(005) obligaciones (1) parte general y clasificación

41
Obligaciones.

Upload: indaval

Post on 29-Oct-2015

17 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 1/41

Obligaciones.

Page 2: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 2/41

2

Contenido del patrimonio

Derechos patrimoniales y extrapatrimoniales

Contenido delpatrimonio

Derechos reales ypersonales

Derechopersonal yobligación

Como una relación jurídicaque dota al acreedor de un

derecho subjetivo para exigir del deudor una conducta patrimonial valorable,tendiente a satisfacer uninterés licito del primero,

susceptible o no de valuacióneconómica, y , ante el

incumplimiento para obtener forzosamente la satisfacciónde ese interés, sea en especie

o de manera equivalente. 

La obligación

Sujeto activo (ACREEDOR) titular del derechoElementos

Sujeto pasivo (DEUDOR) debe dar, hacer o no hacer 

Prestación, física y jurídicamente posible, licita y det. o determinable

Vinculo jurídico, compromete su patrimonioCaract; Excepcional, ya que debe probarlo

Temporal, duración limitada en el tiempo

Page 3: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 3/41

3

 Fuentes de las obligaciones

Fuentes de lasobligaciones

Artículo 1437.“Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más

 personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario dela persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y entodos los cuasicontratos ; ya a consecuencia de un hecho que ha inferidoinjuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos ; ya por disposición de la ley , como entre los padres y los hijos sujetos a patria potestad”. 

Artículo 578.

“Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas

 personas, que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraídolas obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra sudeudor por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estosderechos nacen las acciones personales”. 

Artículo 2284.

“Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen o de la ley, o del hecho

voluntario de una de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella. Siel hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Si el hecho esilícito, y cometido con intención de dañar, constituye un delito. Si el hecho esculpable, pero cometido sin intención de dañar, constituye un cuasidelito”. 

La ley

La voluntad

Page 4: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 4/41

4

 Fuentes de las obligaciones

Contrato

Fuentes de lasobligaciones

Cuasicontrato

Delito

Cuasidelito

Declaración unilateral de voluntad

Ley

Enriquecimiento sin causa

Artícu lo 1438 . Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer 

alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.

 Hecho voluntario del deudor que genera

obligaciones (agencia oficiosa)

 Acto doloso o intencional que causa daño 

acto culpable que causa daño 

Artícu lo 1º. La ley es una declaración de la voluntad soberana que,

manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.

 Requisitos; Enriquecimiento de uno,

empobrecimiento del otro, ausencia decausa. Obligación de restituir  

La doctrinaagrega…. 

 Ej;. promesa de recompensa, artículo 632

 La oferta con plazo de espera. Art 99 c.comercio. 

Page 5: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 5/41

5

Clasificación de las obligaciones

Del objeto 

Clasificación

de lasobligaciones

Desde el puntode vista 

Obligaciones positivas o negativas.Obligaciones de dar, hacer o no hacer.Obligaciones de especie o cuerpo cierto y de género.Obligaciones de objeto singular y de objetomúltiple.(alternativas, facultativas)

Del sujeto 

Según/ efi caci a 

s/ forma de exist i r s/ sus efectos 

S /legis lación 

s/ cum pl imiento 

Exigencia de 

cumpl imiento 

De unidad de sujetoDe pluralidad de sujetos. (simplemente conjuntas o

mancomunadas, solidarias e indivisibles)

Obligaciones civiles y naturales.

Obligaciones principales y accesorias.Obligaciones puras y simples y sujetas a modalidad.Civiles, comerciales o mercantiles, laborales, tributarias.Ejecución instantánea, diferida, de tracto sucesivo.De medios o de resultado (conducta debida que se le

impone al deudor)

Page 6: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 6/41

6

Obligaciones naturales

Clasificación

Obligacionesnaturales

1.º Las contraídas por personas que teniendosuficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo,incapaces de obligarse según las leyes, como losmenores adultos. 

3.º Las que proceden de actos a que faltan lassolemnidades que la ley exige para que produzcanefectos civiles; las donaciones superiores a 2 UTM,sin juez que la autorice, sin pagar imptos.

Las que No confierenderecho para exigir su

cumplimiento, pero que

cumplidas, autorizan pararetener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Art.

1470 inciso 3.

Primer grupo

Obligacionesanulables o

rescindibles que por tal motivo no han

 podido perfeccionarse

como civiles 

Segundo grupo

Obligaciones civilesdesvirtuadas,

inicialmente perfectas,que circunstancias

 posteriores privaron deeficacia como tales 

2.º Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción. Ejemplo dicom 

4.º Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.( requisitos; pleito

demandando el pago, deudor ganó el pleito(no fue condenado a pagar) y que el acreedor no puedo probar la existencia de la obligación)

Efectos

Otros casos de obligaciones naturales

Page 7: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 7/41

7

Obligaciones naturales

Efectos de laobligación

natural

Otros casos deobligaciones naturales

Excepción pararetener el pago 

 Pueden ser novadas

 No puedencompensarse

 No pueden ser 

caucionadas por terceros 

A) el pago que cumpla con las exigenciasgenerales de todo pago (artículo 1470)B) el pago debe ser voluntariamente por eldeudor.C) Quien paga tenga la libre disposición de sus

 bienes.

Artículo 1630. “Para que sea válida la

novación es necesario que tanto la obligación primitiva como el contrato de novación seanválidos, a lo menos naturalmente”. 

 No se pueden compensar, ambas obligaciones debenser “actualmente exigibles”.Art. 1656 N°3

Artículo 1472. “Las fianzas, hipotecas, prendas

y cláusulas penales constituidas por terceros   para seguridad de estas obligaciones, valdrán”.

El 1470 NO es taxativo

• Juego lícito con predominio delesfuerzo intelectual. Artículo 2260.

Fueyo y otros• Multa en los esponsales. Artículo 98.• Pago de intereses no estipulados en elmutuo. Artículo 2208.• Pago por un objeto o causa ilícitos.Artículo 1468.• Heredero que goza de beneficio deinventario.• Deudor que goza de beneficio de

competencia.

 No producenexcepción decosa juzgada 

Art.1471. “la sentencia judicial que rechaza laacción intentada contra el naturalmenteobligado No extingue la obligación natural”.

Page 8: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 8/41

8

Obligaciones de dar, hacer y no hacer 

Obligación de dar 

Obligaciones dedar, hacer y no

hacer 

Es aquella en que el deudor se obliga a transferir eldominio o constituir un derecho real sobre la cosa afavor del acreedor.

 Dar es distinto de entregar . (artículo 1548: laobligación de dar contiene la de entregar).En doctrina; la obligación de entregar es un aobligación de hacer  

Obligación de hacer 

Obligación de no hacer 

La obligación de hacer es aquella en que eldeudor se obliga a realizar de un hechocualquiera, material o jurídico. 

Consiste en que el deudor debe abstenerse deefectuar de un hecho que, de no existir laobligación lo podría realizar 

Page 9: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 9/41

9

 Importancia de obligaciones de dar, hacer y no hacer 

Si la obligación es de hacer o no hacer, la acción será siempre mueble. Art. 581Si la obligación es de dar será mueble o inmueble según lo sea la cosa en que ha de ejercerse o que se deba. Art. 580

I ndemnización de perju icios.

Obligaciones de dar y hacer, es preciso que el deudor este en mora para que el acreedor pueda reclamar.

Obligaciones de no hacer se deben los perjuicios desde que se contravienen.

El procedimiento de juicio ejecutivo para obtener cumplimiento forzado esta sujeto a reglas diferentes 

Modo de extinguir

Perdida de la cosa debida solo se aplica a las obligaciones de dar.En las obligaciones de hacer es la imposibilidad absoluta para la ejecución actual de la obra debida.

Incumplimiento en contratos bilaterales

Obligación de dar, el contratante cumplidor no puede demandar derechamente el pago de indemnización de perjuicios, ya que ella es accesoria a las acciones de cumplimiento o de resolución de contrato. Art. 1489.O en conjunto falta de incumplimiento mas la indemnización de perjuiciosObligación de no hacer, el acreedor puede demandar directamente la indemnización.

Page 10: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 10/41

10

Obligaciones con pluralidad de objeto

Obligaciones

con pluralidadde objeto

Obligaciones desimple objeto

múltiple 

Obligaciones

alternativas 

Concepto

Efectos

Obligaciones

facultativas 

Artículo 1499. “Obligación alternativa es

aquella por la cual se deben varias cosas, detal manera que la ejecución de una de ellas,exonera de la ejecución de las otras”. 

Artículo 1505. “Obligación facultativa es la

que tiene por objeto una cosa determinada, pero concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que sedesigna”. 

Concepto

Efectos

• Qué se demanda. El acreedor no puede demandar sino la cosa debida, pues se debe solo una cosa.• Caso fortuito. Extingue la obligación: “si dicha

cosa perece sin culpa del deudor y antes de haberseéste constituido en mora, no tiene derecho para

 pedir cosa alguna” 

• El deudor cumple su obligación pagando totalmente alguna delas cosas alternativamente debidas.• El acreedor no puede demandar el pago con una cosadeterminada, a menos que la elección sea suya.

• Si perece alguna cosa, subsiste la obligación en las restantes.• Habiendo pluralidad, la elección es de consuno.• La obligación será mueble o inmueble según el objeto debido.• La elección corresponde al deudor, a menos de estipularse

lo contrario.

Page 11: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 11/41

11

Obligaciones de especie o cuerpo cierto y de género

Obligaciones

de especie ocuerpo cierto y

de género

Obligaciones de

especie o cuerpo cierto 

Obligaciones de

género 

ConceptoAquellas en que la cosa debida esta perfectamente

especificada o individualizada. Se debe a unindividuo determinado de un genero determinado

Efectos

• Obligación de conservar la cosa. Artículo 1548.• Obligación de emplear el debido cuidado.Artículo 1549.• Pérdida de la cosa debida en las obligaciones deespecie o cuerpo cierto: (1) El caso fortuito 

extingue la obligación. (2) La culpa sólo hacevariar el objeto, por la indemnización de perjuicios. Artículo 1670.

Concepto

Son aquellas en que se debeindeterminadamente un individuo de una

clase o género determinado.

Efectos

• El acreedor no puede pedir determinadamente un

individuo del género debido.• El deudor cumple la obligación, “entregando cualquier 

individuo del género, con tal que sea de una calidad a lomenos mediana” (artículo 1509). • El deudor puede destruir o enajenar las cosas genéricas,sin que el acreedor pueda oponerse a ello, “mientras

subsistan otras para el cumplimiento de lo que debe”

(artículo 1510).• La pérdida de algunas cosas del género no extingue laobligación. El género no perece.

Page 12: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 12/41

12

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Concepto

I. Obligacionessimplementeconjuntas o

mancomunadas

características

Son aquellos que existiendo pluralidad de acreedores o de deudores yrecayendo sobre una cosa divisible, cada acreedor solo puede exigir su

cuota a cada deudor, que solo esta obligado a la suya. De manera que

cada acreedor solo es titular de su cuota en el crédito; y cada deudor es

obligado únicamente a pagar la cuota que le corresponde.

Elementos; pluralidad de sujetos, un solo titulo, unidad de prestación,

prestación divisible.

• Constituyen la regla general. Art 1511 y 1526

• Pluralidad de prestaciones y de vinculos•Debe recaer sobre un objeto divisible.• La regla general es que la división se haga en partes viriles.EXCEPCIÓN. proporcionalidad (fallecimiento del acreedor o deudor 

dejando varios herederos, artículo 1354).• 

Efectos

• Cada acreedor puede cobrar su cuota; cada deudor se obliga a la suya. 1511 y 1526.•La extinción de la obligación respecto de un deudor no extingue la obligación respecto de los otros.•La cuota del deudor insolvente no grava a los demás, al igual que en los herederos.

•La interrupción de la prescripción que opera a favor de un acreedor no favorece a los otros acreedores.•Si se declara la nulidad de la obligación respecto de uno de los obligados, este efecto no alcanza a losotros, porque la nulidad es de efecto relativo.•La mora de un deudor, no coloca en mora a los otros.•Si uno de los deudores incumple y se genera responsabilidad contractual (indemnización de perjuicios)esta solo afecta al incumplidor.•La prórroga de la jurisdicción que opere a favor de uno de los deudores no afecta a los demás.•En contrato bilateral, varios acreedores, el contratante cumplidor, puede pedir por sí solo, sin ponersede acuerdo con los demás, la resolución del contrato bilateral de objeto único.

Page 13: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 13/41

13

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Concepto

II. Obligacionessolidarias

Requisitoso

elementos

Son aquellas en que debiéndose un objeto divisible y habiendo pluralidad

de acreedores o de deudores, o pluralidad de ambos, cada acreedor puede

exigir la totalidad de la obligación a cualquiera de los codeudores y cada

deudor está obligado a la totalidad de la deuda, de modo que cumplida así 

la obligación ella se extingue. Art. 1511

ClasificaciónSolidaridad activa

Solidaridad pasiva

• Pluralidad de acreedores o de deudores o de ambos.• la cosa debida debe ser divisible.• Unidad de la prestación, la cosa debida debe ser la misma.• Fuente de la solidaridad (ley, contrato, convención)

Efectos • El pago hecho por un deudor extingue la obligación respecto de todos.• El cobro hecho por un acreedor extingue la obligación respecto de todos.

Fuentes

Ley

Convención

Testamento

Solidaridad mixta

Page 14: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 14/41

14

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Concepto

Solidaridadactiva Fundamento

Se caracteriza porque junto con existir varios acreedores de unaobligación divisible, cualquiera de ellos puede exigir su pagototal, de manera que, cumplida en esa forma, se extingue laobligación.

Efectos

Relaciones

externas; Efectosentre los

acreedores y eldeudor 

Relaciones

internas; Efectosentre los

coacreedores

• Teoría romana: cada acreedor es reputado dueño exclusivo del crédito.•  Teoría francesa o del mandato tácito o recíproco; cada acreedor esdueño solo de su cuota y respecto de las otras actúa como mandatario de losdemás acreedores.

• Cada acreedor puede demandar el total de la obligación.• El deudor puede hacer pago a cualquiera de losacreedores, a menos que estuviese demandado.• El pago hecho extingue la obligación, respecto de todos.• Los demás modos de extinguir las obligaciones laextinguen del mismo modo que el pago.• La interrupción de la prescripción natural o civil queaprovecha a un acreedor solidario beneficia a los otros.•Las medidas precautorias a favor de un acreedor favorecen a los otros.•La sentencia entre deudor y acreedor produce cosa

 juzgada respecto de los demás.

Cada uno de los otros acreedores no podrá reclamar al que recibió el pagosino la porción que le corresponde, a prorrata de su cuota; pues lasolidaridad sólo existe entre los acreedores solidarios y el deudor.Si obtuvo sólo una parte parcial del crédito deberá reembolsar a cada uno

la parte correspondiente.

Elementos•Pluralidad de

acreedores.

•Cualquier acreedor 

puede demandar la

totalidad de la

obligación.

•Extinguida la

obligación por unacreedor se extingue

respecto de todos.

Page 15: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 15/41

15

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Concepto

Solidaridadpasiva

Importancia

Es aquella que recayendo sobre una cosa divisible y en que hayvarios los deudores, el acreedor puede demandar la totalidad de sucrédito a cualquiera de los deudores, extinguiéndose la obligaciónrespecto de todos.,

Efectos

Relacionesexternas (deudor yvarios acreedores)

Relacionesinternas (soloacreedores)

1. Es una garantía para el acreedor en cuanto puede dirigir su acción en contra eldeudor que le parezca más solvente.(mejor que la fianza no opera el beneficio deexcusión, ni de división).

2. Tiene mucha aplicación en derecho mercantil. Ej. Letra de cambio.3. Presenta todos los caracteres que hemos visto para la solidaridad. Fuente: laley, testamento, la convención.4. Se sigue la teoría francesa o del mandato tácito recíproco.

Obli gación a la deuda 

Contr ibución a la deuda 

Page 16: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 16/41

16

Obligaciones con pluralidad de sujetos

SOLIDARIDAD

PASIVA

Relaciones

externas; relaciones del

acreedor con losdeudores

A) El acreedor puede demandar a todos conjuntamente o a cualquiera de ellos por el total de ladeuda sin poder oponer el beneficio de división.•Si el juicio se sigue en contra de un deudor no se puede embargar bienes a otro.

•El hecho de demandar a un codeudor no significa que no se pueda demandar a otro en juicioaparte

B) El pago hecho por un deudor extingue la obligación respecto de todos, sin perjuicio derelaciones internas.

C) Si el acreedor demanda a un deudor y no obtiene el pago total, podrá dirigirse a cualquiera delos otros por el saldo.

D) El titulo ejecutivo contra el deudor principal, lo es también contra el fiador y codeudor solidario.E) La sentencia dictada en contra de un codeudor produce cosa juzgada respecto de los otros. F) I nterr upción de la prescripción . Afecta a todos.

G) Producida la mora respecto de un deudor, quedan todos en mora.

H) Pérdida de la cosa debida . Pérdida fortuita. Extingue la obligación respecto de todos. Pérdida

culpable. El pago del precio es solidario, pero la indemnización no, solo paga el culpable.I) La prórroga de la competencia respecto de un deudor, afecta a todos, fundada mandato tácito. j) Si el acreedor cede su crédito a un tercero, basta notificar a cualquiera. K  )Excepciones que puede oponer el deudor solidar io : todas las excepciones que resulten de lanaturaleza de la obligación, y además todas las personales suyas. Reales , personales , mixtas

Page 17: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 17/41

Obligaciones con pluralidad de sujetos

RELACIONES

INTERNAS,SOLIDARIDAD

PASIVA.Ajuste de cuentas

entre loscodeudores

Planteamiento

 La obligación

interesaba a todos

 La obligación

interesaba a algunos

Suerte de la cuota deldeudor insolvente

Verdadero ajuste de cuentas, pues no resulta equitativo

que uno de ellos termine soportando el gravamen, debehaber un sacrificio económico, si se extingue por  prescripción o condonación, no hay relaciones internas

Opera subrogación personal.Artículo 1522 inciso 1º.Puede dirigirse en contra losdemás pero solo por su cuota

Serán éstos responsables entre sí,según las partes o cuotas que lescorrespondan en la deuda, y los nointeresados serán considerados como

fiadores. Artículo 1522 inciso 2º.Pudiendo el fiador demandar intereses y gastos y podrándemandar por el total de la deuda

Grava a los demás, en proporción a sus cuotas

Distinciónnecesaria

Se transforma en una obligación mancomunada .

Además de una acción personal de reembolso másintereses, del mandato tácito y reciproco

Page 18: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 18/41

18

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Solidaridadpasiva.

Extinción

Renuncia de la

solidaridad

Muerte del

deudor solidario

•El acreedor puede renunciar expresa o tácitamente la solidaridadrespecto de uno de los deudores solidarios o respecto de todos.• Renuncia expresa si e hace en térmi nos formales y explíci tos. 

•Renuncia tacita ,si se acepta el pago se extingue la solidari dad respecto del que pago.. 

• Renuncia parcial . “el deudor liberado de la solidaridad solo esta

obligado a pagar su cuota o parte de la deuda. Si este no paga los demás

cargan con la deuda.

•Renuncia total . “se renuncia la solidaridad respecto de todos los

otros, cuando el acreedor consiente en la división de la deuda, seconvierte a la obligación en simplemente conjunta o mancomunada

• Situación de los herederos . No se transmite la solidaridad.Cómo se reparte la deuda . En proporción a los derechoshereditarios.

•La muerte del causante no ha extingue la solidaridad, cuando seha convenido lo contrario.

Page 19: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 19/41

19

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Art. 1524

III. Obligacionesindivisibles Clases

Art. 1524. La obligación es divisible o indivisible según tenga ono por objeto una cosa susceptible de división, sea física, seaintelectual o de cuota.

Efectos

Indivisibilidad absoluta

Indivisibilidad relativa

Indivisibilidad de pago

Caso servidumbre de tránsito

Caso construcción de una casa

Cuálesson

ClasificaciónOriginaria. Desde un comienzo pluralidad o por estipulación. Derivativa. Por un hecho posterior se transforma en obligación con pluralidad desujetos.Absoluta o natural, no es posible dividirla. servidumbre 

Relativa o de obligación. Resulta indispensable que se cumpla en forma total. De pago o convencional. Es divisible pero la partes que fuese indivisible.Activa. Varios acreedores que pueden exigir el total de la obligación al deudor.  

Page 20: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 20/41

20

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Art. 1524

Obligaciones

indivisibles

Clases

Cuálesson

Regla

Excepciones a ladivisibilidad o

indivisibilidadde pago.Art.1526

Artículo 1526. “Si la obligación no es solidaria ni indivisible, cadauno de los acreedores puede sólo exigir su cuota, y cada uno de loscodeudores es solamente obligado al pago de la suya; y la cuota deldeudor insolvente no gravará a sus codeudores”. 

• Nº1 : la acción hipotecaria o prendaría se dirige contraaquel que posee, en todo o parte, la cosa hipotecada oempeñada.

• Nº2, ; si la deuda es una especie o cuerpo cierto, aquel delos codeudores que la posee es obligado a entregarlo.

• Nº3 : acción de perjuicios contra el deudor culpable.

• Nº4 : cuando por testamento o convención entre losherederos o por partición se impone a un heredero laobligación de pagar el total de una deuda. O contra cada

uno a prorrata.

• Nº5; si se debe un terreno o una cosa indeterminada,cuya división acarrea perjuicio al acreedor, loscodeudores podrán ser obligados al pago de la cosa.

• Nº6 : obligaciones alternativas, debe hacerse de consuno.

Efectos

Page 21: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 21/41

21

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Obligaciones

indivisibles

Efectos

Principiofundamental

Efectos de laindivisibilidad

pasiva

Efectos de laindivisibilidad

activa

• relaciones externas.•Cada deudor es obligado a cumplirla en el todo.•La prescripción interrumpida respecto de uno de los deudores, lo es igualmenterespecto de los otros.•El cumplimiento de la obligación indivisible por cualquiera de los obligados, laextingue respecto de todos.

•Demandado uno de los deudores puede pedir un plazo para entenderse con losdemás codeudores, a fin de cumplir entre todos.

•Cada acreedor puede exigir el total.•El pago efectuado por el deudor a cualquier acreedor extingue la obligaciónrespecto de todos.• Ninguno de los coacreedores puede sin el consentimiento de los demás;remitir la deuda o recibir el precio de la cosa debida.•La interrupción de la prescripción por uno de los acreedores beneficia a losdemás 

Cada deudor no lo es sino de su cuota y cada acreedor no lo es sino de la suya, pero el pago es total porque

el objeto de la obligación no puede dividirse.

Relaciones internas

•Cuando el deudor paga, como la prestación es una solo laobligación se extingue respecto de todos. ( 1531)

Page 22: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 22/41

22

Obligaciones con pluralidad de sujetos

Semejanzas

Paralelo entre lasolidaridad y laindivisibilidad

Diferencias

• excepción al principio de división de las deudas cuando hay pluralidad de sujetos.

• cada acreedor puede exigir el cumplimiento tota y cada unoesta obligado a cumplir íntegramente la obligación.

• el pago hecho por un deudor extingue la obligación respectode todos. 

•La indivisibilidad el objeto es indivisible, es requisito de lasolidaridad que la cosa debida sea divisible.

•La solidaridad puede renunciarse la indivisibilidad no.

• En la obligación solidaria, cada acreedor puede exigir el pago total acualquier deudor. En la obligación indivisible el deudor puede pedir  plazo para entenderse con sus codeudores.

•La solidaridad no se trasmite a los herederos, la indivisibilidad sí. 

Page 23: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 23/41

23

Obligaciones sujetas a modalidad 

Qué sonlas modalidades

Obligacionessujetas amodalidad

Clases

Características

Son elementos accidentales, que se agregan mediante cláusulas

especiales. Elemento esencial en la promesa.Son excepcionales, la regla general es que los actos sean puros ysimples.

Condición, plazo, modo

Solidaridad pasiva, representación

Las modalidades

no se presumen 

Todos los actosadmiten

generalmentemodalidades 

Excepciones en que la ley suele

entenderlas:• Artículo 1489 inciso 1º. (condiciónresolutoria tácita)

• Artículo 1813 (compraventa de cosas queno existen, pero se espera que existan)• Artículo 2200 (mutuo, plazo de 10 días

 para el pago)

Excepciones en que no se admiten:

• Artículo 102 (matrimonio)• Artículo 1192 (legítima rigorosa)• Artículo 1227 (no se puede aceptar o repudiar condicionalmente)

Elementoaccidental (1444) 

Fuente; testamento, convención, leySentencia judicial No es fuente demodalidades, salvo que la ley lo autoriceexpresamente Art. 904 que faculta al

 juez para fijar plazo al poseedor vencido para la restitución de la cosareivindicada.

Page 24: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 24/41

24

Obligaciones condicionales

Disposiciones

aplicables Obligacionescondicionales

Clases

Condición expresa y tácita

Condición positiva y negativa

Condición determinada e indeterminada

Artículo 1473. Es obligación condicional la que depende de

una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puedesuceder o no.

• Obligaciones condicionales: Título IV, Libro IV.• Asignaciones testamentarias condicionales: párrafo 2º,

Título IV, Libro III.

Hecho futuro e incierto de que depende el nacimiento o laextinción de un derecho.

Condición posibles e imposibles; lícitas e ilícitas 

Condición potestativas, casuales y mixtas

Condición suspensivas y resolutorias 

Concepto

Page 25: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 25/41

25

Clases de obligaciones condicionales

Clases

Condición expresa y tácita

Condición positiva y negativa

Condición determinada e indeterminada

• Condición expresa es aquella establecida en virtud de una cláusula explícita y formal• Condición tácita es aquella que se subentiende sin necesidad de una declaración devoluntad explicita. Ejemplo condición resolutoria tácita. Art. 1489. 

Artículo 1474. “La condición es positiva o negativa. La positiva consiste en acontecer una cosa; la negativa, en que una cosa no acontezca”.

Positiva, debe ser física y moralmente posible, es físicamente imposible la contraria alas leyes, buenas costumbres o el orden público. Imposibles términos inteligibles

• Condición determinada, si se sabe cuándo ha de suceder, época prefijada.• Condición indeterminada, si se ignora si el hecho ha de ocurrir y cuándo, no sefija época. Caducidad de las condiciones 10 años tiempo máximo establecido por elcódigo para dar estabilidad a las situaciones jurídicas.

Page 26: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 26/41

26

Clases de obligaciones condicionales

Clases

Condición posibles e imposibles; lícitas e ilícitas 

Condición potestativa, casual y mixta

Artículo 1475. “La condición positiva debe ser física y moralmente posible.

Es físicamente imposible la que es contraria a las leyes de la naturaleza física; y moralmenteimposible la que consiste en un hecho prohibido por las leyes, o es opuesta a las buenascostumbres o al orden público.Se mirarán también como imposibles las que están concebidas en términos ininteligibles”.

Artículo 1476. “Si la condición es negativa de una cosa físicamente imposible, la obligación

es pura y simple; si consiste en que el acreedor se abstenga de un hecho inmoral o prohibido,vicia la disposición”.

Artículo 1477. “Se llama condición potestativa la que depende de la voluntad del acreedor o deldeudor; casual la que depende de la voluntad de un tercero o de un acaso; mixta la que en partedepende de la voluntad del acreedor y en parte de la voluntad de un tercero o de un acaso”. 

Condiciones simplemente potestativa y puramente potestativa. Artículo 1478. “Son nulas

las obligaciones contraídas bajo una condición potestativa que consista en la mera

voluntad de la persona que se obliga.

Si la condición consiste en un hecho voluntario de cualquiera de las partes, valdrá”. 

Page 27: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 27/41

27

Clases de obligaciones condicionales

Condición

Condición potestativa

Condición casual

Condición mixta

Condición

simplementepotestativa

Condición

puramente omeramente

potestativa

la que depende de la

voluntad del acreedor 

o del deudor  

la que depende de la

voluntad de un tercero o de

un acaso 

la que en parte depende de

la voluntad del acreedor y

en parte de la voluntad de

un tercero o de un acaso 

depende de un hecho voluntario de una de las partes

(Si vas conmigo a Europa, te pago el pasaje) 

depende de la

 sola voluntad de

una de las partes NO VALE la que depende de sola

voluntad del deudor (artículo 1478)

Es el “me obligo si quiero” (no es serio) 

del deudor 

del acreedor  

del deudor 

del acreedor  

Page 28: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 28/41

28

Obligaciones bajo condición suspensiva

Fallida 

Obligación

bajo condiciónsuspensiva

Cumplida

Pendiente

Cómo operala condición 

Opera retroactivamente, una vez cumplida, los efectos se retrotraenal momento en que dicho acto se celebro.

Excepciones • Frutos. Artículo 1488.• Enajenaciones. Artículos 1490 y 1491.

 Artículo 1479. “La condición

se llama suspensiva si,mientras no se cumple,

suspende la adquisición de un

derecho; y resolutoria,

cuando por su cumplimiento

se extingue un derecho”. 

Se reputa haber fallado la condición positiva o haberse cumplido lanegativa, cuando ha llegado a ser cierto que no sucederá elacontecimiento contemplado en ella o cuando ha expirado el tiempodentro del cual el acontecimiento ha debido verificarse y no se haverificado.

Significa que aún no corre, pero puede ocurrir, el hecho que laconstituya

Si es positiva, se cumple cuando se verifica el hecho que laconstituye.Si es negativa determinada el hecho se cumple cuando expira el plazo dentro del cual no debía realizarse. Indeterminada habría queesperar 10 años

Page 29: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 29/41

29

Obligaciones bajo condición resolutoria

Obligaciónbajo condición

resolutoria

CONDICIONRESOLUTORIA

ORDINARIA

CONDICIONRESOLUTORIA

TACITA

PACTOCOMISORIO

PACTO COMISORIOSIMPLE

PACTO COMISORIOCALIFICADO

Page 30: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 30/41

30

Obligaciones bajo condición resolutoria

CONDICIONRESOLUTORIA

ORDINARIA

Concepto  Es un hecho futuro e incierto, que no sea el incumplimientode una obligación contraída, de que dependa la extinción deun derecho y la correlativa obligación

Pendiente

Efectos igual si fuera pero y simple.El deudor tiene la obligación de cuidar la cosa yConservarla como buen padre de familiaEl acreedor solicitar medidas conservativas

Fallida

El derecho del deudor se consolida tiene la obligaciónde cuidar la cosa y pasa a ser dueño puro y simple delos actos mientras estuvo pendiente la condición.Si habían medidas conservativas estas se extinguen

CumplidaQuien adquirió los derechos se extinguenEl deudor condicional debe restituir lo que recibió sujeto a esa condición.

Los actos de administración que pueda haber realizado el deudor caducany se extinguen. Ejemplo; materia de arrendamiento.

Como opera; de pleno derecho No requiere de declaración judicialSi hay pleito tribunal solo constataLa condición que operó.

Page 31: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 31/41

31

Obligaciones bajo condición resolutoria

CONDICION

RESOLUTORIATACITA

Concepto 

Ámbito de aplicación

Consiste en no cumplirse lo pactado, de tal modo que elhecho futuro e incierto es el incumplimiento de laobligación.

Artículo 1489. “En los contratos bilaterales va envuelta

la condición resolutoria de no cumplirse por uno de loscontratantes lo pactado”. Es tácita porque se

subentiende.Texto legal

Regla. En los contratos bilaterales 

Excepción. En los contratosunilaterales (comodato, artículo2177 y prenda, artículo 2396).

Requisitos

• Incumplimiento contractual. Basta cualquier magnitud de incumplimiento. (?)• Que el deudor esté constituido en mora.• Que el otro contratante haya cumplido por su parte oesté llano a cumplir.

Efectos

•  No opera de pleno derecho (Artículo 1489 inciso 2º).• Se requiere de demanda judicial.• El juez no puede señalar plazo para el cumplimiento.• Desde que la sentencia se encuentre firme o ejecutoriada elcontrato queda resuelto.

Page 32: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 32/41

32

Obligaciones bajo condición resolutoria

Obligaciónbajo condición

resolutoria

CONDICIONRESOLUTORIA

ORDINARIA

CONDICIONRESOLUTORIA

TACITA

PACTOCOMISORIO

Concepto 

Es la condición de no cumplirse por unade las partes lo pactado, expresamenteestipulada.

Clases 

Pactocomisorio

simple

Pactocomisoriocalificado

Es aquel en que lisa y llanamente seestipula que se resolverá el contrato,en caso de no cumplirse lo pactado.

Efectos. Los mismos que lacondición resolutoria tácita. Noopera de pleno derecho.

Es aquel en que se estipula que seresolverá ipso facto el contrato, encaso de no cumplirse lo pactado.

•Regulación en compraventa. Sinembargo, de aplicación general.• No opera de pleno derecho.•El deudor puede enervar la acción

 pagando.•Plazo de 24 horas irrenunciable (dudoso).

• Es válido en los demás contratos, dondeopera de pleno derecho

Page 33: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 33/41

33

Obligaciones bajo condición resolutoria

Obligaciónbajo condición

resolutoria

CONDICIONRESOLUTORIA

ORDINARIA

CONDICIONRESOLUTORIA

TACITA

PACTOCOMISORIO

PACTO COMISORIOSIMPLE

PACTO COMISORIOCALIFICADO

No opera de pleno derecho 

Síopera de pleno derecho 

Page 34: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 34/41

34

ENTRELAS PARTES

EFECTOS DE

LA CONDICIONRESOLUTORIACUMPLIDA

Restitución

de la cosa

RESPECTODE TERCEROS

De buena fe 

De mala fe 

 No los afecta

 Frutos

 Enajenaciones respecto de

terceros de buena fe

Ar t. 1490. Si el que debe una cosamueble a plazo, o bajo condiciónsuspensiva o resolutoria, la enajena, nohabrá derecho de reivindicarla contra

terceros poseedores de buena fe.

Ar t. 1491 . Si el que debe un inmueble bajo condición lo enajena, o lo grava conhipoteca, censo o servidumbre, no podráresolverse la enajenación o gravamen,sino cuando la condición constaba en eltítulo respectivo, inscrito u otorgado por escritura pública.

Excepciones

 Efectos de la condición resolutoria cumplida

FECHA DE LAOBLIGACIÓN

SE VERIFICA LACONDICIÓN

Tener presente paralelocon nulidad, donde no sedistingue la buena o mala

fe de los terceros

Page 35: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 35/41

35

 La acción resolutoria

La acciónresolutoria

Concepto

Características

Prescripción

Es aquella que nace de la condición resolutoria tácitay del pacto comisorio, para pedir la resolución delcontrato por incumplimiento de las obligacionescontraídas.

• La acción resolutoria es una acción personal.• La acción resolutoria y las acciones reales contra los terceros

deben entablarse en un mismo juicio.• La acción resolutoria es renunciable.• La acción resolutoria es mueble o inmueble.• La acción resolutoria es indivisible (no se puede pedir simultáneamente cumplimiento forzoso y resolución)

 El plazo prefijado

 por las partes

Siempre que no exceda

de cuatro años desde la

 fecha del contrato

Excepción : pactocomisorio (artículo 1880)

Regla : cinco años (artículo 2515)

Page 36: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 36/41

36

Obligaciones a plazo

Disposiciones

aplicables 

Obligacionesa plazo

Clases

Plazo expreso y plazo tácito 

Plazo fatal y no fatal 

Plazo determinado e indeterminado

Artículo 1494. El plazo es la época que se fija para el

cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o tácito. Estácito el indispensable para cumplirlo. 

• Obligaciones a plazo: Título V, Libro IV.

• Asignaciones a plazo, Libro III.

Es el hecho futuro y cierto del cual depende el ejercicio o laextinción de un derecho.

Plazo voluntario, legal y judicial 

Plazo suspensivo y plazo extintivo 

Concepto

Page 37: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 37/41

37

Obligaciones a plazo

Clases

Plazo expreso y plazo tácito 

Plazo fatal y no fatal 

Plazo determinado e indeterminado

Plazo voluntario, legal y judicial 

Plazo suspensivo y plazo extintivo 

Plazo expreso. Es el que se establece en términos formales y explí citos.Plazo tácito. Artí culo 1494. “Es tácito el indispensable para cumplirlo”.

Plazo fatal es aquel cuyo transcurso extingue el derecho por el ministerio de la ley.

El plazo es siempre cierto, porque dice relación con la posibilidad de realización.La determinación apunta al conocimiento que se tenga de la época de su verificación.

Plazo voluntario.Plazo legal. Artículo 2200.Plazo judicial. Artículos 904, 378, 1792-21.

Page 38: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 38/41

38

Obligaciones bajo plazo suspensivo

Obligación

bajo plazosuspensivo

Cumplido

Pendiente

• El acreedor no puede exigir el cumplimiento de la obligación.Artículo 1496. “El pago de la obligación no puede exigirse antes de

expirar el plazo”. • El deudor está autorizado para rehusar su cumplimiento.• No corre la prescripción.• No procede la compensación, pues no son actualmente exigibles.

El plazosuspensivo posterga elejercicio del

derecho, no suexistencia 

• La obligación se torna exigible, con todas las consecuenciasarriba indicadas.• El vencimiento del plazo puede constituir en mora al deudor que retarda su cumplimiento más allá del término estipulado(artículo 1551, Nº 1 y 2).

Page 39: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 39/41

39

 Extinción del plazo

Extinción delplazo

Vencimiento

Renuncia

Caducidad

Siendo un beneficio para el deudor,

éste puede renunciarlo 

 Limitaciones

• Cuando se ha prohibido expresamente por leyo por las partes• Cuando de la renuncia se persiga un perjuicio

 para el acreedor. Depósito, artículo 2200.

Caducidad del plazo

 por quiebra o

insolvencia del 

deudor.

Caducidad del plazo

 por extinción o

disminución de las

cauciones.

Artículo 1496. El pago de laobligación no puede exigirse antes de

expirar el plazo, si no es:1.- Al deudor constituido en quiebra o

que se halla en notoria insolvencia;2.- Al deudor cuyas cauciones, por 

hecho o culpa suya, se han extinguido ohan disminuido considerablemente de

valor. Pero en este caso el deudor podráreclamar el beneficio del plazo,

renovando o mejorando las cauciones.

Cláusula de aceleración

Page 40: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 40/41

40

Cláusula de aceleración

Cláusula deaceleración

Según la Corte Suprema, es el “pacto en que las partes convienen anticipar el cumplimiento

de una obligación que se ha diferido en el tiempo, cuando el deudor incurre en alguna de lassituaciones fácticas previamente acordadas, generando la caducidad del plazo que el deudor 

tenía para satisfacer la deuda, lo que implica que la obligación en ese momento se haceexigible y el acreedor queda facultado para ejercer las acciones que el ordenamiento jurídico

le confiere para obtener el pago de su acreencia” 

Clasificación

IMPERATIVA. El no pago de una cuota hará exigible el total de

la deuda, la que se considerará de plazo vencido.

FACULTATIVA. El no pago de una cuota podrá hacer exigible eltotal de la deuda, la que se considerará de plazo vencido.

Problema encaso de letra de

cambio ypagaré

 Basta el incumplimiento para que haya aceleración 

 No basta el incumplimiento para que haya

aceleración, se requiere demanda legalmente

notificada 

El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra losobligados al pago es de un año. contado desde el día del vencimiento deldocumento, lo que hace complicado el ejercicio de la acción facultativatranscurrido el plazo indicado (Ley 18.092)

Page 41: (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

7/15/2019 (005) Obligaciones (1) Parte general y clasificación

http://slidepdf.com/reader/full/005-obligaciones-1-parte-general-y-clasificacion-56328037494cb 41/41

Obligaciones modales

Modo y condición

suspensiva 

Obligacionesmodales

La cláusula resolutoria 

Propósito, finalidad u objetivo de una institución hereditaria, de

un legado, de una donación o de un contrato; como cargaaccesoria de la obligación o de una liberalidad, cuyocumplimiento puede exigirse. Se contrapone a condición. 

Obligación modal es la afecta a un modo, o sea, la que imponeal deudor la ejecución de ciertas obras o la sujeción a ciertascargas.

Concepto

Modo : “PARA” ejecutar ciertas obras o cargas.

Condición : “SI” ejecuta ciertas obras o cargas.

Artículo 1090. “En las asignaciones modales se

llama cláusula resolutoria la que impone laobligación de restituir la cosa y los frutos, si nose cumple el modo. No se entenderá que envuelven cláusularesolutoria cuando el testador no la expresa”.