3,277.57 34 013 CONDOMINAL 550.43 6 014 CONDOMINAL 1,197.04 14
SUMA 19,293.91 204
Manzana: 051 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 005 MIXTO 86.48 2 006 CONDOMINAL 1,649.00 22
SUMA 1,735.48 24 Manzana: 054
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 003 MIXTO 163.89 2 004 CONDOMINAL 3,000.36 38
SUMA 3,164.25 40 Resumen de la Etapa 2
AREA VENDIBLE 24,193.64 84.47% HABITACIONAL 23,943.27 MIXTO 250.37 VIALIDADES 4,447.60 15.53% BANQUETA 1,216.39 ANDADOR -SERVIDUMBRE 140.41 VIALIDAD 3,090.80
TOTAL DE ETAPA 28,641.24 100.00% TOTAL VIVIENDAS 268
CUADRO GENERAL DE AREAS AREA VENDIBLE 70,860.04 73.56% HABITACIONAL 69,964.50 MIXTO 895.54
Gaceta Municipal 2012-201518
VIALIDADES 22,314.03 23.17% BANQUETA 6,056.16
ANDADOR-
SERVIDUMBRE 483.55 VIALIDAD 15,774.32 DONACION 3,151.20 3.27% AREA VERDE 3,151.20 TOTAL DE TERRENO 96,325.27 100.00% TOTAL DE VIVIENDAS 822
SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza el Reconocimiento y
Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y
“Privada de La Pradera”; que se originaron con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del
Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12.
TERCERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., ACEPTA la Donación del 10% de la
Superficie de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados
como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera
Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10; y IV.- Autorización de
la Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados como: Pradera Fracción 2,
Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.
Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente:
En lo que se refiere a la autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”:
a) El desarrollador deberá de Modificar en un plazo no mayor a 30 DÍAS
NATURALES la Escritura Pública Número 27,158 de fecha 27 de noviembre del 2008,
mediante la cual se hace constar la Donación a favor de este Municipio de El Marqués, Qro.,
respecto al Fraccionamiento denominado La Pradera II, misma que debe indicar que la
Superficie de las Vialidades la cual deberá ser de 22,314.03m2.
b) Deberá mantener vigente la Fianza emitida por la empresa AFIANZADORA
SOFIMEX S.A., con número 110895 de fecha 17 de abril de 2009, por la cantidad de
$2,653,624.91 (Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos
91/100 M.N.), la cual garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de
cabildo celebrado en sesión ordinaria de fecha 04 de marzo de 2009, relativo a la Ejecución y
Conclusión de las Obras de Urbanización de la Etapa 2 del Fraccionamiento denominado “La
Pradera II.
c) Asimismo, el desarrollador deberá presentar a la Secretaría del Ayuntamiento y
la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, en un plazo no mayor a 30 DÍAS NATURALES la
fianza que garantice la Conclusión de la Vialidad identificada como Calle Miconia; por la
cantidad de $ 363,317.87 (Trescientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Diecisiete Pesos 87/100
M.N.), de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 198, Punto IV, del Código Urbano para el Estado de
Querétaro la cual servirá para garantizar la ejecución y conclusión de las obras de
urbanización que se llevarán a cabo en la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La
Pradera II”; por lo que dicha fianza solo será liberada previo Dictamen Técnico, hasta en tanto
no se lleve a cabo el procedimiento de entrega – recepción de la totalidad del
fraccionamiento de referencia, por parte del promotor al H. Ayuntamiento; el fraccionador
será responsable de la operación y mantenimiento de las obras de urbanización y servicios
del mismo.
C á l c u l o d e l a F i a n z a d e O b r a s d e U r b a n i z a c i ó n d e l a C a l l e M i c o n i a
100% x $ 363,317.87 $363,317.87
d) Asimismo, para cumplir con el uso y destino del Fraccionamiento, denominado
“La Pradera II”, en los contratos de compraventa o promesa de venta de lotes, en el
Fraccionamiento Autorizado, se incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar
por parte de los compradores, que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones
menores que las autorizadas y, que los mismos se destinarán a los fines y usos para los cuales
hubieran sido aprobados, pudiendo en cambio fusionarse sin cambiar el uso ni la densidad
de los mismos.
e) Dar cumplimiento a la Condicionante indicada en el Acuerdo de Cabildo de
fecha 4 de marzo del 2009 asentado en Acta AC/014/2008-2009 respecto al Resolutivo
Tercero Punto 7, referente a las soluciones viales y medidas de mitigación necesarias
debidamente autorizadas por la Comisión Estatal de Caminos en congruencia con los
Estudios Viales presentados.
f) Dar cumplimiento a la Condicionante indicada en el Acuerdo de Cabildo de
fecha 15 de Agosto del 2012, asentado en Acta AC/027/2011-2012 respecto al Resolutivo
Segundo Puntos 2.3 y 2.6, referentes a la Inscripción en el Registro Público de la Propiedad de
las Escritura Pública Números 35,094 y a la Autorización del Estudio de Impacto Ambiental;
respectivamente.
g) Así mismo, en relación a la Nomenclatura Oficial de Vialidades del
Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, se deberá dar cumplimiento a lo señalado en el
Artículo 161 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, en el que se indica que deberán
de “colocarse las placas de nomenclatura y señales de tránsito por cuenta del desarrollador,
las cuales deben ser autorizadas previamente por el municipio”.
h) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, los derechos
por concepto de elaboración de Dictamen Técnico para la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización de Fraccionamientos, de la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La
Pradera II”; por la cantidad de $ 3,544.80, (Tres Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro Pesos
80/100 M.N.), de acuerdo la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio
Fiscal 2012, Art. 22, Fracción VI, Punto 1, Inciso a), quedando el desglose de dicho importe de
la siguiente manera:
i) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, los derechos
por concepto de elaboración de Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de
Urbanización, correspondiente a la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” ,
la cantidad de $ 3,101.70 (Tres Mil Ciento Un Pesos 70/100 M.N.), de acuerdo la Ley de
Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, Art. 22, Fracción VI,
Punto No. 1, Inciso c), quedando el desglose de dicho importe de la siguiente manera:
j) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, por
concepto de Derechos por Supervisión de las Obras de Urbanización correspondiente a la
Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, se cobrara aplicándosele al
presupuesto de la obra el 1.50% según el presupuesto presentado referente a las obras de
urbanización que se ejecutarán, en la Vialidad identificada como Calle Miconia; por la
cantidad de $ 6,812.20 (Seis Mil Ochocientos Doce Pesos 20/100 M.N.), de acuerdo al Art. 22,
48 X $59.08 $2,835.8425% Adicional $708.96
Total $3,544.80
Dictamen Técnico para Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion de la Etapa 1 del Fraccionamiento
42 X $59.08 $2,481.3625% Adicional $620.34
Total $3,101.70
Dictamen Técnico para Avances de Obras de Urbanización de la Etapa 1 del Fraccionamiento
Gaceta Municipal 2012-2015 19
Fracción XVII, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal
2012, quedando el desglose de dicho importe de la siguiente manera:
CUARTO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza el Incremento en la
Nomenclatura Oficial de las Vialidades que se proyectaron en la Etapa 1 del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”, con el nombre de las vialidad propuesta de acuerdo a la tabla
que a continuación se detalla, para lo cual el promotor deberá de cubrir ante la Secretaría de
Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, la cantidad de $ 728.15 (Setecientos Veintiocho
Pesos 15/100 M. N.), por concepto de pago de derechos de nomenclatura de calles, conforme
a la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, Artículo 22,
Fracción III, Punto 3 y 4, Incisos a) y b), de acuerdo al siguiente desglose:
1.- Pago Inicial para Nomenclatura Oficial de Vialidades:
2.- Derechos de Nomenclatura Oficial de Vialidades del Fraccionamiento.
QUINTO.- En lo que se refiere al Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de
las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”, que se originaron
con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de
36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12:
a) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio DDU/DL/3933/2012 de fecha
15 de noviembre del 2012, emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se
Autoriza la Subdivisión en 7 Fracciones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con
superficie total de 36,516.39m2., en las siguientes: Fracción 1 (destinada para vialidad), 2, 3, 1
a, 1b, 1c y II; en el que se describen las superficies de las mismas.
b) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio DDU/DL/3934/2012 de fecha
15 de noviembre del 2012, emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se
Autoriza la Subdivisión en 7 Fracciones de un predio identificado como Fracción II resultante
de la Subdivisión de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de
19,611.12m 2., en las siguientes: Fracción 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; en el que se describen las
superficies de las mismas.
c) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Convenio de Colaboración y
Participación de fecha 15 de noviembre del 2012.
SEXTO.- Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente, en lo que se
refiere a la autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se
ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10:
363,317.87 x 1.5 % $5,449.7625% Adicional $1,362.44
Total $6,812.20
Pago deDerechos de Supervisión de la Etapa 1 del Fraccionamiento
4.15 x $59.08 $245.1825% Adicional $61.30
Total $306.48
VIALIDADES PROPUESTAEN EL FRACCIONAMIENTO “LA PRADERA II “ NOMBRE LONGITUD DESGLOSE DE PAGO IMPORTE
Calle Miconia 54.38 59.08 * 5.71 337.34 25% adicional 84.33
TOTAL 421.67
a) El desarrollador deberá de presentar en un plazo no mayor a 30 DÍAS NATURALES,
contados a partir de la fecha de la publicación en la Gaceta Municipal del Acuerdo de
Cabildo que autorice la Autorización de la Donación del 10% de los Condominios (Pradera
Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6,
Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10), las
Escrituras Públicas que indiquen la Transmisión de Propiedad de las Fracciones 1b, 3 y 1a, con
superficies de 575.08m2., 3,248.59m2., y 487.01m2., respectivamente que en total arrojan una
superficie total de 4,310.68m2., que corresponde al 18.32%, de la superficie de los citados
condominios; lo anterior, dando cumplimiento al Artículo 156, Capítulo Tercero, “De las
Transmisiones Gratuitas en los Desarrollos Inmobiliarios”, que al texto dice “En todos los
desarrollos inmobiliarios, el desarrollador deberá de transmitir gratuitamente al Municipio, el
diez por ciento de la superficie total del predio para equipamiento urbano, además deberá
transmitir gratuitamente la propiedad de la superficie que conformará la vialidad pública;
deberán ubicarse en terreno apto permitiéndose, en los casos en los que la localización del
fraccionamiento o sus características específicas lo admitan y previo dictamen de la
autoridad competente, realizar permutas parciales o totales por terrenos urbanizados y de
calidad equiparable, ubicados fuera de la superficie del fraccionamiento, en sitios de interés
municipal y de acuerdo con el Plan de Desarrollo Urbano respectivo.
b) Asimismo, dando cumplimiento a lo indicado en los Artículos 158 y 159 del Código
Urbano para el Estado de Querétaro, en lo relativo a la Autorización de la Donación del 10%
de los Condominios (Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera
Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y
Pradera Fracción 10), el desarrollador tendrá la obligación de urbanizar las áreas en materia
de transmisión gratuita en los términos especificados.
c) Así mismo, en el caso que se apruebe la Autorización de la Donación del 10% de los
Condominios (Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5,
Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera
Fracción 10), el desarrollador deberá dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 161 del
Código Urbano para el Estado de Querétaro, en el que se indica que deberán de “colocarse las
placas de nomenclatura y señales de tránsito por cuenta del desarrollador, las cuales deben
ser autorizadas previamente por el municipio”.
d) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en los Oficios Números
DDU/DPUP/3959/2012, DDU/DPUP/3960/2012, DDU/DPUP/3961/2012,
DDU/DPUP/3962/2012, DDU/DPUP/3963/2012, DDU/DPUP/3964/2012,
DDU/DPUP/3965/2012, DDU/DPUP/3966/2012 y DDU/DPUP/3982/2012; todos de fecha 15
de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se
otorgan los Dictamenes de Uso de Suelo para los Condominios que se ubican en “Privada La
Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,
Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera
Fracción 9 y Pradera Fracción 10, pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., los
cuales arrojan una Superficie Total de 23,298.54 m2.
SEPTIMO.- Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente, en lo que se
refiere a la autorización de la Venta de Lotes de los condominios identificados como: Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9:
a) Dando cumplimiento a lo indicado en el Código Urbano del Estado de Querétaro Vigente
publicado en el Periódico Oficial Número 27 “La Sombra de Arteaga”, con fecha 31 de mayo
del 2012; el Desarrollador deberá de dar cumplimiento a lo que se establece en la Sección
Segunda del Régimen de Propiedad en Condominio Artículo 225, Fracción V.
Gaceta Municipal 2012-201520
b) Dar cumplimiento a lo indicado en los Oficios Números DDU/DPUP/3984/2012,
DDU/DPUP/3985/2012, DDU/DPUP/3986/2012, DDU/DPUP/3987/2012,
DDU/DPUP/3988/2012, DDU/DPUP/3989/2012, DDU/DPUP/3990/2012 y
DDU/DPUP/3991/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por la Dirección
de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Declaratoria de Condominio de los
Condominios que se ubican en la “Privada La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción
2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5,
Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9,
pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro.
c) Dar cumplimiento a lo indicado en los Oficios Números DDU/DPUP/4030/2012,
DDU/DPUP/4031/2012, DDU/DPUP/4032/2012, DDU/DPUP/4033/2012,
DDU/DPUP/4034/2012, DDU/DPUP/4035/2012, DDU/DPUP/4036/2012 y
DDU/DPUP/4037/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por la Dirección
de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Autorización de Venta de Unidades
Privativas de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados
como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6,
Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio
de El Marqués, Qro.
OCTAVO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento de
El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la
presente autorización, dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo, deberá
publicarse en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la aprobación de
éste acuerdo, para su publicación en dos ocasiones en la Gaceta Municipal y en el Periódico
Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, a costa del solicitante.
Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación
en el Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada publicación, a costa del solicitante.
El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de
Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido
en éste Punto de Acuerdo.
NOVENO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a seis meses contados
a partir de la segunda publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal, deberá
protocolizarse e inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio a costa del
interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la
Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo confirmen.
DECIMO.- Se instruye a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, a efecto de que, una vez
que se realice la autorización de las Placas de Nomenclatura y su instalación, notificará de
dichos cambios a la Dirección del Servicio Postal Mexicano y al Registro Público de la
Propiedad, a fin de que se hagan las modificaciones necesarias en los registros
correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto al artículo 40, del Reglamento de
Construcción para el Municipio de El Marqués, Qro.
UNDECIMO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes
expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones
otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del presente
Acuerdo.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de
inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.
2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente Acuerdo a los Titulares
de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal,
Secretaría de Administración y al solicitante para su cumplimiento…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
PRIMERA PUBLICACIÓN
SEGUNDO PERIODO VACACIONAL DE LA ANUALIDAD 2012 DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL DE EL MARQUES, QUERETARO.(UNICA PUBLICACION).