(005) obligaciones (1) parte general y clasificación
TRANSCRIPT
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 1/41
Obligaciones.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 2/41
2
Contenido del patrimonio
Derechos patrimoniales y extrapatrimoniales
Contenido delpatrimonio
Derechos reales ypersonales
Derechopersonal yobligación
Como una relación jurídicaque dota al acreedor de un
derecho subjetivo para exigir del deudor una conducta patrimonial valorable,tendiente a satisfacer uninterés licito del primero,
susceptible o no de valuacióneconómica, y , ante el
incumplimiento para obtener forzosamente la satisfacciónde ese interés, sea en especie
o de manera equivalente.
La obligación
Sujeto activo (ACREEDOR) titular del derechoElementos
Sujeto pasivo (DEUDOR) debe dar, hacer o no hacer
Prestación, física y jurídicamente posible, licita y det. o determinable
Vinculo jurídico, compromete su patrimonioCaract; Excepcional, ya que debe probarlo
Temporal, duración limitada en el tiempo
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 3/41
3
Fuentes de las obligaciones
Fuentes de lasobligaciones
Artículo 1437.“Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más
personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario dela persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y entodos los cuasicontratos ; ya a consecuencia de un hecho que ha inferidoinjuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos ; ya por disposición de la ley , como entre los padres y los hijos sujetos a patria potestad”.
Artículo 578.
“Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas
personas, que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraídolas obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra sudeudor por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estosderechos nacen las acciones personales”.
Artículo 2284.
“Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen o de la ley, o del hecho
voluntario de una de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella. Siel hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Si el hecho esilícito, y cometido con intención de dañar, constituye un delito. Si el hecho esculpable, pero cometido sin intención de dañar, constituye un cuasidelito”.
La ley
La voluntad
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 4/41
4
Fuentes de las obligaciones
Contrato
Fuentes de lasobligaciones
Cuasicontrato
Delito
Cuasidelito
Declaración unilateral de voluntad
Ley
Enriquecimiento sin causa
Artícu lo 1438 . Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer
alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.
Hecho voluntario del deudor que genera
obligaciones (agencia oficiosa)
Acto doloso o intencional que causa daño
acto culpable que causa daño
Artícu lo 1º. La ley es una declaración de la voluntad soberana que,
manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.
Requisitos; Enriquecimiento de uno,
empobrecimiento del otro, ausencia decausa. Obligación de restituir
La doctrinaagrega….
Ej;. promesa de recompensa, artículo 632
La oferta con plazo de espera. Art 99 c.comercio.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 5/41
5
Clasificación de las obligaciones
Del objeto
Clasificación
de lasobligaciones
Desde el puntode vista
Obligaciones positivas o negativas.Obligaciones de dar, hacer o no hacer.Obligaciones de especie o cuerpo cierto y de género.Obligaciones de objeto singular y de objetomúltiple.(alternativas, facultativas)
Del sujeto
Según/ efi caci a
s/ forma de exist i r s/ sus efectos
S /legis lación
s/ cum pl imiento
Exigencia de
cumpl imiento
De unidad de sujetoDe pluralidad de sujetos. (simplemente conjuntas o
mancomunadas, solidarias e indivisibles)
Obligaciones civiles y naturales.
Obligaciones principales y accesorias.Obligaciones puras y simples y sujetas a modalidad.Civiles, comerciales o mercantiles, laborales, tributarias.Ejecución instantánea, diferida, de tracto sucesivo.De medios o de resultado (conducta debida que se le
impone al deudor)
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 6/41
6
Obligaciones naturales
Clasificación
Obligacionesnaturales
1.º Las contraídas por personas que teniendosuficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo,incapaces de obligarse según las leyes, como losmenores adultos.
3.º Las que proceden de actos a que faltan lassolemnidades que la ley exige para que produzcanefectos civiles; las donaciones superiores a 2 UTM,sin juez que la autorice, sin pagar imptos.
Las que No confierenderecho para exigir su
cumplimiento, pero que
cumplidas, autorizan pararetener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Art.
1470 inciso 3.
Primer grupo
Obligacionesanulables o
rescindibles que por tal motivo no han
podido perfeccionarse
como civiles
Segundo grupo
Obligaciones civilesdesvirtuadas,
inicialmente perfectas,que circunstancias
posteriores privaron deeficacia como tales
2.º Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción. Ejemplo dicom
4.º Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.( requisitos; pleito
demandando el pago, deudor ganó el pleito(no fue condenado a pagar) y que el acreedor no puedo probar la existencia de la obligación)
Efectos
Otros casos de obligaciones naturales
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 7/41
7
Obligaciones naturales
Efectos de laobligación
natural
Otros casos deobligaciones naturales
Excepción pararetener el pago
Pueden ser novadas
No puedencompensarse
No pueden ser
caucionadas por terceros
A) el pago que cumpla con las exigenciasgenerales de todo pago (artículo 1470)B) el pago debe ser voluntariamente por eldeudor.C) Quien paga tenga la libre disposición de sus
bienes.
Artículo 1630. “Para que sea válida la
novación es necesario que tanto la obligación primitiva como el contrato de novación seanválidos, a lo menos naturalmente”.
No se pueden compensar, ambas obligaciones debenser “actualmente exigibles”.Art. 1656 N°3
Artículo 1472. “Las fianzas, hipotecas, prendas
y cláusulas penales constituidas por terceros para seguridad de estas obligaciones, valdrán”.
El 1470 NO es taxativo
• Juego lícito con predominio delesfuerzo intelectual. Artículo 2260.
Fueyo y otros• Multa en los esponsales. Artículo 98.• Pago de intereses no estipulados en elmutuo. Artículo 2208.• Pago por un objeto o causa ilícitos.Artículo 1468.• Heredero que goza de beneficio deinventario.• Deudor que goza de beneficio de
competencia.
No producenexcepción decosa juzgada
Art.1471. “la sentencia judicial que rechaza laacción intentada contra el naturalmenteobligado No extingue la obligación natural”.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 8/41
8
Obligaciones de dar, hacer y no hacer
Obligación de dar
Obligaciones dedar, hacer y no
hacer
Es aquella en que el deudor se obliga a transferir eldominio o constituir un derecho real sobre la cosa afavor del acreedor.
Dar es distinto de entregar . (artículo 1548: laobligación de dar contiene la de entregar).En doctrina; la obligación de entregar es un aobligación de hacer
Obligación de hacer
Obligación de no hacer
La obligación de hacer es aquella en que eldeudor se obliga a realizar de un hechocualquiera, material o jurídico.
Consiste en que el deudor debe abstenerse deefectuar de un hecho que, de no existir laobligación lo podría realizar
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 9/41
9
Importancia de obligaciones de dar, hacer y no hacer
Si la obligación es de hacer o no hacer, la acción será siempre mueble. Art. 581Si la obligación es de dar será mueble o inmueble según lo sea la cosa en que ha de ejercerse o que se deba. Art. 580
I ndemnización de perju icios.
Obligaciones de dar y hacer, es preciso que el deudor este en mora para que el acreedor pueda reclamar.
Obligaciones de no hacer se deben los perjuicios desde que se contravienen.
El procedimiento de juicio ejecutivo para obtener cumplimiento forzado esta sujeto a reglas diferentes
Modo de extinguir
Perdida de la cosa debida solo se aplica a las obligaciones de dar.En las obligaciones de hacer es la imposibilidad absoluta para la ejecución actual de la obra debida.
Incumplimiento en contratos bilaterales
Obligación de dar, el contratante cumplidor no puede demandar derechamente el pago de indemnización de perjuicios, ya que ella es accesoria a las acciones de cumplimiento o de resolución de contrato. Art. 1489.O en conjunto falta de incumplimiento mas la indemnización de perjuiciosObligación de no hacer, el acreedor puede demandar directamente la indemnización.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 10/41
10
Obligaciones con pluralidad de objeto
Obligaciones
con pluralidadde objeto
Obligaciones desimple objeto
múltiple
Obligaciones
alternativas
Concepto
Efectos
Obligaciones
facultativas
Artículo 1499. “Obligación alternativa es
aquella por la cual se deben varias cosas, detal manera que la ejecución de una de ellas,exonera de la ejecución de las otras”.
Artículo 1505. “Obligación facultativa es la
que tiene por objeto una cosa determinada, pero concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que sedesigna”.
Concepto
Efectos
• Qué se demanda. El acreedor no puede demandar sino la cosa debida, pues se debe solo una cosa.• Caso fortuito. Extingue la obligación: “si dicha
cosa perece sin culpa del deudor y antes de haberseéste constituido en mora, no tiene derecho para
pedir cosa alguna”
• El deudor cumple su obligación pagando totalmente alguna delas cosas alternativamente debidas.• El acreedor no puede demandar el pago con una cosadeterminada, a menos que la elección sea suya.
• Si perece alguna cosa, subsiste la obligación en las restantes.• Habiendo pluralidad, la elección es de consuno.• La obligación será mueble o inmueble según el objeto debido.• La elección corresponde al deudor, a menos de estipularse
lo contrario.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 11/41
11
Obligaciones de especie o cuerpo cierto y de género
Obligaciones
de especie ocuerpo cierto y
de género
Obligaciones de
especie o cuerpo cierto
Obligaciones de
género
ConceptoAquellas en que la cosa debida esta perfectamente
especificada o individualizada. Se debe a unindividuo determinado de un genero determinado
Efectos
• Obligación de conservar la cosa. Artículo 1548.• Obligación de emplear el debido cuidado.Artículo 1549.• Pérdida de la cosa debida en las obligaciones deespecie o cuerpo cierto: (1) El caso fortuito
extingue la obligación. (2) La culpa sólo hacevariar el objeto, por la indemnización de perjuicios. Artículo 1670.
Concepto
Son aquellas en que se debeindeterminadamente un individuo de una
clase o género determinado.
Efectos
• El acreedor no puede pedir determinadamente un
individuo del género debido.• El deudor cumple la obligación, “entregando cualquier
individuo del género, con tal que sea de una calidad a lomenos mediana” (artículo 1509). • El deudor puede destruir o enajenar las cosas genéricas,sin que el acreedor pueda oponerse a ello, “mientras
subsistan otras para el cumplimiento de lo que debe”
(artículo 1510).• La pérdida de algunas cosas del género no extingue laobligación. El género no perece.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 12/41
12
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Concepto
I. Obligacionessimplementeconjuntas o
mancomunadas
características
Son aquellos que existiendo pluralidad de acreedores o de deudores yrecayendo sobre una cosa divisible, cada acreedor solo puede exigir su
cuota a cada deudor, que solo esta obligado a la suya. De manera que
cada acreedor solo es titular de su cuota en el crédito; y cada deudor es
obligado únicamente a pagar la cuota que le corresponde.
Elementos; pluralidad de sujetos, un solo titulo, unidad de prestación,
prestación divisible.
• Constituyen la regla general. Art 1511 y 1526
• Pluralidad de prestaciones y de vinculos•Debe recaer sobre un objeto divisible.• La regla general es que la división se haga en partes viriles.EXCEPCIÓN. proporcionalidad (fallecimiento del acreedor o deudor
dejando varios herederos, artículo 1354).•
Efectos
• Cada acreedor puede cobrar su cuota; cada deudor se obliga a la suya. 1511 y 1526.•La extinción de la obligación respecto de un deudor no extingue la obligación respecto de los otros.•La cuota del deudor insolvente no grava a los demás, al igual que en los herederos.
•La interrupción de la prescripción que opera a favor de un acreedor no favorece a los otros acreedores.•Si se declara la nulidad de la obligación respecto de uno de los obligados, este efecto no alcanza a losotros, porque la nulidad es de efecto relativo.•La mora de un deudor, no coloca en mora a los otros.•Si uno de los deudores incumple y se genera responsabilidad contractual (indemnización de perjuicios)esta solo afecta al incumplidor.•La prórroga de la jurisdicción que opere a favor de uno de los deudores no afecta a los demás.•En contrato bilateral, varios acreedores, el contratante cumplidor, puede pedir por sí solo, sin ponersede acuerdo con los demás, la resolución del contrato bilateral de objeto único.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 13/41
13
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Concepto
II. Obligacionessolidarias
Requisitoso
elementos
Son aquellas en que debiéndose un objeto divisible y habiendo pluralidad
de acreedores o de deudores, o pluralidad de ambos, cada acreedor puede
exigir la totalidad de la obligación a cualquiera de los codeudores y cada
deudor está obligado a la totalidad de la deuda, de modo que cumplida así
la obligación ella se extingue. Art. 1511
ClasificaciónSolidaridad activa
Solidaridad pasiva
• Pluralidad de acreedores o de deudores o de ambos.• la cosa debida debe ser divisible.• Unidad de la prestación, la cosa debida debe ser la misma.• Fuente de la solidaridad (ley, contrato, convención)
Efectos • El pago hecho por un deudor extingue la obligación respecto de todos.• El cobro hecho por un acreedor extingue la obligación respecto de todos.
Fuentes
Ley
Convención
Testamento
Solidaridad mixta
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 14/41
14
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Concepto
Solidaridadactiva Fundamento
Se caracteriza porque junto con existir varios acreedores de unaobligación divisible, cualquiera de ellos puede exigir su pagototal, de manera que, cumplida en esa forma, se extingue laobligación.
Efectos
Relaciones
externas; Efectosentre los
acreedores y eldeudor
Relaciones
internas; Efectosentre los
coacreedores
• Teoría romana: cada acreedor es reputado dueño exclusivo del crédito.• Teoría francesa o del mandato tácito o recíproco; cada acreedor esdueño solo de su cuota y respecto de las otras actúa como mandatario de losdemás acreedores.
• Cada acreedor puede demandar el total de la obligación.• El deudor puede hacer pago a cualquiera de losacreedores, a menos que estuviese demandado.• El pago hecho extingue la obligación, respecto de todos.• Los demás modos de extinguir las obligaciones laextinguen del mismo modo que el pago.• La interrupción de la prescripción natural o civil queaprovecha a un acreedor solidario beneficia a los otros.•Las medidas precautorias a favor de un acreedor favorecen a los otros.•La sentencia entre deudor y acreedor produce cosa
juzgada respecto de los demás.
Cada uno de los otros acreedores no podrá reclamar al que recibió el pagosino la porción que le corresponde, a prorrata de su cuota; pues lasolidaridad sólo existe entre los acreedores solidarios y el deudor.Si obtuvo sólo una parte parcial del crédito deberá reembolsar a cada uno
la parte correspondiente.
Elementos•Pluralidad de
acreedores.
•Cualquier acreedor
puede demandar la
totalidad de la
obligación.
•Extinguida la
obligación por unacreedor se extingue
respecto de todos.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 15/41
15
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Concepto
Solidaridadpasiva
Importancia
Es aquella que recayendo sobre una cosa divisible y en que hayvarios los deudores, el acreedor puede demandar la totalidad de sucrédito a cualquiera de los deudores, extinguiéndose la obligaciónrespecto de todos.,
Efectos
Relacionesexternas (deudor yvarios acreedores)
Relacionesinternas (soloacreedores)
1. Es una garantía para el acreedor en cuanto puede dirigir su acción en contra eldeudor que le parezca más solvente.(mejor que la fianza no opera el beneficio deexcusión, ni de división).
2. Tiene mucha aplicación en derecho mercantil. Ej. Letra de cambio.3. Presenta todos los caracteres que hemos visto para la solidaridad. Fuente: laley, testamento, la convención.4. Se sigue la teoría francesa o del mandato tácito recíproco.
Obli gación a la deuda
Contr ibución a la deuda
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 16/41
16
Obligaciones con pluralidad de sujetos
SOLIDARIDAD
PASIVA
Relaciones
externas; relaciones del
acreedor con losdeudores
A) El acreedor puede demandar a todos conjuntamente o a cualquiera de ellos por el total de ladeuda sin poder oponer el beneficio de división.•Si el juicio se sigue en contra de un deudor no se puede embargar bienes a otro.
•El hecho de demandar a un codeudor no significa que no se pueda demandar a otro en juicioaparte
B) El pago hecho por un deudor extingue la obligación respecto de todos, sin perjuicio derelaciones internas.
C) Si el acreedor demanda a un deudor y no obtiene el pago total, podrá dirigirse a cualquiera delos otros por el saldo.
D) El titulo ejecutivo contra el deudor principal, lo es también contra el fiador y codeudor solidario.E) La sentencia dictada en contra de un codeudor produce cosa juzgada respecto de los otros. F) I nterr upción de la prescripción . Afecta a todos.
G) Producida la mora respecto de un deudor, quedan todos en mora.
H) Pérdida de la cosa debida . Pérdida fortuita. Extingue la obligación respecto de todos. Pérdida
culpable. El pago del precio es solidario, pero la indemnización no, solo paga el culpable.I) La prórroga de la competencia respecto de un deudor, afecta a todos, fundada mandato tácito. j) Si el acreedor cede su crédito a un tercero, basta notificar a cualquiera. K )Excepciones que puede oponer el deudor solidar io : todas las excepciones que resulten de lanaturaleza de la obligación, y además todas las personales suyas. Reales , personales , mixtas
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 17/41
Obligaciones con pluralidad de sujetos
RELACIONES
INTERNAS,SOLIDARIDAD
PASIVA.Ajuste de cuentas
entre loscodeudores
Planteamiento
La obligación
interesaba a todos
La obligación
interesaba a algunos
Suerte de la cuota deldeudor insolvente
Verdadero ajuste de cuentas, pues no resulta equitativo
que uno de ellos termine soportando el gravamen, debehaber un sacrificio económico, si se extingue por prescripción o condonación, no hay relaciones internas
Opera subrogación personal.Artículo 1522 inciso 1º.Puede dirigirse en contra losdemás pero solo por su cuota
Serán éstos responsables entre sí,según las partes o cuotas que lescorrespondan en la deuda, y los nointeresados serán considerados como
fiadores. Artículo 1522 inciso 2º.Pudiendo el fiador demandar intereses y gastos y podrándemandar por el total de la deuda
Grava a los demás, en proporción a sus cuotas
Distinciónnecesaria
Se transforma en una obligación mancomunada .
Además de una acción personal de reembolso másintereses, del mandato tácito y reciproco
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 18/41
18
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Solidaridadpasiva.
Extinción
Renuncia de la
solidaridad
Muerte del
deudor solidario
•El acreedor puede renunciar expresa o tácitamente la solidaridadrespecto de uno de los deudores solidarios o respecto de todos.• Renuncia expresa si e hace en térmi nos formales y explíci tos.
•Renuncia tacita ,si se acepta el pago se extingue la solidari dad respecto del que pago..
• Renuncia parcial . “el deudor liberado de la solidaridad solo esta
obligado a pagar su cuota o parte de la deuda. Si este no paga los demás
cargan con la deuda.
•Renuncia total . “se renuncia la solidaridad respecto de todos los
otros, cuando el acreedor consiente en la división de la deuda, seconvierte a la obligación en simplemente conjunta o mancomunada
• Situación de los herederos . No se transmite la solidaridad.Cómo se reparte la deuda . En proporción a los derechoshereditarios.
•La muerte del causante no ha extingue la solidaridad, cuando seha convenido lo contrario.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 19/41
19
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Art. 1524
III. Obligacionesindivisibles Clases
Art. 1524. La obligación es divisible o indivisible según tenga ono por objeto una cosa susceptible de división, sea física, seaintelectual o de cuota.
Efectos
Indivisibilidad absoluta
Indivisibilidad relativa
Indivisibilidad de pago
Caso servidumbre de tránsito
Caso construcción de una casa
Cuálesson
ClasificaciónOriginaria. Desde un comienzo pluralidad o por estipulación. Derivativa. Por un hecho posterior se transforma en obligación con pluralidad desujetos.Absoluta o natural, no es posible dividirla. servidumbre
Relativa o de obligación. Resulta indispensable que se cumpla en forma total. De pago o convencional. Es divisible pero la partes que fuese indivisible.Activa. Varios acreedores que pueden exigir el total de la obligación al deudor.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 20/41
20
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Art. 1524
Obligaciones
indivisibles
Clases
Cuálesson
Regla
Excepciones a ladivisibilidad o
indivisibilidadde pago.Art.1526
Artículo 1526. “Si la obligación no es solidaria ni indivisible, cadauno de los acreedores puede sólo exigir su cuota, y cada uno de loscodeudores es solamente obligado al pago de la suya; y la cuota deldeudor insolvente no gravará a sus codeudores”.
• Nº1 : la acción hipotecaria o prendaría se dirige contraaquel que posee, en todo o parte, la cosa hipotecada oempeñada.
• Nº2, ; si la deuda es una especie o cuerpo cierto, aquel delos codeudores que la posee es obligado a entregarlo.
• Nº3 : acción de perjuicios contra el deudor culpable.
• Nº4 : cuando por testamento o convención entre losherederos o por partición se impone a un heredero laobligación de pagar el total de una deuda. O contra cada
uno a prorrata.
• Nº5; si se debe un terreno o una cosa indeterminada,cuya división acarrea perjuicio al acreedor, loscodeudores podrán ser obligados al pago de la cosa.
• Nº6 : obligaciones alternativas, debe hacerse de consuno.
Efectos
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 21/41
21
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Obligaciones
indivisibles
Efectos
Principiofundamental
Efectos de laindivisibilidad
pasiva
Efectos de laindivisibilidad
activa
• relaciones externas.•Cada deudor es obligado a cumplirla en el todo.•La prescripción interrumpida respecto de uno de los deudores, lo es igualmenterespecto de los otros.•El cumplimiento de la obligación indivisible por cualquiera de los obligados, laextingue respecto de todos.
•Demandado uno de los deudores puede pedir un plazo para entenderse con losdemás codeudores, a fin de cumplir entre todos.
•Cada acreedor puede exigir el total.•El pago efectuado por el deudor a cualquier acreedor extingue la obligaciónrespecto de todos.• Ninguno de los coacreedores puede sin el consentimiento de los demás;remitir la deuda o recibir el precio de la cosa debida.•La interrupción de la prescripción por uno de los acreedores beneficia a losdemás
Cada deudor no lo es sino de su cuota y cada acreedor no lo es sino de la suya, pero el pago es total porque
el objeto de la obligación no puede dividirse.
Relaciones internas
•Cuando el deudor paga, como la prestación es una solo laobligación se extingue respecto de todos. ( 1531)
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 22/41
22
Obligaciones con pluralidad de sujetos
Semejanzas
Paralelo entre lasolidaridad y laindivisibilidad
Diferencias
• excepción al principio de división de las deudas cuando hay pluralidad de sujetos.
• cada acreedor puede exigir el cumplimiento tota y cada unoesta obligado a cumplir íntegramente la obligación.
• el pago hecho por un deudor extingue la obligación respectode todos.
•La indivisibilidad el objeto es indivisible, es requisito de lasolidaridad que la cosa debida sea divisible.
•La solidaridad puede renunciarse la indivisibilidad no.
• En la obligación solidaria, cada acreedor puede exigir el pago total acualquier deudor. En la obligación indivisible el deudor puede pedir plazo para entenderse con sus codeudores.
•La solidaridad no se trasmite a los herederos, la indivisibilidad sí.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 23/41
23
Obligaciones sujetas a modalidad
Qué sonlas modalidades
Obligacionessujetas amodalidad
Clases
Características
Son elementos accidentales, que se agregan mediante cláusulas
especiales. Elemento esencial en la promesa.Son excepcionales, la regla general es que los actos sean puros ysimples.
Condición, plazo, modo
Solidaridad pasiva, representación
Las modalidades
no se presumen
Todos los actosadmiten
generalmentemodalidades
Excepciones en que la ley suele
entenderlas:• Artículo 1489 inciso 1º. (condiciónresolutoria tácita)
• Artículo 1813 (compraventa de cosas queno existen, pero se espera que existan)• Artículo 2200 (mutuo, plazo de 10 días
para el pago)
Excepciones en que no se admiten:
• Artículo 102 (matrimonio)• Artículo 1192 (legítima rigorosa)• Artículo 1227 (no se puede aceptar o repudiar condicionalmente)
Elementoaccidental (1444)
Fuente; testamento, convención, leySentencia judicial No es fuente demodalidades, salvo que la ley lo autoriceexpresamente Art. 904 que faculta al
juez para fijar plazo al poseedor vencido para la restitución de la cosareivindicada.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 24/41
24
Obligaciones condicionales
Disposiciones
aplicables Obligacionescondicionales
Clases
Condición expresa y tácita
Condición positiva y negativa
Condición determinada e indeterminada
Artículo 1473. Es obligación condicional la que depende de
una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puedesuceder o no.
• Obligaciones condicionales: Título IV, Libro IV.• Asignaciones testamentarias condicionales: párrafo 2º,
Título IV, Libro III.
Hecho futuro e incierto de que depende el nacimiento o laextinción de un derecho.
Condición posibles e imposibles; lícitas e ilícitas
Condición potestativas, casuales y mixtas
Condición suspensivas y resolutorias
Concepto
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 25/41
25
Clases de obligaciones condicionales
Clases
Condición expresa y tácita
Condición positiva y negativa
Condición determinada e indeterminada
• Condición expresa es aquella establecida en virtud de una cláusula explícita y formal• Condición tácita es aquella que se subentiende sin necesidad de una declaración devoluntad explicita. Ejemplo condición resolutoria tácita. Art. 1489.
Artículo 1474. “La condición es positiva o negativa. La positiva consiste en acontecer una cosa; la negativa, en que una cosa no acontezca”.
Positiva, debe ser física y moralmente posible, es físicamente imposible la contraria alas leyes, buenas costumbres o el orden público. Imposibles términos inteligibles
• Condición determinada, si se sabe cuándo ha de suceder, época prefijada.• Condición indeterminada, si se ignora si el hecho ha de ocurrir y cuándo, no sefija época. Caducidad de las condiciones 10 años tiempo máximo establecido por elcódigo para dar estabilidad a las situaciones jurídicas.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 26/41
26
Clases de obligaciones condicionales
Clases
Condición posibles e imposibles; lícitas e ilícitas
Condición potestativa, casual y mixta
Artículo 1475. “La condición positiva debe ser física y moralmente posible.
Es físicamente imposible la que es contraria a las leyes de la naturaleza física; y moralmenteimposible la que consiste en un hecho prohibido por las leyes, o es opuesta a las buenascostumbres o al orden público.Se mirarán también como imposibles las que están concebidas en términos ininteligibles”.
Artículo 1476. “Si la condición es negativa de una cosa físicamente imposible, la obligación
es pura y simple; si consiste en que el acreedor se abstenga de un hecho inmoral o prohibido,vicia la disposición”.
Artículo 1477. “Se llama condición potestativa la que depende de la voluntad del acreedor o deldeudor; casual la que depende de la voluntad de un tercero o de un acaso; mixta la que en partedepende de la voluntad del acreedor y en parte de la voluntad de un tercero o de un acaso”.
Condiciones simplemente potestativa y puramente potestativa. Artículo 1478. “Son nulas
las obligaciones contraídas bajo una condición potestativa que consista en la mera
voluntad de la persona que se obliga.
Si la condición consiste en un hecho voluntario de cualquiera de las partes, valdrá”.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 27/41
27
Clases de obligaciones condicionales
Condición
Condición potestativa
Condición casual
Condición mixta
Condición
simplementepotestativa
Condición
puramente omeramente
potestativa
la que depende de la
voluntad del acreedor
o del deudor
la que depende de la
voluntad de un tercero o de
un acaso
la que en parte depende de
la voluntad del acreedor y
en parte de la voluntad de
un tercero o de un acaso
depende de un hecho voluntario de una de las partes
(Si vas conmigo a Europa, te pago el pasaje)
depende de la
sola voluntad de
una de las partes NO VALE la que depende de sola
voluntad del deudor (artículo 1478)
Es el “me obligo si quiero” (no es serio)
del deudor
del acreedor
del deudor
del acreedor
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 28/41
28
Obligaciones bajo condición suspensiva
Fallida
Obligación
bajo condiciónsuspensiva
Cumplida
Pendiente
Cómo operala condición
Opera retroactivamente, una vez cumplida, los efectos se retrotraenal momento en que dicho acto se celebro.
Excepciones • Frutos. Artículo 1488.• Enajenaciones. Artículos 1490 y 1491.
Artículo 1479. “La condición
se llama suspensiva si,mientras no se cumple,
suspende la adquisición de un
derecho; y resolutoria,
cuando por su cumplimiento
se extingue un derecho”.
Se reputa haber fallado la condición positiva o haberse cumplido lanegativa, cuando ha llegado a ser cierto que no sucederá elacontecimiento contemplado en ella o cuando ha expirado el tiempodentro del cual el acontecimiento ha debido verificarse y no se haverificado.
Significa que aún no corre, pero puede ocurrir, el hecho que laconstituya
Si es positiva, se cumple cuando se verifica el hecho que laconstituye.Si es negativa determinada el hecho se cumple cuando expira el plazo dentro del cual no debía realizarse. Indeterminada habría queesperar 10 años
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 29/41
29
Obligaciones bajo condición resolutoria
Obligaciónbajo condición
resolutoria
CONDICIONRESOLUTORIA
ORDINARIA
CONDICIONRESOLUTORIA
TACITA
PACTOCOMISORIO
PACTO COMISORIOSIMPLE
PACTO COMISORIOCALIFICADO
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 30/41
30
Obligaciones bajo condición resolutoria
CONDICIONRESOLUTORIA
ORDINARIA
Concepto Es un hecho futuro e incierto, que no sea el incumplimientode una obligación contraída, de que dependa la extinción deun derecho y la correlativa obligación
Pendiente
Efectos igual si fuera pero y simple.El deudor tiene la obligación de cuidar la cosa yConservarla como buen padre de familiaEl acreedor solicitar medidas conservativas
Fallida
El derecho del deudor se consolida tiene la obligaciónde cuidar la cosa y pasa a ser dueño puro y simple delos actos mientras estuvo pendiente la condición.Si habían medidas conservativas estas se extinguen
CumplidaQuien adquirió los derechos se extinguenEl deudor condicional debe restituir lo que recibió sujeto a esa condición.
Los actos de administración que pueda haber realizado el deudor caducany se extinguen. Ejemplo; materia de arrendamiento.
Como opera; de pleno derecho No requiere de declaración judicialSi hay pleito tribunal solo constataLa condición que operó.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 31/41
31
Obligaciones bajo condición resolutoria
CONDICION
RESOLUTORIATACITA
Concepto
Ámbito de aplicación
Consiste en no cumplirse lo pactado, de tal modo que elhecho futuro e incierto es el incumplimiento de laobligación.
Artículo 1489. “En los contratos bilaterales va envuelta
la condición resolutoria de no cumplirse por uno de loscontratantes lo pactado”. Es tácita porque se
subentiende.Texto legal
Regla. En los contratos bilaterales
Excepción. En los contratosunilaterales (comodato, artículo2177 y prenda, artículo 2396).
Requisitos
• Incumplimiento contractual. Basta cualquier magnitud de incumplimiento. (?)• Que el deudor esté constituido en mora.• Que el otro contratante haya cumplido por su parte oesté llano a cumplir.
Efectos
• No opera de pleno derecho (Artículo 1489 inciso 2º).• Se requiere de demanda judicial.• El juez no puede señalar plazo para el cumplimiento.• Desde que la sentencia se encuentre firme o ejecutoriada elcontrato queda resuelto.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 32/41
32
Obligaciones bajo condición resolutoria
Obligaciónbajo condición
resolutoria
CONDICIONRESOLUTORIA
ORDINARIA
CONDICIONRESOLUTORIA
TACITA
PACTOCOMISORIO
Concepto
Es la condición de no cumplirse por unade las partes lo pactado, expresamenteestipulada.
Clases
Pactocomisorio
simple
Pactocomisoriocalificado
Es aquel en que lisa y llanamente seestipula que se resolverá el contrato,en caso de no cumplirse lo pactado.
Efectos. Los mismos que lacondición resolutoria tácita. Noopera de pleno derecho.
Es aquel en que se estipula que seresolverá ipso facto el contrato, encaso de no cumplirse lo pactado.
•Regulación en compraventa. Sinembargo, de aplicación general.• No opera de pleno derecho.•El deudor puede enervar la acción
pagando.•Plazo de 24 horas irrenunciable (dudoso).
• Es válido en los demás contratos, dondeopera de pleno derecho
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 33/41
33
Obligaciones bajo condición resolutoria
Obligaciónbajo condición
resolutoria
CONDICIONRESOLUTORIA
ORDINARIA
CONDICIONRESOLUTORIA
TACITA
PACTOCOMISORIO
PACTO COMISORIOSIMPLE
PACTO COMISORIOCALIFICADO
No opera de pleno derecho
Síopera de pleno derecho
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 34/41
34
ENTRELAS PARTES
EFECTOS DE
LA CONDICIONRESOLUTORIACUMPLIDA
Restitución
de la cosa
RESPECTODE TERCEROS
De buena fe
De mala fe
No los afecta
Frutos
Enajenaciones respecto de
terceros de buena fe
Ar t. 1490. Si el que debe una cosamueble a plazo, o bajo condiciónsuspensiva o resolutoria, la enajena, nohabrá derecho de reivindicarla contra
terceros poseedores de buena fe.
Ar t. 1491 . Si el que debe un inmueble bajo condición lo enajena, o lo grava conhipoteca, censo o servidumbre, no podráresolverse la enajenación o gravamen,sino cuando la condición constaba en eltítulo respectivo, inscrito u otorgado por escritura pública.
Excepciones
Efectos de la condición resolutoria cumplida
FECHA DE LAOBLIGACIÓN
SE VERIFICA LACONDICIÓN
Tener presente paralelocon nulidad, donde no sedistingue la buena o mala
fe de los terceros
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 35/41
35
La acción resolutoria
La acciónresolutoria
Concepto
Características
Prescripción
Es aquella que nace de la condición resolutoria tácitay del pacto comisorio, para pedir la resolución delcontrato por incumplimiento de las obligacionescontraídas.
• La acción resolutoria es una acción personal.• La acción resolutoria y las acciones reales contra los terceros
deben entablarse en un mismo juicio.• La acción resolutoria es renunciable.• La acción resolutoria es mueble o inmueble.• La acción resolutoria es indivisible (no se puede pedir simultáneamente cumplimiento forzoso y resolución)
El plazo prefijado
por las partes
Siempre que no exceda
de cuatro años desde la
fecha del contrato
Excepción : pactocomisorio (artículo 1880)
Regla : cinco años (artículo 2515)
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 36/41
36
Obligaciones a plazo
Disposiciones
aplicables
Obligacionesa plazo
Clases
Plazo expreso y plazo tácito
Plazo fatal y no fatal
Plazo determinado e indeterminado
Artículo 1494. El plazo es la época que se fija para el
cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o tácito. Estácito el indispensable para cumplirlo.
• Obligaciones a plazo: Título V, Libro IV.
• Asignaciones a plazo, Libro III.
Es el hecho futuro y cierto del cual depende el ejercicio o laextinción de un derecho.
Plazo voluntario, legal y judicial
Plazo suspensivo y plazo extintivo
Concepto
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 37/41
37
Obligaciones a plazo
Clases
Plazo expreso y plazo tácito
Plazo fatal y no fatal
Plazo determinado e indeterminado
Plazo voluntario, legal y judicial
Plazo suspensivo y plazo extintivo
Plazo expreso. Es el que se establece en términos formales y explí citos.Plazo tácito. Artí culo 1494. “Es tácito el indispensable para cumplirlo”.
Plazo fatal es aquel cuyo transcurso extingue el derecho por el ministerio de la ley.
El plazo es siempre cierto, porque dice relación con la posibilidad de realización.La determinación apunta al conocimiento que se tenga de la época de su verificación.
Plazo voluntario.Plazo legal. Artículo 2200.Plazo judicial. Artículos 904, 378, 1792-21.
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 38/41
38
Obligaciones bajo plazo suspensivo
Obligación
bajo plazosuspensivo
Cumplido
Pendiente
• El acreedor no puede exigir el cumplimiento de la obligación.Artículo 1496. “El pago de la obligación no puede exigirse antes de
expirar el plazo”. • El deudor está autorizado para rehusar su cumplimiento.• No corre la prescripción.• No procede la compensación, pues no son actualmente exigibles.
El plazosuspensivo posterga elejercicio del
derecho, no suexistencia
• La obligación se torna exigible, con todas las consecuenciasarriba indicadas.• El vencimiento del plazo puede constituir en mora al deudor que retarda su cumplimiento más allá del término estipulado(artículo 1551, Nº 1 y 2).
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 39/41
39
Extinción del plazo
Extinción delplazo
Vencimiento
Renuncia
Caducidad
Siendo un beneficio para el deudor,
éste puede renunciarlo
Limitaciones
• Cuando se ha prohibido expresamente por leyo por las partes• Cuando de la renuncia se persiga un perjuicio
para el acreedor. Depósito, artículo 2200.
Caducidad del plazo
por quiebra o
insolvencia del
deudor.
Caducidad del plazo
por extinción o
disminución de las
cauciones.
Artículo 1496. El pago de laobligación no puede exigirse antes de
expirar el plazo, si no es:1.- Al deudor constituido en quiebra o
que se halla en notoria insolvencia;2.- Al deudor cuyas cauciones, por
hecho o culpa suya, se han extinguido ohan disminuido considerablemente de
valor. Pero en este caso el deudor podráreclamar el beneficio del plazo,
renovando o mejorando las cauciones.
Cláusula de aceleración
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 40/41
40
Cláusula de aceleración
Cláusula deaceleración
Según la Corte Suprema, es el “pacto en que las partes convienen anticipar el cumplimiento
de una obligación que se ha diferido en el tiempo, cuando el deudor incurre en alguna de lassituaciones fácticas previamente acordadas, generando la caducidad del plazo que el deudor
tenía para satisfacer la deuda, lo que implica que la obligación en ese momento se haceexigible y el acreedor queda facultado para ejercer las acciones que el ordenamiento jurídico
le confiere para obtener el pago de su acreencia”
Clasificación
IMPERATIVA. El no pago de una cuota hará exigible el total de
la deuda, la que se considerará de plazo vencido.
FACULTATIVA. El no pago de una cuota podrá hacer exigible eltotal de la deuda, la que se considerará de plazo vencido.
Problema encaso de letra de
cambio ypagaré
Basta el incumplimiento para que haya aceleración
No basta el incumplimiento para que haya
aceleración, se requiere demanda legalmente
notificada
El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra losobligados al pago es de un año. contado desde el día del vencimiento deldocumento, lo que hace complicado el ejercicio de la acción facultativatranscurrido el plazo indicado (Ley 18.092)
7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación
http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 41/41
Obligaciones modales
Modo y condición
suspensiva
Obligacionesmodales
La cláusula resolutoria
Propósito, finalidad u objetivo de una institución hereditaria, de
un legado, de una donación o de un contrato; como cargaaccesoria de la obligación o de una liberalidad, cuyocumplimiento puede exigirse. Se contrapone a condición.
Obligación modal es la afecta a un modo, o sea, la que imponeal deudor la ejecución de ciertas obras o la sujeción a ciertascargas.
Concepto
Modo : “PARA” ejecutar ciertas obras o cargas.
Condición : “SI” ejecuta ciertas obras o cargas.
Artículo 1090. “En las asignaciones modales se
llama cláusula resolutoria la que impone laobligación de restituir la cosa y los frutos, si nose cumple el modo. No se entenderá que envuelven cláusularesolutoria cuando el testador no la expresa”.