pontofocal textos_regulamentos_col_174

264
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 ( DE 2012 ) G/TBT/N/COL/ Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos de seguridad y su instalación en las piscinas EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 3° del Artículo 2 del Decreto 4107 de 2011, Artículo 12 del Decreto 2171 de 2009 y en desarrollo de las Decisiones 419, 506 y 562 de la Comisión de la Comunidad Andina y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 78 de la Constitución Política, serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. Que conforme se dispone en los artículos 7º y 8º del Decreto 2269 de 1993, modificado parcialmente por los Decretos 3144 y 3257 de 2008 y en el Decreto 3273 del mismo año, se debe demostrar la conformidad de un bien o servicio con norma obligatoria o reglamento técnico a que se encuentre sujeto antes de su comercialización, independientemente que se produzcan en Colombia o que se importen, de acuerdo con el procedimiento establecido para el efecto. Que el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, al cual se adhirió Colombia a través de la Ley 170 de 1994 y la Decisión 419 de la Comisión de la Comunidad Andina, establecen que los Países Miembros podrán mantener, elaborar o aplicar reglamentos técnicos en materia de seguridad, protección a la vida, salud humana, animal, vegetal y protección al medio ambiente. Adicionalmente, podrán elaborar reglamentos técnicos basados en el diseño y características descriptivas en la medida en que éstas se encuentren relacionadas con el uso y empleo. Que la Decisión 506 de 2001 expedida por la Comisión de la Comunidad Andina – CAN contempló el reconocimiento y aceptación de certificados de productos a ser comercializados en la Comunidad Andina.

Upload: carolina-jimenez

Post on 15-Jun-2015

460 views

Category:

Education


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012

( DE 2012 )

G/TBT/N/COL/ Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos de seguridad y su

instalación en las piscinas

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 3° del Artículo 2 del Decreto 4107 de 2011, Artículo 12 del Decreto 2171 de 2009 y en desarrollo de

las Decisiones 419, 506 y 562 de la Comisión de la Comunidad Andina y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 78 de la Constitución Política, serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. Que conforme se dispone en los artículos 7º y 8º del Decreto 2269 de 1993, modificado parcialmente por los Decretos 3144 y 3257 de 2008 y en el Decreto 3273 del mismo año, se debe demostrar la conformidad de un bien o servicio con norma obligatoria o reglamento técnico a que se encuentre sujeto antes de su comercialización, independientemente que se produzcan en Colombia o que se importen, de acuerdo con el procedimiento establecido para el efecto. Que el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, al cual se adhirió Colombia a través de la Ley 170 de 1994 y la Decisión 419 de la Comisión de la Comunidad Andina, establecen que los Países Miembros podrán mantener, elaborar o aplicar reglamentos técnicos en materia de seguridad, protección a la vida, salud humana, animal, vegetal y protección al medio ambiente. Adicionalmente, podrán elaborar reglamentos técnicos basados en el diseño y características descriptivas en la medida en que éstas se encuentren relacionadas con el uso y empleo. Que la Decisión 506 de 2001 expedida por la Comisión de la Comunidad Andina – CAN contempló el reconocimiento y aceptación de certificados de productos a ser comercializados en la Comunidad Andina.

Page 2: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 2 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Que la Decisión 562 de la CAN señala las directrices para la elaboración, adopción y aplicación de reglamentos técnicos en los Países Miembros de la Comunidad Andina y en el nivel comunitario, estableciendo en el artículo 4º que el reglamento técnico es un "Documento en el que se establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables cuya observancia es obligatoria". Que el artículo segundo del Decreto 3273 de 2008, prevé que las importaciones de los productos sometidos al cumplimiento de reglamento técnico que exija exclusivamente la presentación del certificado de conformidad de tercera parte, requerirá de la obtención del registro o licencia de importación ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Que de conforme al literal g) del artículo 11 de la Ley 1209 de 2008 establece que toda persona natural y jurídica, pública o privada, que preste el servicio de piscina, deberá acatar obligatoriamente los dispositivos de seguridad homologados. Que en el artículo 12 del Decreto 2171 de 2009 señala que el Ministerio de la Protección Social expedirá la reglamentación que regule la fabricación, importación y comercialización de los dispositivos de seguridad en piscinas y estructuras similares. Que con miras a defender el interés de los consumidores – usuarios – y la salud de la población y considerando los riesgos para la vida e integridad de las personas que hacen uso de las piscinas en el territorio nacional, se hace necesario expedir el presente reglamento técnico para los dispositivos de seguridad usados en piscinas y estructuras similares. Que el reglamento técnico que se establece con la presente resolución, fue notificado a la Organización Mundial del Comercio mediante documento identificado con las signaturas G/TBT/N/COL/142 del 29 de enero de 2010, a través de la Secretaria General de la Comunidad Andina y países con los que Colombia ha suscrito tratados comerciales el proyecto de resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos de seguridad y su instalación para uso en piscinas y estructuras similares en Colombia”, hasta el 22 de abril de 2010, tiempo durante el cual no se presentaron observaciones del nivel internacional al documento notificado. Que el artículo 61 del Decreto 4107 de 2011, expedido con fundamento en la Ley 1444 de 2011, determina que las referencias normativas sobre salud que en las normas anteriores se hagan al Ministerio de la Protección Social se entenderán referidas al Ministerio de Salud y Protección Social. Que durante el tiempo de consulta en mención se recibieron observaciones del nivel nacional, las cuales fueron revisadas y atendidas de acuerdo con su pertinencia. En merito de lo expuesto, este Despacho,

Page 3: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 3 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

RESUELVE:

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objeto. El presente reglamento técnico tiene por objeto establecer los criterios técnicos mínimos que deben cumplir los dispositivos de seguridad utilizados en las piscinas ubicadas en el territorio nacional con el objeto de reducir y controlar los riesgos para la salud y la vida de los bañistas y los criterios administrativos mínimos que deben efectuar las autoridades que realizan las acciones de inspección, vigilancia y control a dichos dispositivos en el país. Artículo 2°.- Campo de Aplicación. Las disposiciones del presente reglamento técnico se aplican a las piscinas de uso colectivo y de propiedad privada y unihabitacional ubicadas en el territorio nacional, a las autoridades que realizan las acciones de inspección, vigilancia y control a los dispositivos de seguridad utilizados en las piscinas que se encuentren clasificados en las siguientes subpartidas arancelarias del Arancel de Aduanas Colombiano, de la tabla No.1: TABLA No.1. SUBPARTIDAS ARANCELARIAS

SUBPARTIDAS ARANCELARIAS

DESCRIPCION TEXTO ARANCEL

CERRAMIENTO Y/O BARRERA DE CONTROL DE ACCESO

3925.90.00.00 Barreras de plástico. 3921 Placas, láminas, hojas y tiras de plástico (Paneles rellenos de plástico reforzado). 3926.90.90.90 Manufactura de plástico (Paneles rellenos de plástico reforzado). 7019.90.90.90 Manufactura de fibra de vidrio (Paneles relleno de fibra de vidrio). 7020.00.90.00 Manufactura de vidrio reforzado (Paneles rellenos de vidrio reforzado). 6811.82.00.00 Manufactura de fibrocemento sin amianto, placas, paneles, losetas. 4418.90.90.00 Piezas de carpintería para construcciones (tableros) (Paneles rellenos de madera). 4421.90.90.00 Manufactura de madera, barrera de paso. 7308.90.90.00 Construcciones de acero y sus partes, cerramientos. 7610.90.00.00 Construcciones de aluminios y sus partes. 7314 Telas metálicas, redes y rejas, de alambre de hierro o acero. 9406.00.00.00 Construcciones prefabricadas. 6306 Toldos, tiendas. 3925.90.00.00 Artículos para construcción de plásticos. 3926.90.90.90 Las demás manufacturas de plástico. AUTOCIERRES 8301.40.90.00 Cerraduras y cerrojos de metal con llave para cerramientos. 8302.49.00.00 Cerraduras y cerrojos de metal sin llave para cerramientos. 8302.60.00.00 Cierrapuertas automáticos de metal. 8302.10.90.00 Bisagras de metal. 3926.90.90.90 Cerraduras y cerrojos de plástico. 3926.90.90.90 Bisagras de plástico. 3926.90.90.90 Cierrapuertas automático de plástico.

Page 4: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 4 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ALARMAS

8531.10.00.00 Aparato eléctrico de señalización acústica similar a protección contra robo (Alarma perimetral).

8531.80.00.00 Aparato eléctrico de señalización acústica (Alarma de superficie). 8531.80.00.00 Aparato eléctrico de señalización acústica (Alarma subacuática). 8531.80.00.00 Aparato eléctrico de señalización acústica (Alarma de inmersión personal).

SISTEMA DE SEGURIDAD DE LIBERACIÓN DE VACÍO

9032.20.00.00 Instrumentos y aparatos para regulación o control automático – Manóstatos (Presostatos).

BOTÓN DE PARADA DE EMERGENCIA

8536.50.19.00 Interruptor, seccionador para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o

igual a 30 A 8536.50.90.00 Los demás.

CUBIERTA ANTIATRAPAMIENTO

3926.90.90.90 Las demás manufacturas de plástico. Artículo 3º. - Definiciones. Para efectos del presente reglamento técnico, se adoptan las siguientes definiciones: Alarma de Agua o Detector de Inmersión: Dispositivos electrónicos con funcionamiento independiente a base de baterías y autónomo, que producen sonidos de alerta superiores a ochenta (80) decibeles, en caso de que alguna persona caiga al agua contenida en el estanque de piscina. Alarma de Superficie (Tipo A): Es la que flota en la superficie de la lámina de agua contenida en el estanque o estructura similar de piscina. Alarma Subacuática (Tipo B): Es la que se ubica bajo la superficie de la lámina de agua contenida en el estanque o estructura similar de piscina. Alarma Perimetral (Tipo C): Es la que permite detectar el movimiento en el perímetro del estanque o por encima de la superficie de la lámina de agua contenida en el estanque o estructura similar de piscina. Alarma de inmersión personal (Tipo D): Es la que porta una persona o persona(s). Botón de parada de Emergencia: Dispositivo de accionamiento manual que permite detener la motobomba o bomba de succión. Cerramientos: Son barreras que impiden el acceso directo al estanque o estructura similar de piscina. Estas barreras pueden ser por coberturas para recubrir el estanque o por ensambles de componentes naturales o no conformados de una puerta o un torniquete o cualquier otro medio que permita el control de acceso al estanque o estructura similar. Certificado de conformidad: Es un documento conforme a las reglas de un sistema de certificación, en el cual se manifiesta que un producto o proceso o servicio identificado cumple con una norma técnica u otro documento normativo específico.

Page 5: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 5 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Cubierta Antiatratamiento: Dispositivo que aísla el efecto de succión del cuerpo humano y/o de enredamiento del cabello provocado en el(los) drenaje(s) que tenga(n) el(los) estanque(s) de piscina(s). Fabricante: Es la persona natural o jurídica que manufactura los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas. Laboratorio certificados: Es aquel que tiene la competencia técnica para realizar los ensayos soporte de la actividad de evaluación de la conformidad, el cual es independiente tanto de las partes involucradas en el producto a ensayar, como de los demás proveedores del mismo producto. Proveedor del servicio de instalación. Toda aquella persona natural o jurídica que posee la capacidad técnica y operativa para la prestación del servicio de instalación de los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas. Reglamento técnico para dispositivos de seguridad utilizados en piscina. Son especificaciones técnicas que deben cumplir los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas para su fabricación, comercialización o utilización. Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío -SSLV-: Dispositivo que detecta un aumento súbito en la succión de la motobomba asociado con el atrapamiento y responde eliminando las fuerzas de succión, bien sea apagando la(s) motobomba(s) y/o eliminando la succión potencial de atrapamiento.

CAPÍTULO II

CRITERIOS TÉCNICOS E INSTALACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD UTILIZADOS EN LAS PISCINAS

Artículo 4°.- Criterios Técnicos. De conformidad con el literal g) del artículo 11 de la Ley 1209 de 2008 y el artículo 11 del Decreto 2171 de 2009, las piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional ubicadas en el territorio nacional, deben ser dotadas de los siguientes dispositivos de seguridad utilizados en piscinas: 1. Cerramiento y/o Barrera de control de acceso al estanque y estructura similar de

piscina. El responsable de piscina debe escoger una de las siguientes alternativas para realizar el cerramiento y/o control de acceso al estanque o estructura similar de piscina:

a) Alternativa Horizontal: Conformada por cubierta y dispositivo de enganche, los

cuales son utilizados para recubrir el área de la superficie ó lámina de agua visible contenida en estanque o estructura similar de piscina. Esta alternativa debe cumplir con los criterios técnicos contenidos en la Especificación Normativa Disponible –END- 0067 “Seguridad en piscinas. Elementos de Protección para piscinas con estanques enterrados y abiertos de propiedad privada unihabitacional y de uso colectivo. Cubiertas de seguridad y dispositivo de enganche. Exigencias de seguridad y método de ensayo”, del Anexo Técnico No.1, que hace parte integral de esta resolución.

Page 6: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 6 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

b) Alternativa Vertical: Conformada por ensambles naturales o no, los cuales cuentan con puerta o un torniquete o cualquier otro medio que permita el control de acceso al estanque o estructura similar de piscina. Esta alternativa debe cumplimiento con los criterios técnicos contenidos en la Norma Técnica Colombiana –NTC-5776 “Seguridad en piscinas. Parte 1: Barreras de Seguridad para piscina”, del Anexo Técnico No.2, que hace parte integral de esta resolución.

2. Cubierta Antiatrapamiento o Rejilla a la salida de succión. Los criterios técnicos que

debe cumplir este dispositivo, están contenidos en la Norma Técnica Colombiana –NTC- 5763 “Seguridad en piscinas. Dispositivos de Succión para uso en piscinas y estructuras similares”, del Anexo Técnico No.3, que hace parte integral de esta resolución.

3. Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío –SSLV-. Los criterios técnicos que debe

cumplir este dispositivo, están contenidos en la Norma Técnica Colombiana –NTC- 5761 “Especificación estándar para Sistemas de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV) fabricados para piscinas y estructuras similares” y en la Norma Técnica Colombiana –NTC- 5762 “Sistemas de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV) fabricado para Sistemas de Succión de estanques de piscinas y estructuras similares en instalaciones colectivas y privadas unihabitacionales”, de los Anexos Técnicos Nos. 4 y 5, que hacen parte integral de esta resolución.

4. Botón de Parada de Emergencia ó Dispositivo de Accionamiento Manual. Los

criterios técnicos que debe cumplir este dispositivo, están contenidos en la Norma Técnica Colombiana –NTC- 5764 “Seguridad en piscinas. Seguridad de las Máquinas. Parada de Emergencia. Principios para el diseño” y con la Norma Técnica Colombiana –NTC- 5765 “Seguridad en piscinas. Seguridad de las Máquinas. Partes de los Sistemas de mando relativas a la seguridad. Parte 1: Principios Generales para el diseño”, de los Anexos Técnicos Nos. 6 y 7, que hacen parte integral de esta resolución.

5. Alarma de Agua o Detector de Inmersión: El responsable de piscina debe escoger uno

de los siguientes tipos de alarmas:

a) Alarma de Superficie. b) Alarma Subacuática. c) Alarma Perimetral. d) Alarma de Inmersión Personal.

Los anteriores tipos de alarmas están conformados por cualquiera de los siguientes Sistemas de Detección: Sistema de Detección Perimétrica por Medio de Haces Ópticos, Sistema de Detección de Inmersión, Sistema de Detección Perimétrica por Haces Ópticos Interdependientes de un Obstáculo, referidos en la Norma Técnica Colombiana –NTC- 5760 “Elementos de Protección para piscinas enterradas, abiertas privadas para uso individual o colectivo. Requisitos de Seguridad y Métodos de Ensayo para los Sistemas de Detección Perimétrica por Haces Ópticos, Sistemas de Detección de Inmersión y Sistemas de Detección Perimétrica por Haces Ópticos Interdependientes de un obstáculo”, correspondiente al Anexo Técnico No.8 que hace parte integral de esta resolución.

Artículo 5°.- Instalación dispositivos de seguridad utilizados en piscinas. El responsable de piscina de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional para realizar la instalación de los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas también debe tener en cuenta lo siguiente:

Page 7: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 7 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

1. Para Cerramientos Alternativa Vertical. a) La Norma Técnica Colombiana – NTC 5777, “Seguridad en Piscinas. Parte 2:

Ubicación de las Barreras de Seguridad para piscinas”, correspondiente al Anexo Técnico No.9, de esta resolución.

b) La ubicación debe permitir la visibilidad total del área de la lámina de agua contenida en el estanque de la piscina.

c) Debe ser construido en cualquier material que permita la visibilidad de dentro hacía fuera y viceversa.

d) Las zonas verdes, de tránsito peatonal, juegos infantiles y similares, de alimentación y todas aquellas instalaciones diferentes a las relacionadas con el estanque de piscina que generen riesgo para la seguridad de los usuarios o la calidad del agua deben estar excluidas del área del cerramiento.

e) Dotar con dispositivo de aislamiento a tierra en el caso de cerramientos metálicos. f) Los cerramientos en los estanques y estructuras similares pueden ser módulos fijos o

removibles con uso obligado de puerta batiente de seguridad. g) Las paredes, muros y ventanas de las edificaciones pueden ser utilizadas como parte

del cerramiento del estanque de piscina. Las ventanas deben estar dotadas de dispositivos de autocierre y autobloqueo o bien permanecer totalmente cerradas.

h) Para realizar el control de acceso a los estanques y estructuras similar de piscinas, las puertas de esta alternativa de cerramiento deben estar provistas de dispositivos de autocierre y autobloqueo que no permitan aplicar fuerza manual para abrir el dispositivo de bloqueo.

i) Los estanques y estructuras similares ubicados al interior de áreas de uso restringido tales como habitaciones, baños privados, salas, y otras áreas similares, las paredes de la misma cumplen la función del cerramiento y/o barrera de control de acceso al estanque o estructura similar.

j) Se aceptan cerramiento en cerca viva, solamente cuando sirvan de lindero de la propiedad vecina, los cuales deben cumplir las especificaciones de altura y aislamiento contenidos en la Norma Técnica Colombiana –NTC-5776 “Seguridad en piscinas. Parte 1: Barreras de Seguridad para piscina”, del Anexo Técnico No.2, de esta resolución.

2. Para Cerramiento Alternativa horizontal.

La Especificación Normativa Disponible –END- 0067 “Seguridad en piscinas. Elementos de Protección para piscinas con estanques enterrados y abiertos de propiedad privada unihabitacional y de uso colectivo. Cubiertas de seguridad y dispositivos de enganche. Exigencias de seguridad y método de ensayo”, del Anexo Técnico No.1, de esta resolución.

3. Para Cubiertas Antiatrapamiento.

a) La Norma Técnica Colombiana – NTC 5763 “Seguridad en piscinas. Dispositivos de Succión para uso en piscinas y estructuras similares”, del Anexo Técnico No.3, de esta resolución.

b) Debe instalarse a la salida de los dispositivos de succión ubicados en el estanque o estructura similar de piscina.

Page 8: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 8 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4. Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío –SSLV-. Las Normas Técnicas Colombianas – NTC: 5761 “Especificación estándar para Sistemas de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV) fabricados para piscinas y estructuras similares”, del Anexo Técnico No.4 y 5762 “Sistemas de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV) fabricado para Sistemas de Succión de estanques de piscinas y estructuras similares en instalaciones colectivas y privadas unihabitacionales”, del Anexo Técnico No.5, de esta resolución.

5. Botón de Parada de Emergencia ó Dispositivo de funcionamiento de Accionamiento

Manual. a) La Norma Técnica Colombiana - NTC 5764 “Seguridad en piscinas. Seguridad de las

Máquinas. Parada de Emergencia. Principios para el diseño”, del Anexo Técnico No.6, de esta resolución.

b) Debe permitir detener la bomba de succión. c) Ubicado en un sitio visible, señalizado y de libre acceso.

6. Alarmas de Superficie, Subacuáticas, Perimetrales y de Inmersión.

a) Según el tipo de alarma escogido, se debe cumplir con los aspectos técnicos contenidos en las Norma Técnica Colombiana: NTC 5774 “Seguridad en piscinas. Requisitos de Seguridad para Alarmas de piscinas”, del Anexo Técnico No.9, de esta resolución y la NTC 5760 “Elementos de Protección para piscinas enterradas, abiertas y privadas para uso individual o colectivo. Requisitos de Seguridad y Métodos de Ensayo para los Sistemas de Detección Perimétrica por Haces Ópticos, Sistemas de Detección de Inmersión y Sistemas de Detección Perimétrica por Haces Ópticos Interdependientes de un obstáculo”, del Anexo Técnico No.8, de esta resolución.

b) Constatar que la alarma garantice cobertura o protección del ciento por ciento, sin

zonas muertas, de detección en la superficie de la lámina de agua contenida en el estanque o estructura similar de piscina.

c) Verificar que la alarma tenga: un dispositivo indicador para que informe el

funcionamiento de la alarma, un receptor remoto que se active y de respuesta en un tiempo menor o igual a 20 segundos. El receptor puede estar ubicado al lado del estanque y/o estructura similar de piscina o al interior de cualquier residencia adyacente o edificación ocupada.

Parágrafo 1. Las estructuras similares tales como: jacuzzi, bañera, tina de hidromasaje o spa, entre otras, con profundidad superior a 0,30 m., que estén ubicadas al aire libre o aquellas que se encuentren dentro de la misma área donde está(n) ubicado(s) lo(s) estanque(s) de piscina y que tengan acceso libre, deben instalar una de las alternativas de cerramiento y/o barrera de control de acceso al estanque, dotar de: un tipo de alarma, cubierta antiatrapamiento, Sistema de Liberación de Vacío y botón de parada de emergencia. Para las estructuras ubicadas al interior de áreas de uso restringido tales como habitaciones, baños privados, entre otras, están exentas del cumplimiento de cerramiento y/o barrera de control de acceso al estanque de piscina o estructura similar.

Page 9: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 9 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Parágrafo 2. El responsable de piscina debe instalar una de las alternativas de cerramiento y/o barreras de control de acceso al estanque o estructura similar de piscina y un tipo de alarma sólo cuando no esté en funcionamiento el estanque o estructura similar de piscina. Parágrafo 3. A la salida de los dispositivos de succión ubicados en el estanque o estructura similar de piscina que funcione con sistema de recirculación y/o que no tengan ningún sistema de succión forzada, se le debe instalar cubiertas antiatrapamiento, Sistema de Liberación de Vacío y botón de parada de emergencia. Para los estanques o estructuras similares de piscinas que funcionen sin sistema de recirculación y/o sistema de succión forzada, quedan exentos del cumplimiento de instalar cubiertas antiatrapamiento, Sistema de Liberación de Vacío y botón de parada de emergencia. Artículo 6.- Cumplimiento de los Instaladores de dispositivos de seguridad utilizados en piscinas. Cada instalador expedirá una certificación en la que conste que dio cumplimiento a los criterios técnicos contenidos en la presente resolución; a su vez, el responsable o propietario del establecimiento de piscina, debe conservar las respectivas certificaciones de instalación, mantenimiento, reparación, reubicación, ajuste o reemplazo de los dispositivos de seguridad utilizados, los cuales estarán disponibles para ser revisados por la autoridad competente.

CAPÍTULO III

RESPONSABILIDAD DE LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL PARA

GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD UTILIZADOS EN PISCINAS

Artículo 7. Responsables. La implementación y desarrollo de las actividades de inspección, vigilancia y control de los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas, será responsabilidad del Organismo de Certificación Acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales –DIAN-, la dependencia u oficina administrativa que el respectivo municipio o distrito determine y los responsables de piscinas, para lo cual cumplirán las funciones indicadas en los artículos siguientes. Artículo 8. Responsabilidad del Organismo de Certificación Acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-. Los dispositivos de seguridad utilizados en piscina para que sean comercializados en el territorio nacional, deben tener el Certificado de Conformidad del respectivo dispositivo, expedido por un Organismo de Certificación Acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, o quien haga sus veces. El Organismo de Certificación Acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, o quien haga sus veces, para expedir el Certificado de Conformidad, debe tener en cuenta los resultados de ensayos de los dispositivos de seguridad utilizados en piscina, incluidos en los Anexos Técnicos del presente Reglamento Técnico, los cuales deben ser realizados en laboratorios certificados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC, o quien haga sus veces.

Page 10: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 10 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Parágrafo. Si no existe en Colombia un laboratorio certificado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, o quien haga sus veces, el Organismo certificador, para expedir el Certificado de Conformidad de los dispositivos de seguridad de piscina, podrá tener en cuenta algún(os) de los siguientes documentos: 1. Los resultados de ensayos de los dispositivos de seguridad utilizados en piscina, incluidos

en los Anexos Técnicos del presente Reglamento Técnico, realizados en laboratorios evaluados por el Organismo de Certificación Acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, o quien haga sus veces, de acuerdo con las instrucciones que sobre el particular haya emitido el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC, o quien haga sus veces.

2. El Certificado de Conformidad de los dispositivos de seguridad utilizados en piscina,

emitido por un Organismo Internacional reconocido en Colombia como certificador de producto, acreditado bajo normas voluntarias con alcance para dispositivos de seguridad utilizados en piscina.

Artículo 9. Responsabilidad de la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales –DIAN-. Previo a la comercialización y al levante aduanero de los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas, la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales –DIAN-, de acuerdo con lo estipulado en los Decretos 2685 de 1999 y 457 de 2008 y las normas que los modifiquen, adicionen y sustituyan, exigirá el Certificado de Conformidad de los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas, el cual puede ser emitido por: 1. Un Organismo de Certificación Acreditado por el Organismo de Certificación Acreditado

por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, o quien haga sus veces, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Artículo anterior.

2. Un Organismo Internacional reconocido en Colombia como certificador de producto, acreditado bajo normas voluntarias con alcance para dispositivos de seguridad utilizados en piscina, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Artículo anterior.

Artículo 10.- Responsabilidad de la dependencia u oficina administrativa que el respectivo municipio o distrito determine. De conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 1209 de 2008, corresponde a la dependencia u oficina administrativa que el respectivo municipio o distrito determine, expedir el Certificado de Cumplimiento de las Normas de Seguridad de las piscinas, para su efecto, tendrá en cuenta como mínimo la siguiente información: 1. Concepto Sanitario del establecimiento de piscina, expedido por la Autoridad Sanitaria

que compete, de conformidad con el Decreto 2171 de 2009 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Este concepto debe ser solicitado por la dependencia u oficina administrativa que el respectivo municipio o distrito determine a la autoridad sanitaria competente.

2. El Plan de seguridad del establecimiento de piscina. El cual debe incluir como mínimo el funcionamiento de los dispositivos de seguridad utilizados en la piscina, los criterios técnicos del capítulo II de la Resolución 1510 de 2011 y el cumplimiento del Certificado de conformidad de cada uno de los dispositivos de seguridad utilizados en las piscinas.

Parágrafo. En el caso que los responsables de piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional, que hayan adquirido con anterioridad los dispositivos de seguridad utilizados en piscina, a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, la

Page 11: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 11 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

dependencia u oficina administrativa que el respectivo municipio o distrito determine, puede aceptar la factura oficial de compra de los dispositivos de seguridad utilizados en piscina, el cual hará las veces del Certificado de Conformidad de los mismos. Artículo 11.- Obligaciones de los responsables de piscinas. Los responsables de piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional, que hayan adquirido con anterioridad los dispositivos de seguridad utilizados en piscina, a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, deben presentar a la dependencia u oficina administrativa que el respectivo municipio o distrito determine, en el momento de la inspección de control al establecimiento la piscina, la factura oficial de compra de los mencionados dispositivos y mostrar el funcionamiento de los mismos.

CAPÍTULO IV

OTRAS DISPOSICIONES Artículo 12.- Transitoriedad para importadores. Los comercializadores de dispositivos de seguridad utilizados en piscinas que hayan importado con anterioridad a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, tendrán como plazo máximo de un (1) año, para obtener el Certificado de Conformidad de los dispositivos de seguridad utilizados en las piscinas. Artículo 13 Transitoriedad para el responsable de piscina. El responsable de piscina de uso colectivo que tenga en funcionamiento estanque(s) y/o estructura(s) similar(es) y que no hayan adquirido los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas, tendrá como plazo máximo de un (1) año, contado a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial, para adquirir los mencionados dispositivos. El responsable de piscina de propiedad privada unihabitacional, que tenga en funcionamiento estanque(s) de piscina(s) y/o estructura(s) similar(es) y que no hayan adquirido los dispositivos de seguridad utilizados en piscinas, tendrá como plazo máximo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial, para adquirir los mencionados dispositivos. Parágrafo 1. Durante los plazos aquí señalados, los responsables de las piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional, deben garantizar que los estanques y/o estructuras similares brinden la seguridad y la vida de los usuarios. Parágrafo 2. Los responsables de piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional que pongan en servicio estanques y/o estructuras similares de piscinas, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, deben dotar dichos estanques con los dispositivos de seguridad dispuestos en esta resolución. Artículo 14 Transitoriedad para Certificado de Cumplimiento de las Normas de Seguridad de las piscinas. Los estanques y estructuras similares de piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional que están en funcionamiento antes de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, y mientras se cumplen los plazos transitorios referidos en el artículo 13 de la presente resolución y artículo 30 de la Resolución 1510 de 2011, la dependencia u oficina administrativa que determine el municipio

Page 12: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 12 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

o distrito, le debe expedir la Certificación de cumplimiento de normas de seguridad de piscina, con los siguientes aspectos técnicos: a) El Índice de Riesgo para Agua de estanque y estructura similar de Piscina – IRAPI: Sin

Riesgo, de conformidad con el artículo 18 de la Resolución 1618 de 2010, el cual será el equivalente del concepto sanitario, expedido por la Autoridad Sanitaria competente.

b) La Licencia de construcción del proyecto de construcción o adecuación de estanque y estructura similar de piscina, expedido por el municipio o distrito donde esté ubicado el proyecto, el cual será el equivalente al Plan de Seguridad del establecimiento de piscina.

Los estanques y estructuras similares de piscinas de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional que se pongan en servicio, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, y mientras se cumplen los plazos transitorios referidos en el artículo 13 de la presente resolución y artículo 30 de la Resolución 1510 de 2011, la dependencia u oficina administrativa que determine el municipio o distrito, le debe expedir la Certificación de cumplimiento de normas de seguridad de piscina, con los siguientes aspectos técnicos: a) El Índice de Riesgo para Agua de estanque y estructura similar de Piscina – IRAPI: Sin

Riesgo, de conformidad con el artículo 18 de la Resolución 1618 de 2010, el cual será el equivalente del concepto sanitario, expedido por la Autoridad Sanitaria competente.

b) Plan de Seguridad del establecimiento de piscina expedido por el municipio o distrito donde esté ubicado el establecimiento de piscina.

Artículo 19.- Vigencia y Derogatorias. Entrará en vigencia seis (6) meses después de su publicación en el Diario Oficial, en cumplimiento con lo establecido en el numeral 5 del Artículo 9° de la Decisión 562 de 2003 de la Comunidad Andina de Naciones y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C.,

BEATRIZ LONDOÑO SOTO Ministra de Salud y Protección Social

Transcriptor/Elaboró: Jackeline M. Revisó: A. Díaz Aprobó: L. Urquijo

Page 13: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 13 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO No.1 ESPECIFICACIÓN NORMATIVA DISPONIBLE –END- 0067 “SEGURIDAD EN PISCINAS. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PARA PISCINAS CON ESTANQUES ENTERRADOS Y ABIERTOS DE PROPIEDAD PRIVADA UNIHABITACIONAL Y DE USO COLECTIVO. CUBIERTAS DE SEGURIDAD Y DISPOSITIVO DE ENGANCHE. EXIGENCIAS DE SEGURIDAD Y MÉTODO DE ENSAYO”

1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN La presente norma define las exigencias mínimas de seguridad, los métodos de ensayo, así como la información para el usuario, en lo referente a las cubiertas de seguridad y los dispositivos de anclaje que se utilizan en estanques enterrados y abiertos de piscinas de propiedad privada unihabitacional y de uso colectivo, con el fin de impedir la inmersión involuntaria de niños menores de cinco años.

Se excluyen de la presente norma las cubiertas destinadas únicamente a la protección del agua, por ejemplo: cubiertas únicas de burbuja o cobertores flotantes. Las exigencias de los ensayos descritos en el presente documento buscan mantener la seguridad de los productos durante un lapso mínimo de tres años. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección). NF EN 71-1:1998, Seguridad de juguetes. Parte 1: Propiedades mecánicas y físicas (índice de clasificación: S 51-212). NF EN 410, Vidrios en la construcción. Determinación de características luminosas y solares de las vidrieras (índice de clasificación: P 78-457). NF EN 513, Perfiles de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) para la fabricación de ventanas y puertas. Determinación de la resistencia al envejecimiento artificial (índice de clasificación: P 24-504). NF EN 1875-3, Soportes textiles revestidos de caucho o plástico. Determinación de la resistencia al desgarro. Parte 3: Método sobre probetas trapezoidales (índice de clasificación: G 37-128-3). NF EN 1876-2, Soportes textiles revestidos de caucho o de plástico. Ensayos a baja temperatura. Parte 2: Ensayo de choque sobre bucle (índice de clasificación: G 37-111-2). NF EN 29073-3, Textiles. Métodos de ensayo para no tejidos. Parte 3: Determinación de la resistencia a la tracción y al alargamiento (índice de clasificación: G 07-171-3). NF EN 55014-1, Compatibilidad electromagnética. Exigencias para los aparatos electrodomésticos, dispositivos eléctricos y aparatos análogos. Parte 1: Emisión (índice de clasificación: C 91-014-1). NF EN 60335-1, Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 1: Prescripciones generales (índice de clasificación: C 73-800)1).

Page 14: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 14 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NF EN 61000-6-3, Compatibilidad electromagnética. Parte 6-3: Normas genéricas. Norma sobre la emisión para los ambientes residenciales, comerciales y de la industria liviana (índice de clasificación: C 91-006-3). NF EN ISO 178, Plásticos. Determinación de propiedades en flexión (índice de clasificación: T 51-001). NF EN ISO 179-1, Plásticos. Determinación de la resistencia al choque Charpy. Parte 1: Ensayo de choque no instrumentado (índice de clasificación: T 51-035-1). NF EN ISO 306, Plásticos. Materiales termoplásticos. Determinación de la temperatura de reblandecimiento Vicat (VST) (índice de clasificación: T 51-021). NF EN ISO 527-4, Plásticos. Determinación de propiedades en tracción. Parte 4: Condiciones de ensayo para los compuestos plásticos reforzados de fibras isótropas y ortotrópicas (índice de clasificación: T 51-034-4). NF EN ISO 1421, Soportes textiles revestidos de caucho o de plástico. Determinación de la fuerza de ruptura y del alargamiento a la ruptura (índice de clasificación: G 37-103). NF EN ISO 4628-2, Pinturas y barniz. Evaluación de la degradación de revestimientos. Designación de la cantidad y de la dimensión de defectos, y de la intensidad de cambios uniformes de aspecto. Parte 2: Evaluación del grado ampollamiento (índice de clasificación: T 30-140-2). NF EN ISO 4892-1, Plásticos. Métodos de exposición a fuentes luminosas de laboratorio. Parte 1: Guía general (índice de clasificación: T 51-195-1). NF EN ISO 4892-2, Plásticos. Métodos de exposición a fuentes luminosas de laboratorio. Parte 2: Lámpara de arco de Zenón (índice de clasificación: T 51-195-2)1). NF EN ISO 7391-2, Plásticos. Policarbonato (PC) para moldeado y extrusión. Parte 2: Preparación de probetas y determinación de propiedades (índice de clasificación: T 53-032-2)1. NF EN ISO 7823-1, Plásticos. Placas en polimetacrilato de metilo. Tipos, dimensiones y características. Parte 1: Placas coladas (índice de clasificación: T 54-401-1). NF EN ISO 7823-2, Plásticos. Placas en Polimetacrilato de metilo). Tipos, dimensiones y características. Parte 2: Placas extruidas (índice de clasificación: T 54-401 -2). NF EN ISO 8256, Plásticos. Determinación de la resistencia al choque-tracción (índice de clasificación: T 51-111). NF EN ISO 13934-1, Textiles. Propiedades de telas en tracción. Parte 1: Determinación de la fuerza máxima y del alargamiento a la fuerza máxima por el método sobre cinta (índice de clasificación: G 07-129-1). NF ISO 7724-1, Pinturas y barniz. Colorimetría. Parte 1: Principios (índice de clasificación: T 36-004-1). NF ISO 7724-2, Pinturas y barniz. Colorimetría. Parte 2: Medición del color (índice de clasificación: T 36-004-2). NF ISO 7724-3, Pinturas y barniz. Colorimetría. Parte 3: Cálculo de diferencias de color (índice de clasificación: T 36-004-3).

1 En revisión.

Page 15: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 15 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NF ISO 9227, Ensayos de corrosión en ambientes artificiales. Ensayos a las nieblas salinas (índice de clasificación: A 05-101). NF G 07-148, Ensayos de tejidos. Determinación de la resistencia al desgarro a fuerza viva. Desgarro iniciado (Mouton pendular de fuerte capacidad). NF G 35-105, Textiles. Tejidos de mobiliario. Determinación de la resistencia a la abrasión. NF P 08-301, Obras verticales de construcciones. Ensayos de resistencia a los choques. Cuerpos de choque. Principio y modalidades generales de ensayos de choque. NF P 38-511, Medición de la translucidez de placas incoloras. NF T 46-002, Caucho vulcanizado o termoplástico. Ensayo de tracción. NF T 54-405-1:2002, Perfiles extruidos o co-extruidos en Policloruro de vinilo) no plastificado (PVC-U) para uso en exterior. Especificaciones y métodos de ensayo. Parte 1: PVC-U Compact. ASTM D 1925:1970, Método de prueba para índice amarillo de plásticos. (Re-aprobado: 1998) «NF ISO 37, Caucho vulcanizado o termoplástico. Determinación de características de tensión- deformación bajo tracción. NF EN ISO 527-2, Plásticos. Determinación de propiedades bajo tracción. Parte 2: Condiciones de ensayo de plásticos para moldeado y extrusión. NF EN ISO 2409, Pinturas y barnices. Ensayo de cuadriculado (índice de clasificación: T 30-038). NF EN ISO 3251:2003, Pinturas, barnices y plásticos. Determinación del extracto seco (índice de clasificación: T 30-084). NF EN ISO 22 088-3, Plásticos. Determinación de fisuración bajo tensión en un ambiente dado (ESC). Parte 3: Método de probeta curva. NF T30-011, Pinturas. Dosis de extracto seco en barnices, pinturas y preparaciones similares. NF T30-014, Pinturas. Determinación de tiempos de derrame de pinturas, barnices y preparaciones asimiladas por medio de cortes franceses.» 3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos de este documento normativo, se aplican los siguientes términos y definiciones.

3.1 Cadena de fijación. Ensamble de elementos que intervienen en la unión entre bordes de la cubierta y los puntos de anclaje. 3.2 Capacidad de carga. Capacidad de soportar una carga para sumergir un metro cuadrado de producto. 3.3 Cierre. Acción de obstruir el paso e impedir así el acceso a la zona protegida. 3.4 Cierre automático. Acción de mantener el cierre, que impida maniobrar medio de acceso, para cumplir los requisitos de la norma.

Page 16: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 16 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.5 Cubierta de seguridad. Dispositivo que impide el baño, concebido para recubrir el estanque sin posibilidad de inmersión involuntaria de niños menores de cinco años, cuando el dispositivo se encuentre en posición de seguridad. 3.6 Cubierta sumergible. Cubierta de funcionamiento automático compuesta por perfiles que encajan entre sí. 3.7 Cubierta tipo campana. Cubierta en forma de campana cuyo perímetro reposa sobre la playa o el brocal, con un mecanismo que permite descubrir el estanque y liberar sus playas.

3.8 Cubierta tipo lona. Cubierta compuesta por una membrana o una red que descansa sobre el brocal y que es corrediza o está anclada sobre el brocal fijo o sujeta a la piscina cuando el dispositivo está en posición de seguridad.

3.9 Cubierta tipo lona de barras. Cubierta compuesta por una membrana provista de barras transversales que descansan sobre el brocal, fija sobre los brocales o sobre el reborde del estanque cuando está en posición de seguridad. 3.10 Compuesto vinílico opaco. Compuesto con translucidez inferior a 30 %. 3.11 Compuesto vinílico translúcido. Compuesto con translucidez superior a 30 %. Sólo pueden utilizarse en postigos de enrollado sumergido o postigos de enrollado externo protegidos del sol y ventilados (cofre). 3.12 Desbloqueo. Acción u operación voluntaria en el sistema de cierre automático que desactiva el mismo y permite que un niño de más de cinco años de edad, maniobre el medio de acceso. 3.13 Dispositivo de cierre automático. Dispositivo que impide a niños menores de cinco años, abrir o maniobrar el medio de acceso a la zona protegida. 3.14 Dispositivo de comando eléctrico. Elemento de tipo interruptor, botón pulsador o llave de comando manual que transmite una orden de acción por enlace cableado. Este dispositivo puede emitir una señal de corriente portadora. 3.15 Dispositivo de maniobra (accionador). Elemento de arrastre de energía manual, mecánica, eléctrica, neumática o hidráulica, que efectúa la acción de abrir y cerrar el dispositivo. 3.16 Dispositivo de telemando. Elemento tipo interruptor, botón pulsador o llave de comando manual que transmite una orden de acción sin enlace físico diferente al aire. El telemando puede ser fijo o móvil, dispone de su propia fuente de energía, principal o auxiliar y emite una señal tipo láser, infrarroja o radio. 3.17 Estanque. La estructura artificial destinada a almacenar agua con fines recreativos, deportivos, terapéuticos o simple baño. (Ley 1209 de 2008). 3.18 Fondo móvil. Plataforma igual a la superficie del plano de agua que se desplaza verticalmente a manera de ascensor. En posición cerrada, oculta completamente el estanque e impide totalmente el acceso. 3.19 Hibernación. Período prolongado durante el cual el estanque está cerrado durante el invierno y no está accesible para el baño. 3.20 Malla. Bucle de hilos anudados o termofijados o soldados. 3.21 Piscina. Para los efectos de la presente norma se entenderá como piscina la estructura artificial destinada a almacenar agua con fines recreativos, deportivos, terapéuticos o simple baño. Incluye además del estanque, las instalaciones anexas, como: vestuarios, sanitarios, lavamanos, duchas,

Page 17: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 17 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

trampolines, plataformas de salto, casa de máquinas, accesorios en general y áreas complementarias. Atendiendo al número de posibles usuarios se distinguen: a) Piscinas particulares (propiedades privadas unihabitacionales). Son exclusivamente las

unifamiliares. b) Piscinas para uso colectivo. Son las que no están comprendidas en el literal a),

independientemente de su titularidad. Se establecen tres categorías de piscinas para uso colectivo:

1) Piscinas para uso público. Son las destinadas para el uso del público en general, sin

ninguna restricción.

2) Piscinas para uso restringido. Son las piscinas destinadas para el uso de un grupo determinado de personas, quienes para su ingreso a ellas requieren cumplir con ciertas condiciones. Entre estas se encuentran las piscinas de clubes, centros vacacionales y recreacionales, condominios, escuelas, entidades, asociaciones, hoteles, moteles y similares.

3) Piscinas para uso especial. Son las utilizadas para fines distintos al recreativo,

deportivo o al esparcimiento, y sus aguas presentan características físico-químicas especiales. Entre estas se incluyen las terapéuticas, las termales y las otras que determine la autoridad sanitaria. (Ley 1209 de 2008).

3.22 Postigo (automático o manual). Postigo tipo cortina, de funcionamiento manual o automático conformado de laminas articuladas entre ellas y que flota sobre el agua.

«3.23 Revestimiento. Capa de pintura (opaca) o barniz (transparente) sobre la superficie visible de un perfil» 3.24 Red. Trama cerrada de hebras que forman mallas.

3.25 Sistema de anclaje. Segmento fijado sólidamente, especialmente sobre la playa o estructura fija del estanque, que permite recibir los elementos de unión.

3.26 Unión flexible entre dos láminas. Articulación entre dos láminas originada por deformación de un material rígido o plastificado. 3.27 Zona protegida. Estanque o estanques junto con los brocales o playas. 4. EXIGENCIAS DIMENSIONALES PARA EL ESTANQUE DE ENSAYOS Los ensayos deben realizarse sobre el estanque en la configuración más desfavorable para el producto, en función de la gama especificada por el fabricante. EJEMPLO - Configuración desfavorable para elementos flotantes: la menor dimensión de la gama - Configuración desfavorable para elementos tendidos: la mayor dimensión de la gama 5. EXIGENCIAS COMUNES A TODAS LAS CUBIERTAS

Page 18: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 18 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.1 GENERALIDADES La cubierta de seguridad debe construirse de manera que se impida la inmersión involuntaria de niños menores de cinco años. La cubierta de seguridad no debe herir o lastimar a los niños que traten de manipularla o atravesarla: se deben evitar los riesgos de cortadura, pinchazo, cizallamiento, atascamiento, sofocación y estrangulamiento. Los materiales que conforman la cubierta, los sistemas de anclaje y los sistemas de fijación deben ser conformes a las normas francesas o europeas de referencia vigentes, cuando existan (véase el numeral 2 del presente documento) o a la regulación vigente. Ante la ausencia de normas de referencia francesas o europeas concernientes a estos materiales, los dispositivos de seguridad fabricados con dichos materiales, deben responder a las exigencias contenidas en los numerales 5.2 a 5.14 de la presente norma. Los ensayos en el sitio se deben efectuar a temperatura ambiente entre 5 °C y 25 °C. Para realizar ensayos sobre las cubiertas, el agua debe estar al nivel normal de uso especificado al momento de compra del elemento de protección. El conjunto de ensayos mecánicos (abrasión, desgarro, tracción, ruptura) se efectúa antes y después de envejecimiento, en los materiales y tejidos de cubiertas receptoras de los respectivos esfuerzos mecánicos. 5.2 METALES Los ensayos se deben efectuar según la norma NF ISO 9227, sobre el conjunto de partes metálicas involucradas en la seguridad de cubiertas como los cáncamos, las grapas del tensor, los ojetes, la ferretería relacionada (tornillos, resortes, cerradura y bisagras, cierre de corredera, etc.), las varas, los cables (soportes de cubiertas de lona), las piezas estructurales y que forman la estructura o los elementos de fijación de cubiertas. Al finalizar los ensayos, luego de una exposición de 96 h a la niebla salina, el conjunto de productos debe satisfacer las exigencias visuales descritas más adelante. Las partes metálicas, revestidas o no, deben resistir la exposición a la niebla salina neutra, según la norma NF ISO 9227. Al finalizar el ensayo de corrosión: - las piezas en acero, revestidos o no, no deben presentar más de un punto de herrumbre rojo

por 650 mm2 de superficie significativa y no exceder un tamaño de 2 mm en todas las direcciones. Para los tensores, el control no tiene en cuenta la superficie de corte del hilo metálico;

- el herrumbre blanco es aceptable en las piezas galvanizadas de zinc, electrozincadas o

bicromatadas; - las piezas en aluminio no deben presentar ninguna picadura de corrosión, blancos de sales o

ennegrecimiento; - las piezas en latón, revestidas o no, pueden presentar un empañamiento o degradación

superficial del revestimiento; por el contrario, no es admisible ninguna dezincificación de material, traducida en la aparición de área de corrosión de color rojo cobre sobre la superficie de latón;

- el grado de presencia de ampollas de revestimientos orgánicos no debe sobrepasar la

densidad dos, y el tamaño de ninguna ampolla debe exceder el tamaño tres de conformidad

Page 19: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 19 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

con la norma ISO 4628-2. Luego de 96 h de exposición a la niebla salina, el ensayo se continúa hasta completar 240 h para las partes de seguridad como cerraduras, cerrojos, mecanismos pivotantes, corredizos o de rotación. Al final de los ensayos, estas partes de seguridad deben funcionar perfectamente. Los motores no se someten a niebla salina puesto que se someten a la directiva de baja tensión eléctrica de seguridad en lo que concierne a la corrosión. La parte mecánica de dispositivos de enrollamiento debe responder a las exigencias de envejecimiento por construcción, pero no son objeto de envejecimiento acelerado (cilindro de enrollamiento de la cubierta). 5.3 PLÁSTICOS PARA ESTRUCTURAS Y ELEMENTOS RÍGIDOS DE RELLENO 5.3.1 Accesorios Los accesorios estéticos o de confort (flotadores, lujos, piezas para acabados, etc.) que no representen un riesgo de seguridad, no están cubiertos en las normas y ensayos. Sin embargo, la selección de los mismos es responsabilidad del fabricante y el ensamblador. 5.3.2 Caracterización de revestimientos 5.3.2.1 Proceso de revestimiento El proceso de revestimiento y los agentes auxiliares no deben atacar los perfiles ni los revestimientos aplicados. 5.3.2.2 Caracterización de revestimientos Las características siguientes deben estar especificadas por el proveedor: - tipo y naturaleza de revestimiento (por ejemplo: espectro infrarrojo); - espesor de revestimientos (valor nominal + tolerancias); debe ser medido con un instrumento

de medición conveniente (por ejemplo: lupa o microscopio); - adhesión de revestimientos de conformidad con NF EN ISO 2409 (clase a especificar); - viscosidad de conformidad con NF T 30-014 (valor nominal + tolerancias); - densidad a 20 °C de conformidad con NF T 30-020 (valor nominal + tolerancias); - extracto seco en peso calculado según la norma NF T 30-011(%) o NF EN ISO 3251(%).» 5.3.3 Plásticos para estructuras y elementos de relleno rígidos a base de PVC - U 5.3.3.1 Compuestos vinílicos 5.3.3.1.1 Caracterización de compuestos vinílicos Los compuestos vinílicos utilizados para la fabricación de perfiles de estructuras y de elementos de relleno rígidos se caracterizan por las propiedades definidas en la Tabla 1.

Page 20: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 20 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Tabla 1.

Características Unidad Normas y condiciones Tolerancias

Masa volumínica a) kg/m3 NF EN ISO 1183-1 A ± 20 kg/m3

Tasas de cenizas a) % NF EN ISO 3451-5 A ± 10 % sobre valor nominal

Tiempos de estabilidad a) b) Min NF EN ISO 182-2 ± 15 %

Temperatura Vicat a) c) °C NF EN ISO 306 B, 50 ± 2 °C

Modelo de elasticidad a) b) MPa NF EN ISO 178 A ± 10 %

Translucidez d) % NF P 38-511 ± 10 % sobre valor nominal

Color e)

-

NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2, NF ISO 7724-3

|ΔL*| ≤ 2,0

|Δa*| ≤ 1,0

|Δb*| ≤ 1,6

Adhesión f) - NF EN ISO 2409 Clase 0

a) En caso de perfiles con revestimiento, la medición se efectúa sobre el compuesto a base de PVC — U sin revestimiento; en caso de perfiles co-extruidos, la medición se efectúa sobre cada material utilizado conforme a la norma NF T 54-405-1.

b) Si la norma NF EN ISO 182-2 no es aplicable, utilizar la norma NF EN ISO 182-3 o la norma NF EN ISO 182-4. Tolerancia de 15 % y mínimo de ± 7 min.

c) La temperatura Vicat y el modelo de elasticidad se determinan sobre la placa prensada con 4,0 mm ± 0,2 mm de espesor, preparada según la norma NF EN ISO 1163-2.

d) La medición se efectúa sobre la placa prensada de 1,0 mm ± 0,2 mm de espesor, preparada según la norma NF EN ISO 1163-2 o sobre placa extruida de 1,0 mm ± 0,2 mm de espesor; en caso de presencia de un revestimiento, la medición se efectúa sobre la placa con revestimiento.

e) La determinación se efectúa conforme a la norma NF ISO 7724-3 con el equipo según las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones:

- uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular;

- condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos);

- observador ubicado a 10°.

En caso de compuestos translúcidos, la verificación se efectúa sobre una placa prensada de 1 mm ± 0,2 mm, de espesor preparada según la norma NF EN ISO 1163-2 o sobre placa extruida de 1,0 mm ± 0,2 mm de espesor.

La muestra se dispone sobre una tarjeta de opacidad, forma 2A o sobre una placa blanca de referencia e inerte, reservada para mediciones de este tipo de materiales (placa cerámica de calibración, por ejemplo).

f) En caso de perfiles con revestimiento.

5.3.3.1.2 Durabilidad La durabilidad de una composición vinílica se determina mediante mediciones sobre un perfil extruido a partir de dicha composición vinílica, después de envejecimiento: - en caso de compuestos vinílicos opacos, envejecimiento natural o artificial, y - en caso de compuestos vinílicos translúcidos, envejecimiento artificial imperativo. Para los perfiles con revestimiento y los perfiles co-extruidos, sólo se debe probar la cara sometida a la intemperie y radiación UV. Si la geometría del perfil es incompatible con las pruebas mecánicas a continuación (o se presentan tabiques espaciados de menos de 25 mm), es posible realizar los ensayos de envejecimiento a partir de perfiles extruidos de geometría diferente a la del producto aludido, a condición de que la cara expuesta de los otros perfiles reproduzcan la del perfil original. La eventual capa externa o co-

Page 21: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 21 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

extrusión debe ser idéntica en espesor y modo de aplicación; el espesor global de la cara expuesta no debe en ningún momento exceder 4 mm. En caso de perfiles veteado, cada material debe estar conforme a las exigencias del presente documento. El envejecimiento natural se efectúa en las condiciones definidas en el numeral 5.5 de la norma NF T 54-405-1 durante un periodo de dos años. El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas en la norma NF EN 513, Método 1, con una duración de exposición de 4 000 hrs (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). La resistencia al envejecimiento climático natural o artificial se aprecia después de envejecimiento con las medidas de: - la variación de características colorimétricas según las normas NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2 y NF ISO 7724-3 para los perfiles que tengan un solo revestimiento; - la clase de adhesión según la norma NF EN ISO 2409 para los perfiles que tengan un solo revestimiento; - una inspección visual de las muestras expuestas para los perfiles que tengan un solo revestimiento, y - la resistencia al choque-tracción medida según la norma NF EN ISO 8256, probeta Tipo 5. La resistencia al envejecimiento climático del material debe responder a las exigencias de la Tabla 2, para que sea declarada conforme.

Tabla 2.

Características Métodos de ensayo Especificaciones Variación de la desviación colorimétrica a), b)

NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2, NF ISO 7724-3

|ΔE*| ≤ 3,8

Inspección visual después de envejecimiento b) -

- Sin herrumbre, cavidades, fisuras, grietas, hinchazones

- Sin deslaminación

Adhesión después de envejecimiento b)

NF EN ISO 2409 Clase 0

Resistencia al choque-tracción después de envejecimiento c)

NF EN ISO 8256, probeta Tipo 5

Media aritmética de resultados obtenidos sobre 10 probetas > 250 kJ/m2, ningún valor individual debe ser inferior a 120 kJ/m2

a) La determinación se efectúa según la norma NF ISO 7724-3 con el equipo conforme a las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones:

- uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°. En caso de compuestos translúcidos, la verificación se efectúa sobre una placa prensada 1 mm ± 0,2 mm de espesor, preparada conforme a la norma NF EN ISO 1163-2 o sobre placa extruida de 1,0 mm ± 0,2 mm de espesor. La muestra se dispone sobre una tarjeta de opacidad, forma 2A o sobre una placa blanca de referente e inerte, reservada para mediciones de este tipo de materiales (placa cerámica de calibración, por ejemplo).

b) Sólo para los perfiles con revestimiento. c) Este ensayo puede dar como resultado excepcionalmente un valor calificado como aberrante a eliminar

cuando este valor es inferior a más de tres desviaciones típicas respecto a la media, la media y la desviación típica calculadas sobre los otros nueve resultados.

Page 22: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 22 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Para todo cambio de característica por encima de las tolerancias indicadas en la Tabla 1, los ensayos de durabilidad deben efectuarse nuevamente. 5.3.3.1.3 Exigencias sobre las características La temperatura de reblandecimiento VICAT de materiales opacos (translucidez inferior a 30 %) debe ser superior o igual a 75 °C. La temperatura de reblandecimiento VICAT de materiales translúcidos (translucidez superior a 30 %) debe ser superior o igual a 69 °C. El módulo de elasticidad en flexión debe ser superior o igual a 2 300 MPa. Los compuestos vinílicos deben demostrar ausencia de reacción colorimétrica al contacto de H2S (sulfuro de hidrógeno). Para los perfiles co-extruidos o con revestimiento, sólo se debe probar el costado sometido a la intemperie y radiación UV. El método de reacción al contacto de sulfuro de hidrógeno se describe en el Anexo B. 5.3.3.2 Productos transformados (perfiles) Los perfiles deben responder a las exigencias derivadas de la norma NF T 54-405-1:2002: - masa linéica conforme al numeral 4.3.3.1; - resistencia al choque a 23 °C conforme al numeral 4.3.3.4, con un nivel de energía superior o

igual a 5 J; en caso de perfiles con revestimiento, no se permite ninguna deslaminación, y - encogimiento al calor a 100 °C conforme al numeral 4.3.3.5, con un nivel de encogimiento al

calor inferior o igual a 3 %.» «5.3.4 Plásticos para estructuras y elementos de relleno rígido a base de PVC - UE (no

plastificado, expandido) 5.3.4.1 Compuestos vinílicos 5.3.4.1.1 Caracterización de compuestos vinílicos Las características de materiales expandidos se evalúan sobre la composición base, sin aditivo de expansión y sobre el perfil expandido (véase 5.3.3.2 Productos transformados). En caso de perfiles coextruidos (unión flexible, película de protección rígida,...), el conjunto de materiales sometidos a la intemperie y radiación UV debe caracterizarse conforme a la Tabla 3.

Tabla 3. Características sobre composición vinílica base, sin aditivo de expansión

Característica Unidad Método Tolerancia

Masa volumínica a) kg/m3 NF EN ISO 1183-1 A ± 20 kg/m3

Tasas de cenizas % NF EN ISO 3451-5 A ± 10 % sobre el valor nominal

Tiempos de estabilidad b) Min NF EN ISO 182-2 ± 15 %

Temperatura Vicat a) °C NF EN ISO 306 B, 50 ± 2 °C

Modelo de elasticidad a) MPa NF EN ISO 178 ± 10 %

Page 23: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 23 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Color c) -

NF ISO 7724-1 NF ISO 7724-2 NF ISO 7724-3

|ΔL*| ≤ 2,0 |Δa*| ≤ 1,0 |Δb*| ≤ 1,6

Adhesión d) - NF EN ISO 2409 Clase 0

a) La masa volumínica, la temperatura de reblandecimiento Vicat y el modelo de elasticidad se determinan a partir de placas prensadas de 4,0 mm ± 0.2 mm de espesor, preparadas según la norma NF EN ISO 1163-2.

b) Si la norma NF EN ISO 182-2 no es aplicable, utilizar la norma NF EN ISO 182-3 o la norma NF EN ISO 182-4. Tolerancia de 15 % y mínimo de ±7 min.

c) La determinación se efectúa conforme a la norma NF ISO 7724-3 con equipo según a las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°.

d) Para los perfiles con revestimiento.

5.3.4.1.2 Durabilidad La durabilidad se verifica por la resistencia en flexión después de envejecimiento climático natural o artificial. Los ensayos de envejecimiento natural deben realizarse sobre un periodo de dos años, las condiciones de exposición deben estar conforme a aquellas definidas en el numeral 5.5 de la norma NF T 54-405-1:2002. El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas en la norma NF EN 513 Método 1, con una duración de exposición de 4 000 h (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). En caso de perfiles con revestimiento y de perfiles co-extruidos, sólo se debe probar la cara sometida a la intemperie y radiación UV. En caso de perfiles veteados, cada material debe estar conforme a las exigencias del presente documento. La resistencia en flexión se determina conforme a la norma NF EN ISO 178, a partir de una probeta de las siguientes dimensiones: - longitud: 300 mm ± 3 mm; - largo: largo de perfil (si el perfil está compuesto de varias láminas co-extruidas, entonces el largo será el de una lámina), y - espesor: espesor de perfil. Condiciones del ensayo: - longitud de alcance entre los soportes: 250 mm; - velocidad de ensayo: 50 mm/min; - punzón de carga R = 5 mm, y - soporte R = 5 mm. La probeta, dispuesta como viga, cara expuesta a la intemperie sobre los soportes, se somete a flexión a mitad del alcance hasta una deformación de 10 mm (± 0,2 mm).

Page 24: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 24 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

El mismo ensayo se repite con una probeta no expuesta, preparada conforme al mismo método y obtenida del mismo lote de perfiles. En los dos casos, no deberá observarse ninguna rotura. En caso de perfiles que tengan un sólo revestimiento, evaluar: - la variación de características colorimétricas según las normas NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2 y NF ISO 7724-3; - la clase de la adhesión según la norma NF EN ISO 2409, y - visualmente las muestras expuestas. La resistencia al envejecimiento climático del material debe responder a las exigencias de la Tabla 4, para ser declarada conforme.

Tabla 4.

Características Métodos de ensayo Especificaciones

Variación de la desviación colorimétrica a) b)

NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2, NF ISO 7724-3

|Δb*| ≤ 3,8

Inspección visual después envejecimiento b)

- - Sin herrumbre, cavidades, fisuras, grietas, hinchazones

- Sin deslaminación

Adhesión después de envejecimiento b)

NF EN ISO 2409 Clase 0

Resistencia en flexión NF EN ISO 178, Método arriba descrito

Sin roturas

a) La determinación se efectúa conforme a la norma NF ISO 7724-3 con equipo, según a las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°.

b) Sólo para los perfiles con revestimiento.

Los ensayos de durabilidad se deben efectuar nuevamente para toda variación de color de los materiales sometidos a la intemperie y radiación UV, por encima de las tolerancias indicadas en la Tabla 3, aún cuando las otras características permanezcan sin cambio. 5.3.4.1.3 Exigencias en cuanto a características Los compuestos vinílicos deben demostrar ausencia de reacción colorimétrica al contacto de H2S (sulfuro de hidrógeno). En caso de perfiles co-extruidos o revestidos, deben probarse todos los materiales sometidos a la intemperie y radiación UV. El método de reacción al contacto de sulfuro de hidrógeno se describe en el Anexo B. 5.3.4.2 Productos transformados (perfiles) Los perfiles deben responder a las exigencias derivadas de la norma NF T 54 405-1:2002: - masa linéica conforme al numeral 4.3.3.1 (tolerancia ± 0,4 PM0.7);

Page 25: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 25 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- encogimiento al calor a 100 °C sobre el perfil completo conforme al numeral 4.3.3.5, con nivel de encogimiento al calor inferior o igual a 3 %;

- se debe tomar una muestra longitudinal antes de efectuar el ensayo de encogimiento al calor,

para verificar visualmente que no se produzca deslaminación a lo largo del conjunto, y - resistencia al choque a 23 °C conforme al numeral 4.3.3.4, con nivel de energía superior o

igual a 5 J; en caso de perfiles con revestimiento, no se permite ninguna deslaminación.

Otros: - densidad global del perfil, según la norma NF EN ISO 1183-1A (tolerancia ± 0,05 g/cm3), y - resistencia a la flexión, según la norma NF EN ISO 178 en modo operativo descrito en el

numeral 5.3.4.1.2, pero con la cara opuesta a aquella bajo intemperie sobre los soportes. Se determinará el esfuerzo necesario para formar una flecha de 10mm.

Límite inferior aceptable: - 10 % respecto al valor nominal anunciado. 5.3.4.3 Absorción de agua La absorción de agua se determina, según la norma NF EN ISO 62, Método 2, en las siguientes condiciones: - muestra de perfil, longitud 1 000 mm ± 2 mm; - temperatura del agua: 30 °C; - muestra en flotación libre e inmersión total, y - duración del ensayo: 50 d. El aumento de peso en porcentaje de la muestra luego del ensayo, no deberá sobrepasar el valor AE, el cual se determinará según el método descrito en el Anexo C.» «5.3.5 Plásticos para estructuras y elementos de relleno rígido a base de PMMA o PC 5.3.5.1 Caracterización de compuestos Los compuestos utilizados para la fabricación de perfiles de estructuras y de rellenos rígidos deben responder a las siguientes exigencias: El PMMA debe cumplir los requisitos de la Tabla 5, según las normas NF EN ISO 7823-1 y NF EN ISO 7823-2.

Tabla 5

Características Unidad Normas y condiciones Tolerancias

Masa volumínica a) kg/m3 NF EN ISO 1183-1 A o C ± 20 kg/m3

Índice de fluidez (MVR) g/10 min.

NF EN ISO 1133 (230 °C/3.8 kg) Determinado por el proveedor

Temperatura Vicat b) °C NF EN ISO 306 B, 50 ± 2 °C

Modelo de elasticidad c) MPa NF EN ISO 527-2 tipo 1B; 1 mm/min

± 10 %

Transmisión lumínica % ISO 13468-1 ± 5 %

Page 26: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 26 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Color d) - NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2, NF ISO 7724-3

|ΔL*| ≤ 2,0 |Δa*| ≤ 1,0 |Δb*| ≤ 1,6

Tabla 5. (Final)

Características Unidad Normas y condiciones Tolerancias

Adhesión e) - NF EN ISO 2409 Clase 0

a) En caso de perfiles con revestimiento, la medición se efectúa sobre el compuesto sin revestimiento. En caso de perfiles co-extruidos, la medición se efectúa sobre cada material utilizado conforme a la norma NF T 54-405-1.

b) A determinar sobre la placa inyectada o extruida; condicionamiento de la muestra: 24 h a 80 °C ± 2 °C y enfriamiento a temperatura ambiente en secador.

c) El módulo de elasticidad se efectúa en tracción sobre la placa inyectada o extruida. En caso de placas extruidas las muestras deben prepararse de conformidad con el numeral 5.5.1 de la norma ISO 7823-2.

d) La determinación se efectúa sobre la muestra con un espesor mínimo de 1 mm, conforme a la norma NF ISO 7724-3, con el equipo según las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°. En caso de compuestos translúcidos, la muestra se dispone sobre una tarjeta de opacidad, forma 2A o sobre una placa blanca de referencia e inerte, reservada para mediciones de este tipo de materiales (placa cerámica de calibración, por ejemplo).

e) En caso de perfiles con revestimiento.

El PC debe caracterizarse conforme a la Tabla 6, basada en la norma NF EN ISO 7391-2.

Tabla 6

Características Unidad Normas y condiciones Tolerancias Masa volumínica a) kg/m3 NF EN ISO 1183-1 A ± 20 kg/m3 Índice de fluidez (MVR) cm3/10 min. NF EN ISO 1133 (300 °C/2.16kg) ± 25 % Temperatura Vicat a) b) °C NF EN ISO 306 B, 50 ± 2 °C Modelo de elasticidad a) b) MPa NF EN ISO 178 ± 10 % Transmisión lumínica c) % NF EN 410 ± 5 % Color d) - NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2, NF

ISO 7724-3 |ΔL*| ≤ 2,0 |Δa*| ≤ 1,0 |Δb*| ≤ 1,6

Adhesión e) - NF EN ISO 2409 Clase 0 a) En caso de perfiles con revestimiento, la medición se efectúa sobre el compuesto sin revestimiento.

En caso de perfiles co-extruidos, la medición se efectúa sobre cada material utilizado, conforme a la norma NF T 54-405-1.

b) La temperatura Vicat y el módulo de elasticidad se determinan a partir de una muestra de 4,0 mm ± 0,2 mm de espesor.

c) No se efectúa en caso de perfiles con revestimiento. d) La determinación se efectúa sobre una muestra con espesor mínimo de 1 mm, conforme a la norma

NF ISO 7724-3 con el equipo según las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos), y - observador ubicado a 10°. En caso de compuestos translúcidos, la muestra se dispone sobre una tarjeta de opacidad, forma 2A o sobre una placa blanca de referencia e inerte, reservada para mediciones de este tipo de materiales (placa cerámica de calibración, por ejemplo).

e) En caso de perfiles con revestimiento.

Page 27: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 27 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.3.5.2 Productos transformados (perfiles) Los elementos de relleno en material plástico translúcido, transparente u opaco deben ser susceptibles de resistir las especificaciones del presente documento, respecto a su aspecto, aptitud de uso y durabilidad. 5.3.5.2.1 Resistencia al choque La resistencia al choque es medida conforme a la norma NF EN ISO 179-1/1fU para el PMMA y NF EN ISO 179-1/1eA para el PC. El valor de resistencia al choque debe estar conforme a las exigencias de la Tabla 7 para el PMMA y de la Tabla 8 para el PC.

Tabla 7. Resistencia al choque en estado inicial - PMMA

Característica Especificación Método de ensayo

Resistencia al choque a) Sin valores < 10 kJ/m2 NF EN ISO 179-1/1fU

a) Efectuar sobre muestras de 80 mm x 10 mm x 4 mm y según el numeral 5.5.3 de la norma NF ISO 7823-2.

Tabla 8. Resistencia al choque en estado inicial - PC

Característica Especificación Método de ensayo

Resistencia al choque a) Sin valores < 10 kJ/m2 NF EN ISO 179-1/1eA

a) Efectuar sobre muestras de 80 mm x 10 mm x 4 mm, según la norma NF ISO 7391-2.

5.3.5.2.2 Durabilidad La durabilidad de una composición se determina por mediciones de conformidad con las normas mencionadas en el numeral 5.3.5.1, sobre el perfil extruido a partir de esta composición, después de envejecimiento natural o artificial para los polímeros opacos, y después de envejecimiento artificial para los polímeros transparentes. En caso de perfiles con revestimiento y perfiles co-extruidos, sólo se debe probar la cara sometida a la intemperie y radiación UV. El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas por la norma NF EN 513 Método 1, con una duración de exposición de 4 000 h (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). El envejecimiento natural se efectúa en las condiciones definidas en el numeral 5.5 de la norma NF T 54-405-1 sobre un periodo de dos años. La resistencia al envejecimiento climático se aprecia después de envejecimiento por las mediciones de: - la variación de la transmisión lumínica conforme a la norma ISO 13468-1 para el PMMA y NF

EN 410 para el PC (no aplicable para los polímeros y revestimientos opacos); - la variación del índice de amarillo conforme a la norma ASTM D1925 (salvo en caso de

polímeros o revestimiento opacos);

- la variación de características colorimétricas según las normas NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2 y NF ISO 7724-3;

Page 28: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 28 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- una inspección visual de las muestras expuestas; - la clase de adhesión según la norma NF EN ISO 2409 en caso de perfiles con revestimiento; - la resistencia al choque Charpy conforme a la norma NF EN ISO 179-1/1fU para el PMMA y

NF EN ISO 179-1/1eA para el PC. La resistencia al envejecimiento climático de elementos de relleno debe responder a las exigencias de la Tabla 9, para ser declarada conforme.

Tabla 9. Resistencia al envejecimiento climático

Características Métodos de ensayo Especificaciones

Variación de la transmisión lumínica a) ISO 13468-1 (PMMA) NF EN 410 (PC)

Δτnh ≤ 5

Variación del índice de amarillo a) ASTM D1925 ΔYI ≤ 4

Variación de la desviación colorimétrica b)

NF ISO 7724-1, -2 y -3 ΔE* ≤ 3,8

Inspección visual después de envejecimiento

-

- Sin herrumbre, cavidades, fisuras, grietas, hinchazones

- Sin deslaminación en caso de revestimiento

Adhesión después envejecimiento c) NF EN ISO 2409 Clase 0

Ensayo de choque Charpy después de envejecimiento d)

NF EN ISO 179-1/1fU para el PMMA y NF EN ISO 179-1/1eA para el PC

Sin variación > 40 % respecto al valor inicial y sin valor inferior a 10 kJ/m2

a) No aplicable a los polímeros y revestimientos opacos. b) La determinación se efectúa conforme a la norma NF ISO 7724-3 con el equipo, según las normas

NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respectando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°.

c) Solo en caso de perfiles con revestimiento. d) Cortes a aplicar en las muestras envejecidas y muestras de referencia después de ensayos de

envejecimiento.

Para todo cambio de características por encima de las tolerancias indicadas en el numeral 5.3.5.1 (Tablas 5 y 6), los ensayos de durabilidad deben efectuarse nuevamente. 5.3.6 Plásticos para estructuras y elementos de relleno rígido a base de otros polímeros

diferentes al PVC, PMMA y PC 5.3.6.1 Caracterización de compuestos Los compuestos utilizados para la fabricación de perfiles de estructuras y de rellenos rígidos deben responder a las exigencias de normas materiales, cuando existan. Ante la ausencia de las mismas, se debe realizar y registrar una identificación del polímero, si es aplicable: - masa volumínica según la norma NF EN ISO 1183-12; 2 En caso de perfiles con revestimiento, la medición se efectúa sobre el compuesto base

sin revestimiento; en caso de perfiles co-extruidos, la medición se efectúa sobre cada material utilizado.

Page 29: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 29 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- temperatura de reblandecimientos VICAT según la norma NF EN ISO 3062; - módulo de elasticidad en flexión, según la norma NF EN ISO 1782; - color según las normas NF ISO 7724-1, NF ISO 7724-2, NF ISO 7724-3 respetando las

siguientes especificaciones:

- uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos), y - observador ubicado a 10°.

En caso de compuestos translúcidos, la muestra se dispone sobre una tarjeta de opacidad, forma 2A o sobre una placa blanca de referencia e inerte, reservada para mediciones de este tipo de materiales (placa cerámica de calibración, por ejemplo). - clase de la adhesión según la norma NF EN ISO 2409 en caso de perfiles con revestimiento. 5.3.6.2 Productos transformados (perfiles) El valor de resistencia al choque debe estar conforme a la exigencia de la Tabla 10.

Tabla 10. Resistencia al choque en estado inicial

Característica Especificación Método de ensayo

Resistencia al choque a) Sin valores < 10 kJ/m2 NF EN ISO 179-1

a) Probeta de ensayo: por precisar de conformidad con el polímero considerado.

5.3.6.3 Durabilidad Los elementos de relleno en material plástico translúcido, transparente u opaco deben ser susceptibles de resistir las especificaciones del presente documento, en relación con aspecto, aptitud de uso y durabilidad. La durabilidad se determina por mediciones después de envejecimiento natural o artificial para los polímeros opacos y después de envejecimiento artificial para los polímeros transparentes. Para los perfiles con revestimiento y los perfiles co-extruidos, sólo se debe probar la cara sometida a la intemperie y la radiación UV. El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas en la norma NF EN 513 Método 1, con una duración de exposición de 4 000 h (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). El envejecimiento natural se efectúa en las condiciones definidas en el numeral 5.5 de la norma NF T 54-405-1 durante un periodo de dos años. La resistencia al envejecimiento climático de elementos de relleno debe responder a las exigencias de Tabla 11, para que sea declarada conforme.

Tabla 11. Resistencia al envejecimiento climático

Características Métodos de ensayo Especificaciones

Variación de la transmisión lumínica a) NF EN 410 Δτnh ≤ 5

Variación del índice de amarillo a) ASTM D1925 ΔYI ≤ 4

Page 30: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 30 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Variación de la desviación colorimétrica b) NF ISO 7724-1, -2 y -3 ΔE* ≤ 3,8

Inspección visual después de envejecimiento

- - Sin herrumbre, cavidad, fisura, grieta, hinchazón

- Sin deslaminación en caso de revestimiento

Adhesión después de envejecimiento c) NF EN ISO 2409 Clase 0

Ensayo de choque Charpy después envejecimiento d)

NF EN ISO 179-1/1 eU Sin variación > 20 % respecto al valor inicial y sin ruptura frágil

a) No aplica a los polímeros y revestimientos opacos. b) La determinación se efectúa sobre una muestra de espesor mínimo 1 mm, conforme a la norma NF ISO

7724-3 con el equipo según las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°.

c) Sólo en caso de perfiles con revestimiento. d) Cortes por aplicar a las muestras envejecidas y a las muestras de referencia después ensayos de

envejecimiento.

5.3.7 Perfiles pultrusionados La resina que conforman estos perfiles puede ser: - poliéster isoftálico, o - éster de vinilo, o - epoxi, o - acrílico Las fibras de refuerzo pueden ser: - vidrio E o R, o - carbono, o - aramida Para evitar que las fibras de refuerzo afloren a la superficie del perfil, obligatoriamente se integra un velo de superficie en las caras internas y externas de la cubierta. El módulo de tracción axial, según la norma NF EN ISO 527-4, debe ser mínimo 17 000 MPa. El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas en la norma NF EN 513 Método 1, con una duración de exposición de 4 000 h (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). Después de envejecimiento, el módulo en tracción axial debe ser superior a 14 000 MPa y ninguna fibra debe sobresalir en la superficie.» «5.3.8 Polímeros para unión flexible entre dos láminas 5.3.8.1 Características del compuesto

Page 31: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 31 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Tabla 12

Característica Unidad Método Tolerancia

Masa volumínica kg/m3 NF EN ISO 1183-1 A ± 20 kg/m3

Tasas de cenizas % NF EN ISO 3451-5A ± 10 % sobre el valor nominal Dureza Sh-A o Sh-D NF EN ISO 868 ± 3

Resistencia en tracción MPa NF ISO 37 ± 20 % Elongación a la ruptura % NF ISO 37 ± 20 % sobre el valor nominal Color a) - NF ISO 7724-1

NF ISO 7724-2 NF ISO 7724-3

|ΔL*| ≤ 2,0 |Δa*| ≤ 1,0 |Δb*| ≤ 1,6

a) La determinación se efectúa conforme a la norma NF ISO 7724-3 con el equipo según las normas NF ISO 7724-1 y NF ISO 7724-2 respetando las siguientes especificaciones: - uso de la iluminación normalizada D65 de la CIE, incluida la reflexión especular; - condición de medición: 8/d o d/8 (sin trampa para brillo en los dos casos); - observador ubicado a 10°.

5.3.8.2 Ensayo de envejecimiento artificial El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas en la norma NF EN 513 Método 1, con una duración de exposición de 4 000 hrs (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). Las características en tracción, según la norma NF ISO 37 (probeta H2) se miden antes y después del envejecimiento. Cuando no sea posible extraer las probetas normalizadas sobre el producto final (probeta H2), el fabricante debe proporcionar una placa de material flexible que permita la extracción de estos últimos. Las pérdidas mecánicas después de envejecimiento no deben exceder 30 %. Ante cualquier cambio en las características por encima de las tolerancias indicadas en la Tabla 12, se deben realizar nuevamente los ensayos de durabilidad. 5.3.8.3 Caracterización de unión rígida / flexible La unión rígida / flexible se caracteriza por ensayo de tracción conforme a la norma NF EN ISO 527-2, pero sobre perfil. Condiciones del ensayo: - Largo de probeta extraída en el perfil: 25 mm ± 1 mm; - Velocidad de desplazamiento: 50 mm/min; - T°: 23 °C. Los resultados de la resistencia a la ruptura se expresan en N/ 25 mm a título indicativo. El ensayo de tracción se debe efectuar nuevamente para todo cambio de característica por encima de las tolerancias indicadas en la Tabla 12.» «5.3.9 Determinación de fisuración bajo tensión en un ambiente dado (ESC) 5.3.9.1 Generalidades

Page 32: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 32 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

El objetivo principal de las mediciones de la ESC es determinar el efecto de ambientes químicos sobre termoplásticos diferentes a los PVC. Igualmente, ciertos polímeros pueden degradarse en un ambiente cálido y húmedo. Por tanto, es útil evaluar su resistencia a la hidrólisis. La prueba se efectúa según la norma NF EN ISO 22088-3, a partir de probetas que deben estar conformes con las exigencias de la norma correspondiente al material; de lo contrario, deben estar conforme a la norma del método de ensayo. El método utilizado será el de la probeta curva, bajo deformación constante (deformación por flexión). Para cada ambiente de prueba dado3, es necesario mínimo contar con cinco probetas por material probado. NOTA Las probetas normalizadas pueden inyectarse, fabricarse o extraerse en el perfil de aplicación. El emplazamiento de origen en la placa u objeto se precisa en el reporte, así como el tipo de probeta. En caso de perfiles con revestimiento, la medición se efectúa sobre el compuesto con y sin revestimiento. En caso de perfiles co-extruidos, la medición se efectúa sobre cada material utilizado. Con el fin de determinar las propiedades iniciales del material antes de la prueba ESC: - se pesa cada probeta, y - se mide la prolongación a la ruptura y el valor de tensión en el umbral de derrame, sobre cinco

probetas por material que se va a probar según la norma NF EN ISO 527.

5.3.9.2 Ambientes dados Hay dos ambientes dados principales para probar:

- Ambiente clorado:

- Condiciones de prueba:

• duración de la prueba 168 hrs;

• temperatura 35 °C ± 2 °C;

• elongación constante aplicada 0 % y 0,5 %;

• concentración de cloro 25 ppm ± 10 %;

• contacto inmersión completa;

- Ambiente agua potable:

- Condiciones de prueba:

• duración de la prueba 2 000 hrs;

• temperatura 40 °C ± 2 °C;

• elongación constante aplicada 0 % y 0,5 %;

• contacto inmersión completa; La resistencia a la fisuración bajo tensión se aprecia después de envejecimiento en cada ambiente por las siguientes mediciones: 3 Se define un ambiente dado por una duración, una temperatura, un alargamiento

constante aplicado sobre las probetas durante la prueba, la sustancia química a poner en contacto y el modo de contacto.

Page 33: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 33 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Inspección visual. Se registran los cambios de estado:

- probeta rota sobre los soportes; - aparición de fisuras (u otro deterioro eventual); - hinchazón, aparición de herrumbre; - reblandecimientos; - comprobación de la masa de las probetas, y - prueba de tracción (NF EN ISO 527).

Una ruptura de la probeta al terminar la prueba ESC y antes de la prueba de tracción descalifica el material. En casos donde las probetas no se rompen, se miden los valores de elongación a la ruptura y de tensión al umbral de derrame para una prueba de tracción, según la norma NF EN ISO 527. Las muestras deben acondicionarse durante 24 h, a temperatura ambiente y a 50 % RH antes del inicio de la prueba ESC, así como antes de las mediciones de tracción. Temperatura de pruebas: 23 °C/ Humedad relativa: 50 % La resistencia a la fisura bajo tensión del material probado, en un ambiente dado, debe responder a las exigencias de la Tabla 13, para ser declarada conforme.

NOTA Llegado el caso, para los polímeros diferentes al PC, PMMA esta prueba puede realizarse en condiciones próximas a aquellas descritas en la Tabla 13; el nivel de exigencias de este ensayo queda por definir.

Tabla 13. Prueba de tracción después de envejecimiento

Propiedad medida Material Exigencia Método de ensayo Velocidad de tracción

Tipo de probeta

Elongación a la ruptura PC, PMMA

Variación < 20 % NF EN ISO 527 50 mm/min

Impedimento al umbral de derrame

PC, PMMA

Variación < 20 % NF EN ISO 527 50 mm/min

5.4 TEXTILES, MALLAS PLÁSTICAS RECUBIERTAS O EXTRUIDAS, MALLAS FLEXIBLES

PLÁSTICAS, REDES Y PLÁSTICOS FLEXIBLES «5.4.1 Exigencias 5.4.1.1 Generalidades Los materiales deben cumplir las normas francesas o europeas de referencia. Los ensayos deben realizarse antes y después de las pruebas de envejecimiento de las muestras de productos terminados, sin incluir elementos decorativos que no afectan la seguridad y se describen en el numeral 5.14 (Ensayos de envejecimiento climático).

Page 34: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 34 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Los textiles, mallas plásticas recubiertas o extruidas, mallas plásticas flexibles y redes4 no deben presentar secciones superiores a 45 mm x 45 mm. En caso de una red, la ruptura de una malla no debe inducir la ruptura de sus vecinos. En caso de uso de elementos de unión en textiles de tipo poliéster (cincha e hilo de costura), no se deben realizar los ensayos sobre el envejecimiento. 5.4.1.2 Resistencia mecánica al desgarro Los ensayos deben realizarse, antes y después de envejecimiento como se determina en el numeral 5.14 (Ensayos de envejecimiento climático). La fuerza de desgarre mínima debe ser superior o igual a 70 N, fuera de elementos decorativos que no afectan la seguridad. Los ensayos de caracterización de resistencia mecánica al desgarro deben realizarse de conformidad con el numeral 5.4.2.1. 5.4.1.3 Resistencia mecánica a la tracción Los ensayos deben realizarse, antes y después de envejecimiento, como se determina en el numeral 5.14 (Ensayos de envejecimiento climático). La energía medida durante estos ensayos debe ser superior a 57 J (suma de ensayos en los dos sentidos) con mínimo 11 J en el sentido más débil. La energía se mide calculando el área bajo la curva de tracción y se considera que el largo de la probeta entre bocados se lleva a 1 m. Los ensayos de caracterización de resistencia mecánica a la tracción deben realizarse de conformidad con el numeral 5.4.2.2. 5.4.1.4 Resistencia al frío Tras los ensayos previstos en el numeral 5.4.2.3, no debe aparecer ninguna ruptura o desgarre a -15 °C. Los ensayos de caracterización de choque sobre bucle a bajas temperaturas deben realizarse de conformidad con el numeral 5.4.2.3.» 5.4.2 Métodos de ensayo 5.4.2.1 Resistencia mecánica al desgarro Los ensayos de caracterización de resistencia mecánica al desgarro deben realizarse conforme a las condiciones de la norma: - NF G 07-148, para los textiles y mallas plásticas no recubiertas y - NF EN 1875-3, para los textiles y mallas plásticas recubiertas o extruidos. 5.4.2.2 Resistencia mecánica a la tracción

4 Concierne exclusivamente a redes de mallas fijas, sean obtenidos con telares de puntos anudados o en máquinas industrial de tejidos de punto tipo Rachel, o sean termofijados)

Page 35: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 35 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Los ensayos de caracterización de resistencia mecánica a la tracción deben realizarse conforme a las condiciones de las siguientes normas: - NF EN ISO 1421 para los textiles recubiertos; - NF EN ISO 13934-1 para los tejidos, y - NF EN 29073-3 para los no tejidos. 5.4.2.3 Resistencia al frío Los ensayos de caracterización de choque sobre bucle a bajas temperaturas deben realizarse conforme a las condiciones de la norma NF EN 1876-2. 5.5 RIBETES, ARISTAS, ELEMENTOS SALIENTES Y ÁNGULOS DE LA CUBIERTA Los ribetes, aristas, elementos salientes y ángulos de la cubierta que estén accesibles no deben representar el riesgo de causar heridas. NOTA En caso de duda, para verificar si un ribete es cortante, se debe efectuar el ensayo de agudeza de ribetes descrito en la norma NF EN 71-1. Las superficies deben estar exentas de rebabas (controlar al tacto). Los tubos y elementos rígidos salientes que representen un riesgo de perforación para los niños deben estar protegidos (numeral 4.9 y Anexo C.9 de la norma NF EN 71-1). Los elementos de protección deben responder a la exigencia c) del numeral 5.6.1 (Pequeños elementos desprendibles o removibles - exigencias) del presente documento. NOTA Estas exigencias tienen como propósito limitar el riesgo de que se produzcan heridas cuando el niño caiga sobre tubos no protegidos o sobre elementos rígidos (ejemplo: pitón de anclaje). Se recomienda proteger estas partes salientes. No se ha precisado el tamaño y la forma de las protecciones, pero conviene prever una superficie suficientemente grande. 5.6 PEQUEÑOS ELEMENTOS DESPRENDIBLES O REMOVIBLES 5.6.1 Exigencias Las siguientes son las exigencias generales: a) Los elementos removibles de las cubiertas, cualquiera que sea su posición, no deben entrar

completamente en el cilindro de ensayo especificado en el numeral 5.6.2.1.1 (cilindro para elementos pequeños) y consecuentemente, no deben facilitar el franqueo de la cubierta de protección por parte de niños pequeños, una vez que sean desmontados o desprendidos, sin ayuda de una herramienta;

b) cuando las cubiertas se ensayan de conformidad con las exigencias descritas en los

numerales 5.6.2.2.2 (Ensayo de torsión para pequeños elementos), 5.6.2.2.3 (Ensayo de tracción para pequeños elementos) y 5.6.2.2.4 (Ensayo de compresión), las cubiertas no deben presentar ningún elemento, cualquiera que sea su posición, que pueda entrar completamente en el cilindro de ensayo especificado en el numeral 5.6.2.1.1, ni presentar ribetes cortantes o puntas aceradas accesibles (numeral 5.5 Ribetes, aristas, elementos salientes y ángulos de la cubierta), y

c) los elementos de protección de tubos -elementos rígidos salientes- como los dispositivos de

anclaje, no deben desprenderse bajo un esfuerzo de tracción de 60 N.

Page 36: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 36 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.6.2 Método de ensayo 5.6.2.1 Equipo 5.6.2.1.1 Cilindro para los pequeños elementos Cilindro tal y como se ilustra en la Figura 1.

Dimensiones en milímetros

Ø 31,7 +0,1 0

25,4 +0,1 0

57,1 +0,1 0

Figura 1. Cilindro de ensayo para pequeños elementos 5.6.2.1.2 Equipo para ensayo de tracción sobre pequeños elementos

- Máquina para ensayo de tracción o dispositivo de peso muerto capaz de aplicar fuerzas que pueden llegar mínimo a 90 N, con una precisión de 2 N.

- Bocas y sujetadores.

- Medidor de espesor, con un espesor de (0,4 ± 0,02) mm y con un radio de ribete de inserción

de aproximadamente 3 mm (véase la Figura 2).

Dimensiones en milímetros

0,4 ± 0,02

R 3

1

1 Ribetes quebrados

Figura 2. Medidor de espesor 5.6.2.2 Modo operativo 5.6.2.2.1 Ensayo de introducción de pequeños elementos en el cilindro de ensayo Coloque el elemento sin oprimirlo y en todas las direcciones posibles, en un cilindro que tenga las dimensiones indicadas en la Figura 1.

Page 37: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 37 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Determine si el elemento entra completamente en el cilindro. 5.6.2.2.2 Ensayo de torsión para elementos pequeños Si un elemento (altura superior a 6 mm) puede tomarse entre el pulgar y el índice, aplique progresivamente una fuerza de torsión sobre el elemento, durante 5 s, en el sentido de las manecillas del reloj, hasta obtener: a) una rotación de 180° en relación a la posición original, o b) un par de 0,34 Nm. Mantenga la rotación máxima o el par requerido durante 10 s. Deje que el elemento sometido al ensayo recupere su estado inicial de relajación. Repetir el ensayo en el sentido contrario al de las manecillas del reloj. Las partes salientes, las piezas o los ensambles fijados de forma rígida a una varilla o a un eje accesible concebido para que gire con los elementos en cuestión, deben ser ensayados inmovilizando la varilla o el eje, con el fin de evitar toda rotación. Si un elemento ensamblado con un tornillo se afloja durante la aplicación de un par requerido, continúe aplicando el par, hasta que se supere o hasta que la parte se desensamble, o hasta que sea evidente que la parte no se va desensamblar más. 5.6.2.2.3 Ensayo de tracción para pequeños elementos 5.6.2.2.3.1 Generalidades El ensayo de tracción se debe efectuar después del ensayo de torsión, sobre el mismo elemento de la cubierta. Se debe determinar si el elemento que se va a ensayar es sujetable: - ya sea insertando el medidor de espesor entre el componente y la capa subyacente o el

cuerpo de la cubierta, de conformidad con un ángulo comprendido entre 0° y 10° respecto a la superficie de la cubierta y con una fuerza de (10 ± 1) N. Si el medidor puede insertarse más de 2 mm, se considera que el elemento es sujetable, y

- si el elemento se puede sostener entre el índice y el pulgar, se considera sujetable. Si es sujetable, fije las bocas adaptadas detrás del elemento, haciéndolo con cuidado para no dañar el mecanismo de sujeción o el cuerpo de la cubierta. Sujete el elemento de cubierta al aparato de ensayo y aplique una fuerza de tracción sobre el elemento que se va a ensayar, por medio de bocas u otros dispositivos. Aplique una fuerza de: - (50 ± 2) N, cuando la mayor dimensión accesible es inferior o igual a 6 mm; - (90 ± 2) N, cuando la mayor dimensión accesible es superior a 6 mm, y - (60 ± 2) N, para los elementos de protección de tubos o de elementos salientes, como los

sistemas de anclaje. Aplique la fuerza progresivamente durante 5 s y manténgala durante 10 s. Determine si el elemento se ha desprendido.

Page 38: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 38 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.6.2.2.4 Ensayo de compresión Coloque la cubierta sobre un plano horizontal rígido, con la parte que va a ensayar hacia arriba. Aplique sobre esta parte una fuerza de compresión de (110 ± 5) N, con ayuda de un disco metálico rígido de (30 ± 1,5) mm de diámetro. Asegúrese de que el contorno del disco esté bien redondeado. Aplique la fuerza progresivamente durante 5 s y manténgala durante 10 s. 5.7 PROTECCIÓN CONTRA EL ATASCAMIENTO 5.7.1 Atascamiento de los dedos de los niños 5.7.1.1 Exigencia Para los enrejados, los elementos de revestimiento, así como para todas las partes móviles accesibles a los niños menores de cinco años, no debe haber ninguna abertura entre 7 mm y 12 mm, ni con una profundidad de penetración superior a 10 mm, durante la maniobra de la cubierta. 5.7.1.2 Equipo Varilla de un diámetro de 7 mm (cf. GA S 54-050 - 1.2.1.2). Varilla de un diámetro de 12 mm. 5.7.1.3 Modo operativo Inserte la varilla como se determina en el numeral 5.7.1.2.1 (equipo) perpendicularmente a cada abertura de la cubierta en posición estática. Registre y anote en un informe la inserción de la varilla cuando sea superior a 10 mm a través de la abertura. 5.7.2 Atascamiento del torso de un niño 5.7.2.1 Exigencia Al terminar el ensayo descrito en el numeral 5.7.2.2 (Método de ensayo), la exigencia se cumple cuando la sonda de la Figura 3 no penetra más de 100 mm entre los elementos de la cubierta, excepto en lo referente a las exigencias del numeral 5.9 (introducción bajo la cubierta). 5.7.2.2 Método de ensayo 5.7.2.2.1 Equipo Sonda de un pequeño torso como ilustra la Figura 3 que corresponde a niños entre 18 y 24 meses.

Page 39: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 39 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

d

1

a

b

c

Vista de costado Vista de frente

1 Manga a = 102 mm b = 48 mm c = 143 mm d = 27 mm

Figura 3. Sonda de un torso pequeño 5.7.2.2.2 Modo operativo Aplique sucesivamente, por todo paso posible, la sonda ilustrada en la Figura 3, con una fuerza de 100 N. Registre y anote en un informe el paso de la sonda, a través de la abertura. 5.7.3 Cárter de protección El cárter de protección de partes móviles no debe ser removible, sin la ayuda de un instrumento o de una herramienta. 5.8 HUNDIMIENTOS 5.8.1 Exigencias Después de la instalación normal de la cubierta sobre el estanque, se deben efectuar los ensayos de hundimientos horizontales y verticales descritos en el numeral 5.8.2 (Método de ensayo) del presente documento. Estos ensayos igualmente se efectúan después del ensayo de resistencia a los choques descrito en el numeral 5.10. La altura media del hundimiento horizontal en el agua de la probeta no debe ser superior a 120 mm. La parte más sumergida de la probeta en posición vertical no debe hundirse en el agua más de 400 mm. En ningún caso la probeta definida en el numeral 5.8.2.2 (características de la probeta de ensayo en seco) debe pasar debajo de la cubierta. La cubierta debe tener un medio de evacuación del agua lluvia (bomba, grilla de evacuación o similar).

Page 40: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 40 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.8.2 Método de ensayo 5.8.2.1 Generalidades Los ensayos efectuados y descritos en el numeral 5.8.2.3 (Modo operativo) se deben efectuar en las condiciones normales de uso de la cubierta, de conformidad con las especificaciones de instalación y de uso descritas en las reseñas correspondientes, suministrados por el fabricante de la cubierta. 5.8.2.2 Características de la probeta de ensayo en seco La probeta de ensayo es un cilindro cuyas características son las siguientes: - diámetro: (160 ± 1) mm; - masa: (20 ± 0,1) kg; - densidad: (0,95 ± 0,01), y - longitud: (1 050 ± 50) mm de conformidad con las exigencias respecto a masa.

5.8.2.3 Modo operativo 5.8.2.3.1 Hundimiento de probeta horizontal Ubique la probeta horizontalmente al centro, o lo más cerca del centro, según la forma del estanque y en diez puntos distribuidos sobre su periferia en los puntos más desfavorables. En cada uno de los puntos determinados para los ensayos, la probeta debe ubicarse paralela y perpendicularmente al brocal. Vigile que la cubierta no se enrolle, hacia los bordes del estanque. Efectúe la medición 3 min después de instalada la probeta. 5.8.2.3.2 Hundimiento de probeta vertical Ubique la probeta verticalmente y manténgala sin impedimento al centro, o lo más cerca del centro, según la forma del estanque y en diez puntos distribuidos sobre su periferia, en los puntos más desfavorables. Efectúe la medición 3 min después de instalada de la probeta. 5.9 INTRODUCCIÓN BAJO CUBIERTA 5.9.1 Generalidades Este ensayo es aplicable a las cubiertas en reposo sobre la playa. 5.9.2 Exigencias Después de la instalación normal de la cubierta sobre el estanque, se debe efectuar a satisfacción el ensayo de introducción descrito en el numeral 5.9.3 (Método de ensayo) del presente documento, aún en el caso de que la parte superior del brocal esté alineada con la parte superior de la playa. Este ensayo es aplicable a las cubiertas en reposo sobre la playa. En el caso de la probeta que se determina en la Figura 4 y que representa un niño de 36 meses, la cubierta no debe levantarse más de 140 mm.

Page 41: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 41 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

En el caso de la probeta que se determina en la Figura 4 y que representa un niño de cinco años, la cubierta no debe levantarse más de 160 mm. 5.9.3 Método de ensayo 5.9.3.1 Generalidades Los ensayos efectuados y descritos en el numeral 5.9.3.3 (Modo operativo) se realizan bajo condiciones normales de uso de la cubierta, de conformidad con las especificaciones de instalación y de uso descritas en las reseñas correspondientes suministradas por el fabricante de la cubierta. 5.9.3.2 Características de la probeta La probeta que se determina según la Figura 4, representa en parte la cabeza y el pecho de un niño que trata de penetrar deslizándose por debajo de la cubierta. El ensayo se puede hacer con ayuda de materiales plásticos, metálicos, en madera dura (haya, roble,....) lijada con piedra pómez, sin asperezas aparentes. La probeta tiene una masa de (4 ± 0,5) kg. Un palastro con grosor de 120 mm por 700 mm está previsto para ser interpuesto entre el suelo y la probeta.

170

80

170

80

P

R 40

R 40

133

Figura 4. Probeta de ensayo utilizada para la introducción bajo la cubierta

5.9.3.3 Modo operativo 5.9.3.3.1 Instalación de la probeta de ensayo - Si la cubierta lo permite, levante e introduzca la probeta debajo de la cubierta, que debe

reposar sobre el ribete redondeado de la probeta; - Coloque la probeta perpendicularmente al ribete externo de la cubierta (véase la Figura 5).

F F

4

35

2

1

4

36

2

1

5

a) Caso de una sección recta b) Caso de una sección curva

Page 42: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 42 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

1 Cubierta /cubierta de lona 4 Dinamómetro de presión 2 Ribete del brocal 5 Ribete de la cubierta 3 Probeta 6 Tangente al ribete de la cubierta F Fuerza de introducción

Figura 5. Instalación de la probeta de ensayo

5.9.3.3.2 Ensayo para niños de 36 meses - Coloque un dinamómetro de presión en el punto P de la parte posterior de la probeta. - Aplique una fuerza constante de 30 N, de conformidad con el eje longitudinal de la probeta.

Desde que la probeta no avance más, mantenga esta fuerza durante 1 min. Esta prueba se efectúa sobre la periferia de la cubierta, en todo punto situado en el centro entre dos anclajes. 5.9.3.3.3 Ensayo para niños de cinco años - Coloque un dinamómetro a presión al punto P (Figura 4) detrás de la probeta. - Aplique una fuerza de 50 N constante de conformidad con el eje longitudinal de la probeta.

Desde que la probeta no avance más, mantenga esta fuerza durante 1 min. Esta prueba se efectúa sobre la periferia de la cubierta en todo punto situado al centro entre dos anclajes. 5.10 RESISTENCIA A LOS CHOQUES 5.10.1 Exigencias Las exigencias cuando la cubierta se ensaya de conformidad con el modo operativo según el numeral 5.10.2.3 son las siguientes: mediante examen visual no debe observarse deterioro alguno de - los dispositivos de anclaje sobre la playa; - la cadena de fijación sobre cualquiera de los dispositivos de anclaje previstos sobre la

cubierta, y - las cualidades de la cubierta después del choque. 5.10.2 Método de ensayo 5.10.2.1 Generalidades El ensayo descrito en el numeral 5.10.2.3 (Modo operativo) se efectúa en las condiciones normales de uso de la cubierta, de conformidad con las especificaciones de instalación y de uso descritas en las correspondientes reseñas, suministradas por el fabricante de la cubierta. 5.10.2.2 Características de la probeta Los cuerpos blandos de grandes dimensiones como se define en la norma NF P 08-301 se describen a continuación: - el cuerpo blando de grandes dimensiones es una bolsa esférico-cónica de masa 50 kg (véase

Page 43: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 43 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

la Figura 6); - esta bolsa está formada por ocho bolillos en tela de cubierta de lona, ensamblados y cosidos a

la manera del talabartero; - las dimensiones de la bolsa llena son las del volumen compuesto de una esfera de 400 mm de

diámetro, inscrita en un cono de vértice de 400 mm a partir del centro de la esfera; - el fondo de la bolsa es reforzado por un casquete cocido en cuero de 120 mm de diámetro; - el vértice de bolsa está ligeramente truncado para permitir una abertura de 80 mm de

diámetro. Esta abertura viene reforzada por un ribete de cuero sobrecosido, sobre la cual se fijan cuatro anillos equidistantes sostenidos a su vez por un anillo de suspensión;

- la bolsa se llena con canicas de cristal endurecido de 3 mm de diámetro (por lo general

utilizados para triturar pinturas) y se tara a (50 ± 0,5) kg, y - para evitar que las canicas se rieguen en el suelo por una ruptura accidental de las costuras

de la bolsa, se recomienda forrarla internamente con una bolsa de polietileno a manera de vejiga.

400

Ø 400

600

Ø 120

Ø 80

1

2

3

a) Bolsa cerrada y llena b) Bolsa abierta y desocupada

1 Ribete en cuero 2 Ocho bolillos en tela para cubierta de lona 3 Fondo en cuero

Figura 6. Bolsa esférico-cónica de 50 kg

5.10.2.3 Modo operativo Instale la cubierta sobre el estanque, de conformidad con las especificaciones de instalación y de uso descritas en las instrucciones correspondientes, suministradas por el fabricante. El ensayo al choque se efectúa por caída del gran cuerpo blando de 50 kg, desde una altura de 0,50 m, o sea una energía de 250 J en los puntos más desfavorables de la cubierta (altura medida entre el fondo del cuerpo blando y la superficie de la cubierta). Ejemplos de puntos desfavorables:

Page 44: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 44 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- escalera de peldaños, escalera de mano, puntos de agarre, etc.; - centro de cubiertas y cubiertas de barandas (entre barandas); - ribete de brocal a la derecha de los elementos de unión, y - sobre la periferia para los postigos. Después del choque: - Proceda a la recogida de la cubierta que debe efectuarse normalmente. - Vuelva a poner la cubierta en su lugar, lo cual se debe hacer también normalmente. - Proceda con los ensayos de hundimiento descritos en el numeral 5.8.2 en el lugar de choque

del gran cuerpo blando sobre la cubierta. 5.11 PASO DE UN ADULTO DE 100 kg 5.11.1 Exigencias Al terminar el ensayo descrito en el numeral 5.11.2.3 (Modo operativo), la exigencia se satisface si: - se puede realizar sin problema los cinco cruces de la probeta humana, y - no se observa ningún deterioro visible de la cubierta ni del sistema de fijación (ni desgarre, ni

desunión de sistemas de fijación). 5.11.2 Método de ensayo 5.11.2.1 Generalidades El ensayo efectuado y descrito en el numeral 5.11.2.3 (Modo operativo) se realiza en condiciones normales de uso de la cubierta, de conformidad con las especificaciones de instalación y de uso descritas en las instrucciones correspondientes suministradas, por el fabricante de la cubierta. 5.11.2.2 Características de la probeta humana Adulto de 100 kg de masa (o eventualmente con un lastre que alcance una masa de 100 kg). 5.11.2.3 Modo operativo Instale la cubierta normalmente sobre el estanque. Determinación de puntos de paso: - Punto A situado al centro del largo del estanque en el costado de menor profundidad. - Punto B situado frente al punto A. - Punto C situado sobre la longitud del estanque a igual distancia de A y de B entre dos barras. - Punto D situado frente a C.

Page 45: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 45 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

=

=

A

B

CD

Figura 7. Determinación de puntos de paso Haga que la probeta humana de 100 kg de masa cruce el estanque desde el punto A al punto B. Haga que la probeta humana con 100 kg de masa cruce el estanque desde el punto C al punto D. La velocidad media de desplazamiento es (1 ± 0,6) m/s. Proceda cinco veces con estos ensayos, con un lapso de 1 min entre cada paso o reinstalación de la cubierta de seguridad. 5.12 DISPOSITIVOS DE ANCLAJE 5.12.1 Exigencia de dispositivo de anclaje cuando el sistema de protección se pone en su

lugar Los sistemas de anclaje no deben ser causa de heridas. Para hacer cumplir lo anterior y con el fin de impedir que un niño que se desplace sobre la playa tropiece, o caiga, o se cause herida al caer sobre el dispositivo de anclaje removible, este dispositivo debe cumplir las exigencias del numeral 5.5 (ribetes, aristas, elementos salientes y ángulos de la cubierta). 5.12.2 Exigencias de dispositivo de anclaje cuando se retira el sistema de protección Los sistemas de anclaje no deben ser causa de heridas para los niños. Para hacer cumplir lo anterior y a fin de impedir que un niño que se desplace sobre la playa tropiece, caiga o se cause herida al caer sobre el dispositivo de anclaje, el dispositivo de anclaje fijo no debe sobrepasar 25 mm por encima de la playa y debe estar conforme a las exigencias del numeral 5.5 (ribetes, aristas, elementos salientes y ángulos de la cubierta). Los rieles en posición abierta deben igualmente respetar las exigencias del numeral 5.5 (ribetes, aristas, elementos salientes y ángulos de la cubierta). 5.12.3 Dispositivo de cierre automático 5.12.3.1 Exigencias Al terminar el ensayo descrito en el numeral 5.12.3.2 (Método de ensayo), se considera satisfecha la exigencia, si la unión de fijación sigue unida a la cubierta y al sistema de enganche.

Page 46: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 46 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Para evitar el riesgo de desactivación del cierre automático por niños pequeños o en forma no intencional, el sistema de desactivación del cierre automático requiere por lo menos: - una acción manual de una fuerza de 50 N mínimo; o - dos acciones consecutivas sobre el sistema de desactivación del cierre automático para

liberarlo, la segunda depende de que se realice y se mantenga la primera, o - dos acciones separadas pero simultáneas que actúan según principios diferentes, o - uso de un instrumento como: una ficha, llave, tarjeta magnética u otro. 5.12.3.2 Método de ensayo El sistema de fijación se activa, de conformidad con las instrucciones del fabricante, sobre el dispositivo de anclaje. Se aplica una fuerza de 120 N al extremo de la unión, en el caso más desfavorable, y especialmente: - sentido perpendicular; - sentido vertical. 5.13 ELEMENTOS DE UNIÓN (CADENA DE FIJACIÓN) 5.13.1 Descripción Cada elemento de unión está fijo al ribete de la cubierta mediante diversos medios, tipo: costura, ojal, pinza, etc. Cada elemento de unión debe ser independiente y puede recibir uno o varios accesorios tipo: bucle de regulación o leva de diente para regulación de tensión, anillo de fijación al pitón, tensor, resorte de compensación, cincha, etc. Un sistema unitario periférico puede mantenerse siempre que sus elementos presenten una relación de carga de trabajo / carga de ruptura por lo menos igual a 20. Para estos sistemas unitarios periféricos, no deben presentar desgaste ocasionado por el frotamiento con el borde del estanque. 5.13.2 Exigencias Al terminar el ensayo descrito en el numeral 5.13.3.1 (Ensayo de puesta en tensión), efectuado sobre la probeta en su estado inicial y después de haber efectuado el ensayo de envejecimiento descrito en el numeral 5.15, no se debe observar ningún desgarro (en particular sobre las costuras), ruptura, ni deformación irreversible de elementos constitutivos del elemento de fijación, cualquiera sea la naturaleza y número de accesorios instalados sobre el elemento de unión. 5.13.3 Método de ensayo 5.13.3.1 Ensayo de puesta en tensión 5.13.3.1.1 Probeta de ensayo Sistema de fijación completo con una muestra de cubierta de 0,10 m x 0,20 m entre mordazas. 5.13.3.1.2 Modo operativo Después de fijar el sistema de anclaje conforme a las condiciones de instalación recomendadas por el fabricante, aplique una fuerza de 300 N durante 10 min sobre el dispositivo de anclaje, en el sentido normal de los esfuerzos de tracción de la cubierta (ejemplo ilustrado en la Figura 8).

Page 47: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 47 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

En el ejemplo que ilustra la Figura 8, la muestra de la cubierta está montada en el dispositivo de fijación, y está fijo sólidamente al nivel del elemento de unión que se va a probar (el elemento de unión probado comprende todos los accesorios que normalmente lo conforman y que suministra el fabricante).

F F7

1

2

34

4

5

6

8Vista desde

arribaVista desdela izquierda

1. Muestra de la cubierta con su cincha o lazo, y la cadena de fijación que se va a probar 2. Soporte inferior de presión 3. Ejes de dispositivos de presión de placas; número según necesidad 4. Placa de presión u otra 5. Ribete exterior de la cubierta 6. Cadena de fijación con sus uniones a la cubierta 7. Dinamómetro o máquina de tracción con medición del esfuerzo 8. Dispositivo de anclaje a la playa F Fuerza de tracción

Figura 8. Ejemplo de montaje para la prueba de la cadena de fijación NOTA El costado entre cada ribete de la cincha fijada a la cubierta y la placa de presión correspondiente es mínimo de 0,05 m. NOTA La forma y las dimensiones de las placas de presión (4) pueden adaptarse a la forma del ribete (5) de la muestra que se va a probar, si es necesario. El objetivo es que, después de la fijación de la muestra bajo presión, no haya deslizamiento relativo entre la muestra (1) sometida a la fuerza de tracción F y el soporte inferior (2). 5.14 ENSAYOS DE ENVEJECIMIENTO CLIMÁTICO Los ensayos de envejecimiento natural deben efectuarse sobre tejidos, tejidos de punto, tejidos recubiertos o extruidos y mallas plásticas recubiertas durante dos años; las condiciones de exposición deben cumplir la norma NF T 54-405-1. Luego de dos años de exposición, haga seguimiento a las características de tracción; los materiales deben responder a las exigencias indicadas en el numeral 5.4.1.3 (Ensayos de tracción).

Page 48: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 48 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Paralelamente, los ensayos de envejecimiento acelerado pueden realizarse conforme a los normas NF EN 513. El envejecimiento artificial se efectúa en las condiciones definidas en la norma NF EN 513 Método 1, con una duración de exposición de 4 000 hrs (que corresponde a una dosis de iluminación energética de 8 GJ/m2 en el rango de longitudes de onda de 300 nm a 800 nm). La resistencia al envejecimiento climático artificial se aprecia después del envejecimiento simulado por las mediciones de las características en tracción, que deben responder a las exigencias indicadas en el numeral 5.4.1.3 (Ensayos de tracción). Para las cubiertas de barra, el ensayo de envejecimiento puede conducirse con o sin la barra.» 6. EXIGENCIAS Y MÉTODOS DE ENSAYO PARTICULARES A LAS CUBIERTAS TIPO LONA 6.1 GENERALIDADES Además del ensayo de choque, realizado conforme al numeral 5.10 (Resistencia al choque), sobre la cubierta en las condiciones normales de instalación, los ensayos mecánicos con probetas deben realizarse después de los ensayos de envejecimiento artificial (numeral 5.14 - Ensayos de envejecimiento climático artificial). En la ausencia de recubrimiento de 0,20 m de la lona sobre el brocal, fuera de las cubiertas sobre rieles, son aplicables los ensayos complementarios descritos en el numeral 7.2 (Riesgos de paso entre pared y extremos de láminas) y 7.3 (Hundimiento de la probeta). 6.2 ENSAYO DE ABRASIÓN 6.2.1 Generalidades El ensayo de abrasión es aplicable a las cubiertas que reposan sobre brocales y para aquellas en las que el viento puede provocar abrasión. 6.2.2 Exigencias Al terminar el ensayo como se determina en el numeral 6.2.3 (Modo operativo) que permite simular la fricción de tejidos contra los brocales, la probeta no debe presentar agujero o ruptura de filamentos.

6.2.3 Modo operativo Si el ensayo es aplicable, se efectúa según la norma NF G 35-105 con papel P600 durante 5 000 ciclos si el producto está lleno. La presión ejercida durante el ensayo por el papel P600 debe ser idéntica para todas las muestras de tejidos probados. Para las estructuras tipo red, se calculó un coeficiente de ponderación de 5000 ciclos, que es la relación entre la superficie llena en contacto con el brocal y la superficie total (relación máxima: 5, o sea 1 000 ciclos). 6.3 EXIGENCIAS PROPIAS DE LAS CUBIERTAS CON BARRAS Además de las exigencias contenidas en los numerales 6.1 (Generalidades) y 6.2 (Ensayo de abrasión) del presente documento, la cubierta, normalmente instalada, debe recubrir toda la superficie del estanque, incluyendo estanques de formas irregulares, las escaleras de peldaños, y spas integrados al estanque si existen. La cubierta que se extiende sobre las playas, y después de instalada, desborda por lo menos 0,20 m más allá del ribete interior de los brocales, sobre toda la periferia del estanque recubierto, y comprende las escaleras de peldaños y spas integrados.

Page 49: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 49 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

7. EXIGENCIAS PARTICULARES A LOS POSTIGOS AUTOMÁTICOS O MANUALES (SUMERGIDOS, FUERA DE SUELO O ENTERRADOS), A LOS FONDOS MÓVILES RÍGIDOS Y A LAS CUBIERTAS SUMERGIBLES

7.1 ACCESO POSTERIOR AL POSTIGO SUMERGIDO 7.1.1 Generalidades Debe impedirse el acceso posterior al postigo sumergido mediante la instalación de una protección (cubre postigo). El desmonte de esta protección no debe poder realizarse, sino con la ayuda de un instrumento o bien debe precisar una fuerza de extracción de 50 N mínimo conforme a la norma NF EN 71-1 durante la vida útil del producto. 7.1.2 Riesgos de atascamiento Una vez la cubierta esté totalmente enrollada no deben quedar espacios mayores de 100 mm que permitan el acceso detrás del postigo. Si existe un paso mayor a 100 mm entre la bobina y la pared detrás de la bobina, entonces el acceso detrás del postigo debe estar impedido mediante la instalación de una protección (cubre postigo). El desmonte de esta protección no debe poder realizarse sino con la ayuda de un instrumento o bien debe precisar una fuerza de extracción de 50 N mínimo. 7.1.3 Pared de separación entre el postigo y el estanque Si existe un tabique de separación o una pared, delante o debajo del postigo, debe tener un ángulo comprendido entre 0° y 40° respecto a la vertical (véase la Figura 9). La distancia entre la viga y el sistema de separación no debe exceder 150 mm. Los diferentes casos se determinan en la Figura 9, ilustrados como a), c), d). NOTA La presentación de los esquemas a continuación no es exclusiva y por tanto, no son los únicos que responden a las exigencias del presente documento.

Dimensiones en milímetros

Page 50: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 50 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

150 max. 100 max40° max

100 max

40° max

150 max.

100 max.

1 2

100 max.

40° max

100 max.

40° max

100 max.

100 max.

a) Pared de separación en albañilería b) Póstigo sin pared de separación

c) Pared de separación añadida

d) Pared de separación inclinada

e) Póstigo a media altura

f) Póstigo en el fondo de piscina 1 Tapa-postigo 2 Viga o soporte

Figura 9. Ejemplos de ilustraciones de la distancia entre la viga y el sistema de separación

7.1.4 Postigo por encima del suelo con revestimiento La inclinación máxima aceptable entre el postigo cerrado y el revestimiento o sus estructuras es 150 mm; inclinación extendida medida sin aplicación de ninguna fuerza sobre el postigo. 7.2 RIESGOS DE PASO ENTRE LA PARED Y LOS EXTREMOS DE LAS LÁMINAS 7.2.1 Exigencias El intervalo entre el extremo de las láminas y la pared del estanque no debe permitir el paso del volumen A de la probeta debajo de las láminas, como se ilustra en la Figura 10. Este ensayo debe igualmente realizarse entre los puntos de agarre de los extremos del postigo.

Page 51: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 51 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

7.2.2 Método de ensayo 7.2.2.1 Características de la probeta Probeta con una masa de 20 kg ± 0,5 kg como se ilustra en la Figura 10.

Dimensiones en milímetros

107 160

155

400 ± 5

R 40

72Ø 60

1

2

1 Volumen A NOTA Las tolerancias generales se dan a ± 1 mm

Figura 10. Probeta de ensayo utilizada para el paso entre la pared y los extremos de las láminas 7.2.2.2 Modo operativo Para los ensayos en la periferia del estanque, se aplica una fuerza de 300 N sobre el ribete de la cubierta, horizontal y perpendicularmente al ribete del estanque, dirigido hacia la misma, lo más cerca de la posición de la probeta, durante todo el tiempo que dure el ensayo. La instalación de la probeta debe realizarse por lo menos 30 s después de la aplicación de esta fuerza. La probeta debe ubicarse verticalmente sobre las láminas al borde del estanque, apoyada en las láminas sobre su propio peso. 7.3 HUNDIMIENTO DE LA PROBETA En el ensayo descrito en el numeral 5.8.2.3.1 (hundimiento de probeta horizontal), cuando sea posible, durante el ensayo de hundimiento horizontal en la periferia del estanque, colocar la probeta de tal forma que su generador (ensayo paralelo al ribete) o su extremo (ensayo perpendicular al ribete) esté situado aproximadamente a 100 mm del ribete del estanque.

Page 52: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 52 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Proceder de la misma manera durante el ensayo de hundimiento vertical (véase el numeral 5.8.2.3.2). 7.4 SEPARACIÓN ENTRE LA PARED Y LOS EXTREMOS DE LA CUBIERTA Para las cubiertas de tipo postigo enrollable, la separación entre la pared interior del estanque y el ribete del postigo debe ser máximo 70 mm, láminas flotantes sin impedimento vertical. Para las escaleras de peldaños romanas y otras formas no regulares, la separación entre la pared interior del estanque y el ribete del postigo no debe permitir el paso de un escantillón de 70 mm x 250 mm y un espesor de 10 mm puesto a plano sobre el extremo de las láminas. Para los sistemas con guía vertical como los fondos móviles o las cubiertas sumergibles, el espacio entre la pared interior del estanque y el fondo móvil o la cubierta sumergible debe ser máximo 70 mm. NOTA Las verificaciones se efectúan después de haber ejercido sobre la cubierta una fuerza horizontal de 300 N en el sentido de medición. 7.5 DESENGANCHE En el ensayo de paso de un adulto de 100 kg descrito en el numeral 5.11 (Paso de un adulto de 100 kg) del presente documento, no se debe producir un desenganche susceptible de comprometer la seguridad favorable al paso debajo de la cubierta. 7.6 DISPOSITIVO DE MANTENIMIENTO DE LAS LÁMINAS (DE LA PARTE FLOTANTE) 7.6.1 Generalidades Los dispositivos son los accesorios que permiten que la cubierta se conforme a las exigencias generales del numeral 5.8 (hundimientos). Por regla general, se ubican antes y detrás de la persiana si el mecanismo de enrollado no está recubierto (postigos de fondo o intermediarios, casos d) y e) en la Figura 9).

7.6.2 Cierre automático Para evitar los riesgos de desactivación del cierre automático por niños pequeños o una desactivación no intencional del cierre automático, este sistema debe requerir por lo menos: - una acción manual con una fuerza mínima de 50 N; o - dos acciones consecutivas sobre el sistema de desactivación del cierre automático para

liberarlo, la segunda depende de que se realice y se mantenga la primera, o - dos acciones separadas, pero simultáneas que actúan según principios diferentes; - uso de un instrumento como: una ficha, llave, tarjeta magnética u otro. Ante la hipótesis de que un cierre automático se programe, se debe disponer una indicación formal de cierre automático (testigo luminoso, testigo sonoro,....) 8. EXIGENCIAS PROPIAS DE LAS CUBIERTAS TIPO CAMPANA Estas exigencias conciernen a las cubiertas equipadas de un dispositivo, mecánico u otro, que impide o que permite el acceso al agua del estanque mediante el ascenso de una campana.

Page 53: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 53 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Estas cubiertas deben satisfacer las exigencias y los ensayos del presente documento, así como las prescripciones de la Máquina Directriz. Los materiales que componen estas cubiertas deben estar: - en contacto con el agua clorada y generalmente salada; o - en contacto con los vapores de cloro activo, bromo, o productos de ozono, entre otros,

mediante los sistemas de tratamiento denominados a la sal del agua del estanque; o - en contacto entre los materiales con posibilidad de crear una pareja electrolítica; - sometidos a la acción conjunta de rayos infrarrojos y ultravioletas, directos e indirectos

provenientes del sol. Deben validarse para la aplicación correspondiente sobre la documentación prevista para satisfacer la Máquina Directriz.

Page 54: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 54 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

a) b)

c) d)

e) f)

g) h)

i)

Figura 11. Ejemplos de dispositivos de mantenimiento de láminas

Page 55: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 55 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

9. OTROS TIPOS DE CUBIERTA Estas cubiertas deben responder a las exigencias generales y comunes descritas en el numeral 5 (Exigencias comunes a todas las cubiertas) del presente documento. 10. EXIGENCIAS PARA LOS SISTEMAS MOTORIZADOS 10.1 DISPOSITIVO DE MANDO El dispositivo de mando debe tener contacto sostenido durante la maniobra de cierre. Debe estar en puesto fijo y tener cierre automático o móvil, pero supeditado al sistema de protección. Su localización debe permitir la verificación de que ninguna persona ingrese al estanque durante la maniobra. Se debe asegurar la transmisión de corriente portadora e inalámbrica. 10.2 DISPOSITIVO DE MANIOBRA Los dispositivos de maniobra supeditados a la cubierta de seguridad deben ser removibles o de cierre automático. 10.3 SEGURIDAD ELÉCTRICA Los productos y la instalación deben estar conforme a los Normas NF C 15-100, NF EN 55014-1, NF EN 60335-1 y NF EN 61000-6-3. 11. EXIGENCIAS PARA LOS SISTEMAS MANUALES El dispositivo de maniobra debe estar diseñado para removerlo o cerrarlo automáticamente, con la ayuda de un instrumento o un código. En caso de un dispositivo de maniobra no removible y sin cierre automático, la fuerza de accionamiento no debe ser inferior a 100 N. La localización de los sistemas debe permitir la verificación de que ninguna persona ingrese al estanque durante la maniobra de cierre. 12. INSTRUCCIONES PARA EL USUARIO 12.1 PRINCIPIOS GENERALES El fabricante / proveedor debe suministrar información, en el momento de la compra, sobre las correspondientes instrucciones de instalación y, si es aplicable, uso, mantenimiento, servicio así como las recomendaciones de seguridad propias de las cubiertas. NOTA Un futuro referencial de buenas prácticas de instalación de los elementos de protección brindará información complementaria a los instaladores. NOTA Todos estos documentos deben llevar la siguiente mención: Léase cuidadosamente y consérvese para posteriores consultas. Todos estos documentos deben llevar los elementos de identificación del equipo al que hacen referencia: - Nombre y dirección del responsable de la puesta en marcha (fabricante o importador) o

distribuidor;

Page 56: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 56 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Número telefónico donde el consumidor puede obtener las explicaciones complementarias, si es preciso;

- Nombre y referencia del modelo. Todas las instrucciones y recomendaciones deben ser legibles, claras y comprensibles para el comprador / usuario del dispositivo y estar redactadas en español. Cuando las instrucciones y guías contengan varias páginas, deberá paginarse como corresponde. Para mejorar la comprensión, se recomienda el uso de ilustraciones, las cuales deben ubicarse de manera que puedan verse mientras se lee el texto al que hacen referencia. Las ayudas visuales no deben ser contradictorias a las exigencias incluidas en el presente documento. Las prohibiciones, advertencias y prevenciones deben ser evidentes. 12.2 INFORMACIÓN EN EL MOMENTO DE LA COMPRA A fin de que el comprador / usuario pueda hacer la selección de su agrado, debe disponer con anterioridad de la información correspondiente antes de efectuar la compra. Esta cubierta no remplaza el buen juicio ni la responsabilidad individual. Tampoco tiene como objetivo la sustitución de la vigilancia de los padres o adultos responsables, que sigue siendo el factor esencial para la protección de los niños pequeños. Para permitir la selección del comprador / usuario la información al momento de la compra debe estar disponible de antemano e indicar lo siguiente: - la siguiente especificación: Cubierta de seguridad para estanque destinada a impedir el

acceso de niños menores de cinco años; - indicación del modelo de cubierta; - dimensiones de la playa del estanque protegido con la respectiva cubierta; - niveles de agua (mínimo y máximo) requeridos por el producto; - niveles de agua mínimo para el período de hibernación; - la siguiente especificación: Producto conforme a la presente norma técnica. - periodo de uso (ejemplo: todas las estaciones o solo en hibernación); - dimensiones y peso por metro cuadrado de acondicionamiento de la cubierta; - tiempos estimados de manipulación (abertura, cierre) de la cubierta y número de personas

necesarias para esta manipulación; - naturaleza y duración de la garantía del fabricante; - necesidad de proporcionar al fabricante un plano del estanque retomando la longitud y largo

de las medidas del estanque, incluyendo la totalidad en metros para que el postigo o el fondo móvil se ajuste correctamente al estanque y que el espacio entre el interior del mismo y el postigo o el fondo, sea inferior a 70 mm;

Page 57: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 57 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- límites de uso del producto; - la siguiente especificación: Un niño se ahoga en menos de tres minutos; ningún tipo de

protección remplazará jamás la vigilancia y supervisión de un adulto responsable. Por razones de seguridad y duración, cada fabricante debe suministrar al propietario de la piscina las recomendaciones de hibernación. NOTA Para que el postigo o el fondo móvil presenten todas las características de seguridad, la separación entre el interior del estanque y el ribete del postigo o del fondo móvil debe ser máximo 70 mm. Este resultado lo asegura un operario calificado. Para que el postigo y el fondo móvil se ajusten correctamente al estanque, es indispensable suministrar al fabricante un plano del estanque con la longitud y largo del mismo incluyendo todo el metraje. 12.3 INSTRUCCIONES DE INSTALACIÓN Las instrucciones de instalación deben incluir: - lista de elementos constitutivos de la cubierta de seguridad; - conjunto de instrucciones necesarias para el montaje correcto y completo; - planos, esquemas y, eventualmente escantillones; - masa, número de personas y material necesario para el montaje de la cubierta, y - fotos, esquemas, croquis y todo elemento gráfico para facilitar la comprensión. 12.4 INSTRUCCIONES DE USO Las instrucciones de uso deben incluir: - toda información relativa al funcionamiento normal (manipulación, cierre automático,…) de la

cubierta de seguridad; - la siguiente advertencia: Siempre tenga a la vista el estanque durante las operaciones de

apertura o cierre - la siguiente advertencia: Verifique siempre que el nivel de agua del estanque permanezca

constante y conforme a lo establecido por el fabricante. Para los postigos enrollables, la siguiente advertencia: No debe detenerse en posición intermedia, porque esto conlleva el riesgo de atascamiento del cuerpo al nivel de encofrado del postigo enrollable, en caso de baño. La persona que efectúe la maniobra debe asegurarse de antemano de la ausencia de bañistas. 12.5 INSTRUCCIONES DE MANTENIMIENTO Las instrucciones de mantenimiento deben precisar: - que el mantenimiento es responsabilidad del cliente; - la periodicidad de limpieza; - las recomendaciones sobre instrumentos y tipo de producto por utilizar para la limpieza;

Page 58: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 58 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- pasos para proceder a las operaciones simples de limpieza y almacenamiento, y - recomendaciones de hibernación. Se debe especificar la frecuencia y los casos en los que se considera conveniente inspeccionar o hacer mantenimiento a los sistemas de anclaje, agarres, en función del tipo de equipo o de materiales utilizados. 12.6 INSTRUCCIONES DE SERVICIO Las instrucciones de servicio deben precisar: - instrucciones relativas a la inspección y al mantenimiento de la cubierta; - frecuencia de remplazo de elementos por desgaste; - dirección de servicio post-venta; - que las piezas de recambio deben ser originales o conforme a las especificaciones del

documento. 12.7 RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD 12.7.1 Recomendaciones generales de seguridad Las recomendaciones generales de seguridad deben contener, mínimo, la siguiente información: - ADVERTENCIA: El estanque puede constituir un serio peligro para su niño/a. El ahogamiento

sucede rápidamente. Los niños que estén cerca a un estanque requieren su vigilancia constante y su supervisión activa, aunque sepan nadar.

- ADVERTENCIA: La presencia física de un adulto responsable es indispensable cuando esté

abierto el estanque. Debe ir acompañada del pictograma que resalte el deber de los padres y / o adultos responsables de vigilar a los niños pequeños y que resalte, además, los riesgos de ahogamiento. La Figura 12 contiene un ejemplo del pictograma.

l

Figura 12. Ejemplo de pictograma - aprender las acciones que salvan. - memorizar y mostrar cerca del estanque los números telefónicos de los centros de asistencia

hospitalaria o clínicas más cercanas, servicios de ambulancia y centros de atención de emergencias, (Artículo 22 Resolución 1510 de 2011):

- bomberos

Page 59: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 59 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- línea única de emergencia 123

12.7.2 Recomendaciones de seguridad de las cubiertas Las recomendaciones de seguridad propias de las cubiertas deben contener mínimo la siguiente información: - Esta cubierta no remplaza el buen juicio ni la responsabilidad individual. Tampoco tiene como

objetivo la sustitución de la vigilancia de los padres o adultos responsables, que sigue siendo el factor esencial para la protección de los niños pequeños.

- ADVERTENCIA Atención, la seguridad solo se garantiza cuando la cubierta está cerrada,

tiene puesto el cierre automático y está correctamente instalada conforme a las instrucciones del fabricante.

- La cubierta debe instalarse sistemáticamente en caso de ausencia, así sea momentánea, del

domicilio o residencia. - Asegurarse de la ausencia de bañistas o cuerpos extraños en el estanque antes y durante la

maniobra. - Mantener los instrumentos y herramientas necesarios para accionar las cubiertas fuera del

alcance de los niños. - Sólo un adulto responsable debe poner en marcha el mecanismo. - Excepto para fondos móviles, se prohíbe montar, marchar o saltar sobre una cubierta de

seguridad. - Tomar las medidas necesarias para impedir el acceso al estanque de niños pequeños, durante

la reparación de la cubierta o mientras se verifica la causa del mal funcionamiento que impide el cierre y aseguramiento del estanque o en caso de indisponibilidad temporal de equipo o del estanque.

- Respetar los niveles de agua definidos por el fabricante. 12.8 ROTULADO DEL PRODUCTO Toda cubierta de seguridad debe llevar las siguientes indicaciones, de manera legible, visible e indeleble: - Esta cubierta cumple la presente norma técnica - Nombre del fabricante o importador o su razón social; - Mención que permita identificar el modelo; - La siguiente advertencia: CUBIERTA DE CIERRE AUTOMÁTICO = SEGURIDAD en letra

fuente 24 y en negrilla; - mención que permita asegurar la trazabilidad del producto (número de lote, serie, año de

fabricación para los productos al detal, etc.).

Page 60: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 60 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO A (Informativo)

REGLAMENTACIÓN APLICABLE

Ley 1209 de 2008 por medio de la cual se establecen normas de seguridad en piscinas. Decreto 2171 de 2009 por medio del cual se señalan medidas aplicables a las piscinas y estructuras similares de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional y se dictan otras disposiciones. Resolución 1618 de 2010 por la cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2171 de 2009. Resolución 1509 de 2011 por la cual se imponen unas medidas preventivas. Resolución 1510 de 2011 por la cual se definen los criterios técnicos y de seguridad para piscinas y se dictan otras disposiciones.

ANEXO B

(Normativo)

MÉTODO DE REACCIÓN AL CONTACTO CON SULFURO DE HIDRÓGENO B.1 EQUIPO - mezclador de vidrio; - pipeta; - probeta 16/160 (tubo de ensayo); - soporte de probeta; - anteojos de protección; - guantes de protección; - campana. B.2 PRODUCTOS QUÍMICOS / REACTIVOS - sulfuro de sodio hidratado (escamas) 250 g; - ácido clorhídrico titulado al 25 %; - agua destilada. B.3 PREPARACIÓN DE SOLUCIONES La manipulación y preparación de soluciones se efectúa bajo campana de aspiración con porte de equipos individuales de protección. B.3.1 Solución 1

Page 61: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 61 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Poner en una probeta 10 cm3 ± 1 cm3 de agua destilada y enseguida 1 cm3 a 2 cm3 de la solución de ácido clorhídrico;

- Agitar con ayuda de un mezclador de vidrio; - Es obligatorio respetar el orden indicado (primero el agua y luego el ácido), de lo contrario se

crea riesgo de proyección de ácido. B.3.2 Solución 2 Poner en un tubo de ensayo, de dos a tres escamas de sulfuro de sodio y llenar con agua destilada hasta la mitad del tubo, aproximadamente 10 cm3. El sulfuro de sodio se debe disolver en agua (agitar suavemente, de ser el caso). Esta solución se debe preparar justo antes de ser usada. B.4 MODO OPERATIVO DEL ENSAYO El ensayo se debe efectuar a 20 °C ± 5 °C debajo de la campana de aspiración. - Pulir con piedra pómez la superficie del perfil, con papel abrasivo (granulometría 240 μm); - Añadir entre 1 cm3 y 2 cm3 de la solución 1 en la solución 2, por medio de la pipeta y mezclar

con un mezclador de vidrio; - Con la pipeta colocar una a dos gotas de esta solución sobre la superficie del perfil pulida con

piedra pómez y repartir suavemente con un mezclador de vidrio. B.5 RESULTADOS No debe ocurrir ninguna reacción: ausencia de coloración de la superficie del perfil luego de 2 min.

ANEXO C

(Normativo)

MÉTODO PARA DETERMINAR EL VALOR AE C.1 SIMULACIÓN DE ABSORCIÓN DE AGUA EN EL ESTANQUE Esta simulación tiene como propósito determinar la carga repartida uniformemente, límite CR y aplicada sobre una cubierta en PVC-UE que permita efectuar una prueba de hundimiento vertical y horizontal, conforme al numeral 5.8 de esta norma. Condiciones del ensayo: En un estanque, después de instalación normal de una cubierta en PVC-UE. Modo operativo: - Realizar una prueba de hundimiento vertical y horizontal en el entorno más desfavorable,

conforme al numeral 5.8 de esta norma; - Instalar pesos uniformemente distribuidos sobre una superficie equivalente a la recubierta de

agua en el momento de la prueba de hundimiento vertical y horizontal (por ejemplo, ayuda de pesos adhesivos diseñados para el equilibrio de ruedas con llantas de aluminio);

Page 62: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 62 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Realizar tres pruebas sucesivas de hundimiento vertical y horizontal (dejando que el agua se escurra de la cubierta entre dos ensayos), para determinar el valor medio de hundimiento;

- Aumentar o disminuir la carga repartida y retirar las pruebas de hundimiento por serie de tres,

hasta obtener el hundimiento máximo autorizado (conforme a las exigencias del numeral 5.8.1).

Resultado: Calcular la carga límite aceptable y tomar el valor más débil como referente. Esta última carga repartida constituye la carga uniformemente repartida límite CR en g/m2. C.2 DETERMINACIÓN DE VALORES NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CURVAS Determinación de la corrección de la capacidad de carga FC debido a los pesos puestos sobre la cubierta: FC = VP x d VP = CR/d1 FC corrección de capacidad de carga en g/m2; VP volumen de pesos aplicados; d densidad del agua (1 g/cm3); d1 densidad de pesos aplicados en g/cm3. Determinación del valor simulado de absorción de agua VAE después de corrección:

VAE = CR - FC (en g/m2) Determinación del límite de absorción de agua LAE en porcentaje:

LAE = (VAE /PC) x 100 PC pesos de la cubierta en g/m2 Determinación del valor de saturación VSAT de la cubierta en porcentaje:

VSAT = (FCUB/PC) x 100 FCUB capacidad de carga de la cubierta en g/m2. C.3 DETERMINACIÓN DE CURVAS LÍMITE Las curvas límite se definen por la ecuación:

AAGUA = K x √t AAGUA absorción de agua en porcentaje; K constante;

Page 63: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 63 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

√t raíz cuadrada del tiempo expresado en días. El límite de absorción de agua LAE debe alcanzarse apenas transcurran tres años, es decir, 1 095 d √1095 = 33,09 El valor de saturación VSAT debe alcanzarse apenas transcurran diez años, es decir, 3 650 d: √3650 = 60,4 Esto nos da las curvas límite a continuación, que se suministran a título de ejemplo:

70

60

50

40

30

20

10

0

Con

teni

do d

e ag

ua (%

)

Raíz cuadrada del tiempo (d)

0 33 60

Saturación de 10 años

Duración S/ norma 3 años

C.4 DETERMINACIÓN DEL VALOR AE La absorción de agua tolerada AE en porcentaje es el valor más pequeño de la curva duración norma tres años y saturación de diez años para un tiempo t de 50 días. √50 = 7,07 A título de ejemplo:

4

3

2,5

2

1,5

1

0,5

0

Con

teni

do d

e ag

ua (%

)

Raíz cuadrada del tiempo (j)0 7,07

3,5

Page 64: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 64 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO NO. 2

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA – NTC 5776 “SEGURIDAD EN PISCINAS. PARTE 1: BARRERAS DE SEGURIDAD PARA PISCINA”. 0. INTRODUCCIÓN 0.1 Esta serie de normas ayuda a los responsables y bañistas a evitar ahogamientos en piscinas. En este sentido, brinda opciones de diseño, construcción y desempeño de diversas barreras, para impedir, retrasar o detectar el ingreso no supervisado al área de la piscina por parte de niños pequeños (véase el numeral 1.3.13). Las disposiciones de alturas mínimas, distancias mínimas o máximas de separación de elementos horizontales, verticales o diagonales que forman parte de la construcción del cerramiento, distancia mínima del borde de la piscina para las barreras, entre otros requisitos considerados en esta norma, se entienden como los mínimos necesarios para dar una adecuada seguridad en cualquier tipo de piscina. La evidencia estadística demuestra que la mayoría de las muertes por ahogamiento en piscinas particulares involucran a niños menores de cinco años. Por esta razón, los requisitos que establece esta norma están dirigidos a tener una barrera que dificulte a los niños pequeños su acceso al área de la piscina, bien sea por debajo, por encima o a través de la barrera. Las disposiciones de esta norma se relacionan con barreras que están destinadas para ser resistentes a los niños, pero no son a prueba de niños, dado que la eficacia de la barrera o cerramiento depende en mayor grado de la supervisión y vigilancia, su ubicación, instalación y mantenimiento. Los requisitos se establecen con la intención de brindar seguridad a los bañistas menores y permitir un grado alto de flexibilidad para que el consumidor seleccione en la barrera, la estética que desea y el costo. Los requisitos para el uso eficaz de las barreras para proteger a los niños de los peligros de las piscinas se indican en la NTC 5777, Seguridad en piscinas, Parte 2. Ubicación de las barreras de seguridad para piscinas. Los requisitos para las unidades de puertas para las piscinas se establecen en la norma AS 2820, Gate Units for Private Swimming Pools. En esta norma se han utilizado los términos "normativo" e "informativo" para definir la aplicación de los anexos. Un anexo "normativo" forma parte integral de la norma, mientras que un anexo "informativo" únicamente suministra información y recomendaciones.

Las notas del texto contienen información y recomendaciones. No contienen información normativa, es decir, no incluyen requisitos. Las frases expresadas en términos obligatorios en las notas de las tablas y las figuras se consideran requisitos de esta norma. Todas las dimensiones para todas las figuras están en milímetros, a menos que se indique algo diferente. 0.2 Esta norma es una adopción modificada de la norma AS1926.1-2007 Swimming Pool Safety. Part 1. Safety Barriers for Swimming Pools En esta norma se han hecho las siguientes modificaciones con respecto al documento de referencia debido a las necesidades particulares en Colombia. 0.2.1 Numeral 0. Se agrega este numeral para dar claridad sobre el objetivo de la norma y su aplicación.

Page 65: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 65 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

0.2.2 Numeral 1.1. Se indica que la norma no cubre las estructuras similares definidas en el articulo 3 del decreto 2171 de 2009, para evitar confusiones ente lo establecido por ley y el objeto de la norma técnica. 0.2.3 Se modifican los numerales 1.3.3, 1.3.11 y 1.3.12, con el fin ajustarlas a las definiciones establecidas por ley y dar claridad a los usuarios de la norma. 0.2.4 Numeral 2.1. Se elimina el siguiente requisito: “La barrera debe ser una estructura permanente”. Con el fin de evitar confusiones a los usuarios de la norma entre los términos “permanente y temporal” y “removibles y fijos” y buscando la aplicabilidad de la norma tanto a barreras de tipo fijo como removible. 0.2.5 Numeral 2.2. Se agrega que el material utilizado debe cumplir con la legislación vigente en materia de construcción. 0.2.6 Numeral 2.5.4.1. Se agrega al texto original “…con llave o candado que garantice que pueda quedar cerrado una vez salga de servicio la piscina.”, con el fin de garantizar que el cerramiento quede cerrado de forma segura cuando salga de servicio la piscina. 0.2.7 Se elimina el requisito de “Cuerpos de agua permanente”, se considera que este elemento genera un riesgo mayor. 0.2.8 Numeral 2.7. Se agrega el siguiente requisito para la malla utilizada en ventanas: “…que cumpla las condiciones de resistencia de esta norma…”, para garantizar la dificultad de acceso de un niño a la piscina. SECCIÓN 1. OBJETO Y GENERALIDADES 1.1 OBJETO Esta norma específica los requisitos para el diseño, la construcción y el desempeño de vallas, puertas, muros de retención, ventanas, conjuntos de puertas y balcones destinados a formar una barrera que restringirá el acceso de los niños pequeños a las piscinas. Esta norma no cobija a las estructuras similares definidas en el Artículo 3 Decreto 2171 de 2009. NOTA 1 Las piscinas de “uso colectivo” tienen dinámicas humanas diferentes, como por ejemplo el acceso a personas con discapacidades, mayor utilización de las puertas, supervisión y comportamiento de multitudes, y la duplicación de los requisitos de esta norma puede no ser siempre adecuada. NOTA 2 El Anexo D proporciona una guía amplia para algunos de los criterios clave de construcción que deben satisfacer algunos de los tipos más comunes de barreras, con el fin de cumplir con los requisitos de esta norma. 1.2 REFERENCIA NORMATIVA El siguiente documento normativo referenciado es indispensable para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección). AS 2820, Gate Units for Private Swimming Pools.

Page 66: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 66 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

1.3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos de este documento normativo se aplican los siguientes términos y definiciones. 1.3.1 Sector circular de funcionamiento. Área definida por el desplazamiento angular de una puerta desde la posición totalmente abierta hasta totalmente cerrada.

1.3.2 Barrera. Ensamble de componentes, naturales o no, que forman la barrera destinada para la piscina. La barrera incluye elementos tales como postes y paneles, puertas y conjuntos de puerta construidos, o muros naturales, laterales de las edificaciones, ventanas resistentes a los niños, los ante pechos o barandas de un balcón, cuando estos forman parte de la barrera prevista. 1.3.3 Conjunto de puerta resistente a los niños. Un conjunto de puerta consta de una puerta, el marco, el dispositivo de autocierre y autobloqueo, con llave o candado para cuando la piscina no esté en uso, diseñado para suministrar la vía de acceso desde la edificación a la piscina. 1.3.4 Cerramiento. Un tipo de barrera que consta de una valla y puerta o puertas asociadas. 1.3.5 Altura del cerramiento. Altura perpendicular desde el nivel del suelo terminando en cualquier punto a lo largo de la longitud del cerramiento, medida en el lado exterior del cerramiento (véase la Figura 2.1). 1.3.6 Nivel del suelo terminado. Superficie estable y permanente. 1.3.7 Puerta. Cualquier porción de la barrera, diferente al conjunto de puerta resistente a los niños (véase el numeral 1.3.3), que está diseñada para brindar una vía de acceso a través de la barrera según el numeral 2.5. 1.3.8 Lado interior del cerramiento. Lado de una valla o puerta que está frente al área de la piscina. Es la parte que está dentro del área del cerramiento 1.3.9 Zona no escalable (ZNE). Zona que consta de una barrera así como del espacio asociado a una distancia de hasta 900 mm de la barrera, destinada a evitar la escalada de la barrera por parte de los niños. Se incluye cualquier punto a lo largo de la longitud de la barrera y su espacio asociado.

1.3.10 Lado exterior del cerramiento. Lado de una valla o puerta que no está frente al área de la piscina. Es el área que está afuera del cerramiento 1.3.11 Área de la piscina. Área de uso exclusivo del (los) bañista (s), que rodea al estanque de agua y está separada del resto de la instalación por medio de una barrera de seguridad. 1.3.12 Piscina. Para los fines de esta norma se entenderá como piscina la estructura artificial destinada a almacenar agua con fines recreativos, deportivos, terapéuticos o simple baño, trampolines zonas de salto y acceso a toboganes. Es toda excavación o estructura que contenga agua con una profundidad superior a 300 mm que se utiliza principalmente para nadar, vadear, chapotear o actividades similares, incluyendo piscinas para niños o para bañarse, o Spa. NOTA Definición adaptada de la Ley 1209 Artículo 4. 1.3.13 Niño pequeño. Niño menor de cinco años de edad.

SECCIÓN 2: DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE UNA BARRERA 2.1 GENERALIDADES

Page 67: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 67 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

La barrera debe tener un diseño y una construcción que restrinjan el acceso de los niños pequeños. La altura eficaz de la barrera no debe ser inferior a 1 200 mm y debe incluir una zona no escalable continua. La zona no escalable (ZNE) se puede ubicar en cualquier parte de la superficie vertical de la barrera. En esta zona la distancia entre un apoyo para manos y uno para pies no debe ser inferior a 900 mm (véase la Figura 2.1 con respecto a ejemplos genéricos). 2.2 MATERIALES Y TERMINADO Las barreras se pueden construir con cualquier tipo de material siempre que la barrera terminada cumpla con los requisitos de esta norma y la legislación vigente. La barrera debe estar libre de bordes afilados, partes sobresalientes afiladas, espacios que puedan atrapar algún miembro y peligros similares. 2.3 CERRAMIENTO 2.3.1 Generalidades La ubicación de la zona no escalable debe estar en la parte exterior del cerramiento, excepto para una valla limitante. Una valla limitante no debe tener una altura inferior a 1 800 mm y la zona no escalable se puede ubicar en la parte superior del lado interior del cerramiento (véanse las Figuras 2.1, 2.2 (a) a 2.2 (c), 2.3 (A) y 2.3 (B)). El diseño y la instalación de la valla deben ser verticales o, cuando se diseña específicamente para que se incline lejos de la piscina, tal inclinación no debe ser superior a 15° con respecto a la vertical y se debe mantener a una altura mínima de 1 200 mm, medida verticalmente desde la parte superior de la valla. 2.3.2 Material perforado o malla El cerramiento que utiliza materiales perforados o mallas con aberturas no superiores a 13 mm debe tener una altura efectiva del cerramiento no inferior a 1 200 mm. El cerramiento que utiliza materiales perforados o mallas con aberturas superiores a los 13 mm pero no mayores a 100 mm deben tener una altura eficaz del cerramiento no inferior a 1 800 mm. No se deben utilizar materiales perforados con aberturas superiores a 100 mm. El cerramiento que utiliza mallas debe incluir un alambre tensor, o una baranda tensora en la parte superior y en la base del cerramiento, que garantice la altura eficiente mínima establecida en la norma.

Dimensiones en milímetros

Page 68: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 68 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Nivel del suelo acabado

1200 mín.

Interior Exterior

900 ZNE

900 ZNE

Cerramiento

Véase la nota abajo

(a) Aceptable

Interior Exterior

900 ZNE

Nivel del suelo acabado

1200 mín.Cerramiento

(b) No aceptable

Nivel del suelo acabado

1200 mín.Cerramiento

Interior Exterior

900 ZNE

(c) Aceptable

Nivel del suelo acabado

1200 mín.Cerramiento

Véase la nota abajo

Interior Exterior

900 ZNE

900ZNE

(d) Aceptable

Arbustono escalable

Interior Exterior

900 ZNE

Nivel del suelo acabado

1200 mín.Cerramiento

(e) Aceptable

Objeto noescalable

900 ZNE

Nivel del suelo acabado

1800 mín.Cerramiento

Exterior(puede serescalable)

(f) Valla limitante escalableen el exterior

Interior

NOTA El punto con radio más bajo puede estar en cualquier parte de la valla por lo menos a 900 mm por encima del suelo o de la baranda o apoyo para pies inferior más alto.

Figura 2.1. Ejemplos de zonas no escalables (ZNE)

Page 69: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 69 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

900 (ZNE) 1200 mín.

100 máx.

Elemento horizontalinferior, más alto

100 máx.

900 mín.

1200 mín.

100 máx.

Elementovertical

Nivel del sueloacabado

Elemento horizontalsuperior, más bajo

NOTA En los sitios con pendiente, la altura de la valla se debe medir perpendicular a la línea del suelo.

a) Suelo con pendiente

Dimensiones en milímetros

100 máx.

900 (ZNE) 1200 mín.

Elemento horizontalinferior, más alto

1200 mín.

Escalónvertical "D"

Nivel del sueloacabado

Elementovertical

100 máx.

900 (ZNE)

900 (ZNE)

Escalón vertical de la valladebe ser igual al

escalón vertical "D"

Elemento horizontalsuperior, más bajo

b) Suelo escalonado

Continúa...

Figura 2.2. Dimensiones perpendiculares del cerramiento

Page 70: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 70 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Elementovertical

Nivel del sueloacabado

100 máx.

1200 mín.

Elemento horizontalinferior, más alto

Elemento horizontalsuperior, más bajo

100 máx.

900 (ZNE)

c) Suelo con pendiente

Figura 2.2. (Final) Dimensiones perpendiculares del cerramiento 2.3.3 Salientes y depresiones superficiales Las salientes y depresiones, o cualquier combinación de ellas, dentro de la zona no escalable no deben formar una superficie esencialmente horizontal con una profundidad superior a 10 mm (véase la Figura 2.3 (A)). Las salientes o depresiones que forman una superficie horizontal no actúan como apoyo para escalar si cumplen con lo que indican las Figuras 2.3 (A) y 2.3 (B). La valla debe tener diseño vertical o cuando se diseña específicamente para que se incline desde la piscina, dicha inclinación no debe ser superior a 15° con la vertical.

900 (ZNE) 1200 mín.

Parte superior del cerramiento

Nivel del sueloacabado

Cerramiento

Medición de la profundidadde las depresiones osalientes (por ejemploladrillos ornamentales ovigas horizontales).Véase el numeral 2.3.3

(b) Vista frontal(a) Sección

NOTA La zona no escalable de 900 puede estar entre dos puntos cualesquiera en algún nivel de la superficie externa de la pared

Figura 2.3 (A). Cerramiento con salientes como ladrillos o piedras ornamentales

Continúa...

Page 71: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 71 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Parte superiordel cerramiento

Parte superiordel cerramiento

Parte superiordel cerramiento

(a) Barandas interiores,pero con montantesseparados no más

de 10 mm

(b) Barandas conmontantes

separados no másde 100 mm

(c) Cerramientos convarios elementoshorizontales, por

ejemplo la construcciónde acero soldado

Nivel del sueloacabado

900 (ZNE) 1200 mín.

Figura 2.3 (B). Separación de los elementos horizontales o de las salientes o depresiones accesibles 2.3.4 Elementos horizontales escalables Para vallas con altura inferior a 1 800 mm que tienen componentes tales como barandas, barras, alambres, abrazaderas o bisagras de la puerta que se ubican en el exterior del cerramiento y que se podrían utilizar como apoyo para escalar, o cuando los elementos verticales están separados de forma que brindan unas aberturas libres superiores a 10 mm de ancho, entonces se deben aplicar las siguientes condiciones: a) Los elementos horizontales no deben estar dentro de la zona no escalable. Cuando la valla

está en un sitio con pendiente, la zona no escalable debe ser paralela a la parte superior de la valla (véase la Figura 2.2 (a)).

b) Para vallas con barandas, la parte superior del elemento horizontal inferior más alto debe estar

por lo menos 1 000 mm por debajo de la parte superior de la valla (véanse las Figuras 2.2 y 2.3(B)).

NOTA Para vallas con altura inferior a 1800 mm, las superficies esencialmente horizontales como barandas, barras, alambres o abrazaderas que se puedan utilizar como apoyo para la escalada y que cumplan con los ítems (a) y (b), se deberían ubicar en el lado interior de la valla. 2.3.5 Elementos horizontales no escalables Como alternativa para el numeral 2.3.4, los elementos esencialmente horizontales tales como barandas, ubicados en el lado exterior del cerramiento con altura inferior a 1 800 mm, no se deben considerar como apoyos para la escalada siempre que cumplan las siguientes condiciones: a) Los elementos horizontales deben cumplir con lo indicado en la Figura 2.4, y b) Los elementos verticales deben estar separados de manera que formen una abertura libre no

superior a 10 mm.

Page 72: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 72 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Véasedetalle A

Filete60° mín.

ExteriorInterior

Elementos verticalesseparados no másde 10 mm

Sección Detalle A(se aplica a

cualquier baranda)

Vista frontalMenosde 900

1200 mín

Figura 2.4. Valla con elementos horizontales o depresiones que no actúan como apoyo para la escalada

2.3.6 Superficies horizontales en el lado interior del cerramiento Para vallas con altura inferior a 1 800 mm, en las cuales alguna superficie horizontal cercana que podría utilizarse como apoyo para la escalada se localiza permanentemente cerca del lado interior del cerramiento adyacente a la zona no escalable y cuando la separación entre los elementos verticales es superior a 10 mm, tal superficie debe estar separada del cerramiento por una distancia no inferior a 300 mm (véase la Figura 2.5).

900

300Valla

100 Máx.

900(ZNE)

Nivel del suelo acabado

Interior Exterior

Figura 2.5. Cerramiento con salientes o depresiones, o elementos horizontales que pueden actuar como apoyo para la escalada

2.3.7 Elementos verticales El espacio libre entre elementos verticales adyacentes (véase la Figura 2.2) tales como estacas, barras o cables, no debe exceder los 100 mm en ningún punto. 2.4 DISTANCIA AL SUELO La altura de cualquier abertura entre la base de la barrera y el nivel del suelo acabado no debe ser superior a 100 mm. NOTA El área circundante de la piscina debe ser estable y permanecer intacta todo el tiempo. No se acepta arena suelta.

Page 73: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 73 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

2.5 PUERTAS Y ACCESORIOS 2.5.1 Dirección de apertura Las puertas deben estar instaladas de forma tal que solamente giren hacia afuera, es decir hacia el lado exterior del área de la piscina. 2.5.2 Funcionamiento de la puerta La puerta debe funcionar en un área que le permita desplazarse libremente en todo su sector circular de funcionamiento. La máxima separación debajo de la puerta no debe exceder de 100 mm en ningún punto cuando está cerrada. 2.5.3 Dispositivo de autocierre Todas las puertas deben contar con un dispositivo que las devuelva a la posición de cierre y active el dispositivo de bloqueo desde cualquier posición con un comienzo estático, sin la aplicación de fuerza manual. El dispositivo de autocierre debe tener la capacidad de cumplir estos requisitos con la puerta en cualquier posición, desde el mecanismo de bloqueo en reposo hasta la apertura total. NOTA 1 El dispositivo de autocierre puede requerir de una operación de frenado de retorno amortiguado para evitar el choque cuando la puerta se cierra. NOTA 2 Los dispositivos de autocierre sometidos a la carga del viento (que puede evitar su cierre) pueden requerir de consideraciones especiales. 2.5.4 Dispositivo de bloqueo 2.5.4.1 Generalidades Las puertas deben tener un dispositivo de bloqueo que funcione automáticamente al cerrar la puerta y que evite que ésta se vuelva a abrir sin la liberación manual del bloqueo, con llave o candado que garantice que pueda quedar cerrado una vez salga de servicio la piscina. El dispositivo de bloqueo no debe permitir: a) ser ajustado inadvertidamente durante el funcionamiento; b) ser bloqueado en posición “abierta”; y c) ser ajustado sin el uso de herramientas. Cuando está en posición cerrada, el mecanismo de bloqueo no se debe poder liberar con la inserción de ningún implemento en el espacio de 10 mm que se ilustra en la Figura 2.6(a). 2.5.4.2 Ubicación del mecanismo de bloqueo (véase la Figura 2.6) Cuando el desenganche del dispositivo de bloqueo o el bloqueo están a una altura inferior a 1 500 mm por encima del nivel del suelo terminado y a 1 400 mm por encima del elemento horizontal inferior más alto y el mecanismo de bloqueo se puede desenganchar, la ubicación del desenganche del dispositivo de bloqueo: a) no debe estar en el exterior del cerramiento;

Page 74: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 74 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

b) debe quedar en tal posición que para desenganchar el dispositivo de bloqueo desde el

exterior, sea necesario pasar por encima o atravesar el cerramiento a una altura no inferior a 1 200 mm por encima del nivel del suelo acabado o no menos de 1 000 mm por encima del elemento horizontal inferior más alto; y

c) debe estar por lo menos a 150 mm por debajo de la parte superior de la puerta si no se

suministra un orificio de acceso, o por lo menos a 150 mm por debajo del borde de cualquier apertura de orificio de acceso, si tal acceso se suministra.

2.5.4.3 Apantallamiento del dispositivo de bloqueo (véase la Figura 2.6) Cuando el desenganche bien sea del dispositivo de bloqueo o del bloqueo está localizado a una altura inferior a 1 500 mm por encima del nivel del suelo terminado y 1 400 mm por encima del elemento horizontal inferior más alto y el mecanismo se puede desenganchar, el bloqueo y su desenganche se deben apantallar de manera que no se presente una abertura superior a 10 mm dentro de un área rodeada por: a) un radio eficaz de 450 mm desde las partes operativas del bloqueo; y b) la parte superior de la valla, si ésta intersecta al área descrita en (a). Cuando es necesario tener un orificio de acceso en la puerta, la base de la abertura no debe estar a menos de 1 200 mm por encima del nivel del suelo terminado y a 1 000 mm por encima del elemento horizontal inferior más alto, y la pantalla se debe extender hasta la línea horizontal que pase a través de la parte superior del orificio de acceso, o 150 mm por encima de la parte superior del bloqueo, la altura que sea superior. La pantalla no debe tener bordes afilados y los bordes de las partes adyacentes a la pantalla en la puerta y la valla deben ser redondeados o biselados para evitar el peligro cuando la puerta se cierra.

Dimensiones en milímetros

1200 mín.

100 máx.

150 mín.

Separación de100 máx.

450 mín.

Parte superiordel cerramiento

Separación de10 máximo

Elemento horizontalinferior más alto

Valla Puerta

PuertaValla

1200 mín.

100 máx.

450 mín.

Bordes redondeadoso biselados

Elemento horizontalinferior más alto

a) Requisitos básicos b) Bloqueo a más de 150 por debajo de la parte superior de la valla (el apantallamiento se centra

sobre el bloqueo)

Page 75: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 75 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Valla Puerta

Elemento horizontalinferior más alto450 mín.

Separación de10 máximo

100 máx. entre largueros

150 mín.

Valla Puerta Valla Puerta

1400 mín.1500 mín.

Elemento horizontalinferior más alto

Desenganchedel bloqueo Desenganche

del bloqueo

c) Pantalla con tamaño superior al mínimo d) No se requiere de pantalla para el bloqueo o el desenganche ubicados a 150 o más altos

Valla Puerta

La base del orificio deacceso no más cercade 150 del bloqueo

Radio de apantallamiento 450 mín.desde el centro del bloqueo

La base del orificio deacceso 150 por encima del bloqueo

La base del orificio deacceso no está a menosde 1200 por encima del

nivel del suelo terminadoo a 1000 por encima del

elemento horizontalinferior más alto

Separación de10 max.

100 máx.

Espacio entre estacas(véase el numeral 2.3.4)

Nivel del suelo acabado

e) Orificio de acceso en la valla o la puerta NOTA También se ilustran los principales requisitos de las dimensiones.

Figura 2.6. Opciones alternativas para el apantallamiento del bloqueo para puestas de construcción abierta 2.6 MUROS O BARRERAS DE RETENCIÓN 2.6.1 Muro de retención por encima del nivel de la piscina Un muro o barrera de retención por encima del nivel de la piscina (véase la Figura 2.7(a)) debe cumplir los siguientes requisitos:

Dimensiones en milímetros

Page 76: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 76 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

PiscinaPiscina

Valla

Superficie exterior

Altura efectiva1800 mín.

15° máx.

15° máx.

Valla

Superficie exterior

Altura efectiva1800 óvéase el

numeral 2.3.3

(b) Lado bajo de la piscina(a) lado alto de la piscina

Muro de retención

Valla de la piscina

Piscina

900 retorno(opción A)

900 retorno(opción B)

(c) Valla de la piscina que intersecaa la pared de retención en ellado más bajo de la piscina

Sobresalir 900 (Opción c)

Figura 2.7. Muros o barreras de retención

a) Debe tener una altura eficaz no inferior a 1 800 mm incluyendo la zona no escalable. b) No se debe inclinar desde la piscina en más de 15° con respecto a la vertical. NOTA Se recomienda que la valla que evitará que las personas caigan de la pared de retención o de alguna otra barrera se instale en la parte superior del muro o barrera. (Esta valla o barrera no tiene que cumplir con los requisitos de esta norma pero sí con los requisitos mostrados en la Figura 2.7). 2.6.2 Muro de retención por debajo del nivel de la piscina Un muro o barrera de retención por debajo del nivel de la piscina (véase la Figura 2.7 (b)) no se debe inclinar hacia la piscina en más de 15° con respecto a la vertical y debe tener bien sea: a) una altura eficaz que cumpla con el numeral 2.1 y una superficie que cumpla con lo indicado

en el numeral 2.3.3, o b) una altura eficaz no inferior a 1 800 mm incluyendo la zona no escalable.

Page 77: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 77 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Cuando una valla interseca un muro de retención, la valla se debe extender hacia el borde exterior de la pared de retención y sobrepasar dicho muro 900 mm o ir a lo largo del muro 900 mm, en cualquier dirección como se ilustra en las opciones A y B de la Figura 2.7 (c). 2.7 PORCIÓN DE UNA VENTANA RESISTENTE A LOS NIÑOS QUE SE PUEDE ABRIR Cuando la altura (h1) desde el área de la piscina hacia el alféizar del panel de apertura más bajo de la ventana es inferior a 1 800 mm (véase la Figura 2.8), la porción que se puede abrir en la ventana debe cumplir con uno de los siguientes requisitos: a) cuando la altura (h2) desde el piso hasta el alféizar del panel de apertura más bajo de una

ventana no es superior a 900 mm, entonces se debe aplicar cualquiera de las dos condiciones siguientes:

i) La porción que se puede abrir en la ventana debe estar totalmente cubierta por barras

o una malla que cumpla con el ensayo de resistencia y rigidez de las aberturas de la valla y el ensayo de resistencia para los componentes de la valla que se indican en los numerales 3.1 y 3.3. Las barras o la malla se deben fijar a la edificación con sujetadores que sólo se pueden retirar utilizando una herramienta, por ejemplo un destornillador o una llave de inglesa.

NOTA Cubrir una ventana con barras o una malla limita la salida desde la edificación en caso de emergencia y que entren los rescatistas a dicha edificación.

ii) Las ventanas deben estar fijas a la edificación con sujetadores que sólo se pueden

retirar utilizando una herramienta, por ejemplo un destornillador o una llave inglesa y que se abran hasta un máximo de 100 mm y cumplan con el ensayo de resistencia y rigidez de las aberturas del cerramiento que se indican en el numeral 3.1.

b) Cuando la altura (h2) desde el alféizar del panel de apertura más bajo de una ventana hasta el

piso es superior a 900 mm e inferior a 1 200 mm, entonces la porción que se puede abrir en la ventana debe cumplir con la condición (a) arriba mencionada o debe estar equipada con una malla firmemente sujeta, que cumpla las condiciones de resistencia de esta norma. Esta malla se debe fijar a la ventana o la edificación con sujetadores que sólo se pueden retirar utilizando una herramienta, por ejemplo un destornillador o una llave inglesa.

c) una ventana que no cumple con las condiciones (a) o (b) se debe ubicar a tal altura (h2) que

la distancia desde el piso hasta el alféizar del panel de apertura más bajo sea de 1 200 mm o superior.

Piscina

Nivel del suelo

Edificación

Piso

Ventana

h

hMenor de1800 mm

2

1

Figura 2.8. Limitaciones de la altura en ventanas resistentes a los niños

Page 78: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 78 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

2.8 CONJUNTO DE PUERTA RESISTENTE A LOS NIÑOS Los conjuntos de puerta resistentes a los niños deben cumplir las siguientes condiciones: a) Las puertas deben tener un dispositivo de autobloqueo que funcione automáticamente al

cerrar la puerta y evite que ésta se vuelva a abrir sin la liberación manual del dispositivo. b) Las puertas deben tener un dispositivo de autocierre que se active inmediatamente después del

uso y devuelva la puerta a la posición cerrada que active el dispositivo de bloqueo desde cualquier posición con un inicio estático, sin la aplicación de fuerza manual. El dispositivo de autocierre debe tener la capacidad de cumplir con estos requisitos con la puerta en cualquier posición desde el reposo en el mecanismo de bloqueo hasta la apertura total.

c) El desenganche del dispositivo de bloqueo en el lado interno (edificación) de la puerta se debe localizar a no menos de 1 500 mm por encima del suelo.

d) No debe haber apoyos para los pies con un ancho superior a 10 mm en la puerta ni en su

marco entre el piso y 1 000 mm por encima de éste. e) El cierre y el bloqueo de la puerta deben cumplir con lo indicado en el numeral 3.4. f) Los elementos horizontales, los elementos verticales, los materiales perforados o las mallas y

el terminado deben cumplir lo indicado en esta norma. g) El conjunto de la puerta debe cumplir los requisitos de desempeño para una puerta con

respecto a la resistencia y la rigidez de las aberturas y a la resistencia de la puerta (véanse los numerales 3.1 a 3.3).

NOTA 1 En la mayoría de las circunstancias, permitir el acceso directo al área de la piscina desde la edificación, incluso a través de conjuntos de puertas resistentes a los niños, compromete la seguridad ya que el conjunto de la puerta puede ser tratado como una puerta normal y no ser mantenido como un dispositivo de seguridad construido con el fin de formar una barrera que restrinja de manera consistente el acceso de niños pequeños a la piscina. En consecuencia, esta opción únicamente se debería utilizar con precaución principalmente en donde las circunstancias físicas no permiten ninguna otra solución aceptable. NOTA 2 Las puertas de garaje se aceptan únicamente si cumplen los requisitos anteriores. Todas estas puertas deben tener un dispositivo de seguridad de falla en el caso de un mal funcionamiento o de una falla de potencia.

h) En un conjunto de puerta resistente a los niños no se deben colocar puertas para mascotas. 2.9 BALCÓN Un balcón debe tener un ante pecho o baranda que cumpla con los requisitos de esta norma para una barrera, cuando: a) el balcón sobresale hacia el área de la piscina y cuando la distancia (h3) desde el piso del balcón

hasta el nivel del suelo terminado en el área de la piscina sea inferior a 1 800 mm, medida verticalmente por debajo del perímetro del balcón (véase la Figura 2.9 (a)); o

b) cualquier parte del perímetro del piso del balcón está en una distancia de 900 mm desde la

parte superior de la barrera (véase la Figura 2.9 (b)). 2.10 PISCINAS POR ENCIMA DEL NIVEL DEL SUELO Para este tipo de piscinas, incluyendo las piscinas inflables, las paredes de la piscina se deben considerar una barrera eficaz siempre que cumplan con los numerales 2.3.1, 2.3.3, 2.3.4 y 2.3.5.

Page 79: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 79 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Se debe colocar una barrera alrededor de las escaleras en el punto de acceso a la piscina. Las escaleras y los filtros se deben ubicar lejos de la zona no escalable de manera tal que no se comprometa la barrera. NOTA Las piscinas por encima del nivel del suelo imponen un peligro particular debido a la tendencia a instalar objetos escalables contra la piscina, los cuales se pueden utilizar para ganar acceso a la piscina.

Dimensiones en milímetros

Piscina

Nivel del suelo

Ventanas ypuertas hacia

el balcónBalcón

Barrera

La balaustrada debecumplir con esta norma

si el balcón sobresalehacia el área de la piscina

hMenos de

1800

3

a) Balcón que sobresale hacia el área de la piscina

Piscina

Nivel del suelo

Ventanas ypuertas hacia

el balcónBalcón

Barrera

No es necesario que labalaustrada cumpla con

esta norma cuando elbalcón no sobresale hacia

el área de la piscina

hMenos de

1800

3

900ZNE

900ZNE

1800

b) Balcón adyacente al área de la piscina NOTA El punto más bajo del radio puede estar en cualquier parte de la valla por lo menos 900 mm por encina del cuelo o del apoyo para pies o la baranda inferior más alta.

Figura 2.9. Balcón en el área de la piscina

Page 80: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 80 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

SECCIÓN 3: REQUISITOS DE APLICACIÓN DE CARGA 3.1 RESISTENCIA Y RIGIDEZ DE LAS ABERTURAS Las aberturas en el cerramiento deben tener resistencia y rigidez suficientes de forma tal que un cono con diámetro de 105 mm no pueda pasar a través de la abertura con la aplicación de una fuerza de 150 N. Cuando alguna abertura en el cerramiento se somete a ensayo según el Anexo A, el objeto de ensayo no la debe atravesar. 3.2 RESISTENCIA DE POSTES Y CIMENTACIONES Cada poste y cimentación debe resistir una fuerza horizontal de 330 N a una altura de 1 200 mm por encima del nivel del suelo terminado. Después de aplicar la carga, no debe haber daño permanente en ningún poste, las cimentaciones no se deben aflojar de modo que se dañe la eficacia de la barrera. La puerta debe satisfacer los requisitos de los numerales 2.5.3, 2.5.4 y 3.4. NOTA 1 Con respecto a una guía sobre un método para ensayar los postes y las cimentaciones, véase el Anexo B. NOTA 2 330 N equivale aproximadamente a 33 kg. Este ensayo se puede realizar en el campo sujetando un extremo de una balanza de resorte calibrada en el poste a 1 200 mm por encima del nivel del suelo y jalando el otro extremo de la balanza hasta alcanzar una carga de 33 kg. Después de aplicar la carga, inspeccione el poste y la cimentación para determinar algún aflojamiento o deterioro. 3.3 RESISTENCIA DE LOS COMPONENTES DEL CERRAMIENTO 3.3.1 Componentes rígidos Los componentes estructurales tales como los rellenos de los paneles, las barandas superiores e inferiores, barras, estacas, palos y similares deben tener la capacidad de: a) sostener una fuerza de 250 N (véase la Nota) sin que ningún componente se deforme

permanentemente; y b) sostener una fuerza de 330 N (véase la Nota) sin que ningún componente:

i) se rompa; ii) presente señales de fractura; iii) se afloje; ni iv) se deforme permanentemente en más de 10 mm de su longitud.

NOTA El Anexo C presenta una guía sobre un método para el ensayo de los componentes del cerramiento. 3.3.2 Materiales y componentes flexibles El material y los componentes flexibles del cerramiento deben poder soportar la fuerza dinámica impuesta por una esfera de metal sólida de mínimo 9 kg que se deje caer tres veces desde el reposo, en un ángulo no inferior a 40° alrededor de un radio de mínimo de 1 800 mm, como se indica la Figura 3.1. El ensayo se debe realizar desde cualquier lado del componente del cerramiento y en los puntos más débiles del componente. Después del ensayo, el componente no debe presentar ruptura, rasgado, señales de fractura ni aflojamiento de ningún componente o accesorio.

Page 81: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 81 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

40°1 800 mm

Componente

Objetode ensayo

Figura 3.1. Disposición para ensayo 3.4 CIERRE Y BLOQUEO DE PUERTAS Cada puerta debe cumplir con la norma AS 2820, o con las siguientes condiciones: a) La puerta se debe cerrar y bloquear desde cualquier posición, desde el reposo en el

mecanismo de bloqueo hasta la apertura total, bajo las dos siguientes condiciones:

i) Bajo el peso natural de la puerta. ii) Después de que una masa de 25 kg soportada por la baranda superior se coloca en un

punto a 100 mm desde el borde exterior del pestillo de bloqueo de la puerta. NOTA Este requisito tiene el propósito de indicar si es probable que el cierre automático y el mecanismo de bloqueo permanezcan eficaces después de que la puerta se ha sometido a deflexión, bien sea debido a su propio peso o como resultado de niños que se cuelgan de ella y la hacen oscilar.

b) El dispositivo de bloqueo y los postes del cerramiento con los cuales se ajusta la puerta deben

tener la capacidad de retener la puerta en posición cerrada cuando se somete a ensayo según el ítem (a).

ANEXO A (Normativo)

ENSAYO DE RESISTENCIA Y RIGIDEZ DE LAS ABERTURAS DEL CERRAMIENTO A.1 OBJETO Este anexo establece un método para determinar si el cerramiento es suficientemente fuerte y rígido para evitar que una de sus aberturas sea forzada hasta un tamaño que pueda permitir que un niño pequeño tenga acceso.

Page 82: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 82 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

A.2 PRINCIPIO Se aplica una fuerza horizontal al objeto de ensayo en un intento por forzarlo a atravesar las aberturas de la valla. A.3 EQUIPO Se requiere el siguiente equipo: a) Un objeto de ensayo cilíndrico de superficie sólida con diámetro de 105 mm ± 1 mm, con una

longitud de su cuerpo de 300 mm ± 2 mm, tal como se ilustra en la Figura A.1. Un extremo debe ser cónico y puede ser truncado hasta un diámetro de 20 mm para proveer una base plana con el fin de ajustar los accesorios, tal como se ilustra en la Figura A.1. El objeto de ensayo debe estar elaborado en un material rígido con una superficie lisa, por ejemplo metal o madera dura.

b) Dispositivo para medir la fuerza, como una balanza de resorte, con el fin de medir la fuerza que se aplica.

c) Una estructura de apoyo estable para suspender el objeto de ensayo cónico y para soportar el

panel de la valla en una posición vertical, como se ilustra en la Figura A.1. d) Un medio para ajustar el dispositivo medidor de fuerza al objeto de ensayo cónico, como se

ilustra en la Figura A.1. A.4 PROCEDIMIENTO El procedimiento debe ser el siguiente: a) Asegure el panel de la valla en la estructura de soporte (marco) en posición vertical. b) Suspenda el objeto de ensayo en la estructura de soporte. El objeto de ensayo estará nivelado

horizontalmente con el extremo cónico que está frente al punto medio del panel. El objeto de ensayo se suspenderá en dos puntos utilizando un método que minimice los efectos de la fricción y permita el movimiento libre, tal como se ilustra en la Figura A.1.

c) Ajuste una balanza de resorte en el extremo cónico del objeto de ensayo, como se ilustra en la Figura A.1. La balanza de resorte u otro dispositivo de medición de la fuerza debería pesar menos de 0,5 kg y ser capaz de dar lecturas con incrementos de 50 g. Conecte el otro extremo de la balanza a un dispositivo de tracción, por ejemplo un cigüeñal.

d) Coloque el extremo cónico del objeto de ensayo en la abertura que se va a ensayar y aplique uniformemente una fuerza mediante el cigüeñal, intentando forzar el objeto a través de la abertura.

e) Registre la fuerza que se requiere para jalar el objeto de ensayo a través del panel de la valla. Se necesita someter a ensayo cada panel de la valla en tres lugares, a través del ancho del panel en la parte media de cada tercio de éste.

Page 83: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 83 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

A.5 INFORME El informe debe incluir la información que se indica en la Figura A.2 y presentar claramente los siguientes detalles: a) La fuerza de tracción que se requiere para pasar el objeto de ensayo cónico a través de las

aberturas de la valla en los tres lugares que se especifican en el párrafo A.4 (e). b) Referencia a este método de ensayo, es decir, NTC 5776, Anexo A. c) La conclusión de si el panel aprobó o falló el ensayo. Se considera que el panel cumple con

esta norma si los resultados de ensayo en todos los tres lugares de ensayo muestran una fuerza de tracción mínima de 150 newton (N).

Dimensiones en milímetros

X

X

Sistema de suspensión libreMarco de soportePanel de la valla

Balanza de resorteObjeto de ensayo

Cigüeñal

105 ± 1300 ± 2

105 ± 1

100 100 100

Y

NOTA X = L/2 donde L es la distancia entre el elemento horizontal más bajo y el inferior más alto Y = se puede cortar más hasta tener un diámetro de 20 mm si se requiere

Figura A.1. Equipo para el ensayo de las aberturas y otros componentes

Fecha: Informe de ensayo No.: Producto: nombre del producto: Origen: nombre del fabricante, proveedor o consumidor: Especificaciones: NTC 5776, Seguridad en piscinas. Barreras de seguridad para piscinas, Anexo A, Ensayo

de resistencia y rigidez de las aberturas del cerramiento.

Panel de valla de alambre

Dimensiones del panel de la valla Altura del panel (mm) Ancho del panel (mm)

Page 84: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 84 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Ítem No. Producto

Calibre del alambre (mm)

Separaciones horizontales

entre alambres

(mm)

Separaciones verticales CC

entre alambres

(mm)

Resultados -Fuerza de

tracción para atravesar la

abertura (N)

Alambres verticales

Alambres horizontales 1 2 3 (1) (2) (3)

1 Nombre del producto

Panel de valla tubular

Dimensiones del panel de la valla Altura del panel (mm) Ancho del panel (mm)

Ítem No. Producto

Calibre del tubo (mm) Separaciones horizontales

entre barandas (mm)

Separaciones verticales CC entre tubos

(mm)

Resultados -Fuerza de

tracción para atravesar la

abertura (N)

Tubos verticales

Tubos horizontales 1 2 3 (1) (2) (3)

1 Nombre del producto

Conclusiones y comentarios: Nombre de la persona que realiza el ensayo: Cargo de dicha persona:

Figura A.2. Ejemplo de informe de ensayo - Panel de la valla

ANEXO B

(Informativo)

ENSAYOS DE RESISTENCIA PARA POSTES Y CIMENTACIONES B.1 OBJETO Este anexo establece un método para determinar si los postes del cerramiento tienen resistencia adecuada y se han instalado en forma correcta. B.2 PRINCIPIO Se aplica una fuerza al poste del cerramiento y después que éste se inspecciona para determinar si hay señales de fractura, aflojamiento de la cimentación o algún daño en la puerta que evitaría que ésta se cerrara y se bloqueara desde cualquier posición. B.3 EQUIPO Se requiere el siguiente equipo: a) Objeto de ensayo cilíndrico con diámetro de 105 mm ± 1 mm que tenga por lo menos un

extremo sólido con superficie plana. b) Un medio para medir la fuerza que se aplica.

Page 85: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 85 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Ø 105 ± 1 mmSuperficiede ensayo

Figura B.1. Objeto de ensayo B.4 PROCEDIMIENTO El procedimiento debe ser el siguiente: a) Coloque el extremo plano del objeto de ensayo contra el poste que se va a ensayar, a una altura

de 1,2 m por encima del nivel del suelo terminado. b) Aplique una fuerza horizontal de 330 N al objeto de ensayo, sin golpe, de modo que se aplique la

carga al poste en la dirección deseada. c) Inspeccione el poste para determinar si hay daños o aflojamiento de la cimentación.

d) Para los postes de la puerta, verifique que la puerta se cerrará y bloqueará cuando se libera

desde varias posiciones, incluyendo la posición totalmente abierta y con la puerta en reposo en el mecanismo de bloqueo.

B.5 INFORME El informe debe incluir la siguiente información: a) Ruptura o señal de fractura en algún poste. b) Aflojamiento de cualquier componente. c) Todo daño en la puerta que pueda evitar que ésta se cierre y se bloquee desde cualquier

posición. d) La determinación de si el poste o la puerta aprobaron o fallaron el ensayo. e) Referencia a este método de ensayo, es decir, NTC 5776, Anexo B.

ANEXO C (Informativo)

ENSAYO DE RESISTENCIA PARA LOS COMPONENTES RÍGIDOS DEL CERRAMIENTO

C.1 OBJETO Este anexo establece un método para determinar si los componentes del cerramiento tienen una resistencia adecuada. C.2 PRINCIPIO Se aplica una fuerza al componente o los componentes del cerramiento y éstos se inspeccionan luego para determinar si hay señales de fractura, deformación permanente o aflojamiento de los componentes.

Page 86: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 86 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

C.3 EQUIPO Se requiere el siguiente equipo: a) Un objeto de ensayo cilíndrico con diámetro de 105 mm ± 1 mm, que tenga por lo menos un

extremo sólido con superficie plana (véase la Figura C.1). b) Un medio para medir la fuerza que se aplica.

Ø 105 ± 1 mmSuperficiede ensayo

Figura C.1. Objeto de ensayo

C.4 PROCEDIMIENTO El procedimiento es el siguiente: a) Coloque el extremo plano del objeto de ensayo contra el componente (o varios componentes

con tal tamaño o separación (o ambos) que queden totalmente cubiertos por el diámetro de 105 mm) que se va a someter a ensayo. Realice el ensayo desde cualquier lado del componente del cerramiento y en los puntos más débiles del componente.

b) Aplique una fuerza de 250 N al objeto de ensayo, sin golpe, para aplicar la carga al

componente en la dirección deseada. c) Retire la fuerza de ensayo e inspeccione el componente para determinar si hay deformación

permanente. d) Aplique una fuerza de 330 N al objeto de ensayo, sin golpe, con el fin de aplicar la carga al

componente en la dirección deseada. e) Retire la fuerza de ensayo e inspeccione el componente para determinar los siguientes

aspectos:

i) Ruptura o señales de fractura de algún componente. ii) Aflojamiento de cualquier componente.

f) Mida y registre la cantidad de deformación del componente, en milímetros. C.5 INFORME El informe debe incluir la siguiente información: a) Determinación de si el componente se deformó permanentemente con la carga de 250 N. b) Para la carga de 330 N, si hubo:

i) ruptura o señales de fractura en algún componente; y ii) aflojamiento de algún componente.

Page 87: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 87 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

c) Para la carga de 330 N, la cantidad de deformación del componente, en milímetros. d) Determinación de si el componente aprobó o falló el ensayo. e) Referencia a este método de ensayo, es decir, NTC 5776, Anexo C.

ANEXO D (Informativo)

EJEMPLOS DE VALLAS PARA PISCINAS

D.1 GENERALIDADES La información suministrada en este anexo tiene como propósito servir como una guía amplia para algunos de los principales criterios de construcción que deberán cumplir algunos de los tipos más comunes de cerramiento con el fin de cumplir con esta norma. Los ejemplos que se suministran son una guía simplificada de los cerramientos disponibles más comunes; no son recomendaciones de ningún estilo de cerramiento ni excluyen la necesidad de que el cerramiento cumpla con otros requisitos de esta norma. D.2 VALLA TÍPICA DE MENOS DE 1 800 mm DE ALTURA Los siguientes ejemplos sirven para identificar los requisitos dimensionales significativos que se deben satisfacer para permitir que una valla cumpla con esta norma. a) Construcción de poste y baranda: para vallas construidas con estacas, acero galvanizado,

fibrocemento, aluminio o materiales de pared similares perfilados, las dimensiones importantes son las siguientes: i) Las barandas o travesaños horizontales, que se localizan en el exterior del cerramiento

no deben estar a menos de 900 mm de separación cuando se mide entre las superficies superiores de las barandas.

ii) La superficie superior de la baranda inferior debe estar por lo menos a 1 000 mm de la

parte superior del cerramiento. El efecto de las disposiciones similares en (c), (d) y (e) es que debería haber una altura mínima de 900 mm desde cualquier apoyo potencial para manos o pies, y que todo apoyo para pies en la base de esta distancia libre debe estar por lo menos a 1 000 mm desde la parte superior del cerramiento. Las vallas de estacas también satisfacen estas disposiciones si las estacas están separadas más de 10 mm o si las barandas están en el exterior. En todo caso, las estacas no deberían estar separadas por más de 100 mm.

b) Vallas de materiales perforados, malla de alambre o tela: para barreras o cerramientos de este tipo, las dimensiones importantes son las siguientes: i) Cuando el material tiene aberturas superiores a 13 mm, la altura de la valla se debe

incrementar según el numeral 2.3.2. ii) No se deben utilizar materiales con aberturas mayores a 100 mm.

Page 88: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 88 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

En general, para satisfacer los requisitos de esta norma, será necesario que el material esté asegurado y suspendido firmemente y que satisfaga los requisitos del numeral 2.3.2.

c) Vallas metálicas prefabricadas: para los cerramientos o barreras fabricadas a partir de secciones pequeñas de acero, aluminio u otros metales adecuados, las dimensiones importantes son las siguientes: i) Los elementos verticales deben tener una separación máxima de 100 mm. ii) Los elementos horizontales deben tener una distancia de separación vertical mínima

de 900 mm. Cuando existen dos o más elementos horizontales, la medición de los 900 mm se hace desde la superficie superior del elemento inferior que está más arriba. La superficie superior del elemento más alto del grupo inferior de elementos horizontales debe estar por lo menos a 1 000 mm por debajo de la parte superior del cerramiento.

NOTA Cuando se utiliza material corrugado para la barrera de una piscina, las corrugaciones se deben colocar verticalmente.

d) Vallas con paneles rellenos: para vallas construidas de plástico reforzado con fibra de vidrio, vidrio reforzado,, madera, madera terciada, cartón madera para exteriores u otros productos laminados en la construcción del panel o de los largueros enmarcados, las dimensiones importantes son las siguientes: i) Todo apoyo que tenga uso potencial para la escalada debe tener una separación

vertical mínima de 900 mm. ii) La parte inferior de los apoyos para escalar entre los cuales se mide la distancia

vertical de 900 mm, debe estar por lo menos a 100 mm por debajo de la parte superior del cerramiento.

iii) El ancho de las aberturas por debajo de una altura de 1 200 mm no debe exceder de

100 mm. Además, será necesario garantizar que el material de la lámina sea suficientemente rígido y esté adecuadamente sujetado a su marco.

e) Vallas de ladrillo o mampostería. Para vallas construidas de ladrillos, bloques o mampostería, las dimensiones importantes son las siguientes: i) Todas las salientes, depresiones o combinación de ellas que tengan una profundidad

superior a 10 mm deben estar separadas verticalmente por lo menos 900 mm. ii) La parte inferior de cualquier saliente o depresión debe estar por lo menos a 1 000

mm por debajo de la parte superior del cerramiento. Las características naturales como las superficies rocosas que forman parte de la valla se aceptan siempre que cumplan con los requisitos de esta norma.

f) Vallas de matorrales. Para vallas construidas con matorrales tejidos, los requisitos importantes son los siguientes: i) El matorral debe estar muy bien unido y apretado de manera que satisfaga los

requisitos de desempeño del numeral 3.1. ii) Los alambres en el exterior de la valla deben estar entretejidos con el matorral con el

fin de evitar que sirvan como apoyo para los pies de los niños pequeños.

Page 89: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 89 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

También puede ser necesario un tipo de cubierta en la parte superior de la valla para evitar que las aves piquen las ramitas del matorral. NOTA Se sabe que las vallas elaboradas con matorrales se deterioran más rápidamente en comparación con otros tipos de barreras y por lo tanto necesitan mantenimiento regular. g) Muros de retención. Cuando un muro de retención vertical o casi vertical con altura inferior a 1

200 mm da soporte a la piscina y la superficie del muro cumple con el numeral 2.3.4, no se requiere de una valla que cumpla con esta norma en la parte superior del muro. Sin embargo, es recomendable instalar en la parte superior del muro una valla que evite que las personas se caigan de la pared de retención.

D.3 VALLAS TÍPICAS DE 1 800 MM Y MÁS ALTAS Barreras de 1 800 mm de altura construidas por encima del suelo, medidos en la parte interior del cerramiento, que tienen una superficie que dificulta a los niños pequeños atravesarlas o pasar por debajo para acceder a la piscina. Los ejemplos de suelos que cumplen los requisitos son el concreto, la grava, el adoquín, grama, cerámica antideslizante, entre otros. Los siguientes ejemplos sirven para identificar los requisitos dimensionales significativos que se deben satisfacer para que una valla cumpla con esta norma. a) Vallas - Empalizada de postes y barandas. Para las vallas construidas utilizando empalizadas,

las características importantes son las siguientes:

i) Las barandas se deben colocar en el exterior del cerramiento. ii) La empalizada se debe colocar en el lado de la valla que da hacia la piscina y se deben

separar más de 10 mm. iii) La baranda superior debe estar por lo menos a 100 mm por debajo de la parte superior

de la empalizada. iv) Se debe tener una zona no escalable en el lado de la valla que da hacia la piscina, que

empiece en su parte superior.

b) Vallas de materiales perforados, malla de alambre o de tela. Para vallas de este tipo, las características importantes son las siguientes: i) El material tiene aberturas que no superan los 13 mm. ii) Las columnas y las barandas, si las hay, se deben ubicar en la superficie exterior de la

valla. iii) El material debe estar fijo en el lado de la valla que da a la piscina. iv) El accesorio horizontal en la parte superior no impone un peligro ni brinda apoyos para

las manos y los pies. v) El material debe estar firmemente ajustado y suspendido y satisfacer el numeral

2.3.2. c) Vallas - Lámina prefabricada. Para las vallas construidas con material laminado de metal,

vidrio reforzado, madera terciada o cartón madera para exteriores, plásticos reforzados con

Page 90: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 90 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

fibra de vidrio, aluminio u otras láminas similares, las características importantes son las siguientes: i) Los accesorios que puedan brindar apoyo a las manos o los pies se deben ubicar en la

parte exterior de la valla. ii) Los elementos horizontales, si existen, se deben ubicar en la parte exterior de la valla. iii) Se debe tener una zona no escalable en el lado de la valla que da a la piscina, que

empiece en su parte superior.

d) Vallas - Ladrillo o mampostería. Para vallas construidas de ladrillos, bloques o mampostería, las características importantes son las siguientes: i) Se debe tener una zona no escalable en el lado de la valla que da a la piscina, que

empiece en su parte superior. ii) Las características naturales como las superficies rocosas que forman parte de la valla

se aceptarían siempre que satisfagan los requisitos de la norma.

e) Vallas - Matorral. Para vallas construidas de matorrales tejidos, las características significativas son las siguientes: i) El matorral debe estar muy bien unido y apretado de manera que satisfaga los

requisitos de desempeño del numeral 3.1. ii) Los alambres en el exterior de la valla deben estar entretejidos con el matorral con el

fin de evitar que sirvan como apoyo para los pies de los niños pequeños. iii) Si es necesaria la cubierta de la valla para evitar que las aves piquen las ramitas, está

cubierta no debe brindar apoyo para la escalada. NOTA Se sabe que las vallas elaboradas con matorrales se deterioran más rápidamente en comparación con otros tipos de barreras y por lo tanto necesitan mantenimiento regular.

f) Muro de retención. Para los muros de retención, los requisitos importantes son los siguientes:

i) Cuando una muro de retención vertical o casi vertical por encima del nivel de la piscina

se utiliza también como barrera, ningún apoyo potencial para las manos o los pies se debe ubicar en una distancia de 900 mm desde la parte superior del muro. No se requiere una valla que cumpla con esta norma en la parte superior del muro; sin embargo, en la parte superior del muro se debería instalar una valla que evite que las personas se caigan de la pared de retención.

ii) Cuando un muro vertical o casi vertical por debajo del nivel de la piscina también se

utiliza como barrera, se debe disponer de una zona no escalable en la superficie expuesta, o de una valla que cumpla con esta norma instalada en la parte superior del muro.

Page 91: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 91 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO NO.3

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA – NTC 5763 “SEGURIDAD EN PISCINAS. DISPOSITIVOS DE SUCCIÓN PARA USO EN PISCINAS Y ESTRUCTURAS SIMILARES” 1. OBJETO 1.1 REQUISITOS GENERALES Esta norma establece los materiales, ensayos, y requisitos de marcado para dispositivos de succión diseñados para permanecer totalmente sumergidos en piscinas y estructuras similares. 1.2 DEFINICIÓN Los dispositivos de succión serán definidos como todos los componentes, incluyendo el sumidero y/o el cuerpo, cubierta /rejilla, y los accesorios de instalación. 1.3 CONFORMIDAD La demostración de conformidad con esta norma es simplemente una indicación de que el producto cumple con los requisitos de eficiencia y las especificaciones contenidas en esta norma. 1.4 REVISIONES Las disposiciones de esta norma no deben ser interpretadas para evitar el uso de cualquier material o método alterno de construcción con la condición de que tal método alterno cumpla el propósito total de la norma. 1.5 EXCLUSIONES 1.5.1 Los desnatadores deberán excluirse de la evaluación de esta norma. 1.5.2 Las cubiertas para puntos de aspiración serán excluidas de esta norma. 1.6 TIPOS DE DISPOSITIVOS DE SUCCIÓN 1.6.1 Generalidades Un fabricante o diseñador de cualquier cubierta /rejilla de succión deberá indicar bajo cuál categoría de cubierta /rejilla se encuentra clasificado. 1.6.2 Salidas elaborados en trabajos de campo Todas las salidas de succión no manufacturadas que son construidas en campo con elementos individuales deberán clasificarse como “Salidas Elaboradas en Campo”. 1.6.3 Salidas de Venturi Todos los Venturis que activan salidas de succión indirecta o los que activan sistemas de recolección de suciedad deberán considerarse como “Salidas de Venturi”.

Page 92: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 92 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

1.6.4 Accesorios de combinación de inyectores a contracorriente Todos los accesorios que combinan inyectores a contracorriente mezclando la succión y el retorno en un estanque artificial, crean un chorro de agua de alta velocidad y alto volumen para nadar, trotar, o caminar a contracorriente, como también para hidromasaje, deberán considerarse como “Accesorios de Combinación de Inyectores a Contracorriente” 1.6.5 Salidas sumergidas de succión. Las demás salidas de succión para uso en piscinas y estructuras similares, deberán ser consideradas como “Salidas Sumergidas de Succión”. 1.7 USOS SIMPLES O MÚLTIPLES 1.7.1 Las cubiertas /rejillas que aprueben la sección de entrapamiento corporal de esta norma como también todos los otros requisitos del mismo, deberán ser marcadas permanentemente con la expresión “Para Uso de Drenaje Simple o Múltiple”, “Para Uso de drenaje Simple”, o “Sólo para Uso de Drenaje Múltiple”, dependiendo de la opción elegida por el fabricante. 1.7.2 Las cubiertas /rejillas que no aprueben la sección de entrapamiento corporal de esta norma como también todos los otros requisitos del mismo, no pueden certificarse bajo esta norma. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección) ANSI/IAF-9, Aquatic Recreation Facilities ANSI/NSPI-1, Standard for Public Swimming Pools ANSI/NSPI-2, Standard for Public Spas ANSI/NSPI-3, Standard for Permanently Installed Residential Sp ANSI/NSPI-4, Standard for Aboveground/Onground Residential Swimming Pools. ANSI/NSPI-5, Standard for Residential Inground Swimming Pools ANSI/NSPI-6, Portátiles Standard for Residential Portable Spas ANSI/NSPI-8, Model Barrier Code for Residential Swimming Pools, Spas, and Hot Tubs. ASME A112.19.17, Manufactured Safety Vacuum Released Systems (SVRS) for Residential and Commercial Swimming Pool, Spa, Hot Tub, and Wading Pool Suction Systems. ASTM D638, Standard Test Method for Tensile Properties of Plastic. ASTM D256, Standard Test Methods for Determining the Izod Pendulum Impact Resistance of Plastics ASTM D2444, Standard practice for Impact Resistance of Thermoplastic Pipe and Fittings by Means of a Tup (Falling Weight) ASTM D2466-02, Standard Specification for Poly (Vinyl Chloride) (PVC), Schedule 40.

Page 93: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 93 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ASTM F2387-04, Standard Provisional Specification for Manufactured Safety Vacuum Released System (SVRS) for Swimming Pools, Spas and Hot Tubs. ASTM G154, Standard Practices for Operating Fluorescent Light Apparatus for UV Exposure of Nonmetallic Materials 3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos e este documento normativo, se aplican los siguiente términos y definiciones. 3.1 Anticlástica. Que tiene curvaturas opuestas, como la superficie de una silla de montar. 3.2 Anti-vórtice. El término anti-vórtice ha sido equivocadamente empleado en la industria y malentendido en extremo como algo relacionado con la prevención del entrapamiento. Las cubiertas de drenaje anti-vórtice se diseñaron para evitar que se formen vórtices o remolinos que atrapan aire. El término anti vórtice no debe emplearse para definir ningún tipo de protección y no debe referenciarse en el futuro en este sentido. 3.3 Elemento aplicable de bloqueo corporal. Un elemento de bloqueo corporal tiene una relación obligatoria de longitud a ancho de 1,2777, un tamaño máximo de 457 mm x 584 mm, y un tamaño mínimo de 229 mm x 292 mm. Su tamaño actual para propósitos de ensayo es el tamaño más pequeño que daría sombra total a la cubierta /rejilla de succión que está siendo ensayada. 3.4 Elemento de bloqueo corporal. Una forma plana, rectangular con esquinas redondeadas de espuma certificada y que bloquea una muestra de torso que mide 457 mm x 584 mm con un radio de curvatura de 102 mm.

Ángulo[Nota (1)]

Radio de transición[Nota (1)]

NOTA Una transición se considera un "borde" cuando el ángulo es mayor que 180 grados, y el radio de transición es menor que 19 mm

Figura 1. "Borde" de la sonda de dedo

3.5 Membrana corporal. Una lámina isotrópica rectangular de longitud fija, por ejemplo, una lámina de vinilo de 0,5 mm, en un patrón de 1457 mm x 1 245 mm con un radio de curvatura de 102 mm.

Page 94: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 94 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.6 Sistema completo. Constituido por una motobomba, salida de succión (y posiblemente la entrada), y las tuberías de conexión como lo especifica el fabricante. Ningún otro componente operativo o válvulas pueden incluirse. Los dispositivos de seguridad, ductos de ventilación, sistemas de seguridad de liberación de vacío, etc., deben emplearse únicamente como lo especifica el fabricante. Se permiten componentes no operacionales tales como lo drenajes. 3.7 Cubierta. Un accesorio o dispositivo generalmente colocado entre la tubería de succión y el bañista. No se emplea en este documento para evitar confusiones. Véase además cubierta /rejilla. 3.8 Cubierta /rejilla. Dispositivo o montaje de cobertura que separa el bañista del sumidero o la tubería de succión, algunas veces denominado como una”rejilla” o como una “cubierta”. 3.9 Bloqueo doble. Una condición que se presenta cuando una membrana corporal se coloca con el fin de cubrir totalmente una salida de succión y cualquier parte de una segunda salida de succión conectadas al mismo sistema individual de succión. 3.10 Salidas dobles. Dos salidas de succión conectadas a un sistema individual de succión pero separadas como mínimo por una membrana corporal. 2.11 Borde. La línea de intersección entre dos superficies cualquiera con un ángulo de intersección mayor que 180° medidos cara a cara (véase la Figura 1), y que tienen un radio transicional entre las dos caras de menos de 19 mm.

3.12 Fabricada en el sitio. Cuando se aplica al elemento físico de la salida de succión, deberá indicar el uso o el diseño de materiales o productos convencionales de construcción, o de fabricación artesanal (por ejemplo, soldadas) para crear salidas especializadas de succión. 3.13 Rejilla. Un accesorio, montaje, o panel con aberturas múltiples en su superficie. No se emplea en esta norma para evitar confusión. Véase también cubierta /rejilla. 3.14 Succión indirecta. Un área localizada de baja presión para el transporte de agua de una piscina o estructura similar por cualquier medio que no incluye una succión generada por el lado de entrada de una motobomba o turbina (por ejemplo, sistemas de flujo por gravedad donde la baja presión bajo una cubierta /rejilla se produce por una diferencia en los niveles de agua). 3.15 Sistema individual de succión. Una disposición simple de la tubería de un sistema de succión que conecta una o más salidas de succión a una o más motobombas o tanques de flujo por gravedad. 3.16 Manufacturado. Cuando se aplica a accesorios, montajes de accesorios, cubiertas /rejillas, o dispositivos relacionados, indica la producción comercial rutinaria de tales ítem con el propósito de proporcionar el elemento físico de la salida de succión para piscinas y estructuras similares. 3.17 Sólo para uso en drenaje múltiple. Indicando que la salida de succión referenciada no puede emplearse como la única fuente para suministro de agua a un sistema de succión de una motobomba. 3.18 Componente operacional: cualquier componente o pieza que pueda cambiar su funcionalidad. 3.19 Punto de estrechez. Cualquier localización dentro del accesorio de succión donde una apertura aumenta el flujo de salida y de entrada 3.20 Q. tasa de flujo en litros por segundo (L/s). 3.21 Diseñador certificado. Una persona que está registrada o certificada para practicar su respectiva profesión de la manera como está definido por los requisitos estatutarios de las leyes de registro profesional del estado o jurisdicción en la cual se construirá el proyecto.

Page 95: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 95 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.22 Bloqueo simple. Condición existente cuando una membrana corporal se coloca para cubrir totalmente una salida de succión. 3.23 Uso de drenaje simple. Indicando que la salida referenciada de succión puede emplearse como la única fuente de suministro de agua de un sistema de succión de una motobomba. 3.24 Uso de drenaje simple o múltiple. Indicando que la salida referenciada de succión puede emplearse o bien como la única fuente de suministro de agua de un sistema de succión de una motobomba, o puede usarse conjuntamente con salidas adicionales de succión para un sistema de succión de una motobomba. 3.25 Almohadilla de piel. Cojín como de piel que consiste de un caucho Buna-N de 6.35 mm, dureza Shore A 60 ± 5. 3.26 Salida de succión. Un accesorio, montaje de accesorio, cubierta /rejilla, y componentes relacionados que suministran un área localizada de baja presión para el transporte de agua de una piscina o estructura similar. 3.27 Accesorios de combinación de inyectores a contracorriente. Un accesorio que combina succión y retorno en un estanque artificial, creando un chorro de agua de alta velocidad y alto volumen para nadar, trotar, o caminar a contracorriente, como también para hidromasaje. 3.28 Espécimen de torso. Una forma rectangular de 457 mm x 584 mm con esquinas redondeadas de 102 mm Que representa la porción plana del 99 % del cuerpo de un hombre adulto (Anexo A) 3.29 Salidas de Venturi. Venturis que activan salidas de succión indirecta en cubiertas /rejillas o los que activan sistemas de recolección de suciedad. 4. REQUISITOS DE DISEÑO DE ACCESORIOS, MONTAJES, Y MATERIALES 4.1 REQUISITOS GENERALES 4.1.1 Cuando se emplean tornillos sujetadores, los accesorios de succión deben diseñarse de tal manera que se requiera de herramientas para desmontarlos. Los tornillos normales no deben permitirse par la fijación de cubiertas /rejillas al cuerpo del accesorio de succión. Los tornillos sujetadores deberán tener una resistencia a la corrosión en el ambiente sometido equivalente a un acero inoxidable 316 como mínimo. 4.1.1.1 La rosca de los tornillos sujetadores debe ser de tal tamaño que proporcione un mínimo de tres hiladas de agarre. 4.1.1.2 Los sumideros proyectados para recibir los tornillos sujetadores deben ser diseñados para 15 ciclos de inserción, ajuste y remoción seguras de los tornillos sin sufrir daños. El diseño debe impedir el daño inadvertido de la rosca. 4.1.1.3 Los sumideros proyectados para usar con tornillos autoroscables (aquellos que no tiene rosca) deberán diseñarse y construirse de tal manera que permitan el ajuste del dispositivo para colocación de una rosca inserta en un hueco que admita el tornillo sujetador de tamaño original. 4.1.1.4 Si se emplean roscas insertas, deben elegirse de tal manera que eviten cualquier reacción corrosiva o química con los tornillos del sumidero suministrador por el fabricante. 4.1.1.5 Se permiten tanto los tornillos autoroscables como los tornillos para máquinas con roscas insertas asociadas.

Page 96: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 96 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.1.1.6 La intensidad del sistema de ajuste debe estar de acuerdo con los requerimientos de esta norma. 4.1.2 Los montajes de los accesorios de succión que se conectan directamente a la tubería de recirculación, deben fijarse con una conexión terminal de PVC de acuerdo con ASTM D2466, o por medio de una conexión terminal roscada de acuerdo con ASTM F1498. 4.1.3 No deben existir extremos agudos que constituyan un peligro con accesorios en montajes de succión. 4.1.4 Los accesorios de succión no deben sobresalir más de 51 mm medidos desde la superficie instalada. 4.2 EXPOSICIÓN DEL ACCESORIO Cuando se emplea material polimérico para la manufactura de componentes de accesorios de succión, deben ensayarse como se describe en el numeral 5.2 y ser clasificados por su tiempo de servicio de acuerdo con el numeral 9.1.1 (b)(5). 4.3 REQUISITOS ESPECÍFICOS DE DISEÑO 4.3.1 Salidas fabricadas en el sitio Las salidas fabricadas en el campo se proyectan pero no se limitan a una salida única de succión y se limitan a 0,46 m/s de flujo a través del área abierta de la cubierta /rejilla a menos que sean clasificadas a un flujo menor por el Diseñador Registrado. Aquellas deben ser de un tamaño tal que el elemento de bloqueo corporal de 457 mm x 584 mm no genere una presión diferencial que pueda causar entrapamiento corporal como se define posteriormente. Además, tienen las restricciones dadas por el Anexo B. 4.3.1.1 Cubiertas /rejillas de la salida de succión Las cubiertas/rejillas de las salidas de succión que no pueden ser totalmente cubiertas por el elemento de bloqueo corporal pueden ser estimadas por las fórmulas siguientes, las cuales dan el flujo máximo permitido, Q, a través de la cubierta/rejilla. Todos los cálculos implican únicamente el área abierta de la cubierta/rejilla. 4.3.1.2 Criterio de la fuerza de entrapamiento para Q

]1/2aa RR )2/(/[ ρCFQ = en donde

aB = área mayor de las aberturas en pies cuadrados, que puede ser bloqueada por el espécimen de torso en la posición más exigente

aR = área de las aberturas en pies cuadrados que permanecen sin bloquear

aT = área total de las aberturas en pies cuadrados en la cubierta/rejilla

C = coeficiente de flujo basado en el diseño de las aberturas en la cubierta/rejilla. Debe tomarse en

4.1 a menos que pueda demostrarse otra cosa por cálculo o ensayo F = carga permitida de elevación que puede ejercer una persona atrapada y consciente. Se toma

como 534 N, cerca de la mitad del peso del 99 % de los hombres cuyo peso es casi totalmente balanceado por la flotabilidad

Q = tasa límite de flujo en metros cúbicos por segundo basada en la fuerza permisible de

entrapamiento

Page 97: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 97 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ρ = densidad del agua

= (62,4 lb/pie3)/(32,16 pie/s2)=1,940 slugs/pie3

4.3.1.3 Tasa máxima, pies cúbicos/s. Q es la tasa máxima de la cubierta/rejilla en pies cúbicos por segundo. 4.3.1.4 Tasa máxima, galones/minuto Q es la tasa máxima de la cubierta/rejilla en pies cúbicos por segundo multiplicada por 7.48 galones por pies cúbicos por 60 segundos por minuto. 4.3.1.5 Ensayo alterno Como alterno al numeral 4.3.1.2, se puede realizar el Ensayo de Entrapamiento Corporal de la Sección 7. 4.3.1.6 Sumidero Las salidas fabricadas en el sitio deberán tener un sumidero debajo detrás del diseño especificado por un Diseñador Profesional para controlar el flujo a través del área abierta de la cubierta/rejilla. 4.3.1.7 Diseño El diseño de salidas fabricadas en el sitio deben ser adicionalmente especificadas por un diseñador profesional de tal manera que trate completamente las consideraciones pertinentes a cargas de cubierta/rejilla, durabilidad, temas de entrapamiento de cabello, dedos y extremidades, cubiertas/rejillas como capa secundaria de protección, diseño del sumidero relacionado, como también características particulares del sitio. 4.3.2 Salidas de Venturi Son salidas activadas por Venturi a través de una succión indirecta por medio de una cubierta/rejilla única normalmente diseñada para recolección de suciedad. Aquellas que no se conectan directamente a la tubería de recirculación deben tener el sumidero recomendado por el manufacturero, bien sea por debajo o detrás de la cubierta/rejilla de salida. Adicionalmente, se deben cumplir las estipulaciones del Anexo B. 4.3.3 Accesorios de combinación de inyectores a contracorriente Son accesorios que combinan la succión y la descarga en un estanque artificial y pueden emplearse como salidas/entradas únicas. Deben conectarse directamente a la fontanería de recirculación por una conexión terminal en PVC de acuerdo con la norma ASTM D2466, o mediante una conexión terminal roscada de acuerdo con la norma ASTM F1498. Adicionalmente, se deben cumplir las estipulaciones del Anexo B. 4.3.4 Salidas sumergidas de succión Son montajes manufacturados de cubierta/rejilla que pueden o no conectarse directamente a la fontanería de recirculación. Aquellas que no lo hacen, deben tener el sumidero recomendado por el fabricante debajo o detrás de la cubierta/rejilla, o bien un sumidero construido en el sitio de diseño especificado por el fabricante para controlar el flujo a través del área abierta de la cubierta/rejilla. Alternativamente, debe permitirse un sumidero construido de acuerdo con la Figura 2. Adicionalmente, se deben cumplir las estipulaciones del Anexo B.

Page 98: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 98 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

D mín.1.5 D mín.

D

D mín.

1,5 D mín.D mín.

D

D mín.

D mín.1.5 D mín.

D

D

D mín.D mín.1,5 D mín.

A B

NOTAS GENERALES NOTA A D Diámetro interior del tubo NOTA B Todas las dimensiones mostradas son mínimas NOTA C Una línea a rayas (...) indica la configuración sugerida del sumidero

Figura 2. Sumidero construido en campo

5. METODOS DE ENSAYO 5.1 GENERAL 5.1.1 Certificación Todos los ensayos y cualquier certificación de productos con respecto a esta norma deben ser realizados por un laboratorio de ensayos reconocido nacionalmente, excepto para salidas de succión fabricadas en el sitio las cuales deberán certificarse de acuerdo con el numeral 4.3.1.7. 5.1.2 Condiciones para ensayos y evaluación Todos los ensayos deberán ser conducidos a una temperatura ambiente del laboratorio de 23 °C ± 2 °C al menos que en este documento se especifique otra cosa. 5.1.3 Procedimientos de ensayo Para los ensayos tratados en la sección 3, se debe verificar un mínimo de seis accesorios de succión en cada condición de verificación, al menos que se establezca otra cosa. Si las partes están fabricadas en diferentes cavidades de molde, se debe tomar muestras representativas de las diferentes cavidades de molde hasta un total de seis. Los ensayos deben realizarse inmediatamente después del acondicionamiento, como se describe en el numeral 5.1.5. 5.1.4 Estructura de ensayo El accesorio(s) debe instalarse en una estructura rígida capaz de soportar el dispositivo(s) de manera similar a la instalación real.

Page 99: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 99 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.1.5 Acondicionamiento Todos los especimenes deberán sumergirse en agua a una temperatura de 23 °C ± 2 ºC por al menos 2 h antes del ensayo. 5.1.6 Detección de fisuras Luego de cada ensayo físico, la unidad deberá lavarse en una solución normalizada de un detergente líquido, enjuagarse con agua limpia, secarse antes de la aplicación de una tinta como se especifica en el numeral 5.1.6.1. Luego de la marcación, la unidad deberá inspeccionarse visualmente de acuerdo con el numeral 5.1.6.2. Para acelerar el secado, se permite que la superficie se limpie con un cuero de ante o con material absorbente libre de fibras de algodón dispuestos únicamente para este ensayo. NOTA El detergente líquido normalizado deberá consistir de (por volumen): Monsanto TKPP, 8,00 % Sterox NJ, 7,00 % Stepan SXS, 8,00 % Butyl Cellosolve, 1,50 % Agua, 75,50 % 5.1.6.1 Procedimiento de entintado Toda la superficie del accesorio debe frotarse con una esponja y una solución al 50 % de agua de llave y una tinta de contrastante soluble en agua luego de que la unidad ha sido lavada y secada como se describe en el numeral 5.1.6. La tinta deberá enjuagarse de la superficie y luego secarse antes de la inspección. 5.1.6.2 Método de inspección de la superficie del accesorio La superficie del accesorio deberá inspeccionarse con el ojo desnudo para defectos desde una distancia entre 305 mm y 610 mm. La fuente lumínica deberá ser equivalente a una intensidad lumínica cerca a la superficie que va a ser inspeccionada de 1615 lx ± 540 lx. 5.1.7 Requisitos de eficiencia El accesorio debe estar libre de fisuras. Se permitirá la presencia de defectos de superficie, líneas de flujo, y líneas de unión en los accesorios de succión, y no deben considerarse como fisuras. No deben presentarse fallas. 5.2 ENSAYO DE EXPOSICIÓN A LA LUZ ULTRAVIOLETA De los ensayos 1 y 2, cualquiera puede ser utilizado para este ensayo. La prueba de ensayo 1 esta diseñad para productos lo suficientemente pequeños para entrar en una cámara UV, mientras que la prueba de ensayo 2 es adecuada para todos los productos. Si es utilizado la prueba de ensayo 1, entonces tanto la prueba ultravioleta como la prueba estructural, son hechas en las muestras completas. (como son vendidas) Si la prueba de ensayo 2 es usada, entonces la prueba ultravioleta es realizada en una muestra ¨hueso de perro¨, como se especifica en ASTM D 638 de la misma resina de las muestras finales de producción. El ensayo de resistencia a la tensión e impacto IZOD son realizados en dos arreglos de

Page 100: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 100 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

muestras ¨hueso de perro¨, el arreglo A no es expuesto mientras que el arreglo B es expuesto a luz ultravioleta. Adicionalmente, todas las pruebas estructurales (véanse los numerales 5.3 a 5.8) también son realizadas en muestras vírgenes completas (como es vendido el producto). Sin embargo, los procedimientos de realización para estas pruebas, se ajustaran según los numerales 5.2.2.3 de la presente norma. EXCEPCCIÓN Desagües manufacturados y otros componentes de unión que no están expuestos a radiación ultravioleta natural cuando son ensamblados e instalados completamente, de acuerdo a las instrucciones del fabricante, no requieren ser incluidos en el ensayo de exposición de luz. 5.2.1 Método de ensayo No. 1 Doce accesorios nuevos deberán exponerse a la luz ultravioleta y a un aerosol acuoso con alguna de las siguientes pruebas: a) 720 h de arco - carbón encerrado doble ( ASTM G 153, Tabla X1.1 ciclo 1) b) 1000 h de arco – xenón (ASTM G 155, Tabla X3.1 ciclo 1) o, c) 750 h de fluorescente (ASTM 154, Tabla 2.1, ciclo 1) 5.2.1.1 Prueba No. 1 Los accesorios deben ser instalados dentro del aparato, con las superficies de exposición enfrentadas a las lámparas UV y posicionadas de tal forma que reciban la exposición de un accesorio completamente ensamblada e instalada. Después del ensayo de exposición, los accesorios deben ser removidos del aparato de prueba y descartados si hay signos de deterioro como agrietado o nervaduras. El descoloro no debe ser causa de descarte. Las pruebas deben ser retenidos bajo condiciones ambientales de temperatura y presión atmosférica por no menos de 16 h y no mas de 96 h antes de ser sometidos a los siguientes ensayos: a) Prueba de flexión b) Carga puntual a prueba de penetración c) Ensayo de carga de cizallamiento d) Vacío y prueba de impacto puntual e) Prueba de tensión El factor de intensificación K debe ser 1.0 para el ensayo 1 de UV. El espécimen expuesto se debe permitir transportar de un laboratorio a otro, en los tiempos provistos. 5.2.1.2 Requisitos de eficiencia Todos los especimenes que fueron sujetos al ensayo ultravioleta No. 1 deben cumplir con todos los requisitos de eficiencia de la integridad estructural. 5.2.2 Método de ensayo No. 2 Muestras del material polímero de los accesorios debe ser expuesto a luz ultravioleta de acuerdo a las opciones especificadas en los numerales 5.2.1 (a), (b) o (c), prueba No. 1, y luego ser ensayados en los numerales 5.2.2.1 y 5.2.2.2.

Page 101: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 101 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.2.2.1 Ensayo a la tensión Muestras de materiales nuevos (A) y expuestos a luz ultra violeta (B) deben ser evaluados bajo el ensayo a la tensión como se describe en los métodos de ensayo para a la tensión de los plásticos, ANSI/ASTM D638 (ISO 527-2) utilizando muestras Tipo 1 de 3,2 mm ±4 mm (0,125 pulgadas ± 0,02 pulgadas) espesor y velocidad de prueba de 5,1 mm /min (0,2 pulgadas /min). El esfuerzo a la tensión debe ser el mismo que el de fluencia , de otra forma del de rotura. 5.2.2.2 Impacto IZOD Muestras de materiales nuevos (A) y expuestos a luz ultra violeta (B) deben ser evaluados bajo el ensayo a la tensión como se describe en los métodos de ensayo para a la tensión de los plásticos y materiales aislantes eléctricos, ASTM D256 o ISO 180, usando especimenes de 3,2 mm (0,125 pulgadas) de espesor. 5.2.2.3 Requisitos de eficiencia: Las muestras de material deber retener al menos el 70 % de los valores sin condiciones (accesorios nuevos) indicados en los numerales 5.2.2.1 y 5.2.2.2. Un factor de intensificación K debe ser definido como un inverso de lo porción mas baja retenida. La prueba aplicable de integridad estructural, ejemplos los numerales 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7 y 5.8 deben ser hechas en una muestra (nueva) expuesta a luz ultravioleta, a una carga igual a los valores base multiplicados por el factor de intensificación K. Por ejemplo, si 80 % del esfuerzo a la tensión es retenido en el numeral 5.2.2.1 y 85 % de la unidad de energía IZOD, entonces K = 1/0.80 = 1.25. Esto va a asegurar un adecuado esfuerzo remanente después de la vida útil del accesorio. NOTA En los siguientes numerales, el factor K se deriva del numeral 5.2.1.1 (Ensayo No. 1). 5.3 ENSAYO DE CARGA Y DEFORMACIÓN VERTICAL Deben verificarse seis accesorios que tengan como fin el ser instalados en el piso o en las paredes del estanque de la piscina o estructura similar. Debe emplearse una carga puntual legible por máquina a, en el mínimo, incrementos de 22 N (5 lbf) y que esté equipada con un péndulo de impacto de acero de 51 mm (2 pulgadas) con un extremo de radio de 51 mm ± 13 mm (2 pulgadas ± ½ pulgadas) y una velocidad de péndulo de 5,1 mm/min a 6,4 mm /min. (0,20 pulgadas /min a 0,25 pulgadas /min) deben ser usados 5.3.1 Método de Ensayo Utilizando un péndulo de impacto de acero de 51 mm (2 pulgadas), con la almohadilla de piel en la cara del péndulo, y velocidad de péndulo como se describe en el numeral 5.3, se deben montar en el plano horizontal a los seis especimenes. La almohadilla de piel de 6.35 mm (1/4 pulgada) de espesor Buna N, almohadilla de caucho con dureza Shore A 60 ± 5. El péndulo y la almohadilla deben estar centrados: a) en la cara del accesorio b) A dos puntos medios entre el centro y el filo c) A dos puntos entre refuerzos, si los hay d) A dos puntos lejanos de cualquier lugar de soporte Una carga es aplicada a cada una de los lugares arriba indicados hasta que un fuerza de 1 334 N x K ± 44 N (300 lbf X K ±10 lbf) es alcanzada. 5.3.2 Requisitos de eficiencia. Los accesorios de succión no deberán deformarse, agrietarse, o perder material durante el recubrimiento o el acabado del dispositivo.

Page 102: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 102 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.4 ENSAYO DE CARGA Y DEFORMACIÓN HORIZONTAL Los accesorios a ensayar deben ser los seis que se probaron previamente en el numeral 5.3. Este ensayo es idéntico al Ensayo Vertical excepto que la carga es de 667 N ± 22 N (150 lbf x K ±5 lbf). Este aplica únicamente a accesorios que han sido destinados y marcados “Solamente para Pared” o “Pared o Piso”. 5.5 ENSAYO DE CARGA PUNTUAL EN EXCESO Los accesorios que van a ser probados serán los seis que se ensayaron previamente en los numerales 5.3 y 5.4, cargados de la misma manera. 5.5.1 Método de ensayo El equipo de prueba que va a ser usado debe ser el mismo y estar ubicado como se describe en el numeral 5.3, con “Almohadilla de Piel”. Las unidades deberán someterse a carga adicional, con una velocidad de carga de 5,11 mm/min a 6,4 mm/min hasta que el péndulo de impacto de acero sobresalga en la cubierta /rejilla o cuando se alcance un valor de 2699 ± 44 N. La deformación permanente no debe considerarse como una falla. 5.5.2 Requisitos de eficiencia Los accesorios de succión no deben presentar perdida de cualquier material del accesorio, exclusivamente del terminado debido a cargas o cuando el valor alcanza un valor de 2699 ± 44 N (600 lbf K ±10 lbf). Deformación permanente no debe considerarse como una falla. 5.6 ENSAYO DE ESFUERZO CORTANTE Se deben probar seis accesorios. Deben ser de aquellos provenientes del Ensayo de Exposición a la Luz UV (véase el numeral 5.2). Este ensayo deberá aplicarse a todos los accesorios que sobresalgan 13 mm o más del plano de montaje. 5.6.1 Método de ensayo El accesorio debe ser probado sometiéndolo a una carga de ensayo de 667 N ± 22 N (150 lbf x K ±5 lbf) aplicada 30° desde el plano de montaje en una de las caras de carga de 645 mm2 (2 pulgadas2) cubierta con una “Almohadilla de Piel” de 51 mm x 51 mm (2 pulgadas x 2 pulgadas) sobre su cara. Los seis accesorios deberán probarse usando la maquina de carga descrita en el numeral 5.3 y tres de ellos deberán ensayarse con tornillos sujetadores directamente en línea con la carga para ensayar la resistencia de los tornillos de sujeción, y con la carga en la mitad de la distancia entre los tornillos para resistencia general. 5.6.2 Requisitos de eficiencia La cubierta /rejilla deberá permanecer en su lugar. El accesorio no deberá deformarse, agrietarse, o perder material durante el recubrimiento o el acabado del dispositivo. 5.7 PRESIÓN DIFERENCIAL Y ENSAYO DE PUNTO DE IMPACTO Deberán probarse los mismos seis accesorios empleados en el ensayo de esfuerzo cortante. 5.7.1 Método de ensayo a) El accesorio que va a ser probado deberá montarse en una superficie horizontal y cubierto con

un material plástico de 0,5 mm o cualquier material apropiado. La salida del accesorio deberá conectarse a un sistema de vacío y someterse a un sistema de vacío o presión ( la presión será la requerida para el factor k sea mayor de 1.0) y debe someterse a de 724 mm Hg x K ( 28.5 pulgadas Hg x K) por 60 s ± 5 s El vacío debe sostenerse por 5 min ± 10 s.

Page 103: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 103 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

b) El vacío o la presión deberá retirarse del sistema, y el accesorio debe ser impactado a 20,3 J x K (15 pies-lbf x K) empleando el método de ensayo en la norma ASTM D2444, con un péndulo de impacto de acero de 2,3 kg, (5 lb) de diámetro mínimo de 51 mm (2 pulgadas) con una punta de radio 51 mm ±13 mm (2 pulgadas ±1/2 pulgada). El péndulo de 2,3 kg debe lanzarse desde una distancia de 0,9 m (3 pies) alineado con el centro del accesorio.

(c) De nuevo deberá cubrirse el accesorio con la película plástica y aplicarse una vez más el

vacío de 724 mm Hg durante 60 s ± 5 s. El vacío deberá sostenerse por un tiempo adicional de 5 min ± 10 s.

d) Luego de retirarse del montaje de ensayo, deberá aplicarse la tinta contrastante soluble en

agua de acuerdo a los numerales 5.1.6 y 5.1.6.1 e inspeccionar el accesorio para grietas, roturas, o fracturas de acuerdo con el numeral 5.1.6.2.

5.7.2 Requisitos de eficiencia La cubierta /rejilla deberá permanecer en su lugar luego de los procedimientos de ensayo contenidos en el numeral 5.7.1 desde el literal (a) hasta (d). El accesorio no deberá deformarse, agrietarse, o perder material durante el recubrimiento y el acabado. 5.8 ENSAYO DE CARGA DE TRACCIÓN Los ensayos de Carga de Arrastre deben ser exigidos a todos los accesorios con aberturas de 9,53 mm o más que favorezcan un agarre de los dedos. Las mediciones deben efectuarse sobre la superficie anticlástica cuando se requiera del ensayo de cabello, según el numeral 5.1.5.7. Deben probarse las mismas seis cubiertas usadas en el ensayo de vacío e impacto puntual (véase el numeral 5.7). 5.8.1 Método de ensayo Las cubierta /rejilla debe ser probada por la aplicación de una carga de ensayo de 667 x K ± 22 N (150 lbf x K ±5lbf) por debajo del montaje de la cubierta /rejilla y perpendicular a la superficie que se aproximará a los puntos de carga disponibles a los tres dedos de un bañista directamente adyacentes a los tornillos sujetadores, y en el punto medio entre aquellos cuando se instala el dispositivo de acuerdo con las instrucciones del fabricante 5.8.2 Requisitos de eficiencia La cubierta /rejilla deberá soportar una fuerza de arrastre de 667 N x K (150 lbf x K). La distorsión bajo la carga no comprometerá los tornillos de sujeción, la pérdida de la cubierta /rejilla, la deformación permanente, o el agrietamiento del dispositivo. 5.9 DISTORSIÓN DE ALIVIO EN LA TENSIÓN DEL MOLDE 5.9.1 Método de ensayo Una muestra del accesorio nuevo y completo que no ha sido expuesto a luz ultra violeta se debe colocar completamente en un horno de difusor de aire, manteniéndolo a una temperatura constante de 60 °C (140 °F). La muestra debe permanecer en el horno por 7 h, para luego ser removida del horno, y permitir su regreso a temperatura ambiente 5.9.2 Requisitos de eficiencia La muestra debe ser usada para pruebas de entrapamiento de cabello y cuerpo para asegurar que cumple con los requisitos de desempeño.

Page 104: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 104 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

6. ENTRAPAMIENTO DEL CABELLO 6.1 GENERALIDADES 6.1.1 Impedimento El arrastre del cabello en o sobre un dispositivo de succión no deberá impedir el escape de un bañista. 6.1.2 Tipos de muestra Se deben emplear dos tipos de cabello en este ensayo y deben efectuarse pruebas separadas para cada tipo. 6.1.2.1 Tipo 1 Un accesorio lleno de cabello humano natural, fino, liso, de un Europeo rubio con cutícula en la raíz del cabello, de 406 mm de longitud y 155 ± 15 g, debe fijarse firmemente en forma aproximada a la distribución normal del cabello con "gancho y bucle" semejante a una Peluca de un Maniquí Profesional, Modelo Nº FMH-#1SC, o equivalente, debidamente balanceado para lograr una flotabilidad neutra bajo el agua. Se deberá proporcionar un punto de anclaje a escala cerca del "cuello" de la "calavera". Debe emplearse una muestra fresca de cabello para cada dispositivo probado o cuando el cabello no se pueda desenredar. El cabello debe recortarse parejo. 6.1.2.2 Tipo 2 Se deberá fijar una muestra de cabello humano natural, de medio a fino, liso, color café claro con un peso de 57 ± 3 g y una longitud de 406 mm a una clavija de madera de 25 mm de diámetro por 305 mm. Se debe proporcionar alguna metodología que permita sujetar una balanza. Debe emplearse una muestra de cabello fresco por cada dispositivo ensayado o cuando el cabello no se pueda desenredar. El cabello debe recortarse parejo. 6.1.3 Accesorio de succión Se requiere únicamente un accesorio de succión para prueba. 6.1.4 Salidas fabricadas en el sitio Para salidas fabricadas en el sitio, no se requiere de ensayos de entrapamiento de cabello, pero la velocidad a través de las aberturas de la cubierta/rejilla no deberá exceder a 0.46 m/s (1,5 pies/s) (4,675 gpm/pulgada2) de área abierta. 6.1.5 Equipo de ensayo 6.1.5.1 Tanque de ensayo El tanque de ensayo para la evaluación de accesorios de succión para el ensayo de entrapamiento del cabello deberá estar de acuerdo con las Figuras 4, 5, y 6. Las placas de los bafles deberán construirse como se muestra en la Figura 7 y posicionarse como se indica en las Figura 4 y 5. 6.1.5.2 Motobomba Se deberá usar una motobomba con una adecuada conexión a tierra capaz de producir una tasa de flujo de al menos 25 % mayor que la tasa recomendada por el fabricante del accesorio. Se deberá instalar en el sistema de fontanería un flujómetro con una exactitud de ±3 % con respecto a la tasa anticipada de la cubierta.

Page 105: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 105 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

6.1.5.3 Entrada a la motobomba La entrada de la motobomba se conectará a un tubo de plástico, Schedule 40, de 406 mm de longitud empleando la tubería y los accesorios que sean necesarios. 6.1.5.4 Balanza Se deberá emplear una balanza con una exactitud de 0,45 N a una tensión de 22 N para determinar las libras de fuerza contra el entrapamiento. 6.1.5.5 Montaje de ensayo El montaje para la prueba de entrapamiento del cabello estará constituido por un tanque de prueba (véase Figura 4 hasta 7), los componentes suplementarios, y el mecanismo de aplicación de la fuerza (Figuras 3 y notas relacionadas). 6.1.5.6 Superficie de montaje Para montajes donde todos los conductos de flujo son suministrados por el fabricante componentes, la superficie de montaje de la Figuras 6 deberá ser plana. 6.1.5.7 Procedimiento de ensayo Para montajes donde una parte del conducto de flujo es la superficie del estanque de la piscina y no está controlado por la fabricación de la salida de succión, la superficie de montaje de ensayo representará las imperfecciones en el sitio que pueden producir un peligro de entrapamiento de cabello. La superficie de montaje nominalmente plana deberá distorsionarse a una superficie anticlástica (forma de comba o de silla de montar), de tal manera que una esquina está retirada 51 mm de un plano definido por las otras tres esquinas de un cuadrado de 310 cm2 como se muestra en la Figura 8. Una manera conveniente debe sostener tres de las esquinas en un plano con no menos de 25 mm de margen de cualquier superficie cercana. Luego, forzar la cuarta esquina 51 mm del plano de las primeras tres. Los soportes deberán estar localizados a 38 mm de los bordes de la superficie de montaje. El espécimen de ensayo deberá estar sujeto firmemente a la superficie anticlástica en una instalación en el sitio de la forma especificada por el fabricante. 6.1.6 Tanque alterno de ensayo 6.1.6.1 Profundidad del tanque El mismo tanque descrito en el numeral 6.1.5.1, con bafles, fondo, lados, y únicamente el extremo donde son probados los accesorios, puede emplearse mediante la inserción del mismo en un cuerpo mayor de agua de tal manera que la profundidad de sumergimiento del tanque sea la misma que la descrita en el numeral 6.2.3. 6.1.6.2 Volumen de agua El volumen de agua en este cuerpo mayor de agua, será sustituido por la fontanería de la línea de retorno como se describe en las Figuras 4 y 5. 6.1.6.3 Piscina alterna de ensayo Puede emplearse cualquier otro cuerpo de agua que proporcione resultados equivalentes de ensayo como están definidos por esta norma.

Page 106: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 106 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Mecanismo de empuje

Escala

Ojo

Tanque de ensayo

Figura 3. Mecanismo de empuje del tanque de ensayo

0,38 m(1,25 pies)

0,76 m(2,5 pies)

1,2 m(4 pies)

Línea de retorno0,9 m(3 pies)

0,30 m(1 pie)

229 mm(9 pulgadas)

0,46 m(1,5 pies)

0,38 m(1,25 pies)

1,4 m(4,5 pies)

0,46 m(1,5 pies)

0,53 m(1,75 pies)

229 mm(9 pulgadas)

229 mm(9 pulgadas)

Lámina de agua

Figura 4. Vista lateral del tanque de ensayo

0,53 m(1,75 pies)

0,46 m(1,5 pies)

0,5 m(3 pies)

229 mm(9 pulgadas)

229 mm(9 pulgadas)

0,30 m(1 pie)

0,30 m(1 pie)0,30 m

(1 pie)

0,9 m(3 pies)

Abertura de fondo457 mm x 457 mm(18 pulgadas x 18 pulgadas)

Abertura lateral457 mm x 457 mm(18 pulgadas x 18 pulgadas)

0,9 m (3 pies)Línea de retorno

Figura 5. Vista superior del tanque de ensayo

Page 107: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 107 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

6.1.6.4 Corrientes de agua Las influencias de las corrientes de agua deben estar totalmente ausentes en el estanque de la piscina de ensayo cono se evidencia por la suspensión de la muestra de cabello en el tanque por 30 s sin que se observe desviación de un aplomada colocada a una distancia del espécimen de ensayo sin flujo de al menos cuatro veces la dimensión de la cubierta /rejilla de ensayo. La desviación no deberá exceder 25 mm durante este tiempo. 6.2 MÉTODO DE ENSAYO 6.2.1 Los requerimientos de prueba deben estar de acuerdo con los numerales 6.1.3 y 6.1.4. 6.2.2 El accesorio de succión que incluye el sumidero que va a ser probado (véase la Figura 6) deberá instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante sobre la superficie de montaje del drenaje de ensayo. Para accesorios de succión que se proyectan para ser instaladas solamente en la pared, la superficie de montaje de ensayo debe colocarse en posición vertical, y para accesorios de succión que se proyectan para ser instaladas solamente en el piso, la superficie de montaje de ensayo debe colocarse en posición horizontal. Los accesorios de succión que se proyectan para ser instalados en el piso o en la pared, deben probarse en ambas posiciones. Para dispositivos ensayados en posición vertical, si el patrón de la cubierta /rejilla no es uniforme, debe verificarse en dos posiciones, que representen las diferencias geométricas esenciales. El accesorio deberá ser conectado a un codo de 90° del mismo tamaño que la salida del accesorio y tan próximo al accesorio de succión como sea posible con un mínimo de 406 mm de tubo plástico recto, Schedule 40, del mismo diámetro que el adaptador del dispositivo conectado al codo de 90°.

0,53 m(1,75 pies)

0,46 m(1,5 pies)

0,46 m(1,5 pies)

0,53 m(1,75 pies)

Placa de ensayo13 mm (12 pulgada)Acrilico transparente

Salida típica de succión

A la entrada de la motobomba

Montaje típico de una salida de succión sobreuna placa de ensayo de 533 mm x 533 mm

(21 pulgadas x 21 pulgadas)Placa de ensayo

Figura 6. Placa de montaje del tanque de ensayo

Page 108: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 108 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

0,9 m (3 pies)B B

B

1,2 m(4 pies)

1,2 m(4 pies)

0,9 m (3 pies)A A

0,76 m(2,5 pies)

0,9 (3 pies)

Bafle A Bafle BNota 1

Bafle CNota 2

Figura 7. Bafles del tanque de ensayo

1054 mm(41 12 pulgadas)

1054 mm(41 12 pulgadas)

1054 mm(41 12 pulgadas)

1054 mm(41 12 pulgadas)

Superficie curva de montaje

Marco de acero

Perno

Figura 8. Superficie anticlástica de montaje (Típica) 6.2.3 El tanque deberá llenarse con agua a una temperatura de 32 ºC ± 6 ºC a una profundidad de 305 ± 13 mm por encima del borde superior de la cubierta /rejilla, o a una profundidad de acuerdo a las instrucciones del fabricante para accesorios de combinación de inyectores a contracorriente. 6.2.4 Antes de energizar la motobomba de ensayo, el mecanismo de tracción deberá verificarse para garantizar una velocidad constante cuando se tracción en pesos de 8,9 N a 44N. Dentro de ese rango de pesos de ensayo, la velocidad de la tracción deberá ser de 127 ± 6 mm/s. 6.2.5 La motobomba de ensayo se activará y el flujo debe regularse a 38 L/min, a menos que la tasa de flujo en gpm recomendada por el fabricante del accesorio. Si no se conoce la clasificación de la tasa

Page 109: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 109 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

del accesorio, este ensayo debe iniciarse a 95 L/min. El fabricante del accesorio puede especificar la tasa inicial de flujo de ensayo para cada accesorio que va a ser probado. 6.2.6 Antes de usarlo, el cabello debe ser limpiado en una solución al 10 % v/v de α Olefina Sulfonato de Sodio (AOS) y agua. Luego de limpieza profunda, enjuagar en agua potable. Las muestras de cabello, deberán limpiarse luego de cada 10 tracciones. El cabello seco deberá saturarse por un mínimo de 2 min en el tanque de ensayo. Cuando se sature, se colocará en el cráneo clavija/humana y se sujetará al pistón. Cuando se verifique sobre un accesorio vertical, el extremo libre del cabello ese colocará aproximadamente a 305 mm al frente del accesorio de succión, 51 mm por encima de la cara del accesorio, como se ilustra en la Fig. 9. 6.2.7 En ambos ensayos el cabello debe moverse lentamente muy próximo a las partes de succión del dispositivo y los extremos del cabello deberán dirigirse hacia el accesorio en la dirección de flujo de entrada como se ilustra en la Figura 9. El desplazamiento del cabello debe ser continuo hacia el accesorio mientras se desplaza el cráneo o la clavija de lado a lado en un movimiento de barrido. La magnitud de ese movimiento deberá reducirse con cada paso del cráneo o la clavija. El cabello deberá alimentarse hacia el dispositivo por un período de 60 ± 5 s. Posteriormente, el cráneo o el extremo de la clavija deberán mantenerse contra el accesorio por 30 ± 5 seg. Luego, el cráneo o la clavija serán liberados, permitiéndose que floten o permanezcan libres por 30 ± 5 s. 6.2.7.1 Si se prueba un accesorio horizontal, el ensayo deberá iniciarse con el extremo del cabello a 51 mm por encima del accesorio en un movimiento similar de barrido. 6.2.7.2 En el ensayo de cualquier accesorio que no sea totalmente simétrico, o aquellos montados sobre una superficie anticlástica, se deberán iniciar las pruebas con el extremo del cabello a 51 mm desde todas las locaciones representativas alrededor del dispositivo. 6.2.8 La tasa de flujo deberá incrementarse en 19 L/min en incrementos de ±3 % y efectuar 10 ensayos a cada tasa de flujo. Cepillar el cabello antes de cada ensayo para mantenerlo desenredado. 6.2.8.1 Con la motobomba de ensayo aún operando, deberá medirse la magnitud de la fuerza necesaria para liberar el cabello del accesorio. Deberá sujetarse el cráneo o la clavija a la balanza, y ésta será puesta cero y luego izada en dirección vertical alejándose del dispositivo mediante la activación del mecanismo de remoción del cabello. La fuerza del entrapamiento se medirá y registrará. Una muestra de la forma de reportar los datos se suministra en el Anexo A.

25 mm(1 pulgada)

Salida de succión montada verticalmente Salida de succión montada horizontalmente

Punta llenade cabellohumano

2 oz Cabello humano

25 mm(1 pulgada)

25 mm(1 pulgada)

Nivel deoperación

Figura 9. Diagramas de ensayo de cabello

Page 110: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 110 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA GENERAL Muestra del ensayo de 57 g de cabello. Igualmente será efectuado con punta llena de cabello 6.2.8.2 Donde se determine una falla con un incremento específico de 19 L/min, se deberá permitir que la unidad sea verificada de nuevo con incrementos de 3,8 L/min hasta el punto de la falla previa con el fin de determinar la clasificación bajo esta sección. 6.3 REQUERIMIENTOS DE EFICIENCIA Una tracción de 22 N o mayor que una cualquiera en uno de los diez ensayos, incluyendo el peso ecualizado del aparato de ensayo de saturación, debe considerarse como una falla, y deberá registrarse la tasa de flujo en L/min. Si se presenta una falla en las diez tracciones, repetir el ensayo diez veces más. Todos los ensayos adicionales deberán aprobarse antes de moverse al próximo valor. La mayor tasa de flujo de desplazamiento deberá dividirse por 1,25 para determinar la clasificación máxima permitida del accesorio de succión, a menos que el fabricante haya ajustado una tasa de flujo más baja, la cual posteriormente será la clasificación para este accesorio. 7. ENTRAPAMIENTO CORPORAL 7.1 GENERALIDADES 7.1.1 Diseño e Instalación Los accesorios de succión deberán ser diseñados e instalados de tal manera que reduzcan la posibilidad del entrapamiento corporal. Esa posibilidad está dirigida hacia la selección adecuada del tamaño de la cubierta /rejilla de salida o la instalación adecuada de más de una salida de succión. 7.1.2 Dispositivos 7.1.2.1 El Ensayo de entrapamiento Corporal se aplicará a todos los accesorios y salidas de succión tratadas bajo esta norma. Para accesorios o dispositivos manufacturados sólo se requiere de un accesorio nuevo para la prueba. 7.1.2.2 Las cubiertas /rejillas de las salidas de succión que no puedan ser totalmente cubiertas por el elemento de bloqueo corporal de 457 mm x 584 mm pueden ser clasificadas por cualquiera de los procedimientos de ensayo requeridos en esta sección o mediante cálculo de acuerdo con el numeral 2.3.1. 7.1.3 Equipo de ensayo Un espécimen de torso está definido como una forma rectangular que representa la porción plana del 99 % del cuerpo de un hombre adulto (Anexo A). La representación de esta forma para propósitos de ensayo es el elemento de bloqueo corporal definido por una sección de espuma de 457 mm x 584 mm x 51 mm, identificada como “Espuma de Celda Cerrada de NBR /PVC con un valor de desviación a la compresión de 10 kPa a 21 kPa a 25 % de desviación como medida de acuerdo con la norma ASTM D1056-00”. Deberá montarse en el respaldo del enchape impermeabilizado de madera, con el lado del recubrimiento hacia fuera de la madera contra chapada, con un perno de anillo, o su equivalente en el centroide como se muestra en las Figuras 10 y 11. El espécimen deberá ser lastrado a flotabilidad neutra, en el rango de 0,7 lbf (3,1 N), a la profundidad de ensayo.

Page 111: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 111 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Figura 10. Elemento de bloqueo corporal

Anillo parahalar del centroide EspumaEnchapado

inpermeable

457 mm(18 pulgadas)

584 mm(23 pulgadas)

19 mm(0,75 pulgadas)

51 mm(2 pulgadas)

R 102 mm(4 pulgadas)

Figura 11. Dimensiones del elemento de bloqueo Las esquinas del elemento aplicable de bloqueo corporal, como también el elemento por si mismo, deberán ser achaflanados con un radio equivalente al 22 % del ancho. 7.2 MÉTODO DE ENSAYO 7.2.1 Con el flujo de salida en el menor valor del flujo máximo permitido especificado por le fabricante o diseñador, o de la manera como se determina en el numeral 5.3, el elemento de bloqueo corporal de 457 mm x 584 mm, cargado concéntricamente, deberá colocarse sobre la cubierta /rejilla

Page 112: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 112 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

con una fuerza aplicada de 534 N y en tal posición que sea centrado o que cubra la mayor área de la cubierta /rejilla. 7.2.1.1 Para calcular la fuerza de liberación máxima permisible, el elemento de bloqueo más pequeño que pueda cubrir completamente la cubierta /rejilla de la salida de succión que está siendo ensayada deberá reforzarse como en el caso de la aplicación al elemento de bloqueo corporal. 7.2.1.2 Los elementos aplicables de bloqueo corporal pueden variar en el tamaño desde 457 mm x 584 mm hasta una dimensión mínima de 229 mm x 292 mm. 7.2.2 Los accesorios que combinan inyectores a contracorriente deben probarse colocando el elemento de bloqueo corporal totalmente contra y centrado en la placa de la cara de montaje con una fuerza de 534 N. 7.3 REQUISITOS DE EFICIENCIA 7.3.1 Bajo estas condiciones de ensayo, para aprobar el ensayo de entrapamiento corporal, la fuerza de liberación máxima permitida (en kg), inmediatamente después de que se libere la fuerza aplicada de 534 N, deberá fundamentarse en los cálculos siguientes empleando el ancho del menor elemento de cloqueo corporal aplicable. Este máximo no deberá ser excedido en tres ensayos consecutivos. NOTA Véase la Tabla 1 para cálculo de la fuerza máxima de liberación.

Tabla 1. Elemento de bloqueo corporal aplicable. Cálculo de la fuerza de liberación

Bañista Ancho mínimo

del elemento

para cubrir

Longitud del

elemento de

bloqueo =1,2777 x

ancho

Base es el ancho del

niño

Radio del ancho del elemento al ancho del niño

Relación cúbica

No. veces del peso del niño

Mitad del peso

No. máximo

de esfuerzos

de liberación

99 % Hombres

18 17,5 17

16,5 16

15,5 15

14,5 14

13,5 13

12,5 12

11,5 11

10,5 10 9,5

23,0 22,4 21,7 21,4 20,4 19,8 19,2 18,5 17,9 17.2 16.6 16.0 15,3 14,7 14,1 13,4 12,8 12,1

9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9

2,00 1,94 1,89 1,83 1,78 1,72 1,67 1,61 1,56 1,50 1,44 1,39 1,33 1,28 1,22 1,17 1,11 1,06

8,00 7,35 6,74 6,16 5,62 5,11 4,63 4,18 3,76 3,38 3,01 2,68 2,37 2,09 1,83 1,59 1,17 1,19

240 271 202 185 169 153 139 125 113 101 90 80 71 63 55 48 41 35

120 110 101 92 84 77 69 63 56 51 45 40 36 31 27 24 21 18

120 110 101 92 84 77 69 63 56 51 45 40 36 31 27 24 21 18

Niño de 3 años

9 11,5 9 1,00 1,00 30 15 15

Page 113: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 113 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

GENERALES a) Todas las dimensiones en pulgadas (1 pulgada = 25,4 mm) b) Esta tabla calcula el máximo esfuerzo de liberación requerido para retirar el elemento de bloqueo corporal

de la cubierta/rejilla bajo ensayo, basado en el ancho del elemento de bloqueo corporal aplicable. Los valores intermedios pueden calcularse empleando la fórmula (ancho/9)3 x 15

EJEMPLO 10,7/9 = 1,188; 1,1883 = 1,68; 1,68 multiplicado por 15 = 25,2 lbf

7.3.2 Donde se encuentre una falla en la tasa de flujo de prueba como se especifica en el numeral 7.2.1, se deberá permitir que la unidad sea verificada en decrecimientos de 19 L/min hasta que la unidad apruebe. Posteriormente, se debe permitir que la unidad sea reverificada en incrementos de 3,8 L/min hasta el punto de la falla previa con el fin de determinar su clasificación bajo esta sección. 8. ENTRAPAMIENTO DE DEDO Y EXTREMIDAD 8.1 GENERALIDADES 8.1.1 Diseño e instalación. Los accesorios de succión deberán diseñarse e instalarse de tal manera que reduzcan el potencial del entrapamiento digital o de las extremidades. 8.1.1.1 Cuando esté totalmente montado, los accesorios de succión no deben tener ninguna abertura accesible que permita el paso del terminal cilíndrico de 25 mm de la Sonda Articulada UL. 8.1.2 Orificio pequeño. Un orificio pequeño es una abertura con dos o más dimensiones menores que 25 mm (véase la Figura 12). 8.1.3 Orificio grande. Un orificio grande es una abertura con solamente una dimensión menor que 25 mm (véase la Figura 12). 8.1.4 Ensayo de la salida de succión 8.1.4.1 Todas las salidas de succión cubiertas por esta norma deberán someterse al ensayo siguiente. 8.1.4.2 Los Ensayos de entrapamiento de dedo deberán llevarse a cabo en cada nuevo accesorio de succión de cada cavidad de molde. 8.1.5 Condiciones para los ensayos. Los ensayos deberán realizarse a temperatura ambiente empleando accesorios nuevos secos. 8.2 MÉTODO 8.3 DE ENSAYO Cada orificio en el accesorio de succión ensamblado debe someterse a la inserción de ambos extremos de una sonda articulada UL. Empleando 12 N ± 5 %, la sonda articulada deberá introducirse en todos los orificios expuestos del accesorio de succión ensamblado. 8.3 REQUISITOS DE EFICIENCIA Se permitirá un orificio pequeño o grande cuando el terminal cilíndrico de 25 mm de la Sonda Articulada UL no puede penetrarse a través de la superficie interna del orificio, de la manera siguiente:

Page 114: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 114 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Sonda articulada UL

Fuerza de ingreso

PASS[Nota (2)]

Límite de la abertura PASS[Nota (1)]

"Unión de la segunda articulación"

"Unión de la primera articulación"

PASS[Nota (3)]

Superficie de aproximación

D1

D2 D2 D2

D1D1

D1 D3

D2

EJEMPLO: Pequeña abertura: dos o másdimensiones [(D1) y (D2)] menores que25 mm (1 pulgada)USAR UNIÓN DE PRIMERA ARTICULACIÓN

EJEMPLO: Gran abertura: solo unadimension [D1] menores que25 mm (1 pulgada)USAR UNIÓN DE SEGUNDA ARTICULACIÓN

NOTA 1 Los "bordes" dentro de las aberturas son menores que 7,9 mm de ancho y no hay protuberancias por encima de la superficie de abertura NOTA 2 Un "borde" más ancho que 7,9 mm pero estará por fuera de abertura NOTA 3 Radio transicional mayor que 19 mm

Figura 12. Sonda de dedo. Ensayo de entrapamiento de dedo y extremidad

Figura 13. Sonda de dedo

Page 115: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 115 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

78 mm(3,07 pulgadas)

97 mm(3,82 pulgadas)

0,05 mm(0,002 pulgadas)

0,05 mm(0,002 pulgadas)

0,05 mm(0,002 pulgadas)

R 3,5 mm(0,14 pulgadas)

16 mm (0,63 pulgadas)25,4 mm (1 pulgada)

50 mm (1,97 pulgadas)

78 mm (3,07 pulgadas)

R 24,9 mm(0,96 pulgadas)

25,4 mm(1 pulgada)

5,1 mm (0,20 pulgadas)30 mm (1,18 pulgadas

69,9 mm (2,36 pulgadas)89,9 mm (3,54 pulgadas)

30° aprox.

96 mm(3,78 pulgadas)

100,1 mm(3,94 pulgadas)

135,9 mm(5,35 pulgadas)

153,9 mm(6,06 pulgadas)

233,9 mm(9,21 pulgadas)

Figura 14. Dimensiones de la sonda del dedo

25,4 mm (1,00 pulgas)

9,7 mm(0,389 pulgadas)

13,4 mm(0,528 pulgadas)

30 mm (1,18 pulgadas)

60 mm(2,36 pulgadas)

8,3 mm(0,326 pulgadas)

11,7 m(0,460 pulgadas)

Figura 15. Dimensiones del nudillo de la sonda de dedo

a) Se permitirán orificios pequeños cuando la línea de centro de la primera unión de articulación, localizada a 30 mm del extremo de la Sonda Articulada UL, no pueda pasar por detrás de un borde o punto estrecho que esté localizado dentro del orificio que esté bajo ensayo. (Véase la Figura 1)

b) Se permitirán orificios grandes cuando la línea de centro de la primera unión de articulación,

localizada a 59,9 mm del extremo de la Sonda Articulada UL, no pueda pasar por detrás de un borde o punto estrecho que esté localizado dentro del orificio que esté bajo ensayo. (Véase la Figura 1)

Page 116: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 116 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

c) Los bordes y puntos estrechos serán permitidos dentro del orificio y dentro del rango de la primera unión articulada de acuerdo con la Figura 12 si son menores que 7,9 mm de ancho, medido paralelamente al orifico abierto.

d) Los bordes y puntos estrechos creados mediante líneas de moldeo, texto grabado, y símbolos

se permitirán en el orificio con tal que no excedan un altura de 0,64 mm. 9. INSTRUCCIONES DE EMPACADO E INSTALACIÓN 9.1 MARCADO DE ACCESORIOS DE SUCCIÓN 9.1.1 El accesorio estará permanentemente marcado como sigue de tal manera que sea visible en la posición de instalación y donde el texto no sea menor que 10 puntos (tamaño de la fuente 0,1 pulgadas de alto): a) Los siguientes son ejemplos de dos marcas típicas: EJEMPLO

A112.19.8

ASME

2007 Para Uso Solamente en Drenajes Múltiples 108 GPM - Chorro a Contracorriente Tiempo de Vida Útil: 7 Años Únicamente en la Pared Quantum 1563-W EJEMPLO ASME A112.19.8-2007 Para Uso Solamente en Drenaje Simple 108 GPM – Sumergido Tiempo de Vida Útil: 7 Años Únicamente en el Piso Quantum 1563-W (b) La posición o distribución de estas marcas debe estar en la secuencia siguiente:

1) la frase “Para Uso en Drenaje Simple o Múltiple”, “Para Uso en Drenaje Simple”, o

“Para Uso Solamente en Drenajes Múltiples”. 2) el menor valor de la tasa máxima de flujo en gpm como se determina de acuerdo con

numeral 2.3.1.4, 5.3, o 6.3.2. 3) el “Tipo” del accesorio de acuerdo con el numeral 1.6. 4) los componentes d l accesorio deben ser marcados “Tiempo de Vida Útil: X Años) en el

que el fabricante indica el tiempo aproximado de vida útil instalado en años. Los componentes individuales pueden ser marcados con el tiempo de vida útil de cobertura.

Page 117: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 117 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5) posición de instalación –“Pared Solamente”, o “Piso Solamente” o “Pared o Piso” si se permite en ambas posiciones.

6) el nombre del fabricante o el nombre registrado 7) designación del modelo

9.1.2 Como alternativa a la marcación de salidas fabricadas en campo, el propietario de la instalación, donde se colocarán los accesorios, deberá ser asesorado por el Diseñador Profesional en cuanto a la información solicitada en el numeral 9.1.1 literales (b) hasta (8). 9.2 EMPACADO DE ACCESORIOS DE SUCCIÓN 9.2.1 Las instrucciones de empacado e instalación para los accesorios fabricados contendrán a) la información sobre la instalación y servicio incluirá

1) descripción del tipo de acuerdo con el numeral 1.6, incluyendo cualquier requisito para salidas múltiples exigidas por la motobomba

2) instrucciones acerca de la prohibición de localizar salidas de succión en las áreas de

sentado o en los espaldares para tales áreas de sentado en los estanques de las piscinas y estructuras similares

3) instrucciones que establezcan que al emplear dos o más accesorios de succión sobre

una línea de succión común, aquellos deben estar separados por un mínimo de 91,44 mm, o si estarán más próximos, deberán localizarse en planos diferentes (es decir, uno en el piso y otro en la pared vertical, o uno en cada pared contigua)

4) instrucciones que establezcan que en el evento de una salida de succión totalmente

bloqueada, las salidas restantes de succión que sirven a ese sistema tendrán una tasa de flujo capaz de manejar el flujo total de la motobomba(s) para el sistema específico de succión.

5) tasa máxima de flujo con una curva de pérdida de cabeza 6) dimensión aceptable(s) de la tubería de conexión 7) posición(s) de montaje 8) número(s) de parte de la salida de succión, y/o número(s) de modelo, y especificaciones

detalladas de diseño de sumidero construido en campo, cuando aplique 9) lista número de parte/descripción, y “Sustituir en “YY” años de instalado” para todas las

partes 10) herramientas requeridas 11) instrucciones de servicio y durante el invierno

b) una nota cautelar en la que indique que no se debe exceder la tasa de flujo máxima permitida

en el accesorio de succión c) una nota en la que se indique que el accesorio de succión, incluyendo los tornillos de ajuste,

debe revisarse para daños o alteraciones antes de cada uso de la instalación

Page 118: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 118 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

d) una declaración que establezca que los accesorios de succión fuera de lugar, quebrados, o con grietas deben ser sustituidos antes de usar esa instalación

e) una declaración que establezca que los accesorios de succión fuera de lugar deben

readecuarse o sustituirse antes de usar esa instalación f) una declaración que establezca “Leer, luego guardar estas instrucciones para referencia

futura” g) una nota cautelar acerca de que existe un aumento de flujo al aumentar el diámetro de

tubería.

ANEXO A (Normativo)

ESPÉCIMEN DE TORSO CON RECTÁNGULO SUPERPUESTO

457 mm(18 pulgadas)

523 mm(20,6 pulgadas)

381 mm(15 pulgadas)

521 mm(20,5 pulgadas)

467 mm(18,4 pulgadas)

457 mm(18 pulgadas)

86 mm(3,4 pulgadas)

584 mm(23 pulgadas)

Figura I-1 99 % de los hombres

Page 119: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 119 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO B (Normativo)

REQUISITO DEL TIPO DE ACCESORIO Requisito del tipo de dispositivo Tabla 11-1

Tipo Salidas fabricadas en campo

Salidas Venturi

Combinación de chorro a

contracorriente

Salidas sumergidas de

succión Simple o doble Por fabricante Por fabricante Por fabricante Por fabricante

Requiere herramienta para retiro Si Si Si Si Ensayo UV y marcación de tiempo de vida útil

Si Si Si Si

Sumidero requerido Si Si No Si Ensayo antiatrapamiento corporal Si Si Si Si Carga vertical Nota 1 Si Si Si Carga horizontal Nota 1 Si Si Si Carga en exceso Nota 1 Si Si Si Ensayo de corte Nota 1 Si Si Si Ensayo de vacío Nota 1 Si Si Si Ensayo de tracción Nota 1 Si Si Si Ensayo de cabello No Si Si SI Ensayo de dedo Nota 1 Si Si Si

ANEXO C

(Informativo)

FORMATO DE ENSAYO ACCESORIO DE SUCCIÓN - ENTRAPAMIENTO DE CABELLO

FORMATO DE ENSAYO ACCESORIOS DE SUCCIÓN

Fecha:_________ Tipo de motobomba ___________

Tiempo del agua: __________

Operación______ Tipo de cabello ___________ Flujo máximo (gpm):[NOTA 1]

__________

Protocolo_____ Descripción accesorio

_________

Vacío máximo ("Hg) [NOTA 2]

__________

Valoración del fabricante ( si se conoce)

Ft (gpm) [NOTA 3]

Vf (in HG) [NOTA 4]

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Comentarios [NOTA 7]

Ff (L/m) Vt (mm Hg) Pull (kgf) [NOTAS 5 Y 6]

Ff Vt Pull

Ff Vt Pull

Ff Vt Pull

Ff Vt Pull

Ff Vt Pull

Page 120: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 120 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA 1 El flujo máximo (L/m) deberá ser la tasa de flujo medida en galones por minuto con el accesorio en su lugar y todas las llaves totalmente abiertas. NOTA 2 El vacío máximo (en Hg) deberá ser el vacío registrado en pulgadas de mercurio cuando se efectúan mediciones a flujo máximo NOTA 3 Fi significará la tasa de flujo inicial en galones por minuto la cual se mide antes de iniciar el esfuerzo de enredamiento. NOTA 4 VT significará el vacío inicial en pulgadas de mercurio antes de iniciar el esfuerzo de enredamiento NOTA 5 Ff significará la tasa de flujo final medida antes de retirar el cabello. NOTA 6 Vf significará el vacío final medido antes de retirar el cabello NOTA 7 Reportar aquí cualquier cambio significativo

Page 121: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 121 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO NO.4

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA – NTC 5761 “ESPECIFICACIÓN ESTÁNDAR PARA SISTEMAS DE SEGURIDAD DE LIBERACIÓN DE VACÍO (SSLV) FABRICADOS PARA PISCINAS Y ESTRUCTURAS SIMILARES”. 1. OBJETO 1.1 Esta norma abarca los requerimientos para sistemas de seguridad de liberación de vacío (SSLV) y su uso en piscinas y estructuras similares. 1.2 Esta norma tiene como propósito reducir el riesgo de ahogamiento o atrapamiento mediante la detección y liberación rápidas del vacío, o para prevenir un vacío peligroso conjuntamente con el atrapamiento de una persona en la salida de succión que sirve a un sistema de recirculación por bombeo. 1.3 Los valores establecidos en unidades del Sistema Internacional (SI) son de la norma. 1.4 Las advertencias siguientes sobre peligros de seguridad pertenecen solamente a la sección de los métodos de ensayo, Sección 5, de esta norma. Esta norma no pretende pronunciarse con respecto a todos los aspectos de seguridad, si existen, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer las prácticas adecuadas de seguridad y salud, y determinar la aplicabilidad de las limitaciones regulatorias antes de su uso. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección) 2.1 NORMAS ASTM (American Society for Testing and Materials) ASTM D2466, Poly (Vinyl Chloride) (PVC) Plastic Pipe Fittings, Schedule 40 ASTM D2468, Acrylonitrile – Butadiene – Styrene (ABS) Plastic Pipe Fittings, Schedule 40 ASTM D2855, Practice for Making Solvent – Cemented Joints with Poly (Vinyl Chloride) (PVC) Pipe and Fittings. ASTM F402, Practice for the Safe Handling of Solvent Cements, Primers, and Cleaners Used for Joining Thermoplastic Pipe Fittings. 2.2 NORMAS ASME (American Society for Mechanical Engineers) ANSI/ASME B1.20.1 D2466, Pipe Threads, General Purpose, Inch 2.3 DOCUMENTO FEDERAL (USA): CPSP Documents Guidelines for Addressing Potential Entrapment Hazards Associated with Swimming Pools and Spas. 2.4 DOCUMENTO NSF (National Sanitation Foundation) NSF 50, Suction Systems Components for Swimming Pools, Spas, Tubs, and Whirlpools. 7

Page 122: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 122 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

2.5 NORMAS UL (Underwriters Laboratories) UL 1081, Standard for Safety for Swimming Pool Pumps, Filters, and Chlorinators UL 746, Plastics Testing. 3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES 3.1 Incidencia de alto vacío. Evento donde el vacío de operación normalmente presente en un sistema de recirculación de una piscina o estructura similar aumenta súbitamente debido a un bloqueo de la salida de succión. 3.2 Elemento interruptor (IE). Almohadilla o tapete empleado para simular un evento de atrapamiento mediante el bloqueo total de una salida de succión. 3.3 SSLV no mecánico. SSLV sin partes móviles. 3.4 Fácilmente colocado. Para ser readecuado fácilmente a sistemas existentes donde es posible el peligro de atrapamiento empleando accesorios o adaptadores autorizados o ambos. 3.5 Entrada de retorno. Accesorio para direccionar el agua que regresa al estanque de la piscina o estructura similar. 3.6 Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV). Sistema o dispositivo capaz de suministrar la liberación de vacío en una salida de succión causado por la existencia de un alto vacío como consecuencia del bloqueo en una salida de succión. Los dispositivos SSLV deben permitir la liberación del vacío con o sin la presencia de cubierta(s) en la salida de succión, y deberán operar de tal manera que no obstaculicen o perturben a otras capas de protección instaladas para proteger contra el atrapamiento por succión. 3.7 Salida de succión. Accesorio para direccionar el agua fuera del estanque de la piscina, tina de hidromasaje, spa, unidad de terapia o estructura similar 3.8 Activador de ensayo (TA). Dispositivo empleado para descender el elemento interruptor (IE) de manera y tasa uniformes. 4. REQUISITOS 4.1 GENERALES: 4.1.1 Las superficies expuestas deben estar exentas de extremos ásperos o agudos 4.1.2 Un SSLV no podrá alterarse en su funcionamiento sin la ayuda de herramientas. 4.1.3 Los fabricantes deberán evaluar los materiales para condiciones de exposición y del entorno (químicas, etc.) que se espera sean encontradas en condiciones de uso por un período de tiempo que aseguren la durabilidad y el funcionamiento a largo plazo. Las normas NSF 50 y UL 1081 pueden emplearse como guías. 4.1.4 Los materiales expuestos a la intemperie deben ser resistentes a la radiación UV y capaces de soportar temperaturas entre - 40 y 60 °C (de conformidad con el 4.1.15 y 4.2.2). 4.1.5 Bajo condiciones normales de operación del sistema, el SSLV no debe afectar desfavorablemente la succión de la motobomba, la presión del sistema, el flujo del sistema, o cualquier otra variable de eficiencia del equipo.

Page 123: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 123 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.1.5.1 Un SSLV debe proporcionar el medio para proteger la motobomba contra daños consecuenciales por una operación en seco debido a una pérdida de cebado. 4.1.6 Un SSLV deberá cerrarse o bloquearse en la posición (de seguridad) abierta o apagada posterior a un evento de alto vacío hasta el rearmado. Los sistemas tales como los SSLV no mecánicos que carecen de partes móviles no requieren de esta característica de cierre o seguro 4.1.7 Un SSLV, posterior a un evento de alto vacío, deberán rearmarse manual o automáticamente a su posición original de seguridad sin requerir de herramientas especiales. 4.1.8 Un SSLV deberá fallar en la posición (de seguridad) abierta o apagada en el evento de una avería del mecanismo de carga. Los sistemas tales como los SSLV no mecánicos que carecen de partes móviles, no requieren demostrar esta característica. 4.1.9 Cualquier puerto(s) de salida de aire para SSLV deberá instalarse y diseñarse de forma tal que el(los) no puedan ser averiados por condiciones razonablemente anticipadas o de alguna manera, telúrica o antrópica, que impidan el funcionamiento del dispositivo. Esto incluye, pero no está limitado a, infestación, acumulación de suciedad, o contaminación microbiológica. 4.1.10 Los SSLV que proporcionan calibración y ajustes de campo contendrán instrucciones permanentes claramente definidas. Los mecanismos para afectar esos ajustes y calibraciones deberán ser resistentes a las interferencias, de tal manera que ningún personal no certificado pueda realizar ajustes. Los SSLV no mecánicos que no tienen partes móviles deberán tener montajes prefabricados que incorporen una geometría interna adecuada que limite su succión. El ajuste de estos dispositivos se limitará a la elevación de su instalación física relativa al nivel de operación implicado y al ajuste de campo de los mecanismos de coordinación del nivel de agua instalado por la fábrica. 4.1.11 Un SSLV deberá diseñarse para posibilitar el servicio y ensayo en el sitio 4.1.12 Las conexiones terminales de PVC del dispositivo deberán estar en conformidad con la especificación D2466. Las conexiones terminales de ABS del dispositivo deberán estar en conformidad con la especificación D2468. Los disolventes usados en conexiones soldadas deberán estar en conformidad con las prácticas D2855 y F402. 4.1.13 Las conexiones de tubos roscados deberán estar en conformidad con ANSI/ASME B1.20.1. 4.1.14 Los SSLV no mecánicos deben contener características específicas de diseño a prueba de alteraciones que limitarán la transmisión de la succión a la salida de succión para prevenir cualquier peligro de atrapamiento independiente de todos los parámetros operacionales del sistema tales como la potencia de la motobomba, diámetro de la tubería, elevación de la motobomba, y así sucesivamente. 4.1.15 Un SSLV expuesto a la intemperie deberá cumplir con los ensayos de exposición al entorno para UV como se describe en UL 746A. 4.2 REQUISITOS ESPECÍFICOS 4.2.1 Criterio de Ensayo. Los SSLV deberán funcionar sin presentar fallas en cada una de las dos alturas de la motobombas (0,91 m por debajo y 0,91 m por encima del nivel de operación), liberando el elemento de bloqueo en 3 s o menos cuando aquel sea evaluado por el fabricante de acuerdo con el numeral 5.1 y 5.2. 4.2.2 El SSLV empleado para el ensayo en el numeral 4.2.1 deberá ser expuesto a 10 ciclos de calor/frío de acuerdo con el numeral 5.2.5 antes del ensayo. Los SSLV no mecánicos estarán exentos de este ensayo.

Page 124: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 124 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Línea deRamificación:

No puede excederel 60% del flujo

Total

Línea principalde succión

Sin Válvulas de Paso de Flujo

Válvula de ensayo

Motobomba

MA

IN P

ress

ure

Line

Figura 1. Instalación adecuada para la válvula de ensayo 4.2.3 Un SSLV seleccionado para el plan de muestreo del fabricante (véase la el numeral 9), debe ser verificado 100 veces contra el criterio establecido en el numeral 4.2.1 sin falla alguna. 4.3 INSTRUCCIONES DE INSTALACIÓN: 4.3.1 Las instrucciones de instalación, de uso y mantenimiento, de calibración y ajuste adecuados, de inicio apropiado, y de los procedimientos periódicos de ensayo deben suministrarse con cada unidad. 4.3.2 Las instrucciones de instalación proporcionadas con la unidad deberán contener las siguientes declaraciones o equivalentes: 4.3.2.1 Este dispositivo deberá ser instalado por una persona que cumpla con los requisitos establecidos por el fabricante del SSLV. 4.3.2.2 No deben emplearse válvulas de retención para direccionar el flujo de agua en sistemas de recirculación de aguas protegidos por un SSLV. ADVERTENCIA Las válvulas de retención deben eliminarse de los sistemas de recirculación. Se ha demostrado que la presencia de una válvula de retención empleada para direccionar el flujo de agua prolonga el alto vacío presente en el drenaje, aunque el drenaje esté protegido por un SSLV. Por esta razón, deben retirarse las válvulas de retención. La eliminación de estas válvulas de retención del sistema de circulación debe ser claramente descrita en las instrucciones de instalación del fabricante del SSLV. NOTA 1 Excepción al numeral 4.3.2.2. Si es permitido por las instrucciones de instalación del fabricante del SSLV, las válvulas de cheque se pueden emplear para direccionar una parte del flujo de agua con líneas de circulación protegidas por un SSLV, con la condición que se empleen únicamente en las líneas del lado de presión (lado efluente de la bomba de recirculación) el cual debe bifurcar la línea de la presión principal, y el sistema de recirculación no puede direccionarse para que permita el paso de más del 60 % del flujo de agua del mismo sistema a través de la válvula de retención o “cheque” (véase la Figura 1). 4.3.2.3 Todos los SSLV deben suministrar un mecanismo que permita el ajuste de campo, si es aplicable, y ser ajustado a condiciones hidráulicas específicas en el sitio. Una vez calibrado, el sistema deberá ser verificado simulando un evento de atrapamiento.

Page 125: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 125 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.3.2.4 Se deben llevar a cabo tres ensayos simulados de atrapamiento en el campo para verificar la adecuada instalación, calibración y operación del dispositivo. 5. MÉTODOS DE ENSAYO 5.1 EQUIPO DE ENSAYO Véanse las Figuras 2 y 3. La Figura 2 ilustra la ubicación del sistema de ensayo para verificar un SSLV, el cual se adapta a una línea de succión de recirculación, conectada directamente a la motobomba. La Fig. 3 ilustra la ubicación del sistema de ensayo para verificar un SSLV, el cual incorpora un sistema de drenaje de recirculación indirecta de vacío inducido. 5.1.1 Tanque de agua Un tanque vertical de almacenamiento, comercial, cilíndrico, construido de polietileno lineal de alta densidad (HDLPE), de 1.20 m de diámetro, y de una altura adecuada para mantener un nivel de agua de 2.44 m por encima del accesorio de succión de salida. 5.1.2 Accesorio de succión de salida El fondo del tanque será terminado con un sumidero de salida no cubierto de 2.44 m de diámetro, como normalmente se emplea en estanques de piscinas o estructuras similares a nivel. 5.1.3 Línea de succión El accesorio de la línea de succión deberá adecuarse a fontanería de 30.5 m de 5 cm de diámetro de PVC rígido, Schedule 40, desde el punto de instalación de la salida de succión hasta la motobomba de ensayo. La línea de succión deberá incluir 5 ó más codos de 90° (véase la Figura 2).

6 pulgadas

Válvula deajuste deapoyo

Válvula deservicioReservorio

de agua

Válvulade

servicio

0,91 m

SSLV MecánicoLocalización

Motobombade ensayo

servicioAjuste de altura de la

MotobombaN.O. +0,91 a -0,91

1,07 m

Accesorio desucción de

Elementointerruptor

Ventana(opcional)

Activadorde ensayo

Difusor de flujo(opcional)

Medidor deflujo servicio

Línea deretorno servicio

30,5 m 5 cmSCH 40

5 + codos 90°

Línea desucción

30,5 m 5 cmSCH 40

5 + codos 90°

2,44 m

Figura 2. Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV)

Page 126: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 126 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

6 pulgadas

Válvula deajuste deapoyo

Válvula deservicioReservorio

de aguaVálvulade

servicio

0,91 mmínimo

Longitud máx.permitida porel fabricante

Motobombade ensayo

servicioAjuste de altura de laMotobomba

N.O. + 0,91 a - 0,91

Accesorio desucción de

Elementointerruptor

Ventana(opcional)

Activadorde ensayo

Medidor deflujo servicio

Línea deretorno servicio

30,5 m 5 cmSCH 40

5 + codos 90°

Línea desucción

30,5 m 5 cmSCH 40

5 + codos 90°

2,44 m

Difusorde flujo

opcional)

Figura 3. Sistema de seguridad de liberación de vacío inducido, sistema de drenaje indirecto 5.1.3.1 Localización del SSLV Los SSLV mecánicos deberán instalarse a no más de 1,07 m de la salida de la motobomba para propósitos de ensayo. 5.1.4 Línea de retorno La longitud de operación de la tubería de la línea de retorno, siempre deberá igualar a la longitud de operación, tipo, y diámetro (30.5 m, 5 cm) de la tubería de la línea de succión, incluyendo los codos (cinco o más), e incorporará una sección recta para la medición exacta del flujo. 5.1.5 Activador de ensayo Un activador mecánico de ensayo deberá soportar el elemento interruptor centrado sobre el eje vertical del accesorio vertical de salida, 15 cm por encima de la parte superior del sumidero de salida de succión. El activador de ensayo deberá bajar el elemento de bloqueo a una tasa de 7,5 cm a 15 cm por segundo sobre la parte superior del sumidero de la salida de succión. En el momento en que

Page 127: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 127 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

el elemento de bloqueo haga contacto con la parte superior del sumidero, el activador deberá inmediatamente cesar la fuerza descendente y permitir que el elemento de bloqueo se mueva libremente en dirección vertical. 5.1.6 Válvula Reguladora Se debe instalar una válvula en la línea de retorno en el punto donde el agua es inyectada al tanque de ensayo. Esta válvula permitirá el ajuste del flujo del sistema de ensayo y deberá ser una válvula del tipo globo, de diafragma, o angular. 5.1.7 Elemento Interruptor (EI) El elemento de bloqueo, la pieza empleada para simular una víctima de atrapamiento, deberá ser una bloque de espuma reticular de alta densidad de 30 cm por 30 cm por 12,5 cm máximo. La flotabilidad del bloque de espuma no debe exceder los 6,8 kg. 5.1.7.1 Conmutador de bloqueo El activador de ensayo deberá estar equipado con un sensor o microconmutador, para alimentar la salida del registrador de datos, para que en el momento en que el elemento interruptor tapona el sumidero de succión, indicará una obstrucción o bloqueo completo. 5.1.8 Medidor de flujo de agua El medidor de flujo (0 a 6,3 L/s mínimo) se instalará según las instrucciones del fabricante en el tramo recto de la línea de retorno o efluente más allá de la válvula reguladora de flujo. 5.1.9 Motobomba de ensayo La(s) motobomba(s) de ensayo debe ser de autocebado capaces de proporcionar 3.8 L/s . La motobomba (s) de ensayo debe incluir o bien una plataforma de ensayo ajustable o dos motobombas que permitan modificar la altura de la motobomba(s) de 0,91 m por debajo del nivel de operación a 0,91 m por encima del nivel de agua del tanque o reservorio. La elevación de la bomba de ensayo se mide verticalmente desde el centro de la entrada de succión sobre la motobomba de ensayo hasta el nivel de agua en el reservorio (véanse las Figuras 2 y 3). 5.1.10 Tubería Toda la tubería debe ser PVC Schedule 40. Además, debe soportarse rígidamente. 5.2 ENSAYO 5.2.1 Todos los criterios siguientes de ensayo deben ser aprobadas para cumplir con esta norma. 5.2.2 Antes del ensayo, someter todo el SSLV a una temperatura de - 40 °C por un período de 2 h. Permitir que la unidad retorne a la temperatura ambiente. Someta todo el dispositivo a una temperatura de 60 °C por un período de 2 h. Permitir que la unidad retorne a la temperatura ambiente. Posteriormente, repetir este ciclo por 10 veces. 5.2.3 Agua. El nivel de agua en el reservorio debe mantenerse 2.44 m o más por encima de la parte superior del accesorio de salida de succión. 5.2.4 Tasa de Flujo. Los ensayos deben efectuarse a 1.9 L/s y 3.8 L/s. Para SSLV que incorporan vacío inducido, sistemas de drenaje indirecto, Los ensayos deberán efectuarse al 50 y 100 % de las tasas de flujo recomendadas por el fabricante debido al venturi o al reductor. El flujo deberá ajustarse y calibrarse para cada ensayo mediante la válvula de paso instalada en la línea de retorno.

Page 128: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 128 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.2.5 Diámetro del tubo. Los ensayos deberán efectuarse con un tubo de 5 cm (2 pulgadas) en el tubo de succión, igualmente en el tubo de inyección o retorno. 5.2.6 Nivel de agua. El SSLV deberá ensayarse a ambos límites de relación vertical con respecto al nivel de agua, 0.91 m por debajo del nivel de agua y 0.91 m por encima. 6. MARCADO DEL PRODUCTO 6.1 Cada SSLV deberá estar acompañado por un conjunto detallado de instrucciones. 6.1.1 El Manual del Propietario deberá incluir como mínimo: 6.1.1.1 Descripción del Modelo y fabricante, 6.1.1.2 Una descripción de operación del dispositivo, incluyendo diagramas que ilustren el diseño básico, 6.1.1.3 Una declaración que confirme que el dispositivo cumple con los requerimientos de la ASTM Especificación F 2387- 04, 6.1.1.4 Una declaración de que el SSLV está diseñado para prevenir el atrapamiento pero no la desvisceración (prolapso), 6.1.1.5 Nombre y teléfono del personal de servicio técnico, 6.1.1.6 Métodos y criterios que deben emplearse para identificar errores o problemas de funcionamiento, 6.1.1.7 Instrucciones de operación que describan con claridad la función adecuada del dispositivo y las responsabilidades de operación y mantenimiento del propietario y del personal de servicio autorizado, y 6.1.1.8 Una descripción general de la función de cada componente y el desempeño de todo el dispositivo cuando todos los componentes se ensamblan y conectan adecuadamente, 6.1.2 Manuales de instalación/operación/localización y resolución de problemas deberán incluir: 6.1.2.1 Instalado y ensayado solamente por personal certificado de acuerdo con las instrucciones del fabricante, 6.1.2.2 Lista de componentes, ilustraciones, o fotografías del dispositivo, 6.1.2.3 Instrucciones de desempaque que incluyan consideraciones de seguridad, identificación de componentes frágiles, y medidas para evitar daños del dispositivo, 6.1.2.4 Un procedimiento secuencial de instalación, 6.1.2.5 Definición de requerimientos de instalación incluyendo los requerimientos aplicables de fontanería y potencia eléctrica, 6.1.2.6 Una declaración clara que describa cualquier limitación(es) de los sistemas de recirculación o usos de las piscinas y estructuras similares, 6.1.2.7 Se deberán proporcionar criterios de ensayo de campo para verificar la liberación de un bañista potencialmente atrapado, y

Page 129: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 129 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

6.1.2.8 Instrucciones de reparación o sustitución. 7. ETIQUETADO 7.1 Los SSLV que cumplen con todos los requerimientos de esta norma deberán etiquetarse con la expresión “Cumplen la norma de Seguridad F 2387- 04.” 8. EMPACADO Y MARCADO DEL EMPACADO 8.1 Cada unidad deberá tener una marca permanente como sigue: 8.1.1 Nombre o marca registrada del fabricante, 8.1.2 Número del modelo, número de serie, codificación de la fecha, e identificación del lote (este puede ser encriptado con un serial), 8.1.3 Etiquetas que identifiquen los límites de aplicación claramente indicadas para el dispositivo, y 8.1.4 Un número de contacto para solicitar información. 9. ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD 9.1 El fabricante deberá mantener un programa de aseguramiento de la calidad para garantizar la responsabilidad de todos los dispositivos fabricados y distribuidos. 10. PALABRAS CLAVES 10.1 dispositivos antisucción; tinas de agua caliente; sistemas de seguridad de liberación de vacío; Spas; piscinas

Page 130: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 130 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO NO.5

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA – NTC 5762 “SISTEMAS DE SEGURIDAD DE LIBERACIÓN DE VACÍO (SSLV) FABRICADO PARA SISTEMAS DE SUCCIÓN DE ESTANQUES DE PISCINAS Y ESTRUCTURAS SIMILARES EN INSTALACIONES COLECTIVAS Y PRIVADAS UNIHABITACIONALES”. 1. OBJETO Esta norma establece los requisitos generales, dimensiones y tolerancias, materiales, instalación, manuales de instrucción, requisitos de ensayo, y marcación e identificación para dispositivos SSLV. Los dispositivos SSLV están destinados para ser utilizados en piscinas y estructuras similares, y/o sistemas de succión en unidades terapéuticas. Los dispositivos SSLV cubiertos bajo esta norma están diseñados para prevenir incidentes con alto vacío, causante del atrapamiento corporal o de partes del cuerpo humano. La demostración de conformidad con esta norma es simplemente una indicación de que el producto cumple con los requisitos de eficiencia y las especificaciones contenidas en esta norma. La responsabilidad para la verificación de la eficiencia del dispositivo en cualquier sistema de circulación debe ser responsabilidad del diseñador. Las disposiciones de esta norma no deben ser interpretadas para evitar el uso de cualquier material o método alterno de construcción con la condición de que tal método alterno cumpla el propósito total de la norma. Los valores empleados son los establecidos en el Sistema Internacional de Unidades (SI). En esta norma, la abreviatura de litros por minuto es L/min. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección). ASME A112.19.8 M, Suction Fittings for Use in Swimming Pools, Wading Pools, Spas, Hot Tubs, and Whirlpool Bath Appliances. ASME B1.20.1, Pipe Threads, General Purpuse, Inch ASTM D2466, Poly (Vinyl Chloride) (PVC) Plastic Pipe Fittings, Schedule 40 ASTM D2468, Acrylonitrile – Butadiene – Styrene (ABS) Plastic Pipe Fittings, Schedule 40 NSF-50, Suction Systems Components for Swimming Pools, Spas, Tubs, and Whirlpools. UL-1081, Standard for Safety for Swimming Pool Pumps, Filters, and Chlorinators. 3. TERMINOS Y DEFINICIONES 3.1 Elemento de bloqueo. La parte empleada para simular una víctima atrapada, construida de un bloque de espuma de celda cerrada de 305 mm x 305 mm y de espesor máximo de 127 mm, cuya fuerza de flotabilidad no excede los 6,8 kg.

Page 131: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 131 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.2 Ciclo. Una secuencia donde el SSLV se engrana o asegura en la posición de seguro, posterior a un evento de alto vacío y luego se rearma manualmente. 3.3 Salida de drenaje. Un componente o accesorio para extraer el agua del estanque de una piscina o estructura similar 3.4 Conexión terminal. Punto de fijación entre el dispositivo SLLV y la tubería del sistema de succión. 3.5 Ocurrencia de alto vacío. Un evento donde el vacío de operación normalmente presente en el sistema de circulación de una piscina o estructura similar, aumenta repentinamente debido al bloqueo de la salida de succión. 3.6 Válvula hidrostática. Una válvula de retención o “cheque” encontrada en el sumidero del desagüe principal del estanque de una piscina o estructura similar, la cual permite que el agua a nivel del suelo fluya dentro del estanque de la piscina o estructura similar si la presión hidrostática bajo el sumidero es mayor que la presión dentro del estanque de la piscina o estructura similar. 3.7 Fijación rápida. Ser fácilmente readecuada a sistemas existentes donde es posible un peligro de atrapamiento, usando conexiones de tubería y/o adaptadores aprobados. 3.8 Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío. Un sistema o dispositivo capaz de proveer una liberación de vació en una salida de succión, causado por la ocurrencia de un alto vacío debido a un bloqueo del flujo en la salida de succión, bien sea por medio de una salida a la atmósfera del sistema de circulación, apagando la motobomba de recirculación, o invirtiendo el flujo de circulación. El dispositivo o sistema provee la liberación de vacío con o sin la cubierta(s) de succión en su lugar. 3.9 Succión sumergida. Una piscina o estructura similar cuya entrada o entradas a la motobomba del sistema de recirculación, están localizadas por debajo del nivel estático del agua en el estanque (succión inundada). 3.10 Succión elevada. Una piscina o estructura similar cuya entrada o entradas a la motobomba del sistema de recirculación, están localizadas por encima del nivel estático del agua en el estanque (succión no inundada). 3.11 Salida de succión. Un accesorio para transportar agua hacia el sistema de recirculación; por ejemplo, la succión de una motobomba dentro del estanque de una piscina o estructura similar. 3.12 Sistema de succión: esa parte de la tubería de recirculación localizada entre la salida de succión del estanque de la piscina o estructura similar y el lado de la entrada de la motobomba y normalmente incluye lo siguiente: tubería de la salida principal, tubería del desnatador, tubería de aspiración, y tubería del tanque de equilibrio. 4. REQUISITOS 4.1 GENERALIDADES 4.1.1 Los dispositivos SSLV ajustables en la piscina o estructura similar, deben ser provistos con un manómetro graduado en incrementos de 13 mm Hg con una exactitud de ± 25 mm de Hg, para proporcionar una indicación continua del nivel de vacío del sistema. 4.1.2 En el caso en que los dispositivos SSLV sean ajustables en el lugar de la piscina o estructura similar a condiciones hidráulicas especificas, los medios para realizar los ajustes deben ser a prueba de manipulación, de tal forma que personal no calificado no pueda hacer ajustes inadvertidamente.

Page 132: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 132 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.1.3 Los dispositivos SSLV deben ser diseñados para servicio y ensayos en el lugar donde se encuentre la piscina o estructura similar. 4.1.4 Los dispositivos SSLV deben bien sea: comunicar a la atmósfera, o apagar la motobomba de recirculación, o invertir el flujo del sistema de recirculación posterior a la ocurrencia de un alto vacío. 4.1.5 Los dispositivos SSLV deben engranarse o asegurarse en la posición de seguro luego de un evento de alto vacío. 4.1.6 Los dispositivos SSLV, luego de un evento de alto vacío, deben rearmarse manualmente sin requerir de herramientas especiales, de partes de repuesto, de la introducción de líquidos y/o gases especiales, antes de permitir que los niveles normales de succión vuelvan a su condición normal. 4.1.7 El mecanismo interno de liberación de vacío de los dispositivos SSLV debe funcionar en un estado seco. 4.1.8 Los dispositivos SSLV deben fallar en la posición abierto, ventilado o posición de seguro, en el evento en que falle el mecanismo de resorte, de carga o de detección. 4.2 DIMENSIONES Y TOLERANCIAS 4.2.1 Cuando un dispositivo SSLV esta provisto con una conexión terminal en PVC, la conexión debe cumplir con lo estipulado en las Tablas 1 y 2 de ASTM D2466 4.2.2 Cuando un dispositivo SSLV esta provisto con una conexión terminal en ABS conexión debe cumplir con lo estipulado en las Tablas 1 y 2 de ASTM D2468. 4.2.3 Cuando un dispositivo SSLV esta provisto con una conexión terminal roscada, la conexión roscada debe cumplir con lo estipulado en ASME B1.20.1 4.3 MATERIALES 4.3.1 Los materiales empleados en la construcción del dispositivo, deben cumplir con lo establecido en NSF-50 y UL 1081 4.3.2 Cuando se emplean materiales plásticos, deben agregarse inhibidores UV a la mezcla polimérica. 4.4 INSTRUCCIONES DE INSTALACIÓN 4.4.1 Las instrucciones de instalación, de uso y de mantenimiento, y los procedimientos apropiados de ensayo, deben suministrarse con cada unidad. 4.4.2 Las instrucciones de instalación suministradas con cada unidad, deben contener las siguientes declaraciones: 4.4.2.1 Los dispositivos SSLV deben instalarse unicamente conjuntamente con un accesorio de succión acorde con ASME A112.19.8, o con una rejilla de drenaje de 305 mm X 305 mm, o mayor, o con un sistema aprobado de drenaje de canaleta en cada salida de succión o salida de drenaje. 4.4.2.2 Las válvulas de retención o “cheques” y las valvulas hidrostaticas no deben emplearsen en sistemas protegidos por dispositivos SSLV.

Page 133: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 133 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ADVERTENCIA Se ha demostrado que la presencia de valvulas hidrostaticas en la tubería de succión, prolongan el alto vacio presente en el drenaje, a pesar que el drenaje estaba protegido por un dispositivo SSLV. 4.4.2.3 Todos los dispositivos SSLV deben ser ajustados de fabrica o ajustados en el lugar de la piscina o estructura similar a condiciones hidrostaticas especificas del lugar. Una vez instalados, el sistema debe ser ensayado para simular un evento de atrapamiento. 4.4.2.4 Debe instalarse una valvula de bola, de mariposa o de compuerta a 0,6 m aguas arriba del SSLV (entre el SSLV y la salida protegida de succión), o emplear un tapete de ensayo para cubrir la salida de succión para simular un evento de atrapamiento. Deben efectuarse tres ensayos simulados de atrapamiento para verificar el correcto ajuste y la operación del dispositivo. 4.4.2.5 Debe instalarse un dispositivo SSLV por cada motobomba de recirculación conectada directamente a la salida(s) de succión, sin el uso de valvulas que pudieran aislar el dispositivo SSLV del sistema de succión.

61,0 m(200 pies)

53,3 m(175 pies)

45,7 m(150 pies)

38,1 m(125 pies)

30,5 m(100 pies)

22,5 m(75 pies)

15,2 m(50 pies)

7,6 m(25 pies)

SVRS en prueba

Vacuómetro

Bomba

Manómetro

Válvula de globo2 pulgadas

Tanque

Transductorde vacío

Salida de succiónBafle

Figura 1. Configuración de ensayo de la respuesta de vacío versus tiempo

(Solamente para propósitos ilustrativos) 5. ENSAYOS 5.1 GENERALIDADES El proposito de estos ensayos es establecer criterios adecuados de aplicación al dispositivo, por ejemplo: aplicaciones para succión sumergida y/o succion elevada, para motobombas desde ½ hp a 3 hp. Estos ensayos mediran el desempeño del dispositivo relativo a los criterios establecidos a continuación. El transductor de vacio debe ser capaz de leer un mínimo de 50 lecturas de vacío por segundo (Ver la Fig. 1 para un esquema general de la configuración del ensayo). Los dispositivos SSLV deben generar la liberación del vacío a la salida de succión 5.2 ENSAYO DE TIEMPO VERSUS RESPUESTA DE VACÍO 5.2.1 Los dispositivos SSLV deben ser precondicionados como esta descrito en los numerales 4.3 y 4.4 antes de ser sometidos a los ensayos de respuesta del vacío vs tiempo, con el dispositivo colocado a distancias de 7,6 m a 61,0 m en incrementos de 7,6 m, desde la succión de una motobomba de recirculación. Estos ensayos deben efectuarse a 227 L/min, o a la tasa máxima de flujo producido por la motobomba, o a la tasa de flujo que produce el máximo nivel de vacío recomendado por el fabricante del SSLV. Efectuar los ensayos según los numerales 4.2.2 y/o 4.2.3 en un sumidero de la salida de succión con un diámetro de 150 mm, una vez con una rejilla plana instalada y otra vez sin la cubierta o rejilla

Page 134: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 134 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

instalada, conectado a una tubería de succión de 450 mm de diámetro y bloqueando la salida de succión mediante el activador de ensayo descrito posteriormente.

0

-12

1 2 3 4 5

28

24

20

16

12

8

4

0

-4

-8

Gráfica de vacío inicial(antes del bloqueo del drenaje)

Segundos en décima

Pul

gada

s de

mer

curio

T2T1

NOTAS GENERALES: a) El ejemplo refleja un tiempo de retardo de 1.20 s b) El tiempo total de retardo entre T1 y T2 no debe exceder los límites en el numeral 3.1

Figura 2. Ejemplo del gráfico en forma de onda (para efectos ilustrativos solamente)

5.2.1.1 Activador de ensayo. Un activador mecánico de ensayo debe soportar un elemento bloqueador centrado sobre el eje vertical del sumidero de la salida de la succión con un mínimo de 152 mm entre el borde superior del sumidero y el borde inferior del elemento bloqueador. El activador de ensayo debe bajar el elemento bloqueador a una velocidad que no excela los 152 mm/s en el borde superior del sumidero. El activador de ensayo debe cesar inmediatamente la fuerza hacia abajo en el momento de contactar el sumidero y permitir al elemento bloqueado moverse libremente sobre la vertical. (Véase la Figura 3 para ver un esquema general del activador de ensayo).

5.2.2 Ensayo de succión sumergida

Page 135: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 135 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

5.2.2.1 Método. Se debe realizar el ensayo utilizando una motobomba autocebante de recirculación de ½ hp, con una altura de elevación de la motobomba de 914 mm, por debajo del nivel estático del agua en el tanque de ensayo, bloqueando el drenaje mediante el activador de ensayo y graficando la respuesta de vacío versus el tiempo como se describe en el numeral 4.2. Se deben realizar de nuevo los ensayos utilizando una motobomba autocebante de recirculación de 3 hp. 5.2.2.2 Criterios de eficiencia. La falla de un dispositivo en la respuesta dentro del tiempo requerido, o la falla en el engranaje en la posición de seguro que requiere de un rearmado manual, o una condición de vacío residual en la salida de succión que excede el nivel presente antes del bloqueo de la salida de succión, debe ser la causa para descartar un dispositivo de SSLV para aplicaciones de succión sumergida. 5.2.3 Método de ensayo de succión elevada 5.2.3.1 Método. Efectuar los ensayos empleando una motobomba autocebante de recirculación de ½ hp, con la elevación de la motobomba a 1,5 m por encima del nivel estático del agua en el tanque de ensayo, bloqueando la salida de succión mediante el activador de ensayo y registrando y midiendo la respuesta de vacío en cada evento de tiempo como se describe en el numeral 4.2. Se deben realizar de nuevo los ensayos utilizando una motobomba autocebante de recirculación de 3 hp. 5.2.3.2 Criterios de eficiencia. La falla de un dispositivo a responder en el tiempo requerido, o la falla a engranar en la posición de seguridad que requiere de un rearmado manual, o la condición de vacío remanente en la salida de succión excediendo el nivel presente en la salida de succión antes del bloqueo de la salida de succión, debe ser la causa para descartar un dispositivo de SSLV para aplicaciones de succión elevada. 5.3 ENSAYO DE PRECONDICIONAMIENTO DE TEMPERATURA EN FRÍO Y CICLO DE VIDA 5.3.1 Método. Someter todo el dispositivo a una temperatura de -40 °C por un período de 12 h. Permitir que la unidad vuelva a temperatura ambiente. Ciclar el dispositivo 500 veces. 5.4 ENSAYO DE PRECONDICIONAMIENTO DE TEMPERATURA EN CALIENTE Y CICLO DE

VIDA 5.4.1 Método Someter todo el dispositivo a una temperatura de 60 °C por un período de 12 h. Permitir que la unidad vuelva a temperatura ambiente. Ciclar el dispositivo 500 veces.

Page 136: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 136 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Movimiento vertical del elemento debloqueo debe ser controlado utilizandoel interruptor de límite y por preajuste

del mecanismo de liberación para retirarel destornillador del cemento de bloqueo

en el punto que hace contacto conla salida de succión

Sumidere de succiónde salida

a) ActuadorVista lateral - no a escala

Elemento bloqueador de espuma304,8 mm x 304,8 mm

Espesor máximo = 127 mm

Interruptor de límitesuperior e inferior

Mecanismo deliberación

Abre puertas eléctrico degarage tipo destornillador

Soporte sobreequipo de prueba

Figura 3. Esquema de la prueba de actuador

(para efectos ilustrativos solamente) 5.4.2 Criterios de Eficiencia Ensayar la unidad para determinar su desempeño dado por los numerales 4.1, 4.2.2 y/o 4.2.3 6. CLASIFICACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS A los dispositivos SSLV ensayados de acuerdo con el numeral 4, se debe permitir su registro y etiquetado para aplicaciones de succión elevada, aplicaciones de succion sumergida, o ambas.

7. MARCADO E IDENTIFICADO

Page 137: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 137 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Cada unidad debe ser marcada permanentemente como sigue: a) nombre del fabricante o marca registrada. b) número de modelo, numero de serie, codigo de fecha e identificación del lote (este

puede se codificado con el número de serie) c) uno de los siguientes limites de aplicación: succión elevada, succión sumergida, o

todas las aplicaciones.

Page 138: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 138 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO NO.6

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA - NTC 5764 “SEGURIDAD EN PISCINAS. SEGURIDAD DE LAS MÁQUINAS. PARADA DE EMERGENCIA. PRINCIPIOS PARA EL DISEÑO”. 0. INTRODUCCIÓN La estructura de las normas en el ámbito de seguridad de las máquinas es la siguiente: a) Normas de Tipo A (normas de seguridad fundamentales) que precisan nociones

fundamentales, principios para el diseño y aspectos generales que pueden ser aplicados a las máquinas.

b) Normas de Tipo B (normas de seguridad relativas a una materia) que tratan de uno o más

aspectos de seguridad o de uno o más tipos de protecciones, que son válidas para una amplia gama de máquinas:

- normas de Tipo B1, que tratan de aspectos particulares de la seguridad (por ejemplo,

distancias de seguridad, temperatura superficial, ruido); - normas de Tipo B2, que tratan de protecciones (por ejemplo, mando a dos manos,

dispositivos de enclavamiento, dispositivos sensibles a la presión, resguardos). c) Normas de Tipo C (normas de seguridad de las máquinas) que tratan de requisitos de

seguridad detallados para una máquina particular o para un grupo de máquinas. Este documento es una norma de Tipo B2, tal como se establece en la Norma ISO 12100-1. Si las especificaciones de una norma de Tipo C son diferentes de las establecidas en las normas de Tipo A o de Tipo B, las especificaciones de la norma de Tipo C tienen prioridad sobre las especificaciones de otras normas, para máquinas que se hayan diseñado y construido conforme a las especificaciones de la norma de Tipo C. 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN Esta norma específica los requisitos funcionales y los principios para el diseño de la función de parada de emergencia de las máquinas, independientemente del tipo de energía utilizada para ordenar la función. Es aplicable a todas las máquinas excepto para: - las máquinas en las que la aplicación de una parada de emergencia no reduciría el riesgo; - las máquinas portátiles y las máquinas guiadas a mano. Esta norma no trata de las funciones tales como la inversión o la limitación del movimiento, la deflexión, el apantallamiento, el frenado o la desconexión que pueden formar parte de la función de parada de emergencia. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS

Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección).

Page 139: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 139 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

IEC 60204-1:2005, Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales. IEC 60417-BD:2002, Símbolos gráficos a utilizar sobre los equipos (base de datos en línea). IEC 60947-5-5:2005, Aparamenta de baja tensión. Parte 5-5: Aparatos y elementos de conmutación para circuitos de mando. Aparato de parada de emergencia eléctrico con enclavamiento mecánico. 3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos e este documento normativo, se aplican los siguiente términos y definiciones. 3.1 Parada de emergencia (función de parada de emergencia): Función destinada: - a evitar la aparición de peligros o reducir los riesgos existentes que puedan perjudicar a las

personas, a la máquina o al trabajo en curso, - a ser iniciada por una sola acción humana. NOTA 1 Para los fines de esta norma son peligros, los que pueden aparecer: - por anomalías en el funcionamiento de la máquina (por ejemplo, disfuncionamiento de la

máquina, propiedades inaceptables del material procesado, errores humanos...), - durante el funcionamiento normal. NOTA 2 Adaptada de la definición 3.37 de la Norma ISO 12100-1:2003. 3.2 Dispositivo de parada de emergencia. Órgano de accionamiento manual utilizado para iniciar una función de parada de emergencia. [IEC 60947-5-5:2005, definición 3.2] 3.3 Accionador. Mecanismo de potencia utilizado para efectuar los movimientos de una máquina. [IEC 60204-1:2005, definición 3.36] 3.4 Función de seguridad. Función de una máquina cuyo fallo podría dar lugar a un aumento inmediato del (de los) riesgo(s). [ISO 12100-1:2003, definición 3.28] 4. REQUISITOS DE SEGURIDAD 4.1 REQUISITOS GENERALES 4.1.1 La función de parada de emergencia debe estar disponible y ser operativa permanentemente y ser prioritaria a todas las demás funciones y operaciones, cualquiera que sea el modo de funcionamiento de la máquina, sin perjudicar a ninguno de los medios diseñados para liberar a las personas atrapadas. Ninguna orden de puesta en marcha (voluntaria, involuntaria o inesperada) será efectiva en las operaciones que hayan sido detenidas mediante la iniciación de la función de parada de emergencia hasta que dicha función haya sido rearmada manualmente.

Page 140: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 140 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Si los dispositivos de parada de emergencia pueden ser desconectados (por ejemplo, botonera de aprendizaje) o si la máquina puede ser parcialmente consignada, es conveniente tomar precauciones para evitar la confusión entre los dispositivos activos y los dispositivos inactivos. 4.1.2 La función de parada de emergencia no debe ser utilizado como alternativa de una medida de protección ni de otras funciones de seguridad, sino que se debería diseñar como una medida preventiva complementaria. La función de parada de emergencia no debe perjudicar la eficacia de los dispositivos de protección o de los dispositivos que desempeñan otras funciones de seguridad. NOTA Para ello, puede ser necesario no interrumpir el funcionamiento de los equipos auxiliares tales como los dispositivos magnéticos de amarre o los dispositivos de frenado. 4.1.3 La función de parada de emergencia se debe diseñar de manera que después de actuar sobre el órgano de accionamiento de parada de emergencia, se detengan los movimientos y operaciones peligrosas de la máquina, de manera apropiada, sin generar peligros suplementarios y sin ninguna intervención suplementaria de ninguna persona, de acuerdo con la evaluación del riesgo. La expresión "de manera apropiada", engloba entre otras: - la elección de la deceleración óptima, - la elección de la categoría de parada (véase el numeral 4.1.4), y - la utilización de una secuencia predeterminada de desconexión. La función de parada de emergencia se debe diseñar de manera que la decisión de actuar sobre el órgano de accionamiento de parada de emergencia no requiera del operador ninguna reflexión acerca de los efectos resultantes. 4.1.4 La parada de emergencia debe funcionar conforme a una de las categorías de parada siguientes: Parada de categoría 0 Parada por: - interrupción inmediata de la alimentación de energía del (de los) accionador (es), o - desconexión mecánica (desembrague) entre los elementos peligrosos y su (s) accionador (es) y,

si es necesario, frenado. Parada de categoría 1 Parada controlada, en la que se mantienen alimentados los accionadores para que puedan detener la máquina, y después, interrupción de la alimentación de energía cuando se ha obtenido la parada. Se pueden citar como ejemplos de interrupción de la alimentación de energía: - la interrupción de la alimentación de energía eléctrica al (a los) motor (es) de la máquina, - el desembrague de los elementos móviles de la máquina de su fuente de energía mecánica, - el bloqueo de la alimentación de fluido a los accionadores hidráulicos /neumáticos de la

máquina.

Page 141: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 141 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.1.5 La selección de la parada de Categoría 0 o de Categoría 1, de acuerdo con el numeral 4.1.4, se debe determinar mediante la evaluación de riesgos de la máquina (véase también el numeral 9.2.5.4.2 de la Norma IEC 60204-1:2005). NOTA Los requisitos para las funciones relativas a la seguridad se pueden encontrar, entre otras, en las Normas ISO 13849-1 y IEC 62061. 4.1.6 Una vez que haya cesado la actuación sobre el órgano de accionamiento de parada de emergencia después de que se haya dado una orden de parada de emergencia, el efecto de esta orden deberá mantenerse hasta que dicho dispositivo sea rearmado manualmente. El rearme solamente será posible desde la posición en la que se haya iniciado la orden de parada de emergencia. El rearme del dispositivo no deberá poner en marcha la máquina, sino sólo permitir que se pueda poner en marcha de nuevo. No debe ser posible volver a poner la máquina en marcha hasta que todos los dispositivos de parada de emergencia hayan sido rearmados manualmente en cada posición en la que se haya activado la parada de emergencia. 4.2 REQUISITOS PARA EL EQUIPO ELÉCTRICO DE PARADA DE EMERGENCIA El equipo eléctrico utilizado para la parada de emergencia debe ser conforme a los requisitos pertinentes de la Norma IEC 60204-1. Para los requisitos relativos a los dispositivos de parada de emergencia, véase el apartado 4.4 de la Norma IEC 60947-5-5. 4.3 CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO, INFLUENCIAS AMBIENTALES Los componentes, dispositivos y elementos utilizados para obtener la función de parada de emergencia, deben ser elegidos, montados, interconectados y protegidos de manera que puedan funcionar correctamente en las condiciones de funcionamiento y de influencias ambientales previstas. Esto implica tener en cuenta: - la frecuencia de funcionamiento del equipo y la necesidad de verificaciones periódicas, por

ejemplo en el caso de funcionamiento poco frecuente, y los efectos debidos, por ejemplo, a las vibraciones, choques, temperatura, polvo, cuerpos

extraños, humedad, materiales corrosivos y fluidos. 4.4 DISPOSITIVO DE PARADA DE EMERGENCIA 4.4.1 El dispositivo de parada de emergencia debe estar diseñado para que se pueda accionar con facilidad por el operador y por otras personas que puedan verse en la necesidad de accionarlo. Se pueden utilizar distintos tipos de órganos de accionamiento: - pulsadores en forma de seta, - cables, cuerdas, barras, - manillas, - en aplicaciones particulares, pedales, sin cubierta de protección. 4.4.2 Se debe colocar un dispositivo de parada de emergencia en cada puesto de mando del operador, excepto cuando la evaluación de riesgos indique que esto no es necesario, así como en otros emplazamientos determinados por la evaluación de riesgos. Debe estar dispuesto de manera que sea fácilmente accesible y que se pueda accionar sin peligro por el operador y por otras personas que puedan verse en la necesidad de accionarlos. Las medidas adoptadas para evitar que el órgano de accionamiento sea accionado inadvertidamente no deberían restringir la accesibilidad al mismo.

Page 142: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 142 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.4.3 El dispositivo de parada de emergencia debe funcionar según el principio de la acción de apertura directa, con bloqueo mecánico. Los dispositivos de parada de emergencia eléctricos deben ser conformes a la Norma IEC 60947-5-5. NOTA Un ejemplo de aplicación de este principio es un dispositivo de parada de emergencia que utiliza contactos eléctricos de maniobra positiva de apertura. Según la Norma IEC 60947-5-1:2003, Anexo K, la maniobra positiva de apertura (de un elemento de contacto) consiste en conseguir que la separación de los contactos sea el resultado directo de un movimiento concreto del órgano de accionamiento a través de elementos no elásticos (por ejemplo, que no dependa de la acción de muelles). 4.4.4 En el caso de fallo del dispositivo de parada de emergencia (incluyendo la función de bloqueo), la generación de la orden de parada debe ser prioritaria a la función de bloqueo. El rearme (por ejemplo, el desbloqueo) de la parada de emergencia sólo debe ser posible como resultado de una acción manual en el emplazamiento en el que se activó la parada de emergencia. 4.4.5 El órgano de accionamiento de un dispositivo de parada de emergencia debe ser de color ROJO. Siempre que exista un fondo detrás del órgano de accionamiento, y siempre que se sea practicable, dicho fondo debe ser de color AMARILLO. NOTA En caso de utilizar cuerdas o cables, puede ser útil mejorar su visibilidad añadiéndoles banderolas (véase también el numeral 10.7.3 de la Norma IEC 60204-1:2005). 4.4.6 Cuando se proporcionan etiquetas, se debe utilizar el símbolo IEC 60417-5638 (BD:2002-10); véase la Figura 1.

Figura 1. Símbolo (5638) para la parada de emergencia 4.5 UTILIZACIÓN DE CABLES O CUERDAS COMO ÓRGANOS DE ACCIONAMIENTO 4.5.1 Cuando se utilizan cables o cuerdas como órganos de accionamiento de los dispositivos de parada de emergencia, se deben diseñar y posicionar de manera que sean fáciles de utilizar. Para ello, se debe tener en cuenta: - la flecha necesaria para generar la orden de parada de emergencia, - la flecha máxima posible, - la separación libre mínima entre el cable o la cuerda y el objeto más cercano en su

proximidad, - la visibilidad del cable o de la cuerda para los operadores (por ejemplo, utilizando banderolas),

y - la fuerza a aplicar y su dirección, con respecto al cable o a la cuerda, para accionar el

dispositivo de parada de emergencia. NOTA Si es probable que la maniobra se realice tirando del cable en el sentido de su eje, es necesario garantizar que la tracción sobre el cable, en cualquier dirección provocará una orden de

Page 143: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 143 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

parada de emergencia. Véase también la Norma IEC 60947-5-5. 4.5.2 Se deben tomar medidas para evitar los peligros generados por la rotura o desenganche del cable o de la cuerda (véase el numeral 4.4.4). 4.5.3 Es conveniente que los medios para rearmar el dispositivo de parada de emergencia estén situados de manera que toda la longitud del cable o de la cuerda sea visible desde el emplazamiento en el que se utilizan dicho medios. 4.5.4 Las instrucciones para la utilización deben mencionar que después del accionamiento y antes del rearme, la máquina debe ser inspeccionada en toda la longitud del cable o de la cuerda, para averiguar la causa de la orden de parada.

Page 144: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 144 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO NO.7

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA – NTC 5765 “SEGURIDAD EN PISCINAS. SEGURIDAD DE LAS MÁQUINAS. PARTES DE LOS SISTEMAS DE MANDO RELATIVAS A LA SEGURIDAD. PARTE 1: PRINCIPIOS GENERALES PARA EL DISEÑO”. 0. INTRODUCCIÓN La estructura de las normas en el ámbito de la seguridad de las máquinas es la siguiente: a) Normas de Tipo A (normas de seguridad fundamentales) que precisan nociones

fundamentales, principios para el diseño y aspectos generales que pueden ser aplicados a todos los tipos de máquinas.

b) Normas de Tipo B (normas de seguridad relativas a una materia) que tratan de uno o más

aspectos de seguridad o de uno o más tipos de protecciones, que son válidas para una amplia gama de máquinas:

- normas de Tipo B1, que tratan de aspectos particulares de la seguridad (por ejemplo,

distancias de seguridad, temperatura superficial, ruido); - normas de Tipo B2, que tratan de protecciones (por ejemplo, mando a dos manos, dispositivos

de enclavamiento, dispositivos sensibles a la presión, resguardos). c) Normas de tipo C (normas de seguridad de las máquinas) que tratan de requisitos de

seguridad detallados para una máquina particular o para un grupo de máquinas. Esta norma es de Tipo B-1 tal como se establece en la Norma ISO 12100-1. Si las especificaciones de una norma de Tipo C son diferentes de las establecidas en las normas de Tipo A o de Tipo B, las especificaciones de la norma de Tipo C tienen prioridad sobre las especificaciones de otras normas, para máquinas que se hayan diseñado y construido conforme a las especificaciones de la norma de Tipo C. Esta norma está prevista para guiar a aquellos que estén implicados en el diseño y evaluación de los sistemas de mando, así como a los Comités Técnicos que elaboran las normas de Tipo B2 o de Tipo C que se presumen conformes a los requisitos esenciales de seguridad del Anexo I de la Directiva del Consejo 98/37/CE, Directiva Máquinas. Esta norma no da orientaciones específicas para cumplir con otras Directivas CE. Como parte de la estrategia global de reducción de riesgos de una máquina, un diseñador optará a menudo por conseguir alguna medida de reducción de riesgos mediante la aplicación de protecciones que emplean una o varias funciones de seguridad. Las partes de los sistemas de mando de las máquinas que tienen asignado desempeñar funciones de seguridad se denominan partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad (SRP/CS) y pueden estar constituidas de soporte material (hardware) y de soporte lógico (software) y pueden estar separadas del sistema de mando de la máquina o ser una parte integral del mismo. Además de desempeñar las funciones de seguridad, las SRP/CS pueden desempeñar también funciones operativas (por ejemplo, dispositivos de mando a dos manos como medio para la puesta en marcha de un proceso). La aptitud de las partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad para desempeñar una función de seguridad en condiciones previsibles, está clasificada en cinco niveles denominados niveles de prestaciones (PL). Estos niveles de prestaciones se definen en términos de probabilidad de fallo peligroso por hora (véase la Tabla 3).

Page 145: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 145 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

La probabilidad de fallo peligroso de una función de seguridad depende de varios factores, incluyendo la estructura del soporte material y del soporte lógico, la magnitud de los mecanismos de detección de defectos [cobertura del diagnóstico (DC)], la fiabilidad de los componentes [tiempo medio hasta un fallo peligroso (MTTFd), los fallos de causa común (CCF)], el proceso de diseño, los esfuerzos de funcionamiento, las condiciones ambientales y los procedimientos de trabajo. Con el fin de ayudar al diseñador y facilitarle la evaluación del PL conseguido, este documento emplea una metodología basada en la categorización de estructuras conforme a criterios de diseño específicos y a comportamientos especificados en caso de defecto. Estas categorías se clasifican en cinco niveles, denominados Categorías B, 1, 2, 3 y 4. Los niveles de prestaciones y las categorías se pueden aplicar a las partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad, tales como: - dispositivos de protección (por ejemplo, dispositivos de mando a dos manos, dispositivos de

enclavamiento), dispositivos de protección electrosensibles (por ejemplo, barreras fotoeléctricas), dispositivos sensibles a la presión;

- las unidades de mando (por ejemplo, un bloque lógico para funciones de mando, tratamiento de datos, control, etc.), y

- elementos de mando de los accionadores (por ejemplo, relés, válvulas, etc.), así como a los sistemas de mando que desempeñan funciones de seguridad en todo tipo de máquinas, desde las más sencillas (por ejemplo, pequeñas máquinas de cocina, o puertas y barreras automáticas) a instalaciones manufactureras (por ejemplo, máquinas de embalaje, máquinas de imprimir, prensas). El objetivo de esta norma es proporcionar una base clara que permita evaluar el diseño y las prestaciones de cualquier aplicación de SRP/CS (y de la máquina), por una tercera parte o internamente o por un laboratorio de ensayo independiente, por ejemplo. Información sobre la aplicación recomendada de la Norma IEC 62061 y esta norma. La Norma IEC 62061 y esta norma especifican los requisitos para el diseño y la implementación de sistemas de mando relativos a la seguridad de las máquinas. La utilización de cualquiera de estas normas internacionales, de acuerdo con sus campos de aplicación, puede dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad pertinentes. La tabla siguiente resume los campos de aplicación de la Norma IEC 62061 y esta norma.

Tabla 1. Aplicación recomendada de la Norma IEC 62061 y esta norma

Tecnología que implementa la(s) función(es) de mando relativa(s)

a la seguridad NTC 5765 IEC 62061

A No eléctrica, por ejemplo, hidráulica X No cubierta

B Electromecánica, por ejemplo, relés y/o electrónica no compleja

Restringida a arquitecturas tipoa y hasta un PL = e

Todas las arquitecturas y hasta un SIL 3

C Electrónica compleja, por ejemplo, programable

Restringida a arquitecturas tipoa y hasta un PL = d

Todas las arquitecturas y hasta un SIL 3

D A combinada con B Restringida a arquitecturas tipoa y hasta un PL = e Xc

E C combinada con B Restringida a arquitecturas tipo (véase la Nota 1) y hasta un PL = d

Todas las arquitecturas y hasta un SIL 3

F C combinada con A, o C combinada con A y B Xb Xc

X indica que este aspecto se trata en la norma internacional mostrada en el encabezamiento de la columna.

Page 146: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 146 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

a En el numeral 6.2 se definen las arquitecturas tipo con el fin de dar una aproximación simplificada para la cuantificación del nivel de prestaciones.

b Para electrónica compleja: utilizar arquitecturas tipo de acuerdo con esta parte de esta norma hasta un PL = d, o cualquier arquitectura de acuerdo con la Norma IEC 62061.

c Para tecnología no eléctrica, utilizar partes de acuerdo con esta parte de esta norma como subsistemas.

SEGURIDAD DE LAS MÁQUINAS. PARTES DE LOS SISTEMAS DE MANDO RELATIVAS A LA SEGURIDAD. PARTE 1: PRINCIPIOS GENERALES PARA EL DISEÑO 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN Esta norma proporciona requisitos de seguridad y orientaciones sobre los principios para el diseño e integración de las partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad (SRP/CS), incluyendo el diseño del soporte lógico (Software). Para estas partes especifica las características, incluyendo el nivel de prestaciones requerido, para desempeñar las funciones de seguridad. Se aplica a las SRP/CS de cualquier tipo de máquina, independientemente de la tecnología y del tipo de energía utilizadas (eléctrica, hidráulica, neumática, mecánica, etc.). En ella no se especifican qué funciones de seguridad ni qué niveles de prestaciones se deben utilizar en un caso particular. Esta parte de esta norma proporciona requisitos específicos para SRP/CS que utilizan sistemas electrónicos programables. En ella no se dan requisitos específicos para el diseño de componentes integrados en las SRP/CS. Sin embargo, se pueden utilizar los principios establecidos, tales como las categorías o los niveles de prestaciones. NOTA 1 Ejemplos de componentes integrados en las SRP/CS: relés, electroválvulas, interruptores de posición, PLCs, unidades de control de motores, dispositivos de mando a dos manos, equipos sensibles a la presión. Para el diseño de dichos componentes, es importante remitirse a las normas internacionales específicas, por ejemplo, ISO 13851, ISO 13856-1 e ISO 13856-2. NOTA 2 Para la definición de nivel de prestaciones requerido, véase el numeral 3.1.24. NOTA 3 Los requisitos proporcionados en esta parte de esta norma para sistemas electrónicos programables son compatibles con la metodología para el diseño y desarrollo de las partes de los sistemas de mando eléctricos, electrónicos y electrónicos programables, relativas a la seguridad de las máquinas, dadas en la Norma IEC 62061. NOTA 4 Para soporte lógico embebido relativo a la seguridad en componentes con PLr = e, véase el Capítulo 7 de la Norma IEC 61508-3:1998. NOTA 5 Véase también la Tabla 1. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección). ISO 12100-1:2003, Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos, principios generales para el diseño. Parte 1: Terminología básica. Metodología.

Page 147: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 147 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ISO 12100-2:2003, Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos, principios generales para el diseño. Parte 2: Principios técnicos. ISO 13849-2:2003, Seguridad de las máquinas. Partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad. Parte 2: Validación. ISO 141215), Seguridad de las máquinas. Principios para la evaluación del riesgo. IEC 60050-191:1990, Vocabulario electrotécnico internacional. Capítulo 191: Confiabilidad y calidad de servicio, y IEC 60050-191-mod1:1999 y IEC 60050-191-mod2:2002:1999 Modificación 1 y Modificación 2. Vocabulario electrotécnico internacional. Capítulo 191: Confiabilidad y calidad de servicio. IEC 61508-3:1998, Seguridad funcional de los sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables relacionados con la seguridad. Parte 3: Requisitos del software (soporte lógico), y IEC 61508-3 Corr.1:1999, Corrigendum 1 Seguridad funcional de los sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables relacionados con la seguridad. Parte 3: Requisitos del software (soporte lógico). IEC 61508-4:1998, Seguridad funcional de los sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables relacionados con la seguridad. Parte 4: Definiciones y abreviaturas, y IEC 61508-4 Corr.1:1999, Corrigendum 1 Seguridad funcional de los sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables relacionados con la seguridad. Parte 4: Definiciones y abreviaturas. 3. TÉRMINOS, DEFINICIONES, SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS 3.1 TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos e este documento normativo, se aplican los términos y definiciones incluidos en ISO 12100-1 e IEC60050-191 y ademas los siguientes. 3.1.1 Parte de un sistema de mando relativa a la seguridad; SRP/CS. Parte de un sistema de mando que responde a señales de entrada y genera señales de salida relativas a la seguridad. NOTA 1 Las partes combinadas de un sistema de mando relativas a la seguridad comienzan en los puntos en los que se generan las señales de entrada relativas a la seguridad (incluyendo, por ejemplo, la leva de accionamiento y la roldana del interruptor de posición) y terminan a la salida de los elementos de mando de los accionadores (incluyendo, por ejemplo, los contactos principales de un contactor). NOTA 2 Si se utilizan sistemas de control para los diagnósticos, éstos también se consideran SRP/CS. 3.1.2 Categoría. Clasificación de las partes de un sistema de mando relativas a la seguridad en función de su resistencia a defectos y de su comportamiento subsecuente en caso de defecto, y que se obtiene mediante la arquitectura de dichas partes, la detección de defectos y/o su fiabilidad. 3.1.3 Defecto o avería. Estado de una unidad caracterizado por la incapacidad para desempeñar la función requerida, excluyendo la incapacidad debida al mantenimiento preventivo o a otras acciones programadas o debido a la falta de medios externos. NOTA 1 A menudo un defecto es la consecuencia de un fallo de la propia unidad, pero puede existir sin fallo previo. [IEC 60050-191:1990, 05-01] NOTA 2 En esta parte de esta norma “defecto” significa defecto aleatorio. 3.1.4 Fallo. Cese de la aptitud de una unidad para cumplir una función requerida.

5) Pendiente de publicar (Revisión de la Norma ISO 14121:1999).

Page 148: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 148 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA 1 Después de que una unidad falla, tiene un defecto. NOTA 2 Un fallo es un suceso, mientras que un defecto en un estado. NOTA 3 La noción de defecto, tal como se ha definido, no se aplica a una unidad constituida solamente por un soporte lógico. [IEC 60050-191:1990, 04-01] NOTA 4 Los fallos que solamente afectan a la disponibilidad del proceso controlado por el sistema de mando no están cubiertos por el campo de aplicación de esta parte de esta norma 3.1.5 Fallo peligroso. Fallo que potencialmente puede poner una SRP/CS en un estado peligroso o defectuoso. NOTA 1 El hecho de que se materialice o no dicha “potencialidad” puede depender de la arquitectura de canales del sistema; en sistemas redundantes, es menos probable que un fallo peligroso en el soporte material de lugar a un estado global peligroso o defectuoso. NOTA 2 Adaptada de la Norma IEC 61508-4:1998, definición 3.6.7. 3.1.6 Fallo de causa común; CCF. Fallo de varios elementos, que resultan de un solo suceso y que no son consecuencia unos de otros. [IEC 60050-191-mod1:1999, 04-23] NOTA Los fallos de causa común no se deberían confundir con los fallos de modo común (véase la Norma ISO 12100-1:2003, 3.34). 3.1.7 Fallo sistemático. Fallo asociado de manera determinista a una cierta causa, que solamente puede ser eliminado mediante una modificación del diseño o del proceso de fabricación, de los procedimientos de trabajo, de la documentación o de otros factores apropiados. NOTA 1 El mantenimiento correctivo sin modificación, no eliminará, normalmente, la causa del fallo. NOTA 2 Un fallo sistemático se puede inducir simulando la causa del fallo. [IEC 60050-191:1990, 04-19] NOTA 3 Ejemplos de causas de fallos sistemáticos incluyen los errores humanos en: - las especificaciones de los requisitos de seguridad; - el diseño, la fabricación, la instalación, el funcionamiento del soporte material y - el diseño, la implementación, etc., del soporte lógico. 3.1.8 Inhibición. Interrupción automática y temporal de la(s) función(es) de seguridad mediante las SRP/CS. 3.1.9 Rearme manual. Función interna a las SRP/CS que permite restablecer manualmente funciones de seguridad determinadas antes de una nueva puesta en marcha de la máquina. 3.1.10 Daño. Lesión física o deterioro de la salud. [ISO 12100-1:2003, 3.5]

Page 149: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 149 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.1.11 Peligro. Fuente de posible daño. NOTA 1 El concepto "peligro" se puede cualificar con el fin de definir su origen (por ejemplo, peligro mecánico, peligro eléctrico) o la naturaleza del posible daño (por ejemplo, peligro de choque eléctrico, peligro de corte, peligro de intoxicación, peligro de incendio). NOTA 2 El peligro considerado en esta definición: - puede estar permanentemente presente durante el uso previsto de la máquina (por ejemplo,

elementos móviles peligrosos en movimiento, arco eléctrico durante una operación de soldadura, postura incómoda, emisión de ruido, temperatura alta); o

- puede aparecer de forma imprevista (por ejemplo, explosión, peligro de aplastamiento como

consecuencia de una puesta en marcha inesperada / intempestiva, proyección como consecuencia de una rotura, caída como consecuencia de una aceleración / deceleración).

[ISO 12100-1:2003, 3.6] 3.1.12 Situación peligrosa. Circunstancia en la que una(o varias) persona(s) está(n) expuesta(s) al menos a un peligro. La exposición puede dar lugar a un daño de forma inmediata o después de un periodo de tiempo. [ISO 12100-1:2003, 3.9] 3.1.13 Riesgo. Combinación de la probabilidad de que se produzca un daño y de la gravedad de dicho daño. [ISO 12100-1:2003, 3.11] 3.1.14 Riesgo residual. Riesgo que queda después de que se hayan tomado las medidas preventivas. Véase la Figura 2. NOTA Adaptada de la Norma ISO 12100-1:2003, definición 3.12. 3.1.15 Evaluación del riesgo. Proceso global que comprende el análisis de riesgos y la valoración de riesgos. [ISO 12100-1:2003, 3.13] 3.1.16 Análisis del riesgo. Combinación de la especificación de los límites de la máquina, la identificación del peligro y la estimación del riesgo. [ISO 12100-1:2003, 3.14] 3.1.17 Valoración del riesgo. Juzgar, conforme al resultado del análisis del riesgo, si los objetivos de reducción del riesgo se han alcanzado. [ISO 12100-1:2003, 3.16] 3.1.18 Uso previsto de una máquina. Uso de una máquina, de acuerdo con la información proporcionada en las instrucciones para la utilización. [ISO 12100-1:2003, 3.22]

Page 150: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 150 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.1.19 Mal uso razonablemente previsible. Uso de una máquina de una manera para la que no está destinada por el diseñador, pero que puede resultar de un comportamiento humano fácilmente predecible. [ISO 12100-1:2003, 3.23] 3.1.20 Función de seguridad. Función de una máquina cuyo fallo podría dar lugar a un aumento inmediato del (de los) riesgo(s). [ISO 12100-1:2003, 3.28] 3.1.21 Control. Función de seguridad que asegura que se inicia una medida preventiva si disminuye la aptitud de un componente o de un elemento para desempeñar su función o si se modifican las condiciones del proceso de manera que se genera una disminución de la reducción de riesgo. 3.1.22 Sistema electrónico programable; PES. Sistema para mando, protección o control cuyo funcionamiento depende de uno o más dispositivos electrónicos programables, incluyendo todos los elementos del sistema tales como las fuentes de alimentación, los sensores y otros dispositivos de entrada, contactores y otros dispositivos de salida. NOTA Adaptada de la Norma IEC 61508-4:1998, definición 3.3.2. 3.1.23 Nivel de prestaciones; PL. Nivel discreto utilizado para especificar la aptitud de las partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad para desempeñar una función de seguridad en condiciones previsibles. NOTA Véase el numeral 4.5.1. 3.1.24 Nivel de prestaciones requerido; PLr. Nivel de prestaciones (PL) aplicado con el fin de conseguir la reducción de riesgo requerida para cada función de seguridad. Véanse las Figuras 2 y A.1. 3.1.25 Tiempo medio hasta un fallo peligroso; MTTFd. Valor probable de la duración media hasta un fallo peligroso. NOTA Adaptada de la Norma IEC 62061:2005, definición del numeral 3.2.34. 3.1.26 Cobertura del diagnóstico; DC. Medida de la efectividad del diagnóstico, que se puede determinar como la relación entre la tasa de fallo de los fallos peligrosos detectados y la tasa de fallo del total de fallos peligrosos. NOTA 1 La cobertura del diagnóstico puede referirse a la totalidad o a parte de un sistema relativo a la seguridad. Por ejemplo, la cobertura del diagnóstico puede referirse a los sensores y/o a un sistema lógico y/o a los elementos finales. NOTA 2 Adaptada de la Norma IEC 61508-4:1998, definición del numeral 3.8.6. 3.1.27 Medida preventiva. Medida prevista para lograr la reducción del riesgo. EJEMPLO 1 Implementada por el diseñador: diseño inherentemente seguro, protección y medidas preventivas complementarias, información para la utilización. EJEMPLO 2 Implementada por el usuario: organización (procedimientos de trabajo seguros, supervisión, sistemas de permiso de trabajo); provisión y utilización de protecciones adicionales; utilización de equipos de protección individual, formación.

Page 151: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 151 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA Adaptada de la Norma ISO 12100-1:2003, definición del numeral 3.18. 3.1.28 Duración de la misión; TM. Periodo de tiempo que comprende el uso previsto de una SRP/CS. 3.1.29 Tasa de verificación; rt. Frecuencia de las verificaciones automáticas para detectar defectos en una SRP/CS, valor inverso del intervalo entre verificaciones de diagnóstico. 3.1.30 Tasa de solicitación; rd. Frecuencia de solicitación de una acción relativa a la seguridad de una SRP/CS. 3.1.31 Tasa de reparación; rr. Valor inverso del periodo de tiempo entre la detección de un fallo peligroso, ya sea por una verificación automática o por un mal funcionamiento evidente del sistema y el reinicio del funcionamiento después de la reparación del sistema o la sustitución del sistema/componente. NOTA El tiempo de reparación no incluye el tiempo necesario para la detección del fallo. 3.1.32 Sistema de mando de la máquina. Sistema que responde a señales de entrada de partes de las máquinas, de los operadores, de los órganos de mando externos o de cualquier combinación de estos y que genera señales de salida que dan lugar a que la máquina se comporte de una manera prevista. NOTA El sistema de mando de una máquina puede utilizar cualquier tecnología o cualquier combinación de tecnologías diferentes (por ejemplo, eléctrica/electrónica, hidráulica, neumática, mecánica). 3.1.33 Nivel de integridad de la seguridad; SIL. Nivel discreto (entre cuatro posibles), para especificar los requisitos de integridad de la seguridad de las funciones de mando relativas a la seguridad asignadas a los sistemas eléctricos, electrónicos y electrónicos programables relativos a la seguridad, siendo el nivel 4 de integridad de la seguridad el que posee el nivel más alto de integridad de la seguridad y el nivel 1 de integridad de la seguridad el que posee el más bajo. [IEC 61508-4:1998, 3.5.6] 3.1.34 Lenguaje de variabilidad limitada; LVL. Tipo de lenguaje que proporciona la posibilidad de combinar funciones de bibliotecas, predefinidas, específicas para una aplicación, con el fin de implementar las especificaciones de los requisitos relativos a la seguridad. NOTA 1 Adaptada de la Norma IEC 61511-1:2003, definición del numeral 3.2.80.1.2. NOTA 2 En la Norma IEC 61131-3 se dan ejemplos típicos de LVL (diagrama de escalera, diagrama de bloques funcionales). NOTA 3 Un ejemplo típico de sistema que utiliza el LVL: PLC. 3.1.35 Lenguaje de variabilidad total; FVL. Tipo de lenguaje que proporciona la posibilidad de implementar una amplia gama de funciones y aplicaciones. EJEMPLO C, C++, Ensamblador. NOTA 1 Adaptada de la Norma IEC 61511-1:2003, definición del numeral 3.2.80.1.3. NOTA 2 Un ejemplo típico de sistema que utiliza el FVL: Sistemas empotrados. NOTA 3 En el ámbito de las máquinas, el FVL se encuentra en los soportes lógicos empotrados y raramente en los soportes lógicos de aplicación.

Page 152: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 152 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.1.36 Soporte lógico de aplicación. Soporte lógico específico para una aplicación, implementado por el fabricante de la máquina y que generalmente contiene secuencias lógicas, límites y expresiones que gobiernan las entradas, las salidas, cálculos apropiados y las decisiones necesarias para cumplir los requisitos de las SRP/CS. 3.1.37 Soporte lógico empotrado (soporte lógico rígido, soporte lógico del sistema). Soporte lógico que es parte del sistema suministrado por el fabricante y que no es accesible para modificaciones por el usuario de la máquina. NOTA El soporte lógico empotrado se escribe normalmente en FVL. 3.2 SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS Véase la Tabla 2.

La Norma IEC 62061 y esta norma especifican los requisitos para el diseño y la implementación de sistemas de mando relativos a la seguridad de las máquinas. La utilización de cualquiera de estas normas internacionales, de acuerdo con sus campos de aplicación, puede dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad pertinentes. La tabla siguiente resume los campos de aplicación de la Norma IEC 62061 y esta norma.

Tabla 2. Símbolos y abreviaturas

Símbolo o abreviatura Descripción Definición o lugar en

el que aparece a, b, c, d, e Denominación de los niveles de prestaciones Tabla 3 AMFD Análisis de los modos de fallo y sus efectos 7.2 AOPD Dispositivo de protección optoelectrónico activo (por ejemplo, barrera

fotoeléctrica) Anexo H

B, 1, 2, 3, 4 Denominación de las categorías Tabla 7 B10d Número de ciclos hasta que el 10% de los componentes falla peligrosamente

(para componentes neumáticos y electromecánicos) Anexo C

Cat. Categoría 3.1.2 CC Convertidor de corriente Anexo I CCF Fallo de causa común 3.1.6 DC Cobertura del diagnóstico 3.1.26 DCavg Cobertura del diagnóstico media E.2 F, F1, F2 Frecuencia y/o tiempo de exposición al peligro A.2.2 FB Bloque funcional 4.6.3 FVL Lenguaje de variabilidad total 3.1.35 I, I1, I2 Dispositivo de entrada, por ejemplo, sensor 6.2 i, j Índice de conteo Anexo D I/O Entradas/salidas Tabla E.1 iab, ibc Medios de interconexión Figura 4 K1A, K1B Contactores Anexo I L, L1, L2 Lógica 6.2 LVL Lenguaje de variabilidad limitada 3.1.34 M Motor Anexo I MTTF Tiempo medio hasta un fallo Anexo C MTTFd Tiempo medio hasta un fallo peligroso 3.1.25 n, N, Ñ Número de elementos 6.3, D.1 Nlow Número de SRP/CS con PLlow en una combinación de SRP/CS 6.3 O, O1, O2, OTE Dispositivo de salida, por ejemplo, accionador 6.2 P, P1, P2 Posibilidad de evitar el daño A.2.3 PES Sistema electrónico programable 3.1.22 PL Nivel de prestaciones 3.1.23 PLC Autómata programable Anexo I PLlow Nivel de prestaciones más bajo de una SRP/CS en una combinación de 6.3

Page 153: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 153 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Símbolo o abreviatura Descripción Definición o lugar en

el que aparece SRP/CS

PLr Nivel de prestaciones requerido 3.1.24 rd Tasa de solicitación 3.1.30 RS Detector de rotación Anexo I S, S1, S2 Severidad del daño A.2.1 SW1A, SW1B, SW2 Interruptores de posición Anexo I SIL Nivel de integridad de la seguridad Tabla 4 SRASW Soporte lógico de aplicación relativo a la seguridad 4.6.3 SRESW Soporte lógico integrado relativo a la seguridad 4.6.2 SRP Parte relativa a la seguridad General SRP/CS Parte de un sistema de mando relativa a la seguridad 3.1.1 TE Equipo de ensayo 6.2 TM Duración de la misión 3.1.28

4. CONSIDERACIONES RELATIVAS AL DISEÑO 4.1 OBJETIVOS DE SEGURIDAD EN EL DISEÑO Las SRP/CS deben ser diseñadas y construidas de manera que se tengan totalmente en cuenta los principios de las Normas ISO 12100 e ISO 14121 (véanse las Figuras 1 y 3). Se debe tener en cuenta cualquier uso previsto y cualquier mal uso razonablemente previsible.

Page 154: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 154 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Inicio

Determinación de los límites de lamáquina (véase el numeral 5.2ª)

Identificación de peligros (véaseel capítulo 4 y el numeral 5.3ª)

Evaluación de riesgos conformea la Norma ISO 14121

Estimación de riesgos(véase el numeral 5.3ª)

Valoración de riesgos(véase el numeral 5.3ª)

¿Se ha reducido elriesgo adecuadamente?

Proceso de reducción del riesgopara el peligro considerado:

1 mediante medidas de diseñoinherentemente seguro;

2 mediante protecciones;3 mediante información

para la utilización (véase laNorma ISO 12100-1:2003, figura4)

¿La medidapreventiva seleccionadadepende de un sistema

de mando?

¿Se han generadootros peligros?

Este proceso iterativo dereducción de riesgos se

debe realizar por separadopara cada peligro, en lascondiciones de utilizacióncorrespondientes (tareas)

Fin

Proceso iterativo para el diseñode las partes del sistema de

mando relativas a la seguridad(SRP/CS) (véase la figura 3 )

Si

No

Si

Si

No

No

b

a Referencia a la Norma ISO 12100-1:2003. b Referencia a esta parte de esta norma.

Figura 1. Presentación de la evaluación del riesgo/reducción del riesgo

4.2 ESTRATEGIA PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO 4.2.1 Generalidades La estrategia para la reducción de riesgos en la máquina se da en el capítulo 5 de la Norma ISO 12100-1:2003 y en los numerales 4 (medidas de diseño inherentemente seguro) y numerales 5 (protección y medidas preventivas suplementarias) de la Norma ISO 12100-2:2003. Esta estrategia cubre el ciclo de vida completo de la máquina. El proceso de evaluación del riesgo y de reducción del riesgo para una máquina impone que se eliminen los peligros o que se reduzcan los riesgos mediante una jerarquía de medidas: - eliminación del peligro o reducción del riesgo por diseño (véase el capítulo 4 de la Norma ISO

12100-2:2003); - reducción del riesgo por protección y posibles medidas preventivas suplementarias (véase el

Capítulo 5 de la Norma ISO 12100-2:2003); - reducción del riesgo proporcionando información para la utilización acerca del riesgo residual

(véase el capítulo 6 de la Norma ISO 12100-2:2003).

Page 155: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 155 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.2.2 Contribución a la reducción del riesgo mediante el sistema de mando El objetivo del procedimiento general de diseño de una máquina es conseguir los objetivos de seguridad (véase 4.1). El diseño de una SRP/CS para obtener la reducción del riesgo requerida es parte integrante del proceso global de diseño de una máquina. La SRP/CS desempeña una (varias) función (es) de seguridad con un PL con el que se alcanza la reducción del riesgo requerida. El diseño de una SRP/CS es una parte de la estrategia para la reducción del riesgo en la medida en que asegura una (varias) función (es) de seguridad, ya sea formando parte del diseño inherentemente seguro o como mando asociado a una protección o un dispositivo de protección. Se trata del proceso iterativo ilustrado en las Figuras 1 y 3. Para cada función de seguridad, se deben detallar y documentar las características (véase el numeral 5) y el nivel de prestaciones requerido, en las especificaciones relativas a los requisitos de seguridad. En esta parte de esta norma los niveles de prestaciones se definen en términos de probabilidad de fallo peligroso por hora. Se establecen cinco niveles de prestaciones (del a al e), mediante una gama de probabilidades de fallo peligroso por hora (véase la Tabla 3).

Tabla 3. Niveles de prestaciones (PL)

PL Probabilidad media de un fallo peligroso por hora1/h

a ≥ 10-5 a < 10-4

b ≥ 3 × 10-6 a < 10-5 c ≥ 10-6 a < 3 × 10-6 d ≥ 10-7 a < 10-6 e ≥ 10-8 a < 10-7

NOTA Además de la probabilidad media de fallo peligroso por hora, son necesarias otras medidas para obtener el PL.

A partir de la evaluación de riesgos (véase la Norma ISO 14121) de la máquina, el diseñador debe decidir la contribución a la reducción del riesgo que debe aportar la función de seguridad pertinente, desempeñada por la(s) SRP/CS. Esta contribución no cubre el riesgo global de la máquina considerada; por ejemplo, no se tiene en cuenta el riesgo global de una prensa mecánica, o de una lavadora, sino solamente la parte del riesgo reducida por la aplicación de las funciones de seguridad particulares. La función de parada iniciada por un dispositivo de protección electrosensible en una prensa o la función de bloqueo de la puerta de una lavadora, son ejemplos de dichas funciones. La reducción del riesgo se puede obtener aplicando varias medidas preventivas (tanto SRP/CS como no SRP/CS), con el resultado final de lograr una condición segura (véase la Figura 2).

Page 156: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 156 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Rr

Ra

R1SRP/CS

R2SRP/CS

Rn

R1M

R2M

ba R

1

2

3 4

Leyenda Rh para una determinada situación peligrosa, es el riesgo existente antes de aplicar medidas preventivas Rr reducción del riesgo que es necesario obtener mediante las medidas preventivas Ra reducción del riesgo realmente conseguida mediante las medidas preventivas 1 solución 1: una parte importante de la reducción del riesgo se debe a medidas preventivas distintas de las SRP/CS (por ejemplo, medidas de tipo mecánico) y una pequeña parte de la reducción del riesgo se debe a la SRP/CS 2 solución 2: una parte importante de la reducción del riesgo se debe a la SRP/CS (por ejemplo, una barrera

fotoeléctrica) y una pequeña parte de la reducción del riesgo se debe a medidas preventivas distintas de la SRP/CS (por ejemplo, medidas de tipo mecánico)

3 reducción del riesgo adecuada 4 reducción del riesgo inadecuada R riesgo a riesgo residual obtenido mediante las soluciones 1 y 2 b riesgo obtenido adecuado R1SRP/CS, R2SRP/CS reducción del riesgo mediante la función de seguridad desempeñada por la SRP/CS R1M, R2M reducción del riesgo mediante medidas preventivas distintas de las SRP/CS (por ejemplo, medidas de

tipo mecánico) NOTA Para más información sobre la reducción del riesgo véase la Norma ISO 12100.

Figura 2. Visión de conjunto del proceso de reducción del riesgo para cada situación peligrosa

Page 157: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 157 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Identificar las funciones de seguridadque la SRP/CS debe realizar

Para cada función de seguridad, especificar lascaracterísticas requeridas (véase el capitulu 5)

Determinar el nivel de prestaciones requeridoPL (véase el apartado 4.3 y el anexo A)r

Diseño y ejecución técnica de la funciónde seguridad: identificar las partes relativas

a la seguridad que realizan la funciónde seguridad (véase el apartado 4.4)

Estimar el nivel de prestaciones PL(véase el apartado 4.5) teniendo en cuenta:

- la categoría (véase el capítulo 6)- los MTTF (véanse los anexos C y D)

- la DC (véase el anexo E)- los CCF (véase el anexo F)

- si es aplicable, el soporte lógico (véanse elapartado 4.6 y el anexo J) de las partes relativas

a la seguridad consideradas anteriormente

Verificación del PL parala función de seguridad: ¿es PL > PL ?

(véase el apartado 4.7)r

Validación (véase elcapítulo 8ª): ¿Se cumplen

todos los requisitos?

¿Se han analizado todas lasfunciones de seguridad?

A la figura 1 (ISO 12100)

NoNo

Si

Si

Si

Para cadafunción

de seguridadseleccionada

Viene de la figura 1

La Norma ISO 13849-2 proporciona una ayuda complementaria para la validación

Figura 3. Proceso iterativo para el diseño de las partes del sistema de mando relativas a la seguridad (SRP/CS

4.3 DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE PRESTACIONES REQUERIDO (PLR) Para cada función de seguridad seleccionada que debe ser desempeñada por una SRP/CS, se debe determinar y documentar el nivel de prestaciones requerido (PLr) (véase el Anexo A sobre las directrices para determinar el PLr). El nivel de prestaciones requerido se determina como resultado de

Page 158: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 158 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

la evaluación de riesgos y se refiere a la cantidad de reducción del riesgo proporcionada por las partes del sistema de mando relativas a la seguridad (véase la Figura 2). Cuanto mayor sea la cantidad de reducción del riesgo que debe ser proporcionada por la SRP/CS, mayor debe ser el PLr. 4.4 DISEÑO DE LAS SRP/CS Parte del proceso de reducción del riesgo consiste en determinar las funciones de seguridad de la máquina. Esto comprende las funciones de seguridad del sistema de mando, por ejemplo, la prevención de una puesta en marcha intempestiva. Una función de seguridad puede ser desempeñada por una o varias SRP/CS, y varias funciones de seguridad pueden compartir una o más SRP/CS [por ejemplo, una unidad lógica, elementos de mando de los accionadores]. También es posible que una SRP/CS implemente funciones de seguridad y funciones de mando normales. El diseñador puede utilizar cualquiera de las tecnologías disponibles, por separado o en combinación. Las SRP/CS también pueden proporcionar una función operativa (por ejemplo, una AOPD como medio para iniciar un ciclo). En la Figura 4 se da una representación esquemática de una función de seguridad tipo, que representa una combinación de partes del sistema de mando relativas a la seguridad (SRP/CS) para: - la entrada (SRP/CSa); - la lógica/el tratamiento (SRP/CSb); - la salida/los elementos de mando de los accionadores (SRP/CSc), y - los medios de interconexión (iab, ibc) (por ejemplo, eléctricos, ópticos). NOTA 1 Para una misma máquina es importante distinguir entre las diferentes funciones de seguridad y sus respectivas SRP/CS que desempeñan una función de seguridad dada. Después de haber identificado las funciones de seguridad del sistema de mando, el diseñador debe identificar las SRP/CS (véanse las Figuras 1 y 3) y, si es preciso, debe asignarlas a la entrada, a la lógica y a la salida y, en el caso de redundancia, los canales individuales y entonces, estimar el nivel de prestaciones PL (véase la Figura 3). NOTA 2 En el Capítulo 6 se dan arquitecturas tipo. NOTA 3 Todos los medios de interconexión están incluidos en las partes relativas a la seguridad.

SRP/CS SRP/CS SRP/CSa b c

I L O

iab ibc1 2

Leyenda I Entrada L Lógica O Salida 1 suceso iniciador (por ejemplo, accionamiento manual de un pulsador, apertura de un

resguardo, interrupción de un haz de un AOPD)

Page 159: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 159 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

2 accionador de la máquina (por ejemplo, el freno)

Figura 4. Representación esquemática de una combinación de partes del sistema de mando relativas a la seguridad para el tratamiento de una función de seguridad típica

4.5 ESTIMACIÓN DEL NIVEL DE PRESTACIONES OBTENIDO Y RELACIÓN CON EL SIL 4.5.1 Nivel de Prestaciones PL Para los fines de esta parte de esta norma la aptitud de las partes relativas a la seguridad para desempeñar una función de seguridad se expresa mediante la determinación del nivel de prestaciones. Para cada SRP/CS seleccionada y/o para cualquier combinación de SRP/CS que desempeñe una función de seguridad se debe realizar una estimación del PL. El PL de la SRP/CS se debe determinar mediante la estimación de los siguientes aspectos: - el valor de MTTFd para componentes independientes (véanse los Anexos C y D); - la DC (véase el Anexo E); - los CCF (véase el Anexo F); - la estructura (véase el numeral 6); - el comportamiento de la función de seguridad en condiciones de defecto (véase el numeral 6); - el soporte lógico relativo a la seguridad (véanse el numeral 4.6 y el Anexo J); - los fallos sistemáticos (véase el Anexo G); - la aptitud para desempeñar una función de seguridad en las condiciones ambientales

previstas. NOTA 1 También pueden tener una cierta influencia otros parámetros como, por ejemplo, los aspectos operativos, la tasa de solicitación o la tasa de verificación. Estos aspectos se pueden agrupar según dos enfoques, con respecto al proceso de estimación: a) los aspectos cuantificables (valor de MTTFd para componentes independientes, DC, CCF,

estructura); b) los aspectos cualitativos no cuantificables, que afectan al comportamiento de la SRP/CS

(comportamiento de la función de seguridad en condiciones de defecto, soporte lógico relativo a la seguridad, fallos sistemáticos y condiciones ambientales).

Entre los aspectos cuantificables, la contribución de la fiabilidad (por ejemplo, MTTFd, estructura), puede variar según la tecnología que se utilice. Por ejemplo, es posible (dentro de ciertos límites) que partes relativas a la seguridad de un solo canal de alta fiabilidad, en una tecnología dada, ofrezca un PL igual o superior al de una estructura tolerante a defectos de fiabilidad menor, en una tecnología diferente. Existen varios métodos para estimar los aspectos cuantificables del PL para cualquier tipo de sistema (por ejemplo, una estructura compleja). Estos métodos son, por ejemplo, los modelos de Markov, las

Page 160: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 160 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

redes de Petri estocásticas generalizadas (GSPN), los diagramas de bloques de fiabilidad [véase, por ejemplo, la Norma IEC 61508]. Para facilitar la valoración de los aspectos cuantificables del PL, esta parte de la norma proporciona un método simplificado basado en la definición de cinco arquitecturas tipo que satisfacen criterios específicos de diseño y de comportamiento en condiciones de defecto (véase el numeral 4.5.4). Para una SRP/CS o una combinación de SRP/CS diseñada conforme a los requisitos del capítulo 6, la probabilidad media de fallo peligroso se puede estimar mediante la Figura 5 y el procedimiento establecido en los anexos A a H, J y K. Para una SRP/CS que no respete las arquitecturas tipo, se debe proporcionar un cálculo detallado para demostrar que se ha alcanzado el nivel de prestaciones requerido (PLr). En aplicaciones en las que la SRP/CS se puede considerar sencilla y el nivel de prestaciones requerido está entre a y c, se puede aceptar una estimación cualitativa del PL basada en los fundamentos del diseño. NOTA 2 Para el diseño de sistemas de mando complejos, tales como los PES diseñados para desempeñar funciones de seguridad, puede ser apropiado utilizar otras normas (por ejemplo, las Normas IEC 61508, IEC 62061 o IEC 61496). El logro de los aspectos cualitativos del PL, se puede demostrar mediante la aplicación de las medidas recomendadas en el numeral 4.6 y en el Anexo G. En las normas en línea con la Norma IEC 61508, la aptitud del sistema de mando relativo a la seguridad para desempeñar una función de seguridad se indica mediante un SIL. La Tabla 4 proporciona la relación entre estos dos conceptos (PLs y SILs). El PL a no tiene correspondencia en la escala de los SIL y se utiliza principalmente para la reducción del riesgo de una lesión ligera y normalmente reversible. Puesto que el SIL 4 está reservado a los sucesos catastróficos que se pueden dar en la industria de procesos, este nivel no es relevante para riesgos en máquinas. Por eso el PL e correspondiente al SIL 3 se define como el nivel máximo.

Tabla 4. Relación entre el nivel de prestaciones (PL) y el nivel de integridad de la seguridad (SIL)

PL SIL

(IEC 61508-1, para información) Modo de funcionamiento en alta/continua solicitación

a Sin correspondencia b 1 c 1 d 2 e 3

En consecuencia, se deben aplicar medidas preventivas para reducir los riesgos, en particular las siguientes: - Reducir la probabilidad de defectos a nivel de los componentes. El objetivo es reducir la

probabilidad de defectos o de fallos que afecten a la función de seguridad. Esto se puede realizar incrementando la fiabilidad de los componentes, por ejemplo, seleccionando componentes de eficacia probada y/o aplicando principios de seguridad de eficacia probada, con el fin de minimizar o de excluir defectos o fallos críticos (véase la Norma ISO 13849-2).

Page 161: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 161 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Mejorando la estructura de las SRP/CS. El objetivo es evitar los efectos peligrosos de un defecto. Algunos defectos se pueden detectar y puede ser necesaria una estructura redundante y/o autocontrolada.

Estas dos medidas se pueden utilizar separadamente o combinadas. Con algunas tecnologías, se puede obtener la reducción del riesgo mediante la selección de componentes fiables y por exclusión de defectos; pero con otras tecnologías, la reducción del riesgo puede requerir un sistema redundante y/o autocontrolado. Además, se deben tener en cuenta los fallos de causa común (CCF) (véase la Figura 3). Para las limitaciones arquitectónicas, véase el numeral 6. 4.5.2 Tiempo medio hasta el fallo peligroso de cada canal (MTTFd) El valor del MTTFd de cada canal se ha clasificado en tres niveles (véase la Tabla 5) y se debe tener en cuenta para cada canal (por ejemplo, un solo canal, cada canal de un sistema redundante) individualmente. De acuerdo con el MTTFd, se puede tener en cuenta un valor máximo de 100 años.

Tabla 5. Tiempo medio hasta el fallo peligroso de cada canal (MTTFd)

MTTFdÍndice para cada canal Gama para cada canal

Bajo 3 años ≤ MTTFd < 10 años Medio 10 años ≤ MTTFd < 30 años Alto 30 años ≤ MTTFd ≤ 100 años

NOTA 1 La selección de una gama de MTTFd está basada en las tasas de fallo encontradas en campo, en el estado actual de la técnica, que forman una especie de escala logarítmica coherente con la escala logarítmica de los PL. Se supone que no se va a encontrar un valor de MTTFd para cada canal inferior a tres años para SRP/CS reales, ya que esto significaría que después de un año cerca del 30 % de todos los sistemas en el mercado habrían fallado y sería necesario reemplazarlos. No es aceptable un valor de MTTFd, para cada canal, superior a 100 años, porque las SRP/CS para riesgo elevado no debería depender exclusivamente de la fiabilidad de los componentes. Con el fin de reforzar las SRP/CS contra los fallos sistemáticos y aleatorios, se deberían requerir medidas adicionales tales como la redundancia y las comprobaciones. Por razones prácticas, el número de gamas se ha restringido a tres. La limitación del MTTFd de cada canal a un valor máximo de 100 años, se refiere a las SRP/CS de un solo canal que desempeña la función de seguridad. Se pueden utilizar valores de MTTFd más elevados para componentes individuales (véase la Tabla D.1). NOTA 2 Se supone que los valores límites indicados en esta tabla tienen una precisión del 5 %.

El procedimiento jerárquico para encontrar los datos para la estimación del MTTFd de un componente, debe ser como sigue: a) utilizar los datos de los fabricantes; b) utilizar los métodos de los Anexos C y D; c) tomar 10 años. 4.5.3 Cobertura del diagnóstico (DC) El valor de la DC se ha clasificado en cuatro niveles (véase la Tabla 6). Para la estimación de la DC, se puede utilizar, en la mayoría de los casos, el análisis de los modos de fallo y sus efectos (AMFE, véase la Norma IEC 60812) u otros métodos similares. En este caso, se deberían considerar todos los defectos y/o modos de fallo pertinentes y verificar el PL de la combinación de las SRP/CS que desempeñan la función de seguridad con respecto al nivel de prestaciones requerido (PLr). Para un enfoque simplificado de estimación de la DC, véase el Anexo E.

Page 162: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 162 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Tabla 6. Cobertura del diagnóstico (DC)

DCÍndice GamaNula DC < 60 % Baja 60 % ≤ DC < 90 %

Media 90 % ≤ DC < 99 % Alta 99 % ≤ DC

NOTA 1 Para SRP/CS constituidas de varias partes, en la Figura 5, en el capítulo 6 y en el literal E.2 se utiliza un valor medio DCavg. NOTA 2 La selección de la gama de DC se basa en los valores clave del 60 %, 90 % y 99 %, también establecidos en otras normas (por ejemplo, IEC 61508) que tratan de la cobertura del diagnóstico de las verificaciones. Las investigaciones muestran que (1 – DC) más que la propia DC es una medida característica para determinar la eficacia de la verificación (1 – DC) para los valores clave del 60 %, 90 % y 99 % forma una especie de escala logarítmica coherente con la escala logarítmica de los PL. Un valor de DC inferior al 60% tiene sólo un ligero efecto sobre la fiabilidad del sistema comprobado y por lo tanto se denomina “nula”. Es muy difícil obtener un valor de DC superior al 99 % para sistemas complejos. Por razones prácticas, el número de gamas se ha restringido a cuatro. Se supone que los valores límites indicados en esta tabla tienen una precisión del 5 %.

4.5.4 Procedimiento simplificado para la estimación de un PL El PL se puede estimar teniendo en cuenta todos los parámetros pertinentes y los métodos apropiados para el cálculo (véase el numeral 4.5.1). Este numeral describe un procedimiento simplificado para estimar el PL de una SRP/CS basado en arquitecturas tipo. Otras arquitecturas con una estructura similar se pueden adaptar a estas arquitecturas tipo con el fin de obtener una estimación del PL. Las arquitecturas tipo se han representado en diagramas de bloques y se han listado en el contexto de cada categoría en el numeral 6.2. En el numeral 6.2 y el Anexo B, se da información sobre el método de bloques y los diagramas de bloques relativos a la seguridad. Las arquitecturas tipo muestran una representación lógica de la estructura del sistema para cada categoría. La realización técnica o, por ejemplo, el diagrama funcional del circuito, puede tener una representación totalmente diferente. Las arquitecturas tipo se han esquematizado para las SRP/CS combinadas, a partir de los puntos en los que se inician las señales relativas a la seguridad y acaban con las salidas de los elementos de mando de potencia (véase también el Anexo A de la Norma ISO 12100-1:2003). Las arquitecturas tipo también se pueden utilizar para describir una parte o una subparte de un sistema de mando que responde a señales de entrada y genera señales de salida relativas a la seguridad. De esta manera, el elemento de “entrada” puede representar, por ejemplo, una barrera fotoeléctrica (AOPD) así como circuitos de entrada de la lógica de mando o interruptores de entrada. Una “salida” puede representar también, por ejemplo, un dispositivo de conmutación de la señal de salida (OSSD) o de escáneres láser. Para las arquitecturas tipo se han hecho las hipótesis siguientes: - duración de la misión: 20 años (véase el numeral 10); - tasa de fallo constante durante la duración de la misión; - para la Categoría 2, tasa de solicitación ≤ 1/100 de la tasa de verificación; - para la Categoría 2: MTTFd,TE mayor que la mitad de MTTFd,L. NOTA Cuando los bloques de cada canal no se pueden separar, se puede aplicar lo siguiente: MTTFd del canal de comprobación conjunto (TE, OTE) mayor que la mitad del MTTFd del canal funcional conjunto (I, L, O).

Page 163: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 163 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

La metodología considera las categorías como arquitecturas con una DCavg definida. El PL de cada SRP/CS depende de la arquitectura, del tiempo medio hasta un fallo peligroso (MTTFd) de cada canal y de la DCavg. También se deberían tener en cuenta los fallos de causa común (CCF) (para orientaciones, véase el Anexo F). Para las SRP/CS con soporte lógico, se aplican los requisitos del numeral 4.6. Si no se dispone o no se utilizan datos cuantitativos (por ejemplo, sistemas de poca complejidad), se deberían seleccionar los valores más desfavorables de todos los parámetros pertinentes. Una combinación de SRP/CS o un SRP/CS único puede tener un PL. La combinación de varias SRP/CS con diferentes PL se considera en el numeral 6.3. En el caso de aplicaciones con PLr de a a c, pueden ser suficientes las medidas para evitar los defectos; para aplicaciones de riesgo más elevado, PLr de d a e, la estructura de la SRP/CS puede proporcionar medidas para evitar, detectar o tolerar los defectos. Las medidas prácticas incluyen la redundancia, la diversidad, el autocontrol (véase también el Capítulo 3 de la Norma ISO 12100-2:2003 y la Norma IEC 60204-1:2000). La Figura 5 presenta el procedimiento para la selección de las categorías en combinación con el MTTFd de cada canal y la DCavg con el fin de obtener el PL requerido de la función de seguridad. Para la estimación del PL, la Figura 5 da las diferentes combinaciones posibles de categorías con la DCavg (eje horizontal) y el MTTFd de cada canal (barras). Las barras en el diagrama representan las tres gamas de MTTFd de cada canal (bajo, medio y alto) que se pueden seleccionar para obtener el PL requerido. Antes de utilizar este procedimiento simplificado con la Figura 5 (que representa los resultados de los diferentes modelos de Markov basados en las arquitecturas tipo del Capítulo 6), se deben determinar la categoría del SRP/CS así como la DCavg y el MTTFd de cada canal (véase el Capítulo 6 y los Anexos C a E). Para las Categorías 2, 3 y 4, se deben adoptar medidas suficientes contra los fallos de causa común (para orientaciones véase el Anexo F). Teniendo estos parámetros en cuenta, la Figura 5 proporciona un método gráfico para determinar el PL obtenido por la SRP/CS. La combinación de una categoría (incluyendo los fallos de causa común) y de la DCavg, determina qué columna de la Figura 5 se debe seleccionar. Según el MTTFd de cada canal, se debe seleccionar una de las tres superficies sombreadas de la columna pertinente. La posición vertical de esta superficie determina el PL obtenido que se puede leer en el eje vertical. Si la superficie cubre 2 ó 3 PL posibles, el PL obtenido se da en la Tabla 7. Para una selección numérica del PL más precisa, en función de un valor preciso del MTTFd de cada canal, véase el Anexo K.

Page 164: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 164 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

e

Cat. B

1

2

3

DCavgnulaCat. 1

DCavgnulaCat. 2

DCavgbajaCat. 2

DCavgmediaCat. 3

DCavgbajaCat. 3 Cat. 4

DCavgaltaDCavgmedia

d

c

b

a

PL

Leyenda PL nivel de prestaciones 1 MTTFd de cada canal = bajo 2 MTTFd de cada canal = medio 3 MTTFd de cada canal = alto

Figura 5. Relación entre las categorías, la DCavg, el MTTFd de cada canal y el PL

Tabla 7. Procedimiento simplificado para valorar el PL obtenido por la SRP/CS

Categoría B 1 2 2 3 3 4 DCavg nula nula baja media baja media alta MTTFd de cada canal Bajo a No cubierto a b b c No cubierto

Medio b No cubierto b c c d No cubierto Alto No cubierto c c d d d e

4.6 REQUISITOS PARA EL SOPORTE LÓGICO DE SEGURIDAD 4.6.1 Generalidades Todas las actividades del ciclo de vida del soporte lógico empotrado o de aplicación, relativo a la seguridad, deben ante todo tratar de evitar la introducción de defectos durante el ciclo de vida del soporte lógico (véase la Figura 6). El objetivo principal de los requisitos siguientes es obtener un soporte lógico legible, comprensible, verificable y mantenible.

Page 165: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 165 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Especificacióndel soporte lógico

relativo a la seguridadValidación

Diseño delsistema

Comprobaciónde integración

Diseño delmódulo

Comprobacióndel módulo

Programación

Validación

Especificaciónde las funciones

de seguridadSoporte lógico

validado

VerificaciónResultado

NOTA El Anexo J da recomendaciones más detalladas sobre las actividades del ciclo de vida.

Figura 6. Modelo en V simplificado del ciclo de vida del soporte lógico de seguridad 4.6.2 Soporte lógico empotrado relativo a la seguridad (SRESW) Para el SRESW de un componente con un PLr de a a d, se deben aplicar las siguientes medidas básicas: - ciclo de vida del soporte lógico relativo a la seguridad con actividades de verificación y

validación, véase la Figura 6; - documentación de la especificación y del diseño; - diseño y codificación modulares y estructurados; - control de fallos sistemáticos (véase el Capítulo G.2); - cuando se utilicen medidas basadas en el soporte lógico para controlar los fallos aleatorios del

soporte material, verificación de que se aplican correctamente; - comprobaciones funcionales, por ejemplo, ensayo de caja negra; - actividades apropiadas del ciclo de vida del soporte lógico relativo a la seguridad después de

realizar modificaciones; Para el SRESW de un componente con un PLr de c o d, se deben aplicar las siguientes medidas adicionales:

- sistema de gestión de proyecto y de gestión de la calidad comparables a, por ejemplo, los de

las Normas IEC 61508 o ISO 9001;

Page 166: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 166 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- documentación de todas las actividades relevantes durante el ciclo de vida del soporte lógico

de seguridad; - gestión de las configuraciones con el fin de identificar los elementos de configuración y los

documentos relativos a una versión dada del SRESW; - especificación estructurada con los requisitos y el diseño relativos a la seguridad; - utilización de lenguajes de programación adecuados y herramientas informáticas fiables; - programación modular y estructurada, separación del soporte lógico no relativo a la seguridad,

tamaño de los módulos limitado con interfaces completamente definidas, utilización de normas de diseño y codificación;

- verificación de la codificación mediante la técnica del recorrido/revisión con análisis del flujo de

control; - comprobaciones funcionales ampliadas, por ejemplo, ensayo de caja gris, ensayo o simulación

de prestaciones; - análisis de impacto y actividades apropiadas del ciclo de vida del soporte lógico relativo a la

seguridad después de realizar modificaciones. El SRESW de un componente con un PLr = e, debe cumplir el Capítulo 7 de la Norma IEC 61508-3:1998, apropiado para el SIL 3. Cuando se utiliza la diversidad en las especificaciones, el diseño y la codificación, para los dos canales utilizados en una SRP/CS con categoría 3 ó 4, se puede obtener un PLr = e, con las medidas mencionadas anteriormente para PLr de c o d. NOTA 1 Para una descripción detallada de tales medidas, véase, por ejemplo, la Norma IEC 61508-7:2000. NOTA 2 Para un SRESW con diversidad en el diseño y la codificación, para los componentes utilizados en una SRP/CS de categoría 3 ó 4, las medidas aplicadas para evitar fallos sistemáticos pueden ser rebajadas, por ejemplo, revisando las partes del soporte lógico considerando únicamente los aspectos estructurales en lugar de comprobar cada línea del código fuente. 4.6.3 Soporte lógico de aplicación relativo a la seguridad (SRASW) El ciclo de vida del soporte lógico de seguridad (véase la Figura 6), también se aplica al SRASW (véase el Anexo J). El SRASW, escrito en LVL y que cumpla los siguientes requisitos, puede alcanzar un PL de a a e. Si el SRASW está escrito en FVL, se deben aplicar los requisitos para el SRESW y se puede obtener un PL de a a e. Si una parte del SRASW de un componente tiene algún impacto (por ejemplo, si se modifica) sobre varias funciones de seguridad con PL diferentes, entonces se aplican los requisitos relativos al PL más elevado. Para un SRASW de un componente con un PLr de a a e, se deben aplicar las siguientes medidas básicas: - desarrollo del ciclo de vida del soporte lógico con las actividades de verificación y validación,

véase la Figura 6; - documentación de la especificación y del diseño; - diseño y programación modulares y estructurados; - ensayos funcionales; - actividades apropiadas del ciclo de vida después de realizar modificaciones; Para el SRASW de un componente con un PLr de c a e, se requieren o se recomiendan las siguientes medidas adicionales con una eficacia mejorada (eficacia baja para un PLr de c, eficacia media para un PLr de d, eficacia alta para un PLr de e):

Page 167: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 167 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

a) La especificación del soporte lógico relativo a la seguridad se debe revisar (véase también el Anexo J), debe estar disponible para cualquier persona implicada en el ciclo de vida y debe contener la descripción de:

1) las funciones de seguridad con el PL requerido y los modos de funcionamiento

asociados; 2) los criterios de prestaciones, por ejemplo, los tiempos de reacción;

3) la arquitectura del soporte material con las interfaces de las señales externas, y 4) la detección y el control de los fallos externos.

b) Selección de herramientas, bibliotecas, lenguajes:

1) Se deben utilizar herramientas adecuadas que sean fiables (para un PL = e, obtenido para un componente con su herramienta, ésta debe ser conforme con la norma de seguridad apropiada; si se utilizan dos componentes diferentes con dos herramientas diferentes, la confianza de su utilización puede ser suficiente) con características técnicas que permitan detectar condiciones que puedan causar errores sistemáticos (tales como la incoherencia de los datos, la asignación ambigua de memoria dinámica, las interfaces incompletas, la recursividad, el indicador aritmético). Se deberían realizar comprobaciones principalmente durante la compilación y no sólo durante la ejecución. Las herramientas deberían hacer respetar los subconjuntos del lenguaje y las líneas directrices para la codificación o, al menos, supervisar o guiar al programador que los utiliza.

2) Siempre que sea razonable y practicable, se deberían utilizar bibliotecas de bloques

funcionales validados (FB): ya sean bibliotecas de FB relativos a la seguridad proporcionados por el fabricante de las herramientas (sumamente recomendado para los PL = e) o bibliotecas de FB validadas específicamente para una aplicación concreta y conforme con esta parte de la norma.

3) Se debería utilizar un subconjunto LVL apropiado y validado para un enfoque modular,

por ejemplo, un subconjunto reconocido de lenguajes de la Norma IEC 61131-3. Están sumamente recomendados los lenguajes gráficos (por ejemplo, diagrama de bloques de una función, diagrama de escalera).

c) El diseño del soporte lógico debe tener las características siguientes:

1) métodos semiformales para describir el flujo de datos y de control, por ejemplo, el diagrama de estado o el organigrama del programa;

2) programación modular y estructurada, realizada predominantemente mediante bloques

de función provenientes de bibliotecas de bloques de función validados relativos a la seguridad;

3) bloques funcionales con un tamaño de código limitado; 4) ejecución del código dentro del bloque de función, el cual debería tener un punto de

entrada y un punto de salida; 5) modelo de arquitectura a tres niveles: Entradas ⇒ Tratamiento ⇒ Salidas (véase la

Figura 7 y el Anexo J); 6) asignación de una salida de seguridad en un único lugar del programa, y

Page 168: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 168 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

7) utilización de técnicas para la detección de fallos externos y para la programación defensiva en los bloques de entrada, de tratamiento y de salida que conduzcan a un estado seguro.

Entradas

Bloques de entradas

Adquisición de lainformación de los

diferentes sensoresde seguridad medianteentradas de seguridad

Tratamiento

Bloque de tratamiento

Tratamiento requeridopara realizar

las funciones deseguridad que conducen

a un estado seguro

Salidas

Bloques de salida

Mando de losaccionadores

mediante salidasde seguridad

Figura 7. Modelo general de arquitectura del soporte lógico d) Cuando un SRASW y un no SRASW están combinados en un componente:

1) el SRASW y el no SRASW se deben codificar en bloques de función diferentes con vínculos entre datos bien definidos, y

2) no debe existir ninguna combinación lógica de datos no relativos a la seguridad y de

datos relativos a la seguridad que pueda conducir a una degradación de la integridad de las señales relativas a la seguridad, por ejemplo, combinando señales relativas a la seguridad con señales no relativas a la seguridad mediante una “O” lógica, cuando el resultado controla señales relativas a la seguridad.

e) Codificación/implementación del soporte lógico:

1) el código fuente debe ser legible, comprensible y verificable, y por ello se deberían utilizar variables de tipo simbólico (en lugar de direcciones explícitas de soporte material);

2) se deben utilizar directrices para la codificación justificadas o reconocidas (véase

también el Anexo J);

3) se deberían utilizar comprobaciones de la integridad y de la verosimilitud de los datos (por ejemplo, comprobaciones de los límites), disponibles en capas de aplicación (programación defensiva);

4) el código fuente debería ser ensayado por simulación; 5) la verificación debería ser por control y análisis del flujo de datos para los PL = d o e.

f) Ensayo:

1) el método de validación apropiado es el ensayo de caja negra del comportamiento funcional y de los criterios de prestaciones (por ejemplo, tiempo de respuesta);

2) para PL = d o e, se recomienda el ensayo de ejecución de los valores límites; 3) se recomienda una planificación del ensayo, que debería incluir casos de prueba con

los criterios de conclusión y las herramientas necesarias;

Page 169: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 169 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4) los ensayos de las I/O deben demostrar que las señales relativas a la seguridad se

utilizan correctamente en el SRASW. g) Documentación:

1) deben estar documentados todas las actividades del ciclo de vida y de modificación; 2) la documentación debe ser completa, manejable, legible y comprensible; 3) la documentación del código fuente debe contener cabeceras de módulos con entidad

legal, la descripción funcional y de las I/O, la versión del código fuente y la versión de la biblioteca de bloques funcionales utilizada, y suficientes comentarios de la red/instrucción y de las líneas de declaración.

h) Verificación 6)

EJEMPLO Actividades de revisión, inspección, análisis mediante recorridos o cualquier otra apropiada. i) Gestión de las configuraciones

Está sumamente recomendado establecer procedimientos y copia de datos para identificar y archivar documentos, módulos de soporte lógico, resultados de la verificación/validación y la configuración de las herramientas relativas a una versión específica del SRASW.

j) Modificaciones

Después de una modificación del SRASW, se debe realizar un análisis de impacto para asegurar las especificaciones. Después de las modificaciones se deben realizar las actividades apropiadas del ciclo de vida. Se debe controlar el derecho de acceso para realizar modificaciones y se debe documentar el histórico de las mismas.

NOTA Una modificación no afecta a los sistemas que ya estén en uso. 4.6.4 Parametrización basada en el soporte lógico La parametrización basada en el soporte lógico de los parámetros relativos a la seguridad se debe considerar como un aspecto relativo a la seguridad del diseño de un SRP/CS, a describir en los requisitos de seguridad de las especificaciones del soporte lógico. La parametrización se debe realizar utilizando una herramienta específica de soporte lógico proporcionado por el fabricante de la SRP/CS. Esta herramienta debe tener su identificación propia (nombre, versión, etc.) y debe evitar modificaciones no autorizadas, por ejemplo, mediante una contraseña de acceso. Se debe mantener la integridad de todos los datos utilizados para la parametrización. Esto se debe obtener aplicando medidas para: - controlar la gama de entradas válidas; - controlar la corrupción de los datos antes de su transmisión; - controlar los efectos de los errores del proceso de transmisión de los parámetros; - controlar los efectos de una transmisión incompleta de los parámetros, y

6) La verificación es necesaria solamente para el código fuente de una aplicación específica y no para las funciones

validadas de una biblioteca.

Page 170: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 170 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- controlar los efectos de los defectos y fallos del soporte material y del soporte lógico de la

herramienta utilizada para la parametrización. La herramienta de parametrización debe cumplir todos los requisitos de las SRP/CS, conforme a esta parte de la norma. Como alternativa, se debe utilizar un procedimiento especial para fijar los parámetros relativos a la seguridad. Este procedimiento debe incluir la confirmación de los parámetros de entrada de las SRP/CS por: - retransmisión de los parámetros modificados a la herramienta de parametrización, o - otros medios que confirmen la integridad de los parámetros, y confirmación posterior, por ejemplo, por una persona formada de manera apropiada y mediante una comprobación automática realizada mediante una herramienta de parametrización. NOTA 1 Esto es particularmente importante en el caso en el que la parametrización se realiza utilizando un dispositivo que no está específicamente previsto para este uso (por ejemplo, un ordenador personal o un equipo equivalente). Los módulos del soporte lógico utilizados para codificación/decodificación en el proceso de transmisión/retransmisión y los módulos del soporte lógico utilizados para la visualización de los parámetros relativos a la seguridad al usuario, deben, como mínimo, utilizar la diversidad en las funciones para evitar fallos sistemáticos. La documentación de parametrización basada en el soporte lógico debe indicar los datos utilizados (por ejemplo, ajustes de parámetros predefinidos) y la información necesaria para identificar los parámetros asociados a las SRP/CS, la(s) persona(s) que realizan la parametrización y cualquier otra información relevante tal como la fecha de parametrización. Se deben aplicar las siguientes actividades de verificación para la parametrización basada en el soporte lógico: - verificación del ajuste correcto de cada parámetro relativo a la seguridad (mínimo, máximo y

valores representativos); - verificación de que los parámetros relativos a la seguridad han sido comprobados en términos

de verosimilitud, por ejemplo, utilizando valores no válidos, etc.; - verificación de que no es posible la modificación no autorizada de los parámetros relativos a la

seguridad; - verificación de que los datos/señales para la parametrización son generados y tratados de

manera que un defecto no pueda conducir a la pérdida de la función de seguridad. NOTA 2 Esto es particularmente importante en el caso en el que la parametrización se realiza utilizando un dispositivo que no está específicamente para este uso (por ejemplo, un ordenador personal o un equipo equivalente). 4.7 VERIFICACIÓN DE QUE EL PL OBTENIDO SATISFACE EL PLR Para cada función de seguridad individual, el PL de la SRP/CS correspondiente debe satisfacer el nivel de prestaciones requerido (PLr) determinado conforme al numeral 4.3 (véase la Figura 3). Si no es el caso, es necesaria una iteración del proceso descrito en la Figura 3. El PL de las diferentes SRP/CS que forman parte de una función de seguridad debe ser superior o igual al nivel de prestaciones requerido (PLr) para dicha función de seguridad.

Page 171: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 171 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.8 ASPECTOS ERGONÓMICOS DEL DISEÑO La interfaz entre los operadores y las SPR/CS se debe diseñar y realizar de manera que nadie esté en peligro durante el uso previsto y el mal uso razonablemente previsible de la máquina (véanse también las Normas ISO 12100-2; EN 614-1; ISO 9355-1, ISO 9355-2, ISO 9355-3; EN 1005-3; el Capítulo 10 de la Norma IEC 60204-1:2000, IEC 60447 y IEC 61310). Los principios ergonómicos se deberían aplicar de manera que la máquina y el sistema de mando, incluyendo las partes relativas a la seguridad, sean fáciles de utilizar y de manera que el operador no esté tentado de actuar de manera peligrosa. Se deben aplicar los requisitos de seguridad relativos al respeto de los principios ergonómicos dados en el numeral 4.8 de la Norma ISO 12100-2:2003. 5. FUNCIONES DE SEGURIDAD 5.1 ESPECIFICACIÓN DE LAS FUNCIONES DE SEGURIDAD Este capítulo proporciona una lista y detalles de funciones de seguridad típicas que pueden ser realizadas por las SRP/CS. El diseñador (o el redactor de una norma de Tipo C), debe incluir las funciones de seguridad necesarias para obtener las medidas de seguridad requeridas en el sistema de mando para la aplicación considerada. EJEMPLO Función de parada relativa a la seguridad, prevención de una puesta en marcha intempestiva, función de rearme manual, función de inhibición, función de mando sensitivo. NOTA Los sistemas de mando de las máquinas proporcionan funciones operativas y/o de seguridad. Las funciones operativas (por ejemplo, la puesta en marcha, la parada normal) también pueden ser funciones de seguridad, pero esto sólo se puede confirmar después de una evaluación de riesgos completa de la máquina. En las Tablas 8 y 9 se enumeran algunas funciones de seguridad típicas y, respectivamente, algunas de sus características y los parámetros relativos a la seguridad, haciendo referencia a otras normas internacionales cuyos requisitos se refieren a las funciones, a las características o a los parámetros de seguridad. El diseñador (o el redactor de la norma de Tipo C), debe asegurarse de que se satisfacen todos los requisitos aplicables a las funciones de seguridad pertinentes listadas en las tablas. Para algunas características de las funciones de seguridad se establecen en este capítulo requisitos adicionales. Si es necesario, los requisitos para las características y las funciones de seguridad se deben adaptar a la utilización de diferentes fuentes de energía. Ya que la mayoría de las referencias de las Tablas 8 y 9 provienen de normas eléctricas, será necesario adaptar los requisitos aplicables a otras tecnologías (por ejemplo, hidráulica, neumática).

Tabla 8. Algunas normas internacionales aplicables a funciones de seguridad

típicas de las máquinas y algunas de sus características

Función de seguridad/ Característica

Requisito(s) Para información complementaria, véase: NTC 5765 ISO 12100-

1:2003 ISO 12100-

2:2003 Función de parada relativa a la seguridad iniciada por un protector a

5.2.1 3.26.8 4.11.3 IEC 60204-1: 2005, 9.2.2, 9.2.5.3, 9.2.2.5

Función de rearme manual 5.2.2 − − IEC 60204-1:2005, 9.2.5.3, 9.2.5.4

Page 172: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 172 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Función de seguridad/ Característica

Requisito(s) Para información complementaria, véase: NTC 5765 ISO 12100-

1:2003 ISO 12100-

2:2003 Función de puesta en marcha/ nueva puesta en marcha

5.2.3 − 4.11.3, 4.11.4 IEC 60204-1:2005, 9.2.1, 9.2.5.1, 9.2.5.2, 9.2.6

Función de mando local 5.2.4 − 4.11.8, 4.11.10 IEC 60204-1:2005, 10.1.5

Función de inhibición 5.2.5 − − − Función de mando sensitivo − 4.11.8.b) IEC 60204-1: 2005, 9.2.6.1

Función de validación − − IEC 60204-1:2005, 9.2.6.3, 10.9

Prevención de una puesta en marcha intempestiva

− − 4.11.4 ISO 14118, IEC 60204-1:2005, 5.4

Liberación y rescate de personas atrapadas

− − 5.5.3 −

Función de consignación − − 5.5.4 ISO 14118, IEC 60204-1:2005, 5.3, 6.3.1

Modos de mando y su selección

− − 4.11.8, 4.11.10 IEC 60204-1:2005, 9.2.3, 9.2.4

Interacción entre diferentes partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad

− − 4.11.1 (última frase)

IEC 60204-1:2005, 9.3.4

Control de la parametriza-ción de valores de entrada relativos a la seguridad

4.6.4 − − −

Función de parada de emergencia b

− − 5.5.2 ISO/IEC 13850, IEC 60204-1:2005, 9.2.5.4

a Incluyendo los resguardos con dispositivo de enclavamiento y dispositivos limitadores (por ejemplo, sobrevelocidad, sobretemperatura, sobrepresión).

b Medida preventiva suplementaria, véase la Norma ISO 12100-1:2003

Tabla 9. Algunas normas internacionales aplicables que dan requisitos para determinadas

funciones de seguridad y parámetros relativos a la seguridad

Función de seguridad/ parámetro relativo

a la seguridad

Requisito Para informacióncomplementaria,

véase NTC 5765 ISO 12100-2:2003

Tiempo de respuesta 5.2.6 − ISO 13855:2000, 3.2, A.3, A.4 Parámetros relativos a la seguridad tales como la velocidad, la temperatura o la presión

5.2.7 4.11.8 e) IEC 60204-1:2005, 7.1, 9.3.2, 9.3.4

Variaciones, pérdida y restableci-miento de las fuentes de alimentación de energía

5.2.8 4.11.8 e) IEC 60204-1:2005, 4.3, 7.1. 7.5

Indicadores y señales de advertencia

− 4.8 ISO 7731 ISO 11428 ISO 11429 IEC 61310-1 IEC 60204-1:2005, 10.3, 10.4 IEC 61131 IEC 62061

Al identificar y especificar las funciones de seguridad, se debe tener en cuenta, como mínimo, lo siguiente: a) resultados de la evaluación de riesgos para cada peligro o situación peligrosa específica; b) características de funcionamiento de la máquina, incluyendo:

Page 173: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 173 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- el uso previsto de la máquina (incluyendo el mal uso razonablemente previsible); - los modos de funcionamiento (por ejemplo, modo local, modo automático, modos relativos a

una zona o una parte de la máquina); - la duración del ciclo; - el tiempo de respuesta: c) el funcionamiento en condiciones de emergencia; d) la descripción de la interacción entre los diferentes procesos de trabajo y las actividades

manuales (reparación, ajuste, limpieza, búsqueda de averías, etc.); e) el comportamiento de la máquina que una función de seguridad está previsto que consiga o

evite; f) la(s) condición(es) (por ejemplo, modo de funcionamiento) de la máquina en la(s) que está

activa o inhabilitada; g) la frecuencia de utilización; h) la prioridad de las funciones que pueden estar activas simultáneamente y que pueden ocasionar acciones contradictorias. 5.2 DETALLES DE LAS FUNCIONES DE SEGURIDAD 5.2.1 Función de parada relativa a la seguridad Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 8, se deben aplicar los siguientes. Una función de parada relativa a la seguridad (por ejemplo, la iniciada por un protector), debe poner la máquina en un estado de seguridad tan pronto como sea necesario después de la actuación del sistema. Este tipo de parada debe tener prioridad con respecto a una parada por razones operativas. Cuando un grupo de máquinas trabajan juntas de manera coordinada, se deben prever disposiciones para señalar al sistema de supervisión y/o a las demás máquinas que existe una condición de parada de este tipo. NOTA Una función de parada relativa a la seguridad puede crear problemas de funcionamiento y dificultades para una nueva puesta en marcha, por ejemplo, en aplicaciones de soldadura al arco. Para reducir la tentación de neutralizar esta función de parada, ésta puede ser precedida de una parada por razones operativas, con el fin de finalizar la operación en curso y preparar una nueva puesta en marcha fácil y rápida a partir de la posición de parada (por ejemplo, sin perjudicar a la producción). Una solución es utilizar un dispositivo de enclavamiento con bloqueo, en el que dicho bloqueo se libera cuando el ciclo ha alcanzado una posición definida tal que sea posible una fácil nueva puesta en marcha. 5.2.2 Función de rearme manual Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 8, se deben aplicar los siguientes. Después de iniciada una orden de parada por un protector, se debe mantener la condición de parada hasta que existan condiciones seguras para una nueva puesta en marcha. El restablecimiento de la función de seguridad por reinicio del protector anula la orden de parada. Cuando la evaluación del riesgo lo indique, la anulación de la orden de parada debe ser confirmada por una acción manual, distinta y voluntaria (rearme manual).

Page 174: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 174 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

La función de rearme manual: - debe ser proporcionada por un dispositivo distinto, accionado manualmente y ligado a las

SRP/CS; - sólo se debe ejecutar si todas las funciones de seguridad y sistemas de protección están

operativos; - por sí misma no debe iniciar un movimiento o una situación peligrosa; - se debe realizar por una acción voluntaria; - debe preparar al sistema de mando para aceptar una orden de puesta en marcha distinta; - sólo debe ser aceptada al separar el órgano de accionamiento de su posición energizada

(activa).

El nivel de prestaciones de las partes relativas a la seguridad que realizan la función de rearme manual, se debe seleccionar de manera que la inclusión de la función de rearme manual no disminuya la seguridad requerida de la función de seguridad correspondiente. El órgano de accionamiento para el rearme se debe situar fuera de la zona peligrosa y en una posición segura, desde la que exista buena visibilidad para controlar que no hay nadie en la zona peligrosa. Cuando la visibilidad de la zona peligrosa no sea completa, se requiere un procedimiento específico de rearme manual. NOTA Una solución puede consistir en utilizar un segundo órgano de accionamiento para el rearme. La función de rearme se inicia en la zona peligrosa mediante el primer órgano de accionamiento en combinación con un segundo órgano de accionamiento de rearme situado fuera de la zona peligrosa (cerca del protector). Es necesario que este procedimiento de rearme se realice en un tiempo limitado antes de que el sistema de mando acepte una orden de puesta en marcha diferente. 5.2.3 Puesta en marcha y nueva puesta en marcha Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 8, se deben aplicar los siguientes. Una nueva puesta en marcha sólo se debe realizar automáticamente si no puede existir ninguna situación peligrosa. En particular, para los resguardos con dispositivo de enclavamiento con función de puesta en marcha, se aplica el numeral 5.3.2.5 de la Norma ISO 12100-2:2003. Estos requisitos para la puesta en marcha y para una nueva puesta en marcha se deben aplicar también a las máquinas que puedan ser mandadas a distancia. NOTA Una señal de retorno de un sensor al sistema de mando puede iniciar una nueva puesta en marcha automática. EJEMPLO En el caso de una máquina que realice operaciones automáticas, las señales de retorno de los sensores al sistema de mando se utilizan a menudo para controlar el flujo del proceso. Si una pieza se sale de su posición, el flujo del proceso se detiene. Si el control del dispositivo de enclavamiento no es superior al del control automático del proceso, entonces podría existir un peligro de una nueva puesta en marcha de la máquina mientras el operador reajusta la pieza. Por lo tanto la nueva puesta en marcha controlada a distancia no debería ser autorizada hasta que el protector sea cerrado de nuevo y el operador de mantenimiento haya abandonado la zona peligrosa. La contribución a la prevención de una puesta en marcha intempestiva proporcionada por el sistema de mando depende del resultado de la evaluación de riesgos. 5.2.4 Función de mando local Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 8, se deben aplicar los siguientes.

Page 175: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 175 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Cuando una máquina se gobierna con un mando local, por ejemplo, mediante un dispositivo de mando portátil o mediante una botonera, se deben aplicar los requisitos siguientes: - los medios para seleccionar el mando local deben estar situados fuera de la zona peligrosa; - no debe ser posible iniciar situaciones peligrosas con un mando local más que desde una

zona definida mediante la evaluación de riesgos; - la conmutación entre el mando local y el mando principal, no debe crear una situación

peligrosa. 5.2.5 Función de inhibición Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 8, se deben aplicar los siguientes. La inhibición no debe dar lugar a situaciones peligrosas para las personas. Durante la inhibición, se deben garantizar las condiciones de seguridad por otros medios. Al finalizar la inhibición, deben restablecerse todas las funciones de seguridad de las SRP/CS. El nivel de prestaciones de las partes relativas a la seguridad que desempeñan la función de inhibición, se debe seleccionar de manera que la inclusión de la función de inhibición no disminuya la seguridad requerida de la función de seguridad correspondiente. NOTA En algunas aplicaciones es necesaria una señal que indique la inhibición. 5.2.6 Tiempo de respuesta Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 9, se deben aplicar los siguientes. Se debe determinar el tiempo de respuesta de las SRP/CS cuando la evaluación del riesgo de las SRP/CS indica que esto es necesario (véase también el Capítulo 11). NOTA El tiempo de respuesta del sistema de mando es una parte del tiempo de respuesta total de la máquina. El tiempo de respuesta total de la máquina requerido puede influir en el diseño de la parte relativa a la seguridad, por ejemplo, sobre la necesidad de prever un sistema de frenado. 5.2.7 Parámetros relativos a la seguridad Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 9, se deben aplicar los siguientes. Cuando los parámetros relativos a la seguridad, como por ejemplo, la posición, la velocidad, la temperatura o la presión, se desvían de los límites preestablecidos, el sistema de mando debe iniciar las medidas apropiadas, por ejemplo, una orden de parada, una señal de advertencia, una alarma. Si los errores que se cometan en la introducción manual de datos relativos a la seguridad en sistemas electrónicos programables pueden conducir a una situación peligrosa, es preciso prever un sistema de comprobación de datos integrado en el sistema de mando relativo a la seguridad, por ejemplo, un control de límites, del formato y/o de los valores de entrada lógicos. 5.2.8 Variaciones, pérdida y restablecimiento de la alimentación de energía Además de los requisitos a los que se hace referencia en la Tabla 9, se deben aplicar los siguientes. Cuando las variaciones de los niveles de la alimentación de energía sobrepasan los límites previstos en el diseño, incluyendo el fallo de la alimentación de energía, las SRP/CS deben seguir

Page 176: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 176 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

proporcionando o deben iniciar una o varias señales de salida que permitan que las demás partes del sistema de la máquina mantengan un estado seguro.

6. CATEGORÍAS Y SU RELACIÓN CON LOS MTTFd DE CADA CANAL, DCavg Y CCF 6.1 GENERALIDADES Las SRP/CS deben estar de acuerdo con los requisitos de una o varias de las 5 categorías especificadas en el numeral 6.2. Las categorías son los parámetros básicos utilizados para obtener un PL específico. Establecen el comportamiento requerido de las SRP/CS con respecto a su resistencia a defectos, basándose en las consideraciones de diseño descritas en el capítulo 4. La categoría B es la categoría básica. Si se produce un defecto, éste puede llevar a la pérdida de la función de seguridad. En la Categoría 1, se obtiene una mejor resistencia a defectos, fundamentalmente mediante la selección y aplicación de los componentes. En las Categorías 2, 3 y 4, se obtienen mejores prestaciones con respecto a la función de seguridad especificada, fundamentalmente mejorando la estructura de la SRP/CS. En la Categoría 2, esto se realiza comprobando periódicamente que se cumple la función de seguridad especificada. En las Categorías 3 y 4, esto se realiza garantizando que un solo defecto no conduce a la pérdida de la función de seguridad. Dicho defecto se detecta en la Categoría 4 y, siempre que sea razonablemente factible, en la Categoría 3. En la Categoría 4, se especifica la resistencia a la acumulación de defectos. La Tabla 10 proporciona una visión de conjunto de las categorías de las SRP/CS, de los requisitos correspondientes y del comportamiento del sistema en caso de defectos. Cuando se tienen en cuenta las causas de los fallos de algunos componentes, es posible excluir determinados defectos (véase el numeral 7). La selección de una categoría para una SRP/CS, depende principalmente de: - la reducción del riesgo a obtener mediante la función de seguridad a la que contribuye dicha

parte; - el nivel de prestaciones requerido (PLr); - la tecnología utilizada; - el riesgo que se puede presentar en el caso de uno o varios defectos en dicha parte; - la posibilidad de evitar uno o varios defectos en dicha parte (defectos sistemáticos); - la probabilidad de que se produzcan uno o varios defectos en dicha parte y los parámetros

pertinentes; - el tiempo medio hasta un fallo peligroso (MTTFd); - la cobertura del diagnóstico (DC), y - los fallos de causa común (CCF), en el caso de las Categorías 2, 3 y 4.

6.2 ESPECIFICACIONES DE LAS CATEGORÍAS 6.2.1 Generalidades

Page 177: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 177 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Cada SRP/CS debe cumplir con los requisitos de la categoría pertinente, véanse los numerales 6.2.3 al 6.2.7. Las arquitecturas siguientes satisfacen, por regla general, los requisitos de las categorías correspondientes. Las figuras siguientes no son ejemplos sino arquitecturas generales. Una desviación de estas arquitecturas siempre es posible, pero cualquier desviación debe estar justificada mediante herramientas analíticas apropiadas (por ejemplo, modelos de Markov, análisis del árbol de fallos), con el fin de demostrar que el sistema satisface el nivel de prestaciones requerido (PLr). Las arquitecturas tipo no se pueden considerar solamente como esquemas de circuito sino también como esquemas lógicos. Para las Categorías 3 y 4 esto significa que no es necesario que todas las partes sean físicamente redundantes sino que hay medios redundantes que aseguran que un defecto no ocasiona la pérdida de la función de seguridad. Las líneas y flechas de las Figuras 8 a 12 representan medios lógicos de interconexión y posibles medios lógicos de diagnóstico. 6.2.2 Arquitecturas tipo La estructura de una SRP/CS es una característica clave que tiene una influencia determinante en el PL. Incluso aunque la diversidad de estructuras posibles sea elevada, los conceptos básicos son a menudo similares. Por eso, la mayoría de las estructuras que se encuentran en el ámbito de las máquinas, se pueden aproximar a alguna de estas categorías. Para cada categoría, se puede hacer una representación típica tal como un diagrama de bloques relativo a la seguridad. Estas realizaciones típicas se denominan arquitecturas tipo y se listan en el contexto de cada una de las categorías siguientes. Es importante que el PL mostrado en la Figura 5, que depende de la categoría, del MTTFd de cada canal y de la DCavg, esté basado en las arquitecturas tipo. Si se utiliza la Figura 5 para estimar el PL, se debería demostrar que la arquitectura de las SRP/CS es equivalente a la arquitectura tipo de la categoría requerida. El diseño que satisfaga las características de una determinada categoría, es, en general, equivalente a la correspondiente arquitectura tipo de dicha categoría. NOTA En algunos casos, como resultado de una solución técnica específica o determinada por una norma de Tipo C, se puede requerir la prestación relativa a la seguridad de una SPR/CS solamente mediante una categoría, sin un PLr adicional. Para dichos casos específicos, la seguridad está proporcionada, especialmente, por la arquitectura y los requisitos para el MTTF, la DC y los CCF, no se aplican. 6.2.3 Categoría B Las SRP/CS deben ser, como mínimo, diseñadas, construidas, seleccionadas, montadas y combinadas de acuerdo con las normas pertinentes, utilizando los principios fundamentales de seguridad para la aplicación considerada, de manera que puedan resistir: - las solicitaciones de funcionamiento previstas, por ejemplo, mediante la fiabilidad en lo que

respecta a la capacidad y frecuencia de corte;

- la influencia de los materiales procesados, por ejemplo, los detergentes en una lavadora; - otras influencias externas relevantes, por ejemplo, vibraciones mecánicas, interferencias

electromagnéticas, interrupciones o perturbaciones de la alimentación de energía. No existe ninguna cobertura del diagnóstico (DCavg = nula) en los sistemas de categoría B y el MTTFd de cada canal puede ser bajo a medio. En tales estructuras (normalmente sistemas de un solo canal), no es pertinente tomar en consideración los CCF.

Page 178: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 178 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

El PL máximo que se puede obtener con la categoría B es PL = b. NOTA Cuando se produce un defecto, éste puede conducir a la pérdida de la función de seguridad. Los requisitos específicos para la compatibilidad electromagnética se encuentran en las normas de producto pertinentes, por ejemplo, la Norma IEC 61800-3 para los accionamientos eléctricos de potencia. Para la seguridad funcional de una SRP/CS en particular, los requisitos de inmunidad son apropiados. Si no existe ninguna norma de producto, se deberían seguir al menos los requisitos de inmunidad de la Norma IEC 61000-6-2.

I i L Om im

Leyenda im medios de interconexión I dispositivo de entrada, por ejemplo, sensor L lógica O dispositivo de salida, por ejemplo, contactor principal

Figura 8. Arquitectura tipo para la categoría B 6.2.4 Categoría 1 Para la Categoría 1 se deben aplicar los mismos requisitos que los del numeral 6.2.3 para la Categoría B. Además, se aplican los requisitos siguientes. Las SRP/CS de Categoría 1 deben ser diseñadas y construidas utilizando componentes y principios de seguridad de eficacia probada (véase la Norma ISO 13849-2). Un componente de eficacia probada para una aplicación relativa a la seguridad es un componente que ha sido: a) ampliamente utilizado en el pasado dando buenos resultados en aplicaciones similares; o b) construido y verificado de acuerdo con principios que demuestran su adecuación y fiabilidad

para aplicaciones relativas a la seguridad. Componentes y principios de seguridad de nuevo desarrollo, se pueden considerar equivalentes a los de eficacia probada si cumplen las condiciones de b). La decisión de aceptar que un componente determinado es de eficacia probada depende de la aplicación. NOTA 1 Los componentes electrónicos complejos (por ejemplo, un PLC, un microprocesador, un circuito integrado con una aplicación específica), no se pueden considerar de eficacia probada. El MTTFd de cada canal debe ser alto. El PL máximo que se puede obtener con la categoría 1 es PL = c. NOTA 2 No existe ninguna cobertura del diagnóstico (DCavg = nula) en tales estructuras no es pertinente tomar en consideración los CCF.

Page 179: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 179 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA 3 Cuando se produce un defecto, éste puede conducir a la pérdida de la función de seguridad. Sin embargo, en la categoría 1, el MTTFd de cada canal es más alto que el de la Categoría B. En consecuencia, es menos probable que se pierda la función de seguridad. Es importante establecer una clara distinción entre “componente de eficacia probada” y “exclusión de defectos” (véase el numeral 7). La calificación de un componente como de eficacia probada depende de su aplicación. Por ejemplo, un interruptor de posición con contactos de apertura positiva se podría considerar de eficacia probada para una máquina herramienta, pero sería inapropiado para una aplicación en la industria alimentaria (por ejemplo, en la industria láctea, este interruptor sería destruido por los ácidos lácteos después de unos pocos meses de utilización). Una exclusión de defectos puede entrañar un PL muy elevado, pero las medidas apropiadas para permitir dicha exclusión de defectos se deberían aplicar durante todo el ciclo de vida del dispositivo. Con el fin de asegurar esto, puede ser necesario adoptar medidas suplementarias fuera del sistema de mando. En el caso de un interruptor de posición, algunos ejemplos de estas medidas son: - medios para asegurar la fijación del interruptor después de su ajuste; - medios para asegurar la fijación de la leva; - medios para asegurar la estabilidad transversal de la leva; - medios para evitar un desplazamiento excesivo del interruptor de posición, por ejemplo,

mediante una resistencia adecuada del montaje del absorbedor de choques y de cualquier dispositivo de alineamiento, y

- medios para protegerlo contra daños del exterior.

I i L Om im

Leyenda im medios de interconexión I dispositivo de entrada, por ejemplo, sensor L lógica O dispositivo de salida, por ejemplo, contactor principal

Figura 9.Arquitectura tipo para la Categoría 1 6.2.5 Categoría 2 Para la Categoría 2 se deben aplicar los mismos requisitos que los del numeral 6.2.3 para la Categoría B. También se deben seguir los “principios de seguridad de eficacia probada” de acuerdo con el numeral 6.2.4. Además, se aplican los requisitos siguientes. Las SRP/CS de Categoría 2 se deben diseñar de manera que su(s) función(es) se compruebe(n) a intervalos adecuados por el sistema de mando de la máquina. Esta comprobación de la(s) función(es) de seguridad se debe efectuar: - en la puesta en marcha de la máquina y

Page 180: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 180 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- antes de que se inicie cualquier situación peligrosa, por ejemplo inicio de un nuevo ciclo o inicio de otros movimientos, y/o periódicamente durante el funcionamiento, si la evaluación del riesgo y el tipo de funcionamiento indican que esto es necesario.

La iniciación de esta comprobación puede ser automática o manual. Cualquier comprobación de la(s) función(es) de seguridad debe: - permitir el funcionamiento, si no se detecta ningún defecto; o - generar una señal de salida que desencadene una acción de mando adecuada, si se detecta

un defecto. Siempre que sea posible, dicha señal debe iniciar un estado seguro. Dicho estado seguro se debe mantener hasta que se elimine el defecto. Cuando no sea posible llegar a un estado seguro (por ejemplo, contacto soldado en el interruptor de salida), la señal de salida debe proporcionar una advertencia del peligro. Para la arquitectura tipo de la Categoría 2, presentada en la Figura 10, se deberían tener en cuenta solamente los bloques del canal funcional para el cálculo del MTTFd y de la DCavg (por Ejemplo, I, L y O en la Figura 10) y no los bloques del canal de comprobación (por ejemplo, TE y OTE en la Figura 10). La cobertura del diagnóstico (DCavg) del conjunto de las SRP/CS, incluyendo la detección de defectos, debe ser baja. El MTTFd de cada canal debe ser de bajo a alto, dependiendo del nivel de prestaciones requerido (PLr). Se deben aplicar medidas contra los CCF (véase el Anexo F). La comprobación no debe conducir por sí misma a una situación peligrosa (debida, por ejemplo, a un aumento del tiempo de respuesta). El sistema de comprobación puede ser una parte integral o separada de la(s) parte(s) relativa(s) a la seguridad que desempeña(n) la función de seguridad. El PL máximo que se puede obtener con la Categoría 2 es PL = d. NOTA 1 En algunos casos, la Categoría 2 no es aplicable porque la comprobación de la función de seguridad no se puede aplicar a todos los componentes. NOTA 2 El comportamiento de un sistema de Categoría 2 permite que: - la aparición de un defecto pueda conducir a la pérdida de la función de seguridad en el

intervalo entre dos comprobaciones; - mediante la comprobación se detecte la pérdida de la función de seguridad. NOTA 3 El principio que soporta la validez de una función de categoría 2 es que la adopción de las disposiciones técnicas y, por ejemplo, la selección de la frecuencia de comprobación, pueden reducir la probabilidad de que ocurra una situación peligrosa.

I i L Om im

OTEimTE

Las líneas a trazos representan la detección de defectos razonablemente practicable.

Page 181: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 181 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Leyenda im medios de interconexión I dispositivo de entrada, por ejemplo, sensor L lógica m control O dispositivo de salida, por ejemplo, contactor principal TE equipo de comprobación OTE salida de TE

Figura 10. Arquitectura tipo para la categoría 2

6.2.6 Categoría 3 Para la Categoría 3 se deben aplicar los mismos requisitos que los del numeral 6.2.3 para la Categoría B. También se deben seguir los “principios de seguridad de eficacia probada” de acuerdo con el numeral 6.2.4. Además, se aplican los requisitos siguientes. Las SRP/CS de Categoría 3 se deben diseñar de manera que un solo defecto en cualquiera de estas partes no conduzca a la pérdida de la función de seguridad. Siempre que sea razonablemente factible, un solo defecto se debe detectar en el momento de, o antes de, la siguiente solicitación de la función de seguridad. La cobertura del diagnóstico (DCavg) del conjunto de las SRP/CS, incluyendo la detección de defectos, debe ser baja. El MTTFd de cada uno de los canales redundantes debe ser de bajo a alto, dependiendo del PLr. Se deben aplicar medidas contra los CCF (véase el Anexo F). NOTA 1 Este requisito de detección de un solo defecto no significa que se detecten todos los defectos. En consecuencia, la acumulación de defectos no detectados puede entrañar una señal de salida imprevista y una situación peligrosa en la máquina. Como ejemplos típicos de medidas aplicables para la detección de defectos, se pueden citar la unión mecánica de los contactos de un relé o el control de salidas eléctricas redundantes. NOTA 2 Si es necesario, debido a la tecnología y a la aplicación, los que elaboran las normas de Tipo C deben dar detalles suplementarios sobre la detección de defectos. NOTA 3 El comportamiento de un sistema de Categoría 3 permite que: - cuando se produce un solo defecto, la función de seguridad se desempeñe siempre; - algunos defectos se detecten, pero no todos. - la acumulación de defectos no detectados pueda conducir a la pérdida de la función de seguridad. NOTA 4 La tecnología utilizada influye en las posibilidades de implementación de la detección de defectos.

I1 i L1 O1mim

I2 i L2 O2m

m

im

m

c

Las líneas a trazos representan la detección de defectos razonablemente practicable.

Page 182: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 182 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Leyenda im medios de interconexión c control cruzado I1, I2 dispositivo de entrada, por ejemplo, sensor L1, L2 lógica m control O1, O2 dispositivo de salida, por ejemplo, contactor principal

Figura 11. Arquitectura tipo para la categoría 3 6.2.7 Categoría 4 Para la categoría 4 se deben aplicar los mismos requisitos que los del numeral 6.2.3 para la Categoría B. También se deben seguir los “principios de seguridad de eficacia probada” de acuerdo con el numeral 6.2.4. Además, se aplican los requisitos siguientes. Las SRP/CS de categoría 4 se deben diseñar de manera que: - un solo defecto en cualquiera de estas partes relativas a la seguridad no conduzca a la

pérdida de la función de seguridad, y - se detecte dicho defecto en el momento de, o antes de, la siguiente solicitación de la función

de seguridad, por ejemplo, inmediatamente, al poner en marcha la máquina, o al final del ciclo de funcionamiento de la máquina,

pero si esta detección no es posible, una acumulación de defectos no detectados no debe conducir a la pérdida de la función de seguridad. La cobertura del diagnóstico (DCavg) del conjunto de las SRP/CS, incluyendo la acumulación de defectos, debe ser alta. El MTTFd de cada uno de los canales redundantes debe ser alto. Se deben aplicar medidas contra los CCF (véase el Anexo F). NOTA 1 El comportamiento de un sistema de Categoría 4 permite que: - cuando se produce un solo defecto, la función de seguridad se desempeñe siempre; - los defectos se detecten a tiempo para impedir la pérdida de la función de seguridad; - se tenga en cuenta la acumulación de defectos no detectados. NOTA 2 La diferencia entre la categoría 3 y la categoría 4 es que la DCavg es más alta en la Categoría 4 y que el MTTFd requerido es solamente alto. En la práctica, puede ser suficiente con tener en cuenta la combinación de dos defectos.

Page 183: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 183 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

I1 i L1 O1mim

I2 i L2 O2m

m

im

m

c

Las líneas continuas para el control representan una cobertura del diagnóstico más alta que en la arquitectura tipo para la categoría 3. Leyenda im medios de interconexión c control cruzado I1, I2 dispositivo de entrada, por ejemplo, sensor L1, L2 lógica m control O1, O2 dispositivo de salida, por ejemplo, contactor principal

Figura 12. Arquitectura tipo para la categoría 4

Tabla 10. Resumen de los requisitos relativos a las categorías

Categoría Resumen derequisitos

Comportamiento del sistema

Principios para obtener la seguridad

MTTFdde cada canal

DCavg CCF

B (véase el numeral 6.2.3)

Las SRP/CS y/o sus dispositivos de protección, así como sus componentes, se deben diseñar, construir, seleccionar, montar y combinar de acuerdo con las normas pertinentes de manera que puedan soportar las influencias esperadas. Se deben utilizar los principios básicos de seguridad

Si se produce un defecto, este puede conducir a la pérdida de la función de seguridad

Se caracterizan principalmente por la selección de los componentes

Baja a media

Nula No pertinente

1 (véase el numeral 6.2.4)

Se deben aplicar los requisitos de B. Se deben utilizar componentes de eficacia probada y principios de seguridad de eficacia probada

La aparición de un defecto puede conducir a la pérdida de la función de seguridad, pero la probabilidad de que se produzca dicho defecto es menor que en la categoría B

Se caracterizan principalmente por la selección de los componentes

Alta Nula No pertinente

Page 184: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 184 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Categoría Resumen derequisitos

Comportamiento del sistema

Principios para obtener la seguridad

MTTFdde cada canal

DCavg CCF

2 (véase el numeral 6.2.5)

Se deben aplicar los requisitos de B y utilizar los principios de seguridad de eficacia probada. La función de seguridad debe ser comprobada a intervalos adecuados por el sistema de mando de la máquina

La aparición de un defecto puede conducir a la pérdida de la función de seguridad en el intervalo entre dos comprobaciones. Mediante la comprobación se detecta la pérdida de la función de seguridad

Se caracterizan principalmente por la estructura

Baja a alta

Baja a media

Véase el Anexo F

3 (véase el numeral 6.2.6)

Se deben aplicar los requisitos de B y utilizar los principios de seguridad de eficacia probada. Las partes relativas a la seguridad se deben diseñar de manera que: − un solo defecto en cualquiera de estas partes no conduzca a la pérdida de la función de seguridad, y − siempre que sea razonablemente factible, se detecte dicho defecto.

Cuando se produce un solo defecto, la función de seguridad se desempeña siempre. Algunos defectos se detectan, pero no todos. La acumulación de defectos no detectados puede conducir a la pérdida de la función de seguridad.

Se caracterizan principalmente por la estructura

Baja a alta

Baja a media

Véase el Anexo F

Continúa...

Page 185: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 185 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Tabla 10. (Final)

Categoría Resumen de requisitos

Comportamiento del sistema

Principios para obtener la seguridad

MTTFdde

cada canal

DCavg CCF

4 (véase 6.2.7)

Se deben aplicar los requisitos de B y utilizar los principios de seguridad de eficacia probada. Las partes relativas a la seguridad se deben diseñar de manera que: − un solo defecto en cualquiera de estas partes no conduzca a la pérdida de la función de seguridad, y − se detecte dicho defecto en el momento de, o antes de, la siguiente solicitación de la función de seguridad, pero si esta detección no es posible, una acumulación de defectos no detectados no debe conducir a la pérdida de la función de seguridad.

Cuando se produce un solo defecto, la función de seguridad se desempeña siempre. La detección de defectos acumulados reduce la probabilidad de que se pierda la función de seguridad. Los defectos serán detectados a tiempo para impedir la pérdida de la función de seguridad.

Se caracterizan principalmente por la estructura

Alta Alta incluyendo la acumula ción de defectos

Véase el Anexo F

NOTA Para la totalidad de los requisitos, véase el capítulo 6. 6.3 COMBINACIÓN DE SRP/CS PARA OBTENER UN PL GLOBAL Una función de seguridad se puede realizar mediante una combinación de varias SRP/CS (entrada del sistema, unidad de tratamiento de señales, salida del sistema). Estas SRP/CS pueden estar asignadas a una o a varias categorías. Para cada SRP/CS utilizada, se debe seleccionar una categoría de acuerdo con el numeral 6.2. Para la combinación global de estas SRP/CS, se puede encontrar un PL global utilizando la Tabla 11. En este caso, se requiere la validación de la combinación de SRP/CS (véase la Figura 3). De acuerdo con el numeral 6.2, la combinación de las partes relativas a la seguridad de un sistema de mando comienza en los puntos en los que se inician las señales relativas a la seguridad y termina a la salida de los elementos de mando de potencia. Pero la combinación de SRP/CS puede consistir en conectar varias partes de una manera lineal (alineamiento en serie) o redundante (alineamiento en paralelo). Con el fin de evitar una compleja nueva estimación del nivel de prestaciones (PL) obtenido mediante la combinación de SRP/CS cuando ya se han calculado los PL separados de todas las partes, se presentan las estimaciones siguientes para un alineamiento en serie de SRP/CS. Se suponen N SRP/CS separadas, alineadas en serie, que en conjunto desempeñan una función de seguridad. Para cada SRP/CSi, ya se ha calculado un PLi. Esta situación se muestra en la Figura 13 (véase también la Figura 4 y la Figura H.2).

SRP/CSPL1

1 SRP/CSPL2

2 SRP/CSPLN

N

SRP/CSPL

Page 186: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 186 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Figura 13. Combinación de SRP/CS para obtener un PL global

El método siguiente permite calcular el PL del conjunto de SRP/CS combinadas que desempeñan la función de seguridad: a) Identificar el PLi más bajo, que se denomina PLlow. b) Identificar el número Nlow ≤ N de las SRP/CSi, que tengan un PLi = PLlow. c) Determinar el PL en la Tabla 11.

Tabla 11. Cálculo del PL para SRP/CS alineadas en serie

PLlow Nlow ⇒ PLa > 3 ⇒ Ninguno, no autorizado

≤ 3 ⇒ a b > 2 ⇒ a

≤ 2 ⇒ b c > 2 ⇒ b

≤ 2 ⇒ c d > 3 ⇒ c

≤ 3 ⇒ d e > 3 ⇒ d

≤ 3 ⇒ e NOTA Los valores calculados de esta tabla están basados en los valores de fiabilidad medios de cada PL.

7. CONSIDERACIÓN DE DEFECTOS, EXCLUSIÓN DE DEFECTOS 7.1 GENERALIDADES De acuerdo con la categoría seleccionada, las partes relativas a la seguridad se deben diseñar con el objetivo de obtener el nivel de prestaciones requerido (PLr). Se debe evaluar la capacidad para resistir defectos. 7.2 CONSIDERACIÓN DE DEFECTOS En la Norma ISO 13849-2 se listan los defectos y fallos importantes para diversas tecnologías. Las listas de defectos no son exclusivas y, si es necesario, se deben tener en cuenta y enumerar defectos suplementarios. En tales casos, también se debería detallar claramente el método de valoración. Para nuevos componentes no mencionados en la Norma ISO 13849-2, se debería realizar un análisis de los modos de fallo y sus efectos (AMFE, véase la Norma IEC 60812) para establecer los defectos que se deben tener en cuenta para estos componentes. En general, se deben tener en cuenta los siguientes criterios de defectos: - si, como consecuencia de un defecto, otros componentes fallan, el primer defecto y todos los

siguientes se deben considerar como un solo defecto; - dos o más defectos distintos que tengan una causa común, se deben considerar como un solo

defecto (conocido como CCF); - se considera altamente improbable la ocurrencia simultánea de dos o más defectos

independientes y, por lo tanto, no es necesario tenerlo en cuenta.

Page 187: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 187 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

7.3 EXCLUSIÓN DE DEFECTOS No es siempre posible valorar las SRP/CS sin asumir que determinados defectos se pueden excluir. Para una información detallada sobre la exclusión de defectos, véase la Norma ISO 13849-2. La exclusión de defectos es un compromiso entre los requisitos técnicos de seguridad y las posibilidades teóricas de que ocurra un defecto. La exclusión de defectos se puede basar en: - la improbabilidad técnica de que ocurran determinados defectos; - la experiencia técnica generalmente admitida que se puede utilizar independientemente de la

aplicación considerada, y - los requisitos técnicos relativos a la aplicación y al riesgo específico estudiado. Si se excluyen defectos, se debe dar una justificación detallada en la documentación técnica. 8. VALIDACIÓN Se debe validar el diseño de las SRP/CS (véase la Figura 3). La validación debe demostrar que la combinación de SRP/CS que proporciona cada función de seguridad, satisface todos los requisitos aplicables a esta norma. Para una información detallada sobre la validación, véase la Norma ISO 13849-2. 9. MANTENIMIENTO Normalmente es necesario un mantenimiento preventivo o correctivo para mantener las prestaciones especificadas de las partes relativas a la seguridad. Las variaciones con el tiempo de las prestaciones especificadas pueden conducir al deterioro de la seguridad o incluso conducir a una situación peligrosa. La información para la utilización de las SRP/CS debe incluir instrucciones para el mantenimiento (incluyendo la inspección periódica) de las SRP/CS. Las disposiciones para la mantenibilidad de las partes de un sistema de mando relativas a la seguridad, deben respetar los principios establecidos en el numeral 4.7 de la Norma ISO 12100-2:2003. Toda la información relativa al mantenimiento debe ser conforme con el numeral 6.5.1 e), de la Norma ISO 12100-2:2003. 10. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Cuando se diseña una SRP/CS, el diseñador debe documentar, como mínimo, la siguiente información relativa a dicha parte relativa a la seguridad: - la(s) función(es) de seguridad proporcionada(s) por la SRP/CS; - las características de cada función de seguridad; - los puntos exactos en los que comienza(n) y termina(n) la (las) parte(s) relativa(s) a la

seguridad; - las condiciones ambientales;

Page 188: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 188 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- el nivel de prestaciones (PL); - la(s) categoría(s) seleccionada(s); - los parámetros relativos a la fiabilidad (MTTFd, DC, CCF y duración de la misión); - las medidas adoptadas contra los fallos sistemáticos; - la(s) tecnología(s) utilizada(s); - todos los defectos relativos a la seguridad que se han tenido en cuenta; - la justificación de las exclusiones de defectos (véase la Norma ISO 13849-2); - el razonamiento seguido en el diseño (por ejemplo, los defectos considerados, los defectos

excluidos); - la documentación del soporte lógico; - las medidas contra un mal uso razonablemente previsible. NOTA En general, esta documentación está prevista para uso interno del fabricante y no será distribuida al usuario de la máquina. 11. INFORMACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN Se deben aplicar los principios del numeral 6.5.2 de la Norma ISO 12100-2:2003, y las partes aplicables de otros documentos pertinentes, por ejemplo, el Capítulo 17 de la Norma IEC 60204-1:2005. En particular, se debe dar al usuario la información que sea importante para la utilización segura de las SRP/CS. Esto debe incluir, aunque de manera no limitativa, lo siguiente: - los límites de las partes relativas a la seguridad para la(s) categoría(s) seleccionada(s) y las

exclusiones de defectos; - los límites de la SRP/CS y todas las exclusiones de defectos (véase el numeral 7.3), para las

que, cuando son esenciales para mantener la(s) categoría(s) seleccionada(s) y las prestaciones de seguridad, se debe dar la información apropiada (por ejemplo, para la modificación, el mantenimiento y la reparación), con el fin de asegurar que las exclusiones de defectos permanecen justificadas;

- los efectos de las variaciones de las prestaciones especificadas sobre la(s) función(es) de

seguridad; - descripciones claras de las interfaces entre las SRP/CS y los dispositivos de protección; - el tiempo de respuesta; - los límites de funcionamiento (incluyendo las condiciones ambientales); - los indicadores y las señales de advertencia; - la inhibición y la neutralización de las funciones de seguridad; - los modos de mando; - el mantenimiento (véase el numeral 9);

Page 189: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 189 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- las listas de comprobación para el mantenimiento; - la facilidad de acceso y de sustitución de partes internas; - medios que permitan que la localización de averías sea segura y fácil; - información que explique las aplicaciones para la utilización correspondiente a la categoría a la

que se hace referencia; - los intervalos de las comprobaciones, si es pertinente. Se debe dar información específica sobre la(s) categoría(s) y el nivel de prestaciones de las SRP/CS, de la manera siguiente: - la referencia con fecha de esta norma (es decir ISO 13849-1:2006); - la Categoría B, 1, 2, 3 ó 4; - el nivel de prestaciones a, b, c, d o e. EJEMPLO Una SRP/CS conforme a esta edición de la Norma ISO 13849-1, de Categoría B y de nivel de prestaciones a, sería denominada de la manera siguiente: ISO 13849-1:2006 Categoría B PL a

ANEXO A (Informativo)

DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE PRESTACIONES REQUERIDO (PLr)

A.1 SELECCIÓN DEL PLR Este anexo trata de la contribución a la reducción del riesgo aportada por las partes del sistema de mando considerado, relativas a la seguridad. El método dado aquí proporciona solamente una estimación de la reducción del riesgo y está destinado para guiar al diseñador y a los que elaboran las normas, en la determinación del PLr para cada función de seguridad que deba desempeñar una SRP/CS. La evaluación de riesgos parte de una situación previa a la existencia de la función de seguridad. La reducción del riesgo mediante otras medidas técnicas independientes del sistema de mando (por ejemplo, resguardos fijos), o funciones de seguridad adicionales, se puede tener en cuenta al determinar el PLr de dicha función de seguridad; en este caso, el punto de partida de la Figura A.1 se puede seleccionar después de la implementación de estas medidas (véase también la Figura 2). La gravedad de la lesión (denominada S) es relativamente fácil de estimar (por ejemplo, laceración, amputación, muerte). Para la probabilidad de que esta se produzca, se utilizan parámetros auxiliares para mejorar la estimación. Estos parámetros son: - frecuencia y la duración de la exposición al peligro (F), y - posibilidad de evitar el peligro o de limitar el daño (P). La experiencia ha mostrado que estos parámetros se pueden combinar como en la Figura A.1 para obtener una gradación del riesgo, de bajo a alto. Es preciso subrayar que este es un proceso cualitativo que solamente da una estimación del riesgo.

Page 190: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 190 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

A.2 GUÍA DE SELECCIÓN DE LOS PARÁMETROS S, F Y P PARA LA ESTIMACIÓN DEL RIESGO

A.2.1 Gravedad de una lesión S1 y S2 Al estimar el riesgo que resulta de un fallo de la función de seguridad, solamente se consideran las lesiones ligeras (normalmente reversibles) y las lesiones graves (normalmente irreversibles, incluyendo la muerte). Para tomar una decisión se deberían tener en cuenta las consecuencias habituales de los accidentes y los procesos de curación normales, para determinar S1 y S2; por ejemplo, los cardenales y/o laceraciones sin complicaciones, se clasificarían como S1 mientras que una amputación o una muerte se clasificaría como S2. A.2.2 Frecuencia y/o duración de la exposición al peligro F1 y F2 No es posible especificar una duración que sea válida en todos los casos, para elegir entre los parámetros F1 o F2. Sin embargo, las explicaciones siguientes pueden ayudar a tomar la decisión correcta en caso de duda. Se debería seleccionar F2 si una persona está frecuentemente o continuamente expuesta al peligro. Es irrelevante el hecho de que sean las mismas o diferentes personas las que están expuestas al peligro en exposiciones sucesivas, por ejemplo, en la utilización de ascensores. El parámetro frecuencia se debería seleccionar en función de la frecuencia y de la duración de la exposición al peligro. Si la tasa de solicitación de la función de seguridad es conocida por el diseñador, se pueden seleccionar la frecuencia y la duración de esta solicitación, en lugar de la frecuencia y la duración de la exposición al peligro. En esta norma, se supone que la tasa de solicitación de la función de seguridad es superior a una vez por año. La duración de la exposición al peligro se debería evaluar basándose en un valor medio que se puede comparar con la duración total de utilización del equipo. Por ejemplo, si es necesario introducir regularmente las manos en la zona de trabajo de una máquina que funciona ciclo a ciclo, para cargar y descargar las piezas, se debería seleccionar F2. Si el acceso es necesario sólo de vez en cuando, se puede seleccionar F1. NOTA En ausencia de otras justificaciones, se debería seleccionar F2 si la frecuencia es superior a una vez por hora. A.2.3 Posibilidad de evitar el peligro P1 y P2 Es importante saber si se puede reconocer y evitar una situación peligrosa, antes de que pueda conducir a un accidente. Por ejemplo, es importante saber si se puede identificar el peligro directamente por sus características físicas, o si solamente puede ser reconocido por medios técnicos, por ejemplo, indicadores. Otros aspectos importantes que influyen en la selección del parámetro P, por ejemplo: - funcionamiento con o sin supervisión; - manejo de la máquina por personal cualificado o por no profesionales; - velocidad de aparición del suceso peligroso, por ejemplo, rápida o lenta; - posibilidad de evitar el peligro, por ejemplo, escapando; - experiencias prácticas de seguridad relativas al proceso.

Page 191: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 191 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Cuando se produce una situación peligrosa, se debería seleccionar P1 sólo si existe una posibilidad real de evitar un accidente o de reducir significativamente sus efectos. Se debería seleccionar P2 si no existe prácticamente ninguna posibilidad de evitar el peligro. La Figura A.1 es una ayuda para determinar el PLr relativo a la seguridad en función de los resultados de la evaluación del riesgo. Se debería tener en cuenta este gráfico para cada función de seguridad. El método de evaluación del riesgo está basado en la Norma ISO 14121 y se debería aplicar conforme a la Norma ISO 12100-1.

P2

c

b

a

d

e

P1P2

P1P2

P1P2

P1

F2

F1

S2

S1

1

H

LPL

F2

F1

T

Leyenda Parámetros del riesgo:

1 punto de partida para la estimación de la contribución de las funciones de seguridad a la reducción del riesgo L contribución a la reducción del riesgo baja H contribución a la reducción del riesgo alta PLr nivel de prestaciones requerido

S Gravedad de la lesión S1 Lesión leve (normalmente reversible) S2 Lesión grave (normalmente irreversible, incluyendo la muerte) F Frecuencia y/o duración de la exposición al peligro F1 Raro a bastante frecuente y/o corta duración de la exposición F2 Frecuente a continuo y/o larga duración de la exposición P Posibilidad de evitar el peligro o de limitar el daño P1 Posible en determinadas condiciones P2 Raramente posible

Figura A.1. Gráfico del riesgo para determinar el nivel de prestaciones requerido (PLr) para cada función de seguridad

ANEXO B

(Informativo)

MÉTODO DE LOS BLOQUES Y DIAGRAMA DE BLOQUES RELATIVO A LA SEGURIDAD B.1 Método de los bloques

Page 192: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 192 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

El enfoque simplificado requiere una representación lógica de las SRP/CS mediante bloques. Las SRP/CS se deberían dividir en un pequeño número de bloques según las líneas directrices siguientes: - los bloques deberían representar unidades lógicas de las SRP/CS, relativas a la ejecución de

la función de seguridad; - convendría separar los diferentes canales de la función de seguridad en diferentes bloques (si

un bloque ya no es capaz de desempeñar su función, no debería quedar afectada la ejecución de la función de seguridad a través de los bloques del otro canal);

- cada canal puede estar constituido por uno o varios bloques (no es obligatorio el número de

tres bloques por canal, entrada, tratamiento y salida, en las arquitecturas tipo, sino que simplemente es un ejemplo para una separación lógica dentro de cada canal);

- cada unidad de soporte material de las SRP/CS debería pertenecer a un solo bloque, lo que

permite calcular la MTTFd del bloque a partir de las MTTFd de las unidades de soporte material que pertenecen al bloque (por ejemplo, mediante un análisis de los modos de fallo y sus efectos o por el método del recuento de partes, véase el Anexo D.1);

- las unidades de soporte material utilizadas solamente para diagnóstico (por ejemplo, un

equipo de comprobación), y que cuando fallan peligrosamente no afectan a la ejecución de la función de seguridad en los diferentes canales, pueden ser separadas de las unidades de soporte material necesarias para la ejecución de la función de seguridad de los diferentes canales.

NOTA Para los fines de esta norma, los bloques no corresponden a los bloques funcionales o a los bloques de fiabilidad. B.2 DIAGRAMA DE BLOQUES RELATIVO A LA SEGURIDAD Los bloques definidos por el método de bloques, se pueden utilizar para representar gráficamente la estructura lógica de las SRP/CS en un diagrama de bloques. Para dicha representación gráfica, se pueden seguir las líneas directrices siguientes: - el fallo de un bloque en una alineación de bloques en serie conduce al fallo de todo el canal

(por ejemplo, en el caso de que se produzca un fallo peligroso en una unidad de soporte material de un canal de una SRP/CS, el canal completo no podría ejecutar la función de seguridad);

solamente el fallo peligroso de todos los canales en una alineación en paralelo conduce a la pérdida

de la función de seguridad (por ejemplo, una función de seguridad desempeñada por varios canales se ejecuta mientras se mantenga al menos un canal sin fallo);

- los bloques utilizados solamente para fines de comprobación, que no afectan a la ejecución de la

función de seguridad en los diferentes canales cuando tienen un fallo peligroso, se pueden separar de los bloques de los diferentes canales.

Véase la Figura B.1 como ejemplo.

Page 193: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 193 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

L O2I2

T

O1I1

I1 y O1 constituyen el primer canal (alineación en serie); mientras que I2, L y O2 constituyen el segundo canal (alineación en serie). Los dos canales ejecutan la función de seguridad de manera redundante (alineación en paralelo). T se utiliza solamente para comprobación. Leyenda I1, I2 dispositivos de entrada, por ejemplo, sensor L lógica O1, O2 dispositivos de salida, por ejemplo, contactor principal T dispositivo de comprobación

Figura B.1. Ejemplo de diagrama de bloques relativo a la seguridad ANEXO C

(Informativo)

CÁLCULO O VALORACIÓN DEL MTTFd PARA COMPONENTES INDIVIDUALES C.1 GENERALIDADES Este anexo ofrece varios métodos para calcular o valorar los valores de MTTFd para componentes individuales: el método dado en el literal C.2 está basado en el respeto de las buenas prácticas de la ingeniería para diferentes tipos de componentes; el que se da en el capítulo C.3 es aplicable a componentes hidráulicos; C.4 proporciona un medio de calcular el MTTFd de componentes neumáticos, mecánicos y electromecánicos a partir de B10 (véase el literal C.4.1); C5 lista los valores de MTTFd para componentes eléctricos. C.2 MÉTODO DE LAS BUENAS PRÁCTICAS DE LA INGENIERÍA Si se cumplen los criterios siguientes, el valor de MTTFd o B10d para un componente se puede estimar de acuerdo con la Tabla C.1. a) Los componentes se han fabricado de acuerdo con los principios básicos de seguridad y de

eficacia probada de acuerdo con la Norma ISO 13849-2:2003, o la norma pertinente (véase la Tabla C.1) para el diseño del componente (confirmación en la hoja de características del componente).

NOTA Esta información se puede encontrar en la hoja de características del fabricante del componente.

Page 194: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 194 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

b) El fabricante del componente especifica la aplicación apropiada y las condiciones de

funcionamiento para el usuario. c) El diseño de las SRP/CS cumple los principios básicos de seguridad y de eficacia probada, de

acuerdo con la Norma ISO 13849-2:2003, para la implementación y el funcionamiento del componente.

C.3 COMPONENTES HIDRÁULICOS Si se cumplen los criterios siguientes, el valor de MTTFd para un componente hidráulico individual, por ejemplo, un distribuidor, se puede estimar en 150 años. a) Los componentes hidráulicos se han fabricado de acuerdo con los principios básicos de

seguridad y de eficacia probada de acuerdo con las Tablas C.1 y C.2 de la Norma ISO 13849-2:2003, para el diseño de componentes hidráulicos (confirmación en la hoja de características del componente).

NOTA Esta información se puede encontrar en la hoja de características del fabricante del componente. b) El fabricante del componente hidráulico especifica la aplicación apropiada y las condiciones de

funcionamiento para el usuario. El fabricante de una SRP/CS debe proporcionar la información pertinente sobre su responsabilidad de respetar los principios básicos de seguridad y de eficacia probada, de acuerdo con las Tablas C.1 y C.2 de la Norma ISO 13849-2:2003, para la implementación y el funcionamiento del componente hidráulico.

Si alguno de los criterios a) o b) no se cumple, el valor de MTTFd para un componente hidráulico individual lo debe dar el fabricante.

Tabla C.1. Normas internacionales relativas a los MTTFd o a los B10d para componentes

Principios básicos de seguridad y de eficacia

probada de acuerdo con la Norma

ISO 13849-2:2003

Otras normas pertinentes Valores típicos: MTTFd (años) o

B10d (ciclos)

Componentes mecánicos Tablas A.1 y A.2 MTTFd = 150 Componentes hidráulicos Tablas C.1 y C.2 EN 982 MTTFd = 150 Componentes neumáticos Tablas B.1 y B.2 EN 983 B10d = 20 000 000 Relés y contactores auxiliares con carga ligera (carga mecánica)

Tablas D.1 y D.2 EN 50205, IEC 61810, IEC 60947

B10d = 20 000 000

Relés y contactores auxiliares con carga máxima

Tablas D.1 y D.2 EN 50205, IEC 61810, IEC 60947

B10d = 400 000

Interruptores de proximidad con carga ligera (carga mecánica)

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947, EN 1088 B10d = 20 000 000

Interruptores de proximidad con carga máxima

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947, EN 1088 B10d = 400 000

Contactores con carga ligera (carga mecánica)

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947 B10d = 20 000 000

Contactores con carga nominal

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947 B10d = 2 000 000

Interruptor de posición independiente de la carga a

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947, EN 1088 B10d = 20 000 000

Interruptor de posición (con accionador separado,

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947, EN 1088 B10d = 2 000 000

Page 195: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 195 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

resguardo con bloqueo) independiente de la carga a

Dispositivo de parada de emergencia independiente de la carga a

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947, ISO 13850 B10d = 100 000

Dispositivo de parada de emergencia con exigencias máximas de funcionamiento a

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947, ISO 13850 B10d = 6 050

Pulsador (por ejemplo, interruptores de validación) independiente de la carga a

Tablas D.1 y D.2 IEC 60947 B10d = 100 000

Para la definición y utilización de B10d, véase el Capítulo C.4. NOTA 1 B10d se estima como dos veces B10 (50 % de fallos peligrosos). NOTA 2 Carga ligera significa, por ejemplo, el 20 % del valor nominal; para más información, véase la Norma ISO 13849-2. a Si es posible la exclusión de defectos para una apertura directa.

C.4 MTTFd PARA COMPONENTES NEUMÁTICOS, MECÁNICOS Y ELECTROMECÁNICOS C.4.1 Generalidades Para componentes neumáticos, mecánicos y electromecánicos (por ejemplo distribuidores neumáticos, relés, contactores, interruptores de posición, levas de los interruptores de posición, etc.) puede ser difícil calcular el tiempo medio hasta un fallo peligroso (MTTFd para componentes), que se da en años y que se exige en esta norma. Normalmente, los fabricantes de este tipo de componentes dan solamente el número medio de ciclos hasta que el 10 % de los componentes falla de manera peligrosa (B10d). Este capítulo da un método para calcular el MTTFd para componentes, a partir de B10 o T (duración de la vida) proporcionado por el fabricante en estrecha relación con el número de ciclos en función de la aplicación. Si se cumplen los criterios siguientes, el valor de MTTFd para un componente neumático, electromecánico o mecánico individual, se puede estimar de acuerdo con el literal C.4.2. a) Los componentes se han fabricado de acuerdo con los principios básicos de seguridad

conforme a la Tabla B.1 o la Tabla D.1 de la Norma ISO 13849-2:2003 para el diseño del componente (confirmación en la hoja de características del componente).

NOTA Esta información se puede encontrar en la hoja de características del fabricante del componente. b) Los componentes a utilizar en las Categorías 1, 2, 3 ó 4, se han fabricado de acuerdo con los

principios de seguridad y de eficacia probada conforme a las Tablas B.2 o D.2 de la Norma ISO 13849-2:2003, para el diseño de componentes (confirmación en la hoja de características del componente).

NOTA Esta información se puede encontrar en la hoja de características del fabricante del componente. c) El fabricante del componente especifica la aplicación apropiada y las condiciones de

funcionamiento para el usuario. El fabricante de una SRP/CS debe proporcionar la información pertinente sobre su responsabilidad de respetar los principios básicos de seguridad, de acuerdo con las Tablas B.1 o D.1 de la Norma ISO 13849-2:2003, para la implementación y el funcionamiento del componente. Para las Categorías 1, 2, 3 ó 4, el usuario debe ser informado de su responsabilidad de respetar los principios de seguridad y de eficacia probada de acuerdo con las Tablas B.2 o D.2 de la Norma ISO 13849-2:2003, para la implementación y el funcionamiento del componente.

C.4.2 CÁLCULO DE MTTFd PARA COMPONENTES A PARTIR DE B10d

Page 196: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 196 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

El número medio de ciclos hasta que el 10% de los componentes falla de manera peligrosa (B10d)7) debería ser determinado por el fabricante del componente conforme a los métodos de ensayo de las normas de producto pertinentes (por ejemplo, IEC 60957-5-1, ISO 19973, IEC 61810). Se deben definir los modos de fallo peligroso del componente, por ejemplo, contactos pegados al final del recorrido o modificación de los tiempos de conmutación. Si algunos de estos componentes no fallan de manera peligrosa durante los ensayos (por ejemplo, de siete componentes ensayados, solamente 5 fallan de manera peligrosa), se debería realizar un análisis para tener en cuenta los componentes que no han fallado de manera peligrosa. Con B10d y nop, el número medio de operaciones por año, el MTTFd para componentes, se puede calcular de la siguiente manera:

op

dd n

BMTTFx1,010= (C.1)

en donde

ciclo

opopop t

hsxHxdn

/60003= (C.2)

habiendo hecho las hipótesis siguientes sobre la aplicación del componente: hop es el número medio de horas de utilización por día; dop es el número medio de días de utilización por año; tciclo es el tiempo medio entre el comienzo de dos ciclos sucesivos del componente (por ejemplo,

conmutación de un distribuidos) en segundos por ciclo. La duración de la utilización de un componente está limitada a T10d, el tiempo medio hasta que el 10% de los componentes falla de manera peligrosa:

op

dd n

BT 1010 = (C.3)

NOTA La explicación en las fórmulas en el literal C.4.2. B10d, el número medio de ciclos hasta que el 10% de los componentes falla de manera peligrosa se

puede convertir en T10d el tiempo medio hasta que el 10% de los componentes falla de manera peligrosa, utilizando nop, el número medio de operaciones por año:

op

dd n

BT 1010 = (C.4)

Los métodos de fiabilidad de esta norma, parten de la hipótesis de que el fallo de los componentes sigue una distribución exponencial en función del tiempo: F(t) = 1 – exp(−λdt). Para componentes neumáticos y electromecánicos, es más adecuada una distribución de tipo weibull. Si el tiempo de utilización de los componentes se limita al tiempo medio hasta que el 10 % de los componentes falla de manera peligrosa (T10d), entonces se puede estimar una tasa de fallo peligroso constante (λd) durante este tiempo de utilización, de la siguiente manera:

d

op

dd B

nxT 1010

1,01,0==λ (C.5)

7) Si la fracción peligrosa de B10d no viene dada, se puede utilizar el 50% de B10; en ese caso se recomienda B10d = 2

B10.

Page 197: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 197 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

La ecuación (C.5) implica, con la tasa de fallo peligroso constante, que, para una aplicación dada, el 10% de los componentes habrán fallado para T10d [años], lo que corresponde a B10d [ciclo]. Para ser exactos:

F(T10d) = 1 – exp(-λd T10d) = 10% significa ddd

d TTT 101010

1,053610,0)9,0ln(===λ (C.6)

Con MTTFd = 1/λd para una distribución exponencial, es decir

op

ddn

BTMTTFdx1,01,01010 == (C.7)

C.4.3 Ejemplo Para un distribuidor neumático, el fabricante fija un valor medio de B10d de 60 millones de ciclos. El distribuidor se utiliza en dos turnos por día y 220 días de trabajo por año. El tiempo medio entre el comienzo de dos conmutaciones sucesivas se estima en 5 s. Es decir: - dop de 220 días por año; - hop de 16 h por día; - tciclo de 5 s por ciclo; - B10d de 60 millones de ciclos. Con estos valores de entrada se pueden calcular las cantidades siguientes:

añociclosxciclos

hsxdíahxañodíanop /10653,2/5

/6003/16/220== (C.8)

añosañociclosx

ciclosxT d 7,23/10653,2

1066010 == (C.9)

añosMTTFd 2371,07,23== (C.10)

Esto da un MTTFd elevado para el componente, de acuerdo con la Tabla 5. Estas hipótesis solamente son válidas para un tiempo de utilización restringido de 23,7 años para el distribuidor. C.5 DATOS DE MTTFD PARA COMPONENTES ELÉCTRICOS C.5.1 Generalidades Las Tablas C.2 a C.7 dan los valores típicos de MTTFd para componentes electrónicos. Los datos se han extraído de la base de datos de la serie SN 29500 [40]. Todos estos datos son de tipo general. Existen varias bases de datos disponibles (véase la lista no exhaustiva en la Bibliografía) que dan valores de MTTFd para diferentes componentes electrónicos. En el caso de que el diseñador de una SRP/CS tenga otros datos específicos fiables de los componentes utilizados, está sumamente recomendado utilizar dichos datos específicos. Los valores dados en las Tablas C.2 a C.7, son válidos para una temperatura de 40 ºC, y carga nominal para la corriente y la tensión.

Page 198: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 198 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

En la columna MTTF de las tablas, los valores de la SN 29500 se refieren a componentes genéricos para todos los modos de fallos posibles, que no son necesariamente peligrosos. En la columna MTTFd se supone normalmente que no todos los modos de fallo ocasionan fallos peligrosos. Esto depende principalmente de la aplicación. Una manera precisa de determinar el MTTFd típico para componentes consiste en realizar un AMFD. Algunos componentes, por ejemplo, los transistores utilizados como interruptores, pueden tener como fallos cortocircuitos o interrupciones. Solamente uno de estos dos modos puede ser peligroso; por lo tanto la columna “Observaciones” supone que solamente el 50% son fallos peligrosos, lo que significa que el MTTFd para los componentes es el doble del valor dado de MTTF. En caso de duda, se da un valor más desfavorable de MTTFd para componentes en la columna “caso más desfavorable”, con un coeficiente de seguridad de 10. C.5.2 Semiconductores Véanse las Tablas C.2 y C.3.

Tabla C.2. Transistores (utilizados como interruptores)

Transistor Ejemplo MTTF para componen tes años

MTTFd para componentesaños

Observaciones Tipo Caso más

desfavorable Bipolar TO18, TO92,

SOT23 34 247 68 493 6 849 50% de fallos peligrosos

Bipolar, baja potencia

TO5, TO39 5 708 11 416 1 142 50% de fallos peligrosos

Bipolar, de potencia TO3, TO220, D-Pack

1 941 3 881 388 50% de fallos peligrosos

Transistor de efecto campo

Junction MOS 22 831 45 662 4 566 50% de fallos peligrosos

MOS, de potencia TO3, TO220, D-Pack

1 142 2 283 228 50% de fallos peligrosos

Tabla C.3. Diodos, semiconductores de potencia y circuitos integrados

Diodo Ejemplo MTTF para

componentes años

MTTFd para componentesaños

Observaciones Tipo Caso más

desfavorable De propósito general − 114 155 228 311 22 831 50% de fallos peligrosos

Dispositivo antiparasitarios

− 15 981 31 963 3 196 50% de fallos peligrosos

Diodo ZenerPtot < 1 W

− 114 155 228 311 22 831 50% de fallos peligrosos

Diodos rectificadores − 57 078 114 155 11 416 50% de fallos peligrosos

Puentes rectificadores

− 11 415 22 831 2 283 50% de fallos peligrosos

Tiristores − 2 283 4 566 457 50% de fallos peligrosos

Triacs, Diacs − 1 484 2 968 297 50% de fallos peligrosos

Circuitos integrados (programables y no programables

Utilizar los datos del fabricante 50% de fallos peligrosos

C.6 COMPONENTES PASIVOS Véanse las Tablas C.4 a C.7.

Page 199: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 199 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Tabla C.4. Condensadores

Condensador Ejemplo MTTF para

componentesaños

MTTFd para componentes años

Observaciones Tipo Caso más

desfavorable Estándar, no de potencia

KS, KP, KC, KT, MKT, MKC, MKP, MKU, MP, MKV

57 078 114 155 11 416 50 % de fallos peligrosos

Cerámico − 22 831 45 662 4 566 50 % de fallos peligrosos

Electrolítico de aluminio

Electrolito no sólido

22 831 45 662 4 566 50 % de fallos peligrosos

Electrolítico de aluminio

Electrolito sólido

37 671 75 342 7 534 50 % de fallos peligrosos

Electrolítico de tántalo

Electrolito no sólido

11 415 22 831 2 283 50 % de fallos peligrosos

Electrolítico de tántalo

Electrolito sólido

114 155 228 311 22 831 50 % de fallos peligrosos

Tabla C.5. Resistencias

Resistencia Ejemplo MTTF para

componentes años

MTTFd para componentes años Observaciones

Tipo Caso más desfavorable

Película de carbono − 114 155 228 311 22 831 50 % de fallos peligrosos

Película de metal − 570 776 1 141 552 114 155 50 % de fallos peligrosos

Óxido metálico y enrollado

− 22 831 45 662 4 566 50 % de fallos peligrosos

Variable − 3 767 7 534 753 50 % de fallos peligrosos

Tabla C.6. Inductancias

Bobinas de inducción Ejemplo

MTTF para componen

tes años

MTTFd para componentesaños

Observaciones Tipo Caso más

desfavorable Para aplicaciones MC − 37 671 75 342 7 534 50 % de fallos

peligrosos Inductancias de baja frecuencia y transformadores

− 22 831 45 662 4 566 50 % de fallos peligrosos

Transformadores principales y transformadores para modos conmutados y fuentes de alimentación

− 11 415 22 831 2 283 50 % de fallos peligrosos

Tabla C.7. Acopladores optoelectrónicos

Acopladores optoelectrónicos Ejemplo

MTTF para componen tes años

MTTFd para componentesaños

Observaciones Tipo Caso más

desfavorable Salida bipolar SFH 610 7 648 15 296 1 530 50 % de fallos

Page 200: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 200 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

peligrosos Salida del transistor de efecto campo

LH 1056 2 854 5 708 571 50 % de fallos peligrosos

ANEXO D

(Informativo)

MÉTODO SIMPLIFICADO PARA ESTIMAR EL MTTFd PARA CADA CANAL D.1 MÉTODO DE RECUENTO DE PARTES El método de “recuento de partes” sirve para estimar el MTTFd de cada canal por separado. En los cálculos se utilizan los valores de MTTFd de todos los componentes independientes que forman parte del canal correspondiente. 8) La fórmula general es:

∑∑==

==Ñ

j dj

Ñ

i dd MTTFnjj

MTTFMTTF11

11 (D.1)

en donde

MTTFd es el valor para el canal completo; MTTFdi, MTTFdj son los correspondientes MTTFd de cada componente que contribuye a la función de seguridad.

La primera suma se establece a partir de cada componente tomado por separado; la segunda suma es una forma equivalente simplificada en la que se han agrupado todos los componentes idénticos nj, que tengan el mismo MTTFdj. El ejemplo dado en la Tabla D.1, da un MTTFd de 21,4 años, que corresponde a un índice “medio”, según la Tabla 5.

Tabla D.1. Ejemplo de lista de partes de una tarjeta de circuitos

j Componente Unidadesnj

MTTFdj Caso más desfavora

ble años

1/MTTFdj Caso más desfavora

ble 1/año

nj/MTTFdj Caso más

desfavorable1/año

1 Transistores, bipolar, baja potencia (véase la Tabla C.2)

2 1 142 0,000 876 0,001 752

2 Resistencia, película de carbono (véase la Tabla C.5)

5 22 831 0,000 044 0,000 219

3 Condensador, estándar, no de potencia (véase la Tabla C.4)

4 11 416 0,000 088 0,000 350

4 Relé (con carga ligera, véase el literal C.2) (B10d = 20 000 000 ciclos, nop = 633 600)

4 315,66 0,003 168 0,012 672

5 Contactor (con carga nominal, véase el literal C.2) (B10d = 2 000 000 ciclos, nop = 633 600)

1 31,57 0,031 676 0,031 676

∑(nj /MTTFdj) 0,046 669 MTTFd = 1 / ∑(nj /MTTFd j) [años] 21,43

8) El “método de recuento de partes”, es una aproximación con errores orientados hacia la seguridad. Si se requieren

valores más exactos, el diseñador debería tener en cuenta los modos de fallo, pero esto puede ser muy complicado.

Page 201: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 201 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA 1 Este método se basa en la hipótesis de que un fallo peligroso de un componente en un canal conduce a un fallo peligroso de todo el canal. El cálculo de MTTFd dado en la Tabla D.1 está basado en esta hipótesis. NOTA 2 En este ejemplo, el contactor es el componente que más influye. Los valores seleccionados para MTTFd y B10d para este ejemplo, provienen del Anexo C. Para el ejemplo de aplicación, se suponen los valores dop = 220 días/año, hop = 8 h/día y tciclo = 10 s/ciclo, con lo que se obtiene nop = 633 600 ciclos/año. En general, si se toman los valores del fabricante para MTTFd y B10d se obtienen mejores resultados, es decir, un MTTFd más elevado para el canal. D.2 MTTFd Para Diferentes Canales, Simetrización De MTTFd Para Cada Canal Las arquitecturas tipo del numeral 6.2 suponen que para diferentes canales en una SRP/CS redundante, los valores de MTTFd para cada canal son iguales. Este valor por canal debería ser el dato de entrada en la Figura 5. Si los canales tienen MTTFd diferentes, existen dos posibilidades: − como hipótesis del caso más desfavorable, se debería tener en cuenta el valor más bajo; − se puede utilizar la ecuación (D.2) como una estimación de un valor de sustitución de MTTFd

para cada canal:

⎥⎥⎥⎥⎥⎥⎥

⎢⎢⎢⎢⎢⎢⎢

+−+

= 21

21 111

32 dCdC

dCdC

dMTTFMTTF

MTTFMTTF

MTTF (D.2)

en donde

MTTFd C1 y MTTFd C2 son los valores para dos canales redundantes diferentes. EJEMPLO Un canal tiene un MTTFdC1 = 3 años y el otro canal tiene un MTTFd C2 = 100 años, con lo que resulta un MTTFd = 66 años para cada canal. Esto significa que un sistema redundante en el que un canal tiene un MTTFd = 100 años y el otro un MTTFd = 3 años es igual a un sistema en el que el MTTFd de cada canal es de 66 años. Un sistema redundante con dos canales y valores diferentes de MTTFd para cada canal se puede sustituir por un sistema redundante con un MTTFd idéntico para cada canal utilizando la fórmula anterior. Este procedimiento es necesario para utilizar correctamente la Figura 5. NOTA Este método supone que los canales paralelos son independientes.

ANEXO E (Informativo)

ESTIMACIONES PARA LA COBERTURA DEL DIAGNÓSTICO (DC)

PARA LAS FUNCIONES Y LOS MÓDULOS E.1 EJEMPLOS PARA LA COBERTURA DEL DIAGNÓSTICO (DC) Véase la Tabla E.1.

Tabla E.1. Estimaciones para la cobertura del diagnóstico (DC)

Medida DC Dispositivo de entrada

Page 202: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 202 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Estímulo cíclico de comprobación mediante cambio dinámico de las señales de entrada

90 %

Prueba de verosimilitud, por ejemplo, utilización de contactos normalmente abiertos y normalmente cerrados, guiados mecánicamente

99 %

Control cruzado de señales de entrada sin comprobación dinámica

0 % a 99 %, dependiendo de la frecuencia con la que la aplicación cambia la señal

Control cruzado de señales de entrada con comprobación dinámica, en el caso de que los cortocircuitos no sean detectables (para I/O múltiples)

90 %

Control cruzado de las señales de entrada y de los resultados intermedios en la lógica (L) y control temporal y lógico por el soporte lógico del flujo del programa y detección de defectos estáticos y de cortocircuitos (para I/O múltiples)

99 %

Control indirecto (por ejemplo, control mediante un presostato, control eléctrico de la posición de los accionadores)

90 % a 99 %, dependiendo de la aplicación

Control directo (por ejemplo, control eléctrico de la posición de los distribuidores de mando, control de los dispositivos electromecánicos mediante elementos de contacto unidos mecánicamente)

99 %

Detección de defectos mediante el proceso 0 % a 99 %, dependiendo de la aplicación; esta medida por sí sola no es suficiente para un nivel requerido de prestaciones “e”!

Control de algunas características del sensor (tiempo de respuesta, gama de las señales analógicas, por ejemplo, resistencia eléctrica, capacidad)

60 %

Medida DC Lógica

Control indirecto (por ejemplo, control mediante un presostato, control eléctrico de la posición de los accionadores)

90 % a 99 %, dependiendo de la aplicación

Control directo (por ejemplo, control eléctrico de la posición de los distribuidores de mando, control de los dispositivos electromecánicos mediante elementos de contacto unidos mecánicamente)

99 %

Control temporal simple de la lógica (por ejemplo, temporizador como perro guardián, cuando los puntos de disparo se encuentran en el programa de la lógica)

60%

Control temporal y lógico de la lógica mediante el perro guardián, cuando el equipo de comprobación realiza pruebas de verosimilitud del comportamiento de la lógica

90 %

Autocontroles a la puesta en marcha para detectar los defectos latentes en partes de la lógica (por ejemplo, memorias de programa y de datos, puertos de entrada/salida, interfaces)

90 % (dependiendo de la técnica de comprobación)

Comprobación de la capacidad de reacción del dispositivo de control (por ejemplo, perro guardián) por el canal principal a la puesta en marcha, o cuando se solicita la función de seguridad o cuando una señal externa la solicita a través de una línea de entrada

90 %

Principio dinámico (todos los componentes de la lógica deben cambiar de estado ACTIVADO-

99 %

Page 203: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 203 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

DESACTIVADO-ACTIVADO cuando se solicita la función de seguridad), por ejemplo circuito de enclavamiento realizado mediante relés Memoria invariable: firma de una palabra (8 bit) 90 % Memoria invariable: firma de dos palabras (16 bit) 99 % Memoria variable: comprobación de la RAM utilizando datos redundantes, por ejemplo bits de estado, marcadores, constantes, temporizadores y comparación cruzada de dichos datos

60 %

Memoria variable: comprobación de la legibilidad y aptitud para la lectura de las células de memoria utilizadas

60 %

Memoria variable: control de la RAM con un código Hamming modificado o autocontrol de la RAM (por ejemplo, “galpat” o “Abraham”)

99 %

Unidad de procesamiento: autocontrol mediante soporte lógico

60 % a 90 %

Unidad de procesamiento: procesamiento codificado 90 % a 99 % Detección de defectos mediante el proceso 0 % a 99 %, dependiendo de la aplicación; esta

medida por sí sola no es suficiente para un nivel requerido de prestaciones “e”!

Medida DC Dispositivo de salida

Control de salidas mediante un canal sin comprobación dinámica

0 % a 99 %, dependiendo de la frecuencia con la que la aplicación cambia la señal

Control cruzado de señales de salida sin comprobación dinámica

0 % a 99 %, dependiendo de la frecuencia con la que la aplicación cambia la señal

Control cruzado de señales de salida con comprobación dinámica, sin detección de cortocircuitos (para I/O múltiples)

90 %

Control cruzado de las señales de salida y de los resultados intermedios en la lógica (L) y control temporal y lógico por el soporte lógico del flujo del programa y detección de defectos estáticos y de cortocircuitos (para I/O múltiples)

99 %

Vía de desconexión redundante sin control del accionador

0 %

Vía de desconexión redundante con control de uno de los accionadores, mediante lógica o por un equipo de comprobación

90 %

Vía de parada redundante con control de los accionadores mediante lógica (L) y un equipo de comprobación

99 %

Control indirecto (por ejemplo, control mediante un presostato, control eléctrico de la posición de los accionadores)

90 % a 99 %, dependiendo de la aplicación

Detección de defectos mediante el proceso 0 % a 99 %, dependiendo de la aplicación; esta medida por sí sola no es suficiente para un nivel requerido de prestaciones “e”!

Control directo (por ejemplo, control eléctrico de la posición de los distribuidores de mando, control de los dispositivos electromecánicos mediante elementos de contacto unidos mecánicamente)

99 %

NOTA 1 Para estimaciones adicionales de la DC, véase, por ejemplo, las Tablas A.2 a A.15 de la Norma IEC 61508-2:2000. NOTA 2 Si se le exige a la lógica una DC media o alta, tiene que aplicarse al menos una medida para la memoria variable, la memoria invariable y la unidad de procesamiento, siendo cada DC al menos del 60 %.

Page 204: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 204 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

También se pueden utilizar otras medidas distintas de las listadas en esta tabla.

E.2 Estimación de la DC media (DCavg) En muchos sistemas, es posible utilizar varias medidas para la detección de defectos. Estas medidas podrían comprobar diferentes partes de la SRP/CS y tener diferentes DC. Para una estimación del PL de acuerdo con la Figura 5, solamente es aplicable una DC media para el conjunto de las SRP/CS que desempeñan la función de seguridad. La DC se puede definir como la relación entre la tasa de fallo de los fallos peligrosos detectados y la tasa de fallo del total de fallos peligrosos. Conforme a esta definición, se estima una cobertura del diagnóstico media DCavg mediante la fórmula siguiente:

dNdd

dN

CNC

d

C

MTTFDC

MTTFDC

MTTFDC

MTTFD

MTTFdD

MTTFD

DCavg

1...211

...2

21

2

1

1

+++

+++= (E.1)

En este caso, se deben tener en cuenta todos los componentes a los que no se les ha aplicado la exclusión de defectos de la SRP/CS y se deben sumar. Para cada parte se toman en cuenta el MTTFd y la DC. En esta fórmula, las DCs significan la relación entre la tasa de fallo de los fallos peligrosos detectados de parte (independientemente de las medidas utilizadas para detectar los fallos) y la tasa de fallo del total de fallos peligrosos de dicha parte. Las DCs se refieren, por lo tanto, a la parte comprobada y no al dispositivo de comprobación. Los componentes sin detección de fallo (por ejemplo, los que no se comprueban), tienen una DC = 0 y solamente contribuyen en el denominador de DCavg.

ANEXO F (Informativo)

ESTIMACIONES PARA LOS FALLOS DE CAUSA COMÚN (CCF)

F.1 REQUISITOS PARA LOS CCF En el Anexo D de la Norma IEC 61508-6:2000, por ejemplo, se da un procedimiento completo para las medidas contra los CCF de los sensores/accionadores, por una parte, y de la lógica de mando por otra. No todas las medidas que se dan allí son aplicables al ámbito de las máquinas. Las medidas más importantes se enumeran a continuación. NOTA En esta norma, se supone que para sistemas redundantes, un factor β, de acuerdo con el Anexo D de la Norma IEC 61508-6:2000, debería ser inferior o igual al 2 %. F.2 ESTIMACIÓN DEL EFECTO DE LOS CCF Este proceso cuantitativo se debería realizar para el conjunto del sistema. Se debería tener en cuenta cada componente de las partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad. La Tabla F.1 enumera las medidas y contiene los valores asociados, fundados en criterios de ingeniería, que representan la contribución de cada medida a la reducción de los fallos de causa común.

Page 205: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 205 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Para cada medida listada, solamente se puede atribuir la puntuación total o ninguna puntuación. Si una medida se cumple sólo parcialmente, el resultado para esta medida es cero. La Tabla F.2 da una cuantificación de los CCF.

Tabla F.1. Proceso de puntuación de las medidas contra los CCF

Nº Medida contra los CCF Puntuación 1 Separación/Aislamiento Separación física entre los caminos de las señales:

− separación en el cableado, en las tuberías, − distancias de aislamiento y líneas de fuga suficientes en tarjetas para circuitos impresos

15

2 Diversidad Utilizar diferentes tecnologías/principios de diseño o principios físicos, por ejemplo:

− primer canal electrónico programable y segundo canal cableado, − tipo de iniciación, − presión y temperatura Medida de la distancia y de la presión, por ejemplo: − digital y analógica Componentes de diferentes fabricantes

20

3 Diseño/aplicación/experiencia 3.1 Protección contra sobretensión, sobrepresión, sobreintensidad, etc. 15 3.2 Utilización de componentes de eficacia probada 5 4 Evaluación/Análisis ¿En el diseño se tienen en cuenta los resultados de un análisis de los modos de fallo y sus

efectos para evitar los fallos de causa común? 5

5 Competencia/formación ¿Han sido formados los diseñadores y el personal de mantenimiento para entender las

causas y consecuencias de los fallos de causa común? 5

6 Medio ambiente 6.1 Prevención de la contaminación y de las perturbaciones electromagnéticas (CEM) contra los

CCF, de conformidad con las normas pertinentes Sistemas fluídicos: filtración del medio a presión, prevención de la absorción de impurezas, drenaje del aire comprimido, por ejemplo, de conformidad con los requisitos del fabricante del componente en lo que se refiere a la pureza del medio a presión Sistemas eléctricos: ¿se ha comprobado la inmunidad electromagnética del sistema, por ejemplo tal como se especifica en las normas pertinentes contra los CCF? Para sistemas combinados fluídicos y eléctricos, se deberían considerar ambos aspectos

25

6.2 Otras influencias ¿Se han tenido en cuenta los requisitos relativos a la inmunidad contra todas la influencias ambientales pertinentes, tales como la temperatura, los choques, las vibraciones, la humedad (por ejemplo, tal como se especifica en las normas pertinentes)?

10

Total [máx. alcanzable 100]

Puntuación total Medidas para evitar los CCF a 65 o mejor Cumple los requisitos Menos de 65 Proceso fallido ⇒ seleccionar medidas adicionales a Cuando no son pertinentes las medidas técnicas, los puntos detallados en la columna de la derecha se pueden

considerar como un cálculo completo.

ANEXO G

(Informativo)

Page 206: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 206 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

FALLOS SISTEMÁTICOS

G.1 GENERALIDADES La Norma ISO 13849-2 proporciona una lista completa de medidas que se deberían aplicar contra los fallos sistemáticos, tales como los principios básicos de seguridad y los principios de eficacia probada. G.2 REQUISITOS PARA CONTROLAR LOS FALLOS SISTEMÁTICOS Se deberían aplicar las medidas siguientes: - Utilizar la desenergización (véase la Norma ISO 13849-2). - Las partes del sistema de mando relativas a la seguridad (SRP/CS) se deberían diseñar de

manera que sea posible obtener o mantener un estado de seguridad de la máquina en caso de pérdida de la alimentación de energía.

- Medidas para controlar los efectos de los cortes de tensión, variaciones de tensión,

sobretensiones, caídas de tensión. Se debería predeterminar el comportamiento de las SRP/CS en respuesta a los cortes de

tensión, las variaciones de tensión, las sobretensiones y las caídas de tensión, de manera que las SRP/CS puedan obtener o mantener un estado de seguridad de la máquina (véase también la Norma IEC 60204-1 y A.8 de la Norma IEC 61508-7:2000).

- Medidas para controlar o evitar los efectos del medio ambiente físico (por ejemplo, la

temperatura, la humedad, el agua, las vibraciones, el polvo, las sustancias corrosivas, las interferencias electromagnéticas y sus efectos).

Se debería predeterminar el comportamiento de las SRP/CS en respuesta a los efectos del

medio ambiente físico, de manera que las SRP/CS puedan obtener o mantener un estado de seguridad de la máquina (véase también, por ejemplo, la IEC 60529 y la IEC 60204-1).

- Se debería utilizar el control de la secuencia del programa en el caso de las SRP/CS con soporte lógico, con el fin de detectar una secuencia de programa defectuosa. Existe una secuencia de programa defectuosa si los elementos individuales de un programa

(por ejemplo, módulos del soporte lógico, subprogramas u órdenes) se procesan siguiendo una secuencia errónea o durante un lapso de tiempo incorrecto o si el reloj del procesador está averiado (véase el Capítulo A.9 de la IEC 61508-7:2001).

- Medidas para controlar los efectos de los errores y otros efectos que pueden resultar de

cualquier proceso de comunicación de datos (véase el numeral 7.4.8 de la Norma IEC 61508-2:2000).

Además, se deberían aplicar una o varias de las medidas siguientes, teniendo en cuenta la complejidad de las SRP/CS y su PL: - detección de fallos mediante comprobaciones automáticas; - comprobaciones mediante soporte material redundante; - diversidad del soporte material; - funcionamiento en modo positivo;

Page 207: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 207 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- contactos unidos mecánicamente; - acción de apertura directa; - modo de fallo orientado; - sobredimensionamiento mediante un coeficiente apropiado, cuando el fabricante puede

demostrar que la devaluación mejorará la fiabilidad – si el sobredimensionamiento es apropiado, se debería utilizar un coeficiente de sobredimensionamiento de 1,5 como mínimo.

Véase también el literal D.3 de la Norma ISO 13849-2:2003. G.3 REQUISITOS PARA EVITAR LOS FALLOS SISTEMÁTICOS Se deberían aplicar las medidas siguientes: - Utilización de materiales apropiados y de fabricación adecuada.

Selección del material, de los métodos de fabricación y de tratamiento, con respecto a, por ejemplo, las tensiones, la durabilidad, la elasticidad, el rozamiento, el desgaste, la corrosión, la temperatura, la conductividad y la rigidez dieléctrica.

- Dimensionamiento y forma apropiados. Tener en cuenta, por ejemplo, las tensiones, la deformación, la fatiga, la temperatura, la

rugosidad superficial, las tolerancias y la fabricación. - Selección, combinación, disposiciones, montaje e instalación correctas de los componentes,

incluyendo el cableado, las conexiones y todas las interconexiones.

Aplicar las normas apropiadas y las notas de aplicación del fabricante, por ejemplo, fichas de catálogos, instrucciones de instalación, especificaciones y utilización de buenas prácticas de la ingeniería.

- Compatibilidad. Utilizar componentes con características de funcionamiento compatibles. - Resistencia a condiciones del medio ambiente específicas. Diseño de la SRP/CS de manera que pueda funcionar en todas las condiciones

medioambientales previstas y en cualquier condición desfavorable previsibles, por ejemplo, temperatura, humedad, vibraciones e interferencias electromagnéticas (EMI) (véase el capítulo D.2 de la Norma ISO 13849-2:2002).

Utilización de componentes diseñados conforme a una norma apropiada y cuyos modos de fallo estén

bien definidos. Reducción del riesgo de defectos no detectados, mediante la utilización de componentes que

tengan características específicas (véase el literal B.3.3 de la Norma IEC 61508-7:2000). Además, se deberían aplicar una o varias de las medidas siguientes, teniendo en cuenta la complejidad de las SRP/CS y su PL: - Revisión del diseño del soporte material (por ejemplo mediante inspección o por análisis de

recorridos).

Page 208: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 208 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Para revelar, mediante revisiones y análisis, las discrepancias entre la especificación y la implementación (véanse los literales B.3.7 y B.3.8 de la Norma IEC 61508-7:2000).

- Herramientas de diseño asistidas por ordenador capaces de realizar simulaciones o análisis.

Ejecutar el procedimiento de diseño de manera sistemática, incluyendo elementos de construcción automáticos apropiados que estén ya disponibles y verificados (véase B.3.5 de la Norma IEC 61508-7:2000).

- Simulación. Realizar una inspección sistemática y completa del diseño de una SRP/CS, en términos tanto

de prestaciones funcionales, como de dimensionamiento correcto de los componentes (véase el literal B.3.6 de la Norma IEC 61508-7:2000).

G.4 MEDIDAS PARA EVITAR LOS FALLOS SISTEMÁTICOS DURANTE LA INTEGRACIÓN DE

UNA SRP/CS Al integrar una SRP/CS se deberían aplicar las medidas siguientes: - ensayos funcionales; - gestión de proyecto; - documentación. Además, se debería aplicar el ensayo de “caja negra”, en función de la complejidad de la SRP/CS y de su PL.

ANEXO H (Informativo)

EJEMPLO DE COMBINACIÓN DE VARIAS PARTES DEL SISTEMA DE MANDO RELATIVAS A LA SEGURIDAD (SRP/CS)

La Figura H.1 es una representación esquemática de las partes relativas a la seguridad que realizan una de las funciones de mando de un accionador de la máquina. No se trata de un diagrama funcional o de ejecución y está destinado únicamente para demostrar el principio de combinación de categorías y tecnologías en dicha función particular. El mando está asegurado por la lógica de mando electrónico y un distribuidor direccional hidráulico. El riesgo se ha reducido mediante una AOPD que detecta el acceso a la zona peligrosa e impide la puesta en marcha del accionador fluídico en caso de interrupción del haz luminoso. Las partes relativas a la seguridad que realizan la función de seguridad son: el AOPD, la lógica de mando electrónico, el distribuidor direccional hidráulico y los medios de interconexión. Estas partes relativas a la seguridad combinadas, proporcionan una función de parada como función de seguridad. Cuando el haz luminoso se interrumpe, las salidas transmiten una señal a la lógica de mando electrónico que envía una señal al distribuidor direccional hidráulico para detener el flujo hidráulico a la salida de la SRP/CS. En la máquina, esto detiene el movimiento peligroso del accionador.

Page 209: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 209 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Esta combinación de partes relativas a la seguridad realiza una función de seguridad e ilustra la combinación de diferentes categorías y tecnologías de acuerdo con los requisitos dados en el capítulo 6. Utilizando los principios dados en esta parte de la norma, las partes relativas a la seguridad mostradas en la Figura H.2 se pueden describir como sigue: - Categoría 2, PL = c para el dispositivo de protección electrosensible (barrera luminosa). Para

reducir la probabilidad de defectos, este dispositivo utiliza los principios de seguridad de eficacia probada;

- Categoría 3, PL = d para la lógica de mando electrónico. Para aumentar el nivel de

prestaciones de seguridad de esta lógica de mando electrónico, la estructura de esta SRP/CS es redundante e implementa varias medidas de detección de defectos, de manera que puede detectar la mayoría de los defectos;

- Categoría 1, PL = c para el distribuidor direccional hidráulico. El que sea calificado de eficacia

probada depende esencialmente de la aplicación. En este ejemplo, el distribuidor se considera de eficacia probada. Para reducir la probabilidad de defectos, este dispositivo está constituido de componentes de eficacia probada aplicados utilizando los principios de seguridad de eficacia probada y teniendo en cuenta todas las condiciones de la aplicación (véase el numeral 6.2.4).

NOTA 1 La posición, dimensiones y distribución de los medios de interconexión, también se deben tener en cuenta. Esta combinación lleva con PLlow = c y Nlow = 2, a un nivel de prestaciones global de PL = c (véase el numeral 6.3). NOTA 2 En el caso de un defecto en las partes de Categoría 1 o de Categoría 2 de la Figura H.2, puede producirse una pérdida de la función de seguridad.

SRP/CS

H

cSRP/CSbSRP/CSa

PES

A B

P T y

F

FEAOPD

a

Leyenda AOPD dispositivo de protección electrosensible (por ejemplo, barrera luminosa), SRP/CSa: Categoría 2 [Tipo 2], PL = c E lógica de mando electrónico, SRP/CSb: Categoría 3, PL = d F fluídica, SRP/CSc: Categoría 1, PL = c

Page 210: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 210 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Fa accionador fluídico H movimiento peligroso

Figura H.1. Ejemplo. Diagrama de bloques para explicitar la combinación de SRP/CS

SRP/CSa

I L O

TE OTE

AOPD E F

SRP/CSb SRP/CSc

I1 L1 O1

L2 O2I2

L OI

Leyenda AOPD dispositivo de protección electrosensible (por ejemplo, barrera luminosa) E lógica de mando electrónico F fluídica I, I1, I2 dispositivos de entrada, por ejemplo detector L, L1, L2 lógicas O, O1, O2, OTE dispositivos de salida, por ejemplo, contactor principal TE equipo de comprobación

Figura H.2. Sustitución de la Figura H.1 por arquitecturas tipo

ANEXO I (Informativo)

EJEMPLOS

I.1 GENERALIDADES Este anexo da ejemplos de utilización de los métodos presentados en los anexos precedentes para identificar las funciones de seguridad y determinar el PL. Se detalla la cuantificación de dos circuitos de mando ampliamente utilizados. Para ver el procedimiento paso a paso, véase la Figura 3. Se examinan dos ejemplos diferentes de circuitos de mando, A y B, representados respectivamente en las Figuras I.1 e I.3. Ambos ejemplos ilustran las prestaciones de la misma función de seguridad de

Page 211: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 211 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

enclavamiento de un resguardo. El primer ejemplo comprende un solo canal de componentes electromecánicos con valores de MTTFd elevados. El segundo ejemplo, comprende dos canales, uno electromecánico y el otro electrónico programable, provisto de comprobaciones, pero cuyos componentes tienen MTTFd, más bajos. I.2 FUNCIÓN DE SEGURIDAD Y NIVEL DE PRESTACIONES REQUERIDO (PLR) Para ambos ejemplos, la función de seguridad del enclavamiento de un resguardo se puede seleccionar como sigue: El movimiento peligroso se detiene cuando el resguardo se abre (por desactivación de energía del motor eléctrico). De acuerdo con el método del gráfico del riesgo (véase la Figura A.1), los parámetros del riesgo son los siguientes: - gravedad de la lesión, S = S2, grave; - frecuencia y/o duración de la exposición al peligro, F = F1, raro a bastante frecuente y/o corta

duración de exposición; - posibilidad de evitar el peligro o de limitar el daño, P = P1, posible en determinadas

condiciones. Estas decisiones conducen a un nivel de prestaciones requerido PLr de “c”. Determinación de la categoría preferente: un nivel de prestaciones “c”, se puede obtener con sistemas de un solo canal muy fiables (Categoría 1) o con arquitecturas redundantes (Categoría 2 ó 3) (véanse la Figura 5 y el Capítulo 6). I.3 EJEMPLO A, SISTEMA DE UN SOLO CANAL I.3.1 Identificación de las partes relativas a la seguridad En la Figura I.1 están representados todos los componentes que contribuyen a la función de seguridad. No están representados los detalles funcionales que no contribuyen a la función de seguridad de enclavamiento (como los dispositivos de puesta en marcha y de parada).

Page 212: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 212 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

M

K1A

+ L

SW1Ac

o

Leyenda o abierto c cerrado M motor K1A contactor SW1A interruptor (NC)

Figura I.1. Circuito de mando A para desempeñar la función de seguridad En este ejemplo, un interruptor de puerta está provisto de contactos normalmente cerrados (aunque no se ha justificado la exclusión de defectos) está conectado a un contactor capaz de desconectar la alimentación de energía del motor: - un canal de componentes electromecánicos; - el interruptor SW1A tiene un MTTFd medio; - el contactor K1A tiene un MTTFd bajo. El contactor seleccionado en este ejemplo, es un componente de eficacia probada, si se implementa de acuerdo con la Norma ISO 13849-2. Las partes relativas a la seguridad y su división en canales se pueden ilustrar en un diagrama de bloques relativo a la seguridad, tal como el representado en la Figura I.2.

SW1A K1A

Leyenda

Page 213: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 213 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

K1A contactor SW1A dispositivo de enclavamiento

Figura I.2. Diagrama de bloques relativo a la seguridad identificando la partes relativas a la seguridad del ejemplo A

I.3.2 Cuantificación del MTTFd para cada canal, de la DCavg, de los fallos de causa común, de la

categoría y del PL Se supone que los valores del MTTFd para cada canal, la DCavg y los fallos de causa común, se estiman conforme a los Anexos C, D, E y F, o están dados por el fabricante. Las categorías se estiman de acuerdo con el numeral 6.2. - MTTFd El contactor K1A y el interruptor SW1A contribuyen al MTTFd de un solo canal. Se supone que los MTTFd dados por el fabricante son MTTFd, K1A = 50 años y MTTFd,SW1A = 20 años. El MTTFd de este canal se obtiene a partir del método de recuento de partes indicado en el Capítulo D.1:

añosañosañosMTTFMTTFMTTFd AKASW

07,050

120

1111

11=+=++ (I.1)

de donde se obtiene MTTFd = 14,3 años o “medio” para el canal, conforme a la Tabla 5, de 4.5.2. NOTA Si no se dispone de información para K1A, se podría utilizar el caso más desfavorable de acuerdo con los capítulos C.2 o C.4. - DC Puesto que en el circuito de mando A no se realiza ninguna comprobación, la DC = 0 o “nula”, de acuerdo con la Tabla 6, del numeral 4.5.3. - Categoría Aunque la categoría preferente para este circuito es la categoría 1, el MTTFd obtenido para el canal es “medio”. Este es un argumento que indica que este diseño solamente permite obtener la Categoría B. Los datos de entrada para la Figura 5 son: MTTFd “medio” para cada canal (14,3 años), DCavg “nula” y Categoría B. Esto se puede interpretar como un nivel de prestaciones b. Este resultado no corresponde al nivel de prestaciones requerido “c” según I.2. Por lo tanto, el circuito tiene que ser diseñado y valorado de nuevo hasta obtener el nivel de prestaciones “c”, con el fin de satisfacer los requisitos de reducción del riesgo de la aplicación dada en el literal I.2. I.4 EJEMPLO B, SISTEMA REDUNDANTE I.4.1 Identificación de las partes relativas a la seguridad

Page 214: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 214 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

En la Figura I.3 están representados todos los componentes que contribuyen a la función de seguridad. No están representados los detalles funcionales que no contribuyen a la función de seguridad de enclavamiento (como los dispositivos de puesta en marcha y de parada o la temporización de K1B).

n

+ L

SW1Bc

o+ +

M

K1B

RS

SW2

PLC

CSIB CC

s

Leyenda

PLC autómata programable CC convertidor de corriente M motor RS detector de rotación o abierto c cerrado

Cs función de parada (estándar) S1B bloqueo de impulsos seguro K1B contactor SW1B interruptor (NC) SW2 interruptor (NO)

Figura I.3.Circuito de mando B para desempeñar la función de seguridad

En este segundo ejemplo, se utilizan dos canales redundantes. Como en el ejemplo A, el primer canal está constituido por un interruptor de puerta provisto de contactos de apertura forzada, accionado según el modo positivo. Este interruptor de puerta está conectado a un contactor capaz de desconectar la alimentación de energía del motor. En el segundo canal se utilizan componentes electrónicos (programables) adicionales. Un segundo interruptor de puerta está conectado a un autómata programable industrial, capaz de controlar al convertidor de corriente para desconectar la alimentación de energía del motor: - anales redundantes, uno electromecánico y el otro electrónico programable; - E interruptor SW1B está provisto de contactos de acción mecánica positiva, el MTTFd de SW2

es medio;

Page 215: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 215 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- E contactor K1B tiene un MTTFd medio, el contactor seleccionado en este ejemplo es un

componente que no es de eficacia probada; - os componentes electrónicos tienen un MTTFd medio. Las partes relativas a la seguridad y su repartición en canales se pueden ilustrar en un diagrama de bloques relativo a la seguridad, tal como el representado en la Figura I.4. NOTA En cuanto a la diversidad redundante, los requisitos para el soporte lógico, de acuerdo con el numeral 4.6 para el camino del PLC, no se consideran apropiados.

SW1B K1B

SW2 PLC CC

RS

SW1B y K1B constituyen el primer canal, SW2, PLC y CC constituyen el segundo canal; RS solamente se utiliza para comprobar el convertidor de corriente. Leyenda SW1B dispositivo de enclavamiento K1B contactor SW2 interruptor PLC autómata programable CC convertidor de corriente RS detector de rotación

Figura I.4.Diagrama de bloques identificando la partes relativas a la seguridad del ejemplo B I.4.2 Cuantificación del MTTFd para cada canal, de la DCavg, de los fallos de causa común, de la

categoría y del PL Se supone que los valores del MTTFd para cada canal, la DCavg y los fallos de causa común, se estiman conforme a los anexos C, D, E y F, o están dados por el fabricante. Las categorías se estiman de acuerdo con el numeral 6.2. El interruptor SW1B es de apertura forzada y está accionado según el modo positivo. Por lo tanto, están excluidos los defectos relativos a la no apertura de un contacto o la no actuación del interruptor debido a un fallo mecánico (por ejemplo, rotura de una lengüeta, desgaste de la leva de accionamiento, desajuste). NOTA Estas hipótesis son válidas para los contactores auxiliares, conforme al Anexo K de la Norma IEC 60957-5-1:1997 y para la fijación mecánica adecuada y el accionamiento de los interruptores de acuerdo a la especificación del fabricante (véase la Norma ISO 13849-2).

Page 216: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 216 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- TTFd El contactor K1B es el único elemento que contribuye al MTTFd de un canal. Se supone que el MTTFK1B dado por el fabricante es de 30 años. El MTTFd, de este canal se obtiene a partir del método de recuento de partes indicado en el capítulo D.1:

BdKdC MTTFMTTF 1!

11= I.2)

en donde

se obtiene MTTFd = 30 años para el canal. En el segundo canal SW2, PLC y CC contribuyen al MTTFd C2. Para estos tres componentes, así como para el detector RS, se supone que el MTTFd dado por el fabricante es de 20 años. El MTTFdC2, del segundo canal se obtiene a partir del método de recuento de partes indicado en el capítulo D.1:

añosañosañosañosMTTFMTTFMTTFMTTF dCCdPLCdSWdC

15,020

120

120

11111

22=+=+++ (I.3)

en donde

se obtiene MTTFd = 6,7 años para el canal. Como ambos canales tiene una MTTFd diferente, se puede utilizar la fórmula de D.2 para calcular un valor sustitutivo de MTTFd para un canal simple de un sistema de dos canales simétricos. Esta fórmula proporciona una MTTFd = 20 años "medio" para el canal según 4.5.2, Tabla 5. - DC En el circuito de mando B, cuatro de las partes relativas a la seguridad son comprobadas por el PLC: el PLC controla SW2 y K1B, se autocomprueba y controla el CC a través del RS. Las DC que corresponden a cada parte sometida a comprobación son: 1) DCSW2 = 60 %, “baja”, debido a que el control de las señales de entrada se realiza sin

comprobación dinámica, véase la Tabla E.1 (tercera fila de la parte relativa a los dispositivos de entrada);

2) DCK1B = 99 %, “alta”, debido a que los contactos normalmente abiertos y los normalmente

cerrados están mecánicamente guiados, véase la Tabla E.1 (segunda fila de la parte relativa a dispositivos de entrada);

3) DCPLC = 30 %, “nula”, debido a la baja efectividad de las autocomprobaciones (se supone que

el fabricante ha calculado este valor mediante un AMFD), y 4) DCCC = 90 %, “media”, debido a la redundancia del camino de corte con control del accionador

mediante la lógica de mando, véase la Tabla E.1 (sexta fila de la parte relativa a dispositivos de salida). Si el PLC detecta un fallo del CC, debe ser capaz de detener el movimiento con un impulso de bloqueo seguro (vía de parada adicional).

Para estimar el PL, es necesario un valor medio de DC (DCavg) como dato de entrada de la Figura 5.

Page 217: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 217 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

dCCPLCdBdKdSW

dCC

CC

PLCdBdK

Bk

dSW

SW

MTTFMTTFMTTFMTTF

MTTFDC

MTTFDCPLC

MTTFDC

MTTFDC

DCavg 1111

.

12

1

1

2

2

+++

+++

=

%1,67183,0123,0

201

201

301

201

209,0

203,0

3099,0´

206,0

==+++

+++

yyyy

yyyy (I.4)

DCavg es, por lo tanto, “baja” de acuerdo con el numeral 4.5.3 y la Tabla 6. - CCF Se supone que se ha realizado una estimación de las medidas contra los CCF de acuerdo con el literalF.2, para el circuito de mando B. Se han deducido las puntuaciones indicadas en la Tabla I.1.

Tabla I.1. Estimación de las medidas contra los CCF para el ejemplo B

Nº Concepto Puntuación para el circuito de mando

Puntuación máxima posible

1 Separación/Aislamiento Separación física entre los caminos de las señales 15 15 2 Diversidad Utilizar diferentes tecnologías/principios de diseño o princi-

pios físicos 20 20

3 Diseño/aplicación/experiencia 3.1 Protección contra sobretensiones, sobrepresiones, sobrein-

tensidades, etc. Nula 15

3.2 Utilización de componentes de eficacia probada 5 5 4 Evaluación/Análisis ¿En el diseño se tienen en cuenta los resultados de un

análisis de los modos de fallo y sus efectos para evitar los fallos de causa común?

5 5

5 Competencia/formación ¿Han sido formados los diseñadores y el personal de

mantenimiento para entender las causas y consecuencias de los fallos de causa común?

Nula 5

6 Medio ambiente 6.1 Prevención de la contaminación y de las perturbaciones

electromagnéticas (CEM) contra los CCF, de conformidad con las normas pertinentes

25 25

6.2 Otras influencias ¿Se han tenido en cuenta los requisitos relativos a la inmu-nidad contra todas la influencias ambientales pertinentes, tales como la temperatura, los choques, las vibraciones, la humedad (por ejemplo, tal como se especifica en las normas pertinentes)?

10 10

Total 80 Máx. 100

La puntuación mínima requerida para que las medidas contra los CCF sean suficientes, es de 65. En el ejemplo B, la puntuación de 80 es suficiente para satisfacer los requisitos contra los CCF. Un solo defecto en cualquiera de estas partes no conduce a la pérdida de la función de seguridad. Siempre que sea razonablemente factible, un solo defecto se detecta cuando se solicita la función de

Page 218: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 218 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

seguridad o antes de la siguiente solicitación de dicha función. La cobertura del diagnóstico (DCavg) está comprendida entre 60% y 90%. Las medidas contra los CCF son suficientes. Estas características son típicas de la categoría 3. Los datos de entrada para la Figura 5 son: MTTFd “medio” para el canal (20 años), DCavg, “baja” y Categoría 3. Esto se puede interpretar como un nivel de prestaciones c. Este resultado corresponde al nivel de prestaciones requerido “c” según I.2. Por lo tanto, el circuito de mando B satisface los requisitos de reducción del riesgo de la aplicación dada en el literal I.2.

ANEXO J (Informativo)

SOPORTE LÓGICO J.1 DESCRIPCIÓN DEL EJEMPLO En este anexo, se exponen las actividades típicas para realizar el SRESW de una SRP/CS, de PLr = d. La SRP/CS está interconectada con el equipo de la máquina. Garantiza: - la adquisición de la información enviada por los diferentes sensores; - el tratamiento requerido para hacer funcionar los elementos de mando, teniendo en cuenta los

requisitos de seguridad, y - el mando de los accionadores. El diseño del SRESW de esta aplicación al nivel de bloques de función se ha hecho tal como se representa en la Figura J.1.

Función detratamiento 1

Sensor deadquisición 5

Sensor deadquisición 2

Sensor deadquisición 3

Sensor deadquisición 4

Sensor deadquisición 1

Función detratamiento 2

Accionadorde pilotaje 1

Accionadorde pilotaje 2

Accionadorde pilotaje 3

Interfaz delos sensores

Interfaz de losaccionadores

Figura J.1. Ejemplo de diseño de un soporte lógico al nivel de bloques funcionales

Page 219: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 219 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

J.2 Aplicación del modelo en V al ciclo de vida del soporte lógico de seguridad La Tabla J.1 presenta un ejemplo de síntesis de las actividades y los documentos elaborados durante la aplicación del modelo en V al ciclo de vida del soporte lógico de seguridad del mando de una máquina.

Tabla J.1. Actividades y documentos relativos al ciclo de vida del soporte lógico de seguridad +

Actividad de desarrollo Actividad de verificación Documentación asociada Aspecto Máquina: Identificación de las funciones involucradas en la SRP/CS

Identificación de las funciones relativas a la seguridad

“Especificación relativa a la seguridad, para el mando de la máquina”

Aspecto Arquitectura: Definición de la arquitectura de mando con sensores y accionadores

Comentarios sobre las características de seguridad de los componentes seleccionados

“Definición de la arquitectura de mando”

Aspecto Especificación del soporte lógico: Transcripción de las funciones de la máquina en funciones del soporte lógico

Relectura de las descripciones (véase J.3)

“Descripción del soporte lógico”

Aspecto Arquitectura del soporte lógico: Detallar las funciones en bloques funcionales

Definición de los bloques críticos sujetos a un mayor esfuerzo de análisis y validación

“Modelización de los bloques funcionales”

Aspecto Codificación: Codificación conforme a las reglas de programación (véase J.4)

Relectura del código fuente. Verificación de las funciones y de su conformidad con las reglas

“Inclusión de comentarios de la codificación en el código fuente” “Fichas de relectura de la codificación”

Aspecto Validación: Realización de los escenarios de comprobación: aspecto funcional de las funciones aspecto de comportamiento en caso de fallo

Verificación de la cobertura de las comprobaciones Verificación de los resultados de las comprobaciones

“Matriz de correspondencia” que relaciona las referencias de los numerales de la especificación con las comprobaciones correspon-dientes “Fichas de comprobación” que comprende los escenarios de las comprobaciones y los comentarios sobre los resultados obtenidos

J.3 VERIFICACIÓN DE LA ESPECIFICACIÓN DEL SOPORTE LÓGICO Como parte del ciclo de vida del soporte lógico de seguridad, la actividad de verificación al nivel de la especificación del soporte lógico consiste en leer las descripciones con el fin de verificar que todos los puntos delicados se han descrito adecuadamente. Al verificar cada una de las funciones, se deberían tener en cuenta los siguientes aspectos: - limitar los casos de interpretación errónea de la especificación del sistema; - evitar lagunas en la especificación que dan como resultado un comportamiento a priori

desconocido de la SRP/CS; - definir con precisión las condiciones para la activación y la desactivación de las funciones; - garantizar con precisión que se han tratado todos los casos posibles; - las comprobaciones de coherencia; - los diferentes casos de parametrización;

Page 220: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 220 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- las reacciones como consecuencia de un fallo. J.4 EJEMPLO DE REGLAS DE PROGRAMACIÓN Para los CCF, en general, debería ser posible autentificar el programa mediante el autor, la fecha de carga, la versión y el último tipo de acceso. En lo que respecta a las reglas de programación, se pueden distinguir las reglas siguientes: a) Reglas de programación al nivel de la estructura del programa

La programación se debería estructurar de manera que muestre una estructura general coherente y comprensible, que permita localizar fácilmente los diferentes procesos de tratamiento. Esto implica:

1) la utilización de formatos para un programa tipo o para bloques de función; 2) la partición del programa en segmentos con el fin de identificar las partes principales

correspondientes a las “entradas”, “procesos de tratamiento” y “salidas”; 3) los comentarios en cada sección del programa en el código fuente para facilitar la

puesta al día de los comentarios en caso de modificación; 4) la descripción del papel que tiene un bloque de función cuando se hace una llamada a

dicho bloque; 5) que la ubicación de memoria se debería utilizar solamente por un único tipo de datos,

identificándolos por una única etiqueta, y 6) que la secuencia de trabajo no debería depender de variables tales como direcciones

de saltos calculados durante la ejecución del programa. Se autorizan los saltos condicionales.

b) Reglas de programación relativas a la utilización de variables - La activación o desactivación de cualquier salida se debería realizar una sola vez (condiciones

centralizadas). - El programa debería estar estructurado de tal manera que las ecuaciones para la puesta al día

de una variable estén centralizadas. - Cada variable global, entrada o salida, debería tener un nombre nemotécnico suficientemente

explícito y estar descrita mediante un comentario en el programa fuente. c) Reglas de programación al nivel de un bloque de función - Utilizar preferentemente bloques funcionales que hayan sido validados por el suministrador de

la SRP/CS, comprobando que las condiciones de utilización previstas para dichos bloques corresponden a las condiciones del programa.

- El tamaño del bloque codificado debería estar limitado a los valores aconsejados siguientes:

i) parámetros: máximo ocho digitales y dos entradas número entero, una salida;

ii) código fuente de la función: máximo diez variables locales, máximo 20 ecuaciones booleanas.

- Los bloques de función no deberían modificar las variables globales.

Page 221: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 221 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Se debería controlar un valor digital con respecto a las cotas prefijadas con el fin de garantizar

su dominio de validez. - Un bloque de función debería tratar de detectar las incoherencias de las variables a tratar. - El código de defectos de un bloque debería ser accesible para discriminar un defecto de los

demás. - Se deberían describir los códigos de defectos y el estado del bloque después de la detección

de un defecto mediante comentarios. - Se deberían describir el rearme del bloque o el restablecimiento de un estado normal

mediante comentarios.

ANEXO K (Informativo)

REPRESENTACIÓN NUMÉRICA DE LA FIGURA 5

Véase la Tabla K.1.

Page 222: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 222 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Page 223: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 223 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Page 224: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 224 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

ANEXO TÉCNICO No.8 NORMA TÉCNICA COLOMBIANA – NTC 5760 “ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PARA PISCINAS ENTERRADAS, ABIERTAS PRIVADAS PARA USO INDIVIDUAL O COLECTIVO. REQUISITOS DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE ENSAYO PARA LOS SISTEMAS DE DETECCIÓN PERIMÉTRICA POR HACES ÓPTICOS, SISTEMAS DE DETECCIÓN DE INMERSIÓN Y SISTEMASDE DETECCIÓN PERIMÉTRICA POR HACES ÓPTICOS INTERDEPENDIENTESDE UN OBSTÁCULO”

PREFACIO El presente documento, es la primera parte de «Elementos de protección para piscinas enterradas, abiertas, privadas, de uso individual o colectivo. Sistemas de alarmas», la Parte 2 se titula: Exigencias de seguridad y métodos de ensayo para los sistemas de detección por barrido con haces ópticos, y no esta incluida en este documento. Estas dos partes constituyen un conjunto de documentos relativos a los dispositivos de protección contra ahogamientos en piscinas enterradas, abiertas, privadas, de uso individual o colectivo, a saber: - barreras y sus medios de acceso a la piscina; - sistemas de alarmas; - coberturas de seguridad y sus dispositivos de enganche; - refugios (estructuras ligeras y/o verandas). Se considera que todos los dispositivos están en estado de funcionamiento normal según instrucciones del fabricante. Aunque el presente documento tiene como objetivo ayudar a la concepción de un producto y exponer las exigencias relacionadas con seguridad, se reconoce que, cualquiera que sea la actividad humana, nunca se pueden suprimir totalmente los factores de riesgo. El presente documento no substituye el buen sentido ni la responsabilidad individual, tampoco tiene el propósito de substituir la vigilancia de los padres y/o adultos responsables, lo cual sigue siendo el factor esencial para la protección de niños menores de cinco años. Este dispositivo puede no ser adaptable bajo ciertas condiciones extremas. 1. CAMPO DE APLICACIÓN El presente documento define las exigencias mínimas de seguridad, los métodos de ensayo, así como la información para el usuario en lo referente a los sistemas de alarma que se utilizan alrededor o dentro las piscinas enterradas, abiertas, privadas, para uso individual o colectivo, a fin de detectar toda intrusión, caída o inmersión, especialmente de niños menores de cinco años, en la zona de protección. Actualmente, solo se hace referencia a los sistemas de alarma que incluyen una detección perimétrica y/o de inmersión. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Los siguientes documentos de referencia son indispensables para la aplicación del presente documento. Para las referencias fechadas sólo se aplica la edición citada. En el caso de referencias

Page 225: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 225 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

no fechadas, se aplica la última edición del documento de referencia (con inclusión de posibles enmiendas). NF EN 50130-4, Sistema de alarma. Parte 4: Compatibilidad electromagnética. Norma familia de producto: Prescripciones relacionadas con la invulnerabilidad de los componentes del sistema de detección de incendios, de intrusión y de alarma social (índice de clasificación: C 48-300-4). NF EN 50130-5:1999, Sistemas de alarma. Parte 5: Métodos de ensayo de ambiente (índice de clasificación: C 48-300-5). NF EN 50131-5-3, Sistemas de alarma. Sistemas de alarma anti-intrusión. Parte 5-3: Exigencias para los equipos de alarma anti-intrusión que utilizan técnicas de radio (índice de clasificación: C 48-331-5-3). NF EN 60825-1, Seguridad de los aparatos láser. Parte 1: Clasificación de materiales y exigencias (índice de clasificación: C 43-805). NF EN 60950-1, Materiales de tratamiento de la información. Seguridad. Parte 1: Exigencias generales (índice de clasificación: C 77-210-1). NF EN 61000-6-2, Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 6-2: Norma genérica. Invulnerabilidad para ambientes industriales (índice de clasificación: C 91-006-2). NF EN 62262, Grados de protección procurados por las envolturas de materiales eléctricos contra impactos mecánicos externos (Código IK) (índice de clasificación: C 20-015). NF EN 300220-1, Telecomunicaciones. Compatibilidad electromagnética y espectro radioeléctrico (ERM). Aparatos de corto alcance. Equipos radioeléctricos que funcionan en la gama de frecuencias 25 MHz a 1 000 MHz con niveles de potencia que no superan 500 mW. Parte 1: características técnicas y métodos de ensayo (índice de clasificación Z 84-220-1). NF EN 300330-2, Telecomunicaciones. CEM y espectro radioeléctrico (ERM). Aparatos de corto alcance (SRD). Equipos radioeléctricos en la banda de frecuencias 9 kHz a 25 MHz y sistemas de bucle de inducción de 9 kHz a 30 MHz. Parte 2: EN armonizado que cubre el artículo 3.2 de la Directiva R y TTE (índice de clasificación: Z 84-330-2). NF EN 300440-1, Telecomunicaciones. Compatibilidad electromagnética y espectro radioeléctrico (ERM). Dispositivos de corto alcance. Aparatos radioeléctricos utilizados en la gama de frecuencias comprendidas entre 1 GHz y 40 GHz. Parte 1: Características técnicas y métodos de medición (índice de clasificación: Z 84-440-1). NF EN 300440-2, Telecomunicaciones. CEM y espectro radioeléctrico (ERM). Aparatos de corto alcance (SRD). Equipos radioeléctricos utilizados en las bandas de frecuencia de 1 GHz a 40 GHz. Parte 2: EN armonizado que cubre el Artículo 3.2 de la Directiva R y TTE (índice de clasificación: Z 84-440-2). NF EN 301489-1, Telecomunicaciones. CEM y espectro radioeléctrico (ERM). Norma de compatibilidad electromagnética para los equipos y los servicios de radio. Parte 1: Exigencias técnicas (índice de clasificación: Z 84-489-1). NF EN 301489-3: 2002. Telecomunicaciones. CEM y espectro radioeléctrico (ERM). Norma de compatibilidad electromagnética para los equipos y los servicios de radio. Parte 3: Condiciones específicas para los aparatos de corto alcance (SRD) que funcionan con frecuencias entre 9 kHz et 40 GHz (índice de clasificación: Z 84-489-3).

Page 226: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 226 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NF EN ISO 11202, Acústica. Ruido emitido por las máquinas y los equipos. Medición de los niveles de presión acústica de emisión en el sitio de trabajo y en otras posiciones específicas. Método de control in situ (índice de clasificación: S 31-502). NF C 15-100, Instalaciones eléctricas de baja tensión. Sección 702: Piscinas y otros estanques. NF C 48-265, Detección de intrusión. Dispositivos de alarma sonora. Reglas generales. NF P 90-306, Elementos de protección para piscinas enterradas, abiertas y privadas de uso individual o colectivo. Barreras de protección y medios de acceso al estanque. Exigencias de seguridad y métodos de ensayo. UTE C 15-103, Instalaciones eléctricas de baja tensión. Guía práctica. Selección de materiales eléctricos (incluidas las canalizaciones) en función de las influencias externas. EN 300220-3, CEM y espectro radioeléctrico (ERM). Aparatos de corto alcance. Equipos radioeléctricos que funcionan en la gama de frecuencias de 25 MHz a 1 000 MHz con niveles de potencia que no superan 500 mW. Parte 3: EN armonizado que cubre la exigencia esencial del Artículo 3.2 de la Directiva R y TTE. IEC 61496-2:19971) Seguridad de las máquinas. Equipo de protección electro-sensible. Parte 2: Exigencias particulares de un equipo que usa dispositivos protectores opto-electrónicos activos (AOPD). 3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES Los términos y definiciones siguientes se aplican a las necesidades del presente documento: 3.1 Piscina. Instalación que comprende uno (o varios) estanque(s) artificiales(s), estanco(s), en un lugar cubierto o al aire libre, donde se practican actividades acuáticas y se filtra agua, desinfectada y desinfectante, así como todos los equipos estrictamente necesarios para su funcionamiento. 3.2 Estanque (de piscina). Cualquier reservorio artificial de agua, estanco, donde se practican actividades acuáticas y cuya agua sea filtrada, desinfectada y desinfectante. 3.3 Piscina privada de uso individual. Piscina privada reservada al uso personal de una familia fuera de un sitio de temporada vacacional. 3.4 Piscina privada de uso colectivo. Se considera de uso colectivo toda piscina privada que no sea de uso individual. EJEMPLO Piscinas de hoteles, de sitios de camping, copropiedades, moradas rurales, centros de vacaciones, etc. 3.5 Sistema de alarma. Sistema compuesto de dispositivos de detección, transmisión y señalización de una caída o franqueamiento de un niño menor de cinco años en la zona de protección 3.6 Sistema de transmisión. Medio que asegura la difusión o repercusión de la información: - entre los diferentes detectores del sistema de alarma, de haber varios; - entre el o los detectores y la central; - de manera general, entre todos los elementos que constituyen el sistema de alarma.

1) La IEC 61496-2 de 1997 fue reemplazada por la IEC 61496-2 de 2006.

Page 227: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 227 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

3.7 Dispositivo de advertencia de alerta (sirena). Medio que emite una señal sonora de alerta que se dispara cuando hay una intrusión o una presencia en la zona de protección. 3.8 Dispositivo de advertencia de falla. Medio que emite una señal de falla que advierte disfunción o defecto de funcionamiento del sistema de alarma. 3.9 Zona de protección. El estanque separado o el estanque y sus accesos, el (o los) volume(nes) de agua adyacente(s). 3.10 Central. Elemento electrónico que recibe las informaciones del (o de los) detector(es) y activa los dispositivos de advertencia, así como, eventualmente, otros dispositivos de alerta. 3.11 Dispositivo de comando eléctrico. Elemento de tipo interruptor, botón pulsador o llave de comando manual que transmite una orden de acción por enlace. 3.12 Dispositivo de telemando. Elemento de tipo interrupción, botón pulsador o llave de comando manual que transmite a distancia una señal que activa la ejecución de una orden de acción sin enlace físico diferente al aire. El telemando puede ser fijo o móvil, dispone de su propia fuente de energía, principal o auxiliar y emite una señal de mando. 3.13 Condición de alarma. Acción o circunstancia que dispara el dispositivo de advertencia de alerta. 3.14 Segmento de protección. Segmento de línea recta comprendido entre dos bornes (uno emisor y el otro receptor). 3.15 Acceso por una playa (sumergida o en pendiente suave). Zona de poca profundidad accesible desde el borde del estanque, cuya profundidad de inmersión es de < 25 cm y que se extiende a más de 80 cm desde el borde del estanque. 3.16 Robot de inmersión. Robot que sale y entra al agua provocando un evento asimilable o idéntico a la caída de un niño. 3.17 Captador. Dispositivo que libera, a partir de un magnitud física, otra magnitud, a menudo eléctrica, que es función de la primera magnitud y directamente utilizable para la medición o el mando. 4. EXIGENCIAS COMUNES A TODOS LOS SISTEMAS DE ALARMA 4.1 GENERALIDADES Todos los textos reglamentarios vigentes, citados en el numeral 2 del presente documento, se aplican integralmente para los parágrafos en cuestión. NOTA La reglamentación aplicable para el producto que demuestre conformidad con la norma NF P 90-307-1:2009 se especifica en el Anexo A. Los informes de ensayos, la certificación de conformidad con estos textos reglamentarios deben ser suministrados al laboratorio encargado de establecer la conformidad con relación al presente documento. La conformidad tiene que ver solamente con los productos. Es necesario satisfacer el conjunto de exigencias del presente documento para los sistemas de inmersión, cualesquiera que sean los posibles ajustes, es decir:

Page 228: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 228 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- en el umbral de la sensibilidad máxima para los ensayos de estabilidad; - en el umbral de la sensibilidad mínima para los ensayos de desempeño de la detección de

caída. Ningún ajuste relativo al desempeño del detector debe ser accesible para el usuario ni para el instalador de sistemas de detección perimétrica. 4.2 SISTEMAS DE ALARMAS Todos los sistemas de alarma deben poder funcionar 24 h sobre 24 sin importar las condiciones atmosféricas, dentro de los límites especificados en los numerales correspondientes a cada tipo de producto contenido en el presente documento y por fuera de los periodos durante los cuales el sistema se neutralice en forma voluntaria. Esta exigencia ha sido verificada por los ensayos descritos en el presente documento. 4.3 SISTEMAS DE DETECCIÓN Todos los sistemas de detección deben disponer de: - una sirena integrada al sistema de detección, - una sirena desviada por conexión filaria. 4.4 SIRENAS COMPLEMENTARIAS Todas las les sirenas complementarias deben responder a las exigencias de los numerales 4.9 (central y detector (es)), 4.10 (medios de transmisión) y 4.11 (señalización de los sistemas de alarma) del presente documento. 4.5 COMANDOS DE ACTIVACIÓN / DESACTIVACIÓN 4.5.1 Generalidades Todos los comandos de activación / desactivación deben: - poder ubicarse fuera del alcance de los niños menores de cinco años o - permanecer asegurados. 4.5.2 Comandos fuera del alcance de niños menores de cinco años Estos sistemas son de tipo: - dispositivo de telemando; - llave (mecánica o electrónica), dispositivo de comando eléctrico ubicado mínimo a 1,60 m del

suelo. En el caso de los telemandos se aplican las exigencias del numeral 4.5.3 (comandos asegurados). 4.5.3 Comandos asegurados A fin de impedir el riesgo de desactivación por parte de niños menores de cinco años o por acción no intencional, para desbloquear los mandos es preciso que: - se efectúen al menos dos acciones consecutivas sobre el sistema de desbloqueo del cierre

Page 229: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 229 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

para liberarlo y que la segunda de tales acciones dependa de que se efectúe y mantenga la primera, o que

- se efectúen dos acciones separadas pero simultáneas que se desarrollen según principios

diferentes o que - se recurra a un código digital. NOTA Una de las acciones de un dispositivo puede ser parte constitutiva del uso de un elemento tal como: una ficha, una llave o una tarjeta magnética. Debe ser posible que los adultos manejen con facilidad todo sistema de desbloqueo. Estas exigencias se aplican integralmente a los dispositivos de telemando. 4.6 ALIMENTACIÓN 4.6.1 Medios Las tensiones de alimentación eléctrica aplicables deben conformarse particularmente a la norma NF C15-100, sección 702. 4.6.2 Autonomía de vigilancia (sin disparar la alarma) La autonomía debe ser como mínimo: - 20 j para baterías recargadas por energía fotovoltaica; - 6 h para asegurar el funcionamiento y luego 24 h para señalar falla en baterías recargadas por

sector. Transcurridas 6 h, se debe hacer un simulacro de disparo para asegurar el buen funcionamiento.

El tiempo máximo de recarga de baterías luego de una descarga de 6 h debe ser de 48 h; - en el caso de las pilas este tiempo debe ser de un año. La autonomía de las pilas se verifica

según el método de ensayo descrito en el Anexo B. 4.6.3 Alimentación débil fuera de los sistemas alimentados por sector En caso de alimentación fotovoltaica, pilas o baterías, el sistema de alarma debe estar provisto de un dispositivo de advertencia de falla conforme al numeral 4.11.3 (señal de falla del sistema) que debe mantenerse puesto mientras no haya retorno a la normalidad por una duración mínima de un mes. 4.6.4 Defecto o ausencia de alimentación de los sistemas alimentados por sector La presencia de la alimentación por sector debe señalarse en forma visual. Todo defecto o ausencia de alimentación por sector debe disparar la puesta en marcha de una alimentación auxiliar. En presencia de la alimentación por sector, todo defecto o ausencia de alimentación auxiliar debe accionar un dispositivo de advertencia de falla, de conformidad con el numeral 4.11.3 (señal de falla del sistema). 4.7 SEGURIDAD ELÉCTRICA Ver el numeral 2 del presente documento en cuanto a seguridad eléctrica. NOTA La reglamentación aplicable para el producto que demuestre conformidad con la norma NF P 90-307-1:2009 se especifica en el Anexo A.

Page 230: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 230 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.8 COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA Ver el numeral 2 del presente documento en cuanto a compatibilidad electromagnética. NOTA La reglamentación aplicable para el producto que demuestre conformidad con la norma NF P 90-307-1:2009 se especifica en el Anexo A. 4.9 CENTRAL Y DETECTOR(ES) 4.9.1 Instalación de la central y del (los) detector(es) La central y el (los) detector(es) deben instalarse de manera tal que no puedan ser desplazados sin ayuda de una herramienta. 4.9.2 Resistencia a temperaturas altas y bajas 4.9.2.1 Partes del sistema instaladas en el exterior Los sistemas de alarma deben responder a las exigencias mencionadas en la norma NF EN 50130-5:1999 en cuanto a la conservación de las condiciones medioambientales. Los ensayos a efectuar son: - el ensayo de calor seco a 70 °C según el numeral 8 de la norma NF EN 50130-5:1999;

- el ensayo en frío a -25 °C según el numeral 10 de la norma NF EN 50130-5:1999;

El sistema de alarma debe permanecer estable durante la prueba a lo largo de estos ensayos (sin que se dispare la alarma) y pasar a satisfacción el ensayo de funcionamiento (verificación de la cadena captadora - alarma por simulación) al finalizar la prueba. - Ensayo cíclico de calor a húmedo a 55 °C y 93 % de humedad según el numeral 14 de la

norma NF EN 50130-5:1999. Para este ensayo, el sistema de alarma debe permanecer estable durante la prueba y pasar a satisfacción el ensayo de funcionamiento al finalizar la misma. Los ensayos se efectúan con remplazo de pilas y baterías por una fuente externa de alimentación (tal fuente no se somete a las temperaturas). Al finalizar la prueba se debe simular el disparo del sistema de alarma. Cuando se realicen todas las pruebas de temperatura, se debe efectuar una prueba de funcionamiento sobre las muestras: - para las alarmas perimétricas: según los numerales 8.2.2.2.2 (ensayo de franqueamiento

dinámico de la zona 1) y 8.2.2.2.3 (ensayo de franqueamiento dinámico de la zona 2);

- para las alarmas de inmersión según el numeral 8.3.3. (ensayo de inmersión sin resistencias específicos) para el punto diagonalmente opuesto al detector;

- para las alarmas perimétricas interdependientes de un obstáculo según el numeral 8.4.2.2.3 (ensayo de franqueamiento dinámico)

Page 231: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 231 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

4.9.2.2 Partes del sistema instaladas en interior Los sistemas de alarma deben responder a las exigencias mencionadas en la norme NF EN 50130-5:1999 para la conservación de las condiciones ambientales. Los ensayos a efectuar son: - el ensayo de calor seco a 40 °C según el numeral 8 de la norma NF EN 50130-5:1999; - el ensayo en frío a -5 °C según el numeral 10 de la norma NF EN 50130-5:1999; El sistema de alarma debe permanecer estable durante la prueba a lo largo de estos ensayos (sin que se dispare la alarma) y pasar a satisfacción el ensayo de funcionamiento (verificación de la cadena captadora - alarma por simulación) al finalizar la prueba. - El ensayo cíclico de calor húmedo a 40 °C y 93 % de humedad según el numeral 14 de la

norma NF EN 50130-5:1999. Para este ensayo, el sistema de alarma debe permanecer estable durante la prueba y pasar a satisfacción el ensayo de funcionamiento al finalizar la misma. Los ensayos se efectúan con remplazo de pilas y baterías por una fuente externa de alimentación (tal fuente no se somete a las temperaturas). Al finalizar la prueba se debe simular el disparo del sistema de alarma. 4.9.3 Protección de las envolturas que contienen material eléctrico Estas envolturas deben responder a las siguientes exigencias: - IPX7 para elementos del sistema de alarma sumergidos a una profundidad inferior a 1 m; - IPX5 para elementos del sistema de alarma instalados (anclados o colocados) en el suelo, en

exterior y fuera de la piscina; - IPX4 para elementos del sistema de alarma instalados en el exterior a una altura superior o

igual a 1,60 m; - IPX1 para elementos del sistema colocados en el interior del locales técnicos sin calefacción; - IPX0 para elementos del sistema colocados en el interior de los sitios de habitación en

general, según el uso preconizado en UTE C 15-103. Al finalizar la prueba, simular el disparo del sistema de alarma. En sistemas con tensión de seguridad muy baja solamente se efectúa la verificación de buen funcionamiento. Al finalizar los ensayos efectuados de conformidad con los numerales 8.2.2.4 (ensayo de resistencia de los bornes a los ensayos mecánicos y desalineamiento de los haces), 8.3.4.5 (ensayo sobre la caja), y 8.4.2.4 (ensayo de resistencia de los bornes a los ensayos mecánicos y desalineamiento de haces) no se debe evidenciar ningún deterioro de la envoltura y se debe conservar la funcionalidad (luego de un ensayo simulado de activación). 4.9.4 Interrupción manual de la sirena La interrupción de la sirena debe poderse aplicar de manera manual en todos los sistemas de alarma.

Page 232: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 232 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

NOTA Un telemando se considera sistema manual.

4.9.5 Reactivación del sistema de alarma El sistema de alarma debe tener una función de reactivación automática luego de que se desactive temporalmente para utilizar la piscina o después de resolver una falla. El sistema de alarma debe tener una función de reactivación manual. Los estados de vigilancia y/o sin vigilancia deben señalarse de manera permanente. Esta señal debe ser diferente de la señal de alarma y de falla de alarma. En el caso de los sistemas de detección de inmersión, debe haber una reactivación automática mínimo 15 min ( )0

5+ luego del último evento detectado según las condiciones de ensayo definidas en el parágrafo 8.3.5 (ensayo de reactivación automática). En los sistemas de detección perimétrica por haces ópticos, debe haber una reactivación automática mínimo una hora luego de la desactivación temporal para utilizar la piscina. 4.9.6 Maniobra activación y poner fuera de servicio el sistema La maniobra de activación y poner fuera de servicio total el sistema debe efectuarse únicamente mediante de un dispositivo exclusivo para este comando que no pueda ser accionado en forma involuntaria. Debe indicarse con claridad cuando el sistema de alarma se encuentre en estado ‘fuera de servicio’.

• 4.10 MEDIOS DE TRANSMISIÓN 4.10.1 Medios de transmisión filares Cuando el sistema de alarma está en servicio, toda interrupción de la transmisión (corte, corto circuito del conjunto de conductores, puesta a tierra, etc.) debe dispara el dispositivo de advertencia de falla antes de transcurridos 2 s. 4.10.2 Medios de transmisión sin hilo En el caso de medios de transmisión radioeléctrica, es conveniente ceñirse a la reglamentación vigente (directiva R&TTE y normas armonizadas asociadas: ver el Numeral 2 del presente documento). Para los únicos sistemas fijos de monofrecuencia:

• - la detección de una señal de interferencia susceptible de provocar una ruptura del contacto de radio más de 10 s en un lapso de 20 s debe generar advertencia de perturbación del contacto de radio;

• - cualquier interferencia que dure menos de 5 s en un lapso de 60 s, no debe generar ninguna indicación.

Los ensayos pertinente de la norma prEN 50131-5-3, definen el método de verificación. Los telemandos de radio no se someten a esta exigencia.

Page 233: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 233 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Los sistemas con diversidad de frecuencias, multifrecuencia, esparcimiento de espectro o tecnología LBT (Listen Before Talk) deben ser privilegiados y permitir que se establezcan contactos radioeléctricos con alta fidelidad de transmisión. Una interferencia eventual/accidental ocurrida en un canal no debe provocar ruptura del contacto radioeléctrico. 4.11 SEÑALIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ALARMA 4.11.1 Generalidades Bajo uso normal, los siguientes cinco estados del sistema deben estar permanentemente señalados para el usuario: - bajo vigilancia; - sin vigilancia (únicamente para autorizar el baño); - alarma; - falla; - fuera de servicio. Ninguna indicación suplementaria debe generar contradicción con estos cinco estados. 4.11.2 Señal para sistema fuera de servicio Ante la ausencia de señalización, se debe señalar el estado «fuera de servicio». 4.11.3 Señal de falla del sistema Esta señal se usa cuando el desempeño del sistema no permite responder más a las exigencias del presente documento: - cuando la fuente de alimentación es débil (pilas o batería) o hay ausencia de la misma (sector) - cuando surge cualquier otra anomalía detectada por el sistema, que induzca un defecto de

detección (por ejemplo, estanque demasiado agitado, etc.). Las siguientes son las exigencias en cuanto a las señales de falla en los sistemas de alarma: - de ser necesario, debe ser posible desviar la señal para responder a la implantación

geográfica de la piscina en relación con la residencia o el sitio de alojamiento; - la señal debe hacer referencia a una modulación o frecuencias diferentes a las prescritas en la

norma NF C 48-265 y debe también ser idéntica sin importar el tipo de defecto señalado; - la señal debe ser diferente de la señal de alarma. Debe ser sonora y estar complementada por

una o varias señales visuales; - la señal debe ser de sonoridad repetitiva con intervalo de repetición menor a 60 segundos

hasta que la intervención humana permita detener solamente la señal sonora y/o la solución de la falla.;

- la señal debe ser permanente (no necesariamente continua) en su manifestación visual, hasta

que se resuelva la falla.

Page 234: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 234 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Las instrucciones de utilización deben contener explicaciones claras en lo referente al significado de las diferentes señales visuales de falla y los medios de remediar la(s) falla(s). 4.11.4 Señal de alarma 4.11.4.1 Duración mínima de la señal La señal debe tener una duración mínima de 1 min. 4.11.4.2 Nivel sonoro Las sirenas deben tener una potencia con las siguientes características: - si no hay reglamentación (especialmente de tipo local), la potencia debe ser mayor de 100 dBA a 1 m para sirenas exteriores, y mayor de 80 dBA a 1 m para las sirenas interiores;

- la potencia no debe superar 115 dBC de valor pico.

Estas mediciones se efectúan según la norma NF C 48-265 partir del plano de salida de sonido y en la dirección suministrada por el fabricante, por encima o sobre uno de los costados del aparato. La alarma debe estar instalada sobre un soporte como se determina en la norma NF EN ISO 11202. Véase igualmente el numeral 2 del presente documento. NOTA La reglamentación aplicable para el producto que demuestre conformidad con la norma NF P 90-307-1:2009 se especifica en el Anexo A. 4.11.4.3 Dispositivo(s) suplementario(s) de advertencia (señal de alarma). Los sistemas de alarma deben poder activar uno o varios dispositivos suplementarios de advertencia. El sistema de alarma debe permitir la prórroga de las señales de alarma. Las instrucciones de instalación recibidas al comprar el sistema debe contener disposiciones referentes a dicha prorroga. 4.11.5 Señal que indica el estado sin vigilancia El sistema solo puede quedar en estado sin vigilancia mediante una acción voluntaria del usuario para autorizar el baño. Las exigencias para la señal que indica el estado ‘sin vigilancia’ en los sistemas de alarma son las siguientes: - la señal debe estar ubicada sobre un elemento del sistema de alarma instalado cerca del

estanque y debe ser visible desde el mismo; - la señal debe ser visible y de color rojo; - la señal debe ser permanente (no necesariamente continua). El significado de la señal debe aparecer al lado de la misma, en texto o pictograma; en el caso de texto, usar la expresión, “sin vigilancia”. 4.11.6 Señal de estado de vigilancia Las siguientes son las exigencias para la señal de vigilancia en los sistemas de alarma:

Page 235: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 235 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- la señal debe estar sobre un elemento del sistema de alarma instalado cerca del estanque y debe ser visible desde el mismo;

- la señal debe ser visible y de color verde; - la señal debe ser permanente (no necesariamente continua). El significado de la señal debe aparecer al lado de la misma, en texto o pictograma; en el caso de texto, usar la expresión, “bajo vigilancia”. 4.11.7 Visibilidad La señalización incorporada a un elemento del sistema debe ser visible para una persona ubicada a 1 m y bajo un ángulo de 45°, vista lateral desde cada costado de la señalización. La verificación se efectúa en una sala de iluminación media con una intensidad de 3 000 lux ± 300 lux. 5. EXIGENCIAS PROPIAS DE LOS SISTEMA DE DETECCIÓN PERIMÉTRICA POR MEDIO DE HACES ÓPTICOS 5.1 SEGMENTO DE PROTECCIÓN La Figura 1 representa las dos zonas de detección para un segmento de protección.

0,20 m0,45 m

2

1

Leyenda 1 Zona 1 de detección del cuerpo de un niño menor de cinco años que gatea 2 Zona 2 de detección del cuerpo de un niño de cinco años que franquea la zona 1

Figura 1. Segmento de protección representado con las zonas de detección 5.2 CONTINUIDAD DE PROTECCIÓN El perímetro que rodea el espacio a ser protegido se divide en segmentos y cada uno de éstos está materializado por un borne emisor y un borne receptor o cualquier otro sistema equivalente. A fin de asegurar la protección, todos los segmentos deben ser:

- continuos, o

- discontinuos con un elemento material que se intercale en el perímetro de protección y de un tamaño tal que impida todo tipo de tránsito, ya sea muro, fachada, o barrera según lo prescrito en la norma NF P 90-306.

Los bornes que delimitan cada segmento de protección deben respetar:

- una sección máxima de 400 cm2 y una altura mínima de 0,65 m; o

Page 236: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 236 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- una sección máxima de 200 cm2.

5.3 FRANQUEAMIENTO

El sistema de detección perimétrica debe percibir todo franqueamiento del perímetro de protección por parte de un niño menor de cinco años y activar un dispositivo audible de advertencia. Al finalizar cada ensayo de franqueamiento para cada segmento, según se define en el numeral 8.2.2.2, el sistema debe detectar el paso del cilindro y activar el dispositivo de advertencia de alerta antes de transcurridos dos segundos después de cada franqueamiento. Los sistemas de alarma con tecnología láser deben tener láser Clase 1, según la norma NF EN 60825-1. 5.4 INVULNERABILIDAD A DISPAROS INTEMPESTIVOS DE ALARMAS Al finalizar cada ensayo descrito en el numeral 8.2.2.3 (ensayo de disparos intempestivos), el sistema de alarma no debe disparar intempestivamente. 5.5 RESISTENCIA DE LOS BORNES A LAS DEFORMACIONES MECÁNICAS Y DESALINEAMIENTO DE LOS HACES DE DETECCIÓN Al finalizar el ensayo descrito en el numeral 8.2.2.4 (ensayo de resistencia de bornes a los ensayos mecánicos y desalineamiento de haces), todos los bornes emisores y receptores deben detectar el paso del cilindro y disparar el dispositivo de advertencia de alerta antes de transcurridos 2 segundos después de cada franqueamiento. El emisor y el receptor deben estar protegidos contra un desajuste provocado por cualquier impacto. La protección se considera satisfactoria si el borne respeta el índice de protección IK 07 (choque de 2 J) según la norma NF EN 50102. Si se produce una desalineación a nivel de los haces en cualquier segmento del perímetro de la zona de protección, se debe entonces disparar el sistema de falla o de alerta. 5.6 INVULNERABILIDAD DE LOS EMISORES / RECEPTORES A UNA ILUMINACIÓN NATURAL MÁXIMA Durante el ensayo descrito en el numeral 8.2.2.5 (ensayo de iluminación natural máxima), el sistema debe detectar el paso del cilindro y disparar el dispositivo de advertencia de alerta antes de transcurridos 2 s después de cada franqueamiento. El funcionamiento del receptor no debe verse perturbado por ningún tipo de resplandor solar. Al finalizar el ensayo descrito en el numeral 8.2.2.5 (ensayo de iluminación natural máxima), no se debe evidenciar ningún defecto de detección. 5.7 FUNCIONAMIENTO DE ATENUACIÓN El funcionamiento del receptor no debe verse perturbado por niebla densa. El sistema debe continuar en funcionamiento durante el ensayo descrito en el numeral 8.2.2.6 (ensayo de atenuación).

• 6. EXIGENCIAS REFERENTES A LOS SISTEMAS DE DETECCIÓN DE INMERSIÓN

• 6.1 GENERALIDADES

Page 237: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 237 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Las piscinas que tienen acceso al agua por una playa (sumergida o en pendiente suave) no pueden estar equipadas solamente con un sistema de detección tipo inmersión.

• 6.2 EXIGENCIAS

• 6.2.1Exigencias generales (sensibilidad, homogeneidad de detección) El sistema de detección de inmersión debe realizar la detección y disparar un dispositivo de advertencia de alerta en los dos casos siguientes:

• - inmersión de un niño con mínimo 6 kg de peso, desde la periferia del estanque en lugares sucesivos precisados en el numeral 8.3.3.2.2 (posicionamiento del maniquí de ensayo alrededor del estanque) y según el numeral 8.3.3.2.4 (detección de inmersión de un niño de muy corta edad que cae al agua desde el borde);

• • - inmersión de un niño con mínimo 8 kg de peso desde las escaleras y escalones según

el numeral 8.3.3.2.5 (detección de inmersión de un niño que cae de un peldaño o escalón); •

El detector de inmersión no debe dispararse en forma intempestiva bajo las condiciones de ensayo definidas en el numeral 8.3 (ensayos para la detección de inmersión).

• 6.2.2Exigencias técnicas 6.2.2.1 Detección de inmersión sin resistencia específica Al término del ensayo descrito en el numeral 8.3.3 (ensayo de inmersión sin resistencia específica), sin importar la posición del detector en el estanque, (instalado según las prescripciones del fabricante), se debe detectar el maniquí de ensayo a más tardar 12 s después de hacer contacto con la superficie del agua, lo cual debe ocurrir con cualquier caída efectuada. La medición se efectúa con una incertidumbre de ± 1 s. 6.2.2.2 Detección de inmersión con resistencia específica Se debe detectar el maniquí de ensayo a más tardar 12 s después de hacer contacto con la superficie del agua, lo cual debe ocurrir con cualquier caída efectuada (incertidumbre de medición ± 1 s) durante los ensayos descritos en el numeral 8.3.3 (ensayo de inmersión sin resistencia específica) con las siguientes resistencias: - sistema de filtración de agua (véase el numeral 8.3.4.1); - invulnerabilidad a los efectos indirectos del viento, capacidad de detección en agua perturbada

(véase el numeral 8.3.4.3); - acumulación del sistema de filtración de agua, robot de limpieza en funcionamiento y viento

constante (véase el numeral 8.3.4.4), 6.2.2.3 Invulnerabilidad a los disparos intempestivos de alarma No se debe observar ningún disparo intempestivo durante los ensayos efectuados según: - 8.3.4.1 (ensayo en presencia del sistema de filtración de agua); - 8.3.4.3.4 (Modo operativo para reproducir el fenómeno de ráfaga de viento); - 8.3.4.3.3 (Modo operativo de ensayos en presencia de viento constante); - 8.3.4.4 (ensayo en presencia del sistema de filtración de agua, robot de limpieza y viento);

Page 238: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 238 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- 8.3.4.5 (ensayo sobre la caja) 6.2.2.4 Oposición a las resistencias mecánicas El detector de inmersión ubicado sobre el borde debe estar protegido contra todo impacto. Se considera protegido cuando respeta el índice de protección IK 07 (choque de 2 J) según la norma NF EN 50102. El detector de inmersión ubicado sobre el borde debe soportar un adulto con 80 kg de peso. 7. EXIGENCIAS EN SISTEMAS DE DETECCIÓN PERIMÉTRICA POR HACES ÓPTICOS INTERDEPENDIENTES DE UN OBSTÁCULO 7.1 GENERALIDADES Este sistema está compuesto por un obstáculo, un emisor y un receptor para cada segmento de protección. Los haces se colocan por encima del obstáculo y en prolongación de la pared del obstáculo. Los elementos de este sistema de detección, junto con el obstáculo y los detectores forman un bloque indisociable. 7.2 EXIGENCIAS 7.2.1 Exigencias generales Aplican las siguientes exigencias: - el obstáculo no debe en ningún caso disponer de un portillo o de un acceso; - el obstáculo debe estar conforme a la norma NF P 90-306, con excepción del parágrafo

relativo a la altura mínima; - la altura del obstáculo entre dos puntos de apoyo debe ser mayor o igual a 0,60 m; - la profundidad del obstáculo no debe sobrepasar 0,06 m de lado a lado del haz de detección; - los detectores y el obstáculo deben ser indisociables; no deben poderse desunir ni desmontar,

salvo con ayuda de las herramientas necesarias para operaciones de instalación y de mantenimiento.

• 7.2.2Exigencias técnicas

7.2.2.1 Continuidad de protección Se deben aplicar las exigencias definidas en el numeral 5.2 (continuidad de la protección) del presente documento. 7.2.2.2 Franqueamiento Se debe disparar el dispositivo de advertencia al finalizar cada ensayo definido en el numeral 8.4.2.2 (ensayo de franqueamiento). 7.2.2.3 Invulnerabilidad a disparos intempestivos de alarmas El sistema de alarma no debe dispararse en forma intempestiva al finalizar cada ensayo descrito en el numeral 8.4.2.3 (ensayo de disparos intempestivos).

Page 239: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 239 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

7.2.2.4 Resistencia de los bornes a deformaciones mecánicas y desalineamiento de los haces

de detección Al término del ensayo descrito en el numeral 8.4.2.4 (ensayo de resistencia de los bornes a los ensayos mecánicos y al desalineamiento de los haces), todos los bornes emisores y receptores deben detectar el paso del cilindro y disparar el dispositivo de advertencia de alerta antes de transcurridos 2 s después de cada franqueamiento. El emisor y el receptor deben estar protegidos contra un desajuste provocado por cualquier impacto. Se considera satisfecha esta exigencia si el borne respeta el índice de protección IK 07 (choque de 2 J) según la norma NF EN 50102. El sistema de falla o alerta debe dispararse si se produce una desalineación a nivel de los haces de un segmento cualquiera del perímetro de la zona de protección. 7.2.2.5 Invulnerabilidad de los emisores / receptores ante un máximo de iluminación natural Durante el ensayo descrito en el numeral 8.4.2.5 (ensayo con un máximo de iluminación natural), el sistema debe detectar el paso del cilindro y disparar la señal de alerta antes de transcurridos 2 s después de cada franqueamiento. El funcionamiento del receptor no debe verse perturbado por ningún tipo de resplandor solar. No se debe presentar ningún defecto de detección al término del ensayo descrito en el numeral 8.4.2.5 (ensayo de iluminación natural máxima). 7.2.2.6 Funcionamiento con atenuación El funcionamiento del receptor no debe verse perturbado por una niebla densa. El sistema debe seguir funcionando durante el ensayo descrito en el numeral 8.4.2.6 (ensayo de atenuación).

• 8. MÉTODOS DE ENSAYO

• 8.1 INCERTIDUMBRES DE MEDICIÓN Las incertidumbres de medición se dan con ± 0,005 m a título indicativo.

• 8.2 ENSAYOS PARA LA DETECCIÓN PERIMÉTRICA POR MEDIO DE HACES ÓPTICOS

• 8.2.1Maniquí de ensayo

El maniquí de ensayo es un cilindro de 0,20 m ±10 % de diámetro, 0,20 m ±10 % de altura y entre 1 kg - 3 kg de peso. El maniquí de ensayo debe ser de color blanco mate y estar constituido por materiales opacos que oculten el 100 % de los haces ópticos.

• 8.2.2Modo operativo 8.2.2.1 Colocación del maniquí de ensayo El maniquí de ensayo se suspende en un punto de anclaje situado a una distancia de 4 m por encima del suelo. El peso del cable que une el maniquí de ensayo con el punto de anclaje debe ser despreciable respecto al peso del maniquí.

Page 240: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 240 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Ubicar un segmento de protección de longitud máxima especificada por el constructor. El ensayo debe efectuarse sobre un suelo plano, de preferencia en hormigón con una llanura más o menos de 0,01 m. 8.2.2.2 Ensayo de franqueamiento 8.2.2.2.1 Generalidades Los ensayos definidos en el numeral 8.2.2.2.2 (ensayo de franqueamiento de la zona 1) y el numeral 8.2.2.2.3 (ensayo de franqueamiento de la zona 2) se efectúan en el medio del segmento de protección y en cada uno de los extremos. En los ensayos dinámicos, no debe haber ningún obstáculo que estorbe el maniquí. 8.2.2.2.2 Ensayo de franqueamiento de la zona 1 8.2.2.2.2.1 Ensayo estático Colocar en reposo el maniquí de ensayo en medio del segmento de protección y luego en cada uno de los extremos a una altura de 0,01 m del suelo. 8.2.2.2.2.2 Ensayo dinámico Efectuar tres veces el siguiente ensayo: - apartar el maniquí de ensayo del segmento de protección de manera que describa una caída

en movimiento pendular sin velocidad inicial; - soltar el maniquí de ensayo a una distancia de d1 = 0,63 m para obtener una velocidad de 1

m/s en el momento del paso a través del segmento (véase la Figura 2). 8.2.2.2.3 Ensayo de franqueamiento de la zona 2 8.2.2.2.3.1 Ensayo estático Colocar en reposo el maniquí de ensayo en medio del segmento de protección y luego en cada uno de los extremos a una altura de 0,45 m del suelo. 8.2.2.2.3.2 Ensayo dinámico Efectuar tres veces el siguiente ensayo: - apartar el maniquí de ensayo del segmento de protección de manera que describa una caída

en movimiento pendular sin velocidad inicial; - soltar el maniquí de ensayo a una distancia de d2 = 1,72 m para obtener una velocidad de 3

m/s en el momento del paso a través del segmento (véase la Figura 2).

Page 241: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 241 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

dd1

3

1

4

2 2

0,01 m0,45 m

1 2

4,00 m

Leyenda 1 Posición del centro de gravedad del maniquí de ensayo 2 Eje del segmento de protección 3 Ensayo de franqueamiento de la zona 1 4 Ensayo de franqueamiento de la zona 2 d1 = 0,63 m d2 = 1,72 m

Figura 2. Ensayos de franqueamiento 8.2.2.3 Ensayo de disparos intempestivos de alarma Efectuar los ensayos descritos en el numeral 8.2.2.2.2.2 (ensayo de franqueamiento dinámico de la zona 1) y el numeral 8.2.2.2.3.2 (ensayo de franqueamiento dinámico de la zona 2) dejando caer el maniquí de ensayo a una distancia de: - d1 = 3,54 m para la zona 1; - d2 = 3,24 m para la zona 2. NOTA Dejar caer el maniquí de ensayo a estas distancias, simula un corte de haz inferior a 30 ms. 8.2.2.4 Ensayo de resistencia de los bornes a los ensayos mecánicos y desalineación de los

haces - Aplicar una fuerza de 200 N a la cabeza de cada borne según un plano horizontal en cuatro

direcciones ortogonales sucesivamente y en dirección vertical; - efectuar el ensayo de franqueamiento definido en el numeral 8.2.2.2; - someter los bornes al índice de protección IK 07 (choque de 2 J) según la norma NF EN

50102. 8.2.2.5 Ensayo con iluminación natural máxima Efectuar los ensayos según los métodos descritos en los numerales 5.4.6.4 y 5.4.6.5 de la norma CEI

Page 242: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 242 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

61496-2:1997. 8.2.2.6 Ensayo de atenuación Volver a hacer el ensayo descrito en el numeral 8.2.2.2 (ensayo de franqueamiento) en presencia de un filtro que permita una atenuación de la señal del orden de 90 %. 8.3 ENSAYOS PARA LA DETECCIÓN DE INMERSIÓN 8.3.1 Generalidades Desde el comienzo hasta el fin de los ensayos, estos se deben efectuar sin intervención o manipulación humana en el sistema de alarma. 8.3.2 Piscina de referencia Los ensayos se llevan a cabo en una piscina enterrada de dimensiones mínimas 4 m x 8 m, tal y como lo muestra la Figura 3. NOTA Estas son las dimensiones de la mayoría de estanques construidos en el mercado francés.

8,00 m

4,00 m

Figura 3. Piscina de referencia El acceso a la piscina se hace por medio de peldaños (extremo menos profundo) o por escalera. La altura entre la parte superior del borde y la superficie del agua es 0,13 m. La profundidad del estanque por debajo del borde mínimo es 1,20 m. A fin de eliminar las interferencias accidentales debido a perturbaciones atmosféricas, los ensayos se hacen con un viento exterior de mediana intensidad, durante 2 min con una medida menor a 2 m/s, en una piscina cubierta o en una piscina exterior, sin lluvia, y con una temperatura ambiente entre 5 °C y 30 °C. La velocidad del viento exterior se mide con ayuda de una anemómetro de copelas, a 1,5 m por encima del túnel de guía en el centro del estanque. 8.3.3 Ensayo de inmersión sin resistencia específica 8.3.3.1 Maniquí de ensayo

Page 243: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 243 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Los maniquíes de ensayo deben ser representaciones de bebés con un peso de 6 kg o 8 kg con cabeza, tronco y cuatro miembros. Su superficie debe ser lisa, sin capilaridad (cabellos), ni vestimenta; densidad promedio de 1 ± 0,05. Los maniquíes se definen por dos volúmenes principales de envolturas paralelepipédicas: uno para la cabeza y el cuello, y el otro para el tronco, brazos y piernas. El posicionamiento relativo de cada de los volúmenes no influye. La rigidez del maniquí debe permitir ponerlo de pie, eventualmente con apoyo.

650

101238

650

134

153

a) Maniquí de ensayo A (6 kg)

800

110220

800

150

156

b) Maniquí de ensayo B (8 kg)

Figura 4. Maniquíes de ensayo

Tabla 1. Dimensiones y características de los maniquíes de ensayo

Maniquí de 6 kg Maniquí de 8 kg Precisión Envoltura Cabeza (en mm) 101 x134 110 x 150 ± 5

Tronco + brazo (en mm) 238 x 153 220 x 156 ± 5

Perímetro craneano (en mm) 411 446 ± 10

Altura del centro de gravedad (en mm) (en relación con el pie) 373 464 ± 40

Page 244: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 244 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Masa (en kg) 6 8 0/ + 3 %

8.3.3.2 Modo operativo 8.3.3.2.1 Colocación del dispositivo en ensayo El dispositivo se coloca al borde de la piscina a ± 0,50 m del medio de la longitud. 8.3.3.2.2 Posicionamiento del maniquí de ensayo alrededor del estanque

3

12

3

3

3 Leyenda 1 Piscina de referencia 2 Sistema de detección 3 Posicionamiento del maniquí de ensayo

Figura 5. Posicionamiento del maniquí Las cuatro posiciones se usan para los ensayos descritos en el numeral 8.3.3.2.4 (detección de inmersión de un niño de muy corta edad que cae al agua desde el borde) y en el numeral 8.3.3.2.5 (detección de inmersión de un niño que cae de un peldaño o de una escalón) 8.3.3.2.3 Demora entre los ensayos Entre cada ensayo, el retraso por espera debe ser 15 min ( )0

1+ para ensayos en ausencia de viento o

20 min ( )01+ para ensayos con presencia de viento como se describe en el numeral 8.3.4.3 o

activación del sistema de alarma luego de dispararse. 8.3.3.2.4 Detección de inmersión de un niño de muy corta edad que cae al agua desde el borde - Colocar el maniquí de ensayo A en posición acostada sobre la espalda, en paralelo con el

reborde de la piscina y empujarlo suavemente a una velocidad de 1 cm/s hasta que caiga al agua;

- Colocar el maniquí de ensayo A en posición acostada sobre la espalda, cabeza adelante,

perpendicular al reborde de la piscina y empujarlo suavemente con una velocidad de 1 cm/s hasta que caiga al agua.

8.3.3.2.5 Detección de inmersión de un niño que cae de un peldaño o un escalón

Page 245: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 245 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- Colocar el maniquí de ensayo B de pie sobre el primer peldaño o escalón sumergido a 20 cm

± 5 cm bajo la superficie del agua, medios de acceso al estanque, y soltarlo para que caiga al agua sobre el vientre.

8.3.4 Ensayo de disparos intempestivos de alarma

8.3.4.1 Ensayo en presencia del sistema de filtración de agua

8.3.4.1.1 Equipo

Sistema de filtración:

- número y localización de tubos: dos tubos orientables; - caudal total: de 12 m3/h a 15 m3/h; - sección: 35 (± 10) mm; - profundidad de inmersión: mínima 100 mm; máxima 400 mm; - ángulo de orientación: hacia abajo, al máximo en el eje del estanque.

NOTA La justificación de este caudal se explica en el Anexo C. 8.3.4.1.2 Modo operativo Llevar a cabo la siguiente secuencia dos veces. - disparar el sistema de filtración de agua durante 5 min; - detener el sistema de filtración de agua durante 1 min; - reactivar el sistema de filtración de agua durante 5 min. Efectuar en seguida los ensayos definidos en el numeral 8.3.3.2.4 (detección de inmersión de un niño de muy corta edad que cae al agua desde el borde) y en el numeral 8.3.3.2.5 (detección de inmersión de un niño que cae desde un peldaño o escalón) con la filtración activa. 8.3.4.2 Ensayo en presencia del robot de limpieza 8.3.4.2.1 Equipo Robot tipo no sumergible con las siguientes características:

- dimensiones: 400 mm x 400 mm x 300 mm ± 20 %; - masa: del orden de 10 kg; - volumen de aspiración: del orden de 18 m3/h; - velocidad de la bomba: del orden de 2 700 tr/min ± 20 %; - robot que sube por las paredes como está previsto en los ensayos descritos en el numeral 8.3.4.2.2.2.

8.3.4.2.2 Modo operativo

Page 246: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 246 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

8.3.4.2.2.1 Ensayos de resistencia con el robot en funcionamiento

- Activar el detector; - iniciar enseguida un ciclo de limpieza de 1 h con el robot eléctrico.

8.3.4.2.2.2 Ensayos de choques con el robot de limpieza - Activar el detector; - colocar enseguida el robot de limpieza en el fondo de la piscina, de manera que al ponerlo en

marcha, trepe por la pared donde está dispuesto el sistema bajo ensayo y encuentre la parte sumergida del sistema.

Provocar cinco choques sucesivos. 8.3.4.3 Ensayo en presencia del viento 8.3.4.3.1 Nivel de ensayo Las características y ocurrencias de viento registradas en Francia metropolitana permiten definir el nivel de ensayo con viento retenido para verificación de los disparos adecuados de las alarmas y que no haya disparos intempestivos. Más del 90 % de los casos, la velocidad media del viento a una altura inferior a 1 m no supera 5 m/ seg. Esta velocidad media está asociada a una intensidad de turbulencia de 25 %. 8.3.4.3.2 Medios de ensayo 8.3.4.3.2.1 Utilización de un ventilador climático de gran dimensión Los ensayos se efectúan en un ventilador climático que reproduce la estructura espaciotemporal de la turbulencia del viento y cuya sección de ensayo se caracteriza por las siguientes dimensiones medias: altura de 8 m, longitud 11 m, todo sobre una longitud de 25 m. La velocidad se mide en el punto de referencia P situado en el centro de la piscina a una altura de 0,6 m por encima del nivel del agua. La velocidad de los fuelles del ventilador está regulada para obtener un viento medio de 5 m/s ± 0,2 m/s en un lapso de 2 min, medida con un anemómetro con un tiempo de respuesta inferior o igual a 1 segundo en el punto P de referencia. Los ensayos con ventilador climático que reproducen el viento natural permitieron caracterizar en una piscina de referencia (4 m x 8 m y borde de 0,13 m en relación con la superficie libre) el juego de ondas y de fluctuaciones de la superficie libre para el nivel de ensayo con viento retenido:

- altura media de chapoteo h comprendida entre 5 mm y 6 mm. h es la media sobre 2 mm de los valores con ( )

2minmax hh − hmax y hmin, respectivamente, los máximos y mínimos, por cada franja de

10 s, de la altura del chapoteo medida a 0,15 m del reborde de la piscina, sobre su costado más grande y en el medio del mismo;

• espectro de la «densidad energética» que presenta una repartición de raya entre 0,3 Hz y 1,5 Hz.

• 8.3.4.3.2.2 Utilización de un medio de ensayo simplificado: el banco de aspiración con túnel

guiado

Page 247: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 247 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Un túnel guiado con una anchura mínima de 5,6 m (anchura del borde lateral superior o igual a 0,8 m), 11 m de largo y 1 m de altura recubre la piscina de referencia. En el extremo de abajo de la piscina hay cinco ventiladores de velocidad de rotación idéntica (diámetro del círculo definido por la rotación de las aspas 1 m ± 0,1 m) regulados por variadores que aspiran a una velocidad promedio de aire de 4 m/s ± 0,2 m/s por encima de la piscina en el punto de referencia P, situado en el centro de la piscina, a una altura de 0,6 m por encima del nivel del agua. Un juego de álabes de guía viene implantado entre la parte de arriba de la piscina y los ventiladores. También se incluyen generadores de turbulencia tipo triángulo isósceles con punta hacia arriba (base: 0,25 m, altura: 1 m) hechos de materiales rígidos y ubicados a la entrada del túnel guía, los cuales generan una intensidad de turbulencia equivalente a 20 %. Cada uno de los 14 generadores de torbellinos están espaciados 0,1 m respecto a su base. El conjunto de generadores está centrado sobre el ancho del túnel a fin de dejar un espacio libre alrededor de 0,4 m sobre las partes laterales del túnel guía (paso). La Figura 6 muestra el equipo necesario para el banco de aspiración con túnel guiado.

1 m

8 m

4 m

1,2 m6 m

1,2 m

2 mm

0,3 m

0,4 m

a) Concepción y dimensionamiento del banco de ventiladores y la malla para tranquilizar

13 cm

0,65 m1 m 8 m 2 m

b) Concepción y dimensionamiento del túnel de guía (vista en corte)

Continúa...

Figura 6. Equipo para el banco de aspiración con túnel guiado

Page 248: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 248 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

1 m 8 m

13 cm

c) Empalme entre el túnel y el banco de aspiración

11 m

1 m

0,80 m4 m0,80 m

d) Dimensionamiento del túnel guiado

Figura 6. (Final) El túnel debe hacerse con materiales rígidos. Salvo indicación contraria, el conjunto de dimensiones se da con una tolerancia de ± 5 %. 8.3.4.3.3 Modo operativo de los ensayos en presencia de viento constante. El objetivo del ensayo es asegurar un adecuado disparo de alarma en caso de caída y en presencia de viento constante. La velocidad de los ventiladores se regula a fin de obtener un viento promedio de 4 m/s ± 0,2 m/s durante un lapso de 2 min, medido con ayuda de un anemómetro que tenga un tiempo de respuesta inferior o igual a 1 s en el punto P de referencia. Luego de un lapso de estabilización de 10 min durante el cual la velocidad promedio medida en el punto P se mantiene a 4 m/s ± 0,2 m/s, únicamente se realizan el ensayo descrito en el numeral 8.3.3.2.4 (detección de inmersión de un niño de muy corta edad que cae al agua desde el borde) con el maniquí de ensayo B en lugar del maniquí de ensayo A, paralelo al borde, y el ensayo descrito en el numeral 8.3.3.2.5 (detección de inmersión de un niño que cae de un peldaño o un escalón). 8.3.4.3.4 Modo operativo para reproducir el fenómeno torbellino 8.3.4.3.4.1 Generalidades El propósito del ensayo es asegurar que no haya disparos intempestivos de la alarma en presencia de torbellinos de viento. El procedimiento es similar pero con instrucciones diferentes en el caso de los medios de ensayo del ventilador o el banco simplificado. 8.3.4.3.4.2 Ventilador climático

Page 249: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 249 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

La velocidad de referencia se mide en el punto de referencia P ubicado en el centro de la piscina a una altura de 0,6 m por encima del nivel del agua. El siguiente es el torbellino propuesto:

- inicio del ciclo: velocidad promedio de referencia 3 m/s, estabilizada en una duración de 4 min; - subida rápida de 3 m/s á 8,5 m/s en 8 s; - estabilización a 8,5 m/s durante 3 s; - vuelta a bajar a 3 m/s en 8 s fin del ciclo; - e iniciación de un nuevo ciclo.

Efectuar cuatro ciclos de validación. Efectuar cuatro ciclos de validación luego de haber puesto previamente la alarma en funcionamiento durante 10 min sin resistencias de viento sobre el estanque. La alarma no debe dispararse durante la aplicación de torbellinos y durante 4 min subsiguientes a la aplicación de los cuatro ciclos. 8.3.4.3.4.3 Banco simplificado El siguiente es el torbellino propuesto:

- inicio del ciclo: velocidad promedio de referencia 2 m/s ± 0,2 m/s, estabilizada en una duración de 4 min; - subida rápida de 2 m/s ± 0,2 m/s a 9 m/s ± 0,4 m/s en 8 s; - estabilización a 9 m/s ± 0,4 m/s durante 3 s; - vuelta a bajar a 2 m/s ± 0,2 m/s en 8 s fin del ciclo; - e iniciación de un nuevo ciclo. Efectuar cuatro ciclos de validación.

Efectuar cuatro ciclos de validación luego de haber puesto previamente la alarma en funcionamiento durante 10 min sin resistencias de viento sobre el estanque. La alarma no debe dispararse durante la aplicación de torbellinos y durante 4 min subsiguientes a la aplicación de los cuatro ciclos. 8.3.4.4 Ensayo en presencia del sistema de filtración de agua, robot de limpieza y viento Activar la filtración, introducir el robot en el estanque y efectuar el conjunto de ensayos descritos en el numeral 8.3.4.3.3 (modo operativo de los ensayos en presencia de viento). 8.3.4.5 Ensayo sobre la caja Someter el detector de inmersión fijado sobre el borde al índice de protección IK 07 (choque de 2 J) según la norma NF EN 50102. Aplicar un peso de 80 kg, repartido sobre un disco de 0,20 m, durante 1 min sobre la caja. 8.3.5 Ensayos de reactivación automática luego de desactivación de baño aplicable a las

alarmas en inmersión

Page 250: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 250 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- poner la alarma en posición «autorización baño»; - colocar el maniquí de ensayo A en posición acostada, paralelo al borde de la piscina en la esquina donde está la alarma (véase la Figura 7); - colocar el maniquí de ensayo B en posición de pie, frente a la alarma (véase la Figura 7); - soltar el maniquí de ensayo B a fin de que caiga al agua; - soltar el maniquí de ensayo B en el agua y esperar 15 min luego de que haya hecho contacto con el agua; - hacer caer en el agua el maniquí de ensayo A a velocidad de 1 cm/s; - verificar la disparos de la alarma, máximo 12 s ± 1 s luego de que el maniquí de ensayo B haya hecho contacto con el agua.

1

2

3

Leyenda 1 Sistema de detección 2 Posición del maniquí de ensayo B 3 Posición del maniquí de ensayo A

Figura 7. Ensayos de activación automática luego de desactivación del baño Este ensayo se debe efectuar: - con el sistema de filtración activo como se describe en el numeral 8.3.4.1.2; - en presencia de viento como se describe en el numeral 8.3.4.3.3, se remplaza el maniquí de

ensayo A por el maniquí de ensayo B y, a su vez, se remplaza el intervalo de tiempo entre dos caídas (15 min) por 20 min (se cuentan los 20 min después de haber retirado el maniquí de ensayo B del estanque tras la primera caída).

8.4 ENSAYO PARA LA DETECCIÓN PERIMÉTRICA POR HACES ÓPTICOS CON

OBSTÁCULO 8.4.1 Maniquí de ensayo El maniquí de de ensayo es un cilindro de 0,20 m de diámetro y 0,20 m de altura; con un peso entre 1 kg y 3 kg. El maniquí de ensayo debe ser de color blanco mate y de materiales opacos que oculten 100 % de los haces ópticos.

Page 251: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 251 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Esta maniquí de ensayo es sólo para los ensayos de los sistemas ópticos. 8.4.2 Modo operativo 8.4.2.1 Ubicación del dispositivo de ensayo El maniquí de ensayo se suspende en un punto de anclaje situado a una distancia de 4 m por encima del punto de apoyo más alto del obstáculo. El peso del cable que une el maniquí ensayo con el punto de anclaje es despreciable respecto al peso del maniquí. Ubicar un segmento de protección de longitud máxima especificada por el constructor. El ensayo debe efectuarse sobre un suelo plano, de preferencia en hormigón con una llanura más o menos de 0,01 m. 8.4.2.1 Ensayo de franqueamiento 8.4.2.1.1 Generalidades Los ensayos definidos en el numeral 8.4.2.2.2 (ensayo estático) y el numeral 8.4.2.2.3 (ensayo dinámico) se efectúan en el medio del segmento de protección y en cada uno de los extremos. En los ensayos dinámicos, no debe haber ningún obstáculo que estorbe el movimiento del maniquí. 8.4.2.2.2 Ensayo estático Colocar en reposo el maniquí de ensayo en medio del segmento de protección y luego en cada uno de los extremos a una altura de 0,01 m del punto de apoyo más alto del obstáculo. 8.4.2.2.3 Ensayo dinámico - apartar el maniquí de ensayo del segmento de protección de manera que caiga en movimiento

pendular sin velocidad inicial; - soltar el maniquí de ensayo a una distancia de d = 0,63 m para obtener una velocidad de 1

m/s en el momento del tránsito a través del segmento (véase la Figura 8). Efectuar tres veces este ensayo.

4

0,01 m

4 m

d 2

3

1

Page 252: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 252 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Leyenda 1 Zona de detección del cuerpo de un niño menor de cinco años que franquea el obstáculo 2 Eje del obstáculo y del segmento de protección 3 Posición del centro de gravedad del maniquí

Figura 8. Ensayos de franqueamiento 8.4.2.3 Ensayo de disparos intempestivos de alarma Volver a efectuar los ensayos descritos en el numeral 8.4.2.2 apartando el maniquí de ensayo a una distancia d = 3,54 m del segmento de protección. 8.4.2.4 Ensayo de resistencia de los bornes a los ensayos mecánicos y desalineamiento de

los haces - Aplicar una fuerza de 200 N en la cabeza de cada borne según un plano horizontal en cuatros

direcciones ortogonales sucesivamente y en dirección vertical; - efectuar el ensayo de franqueamiento definido en el numeral 8.4.2.2; - someter los bornes al índice de protección IK 07 (choque de 2 J) según la norma NF EN

50102. 8.4.2.5 Ensayo con iluminación natural máxima Efectuar los ensayos según los parágrafos 5.4.6.4 y 5.4.6.5 de la norma CEI 61496-2:1997. 8.4.2.6 Ensayo de atenuación Volver a efectuar el ensayo descrito en el numeral 8.4.2.2 (ensayo de franqueamiento) con un filtro que genere una atenuación de señal del orden del 90 %. 9. INSTRUCCIONES PARA EL USUARIO 9.1 PRINCIPIOS GENERALES El sistema de alarma debe tener instrucciones de instalación, una guía para la puesta en servicio y utilización, junto con las recomendaciones de seguridad y una guía de mantenimiento. Las guías de utilización / puesta en servicio y las recomendaciones de seguridad deben llevar en la cubierta, la siguiente mención de manera legible: «Leer atentamente y guardar para consultas posteriores». Todo documento debe incluir: - los elementos de identificación del modelo del sistema de alarma al cual hace referencia; - nombre e información para contactar a la persona responsable de la puesta en marcha

(fabricante, distribuidor o importador); - un número de teléfono donde el usuario pueda obtener explicaciones suplementarias durante

Page 253: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 253 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

la instalación del sistema de alarma, de ser necesario; - instrucciones legibles, claras, comprensibles para el comprador y redactadas en español. Se recomienda utilizar ilustraciones para mejorar la comprensión. Las explicaciones deben estar al lado de las ilustraciones pertinentes. Cuando las guías constan de varas páginas, deben constituir un documento único paginado. Es necesario hacer bien evidentes las advertencias y avisos. 9.2 INFORMACIONES PARA LA COMPRA A fin de que el comprador pueda hacer la selección de su agrado, debe disponer con anterioridad de las correspondientes informaciones de compra que incluyan: - la siguiente especificación: «sistema de alarma que señala un peligro para piscinas

enterradas, abiertas y privadas de uso individual o colectivo. En caso de disparos, es obligatoria la rápida intervención de una persona responsable»;

- el tipo de alarma (por ejemplo, un sistema que detecta el tránsito en un perímetro dado o un

sistema que detecte la inmersión de un cuerpo en el estanque); - el nivel sonoro emitido por la central; - la(s) duración(es) de garantía de los elementos contractuales y reglamentarios; la siguiente recomendación: «Es preferible llamar a un profesional para la instalación y mantenimiento

del sistema de alarma»;

- para los sistemas de detección perimétrica por haces ópticos: indicar los límites del sistema en función de la superficie y del estado del suelo; - «un niño se ahoga en menos de 3 min; ningún tipo de protección remplazará jamás la supervisión y vigilancia de un adulto responsable»; - «Puede utilizar este tipo de protección cuando la ubicación de la piscina respecto a la residencia o al lugar de alojamiento permita una intervención de auxilio en el estanque en menos de 3 min.»; - para los sistemas de detección por inmersión: - «Los tipos de piscina para los cuales no convienen los sistemas de detección de inmersión son particularmente aquellos que tienen acceso al agua que no sea de tipo escalón o escalera, en especial las piscinas a las que se accede por una playa (sumergida o en pendiente suave) que no pueden estar equipadas solamente con un sistema de detección de inmersión.»; - «Ciertos sistemas de nado a contracorriente no permiten la reactivación del sistema de detección de inmersión.»; - «Ciertos robots de limpieza tipo robot sumergible son incompatibles con los sistemas de detección de inmersión.»; - «En función de la implantación de la residencia / del lugar de alojamiento respecto a la piscina, será quizás necesario desviar las señales de seguridad, de alerta y de falla a fin de que puedan ser escuchadas desde la habitación / lugar de alojamiento. Es indispensable ejercer una verificación durante la instalación.»;

Page 254: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 254 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- «La presencia de una cubierta de burbujas no es compatible con el buen funcionamiento de la alarma.»; - «Durante el tiempo de reactivación automática, el adulto responsable debe vigilar el estanque, permaneciendo al borde el tiempo que sea necesario hasta que el sistema reasuma su función de vigilancia. La reactivación efectiva se materializa por el paso de una señal luminosa roja a otra de color verde.»; - se deben especificar los límites de funcionamiento del sistema por encima de los límites de viento que se definen en la norma. - se debe estipular la superficie del agua cubierta por el producto. 9.3 INSTRUCCIONES DE INSTALACIÓN Y DE UTILIZACIÓN Las instrucciones de instalación y de utilización deben contener todas las informaciones necesarias para lograr una correcta utilización. Se debe incluir como mínimo información sobre:

- ubicación óptima de los elementos del sistema de alarma;

indicación del lugar y de la calidad del sitio de fijación del sistema de alarma (por ejemplo, superficie plana, poco herbosa) e indicaciones sobre el índice de protección de los productos; - altura mínima del dispositivo de puesta en marcha de la alarma, de ser necesario; - la necesidad de que el instalador verifique que en el caso de medios de transmisión filaria, los cables o fibras ópticos se coloquen en un manguito; - la necesidad de efectuar regularmente un ensayo funcional completo del sistema de protección por parte del usuario o un profesional según el procedimiento incluido en las instrucciones. - el significado de diferentes señales y medios de solución; - (después de instalación), el proceso de ensayo completo de disparo, según el modo operativo adjunto; - robots de limpieza tipo sumergible incompatibles con los sistemas de detección de inmersión; - la necesidad de que el instalador verifique que la alarma sea audible desde la residencia / lugar de alojamiento; - «la necesidad según ubicación de la residencia / lugar de alojamiento respecto a la piscina de desviar las señales de seguridad, alerta y falla para que puedan ser escuchadas desde la habitación / lugar de alojamiento. Es indispensable verificar lo anterior durante la instalación.»; - aviso permanente de que el estanque y sus bordes se encuentran bajo vigilancia electrónica; - las preconizaciones del fabricante que permiten cubrir de manera integral la zona de protección.

En cuanto a los sistemas de detección de inmersión, la información debe hacer referencia a:

- las condiciones de funcionamiento con gel liviano y gel fuerte; - los límites de funcionamiento cuando la piscina no está completamente llena;

Page 255: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 255 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- la necesidad de que el instalador verifique que el sistema de detección de inmersión se dispare antes de transcurridos 12 sed en el punto más alejado del detector; - los límites de funcionamiento del sistema más allá de los límites de viento definidos en el presente documento.

9.4 RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD

9.4.1 Recomendaciones generales de seguridad

Las recomendaciones generales de seguridad deben contener como mínimo las siguientes informaciones:

- «La seguridad de sus hijos depende exclusivamente de ustedes. ¡El riesgo es máximo cuando los niños son menores de cinco años. Los accidentes no le suceden solo a los demás! ¡Esté listo para enfrentarlos!» - vigile y actúe: - la vigilancia de los niños debe hacerse en forma continua y constante; - asigne un solo responsable para la seguridad; - refuerce la vigilancia cuando haya varios usuarios en la piscina; - enseñe a nadar a sus hijos tan pronto como sea posible; - mójese la nuca, los brazos y las piernas antes de entrar al agua; - enseñe a los niños los gestos que salvan y sobre todo los que son específicos para los niños; - prohíba zambullidas o saltos en presencia de niños pequeños y cuando la piscina tenga una profundidad inferior a 1,80 m; - prohíba correr y juegos de movimientos rápidos en el borde de la piscina; - no autorice el acceso a la piscina sin chaleco salvavidas en el caso de un niño que no sepa nadar bien y vaya a entrar al agua sin acompañamiento; - no deje juguetes cerca o en la piscina cuando no esté vigilada; - mantenga siempre agua límpida y sana en la piscina; - guarde los productos para tratamiento del agua lejos del alcance de los niños; - ciertos sistemas de natación a contracorriente no permiten la reactivación automática del sistema de detección de inmersión; - ciertos robots de limpieza tipo sumergible son incompatibles con los sistemas de detección de inmersión; - luego de que se active la señal de falla, tome todas las medidas necesarias hasta el momento de reparación a fin de impedir el acceso de niños menores de cinco años al estanque.

Page 256: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 256 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- asegúrese de tener: - teléfono accesible cerca del estanque para no dejar sus niños sin vigilancia cuando haga o reciba llamadas telefónicas; - salvavidas y percha cerca del estanque; - se autoriza solamente el cambio de pilas, baterías y fusibles, lo cual debe hacerse a comienzos de temporada; - en caso de accidente: - saque al niño del agua lo más rápido posible; - pida auxilio inmediatamente y siga las recomendaciones; - remplace las prendas mojadas por cobijas calientes; - memorizar y afichar cerca de la piscina los números de primeros auxilios:

- bomberos - emergencias - centro de salud ó hospital; - pictograma resaltando la obligación que tienen los adultos de vigilar a los niños pequeños. En la Figura 9 aparece un ejemplo de pictograma.

• Figura 9. Ejemplo de pictograma 9.4.2 Recomendaciones de seguridad referentes a las alarmas Las recomendaciones de seguridad referentes a las alarmas deben contener mínimo las siguientes informaciones:

- «Este sistema de alarma no sustituye la responsabilidad individual. Tampoco tiene el propósito de sustituir la vigilancia de los padres y/o de adultos responsables, la cual sigue siendo el factor esencial para la protección de niños menores de cinco años.»; - advertencia: «Esta alarma es un equipo de seguridad que señala un peligro (o riesgo de peligro). Cuando suene la señal de alerta, es obligatoria la rápida intervención de un adulto responsable en menos de 3 minutos.»; - advertencia: «El usuario que corte el sistema debe ser consciente de que la vigilancia humana tiene que tomar el relevo.»;

Page 257: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 257 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

- advertencia: «Es imperativo actuar cuando suene la señal de falla.»; - advertencia: «En el lapso transcurrido entre el fin del baño y la reactivación del sistema de alarma se precisa mayor vigilancia por parte del padre y/o adulto responsable.»; - para los sistemas de inmersión, en caso de posibilidad de nado a contracorriente: «Suprimir el nado a contracorriente al final del baño para permitir la reactivación del sistema de alarma.»;

para los sistemas de inmersión: «Los desempeños del sistema como se definen en la norma NF P 90-307-1, no se garantizan por encima de los niveles de viento superiores a los especificados en la presente norma». - para los sistemas de inmersión: «Durante el tiempo de reactivación automática, el adulto responsable debe vigilar el estanque, permaneciendo al borde el tiempo necesario mientras el sistema reasume su función de vigilancia. La reactivación efectiva se materializa por el cambio de señal indicativa luminosa roja a verde.»

9.5 MARCADO Los sistemas de alarma que se fabriquen de conformidad con la norma NF P 90-307-1:2009, tambien deben cumplir con las normas armonizadas adoptadas según las tres directivas aplicables a los equipos en cuestión (véase el Anexo A). Las siguientes informaciones deben estar marcadas en forma legible, visible e indeleble sobre una parte externa de la envoltura de los sistemas de alarma: - Declaración de conformidad de acuerdo con los requisitos de esta especificación; - el nombre del fabricante o importador o su razón social; - la mención que permite identificar el modelo; - una mención que permita asegurar la rastreabilidad del producto (incluido el software).

ANEXO A (Informativo)

REGLAMENTACIÓN APLICABLE PARA EL PRODUCTO QUE DEMUESTRE CONFORMIDAD CON

LA NORMA NF P 90-307-1:2009 Artículo L 221-1 del Código de Consumo. Ley N° 2003-9, de enero 3, 2003, relativa a la seguridad de las piscinas. Decreto N° 2003-1389, del 31 de diciembre, 2003, relativo a la seguridad de las piscinas que modifica el código de construcción y habitación. Decreto N° 2004-499, del 7 de junio, 2004, que modifica el decreto N° 2003-1389 del 31 de diciembre, 2003, relativo a la seguridad de las piscinas, que modifica el código de construcción y habitación. Directivas aplicables a los sistemas de alarma: No existe directiva que armonice específicamente las legislaciones de los estados miembros en materia de venta e instalación de sistemas de alarma.

Page 258: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 258 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

No obstante, hay tres directivas que, aunque no tratan específicamente de sistemas de alarma, se aplican a estos en lo referente a equipos eléctricos y/o electrónicos y/o radioeléctricos, a saber: - Directiva 2006/95/CE del 12/12/2006 (directiva sobre Baja Tensión) del Consejo en lo

concerniente al acercamiento entre las legislaciones de los estados miembro en lo relacionado con material eléctrico destinado a ser usado dentro de ciertos límites de tensión.

- Directiva 2004/108/CE del 15/12/2004 (directiva CEM) del Consejo en lo concerniente al

acercamiento entre las legislaciones de los estados miembro en lo relacionado con la compatibilidad electromagnética; esta directiva abroga la directiva 89/336/CEE.

- Directiva 1999/5/CE del 09/03/99 (directiva R&TTE) del Parlamento Europeo y del Concejo en

lo concerniente a los equipos hertzianos y a los equipos terminales de telecomunicaciones, así como al mutuo reconocimiento de su conformidad.

Cada una de las anteriores tres directivas menciona expresamente las exigencias esenciales a las que hacen referencia, a saber: - Directiva 2006/95/CE del 12/12/2006 (directiva de Baja Tensión): seguridad de personas y

animales domésticos, al igual que de bienes. (Artículo 2); - Directiva 2004/108/CE del 15/12/2004 (directiva CEM): protección contra las

perturbaciones electromagnéticas (Artículo 1.1); - Directiva 1999/5/CE del 09/03/99 (directiva R&TTE): protección y seguridad de personas,

protección contra las perturbaciones electromagnéticas, protección del espectro de radio (Artículo 3).

Cada una de las tres directivas estipula los procedimientos de evaluación de conformidad aplicables: - Directiva 2006/95/CE del 12/12/2006 (seguridad eléctrica): Artículos 8 y 10, y Anexos II y IV; - Directiva 2004/108/CE del 15/12/2004 (compatibilidad electromagnética): Artículos 3,7,8 y 12,

y Anexos II a V; - Directiva 1999/5/CE del 09/03/99 (equipos hertzianos): Artículos 8, 10 y 12, y Anexos II a V. La conformidad de los equipos frente a estas directivas, al finalizar un procedimiento de evaluación de conformidad, está previsto en estas mismas directivas y garantizado por la marca «CE» que aparece en estos productos. La Comisión Europea publica en JO de los CE los títulos y referencias de las normas armonizadas bajo estas directivas.

ANEXO B (Normativo)

MÉTODO DE ENSAYO PARA EVALUAR LA CAPACIDAD DE LAS PILAS DE LOS DETECTORES

AUTÓNOMOS B.1 PRESENTACIÓN En el numeral 4.6.2 del presente documento se exige que los detectores equipados con pilas aseguren un funcionamiento continuo de mínimo 1 año en modo de vigilancia (fuera de modo de alarma).

Page 259: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 259 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Puesto que es realmente difícil poder esperar 1 año para entregar un informe de conformidad respecto a estos productos, se propone el método siguiente: - medida del consumo del sistema de detección;

- substitución de una carga equivalente al detector (eventualmente para cada condición);

- curva de descarga de la pila bajo aceleración para diferentes condiciones.

B.2 DETERMINACIÓN DEL UMBRAL BAJO DE LAS PILAS - desconectar las pilas (así como toda otra forma de alimentación); - conectar una alimentación variable en lugar de pilas; - alimentar el sistema bajo su tensión nominal; - bajar lentamente la tensión hasta el anuncio de falla por pilas (teniendo en cuenta las especificaciones del fabricante sobre el umbral de tensión y el ciclo de control de esta tensión usado en el sistema de detección). B.3 MEDICIÓN DEL CONSUMO A partir de la alimentación exterior o de la pila original nueva, se puede llevar a cabo la medición de consumo de la siguiente manera: - con la ayuda de una pinza de corriente ubicada sobre el enlace de alimentación del sistema, bajo condición que el tamaño medido en relación con la escala de medición de la pinza permita un error menor al 3 %; - la ayuda de una derivación amperimétrica insertada en serie sobre la línea de alimentación, bajo condición que su resistencia asegure una caída de tensión a sus bornes menor al 1 % de la tensión de alimentación en vacío, cuando el producto se encuentra bajo consumo máximo instantáneo (por ejemplo: durante la sirena). En estos dos casos, el perfil de consumo instantáneo, con la alarma en modo de vigilancia, deberá observarse en un osciloscopio, para verificar que el aparato destinado a restituir el valor medio pueda asegurar sin error este tipo de medición. (Tasa de muestreo, intervalo de cálculo de la media, ancho de banda, escala, etc.). En ningún caso el intervalo de valores medios del sistema de medición podrá ser inferior a 20 veces la duración del ciclo eventual periódico observado sobre el perfil de consumo. B.4 TIPO DE BATERÍAS El constructor debe especificar: - en las instrucciones el tipo de baterías recomendado a fin de asegurar autonomía mínima de un año y, - al usuario que debe utilizar el mismo tipo de baterías. Igualmente, es necesario advertir sobre las fechas límites de uso de las baterías y las exigencias referentes a su reciclaje.

Page 260: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 260 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

B.5 CONDICIONES AMBIENTALES B.5.1 Generalidades El consumo eléctrico de un detector en vigilia puede variar de acuerdo a la temperatura. Además, ciertos detectores pueden asegurar el suministro de energía por medio de varios sistemas acoplados (por ejemplo, pilas y paneles solares). En este caso, el consumo varía con el nivel de iluminación. B.5.2 Condiciones de temperatura Mida el consumo del detector para: - temperatura alta (55 °C); - temperatura baja (- 25 °C); - temperatura a 25 °C.

Si el consumo con diferentes temperaturas presenta una desviación mayor al 20 %, revise diversas cargas equivalentes; de lo contrario, prever la misma carga. B.5.3 Condiciones de iluminación Si el detector está equipado con dos fuentes acopladas (baterías y celdas solares), mida el consumo:

- de día (iluminación solar);

- de noche (ausencia de iluminación).

Calcule las dos cargas equivalentes. B.6 DETERMINACIÓN DE RESISTENCIAS DE DESCARGA Para determinar una resistencia de carga «R_Eq» equivalente al consumo promedio del aparato, será necesario basarse sobre el promedio de corriente consumida por el mismo, obtenido en el literal B.3 y sobre la tensión real de la pila cuando se le somete a tal carga. Por esto, de ser necesario, será preciso corregir experimentalmente el valor de esta resistencia por medio de un ensayo. Finalmente, se deberá efectuar el siguiente procedimiento para obtener la resistencia de carga que servirá para la prueba de duración de vida bajo aceleración (esto, para evitar errores de medición debidos a una sobrecarga desmesurada de la pila): - investigación de la resistencia «Prueba_ R» para la cual la tensión de pila disminuye 10 % en relación con su valor al vacío. Si el fabricante especifica que su sistema no se verá perturbado por una caída de tensión superior a 10 % y que la sobrecarga no presenta riesgos para la pila, se tomará en cuenta otro valor que no sea 10; - si la resistencia obtenida es inferior a la centésima parte de la resistencia equivalente, seleccione un valor corregido igual a una centésima de la resistencia equivalente. Determinación de la duración mínima (t) necesaria para el ensayo de descarga:

Page 261: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 261 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

⎟⎟⎠

⎞⎜⎜⎝

⎛=

Eq_RTest_Rxxht 10088

Si esta duración calculada es mayor a 88 h, el ciclo térmico descrito en el literal B.8 se aplicará únicamente luego de efectuar el inicio de la descarga a temperatura ambiente durante: T - 88 h. (para completar: un 1/3 de T debe realizarse en estufa).

Número de ciclos a realizar en estufa (n) = 18831

+⎥⎥⎦

⎢⎢⎣

⎡⎟⎟⎠

⎞⎜⎜⎝

⎛ −=

xtn

Tiempo fuera de estufa t ambiente ( )88xnTtamb −= Tiempo en la estufa testufa= n x 88 B.7 MONTAJE DE ENSAYO PARA EL PERIODO COMPRENDIDO POR LOS CICLOS

TÉRMICOS Colocar en el exterior el paquete de pilas o la pila en estufa con la resistencia de descarga (R_Test), para desconectar cuando sea necesario. Conectar un registrador que pueda permanecer conectado aun cuando la resistencia está desconectada. Registrar la tensión al final de cada escala de temperatura. La resistencia se desconectará durante 10 s, solamente durante esta medición, para luego permanecer reconectada el resto del tiempo. Durante cada una de estas mediciones, la tensión de la pila se comparará con el umbral bajo de las pilas verificado en el literal B.2. B.8 CONSIDERACIÓN DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES La prueba de descarga se efectúa en estufa, ya que la temperatura tiene una influencia muy importante sobre la capacidad de las pilas. El siguiente ciclo de ensayo permite evitar tres ensayos sucesivos a tres temperaturas media y extrema:

25 °C

-25 °C

55 °C

25 °C

23 h < 1 h 23 h 2 h 234 h 1 h 15 h

Figura B.1

En caso de que las cargas a diferentes temperaturas no sean idénticas, se debe modificar la resistencia de descarga con cada cambio de temperatura.

Page 262: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 262 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Si el captador tiene un consumo que depende de la iluminación (dos sistemas acoplados - pila y fotopila), la autonomía de las pilas debe disminuirse del porcentaje durante el cual la fotopila suministra la energía. El ensayo de las pilas se efectúa con el panel solar desconectado. Al término del ensayo, la tensión del paquete de pilas sin carga debe ser necesariamente superior a la tensión determinada en el literal B.2 B.9 VERIFICACIÓN DEL DISPARO EN EL UMBRAL BAJO DE LAS PILAS Se debe efectuar una simulación de disparo con las pilas en un umbral de oscilación por defecto de alimentación. B.10 VERIFICACIÓN DE AUTONOMÍA EN CONDICIÓN DE DISPARO DE ALARMA Se debe efectuar a una simulación de 10 disparos de alarma durante 30 s con intervalos de 15 min, fuera de un estanque; la simulación debe hacerse con pilas nuevas preconizadas por el fabricante, a 20 °C ± 5 °C. Al finalizar la simulación, la señal de falla no debe aparecer durante un lapso de 15 min luego del último disparo.

ANEXO C (Informativo)

JUSTIFICACIONES DE CIERTAS EXIGENCIAS

C.4.6.2 Autonomía en vigilia (sin disparo de alarma) En el primer apartado se hace referencia a la alimentación fotovoltaica. En este caso se requiere una autonomía de 20 j. Esta duración de autonomía se basa en las observaciones meteorológicas efectuadas en Francia durante los últimos 25 años. La máxima duración registrada sin sol fue de 16 j. C.4.9.2 Resistencia a las temperaturas altas y bajas Se recurre a una fuente externa porque solo se verifican los componentes electrónicos. C.4.11 Señalización de los sistemas de alarma. Debido a cuestiones de ergonomía, (buena comprensión del usuario) y homogeneidad de los productos, se decidió fijar el tipo de señalización en cinco estados de seguridad de los sistemas de alarma descritos en el numeral 4.11.1. C.8.2.1 Maniquí de ensayo para detección perimétrica por haces ópticos Se debe poder detectar el tránsito de un niño entre 9 meses y 5 años de edad. Se decidió conservar 0,20 m de altura como medida a partir de la cual se busca detectar un niño; lo anterior para permitir el tránsito de pequeños animales y así evitar disparos intempestivos que neutralizarían el sistema de detección. Se asume que los niños muy pequeños están bajo supervisión permanente y continua. La altura de zancada media para niños estadounidenses con edad promedio entre 4,5 años y 5,5 años es 42,90 cm (dato antropométrico proveniente de «The handbook of child measurements and capabilities, Manual de mediciones y capacidades infantiles» de la D.T.I.). Se toma el valor de 0,45m como margen de seguridad.

Page 263: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 263 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

C.8.2.2.2.2.2 y C.8.2.2.2.3.2 Ensayo dinámico Justificación de velocidades al momento de tránsito a través del segmento desde d1 = 0,63 m (8.2.2.2.2.2) y d2 = 1,72 m (8.2.2.2.3.2). Longitud del lazo L (del eje de rotación al centro de gravedad del maniquí de ensayo); Gravedad g 9,80665; Ángulo de partida respecto a la vertical a→a = arsin(d/L); Distancia de caída d→d = L*sin a; Velocidad sqrt (2 gL . (1 - cos a)).

d d1

5

1

4

2 2

0,01 m0,45 m

1 2

4,00 m3

Leyenda 1. Posición del centro de gravedad del maniquí de ensayo 2. Eje del segmento de protección 3. Longitud de la cuerda 4. Ensayo de franqueamiento de la zona 1 5. Ensayo de franqueamiento de la zona 2 d1 = 0,63 m d2 = 1,72 m

Figura C.1 Ensayo de franqueamiento Zona baja Zona alta V1 V2 V3 Intempestivo V1 V2 V3 Intempestivo Velocidad de tránsito al centro (m/ seg) 1,000 2,000 3,000 6,667 3,000 4,001 5,000 6,667 Velocidad de tránsito al centro (km/h) 3,6 7,2 10,8 24,0 10,8 14,4 18,0 24,0 Tiempos de corte de haz al centro (ms) 200 100 67 30 67 50 40 30 Distancia de caída (m) 0,628 1,243 1,833 3,535 1,719 2,228 2,678 3,240 Ángulo de partida(/horizontal) (grado) 9,3 18,6 28,1 65,3 29,9 40,2 50,9 69,9

Page 264: Pontofocal textos_regulamentos_col_174

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 264 de 264 Continuación de la resolución “Por la cual se expide el reglamento técnico aplicable a los dispositivos

de seguridad y su instalación en las piscinas”

Condiciones iniciales Altura del eje de rotación ‘h’ (m) 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 Altura del maniquí (m) 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 Diámetro de maniquí (m) 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 0,20 Altura de test (m) 0,11 0,11 0,11 0,11 0,55 0,55 0,55 0,55 Longitud recalculada de la cuerda (m) 3,89 3,89 3,89 3,89 3,45 3,45 3,45 3,45 C.8.3.3.1 Maniquí de ensayo para la detección de inmersión - Se considera que el peso y la talla del 5 % de los niños de 6 a 9 meses menos pesados y más

pequeños en la escala es 6,5 kg y 0,65m. Se ha decidido dejar 6 kg para que el maniquí esté en condiciones muy favorables de detección;

- 8 kg es el peso mínimo en niños de 9 meses de edad: ciertos niños de 9 meses pueden bajar

las escaleras gateando, por lo que el peso mínimo constituye un factor de seguridad. En este método de ensayo se requiere el uso de un maniquí, en lugar de un cilindro como se indica en el numeral 8.2.1 y en el numeral 8.4.1. De hecho, la detección de inmersión se efectúa en función de la resistencia respecto a la superficie cuando el cuerpo penetra en el agua; por lo tanto, el uso de un maniquí permite aproximarse más a la realidad. El conjunto de parámetros para determinar los maniquíes de ensayo se deriva de un estudio morfológico, junto con un estudio de los elementos que influyen sobre la reacción de la piscina misma a las diferentes caídas de los maniquíes. C.8.3.3.2.4 Detección de inmersión de un niño muy pequeño que cae al agua desde el borde Se suprime la primera raya, maniquí A de pies, porque un niño de 6 kg no se sostiene solo de pie. C.8.3.4.1.1 Equipo El caudal se determinó según la directiva técnica para piscinas de la FPP respecto al grupo de filtración (DTP N° 6) para una piscina de 4 m x 8 m. C.8.3.4.3.1 Nivel de ensayo y C.8.3.4.3.2.2 Uso de medio de ensayo simplificado: el banco de

aspiración con túnel guiado Un experimento realizado en conjunto con la CSTB permite justificar la equivalencia de los valores enunciados para los fenómenos inducidos. C.8.3.4.3.3 Modo operativo de ensayos con viento constante Para realizar el ensayo de detección de un niño que cae al agua desde el borde, se usa el maniquí B de 8 kg en remplazo del maniquí A de 6 kg debido al riesgo conjunto de tener un niño de menos de 8 kg sin supervisión (maniquí A) en la proximidad del borde del estanque y se considera que un viento 5 m/ seg es despreciable.