exp. rr/057/2016

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EXP. RR/057/2016 itaip Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS Que en el expediente RR/057 12016 , derivado del recurso de revisión interpuesto por SARAI BELTRÁN BECERRA , en contra del sujeto obligado INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA LA VENTA, se dictó un ACUERDO que en su extracto copiado a la letra reza: "...INSTITUTO TABASQUEÑO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, VILLAHERMOSA, TABASCO, 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016. Visto el cómputo secretaria) que antecede y de conformidad con lo establecido en los artículos 23, fracciones 1 y, VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, 63 de su Reglamento de la ley, 24, fracciones XII y, XIII, 26, fracciones 1, III, V Y XVI, del Reglamento Interior de este Instituto, se acuerda: PRIMERO . Se agrega al expediente los oficios y anexos descritos en el cómputo y cuenta secretarial citada al rubro , signado por la M.A. GLADYS ADELA GONZÁLEZ AGUILAR, Titular de la Unidad de Acceso a la Información del sujeto obligado , con el cual informa que dio cumplimiento a la resolución definitiva dictada por los Comisionados integrantes del Pleno de este Instituto , y para lo conducente remite copia del cumplimiento de resolución recaída en el expediente RR/05712016. SEGUNDO . El 15 de junio de 2016 , el Pleno Garante de este Instituto dicto resolución en la que se REVOCA, el Acuerdo de Negación de Información , con número de control interno ITSR/UAI/ 001/2016 , y en la misma requieren a su titular para que en término de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a que surta efectos la notificación del referido fallo, para efectos que entregue la información solicitada por el particular. TERCERO. De conformidad con lo establecido en el artículo 37, fracción IV, del Reglamentó de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tábáscó.;'se procede a verificar la información enviada para conocimiento del interesado e sisf ma Infomex- Tabasco, y en Estrados Electrónicos del Sujeto Obligado e ' I,guientes direcciones electrónicas.

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itaipInstituto Tabasqueño de Transparencia

y Acceso a la Información Pública

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

Que en el expediente RR/05712016 , derivado del recurso de revisión interpuesto por SARAI

BELTRÁN BECERRA , en contra del sujeto obligado INSTITUTO TECNOLÓGICO

SUPERIOR DE VILLA LA VENTA, se dictó un ACUERDO que en su extracto copiado a la

letra reza:

"...INSTITUTO TABASQUEÑO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

PÚBLICA, VILLAHERMOSA, TABASCO, 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016.

Visto el cómputo secretaria) que antecede y de conformidad con lo establecido en los

artículos 23, fracciones 1 y, VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Estado de Tabasco, 63 de su Reglamento de la ley, 24, fracciones XII y, XIII, 26,

fracciones 1, III, V Y XVI, del Reglamento Interior de este Instituto, se acuerda:

PRIMERO . Se agrega al expediente los oficios y anexos descritos en el cómputo y cuenta

secretarial citada al rubro , signado por la M.A. GLADYS ADELA GONZÁLEZ AGUILAR,

Titular de la Unidad de Acceso a la Información del sujeto obligado , con el cual informa que

dio cumplimiento a la resolución definitiva dictada por los Comisionados integrantes del

Pleno de este Instituto , y para lo conducente remite copia del cumplimiento de resolución

recaída en el expediente RR/05712016.

SEGUNDO . El 15 de junio de 2016 , el Pleno Garante de este Instituto dicto resolución en la

que se REVOCA, el Acuerdo de Negación de Información , con número de control interno

ITSR/UAI/001/2016 , y en la misma requieren a su titular para que en término de 15 días

hábiles contados a partir del siguiente a que surta efectos la notificación del referido fallo,

para efectos que entregue la información solicitada por el particular.

TERCERO. De conformidad con lo establecido en el artículo 37, fracción IV, del Reglamentó

de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tábáscó.;'se

procede a verificar la información enviada para conocimiento del interesado e sisf ma

Infomex- Tabasco, y en Estrados Electrónicos del Sujeto Obligado e ' I,guientes

direcciones electrónicas.

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Realizada la verificación del folio RR00007216, se encontró que el sujeto obligado puso a

disposición de SARAI BELTRÁN BECERRA , documentos electrónicos constantes de 199

hojas , como se aprecia en las siguientes imágenes que se plasman para mayor ilustración:

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CONVENIO ESPECIFICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Na PXR.SASPA4PARSLV4WG12 QUE CELEBRAR POR UNA PARTE PEMEXREFINACIÓN , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA 'PEMEXREFINACIÓN' REPRESENTADO POR EL UNO DAMIAR GARCÍA MORALES,OERENTEOEPROTECCIÓN AMSENTAL .EN SU CARÁCTER DE APODER DD YPOR U OTRA PARTE. EL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA UVENTA . A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA •n MLV',REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DR. OEAPRDO UUSFESp ARIASM000EL , DIRECTOR DEL CENTRO DE NEGOCIOS, EN SU CARÁCTER DEAPODERADO, Y A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMOLAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES,DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

Cae NT[ IS de MeyodS 2007,'PEMEX RE$1NADIÓN ' W WO p CwveIo OleesSe OdmdMkoan•EL RSLV'(nb•AeN,Od'COmvb OeI

PARTES',RTES', dtNMn

.NMNOw Me ti el y nNOedsnoe de wW VeSMwm•LAS ~M"e nMdm apreeed,enSab de ice dona wlunot nMYFOM Y Teb'aaa en N

WenaN de evbM de Itos F LMyEyp nek t nlpoiSdo. ten M dnngbeddIto, Stfr yleowggW

o FI 11ESU T de SdIeIt e de kkll Ie Ne~E w IFpc,l n M Cad d. CaedCOIONR.ax , roAemoYNS d M SAgc. i de Tlwpale por OLdO SPNM.HamNdode NaxaeydeSMwdr'O enMnxpnda'e d IRlo SnJon belbn 102003 dN C eodLw r e Nutq TaptWNd de Cryb., lbttle m s $5OCI*dOSpSS Veracruz , e W W II he p•rwW Nato ARMO M 6Mer MWAWmMmu M edNKa d W lam SS.Wle de aaMdo dIF¢Matle n Y cagndxeW dA IPo Cn h e ,,Pode I0 No dWR de M HMda b e•ttI.aawOp,Md31:N e YYaM b VIEMI.N Vadwvdle

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Instituto Tabasqueño de Transparenciay Acceso a la Información Pública

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y Acceso a la información Pública

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EXP. RR/057/2016

itaipInstituto Tabasqueño de Transparencia

y Acceso a la Información Pública

CUARTO. De las constancias que anteceden se aprecia que, el INSTITUTO

TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA LA VENTA, en su calidad de sujeto obligado

cumplió parcialmente con lo ordenado en el fallo definitivo. Si bien es cierto, le fueron

entregados a la particular los contratos solicitados, como se aprecia en las constancias

anteriormente plasmadas, y en el oficio entregado en este Instituto, también lo es, que no

fueron puestos a disposición de la solicitante, los anexos de los contratos, ya que solo se

adjuntan las caratulas de los anexos, no así las hojas anexas que se señalan en las mismas.

todos ellos correspondientes al año 2015; incumpliendo de esta forma con lo establecido en

el criterio 20/10 del Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de

Datos Personales, que a la letra señala:

"Los anexos son parte integral del documento principal. Cuando un documento gubernamental contiene

anexos, éstos se consideran parte del documento, ya que, a partir de él, se explican o detallan diversas

cuestiones relacionadas con la materia del mismo. En esta tesitura, ante solicitudes de información

relacionadas con documentos que incluyen anexos, particularmente en aquellas que no aludan

expresamente a estos últimos, las dependencias y entidades deberán considerar que las mismas refieren

a los documentos requeridos, así como a los anexos correspondientes, salvo que el solicitante manifieste

su deseo de acceder únicamente al documento principal."

Por lo anterior, las actuaciones no son concluyentes con lo manifestado por el Titular de la

Unidad de Acceso a la Información del INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA

LA VENTA en el oficio sin número de fecha 06 de julio de 2016, entregado a este órgano

Garante el 07 de julio del mismo año, y publicado en el sistema Infomex, y los Estrados

Electrónicos del Sujeto Obligado, pues solo se aprecian los contratos y convenios firmados

en el año 2015, no así los anexos de los mismos. Por lo anterior, se deben remitir a este

Instituto todos los Anexos relacionados con los contratos y convenios del año 2015,

solicitados por la C. SARA[ BELTRÁN BECERRA, toda vez que no se entregaron de manera

íntegra dichos contratos, como se señala en el criterio 20/10 del Instituto Nacional de Acceso

a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Por tales razones no es

posible tener por cumplido lo ordenado en la resolución definitiva

pronunciada en autos.

QUINTO. Por ello, para efectos de garantizar el principio de máxima publicidad establecido

en el artículo 6, apartado A, fracción 1 de la Constitución Política de los Estado"&Uhidos

Mexicanos evitar mayores dilaciones en la atención de la solicitud de in 5`--n' J6-U1

originó este asunto, se REQUIERE al INSTITUTO TECNOLÓGICO SU • ERVILLA

LA VENTA, para que en un término improrrogable de CINCO DÍAS H ntádos„a

Page 12: EXP. RR/057/2016

EXP. RR105712016

A* - itaipInstituto Tabasqueño de Transparencia

y Acceso a la Información Publica

partir del siguiente que surta efectos la notificación del presente proveído, remita a este

Órgano Garante los anexos de los contratos y convenios del año 2015, que acrediten el

cumplimiento a la sentencia definitiva del 15 de junio de 2016 . tomando en cuenta todo lo

razonado, apercibido que de no hacerlo , se procederá en términos de lo dispuesto en el

Capítulo Undécimo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado

de Tabasco, en relación con lo previsto en los diversos numerales 72, 73, 74, 75, 76 y 77 del

Reglamento de la Ley de la materia , y se dará vista a la autoridad administrativa

competente para los trámites a que haya lugar.

Con fundamento en lo previsto en la fracción VI del numeral 39 de la Ley en cita y fracción III

del diverso 39 de su Reglamento, tendrá que comprobar ante este Órgano Garante la

notificación al particular del acuerdo resultante en sus estrados físicos y electrónicos.

SEXTO. Atento al contenido de los artículos 64, fracción III y 70 Bis, fracción IV del

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de

Tabasco, notifíquese personalmente al INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE

VILLA LA VENTA, en el domicilio oficial que ocupa su Unidad de Transparencia y de

Acceso a la Información y, al solicitante en los estrados del órgano Garante, en razón que el

sistema Infomex- Tabasco no permite mayores notificaciones a las partes, que las

efectuadas a la fecha y el interesado no señaló un domicilio físico en su escrito inicial.

SÉPTIMO . Cúmplase.

ASÍ LO PROVEYÓ, MANDA Y FIRMA, EL CIUDADANO JESÚS MANUEL ARGÁEZ DE

LOS SANTOS, COMISIONADO PRESIDENTE , DEL INSTITUTO TABASQUEÑO DE

TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ANTE EL CIUDADANO

VICTOR ERNESTO LÓPEZ AGUILERA , SECRETARIO EJECUTIVO, CON QUIEN

ACTUA, CERTIFICA Y HACE CONSTAR..."

------FIRMAS ILEGIBLES. ---------RÚBRICAS.---------CONSTE.-------

Por lo tanto, se procede a notificar este acuerdo con fundamento en lo dispuesto en los artículos64 y 70 Bis, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública delEstado de Tabasco, y 26 fracciones V y X del Reglamento fIt^erior del Instituto Tabasqueño de

tt;Transparencia y Acceso a la Información ública A agente, así como, del OFICIOITAIP/DPC/286B1S/2016 , de fecha 31 de a t O.T6,d anterior para efectos legalescorrespondientes.

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C. NU PEZ FÉLIXIFICADOI IAtré IIO'kha* 0 nciá é ?-'

y Acceso a la In