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MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA FE TÍTULO PRELIMINAR. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES. TÍTULO I. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo I. Naturaleza e Instalaciones. Capitulo II. Admisiones y Matrícula. Capítulo III. Mobiliario y material de la Institución. Capítulo IV. Servicios educativos. TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO, DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Capítulo I. Órganos colegiados de gobierno de la Institución. Capítulo II. Órganos unipersonales de gobierno. Capítulo III. Instancias de participación de la comunidad educativa. TÍTULO III. PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN Capítulo I. Personal docente. Capítulo II. Personal de administración y servicios. TÍTULO IV. LOS ESTUDIANTES. Capítulo I. Perfil del estudiante. Capítulo II. De los derechos de los estudiantes. Capítulo III. De los deberes de los estudiantes. Capítulo IV. De los estímulos. TÍTULO V. DE LOS PADRES Y ACUDIENTES. Capítulo I. De los padres y acudientes de los estudiantes. 1 INSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA FE Nit 890 308 838-8 Sede Central Calle 34 # 17B-41 Teléfono: 4411626 - 4422590 Fax: 4434820 Correo electrónico: [email protected] MANUAL DE CONVIVENCIA CODIGO: GDI-MAN-01 VERSIÓN: 1.0 FECHA: 11/01/2011

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MANUAL DE CONVIVENCIAINSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA FE

TÍTULO PRELIMINAR. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES.

TÍTULO I. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVACapítulo I. Naturaleza e Instalaciones.Capitulo II. Admisiones y Matrícula. Capítulo III. Mobiliario y material de la Institución.Capítulo IV. Servicios educativos.

TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO, DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVACapítulo I. Órganos colegiados de gobierno de la Institución.Capítulo II. Órganos unipersonales de gobierno.Capítulo III. Instancias de participación de la comunidad educativa.

TÍTULO III. PERSONAL DE LA INSTITUCIÓNCapítulo I. Personal docente.Capítulo II. Personal de administración y servicios.

TÍTULO IV. LOS ESTUDIANTES.Capítulo I. Perfil del estudiante.Capítulo II. De los derechos de los estudiantes.Capítulo III. De los deberes de los estudiantes.Capítulo IV. De los estímulos. TÍTULO V. DE LOS PADRES Y ACUDIENTES.Capítulo I. De los padres y acudientes de los estudiantes.

TÍTULO VI. NORMAS DE CONVIVENCIACapítulo I. Disposiciones generales.Capítulo II. Conductas inadecuadas leves.Capítulo III. Conductas inadecuadas graves

TÍTULO VII. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

TÍTULO VIII. CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES

TÍTULO IX. ACTIVIDADES DEL SERVICIO SOCIAL EN LA INSTITUCIÓN

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TÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES

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TÍTULO PRELIMINAR. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1. El ámbito de aplicación de este MANUAL DE CONVIVENCIA es la Institución Educativa Santa Fe.

Artículo 2. Las actividades de la Institución Educativa Santa Fe se fundamentan en los siguientes principios:1. Los consagrados en pactos y protocolos internacionales firmados por Colombia, en la

Constitución Política de 1991, Ley 115/94 y en sus decretos reglamentarios para el sector educativo, Ley 1098 de Noviembre 08 de 2006 - Ley de Infancia y la Adolescencia.

2. Respeto por la libertad de enseñanza para toda la comunidad educativa, sin que en ningún momento pueda verse coartada por ideologías sociales, políticas o religiosas, estando presidida la labor educativa por la objetividad y el respeto mutuo.

3. Fomento de la conciencia, la necesidad de autodisciplina y la voluntad de superación que permita a los estudiantes una formación humana y científica que les prepare moral e intelectualmente para su participación en la vida social y cultural de su época.

4. La inclinación permanente por las innovaciones educativas y culturales que ofrezcan las debidas garantías científicas.

5. La gestión democrática del desarrollo de la Institución mediante la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

Artículo 3. Han sido fuentes legales para la elaboración de este Manual de Convivencia:1. La Constitución Política de Colombia de 1991. 2. Declaración de los Derechos del Niño: Ley 12 de Enero 22 de 1991.3. Código de Infancia y Adolescencia: Ley 1098 de Noviembre 08 de 2006.4. Ley General de Educación: Ley 115 de 1994. 5. Decreto 1860 de Agosto 10 de 1994 y reglamentarios de la Ley 115/94.6. Nuevo Código Disciplinario Único - Ley 734 de 2002.7. Carta Universal de los Derechos Humanos de 1948.8. Carta internacional de los derechos de la niñez y la juventud.9. Decreto 230 de Febrero 2002.10. Doctrina y Jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Artículo 4. Principios filosóficos: 1. La Comunidad Educativa ha de ser pluralista, es decir, ser capaz de asumir, respetar y

enriquecerse de los aspectos culturales, vivencias y tradiciones de lo local y regional como país de múltiples manifestaciones sociales.

2. La Ciencia y la Tecnología como creación del hombre está al servicio de la sociedad para la conservación del ambiente y mejoramiento de las condiciones de la calidad de vida, sin menospreciar la esencia y la identidad del ser humano.

3. El cuidado del medio ambiente social y natural es definitivo para lograr condiciones óptimas de vida, creadas desde la Familia y complementadas en el escenario escolar.

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4. El respeto, la tolerancia, la solidaridad y la responsabilidad son la base para la Convivencia Pacífica, el ejercicio diario de los Derechos Humanos y la vida Democrática como la constante de toda sociedad pluralista.

5. Los principios morales fortalecen la vida espiritual, ayudan a mejorar los valores, nuestra calidad de vida y respeto por nuestros congéneres.

6. La construcción del Proyecto de Vida como pilar de la educación en la Institución Educativa, ha de reflejarse en su diario interactuar.

7. La Comunidad Educativa Santafesina ha de tener un sentido de pertenencia con el contexto socio-cultural de Santiago de Cali.

Artículo 5. Creencias: 1. Creemos que una buena formación en valores prepara al alumno para un ambiente

sano en la sociedad y convivir en ella pacíficamente.2. Creemos que la formación Tecnológica y Científica y el dominio del Inglés contribuyen

a que el joven tenga mayor posibilidad de ubicarse laboralmente.3. Creemos que si fomentamos las actividades socio-culturales, despertamos en los

educandos amor y admiración a nuestra ciudad, región y país.4. Creemos que si generamos espacios de participación en nuestra Comunidad

Educativa formaremos estudiantes críticos, justos y democráticos para mejorar el entorno social.

5. Creemos que si los docentes están dispuestos y comprometidos en la formación integral de los educandos, generaremos cambios en nuestra Comunidad Educativa.

6. Creemos que si los padres de familia o acudientes están dispuestos y comprometidos en la formación integral de los educandos, también generarán cambios positivos en nuestra Comunidad Educativa.

Artículo 6. Valores INSTITUCIONALES: 1. RESPETO2. TOLERANCIA3. RESPONSABILIDAD4. SOLIDARIDAD

Artículo 7. Nuestro Lema. “EDUCAMOS PARA QUE CONSTRUYAS TU PROYECTO DE VIDA”

Artículo 8. Visión. Santa Fe será una Institución líder con amplio reconocimiento nacional como generadora de proyectos de vida capaces de transformar social, económica y políticamente nuestro país. Artículo 9. Misión. Santa Fe es una Institución que educa estudiantes capaces de construir su proyecto de vida basado en la convivencia pacífica, los valores Institucionales, el conocimiento de la ciencia y la tecnología, garantizando este proceso desde Preescolar hasta la Media Técnico-Académica.

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Artículo 10. Objetivos Institucionales: 1. Fortalecer en los estudiantes los valores Institucionales: el respeto, la responsabilidad,

la solidaridad y la tolerancia, orientado hacia una formación integral, donde lo académico, técnico y espiritual sean la base para construir su proyecto de vida.

2. Crear una cultura de participación Democrática al interior de la comunidad Santafesina y en cada uno de los estamentos del Gobierno Escolar.

3. Promover el respeto a la vida, a la paz y a los demás derechos humanos, a los principios democráticos, de convivencia, de pluralismo, justicia, sociedad y equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

4. Orientar el Plan de Estudios para ofrecer una formación académica de calidad y desarrollar habilidades óptimas en lecto–escritura, a la preparación para el trabajo en las especialidades Comercial, Electricidad e Informática y en competencias laborales generales y específicas.

5. Formar para el respeto a los demás, a la conservación y mejoramiento de un entorno saludable, a elevar la calidad de vida y fortalecer la convivencia.

6. Optimizar los resultados en las Pruebas Saber e ICFES a través de diversas estrategias metodológicas.

7. Formar al estudiante a través del conocimiento y valoración de los aspectos socio-culturales de su entorno regional y nacional.

8. Formar un estudiante con principios morales para su crecimiento espiritual y respetuoso de las creencias religiosas de los demás.

Artículo 11. Objetivos del Manual de Convivencia: 1. Establecer una directriz que permita a la Comunidad Educativa tomar decisiones

acordes a la filosofía del plantel.2. Propender por la armonía de las relaciones en la comunidad educativa en pro de una

sana convivencia solidaria, participativa y democrática.3. Facilitar el normal y adecuado desarrollo del plan curricular.4. Establecer pautas de comportamiento con relación al cuidado del ambiente escolar.5. Ofrecer las garantías necesarias para el debido proceso disciplinario y académico.6. Proporcionar un instrumento pedagógico que facilite formar ciudadanos íntegros y

competentes. 7. Informar al Padre y Madre de Familia o acudiente sobre los criterios y procedimientos

para evaluar el aprendizaje, el rendimiento y el desarrollo de capacidades de los educandos, según hayan sido definidos en el P.E.I.

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TÍTULO I. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Capítulo I. Naturaleza e instalaciones.

Artículo 12. Sedes: Sede Santa Fe. La sede Santa Fe tiene en funcionamiento 13 aulas de estudio, un aula especializada tanto para Informática como para Bilingüismo y Comerciales, Sala de Audiovisuales, Biblioteca con sala de lectura y estudio, espacio para prácticas de laboratorio, sala de profesores, área administrativa, sala de Rectoría con espacio para juntas y sala de recibo, sala de Coordinación con su respectiva sala de recibo, almacén para los elementos de aseo, espacio para implementos deportivos, espacio para almacenar implementos de formación para el trabajo, almacén de papelería e insumos de secretaría, sala de atención sicológica, tienda escolar, baterías sanitarias para niños y niñas, espacio para recreación con canchas múltiples y área de zonas verdes, la cual se está ornamentando. En la jornada nocturna funcionan los cursos de capacitación a cargo del SENA mediante convenio con la Institución.

Sede Ricardo Nieto. La sede Ricardo Nieto tiene en funcionamiento 18 aulas de estudio dedicadas al preescolar y la básica primaria, sala de materiales, espacio en preescolar para la recreación de los niños y niñas, Sala de Sistemas con Internet Banda Ancha, Sala de Coordinación, Sala para reuniones de Profesores, posee el restaurante escolar auspiciado por Bienestar Familiar y el Municipio de Cali donde se favorecen mas de 600 estudiantes con los desayunos o refrigerios escolares; goza de buenos espacios para la recreación y el deporte tales como, cancha de fútbol, de microfútbol y de basquetbol, baterías sanitarias para niños y niñas, escenario para presentaciones, sala de Primeros Auxilios, Comodato. En esta sede se realizan las prácticas deportivas de la Institución; en la noche funciona la jornada nocturna de primaria y básica secundaria por ciclos.

Sede Croydon. La sede Croydon tiene en funcionamiento 5 aulas de estudio para la básica primaria, el preescolar funciona en un espacio provisional y proyectado a futura construcción, Sala de Sistemas con Internet Banda Ancha, goza de buena zona verde y frondosos árboles; se ofrecen los desayunos y refrigerios escolares pero en el momento no poseen un espacio físico para el desarrollo de esta actividad, construcción que se realizará a mediano plazo, cancha múltiple, baterías sanitarias para niños y niñas, Comodato.

Sede Bajo Palacé. La sede Bajo Palacé tiene en funcionamiento 6 aulas de estudio dedicadas al preescolar y básica primaria, Sala de Sistemas, dentro de la planta física se encuentra un aula máxima adecuada como sala de audiovisuales y práctica de danzas a nivel institucional en la jornada de la tarde. Restaurante Escolar y Biblioteca que no funciona como tal, siendo un espacio utilizado para almacenamiento de elementos, espacio para Coordinación, zonas verdes y árboles, baterías sanitarias para niños y niñas, Comodato. En la jornada nocturna funcionan cursos de capacitación a cargo del SENA mediante convenio con la Institución.

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Sede Estado de Puerto Rico. La sede Estado de Puerto Rico tiene en funcionamiento 8 aulas de estudio dedicadas al preescolar y a la básica primaria, espacio administrativo para Coordinación y Almacén, Sala de Sistemas con Internet Banda Ancha, restaurante escolar, baterías sanitarias para niños y niñas y Comodato. Espacios amplios y arborizados.

Sede Manuel Rebolledo. La sede Manuel Rebolledo tiene en funcionamiento 10 aulas de estudio dedicadas al preescolar y básica primaria, dispone de una sala de Informática, Coordinación, Sala de Profesores, cocina y baño para docentes espacio utilizado para enfermería, también tiene una Sala Tecnológica para el servicio de los estudiantes de secundaria en la modalidad de Electricidad y cursos de capacitación a la comunidad impartidos especialmente por el SENA. Espacios con jardines y preescolar que cuenta con parque para recreación de los niños y niñas, baterías sanitarias para niños y niñas, Comodato y Tienda Escolar. En la jornada nocturna funcionan cursos de capacitación a cargo del SENA mediante convenio con la Institución.

Los anteriores espacios e instalaciones físicas, están al servicio de los estudiantes y comunidad; las personas encargadas de ellos tienen establecidas las normas de utilización de dichos espacios.Artículo 13. Mediante Resolución No. 1303 de Junio 18 de 2004 se modifica la Resolución 3114 de 2003 y se establecen los niveles que corresponden a Educación Preescolar, Educación Básica, Educación Media Académica y Educación Media Técnica Especialidad Comercio.

La Institución presta también el servicio en Educación de Adultos, ciclos I, II, III y IV en la jornada nocturna, sede Ricardo Nieto.

Artículo 14. Especialidades. La Resolución de que trata el Artículo 14 autoriza para la expedición del Título de Bachiller Académico y Bachiller Técnico Especialidad Comercio una vez culminados los estudios de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional. En convenio con el SENA – Palmira se expide el Título en Documentación y Registro de Operaciones Contables y en convenio con el SENA – Centro de la Construcción el Título Electricista Instalador de Redes Internas.

Artículo 15. En la organización de los espacios de la Institución serán prioritarios los derechos de los y de las estudiantes, centro de la educación.

Artículo 16. El uso de las instalaciones e implementos de la Institución se hará de acuerdo con las siguientes normas: 1. Primará el interés general por encima del interés particular. 2. Cualquier daño será reparado por la persona o personas que lo ocasionaron, previa

investigación, respetando el debido proceso y las instancias del Gobierno Escolar si fuere necesario.

3. Se tendrán siempre presente las disposiciones legales al respecto y del Consejo Directivo, llevándose a cabo el debido proceso.

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Capítulo II. Admisiones y matrículas.

Artículo 17. Condiciones de ingreso y permanencia de los estudiantes:1. Los requisitos de ingreso en cada una de las Sedes de la Institución Educativa Santa

Fe, son los exigidos conforme a la Ley. Su permanencia se garantiza mediante la buena observación de las normas establecidas en el presente Manual.

2. El proceso de admisión de los estudiantes es responsabilidad del Comité de Admisiones conformado por cada sede y jornada, debiéndose colocar en el cronograma escolar las fechas de apertura y cierre de este proceso.

3. Para el ingreso de alumnos al grado sexto, la Institución admitirá además de los estudiantes aprobados del grado quinto (5º) de primaria de las sedes fusionadas, estudiantes que provengan de otros Centros Docentes, dando prioridad a la Comuna y con sujeción a la disponibilidad de cupos. Igualmente atenderá los rangos de edad fijados en el presente Capítulo. En cada una de las Sedes con el Comité de Admisiones se acordará anualmente el mecanismo de selección para la admisión de los estudiantes provenientes de otras instituciones y lo dará a conocer antes de iniciar el proceso.

4. La Institución atendiendo el artículo octavo (8º) del Decreto 1860 de 1994, establece los siguientes rangos de edad para los grados:

GRADOS EDADESPreescolar Desde cinco (5) añosPrimero Desde seis (6) hasta (7) siete añosSegundo Desde siete (7) hasta (8) ocho añosTercero Desde ocho (8) hasta (9) nueve añosCuarto Desde nueve (9) hasta (10) diez añosQuinto Desde diez (10) hasta (11) once añosSexto Desde once (11) hasta (12) doce añosSéptimo Desde doce (12) hasta (13) trece añosOctavo Desde trece (13) hasta (14) catorce añosNoveno Desde catorce (14) hasta (15) quince añosDécimo Desde quince (15) hasta diez y seis (16) añosOnce Desde diez y seis (16) hasta diez y siete

(17)años

5. Quienes por algún motivo se encuentren por fuera de estos rangos podrán utilizar la validación u otras formas de nivelación que brindará la Institución (Parágrafo 38, Decreto 1860). El Consejo Académico de la Institución ha elaborado la respectiva Resolución al respecto.

6. El proceso de matrícula o renovación de matrícula en la Institución, será responsabilidad de la Rectoría una vez el Consejo Directivo haya fijado las fechas y tarifas de Costos Educativos para el respectivo año lectivo, atendiendo disposiciones legales.

7. El cupo de la Institución se pierde por disposición disciplinaria y/o académica expresamente consagrada en el Manual de Convivencia o por no ser matriculado o por no ser renovada la matrícula en las fechas señaladas por la Institución.

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Artículo 18. Ningún estudiante podrá iniciar sus actividades de clase en el año lectivo sin estar debidamente matriculado o renovada su matrícula en la Secretaría Académica de la Institución.

El estudiante que aplace el grado once, deberá renovar su matrícula en las fechas señaladas por la Institución, para tomar un Plan de Superación. En todo caso el estudiante que aplace o repruebe el grado once dispondrá del año lectivo siguiente para realizar el Plan de Superación, de lo contrario reprobará y perderá el cupo en la Institución.

Artículo 19. Requisitos para la matrícula: Preescolar. Copia o Fotocopia de:1. Registro Civil de Nacimiento2. Certificación de vinculación a un sistema de Seguridad Social de conformidad con lo

establecido en la Ley 100.3. Certificados de Vacunas4. Certificado médico, auditivo y ambliopía.

PARÁGRAFO: Se recibirán para pre-jardín las niñas y niños que a la fecha de matrícula hayan cumplido los tres años, para jardín de preescolar las niñas y niños que a la fecha de matrícula hayan cumplido los 4 años y para preescolar las niñas y niños que a la fecha de matrícula hayan cumplido los 5 años.

Básica y Media. (Estudiantes Antiguos): 1. Paz y Salvo Financiero 2. Registro Civil3. Certificado de Salud que apruebe la Convivencia en Comunidad4. Constancia de Protección en Salud.5. Boletín de Calificaciones (Primaria)6. Certificados de estudios de años anteriores (si no reposan en Secretaría Académica)7. Copia del Recibo de consignación de los Costos Educativos y Servicios

Complementarios.

Básica y Media. (Estudiantes Nuevos):1. Certificados de estudios anteriores al grado que va a cursar, con paz y salvo

académico2. Registro Civil3. Certificado de Salud que apruebe la Convivencia en Comunidad4. Certificado descriptivo de convivencia (Institución de procedencia)5. Copia del Recibo de consignación de los Costos Educativos y Servicios

Complementarios.6. Fotocopia de Tarjeta de Identidad ó cédula de ciudadanía7. Certificado de Servicio Social y/o inscripción al mismo si no lo ha realizado (requisito

para ser Bachiller)

Artículo 20. Si el Padre de Familia no tiene el Certificado de vinculación a un Sistema de Seguridad Social, la Institución lo matriculará y quedará amparado por el seguro colectivo que contrata la Administración Municipal de Santiago de Cali (en caso de accidentes).

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Artículo 21. Costos Educativos. Los Costos Educativos anuales los acordará el Consejo Directivo con base en la Resolución que expida la Secretaría de Educación Municipal.

Los Costos acordados serán de obligatorio cumplimiento. Al finalizar el año, se expedirá al Padre de Familia un paz y salvo financiero, para que el estudiante pueda ser matriculado al grado siguiente.

Artículo 22. Criterios para ingreso de estudiantes en extraedad. Los estudiantes que se encuentren matriculados en la Institución Educativa Santa Fe, cuya edad sea superior a lo estipulado en el Manual de Convivencia, podrán continuar en situación de extra edad, siempre y cuando manifiesten una sana convivencia y buen rendimiento académico.

PARÁGRAFO 1. Se exceptúan los casos de estudiantes que se encuentran matriculados en 5º y se promuevan a 6º con edades mayores o iguales a 15 años, quienes deberán pasar a la nocturna.

PARÁGRAFO 2. Se analizarán los casos en los cuales los problemas sociales certificados exceptúen lo reglamentado a nivel institucional en el presente Capítulo.

Artículo 23. Criterios para ingreso de estudiantes finalizado el primer período académico:Se crea el Comité de Admisión conformado en cada sede y jornada de la siguiente manera:

Psicología (si existe) Coordinación Un docente de primaria y/o secundaria Un docente del área de comerciales en el caso de Media Técnica

Después del primer período sólo se admitirán transferencias de estudiantes del mismo calendario (B). Deben presentar los debidos soportes académicos y de convivencia de los períodos cursados.

PARÁGRAFO 1. Se permitirá analizar casos muy especiales de estudiantes que procedan de otro calendario para recibirlos previo concepto del Comité de Admisiones.

PARÁGRAFO 2. El Comité analizará los casos de los estudiantes de la Institución que por cualquier circunstancia no se matricularon antes de terminar el período. El Comité de Admisiones debe reunirse para analizar las condiciones de ingreso.

Capítulo III. Mobiliario y material de la Institución.

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Artículo 24. Reposición y reparación de daño al mobiliario y materiales de la Institución. El presente capítulo hace referencia a la reposición y reparación en caso de pérdida o daño del mobiliario que posee la Institución, equipos especializados, material de apoyo didáctico y material de consulta bibliográfica.

Cada una de las dependencias de la Institución posee mobiliario y materiales que hacen parte de las mismas, requiriendo por parte de la Comunidad Educativa un cuidado especial. Al respecto se establecen los siguientes criterios para su cuidado, reposición y reparación:

1. El estudiante que dañe o extravíe un texto de biblioteca deberá reponerlo. Hasta tanto no cumpla con lo anterior no se le expedirá el paz y salvo anual.

2. El orden, la buena presentación y el cuidado de todas las áreas de las diferentes dependencias de la Institución es deber de todos, especialmente de los estudiantes.

3. Cada grupo debe responder por el orden de su aula de clase, sus alrededores y las dependencias que se utilicen en la jornada respectiva.

4. Los estudiantes responsables de cada computador deberán firmar la asignación del mismo y responder de allí en adelante por los daños y la falta de alguno de sus componentes.

5. Cualquier daño a algún mueble, elemento, equipo e infraestructura de la Institución (vidrios, material de laboratorio, equipo didáctico, paredes, muros, puertas, pupitres, etc.) deberá asumir el costo de reparación o reposición el estudiante causante de su daño y/o deterioro.

Capítulo IV. Servicios educativos.

Artículo 25. Protección en salud y bienestar para los estudiantes. Es deber del Padre de Familia o acudiente tener inscrito a su hijo(a) o acudido(a) en un Plan de Protección de Salud Integral (EPS, IPS o SISBEN), de lo cual deberán presentar constancia en el momento de la matrícula. Sin embargo, la Institución en convenio con el Centro de Salud Diego Lalinde se preocupa de prestar un servicio de protección para los estudiantes, tales como vacunas, sexualidad saludable, odontología, psicología, etc. amparados con el programa Escuela Saludable.

El Restaurante Escolar es un servicio brindado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF. Bajo su responsabilidad está ofrecer refrigerios que contribuyan a una nutrición adecuada y acorde a la edad de los niños beneficiados. El Coordinador y/o docente y un padre de familia de cada sede serán veedores del buen funcionamiento, asumiendo el ICBF la responsabilidad de la calidad de los alimentos.

Artículo 26. Sexualidad responsable. La Institución orientará una educación sexual responsable:1. A partir de los proyectos Institucionales obligatorios de acuerdo a la normatividad

vigente (Resolución 3353 de Julio 2 de 1993), proyecto liderado por un docente de cada sede.

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2. A través de la Estrategia Escuela Saludable propuesta educativa de la Secretaría de Salud, mediante capacitación a los docentes con ejes temáticos para impulsar una sexualidad responsable y sana.

3. Mediante una orientación psicológica brindada a la comunidad educativa y aportada por un profesional contratado por la Institución, que incluye la educación sexual responsable, encaminada a la consecución de los siguientes objetivos:

4. Que el estudiante: Respete y reconozca los derechos y deberes sexuales de sí mismo y de las

demás personas. Tome decisiones responsables con respecto a su sexualidad y al ejercicio de la

misma. Esté preparado para emprender y desarrollar una vida en pareja y eventualmente

constituir una familia. Exprese con naturalidad y tranquilidad su sexualidad en todos los momentos de su

vida y en todas las relaciones interpersonales. Reconozca los inconvenientes de un embarazo indeseado a cualquier edad, pero

especialmente durante la adolescencia. Asuma la responsabilidad de la procreación. Sea crítico con respecto a los modelos sexuales que se le presenten. Tenga un conocimiento básico sobre los aspectos biológicos de la sexualidad,

prevención de las enfermedades de transmisión sexual y SIDA.

Artículo 27. Prevención integral del consumo de sustancias psicoactivas (SPA). Teniendo en cuenta el decreto 1108 artículo 44, la Institución brindará y desarrollará inmerso en el Círculo Escolar de Prevención de Consumo de Sustancias Psicoactivas (CEPIS) encaminado a la prevención y remisión a una entidad especializada para su tratamiento, a partir del reconocimiento de su problemática por parte del estudiante y disposición al cambio.

Artículo 28. Obligaciones complementarias. La Institución Educativa Santa Fe con base a la Ley 1098 de 2006, tendrá como obligaciones complementarias las siguientes: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.2. Establecer la detección oportuna, orientación e información a las instituciones

especializadas en casos de maltrato, abuso sexual, malnutrición, violencia intrafamiliar, explotación económica y laboral, y tráfico de sustancias psicoactivas.

3. Proteger a los niños, niñas y adolescentes de todo tipo de burlas, agresión física y sicológica, humillación, maltrato y discriminación por parte de la comunidad educativa.

4. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación sicopedagógica y sicológica.

5. Establecer un seguimiento y control a las faltas de asistencia del estudiante.

Artículo 29. La tienda escolar. Los alimentos ofrecidos serán de máxima calidad de acuerdo a lo requerido por las normas de higiene y nutrición y lo exigido por salud pública. Deberá en lo posible surtirse con alimentos naturales, frutas y jugos, preferiblemente productos horneados y asados y que haya una continua investigación sobre las dietas alimentarias.

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Las normas de funcionamiento de la Tienda Escolar:1. Utilizar el servicio solo en las horas de descanso.2. Ofrecer tratamiento calificado en cuanto a: manejo de basuras y reciclajes, aseo,

manipulación de alimentos, atención y relaciones interpersonales.3. Los productos que se ofrezcan serán de calidad y tendrán presente criterios

nutricionales. 4. La administración de la tienda escolar fijará la lista de precios en un lugar visible a

toda la comunidad. 5. Contratar dentro del personal dependiente del adjudicatario de la cafetería un perfil

calificado para ofrecer una correcta variedad nutricional a la población atendida en el establecimiento educativo.

6. Ubicar buzón de sugerencias en espacio visible de la cafetería, éste será revisado conjuntamente con el(la) coordinador(a) de la Institución Educativa, Personero(a) y un docente asignado para tal fin. Este Comité tendrá las funciones de Veeduría y rendirá un informe mensual a la Comunidad Educativa.

7. Diseñar estrategias de atención e implementación para las sugerencias recogidas en el buzón, en el término de 30 días calendario siguiente a la auditoría del mismo.

Artículo 30. Dependencias de la InstituciónLas diferentes dependencias de la Institución tanto en la sede principal como en las demás sedes, están al servicio de la Comunidad Educativa, requiriéndose de los mismos un especial cuidado y utilización, teniendo en cuenta las funciones que deben cumplir y el reglamento estipulado para el mantenimiento y uso de cada una de ellas.

Artículo 31. Biblioteca. Servicio de la Biblioteca: 1. Tendrán acceso al servicio las siguientes personas: estudiantes, docentes, empleados

y trabajadores y demás personas debidamente autorizadas por la respectiva Coordinación o Rectoría.

2. Toda persona que ingrese a la biblioteca, para hacer uso de los textos o libros, deberá identificarse con la credencial estudiantil u otro documento apropiado que reglamente la Institución. Los estudiantes que requieran el servicio en jornada contraria, deberán presentarse debidamente uniformados.

3. Para el préstamo externo de material bibliográfico se requerirá siempre que el estudiante presente su credencial estudiantil y si es funcionario de la Institución que firme la ficha de préstamo y devolución. Este préstamo tendrá una duración máxima de dos (2) días hábiles y no podrá renovarse en forma consecutiva. Para personas externas no se concederán estos préstamos.

PARÁGRAFO 1: El préstamo externo de material bibliográfico solo se concederá cuando existan varios ejemplares del texto.

1. La persona que haga mal uso de un texto o libro causando daño o deterioro, debe informar al responsable de la biblioteca y asumir su reposición, sin menoscabo de las consecuencias disciplinarias de su acción.

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2. La persona que no devuelva un texto o libro que se le haya prestado asumirá su reposición, sin menoscabo de las consecuencias disciplinarias de su acción siéndole retirado el servicio hasta nueva orden de la Rectoría.

3. Todos los usuarios deben observar en la biblioteca orden, silencio y abstenerse de consumir alimentos. Igualmente atenderán las normas reglamentarias que para la seguridad del material bibliográfico se expidan por parte de la Institución.

PARÁGRAFO 2: Cuando la sala de biblioteca sea utilizada para otras actividades educativas, debidamente autorizadas por la Coordinación, el docente responsable asumirá el cumplimiento de las normas establecidas para el trabajo en dicha sala.

1. El responsable de biblioteca informará a la Coordinación respectiva cualquier anomalía en el comportamiento de los usuarios, para establecer los correctivos del caso.

2. Es prerrequisito para renovar su matrícula u optar por el título de Bachiller que el estudiante esté a paz y salvo con la Biblioteca.

3. El horario de atención en la Biblioteca será el establecido por la Rectoría de la Institución para que el funcionario responsable de esta sala o por la Coordinación cuando se tengan auxiliares del Servicio Social.

Artículo 32. Laboratorios:1. El trabajo en el Laboratorio estará bajo la responsabilidad del respectivo profesor, por

lo tanto ningún estudiante tendrá acceso sin autorización.2. Los trabajos prácticos se realizarán con la debida seriedad para prevenir accidentes y

atendiendo estrictamente las orientaciones del profesor.3. El estudiante se abstendrá de realizar en el laboratorio experiencias no autorizadas

debidamente por el profesor responsable. Igualmente el profesor guiará las prácticas teniendo en cuenta los lineamientos pedagógicos y de seguridad personal.

4. El profesor responsable informará oportunamente a la Coordinación de cualquier novedad en el salón de laboratorio para que se tomen las medidas disciplinarias o administrativas pertinentes.

5. El estudiante asumirá la reposición de los elementos que se dañen en la realización de las prácticas.

6. El laboratorio deberá tener en lugar visible el reglamento y normas de seguridad para los usuarios.

7. Es prerrequisito para renovar su matrícula u optar por el título de Bachiller que el estudiante esté a paz y salvo con Laboratorio.

Artículo 33. Salas de Informática, Audiovisuales y Bilingüismo:1. El cuidado de estas salas estará bajo la responsabilidad del respectivo profesor y en el

caso de las sedes del Comité de la Sala de Informática, por lo tanto el acceso de los estudiantes u otros miembros de la Comunidad Educativa se hará bajo su responsabilidad y con su autorización.

2. El estudiante seguirá estrictamente las orientaciones que le haga el profesor sobre el cuidado en el manejo de los equipos de estas salas.

3. Las indicaciones sobre las condiciones de los insumos a utilizar serán de estricta observancia, para prevenir alteración o daño en los equipos.

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4. El profesor responsable de las salas reportará oportunamente a Coordinación cualquier novedad para tomar las medidas disciplinarias o administrativas del caso.

5. Al terminar la sesión de trabajo en las salas, los estudiantes harán la entrega de los equipos al profesor, observando las reglas que él les ha recomendado.

6. Cuando el equipo tenga acceso a Internet (en el caso de Informática), el estudiante solo podrá utilizarlo bajo la guía del profesor y a correos electrónicos que no presenten riesgos para su formación ni para los equipos. De igual manera se debe proceder cuando se utilice cualquier computador con acceso a Internet en otra dependencia de la Institución.

7. Las salas deberán tener en lugar visible el reglamento y normas de seguridad para los usuarios.

Artículo 34. Jornada Nocturna. Se inició en 1974 bajo la dirección del Licenciado Libardo Sandoval. Después fue dirigida por el fallecido Licenciado Manuel Montoya Ruano, funcionando con básica primaria de 1º y 5º. Actualmente funciona por ciclos de acuerdo la Ley vigente, favoreciendo la Comunidad del sector, bajo la Coordinación del Licenciado Nelson Prado Bermúdez, quien asumió el cargo en el año 2000. Se continúa con el nivel de Básica Primaria, el cual se realiza en dos años. Al presente funcionan los ciclos I, II, III y IV, por lo cual queda completa la Básica Secundaria. La proyección es crear la Educación Media Académica con Énfasis en Informática.

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TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO, DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Capítulo I. Órganos Colegiados de Gobierno de la Institución.

Artículo. 35. Comunidad educativa. Según lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 115 de 1994, la Comunidad Educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidad directa en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o Institución educativa. Se compone de los siguientes estamentos:1. Los estudiantes que se han matriculado.2. Los padres y madres, acudientes o en su defecto los responsables de la educación de

los estudiantes matriculados.3. Los docentes vinculados que laboran en la Institución.4. Los directivos docentes y administrativos escolares que cumplen funciones directas en

la prestación del servicio educativo.5. Los egresados organizados para participar.

Artículo 36. Todos los miembros de la Comunidad Educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y opinar por medio de sus representantes en los órganos del Gobierno Escolar, usando los medios y procedimientos establecidos por la Ley General de Educación y sus Decretos reglamentarios.

Artículo 37. Órganos del Gobierno Escolar. El Gobierno Escolar de la Institución Educativa Santa Fe esta constituido por los siguientes órganos:1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad

educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación

pedagógica del establecimiento.3. La Rectoría, como representante legal del establecimiento ante las autoridades

educativas y ejecutora de las decisiones del Gobierno Escolar.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período.

Artículo 38. Los órganos de gobierno de la Institución velarán porque las actividades de ésta se desarrollen de acuerdo con los principios de la Constitución, por la efectiva realización de los fines de la educación, establecidos en el artículo 5º de la Ley General de Educación y en las disposiciones vigentes y por la calidad de la enseñanza.

Además, los órganos de gobierno de la Institución garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los estudiantes, profesores, padres o acudientes de estudiantes y personal de administración y servicios y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación

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efectiva de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida de la Institución, en su gestión y evaluación.

Artículo 39. Integración del Consejo Directivo. La composición del Consejo Directivo de la Institución Educativa Santa Fe será la siguiente: 1. El(la) Rector(a) quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y

extraordinariamente cuando lo considere conveniente.2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una

asamblea general de docentes.3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por el Consejo de Padres de

Familia y por la Asociación de Padres de Familia.4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los

estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución.

5. Un representante de los egresados elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.

6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que expiden o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

PARÁGRAFO 1: Los administradores escolares podrán participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros.

PARÁGRAFO 2: A todas y cada una de las sesiones del Consejo Directivo asistirá con voz y sin voto un docente por cada una de las sedes de la Institución que haya sido elegido por mayoría en cada una de ellas.

PARÁGRAFO 3: Dentro de los primeros sesenta días calendario siguiente al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin la Rectoría convocará, con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

PARÁGRAFO 4: Cuando el número de afiliados a la Asociación de Padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes de la Institución, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres de Familia elegirá solamente a un padre de familia como miembro del Consejo Directivo. (Parágrafo 2 del Decreto 1286 de 2005).

Artículo 40. Las funciones del Consejo Directivo son las siguientes:1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que

sean competencia de otra autoridad;2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

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administrativos con los alumnos de la Institución;3. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución;4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos

alumnos;5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando

alguno de sus miembros se sienta lesionado;6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado

por la Rectoría;7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del

currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa; 9. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal

administrativo de la Institución; 10. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias,

culturales, deportivas y recreativas; 11. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización

de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;

12. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;

13. Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia de la Institución y el Consejo de Estudiantes;

14. Reglamentar los procesos electorales de la Institución;15. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los

provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y

16. Darse su propio reglamento.

Artículo 41. El régimen de funcionamiento del Consejo Directivo de la Institución se atendrá a las siguientes normas:1. El Consejo Directivo quedará válidamente constituido cuando estén presentes la mitad

más uno de sus componentes.2. Respecto a las votaciones, otras normas son las siguientes:

En caso de empate, el voto de la Rectoría será dirimente. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o cuando así lo

solicite un tercio de los asistentes con derecho a voto.3. De todas las reuniones del Consejo Directivo, se levantará acta, quedando a salvo el

derecho de formular y exigir en la siguiente reunión las correcciones que procedan. Una vez aprobada el acta será firmada por los integrantes del Consejo Directivo

4. El orden del día de las reuniones del Consejo Directivo y los acuerdos adoptados por el mismo serán públicos. A estos efectos, se deberá informar del orden del día y de los acuerdos a los miembros de la comunidad educativa que lo soliciten.

Artículo 42. Integración del Consejo Académico. Está integrado por:

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1. El(la) Rector(a) quien lo preside y convoca,2. Los Coordinadores de la Institución y 3. Un docente por cada área definida en el plan de estudios.

Artículo 43. Las Funciones del Consejo Académico son las siguientes:1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del

Proyecto Educativo Institucional;2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las

modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto;

3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;4. Participar en la evaluación Institucional anual;5. Integrar las Comisiones de Evaluación y Promoción, para la evaluación periódica del

rendimiento de los educandos y supervisar el proceso general de evaluación;6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa y7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el

P.E.I.

Capítulo II. Órganos unipersonales de gobierno.

Artículo 44. Perfil del Directivo Docente. Nuestra Institución requiere de un Directivo Docente con calidad de persona para ser:1. Dinamizador y comprometido con el Proyecto Educativo Institucional.2. Un Orientador pedagógico para la formación, enseñanza y aprendizaje de Maestros y

estudiantes, acorde con las expectativas legales, sociales, culturales, éticas y morales de la Comunidad Educativa.

3. Un líder capaz de fomentar valores y actitudes positivas, tales como: el espíritu humanista, la concertación, la equidad, el respeto, la tolerancia y la conciliación.

4. Idóneo para establecer canales y mecanismos de comunicación entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Artículo 45. Funciones del Rector. La Rectoría tendrá las siguientes funciones: 1. Promover la formación ética y moral en los establecimientos a través del currículo, del

ambiente, del comportamiento honesto, de la aplicación recta y justa de las normas de la Institución, y demás mecanismos que contemple el P.E.I.

2. Dirigir la preparación del P.E.I. con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

3. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.

4. Dirigir los trabajos de los equipos docentes y establecer convenios interinstitucionales para el logro de las metas educativas.

5. Capacitarse y actualizarse en el área donde desempeña su función.6. Presentar al Consejo Directivo, teniendo en cuenta el P.E.I., el plan operativo

correspondiente que contenga las metas, las estrategias, recursos y cronogramas de actividades para alcanzar los objetivos del proyecto.

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7. Distribuir la asignación académica teniendo en cuenta el título que autoriza a cada docente para ejercer la profesión, salvo el caso donde se compruebe carencia absoluta de otras personas idóneas para el área respectiva.

8. Respetar las garantías procesales consagradas en la Constitución y las Leyes, especialmente las que se refieren a la presunción de inocencia, al derecho a la defensa y el derecho al debido proceso.

9. Promover la participación democrática de los estudiantes.10. Incluir en el P.E.I. los proyectos obligatorios que contempla la Ley: procesos de

prevención integral, Proyectos Ambientales Escolares, Servicio Social obligatorio, Educación Sexual, Educación para la Democracia.

11. Atender y resolver las solicitudes de oficio o a petición de parte que el Personero de los estudiantes considere necesarias presentar para proteger los derechos de los estudiantes facilitando el cumplimiento de sus deberes.

12. Proporcionar los medios necesarios para la producción y reproducción de los materiales didácticos elaborados por los docentes para uso de los estudiantes con el fin de orientar su proceso formativo.

13. Convocar con la debida anticipación dentro de los 60 días calendario siguiente al de la iniciación de clases de cada período anual, a los diferentes estamentos para efectuar la elección del Gobierno Escolar.

14. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los diferentes órganos del Gobierno Escolar.

15. Orientar el proceso educativo con el Consejo Académico, identificando las nuevas tendencias pedagógicas para canalizarlas a favor del mejoramiento del P.E.I.

16. Garantizar el servicio de la educación a la población desplazada por la violencia en todos los niveles de educación.

17. Convocar y presidir o nombrar delegado para que convoque y presida las Comisiones de Evaluación y Promoción para cada grado integradas por el Consejo Académico.

18. Definir mediante Resolución el horario de la jornada escolar de conformidad con las normas vigentes, el P.E.I. y el plan de estudios durante las cuarenta semanas establecidas por la Ley.

19. Adoptar o definir un plan de trabajo para los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo para el desarrollo de las actividades de Desarrollo Institucional, durante toda la jornada laboral.

20. Representar al establecimiento educativo ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

21. Todas las funciones que la Ley le confiere sin que estas interfieran en las funciones de otros estamentos.

Artículo 46. Funciones del(la) Coordinador(a). Los Coordinadores dependen de la Rectoría de la Institución, les corresponde la administración académica y disciplinaria. De ellos dependen los docentes representantes al Consejo Académico y por relación de autoridad funcional, los profesores.

Son funciones de la Coordinación:1. Mantener al día en cuanto a la legislación escolar con el fin de orientar las labores

académicas y disciplinarias de la Institución.

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2. Tomar las decisiones que optimicen su función de acuerdo con las normas legales y los parámetros establecidos internamente por el Comité Directivo.

3. Promover la formación ética y moral en el establecimiento a través del currículo, del ambiente, del comportamiento honesto, de la aplicación recta y justa de las normas de la Institución, y demás mecanismos que contemplen el P.E.I.

4. Participar activamente en la formulación, desarrollo, evaluación, revisión o ajustes del P.E.I., elaboración, seguimiento y evaluación del plan de estudios, investigación y actualización pedagógica y evaluación institucional anual.

5. Participar en las deliberaciones del Consejo Académico, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

6. Coordinar el inicio y terminación de la jornada laboral.7. Llevar la estadística de la asistencia de los estudiantes. Cuando un estudiante se

ausente dos o más días deberá investigar la(s) causa(s).8. Velar por el aseo de la Institución en general.9. Velar porque la disciplina de los estudiantes sea la mejor.10. Auxiliar y colaborar con el Rector en las labores propias de su cargo y en las funciones

de disciplina de los estudiantes o en funciones académicas o curriculares colectivas.11. Reemplazar al Rector cuando esté ausente.12. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de

clases del plantel.13. Presentar los informes bimestrales de su gestión al Consejo Académico y Directivo.14. Presentar al Rector el informe final de Rendimiento Académico.15. Presentar el informe final de la Evaluación de la dependencia a su cargo.16. Llevar en el libro de Coordinación un informe diario de cada jornada.17. Entregar y recibir las planillas de calificaciones debidamente diligenciadas.18. Atender Padres de Familia para tratar temas relacionados con la educación de sus

hijos, registrando la actividad en los libros pertinentes.19. Asistir a reuniones en representación de la Institución.20. Elaborar horarios eventuales.21. Revisar libros reglamentarios.22. Hacer cronograma de actividades del año lectivo y velar por su estricto cumplimiento.23. Solicitar la entrega oportuna de los informes de las actividades realizadas.24. Administrar y controlar la asistencia del personal de la Institución (Profesores,

Aseadores, Secretarias, Vigilantes) directa o indirectamente, de acuerdo con las normas vigentes.

25. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y estudiantes.

26. Velar por el buen uso y aseo del restaurante y tienda escolar.27. Coordinar los actos que se programen en la Institución.28. Coordinar el control diario de la asistencia de los diferentes grados.29. Presentar la evaluación de desempeño para ponderar el grado de cumplimiento de las

funciones y responsabilidades inherentes al cargo y al logro de resultados.30. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y

materiales confiados a su manejo.31. Suplir la ausencia temporal justificada de un docente.32. Otros que se fijen de acuerdo con el carácter del cargo.

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Artículo 47. Funciones Titular y Acompañante de grupo:1. Brindar orientación a sus estudiantes, en forma grupal o individual, con el propósito de

contribuir a su formación integral.2. Participar en el planeamiento y programación de la administración de estudiantes,

teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personales.3. Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiado a su

dirección.4. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y

aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.5. Promover el análisis de situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en

coordinación con otros estamentos, las posibles soluciones.6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o

acudientes, para coordinar la acción educativa.7. Diligenciar la ficha de registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su

cargo, en coordinación con los servicios de bienestar.8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.9. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los

Coordinadores de la Institución Educativa.10. Recibir el cargo de Acompañante de Grupo con el criterio voluntario de aceptación.

Artículo 48. Representantes al Consejo Académico y sus funciones:1. Dirigir y organizar las actividades del área o nivel, conforme a los criterios establecidos

a nivel curricular y de coordinación.2. Establecer canales y mecanismos de comunicación con docentes y directivos

docentes.3. Dirigir, supervisar y asesorar a los profesores en el planeamiento y desarrollo de las

actividades curriculares que ofrece el área o nivel y promover su actualización.4. Ejecutar las acciones en coordinación con los representantes de área o nivel.5. Colaborar con los Coordinadores en la distribución de asignaturas y en la elaboración

del horario general de clases del plantel.6. Desarrollar programas de investigación científica.7. Supervisar y evaluar la ejecución de los programas del área o nivel y el rendimiento de

los estudiantes. 8. Dirigir y supervisar el trabajo correspondiente al Plan de Mejoramiento de Área o

Nivel.9. Rendir periódicamente informe al Coordinador sobre el desarrollo de los programas

del área o nivel.10. Cumplir con la asignación académica de conformidad con las normas vigentes.11. Participar en los comités en que sea requerido.12. Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de los muebles,

equipos y materiales confiados a su manejo.

Artículo 49. Funciones de los profesores de disciplina: Colaborar con el(la) Coordinador(a) respectivo para:1. Contribuir para que los estudiantes ingresen y se retiren de la Institución de manera

ordenada.

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2. Estar atentos, durante el descanso, para que los estudiantes no cometan infracciones contra las normas de convivencia de la Institución.

3. Recibir la jornada al inicio del día reportando a coordinación los estudiantes con irregularidades en su hora de llegada y/o en el uniforme.

4. Asistir a los estudiantes en el descanso en cuanto a las inquietudes o dificultades que se presenten.

5. Velar por el aseo y orden de la jornada o sede.

Capítulo III. Instancias de participación de la comunidad educativa.

Artículo 50. Consejo de estudiantes. Es el organismo que garantiza la continua participación de los estudiantes en la vida institucional.

Artículo 51. Integración del Consejo de estudiantes Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos en la Institución elegidos durante las primeras cuatro semanas del calendario académico. Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, tendrán un representante que esté cursando tercer grado.

Artículo 52. Funciones del Consejo de estudiantes: 1. Darse su propia organización interna;2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del

establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación;3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el

desarrollo de la vida estudiantil,4. Promover entre los estudiantes el conocimiento y el aprecio por los valores y principios

del Proyecto Educativo de la Institución.5. Presentar ante las instancias correspondientes, las sugerencias que consideren

importantes para el estudiante e involucrarse en la implementación y desarrollo de las mismas.

Artículo 53. Monitores, Colaboradores o representantes de Grupo: En cada grupo se elegirán al principio del año escolar un Representante de Grupo, Monitor o Colaborador y su suplente.

Tendrá como funciones:1. Representar los intereses del grupo ante las diferentes instancias de la Institución.2. Liderar el crecimiento del grupo en Coordinación con su orientador.3. Coordinar el trabajo de los Comités del grupo.

Artículo 54. Personero de los estudiantes. Dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases, será elegido el personero de los estudiantes quien será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la Institución. Para tal efecto la Rectoría convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

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Artículo 55. Las funciones del Personero de los estudiantes son las siguientes:1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados

en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a

sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes;

3. Presentar ante la Coordinación o la Rectoría, según sus competencias, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes,

4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones de la Rectoría respecto a las peticiones presentadas por su intermedio, y

5. Presentar a la comunidad estudiantil, a través de los representantes de grupo y del Consejo Estudiantil, un informe semestral de gestión.

Artículo 56 Consejo de Padres de Familia. El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.

Artículo 57. Integración del Consejo de Padres de Familia. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) madres o padres de familia por cada uno de los grados de la Institución. Su conformación se hará mediante elección en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de las madres o padres, o de las madres o padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.

Artículo 58. Funciones del Consejo de Padres de Familia. Corresponde al Consejo de Padres de Familia:1. Contribuir con la Rectoría en el análisis, difusión y uso de los resultados de las

evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.2. Velar porque la Institución, con todos sus estudiantes, participe en las pruebas de

competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.

3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

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7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.

8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

9. Elegir a la madre o padre de familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002.

10. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.

11. Elegir los dos representantes de las madres o padres de familia al Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el Artículo 39 del presente Manual de Convivencia.

Artículo 59. El Consejo de Padres de Familia de la Institución ejercerá estas funciones en directa coordinación con la Rectoría y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan a la Institución ante otras instancias o autoridades.

Artículo 60. Asociación de Padres Familia. De acuerdo al Decreto 1286 de 2005, en la Institución Educativa Santa Fe sólo existirá una Asociación de Padres de Familia cuyo carácter es de entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de las madres y padres de familia de los estudiantes matriculados y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio.

Artículo 61. Elección de representante de las madres y padres al Consejo Directivo. Cuando el número de afiliados a la asociación de madres y padres alcance la mitad más uno de las madres y padres de familia de la Institución, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de las madres o padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres de Familia elegirá solamente a una madre o padre de familia como miembro del Consejo Directivo.

Artículo 62. Finalidades de la Asociación de Padres de Familia. Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia son las siguientes:

1. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.

2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover los procesos de formación y actualización de las madres y padres de familia.

4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

5. Promover entre las madres y padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad.

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6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en la Ley de Infancia y de Adolescencia.

Artículo 63. Comité de Convivencia y Conciliación. Al interior de la Institución Educativa Santa Fe, funcionará el Comité de Convivencia y Conciliación, el cual estará integrado en cada sede y jornada por:1. El(la) Rector(a) si se requiere.2. Coordinador(a).3. Personero estudiantil y/o delegado de sede.4. Vocero del curso.5. Representante de los estudiantes al Consejo Directivo.6. Dos (2) docentes de la sede o jornada (acompañante y otro)7. Un (1) padre de familia.

Las funciones serán inherentes a: Canalizar las iniciativas de la comunidad educativa para mejorar la convivencia. Resolver y mediar los conflictos planteados entre los diferentes actores escolares. Elaborar un informe y cronograma anual de las actividades desarrolladas. Analizar, evaluar y decidir acerca de las disposiciones del Consejo de Docentes. Tomar decisiones correctivas o sancionatorias, mediando el debido proceso. En el

caso de requerirse, pasar a la instancia superior: Consejo Directivo.

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TÍTULO III. PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN

Capítulo I. Personal docente.

Artículo 64. Perfil del docente. Para que se pueda cumplir la misión y los objetivos de la Institución, que reflejen el perfil de los estudiantes y egresados de la Institución, se requiere el concurso imprescindible de Docentes que reúnan cualidades y actitudes posibles de concretar en los siguientes aspectos: 1. Se identifiquen con los principios y metodologías establecidas en el P.E.I.2. Laboren en función del marco pedagógico institucional, su misión y sus objetivos.3. Asuman compromisos de responsabilidad ética y pongan en funcionamiento su

capacidad de trabajo y su idoneidad profesional.4. Ejerciten sus habilidades y conocimientos para comprender al niño, al adolescente y a

sus compañeros de trabajo con capacidad para detectar problemas y proponer soluciones imparciales objetivas.

5. Evidencien equilibrio emocional y psicológico.6. Sean activamente positivos y abiertos al cambio.7. Estén en permanente actividad investigativa actualizándose en las áreas de su

especialización académica y profesional.8. Sean una persona íntegra individual y socialmente.9. Identifiquen, acepten y ejerzan la autoridad como posibilidad de convivencia y

relaciones humanas en las que es indispensable la jerarquización.10. Se distingan por su presentación personal conscientes que son modelo a imitar por los

estudiantes.11. Tengan conocimiento, respeten los derechos fundamentales, constitucionales, de sí

mismos, de sus semejantes, tengan autoridad ética y moral para exigir el cumplimiento de los deberes del Estado, de la sociedad, de la Institución.

12. Promuevan, practiquen y asuman los valores formativos de la Institución: el respeto, la tolerancia, la solidaridad y la responsabilidad.

13. Fomenten y divulguen la ética en el trabajo, la consagración al estudio, la vocación del servicio, el trabajo comunitario, la solidaridad y el respeto a la palabra empeñada.

Artículo 65. Los docentes de la Institución son los primeros responsables de la enseñanza, en estrecha relación y coordinación con los compañeros de la misma área. La totalidad de los docentes, junto con los demás miembros de la comunidad educativa, asumirán la responsabilidad global de la tarea educativa de la Institución.

Artículo 66. Los educadores al servicio oficial gozarán de los siguientes derechos (Artículo 36, Capítulo V Decreto 2277 de 1979):1. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados

en la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden nacional y seccional.

2. Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado de escalafón.

3. Ascender dentro de la carrera docente.

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4. Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan.

5. Disfrutar de vacaciones remuneradas.6. Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de ley.7. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las

disposiciones legales pertinentes.8. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo con

las normas y procedimientos que se establecen legalmente.9. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por

distinciones con las normas fundadas en condiciones sociales o raciales.10. Los demás establecidos o que se establezcan en el futuro.

PARÁGRAFO: El Consejo de Docentes funcionará en la Institución como instancia asesora en los casos académicos y disciplinarios de la sede o jornada y sus decisiones serán avaladas por el Consejo Académico, Directivo o la Rectoría.

Artículo 67. Las funciones inherentes a su cargo son las siguientes:1. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la Nación y

el respeto a los símbolos patrios.2. Participar en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y

en la buena marcha de la Institución Educativa.3. Desarrollar a través del Plan de Estudios, como parte integrante del currículo y de

manera obligatoria: El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica de

conformidad con el Artículo 41 de la Constitución Política. El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la

práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo.

La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el Artículo 67 de la Constitución Política.

La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general la formación en los valores humanos, la educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad.

Promover en la Institución la formación ética y moral a través del currículo, de los contenidos académicos pertinentes, del ambiente, del comportamiento honesto, de la aplicación recta y justa de las normas de la Institución y demás mecanismos que contemple el P.E.I.

4. Integrar el Consejo Académico de la Institución -en caso de ser elegido- y cumplir con las funciones de éste órgano escolar.

5. Desempeñar además de la asignación académica, actividades curriculares no lectivas, el servicio de orientación estudiantil, la atención a la comunidad, en especial las madres y padres de familia o acudientes de los educandos, las actividades de actualización y perfeccionamiento pedagógico, las actividades de planeación y evaluación institucional; otras actividades formativas, culturales y deportivas, contempladas en el P.E.I. y, las actividades de dirección, planeación, coordinación,

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evaluación, administración y programación relacionadas directamente con el proceso educativo.

6. Propender de manera permanente por el incremento de la calidad del proceso enseñanza-aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, innovación y mejoramiento continuo.

7. Cumplir con el calendario, la jornada escolar y la jornada laboral, de acuerdo con la normatividad vigente.

8. Educar a los estudiantes en los principios democráticos y en el respeto a la Ley y a las instituciones.

9. Observar una conducta acorde con la función educativa y con los fines, objetivos, derechos, principios y criterios establecidos en la normatividad vigente.

10. Elaborar materiales didácticos para uso de los estudiantes con el fin de orientar su proceso formativo.

11. Brindar orientación a sus estudiantes, en forma grupal o individual, con el propósito de contribuir a su formación integral.

12. Hacer parte de las Comisiones de Evaluación y Promoción y en la que sea designado.13. Convocar y presidir la Comisión de Evaluación y Promoción cuando sea delegado por

la Rectoría para este efecto.14. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área

o nivel respectivo.15. Programar y organizar actividades de enseñanza aprendizaje de las asignaturas que

orienta, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de área.16. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para el desarrollo de su

personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.17. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza-

aprendizaje.18. Aplicar oportunamente en coordinación con el representante de área o nivel, las

estrategias metodológicas a que dé lugar el análisis de resultados de la evaluación.19. Presentar al representante de área o nivel, o coordinador de jornada informe del

rendimiento de los estudiantes a su cargo, al término de cada uno de los períodos evaluados, certificando las evaluaciones con su firma.

20. Participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje de estudiantes conforme lo determine el reglamento de la Institución y presentar los casos especiales a los coordinadores, al acompañante de grupo y/o al departamento de sicología para su tratamiento.

21. Presentar periódicamente informe al representante de área o nivel -en su defecto al coordinador de jornada- sobre el desarrollo de las actividades propias.

22. Comunicar los resultados de cada uno de los períodos académicos a los estudiantes, atendiendo los posibles reclamos antes de pasar los resultados a coordinación.

23. Mantener un nivel de motivación, de interés y de asistencia de sus estudiantes en cada una de sus asignaturas.

24. Cumplir los turnos de disciplina que les sean asignados.25. Dar un trato cortés a los integrantes de la comunidad educativa y cumplir sus tareas

con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.26. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución Política y

demás normas vigentes.

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27. Cumplir con eficiencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función.

28. Utilizar adecuadamente los bienes y recursos asignados para el desempeño de su función, las facultades que le sean atribuidas, o la información reservada a que tenga acceso.

29. Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos adopten en ejercicio de sus atribuciones, siempre y cuando no sean contrarias a la Constitución Nacional y a las leyes vigentes.

30. Atender los requerimientos y citaciones de las autoridades competentes.31. Desempeñar la función sin obtener o pretender beneficios adicionales a las

contraprestaciones legales y convencionales cuando a ella tenga derecho.32. Registrar en la oficina de recursos humanos, o en la que haga sus veces, su domicilio

o dirección de residencia y teléfono, y dar aviso oportuno de cualquier cambio.33. Permanecer en el desempeño de sus labores mientras no se haya hecho cargo de

ellas quien debe reemplazarlo, salvo autorización legal, reglamentaria, o de quien deba promover el cargo.

34. Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados.

35. Denunciar los delitos, contravenciones y conductas inadecuadas disciplinarias de los cuales tuviere conocimiento, salvo las excepciones de ley.

36. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar el funcionamiento de la Institución y proponer las iniciativas que estime útiles para el mejoramiento del servicio.

37. Capacitarse y actualizarse en el área donde desempeña su función.38. Presentar ante el Personero de los estudiantes, como miembro de la comunidad

educativa, las quejas sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.39. Participar en los actos de comunicación y asistir a las reuniones convocadas por las

Directivas de la Institución.40. Atender a los Padres de Familia de acuerdo con el horario establecido por la

Institución.41. Brindar orientación a sus estudiantes en forma grupal o individual, con el propósito de

contribuir a su formación integral.42. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los

estudiantes.43. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y

aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.44. Promover el análisis de situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en

coordinación con otros estamentos las posibles soluciones.45. Diligenciar la ficha de registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su

cargo, en coordinación los servicios de bienestar.46. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.

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Capítulo II. Personal de administración y servicios.

Artículo 68. Políticas de calidad del personal administrativo. Con el propósito de generar confianza y que a la Comunidad Educativa se le considere el eje central de la gestión para la prestación del servicio educativo, los procesos del personal administrativo estarán orientados hacia el mejoramiento integral de la calidad del servicio de los usuarios y a incrementar su nivel de satisfacción. Para lograr estos objetivos el administrativo deberá estar comprometido a: Prestar el servicio con la oportunidad requerida por el usuario, de manera ágil,

eficiente y confiable. Ofrecer y proporcionar a la Comunidad Educativa información clara, veraz y oportuna. Fomentar y propiciar los espacios de participación social en la toma de decisiones que

los afecten. Incluir acciones que contribuyan al desarrollo integral en la implementación de la

gestión del talento humano, con el fin de asegurar altos niveles de calidad, desempeño y compromiso con los principios éticos, la preservación ecológica y el mejoramiento continuo de los procesos.

Establecer canales de comunicación y divulgación efectivos para el adecuado suministro y manejo de la información.

Mejorar continuamente los procesos cumpliendo con los estándares de calidad.

Artículo 69. Secretarios(as) – funciones:1. Atender y coordinar la correcta y oportuna ejecución de los trabajos y diligenciamiento

de documentos que se presenten en la Institución.2. Manejar la agenda de su superior e informarle oportunamente sobre llamadas, juntas,

reuniones y compromisos que deba atender.3. Llevar los registros del servicio de los funcionarios de la Institución.4. Responsabilizarse por el diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones,

admisiones, recuperaciones, etc.5. Mantener ordenada y actualizada la documentación de estudiantes, personal docente

y administrativo.6. Refrendar con su firma los certificados expedidos por el(la) Rectora de la Institución,

en el caso del(la) Secretario(a) Académico(a).7. Guardar la debida reserva y discreción de la información que se le ha confiado.8. Cumplir la jornada legalmente establecida.9. Colaborar con el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y

materiales confiados a su manejo.10. Atender con cordialidad y respeto a las personas que soliciten cualquier tipo de

servicio.11. Desempeñar las demás funciones afines que le asigne su jefe inmediato.

Artículo 70. Pagador(a) – funciones:1. Elaborar el proyecto de presupuesto anual del fondo de Servicios educativos para la

correspondiente vigencia Fiscal y ser integrado al Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) para la revisión del(la) Rector(a) de la Institución.

2. Elaborar informes mensuales de ejecución presupuestal y contable y remitir trimestralmente a la Contraloría Municipal.

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3. Apoyar al(la) Rector(a) en la realización de los proyectos de adición y traslado presupuestal.

4. Elaborar con el(la) Rector(a) las reservas presupuestales y cancelación de las mismas, enviar copia a la Contraloría Municipal.

5. Expedir y firmar los certificados de disponibilidad presupuestal.6. Rendir oportunamente al(la) Rector(a), Consejo Directivo y a la Contraloría Municipal,

informes escritos de los movimientos contables, cuando los soliciten.7. Recibir, custodiar y manejar los recursos financieros públicos consignados en las

cuentas de la Institución.8. Elaborar el Plan Anual de Caja (P.A.C.).9. Expedir constancias de salarios a los docentes y administrativos de la Institución.10. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, de acuerdo con la profesión del

empleado y que contribuya al logro de los objetivos de la Institución y de la Secretaría de Educación Municipal.

11. Entregar oportunamente los reportes de novedades con la firma del(la) Rector(a) a la Secretaría de Educación Municipal.

12. Expedir los certificados de retenciones anuales a los proveedores de la Institución.13. Estar pendiente de la entrega de nómina e informes contables de la Secretaría de

Educación Municipal.14. Revisar nómina y hacer entrega oportuna de los comprobantes de pago al personal.

PARÁGRAFO: Mensualmente entregará al(la) Revisor(a) Fiscal los formatos de orden de servicios y compras, libro de bancos, libro de caja menor y demás reglamentarios para su análisis e informe trimestral, el cual rendirá la Rectoría al Consejo Directivo. Una vez aprobado se entregará a la totalidad de la comunidad educativa. Artículo 71. Bibliotecario(a) – funciones:1. Atender en el horario establecido por la Institución.2. Tener inventario preciso sobre libros y materiales de biblioteca.3. Llevar un registro diario de libros de consulta.4. Llevar un registro diario de préstamo de libros a docentes y a estudiantes.5. Tener organizado los libros y enciclopedias para facilitar una consulta rápida y

oportuna.6. Estar actualizado con el acontecer diario, para brindar una buena información.7. Reportar de manera oportuna sobre el daño de libros y materiales para su

mantenimiento, necesidades y bajas.8. Llevar un registro de libros y materiales no devueltos, por los usuarios para trámite de

paz y salvos.9. Velar por el orden, y el buen uso de los libros y materiales de biblioteca, siendo

cuidadoso y responsable con los mismos.10. Ser atento(a) y orientar de forma clara la consulta.11. Apoyar y facilitar al docente, conferencistas, talleristas, etc. con su grupo de trabajo,

no retirarse para estar pendiente del buen uso del espacio y sus materiales.12. Abstenerse de permitir en el área de trabajo estudiantes y personas ajenas a la

Institución.13. Evitar delegar en estudiantes, responsabilidades pertinentes a sus funciones.14. Permanecer en el sitio de trabajo evitando retirarse sin previo aviso.

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Artículo 72. Celadores – funciones:1. Presentarse con anticipación para recibir el cargo y sus novedades, debidamente

reportadas en el libro historial.2. Abstenerse de abandonar el sitio de trabajo sin previo aviso, cumpliendo los horarios

establecidos.3. En caso de enfermedad o incapacidad, avisar con tiempo para que sea remplazado en

su cargo.4. Consultar, orientar y ser atento con los visitantes a la Institución y entregar la

respectiva escarapela previa entrega de una identificación.5. Responder por los materiales de trabajo asignados, para el desempeño de su cargo.6. Ser responsable y cuidadoso con los equipos y bienes de la Institución.7. Avisar de manera oportuna a quien le compete de cualquier anomalía observada en la

Institución.8. Acatar las órdenes impartidas por Rectoría y Coordinación.9. Cuidar y entregar a tiempo la correspondencia que llegue a cualquier miembro de la

Comunidad Educativa.10. Tener una presentación adecuada y un trato cortés con los miembros de la

Comunidad Educativa.11. Dar una información oportuna a los directivos, docentes y administrativos sobre

visitantes. 12. Hacer uso del servicio del teléfono interno en lo que sea posible para la confirmación

de visitantes.

Se les prohíbe: Permitir el ingreso de personas a la garita o sitio de trabajo. Consumir bebidas alcohólicas o cualquier sustancia nocivas para la salud

(psicoactivas) en el sitio de trabajo. El uso de aparatos audiovisuales, durante la jornada escolar, que distraiga a los

estudiantes de sus actividades normales. El uso de equipos sonoros a alto volumen. El permitir que se realicen en las sedes actos de tipo político, manifestaciones,

asambleas, festivales, salvo autorización expedida por la Secretaría de Educación Municipal o Rectoría.

Artículo 73. Técnicos Operativos – funciones:1. Contribuir y participar para que exista un clima laboral agradable y hayan buenas

relaciones interpersonales con los demás empleados de la Institución Educativa.2. Orientar y coordinar las actividades de los estudiantes del Servicio Social del

Estudiantado de las dos jornadas de la Sede Santa Fe.3. Contribuir en el proyecto de embellecimiento locativo de la Institución Educativa Santa

Fe.4. Capacitar a los estudiantes del Convenio SENA – Institución Educativa Santa Fe en

Áreas Productivas.5. Conformar con los estudiantes Grupos Asociativos de Producción en coordinación con

el SENA.

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6. Brindar capacitación técnica a las personas de la Comuna 08 en general, con el fin de mejorar sus condiciones de vida.

7. Elaborar con los estudiantes los productos de aseo, cosméticos y medicinales de uso externo y para la Institución Educativa los productos de aseo y enlucimiento requeridos.

8. Capacitar a estudiantes de los grados 4º y 5º de básica primaria y grados 9º, 10º y 11º de la Institución Educativa Santa Fe.

9. Lograr la vinculación de organizaciones de base de la Comuna 08 al proyecto de la Capacitación para el Trabajo y Desarrollo Humano que lidera la Institución Educativa Santa Fe a través de los Técnicos Operativos.

Artículo 74. Instructor Técnico de Educación Física. Profesional Universitario – funciones:1. Participar en la elaboración, desarrollo y control del Plan de Área de Educación Física,

Recreación y Deportes.2. Programar actividades recreo-deportivas para todos los niveles educativos de la

Institución.3. Fomentar la práctica del deporte en los estudiantes a través de la conformación de

escuelas de iniciación deportiva.4. Participar activamente en los eventos deportivos programados por las entidades que

conducen las actividades en la ciudad de Santiago de Cali.5. Detectar talentos en el deporte para presentarlos en entidades que les puedan brindar

un mayor nivel de rendimiento tales como Ligas, Clubes y Fundaciones Deportivas.6. Participar activamente desde el Área de Educación Física, Recreación y Deportes en

los proyectos transversales que se manejan en la Institución Educativa.7. Capacitar y organizar el grupo de estudiantes para que cumplan con el Servicio Social

del Estudiantado en el programa Alfa-deportivo.8. Velar por la conservación de los materiales propios del área y la sana convivencia del

estudiantado.

Artículo 75. Auxiliares de Servicios Generales – funciones:1. Asear las instalaciones a su cargo distribuyendo de manera racional los equipos y

materiales asignados.2. Responsabilizarse del mantenimiento y buen uso de equipos, materiales y

herramientas a su cargo.3. Mantener en condiciones óptimas de limpieza y orden los espacios asignados,

incluidos equipos, ventanas, escritorios, puertas, etc.4. Recoger la basura y depositarla en los sitios destinados para tal fin.5. Cumplir con las normas y procedimientos de seguridad integral establecidos.6. Seguir las instrucciones impartidas con buena disposición y gusto por sus labores

habituales.7. Establecer buenas relaciones interpersonales con la comunidad educativa que

permitan una sana convivencia. 8. Realizar otras tareas inherentes a sus funciones que les sean asignadas.

Artículo 76. Comodatarios – funciones:

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1. Emplear el lugar asignado por el Municipio exclusivamente para vivienda de él y su familia.

2. Vigilar la vivienda y la Institución empleando la mayor diligencia para la conservación de zonas verdes y enseres destinados a la educación de los niños y jóvenes.

3. Restituir el sitio asignado para vivienda en el tiempo convenido y en el mismo estado en que es recibido, salvo el deterioro natural.

4. Evitar que en la sede se realicen actos diferentes a los de prestar un servicio para la educación.

5. Ubicar de manera oportuna la basura de la escuela, en el sitio destinado para la recolección.

6. Abstenerse de dar albergue a personas extrañas.7. Abstenerse de expender comestibles y cualquier clase de objetos en la Institución.8. Abstenerse de permitir el acceso y permanencia de animales domésticos, tales como

gatos, perros entre otros, dentro de la vivienda o dentro del predio escolar.9. En el evento de ausencia parcial o temporal del comodatario, éste deberá dar aviso

con cinco (05) días de antelación al suceso a la Secretaría de Educación Municipal y a la Rectoría.

10. Solicitar a la Secretaría de Educación Municipal o a la Rectoría de la Institución, el llevar a cabo las reparaciones que demande la edificación o vivienda escolar.

11. Responsabilizarse de las llaves de la puerta principal de la sede, las cuales deberán permanecer en su poder y abstenerse de permitir el ingreso de personas ajenas y no autorizadas a la Institución.

12. Abstenerse de intervenir en aspectos administrativos o competencia del docente, y en general en los asuntos que estén a cargo de la Rectoría de la Institución.

Artículo 77. Se prohíbe al Comodatario:1. Ceder el contrato de uso de la vivienda escolar a terceros o las obligaciones

emanadas del mismo.2. Efectuar mejora alguna al local entregado para uso de vivienda; la reparación de los

daños por él ocasionados deberán ser realizados con la aprobación previa de la Secretaría Educación Municipal y la Rectoría.

3. Realizar actos de tipo social que conlleven a escándalos, embriaguez, mala conducta, etc. por parte del comodatario o cualquiera de los otros usuarios familiares o amigos de éste en la vivienda.

4. Entorpecer las actividades propias de la Institución por parte de los usuarios de la vivienda escolar.

5. Abstenerse de permitir la ocupación de las canchas existentes en las sedes para las prácticas deportivas de personas ajenas a ella, que no presenten autorización por parte de la Secretaría de Educación Municipal o la Rectoría.

6. Permitir que se realicen en las sedes actos de tipo político, manifestaciones, asambleas, festivales, salvo autorización expedida por la Secretaría de Educación Municipal o Rectoría.

7. Tener la ropa en los patios o corredores en horas de labor académica de las sedes.8. Autorizar el ingreso de vendedores ambulantes a las sedes.9. Consumir bebidas alcohólicas o cualquier sustancia nocivas para la salud

(psicoactivas) en el sitio de trabajo.

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10. Uso de aparatos audiovisuales, durante la jornada escolar, que distraiga a los estudiantes de sus actividades normales.

11. Uso de equipos sonoros a alto volumen.

Artículo 78. Se cancela contrato a los comodatarios por las siguientes Causales:1. El incumplimiento por parte del usuario de la vivienda escolar de alguna de las

obligaciones convenidas y perjuicio causados al municipio, sus bienes o a terceros.2. Cuando por razones de seguridad y salud el comodatario o algún miembro de su

familia que habite la vivienda escolar afecte a los estudiantes, docentes, vecinos o cualquier miembro de la comunidad.

3. La interdicción judicial del comodatario o de los miembros que habitan la vivienda escolar.

4. La incapacidad física permanente del comodatario.5. Actos de escándalo o embriaguez y mala conducta por parte del comodatario o

cualquier otro de los usuarios, familiares o amigos de éste en la vivienda.6. El entorpecimiento de las actividades de las sedes por parte de los usuarios de la

vivienda escolar.7. Las demás que se determinen en el respectivo contrato de comodato.8. La muerte del comodatario.

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TÍTULO IV. LOS ESTUDIANTES

Capítulo I. Perfil del Estudiante.

Artículo 79. Perfil del estudiante de la Institución Educativa Santa Fe: Nuestra Institución busca que sus estudiantes sean: 1. Competentes y hábiles en el desempeño de las áreas académica y tecnológica

aprobadas por Resolución de Secretaría de Educación Municipal: Bachiller Académico, Bachiller Técnico Especialidad Comercio; en los casos del convenio SENA-Santa Fe Bachiller con Certificación en Documentación y Registros de Operaciones Contables y Bachiller Académico con Certificación Técnico Electricista Instalador de Redes Internas.

2. Críticos, reflexivos, democráticos y autónomos, con capacidad de diálogo y de integración comunitaria.

3. Eficientes para entender y aplicar nuevos conocimientos tecnológicos y científicos.4. Respetuosos, responsables, solidarios y tolerantes.5. Con alto grado de autoestima, emprendedores y con capacidad para tomar las

mejores decisiones para orientar su proyecto de vida.6. Capaces de amar y valorar lo que hacen para alcanzar metas, mediante la creatividad

mostrándose perseverantes y seguros, para afrontar y resolver problemas que se les presente en su vida cotidiana.

7. Personas comprometidas, con sentido de identidad y pertenencia a la familia, la Institución, la región y la nación.

8. Constructores y generadores de paz.

Capítulo II. De los derechos de los estudiantes.

Artículo 80. A los estudiantes de la Institución Educativa Santa Fe, en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, niñas y adolescentes, prevalecerán los derechos de éstos. (Artículo 9º, Ley 1098 de 2006). Por lo tanto, tendrán derecho a:

1. La vida, calidad de vida y un ambiente sano.2. Integridad personal.3. Rehabilitación y resocialización.4. Protección, cuidado y atención.5. Libertad con responsabilidad y seguridad personal.6. Debido proceso y garantías procesales.7. Recreación, participación en la vida cultural y en las artes.8. Participación, autonomía y democracia con honestidad.9. Libertad de asociación, reunión y protesta con respeto. 10. Recibir información veraz y oportuna académica y de convivencia.

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11. Recibir una formación plena.12. La igualdad de oportunidades.13. La no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.14. El rendimiento escolar sea evaluado objetivamente.15. Hacer valer sus derechos.16. Recibir una educación integral de acuerdo con las normas del Ministerio de Educación

Nacional, principios fundamentales de la Institución y los adelantos de la ciencia.17. Conocer oportunamente el contenido del presente Manual de Convivencia.18. Recibir la credencial estudiantil antes del segundo mes de clases.19. Conocer oportunamente y hacer cumplir la programación de asignaturas y sugerir

modificaciones.20. Conocer en cada período los logros a alcanzar en cada una de las asignaturas.21. Evitar que las valoraciones sean utilizadas por los docentes como sanciones

disciplinarias.22. Participar en las clases reglamentarias sin ser molestado ni ocupado en actividades

ajenas a la Institución.23. Participar en los entrenamientos deportivos o actos culturales que así lo requieran,

con permiso escrito de los profesores y sus acudientes.24. Solicitar al profesor la bibliografía correspondiente a los trabajos de consulta o

investigación asignados, la cual debe ser de fácil consecución.25. Solicitar que se realicen las evaluaciones o talleres dejados de presentar durante su

ausencia siempre y cuando ésta se fundamente en una justificación escrita al docente respectivo, en un máximo de tres (3) días hábiles.

26. Tener claridad sobre la metodología utilizada por el profesor, tanto en el desarrollo de las clases como en las evaluaciones.

27. Solicitar que en las evaluaciones se tenga en cuenta el logro de objetivos, desarrollo de habilidades, nivel de conocimiento y actitudinal.

28. Solicitarle a los profesores que las evaluaciones sean debidamente programadas y ejecutadas de acuerdo con la programación, evitando la concentración de pruebas al final del período.

29. Solicitar los resultados de las evaluaciones, trabajos, talleres realizados, para obtener orientación oportuna de las deficiencias detectadas.

30. Conocer la ficha acumulativa de fortalezas y de debilidades.31. Obtener información de las Directivas y profesores acerca de las actividades a

realizarse durante los diferentes períodos y resultado de las mismas.32. Solicitar asesoría académica y sicológica cuando lo considere necesario.33. Estar inscrito cuando curse el grado 11º al servicio Nacional de Pruebas ICFES,

siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos.34. Recibir en las fechas establecidas por la Ley, los certificados de estudio, constancias,

paz y salvo financiero, diplomas u otros documentos solicitados.35. Solicitar puntualidad y cumplimiento de las actividades programadas por los

profesores de la Institución.36. Hacerse acreedor a las exoneraciones de matrícula y pensión, conforme a la

legislación educativa vigente.

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37. Recibir distinciones y estímulos que determine la Institución, si llena los requisitos y posee los méritos.

38. Recibir informe académico al terminar cada período de estudio, teniendo en cuenta lo estipulado en el Decreto 230 de 2002.

39. Presentar reclamos justos, peticiones, solicitudes y descargos, siguiendo el conducto regular: Profesores del área, Acompañante o Titular de Grupo, Coordinador, Rector, Consejo Directivo.

40. Hacer reclamos y/o solicitudes respetuosas escritas o verbales, pero en ambos casos se registrarán por parte de los intervinientes en él.

41. Hacer descargos por escrito y que estos se anexen a la ficha acumulativa.42. Recibir un pupitre para su uso, que le brinde comodidad suficiente para recibir clases

o realizar sus trabajos.43. Ser escuchado antes de ser sancionado, teniendo en cuenta el debido proceso.44. Participar en la evaluación institucional.45. Recibir el Manual de Convivencia una vez matriculado.

Capítulo III. De los deberes de los estudiantes.

Artículo 81. Los estudiantes de la Institución Educativa Santa Fe tienen como deberes:1. Estudiar asistiendo a clases puntualmente y participando en las actividades de la

Institución.2. Seguir las orientaciones del profesorado, demostrando respeto y consideración.3. Respetar el ejercicio del derecho a la educación de sus compañeros.4. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de todos los

miembros de la comunidad educativa.5. Tratar con respeto a los Docentes, Directivos, Personal Administrativo, Operativo,

Compañeros y demás personas relacionadas con la Institución.6. Acatar y cumplir las órdenes que imparten los Directivos y Docentes de la Institución,

relacionadas con la disciplina, rendimiento académico y buen nombre de la misma.7. Participar en las actividades académicas, socioculturales, deportivas y científicas que

programe la Institución.8. Evitar las demostraciones excesivas de afecto que se derivan de las diferentes

relaciones entre miembros de la comunidad educativa.9. Cumplir los correctivos que se impongan cuando contravenga el Manual de

Convivencia respecto a las mínimas normas de comportamiento social.10. Presentarse a clase con el uniforme correspondiente, completo y debidamente

organizado.11. Impulsar la representación estudiantil del Gobierno Escolar.12. Velar por la buena marcha y conservación de los bienes de la Institución, de todas las

dependencias, informar a los Directivos, Docentes y demás miembros de la comunidad cualquier anomalía que perjudique los bienes de ésta. El silencio lo hará cómplice para efectos disciplinarios.

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13. Responder por los daños que ocasione en la Institución.14. Presentar oportunamente excusas por la inasistencia, consignando en ella el motivo y

las fechas correspondientes.15. Efectuar las evaluaciones reglamentarias y demás pruebas que el profesor considere

convenientes para el desarrollo de sus áreas.16. Atender con prontitud los diferentes toques de timbre o campana que indican siempre

iniciación de alguna actividad de la Institución.17. Abstenerse de traer alhajas, radio, gorras, celulares, accesorios o artículos de valor.

La Institución no se responsabiliza por su pérdida.18. Presentarse a clases con todos los textos correspondientes al día, según horario

asignado.19. Encaminar el trabajo para lograr en todo momento un destacado nivel académico.20. Cumplir con las disposiciones del Comité de Evaluación y Promoción, sobre las

actividades de recuperación y superación, en las fechas y hora estipulada.21. Abstenerse de fumar cigarrillo y SPA, ingerir bebidas alcohólicas y/o SPA, portar

armas corto-punzantes y/o de fuego o traficar estupefacientes dentro de la Institución.22. Restringir el ingreso a la Institución en estado de alicoramiento y/o bajo efecto de

sustancias sicoactivas.23. Resolver en forma cordial y tolerante las situaciones de conflicto y atender las

remisiones sugeridas por el Comité de Convivencia y Conciliación.24. Evitar traer elementos y comestibles para la venta dentro de la Institución.25. Respetar y valorar sus pertenencias y la de los demás dentro y fuera de la Institución,

devolviendo todo objeto que no sea de su propiedad.

Capítulo IV. Estímulos.

Artículo 82. Durante el transcurso del año los estudiantes recibirán los siguientes estímulos:1. Mención de Honor en las Izadas del Pabellón Nacional.2. Medallas al Mérito: académico, cultural y deportivo.3. Presentación en el Cuadro de Honor por sede y jornada.4. Participación en eventos externos de la Institución (Porrita Coopser, Pruebas ICFES,

Becas en instituciones de Educación Superior, etc.).

Artículo 83. Al finalizar el año y en Ceremonia de Premiación y Graduación se entregarán los siguientes estímulos:1. Medalla a la Excelencia Institución Educativa Santa Fe a jóvenes que se destaquen

por sus excelentes logros académicos e interactúen con todas las personas de la Comunidad Educativa practicando los valores Institucionales.

2. Medalla de Convivencia para quienes se destaquen por la práctica cotidiana de los valores Institucionales (1 por sede y jornada).

3. Medalla y Resolución al Mejor ICFES. 4. Medalla al Esfuerzo Personal.

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5. Medalla y Resolución al Mejor Bachiller.6. Medalla al Mejor Estudiante de Básica Primaria (5º grado).7. Medalla al Mejor Estudiante en Básica Secundaria (9º grado).8. Botón de Perseverancia a los Bachilleres que hayan cursado sus estudios en la

Institución desde Preescolar.9. Beca al Mejor Estudiante por cada grado en cada sede, con su respectiva Mención de

Honor y Medalla.10. Beca al Segundo Mejor Estudiante por cada grado en cada sede, con su respectiva

Mención de Honor.11. Mención de Honor por colaboración.12. Medalla y Resolución: Orden Institución Educativa Santa Fe – Categoría al Mérito para

el Directivo, Docente, Administrativo o Miembro de la Comunidad que se destaque por su desempeño durante el período lectivo enalteciendo la Institución Educativa Santa Fe.

TÍTULO V. DE LOS PADRES O ACUDIENTES

Capítulo I. De los padres y acudientes de los estudiantes.

Artículo 84. Derechos de los padres de familia. Como Padres de Familia o Acudientes y miembros vitales de la Institución Educativa Santa Fe tienen derecho a:

1. Conocer y tener copia en forma oportuna del presente Manual de Convivencia.2. Elegir el tipo de educación que procure el desarrollo integral de sus hijos, de

conformidad con la Constitución Política y las leyes vigentes.3. Conocer de manera amplia, clara y oportuna las diversas estrategias metodológicas,

evaluativas relacionadas con la formación integral del estudiante.4. Participar en el proceso educativo que desarrolla la Institución y de manera especial,

en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Institucional.5. Recibir información oportuna sobre el rendimiento y comportamiento del estudiante.6. Hacer reclamos justos y necesarios, en forma respetuosa utilizando el conducto

regular: Profesor, Acompañante de Grupo o Titular, Coordinador(a), Consejo Académico, Rector(a), Consejo Directivo.

7. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia y Consejo de Padres.8. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos,

la capacitación de los padres en asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de los estudiantes.

9. Interponer los recursos de reposición y apelación cuando se aplique una sanción académica y/o disciplinaria al estudiante si se considera injusta.

10. Obtener recibo por cada pago que haga a favor de la Institución.11. Ser partícipe de la Escuela de Padres.12. Ser atendidos con amabilidad y respeto por todos los estamentos de la Institución.

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13. Ser informado cuando su hijo(a) o acudido no asista a la Institución o llegue retardado tres o más veces.

14. Ser informado oportunamente de las actividades a realizar durante el año lectivo por la Asociación de Padres de Familia e igualmente tener conocimiento de las actas de cada reunión.

Artículo 85. Deberes de los Padres de Familia. Los deberes del Padre de Familia o Acudiente de la Institución Educativa Santa Fe son:1. Matricular al estudiante cumpliendo con los requisitos exigidos y proveerlo de

uniformes, útiles, materiales y demás elementos necesarios para su buen desempeño escolar.

2. Enterarse oportunamente del desempeño del estudiante tanto en la parte académica como disciplinaria.

3. Cancelar el valor correspondiente a los costos educativos y/o complementarios al principio del año lectivo, enviando copia del recibo de consignación cuando se haga el pago correspondiente.

4. Leer y analizar en familia el Manual de Convivencia y velar porque el estudiante se acoja a sus normas.

5. Asistir puntualmente a las citas, reuniones, conferencias, Escuela de Padres y demás eventos pertinentes programados por la Institución.

6. Ser leal con la Institución donde se educa y forma su hijo(a) o acudido.7. Acompañar al estudiante en la realización de tareas, trabajos, proyectos y actividades

académicas en general.8. Controlar la utilización del tiempo libre del estudiante y enterarse de las actividades

que realiza fuera de casa y de los amigos que frecuenta.9. Velar por la presentación personal del estudiante.10. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia, solidaridad y

responsabilidad mutua que favorezca la educación de sus hijos(as) o acudidos y la mejor relación entre los miembros de la Comunidad Educativa.

11. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades de la Institución, las irregularidades de que tengan conocimiento, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas.

12. Velar por la permanente asistencia del estudiante a la Institución, informando oportunamente la causa de su ausencia y justificando mediante una excusa escrita.

13. Responder por los daños causados por el estudiante a los enseres de la Institución y material didáctico.

14. Seguir el conducto regular en caso de algún reclamo justo, teniendo en cuenta el respeto y la cordialidad con los miembros de la Comunidad Educativa.

15. Colaborar con las diferentes actividades programadas por la Asociación de Padres de Familia.

16. Apoyar a la Institución en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.

17. Asistir a la Institución a cualquier trámite vestido(a) de manera adecuada y recatada.

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18. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos(as), para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

19. Asumir responsablemente las remisiones hechas a los diferentes especialistas que requiera el estudiante y presentar a la Institución el seguimiento, control y recomendaciones sugeridas.

20. Y los demás, consignados en la Ley 1098: Ley de Infancia y Adolescencia.

TÍTULO VI. NORMAS DE CONVIVENCIA

Capítulo I. Disposiciones generales.

Artículo 86. Los incumplimientos de las normas de convivencia serán valorados consi-derando la situación y las condiciones personales del estudiante.

Artículo 87. 1. Los correctivos que se apliquen por el incumplimiento de las normas de convivencia tendrán carácter educativo, buscarán garantizar el respeto a los derechos propios y de los demás estudiantes, mejorando las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.2. En todo caso, en los correctivos se tendrá en cuenta que no podrán imponerse correctivos que afecten la integridad física y la dignidad personal del estudiante. La imposición de los correctivos deberá contribuir a mejorar su proceso educativo.3. En la aplicación de los correctivos se tendrá en cuenta la edad del estudiante.4. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del estudiante antes de aplicar el debido proceso. Para este efecto, se podrán solicitar los informes que se estimen necesarios sobre las circunstancias y recomendar los correctivos pertinentes.

Artículo 88. La Institución aplicará el debido proceso en todas las actuaciones que conduzcan a la aplicación de alguna propuesta de solución a la dificultad presentada, por ello se tendrá siempre en cuenta:

1. El derecho de defensa y el principio de contradicción: antes de tomar una decisión se oirá al estudiante y a sus padres. Será la ocasión para hacer los descargos pertinentes.

2. El principio de legalidad: La conducta inadecuada que se impute y la propuesta de solución que se le imponga debe estar contemplada en este Manual Convivencia.

3. La presunción de inocencia: La responsabilidad del estudiante debe ser verificada y probada.

4. El principio de la buena fe: En las actuaciones del (los) estudiantes se presume siempre la buena fe.

5. La doble instancia: Todas las decisiones que afecten al estudiante podrán ser recurridas ante la persona u organismo superior.

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6. Proporcionalidad del correctivo: En la imposición del correctivo debe tenerse presente la gravedad o levedad de la conducta inadecuada.

Artículo 89. Circunstancias atenuantes y agravantes: Para la aplicación del correctivo se tendrá en cuenta el grado de responsabilidad y la existencia de circunstancias atenuantes o agravantes:

Son circunstancias atenuantes:1. El buen comportamiento anterior.2. Haber sido inducido a cometer la conducta inadecuada.3. El confesar la conducta inadecuada oportunamente.4. Procurar a iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado.

Son circunstancias agravantes:1. Tener compromiso académico y/o disciplinario, según corresponda.2. Reincidir en la comisión de la conducta inadecuada.3. Incurrir en una conducta inadecuada para ocultar otra.4. Rehuir la responsabilidad o atribuírsela a otro cuya inocencia sea manifiesta.5. Premeditar la conducta inadecuada.6. Ser cómplice de la conducta inadecuada.7. Haber sido inducido a cometer la conducta inadecuada.

Artículo 90. El diálogo con el estudiante que presenta una conducta inadecuada y con sus padres es fundamental en todo procedimiento disciplinario. El diálogo es el recurso pedagógico que nos permite determinar las causas que llevaron al estudiante a cometer la infracción, valorarla y determinar las acciones o correctivos más convenientes para que mejore su comportamiento. Inicialmente será analizado con el Comité de Convivencia y Conciliación de jornada o sede. En caso de ser necesario pasará a instancias superiores.

Artículo 91. Podrán corregirse, de acuerdo con lo dispuesto en este título, los actos contrarios a las normas de convivencia de la Institución realizados, por los estudiantes en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares. Igualmente podrán corregirse las actuaciones del estudiante que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa.

Artículo 92. En primer lugar el Comité de Convivencia y Conciliación de la jornada o sede supervisará el cumplimiento efectivo de las correcciones en los términos en que hayan sido impuestas. Caso contrario será analizado en instancias superiores.

Artículo 93. Normas generales de convivencia: 1. El horizonte institucional es el consignado en el Proyecto Educativo Institucional y guía

el diario transcurrir de las actividades escolares.2. Las responsabilidades de los distintos órganos, tanto unipersonales como colegiados,

son las que establecen las normas vigentes.

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3. Todo conflicto entre los miembros de la comunidad educativa se procurará que sea resuelto en su propio ámbito, es decir entre las personas implicadas en primera instancia. Si no quedase resuelto intervendría la Coordinación y en último caso, la Rectoría. En todo caso, se tendrá en cuenta los principios de oportunidad, conciliación y reparación, como factores preponderantes en la resolución de conflictos, mediados por el Comité de Convivencia y Conciliación.

4. La violencia ha de ser excluida de la Institución ya que la comunidad educativa considera el diálogo y la paz como valores fundamentales.

5. Se fomentará el espíritu de solidaridad, respeto, responsabilidad y tolerancia.

Artículo 94. Normas específicas de convivencia: Los estudiantes de la Institución Educativa Santa Fe, tenemos la misión de interiorizar y practicar los valores Institucionales y distinguirnos por los siguientes comportamientos: 1. Ser tolerantes para convivir en paz, ya que al ser individuos con puntos de vista

diferentes ante la vida, en ocasiones produce choques con los demás; lo anterior no nos permite vivir en sociedad, ni aceptar a los demás tal y como son: con sus fortalezas y debilidades.

2. Ser respetuosos es un valor que debemos cultivar para que las demás personas no nos hagan a un lado, es saber respetar las opiniones o decisiones de los demás, sin juzgar por lo que piense el otro o lo que nosotros queremos ver. Es muy importante para construir una buena relación de convivencia armónica.

3. Ser responsable implica aprender a cumplir con nuestros compromisos, lo cual nos ayuda a realizar nuestras metas, si no se es responsable no se tiene orden en la vida.

4. Ser solidarios es ayudar a nuestros semejantes en momentos difíciles y situaciones de riesgo, sin esperar nada a cambio.

Artículo 95. Durante todos los días, en todas las actividades escolares planeadas y desarrolladas por la Institución, el estudiante debe cumplir normas de higiene y presentación personal.

Artículo 96. Los retardos e inasistencias. La puntualidad como factor esencial del valor de la responsabilidad requiere de un manejo especial en la Institución Educativa Santa Fe. Por lo tanto:1. El retardo injustificado implica anotación en el registro de asistencia diario.2. Al momento de acumular tres retardos injustificados, el Padre de Familia será citado

para firmar el compromiso de puntualidad con el respectivo Director o Titular de Grupo.

3. Una vez firmado el compromiso y de continuar con retardos injustificados, al cumplir más de seis (6) será remitido al Comité de Convivencia y Conciliación de la sede o jornada.

4. En caso de inasistencia el padre de familia deberá reportar por escrito la justificación a la misma, con el fin de autorizar trabajos, tareas, evaluaciones u otras actividades dejadas de realizar durante su ausencia.

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5. La inasistencia injustificada deberá ser reportada por el Director de Grupo al respectivo Padre de Familia, cuidando que esté dentro de un margen prudencial de 1 a 5 días hábiles.

6. Cuando la inasistencia excede el margen prudencial y no tenga la debida justificación se procederá a informar por escrito a la Comisaría de Familia y/o Bienestar Familiar por parte del Comité de Convivencia y Conciliación.

7. La inasistencia injustificada implicará la aplicación del Decreto 230 de Febrero 11/2002 en cuanto a la acumulación del 25% de inasistencia, ya sea por días o por asignatura.

8. Los permisos para ausentarse de la Institución durante la actividad académica y/o extracurricular, deberán ser sustentados por el Padre de Familia por escrito. El(la) Coordinador(a) será el(la) encargado(a) de autorizar la salida. En caso de ausencia del mismo, previa autorización podrá hacerlo el(la) Docente encargado(a) de la disciplina.

9. En caso de enfermedad u otra eventualidad durante la jornada académica y/o extracurricular, el padre de familia y/o acudiente deberá hacerse presente para recoger personalmente a su hijo(a).

Artículo 97. Los estudiantes deben presentarse a la Institución con el siguiente uniforme:

Uniforme de diarioNiñas: Camiseta blanca con ribete azul turquí en mangas y cuello, lleva marquilla bordada con el escudo de la Institución en el lado izquierdo. Falda en lino azul turquí línea A, lleva un solo prense profundo adelante, pretina de 3½ cm de ancho, cierre y botón atrás, bolsillo interno al lado derecho. Largo: 3 dedos arriba de la rodilla. Medias blancas sin doblar. Zapatos negros.

Varones: Camiseta tipo blanca con ribete azul turquí en mangas y cuello, lleva marquilla bordada con el escudo de la Institución en el lado izquierdo. Jean azul. Medias azul turquí. Zapatos negros.

Uniforme de Educación Física (varones, niñas): Camiseta blanca, cuello en V, ribetes verde y amarillo en las mangas y cuello, bordado el escudo de la Institución en el lado izquierdo. Sudadera blanca, ribetes verde y amarillo a los lados, bordado el escudo de la Institución en verde y amarillo en la pierna izquierda. Medias blancas y zapatos tenis blancos.

Opcional: Chaqueta de la Institución para días fríos del mismo color de la sudadera.

PARÁGRAFO 1. La Institución exige a todos los estudiantes una excelente presentación: las niñas y jóvenes portaran el largo de la falda hasta la rodilla. Medias altas.

Los niños y jóvenes deben llevar el cabello corto, con corte clásico.

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PARÁGRAFO 2. Es obligatorio el uso del uniforme diario para las actividades curriculares y normales y el de educación física para las actividades deportivas.

Capítulo II. Conductas inadecuadas leves de los estudiantes.

Artículo 98. Se consideran conductas inadecuadas leves de los estudiantes las siguientes:1. Poner apodos.2. Evadir las actividades de clase, sin causa justificada.3. Gritar en los corredores o el salón cuando se está en clase.4. Generar indisciplina en el salón cuando se está en clase.5. Consumir alimentos durante el desarrollo de la clase.6. Esconder los objetos personales de sus compañeros.7. Portar celular, radios o similares y utilizarlos inadecuadamente.8. Permanecer en el aula de clase durante el descanso sin autorización del docente.9. Usar palabras soeces, dentro o fuera del plantel.10. Demostrar manifestaciones excesivas de afecto.11. Asistir a clase sin los materiales necesarios.12. Incumplir con la entrega de la correspondencia enviada a los padres.13. Realizar dentro de la Institución y a título propio, cualquier tipo de compraventas, rifas

y actividades comerciales no autorizadas.14. Incurrir en comportamientos inadecuados en los homenajes a la bandera, actividades

culturales, deportivas o extracurriculares.15. Permanecer en la Institución por fuera de sus actividades escolares sin autorización

del Docente o de la Coordinación.16. Comprar en la tienda escolar en horas de clase.17. Tomar objetos ajenos sin la debida autorización del dueño.18. Asistir a la Institución sin el uniforme completo correspondiente y en condiciones

higiénicas no adecuadas. 19. Arrojar basura fuera de los sitios destinados para este fin.20. Y todas aquellas conductas inadecuadas que atentan contra la dignidad y la integridad

de la comunidad educativa y que afectan el normal desarrollo de las actividades escolares.

Artículo 99. Las Conductas inadecuadas leves a las normas de convivencia de la Institución podrán ser corregidas con:1. Amonestación verbal.2. Amonestación por escrito.3. Presentación inmediata ante el Comité de Convivencia y Conciliación o la

Coordinación.4. Realización de trabajos específicos en horario lectivo o no lectivo.5. Realización de tareas (carteleras, conversatorios con los compañeros, participar

obligatoriamente en actividades de capacitación, charlas de convivencia, etc.) que contribuyan a mejorar y a desarrollar las actividades de la Institución o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las personas, a las instalaciones, al material de

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la Institución o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

Artículo 100. Serán competentes para decidir las correcciones previstas en el artículo anterior:1. Los profesores del estudiante pueden imponer el correctivo que se establecen en los

numerales anteriores, después de escuchar al estudiante en descargos. El profesor debe dejar un registro escrito de este procedimiento y obtener la firma del estudiante dejando una copia en la hoja de vida del estudiante.

2. Si la situación lo amerita el profesor remitirá al estudiante al Comité de Convivencia y Conciliación y/o Coordinación, instancias que después de escuchar al estudiante, citará a los padres y/o acudientes y levantará un acta formal del procedimiento.

3. En caso de ser necesario, se remitirá al estudiante a profesionales especializados, de acuerdo a la comisión de la conducta inadecuada.

PARÁGRAFO 1. El estudiante que sea sancionado con alguno de los numerales del Artículo 98 podrá ser valorado con Insuficiente (I) en la convivencia del período.

PARÁGRAFO 2. Los objetos cuyo porte es restringido y su uso haya sido inadecuado tales como: aparatos electrónicos de sonido en general, armas de juguete, juegos electrónicos, celulares, accesorios personales, etc., podrán ser retenidos por el Docente o Coordinador(a) y solo devueltos al padre de familia y/o acudiente.

Capítulo III. Conductas inadecuadas graves de los estudiantes.

Artículo 101. Se consideran Conductas inadecuadas graves para la convivencia en la Institución:1. La injuria, la difamación u ofensas graves contra los miembros de la comunidad

educativa.2. La reiteración, en un mismo año lectivo de Conductas inadecuadas leves.3. La agresión grave física o moral contra cualquier miembro de la comunidad educativa.4. Participar en riñas dentro o fuera del plantel, si la comisión de la conducta inadecuada

afecta el buen nombre de la Institución.5. Las amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa.6. Maltrato y toda actitud que ridiculice, humille o rebaje a cualquier persona de la

Institución.7. La suplantación de personalidad en actos de la vida escolar y la falsificación o

sustracción de documentos académicos.8. Atentar contra el prestigio y el buen nombre de la Institución.9. Portar y utilizar material pornográfico en revistas o postales, vídeos, casetes,

disquetes, CDs, celulares, etc.10. La complicidad o la no denuncia oportuna de actos que afectan la moral, la buena

conducta, la seguridad de los integrantes de la comunidad educativa y los intereses de la Institución.

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11. Atentar contra el patrimonio físico y ecológico de la Institución.12. Los daños graves causados por uso indebido o intencional en los locales, material o

documentos de la Institución o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

13. El incumplimiento de los correctivos impuestos.14. Porte y utilización de objetos que puedan utilizarse como armas.15. Porte de cualquier tipo de armas de fuego o blancas.16. Consumo, porte y tráfico de estupefacientes, cigarrillos y/o bebidas alcohólicas.17. Incitar a otros estudiantes a realizar estas conductas inadecuadas dentro o fuera de la

Institución.18. El chantaje y las apuestas con dinero.19. Hurto o robo de cualquier tipo de objetos a compañeros o personal de la Institución.20. Salir del plantel sin permiso expreso de la autoridad competente.21. También son Conductas inadecuadas graves aquellas que atentan contra la dignidad,

honra e integridad de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.

Artículo 102. Las conductas inadecuadas enumeradas en el artículo anterior podrán ser corregidas con:1. Realización de tareas o participación en actividades que contribuyan a mejorar la vida

institucional, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material de la Institución o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas deberán realizarse en horario lectivo o no lectivo.

2. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o comple-mentarias de la Institución.

3. Cambio de grupo o de jornada.4. Exclusión de la ceremonia de graduación para el caso de estudiantes que estén

cursando, grado 9° o grado 11°, sin que ello afecte el derecho a recibir su título, lo cual se hará por ventanilla.

5. Traslado a otra Institución Educativa oficial o privada.6. Negación de cupo en la Institución para el siguiente año lectivo, para lo cual se

sugerirá otra Institución Educativa oficial o privada. Artículo 103. No podrán corregirse las Conductas inadecuadas graves en la Institución sin la previa iniciación de un procedimiento disciplinario.

Artículo 104. Iniciación del procedimiento disciplinario. El Comité de Convivencia y Conciliación o la Coordinación de la respectiva jornada o sede de la Institución, después de recoger la información necesaria y evaluar todas las circunstancias relacionadas con la comisión de una conducta inadecuada grave es la responsable de decidir la iniciación de un procedimiento disciplinario al estudiante inculpado. Esta decisión debe tomarla en un plazo que no supere diez (10) días desde que se tuvo conocimiento de la comisión de los hechos o conductas a corregir.

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La decisión de iniciar un procedimiento disciplinario tiene la suficiente prioridad como para que se le dote de formalidades mínimas esenciales. Debe hacerse por escrito con citación previa a sus padres y/o acudientes y al interesado e iniciar el debido proceso siguiendo los conductos regulares normativos.

Artículo 105. Instrucción del procedimiento disciplinario. La instrucción es el conjunto de trámites que se llevan a cabo para el esclarecimiento y prueba de los hechos, así como para la determinación del grado de responsabilidad que tiene el estudiante implicado, los alcances del correctivo y la propuesta del mismo. Instruye el Comité de Convivencia y Conciliación y/o la Coordinación de la respectiva jornada o sede de la Institución Educativa.

Artículo 106. Como parte del procedimiento de la instrucción, el Comité de Convivencia y Conciliación y/o la Coordinación procederán a: 1. Escuchar los descargos del inculpado y a sus padres y/o acudientes, dejando

constancia escrita y firma.2. Guardar copia de los documentos aportados e incorporarlos a la hoja de vida del

estudiante.3. Hacer formalmente por escrito, con firma de recibido y fecha, las comunicaciones y

convocatorias que se hagan durante la instrucción.4. Usar todos los medios de prueba aceptados en Derecho tales como, confesión del

interesado, pruebas documentales (escritas, grabadas en vídeo o sonoras, etc.), pruebas testimoniales.

Artículo 107. Finalización de la instrucción. El Comité de Convivencia y Conciliación y/o la Coordinación finalizarán la instrucción con una propuesta de correctivo a la conducta inadecuada o dejando constancia de escrita de la terminación del proceso, en la que deben constar, al menos, los siguientes apartados:

1. Hechos supuestamente imputados y estudiante al que se le atribuyen, implicados, testigos, fecha, circunstancias, etc.

2. Trámites efectuados durante la instrucción y breve resumen del contenido de los mismos.

3. Conductas inadecuadas y circunstancias que se consideran probadas.4. Propuesta de correctivos, dentro de las previstas y tipificadas en el Manual de

Convivencia, ponderadas de acuerdo con lo probado o propuesta de la terminación de la instrucción por ser improcedente.

Artículo 108. Finalización del procedimiento. El mismo Comité de Convivencia y Conciliación y/o Coordinador(a) que instruyó el procedimiento disciplinario serán los responsables de aplicar el correctivo a la conducta inadecuada, cuando ésta sea una de las establecidas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del Artículo 102 del presente Manual de Convivencia.

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La propuesta del correctivo a la conducta inadecuada, debe ser dirigida a la Rectoría para que sea adoptada por ésta cuando se trate de los correctivos establecidos en los numerales 5 y 6 del Artículo 102 del presente Manual de Convivencia. La decisión será comunicada, formalmente, por escrito con acuse de recibo al estudiante y a sus padres y/o acudientes.

Artículo 109. El estudiante a quien se le apliquen los correctivos del Artículo 101 de este Manual de Convivencia podrá tener valoración I en la convivencia.

Artículo 110. En el caso de presentarse en uno o varios estudiantes una conducta inadecuada se procederá con base en lo legislado en la Ley de la Infancia y la Adolescencia, teniendo como base el presente Manual de Convivencia.

Artículo 111. Excepcionalmente, al iniciarse el procedimiento correctivo a un estudiante que haya incurrido en una conducta inadecuada que afecte los derechos a la integridad, calidad de vida, seguridad y dignidad de sus compañeros y comunidad en general, en primera instancia se hará cargo el Comité de Convivencia y Conciliación, quienes podrán adoptar las medidas provisionales que estimen convenientes. Las medidas provisionales podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en un trabajo pedagógico. En caso de requerir otras instancias se acudirá al conducto regular.

Artículo 112. Las comisiones de Evaluación y Promoción tendrán las siguientes funciones disciplinarias:1. Determinar cuáles estudiantes han incurrido en la comisión de conductas inadecuadas

durante el transcurso del período o año lectivo. El acta de esta reunión será entregada al Comité de Convivencia y Conciliación para que proceda a iniciar el correspondiente procedimiento correctivo al estudiante o estudiantes relacionados.

2. En la reunión final del Comité de Evaluación y Promoción podrá sugerirse a los padres/madres y/o acudientes de los estudiantes que durante el año escolar incumplieron con los acuerdos de sana convivencia establecidos por el Comité de Convivencia y Conciliación que su ingreso al período lectivo siguiente podrá verse afectado, debido a que su formación integral no se adecúa a la filosofía Institucional.

Artículo 113. Prevención frente al consumo de sustancias psicoactivas.La Institución brindará y desarrollará proyectos y programas encaminados a la prevención y remisión a una entidad especializada para su tratamiento, a partir del reconocimiento de su problemática por parte del estudiante y disposición al cambio; a través de:1. Proyecto Institucional en el cual se desarrollan actividades de prevención y persuasión

hacia el no consumo de sustancias psicoactivas.2. La Corporación Caminos apoyará a los estudiantes en el programa de rehabilitación.3. Orientación psicológica brindada por profesionales cuya finalidad será el

fortalecimiento de la autoestima y con ella, la construcción de proyectos de vida saludables y consecución de metas.

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4. Integración de la familia, la comunidad, la sociedad y el Estado, en la formación y ejecución de estrategias encaminadas a la prevención y el tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas.

Artículo 114: Los estudiantes que han incurrido en conductas inadecuadas o sus respectivos padres/madres y/o acudientes, pueden hacer uso de los recursos de reposición y apelación de la siguiente manera:

Reposición: Ante la persona u organismo que impuso el correctivo, presentando la petición por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Apelación: Ante la instancia superior de quien impuso el correctivo, siguiendo el conducto regular, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Para estos efectos, el conducto regular es el siguiente: Docente, Comité de Convivencia y Conciliación, Rectoría y Consejo Directivo.

Para asuntos estrictamente académicos serán también instancias de apelación la la Comisión de Evaluación y Promoción y el Consejo Académico. Dichos recursos podrán ser presentados por los estudiantes y/o sus madres, padres y/o acudientes, siempre por escrito dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la notificación, explicando claramente las razones por las cuales se interpone el recurso.

TÍTULO VII. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 115. Conceptualización. “¿Qué es Evaluar? Evaluar implica poder emitir un juicio sobre un asunto determinado, previo un proceso de investigación que dé elementos para emitir el juicio.Evaluar un alumno es una acción por medio de la cual se busca emitir un juicio valorativo sobre el proceso de desarrollo del estudiante, previo un seguimiento permanente que permita determinar qué avances ha alcanzado con relación a los logros propuestos, qué conocimientos ha adquirido o construido y hasta qué punto se ha apropiado de ellos, qué habilidades y destrezas ha desarrollado, qué actitudes y valores ha asumido y hasta dónde éstos se han consolidado.”1

La evaluación actual tiene como fin principal tener en cuenta la participación democrática, con flexibilidad, apertura y comunicación constantes que conduzcan a procesos de reflexión y motivación para buscar estrategias y alternativas para la superación de debilidades y deficiencias en el estudiante.

1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Finalidades y alcances del Decreto 230 del 11 de Febrero de 2002. Currículo, Evaluación y Promoción de los Educandos, y Evaluación INSTITUCIÓNal.Bogotá, D.C. Julio de 2002, p. 83

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Este nuevo enfoque de la evaluación obliga que ésta se caracterice por ser continua, integral, sistemática, flexible, interpretativa, participativa y formativa, propiedades que a lo largo del proceso deben tenerse en cuenta y se constituyen en la base de la evaluación.Para lo anterior es necesario el planteamiento de diferentes tipos de pruebas tales como comprensión, análisis, discusión crítica, de apropiación y aplicación de conceptos, apreciaciones cualitativas y todo tipo de actividades de promuevan en el estudiante el desarrollo académico y apropiación de valores que lleven a una formación integral del educando.

Artículo 116. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTESTeniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 8 numeral 1 y el Artículo 11 numeral 1 del Decreto 1290 del 2009, se estableció el siguiente cronograma constituido por: Actividades, fechas, propósitos y resultados con el fin de definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. FECHA PROPÓSITOS ACTIVIDADES RESULTADOSMayo 06 de 2009

Socialización del Decreto 1290 a Directivos Docentes de la comuna 08.

Presentación del Decreto 1290. Institución Educativa José M. Saavedra Galindo.

Acercamiento al documento Decreto 1290, nuevo sistema de evaluación.

Mayo 27 de 2009Junio 10 y 11 de 2009

Socializar, discutir y proponer alternativas para implementar el Decreto 1290 en la Institución Educativa Santa Fe. Participantes: Docentes, directivos docentes, representantes de los estudiantes, y representantes de los padres de familia.

Sedes y jornadas – mesas de trabajo

Mesas de trabajo.

Consolidado: lectura inicial Decreto 1290por sedes y jornadas

Junio 17 de 2009

Reflexionar críticamente acerca del nuevo modelo de evaluación

Seminario: “Hacia un modelo Institucional de Evaluación Formativa” – Directivos Docentes

Conceptualización para un modelo de evaluación formativa.

Junio 27 de 2009

Socializar, discutir y proponer alternativas para implementar el Decreto 1290 en la Institución Educativa Santa Fe.

Mesas de trabajo. Segunda lectura realizada a componentes específicos del Decreto 1290 por mesas de trabajo

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conformadas por los docentes y directivos docentes de la Institución Educativa Santa Fe.

Septiembre 08 de 2009

Analizar los resultados de las mesas de trabajo conformadas para discutir y proponer la implementación del Decreto 1290.

Reunión ordinaria del Consejo Académico.

Documento para poner en consideración de la comunidad educativa.

Septiembre 08 de 2009

Aprobar propuestas realizadas en las mesas de trabajo y realizar un documento para ponerlo en consideración de la comunidad educativa en plenaria.

Mesas de trabajo.

Septiembre 25 de 2009

Lectura interpretativa, reflexiva y propositiva del documento “Cómo Evaluar el Aprendizaje Escolar” (autor: Ignacio Abdón Montenegro Aldana).

Mesas de trabajo para analizar el texto por capítulos.Plenaria para poner en consideración las impresiones del texto y escuchar nuevas propuestas.

Textos entregados por las mesas de trabajo.

Octubre 27 de 2009

Socializar los avances de los SIEP de las Instituciones Educativas de la Comuna 08.

Pre-foro en la que participaron las diferentes Instituciones.

Socialización de los SIEP de las Instituciones Educativas de la comuna 8.

Octubre 27 de 2009

Análisis del documento del SIEP en la Institución Educativa Santa Fe para sistematización.

Reunión de directivos y administrativos con el asesor en sistematización.

Presentación de propuestas para sistematización del SIEP en la Institución Educativa Santa Fe.

Noviembre Aprobar el SIEP. Estudio, Lectura del documento Documento final

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18 de 2009 análisis y aprobación del SIEP.

y modificaciones y aportes.

aprobado por el Consejo Académico mediante Acuerdo #004 de Noviembre 18 de 2009.

Noviembre 27 de 2009

Socialización del documento del SIEP, aprobado por el Consejo Académico con estudiantes, administrativos, padres de familia y comunidad en general.

Presentación del documento por sedes y jornadas.

Socialización del SIEP de la Institución Educativa Santa Fe a la comunidad educativa.

Artículo 117. Los criterios de evaluación y promociónLa evaluación debe ser integral y formativa, es integral cuando considera básicamente los desempeños académico-cognitivos, los actitudinales y los valores axiológicos; es formativa cuando se generan oportunidades reales y prácticas de desarrollo del estudiante en cada uno de los niveles o componentes. La evaluación debe estar ligada a procesos de desarrollo de competencias, comprensiones y proyectos de vida. Examinar el desempeño estudiantil frente a un logro académico y generar oportunidades para el mejoramiento.La evaluación al medir e influir debe ir más allá de la información de datos, debe promover en el estudiante el uso del pensamiento, el procesamiento de información, la apropiación, la aplicación y uso del conocimiento para su desarrollo personal y el de la sociedad.En la Institución Educativa Santa Fe evaluaremos de acuerdo a nuestro horizonte institucional, teniendo en cuenta los Estándares y Competencias de cada una de las aéreas, el Modelo Pedagógico Desarrollista Inter-estructural y el diseño Curricular, acogiéndose al sistema de evaluación del estudiante implementado por la institución.

Los estudiantes serán promovidos al grado siguiente cuando: Promoción normal: Cuando el estudiante haya aprobado satisfactoriamente con un

desempeño básico, alto o superior de acuerdo a la escala nacional de valoración del

estudiante, alcanzando como mínimo un promedio del 60% de la valoración final.

Criterios y reglas para Promoción anticipada para estudiantes excepcionales: El

estudiante tiene que haber superado el año anterior con valoraciones en los niveles alto y

superior en todas las áreas.

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Alto desempeño en el grado actual

Superar una prueba integral del grado actual.

Aceptación por parte de sus padres o representantes legales.

No haber sido sancionado disciplinariamente en el grado anterior.

Criterios y reglas de promoción anticipada para estudiante no promovidos en el año anterior:

Superar una prueba integral del grado no promovido.

Aceptación por parte del estudiante y de sus padres o representantes legales.

Previo estudio del plan de mejoramiento del grado anterior realizado por el director de

grupo quien recomienda al Consejo Académico.

No haber sido sancionado disciplinariamente en el grado anterior.

Alto desempeño en el grado actual

Procedimiento para promoción anticipada (Texto “Cómo Evaluar el Aprendizaje Escolar” pág. 133.)De acuerdo con la escala de valoración nacional se considerará para la reprobación, cualquiera de los siguientes criterios:Los estudiantes con Desempeño Bajo en un área en la valoración final, después de haber realizado las actividades de superación y refuerzo según el cronograma establecido por la Institución Educativa durante el año lectivo y si el promedio final del área es inferior al 60% del puntaje máximo.Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.Es responsabilidad del Consejo Académico estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la reprobación, si se presenta algún recurso de apelación por inconformidad con esta acción y decidir acerca de esta, ésta deberá ser presentada en los cinco (5) días siguientes a la publicación de los informes.

Artículo 118. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.La Institución Educativa Santa Fe adopta la escala numérica porque facilita establecer el nivel exacto de desempeño de los estudiantes, ya que:

Tiene mayor nivel de comprensión para padres de familia y estudiantes

Es más equitativa y exacta.

Puede acompañarse de una descripción que contemple los tres factores de desempeño:

actitudinal, cognitivo y axiológico.

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Permite que el estudiante se enrute al sistema de las Instituciones de Educación Superior.

Es solicitud de padres y estudiantes porque han observado que algunos estudiantes sin

buena preparación académica son promovidos al grado siguiente y se gradúan sin mayor

esfuerzo.

En razón a lo anterior, la escala de la Institución Educativa Santa Fe y la equivalencia con la escala nacional será la siguiente:

Artículo 119. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.Teniendo en cuenta lo planteado en el Artículo 1º acerca de una evaluación integral que contemple los aspectos:

Cognitivo: acción humana

de conocer (saber)

Procedimental: Relacionado con las actividades prácticas (hacer)

Actitudinal y axiológico: Disposición de ánimo manifestada de algún modo y relación con

los valores humanos (ser)

Se valorará el desempeño de los estudiantes desde estas tres dimensiones brindando un porcentaje a cada una, de la siguiente manera: Desempeño Cognitivo: 50%Desempeño procedimental: 20%Desempeño actitudinal y axiológico: 20% Autoevaluación: 10%

En cada caso el estudiante debe participar reflexivamente de la calificación final asignada a cada componente. En el caso del 10% el estudiante y el acudiente se autoevalúan otorgándose una calificación que corresponderá al porcentaje ya mencionado para la valoración final.

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ESCALA NACIONAL EQUIVALENCIA NUMÉRICA

Superior 4.7 a 5.0Alto 4.0 a 4.6Básico 3.0 a3.9 Bajo 1.0 a 2.9

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La calificación numérica que se asigne el estudiante con su acudiente debe estar acompañada de una valoración cualitativa, es decir, debe justificar el por qué de su puntaje propuesto.Esta autoevaluación cualitativa responderá a unos criterios establecidos y codificados a principio del año, definidos por los estudiantes y los acudientes en mesas de trabajo.

Consideraciones generales:Desempeño cognitivo: Se valoran los logros que responden al proceso de adquisición del conocimiento de un área específica contemplada en los lineamientos curriculares, estándares y competencias dados por el MEN.Desempeño procedimental: Se valora la capacidad del estudiante para llevar a la práctica lo aprendido.Desempeño actitudinal y axiológico: atendiendo al Decreto 1290 en el Artículo 3º numerales 1 y 2 se tendrá en cuenta los siguientes aspectos para la valoración integral de los educandos en el proceso actitudinal:

Puntualidad en la llegada a clases

Presentación de tareas (puntualidad y pulcritud)

Asistencia

Presentación personal

Participación en clase

La asignación de valoración cuantitativa y cualitativa de los valores humanos en el proceso de desarrollo de los educandos de la Institución Educativa Santa Fe, responden a nuestro horizonte institucional de “Educamos para que Construyas tu Proyecto de Vida” y la apropiación de los valores institucionales (respeto, tolerancia, solidaridad y responsabilidad), por esta razón cada área del conocimiento responde a esta exigencia estableciendo indicadores de tipo axiológicos con su correspondiente codificación y que se utilizan para la valoración de este proceso.

Artículo 120. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.Se utilizarán los siguientes instrumentos:

1) Planilla de calificación del docente (versión 2009) que contemple los aspectos cognitivo,

procedimental, actitudinal y axiológico.

2) Ficha de seguimiento individual del estudiante:

-En la institución educativa se dispondrá de un archivo para las fichas de seguimiento

individual de cada grado.

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-Los encargados de grupo serán quienes realizarán la administración de las mismas. Esta

ficha constará de: datos personales, identificación de todos los grados del ciclo,

observaciones cognitivas, observaciones procedimentales y observaciones actitudinales y

axiológicas.

3) Planilla de asistencia: los informes que recibe el padre de familia en cada período

contarán con el reporte de inasistencias que hayan tenido los estudiantes durante el

período valorado

4) Plan de mejoramiento de cada estudiante. Involucra la ficha de seguimiento y el plan de

mejoramiento de cada estudiante, el cual, trabajará en la realización del proyecto de vida,

que será orientado por el encargado de cada grupo.

Artículo 121. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.La autoevaluación es el ejercicio que realiza el propio estudiante para identificar sus avances, reconocer sus dificultades, comprender las metodologías propicias y utilizar los recursos adecuados. Todo ello con el fin de tomar las decisiones que le permitan avanzar con éxito en el proceso de aprendizaje, y tomar conciencia de su proceso formativo con el fin de auto regularlo. (Tomado del documento “Cómo Evaluar el Aprendizaje Escolar”)Esto se hará evidente mediante la elaboración del plan de mejoramiento personal que debe realizar el estudiante cada vez que termine un período escolar, o antes si se hace necesario por alguna dificultad detectada por los docentes y el mismo estudiante –con su padre de familia o acudiente- ante lo cual se hará un seguimiento permanente que será revisado en las horas en que se trabaje el proyecto de vida por el docente encargado de cada grupo.

Artículo 122. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación. En el desarrollo de cada período y al final de cada tema que se haya trabajado en clase, los docentes deberán ejecutar actividades de aprendizaje que permitan a aquellos estudiantes que tengan dificultades reforzar sus conocimientos y alcanzar los indicadores de desempeño propuestos para cada asignatura.Al final de cada período y en el caso de que las actividades de refuerzo realizadas durante el mismo no sean suficientes, se realizará una semana de superación y refuerzo para aquellos estudiantes que presenten alguna dificultad y que no hayan superado éstas durante las actividades ordinarias programadas por el docente en cada asignatura.Finalizado el año lectivo si el estudiante tiene indicadores de desempeño pendientes se realizarán actividades de superación y refuerzo en la última semana del año escolar. En

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caso de no superar los indicadores de desempeño trazados para el año lectivo agotadas estas instancias, el estudiante no será promovido al grado siguiente. La superación y refuerzo que realicen los estudiantes deberá hacerse por asignatura al final de cada período, pero al finalizar el año lectivo la promoción de los estudiantes se hará por áreas.

Artículo 123. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.Se entregarán durante el año lectivo tres (3) informes de valoración integral de los educandos los cuales se distribuirán equitativamente.Los padres de familia deberán asistir una vez por mes a la institución para recibir los avances, participar del proceso de evaluación y conocer el plan de mejoramiento elaborado por el estudiante. Los informes de valoración integral serán entregados después de cada período sin exceder el cronograma establecido por la Institución.Se entregará un informe final que contenga el promedio de las valoraciones del año lectivo.

Artículo 124. La estructura de los informes de los estudiantes para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.

Formato valoración integral versión 2009El informe se presentará como se ha venido haciendo, con la diferencia que en cada área se colocará valoración descriptiva en convivencia. Al final en observaciones irá la nota general que recoja la sumatoria de las anteriores. Además se solicita que las valoraciones al final del informe de los estudiantes, presente un diagrama de barras atravesado por la línea de aprobación, de tal manera que permita una visualización rápida del rendimiento del estudianteArtículo 125. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.Se elaborará un instrumento para las reclamaciones de informes académicos.

Artículo 126. Organización institucional para la evaluación:Rol del estudiante:

Protagonistas principales de las actividades de aprendizaje y evaluación.

Derechos y obligaciones de acuerdo a los Artículos 12 y 13 del Decreto 1290 y del Manual

de Convivencia vigente.

Realizar a tiempo sus tareas y demás compromisos extraescolares relacionados con su

formación.

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Recibir orientaciones de su profesor para mejorar su desempeño.

Efectuar reclamaciones a su profesor cuando los resultados no correspondan con su

desempeño.

Hacer seguimiento de su propio proceso.

Informarse de la planeación de las asignaturas y proyectos; formular sus inquietudes al

profesor y realizar sugerencias si las hay. Este conocimiento incluye la forma como será

evaluado y las actividades específicas para este fin.

Informarse de la estructura y funcionamiento del sistema institucional de evaluación y

obrar en forma consecuente.

Participar de manera activa en las actividades de aprendizaje procurando el logro de los

objetivos propuestos; esto incluye la participación en las actividades complementarias.

Participar en las actividades de evaluación, informarse y revisar sus resultados para

fortalecer sus indicadores de desempeño y superar sus dificultades.

Realizar a tiempo sus tareas y demás compromisos extraescolares relacionados con su

formación.

Recibir orientaciones de su profesor para mejorar su desempeño.

Efectuar reclamaciones de manera respetuosa al profesor cuando los resultados de las

evaluaciones no correspondan con su desempeño.

Hacer seguimiento a su propio proceso de acuerdo con las orientaciones de su profesor y

los instrumentos que él le facilite.

Observar un comportamiento acorde con las normas de convivencia.

Dialogar con sus padres sobre sus dificultades y sus logros y solicitarles apoyo

permanente.

Rol de los padres de familia: Formular inquietudes a los profesores con relación a las planeación de asignaturas esto

incluye:

Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,

procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

Recibir los informes periódicos de evaluación.

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Recibir respuestas oportunas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso

evaluativo de sus hijos.

Efectuar reclamaciones respetuosas a los profesores cuando las valoraciones de sus hijos

no correspondan con su desempeño.

Rol de los docentes: Realizar la planeación específica de su asignatura o proyecto pedagógico para las áreas y

grados respectivos, de acuerdo con su asignación académica.

Divulgar su plan de asignatura y de proyecto entre los estudiantes y padres de familia en

los cursos que le corresponda.

Dirigir las actividades de aprendizaje y sus correspondientes actividades de evaluación,

de acuerdo con el plan de estudios establecido.

Realizar seguimiento permanente a sus estudiantes durante el período académico y

durante el año lectivo, mediante el registro del desempeño de sus estudiantes.

Realizar las actividades complementarias: actividades de superación, de refuerzo y de

profundización según el desempeño de sus estudiantes.

Participar en las Comisiones de Evaluación y Promoción o en el Consejo Académico.

Funciones del consejo académico Analizar las solicitudes de promoción anticipada y emitir concepto previo de acuerdo con

los términos de tiempo, criterios y procedimientos establecidos por la Institución tanto para

los estudiantes excepcionales como para los que no fueron promovidos el año anterior.

Para este efecto deberá analizar los siguientes documentos:

Informe de valoración final

Plan de mejoramiento individual de estudiante.

La prueba integral

Solicitud del estudiante, padre de familia y docente cuando sea necesario. Superada la

prueba los requisitos el Consejo Académico emitirá un concepto favorable y recomendará

mediante acta al Consejo Directivo para que decida la promoción anticipada.

Analizará y hará las recomendaciones pertinentes según el caso sobre reclamaciones de

no aprobación de algún indicador de desempeño, asignatura o área en un período en

curso. Estas solicitudes se podrán presentar en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles

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de haber sido publicadas las valoraciones. En este caso el Consejo Académico podrá

recomendar que el estudiante sea valorado por otro profesor o ratificar la decisión

tomada.

Aprobar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción (SIEP).

Desarrollar las diferentes actividades señaladas como responsabilidad del mismo,

inherentes a las pedagógicas y curriculares estipuladas en la normatividad vigente.

Funciones del Consejo directivo Adoptar el Sistema Institucional de Evaluación y consignarlo en el acta respectiva.

Servir de instancia sobre reclamaciones que presenten los estudiantes y sus padres de

familia en relación con su evaluación y promoción.

Las demás inherentes al cumplimiento del Sistema Institucional de Evaluación y

Promoción y a la normatividad vigente.

Rol del rector Como el(la) rector(a) preside el Consejo Directivo y el Consejo Académico, le corresponde

garantizar que estas dos instancias cumplan sus funciones. También le corresponde

ejecutar las decisiones de estos dos organismos. En otras palabras, el(la) rector(a) de la

Institución es el máximo líder que promueve y orienta la vida académica de la Institución

incluido el Sistema de Evaluación y Promoción de estudiantes.

TÍTULO VIII. – CONVENIOS INTERINSTITUCIONALESArtículo 127. Caminos. Desde el año 2000 Caminos con el apoyo del Ayuntamiento de Madrid (España) ha venido desarrollando talleres de capacitación a Docentes de la Institución tendientes a llevar a cabo prevención en consumo de sustancias psicoactivas, así como también apoyo en el tratamiento al estudiante y su familia en caso de consumo comprobado, procedimiento que se lleva a cabo externamente. En caso de requerirse el estudiante es internado en una Institución vinculada a Bienestar Familiar, asumiendo posibles costos el padre de familia.

Artículo 128. SENA de la Construcción. A través este convenio los estudiantes de los grados 9º y 11º tienen la oportunidad de continuar sus estudios de formación técnica o tecnológica, con previos requisitos exigidos por el SENA. En convenio con el SENA –

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Palmira se expide el Título en Documentación y Registro de Operaciones Contables y en convenio con el SENA – Centro de la Construcción el Título Electricista Instalador de Redes Internas, lo cual se ajusta en el Proyecto Educativo Institucional P.E.I.

Artículo 129. Centro de Salud Diego Lalinde. El Centro de Salud Diego Lalinde en conjunto con la Institución Educativa desarrollan los proyectos Red del Buen Trato y Escuela Saludable, conducentes a mejorar el bienestar de los estudiantes y su familia, en los aspectos de violencia intrafamiliar y salud en general.

Artículo 130. Gobernación del Valle del Cauca. Mediante convenio suscrito entre la Gobernación del Valle del Cauca y la Institución Educativa se viene desarrollando el proyecto de cooperación interinstitucional para que los estudiantes del último grado del área Comercial adelanten funciones concretas relacionadas con el área de formación, concertada previamente entre las dos instituciones como apoyo a las labores que se adelantan en el Departamento.El objetivo principal consiste en la práctica y desarrollo de actividades que tienen relación con la formación académica y labores que les sean encomendadas, las cuales estarán sujetas a las orientaciones e indicaciones del jefe de área o dependencia en la cual se realice la pasantía.

TÍTULO IX.- ACTIVIDADES DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO EN LA INSTITUCIÓN.

Artículo 131. Las actividades que podrán realizar los estudiantes del Servicio Social Obligatorio en la Institución serán las siguientes:

Contribuir a incrementar la oferta y el tiempo de utilización de determinados servicios

escolares, tales como salas de estudio, bibliotecas, instalaciones deportivas y similares.

Igualmente su participación en la ejecución de los proyectos transversales de la

Institución.

Colaborar en la organización de las actividades complementarias y extraescolares.

Atender a los estudiantes durante el desarrollo de las actividades complementarias y

extraescolares, asumiendo la responsabilidad de su realización o ejerciendo funciones de

apoyo.

Cualquier otra actividad acorde con las finalidades perseguidas y que determine la

dirección de la Institución.

Artículo 132. Los estudiantes del Servicio Social Obligatorio que realicen actividades en la Institución tendrán las siguientes obligaciones:

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Actuar de acuerdo con el carácter educativo de las actividades que tengan

encomendadas.

Respetar el proyecto educativo de la Institución.

Respetar el presente Manual de Convivencia.

Hacer frente a los compromisos que hubieran adquirido con la Institución o con la entidad

colaboradora.

Atender en todo momento las indicaciones de los responsables de las actividades que

estén llevando a cabo.

Artículo 133. El procedimiento para realizar el Servicio Social Obligatorio en la Institución estará sujeto a:

Solicitud escrita del padre de familia y del estudiante a la Coordinación donde se

especifiquen las características, el tipo de actividad y el sitio escogido para el

cumplimiento de este requisito legal.

Mediante formato previamente elaborado, solicitar la confirmación de la disponibilidad de

aceptación por parte de la(s) Institución(es) en la cual el estudiante llevará a cabo su

Servicio Social.

Una vez aceptado el estudiante, debe presentar un proyecto para llevar a cabo las

actividades a realizar y el nombre de la persona responsable para la verificación final del

cumplimiento.

Diligenciar y entregar a Secretaría Académica el formato que contenga: acciones

realizadas, valoración cualitativa del desempeño, intensidad horaria y asistencia.

Artículo 134. Los estudiantes que cursan la educación media en convenio con el SENA – Palmira para expedir el Título en Documentación y Registro de Operaciones Contables y en convenio con el SENA – Centro de la Construcción el Título Electricista Instalador de Redes Internas deberán haber cumplido con los requisitos establecidos en el convenio.

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TÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES.Artículo 135. El presente Manual de Convivencia entrará en vigor al día siguiente en que se firme el acta por medio de la cual el Consejo Directivo, después de haberlo sometido a debate y aprobación de la comunidad educativa, adopta el Manual de Convivencia de la Institución con base en el literal c del Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994.La Rectoría establecerá el procedimiento adecuado para garantizar la difusión del presente Manual de Convivencia a todos los miembros de la comunidad educativa. Ejemplares del mismo estarán en la secretaría de la Institución para consulta de los interesados.

Artículo 136. Este Manual de Convivencia tendrá una vigencia indefinida, pero se podrá modificar cuando concurra alguna de las siguientes causas:

Cambio de las normas legales que sirvieron de fundamento para su construcción que son

las siguientes:

Constitución Política de Colombia de 1991.

Ley General de Educación. Ley 115/94

Decreto 1860 de 1994.

Decreto 0230 de Febrero de 2002.

Código de Infancia y Adolescencia. Ley 1098 de Noviembre 08 de 2006.

Los acuerdos y protocolos internacionales firmados por Colombia.

A petición de un tercio del Consejo Directivo de la Institución y con la aprobación de la

mayoría absoluta de sus miembros.

Artículo final: Este Manual de Convivencia fue aprobado para su aplicación, por el Consejo Directivo de la Institución Educativa Santa Fe en Cali a los 09 días del mes de Diciembre de 2008 y entró en vigencia a partir de la fecha de expedición.

ELABORO: EDISON CRUZ REVISO: DAISY PUERTAS APROBO:GLORIA ELENA SUESCUN

CARGO: LIDER DEL PROCESO

CARGO: COORDIANDORA DE CALIDAD

CARGO: RECTORA

FECHA: 11/01/2011 FECHA:11/01/2011 FECHA:11/01/2011

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