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Archivo General de la Nación

boletín

166a época • abril-junio 2007 • número

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Boletín del AGN6ª época • abril-junio de 2007 • número 16

Consejo editorial

Director GeneralJorge Ruiz DueñasDirectora del Archivo Histórico CentralDulce María Liahut BaldomarDirectora del Sistema Nacional de ArchivosAraceli Alday GarcíaDirectora de Investigación y Normatividad ArchivísticaYolia Tortolero CervantesDirector de Publicaciones y DifusiónMiguel Ángel Quemain SáenzJefe del Departamento de PublicacionesCarlos MirandaAsistencia editorialAlberto Álvarez, Elizabeth Zamudio

Diseño y formación David García Paredes y Elisa Cruz Cabello

ISSN-0185-1926D.R. ©Secretaría de GobernaciónAbraham González 48,Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc06699, México, D.F.

D.R. © Archivo General de la Nación Eduardo Molina y Albañiles s/n,Col. Penitenciaría Ampliación,15350, México, D.F.

Boletín del Archivo General de la Nación, publicación trimestral,abril-junio de 2007Edición y difusión: 5133-9900 ext. 19325, 19330. Fax: 5789-5296.Correo electrónico: [email protected]; www.agn.gob.mx.Domicilio de la publicación: Palacio de Lecumberri, Av. Eduardo Molina y Albañiles s/n, colonia Penitenciaría Ampliación,Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15350, México, D.F.

Reserva al título en derecho de autor, certifi cado de licitud de título y certifi cado de licitud de contenido, en trámite.Derechos reservados conforme a la Ley.Impreso en México.

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Índ ice

GALERÍAS

Las estancias de San Juan y San Mateo. Un caso de repartimiento de tierras en Tlalmanalco, 1576Presentación: María de Guadalupe Suárez Castro y Antonio A. De Paz Palacios; paleografía, revisión y captura: Antonio A. De Paz Palacios

El legado novohispano de la famil ia Moctezuma, 1609Presentación y paleografía: Cel ina Aceves Zamora

Escri tura de concordia, poderes y aprobaciones originales de la casa y ermita de Nuestra Señora de Montserrat de México, 1650Presentación y paleografía: Rodolfo Daniel Martínez Domínguez

Un palacio digno de virreyes: real alcázar de Chapultepec, 1784-1790Presentación y paleografía: Irazubellalid Zapata

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PANÓPTICO

Consti tución Polí t ica de los Estados Unidos Mexicanos promulgada por el Congreso Consti tuyente el 5 de febrero de 1917

- Original de la Consti tución Polí t ica de los Estados Unidos Mexicanos- Portadi l la de la Consti tución- El “Primer Jefe” del Ejército Consti tucional ista, Venustiano Carranza,

encargado del Poder Ejecutivo, quien convocó al Congreso Cons-t i tuyente

- Teatro Iturbide -hoy De la República-, donde sesionó el Congreso Constituyente

- Arr ibo de los diputados- Delegación de indígenas presente en el Congreso- Manifestación popular para dar la bienvenida a los diputados encargados de las reformas- Vista del pleno del Congreso durante la solemne sesión de apertura- Aspecto del salón durante la primera sesión- Un diputado se dir ige al pleno del Congreso- Proceso de votación- El “Primer Jefe” l lega a la sede del Congreso Consti tuyente- El presidente Carranza part icipa en las sesiones- Ministros extranjeros invitados al Congreso- Vista del Congreso en sesión dedicada a los ministros extranjeros, cuyas banderas se ven al frente- Varios diputados alrededor de Carranza durante un receso en La Cañada- El “Primer Jefe” presencia la votación del Artículo 3o.- Los diputados de Coahuila f i rman la nueva Consti tución- El presidente de la República protesta cumplir la Consti tución- Los consti tuyentes r inden protesta de cumplir la nueva Consti tución- El general Francisco J. Mújica, jefe de la columna- Bando solemne para promulgar la nueva Consti tución- En los si t ios de honor de un banquete, de izquierda a derecha, Cándido Agui lar, Venustiano Carranza, Álvaro Obregón, Rafael Nieto e Ignacio L. Pesqueira

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- Venustiano Carranza y Álvaro L. Alcázar, jefe de la diputación de Morelos- Luis Manuel Rojas r inde protesta como presidente de la mesa direct iva del | |Congreso Consti tuyente- Los diputados r inden la protesta de ley- Pluma con que se firmaron el Plan de Guadalupe y la Constitución de 1917- Firmas de los consti tuyentes- Últ ima página de la nueva Consti tución

PORTALES

El Archivo Municipal de San Andrés Zautla, OaxacaSebastián van Doesburg

CALEIDOSCOPIO

Ética del archivista y acceso a la información, una discusión de nuestros t iemposÁngel Aurel io González Amozorrut ia

Joyas del mesExposicionesEl Archivo viaja en el MetroPágina web

PUBLICACIONES

Peregrinos en nueva patr iaExi l iadosAlberto Álvarez Ferrusquía

Las i lustraciones de la sección PANÓPTICO de este número forman parte del fondo Colección INEHRM; el resto pertenece al acervo de la Fototeca.

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Edi tor ia l

El primer festejo cívico de 2007 es el de la Consti tución Polí t ica de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de 1917, hace 90 años. El mismo día se conmemora el sesquicentenario de la Consti tución de 1857, antecedente ineludible de la que hoy t iene vigencia en nuestro país. A el las dedicamos nuestra sección temática, PANÓPTICO. Al aproximarse la celebración del bicentenario del inicio de la gesta independentista, así como del centenario de la Revolución mexicana, gana relevancia el recordatorio de la importancia que signif ica para todos los mexicanos conocer la fuente de sus derechos ciudadanos y de sus obl igaciones para con la sociedad. Por nuestra cuenta, ofrecemos en este número del Boletínuna selección de imágenes de diversos momentos del Congreso Consti tuyente convocado por el pr imer jefe del Ejército Consti tucional ista, Venustiano Carranza, instalado en Querétaro con el propósito de elaborar un proyecto que, con algunas reformas a la Consti tución de 1857, sirviera como fundamento de la que hoy nos r ige. En la selección de fotografías incluida podemos encontrar escenas de la historia que van desde la presencia del Primer Jefe y su ejército en la ciudad, hasta el foro del Teatro I turbide, hoy De la República, donde se del iberó y juró la Consti tución de 1917.

Por otra parte, el proyecto del Indiferente Virreinal nos aporta todavía cuatro documentos que comprenden el periodo novohispano: un caso de repart imiento de t ierras de 1576; un repaso de la descendencia del rey Moctezuma II elaborado en 1609; el establecimiento y aprobación de la casa y ermita de Nuestra Señora de Montserrat, patrona de Cataluña, en la ciudad de México, en 1650, y la remodelación del alcázar de Chapultepec que cubrió de 1784 a 1790.

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Galerías

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LAS ESTANCIAS DE SAN JUAN Y SAN MATEO.UN CASO DE REPARTIMIENTO DE TIERRAS EN TLALMANALCO, 1576*

Presentación: María de Guadalupe Suárez Castro yAntonio A. De Paz Palacios

Paleografìa, revisiòn y captura: Antonio A. De Paz Palacios

El documento cuyo contenido se pre-senta a continuación fue encontrado en

una de las cajas del ramo Indiferente Virreinal del Archivo General de la Nación, recientemente ordenado y clasificado. Este documento tiene la siguiente signatura: AGN, Indiferente Virreinal, caja 1535, exp. 013, 1576, 96 fs. Mandamiento y diligencias del doctor Pedro de Cárdenas, oidor de la Real Audiencia, para ejecutar las sentencias que se dieron en el pleito entre el pueblo de Tlalmanalco y los maceguales de los pueblos sujetos a él.Desafortunadamente para nosotros, el manuscrito no se encuentra completo y es muy difícil determinar la cantidad de

fojas faltantes, ya que el fragmento que se conservó termina abruptamente en el listado de las personas, las colindancias y la cantidad de tierras que se repartió a cada uno.

El 27 de febrero de 1576, Pedro Céspedes de Cárdenas, oidor de la Real Audiencia de México, se presentó en el pueblo de Tlalmanalco1 con una provisión emitida por el virrey de la Nueva España Martín Enríquez, presidente de la misma institución, en la cual se mandó que se repartieran las tierras baldías y realengas de las estancias de San Juan Temamatlán y San Mateo -sujetos de Tlalmanalco- a los indios maceguales que vivían en ellas (AGN, Indiferente Virreinal, 1576, f. 1).

1 El municipio de Tlalmanalco se encuentra al sureste del Estado de México y se localiza entre los paralelos 19º 80’ 48” y 19º 15’43” de latitud norte, y entre los meridianos 98º 37’ 58” y 98º 51’ 20” de longitud oeste. Limita al norte con los municipios de Claco, Ixtapaluca y Cocotitlán; al sur, con los de Tenango del Aire, Ayapango y Amecameca; al este, con el volcán Iztaccíhuatl, y al oeste con Temamatla.

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Este mandamiento era el resultado de un litigio de tierras entre los principales del pueblo de Tlalmanalco y los maceguales de sus estancias sujetas de San Juan Temamatlán y San Mateo que habían ganado los maceguales sin haberse verificado la entrega; el documento del cual hablamos es precisamente la actuación del oidor de la Real Audiencia en la repartición de tierras, es decir, Céspedes de Cárdenas era el encargado de ejecutar la sentencia dictada por la Real Audiencia. Es importante señalar que la tierra que se repartió en esa ocasión fue entregada tanto a vecinos que tenían como a los que no poseían tierras para labranza (Ídem.).

Antes de la instauración del Juzgado General de Indios en 1585, la Real Audiencia era la encargada de mantener el orden jurídico indígena a través de la resolución de los litigios presentados por los propios indígenas en contra de los españoles, los clérigos e incluso las propias comunidades (Borah, 1985: 57). Los litigios indígenas se dividían en dos tipos, eclesiásticos y reales, y estos últimos se subdividían en tres que eran los básicos, civiles y administrativos. En opinión de Woodrow Borah, los principales litigios civiles que se desarrollaron entre los propios indios fueron “las diferencias

entre pueblos por tierras, aguas y bosques (en otras palabras, las disputas por límites) y la lucha de los pueblos dependientes por liberarse de sus cabeceras” (Ibíd., 56). Si bien desconocemos el documento del litigio indígena entre los principales de Tlalmanalco y los maceguales de las estancias de San Juan Temamatlán y San Mateo (lo cual hace imposible saber por qué se inició el proceso legal que desembocó en esta sentencia), suponemos que el litigio pudo deberse a dos causas, la primera posibilidad es que se debió a una apropiación ilegal de tierras baldías y realengas (pertenecientes a la Corona española) por parte de los principales del pueblo de Tlalmanalco; el otro supuesto es que los maceguales de las referidas estancias veían la forma de dar en posesión tierras pertenecientes a la Corona de manera legal a sus vecinos consiguiendo con ello ganar autonomía con respecto a su cabecera. De esta manera, siguiendo con la primera propuesta, el hecho de la apropiación ilegal de las tierras comenzó desde una época muy temprana (cf. Solano y Pérez Lila, 1991: 22) y fue manifestado por el virrey Martín Enríquez en una carta que escribió al rey Felipe II en 1571:

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quienes “dixeron que son contentos que se les reparta a los maceguales que tuvieren la necesidad de tierras” (AGN,Indiferente Virreinal, 1576, f. 4). Los principales que componían el sistema de cargos del cabildo indígena de Tlalmanalco eran: Miguel de la Cerda, gobernador; Diego Hernández, Alonso de Sandoval y Felipe de Molina, alcaldes, y Jusepe de Castañeda, Sebastián Rodríguez, Martín Gaudencio, Martín de la Fuente, Pedro Rodríguez, Silvestre de la Sierra, Miguel de los Ángeles y Marcos de San Francisco (Ídem.).

Céspedes de Cárdenas procedió a repartir las tierras baldías y realengas a los maceguales de la estancia de San Juan con el mismo método que se utilizó durante los primeros años del Virreinato para otorgar las mercedes de tierras realengas, las cuales consistían en la entrega de lotes de idéntica medida a todos los pobladores durante la fundación de las villas españolas y los pueblos de indios (Solano y Pérez Lila, op. cit., 18).

El mismo día, 27 de febrero de 1576, el oidor recorrió las tierras que iban a ser repartidas “[…] que llaman Amystlán e por otro nombre Xinqueme que son en el término de la estancia de San Juan” (AGN, Indiferente Virreinal, 1576, f. 4), las cuales caminó: “[…] desde dos cerrillos

“[…] en lo que toca a los baldíos, al principio se comenzó mal y así se ha ido continuando y está en términos que no sé yo si tenga remedio ninguno, porque como el fin de todos ha sido que la tierra se pueble, hase ido repartiendo y dando a cada uno lo que se quería y en parte lo que se pedía. Y de no haber tenido orden, ni otro término, la tierra está muy mal repartida […]” (Ídem., Apud., “Real Cédula declarando que ciertas tierras baldías propiedad de la corona puedan ser repartidas” en RAH, Colección Mata Llenares, t. 92, f. 234).

Debemos recordar que apenas unos años antes de la redacción de nuestro documento, el rey había dispuesto las ordenanzas para el descubrimiento y población de las Indias, lo cual, junto con la preocupación expresada al monarca por el virrey, pone de manifiesto la intención de las autoridades virreinales de ir dando forma a la sociedad del nuevo mundo. Además de lo anterior, se ve de igual manera la actuación de los indígenas aprovechando las nuevas formas administrativas a su favor.

Pedro Céspedes de Cárdenas se apoyó en Rodrigo Gutiérrez, intérprete de la lengua náhuatl de la Real Audiencia de México, para leer la provisión ante los principales del pueblo de Tlalmanalco,

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que están junto al término del pueblo de Tenango a la parte sur que unos dixeron llamarse Quiçaltepec y el otro que es un poquito mayor llamado çimoxtecalli hasta llegar a los términos de la estancia de San Andrés que es a la parte del norte” (Ibíd., f. 4v.).

Con base en la localización antes mencionada, actualmente podríamos ubicar las tierras que formaron parte de la estancia de San Juan en los límites municipales de Tlalmanalco y Tenango del Aire y hacer un levantamiento topográfico del terreno. Si bien esta estancia sobrevivió como pueblo sujeto a la primera congregación de la cabecera de Tlalmanalco realizada por los frailes franciscanos entre 1558 y 1560, seguramente fue congregada en el periodo de 1603-1604, ya que después de esta fecha no aparece en la lista de estancias o pueblos sujetos de Tlalmanalco, en la cual se mencionan las siguientes: Acatlixhuaya, Amalinolpa, Atlaxalpa, Atzacualaya, Atzingo, Cocotitlán, Cuat lalpan, Cuautzingo, Huexoculco, Huistoco, Huitz i l iz ingo, Tlamimi lolpan, Tlapala y Zula (Gerhard, 2000: 107, AGN,Mercedes, 84, f. 51). Al respecto, el documento aquí analizado es importante ya que se cuenta con información acerca del proceso de congregación de Tlalmanalco. A continuación, el oidor

mandó poner mojones con el objetivo de delimitar las tierras:

“[…] los quales luego fueron puestos por los dichos indios naturales de la dicha estancia de San Juan en cantidad de piedras que para ello se juntaron con los quales mojones se hizo la división entre los dichos términos de las estancias de San Juan y San Andrés” (AGN, Indiferente Virreinal 1576, f. 5-5v.).

Es interesante que se mencionen los nombres de las mojoneras naturales que delimitaban Tenango con San Juan: “dos cerrillos […] uno llamado Quiçaltepec […] y el otro llamado çimotexcalli” porque eso significa que el oidor iba acompañado de informantes indígenas (Vid. Infra.)y es más interesante aún que el oidor mandara poner mojones artificiales para delimitar las tierras porque ello nos deja ver dos distintas concepciones de los límites territoriales, una indígena y otra española, incluso al final del siglo XVI, puesto que se utilizan mojones (naturales y artificiales) para delimitar la totalidad de la tierra a repartir y se miden particularmente las tierras repartidas a cada uno de los vecinos.

Después el oidor pidió a los tequitlatos don Esteban y Francisco de San Miguel y Martín Cortés que le hicieran una relación de los vecinos (habitantes) de

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la estancia de San Juan que poseían tierras para, con base en ella, “[…] proveer lo que más convenga” (AGN,Indiferente Virreinal, 1576, f. 5v.). Los tequitlatos o tequitlatoque, como se les conoció durante la época prehispánica, eran quienes llevaban el registro de la posesión de tierra de los maceguales (Gibson, 1964: 184).

La relación que presentaron al oidor los tequitlatos era una lista con los nombres de 78 personas entre las cuales se incluían tanto hombres como mujeres, y es notorio que aunque la mayoría tengan apellidos españoles (Vázquez, Molina, Pérez, Juárez, García, Sánchez, etc.) otros conserven el nombre de su linaje prehispánico (Juchitl, Chimalmatl, Quauhtl, etc.) (AGN, Indiferente Virreinal, 1576, f. 5v-6v.).

A partir de esta relación, el oidor determinó la cantidad de tierra que iba a ser entregada dependiendo de lo que poseyera cada persona: “[…] aquellas que no tienen tierras ningunas se les de a cada una 20 brazas de tierra en ancho y 60 en largo e a los que en dicho memorial parece que si tienen tierras mando se les den a cada uno 14 brazas de ancho y 60 de largo” (Ibíd., f. 6v).

Empero, el oidor repartió una mayor cantidad de tierra a los principales de

la estancia de San Juan, es decir, a los tequitlatos (registradores de posesión de tierras) y a los tlaxicales (recolectores de tributo): “[…] e a Martín Cortés, Francisco de San Miguel e Martín Vázquez se les de a cada uno 70 brazas en ancho y 100 en largo e a don Esteban Enríquez se le den 120 brazas en largo e 100 de ancho […]” (Ibíd., f. 8v).

El 28 de febrero de 1576, con ayuda de los medidores Baltasar Yauhtl y Andrés Zulcamecatl, el oidor comenzó a medir y amojonar las tierras baldías y realengas. De acuerdo con Francisco de Solano y Pérez Lila, la figura de los medidores o agrimensores tuvo una función cuya importancia no ha sido lo suficientemente reconocida, ya que ellos no solamente fungían como los informantes del oidor en este caso, también conocían la forma en la que el terreno debía ser medido utilizando para ello las medidas de origen indígena o español (Solano y Pérez Lila, 1991: 27).

Por último, la entrega de tierra a los indígenas se llevó a cabo ante la presencia de un alguacil de la estancia y los vecinos de las tierras contiguas de la siguiente manera:

“[…] se comenzó a medir e repartir e se midió e repartió por mandado del dicho señor oidor de la dicha tierra baldía

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e realenga a Miguel Pérez, indio, vezino de la dicha estancia mediante el dicho intérprete 20 brazas de ancho midiendo de oriente a poniente y 60 brazas en largo midiendo de norte a sur que linda por la parte del oriente con un peñasco y cruz que está puesta por señal para dividir e repartir sus términos entre la dicha estancia de San Juan y la de San Andrés e por la parte norte linda con la tierra de la dicha estancia de San Andrés e por la parte del poniente linda con tierras que se repartieron hoy dicho día a Marcos Vázquez e las dichas tierras fueron amojonadas e por mandado del dicho señor oidor Francisco Pérez, alguacil de su comisión metió en la posesión dellas al dicho Miguel Pérez y él la tomó en propiedad y señorío; en señal de posesión se paseó por las dichas tierras y cabo en ellas e arrancó yerbas e hizo otros autos de posesión e les pidió por testimonio mediante el dicho intérprete del dicho señor le amparó en ello” (AGN,Indiferente Virreinal, 1576, f. 9v.).

CONCLUSIONES

La riqueza del documento expuesto no sólo radica en ser un texto temprano

(1576) que nos brinda información de dos de las estancias dependientes de Tlalmanalco y los límites de una tercera (San Andrés), que por sí mismo es bastante. También se pueden realizar estudios acerca del cambio gradual en el nombre de los linajes pues muchos de los vecinos enlistados poseen apellidos españoles, en contraposición de los otros que conservan sus patronímicos indígenas. Otra sugerencia de estudio es la relativa a la posibilidad de hacer levantamientos topográficos con el fin de determinar con precisión los límites de las tierras repartidas y, más aún, cabe la posibilidad de elaborar un plano de las tierras repartidas por el oidor de la Real Audiencia, ya que si bien es cierto que las mojoneras artificiales han desaparecido, no lo es menos que las naturales permanecen ahí.

Así pues, es factible realizar estudios de corte etnohistórico tomando como base el documento aquí presentado, puesto que permite el diálogo entre distintas ramas de la antropología para dar una explicación más acabada del tema estudiado; la utilización de las fuentes históricas no debe restringirse sólo a una rama de la antropología.

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DOCUMENTOS DE ARCHIVO

AGN, Indiferente Virreinal, caja 1535, exp. 013, 1576, 96 f.AGN, Mercedes, 84, f. 51.

BIBLIOGRAFÍA

Borah, Woodrow, El Juzgado General de Indios en la Nueva España, Juan José Utrilla (trad.)México, Fondo de Cultura Económica, 1985 (Sección Obras de Historia), 488 pp.

Gerhard, Peter, Geografía histórica de la Nueva España (1519-1821), Stella Mastrangelo (trad.), México, UNAM, Instituto de Investigaciones Históricas, Instituto de Geografía, 2000(Serie Espacio y Tiempo, 1), 495 pp.; maps. tabs.

Gibson, Charles, Los aztecas bajo el dominio colonial español (1519-1810), JulietaCampos (trad.), México, Siglo XXl, 1964, 531 pp.

Lockhart, James, Los nahuas después de la conquista. Historia social y cultural de losindios del México Central del siglo XVI al XVIII, Roberto Reyes Masón (trad.), México,FCE, 1999 (Sección Obras de Historia), 717 pp.

Solano y Pérez Lila, Francisco de, Cedulario de tierras. Compilación de la legislaciónagraria colonial (1497-1820), México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas,1991 (Textos y estudios legislativos, 52), 588 pp.

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[f 1: 1Año de 1576. Mandamiento y diligencias ejecutadas por el señor doctor don Pedro de Cárdenas, acerca del repartimiento de tierras a los indios de San Juan.2]

[f 1v: en blanco]

[fs 2 y 2v faltantes]

[f 3] Nueva España a los naturales de la estancia de San Juan del pueblo de Talmanalco, su tenor de lo cual es esto que se sigue:Don Martín Enríquez, visorrey e gobernador3 e capitán general desta Nueva España e presidente del Audiencia Real que en ella reside por su majestad, etcétera; por cuanto habiendo ido por [comi]sión desta Real Audiencia el doctor Céspedes de Cardenas, oidor della, a ejecutar las sentencias que por la dicha Real Audiencia se dieron en el pleito que se trajo entre [los] principales del pueblo de Tlalmanalco y los macehuales de los subjetos [sic] habiéndolo ejecutado [y] dado las tierras a quien pertenecían [c]onforme a las dichas sentencias [t]engo relación que los indios de las estancias de San Juan y San Mateo [que]dan faltos de tierras y algunos dellos sin ningunas atento a lo [c]ual por la presente cometo y en[cargo] al dicho doctor Céspedes de Cárdenas [q]ue las tierras baldías e realengas [que] no tengan dueño, haga dar e re[partir] a los indios de las dichas dos [es]tancias de San Juan y San Matheo [la]s tierras que le pareciere cada [que] habrá menester para labrar

1 Esta portada se colocó al documento en fecha posterior a su elaboración y se encuentra elaborada en una hoja sellada que dice: “[Sello] Sello cuarto, un cuartillo, años de mil setecientos noventa y dos y noventa y tres”.2 Tanto en la referencia con la cual está catalogado este documento como en la portada del mismo, se menciona “Pedro de Cárdenas”, mas en el documento el oidor de la Real Audiencia se llama Céspedes de Cárdenas, no Pedro.3 Al margen: Comisión del [vi]rrey don Martín [Enríquez] [al] doctor Cárdenas, [oi]dor

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[f 3v: falta]

[f 4] Habiendo visto esta comisión e mandamiento del muy excelente visorrey desta Nueva España dijo questá presto de hacer e cumplir lo que por ella se le dice y encarga e para ello mandó juntar a los principales, gobernador e alcaldes del dicho pueblo de Talmanalco y estando juntos, conviene a saber don Miguel de la Cerda, gobernador e Diego Hernández, don Alonso de Sandoval, Felipe de Molina, alcalde; don Jusepe de Castañeda, don Sebastian Rodríguez, Martín Gaudencio, Martín de la Fuente, Pedro Domínguez, Silvestre de Sierra, Miguel de los Ángeles e Marcos de San Francisco e mediante Rodrigo Gutierrez, intérpetre [sic] de la dicha Real Audiencia; les dijo e hizo saber cómo su excelencia le había dado la comisión susodicha para que se repartiesen las tierras baldías a los macehuales de las estancias en ella contenidas los cuales dijeron que son contentos que se les reparta a los macehuales que tuvieren necesidad de tierras las tierras que llaman Amystlan e por otro nombre Xinqueme que son en el término de la estancia de San Juan e que en ellas se cumpla y ejecute e reparta lo por su excelencia

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[f 4v] mandado lo cual dijeron mediante el dicho intérpetre siendo presentes por testigos Francisco de Monroy e Juan de Olaeta, escribano de su majestad e los que supieron firmar lo firmaron y el dicho señor oidor lo firmó y el dicho intérpetre. El doctor Céspedes de Cárdenas. Don Miguel de la Cerda. Don Alonso de Sandoval. Jusepe de Castañeda. Martín Gaudencio. Sebastián Rodríguez. Pedro Domínguez. Rodrigo Gutiérrez. Ante mí: Miguel González, escribano de su majestad.E después de lo susodicho, en veinte e siete días del dicho mes de hebrero del dicho año de mil y quinientos e setenta e seis años por ante mí el dicho escribano, el dicho señor oidor queriendo ver y saber en qué parte y lugar se les puede dar e repartir a los dichos indios naturales de la dicha estancia tierras que estén sin perjuicio; fue a unas tierras baldías e realengas que están en término de la dicha estancia de San Joan Temamatla por las cuales el dicho señor oidor anduvo y se paseó desde dos cerrillos questán junto al término del pueblo de Tenango a la parte del sur 4quel uno dijeron llamarse Quiçaltepec y el otro, ques un poquito mayor, 5llamado Çimaxtexcalli hasta llegar

4 Al margen: Quezaltepec.5 Al margen: Cimatexcalco.

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[f 5] a los términos de la estancia de San Andrés, que es a la parte del norte, las cuales dichas tierras fue mirando e trazando para las dar e repartir a los dichos indios naturales de la dicha estancia según e como se contiene en el mandamiento de su excelencia e después de haber andado por las dichas tierras e haberlas bien visto dijo que mandaba e mandó, sin perjuicio del derecho de otras cualesquier personas que tuvieren mejor derecho a las dichas tierras sin que por ello sea visto atribuirles más derecho del que les pertenece ni quitarle a cualquiera tercero que le perteneciere, se empiecen a medir e a repartir las dichas tierras e para principio de la dicha medida señaló que sea desde el dicho término de la dicha estancia de San Andrés, questá como dicho es a la parte del norte corriendo e midiendo por lo largo a la parte del sur y lo ancho corriendo e midiendo de oriente a poniente encomenzando el principio de la dicha medida desde un montón de piedras que está en el dicho término junto a un paredón de casas viejas e antiguas en el cual el dicho señor oidor mandó poner unos mojones, los cuales luego fueron puestos por los dichos indios naturales de la dicha estancia de San Juan, de cantidad

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[f 5v] de piedras, que para ello juntaron, con los cuales mojones se hizo división entre los dichos términos de las dichas estancias de San Juan y San Andrés. Testigos que se hallaron presentes: Juan de Olaeta, escribano de su majestad e Francisco Pérez, estantes de la dicha estancia e término [?] de San Joan. Pasó ante mí: Miguel González, escribano.E después de lo susodicho en el dicho día, mes e año arriba dicho, el dicho señor oidor mandó a don Esteban y a Francisco de San Miguel, Martín Cortés y a otros tequitatos que presentes estaban en presencia de otros indios naturales de la dicha estancia le den memoria de los vecinos della que tienen tierras y de los que no las tienen para en ello proveer lo que convenga. Testigos dichos. Lo cual fue notificado mediante el dicho Rodrigo Gutiérrez, intérpetre. Ante mí: Miguel González, escribano de su majestad.E después de lo susodicho en la dicha estancia de San Juan en veinte e ocho días del dicho mes de hebrero del dicho año, ante el dicho señor oidor e ante mí el dicho escribano pareció el dicho don Esteban y en nombre de los vecinos e naturales de la dicha estancia, mediante el dicho intérpetre

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[f 6v] presentó ante su mercedes [sic] unos memoriales de las personas que en la dicha estancia tienen tierras e de los que no las tienen del tenor siguiente:Memoria de los indios naturales de San Juan que tienen algunas tierras aunque pocas.

Marcos Vázquez.Juan de la Cruz.Joachín de Molina.Jusepe Teiniuh.Pedro Coatl.Miguel Pérez.Francisco Xuárez.Pedro García.Francisco Xuárez.Alonso Coauhquex.Cristóbal Xuárez.Domingo de San Matheo.Gabriel Xuchitl.Domingo Sánchez.Juan Acatl.Melchior Díaz.Francisco Vázquez.Jusepe de Castañeda.Andrés Coauhtl.Baltasar Xuárez.Diego Yquinocoauh.

Agustín de Santiago González.Diego de Salamanca.Juan Cano.Jusepe Yquinotl.Francisco Chimalmatl.Ana Texcu.Magdalena Papan.Ana Mocel.Bartolomé Sánchez.Joachín de Santiago.Diego Xuchitl.Juana Xoco.Cristóbal Quaulitli.Pedro de San Miguel.Juana Teycu.Gerónimo de San Francisco.Melchior Pérez.Pedro García.Pedro Çahual.Miguel Macehual.Martín Felipe

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[f 8v] 6Tumac de San JoséJoaquín de Cuna.Daniel de [ilegible]Juan Pérez.Gustavo de la CruzJ Cristóbal ZausteMiguel Pérez.Jose de la CruzMario JuanAndrés GuzmánCristóbal VázquezJerónimo ColinaJuan Cano[Ilegible] CuliMiguel San [ilegible]

Juan MaríaFelipe FernándezGuillermo de SantiagoPablo de Molina[Ilegible] PérezEfraín de VargasGuillermo de SantoJulio de SantiagoRenan JiménezAlonso PérezSimón [ilegible]Gonzalo de Sandoval[a]lDomingo SuárezJuan Fernández

Los cuales el dicho señor oidor hobo [sic] por presentados e habiéndolos leído e

visto mandó que a las personas en ellos contenidas que pareciere que no tienen tierras

ningunas se les dé a cada uno veinte brasas de tierra en ancho y sesenta en largo e a

los que en el dicho memorial pareciere que tienen tierras mandó se les dé a cada uno

catorce brasas en ancho y sesenta de largo e a los tequitatos y tlaxilacales de la dicha

estancia se les dé a cada uno veinte brasas de ancho e las dichas sesenta de largo e

a Martín Cortés, Francisco de san Miguel,

6 La lista de nombres continúa en los folios 7-8v con 249 nombres más, siendo un total de 291 los indios enlistados.

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[f 9] e Martín Vázquez, se les dé a cada uno a setenta brasas en ancho e ciento en largo

e a don Esteban Enríquez se le dé ciento e veinte brasas en largo e ciento en ancho

e de esta manera mandó se les mida e reparta las dichas tierras baldías e realengas

arriba dichas e declaradas midiendo con una medida que para ello señaló de largor

de tres varas de medir, las cuales se les reparta sin perjuicio de otros terceros que

pretendan tener abción [sic] a las dichas tierras e sin que por este dicho repartimiento

sea visto perjudicar a ninguna persona que mejor derecho tenga a ellas y así lo mandó.

Testigos: Juan de Olaeta, escribano de su majestad e Gregorio de Tapia, estantes en la

dicha estancia. Ante mí: Miguel González, escribano de su majestad.

7E después de lo susodicho, en veinte e ocho días del dicho mes de hebrero del

dicho año, por mandado del dicho señor oidor por ante mí el dicho escribano mediante

el dicho intérpetre, se comenzaron a medir y amojonar las dichas tierras baldías e

realengas de susodichas e declaradas y para ello se comenzó desde el dicho montón

de piedras que está en el dicho término de las dichas estancias

7 Al margen: Repartimiento a cada indio de los contenidos en estos memoriales de veinte brazas de tierra en propiedad y posesión; dura esto fasta el folio 96.

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[f 9v] de San Joan e San Andrés junto al dicho paredón de casas y mojones que por

mandado del dicho señor oidor fueron puestos, la cual dicha medida se comenzó a

hacer midiendo con la dicha medida por Baltasar Yauhtl e Andrés Huecamecatl en la

forma e manera siguiente. Miguel González, escribano de su majestad.

Primeramente se comenzó a medir e repartir e se midió e repartió por mandado

del dicho señor oidor de la dicha tierra baldía e realenga a Miguel Pérez, indio vecino

de la dicha estancia, mediante el dicho intérpetre veinte brazas de ancho midiendo de

oriente a poniente y sesenta brazas en largo midiendo de norte a sur que linda por la

parte del oriente con un peñasco y cruz que está puesta por señal para dividir e partir

los términos entre la dicha estancia de San Juan y la de San Andrés e por la parte del

norte linda con tierras de la dicha estancia de San Andrés e por parte del poniente

linda con tierras que se repartieron hoy dicho día a Marcos Vázquez e las dichas tierras

fueron amojonadas e por mandado del dicho señor oidor Francisco Pérez, alguacil, de

su comisión metió en la posesión de ellas al dicho

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[f 10] Miguel Pérez y él la tomó en propiedad y señorío y en señal de posesión se paseó

por las dichas tierras y cavó en ellas e arrancó hierbas e hizo otros autos de posesión e

lo pidió por testimonio mediante el dicho intérpetre y el dicho señor oidor le amparó en

ella. Testigos: Martín Vázquez e Pedro de San Miguel e don Esteban Enríquez, indios

vecinos de la dicha estancia de San Juan.

E luego, incontinenti, este dicho día, mes e año dicho por mandado del dicho señor

oidor, ante mí el dicho escribano mediante el dicho Rodrigo Gutiérrez, intérpetre, se

midieron e repartieron de las dichas tierras baldías e realengas a Marcos Vázquez,

indio de la dicha estancia de San Juan, catorce brazas en ancho midiendo de oriente

a poniente y sesenta en largo midiendo de norte a sur que lindan por la parte del norte

con tierras de la dicha estancia de San Andrés e por la parte del oriente lindan con

tierras de Miguel Pérez y con tierras que hoy dicho día se repartieron a Juan de la

Cruz y dellas el dicho Miguel Pérez tomó posesión en forma e propiedad de señorío sin

contradición alguna e lo pidió por testimonio. Testigos los dichos.

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EL LEGADO NOVOHISPANO DE LA FAMILIA MOCTEZUMA, 1609

Presentación y paleografía: Celina Aceves Zamora

El enlace con el pasado a través de un documento antiguo nos permite

profundizar en campos nuevos para estudiar al hombre. A saber, hace algunos años (1995) fue publicada por primera vez la Real Cédula que hablaba de la donación de tierras que el marqués Del Valle hiciera a Isabel Moctezuma el 27 de junio de 1526. También se conocería el testamento de Isabel Moctezuma, fechado el 11 de julio de 1551, donde se disputaban los pueblos de Azcapotzalco y Tacuba por parte de los descendientes de ella. El estudio de la herencia de esta familia y sus posesiones comenzó a poco tiempo de culminada la conquista española. Posteriormente, al averiguar más sobre su pasado, encontramos que la familia iniciaba serios pleitos por obtener el título de nobleza, ya no mexica sino novohispana, y disputas constantes por la posesión de bienes, tierras y tributarios. La lista es inmensa: en 1541 surgieron los autos del conde de Moctezuma por pleitos con los indios de Tula por tierras, luego

entonces el gobernador y los naturales de Tula peleaban contra don Pedro Moctezuma -hijo de Isabel Moctezuma- sobre estancias de tierra. En 1561, Pe-dro de Santiago comenzó un litigio contra don Pedro Moctezuma y doña María -su madre- por tierras. Los documentos que contienen esta información están en el Ramo de Vínculos y Mayorazgos del AGN.A la par de estos litigios llevados en la Real Audiencia, hubo una buena cantidad de malversaciones en testimonios y en documentos para obtener la herencia, por lo que fue necesario definir con exactitud cuáles fueron los descendientes directos de Moctezuma Xocoyotzin y cuáles fueron simples personajes secundarios, para lo que es importante saber que “a los descendientes de Isabel Moctezuma, se les concederá el título de Condes de Miravalle y a los descendientes de Pedro Tlaahuepantzin o Pedro Tesifón Moctezuma el de condes de Moctezuma; era éste, hijo de Moctezuma II y Miahuasóchil. En 1627, Pedro Tesifón

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Moctezuma nieto del primer Pedro, fue favorecido por el rey de España con el título de vizconde de Ylucan y más tarde el de Conde de Moctezuma”.1 Sin lugar a dudas, por estudios realizados en su familia, es más conocida la descendencia de Isabel de Moctezuma; sin embargo, los litigios de 1609 y más propiamente la determinación jurídica de la Real Audiencia para otorgar herencia a toda la familia Moctezuma -descubiertos gracias a la catalogación del Indiferente Virreinal- dilucidan una línea de descendientes poco conocida y trabajada por los historiadores contemporáneos. Este documento de más de 15 fojas contiene la petición de Mariana de Andrada Moctezuma de ser heredada debido a que no contaba con una pensión. El rey Felipe II otorgó dos Reales Cédulas, una en 1567 y la segunda en 1592, para darle respuesta y asentar oficialmente un patrimonio para los hijos de Pedro Andrada Moctezuma (de entre 14 y 25 años) y, que de acuerdo al documento, se encontraban desvalidos y sin dinero para iniciar un litigio testamentario; se dispuso entregar cantidades de dinero específicas por vínculos de mayorazgo o títulos de mayorazgo perpetuos. En

esta forma se concedieron pensiones a toda la familia y se evitaron problemas entre los descendientes que ya se analizan en una cuarta generación. Más adelante, en el documento se asienta la petición de elaborar escrituras: una para don Felipe Andrada, don Juan y don Fernando Andrada Moctezuma y los hijos menores de don Pedro Andrada Moctezuma; en una segunda parte, de manera separada, la herencia que se le entregaría a Juan Moctezuma Carvajal y Pedro Tesifon Moctezuma, este último heredero del mayorazgo de Cuauhtitlán. Una disposición de Felipe II que debía llevar a cabo el virrey en turno era que la renta se haría con el trabajo de indios y el dinero se expediría de la Real Caja novohispana. Esta re-partición se hizo porque el mayorazgo de Tacuba ya no podia sufragar los gastos de todos los familiares, haciendo del mayorazgo de Caxiaco y Cuatitlán el motor que los sustentaría por más tiempo. A cont inuación, un cuadro deta l lado mani f iesta la “ repar t ic ión” inequi ta t iva 2 ent re cada uno de los h i jos, n ie tos, bisnietos y tataranietos de Moctezuma II Xocoyotzin, gracias al cual se realizarán nuevos hallazgos.

1 Jesús Hernández Jaimes, El cacicazgo de los Moctezuma y la comunidad indígena en la alcaldía mayor de Chilapa durante la Colonia, México, tesis UNAM, 1998.

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Por Real Cédula de 1592, Felipe II otorgó las siguientes cantidades que serían entregadas por la Real Caja. En 1609 la Real Audiencia disponía:

MOCTEZUMA II XOCOYOTZIN

Isabelde Moctezuma,

hija2o. matrimonioPedro Gallego

3er. matrimonioJuan Cano

1er. matrimonioAlonso del Prado

Juan de Andrada Moctezuma, nieto.

Se le otorgaron 1,300 pesos de oro de minas en título de mayorazgo

Catalina Cano Moctezuma, nieta,

monja

Fernando Moctezuma, bisnieto (2do. hijo).

Se le otorgaron 1,000 pesos de renta sobre 500 ducados

Isabel Cano Moctezuma,nieta,monja

Pedro Cano Moctezuma, nieto, difuntoIsabel de Andrada Moctezuma,

bisnieta.Se le otorgaron 1,000 pesos de

renta sobre 500 ducados

Gonzalo Cano Moctezuma, nieto.

Se le otorgaron 1,000 pesos de renta de los cuales 450 son

maravedíesJuan de Andrada Moctezuma,

bisnieto. Mayor. Primero se le otorgaron 1,300 pesos al lado de su hermana Mariana y después 1,000 pesos de renta sobre 500

ducados

Juan Cano Moctezuma, nieto.Se le otorgaron 2,000 pesos de

renta por dos vidas. Sus hijos:Felipe Moctezuma, bisnieto.

4to. hijo.Se le otorgaron 1,000 pesos de

renta sobre 500 ducados

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Por Real Cédula de 1567, el rey Felipe II otorgó:

Juan Andrada Moctezuma y Mariana Moctezuma, menores. Su curador ad liten fue Fernando Moctezuma. Se les

otorgaron 1,300 pesos partidos por iguales partes perpetuos en cada un año con título de mayorazgo de 450

maravedíes cada un peso

Juan Moctezuma Carvajal, hijo de Juan de Toledo Moctezuma.

Se le otorgaron por vínculo de mayorazgo 2,000 pesos por los servicios y méritos de

Juan Cano, su abuelo

MOCTEZUMA II XOCOYOTZIN MIAHUASÓCHIL

Juan de Andrada Moctezuma y Mariana Moctezuma, tataranietos.

Su curador ad liten fue Fernando Moctezuma. Se les otorgaron 1,300 pesos partidos por iguales partes perpetuos en

cada un años con título de mayorazgo de 450 maravedíes cada un peso

Pedro Moctezuma, hijo.Se le otorgaron 3,000 pesos

de oro de minas por vínculo de mayorazgo perpwwetuo

Diego Luis Moctezuma,nieto. Al morir su padre heredó

este vínculo de mayorazgo, 1587

Juan de Toledo Moctezuma, tataranieto.Se le otorgaron los 2,000 pesos de

renta de su padre.Pedro Toledo Moctezuma, tataranieto.Se le otorgaron 500 pesos. Vivía en la

villa de TalaveraPedro Andrada Moctezuma, bisnieto, difunto. Sus hijos:

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Podemos establecer, primero, que los datos aparecen como inéditos: respeté los nombres completos de cada uno para ver cómo el apellido Moctezuma se observa en ocasiones como si fuese paterno y, en segundo lugar, como si fuese materno, lo que origina dudas sobre la autenticidad del parentesco. Sin embargo, la inte-gración del cuadro se hizo a partir de lo que el mismo documento ofrece, así que podemos concluir que realmente existieron estos personajes.

Segundo, en la primera parte del documen-to se habla de que Mariana Moctezuma estuvo casada con Pedro Troche y Castro, fiscal de la Real Audiencia, personaje que dice que es bisnieta de Moctezuma. De acuerdo a la bibliografía, se sabe que sólo existieron cinco hijos de Juan de Andrada Moctezuma, así que aparece una sexta hija; además no se puede concluir que ella fuera la tataranieta, hija de Pedro Andrada Moctezuma, porque tenía entre 14 y 25 años. La primera Mariana peleaba 750 pesos de minas de renta del

pueblo de Caxiaco en cada año a título perpetuo de mayorazgo y de tataranieta para recibir pensión porque su padre había muerto.

Tercero, la familia de los Cano Moctezuma radicó en España, mientras que los Andrada Moctezuma lo hiciera en México. A la luz del documento, la que recibiría más herencia fue la Andrada Moctezuma, lo que puede explicarse por varias razones. Al parecer, los Andrada Moctezuma fueron nietos del segundo matrimonio de Isabel Moctezuma y fueron más hijos que hijas -recordemos que el mayorazgo se otorga al hijo mayor y éste, a su vez, entrega pensión a sus hermanos-. En el caso de los Andrada Moctezuma no sólo se entregó pensión al hermano mayor sino a todos e incluso a los tataranietos como Mariana Andrada Moctezuma y Juan Andrada Moctezuma.

Cuarto, de manera muy especial, dentro del municipio de Cuauhtitlán, Estado de México, en la actualidad no se sabe que la familia Moctezuma fuera dueña de un mayorazgo en su territorio, de acuerdo a dos libros trabajados

Pedro Tesifón (Tesifon) Moctezuma, bisnieto.En 1606 murió su padre, heredando este mayorazgo por testamento en la

ciudad de Valladolid. Se le otorgaron 2,500 pesos de oro de minas donde antes tenía 3,000 pesos; disminuyó la cantidad por auto de la Real Audiencia de 1594, donde se disponía entregar a la capellanía del convento de Santo Domingo 500 pesos. Dicha capellanía la fundó su abuelo Pedro Moctezuma. Esta resolución

establece que el mayorazgo pertenecía a Cuauhtitlán

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en la zona: Rosaura Hernández R. (coord.), Zinacantepec, Edo. de México, México, Instituto Mexiquense de Cultura-H. Ayuntamiento de Cuauhtitlán, 1994-1996, 1996, y José Zuani Cruz y Humberto Domínguez Ávila, Cuauhtitlán Izcalli, monografía municipal,México, Instituto Mexiquense de Cultura, 1999. Se pueden establecer distintas haciendas e incluso una encomienda, pero no se hace alusión a esta familia. En el segundo libro se habla de la existencia de la encomienda de Alonso de Ávila de 1570, que abarcaba desde Zumpango y Huehuetoca hasta Xaltocan, donde se cultivaba trigo y maíz, puesto que la zona era netamente agrícola. En el primer libro se explica que después que Tezozomoc (de Azcapotzalco) gobernara Cuauhtitlán, el último soberano fue Aztatzon “un valiente guerrero fogueado en diferentes combates como Huexotzinco. Entre sus muchas mujeres se cuenta una hija de Moctezuma II de Tenochtitlan, con ella vivía en Cuauhtitlan a la llegada de los españoles en 1519”. Por consiguiente, la región de Cuauhtitlán fue morada de una hija de Moctezuma II y

posterior patrimonio de toda la familia de los Tesifón Moctezuma.

Los indios tributarios de la zona producían cacao, gallinas de la tierra (guajolotes), car-gas de leña, ocote, miel, ají, frijoles y maíz. Sin embargo, no existe un trabajo histórico que hable de este mayorazgo, de lo que producía o sobre su extensión. De acuerdo a la revisión de seis mapas de la zona en el AGN, sólo el elaborado por Ildefonso de Iniesta Vejarano y Felipe de Zúñiga y Ontiveros, agrimensores, muestra claramente el pueblo de Cuauhtitlán en 1763, pero para la fecha no se sabe si aún pertenecía a la familia Moctezuma. Si realizáramos un comparativo con el cacicazgo de Chilapa, Guerrero, perteneciente también a la familia Tefi són Moctezuma, podríamos ver que quizá en Cuauhtitlán había una gran producción, cantidad considerable de tri-butarios y por consiguiente una gran riqueza, pero aún no se puede determinar. Hoy tenemos la base para poder hacer este estudio.

Los litigios se encuentran en el fondo Indiferente Virreinal, expedientes 005 y 006 de la caja 4718.

FUENTES ADICIONALES:- Mapoteca del AGN.- Vínculos y Mayorazgos, AGN.- Cabrera Ipiña de Corsi, Matilde, Cuatro grandes dinastías mexicanas en los descendientes de los hermanos Fernández de Lima y Barragán, México, San Luis Potosí, 1956.

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[f 1, exp. 005]Doña mariana de andrada,motecuma

La dotria que pago de suencomienda que teníase le hizo de la situación qtenia en esta real caja 1609desde 30 de mayo de 606hasta fi n de dizi[embr]e 1609sin el maiz de ocho a[ño]s Don Phelippe por la grazia

de dios Rey E[spañ]a - a todos los corregidoresAutos de la R[ea]l alcaldes mayores y ordinarios y otros qualesAudiencia quier mis juezes e justi[cias] de todas las ciu

dades villas y pu[ebl]os de la nueva esp[añ]a y a los [ministros] [ofi ciales] de mi R[ea]l Hazi[en]da della a cada uno de vos a quien esta mi carta fue

1592 mostrada sabed que ante el pre[sen]te y oidores de mi aud[ienci]a y chan cille[ri]a que rreside en la ciudad de Mex[i]co de la nueva esp[añ]a

1609 sea tratado pleyto entre partes de la una dona mariana

motecuma muger de don pedro troche y de castro el fi scal de la d[ich]a mi audi[enci]a y fue sobre razón de que en doze de mayo

de mill y seisci[ento]s y seis años la parte de la d[ich]a dona mariana motecuma pres[sen]to en la d[ich]a mi audi[enci]a una p[etici]on por las que

me hizo relación que ella hera viznieta de motesuma fue de hazerla a su parte de seteci[iento]s y cinquenta p[eso]s de [minas]

de renta en cada año en titulo perpetuo de mayorazgo en mi R[ea]l Caxa mietras se le situavan por el mi virey

en pueblos que fuesen vacando y habia gozado y cobrado por muchos años enteramente de mi R[ea]l Caxa la d[ich]a renta

y a la sazon el d[ich]o mi virrey marques de montesclaros le havia situado la d[ich]a renta en el pueblo de Ca

xiaco con las cargas de los encomenderos

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[f 2] y por que la voluntad mia avia sido darsela sin

carga al gu[ard]a y asi estava declarado en contradiqtorio juz[gad]o con el fiscal de la d[ic]ha mi audi[encia] de pedim[en]to

de don Ju[an] Cano motecuma q dio de su p[resen]te y uno de los contenidos en la d[ic]ha [merced] me pidio y sup[lic]o se mandase

y declarasse entenderselo mismo con la d[ic]ha situación

y que fuese sin carga alguna. La d[ic]ha situación

y que sella cudiese enteramente con lo q

yo le havia hecho merced mandandosse bolberlo que se le avia remytido el año passado y pres[ent]ar el titulo

de la d[ic]ha situacion y un testim[oni]o de los autos pres[enta]dosrenunciados en el pleito deste d[ic]ho don Ju[an] cano motecuma

que el tenor del d[ic]ho titulo y autos uno en pos de otrotitulo es como se sigue – Don Ju[an] de mendoca y luna marques

y autos - de montesclaros y marques de castil de bayuelas[eño]r de las villas de la higuera de las duenas el Colmenar

el Cardosso y el bado y balzonete virrey lugartenientedel rrey nuestro señor señor gobernador y chapitan general

en esta nueva esp[añ]a y pres[iden]te de la rreal audi[enci]a y chancilleríaque en ella reside Es[pañ]a Por qu[es]ta gobernando en

esta nueva esp[añ]a El virrey don luis de velasco hizo unasituación en cumplimi[en]to y ex[pedici]on de una R[ea]l cedula

de su majestad a dona mariana motecuma y a don Ju[an] deandrada motecuma su hermano de mill y trezi[en]tos p[eso]s

de oro de [minas] de la [merced] que ssu mag[esta]d les hizo como a decendientes de motecuma perpetuos en titulo

de mayorazgo que el tenor della es como se siguedon luis de velasco caballero de la orden de san

tiago virrey lugarteniente del rey n[uest]ro s[eño]r

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[f 3]que ay mas que con otros me he rresuelto en hazerles

las mercedes y en la forma siguiente –sucesiónde don juan de andrada motecuma hijo unico de doña

Isabel motecuma en segundo cassamiento con Pedro gallego–a don Ju[an] y a doña mariana de andrada motecuma difunto

q fue hijo mayor del d[ic]ho Ju[an] deandrada y no tiene renta algu[n]amil y trezientos p[eso]s de rrenta

a ambos seiscientos y cinqu[en]ta a cadauno a don fern[an]do motecuma hijo

segundo del d[ich]o de juan de andrada motecuma acumplimiento de otros mill p[eso]s de rrenta sobre [seiscientos] de por

vida de que le hize [merced] a don Ju[an] de andrada Motecumacumplimiento de otros mill p[eso]s de renta sobre [quinientos] du[cado]s

de que hize [merced] por dos vidas en tributos vacosy en el entretanto que se situavan librados en

mi R[ea]l Caxa a don felipe motecuma hijo quarto del d[ic]ho Ju[an] de andrada motecuma a cumplimi[en]to

de otros mil p[eso]s sobre otros quinientos ducados de qasí mismo le hize [merced] por dos vidas en la mismaforma que don Ju[an] su hermano a doña Isabel de an

drada hija del d[ic]ho Ju[an] de andrada y muger dedon alonsso muñoz a cumplimi[en]to de otros mil p[eso]s de renta

sobre otros quinientos de que le hize [merced] de lamisma manera que a don Ju[an] y a don felype

sus hermanos – suscecion en dona Isabel motecumaen su tercero matrimonio con juan cano no se trata

de doña catalina ni de doña Isabel cano [...]ni de Pedro cano motecuma difunto

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[f 4]a don juan cano motecuma difunto hijo

del tercero matrimonio hize [merced] de dos mil p[eso]s derenta por dos vidas de los quales goza en segunda

vida don Ju[an] de toledo motecuma su hijo mayor porcuya muerte an de bacar y el hijo segundo del d[ic]ho

don Ju[an] cano que sellama don Pedro de

toledo motecumano tiene renta algu[n]a

a los hijos del d[ic]hodon Ju[an] de toledo que an de quedar sin renta

por muerte de su padre que goza en segunda vidade los d[ic]hos dos mil p[eso]s quinientos p[eso]s de renta des

pues de los dias de sup[lent]e al d[ic]ho don p[edr]o de toledo motecuma hijo segundo del d[ic]ho don Ju[an] cano q no ti[en]e renta

otros quinientos p[eso]s para que los goze desde luegoa Goncalo cano motecuma hijo de los d[ic]hos

juan cano y dona Isabel motecuma en este su tercero matrimonio otros mill p[eso]s de renta todos los quales

d[ich]os pessos ande ser quatroc[iento]s y cinqu[en]ta maravedis cada uno y todos perpetuos en titulo de mayorazgo

para los sobre d[ic]hos y sus sucesores y para cumplimiento de todo lo sobre d[ic]ho os mando que en los repar

timientos y huvie[r]e vacos en essa tierra y no los havi[en]doen los que fuese vacando situéis o encomen

deis a los d[ic]hos sucesores de motecuma las d[ic[hasquantidades según como arriba ba desca

rado y en el entretanto proveais y deis hordencomo a todos ellos se le paguen de mi R[ea]l

Caxa de essa ciudad de mex[i]co

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[f 5]y por la pres[en]te m[an]do a mis o[ficia]les a cuyo cargo

esta la d[ic]ha caxa cumplan lo que en virtud destami cedula les hordena [redu] y paguen los sobre d[ic]hos

lo que conforme a ella an de aver desde el dia qpor testimo[ni]o de ai[dienci]a le constare

averse presentado ante vos hastaq se fueron cumpliendo las d[ic]has situaciones de manera que lo q vos

les fuere sel situando vayaheredando y pagando menos la d[ic]ha

mi R[ea]l Caxa con que prim[er]o y ante todas cossas todos los sobredichos cont[eni]dos en esta cedula ayan de hazer

y hagan apartami[en]to de sus pretenciones pres[en]te e delas que podrían tener adelante por si y sus sucesores

por via de transacción remicion o por la que maspareciere convenir para que en ningun tiempo ellos

y sus sucesores tengan rrecursso a otras pretenciones en esta razón ni sobre ello puedan ser oydos

y las escriptu[r]as que en esta sustancia e conformidad otorgaredes. Enbiareis cel d[ic]ho mi consejo para que de ese

lleven a las ecribo de si manias con una copia destami cedula y de las consultas en cuya virtud sea hecho

y este alli juntam[en]te con los papeles destos pretensoresfecha en el Pardo a cinco de diciembre de mil y seis

zientos quinientos y noventa años Yo El Reypor m[e]dio del Rey nuestro s[eñ]or Ju[an] de ybarra la qual se

presento ante mi con una p[etici]on del tenor sigui[en]tedon fernando motecuma por mi y en [...] de don pedro

de toledo motecuma [vecino] de la villa de talaberade la rreyna. En virtud de sus poderes

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[f 1, exp. 006]Don Pedro Tefison motecumaHijo m[ay]or de don diego luis motecuma[merced] de 500 [pe]sos de oro de minas en R[ea]l Haz[ien]dade mas de otros 2, 500 [pe]sos de minas q tienepor tribu[tos] de coautitlan en vinculo demayorazgo perpetuo____________________ 1609 a[ño]s

Por los libros de la R[ea]l Haz[ien]dadesta N[ueva] Esp[añ]a demos cargo consta y p[ublic]o

que de los tres mill p[eso]s de oro de m[inas]de que el Rey n[uestr]o senor por su R[ea]l cedula ffecha en el

escurial a veynte y tres de m[ar]co del año de qui[nientos] y sesenta y sietehico m[erce]d q cada un año vinculo de mayorazgo perpetuo

m[an]de para el y sus subcesores y descendientes a don Pedromotecuma hijo de motecuma s[eñ]or que fue desta tierra

q cuyo mayorazgo subcedio don diego luis motecuma hijodel d[ich]o don pedro Por Ex[elenci]a Dce R[ea]l Consejo de

Indias de veinte y cinco de ag[os]to del año de quini[ento]s y ochenta y siete en el q el d[ic]ho mayorazgo subcedido por

muerte del dicho don diego luis motecuma su hijo may[or]como pareze por clausula de testam[en]to que otorgo

en la ciudad de Valla[dolid] a treinta y uno de mayo delaño de seiscientos y seis debaxo de cuya disposs[ici]on fa

llescio en Madrid a prim[er]o de henero del d[ic]ho año comoasimismo par[ec]e por la informaz[i]on de testigos fecha

en la dicha villa de Madrid en treze de febrerodel año de seiscientos y siete firmado del licen[cia]do silva

de torres del consejo de su [majestad] y su alcalde correante josephe de contabrana [escribano] de provincia de pedi[mento]

del d[ic]ho don pedro tiene situados por auto del marquesde falces virrey q fue desta d[ic]ha nueva españa dos

mill y qui[nient]os pesos de oro de minas. Donde antes teniatodos los d[ich]os tres mill y que no alcancara estos los

d[ic]hos tributos esta R[ea]l audienz[i]a por auto dedoze de agosto del año de quin[ient]os y noventa y quatro m[an]do

q los qui[nient]os pesos de minas restantes se librasen enR[ea]l haz[ien]da los d[ic]hos quin[ient]os pesos de

minas por c[uen]ta del d[ic]ho mayorazgo y dellos estapagadoce d[ic]ho don di[eg]o luis motecuma hasta treze

dias del año de seiscientos y seis q conto de su viday mas mill pesos que por la d[ic]ha c[uen]ta se an librado al comic[iona]do

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[f 5]

Don Joan moctecuma carvajalhijo de don Joan de Toledo moctecuma y viznieto de moctecumas[eñ]or que fue desta tierra

con y [...] [p]esos de m[in]as de renta por vínculode mayorazgo_______________ 1609 a[ño]s

Don Luis de Velasco [etcétera] por cuanto sumag[esta]d sesirvio de proveer una su R[ea]l cedula

C[aj]a R[ea]l del tenor sigui[en]te = El R[e]y por cuanto el R[e]y n[uestro] s[eñ]or que sea

en gloria por cedula fecha en veynte y uno de abril y doze demayo del año pasado de mill y qui[nient]os y sesenta y quatro y veynte y uno

1609 de ju[li[o del de setenta y siete ynbio a mandar al virrey que a lasacon hera de la nueva españa situase y señalase A don joan cano moc

tecuma nieto de moctecuma q fue s[eñ]or de aquella tierra en los ynotorgue hubiese vacos o quevacasen en ella dos mill pesos de mi[n]as

de renta en cada un año por su vida y la de un subcesor sin queambos fuesen obligados a residir en ella y después por otra

cedula f[ec]ha en cinco de diciembre del año asimismo pasado dequinientos y noventa hizo su mag[esta]d [merced] a los hijos de don Ju[an]

de Toledo moctecuma ques hijo mayor del d[ic]ho don Ju[an] cano y el qgoza en sigundavida de la d[ic]ha rrenta de qui[niento]s pesos de renta

perpetuos después de los dias de su padre por acavarsecon su muerte laquel goza y agora el d[ic]ho moctecuma y que respecto de sus

meritos y de los servicios de joan cano su abuelo que paso a la d[ic]hanueva españa con el marques del valle hernando cortes no es con

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ESCRITURA DE CONCORDIA, PODERES Y APROBACIONES ORIGINALES DE LA

CASA Y ERMITA DE NUESTRA SEÑORA DE MONTSERRAT

DE MÉXICO, 1650*

Presentación y paleografía: Rodolfo Daniel Martínez Domínguez

El documento que se presenta a continuación es una escritura1 de

concordia de poderes y aprobaciones originales de la casa y ermita de Nuestra Señora de Montserrat, dada en la ciudad de México con fecha del año de 1650.

En dicha escritura se reconoce la fundación y posesión de la casa y ermita de México y su agregación al convento de Nuestra Señora de Montserrat en Cataluña. La importancia que tiene el presente manuscrito radica no sólo en el reconocimiento y aprobación real y eclesiástica que se otorgó para la exis-tencia de dicha casa, sino el papel que tuvo como principal centro difusor del culto en la ciudad de México de una de las advocaciones de la Virgen María de mayor tradición, que ha provenido de la península ibérica, durante el periodo

virreinal: la Virgen de Nuestra Señora de Montserrat de Cataluña.

El culto devocional de esta virgen, si bien particulariza una procedencia regional peninsular, no fue impedimento para que se promoviera y difundiera una creencia que ha unido e identificado al pueblo catalán con el paso de los siglos, dejando con esto un legado de su presencia y aportación al devocionario mariano novohispano.

Es de destacar que la antigua casa de Nuestra Señora de Montserrat se conserva hasta hoy en la esquina que forman las calles de José María Izazaga e Isabel la Católica, en el Centro histórico de la ciudad de México y alberga en su interior las oficinas de la Federación Me-xicana de Charrería, A.C., y el Museo Nacional de la Charrería.

1 Una escritura es un documento o instrumento público en que da fe un escribano o notario.

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EL DOCUMENTO

El manuscrito es una petición de copia de escritura2 que solicitó fray Gaspar Francisco de la orden de San Benito que, por muerte de fray Juan Xiron, prior de la casa y ermita de Nuestra Señora de Montserrat de México, quedó en el régimen, gobierno y administración de la dicha casa, ante el capitán don Juan Esteban Beltrán de Alzate, alcalde ordinario de la ciudad de México por el rey el 19 de febrero de 1650. Esta escritura de concordia de poderes y aprobaciones3 fue celebrada por el arzobispo Juan de la Serna y el padre fray Bernardino de Arguedas, procurador general del convento de Montserrat de Cataluña. El encargado de hacer los traslados de los recaudos y papeles de dicha petición fue el escribano público de número de la ciudad de México, Juan de Oviedo Valdivieso.

El manuscrito se divide de la siguiente manera: La petición formal de la copia de escritura de fray Gaspar Francisco ante el alcalde ordinario de la ciudad de México, de la foja 1 a 2; Obedeciendo al pedimento el escribano hace los

traslados y recaudos de escritura, de la foja 2 a 7; Presentación del poder que le es otorgado a fray Bernardino de Arguedas por el convento de Montserrat para su representación, de la foja 7 a 24v; Poderes testimoniados de escritura en las ciudades de Barcelona y México, de la foja 25 a 26v; Validación y firma de la escritura por el arzobispo Juan de la Serna con fray Bernardino de Arguedas, de foja con el 26v a 27; Aprobación de las condiciones que contiene la escritura por fray Alonso Barrantes, general de la congregación del señor San Benito, de las fojas 27 a 30; Presentación de la escritura de aprobación, de la foja 30 a 31v; Petición de posesión y acto de posesión de la casa de Montserrat de México, de la foja 31v a la 33v; Fe de la recaudos de escritura y confirmación de la aprobación del general de San Benito, de las fojas 36 a 44.

Una finalidad de esta solicitud fue ase-gurarse de contar con un instrumento de reconocimiento real y eclesiástico para posibles pleitos y desavenencias que enfrentara dicha casa de Montserrat en el futuro. La agregación institucional de la casa de la ciudad de México a la del

2 Archivo General de la Nación (en adelante AGN), Indiferente Virreinal, caja 5367, exp. 55, Templos y Conventos, 1650, fs. 44.3 Ibid., f. 2.

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convento de Monteserrat en Cataluña es lo más importante de dicha escritura.

Este punto es central pues es ella quien le otorga el derecho para ser gobernada y administrada por los hermanos de la orden de San Benito y con el derecho de designar a los religiosos que considerara prudente para venir a la Nueva España a ejercer sus funciones “y que la dicha casa y hermita de Nuestra Señora de Montserrate de esta dicha ciudad se junte y agregue a la cassa y convento de Nuestra Señora de Montserrate del dicho principado de Cataluña, para que los religiosos de ella la rijan, gobiernen y administren […]”.4

La agregación fue concedida por el papa Clemente VIII en Roma el 22 de fe-brero año de 1604, y mediante dos autos reales, uno del 7 de mayo de1604 y el otro de 24 de marzo de 1607. En ellas se asienta la voluntad de Su Santidad y el rey de que la casa de México guarde los mismos privilegios eclesiásticos y reales del convento en Cataluña.

Como parte del proceso fue necesario que el visitador, el licenciado Juan Aguado, hiciera un recorrido al edificio de la casa de México para certificar el pro y utilidad para el servicio a Dios.

Es relevante que este proceso de agregación se realizara en medio de pretensiones de los religiosos de la casa de México de fundar otras casas de culto en otras partes del territorio novohispano, por el breve papal del año de 1600 que así lo concedía.

Dicho acontecimiento se preveía por la autoridad como desestabilizador para la integridad del culto a la Virgen de Montserrat, del convento en Cataluña y de la orden de San Benito, “[…] lo cual si se pusiera en ejecución fuera a abrir puertas a muchas novedades, y causarse muchos pleitos y para que esto cese y se continue la Debocion en la dicha casa y hermita y los pleitos que hasta aquí han tenido en razon del dicho Breve se acaben”.5

Este hecho indica que por una parte existía un grupo de religiosos que pretendía sacar el culto de la Virgen fuera de la ciudad de México y de dicha casa haciendo caso al breve concedido y, por otro lado, que la representación del convento de Cataluña pretendía ejercer una centralización de poder en el culto y la administración mediante la casa fundada en la ciudad de México.

En este sentido, el manuscrito no nos

4 AGN, Indiferente Virreinal, caja 5367, exp. 55, Templos y Conventos, 1650, f. 3v.5 Ibid., f. 4v.

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ofrece mayores datos sobre las diferencias surgidas por dicho asunto, pero es claro que el hecho de no permitir el culto por medio de otros recintos es una respuesta para mantener un control sobre el culto mariano, sus propiedades y demás dig-nidades concedidas a dicha casa de Montserrat de México.

Las condiciones para celebrar la aprobación de la escritura tras la con-cordia entre los administradores y di-putados de la casa de México con el procurador de la orden de San Benito, fray Bernardino de Arguedas, consta de cinco puntos, los que giran entorno a lo siguiente:

1. La prohibición de convertir la Casa y Ermita de Montserrat en Monasterio, “Primeramente con condicion que no por lo dicho se entienda, ni ha de entenderse que se les da licencia para hacer Monasterio en la dicha casa y hermita por que asi es la voluntad de su Majestad que esta en el dicho breve del Real Consejo de las Yndias.”6

Bajo esta condición, el convento de Montserrat de Cataluña se aseguraba la preeminencia de mantenerse como el único instituto rector que podía aceptar, mantener y ordenar religiosos con la

facultad de poder designar y enviarlos a los destinos donde pudieran desempeñar mejor sus funciones al servicio de Dios y de la Virgen.

2. La visita a la cofradía fundada en la Casa, las limosnas y las capellanías “que hemos de visitar y nos pertenece la visita de la cofradía que esta fundada en la dicha hermita […] asi mismo las limosnas y mandas que se hicieren y adquirieren para la dicha cofradía, y asi mismo el visitar las capellanias que en la dicha casa y hermita estan fundadas y se fundaren, que sirven y sirvieren a los clerigos”.7

Esta actividad se realizaría mediante un visitador institucional designado por el convento de Montserrat con la finalidad de vigilar el buen desempeño de las funciones en la casa de México. El buen funcionamiento de la cofradía era de suma importancia pues era reflejo de que las actividades que se llevaban al interior de la casa se realizaban sin anomalías, ya que esto denotaba prestigio y posición ante las demás cofradías fundadas en iglesias, conventos y parroquias en la ciudad de México. Dentro de este rubro, el cuidado del buen desempeño en la administración de las limosnas

6 Ibid., f. 5v.7 Ibid., f. 6.

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aseguraría la manutención de la casa y el culto religioso, y se aseguraría que los montos designados de las capellanías estuvieren siempre generando los réditos designados para los capellanes.

3. Derechos sobre propiedades que tuviere la casa de México o el convento de Cataluña, “en declaracion que si en algun tiempo comprasen para la dicha hermita y cassa o para la de Cataluña halgunas haciendas o heredades dez-mables aya de pagar diezmos de ellos como lo pagan las Religiones en España , y assi mismo en visto quedan en vos todo aquello que el derecho nos da y conzedo”.8

Los bienes raíces que se adjudicaran para la casa de México o para el convento de Montserrat en Cataluña se hallaban en la obligación de pagar el diezmo correspondiente como el resto de las instituciones religiosas asentadas en España, según lo regía el mandato eclesiástico.

4. Deberes de los capellanes y cofrades: que los capellanes hayan de poder libremente cumplir con las obligaciones de sus capellanias que tuvieren en la dicha cassa y los cofrades

de la cofradía de ella con las devociones y requisitos de la dicha cofradía”.9

Era obligación que los cofrades se rigieran bajo la observancia de las cons-tituciones de su cofradía para conducirse de la mejor manera en el desempeño de sus funciones. También lo era la labor de los capellanes en el cumplimiento de oficiar las misas derivadas de su titularidad al hacerse del favor de ser designados para tal efecto por los fundadores de capellanías.

5. Disposiciones sobre los entierros y fundaciones de la casa: “que todos los entierros, aniversarios y fundaciones que se hicieren en la dicha cassa ayan de ser y sean en todo y por todo sin perjuicio de Nuestra Catedral y del derecho de los curas de esta ciudad y de nuestro Arzobispado quedando como queda lo que aquí se dexa de especificar a la disposicion al derecho y en especial del Santo Concilio de Trento”.10

Los gastos causados por los entierros debían de ser costeados por la casa de Montserrat, en el caso de la muerte de un hermano de la orden, y por las cofradías fundadas en dicho recinto para el caso de sus cofrades. La sepultura se llevaría

8 Ibid., f. 6-f. 6v.9 Ibid., f. 6v.10 Idem., f. 6v.

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acabo en la casa sin afectar a las demás dignidades eclesiásticas. Lo mismo para los aniversarios, fundaciones y fiestas de la Virgen que se llevaran acabo en dicho lugar.

Con estas condiciones se otorgó la escritura de concordia y agregación de conformidad y condiciones que de ella dimanan entre el arzobispo don Juan de la Serna y el procurador general del convento de Montserrat de Cataluña, fray Bernardino de Arguedas, según el poder que lo acreditó facultado para defender los intereses de dicho instituto con fecha de 6 de diciembre de 1600, dado en Barcelona.

El manuscrito termina con la petición y toma de posesión de la casa de Montserrat que hizo fray Bernardino de Arguedas, que se verificó el 7 de noviembres de 1614 ante el alcalde ordinario don Juan Alonso de Sousa, el escribano público Juan Pérez de Rivera y testigos. La ceremonia se hizo conforme a los términos contenidos en la escritura de concordia y agregación sobre la casa, ermita y bienes de ella. A continuación se describe el momento como sucedió:

“dixo que le daba y dio posecion [el alcalde Juan Alonso de Sousa] sin

11 Ibid., fs. 31v-33v.

perjuicio de tercero posehedor al dicho Padre Frai Bernardino de Arguedas en nombre del convento y casa de de Nuestra Señora de Montserrate del principado de Cataluña, y el dicho padre prior en señal de la dicha posecion se paseo por la Yglesia de la dicha hermita, y por la dicha casa; cerró y abrió las puertas de ella, y de la sacristía y como tomava y tomo la dicha posecion quieta y pacíficamente sin contradicion alguna pidio por testimonio, y al dicho alcalde le ampare en la dicha posecion; e yo el Escribano Publico doy fee que al dicho padre Frai Bernardino de Arguedas tomo la dicha posecion […]”.11

CONCLUSIONES

Por medio de este pedimento de copia de escritura pública quisimos mostrar no sólo las aprobaciones y posesión de la casa y ermita de Nuestra Señora de Montserrat de la ciudad de México, sino destacar también su función como centro difusor de una de las tradiciones marianas peninsulares con más arraigo y devoción que llegaron a la ciudad de México durante la época virreinal.

Hasta hoy, la historia de esta casa y

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ermita de Montserrat ha sido dejada de lado en la historiografía o quizá, ha sido de poco interés para los investigadores. Por nuestra parte consideramos que la importancia que tiene esta casa tiene que ver con el hecho de que: 1) fue el único centro de culto, de que se tenga noticia, con la advocación de Montserrat que se erigió en la Nueva España; 2) que su gobierno, administración del culto y la designación de los religiosos que habitaron la casa quedó en manos de catalanes; 3) que la presencia y labor religiosa de la orden de San Benito no ha sido estudiada en contraposición al atractivo que han generado siempre las grandes órdenes religiosas como son los franciscanos, agustinos, dominicos, carmelitas, betlemitas, dieguinos, entre otras; 4) que al culto a la santa patrona de Cataluña y su cofradía, durante la época virreinal en la ciudad de México, se le puede considerar dentro de un grupo de devociones étnicas que corresponde a ciertos grupos con características culturales determinadas, tradiciones, creencias, idiosincrasia y lengua propias que se circunscriben en una sola región localizada en la península

12 Josefi na María Cristina Torales Pacheco, Ilustrados en la Nueva España. Los socios de las Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, México, Universidad Iberoamericana, 2001, p. 46

ibérica; 5) dentro de esta categorización se encontrarían los catalanes, como también es el caso de los vascos y los gallegos, que si bien adoptaron la lengua y formas castellanas no dejaron de lado las formas culturales que los identificaron como grupo; 6) en el caso de los vascos, por ejemplo, y que no difiere del grupo de los catalanes, la historiadora Josefina María Cristina Torales Pacheco dice sobre las advocaciones y promociones marianas que “[esto] motivó los ánimos y la piedad de los migrantes, que vieron en las devociones marianas de sus lugares de origen el sustento de su identidad”;12

7) para concluir esta presentación, en la misma línea se encuentran coincidencias con la historiadora Alicia Bazarte Martínez, estudiosa de las cofradías de españoles, quien dice que “En la ciudad de México, la elección de un santo patrón estaba de acuerdo a las necesidades de los cofrades. Por ejemplo, los españoles de procedentes de una misma región de España buscaban mantener su identidad y vínculo con su comarca uniéndose bajo la advocación del santo venerado en su región natal o de la que eran descendientes: los vascos

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veneraban a la Virgen de Aránzazu, los montañeses al Santo Cristo de Burgos, y los riojanos y gallegos centraron sus devociones en las cofradías de Nuestra

13 Alicia Bazarte Martínez y Clara Ayluardo García, Los costos de la salvación. Las cofradías de españoles y la ciudad de México (siglos XVI al XIX), México, IPN-CIDE-AGN, 2001, p. 44.* Ponencia presentada en las XII Jornadas de Etnohistoria, ENAH, septiembre de 2006.

Señora de la Balvanera y la de Santiago Apóstol, respectivamente”,13 así como los catalanes lo fueron de la Virgen de Montserrat.

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[f 1] En la ciudad de méxico en diez y nueve días del mes de febrero de mil y seiscientos y cincuenta años ante el capitán don Juan Esteban Beltrán de Alzate alcalde ordinario en ella por el rey nuestro señor se leyó esta petición:

Fray Gaspar Francisco de la Orden de San Benito residente en esta ciudad a cuyo cargo (por muerte de fray Juan Xirón, prior de la Casa y Ermita de Nuestra Señora de Monserrate que en esta ciudad tiene la dicha orden) quedó el régimen, gobierno y administración de ella; digo que : al derecho de la dicha Casa y Ermita conviene que el presente escribano y otro cualquiera a quien se cometa de esta escritura de concordia poderes y aprobaciones originales celebradas por el ilustrísimo señor don Juan de la Serna, arzobispo que fue de esta dicha ciudad y el padre fray Bernardino de Arguedas , Procurador general del Convento de Mon-

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[f 1v] serrate en virtud de breves Apostolicos, y Cedulas de su Majestad sobre la Fundacion agregación, y Posesión de la dicha Cassa y Hermita, me dee uno o mas traslados authorizados en publica forma, y manera que haga fee para presentarlos ante quien me convenga para lo cual hago demostracion de ellos, y que fecho se me buelvan, y los traslados.= A vm. pido, y suplico assi lo provea y mande interponiendo para ello su authoridad y Decreto judicial pues es justicia que pido y en lo necesario = Frai Gaspar Francisco

Auto [al margen] Y por su merced vista mando que el presente Escribano saque, y dee al dicho padre Frai Gaspar Francisco de la orden de San Benito el traslado o traslados que pidiere de la Escritura de concordia, Poderes y aprobaciones que la petición refi ere authorizados en pu-

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[f 2 ] blica forma, y hagan la fee que hubiere lugar de derecho y se le devuelvan las originales. Y assi lo proveyó Don Juan Esteban Beltrán de Alzate = Juan de Obiedo Valdivieso Escribano Publico.

En cumplimiento de los cual Yo Juan de Obiedo Valdivieso Escribano del Rey Nuestro Señor, y Publico del numero de esta ciudad de Mexico hize sacar, y saque un traslado de los recaudos y papeles que en dicha petición se refi ere, cuio tenor a la letra es como sigue Escritura [al margen]

En el nombre de la Santisima Trinidad Padre, Hijo y Espiritu Santo tres personas, y un solo Dios verdadero y de la gloriosa siempre virgen María acuia honrra y gloria se dirige y encamina lo que en esta Escritura sera contenido; en cuia conformidad sea notorio a todos los que

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[f 2v ] la vieren en los tiempos presentes y venideros, como nosotros Don Juan Perez de la Serna Arzobispo de esta ciudad de Mexico del consejo de su Magestad Decimos: que por cuanto de muchos años ha esta parte por parte del Combento de Señor San Benito, y Cassa de Nuestra Señora de Monserrate del Principado de Cataluña en los Reinos de España, y por el Padre Frai Bernardino de Arguedas Monje de la dicha Cassa y Combento, se ha pretendido que la Cassa y hermita que esta ciudad esta con advocación de Nuestra Señora de Montserrate se Agregue, y junte a la dicha Cassa de Monserrate de Cataluña, administrandola los Monjes que de ella vinieren a esta Nueva España por orden de los superiores del dicho Combento, en conformidad de las breves

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[f 3 ] letras Apostolicas y pribilegios que de muchos sumos Pontifi ces la dicha Casa tiene, y en particular de nuestro mui Santo Padre Leon Dezimo sobre lo qual por parte del dicho convento administradores y Diputados de la dicha Hermita de Nuestra Señora de Monserrate de esta dicha ciudad se alcanzó Breve para la dicha agregación concedido por Nuestro mui Santo Padre Clemente octavo su fecha en Roma en veinte dias del mes de febrero del año passado de mil y seiscientos y cuatro por el cual y por dos autos que al fi n de el estan del Real Consejo de Yndias su fecha el uno de ellos en la Ciudad de Valladolid a siete dias del mes de Maio del año passado de mil y seiscientos cuatro; y el otro en la Villa de Madrid a veinte y cuatro de Marzo del año passado de mil y seiscientos siete, consta la voluntad de su

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[f 3v] Santidad y su Magestad ser el guardarse a la dicha Cassa los dichos privilegios y que la dicha Cassa, y Hermita de Nuestra Señora de Monserrate de esta dicha Ciudad se junte y agregue a la Cassa y Combento de Nuestra Señora de Monserrate del dicho Principado de Cataluña, para que los religiosos de ella la rijan, Gobiernen y administren guardandose y cumpliéndose la concordia que los dichos administradores, y Diputados hicieren con el dicho Padre Frai Bernardino de Arguedas cuia conclusión, y execución su Santidad por el dicho por el dicho Breve nos le remite según que por el mas largamente consta; y queriendo como queremos por ser como es cossa justa obedecerlo que por el se nos manda atendiendo a muchas causas que para ello hay. Y habiendonos Certifi cado del estado de la dicha Hermita, y gobierno de ella

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[f 4] por visita que de ella hizo por Nuestra Comision el Licenciado Juan Aguado Nuestro Visitador en nuestro Arzobispado, y el pro, y utilidad y servicio a Dios Nuestro Señor que ha de asistir y estar los dichos Religiosos en la dicha Cassa, y Hermita y administrandola resulta como ha constado por Ynformaciones, que en la dicha visita el dicho nuestro visitador hizo assi de su ofi cio en secreto como de pedimento de parte y concediendo con lo pedido y suplicado por el Cavildo y Regimiento de esta Ciudad cerca de la dicha agregación signifi candonos lo mucho que importa a la debocion de los Fieles de ella, y que con esto cesaria el pretender, y querer los dichos Religiosos fundar otras Cassas a Ynvocación de Nuestras Señora de Monserrate en conformidad de las Cedulas que para ello tienen de su Magestad mu-

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[f 4v] dando y quitando la Ymagen y advocación que agora tienen en virtud de otro breve que su Santidad concedio al dicho Convento a petición del Rey Nuestro Señor su fecha en Roma a cinco de Julio del año passado de mil y seiscientos, lo cual si se pusiere en ejecución fuera a abrir puertas a muchas novedades, y causarse muchos pleitos, y para que esto cese, y se continue la Debocion en la dicha Cassa y Hermita, y los pleitos que hasta aquí han tenido en Razon de la execucion del dicho Breve se acaven Nosotros en virtud del dicho Breve, y autos sobre dichos del Real Consejo de las Yndias obedeciendo lo que por ellas se nos ordena y por el dicho Breve se nos manda usando de la authoridad Apostolica que tenemos y su Santidad nos da Confi rmamos y aprovamos la dicha Concordia

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[f 5] echa entre los dichos administradores y Diputados de la dicha Hermita de Nuestra Señora de Monserrate de esta ciudad, y el dicho padre frai Bernardino de Arguedas en nombre de la dicha Cassa y Combento de Nuestra Señora de Monserrate del Principado de Cataluña para que se guarde por ellos y cada uno de ellos agora y en todo tiempo y se lleve a devida execucion con efecto lo en ella conzedido inviolablemente y sin remision alguna y queremos y habemos por bien que desde luego para siempre jamas la dicha Cassa y Hermita de Nuestra Señora de Monserrate de esta dicha Ciudad con todo lo en ella edifi cado y lo que le pertenece de Bienes, Rayzes, y Muebles, rentas, censos, limosnas y todas las demas cosas a ella anexas assi sagradas como profanas qualesquier que sean presentes futuras y venideras

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[f 5v] esten incorporadas e unidas ha la dicha orden para que desde luego para siempre todas ellas y la dicha Cassa en lo Espiritual y Temporal se hayan de regir, gobernar, y administrar rijan, Gobiernen y administren por los religiosos que hoy estan en ella, y por lo demas que enviaren y ordenaren los superiores del dicho combento de Nuestra Señora de Monserrate de Cataluña los cuales ayan de vivir y morir en la dicha Hermita y Cassa que para el dicho efecto desde luego se lo adjudicamos con las condiciones siguientes:

Condiciones para otorgar y adjudicar la Hermita de Nuestra Señora. [al margen]Primeramente con condicion que no por lo dicho se entienda, ni ha de entender que se les da licencia para hacer Monasterio en la dicha Cassa y Hermita por que assi es la voluntad de su Magestad como se contiene en el siguiente auto que esta en el dicho

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[f 6] Breve del Real Consejo de las Yndias.2. Ytem. que hemos de visitar, y nos pertenece la visita de la Cofradía que esta fundada en la

dicha Hermita por las Bulas, y letras Apostolicas de nuestro mui Santo Padre Sixto Quinto, y assi mismo las limosnas y mandas que se hicieren y adquirieren para la dicha Cofradía; y assi mismo el visitar las Capellanias que en la dicha Casa y Hermita estan fundadas y se fundaren que sirven y sirvieren clerigos.

3. Ytem. es declaracion que si en algun tiempo compraren para la dicha Hermita y Cassa o para la de Cataluña algunas haciendas o heredades dezmables aya de pagar diezmos de ellos como lo pagan y pagaren las Religiones en España y assi mismo es visto quedar en

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[f 6v] Nosotros todo aquello que el derecho nos da y conzede.4. Ytem. que los Capellanes hayan de poder libremente cumplir con las obligaciones de

sus Capellanias que tubieren en la dicha Cassa, y los Cofrades de la Cofradía de ella con las devociones y requisitos de la dicha Cofradía.

5. Ytem. que todos los Entierros, Aniversarios y fundaciones que se hicieren en la dicha Cassa ayan de ser y sean en todo y por todo sin perjuicio de Nuestra Cathedral y del derecho de los curas de esta ciudad y de Nuestro Arzobispo quedando como queda lo que aquí se dexa de especifi car a la disposición del derecho y en especial del Santo Concilio de Trento.

Y con las dichas condiciones y declaraciones hazemos y otorgamos la dicha

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[f 7] agregación y conformidad de la qual y condiciones de ella el dicho Frai Bernardino de Arguedas ha de traher confi rmacion de su General para mas fuerza de ella dentro de dos años e Yo el dicho Frai Bernardino de Arguedas en nombre y como procurador general de la dicha Cassa y Convento de Nuestra Señora de Monserrate del Principado de Cataluña, y en virtud del Poder que yo tengo […]

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[f 32] Posesión [al margen] Estando en la Cassa y Hermita de Nuestra Señora de Monserrate de esta Ciudad de Mexico en siete dias del mes de Noviembre de mil y seiscientos y catorce años: Ante Don Juan

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[f 32v ] Alonso de Possa Alcalde Ordinario de esta Ciudad y por presencia de mi el Escribano Publico y testigos el Mui Reverendo Padre Frai Bernardino de Arguedas de la Orden de San Benito y Prior de la dicha Hermita pidio al dicho Alcalde le dee Posecion de la dicha Cassa y Hermita y Bienes de ella conforme a la Escritura de Concordia y agregación hecha por el Ylustrísimo Señor Arzobispo de Mexico de que tiene fecha demostración la qual haviendola visto el dicho Alcalde dixo: que esta presto dar la dicha possecion y en conformidad de ello metio al Padre Frai Bernardino de Arguedas en la dicha Cassa y Hermita de la cual y de todo lo de ella anexo perteneciente dixo: que le daba y dio possecion sin perjuicio de tercero posehe-

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[f 33] dor al Padre Frai Bernardino de Arguedas en nombre del Convento y Casa de Nuestra Señora de Monserrate del Principado de Cataluña, y el dicho Padre Prior en señal de la dicha posecion se paseo por la Yglesia de la dicha Hermita y por la dicha Cassa; y cerró y abrió las Puertas de ella y de la Sachristia y de cómo tomava y tomó la dicha possecion quieta y pacífi camente sin contradicción alguna lo pidió por testimonio y al dicho Alcalde le ampare en la dicha possecion ; e Yo el Escribano Publico doy feé que al dicho Padre Frai Bernardino de Arguedas tomo la dicha posecion quieta y pacífi camente sin contradición de persona alguna, y el dicho Alcalde dijo: que le amparava, y amparó en la dicha posecion de la qual mandaba, y mandó no sea desposeido sin que primero […]

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UN PALACIO DIGNO DE VIRREYES: REAL ALCÁZAR DE CHAPULTEPEC, 1784-1790

Presentación y paleografía: Irazubellalid Zapata*

Toda obra arquitectónica cobra su im-portancia con el paso del tiempo, prin-

cipalmente si su historia guarda en su interior a grandes personajes políticos, leyendas, o si ha podido llevar a cuestas movimientos bélicos, o simplemente ha sobrevivido con el paso de los años a la rápida evolución de la sociedad que la rodea. En la historia de nuestro país se han levantado grandes monumentos arquitectónicos desde la época pre-hispánica hasta nuestros días de modernidad, entre ellos las pirámides de Teotihuacán, la catedral de la ciudad de México y, sobre todo, uno de los edifi-cios que guarda el legendario bosque de Chapultepec: el real alcázar de Cha-pultepec. Este edificio ha sido palacio de reyes aztecas, castillo de virreyes españoles, mansión de emperadores y republicana residencia de presidentes mexicanos.

Consumada la conquista, Chapulte- pec formaba parte de la vasta región

denominada marquesado del Valle, otor-

gada por la Corona española a Hernán Cortés como premio a sus campañas, pero por Cédula Real del 25 de julio de 1530, emitida por Felipe II, el bosque fue segregado de las propiedades de Cortés y pasó a ser propiedad de la ciudad:

“La Reina Presidente e Oidores de la Nueva Audiencia, y Chanchilleria Real de la Nueva España Bernardino Vazquez de Tapia, y Antonio de Caravajal Pro-curadores de la dicha Nueva España en nombre de la Tenuxtitlan Mexico; nos hicieron Relacion que en la merced que hicimos al Marques del Valle de sus Vasallos, se incluye el Cerro donde nace la fuente de Agua dulce con las Tierras y Arboles que son alrededor, y que el dicho Marquez goza de el dicho Cerro y fuente, la dicha ciudad recive mucho daño, porque es mui necesario, para sus terminos, y Egidos; por ende que nos suplicaba é pedia por merced, y la dejase para la dicha Ciudad o como la mi merced fuese: por ende Yo vos mando que si en lo que esta concedido á el Marques se

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Incluye de fuente de Chapultepeque; que executeis la dicha merced; quedando la di-cha fuente y uso de ella libre para la dicha”.1

Una de las primeras construcciones que se realizaron en el cerro fue el molino de pólvora; la construcción del polvorín fue dirigida por el perito Esteban Pruneda, en el año de 1541, bajo el gobierno del primer virrey, don Antonio de Mendoza. Tal era su belleza que, junto con el bosque que lo rodeaba, fue dedicado como parque al emperador Carlos V y convertido en lugar de recreo público. Durante el primer siglo de vida colonial, Chapultepec fue sitio de recreo de los virreyes, pero en 1624, con motivo del arribo del virrey don Rodrigo Pacheco y Osorio, marqués de Cerralbo, se propuso que el sitio sirvie-ra para hospedar a los gobernantes, ya que el pueblo de Guadalupe, donde eran recibidos tradicionalmente los virreyes, se encontraba en mal estado debido a grandes inundaciones. Durante mucho tiempo el edificio fue utilizado para diver-sas actividades, una de ellas el resguardo para encarcelar a los delincuentes del tribunal de la Acordada: “este tribunal fue creado por real acuerdo del 11 de noviembre de 1719, su interior era utiliza-

do como cuarteles y las galeras eran dis-tribuidas como oficinas administrativas de custodia”.2

Para estas mismas fechas -1710 a 1759-, la construcción estaba en muy malas condiciones y casi en ruinas. Al ver tal deterioro, el virrey marqués Carlos Francisco de Croix ordenó las obras de reparación, pero éstas fueron suspendidas en 1771 por su alto costo; permaneció así hasta 1784, año en que explotó la fábrica de pólvora que se encontraba en sus terrenos y que provocó su destrucción total. Se intentó después volver a edificarla, pero el virrey Bucareli suspendió las obras. Eran tanta la belleza que guardaban el edificio y tal la naturaleza que lo acogía en sus exteriores, que el virrey Matías de Gálvez solicitó a la Corte el permiso para restau-rar el antiguo palacio de Chapultepec, a fin de que allí se verificara la ceremonia de la recepción de los virreyes de la Nueva España y la entrega del bastón de mando, acto solemne que se efectuaba en San Cristóbal Ecatepec; pero el rey negó su asentimiento y el Tribunal del Consulado, que iba a efectuar el pago de las obras, retiró su aportación.

1 AGN, Historia, vol. 267 bis, exp.5, fs. 1-24v.2 Lina O. Gumes, Castillo de Chapultepec. Museo Nacional de Historia, México, editorial García Baldees, 1983, p. 6.

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A la muerte del virrey Matías de Gálvez, con objeto de reconocer los minerales de azogue del bosque, el Tribunal de Minería construyó algunos hornos pero hubo un terrible accidente y éstos fueron cerrados. En 1785, al comenzar su gobierno, el conde Bernardino de Gálvez quiso cumplir el sueño de su padre y ordenó que se realizara la obra de una casa de descanso para él y su familia; la obra fue encomendada al ingeniero Francisco Vanbitely, a quien se le pidió un edificio “ubicado al lado poniente de la meceta con orientación Norte Sur, con dos pisos de forma alargada, un jardín amurallado sobre un montículo y un mirador de un piso viendo hacia el este y algunos sótanos, habitaciones para huéspedes, caballerizas, viviendas de criados, patios”.3 Sin embargo, el 24 de octubre de 1785 el ingeniero Vanbitely tuvo que abandonar la obra, como lo demuestra este documento:“por decreto del 20 del corriente he concedido al Teniente Coronel e Ingeniero ordinario don Francisco Vamvitely la licencia que solicitó para pasar a la Havana a los fines que me hizo presente, y he resuelto asimismo, como me propuso, que vuestra

majestad le sostituya durante su ausencia en la comision de la obra de Chapultepec a que estaba encargado en los propios terminos que la seria: lo que aviso a vuestra majestad, para su inteligencia y cumplimiento Dios guarde Mexico. 24 de octubre de 1785”.4

De este modo, la obra pasó a manos del ingeniero español Manuel Agustín Mascaró, como consta en el documento que se presenta; para su construcción, “la Real Hacienda tuvo que aportar la cantidad de 14 mil 359 pesos con 3 y medio reales cantidad administrada por el tesorero pagador Don Marcos de Barrios”,5 y la obra fue realizada por una gran cantidad de gente, entre la que había presidiarios mandados por el Tribunal de la Acordada para realizar trabajos pesados, como lo dictaba su sentencia, lo que podemos comprobar en el texto que dice que “el juez de la Acordada con fecha de 11 del corriente me comunica tener destinados para la obra del Real Alcázar de Chapultepec, que a cargo de vuestra majestad, 37 Reos de su juzgado, lo que aviso a vuestra majestad, para su inteligencia y que disponga su recibo, quando esté

3 Martine Chomel, Castillo de Chapultepec, México, INAH, 1951, p. 6.4 AGN, Indiferente Virreinal, caja 2694, exp. 20, f. 5.5 AGN, Indiferente Virreinal, caja 2694, exp. 20, f. 17..

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pronto el alojamiento para colocarlos con la seguridad correspondiente Dios Mexico 21 de Marzo de 1786”.

Las obras comenzaron con el desmonte del cerro y con los materiales que se requerían: vigas de cedro del Desierto de Río Frío, oyamel de Chalco y piedra de Chiluca y del propio cerro, como lo demuestra este documento:

“en contestación a la consulta de vuestra majestad de 8 del corriente le dirijo a Don Manuel Mascaró le dirixo adjunta la orden auxiliatoria que me pide para que los justicias de los pueblos de

las inmediaciones de esta ciudad, hagan que los vecinos de sus juridiciones dueños de recuas, ocurran al pueblo de los Remedios á acarrear piedra para la Obra del Real Alcazar de Chapultepec que esta a su cargo Dios Mexico 12 de agosto de 1786”.6

A pesar de que las obras avanzaban con rapidez, don Bernardo no pudo ver terminado su palacio, ya que la muerte lo sorprendió apenas un año después de haber empezado; gracias a un informe de trabajo que hizo el ingeniero Mascaró en 1787, se sabe que para entonces en

6 AGN, Indiferente Virreinal, caja 2694, exp. 20, f. 23.

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la planta ya se habían techado y enladri-llado las habitaciones de la secretaría del virrey, las de la servidumbre, las cocinas, los servicios y los cuartos para los huéspedes. En la planta alta había un gran salón junto a un oratorio, el despacho del virrey y sus habitaciones que comunicaban con el jardín elevado, en cuya parte oriental se ubica en la actualidad; también había un mirador con portales, tres cuartos y dos escaleras. Hacia el lado norte quedaron las bodegas subterráneas. Todo el conjunto alcanzaba una extensión de 210 varas de largo, por más de 70 de ancho.

El 7 de octubre de 1787, el ingeniero Manuel Agustín Mascaró presentó la úl-tima relación de los gastos efectuados en la obras y el cálculo del tiempo que resta-ba para finalizar los trabajos; solicitaba una auditoria por parte de los ministros de Hacienda para hacer una evaluación del presupuesto con los últimos detalles. Las cuentas se elevaban ya a 300 mil pesos, por lo que se dictó la orden de suspender la obra. Entonces fue nombrado virrey don Manuel Antonio Flores, quien recibió la orden de la Corona de suspender los trabajos y subastar el palacio de Chapultepec en la cantidad de 60 mil pesos; entre los documentos presentados se puede ver la orden que fue entregada

al ingeniero Manuel Agustín Mascaró para que entregara el edificio y todo el material a los ministros oficiales, el ejército y la Real Hacienda.

Para que no se rematara el edificio se propuso que en sus instalaciones se albergara el Archivo General:

“Excelentísimo Señor Para erigir el Real Palacio de Chapultepec en Archivo General, conforme al plausible pensamiento de Vuestra Excelencia, no pienso que por ahora, haia de erogarse un gasto mayor que el [que] indico en el adjunto calculo, pues aunque la fabrica sea de corta extencion, y en corto numero las piezas de que se compone, no obstante con respecto a la poca antigüedad de las oficinas del Reino, y al escaso numero de papeles que existen en ellas, juzgo que corresponde suficientemente a su destino, en acabando de perfeccionar lo que falta del palacio y haciendo las cortas variaciones que expresa el calculo o presupuesto.

”Si en lo porvenir se reconociese nece-sario ampliar el Archivo podra mui bien ejecutarse elevando las paredes de la parte A B C D del edificio, (cuios planos acompaño), que hoi no tiene mas que el piso alto o principal, igualandolo con el de lo restante del edificio; y quando esto no baste, sobre las paredes del terreno

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indicado con las letras E,F,G,H, que ciñen el terraplen de lo que havia de ser el jardin, podra asimismo extender la fabrica según lo exija el tiempo y la necesidad Dios guarde Vuestra Excelencia muchos años Mexico 18 de Septiembre de 1793 Miguel Constansó”.7

Al no haber respuesta, hubo que rema-tar la propiedad y se ordenó a los oficia-les de Hacienda hacer un avalúo del edificio para su venta, en tal orden se nombra al ingeniero Miguel Constanso para efectuar la diligencia (se puede comprobar con los documentos que se presentan en el articulo). Al no haber un comprador, se efectuó el remate de la pro-piedad y se organizaron corridas de toros para recabar el dinero solicitado por la Corona y conservar el palacio para fines públicos. En 1799, el conde de Revillagi-gedo compró el palacio de Chapultepec para su residencia particular.

EL DOCUMENTO

Este artículo presenta un documento clasificado como AGN, Indiferente Virreinal, caja 2694, Obras Públicas, exp. 20, y se divide de la siguiente manera:

1. Fechado en México el 18 de agosto

1785, un oficio dirigido al ingeniero Fran-cisco Vanvitely informándole que se ha ordenado al director general del ramo de Pólvora entregar el dinero que necesita el pagador de la obra de Chapultepec, don Marcos Barrios, para las maniobras.

2. Fechada en México el 18 de julio de 1785, la resolución por decreto del 6 del corriente, dirigida a Vanvitely, para que proceda a la construcción de una casa para el retiro, recreo y desahogo de los Excelentísimos Señores Virreyes de la Nueva España, en el sitio de Chapulte-pec, y que previene al tesorero pagador de la obra y administrador de aquel sitio, Barrios, para que abone el dinero suficiente para el medio de transporte que necesitará para realizar la obra.

3. Fechada en México el 26 de octubre 1785, la respuesta del arquitecto Manuel Agustín Mascaro al oficio del 24 del co-rriente, sobre la entrega de la obra de Chapultepec, para continuar con los trabajos, agradeciendo con esmero y rindiendo su más obediente sumisión a Su Excelencia.

4. Fechada en México el 15 de diciembre de 1785, la orden que se dio a los oficiales reales de las cajas de liberar la cantidad de 14,359 pesos 3 y medio reales para las

7 AGN, Historia, vol. 292, exp. 6, fs. 1-16.

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obras del real alcázar de Chapultepec, dirigida por manos del tesorero pagador don Marcos de Barrios.

5. Fechado en México el 7 de octubre de 1787, el informe presentado por el arquitecto de la obra, Mascaró, al superintendente de la Real Hacienda, don Fernando Joseph Mangino, de las cantidades no presentadas en la anterior plantilla de lo gastado del presupuesto para la obra, tales como el pago de los jornales de sobrestantes, carpinteros, albañiles, peones, muchachos y presidiarios; la gratificación del ingeniero, los vidrios y los efectos necesarios para la construcción de la cerca; también figuran la compra de una bomba de agua, ordenada por el propio conde de Gálvez, para suminis-trar agua al jardín, y la pintura de la bóveda del salón. Se incluye lo gastado y presentado en las referidas plantillas realizadas del 4 de junio de 1785 hasta el 1 de septiembre, así como lo relativo a la construcción de canales, pilastras del camino chimeneas francesas, puertas de la parte trasera del palacio, compra de guacales, macetas, colocación de vidrios, aguamanil de sacristía, escudo de armas y otros muchos que se expresan pormenorizados en las relaciones semanarias. Finalmente se informa del tiempo que todavía se

llevará la conclusión de la obra y el costo que tendrá, para el pago final del presupuesto estudiado por el virrey.

6. Fechada en México el 15 de septiembre de 1787, la orden dirigida al ingeniero Mascaró para que suspenda las obras del palacio de Chapultepec y proceda a entregar por inventario, a los ministros de la Tesorería General de Ejército y Real Hacienda, el edificio, los materiales y demás existencias.

7. Fechado en México el 6 de octubre de 1788, un aviso dirigido al ingeniero Miguel Cantanió, por el cual se informa, por cumplimiento de la real orden del 23 de mayo, de la venta del palacio y sitio de Chapultepec, y que el señor fiscal de Hacienda ha resuelto que para una buena venta el sitio debe ser evaluado primero, por lo que el excelentísimo virrey lo ha nombrado para realizar tal diligencia.

DOCUMENTOS PARA LA HISTORIA DE CHAPULTEPEC

Dentro de los acervos que guarda el Archivo General de la Nación podemos encontrar más información relativa al alcázar de Chapultepec. Las referencias son las siguientes: en el ramo de Historia se localizan varios documentos, uno es el expediente formado en cumplimiento

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de la real orden del 23 de mayo de 1788, sobre el remate del palacio y sitio de Chapultepec (vol. 263 bis, exp. 1, fs. 1-13); Índice de los cuadernos de que se compone el expediente de la obra del real alcázar de Chapultepec (vol. 267 bis, exp. 3, fs. 1-5); expediente sobre establecer en esta capital un Archivo General, para la custodia de papeles antiguos (vol. 267 bis, fs. 1-43); cuentas de Chapultepec del 7 de noviembre de 1791 al 31 de mayo de 1791 (vol. 118, exp. 2, fs. 1-13v); aviso para que la nobilísima ciudad tome la casa del palacio de Chapultepec (vol.

267 bis, exp. 5, fs. 1-24v); testimonio del expediente tocante a la prueba de la residencia del excelentísimo señor conde de Revilla Gigedo (vol. 60, exp. 16, fs. 1-7); testimonio del compendio de providencias de buen gobierno y de policía del tiempo del excelentísimo señor conde de Revilla Gigedo (vol. 60, exp. 2, fs. 1-41v); expediente sobre fortificar los almacenes de pólvora de Chapultepec (vol. 370, exp. 8, fs. 189-240), y reparaciones que necesita el real sitio (vol. 267 bis, exp. 8, fs. 268-274v).

BIBLIOGRAFÍA ADICIONAL

Campos, Rubén, Chapultepec, su leyenda y su historia, México, Talleres Gráficos del Gobierno Mexicano, 1988 (Colección Distrito Federal), p. 85.

De la Torre, Mario, Chapultepec, historia y presencias, Ayuntamiento de la Cuidad de México, 1994, p. 92.

Gómez Tepexicuapan, Amparo, Castillo de Chapultepec en imágenes, México, El Colegio de México, 1983, p. 316.

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Con esta fecha he dado ordenes al Director ge[ner]aldel Ramo de Polvora, para que entregue al teso-rero pagador de la obra de Chapultepec Don Marc-cos Barrios,la que pida al costo y costas con destino álas maniobras que representa vuestra majestad en su ofi cio de 13del corr[ien]te tiene q[u]e hacer en dicho sitio alo que aviso a V[uestra] m[agestad] en contestaciónpara su intelig[enci]a; y en la de que con la misma pre-vengo conv[enien]te á dicho tesorero.

Dios Mexico 18 de agosto de 1785S[eño]r, don, Fran[cis]co Vanvitely (Rúbrica)

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Por decreto de 6 del corriente, hé resuelto seproceda a la fabrica de una casa de cam-po p[ar]a el retiro, reazo, y desaógo de los ex[celentisimos]señores Virreyes en el sitio de Chapultepec excusan-dose hornatos Superfl uos, y gastos q[u]e no seánun evitables; en cuya consecuencia pasará V[uestra] m[agestad]a aq[ue]l terreno, lo reconocerá, y formará los Pla-nos de él, sin perder de vista el decoro, solides,y extencion q[u]e corresp[on]de á un edifi cio de estaclase, pasandomelos para su examen, y apro-vacion con la brevedad posible, en la inteli-genciade que con esta fecha prevengo al tesorero Paga-dor de la obra, y adm[inistrad]or de aquel sitio Don Marcos del Barrio, avone a v[uestra] m[agestad] el costodel carruaje que desde luego y diáriam[en]te necesitará para el

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reconocim[ien]to , comensar, y seguir la fabrica;a quién ocurrira v[uestra]m[agestad] por semanas ó meses p[ar]aque previo su recibo le entregue, las cantida-des, que invierta en estoade-mas de la gratifi cación que le correnpónda p[o]r su grado.Dios Mexico 8 de julio de 1785.

Señor Don Fran[cis]co. Vambitely.(Rúbrica)

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Ex[celentisi}mo Señor

Señor: enterado del ofi cio de v[uestro] E[xcelentísimo] sirvepasarme de 24 del corriente mandado me en-cargue de la Obra de Chapultepech, procuraré conel mayor esmero atender a élla no solo por lo quemira á su buena construccion, y arreglo de dichaobra, sino tambien á su economía (como assi me loprevino V[uestra] E[xelencia;] y no pudiendo mirar conindiferencia las fi nezas a que le soy deudor, permitase-me en este ofi cio dar las debidas gracias a V[uestra] E{xcelencia]a cuyasordenes rindo mis mas obediente sumision.

Dios g[uar]e a V[uestra]. E[xcelencia] mas años Mexico 26 de o[ctu]brede 1785.

Ex[celentísi]mo SeñorManuel Agustin Mascaró (Rúbrica y fi rma)

Ex[elentísi]mo S[eño]r Conde de Galvez.

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En vista de la consulta de v[uestra} m[agestad] de 5 del corr{ien]teen que me acomp[añ]a la nota de los materialesque són urgentes para la obradel R[ea]l Alcazar de Chapultepec que esta a sucargo, he librado con esta f[ec]ha el d[ecre]to corresp[ondien]tea of[iciales] R[eales] de esta[s] cax[as], para que entreguen los 14 mil359 p[eso]s 31/2 r[eale]s a que ascienden, al tesorero PagadorDon Marcos de Barrios, lo que avisoa V{uestra] m[agestad] en contestación para su intelig[enci}a .

Dios Mexico 15 de Dic[iemb]re a 1785

S[eño]r don Man[ue]l Mascaró. (Rúbrica)

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En la relacion que pasé a V[uestra] m{agestad] en 1 de Junio deeste año es innegable que constan 10292 p[eso]s 4[reale]s por el Pre-supuesto de lo que faltaba para la total conclusión delPalacio de Chapultepech; como en la citada Relacionsolo se incluian los Jornales de Sobrestantes, Carpinteros,Albañiles, Peones, Muchachos, y Presidiarios, no se añadiaa ellos la gratifi cación del Yngeniero, ni los Viajes decoches. Tampoco se incluieron , por olvido entre los mate-riales los 179 vidrios que se han comprado después.Atendiendo a que por una orden de la R[ea]lAudiencia Gobernadora de 15 de Enero de este año memandó hiziese los acopios necesarios para la construccionde la cerca, dispuse durante los tres meses ultimos quedel dinero sobrente de los 500 p[eso]s que se dan de dotacionsemanarios, se partiese piedra para las paredes de dichacerca, y se han gastado en esta maniobra 272 p{eso]s 2r[eale]s comoconstan en las 13 Plantillas que han mediado.Tambien es no-torio que habiendo resuelto el s[eño]r Conde de Galvez, subieseel agua al Jardin por medio de una Maquina, la mandéprincipiar al Fundidor Don Salvador de la Vega en la qualllebaba ya gastados 800 p[eso]s en ella quando me ocurrió elnuevo proyecto de traer el agua por cañería desde Ta-cubaya lo que propuse al R[ea]l Acuerdo. Este Artífi ce

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CCP numero 3 $703

En el expediente promovido en cumplimiento de

R[ea]l or[de]n de 23 de Maio último sobre que

suspendió de mi orden la construcción de la Maquina hastaque resolviese Su M[agestad] sobre el particular; pero habiendomerepresentado que necesitaba del dinero, le mandé presen-tase la cuenta de lo que habia gastado, y asciende a 800 p[eso]s;pero como de los 500 semanarios no se podian satisfacerde una vez, dispuse se le diese a buena cuenta 68 p[eso]s comoconsta en la Planilla 105.

Amás de esto parece no pueden ser rebajables todos los 3700 de pinturas que se mani-fientan en el Presupuesto pues ya hay gastados 120 en laboveda del Salón que está concluida, y solo deben restar-se 3580 del total del Presupuesto.

Por las 13 Plantillascontadas desde 4 de Junio en que principio la Semana,hasta 1 de Se[ptiem]bre en que acabo la ultima proxima pasa-da, se han gastado 6501 p[eso]s 1 r[ea]l y medio que restados delPresupuesto ligerido, quedan para la presente semana211 p[eso]s,2 r[eale]s y medio, y si a estos se añaden los 934 p[eso]s 3 r[eale]s queimportan los gastos arriba dichos que no se incluieron enel Presupuesto asciende a 1145 p[eso]s, 5 r[eale]s y medio por lo quequedan aun que gastar legítimamente segun el Presup[ues]to

Si se examina bien las 13 ref[erente]s Plan[tilla]sSe veran en ellas muchos gastos impensados que noocurrieron al tiempo de calcular el Presup[ues]to, como sonCanales, y Pilastras del camino, la chimenea francesa, laPuesta de la Espalda del Palacio, compra de tanates, yGuacales, Macetas del Jardin, colocacion de vidrios, Agua-manil de la sacristía, Escudo de armas, y otros muchos queal presente no ocurren; pero todos constan por menoren las Relaciones semanarias.

Baxo este concepto, si V[uestra]S[eñoría]me haze el honor de dar credito (como hasta aquí) a las

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planillas firmadas del sobrestante mayor, y visadas de mipuño pasaran por legitimas las partidas que en ella sedemuestran; pero si mi desgracia llegare a tal que V[uestra]S[eñoría]en la Obra de mi cargo pueda recelar alguna malaversacion, desde luego le suplico (antes que llegue este caso)se sirva poner un Ynterventor de R[ea]l Hacienda que inter-venga en la compra de materiales, y abono de jornales porcuyo conducto sepa V[uestra] S[eñoría] todo lo que ocurre como assi lomanda el Rey en el titulo IV articulos II. III. IV de nuestrasordenanzas, y como assi se lo supliqué repetidas vezes alSeñor Conde de Galvez.

Para darle a V[uestra].S[eñoría] una idea del estadoactual de la Obra, creo bastará decir, para no molestarle,que aun falta un mes, y medio mas de trabajo con la can-tidad de 500 p[eso]s semanarios: pues seguen esta cuenta im-portará su gasto 3000 p[eso]s poco mas, ó menos, para concluirla Obra de la cumbre; pero si después no debe continuarseel proyecto del Plano inferior, será preciso preceda de antemano una orden del S[eño]r Virrey que me mande suspen-der la Obra luego que se concluia la de arriba, y entoncesavisaré de Oficio a Su E[xcelencia] a fin de que se disponga el Ynven-tario en la forma que previene el articulo IX titulo V tomo IV de las R[eale]s Ordenanzas.

Esto es q[uan]to puedo informar a V[uestra]S[eñoría]sobre el particular en contestación al Oficio de 6 del CorrienteDios g[uard]e a V[uestra]S[eñoría] m[á]s a[ño]s Mexico 7 de Oc[tu]bre de 1787.

Manuel Agustin Mascaró (Rúbrica y firma)

S[eñ]or Super-Yntendentede R[ea]l Hacienda DonFern[an]do J[ose]ph Mangino

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teniendo por conveniente que hasta la re-solucion de su M{agestad] se suspendan las obrasdel Palacio de Chapultepec; prevengo a V[uestra]M[agestad]que desde luego proceda a entregarpor inventario a los Ministros de la Tesore-ria gen[era]l de Ejercito y R[ea]l Haciendaasi el Edifcio, como todos los materialesy demas que huviese existente, avisan-dome V[uestra] m[agestad] de estaorden cuando lo haya verifi cado.Dios guarde Mexico 15 de sept[iembre] de 1787Señor Don Manuel Agustin Mascaró (Rúbrica)

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CCP numero 3 $703

En el expediente promovido en cumplimiento deR[ea]l or[de]n de 23 de Maio último sobre quese proceda á la venta del Palacio y si-tio de Chapultepec dice el s[eñ]or Fiscal deR[ea]l Hacienda lo siguiente.

que sin perjuicio de la provid[enci]a exe-cutiva que pide con esta f[ec]ha en el Exp[edien]te numero 85 $238 EE 1 porque cese el redito del Dinero perteneciente al fondo Temporalidades para la obra del R[ea]l palaciode Chapultepec, se debe proceder con preferencia al formal abaluo y tasa-cion del palacio y Sitio de Chapulte-pec en cumplimiento de la R[ea]l or[de]n de 23 de Maio de este año V[uestra] E[xcelencia] nombrará p[ar]aesta importante y prolixa dilig[enci]a alTen[ien]te coronel del cuerpo de Yngenie-ros don Miguel Castaños, o a q[uie]n meres-ca la sup[eri]or confi anza; y al

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nombrare v[uestra] E[xcelencia] prevendrá se valga delos Peritos para que le ayuden en las operac{ione]s, que fuera precisohayen, dando cuenta a V[uestra] E[xcelencia] de las resultascon la brevedad posible, y vuelva al querespondey habiendome conformado con este pedimentoinserto y proceda en la execucion, y cumplimiento con lam[ay]or brevedad dandome lo practicado.

Dios Mexico 6 de octubre de 1788

Señor Miguel Constaniso (Rúbrica)

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PA N Ó P T I C O

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CONSTITUCIÓN POLÍT ICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PROMULGADA POR EL CONGRESO CONSTITUYENTE

EL 5 DE FEBRERO DE 1917

A lo largo de nuestra historia, las siguientes leyes fundamentales que emanaron de un Congreso Consti tuyen-te antecedieron a nuestra Consti tución actual: el Decreto Consti tucional para la Libertad de la América Mexicana del 22 de octubre de 1814; la Consti tución Federal de los Estados Unidos Me-xicanos, de 1824; Las Siete Leyes Consti tucionales de 1835-1836; las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843 (con excepción de las demás leyes fundamentales, éstas emanaron de una Junta Legislat iva de carácter nacional y fueron sancionadas por el Supremo Gobierno Provisional); la Consti tución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857, y las le-yes de Reforma incorporadas a la Consti tución hasta 1859.

La Consti tución de 1814 tuvo su origen en las ideas de la I lustración, en los “Sentimientos de la Nación” de

José María Morelos y en la voluntad del Supremo Congreso Consti tuyente que se reunió en el palacio nacional del Supremo Gobierno Mexicano en Apatzingán, en la sesión legislat iva del 22 de octubre de 1814, para f i jar la forma de gobierno que debía regir y emit ió el Decreto Consti tucional para la Libertad de la América Mexicana, que contiene todos los principios característ icos del sistema l iberal, así como un notable equi l ibr io entre la l ibertad del ciudadano y el supremo poder de la sociedad. Estableció la profesión exclusiva de la rel igión catól ica, apostól ica y romana, la naturaleza de la soberanía, los de-rechos del pueblo, la dignidad del hombre, la igualdad, seguridad, propiedad, l ibertad y obl igaciones de los ciudadanos, los l ímites de las autoridades, la responsabi l idad de los funcionarios, el carácter de las leyes.1

1El Congreso de Anáhuac, selección documental, Miguel Ángel Porrúa Grupo Editorial, Méxi-co, 1998, pp. 6, 100.

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Señaló que la América mexicana estaría comprendida por 17 provincias que no podrían separarse una de las otras en su gobierno, ni menos enajenarse todo o en parte. La Consti tución de Apatzingán define la composición de los tres poderes: supremo congreso mexicano, como representante de la soberanía a través de los diputados electos; el supremo gobierno integrado por un secretario de guerra, un secretario de hacienda y un secretario de gobierno, y el supremo tr ibunal de just icia, integrado por cinco individuos.

Después de que Agustín de Iturbide aceptó ser proclamado emperador de México, juró cumplir la Constitución que emanara del Congreso el 28 de septiembre de 1821. Por ello, al reunirse el Congreso Constituyente, Iturbide se vio forzado a declinar al gobierno del país, el cual quedó en posesión del Supremo Poder Ejecutivo, integrado por Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria, Pedro Celestino Negrete, Mariano Michelena, Miguel Domínguez y Vicente Guerrero.

El 3 de octubre de 1824 el Congreso Constituyente aprobó la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue el primer ordenamiento jurídico del México independiente, en el que se estableció un gobierno republicano, repre-

sentativo y federal. El gobierno quedó dividido en tres poderes: Legislat ivo, Ejecutivo y Judicial. El pr imero es-taba integrado por dos cámaras: senadores y diputados; el Ejecutivo lo integraban un presidente y un vicepresidente, y el úl t imo lo consti tuía la Suprema Corte de Justicia.

Después de diez años de vigencia de la Consti tución de 1824, en el Congreso federal reunido en 1835 lograron mayoría los conservadores, que representaban a la tendencia central ista. Con aprobación de ambas cámaras, el Congreso nombró una comisión de reformas que poco después presentó como proyecto consti tucional las Bases para la nueva Consti tución, las cuales acabaron con el sistema federal. La nueva Consti tución estuvo compuesta por siete cuerpos, lo que expl ica que se le conozca con el nombre de Consti tución de las Siete Leyes o simplemente Leyes Consti tucionales. La primera fue promulgada en diciembre de 1835 y las otras seis, publ icadas al mismo t iempo, en 1836. Entre las disposiciones relevantes, la segunda ley consti tucional creó en su artículo primero el Supremo Poder Conservador, que controlaría a los otros tres poderes y quedaría integrado

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por cinco individuos que se renovarían, uno a uno, en plazos determinados.2

Por su parte, la Consti tución de 1857 signif icó un salto defini t ivo en la consol idación del país. En febrero de 1856, tras la f i rma del Plan de Ayutla (que desconocía al gobierno de Antonio López de Santa Anna) como consecuencia del movimiento revolucionario encabezado por Juan Álvarez, se convocó a un Congreso Extraordinario reunido en la ciudad de México.

El 5 de febrero de 1857, el presidente Ignacio Comonfort y el Congreso Cons-tituyente aprobaron la nueva consti tución, la cual definió a la nación bajo la forma de repúbl ica representat iva, democrática y federal, compuesta por estados l ibres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación. También hizo referencia a los derechos del hombre, de los mexicanos, de los extranjeros y de los ciudadanos mexicanos. En sus artículos 3o., 5o., 7o., 13 y 27 se hizo patente el programa mínimo de los reformistas que afectaban al clero, teniendo como antecedentes

la Ley Juárez de 1855, la Ley Lerdo de 1856 y la Ley Iglesias de 1857. En su segundo párrafo, el art ículo 27 señalaba que “ninguna corporación civi l o eclesiást ica, cualquiera que sea su carácter, denominación u objeto, tendrá capacidad legal para adquir ir en propiedad o administrar por sí bienes raíces, con la única excepción de los edif ic ios destinados inmediata y directamente al servicio ú objeto de la inst i tución”. Además definió las partes integrantes de la Federación y del terr i tor io, la división de poderes, la responsabi l idad de los funcionarios públ icos, la abol ición de la esclavitud, las l ibertades de trabajo, de propiedad, de expresión de ideas, de imprenta, de asociación, de petición y de comercio.

El pr imer jefe del Ejército Cons-titucionalista, Venustiano Carranza, con-vocó al Congreso Consti tuyente en septiembre de 1916, mismo que se instaló en la ciudad de Querétaro e inició las juntas preparatorias el 21 de noviembre del mismo año. El 1 de diciembre, el “Primer Jefe” entregó su “proyecto de Consti tución reformada”. El documento pasó por una serie de

Marta Morineau, “Iniciativa y formación de las leyes”, en http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/5/cl/cl10.htm.

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modif icaciones, revisiones y adiciones, en un esfuerzo de plasmar en su contenido la nueva real idad del país.

La Consti tución que actualmente nos r ige fue promulgada en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro el 5 de febrero de 1917, y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año. Es considerada la primera Consti tución social del siglo XX, pues recoge las principales demandas e ideales de la Revolución Mexicana con un marcado contenido social y se plasmó un go-bierno para todos los mexicanos sin dist inción de raza, credo, condición social o polí t ica.

La Carta Magna estableció las garantías individuales y reconoció los derechos sociales, como el de huelga y el de organización de los trabajadores, el derecho a la educación, la l ibertad de culto, la enseñanza laica y gratuita, la jornada de trabajo máxima de ocho horas y se reconocieron como fundamentales la l ibertad de expresión y la asociación de los trabajadores. Instauró una forma de

gobierno republ icana, representat iva, democrática y federal. Se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislat ivo. Este últ imo se conformó como sistema bicameral, consti tuido por una cámara de Diputados y una de Senadores.

Así mismo, la Consti tución decre-tó la no reelección y rat i f icó el sistema de elecciones directas, suprimió la vicepresidencia y otorgó mayor autonomía al Poder Judicial y más soberanía a los estados. El Consti tuyente quiso subrayar su adhesión al federal ismo: el art ículo 124 reiteró el pr incipio de facultades exclusivamente explíci tas de los po-deres federales, reservando el resto a los estados, y postuló al municipio l ibre como base de la organización polí t ica de los estados. Además estableció un ordenamiento agrario relat ivo a la propiedad de la t ierra.

El nombre of icial de nuestra Ley Suprema es Consti tución Polí t ica de los Estados Unidos Mexicanos.

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Original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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Portadilla de la Constitución

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El “Primer Jefe” del Ejército Constitucionalista, Venustiano Carranza, encargado del Poder Ejecutivo, quien convocó al nuevo Congreso Constituyente

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Teatro Iturbide -hoy De la República-, donde sesionó el Congreso Constituyente

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Arribo de los diputados

Delegación de indígenas presente en el Congreso

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Manifestación popular para dar la bienvenida a los diputados encargados de las reformas

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Aspecto del salón durante la primera sesión

Vista del pleno del Congreso durante la solemne sesión de apertura

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Un diputado se dirige al pleno del Congreso

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Proceso de votación

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El “Primer Jefe” llega a la sede del Congreso Constituyente

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El presidente Carranza participa en las sesiones

Ministros extranjeros invitados al Congreso

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Vista del Congreso en sesión dedicada a los ministros extranjeros, cuyas banderas se ven al frente

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Varios diputados alrededor de Carranza durante un receso en La Cañada

El “Primer Jefe” presencia la votación del Artículo 3o.

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Los diputados de Coahuila firman la nueva Constitución

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El presidente de la República protesta cumplir la Constitución

Los constituyentes protestan cumplir la nueva Constitución

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El general Francisco J. Mújica, jefe de la columna

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Bando solemne para promulgar la nueva Constitución

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En los sitios de honor de un banquete, de izquierda a derecha, Cándido Aguilar, Venustiano Carranza, Álvaro Obregón, Rafael Nieto e Ignacio L. Pesqueira

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Venustiano Carranza y Álvaro L. Alcázar, jefe de la Diputación de Morelos

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Luis Manuel Rojas rinde protesta como presidente de la mesa directiva del Congreso Constituyente

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Los diputados rinden la protesta de ley

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Firmas de los diputados constituyentes

Pluma con la que fueron firmados el Plan de Guadalupe y la Constitución de 1917

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Última página de la nueva Constitución

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PO R TA L E S

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EL ARCHIVO MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS ZAUTLA, OAXACA

Sebastián Van Doesburg*

Entre los sujetos del centro zapoteco de Cuauhxilotitulan (ahora San Pablo

Huitzo) se contaba el pueblo de Zacutla, actualmente conocido como San Andrés Zautla. El nombre náhuatl de este último pueblo ha sido traducido tradicionalmente como “lugar de plata fijadora de colores” (c.tzauhtli), pero es más probable que se componga de tzacutli (o tzauctli), “pegamento” y que el topónimo quiere decir “lugar de pegamento”.1

Hoy en día, el pueblo goza de cierta fama entre los amantes de la música antigua por el precioso órgano construido en la segunda mitad del siglo XVII y restaurado hace un par de años. Recientemente se han vuelto a dar algunos conciertos de música antigua en este instrumento.2

* Centro INAH, Oaxaca.1 La Relación geográfi ca de Guaxilotitlan (Acuña, 1984, vol. I, p. 213) menciona como “estancias sujetas” de este pueblo a Zacutla, Apazco, Xalapa, Gueyotlipa, Acahutecpa, Mazatepec, Itztenango, Xochiquitongo y Tlilixtlahuac. Otras fuentes tempranas repiten la ortografía Zacutla o Zacotlan (AGN, Mercedes, vol. 7, f. 222v, 1563; AGN, Tierras, vol. 2705 (II), exp. 15, 1586). El mismo cambio de Tzauctla/Tzacutla a Zautla se da en el caso de la población de Zautla en el norte del estado de Puebla (cf. Gerhard, 1992, fi chas 935, 1183, 1185, etc.).2 Gustavo Delgado Parra y Ofelia Gómez Castellanos, Órganos históricos de Oaxaca. Estudio y catalogación,INAH-Fomento Cultural Banamex, 1999.3 Burgoa, Geográfi ca descripción, 1989 [1674], t. II, p. 11.

La población de Zautla tiene una larga historia. El origen del pueblo se pierde en las nieblas del tiempo y no hay documento que especifique su fundación. Sin embargo, es probable que durante la época del posclásico tardío Zacutla constituyó uno de los muchos centros de población dedicados a la agricultura en el rico valle. Todos ellos estaban sometidos al gran señorío de Zaachila, el cual tenía en el valle de Etla sus mejores tierras de producción. Para protegerlas, los soberanos zapotecos construyeron, en la segunda mitad del siglo XIV, las fortalezas de Huijazoo y Tecocuilco, que cerraban el paso por el cañón de Jayacatlán.3 Poco antes de la llegada de los colonizadores españoles,

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y a raíz de los fuertes conflictos internos que estaban debilitando a la capital zapoteca, Huitzo y Etla se separaron del control de Zaachila, convirtiéndose sus nobles en los señores locales.4

Pasada la conquista por los españoles, la población de la fortaleza de Huijazoo fue bajada a un nuevo sitio en donde se originó el actual pueblo de Huitzo. En la misma época, la administración españo-la congregó a la población campesina del valle sujeta a Huitzo en nuevos pueblos trazados alrededor de las recién funda-das iglesias, entre ellas la de Zautla. Durante la Colonia, Zautla ocupa un lugar aparte entre los sujetos de Huitzo, hecho que se refleja en su rica iglesia (fue la única iglesia de techo de viguería) y en su interesante archivo.5

En junio de 2000, el Programa Nacional para Rescatar y Organizar los Archivos Municipales de México del Archivo General de la Nación intervino en el Archivo Municipal de San Andrés Zautla, a partir de una solicitud verbal por parte de las autoridades municipales

4 Recientemente, Michel Oudijk ha analizado de nuevo la documentación acerca de la historia prehispánica de los zapotecos. El uso de nuevas fuentes y un análisis más riguroso resultaron en un drástico cambio en la imagen tradicional de este periodo, la cual se basó sobre todo en la versión tardía de Francisco de Burgoa. Oudijk identifi có una fuerte política expansionista e imperial zapoteca bajo el reinado de Coqui 11-Agua Cosijoeza en la segunda mitad del siglo XIV y logró aclarar el carácter del confl icto interno que acabó con el poder de Zaachila (Oudijk, 2000: 123 ).5 Sobre la iglesia, Burgoa, ., p. 21.

a la Dirección de la Biblioteca Francisco de Burgoa, Oaxaca. En este rescate colaboraron con entusiasmo varios integrantes del ayuntamiento, entre ellos el presidente municipal Reynaldo Hernández Díaz, el síndico municipal Otilio López Huerta, el secretario municipal Raymundo López García, la auxiliar del secretario, Gabriela Chávez Chávez; la regidora de Salud Pública y Ecología, Concepción Martínez Neri; la suplente de la regidora, Magda Mendoza Garces; el regidor de Educación, Cultura y Recreación, Ricardo Chavarría Mendoza, y el suplente del regidor de Comunicaciones y Transportes, Gregorio Chávez Mendoza. Ellos también fueron los anfitriones de momentos de grata convivencia.

Según la información en el Registro Nacional de Archivos del AGN, el Archivo Municipal ya había sido ordenado anteriormente, en abril de 1982, por personal del Archivo General del Estado de Oaxaca y el AGN, a raíz de una encuesta realizada por correo a nivel

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nacional en junio de 1979. En ésta, la autoridad de aquella época señaló la existencia de documentación a partir de 1599. Esta fecha refiere sin duda a un curioso documento apócrifo que pretende ser una merced del virrey Luis de Velasco a unos fundadores de Zautla y que es guardado fuera del Archivo, en la oficina del presidente. Tiene la fecha 1599, sin embargo, su letra revela que fue escrita en la segunda mitad del siglo XVIII. Además, la formulación del texto muestra que es un producto local.6 La producción de “títulos” por parte de los pueblos mismos es toda una tradición en la sierra Juárez durante el siglo XVIII y parece tener su centro entre los bixanos (cf. Oudijk, 2000; Romero Frizzi, 2000), aunque varios pueblos vecinos conservan títulos similares y existen por lo menos dos ejemplos de los Valles de Oaxaca (de Cuilapa y El Tule); varios de estos textos alcanzan una gran complejidad y reflejan creaciones literarias muy interesantes que mezclan elementos de la tradición oral, de documentos históricos y de la cosmología zapoteca. El titulo de Zautla es mucho más sencillo, pero refleja la

6 Es interesante observar que el apellido Centeno del primer “fundador” mencionado en la merced, fue el apellido de una importante familia en Zautla en la segunda mitad del siglo XVIII. Aparece al principio de una lista de tributarios de 1771 y en el inventario del archivo municipal de 1779.

influencia periférica de esta tradición. El texto está reproducido en el Apéndice A. La merced aparece en un inventario de 1779 (ver abajo), acompañada de un “mapa”, el cual aparentemente no ha sobrevivido.

Al terminar el rescate del archivo en 1582, la documentación quedó res-guardada en seis cajas archivadoras. En el informe elaborado se mencionó además “una caja de documentos de-teriorados de los siglos XVI, XVII, XVIII y XIX”. Parece que ésta no formó parte de las seis cajas mencionadas, ya que en las fotografías que se tomaron al concluir el trabajo aparecen siete cajas archivadoras grandes. Además, se levantó un in-ventario detallado de la documentación rescatada, pero que lamentablemente no incluyó la documentación en la caja de los documentos deteriorados, el cual, como demuestra el mismo inventario, debe haber sido la caja 1 de la serie Pre-sidencia.

Lo siguiente es un resumen del con-tenido de cada una de las cajas:

Presidencia, caja 1: “documentos dete-riorados de los siglos XVI, XVII, XVIII y XIX”.

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como un archivo con materiales a partir del siglo XVIII, por lo que no estuvo claro si se conservaron los documentos antiguos rescatados en 1982.7 Fue entonces un alivio encontrar, entre pa-quetes ya desordenados guardados en varias cajas a un lado de la sala de cabildo, una documentación muy variada que corre desde 1583 hasta el día de hoy. Se encontró una buena cantidad de documentación colonial que debió corresponder a la caja de los documentos deteriorados. En suma, se podía constatar que el material rescatado en 1982 al parecer aún existió

Presidencia, caja 2: 1718-1939, exp. 1 a 120.

Presidencia, caja 3: 1940-1957, exp. 121 a 151.

Presidencia, caja 4: 1958-1968, exp. 152 a 170.

Tesorería, caja 1: 1800-1965, exp. 1 a 35.Justicia, caja 1: 1631-1967, exp. 1 a 124.Junta Municipal de Reclutamiento, caja

1: 1925-1968, exp. 1 a 4.Un inventario provisional hecho

a principios de los años 80 durante un proyecto del Censo de Archivos Municipales, señaló al Archivo Municipal de San Andrés Zautla (clave 79200103a)

7 Información proporcionada amablemente por Rosalba Montiel Ángeles.

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Justicia, 4 cajas: 1822-1989.Diario Oficial, 11 cajas; periódicos, 7

cajas; folletería, 3 cajas; mapas y planos, 1 caja; sueltos y dañados, 1 caja.

Ahora, Presidencia, caja 1, exp. 43 contiene un inventario del archivo de San Andrés Zautla levantado en 1779. Obviamente, este documento es útil para reconstruir el estado del archivo en el mencionado año, aunque la tarea se dificulta por la ausencia de fechas en la lista. Se reproduce en el Apéndice C. La existencia de estos inventarios coloniales muestra la preocupación de las autoridades de llevar un control de la documentación del municipio y es posible que este control se hiciera más necesario en la medida que la cantidad de documentos importantes crecía y que el cabildo, compuesto de cargos rotativos, asumía la representación oficial del pue-blo a costa del rol representativo del cacique. La costumbre de entregar por inventario la documentación en el cambio de las autoridades, que afortunadamente se conserva en varios pueblos de Oaxaca, sirvió o sirve para evitar la pérdida de bienes del cabildo.

En esta contribución haremos un breve recorrido por la documentación antigua del archivo, sobre todo con la finalidad de dar a conocer el material a

en el archivo. Por la cantidad y calidad de la comunicación colonial se decidió elaborar un inventario más detallado de estos documentos, describiendo breve-mente el contenido de cada uno de los expedientes señalando su estado de conservación y la existencia de textos en lenguas indígenas. Este inventario se encuentra en el Apéndice B y cubre en su mayor parte la documentación que no fue inventariada en 1982. Posteriormente se procedió a fotocopiar todo el material anterior a 1822 para conservar copias en el caso de que ocurriera alguna des-gracia al material original. Las copias se encuentran actualmente en el Registro Nacional de Archivos del AGN.

Convencidos y concientes del valor del Archivo Municipal, las autoridades actuales de la población se concentraron en mandar a hacer unos muebles ade-cuados para una mejor conservación de los documentos. Las cajas se ubican en tres libreros de buen gusto colocados de manera simétrica en la sala de cabildo del palacio municipal.

Sigue un resumen del orden que guarda el archivo a partir de esta segunda intervención:

Presidencia, 49 cajas: 1583-1996 (la caja 1 contiene todo el material anterior a 1822).

Tesorería, 19 cajas: 1845-1995.

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un público interesado en las historias locales de los pueblos de Oaxaca.8 Con la pérdida de la antigua documentación del Archivo Municipal de Huitzo, el Archivo de San Andrés Zautla constituye hoy el principal repositorio local para la historia colonial temprana de esta jurisdicción. Además, el archivo es un ejemplo de la compatibilidad existente entre archivos municipales y el AGN.9 En un reciente trabajo sobre la documentación de la jurisdicción de Huitzo, se publicó una selección de documentos sobre San Andrés Zautla encontrados en el AGN,ramos Mercedes, Indios y Tierras.10 El más antiguo data del año de 1563 y trata de un conflicto sobre ingresos de ganado entre Zautla y Guaxolotitlan.11 Enseguida mencionamos algunos temas recurrentes en la documentación existente, señalando los documentos del Archivo Municipal de San Andrés Zautla con las letras AMSAZ y los documentos del Archivo General de la Nación con las siglas AGN.

Uno de los temas de más interés en la etnohistoria de Oaxaca es la existencia de importantes cacicazgos coloniales derivados de los señoríos prehispánicos. En varias regiones, sobre todo en la Mixteca y en la Cañada, estos cacicazgos perduraron hasta mediados del siglo XIX,cuando finalmente desaparecieron (“se extinguen” según la terminología de aquella época) ante las reformas liberales (Van Doesburg, 1996; Monaghan, 1997). El valle de Huitzo no fue ninguna excepción, por lo que durante el siglo XVI

encontramos varios cacicazgos fuertes distribuidos por las llanuras aluviales. En San Andrés Zautla podemos identificar el cacicazgo de don Gabriel de San Pedro, heredado posteriormente por su hijo Pedro de San Francisco.12 No está claro cuál fue precisamente la relación de estos señores con los caciques de la cabecera de Huitzo, la cual, como pueblo fronterizo, se compuso de dos “parcialidades” (un término empleado durante el siglo

8 La descripción se enfoca en el material colonial debido a que el que escribe tuvo a su cargo la inventariación de este material. El archivo contiene obviamente muchos más documentos para el estudio de las épocas posteriores en Zautla.9 Otro ejemplo de la misma compatibilidad es el archivo de San Miguel Tequixtepec, trabajado por el equipo de Rescate de Archivos Municipales en los meses de junio y julio de 2006.10 Enrique Méndez Martínez y Enrique Méndez Torres, (Huitzo)

, Centro de Estudios Históricos del Porfi riato, 2000, pp. 2, 27, 28, 342-362.11 ., p. 27, 28. Curiosamente, los autores de este libro colocaron este documento entre los documentos de Huitzo.12 AGN, Tierras, vol. 2705 (II), exp. 15, 1586.

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XVI para indicar barrios de origen o etnicidad), una de afiliación mixteca y otra de origen zapoteca.13 El cacicazgo de Zautla sobrevive aún al iniciar el siglo XVIII en manos de Melchor de San Pedro, hijo de Gregorio de Mendoza, cacique de San Juan del Rey y María de San Pedro, cacica de San Andrés Zautla, pero “este ya no tuvo heredero legitimo porque se acabó su línea” (AMSAZ, exp. 25).

De especial interés son los tes-tamentos de los caciques y las personas principales y los escritos sobre des-cendencia que permiten reconstruir las genealogías y posesiones de estas familias.14 Parece que se trata aquí de un cacicazgo del tipo “tradicional”, o sea basado en una serie de reconocimientos tempranos de nobleza prehispánica por

13 AGN, Indios, vol. 9, exp. 384, 1622/1588 es el más específi co sobre las parcialidades; aclara además la Relación geográfi ca de 1581: “Hablanse en este pueblo dos lenguas, por estar en la raya de dos provincias que son la mixteca y la zapoteca” (Acuña, 1984: 214). Estas composiciones multiétnicas fueron comunes en las regiones de contacto entre las distintas etnias. En la Magdalena Apazco (pueblo zapoteco) se presentó una situación similar, aunque más tardía, en cuanto a la existencia del sujeto San Sebastián Xochimilco, de origen mixteco, dentro de su territorio (AGN, Indios, vol. 39, exp. 17, 1712). Otra región oaxaqueña donde se ha comprobado la existencia de parcialidades étnicas es la región fronteriza entre mixtecos y chochos (Tamazulapa, Tejupan, Coixtlahuaca, Tequixtepec, Chachoapan, etc.).14 Por ejemplo, de Pedro de Feria, AMSAZ, exp. 13 y 67; de Gregorio de San Pedro, el hermano de María de San Pedro, AMSAZ, exp. 15, Gregorio de Mendoza y María de San Pedro, AGN, Tierras, vol. 3691, exp.2, fs. 48-57, 1694.15 Acusaciones sobre el origen “macehual” de la familia se encuentran en AMSAZ, exps. 9, 18, 19, 68.16 AMSAZ, exps. 17, 18, 25, 72; AGN, Tierras, vol. 395, exp. 4, 1721; vol. 2963, exp. 112, 1662; Indios, vol. 20, exp. 122, 1656, vol. 44, exp. 28, 1720.

parte de la autoridad colonial (AMSAZ,exp.1).

Un fenómeno interesante es el de-sarrollo de un segundo cacicazgo con-trolado por los hermanos Narváez. En este caso parece tratarse de un cacicazgo de reciente creación por parte de individuos que no pertenecieron a la nobleza indígena, pero que ascendieron a esta posesión social a través de los cargos del cabildo.15 Obviamente, tal proceso se dio de manera conflictiva y existen varios documentos que tratan de quejas de invasión y acaparamiento de tierras y hasta acusaciones de delincuencia.16

El cacicazgo de los Narváez siguió una política expansionista y fue bastante exitoso, ya que hemos encontrado docu-mentos que mencionan sus posesiones

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en la Cañada de Cuicatlán y en Nana-huatipan y Los Cúes.17

Otro tema importante es la documentación ligada a la posesión de las tierra. Los “títulos primordiales” de San Andrés Zautla datan de 1761 y se conservan en el AGN,Tierras, vol. 3691, exp.2; pertenecen al grupo de títulos tardíos expedidos a raíz de unas cédulas reales de 1692 y 1707 (además AMSAZ, exp. 37). Títulos de este tipo son muy comunes en Oaxaca y existen

para la mayoría de los pueblos oaxaqueños. Representan un paso importante en la conformación de los pueblos al reconocer al pueblo como el poseedor y depositario del territorio común. En este sentido marcan el paso final en el proceso de la creación de la entidad del pueblo como la conocemos hoy, con tierras mancomunadas y un cabildo popular. Este proceso va a la par de la paulatina decadencia del rol cacique tradicional y es interesante observar que de hecho en Zautla la titulación coincide con la desaparición de los caciques tradicionales.

La clasificación del archivo reveló una rica colección de documentos es-critos en lengua zapoteca, hoy extinta en el municipio. En primer lugar se encontraron varios testamentos escritos en este idioma (exps. 8, 27, 28, 36, 67). Interesante es el largo y bien conservado testamento de Marta de Ávila (1650), firmado por fray Francisco de Burgoa, reproducido en facsimilar. También se identificó un sorprendente número de libros de mayordomía escritos parcialmente en zapoteco (exps. 14, 16, 29, 30, 31, 32, 49, 51, 56, 60). Los libros registran en su mayoría las juntas

17 Documentos no clasifi cados en la colección privada de Celia Hernández, Mexicali, B.C.; Amparo de Posesión a don José Pacheco en las tierras de su cacicazgo, 1742, expediente original en la Biblioteca Pública de Oaxaca. Sobre esta familia véase además AGN, Indios, vol. 17, exp. 128, 1654, Archivo General del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, sección Teposcolula (AJT), leg. 7, exp.1; leg. 37, exp. 91 (3x); leg. 41, exps. 11 y 13.

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de inventario que se realizaron cada año en las distintas mayordomías de Zautla. Esta colección de libros se complementa con los documentos sobre ganado y donación de tierras a las mayordomías.18

Incluimos una muestra facsimilar de los registros de inventario del primer Libro de Mayordomía (exp.14).

El rescate y la conservación de los archivos municipales de Oaxaca son tareas que requieren de tiempo y continuidad. Como muestra el caso de Zautla, el rescate solo no garantiza el buen estado del archivo a largo plazo. Una vez que existen los programas de rescate, necesariamente de carácter momentáneo, nos conformamos con la difícil tarea de diseñar estrategias que

18 AMZ, exp. 5; AGN, Indios, vol. 32, exp. 246, 1694; vol. 42, exp. 67, 1718; Tierras, vol. 3691, exp. 2, 1694/1731.

pueden asegurar una conservación más continua. Desde el lado administrativo, la buena conservación de los archivos en general refleja orden en la administración que los custodia y maneja. La importancia de los acervos antiguos como el de Zautla radica además en los datos particulares que pueden proporcionar sobre la historia de las distintas localidades y en su relevancia en la formación del orgullo y de la identidad local.

Un programa que responde a esta necesidad de conservación del pequeño patrimonio cultural necesita del apoyo de muchos y durante mucho tiempo. Hasta ahora, el trabajo realizado en los distintos municipios de Oaxaca es un buen paso adelante.

BIBLIOGRAFÍA

René Acuña, , Antequera, vol. 1, México, UNAM,Instituto de Investigaciones Antropológicas, 1984.

Francisco de Burgoa, [...], 2 vols., México, Editorial Porrúa, 1989[1674].

Gustavo Delgado Parra y Ofelia Gómez Castellanos, , INAH-Fomento Cultural Banamex, 1999.

Page 167:  · Reserva al título en derecho de autor, certifi cado de licitud de título ... eclesiásticos y reales, y estos últimos se subdividían en tres que eran los básicos, civiles

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Geert Bastiaan Doesburg, , tesis de doctorado, Leyden, Universidad de Leyden, 1996.

Peter Gerhard, , México, UNAM, Instituto de Investigaciones Históricas, 1992.

Enrique Méndez Martínez y Enrique Méndez Torres, , Centro de Estudios Históricos

del Porfiriato, 2000.

, México, AGN, 1999.

John Monaghan, “Mixtec Caciques in Nineteenth and Twentieth Centuries”, en , núm. 5, AHILA, 1997 (Códices, Caciques y Comunidades).

Michel Oudijk, , Leyden, Universidad de Leyden, Escuela de investigación

CNWS, 2000.

María de los Ángeles Romero Frizzi, “Los cantos de los linajes en el mundo colonial”, en , t. XLIII, 2000, pp. 141-160.

APÉNDICE A: TÍTULO APÓCRIFO DE SAN

ANDRÉS ZAUTLA

[SOL] [MOJONERA CON CRUZ] [LUNA]

El Señor Virrey Dn Luys de Velasco governador/ Capitan general de la nueba España ago merse del pueblo

de san adres/ Zautla Comensaran Al tomar posesión por la parte del oriente al parage/ que le llaman llia lachi = Vase sigiendo otro parage que le llaman la pie/dra blanca = por parte del norte base sigiendo otro parage que le llaman =/ (...)00 = al orilla del Camino que se ba para guajolotitlan base cigiendo otro/

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parage que le llaman tani llache donde esta puesto una peñasco grandota = base/ sigiendo otro parage que le llaman tierra blanca vase sigiendo otro parage que (*le lla)man lachigese = por la parte del poniente = vase cigiendo otro parage q[u]e/ (*le lla)man sina logocio = base sigiendo otro parage que le llaman llialdapado base/ (*siguien)do otro parage que le llaman lliabeche = por la parte del sur base ci/(*guiendo) otro parage que le llaman tonillachi base sigiendo otro para[je] que/ (*le lla)man seege laga = que se ba a la orilla del Camino que se ba al San felipe ga/ (...) lla base sigiendo otro para[je] que le llaman toniso = base cigiendo otro parage q[u]e/ (*le)llaman lachisochito = base cigiendo otro que le llaman llesenace = ques a onde/ enserró la posición = que tomaron los yjoos del pueblo de sanandres zautla/ (*..s)egun su declaración en este dicho ral palasio lique Como tribu(tachado: nal) /ta(*rios) de su majestad que son ellos del Rey nuestro Señor asimismo Ley/se (..)t(..)erse de sus titulos de Comun tomaron poseción en contorno de/ sus dichos linderos = y parages en tierras llanas para su senbrados y Lo me[..]as/ en serros y barrancas y laderas y serranillas ojos de agua y ri(.)os de aguas/ tengan sitios de comun de ganado

mayor y menor para que se mantengan/ Los yjoos ñetos o bisñetos de todos sus desendiente mando que sea guardado/ este dio este titulo Con la pena de says mil pesos aplicado para Los Gastos/ de la Real Camara de su magesta quien es perjudicare cenbarasare a es di/cho pueblo de San andres zautla = lles dado en mex[i]co este dicho titulo sin/ apelación ninguna en este real palacio de megico a vv de febrero año del/quinientos y 99 el fundador de san andres zautla Dn Juan de sentena – Don/ diego de selde – Dn Domingo de los angeles – Dn pedro de los angeles – Don/ diego de selde – Dn Domingo de los angeles – Dn pedro de los angeles – Don/ Juan de Arellanos fundadores de dicho pueblo de san andres zautla./El Señor Dn Luys de Belasco Virrey Capitan/ general de la nueba España./

APÉNDICE B: INVENTARIO DE LOS DOCUMENTOS

COLONIALES DE SAN ANDRÉS ZAUTLA

Caja 1, exp. 1: Solicitud y diligencias de una licencia para andar en caballo para el cacique Don Pedro de San Francisco Cajade Zautla y Guaxolotitlan, hijo de Don Gabriel de San Pedro y casado con la hija mayor de Don Antonio de Velasco, cacique de Nochixtlan, 1596. Dañado.

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Caja 1, exp. 2: Licencia a la comunidad de San Andrés Zautla para una estancia de ovejas, 1583. Dañado.

Caja 1, exp. 3: Nombramiento de regido-res, alcaldes, alguacil mayor, mayordomos, alguaciles ordinarios, y de doctrina en Guaxolotitlan, 1588. Dañado.

Caja 1, exp. 4: Pago de una deuda del cacique Don Gabriel de San Pedro de Zautla por parte de Don tomás de la Cueva, 1649. Exp.1-4 están cosidos.

Caja 1, exp. 5: Donación de unos Caja 1, exp. 2: Licencia a la comunidad de San Andrés Zautla para una estancia de ovejas, 1583. Dañado.

Caja 1, exp. 6: Testamento de Melchor Sánchez del barrio de Quiyayo de San Andrés Zautla, 1644. Fragmento dañado.

Caja 1, exp. 7: Registro de deudas y pa-gos llevado por un juez receptor, 1634-1687. Hoja de un doc. mayor.

Caja 1, exp. 8: Testamento en legua za-poteca de Marta de Avila, 1650. Firma de recibido de la limosna Francisco Burgoa.

Caja 1, exp. 9: Información de legi-timación de Tomás y Manuel de Narváez, hijos de Agustina Pérez de los Angeles y Jacinto de San Miguel y nietos de Ga-briel de los Angeles y Lucia Hernández, 1653.

Caja 1, exp. 10: Testamento de Agustín de Aquilar de San Andrés Zautla, 1667.

Caja 1, exp. 11: Pedimiento de tierras para sembrar por parte de los naturales del pueblo de San Andrés Zautla, 1669. Dañado. Con parecer de Francisco de Burgoa.

Caja 1, exp. 12: Testamento de Juan de la Cruz, 16[7-].

Caja 1, exp. 13: Traducción del testamento de Pedro de Feria, cacique de San Andrés Zautla, 1676. Véase exp. 67.

Caja 1, exp. 14: Reunión de los seño-res ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos del Santísimo Sacramento, 1681-1825. Muy dañado. Una parte está escrita en zapoteco.

Caja 1, exp. 15: Testamento del ca-cique Don Gregorio de San Pedro de San Andrés Zautla, 1682.

Caja 1, exp. 16: Reunión de los señores ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos del Rosario, 1688-1792. Muy dañado. La mayor parte está escrita en zapoteco.

Caja 1, exp. 17: Defensa del cacique Sebastián de Narváez contra acusaciones por parte de Jerónimo Hernández y otros en un pleito por tierras, 1694. Véase los dos exp. que siguen.

Caja 1, exp 18: Autos sobre despojo que siguen los naturales del pueblo de San Andrés Zautla contra los hermanos Domingo y Sebastián Narváez por tierras,

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1694. Dañado. Véase el exp. anterior y el que sigue.

Caja 1, exp. 19: Autos que siguen los naturales del pueblo de Zautla. Se menciona el cacicazgo de Don Pedro de Luna, 1694. Véase los dos expedientes anteriores.

Caja 1, exp. 20: Solicitud de los albaceas de Don Gregorio de San Pedro, cacique, y de su mujer Doña María de San Pedro, para que se traduzca sus testamentos en zapoteco, 1694.

Caja 1, exp. 21: Escrito de Melchor de San Pedro y Mendoza sobre su descendencia legitima de los caciques Pedro de Feria, Pedro de Sosa y Gabriel de San Pedro, Sello 1699/1700. Véase los exp. 64, 66 y 73.

Caja 1, exp. 22: Diligencias sobre la entrada de ganado en tierras de San Andrés Zautla en una cañada llamada El Apastle. contra Don Melchor de San Pedro, cacique, 1704.

Caja 1, exp. 23: Diligencias sobre bie-nes del cacique Don Melchor de San Pedro, 1706. Fragmento frágil.

Caja 1, exp. 24: Solicitud de licencia para herrar al ganado de la Cofradía de la Lámpara del Santísimo Sacramento, 1718.

Caja 1, exp. 25: Exposición por parte del cabildo de San Andrés Zautla, de

los cargos en contra de los hermanos Sebastián y Domingo Narváez, 1731.

Caja 1, exp. 26: Testamento de Isabel Pérez de San Felipe Texalapa, sujeto de Gauaxolotitlan, 1738.

Caja 1, exp. 27: Testamento en zapo-teco de Juana Hernándes , 1738. Véase el testamento que sigue.

Caja 1, exp. 28: Testamento en za-poteco de Domingo de Santiago, 1738. Véase el testamento que antecede.

Caja 1, exp. 29: Reunión de los señores ancianos para pesar la cera en el cambiode los mayordomos del Santo Cristo, 1727-1847. Muy dañado. Los pri-meros registros están en zapoteco.

Caja 1, exp. 30: Reunión de los señores ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos de San Andrés, 1753-1850. Registros en zapoteco.

Caja 1, exp. 31: Reunión de los se-ñores ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos de San José, 1753- 1846.

Caja 1, exp. 32: Reunión de los seño-res ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos de Jesús Nazareno, 1757-1843.

Caja 1, exp. 33: Hoja en que se men-ciona una cláusula de un testamento de Petrona de Narvaes de 1636, Sello 1800/1801.

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Caja 1, exp. 34: Hoja en que se men-ciona un testamento de Don Gregorio de San Pedro y su esposa Doña Maria de San Pedro y Mendoza de 1694, s/f.

Caja 1, exp. 35: Diligencias sobre un contrato relacionado con un pedazo de tierra y celebrado entre el pueblo de San Andrés Zautla y Don José Narvaes de Velasco, cacique de Achiutla, 1758. Los exp. 33, 34 y 35 están cosidos.

Caja 1, exp. 36: Testamento zapoteco de Petronila Ruíz, [17]59.

Caja 1, exp. 37: Solicitud de reconocimiento de los linderos del pueblo de San Andrés Zautla, encontrándose los títulos en México, 1760.

Caja 1, exp. 38: Inventario de los pa-peles del difunto Jacobo de Sosa, 176-

Caja 1, exp. 39: Cuenta del tributo de los barrios de Santa Cristina y San Jacinto, Sello 1771.

Caja 1, exp. 40: Presentación del Libro de Cuentas de la comunidad de San Andrés Zautla, 1772.

Caja 1, exp. 41: Lista de los tributarios, 1775.Caja 1, exp. 42: Documento del obis-

pado de Oaxaca sobre el pago de los aranceles de los curas y mayordomos, 1778.

Caja 1, exp. 43: Inventario del Archivo de Cabildo, 1779.

Caja 1, exp. 44: Por deuda de cien pe-sos por entrega de unas vigas de Doña

María Rosa Martínez, mayordoma de la Cofradía del Rosario, 1785.

Caja 1, exp. 45: Padrón de San Andrés Zautla, 1786.

Caja 1, exp. 46: Contra la Hacienda de Alemán del convento de Santa Catarina de Sena por una sementera de maíz, ¿1790?.

Caja 1, exp. 47: Licencia para herrar el ganado de la Cofradía del Rosario, 1791.

Caja 1, exp. 48: Petición del pueblo de San Lázaro para cortar leña en terreno de San Andrés Zautla, 1793.

Caja 1, exp. 49: Reunión de los señores ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos de San Juan Bautista 1794-1849. Muy dañado.

Caja 1, exp. 50: Lista de tributarios, 1796.

Caja 1, exp. 51: Reunión de los seño-res ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos del Santo Cristo Salvador, 1796-1850. Dañado.

Caja 1, exp. 52: Los naturales de San Andrés Zautla contra Carlos Lascari sobre tierras, sello 1798/1799.

Caja 1, exp. 53: Cuentas de los ma-yordomos de San Andrés, 1799-1801.

Caja 1, exp. 54: Testamento de María Pérez, 1804.

Caja 1, exp. 55: Memoria que hace

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Juan de Sosa, alcalde, de la residencia, 1804.

Caja 1, exp. 56: Reunión de los señores ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos del Rosario, 1804-1808.

Caja 1, exp. 57: Sobre las propiedades del difunto Antonio Garcés, 1804-1813.

Caja 1, exp. 58: Inventario que entrega el anterior alcalde al entrante sobre los documentos de la caja común, 1809.

Caja 1, exp. 59: Impuesto sobre baga-jes, 1815.

Caja 1, exp. 60: Reunión de los se-ñores ancianos para pesar la cera en el cambio de los mayordomos del Rosario, 1817-1848.

Caja 1, exp. 61: Sobre el pleito entre los vecinos de San Andrés Zautla contra la Hacienda de Santa Cruz, del convento de Santa Catarina de Sena, 1818.

Caja 1, exp. 62: Juicio por tierras entre el común de San Andrés Zautla y Mariano Pérez Lazcari, 1819.

Caja 1, exp. 63: Solicitud que hace María Josefa González, de San Gabriel Etla, sobre la devolución de cinco caballos que le fueron embargados, s/f.

Caja 1, exp. 64: Petición de Melchor San Pedro y Mendoza para que se le dé posesión de sus tierras heredadas / petición de Pascual de la Cueva para que sea absue l to de toda cu lpa por

e l robo de dos mantas y un capote , s / f .

Caja 1, exp. 65: Que el escribano público Juan de Po[...] envíe los autos que tiene, s/f. Fragmento.

Caja 1, exp.66: Don Melchor de San Pedro, cacique de San Andrés Zautla y San Juan del Rey hace presentación de unos testamentos, a saber el de Don Pedro de Feria (1567, María de Aguilar (1610), Juan de Tapia (1615), Juan de Sosa (1585), Marta de Avila (1650), Gabriel de San Pedro (1558), María de San Pedro, su madre (1694), fé de bautismo de su madre (1638), su propia fé de bautismo (1659), y el testamento de Gregorio de Mendoza, su padre (1694) y varios posesiones y mercedes, s/f.

Caja 1, exp. 67: Testamento en zapoteco de Pedro de Feria, s/f. Fragmento muy frágil.

Caja 1, exp. 68: Interrogatorio sobre el origen de Don Domingo y Don Sebastián Narvaes, hijos de Thomas Narvaes, supuestamente de origen machehual. Con ocasión de haber sido alcalde Don Tomás ocultó testamentos, títulos, etc. y se introdujo en tierras, s/f. Este texto se repite en el exp. 19 de 1694.

Caja 1, exp. 69: Testamento s/f. Fragmento frágil.

Caja 1, exp. 70: Testamento, s/f. Fragmento.Caja 1, exp. 71: Sobre la venta de un

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terreno de María Antonia, s/f. Fragmen-tario.

Caja 1, exp. 72: Sobre introducción por parte de los Narvaes en un terreno que la cacica María de San Pedro y su hijo Melchor de San Pedro habían dejado a una cofradía, s/f. Dañado

Caja 1, exp. 73: Resolución de la audiencia de 1655 para que le restituyan tierras a algunos españoles e indios, seguida por una petición de Don Melchor de San Pedro, cacique, que le confirman la posesión de unas tierras que heredó por muerte de Cristóbal de Sosa y Tapia, cacique de San Juan del Rey, s/f.

Caja 1, exp. 74: Solicitan los naturales de San Andrés Zautla se les den tierras para sembrar, s/f.

Caja 1, exp. 75: El alcalde José Mora-

les lleva a Oaxaca documentos, para mostrarlos al licenciado Tiburcio Cañas, 18[...]. ¿Colonia?

Caja 1, exp. 76: Petición en el pleito que siguen San Andrés Zautla y Santo Tomás Mazaltepec, s/f. Fragmentario.

Caja 1, exp. 77: Reclamo que hacen los naturales de San Andrés Zautla sobre que Vicente Pascua, administrador de la Hac. de Sta. Rosa, del convento de Santa Catarina de Sena, les mande el partido del maíz cosechado, [17]80.

Caja 1, exp. 78: Portada del testamento de Don Gregorio de San Pedro, s/f.

Caja 1, exp. 79: Portada de unos au-tos, s/f. Con sello de Texcoco.

Caja 1, exp. 80: Hoja no especifi cada, s/f.Caja 1, exp. 81: Hoja no especificada,

17[2.].

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CA L E I D O S C O P I O

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ÉTICA DEL ARCHIVISTA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN,

ÁNGEL AURELIO GONZÁLEZ AMOZORRUTIA1

C omienzo esta breve intervención con una cita del f i lósofo griego

Herácl i to de Éfeso, la que a su vez da inicio a la novela , de Héctor Agui lar Camín, novela histórica fundamental para conocer parte de la historia de una generación previa a la mía, que luchó por la vía armada, posterior al movimiento estudianti l de 1968 y a las guerr i l las urbanas y rurales, en la década de los años 70 en México. Concluye esta etapa, de alguna forma, con la f i rma de la Ley de Amnistía en la H. Cámara de Diputados, como parte de la Reforma Polít ica promovida por

Heráclito

don Jesús Reyes Heroles, secretario de Gobernación, durante el periodo presidencial de José López Port i l lo. ¿Por qué iniciar una plát ica sobre la

y el derecho de los ciudadanos de conocer la información que genera el Estado, si el tema a discutir es la ?

Existe una relación directa entre el ejercicio del poder y el reclamo de la sociedad de una mayor democracia en el país y la apertura de bienes do-cumentales, gracias a diversas voces de la sociedad civi l que durante años exigieron la apertura de los archivos

1 Técnico en Archivonomía, estudió además en la Escuela para Archivos de Iberoamérica, en España. Ha sido analista del Sistema Nacional de Archivos y jefe de la Biblioteca del AGN. Ha publicado en revistas especializadas en Archivística y Documentación. Es instructor del Grupo CAPINTE y jefe del Departamento de Atención al Público en la Biblioteca Miguel Lerdo de Tejada de la SHCP.

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que guardaban, celosamente, la in-formación de los sucesos del 2 de octubre de 1968, de la lucha armada que le siguió en forma clandestina y de los archivos que pertenecieron a las secretarías de Gobernación y de la Defensa Nacional, por ci tar sólo dos ejemplos; aquel la información se resguardaba por razones de Estado, sin que exist iera una normatividad que contemplara el acceso a su consulta. El Consejo Internacional de Archivos establecía a manera de recomendación que, para poder ser consultada, la documentación con-siderada reservada se mantuviera así por espacio de 30 años a part ir de la fecha de su producción.2 Gracias al reclamo de la sociedad, fue posible que

2 Durante el XVI Congreso Internacional de Archivos se desarrolló un Seminario previo al Congreso con el tema Los retos del acceso a la documentación; ahí se presentaron las siguientes conferencias: “El acceso a los documentos: un derecho democrático”, de Josep Matas Balaguer (España); “La legislación europea en materia de acceso”, de Eduardo Gómez-Llera (España), y “El acceso a los documentos en los países de Iberoamérica y el Caribe”, de Juan Manuel Herrera Huerta (México). Dichas conferencias pueden consultarse en el disco compacto que contiene las Actas del XIV Congreso Internacional de Archivos, 2000, Sevilla, España, disponible en el Centro de Documentación Archivística en el Archivo General de la Nación, México.3 Durante años se han publicado diversos libros sobre la lucha armada en México, en algunos casos a manera de novela, otros como documentos de investigación y otros como testimonios de un proceso global de la historia: Sergio Aguayo Quezada,

, México, Grijalbo, 2001; Héctor Aguilar Camín, , México, Editorial Cal y Arena, 1991; Miguel Bonasso, , México, El Juglar Editores, 1990 (Col. Letras Hispanoamericanas); Fritz Glocker, , México, Joaquín Mortiz (Serie del Volador); Gustavo Hirales, , México, Editorial Cal y Arena, 1996; Jorge Masetti, , México, Tusquets Editores, 1a. reimpresión, 1999 (col. Andanzas); Carlos Montemayor, , México, Joaquín Mortiz, 2003, y , México, Diana, 1992. Estos libros son novelas sobre dos hechos

el gobierno federal actual promulgara la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la In formación Gubernamenta l . Es precisamente en los archivos en donde se resguarda dicha información. Estos fondos documentales son fuente privi legiada para la historia, en donde el quehacer del profesional de la archivíst ica será fundamental para su organización, investigación y difusión; paradój icamente, una forma de conocer los mecanismos del poder y la información que generan los aparatos de intel igencia, contenida en los archivos, está en el trabajo y quehacer de los archivistas, quienes deben explorar esta veta contenida en los diferentes acervos documentales y su l i teratura.3

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Recordemos algunos antecedentes históricos. Los archivos son por de-f inición el lugar que resguarda la memoria de las sociedades. El or igen de la palabra archivo es el término griego n, cuya lat inización,

, dio al español la palabra archivo.4 En la democracia ateniense, el archivo era un espacio vi tal que los ciudadanos tenían para conocer los actos de gobierno pero, a causa de la evolución de la sociedad, esta práct ica de apertura se restr ingió y los archivos se convirt ieron en coto exclusivo de las monarquías y de la Iglesia, quie-nes ejercían el poder absoluto en la sociedad.

La obligación del archivista era or-denar la documentación y servir al gobierno, sin permitir el acceso a la información a otras personas. Debemos tomar en cuenta que la profesión archivíst ica ha tenido una historia vasta y accidenta-da, por lo que recomiendo revisar el

excelente de José Ramón Cruz Mundet,5 en el que se nos expl ica el or igen y la evolución de los archivos, así como de la práct ica archivíst ica.

Fue hasta 1823 cuando don Lucas Alamán permit ió el acceso de los ciu-dadanos a los archivos, aunque no de una forma total, al crear el Archivo General y Públ ico de la Nación, que subrayaba en su propia denominación su carácter públ ico y consti tuía unaoposición a la documentación que resguardaba la monarquía española reunida durante los 300 años de ocu-pación en México. Como parte del discurso “Estado-Nación”, formar ar-chivos nacionales fue una tendencia general en varios países; eran archi-vos obtenidos de los procesos de in-dependencia, en los que se intentaba rescatar la identidad de los pueblos a través de la historia que resguardaban los archivos acumulados en el t iempo.

reales: el primero, el asalto al cuartel Madera en Chihuahua que da origen a la Liga Comunista 23 de Septiembre, y el segundo sobre la guerrilla de Lucio Cabañas en Guerrero. Véase también: Ignacio Retes,

, México, Océano, 2000; Julio Scherer García y Carlos Monsiváis, , México, Editorial Aguilar, 2003 (col. Nuevo Siglo); de los mismos autores:

, México, Editorial Aguilar, 1999 (col. Nuevo Siglo), y Carlos Tello Díaz, , México, Editorial Cal y Arena, 1995. El autor de este último fue acusado por simpatizantes del EZLN de haberlo escrito con información de los servicios de inteligencia en México.4 Véase José Ramón Cruz Mundet, , Madrid, Fundación Germán Ruipérez, Pirámide, 1994. Se recomienda la lectura del Capítulo 1, “Historia de la archivística”, pp. 21-45.5 .

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Un caso especial son los Archivos Nacionales de Francia, que gracias a la Revolución francesa de 1789 per-mit ieron la apertura de sus archivos, como señalan Jean Yves Rousseau y Carol Couture en su excelente l ibro

, cuya documentación está consti tuida como arsenal de la ley para la abol ición de los supuestos derechos divinos y de clase. Aquí ci to textualmente: “La Revolución Francesa viene a coronar el movimiento de central ización. Ins-t i tuye la primera red de archivos de la era moderna y propone que éstos

puedan ser consultados por todos, retomando así la concepción griega de los archivos, que permitía a todos los ciudadanos el acceso a los documentos del Estado”.6

Curiosamente, el 27 de marzo de 1790, Juan Vicente Güemes Pa-checo y Padi l la, segundo conde de Revi l lagigedo, envió al Ministerio de Gracia y Just icia de España una carta en la cual expl icaba la urgente necesidad de contar con un archivo organizado ( la ci ta es textual): “Los papeles en las of icinas y Tribunales, en los que invariablemente se encon-

6 Véase Carol Couture y Jean Yves Rousseau, , trad. Nora Settels, México, AGN-Universidad de Montreal, 1982, pp. 5-7.

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traban archivos sumamente confusos por impericia o por desorden en su co-locación y en todos crecidos volúmenes de papeles antiguos”.

La propuesta para la creación del Archivo General planteaba con claridad las tareas que debían emprenderse, así como los resultados que se alcanzarían en provecho de las of icinas y de los documentos antiguos que, “separados de los más modernos y depositados por orden y con índices de lo que en el los se conserva, sería más fáci l el hal lazgo de antecedentes que se necesiten, no servirían de estorbo a los que cada año se producen y quedarían más l ibres de extracciones”, pues “se han perdido por esta injur ia o abandono muchos que no se encuentran y podrían rendir út i les noticias de lo obrado y sucedido”. Conservar con esmero y cuidado los documentos antiguos en un edif ic io donde se depositarán, a “ imitación de lo que se pract ica en algunas naciones cultas”, tendría así un doble beneficio: “desahogarán piezas y estantes que ocupan con perjuicio de las of icinas y de su conservación propia, porque se les trata como inúti les, sin considerar que muchos encierran y guardan solu-

ciones y providencias exquisi tas que hacen la veneración de las leyes y de los legisladores que han precedido y tal vez los motivos originales que i lustrarían la ignorancia de el los y su época”. Todo el lo se resolvería, subrayaba Revi l lagigedo, “formando un Archivo General, bien ordenado y asist ido, a donde pueda acudirse y hal lar fáci lmente el [documento] que se requiere”.7

Como se puede apreciar, el papel de los archivos, y por ende el de los archivistas, ha estado sujeto a las polí t icas que ha determinado el poder en el curso de la historia. Pero ¿qué es ét ica?, ¿cuál es el compor-tamiento ét ico que el archivista debe tener?, ¿existe algún código escri to que señale el comportamiento que debe-mos seguir?, ¿existe algún concepto ontológico que marque la profesión del archivista? Tratemos de poner en la mesa de discusión algunos conceptos de diversos autores que se han ocupado del tema.

DEFINIC IONES DE ÉTICA

Para José Ferrater Mora, ét ica signif ica

7 México, AGN, , Juan Manuel Herrera y Victoria San Vicente (coords.), México, AGN, 1990, 515 pp.; se recomienda revisar el capítulo “Breve historia del Archivo: 1790-1990”.

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“Costumbre y por el lo, se ha definido con frecuencia como la doctr ina de las costumbres. Para Aristóteles vir-tudes ét icas son aquellas que se desenvuelven en la esfera de la vida práct ica y que van encaminadas a la consecución de un f in”.8 En el se lee: “Por su origen et imológico

procede de una voz griega que signif ica costumbre se la entendió originalmente como la ‘

’ ” . El concepto aristotél ico ha pervivido: “La ét ica es la teoría de la conducta humana vista desde la perspectiva moral”

, de Rodrigo Borja, México, Fondo de Cultura Económica, 1997, pp. 412-413). Para los efectos de esta plát ica ambas definiciones son suficientes, sin entrar en discusiones teóricas propias de la Fi losofía contenida en fuentes bibl iográf icas disponibles en las bibl iotecas. Actuar con ét ica es marcar la pauta de la conducta humana sobre una act ividad específ ica. Durante años, el Consejo Internacio-nal de Archivos (http:/ /www.ica.org) de la UNESCO, organismo que ha marcado en el ámbito mundial

la pauta a seguir, ha discutido sobre los principales aspectos ét icos de la profesión, por ese motivo se estableció un Código de Ética para los archivistas, así como existe para otras profesiones; el juramento de Hipócrates para los médicos, por ejemplo. Revisemos la versión que se encuentra en el si t io web del Archivo General de la Nación, órgano normativo de los archivos en México (http:/ /www.agn.gob.mx). Como podrá apreciarse, son varios los aspectos que r igen el comportamiento del archivista. Sobra decir que el cumplimiento del Código debe ser un ejercicio l ibre, un compromiso es-tablecido con nosotros mismos que requiere coherencia con nuestras acciones. Seguramente a los archivistas se nos ha cuestionado sobre nuestra vocación, de guardianes de la memoria, organizadores de documentos de vidas pretéritas, arqueólogos de las emocio-nes, emociones que se encuentran entre los pl iegues de la historia en montañas de papel destinadas al olvido; es ahí donde debemos concentrar nuestros esfuerzos, en organizar dichas fuentes, l impiarlas, organizarlas y catalogarlas

8 José Ferrater Mora, , México, Atlante, 1941 (col. Diccionarios Científi cos Atlante), pp. 458-459.

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para que los estudiosos, escritores, his-toriadores, cronistas, poetas, abogados, funcionarios y todos los interesados en la historia se asomen a los archivos y puedan encontrar en moles de papel respuestas a sus preguntas; para que se maravi l len con los archivos de la Inquisición; para que descubran las fotos de mujeres desnudas, en color sepia de principios del siglo XX, que escandal izaron a nuestras abuelas pero no a nuestros abuelos; para que descubran las cartas de Zapata y Juárez; para que se deslumbren con mapas y planos de nuestra ciudad conservados en archivos como el General de la Nación y el del Antiguo Ayuntamiento de la Muy Leal y Noble Ciudad de México. ¿Cómo podemos dignif icar nuestra profesión, que requiere de paciencia franciscana para rescatar del olvido la historia en papeles amari l lentos? Se requiere de los conocimientos del jur ista para reconocer los tratados y leyes en el t iempo; se necesita la habi l idad de los paleógrafos para descifrar escri tos pretéri tos y los conocimientos científ icos para su restauración, así como la no menos dif íci l labor de rea-l izar una depuración de los documentos que no son históricos, responsabi l idad

que de no apl icarse con intel igencia y mesura puede dejar sin registro de la historia a las generaciones futuras. ¿Cómo expl icar a las personas que preguntan sobre nuestro quehacer que los archivos sus archivos deben estar protegidos de los fr íos invernales y del calor porque su delgado papel es quebradizo e igual que los seres vivos sufren los embates del cl ima? ¿Cómo decir les que los documentos requieren de traducción e instrumentos para expl icarse, que deben ser manejados con cuidado, que son val iosos por el solo hecho de desafiar al t iempo? ¿Cómo expl icarles que la computadora es una herramienta mágica y no un f in, ni el f in de los papeles? Nuestra obl igación y misión es predicar con el ejemplo, encabezar los rescates de archivos en los municipios olvidados, vest idos de médicos con cubrebocas, guantes, lentes, batas. Dispuestos a mover cientos de cajas, como ex-ploradores, entre polvo y roedores que buscan su al imento en el papel. Rescatar del olvido esos papeles es rescatarnos a nosotros mismos. Al f inal de la larga jornada se habrán l impiado documentos; se habrán separado por fondos, series, años; se habrán puesto en fólders, l istos para consultarse. Es

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necesario hacer inventarios, registros minuciosos, depositar los en cajas l impias, rotularlos y colocarlos en estanterías y salones adecuados. Podemos decir con orgul lo que sin nosotros esa masa de documentos se perdería sin remedio. Debemos agradecer a nuestros maestros que con sus consejos nos i lustraron en la organización archivíst ica: Arturo Hernández Rojas, Lorenzo Chávez Beltrán, Eutiquio Franco y otros más que pertenecen a una generación de archivistas que rescató gran cantidad de archivos municipales en México mediante programas con los estados de la repúbl ica y el AGN, bajo la dirección de la Lic. Leonor Ort iz Monasterio, a quien tuve el honor de conocer. Ejemplos a seguir en la pasión por la historia y los archivos, y grandes amigos cuando en aquel las lejanas tardes en el Centro histórico nos trasmitían sus consejos para entender las técnicas de su organización, pero, más aún, aprender a descifrar los fantasmas que los documentos contenían, así como las causas de esa generación que tuvo que empuñar las armas para defender

sus ideales. Si podemos aprender y enseñar esa pasión, en círculos inter-minables, daremos continuidad a esta noble profesión. La creación del Inst i tuto Federal de Acceso a la Información (www.ifai .org.mx) es un gran avance para la sociedad, ya que es el órgano responsable de f iscal izar que los sujetos obl igados cumplan las demandas de acceso a la información por parte de la ciudadanía en el marco de la ley. Me gustaría mostrar algunos aspectos sustantivos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental9 (publ icada el 11 de junio de 2002, en el DOF; úl t ima reforma: 11/05/04):

INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL

Capítulo I I I

Artículo 13. Como información reservada podrá clasifi carse aquella cuya difusión pueda:

I . Comprometer la seguridad nacional, la seguridad públ ica o la defensa na-cional;

I I . Menoscabar la conducción de las negociaciones o bien, de las relacio-

9 La ley, el reglamento y las diversas disposiciones jurídicas pueden consultarse en la página web del IFAI(www.ifai.org.mx).

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nes internacionales, incluida aquel la información que otros estados u organismos internacionales entreguen con carácter de confidencial al Estado Mexicano;

I I I . Dañar la estabi l idad f inanciera, económica o monetaria del país;

IV. Poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona, o

V. Causar serio perjuicio a las actividadesde verifi cación del cumplimiento de las leyes, prevención o persecución de los del i tos, la impart ición de la just icia, la recaudación de las contr ibuciones, las operaciones de control migratorio, las estrategias procesales en procesos judiciales o administrat ivos mientras las resoluciones no causen estado.

Artículo 14. También se considerará como información reservada:

I . La que por disposición expresa de una Ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial;

I I . Los secretos comercial, indus-tr ial , f iscal, bancario, f iduciario u otro considerado como tal por una disposición legal;

I I I . Las averiguaciones previas;IV. Los expedientes judiciales o

de los procedimientos administrat ivos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado;

V. Los procedimientos de res-ponsabilidad de los servidores públicos, en tanto no se haya dictado la resolución

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administrativa o la jur isdiccional defi-ni t iva, o

VI . La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso del iberat ivo de los servidores públ icos, hasta en tanto no sea adoptada la decisión defini t iva, la cual deberá estar documentada.

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Artículo 18. Como información confi-dencial se considerará:

I . La entregada con tal carácter por los part iculares a los sujetos obl igados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 19, y

I I . Los datos personales que re-quieran el consentimiento de los indi-viduos para su difusión, distr ibución o comercial ización en los términos de esta Ley. No se considerará con-f idencial la información que se hal le en los registros públ icos o en fuentes de acceso públ ico.

Artículo 21. Los sujetos obl igados no podrán difundir, distribuir o comercializar los datos personales contenidos en los sistemas de información, desarrol lados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento

expreso, por escri to o por un medio de autenticación similar, de los individuos a que haga referencia la información.

La ét ica del archivista debe estar sustentada en el Código, que va más haya de leyes coercit ivas para cumplir las. ¿Qué pasaría si de acuerdo a nuestra posición polí t ica se real izara una depuración o disposición documental? Sin duda, no seriamos objet ivos y, como inquisidores modernos, destruiríamos documentación que nos incomoda.

¿Qué pasaría si por discriminación de sexo, clase o raza no se faci l i tara a los ciudadanos información a la cual t ienen derecho en forma legít ima o, por el contrario, si con el propósito de beneficiar a un part ido o grupo en el poder f i l t ramos a la prensa información de los archivos que tenemos a nuestro cargo?

Imaginen ustedes las consecuencias para nosotros, custodiadores a cargo de información sensible como expedientes médicos, estudios psicológicos, si alguien publ icara o proporcionara a terceras personas esta información sin nuestro consentimiento y la ut i l izara contra nosotros mismos.

¿Podemos calcular el daño moral que podemos inf l igir si f i l t ramos a la prensa

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o a terceras personas, sin autorización, las preferencias sexuales de alguien, o aspectos morales y propios de su int imidad? ¿Imaginan el daño que ocasionaríamos si proporcionamos in-formación que vulnere la seguridad nacional o que afecte indagaciones en curso o auditorías, por ci tar unos breves ejemplos? ¿Qué pasaría si destruimos evidencias sobre expedientes com-prometedores para personas o ins-t i tuciones? ¿Cómo conci l iar nuestra función de archivistas con nuestro Código de Ética si en el archivo que tenemos a nuestro cargo contamos con evidencias documentales sobre hechos pasados que violaron derechos humanos y hay crímenes de lesa humanidad?, ¿es legít imo denunciarlo y al mismo t iempo ser ét ico?

Éstas son tan sólo algunas dudas, que la ley y las diversas disposiciones han tratado de resolver con las disposiciones jurídicas actuales y con la creación reciente de la Fiscalía Especial izada en Movimientos Sociales y Polít icos del Pasado. Los archivos de la ext inta Dirección Federal de Seguridad de la Secretaría de Gobernación se encuentran disponibles ahora en el

10 Acuerdo por el que se disponen medidas para la procuración de justicia por delitos cometidos contra personas vinculadas con movimientos sociales y políticos del pasado (DOF 27/11/2001).

Archivo General de la Nación y son la base para f incar responsabi l idades penales contra los funcionarios de esa época. Para esto se estableció un acuerdo que la prensa ha descri to puntualmente. La problemática para su acceso alega protección a la pri-vacidad. Debemos estar alerta para seguir modif icando el marco jurídico en estr icto apego a derecho.10

Se puede apreciar el tema de la ét ica no sólo como una cuestión de moral, por el contrario, impl ica una responsabi l idad social y jurídica pa-ra quien t iene a su cargo acervos do-cumentales.

He tenido la oportunidad de estar a cargo de val iosos archivos históricos: en el AGN, en los rescates de archivos municipales, en la Subdirección de Documentación de la Contaduría Mayor de Hacienda de la H. Cámara de Diputados, hoy Auditoría Superior de la Federación y en la Dirección de Evaluación y Asesoría Técnica de la Coordinación de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República, en donde una de mis act ividades era revisar la correspondencia que los ciudadanos dir igían al presidente de

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la República. Actuar con ét ica en el manejo de la información es organizarla, sistematizarla y no ut i l izarla para f ines dist intos de los que fueron remit idos. Ustedes, al igual que yo deberán manejar información confidencial que puede poner en r iesgo la vida de una persona o la estabi l idad f inanciera de una nación, datos que incidan en la seguridad del país. Deberán, en su oportunidad, actuar con ét ica, porque no es cuestión de grado u oportunidad de circunstancias el que cumplamos con nuestro deber en su resguardo. Los principios no son negociables.

Conclusiones

La Ley Federal de Acceso a la Información Gubernamental, su reglamento y los lineamientos que hemos revisado, marcan la pauta para guiar las acciones del gobierno con relación al acceso; hace falta una ley que del imite los conceptos de seguridad nacional.

En el XII Congreso Internacional de Archivos, celebrado en Montreal, Canadá, en 1992, al que asistí como parte de la delegación del AGN, Liv

Mykland, de nacional idad noruega, presentó la ponencia: “Protección e in-tegridad. Identidad y profesional ismo del archivero. De ocupación a profe-sión: el sentido de identidad del archi-vista”, en el la señala que la verdadera profesión cubre un área importante para la sociedad : “Su trabajo es de alguna manera, una forma de altruis-mo inst i tucional izado”, en segundo lugar, toda profesión posee un fondo de conocimientos científ icos y un pro-grama de formación especial izada. “Esta formación deberá consti tuir el único medio de entrar en la profesión y aquel los que la adquieren deben tener como motivación l legar a ser miembros de la profesión”,11 formar asociaciones para promover metas comunes. “Los miembros de una profesión controlan sus propias normas, por ejemplo las que se ref ieren a la formación, el reconocimiento profesional, la termi-nología, las características y la ética de la profesión”. Finalmente, agrega la autora: “Una verdadera profesión t iene una cultura común que comprende nor-mas, valores y un modo de expresión. Eso puede exist ir solamente si los

11 Liv Mykland (Noruega), “Protección e integridad. Identidad y profesionalismo del archivero”, Montreal, 1992 (original en inglés). Es interesante revisar la conferencia que se celebró en septiembre de 1992 en el Congreso Internacional de Archivos, pp. 8-14.

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miembros de la profesión t ienen una comprensión común de la naturaleza de su trabajo”.

Este debe ser el corpus de cono-cimientos, pero como el alma no puede ser disociada del mismo, sólo nos toca

honrar y dignif icar a nuestra act ividad por nosotros mismos. Milan Kundera, es-critor checo exiliado en París, escribió: “La lucha contra el poder es la lucha de la memoria contra el olvido”. No dejemos que venza el olvido.

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JOYAS DEL MES 2007Enero Ley de Registro Civil

EXPO

SICI

ONES

Lugar Fecha Evento

Sala de Banderas

Sala David Alfaro Siqueiros

Cúpula

Delegación Venustiano Carranza

• Casa de la Cultura Venustiano Carranza

• El Cine

EneroFebrero–marzo

EneroFebrero-marzo

Enero-marzoFebrero-abril

8 a 30 marzo

19 de marzo al 20 de abril

Tradiciones mexicanasLas constituciones de México

InquisiciónIgnacio Avilés. Colección de vistasestereoscópicas

Indiferente VirreinalActa de Independencia

Mujeres del siglo xx

El séptimo arte en papel

Febrero 5 de febrero, génesis de la construccióndel Estado mexicano

Marzo Octavio Paz

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EneroEl séptimo arte en papelEstación Coyoacán

FebreroArquitectura del siglo XVIII

Estación Chabacano

MarzoMujeres del siglo xxEstación Candelaria

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PU B L I C A C I O N E S

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PEREGRINOS EN NUEVA PATRIA

ALBERTO ÁLVAREZ FERRUSQUÍA*

CD, España peregrina, México, Archivo General de la Nación, 2006.

Peregrino, na. adj. y s. (del lat. peregrinus, extranjero). Que viaja por tierras extrañas.

¿Qué tan extraño fue México al exilio republicano español? En principio, tanto como la ceguera ante la realidad circundante, a decir del filósofo Adolfo Sánchez Vázquez en su texto “Del destierro al trastierro”, conferencia impartida en el Ateneo Español de México en marzo de 2000 y recogida como parte del CD interactivo España peregrina publicado por el Archivo General de la Nación.

Formado por casi un centenar de fotografías provenientes en su mayoría del Archivo

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Fotográfico Díaz, Delgado y García del Centro de Información Gráfica del AGN, España peregrina1 documenta y testimonia la relación entre México y la República española tanto durante la guerra civil como en los años inmediatamente posteriores a la derrota republicana, años en los que tanto el contexto mexicano –el cardenismo– como el internacional –la segunda guerra– hacían a los exiliados abrigar la certeza en la justicia de su causa, en la victoria y, finalmente, en el pronto retorno a la patria de origen.

Dicha certeza fue la causa de la extrañeza inicial ante México, manifestada en la doble actitud que los refugiados españoles asumieron ante el exilio: el trastierro o el destierro.

Haciendo un seguimiento crítico de diversos textos de José Gaos, Sánchez Vázquez define:

“Trastierro significa para Gaos integración del exiliado en su nueva tierra, o patria de destino, pero no como resultado de un largo y contradictorio proceso, sino desde el primer momento. El trasterrado no se siente extraño en su nueva tierra, sino arraigado en ella. Esto determina su sentido del tiempo: el presente domina en él sobre el pasado, así como sobre el futuro. Al vivir en plan definitivo, se desvanece el ansia de volver, no hay lugar para la nostalgia, ni para añadir una nueva vida en el futuro”.

Para Sánchez Vázquez, la concepción de Gaos procedía de una visión idealizada de la América hispana –léase México- que no correspondía a su historia ni a la realidad. Una América libre de España que tendría que liberarse a sí misma de esa otra España de la que se habían liberado los hispanoamericanos. Una visión que suponía en la América independiente la realización del ideal ilustrado y liberal que en España no se había cumplido y que atenuaba u omitía la realidad autoritaria y caudillista de su historia.

El espejismo gaosiano se refleja en las fotografías presentadas en España peregrina: las imágenes del trastierro muestran el respaldo brindado a la República española por las organizaciones políticas y sociales y los artífices del cardenismo: el oficialista Partido Nacional Revolucionario, la naciente Confederación de Trabajadores

1 España peregrina contiene también el texto introductorio y las 54 fotografías que forman el CD Losniños de la guerra. Una mirada a la memoria (AGN, 2005) reseñado en el Boletín del Archivo General de la Nación, 6a. época, octubre-diciembre 2005, núm. 10, pp. 181-183.

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de México, agrupaciones feministas y estudiantiles, artistas e intelectuales; Vicente Lombardo Toledano y David Alfaro Siqueiros, Abelardo Rodríguez y Francisco J. Mújica, el Congreso de la Unión y el propio presidente Cárdenas posan acompañados de los nombres del exilio español: Domingo y Gordón Ordas, Negrín y Álvarez del Vayo, Prieto y Miaja, líderes políticos de una república sucesivamente asediada, derrotada y asilada en territorio mexicano. República ideal que por desgracia existió sólo en los homenajes, los discursos y demás protocolo diplomático que el régimen de la Revolución mexicana brindó a sus pares españoles, protagonistas, a su pesar, de una más de las grandes batallas políticas –la reforma agraria, la organización obrera, la expropiación petrolera– que definieron el cardenismo, esa breve utopía mexicana que hizo posible el trastierro.

La otra concepción del exilio, del destierro, es expuesta por el propio Sánchez Vázquez:

“Vivir el exilio como destierro significa sentirse sin raíz en la tierra que le acoge. Lo que el desterrado valora no es lo hallado, sino lo perdido; no el presente, sino el pasado que vivió y que aparece en sus sueños hecho futuro. Vive en vilo entre la nostalgia de pasado y la esperanza obsesiva del retorno, tras el paréntesis del exilio que, en los primeros años, se considera breve. Esta fijación del desterrado en lo perdido y en el futuro en que se ha de recuperarlo, se traduce en una doble ceguera ante una doble realidad. Sus ojos ven y no ven lo que le rodea, y cuando lo ve no se le presenta como es, sino a través del cristal de esa España que para él no es una realidad, sino un sueño o una idea.”

Doblemente ciego, doblemente ajeno, doblemente extraño, el desterrado sólo halla consuelo inicialmente con sus pares igualmente desterrados como lo muestran las fotografías en las que el protagonista es el español de a pie enfrentado a la realidad cotidiana de los primeros días en territorio mexicano. En las fotos del destierro, ausentes las ceremonias protocolarias, lo que queda son imágenes de comedores, dormitorios, salones de clase y enfermerías comunitarias y provisionales ocupadas por los hombre y mujeres del exilio; dolorosa materialización de la condición transitoria y necesariamente gregaria del desterrado. Dolor apenas atenuado por la solidaridad del igualmente llano pueblo mexicano que, aunque dividido2 en su opinión de los refugiados españoles –gachupines para algunos– , supo estar a la altura de la mayor empresa

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humanitaria mexicana del siglo XX al brindar a miles de españoles, día a día, presente cotidiano, la paulatina posibilidad de iniciar una nueva vida.

El fin de la guerra mundial con la derrota del Eje y la persistencia de Franco, el reconocimiento de éste por la comunidad internacional, la contundente evidencia de que el exilio sería indefinido, hicieron cambiar la actitud de los exiliados. A decir de Sánchez Vázquez:

“Los exiliados, desencantados, se instalan en el presente y abren sus ojos a la tierra que pisan. La política pierde toda credibilidad. Un sector numeroso del exilio la abandona; otro, desilusionado, se repliega en su vida mexicana. Durante los primeros años, el exilio sólo existió y se vivió como destierro. Con el tiempo, el desarraigo había dejado paso a nuevas raíces, a la integración del exiliado en la tierra que le acogió. En suma, el destierro se convierte, sin dejar de ser totalmente tal, en trastierro.”Habitantes al fin de la patria del destino, los españoles iniciaron el peregrinaje que les permitió superar la extrañeza inicial y, en el camino, hacerse mexicanos. Peregrinos en su nueva patria, mexicanos por factura propia, por adopción y convicción; estaciones de un camino hecho al andar de cuyo primer paso España peregrina es testimonio fiel.

* Historiador.

2 Sobre las posturas encontradas de la sociedad mexicana ante el exilio español, véase José Antonio Matesanz, Las raíces del exilio. México ante la guerra civil española 1936-1939, México, El Colegio de México-Universidad Nacional Autónoma de México, 1999.

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EXILIADOS

ALBERTO ÁLVAREZ FERRUSQUÍA*

Archivo Ateneo Español de México A. C., México, Embajada de España en México-Ateneo Español de México, A.C., 2006, 240 pp.

Fundado en 1949, una década después de la derrota que obligó al destierro, el Ateneo Español de México se dedicó desde sus primeros días a difundir la labor social, política y cultural de los exiliados españoles. Al paso del tiempo, cumplida cotidianamente su tarea, se hizo necesario preservar del olvido dicha actividad, documentar la memoria de los días y los años de los republicanos asentados en esta tierra; de los hombres y las instituciones que habían quedado atrás, en la España perdida, tanto como de las nuevas instituciones que los exiliados comenzaban a establecer en su país de adopción.

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Formado por múltiples manos a lo largo de décadas de venturosa informalidad, guardando libros, revistas, folletos, recortes de periódico, fotografías, obras de arte, correspondencia institucional y personal, y todo documento que testimoniase la vitalidad de los exiliados y permitiese su futuro estudio, el Archivo del Ateneo creció a tal punto que, a partir de 1985, con el cambio de sede de la institución, sus directivos iniciaron, dentro de sus limitadas posibilidades, labores tendientes a sistematizar lo que para entonces era ya, de hecho, todo un centro de documentación del exilio español en México.

En 2002, gracias al apoyo económico del Programa ADAI (Ayuda al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos) se inició el trabajo de ordenamiento, foliación y catalogación del archivo del Ateneo que consta de 150 cajas correspondientes al Fondo Histórico y 70 pertenecientes al Fondo Contemporáneo. El apoyo de ADAI permitió la realización, hasta 2005, de la mitad del trabajo requerido; el respaldo del Ministerio de Cultura de España permitió la conclusión de la catalogación por expediente del Fondo Histórico y el inventario del Fondo Contemporáneo.

El Fondo Histórico abarca documentación que va de 1887 a 1978, año de la aprobación de la nueva Constitución española, base del renacimiento democrático en la España postfranquista.

El Fondo Contemporáneo va de 1979 a 1998 puesto que, si bien el gobierno republicano español en el exilio desapareció formalmente en 1976, las actividades del Ateneo continúan hasta el presente; 1999 fue el aniversario de su medio siglo de existencia.

El Fondo Histórico se encuentra ordenado en secciones y series correspondientes al tipo de documentación resguardada. Las secciones son: Exilio, Asociaciones, Ateneo Español de México, Hemerografía y Gráfica. Cada sección se encuentra dividida en series acordes al tipo de documentos, algunas series dan lugar a subseries debido a su volumen.

La sección Exilio consta de las series Personajes, II República, Guerra Civil, Dictadura, Niños de Morelia, II República en el exilio, ONU y Docencia.

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La sección Asociaciones comprende las series Asociaciones Universitarias, Centro Republicano, Organizaciones Políticas y Organizaciones Culturales.

La sección Ateneo Español de México está formada por las series Socios, Actos y Circulares, Boletines, Actas y Juntas, Correspondencia, Administración, Biblioteca y Archivo e Investigación.

La sección Hemerografía, la más grande del archivo por su volumen, está dividida en las series II República, Guerra Civil, Exilio y Ateneo Español de México.

La sección Gráfica contiene las series Fotografías y Fichas de la Colección de los Hermanos Mayo en el Archivo General de la Nación, réplica de las entregadas por el colectivo fotográfico a la entidad rectora de la archivística nacional, adscrita a ADAI y asesora del Ateneo durante la realización del proyecto.

Cada una de las 935 fichas catalográficas del Fondo Histórico considera los siguientes elementos: número, lugar, años, contenido, observaciones, fondo, sección, serie, expediente y fojas.

El Fondo Histórico cuenta igualmente con un Índice de nombres asociado al número de expediente. El Fondo Contemporáneo consta de tres secciones: Ateneo Español de México, Hemerografía y Material Sonoro. La sección Ateneo es la única que establece series, a saber: Actos y Circulares, Actas y Juntas, Socios, Biblioteca y Archivo, Directorios, Cuadernos Diarios y Correspondencia.

Las fichas de inventario del Fondo Contemporáneo consignan: caja, número de expedientes, número de fojas, sección, serie, subserie y contenido.

Indispensable para cualquier investigación en curso o en proyecto sobre el exilio español en México; rico en información que va “de lo personal a lo administrativo, de lo individual a lo colectivo, de lo cultural y educativo a lo político, de lo local a lo nacional e internacional”, en palabras de Clara E. Lida, el Archivo del Ateneo Español de México permite acercarse a la pequeña y gran historia de la República española, la guerra civil y el exilio mexicano. Las historias de hombres y mujeres ayer exiliados, hoy archivados; historias que contar, historias que cuentan, gracias al Archivo, con material para ser contadas.

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El Boletín del Archivo General de la Nación, núm. 16,6a. época, se terminó de imprimir en

marzo de 2007 en Talleres Gráfi cos de México.Se tiraron 1000 ejemplares.