0013a leccion13a etpe addpb1 101010

1
PAPELES DE DERECHO ROMANO Juan Freixas–Pujadas LECCION 13. A/ 1 LECCIÓN 13 Recordatorio: Ver el material que figura en “Varia”: Criterios para la organización de las Lecciones 4, 6, 9, 11, 13. A 13. A. 1 Información complementaria CARÁCTER. JUSTINIANO Y SU OBRA A) CARÁCTER DE ESTA NUEVA ÉPOCA • Nos hallamos en la última época del Derecho romano. Momento de recopilación y transmisión. Momento que no es propiamente romano y desde el que se inicia el punto de transición hacia la llamada transmisión y continuidad del Derecho romano • Nueva forma de organización política imperial: el Imperio Bizantino (también conocido como época justinianea) - Ambito temporal: desde el año 527 d.C al año 565 d.C (s. VI); en total ± 38 años. - Ambito territorial: el Imperio romano de Oriente. En este período histórico el centro del Imperio Romano se ha trasladado a la ciudad de Constantinopla (mas tarde llamada Bizancio; considerada curiosamente por algunos estudiosos como la "2ª Roma"; actualmente Estambul) B) LA PERSONALIDAD DEL EMPERADOR JUSTINIANO Justiniano era un emperador romano, no era un obispo. Nace en una provincia romana periférica, en Oriente, concretamente en el año 482, en la pequeña población de Tauresium, próxima a la actual ciudad de Skoplje en la antigua Yugoslavia, es decir en los confines occidentales del Imperio de Oridente. De origen modesto. Su traslado a Constantinopla debió seguir a la llamada de un tío suyo, un general del ejército que en el año 518 llegaría a ser el emperador Justino I. A la muerte de Justino I, en el año 527, Justiniano le sucede en el poder. Su esposa era la famosa Teodora (una actriz de pasado muy oscuro). Permaneció como emperador hasta el año 565, fecha en la que le sobrevino la muerte. C) La obra política de Justiniano • Justiniano se dice intermediario entre Dios y los hombres. Adopta medidas enérgicas contra los paganos y contra las sectas heréticas radicales. • Promueve grandes construcciones en obras públicas (por citar un ejemplo, la Basílica de Santa Sofía). • Se pueden distinguir tres momentos: una fase expansionista; la consolidación del poder; la desaparición de sus colaboradores • Al haber nacido en Oriente entiende muy bien la mentalidad oriental. En el fondo todas sus medidas son medidas de marcado carácter religioso. D) LA GRAN OBRA JURÍDICA DEL EMPERADOR JUSTINIANO • Realiza la Compilación de todo el Derecho Romano; obra que se conoce como la 'Compilación de Justiniano y que mas tarde (¡¡a partir del s. XVI!!) se conocerá como Corpus iuris civilis (=Cuerpo del Derecho civil romano). • La importancia de Justiniano radica en haber tenido éxito al reunir de una forma que perdurara los textos de Derecho romano, en un momento en que el mundo antiguo se estaba descomponiendo. Al haber nacido en Oriente entiende muy bien la mentalidad oriental. Influye jurídicamente de una manera especial en materias como el matrimonio, el divorcio, el adulterio y la situación jurídica de la mujer; en el fondo todas sus iniciativas presentan un marcado carácter religioso. • La Compilación, realizada en Oriente, se extiende en el año 544 a la Italia reconquistada (Occidente) a través de la Pragmatica sanctio pro petitione Vigilii.(=pragmática sanción que, a petición del Papa Vigilio, extiende la aplicación de la compilación hacia Occidente). En este sentido, recuerde que el eunuco Narses, que sustituyó a Belisario, terminó la obra de su antecesor, y entregando toda Italia al Imperio de Oriente, recibiendo con el título de Exarca (=gobernador de las provincias que los emperadores romanos de Oriente tenían en Italia, con residencia en Rábena como capital del exarcado), el mando de esos paises. • Insistimos una vez más en que la obra compiladora de Justiniano no recibió desde un principio el nombre de "Corpus iuris civilis". La mayoría de los autores romanistas creen como mas probable que la primera edición completa de la obra de Justiniano con la nueva denominación (Corpus iuris civilis) fuera la editada por DIONISIO GODOFREDO, en Ginebra en el año 1583 (o sea, finales del s.XVI). Será en el s. XVII cuando al ser de aplicación dos grandes ordenamientos jurídicos distintos, el Derecho civil y el Derecho canónico, para distinguirlos, se habla de "Corpus iuris civilis" frente al "Corpus iuris canonici".

Upload: gongading

Post on 06-Dec-2015

217 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

iiii

TRANSCRIPT

Page 1: 0013A Leccion13A ETPE AddPB1 101010

PAPELES DE DERECHO ROMANO Juan Freixas–Pujadas LECCION 13. A/ 1 LECCIÓN 13

Recordatorio: Ver el material que figura en “Varia”: Criterios para la organización de las Lecciones 4, 6, 9, 11, 13. A

13. A. 1 Información complementaria

CARÁCTER. JUSTINIANO Y SU OBRA

A) CARÁCTER DE ESTA NUEVA ÉPOCA • Nos hallamos en la última época del Derecho romano. Momento de recopilación y transmisión. Momento que no es propiamente romano y desde el que se inicia el punto de transición hacia la llamada transmisión y continuidad del Derecho romano • Nueva forma de organización política imperial: el Imperio Bizantino (también conocido como época justinianea) - Ambito temporal: desde el año 527 d.C al año 565 d.C (s. VI); en total ± 38 años. - Ambito territorial: el Imperio romano de Oriente. En este período histórico el centro del Imperio Romano se ha trasladado a la ciudad de Constantinopla (mas tarde llamada Bizancio; considerada curiosamente por algunos estudiosos como la "2ª Roma"; actualmente Estambul) B) LA PERSONALIDAD DEL EMPERADOR JUSTINIANO Justiniano era un emperador romano, no era un obispo. Nace en una provincia romana periférica, en Oriente, concretamente en el año 482, en la pequeña población de Tauresium, próxima a la actual ciudad de Skoplje en la antigua Yugoslavia, es decir en los confines occidentales del Imperio de Oridente. De origen modesto. Su traslado a Constantinopla debió seguir a la llamada de un tío suyo, un general del ejército que en el año 518 llegaría a ser el emperador Justino I. A la muerte de Justino I, en el año 527, Justiniano le sucede en el poder. Su esposa era la famosa Teodora (una actriz de pasado muy oscuro). Permaneció como emperador hasta el año 565, fecha en la que le sobrevino la muerte. C) La obra política de Justiniano • Justiniano se dice intermediario entre Dios y los hombres. Adopta medidas enérgicas contra los paganos y contra las sectas heréticas radicales. • Promueve grandes construcciones en obras públicas (por citar un ejemplo, la Basílica de Santa Sofía). • Se pueden distinguir tres momentos: una fase expansionista; la consolidación del poder; la desaparición de sus colaboradores • Al haber nacido en Oriente entiende muy bien la mentalidad oriental. En el fondo todas sus medidas son medidas de marcado carácter religioso. D) LA GRAN OBRA JURÍDICA DEL EMPERADOR JUSTINIANO • Realiza la Compilación de todo el Derecho Romano; obra que se conoce como la 'Compilación de Justiniano y que mas tarde (¡¡a partir del s. XVI!!) se conocerá como Corpus iuris civilis (=Cuerpo del Derecho civil romano). • La importancia de Justiniano radica en haber tenido éxito al reunir de una forma que perdurara los textos de Derecho romano, en un momento en que el mundo antiguo se estaba descomponiendo. Al haber nacido en Oriente entiende muy bien la mentalidad oriental. Influye jurídicamente de una manera especial en materias como el matrimonio, el divorcio, el adulterio y la situación jurídica de la mujer; en el fondo todas sus iniciativas presentan un marcado carácter religioso. • La Compilación, realizada en Oriente, se extiende en el año 544 a la Italia reconquistada (Occidente) a través de la Pragmatica sanctio pro petitione Vigilii.(=pragmática sanción que, a petición del Papa Vigilio, extiende la aplicación de la compilación hacia Occidente). En este sentido, recuerde que el eunuco Narses, que sustituyó a Belisario, terminó la obra de su antecesor, y entregando toda Italia al Imperio de Oriente, recibiendo con el título de Exarca (=gobernador de las provincias que los emperadores romanos de Oriente tenían en Italia, con residencia en Rábena como capital del exarcado), el mando de esos paises. • Insistimos una vez más en que la obra compiladora de Justiniano no recibió desde un principio el nombre de "Corpus iuris civilis". La mayoría de los autores romanistas creen como mas probable que la primera edición completa de la obra de Justiniano con la nueva denominación (Corpus iuris civilis) fuera la editada por DIONISIO GODOFREDO, en Ginebra en el año 1583 (o sea, finales del s.XVI). Será en el s. XVII cuando al ser de aplicación dos grandes ordenamientos jurídicos distintos, el Derecho civil y el Derecho canónico, para distinguirlos, se habla de "Corpus iuris civilis" frente al "Corpus iuris canonici".