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ftlllPUBLICA. DE NICARAGUA : DIARIO 'OFICIAL .. D!l..étor: CLIFFORD'c. HOOKlllR y·RmYEB Administrador: Sra. Mirlam López H. Apiirtado Postal N• 86 - TeléfoIÍo 2-37111 -- ,,, . • ftO LXXXI. ·l Manágua, D. N.;Lunes 7 de Noviembre de 1977. J 252 · "Afio del Desarrollo ·Agro-Industrial" · · · - Nd.. . ·suM·ARIO PODER LEGISLATIVO . CAMARA DEL 'SENADO Décimo-Segunda Sesión de _13. Cámara del Se.nado {continúa) . . . . PODER E]EClmVO MINJSTEBIO DE Ll GOBEllNAC!ON Carta de Naturaltzacióli Nicaragüense -a Sr. José L Ferná.ndez García - 'MINIS'l'EltIO DE HACIENDA Y · CREDITO PUBLICO Clasificase a Fírma Industrial Nica .. .. s. A.· conio Industria del Grupo C ................ . Clasificase a Firma Julia Charu.orro & Cia. Ltda., com9 Industria del Grupo Pdg. 3489 '3490 MINJS'l'ElUO DE EDUC&CION PUBLICA Extiéndese Titulo de Ejecutivo de Em- presas a Sr . .Julio c. Cártanza M. . . . MINISTERtO llE ·nEFENSA Prórroga a Permiso de Operación Agri· cola de Empresa Aerofumigadora Re- Peiia. Miranda. .. "7 • • • • . • • IONISTEBIO DB BCO'PfOllU.. IMDCSIIUA. Y C'J>MERCIO Sección de Pat«ites de Nlcarag"tla Marcas de Fábrica . . . . . . . . • . . . Renovaciones de Marcas .. NOmbres Comerciales . . . . . . . . . . . Marcas de Servicio . • . . . . . . . . . . Venta de Patente . . .. ...... •.•. SECCION JUDICIAL P4g. .. 3497 3497 '" '3498 ' ·3501 '3501 :S502 3502 Remates . . . . . . . . . . , . . . . __ . . . • • 3502 ºC" .................. •.•• 3492 Títulos Supletorios . . . . . . . . . . . . . . 3503 Clasificase a Firma Taller Técnico; S. SolicitúéÍ de Adopción ·de Meri.or· Karla · 3504 Solicitud de Reposición de Certificado 3494 de Franco - Americana. de Finanzas 3504 A., como Industria Existente del Gru- po "A" .... ••..• · · •• · •. · · ·• Indice de "La. Gaceta" ( continüa) . '3504 Emíte-se Vale del Tesoro Nacional ·a Fa- vor del INSS. . . . . . . . . . '3406 Indicador de "La Gaceta'' . . . . . . -·-3504 PóDER LEGISLA11VO Cámara del Senado DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO (Continúa) ticulado, tal como lo proponía la Comisión Dictaminadora, es la siguiente: "CAPITULO V DISPOSICIONES GENERALES SECCION UNICA Arto. 26• - Sin reforma. El Instituto iniciará sus aciividades en las regiones que él mismo señale previa- mente. Arto. 27' - Reformado - Se le suprimi6 el .. agundo párrafo, que decía: "Las exen- ciones contempladas en el párrafo anterior no incluyen la exonéraci6n del pago del impuesto general de ventas. Los bienes y rentas del Instituto estarán exento de- toda clase de contribuciones e impuestos fiscales, perq !'11 cuanto a los. de- rechos de importación, les será aplicable lo dispuestos en el Decreto de 23 de Marzo de 1972, publicado en "La Gaceta" N• 71 de 24 de Marzo de ese mismo año . Arto. 28• - Reformado - Se le suprimi6 el concepto "califiquen como", en la última línea. El plazo de los préstamos que otorgue INVIERNO, se dará por vencido por la ena· jenación de la explotación o empresa a per- sonas que no sean ( ) su jetos de crédito de INVIERNO. Arto. 29' ..... : Reformado - En m de,"un informe anual de los operaciones efectuadas en· cumplimiento de esta ley"• al f"mal, ·se le agregó lo que se El Instituto rendirá al Presidente de la República cuenta anual de las operaciones efectuada. y poblicará periódicamente en el Diario Oficial, Estados que reflejen vida financiera. ·

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Page 1: : DIARIO 'OFICIAL · DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO (Continúa) ticulado, tal como lo proponía la Comisión Dictaminadora, es la siguiente: "CAPITULO V DISPOSICIONES

ftlllPUBLICA. DE NICARAGUA

: DIARIO 'OFICIAL .. D!l..étor: CLIFFORD'c. HOOKlllR y·RmYEB

Administrador: Sra. Mirlam López H.

Apiirtado Postal N• 86 - TeléfoIÍo 2-37111 --,,, .

• ftO LXXXI. ·l Manágua, D. N.;Lunes 7 de Noviembre de 1977. J 252· .a..1~ "Afio del Desarrollo ·Agro-Industrial" · · · - Nd.. . •

·suM·ARIO

PODER LEGISLATIVO . CAMARA DEL 'SENADO

Décimo-Segunda Sesión de _13. Cámara del Se.nado {continúa) . . . .

PODER E]EClmVO MINJSTEBIO DE Ll GOBEllNAC!ON

Carta de Naturaltzacióli Nicaragüense -a Sr. José L Ferná.ndez García

- 'MINIS'l'EltIO DE HACIENDA Y · CREDITO PUBLICO

Clasificase a Fírma Industrial Nica .. ragüe~~· .. s. A.· conio Industria del Grupo C ................ .

Clasificase a Firma Julia Charu.orro & Cia. Ltda., com9 Industria del Grupo

Pdg.

3489

~3490

'3490

MINJS'l'ElUO DE EDUC&CION PUBLICA

Extiéndese Titulo de Ejecutivo de Em­presas a Sr . .Julio c. Cártanza M. . . .

MINISTERtO llE ·nEFENSA

Prórroga a Permiso de Operación Agri· cola de Empresa Aerofumigadora Re­né Peiia. Miranda. .. "7 • • • • . • •

IONISTEBIO DB BCO'PfOllU.. IMDCSIIUA. Y C'J>MERCIO

Sección de Pat«ites de Nlcarag"tla Marcas de Fábrica . . . . . . . . • . . . Renovaciones de Marcas .. NOmbres Comerciales . . . . . . . . . . . Marcas de Servicio . • . . . . . . . . . . Venta de Patente . . .. ......•.•.

SECCION JUDICIAL

P4g.

.. 3497

3497

'" '3498 ' ·3501 l· '3501

:S502 3502

Remates . . . . . . . . . . , . . . . • __ . . . • • 3502 ºC" ..................•.•• 3492 Títulos Supletorios . . . . . . . . . . . . . . 3503

Clasificase a Firma Taller Técnico; S. SolicitúéÍ de Adopción ·de Meri.or· Karla · ~ 3504 Solicitud de Reposición de Certificado

3494 de Franco - Americana. de Finanzas 3504 A., como Industria Existente del Gru-po "A" •....••..• · · •• · •. · · ·•

Indice de "La. Gaceta" ( continüa) . '3504 Emíte-se Vale del Tesoro Nacional ·a Fa­vor del INSS. . . . . ~ . . . . . '3406 Indicador de "La Gaceta'' . . . . . . -·-3504

PóDER LEGISLA11VO

Cámara del Senado

DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO

(Continúa) ticulado, tal como lo proponía la Comisión Dictaminadora, es la siguiente:

"CAPITULO V DISPOSICIONES GENERALES

SECCION UNICA Arto. 26• - Sin reforma. El Instituto iniciará sus aciividades en

las regiones que él mismo señale previa­mente.

Arto. 27' - Reformado - Se le suprimi6 el ~ .. agundo párrafo, que decía: "Las exen­ciones contempladas en el párrafo anterior no incluyen la exonéraci6n del pago del impuesto general de ventas.

Los bienes y rentas del Instituto estarán exento de- toda clase de contribuciones e impuestos fiscales, perq !'11 cuanto a los. de-

rechos de importación, les será aplicable lo dispuestos en el Decreto de 23 de Marzo de 1972, publicado en "La Gaceta" N• 71 de 24 de Marzo de ese mismo año .

Arto. 28• - Reformado - Se le suprimi6 el concepto "califiquen como", en la última línea.

El plazo de los préstamos que otorgue INVIERNO, se dará por vencido por la ena· jenación de la explotación o empresa a per­sonas que no sean ( ) su jetos de crédito de INVIERNO.

Arto. 29' .....: Reformado - En m de,"un informe anual de los operaciones efectuadas en· cumplimiento de esta ley"• al f"mal, ·se le agregó lo que se ~ubraya.

El Instituto rendirá al Presidente de la República cuenta anual de las operaciones efectuada. y poblicará periódicamente en el Diario Oficial, Estados que reflejen sú vida financiera. ·

Page 2: : DIARIO 'OFICIAL · DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO (Continúa) ticulado, tal como lo proponía la Comisión Dictaminadora, es la siguiente: "CAPITULO V DISPOSICIONES

349'0 LA GACE'FA-DIARIO OFICIAL

PODER EJ~CUTIVO .

Ministerio de la G'obernaci6n

Carta de Naturalización ·Nicaragüense .a Sr.

José I. Fernández García Reg. No. 7514 - R/F 838764 - ($: 120.00

Mariano Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación,

Certifica: Que en la página cu:i-renta y seis, T~mo

Nueve del Libro "Registro de Naturaliza­dos y Nacionalizados", que lleva este Des­pacho, se encuentra la Declaración que 1i­teralmente dice:

No. 2229 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Vista la solicitud del señor José Ibrahim Fernández García, mayor de edad, casado, pastor evangélico, de este domicilio y OTÍ·

ginario de San José, Santa Bárbara, Hon­duras, r_elativa a que se le conceda Carta de N atúra1ización de la República de Ni­caragua, por razón de que siendo de otro país de la América Central y estar casado con mujer nicaragüense, goza del privilegio de ser considerado nicaragüense natural, al tenor del Arto. 18, Numeral 4) , de nues­tra Constitución Política.

Se Considera: Que está justificado el hecho de que el

peticionario es de origen hondureño, como lo comprueba con 'los atestados legales que presenta, y está asimismo justificado que conforme la Constitución de Honduras, tambfén son considerados hondureños los centroamericanos que lleguen a su terri­torío y establezcan en él su domicilio.

Por Tanto:

Se Declara: Que el señor José Ibrahim Fernández

García, dé calidades conocidas, es nicara~ güeüée natural, a\ tenor del Arto. 18, Nu­meml 4) , de nuestra Constitución Pilítica, Y extiéndasele certificación de la presente para que le sirva de suficiente compro-bante. .

Comuníquese y publíq110se: Casa Presi­dencial. Managua, D. N., 2 de Julio de mil novc·:·i,,utos setenta y uno. A. S01WOZA D.,'Presidente de ·¡a República. - El MÍ·· nístro de la Gobernación, lf!. Buitrago Aj4.'-'.

Es conforme: Managua, D. N., 2 de Ju­lio· de mil novecientos setenta y uno. -M. Buitrago A·ja, Ministro de la Goberna-ción. · · ·

Ministerio de Hacienda Y. Crédito Público

Clasifícase a Firma Comercial Nicaragüense, S. A., como Industria

del Grupo "C" Reg. No. 7471- R/F 838445 - C$: 412.00

Decreto No. 121 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Vistos: Primero: La solicitud presentada por

la firma COMERCIAL NICARAGUENSE, S. A., para que de conformidad co:i el Co_n­venio Centroamez:icano de Incentivos Fis­cales al Desarrollo Industrial, se clasifique y equipare su Planta Industrial que insta­lará. en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, 1a que se dedicará a la pro­ducción de camisas de varón estilo vaque­ro, pantalones, chaquefas, camisetas, .ove­roles y faldas de mujer.

Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiva de Desarrollo Indus­trial en sesión ordinaria celebrada a los diecinueve días del mes de Agosto de mil novecientos setenta y siete, según Acta No. 304 de la misma fecha por medio del que recomienda": "Clasificar a la empresa solicitante como Industria del Grupo "C", equiparada en todos los beneficios con su similar INDUSTRIAS BUFFALO, S. A., c1asificada como Fundamental de Industria Nueva, según Decreto No. 128 del ocho de Septiembre de 1967, publicado en "La Ga­ceta" No.. 226 del cinco de Octubre de 1967 de ccnformidad con los Artos. 4, 5, y T. 4o. del .Conv,enio".

Tercero: . La Resolución No. 87 "C-2", dictada por el Ministerio de Economía, In­dustria y Comercio el 26 de Agosto de 1977, en la que se determina la Clasificación y equiparación recomendada.

Cuarto: La comunicación escrita por medio de la cual el interesado acepta los términos de dicha Resolución.

Considerando : Que se trata de una Planta Industrial

que se dedicará a la confección de ropa. Que de acuerdo al Convenio es proceden­

te su clasificación y equiparación con simi­lares establecidas en el país.

Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con

fundamento en el Convenio Ccntr<nmeri· cano de Incentivos Fiscales a'! Desarrollo Industrial, ArtíctJlos 4, 5, 7 y T. 4o. del Convenio en lo que fuere aplicable.

Decreta: Arto. lo. --:- Clasif\car a la firma CO­

MERCIAL IDCARAGUEMSE, S. A., que

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LA GACETA'....DIARIO OFICIAL 34Ql

se dedicará a la producción de c.amisas de varón estilo vaquero, pantalones, chaque­

·tas, camisas, overoles y faldas de mujer; como Industria del Grupo "C", del Conve­nio, otorgándole. los siguientes benefícfos fiscales, mediante aplicación de las dispo-· siciones equiparativas pertinentes: : a) . Exención total de derechos de adua­

na y demás gravámenes conexos, in­cluyendo los derechos consulares, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 19 del Convenio, sobre la impor­tación de la siguiente maquinaria y equi~;

Maquinaria y Equipo F. A.:rancelaria

Máquinas industriales de co .. ?Teas • • • • • • . . • • • . . • 716-11-01 Planchas Industriales . . . . . . 721-12-02 Caldero Y compresor ... + •.•• · 711-03-02

b) Exención de derechos de aduana y demás gravámenes· conexos, inc1uyen­do los derechos consulares, sobre la im¡:iortación .de materias primas, pro­ductos semi-elaborados, y envases;

e) Exención total de. derechos de aduana y demás gravámenes' conexos, inclu­yendo los derechos consu1ares, sobre la importación de. combustibles estric­tamente para el proceso industrial, ex­cepto gasolina, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 19. de'l Convenio;

d) Exención total de impuestos sobre los activ.os y sobre el patrimonio, con íni· ciación según lo estipulado en el Arto. 18 del Convenio.

Las exenciones previstas en los acápites a), b) e) y d), tendrán duración de con­. formidad con 1o estipulado en el Arto. T-4o. del Convenio, sólo por el período que falta para que terminen los beneficios corres­pondientes a la firma con la cual se le equi­pará y que se menciona en el Visto Segundo de este Decreto.

Queda entendido que laslistas de maqui·· narias, repuestos, equipos, accesorios, ma­terias primas, productos semi-elaborados y envases, mencionados en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto, pue­den ser modificados, adicionados o dero­!rados, previo dictamen del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en su caso.

Arto. 2o. - Sujetar al beneficio a todas las ob1ígaciones corresP<endientes de acuer­do con el Convenio y especialmente a las si.:­guientes: a) Iniciar las actividades de instalación

de su Planta y concluir dichas instala· ciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de la fecha

_ del presente decreto ;

b) Invertir la suma de e¡! 1,025.5 miles de Córdobas;

c) Producir. los artículos que motivaron. su clasificación con e1 propósito espe· cial de concurrir también al mercado Centroamericano;

d) El beneficiario está en la obligación .de presentar sus declaraciones. tribu­tarias a1 Fisco de la República, de acuerdo al Artículo 20 de la Ley Tri­butaria Cómún, aunque estuviese exen­to del pago por medio de este Decreto;

e) Cump1ir con el. programa de produc­ción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su clasi­ficación y comunicar dentro_ de los treinta días calendarios de su ocu­rrencia, cualquier modificación.en -los planes . o proY.ectos iniciales · QCurri­dos durante el goce de las exenciones;

f) Suministrar todas las informaciones y datos que le solicite el. Ministerio de Economía, Industria y Comercio, y/o Ministerio de Hacienda y Crédito Pú­blico, y permitir 1a.s inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean :nece­sarias ,para mantener un contra! pe­riódico sobre el cumplimiento . de los compromisos de 'la Empresa, la cual de­berá llevar y anotar en libros. Y .. regis­tros especiales, sujetos a inspección, información detallada de las mercan­cías que importe con· franquicia adua­nera, así como el uso y destino que ha­ya dado a la mismas.

Para el uso de la.9 franquicias en· 1a: im· portación de los artículoS antes detallados, el beneficiario presentará ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio solici­tud conteniendo :una lista y sus cantida<les de las maquinarias y equipos que necesitará para la instalación inicial de su Planta y para completar las instalaciones. de éstas, así como de las materias primas, produc­tos semi-elaborados y envases que utiliza­rá para su producción durante el primer semestre de operaciones. La lista en cues-

. tión en lo sucesivo o sea durante el periodo de sus franquicias, deberá ser presentad"­por períodos semestrales y en lo relativo a importaciones de fuera de Centroamérica, será analizada y aprobada cuando !03 ar­ticules en ella presentados sean indispen­sables para e'l establecimi,;nto, amp!iac:o­nes u operaciones de la Planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empre·· sa antes mencionada.

Arto. 3o. - Sujetar en su caso al ¡,,,ne­fichrio a las sanciones oue establece el Ca­pítulo X del Convenio Centroamericano .de Incentivos Fisca1es al Desarrollo ::mdus­trial ..

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3492 LA GA.CETA-I>IARIO· OFil;I.Al. ·

Arta. 4o. ......, Pará gozar de lós beneficios fiscales otorgados en el· presente Decreto, el ben~ficiario deberá;presentar ante el Fis­co o Hacienda Pública, Jos documentos ac­cesocios a .su.declaración. a que se refiere el inciso d) del Artículo 2o. anterior, -que de­muestren que. ha. cumplldi>. con las obliga· cionesudel Decreto; y el Fisco o Hacienda Pública>' constatarlo. por medio del audito­riaje·.co~ondiente, en caso de no- com­proJ,arse lo anterior• a satisfacción del Mi­nisterio. de.. Hacienda y Crédito Público, el beneficiario.; del Decreto quedará abligado al pago rle los impuestos correspondientes.

Arto. 5o. - Este Decreto se dicta de acuerdo con las disposiciones del Convenio Centiioomericano. de. Incentivos Fiscales al Desarrollo. Industrial, :y podrá ser modifi· cado¡.adiciona-do o derogado de acuerdo con los términoa: de los mismos. ·

Arto.·6o. -· El presente Decreto comen­zará a regir-a partir de su fecha de emi­sión ::Y ·deberá . publicarse por cuenta del Interesa.do en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado-- en Casa · Presidencial Managua Dis~ ·Nacional, a tos tres ellas del me~ d~ Octubre ·de mil novecientos setenta y siete; - A. 80MOZA D.· Presidente de la Repúbliéa. ·- (f) Juan jasé Martínez L. ~inistro de· Economía, Industria y Comer: c10 - (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacléllda y e, P. ·

Clasífícase a Firma Julia Chamorro & Cía:Ltda., como

Industria del. Grupo "C"

Reg.·No. 7453 ~ R/F 838366 - Cf 412.00

Decreto No. 109 EL PRESIPJlJNTl'E DE LA REPUBLICA,

Vistos: Primero: La solicitud presentada por

1a firma. ,,, JULIA CHAMORRO & CIA. LTDA"; (CORTINA Y DECORACION), para que, de conformidad con el· Convenio Centroamericano de Incentiv.os Fiscales a.1 desarrollo' Industrial · y de acuerdo con la. Ley de Protección. y Estímulo al Desarro­llo Industrial se clasifique y equipare su Planta Industrial que instalará en. la. ciu· . dad de Managua, la que se dedicará a la ~roducción de cubre-camas; frazadas, cor· tmas de toda clase, cobertores,· sábanas, fundas y sobre-fundas.

Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiva de Desarrollo. Indus-. tria! en sesión ordinaria celebrada a los die~isiete día~ del mes de Junio:de miLno­vec1entos sete1;1ta y siete, según Acta No. 297 ·~ la mis'!!a fe~ha por medio del qÚe i:ecom1endan: Clasificar a 18, empresa so­licitante como Industria del Grµ_po .... C",

equiparada ·én los beneficios. de maquina.- ' . ria y .Epui110;. m;¡.terias, primas, productos semi-elaborados y. el).v.ases y coínbwitibles (incisos a), b) y é), con su similar "JOSE PORCAR- FERRAR.A", Clasificada según Becreto No. 209 .del 23 de Septiembre de 1976, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial. No. 7Q del 24 de Marzo. de 1977, de conformidad con los Artos. 4, 5, y 17 del Convenio •. ' Tercero·:·, La Resolución No. -59 "C-2, dictada por el .Ministerio de Economía, In­dus_tria. y. Comercio el 29 de Junio de 1977 en la que se determina la Clasificación y equiparación recomendada.

Cuarto:· La comunicación escrifu por medio .de la cual el interesado acepta los términos de dicha resolución.

Considerando: , Que dará QCUpación de mano de obra na­

cional, solucionando Problemas de empleo.

Que de acuerdo al Convenio es proceden­te su clasificación y equiparación indus­trial. · Que su Planta lndustriat se dedicará a ·

la confección de ropa, activ.idad que según el Convenio pertenece a la categoría del Grupo '-'C"

Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con

fundamento en el Convenio Centroameri­cano de Incentiv.os Eiscales al Desarrollo Industrial, artículos 4, 5 y 17. en la Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Indus-· trial, en lo que fuere aplicable.

Decreta: Arto. lo. - Claisificar a la firma "JU.

LIA CHAMORRO & CIA. LTDA.", (COR­TINA Y DECORACION), que se dedicará a la producción de cubre-camas, frazadas, cortinas de toda clase, cobertores, sábanas, fundas y sobre-fWldas, como Industria del Grupo "C", del Convenio, otorgándosele los siguientes beneficios Riscales, mediante aplicación de las disposiciones equiparati­vas .pertinentes: a) Exención total de derechos de aduana

y demás grav.ámenes conexos, inclu­yendo los derechos consulares, con_ini· eiación según lo estipulado en el Arto. 19 del Conv.enio sobre la importación de la sigµiente maquinaria y equipo, hasta e1 31 de Diciembre de 1980:

Maquinaria z¡ Equipo ·=-·------ --.-

Máquina de coser . . . . Cortadoras . . .. .. .. ., CerradorM • , • . . . . • . .

Ojeteado ras. ·.. .. . . . •. Perforadoras... .. . . . . . . Máquina Zlg'·Za¡ .... .. ..

F /A ramcelalria

716-11-01 821-02-03 716-11-01 716-11-01 716-08

716-11-0l

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LA. GAcrI'A-DlARIO OFICIAL 3493

b) Exención de derechos de aduana, y de­mas gravámenes conexos, incluyendo lea derechos consulare~, sobre la im­portación de las siguientes materias primas productos semi-e1aborados y envases, hasta el 31 de Diciembre d!! 1980:

Materias Primas

Tela de Cobertor en rollo de cualquier fibra textil . . . .

F JA rancelaria

656-03 Pasamanerías . . . . 654-04 Agujas . . . . . . . t , • 699--08 Hilos de Nylon . . · 651·06 Eorlás de algodón y Seda para. cobertores y cortinas 654-03·05

e) Exención total de· derechos .de aduana y demás gravámenes conexos, inclu­yendo los derechos consulares, sobre la importación de combustible estric­tamente para· el proceso ·industrial, excepto gasolina, con iniciación según lo estipulado en e1 Arto. 19 del Conve­nio, hasta el 31 de Diciembre de 1978.

Las exenciones .previstas en los acápites a) , b), y c) , .tendrán duración de confor­midad con lo estipulado en el Arto. 17 del Convenio, sólo por el periodo que falta pa­ra que terminen los beneficios correspon­dientes a la firma con la cual se le equipa­ra y que se menciona en el Visto Según­do de este Decreto. Una vez fina1izado el período en referencia y si éste fuere menor que el señalado a Industria Existente, la Empresa podrá gozar de beneficios pos­teriores; pero sólo por el tiempo y natura­leza que falte para completar e1 plazo de los mismos.

Queda entendido que las listas de ma­quinaria, repuestos, equipos, accesorios, materias primas, productos semi-elabora­dos y envases, mencionado en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto, nueden ser modificadas, adicionadas, o ®· rogadas, previo dictamen del ministerio de Economía, Industria y Comercio, en su caso.

Arto. 2o. - Sujetar al beneficiario a to­das las obligaciones correspondientes de acuerdo con el ConveniQ y las leyes NacíO­nales citadas, y especialmente a las si­guientes: a) Iniciar las actividades de instalación

de su Planta y concluir dichas instala­ciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de la fecha del prese11te Decreto;

b) Invertir la suma de ($: 647.0 (Miles de Córdobas);

e) Producir los Artículos que motivaron su clasificación con el propósito espe­cial de concurrir tambiés a1 mercado Centroamericano;

d) El beneficiario· está en la obligación ,. de presentar sus declaraciones tributa­

rlas al Fisco de Ja República, de acuer­do al Artículo 20 de la Ley Tributaria Común, aunque estuviese exento del pago por medio de este De-creto;

e) Cumplir con el programa de produc­ción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su cla­sificación y comunicar, dentro de los treinta días ca1endarios de su ocurren­cia, cualquier modificación en los pla­nes o proyectos iniciales ocurridos du­rante el goce de las exenciones;

f) Suministrar todas las informaciones y datos que le solicite e1 Ministerio de Economía, Industria y Comercio y/o ·Ministerio de Hacienda y Crédito Pú­blico, y permitir las inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean necesarias para mantener un control periódico sobre el cumplimiento de los compromisos de 1a Empresa, la cual deberá llevar y anotar en libros y re­gistros especiales, sujetos a inspec­ción, información detallada de las mercancías que importe con franqui­cia aduanera, así como el uso y des­tino que haya dado a las mismas.

Para e1 uso de las franquicias en la im­portación antes detalladas, el beneficiario presentará ante el Ministério de Economía, Industria y Comercio solicitud conteniendo una lista y sus cantidades de las maquina­rias y equipos que necesitará para la ins· talación inicial de su Planta o para com­pletar las instalaciones de éstas, as! co­mo de las materias primas, productos se­mi-elaborados y envases que utilizará pa­ra su producción durante el primer semes­tre de operaciones. La lista en cuestión, en lo sucesivo o sea durante el periodo de sus franquicias, deberá ser presentada por períodos semestrales y en lo relativo a importaciones de fuera de Centroamérica, será ana1izada y aprobada cuando los ar­ticu1os en ella presentados sean indispen­sables para el establecimiento, ampliacio­nes u operaciones de la Planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empre­sa antes mencionada.

Arto. 3o. - Sujetar en ·su caso al ben<efi­ciario a las sanciones que establece el Ca­pitulo X del Conven:o Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Indus­trial.

Arlu. 4o. - Para ;ro;;ar d·~ los beneficiua fieeales otorgadOij en el presente Decreto, el beneficiario deberá presentar ante el Fisco o Hacienda Pública, los documen· tol!I accesorios a su declaración a que &e

.refiere·e! inciso d) del Artículo 2o. ante·

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3494 LA GAOETA-DlA.RIO OFICIAL

rior, que demuestren que ha cumplido con las obligaciones del Decreto, y el Fisco o Hacienda Pública constatarlo por medio del auditoriaje correspondiente, en caso de no comprobarse lo anterior a satisfacción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el beneficiario del Decreto quedará obli­gado a1 pago de los impuestos correspon­dientes.

Arto. 5o. - El presente Decreto comen· zará a regir a partfr de su fecha de emisión y deberá pubcicarse por cuenta del intere­sado en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidenci&l. Managua, Distrito Nacional, el primer día del mes de Septiembre de mil novecientos setenta y siete. - (f) J. Antonio Mora R., Ministro de la Gobernación y Encargado de los Asuntos Administrativos de la Presidencia de la República. - (f)Juan José Miartf,. nez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio. - (f) Gustavo lffontiel, Minis­tro de Hacienda y Crédito Público.

Clasíficase a Firma Tailer Técnico, S. A., como Industria Existente del

Grupo "A" ,

Reg. No. 7598 - R/F 839271 - C$C 624.00

Decreto No. 141 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Vistos: Primero: La solicitud presentada por

la firma "TALLER TECNICO, S. A", para que de conformidad con el Convenio Cen­troamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industria:¡ se clasifique y equi­pare su Planta Industrial que insta:Jará en la ciudad de Managua, la que se dedicará a la producción de muebles de madera, alu­minio y cualquier otro metal, muebles para parlantes, equipos de sonido y televisores.

Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiv,a de Desarrollo Indus­trial en sesión c·rdinaria celebrada a los seis días del mes de Septiembre de mil novecientos setenta J' :::iete, según Acta No. 306 de la misma fecha por medio del que recomiendan: "Clasificar a Ja empre­sa solicitante como Industria Existen del Grupo "A", equipararla en todos los bene­ficios con su similar INDUSTRIAS GENE­RAL l\'ICARAGUENSE, S. A. (INGENI­SA) .. reclasificada según Decreto No. 103 del 26 de Octubre de 1971. nublicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 251 de! 4 de Noviembre de 1974, de conformidad con los Artes. 4, 5, 7 y 17 del Convenio.

Tercero: La Resolución No. 97 "C-2", dictada por el Ministerio da Economía, In-1iustria y Comercio el 23 de Septiembre de

1977 en la que se determina la clasificación recomendada.

Cuarto: La comunicación escrita por medio de la cual el interesado acepta los términos de dicha Resolución.

Considerando: Que hará un aporte significativo a la Ba­

lanza de Pagos y generará un alto valor agregado en el Proceso Industrial.

Que producirá bienes de consumo nece­sarios para la población, empleando un 70.0 por" ciento de materia prima de ori­gen nacional.

Que de acuerdo al Convenio es proceden­te su clasificación y equiparación a sus si· milares nacionales para operar en un mis­mo plano 'de igualdad Competitiva.

Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con

fundamento en el Convenio Centroameri­cano de Incentivos Fiscales al Desarrc-llo Industrial, Artículos 4, 5, 7 y 17.

Decreta: Arto. lo. - Clasificar a la firma "TA­

LLER TECNICO, S. A.", que se dedicará a la producción ·de muebles de madera, alu­minio y cualquier otro metal, muel:iles p~­ra parlantes, equipos de soÍlido y televi­sores como Industria Existente .del "Gru­po "A" del Convenio, otorgándosele los s~­guientes beneficios fiscales mediante apli­cación de las disposiciones equiparativas pertinentes: a) Exención total de derechos de adi:a­

na y demás gravámenes conexos, m­cluyendo los derechos c~msulares, con iniciación según lo estipulado en el Arto. l!Í del Convenio, sobre la impor­tación de la siguiente maquinaria y equipo:

Maqiiinaria y Equ:i.po F, Arancelaria

,Sierras ·Circulares . , 716-05-00 Motores eléctricos 721-01-02 Lijadora eléctrica de mano . . 716-04-00 Prensa para pegar marcos y cantos Desatornilladores neumáticos Taladro eléctrico Cepilladora de mano Fijadores y colgadores de hterro . Máquina escopl::u.lor:i. .. Torno automático Máquina ruteado1'a o acana­ladora j\fáquina cepilladoru .. ~{áquina canteadora .. Máquina Tupi o molduradora Horno secador de madera .. Síerra radial .. Repu·esto's y acceso·nos para

716-04-00 716-05-00 716-04-00 716-04-00

699-18.Ql . 7lG-O,l-OO

7l6-0,1-00

716·04-00 716-04-UO 716-04-00

716-04-00 716-04--00 716-04-00

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b)

LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3495

M aquin.aria y Equipo F. Arancelaria.

máquinas madera ..

procesadoras de

Montacargas . , , . . . , . Máquina talladora . . :-. Aserrío completo . . . . . . He.rramíentas manuales .. Compresores . ': . . . . . . Máquina de coser industriales Sprayadora . . . . . . . . Máquina planificadora . . . . Prensa de Vinyl a madera .. Prensa y formadora de me~

716..()4-00 716-03-00 716-04-00 716-04-00 716-05-00 716-13-04 716-11-01 716-01-02 716-04-02 632-09-00

tales . . . . · . . . . . . . . . . . . 619-12-02

Exención de derechos de aduana y de­más gravámenes conexos, incluyendo los derechos consulares, sobre la im­portación de las siguientes materias primas,· productos semi-elaborados y envases:

Materias Prinias F. Arancelaria

Telas para tapizar {'vinyl} Herrajes de toda clase .. Telas revestidas. para tapizar muebles ............. . Grapas ............. . Clips para muebles . . . . . . . . Tiras de -cartón con clav;os Resortes metálicos . . . . Cordón vivo para uso indus~ tria! . . . ............ . .snicone en srpay (no a base de caucho) ......... . Cuchillas . . . . . , . . . . . . Brocas .... ' ........ · · Piedras y ruedas naturales o artificiales para afilar y pulir Troqueles ........... . Bisagras, aldabas, rodos, reS'­baladeras, rieles, cerraduras Heladeras y otros accesorios Tejidos de algodón con mez­clas de otras fibras textiles revestidas de plástico para ta­pizar muebles . . . . . . . . Tornillos, tuercas, aranrelas, remaches, .pernos, tachuelas, armellas, alcayetas . . . . . . Limas triangulares y planas Sierras sin fin . . . . . . . . Láminas (hojas de material -plástico) Flexibles ·para re­vestimiento cortadas o en ro-llos . . . . . , . . . .,,..,. . . . . Clavos para uso industrial de muebles .... Pernos móviles y de extensión Herrajes de metal blanco Herrajes de plástico . . . . Papel lija en rollos de varias medidas . . , . . . . . Resbalones plásticos . . . • .. •

599-01--04-01 699-18-01

655-04-03 699..()7-01-09 699-18-02 699-07-01-02 699-29-01-01

655-06-01

599-04-04 699-12-03·00 699-12-09

633-01-00 699-12-03-09

699-18-01 699-18-04

599-01-04-01

699--07-01·09 699-12-02 699-12-02

599-01-04-01

699-07-01-02 699-07-01-09 699-18-04

899-11-03-09

663-02-00 699-11-03-09

e)

d)

e)

Materias Prima.a F. Arancelaria

Perfiles plásticos . . . . . . Molduras y mallas plásticas

599-01-04-01

para- adornar muebles 899-11-03-09 Angufares metálicos para muebles . : . . . . 681..()4-00-01 Textiles de fíbras metálícas para muebles de radio o parlantes. . . . . . . . . . . . . 653-06--00 Cartón perforado (katrinite) 641-19-10 Fibra acústica de esponja, de hule o fibra i1J! vidrio . . . . 644-04-05-00 Láminas y angulares decora-tivos de plásticos y/o metal 899-11-03-09 Pal).eles actlsticos decorativos de tela, madera o plástico 854-01-01-09 Lámina de cartón cómpri-mido cortado o no . . ... . . . 641-19-10 Lámina de plástico para re-vestimiento y acaba.do, en rollos o cortado (tela acústica 899-ll·-03-09 Cinta de sujeta.miento o sos-tén ( magic tape) . . . . . . 642-09-09-01 Duetos acústico de plástico o cartón o de otros materiales 654-01~01-09

Marcas y etiquetas decorati .. vas . . . . . . . . .. . . .. . . 892-09-10 Secciones de tubos cromados de plástico y ¡o metal . • . . 899-11-03-09 Paneles de plástico y/o vi-drio de corativos . . . . . • . . 899-11 .. 03-09,

Exención total de derechos de aduana demás gravámenes conexos, incluyen­do 1os derechos consulares, sobre la importación de combustible estricta­mente para el proceso industrial, ex­cepto gasolina, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 19 del Con­venio; Eiención total de impuesto sobre la renta y utllidades con iniciación se­gún lo estipulado en el Arto. 18 del Convenid; Exención total de impuesto sobre Jc.3 activos y sobre el patrimonio, con ini­ciación según lo estipulado en el Arto. 18 de'.! Convenio.

Las exenciones previstas en los acápites a), b), c), d) y e), tendrán duración de conformidad con lo estipulado en el Arto. 17 del Convenio, sólo por el período c:ue falta para que terminen los beneficios co­rrespondientes a la firma con la cual se le equipara y que se menciona en el Visto Segundo de este Decreto, Una vez fina­!izádo el período en referencia y si éste fue· re menor que el señalado a Industria Exis-· tente, la Empresa podrá gozar de benefi­cios posteriores; pero sólo por el tiempo y naturaleza que falte para completar el pla­zo de los mismos.

Queda entendido que las listas de ma-

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3496 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

quinaria, repuestos, equipos, accesQrios, materias primas, productos semi-elabora­dos y envases, mencionados en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto pueden ser modificados, adicionados C> de­rogadas, previo dictamen del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en su caso.

Arto. 2o. - Sujetar al beneficiario a to­das obligaciones correspondientes de acuer­do con el Convenio y es;pecíalmente a 1as siguientes: . a) Iniciar las actividades de instalación

de su Planta y concluir dichas instala­ciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de 1a fecha del presente Decreto;

b) Invertir Ja suma de <$ 3,180.0 (miles de córdobas) ;

c) Producir los artículos que motivaron su clasificación con el propósito espe­cial de concurrir también al mercado Centroamericano;

d) Utilizar por lo menos un 50.0% de materia prima nacional o centroameri­cana;

e) El beneficiario está en la obligación de presentar sus declaraciones tribu­tarias al Fisco de la República, de acuerdo at Artículo 20 de la Ley Tri· butaria Común, aunque estuviese exen­to del pago por medio de este De­creto;

f) Cumplir con el programa de produc­ción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su clasifi­cación y comunicar, dentro de los treinta días calendarios de su ocurren­cia, cualguier modificación en los pla­nes o proyectos iniciales ocurridos du­rante el goce de las exenciones;

g) Suministrar todas 1as informaciones y datos que le solicite el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y/o Ministerio de Hacienda y Crédito Pú­blico, y permitir las inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean necesarias para mentener un control periódico sobre el cumplimiento de los ccmpromisos de la Empresa, la cual deberá llev:J,r y anotar en libros y re­gistros especiales. sujetos a inspección, información detailada de las mercan­cías que im!)orte con fnmquicia adua­nera, así como el uso y desti.rio que ha­ya dado a las mismas.

Para el uso de las franouicias en 1a im­dos, et beneficiario presentará ante el Mi­nisterio de Economía, Industria y Comer­cio solicitud conteniendo una lista y sus cantidades de las maquinarias y equipos que necesitará para la instalación inicial

de su Planta o para completar las instala­ciones de é1¡tas, así como de 1as materias primas, productos semi-elaborados y enva• ses que utilizará para su producción, duran­te el primer semestre de operaciones. La lista en cuestión, en,¡o sucesivo o sea duran­te el período de 9us franquicias, deberá ser ;pre~ntada por períodos semestrales y en 10 relativo a importaciones de fuera de Cen­troamérica, será analizada y aprobada cuando los artículos en ella prese(ltados sean indispensables para el establecimien• to, ampliaciones u operaciones de la planta, no puedn disponerse. de .sustitutos centro­americanos adecuados y sean consignados a la empresa antes mencionada.

Arto. 3o. - Sujetar en su caso al bene­ficiario a las sanciones que establece el Capítulo X del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales a1 Desarrollo Indus­trial,

Arto .. 4o. - Para gozar de los beneficios fiscales otorgados en el presente Decreto, el beneficiario deberá presentar ante el Fisco o Hacienda Pública, los documentos accesorios a su declaración a que se refiere el inciso e), del Artículo 2do. anterior, que demuestren que ha cumplido con las obli­gaciones del Decreto y el Fisco o Hacienda Pública constatarlo por medio del audito­riaje correspondiente, en caso de no com­probarse lo anteriir a satisfacción del Mi­nisterio de Hacienda y Crédito Público, el beneficiario del Decreto quedará obligado al pago de los impuestos correspondientes.

Arto. 5o. - Este Decreto se dicta de acuerdo con las disposiciones del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Inqustrial y podrá ser modifi­cado, adicionado o derogado de acuerdo con los términos de los mismos.

Arto. 60. - El prese~te Decreto comen· zará a regir a partir de su fecha de emisión y deberá publicarse por cuenta del intere­sado en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito N aciona:I, a los veinte días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y sie­te. -A. SOMOZA D., Presidente de la Re­pública. - (f) Juan José Martínez L., Mi­nistro de Economía, Industria y Comercio. - (f) Gustavo Mcxntiel, Ministro de Ha· cienda y Crédito Público,

Emítese Vale del Tesoro Nacional a favor del I. N. S. S.

"No. 147

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, En uso de sus facultades,

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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 3497

Acuerda: \

Unico: Emítase Vale del Tes<>ro, a car• go del Tesoro Nacional, suscrito por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, hasta wr la suma de, Cinco Millones Doscientos Cincuenta y Tres Mil Nove­cientos Ochenta y Cinco ·córdobas con Cinco Centavos ( ~ 5.253,985.05), con ven­cimiento el día dieciocho de Octubre de mil novecientos ochenta y .dos devengando la suma del V ale el Interés del cuatro por ciento ( 4%), anual pagaderos los Intere­ses por anualididades vencidas. Con tal documento el Estado cubrirá el Aporte Es­tatal por el mes d• Diciembre de 1976, que le corresponde pagar al Instituto Nicara­güense de Seguridad Social. Al valor total que conforme liquidación practicada por el Tribunal de Cuentas resultó de, Cinco Mi­llones Trescientos Veintisiete Mi1 Setecien­tos Ochenta y Siete Córdobas con Noven­ta y Nueve Centavos (cf5.327,787.99), se aplica deducción por el mes de Diciembre de 1976 de la suma de ~· 73,802.94, que co­rreswnde a derechos aduaneros por impor­taciones consignadas al Instituto Nicara­güense de Seguridad Social.

Comuníquese: Casa Presidencial, Mana­gua,·D. N., dieciocho de Octubre de mil no­vecientos sehmta y siete. - (f) A. 80-MOZA D., Presidente de la República. -(f) Gustavo Montiel B., Ministro de Ha­cienda y Crédito Público.

Ministerio de Educación Pública

Extiéndese Título de Ejecutivo de Empresas a Sr. Julio C. Carranza M.

Reg. No. 7515 - R/F 836811 - C$! 75.00

No. 5702

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Considerando: Que el señor Julio C. Carranza M., na­

tural de Managua, Departamento del mis­mo nombre, República de Nicaragua, ha cursado y aprobado las materias del Plan de Estudios de la Carrera de Ejecutivo de Empresas y sustentado satisfactoriamente los exámenes de graduación.

Acuerda: lo.-Extenderle al mencionado señor JuJw

C. Carranza M., el Titulo de Ejecuti­vo de Empresas, conferido por la Es­cuela Superior de Contadores Públi­cos y Administración, de la Ciudad de Managua, a los veintisiete días

· del mes de Febrero de mil novecien­tos setenta. y uno, para que goce de

los Derechos y Prerrogativas que las Leyes le otorgan.

2o.-El presente Acuerdo deberá. publicar­se en "La Gaceta", Diario· ,Oficial, por cuenta de~ intere51\do. 1

Comuníquese. Casa Presidencial. Mana­gua, 17 de Marzo de 1971. - (f) A. SO­MOZA D., Presidente de la República. -(f) J. Antonio Mora R., Ministro de Edu-cación Pública. . :Jl1 -

Ministerio de Defensa Prórroga a Permiso

de Operación Agrícola de Empresa ~Aerofumigadora

René Peña Miranda Reg. No. 7548 - R/F 839158 - lf 105.00

No. 89 ·EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

En uso de la :(acultades que le confiere el Articulo 82 de! Código de Aviación Civil,

Acuerda: Prorrogar hasta el 30 de Junio de 1978,

el Permiso de Operación Agrícola, Cate· goría Comercial, para operar el Servicio de Aviación Agrícola, emitido en Acuerdo No. 52 coo fecha 16 de Agosto de 1976, a fa. va~ de la Empresa Aereofumigadora René Peña Miranda. · •.

Operará en todo el Territorio Nacional con las aeronaves matrícula: AN-AWF; AN-BJH; AN-BHO, las que deberán tener su Seguro en vigencia.

La Base será el Aeródz:omo "Godoy en León.

Se deberá dar cumplimiento al Artículo 11 del Reglamento para la Aviación Agrí­cola.

El .Jiresente Acuerdo para su validez de­berá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, por cuenta del interesado.

Comuníquese: Casa Presidencial, Mana­gua, D. N., 27 Octubre, 1977 - (f) A. SOMOZA D., Presidente dé la República. - (f) Heberto Sánchez B., General de Bri­gada G. N., Ministro de Defensa.

Presentado a esta Oficina hoy a las 10: 30 de la mañana, según consta en Asien­to No. 6508, páginas 270/271, Tomo II, Ll· bro Diario, e inscrito en la página 172, del Libro de "Servicios Autorizados'', Tomo ID, del Registro Aeronáutico Administra­tivo de Nicaragua. - Managua, D. N., vein­tisiete de Octubre de mil no·vecientos se­tenta y siete. - Coronel G. N. (PA) Fran­cisco UI!oa A., Registrador Aeronáutico por la Ley.

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3498 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Ministerio de Economía, Industria y Comercio '

SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA

Marcas de Fábrica Reg No 4673 - R/F 665086 - VaÍor <; 90.00

niamoÍld Shamro~k Corporation, estadouni­dense, mediante apoderado, Dr. Sergio Lacayo, solicita registro marca fábrica:

el

Clase l. Presentada: 15 Junio 1977. Opónganse. · Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

Junio 1977. - Yolanda Garcia de Monteal-egre, Registrador~ - Teresa Torres, Secretaria.

s 2

Reg. No. 4674 - R/F 666089 Valor <; 90.00 Diamond Shamrock Corporation, estadouni~

dense, mediante apoderado, Dr. Sergio Lacayo, solicita registro marca fábrica:

,)~ <Y

Clase 9. Presentada: 10 Junio 1917. Opó~ ReglstrQ Propiedad Industrial. - Managua, 20

.Junio 1977. - Yolanda García de Montea.legre, Registrador. - Teresa Torres, Secretaria.

3 2

Reg. No. 4675 - R/F 665090 - Valor <; 90.00 Diamond Shamrock Corporation, estadouni~

dense, me.diante apoderado, Dr. Sergio Lacayo1

solicita registro marca fábrica:

8> Clase 30. Presentada: 15 Junio 1977. Opónganse. R;'g:istro Propiedad Industrial. - 1\fanagua, 20

Jun1.o 1977; - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Teresa Torres, Secretarta.

3 2

Reg. No. 4676 - R/F 665091 - Valor ti¡: 90.00 Diamond Shamrock Corporation, estadouni~

dense. mediante apoderado, Dr. Sergio Lacayo, aollcita registro marca fábrica:

~· """' . Clase 31.

Presentada: 15 Junio 1977. Opónganse.

Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20 Junio 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Te.resa Torres, Secreta.ria.

. 3 2

Reg. No. 7465 - R/F 838659 - Valor <$! 90.00 Johnson & .Johnson, estadounidense, mediante

apoderado Doctor Raúl Barrios, solicita registro marca fábrica:

"IMMUFEL" Clase 5. PresentS:da: 23 Agosto 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 12

Septiembre, 1977. - Yolanda Garcia de Monteale­gre, Registrador. - Teresa Torres M., Secreta~ ria.

3 2

Reg. No. 7455 - R/F 83~583 - Valor <; 90.00 Laboratúrios Milano de México, S. A. de C. V., .

mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Molina, solicita registro marca fábrica:

,, "O X O M I L" Clase 5. Presentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 26

Octubre 1977' - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. ·_ J. Argeo Miranda, Secretario.

:¡ 2

Reg. No. 7456 - R/F 838584 - Valor ($: 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. v .•

mexicano, mediante apoderado Dr. Yalt Molina, solicita registro marca fábrica:

UPEDIATERM.'' Clase 5. Pre.sentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 22

Octubr:e 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador, - :r. Argeo Miranda. Secretario .

s %

Reg. No. 7457 - R/F 838585 - Valor ti¡: 90.00 Laboratorios 1vlilano de México, S. A. de C. V.,

mexicano, mediante apoderado Dr. Yalí Melina, solicita registro marca fábrica:

"ESTOMICINA" Clase 5. Presentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 22

Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

Reg. No. 7458 - R/F 838586 - Valor <$! 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. V.,

mexicano, mediante apoderado Dr. Yalf Molina, solicita registro marca fábrica:

"MILCOPEN" Clase 5. Presentada: 26 Septíembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 22

Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre., Registrador. - J. Argeo Miranda ,Secretario.

3 2

Reg. No. 7459 R/F 838587 - Valor <!'. 90.00 Laboratorios Milano de México, s. A. de C. V.,

mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Molina, solicita registro marca fábrica:

"FERROMILAN" Clase 5. Pre.sentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - M~nagua1 17

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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 3499

Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

a 2

Reg. No. 7460 - R/F 838588 - Valor ($: 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. V.,

mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Mo!ina, solicita registro marca fábrid:a:

"PARASUL" Clase 5. Pre.sentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse.

_.Registro Propiedad Industrial. - Managua, 18 Octubre 1977. - Yolanda Garcta de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

1 1

Reg. No. 7461 ~ R/F 838590 - Valor .; 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. V.,

mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Malina.,. solicita registro marca. fábrica:

"LIVOPLEX" Clase 5. Pre•entada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Regi•tro Propiedad Industrial. - Managua, 17

Octubre 1977. ~ Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. A.rgeo Miranda, Secretario.

3 :!

Reg. No. 7462 - R/F 83S589 - Valor <;'. 90.00 Laboratorios lvtilano de México, S. A. de C. V.,

mexicano, mediante apoderado Dr. Yalí Molina, solicita registro marca fábrica:

"MILNICOL" Clase 5. Presentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 17

Octubre 1977. - Yolanda García de Mont-ealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

Reg. No. 7384 - R/F 838110 - Valor ($: -90.00 Colgate-Palmolive Company, estadollllidense,

mediante apoderado Dr. Francisco Ortega, solíci­ta registro marca fábrica:

"DEFENDEX" Clase 3. Presentada: 27 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 11·

Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador, - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

Reg-. No. 7504 - R/F 839060 - Valor ($: 90.00 Pozuelo, S. 1'1.., costarricense, mediante apode­

rado Dr. GQnzalo Solórzano Bellí, solicita regis­tro marca fábrica:

"KOCTELITAS" Clase 30. Presentada: 18 Octubre 1977. Opónganse. Registro :Propiedad Industrial. - l\l!anagua. 26

Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

P .. eg. No. 738:1 - R/F 837,133 - Valor ($: 15.00 Alfredo Obando Palma, nicaragüense, perso~

nalmente solicita registro marca fábrica: "C u e A R A e H I L"

Clase 5. Presentada: 31 Ago::ito 1977. Opónganse, Re_gistro Propiedad Industrial. - Managua, 3

Septiembre 1977. - Yolanda García de Montea.le~ ~· Registrador. - Teresa Torres M., Secreta~ na.

3 :i

Reg. No. 7394 - R/F 837124 - Valor <; 90.00 Fábrica de Jabones y Detergentes La Luz, So·

ciedad Anónima, guatemalte.ca, mediante apode .. rada Doctor Edgardo Matamoros Lacayo, soll~ cita registro marca fábrica:

"Z U M ... PA F'' Clase 5. Presentada: 29 Septiembre i977. Opónganse .. Registro Propiedad Industrial. - Mamagua, 7

Octubre 1977. - Yolanda. García de Montealegre, Registrador. - Teresa Torres M., Secretaria..

S· 2

Reg. No. 7431 - R/F 8382~ - Valor 4'.1ll6.00 Pioneer Kabushikí Ka.isha, comerciando tambit!n

como Pioneer Electronie _Corporation, japonesa., mediante apode,riido Dr. Yamil Hanón, solicita re-gistro marca fábr!<:&: · ·

Clase 9. Pr .. entada: 30 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

Octubre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secre.ta.rio.

· a 2

Reg. No. 7438 - R/F 838266 - Valor 4'. 135.00 Ferr.er Internacional, S. A., espailola mediante

bién como K. Mikimoto & Co. Ltd., japonesa, me· diante apoderado Dr. Yamil Hanón A., solicita. registro marca fábrica:

Clase 14. Presentada: 5 Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial .- Managua, 20

Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

Reg. No. 7439 - R/F 838265 - Valor 4'. 90.00 Kabushiki Kaisha lv!ikimoto, comerciando tam·

bién como K. Mikirnoto & Co. Ltd., japonesa, me· diante apoderado Dr. Yamil Hanón, solicita regis· tro marca fábzica:

"MIKIMOTO" Clase 14. Presentada: 30 Septiembre 1977. .Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

Octubre 1977. - Yolanda García de Monte:ilegre, Registt·ador. - J. Argeo Mit·anda, Secretario.

3 2

Rcg. No. 7440 - R/F 838264 - Valor <s: 90.00 Fe.rrer Intcrn~cional, s. A., espafiola mediante

ap•Jderado Dr. Yamil Hanón, solicíta. registro marca fábrica:

"HEMISFEROL" Clase 5. Presentada: 7 Octubre 1977 .. Opónganse. .

· [email protected] Prople'dad lndu'sb'lal. - M'anagua, 20

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3500 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

Octubre, 1977. - Yolanda Garcla de M:onMalegre, Registrador. - J, Argeo Miranda, Secretario.

- 3 2

Reg. No. 7441 - R/F 838263 - Valor ($: 90.00 New Zeland Dairey Board. Nueva Zelandia, me­

diante apoderado Dr. Yamil Hanón, solicita regis­tro marca fábrica: -.... · -

11A N K OR IA" Clase 5. Pt-esentada: 7 Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

Octubre 1977. - Yolanda. Garcfa de Montealegre, Registrador. - _J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

!!!.•A"· No. 7'42 - RfF 838262 - Valor <!l 90.00 New Zeland Dalry Bos.rd, Nueva Zela.nd!a, me­

diante apoderado Dr. _Yl!lnil Hanón Ar011s, solí· eita. regil!:tro marca fábrica.:

ºA N K O R I A" Clase 29. Pre~entada: 1 Oetubre 1977. Opónganse. · Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

O<::t~b,re 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2 --- -Reg. No. 7447 - R/F 837424 ~ Valor 1$! 90.00

Compañia Farmacéutica. Nicaragüense Socie­dad Anónima, nicaragüense, mediante apoderado Sr. Adolfo Elizondo Avilés Presidente de la Jun­ta Directiva de la misma, sÜHcita registro de mar .. ca fábrica:

Clase 5. "COFARNIC"

Pr~enta,da: l Octubre 1977. Opónganse.

· Registro Propiedad Industrial. - Managua. 15 Octubre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario. '

3 2

Reg, No. 7443 - R/F 838261 - Valor 1$! 90.00 Pioneer Kabushiki Kaisha, comerciando también

bién como Pioneer Electronic-·..Corporation, japo­nesa, mediante apoderado Dr. Yamil Hanón, soli­cita registro marca fábri<:a:

"PION E E R" Clase 9. Presentada: 5 Octubre 1977. Opónganse

"' Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20 Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Arg€o- Miranda, Secretario. . 3 2

Reg, No. 7037 - R/F 824072 - Valor 1$! 90.00 Alfonso Llanes V., y Cia, Ltda., nicaragüense,

mediante apoderado Dr. Max Molina Lanzas, so­licita registro marca fábrica:

"CANDELAS LLANElS" Clase 4. Pre:sentada; 5 Julio 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 9

Julio 1977. - Yolanda Garcia -de Montealegre, Registrado!'. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 3

Reg. No. 7046 - R/F 823829 - Valor 1$! 90.00 Industria Guatemaltecn. de Aceites y Grasas,

S. A., guatem_alteca, lnedtante Rpoderado Dr. Ju· liá.n Bendaña., so U cita registro marea fábrica:

"BANKET" Clase 29. Presentada: 29 Septiembre 1977. Opónganse. . Registro Propiedad Industrial. - Man.agua, 5

Octu11re·l9'1"7. - Yolallda Gare!a de Montealegre,

Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario. 3 3

Reg. No: 7047 - R/F 823828 - Valor 4' 90.00 Industria Guatemalteca de Aceites y Grtjlsas,

S. A., guatemalteca, mediante apoderado Dr . .ru­lián Benda.f'ia.1 solicita registro marca. fábrica:

"B ·::A. N K E T" -Presentada: 29 Septiembre 1977. Clase 30. Opónganse. Registro Propiedad Ind~rial. - Managua. 5

Octubre 1977. - Yolanda Garcla de Montealegre, · Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

· a a R&g. No. 70!8 - R/F 823821 '- Vo.lor ~ 45.00

Shorlng AJrtlengesel!schaft, Alemana, median­te apoderado Dr. Julfan Banda.!14, :roliolt& ree!s· tro marce. fábrica:

"DIA.NE" Clase 5. Presentada: 2& Septlembro 1Q7T. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua., 5

Octubre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. ._:... Argeo Miranda, Secretario.

3 3

R.eg. No. 7035 .:_ R/F 824071 - Vo.lor 4' 90.00 Alfonso Llanes V., y Cía, Ltda., nicaragüense,

mediante apoderado Dr. Max Molina Lanzas, so· licita registro marca fábrica:

"P O L O" Clase 4. Presentada: 5 Julio 1977. Opónganse. Regi~tro Propiedad Industrial, - Managua, 20

Julio 1977. - Yolanda García de Montealegre Registrador. Teresa Torres M., Secretaria. '

-3 3

Reg. No. 7370 :... R/F 838253 - Valor <$: 90.00 Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni-'

caragüense, mediante. apoderado Dr. Luis Alonso López, solicita registro marca fábrica:

"AV ANTI'' Clase 29. Presentada: 1:> Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

Octubre 1977. --::- Yolanda García de Montealiegre, Registrador. --= J. Argeo Miranda, Secretario.

3 3

Reg. No. 7371 - R/F 838252 - Valor <; 90.00 Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni­

caragüense, mediante apoderado Dr. Luis Alonso López, solicita registro marca fábrica·:

"EQ - 335" Clase 5. Presentada: 13 ·octubre. 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20

Octubre 1977. Yolanda García. de Montealegre, Registrador. - J. Argeo M:iranda, Secretario.

3 3

Reg. No. 7372 - R/F 838251 - Valor 1$! 90.00 Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni·

caragüense, mediante apoderado Dr. Luis Alonso López, solicita registro marca fábrica:

"JU PI 1'l" A" Clase 32. Presentada; 13 Octubre 1977. Opónganse. -Registro Propie.rJad ln<Ju:;triaL __..,. J,.{anagua. 20

Octubre 1977. ·- Yolanda Garcia. de 11.rontealegre, R-egí3trador. - J. Argeo Miranda. Secretario.

3 3

Reg. No. 6852 ~ R/F 822617 - Valor <s: 90.00 Di~ribuciones Astro· !fe Nicaragua~ S. A~, ~ea ..

ra¡¡üense, mediante ap'o1:le.rado :Dr. Luls Alonso

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Lópe.z Azmltla, solicita registro marca fábrica: "TOQUE SUAVE'»

Clase 3. Preaentada;.·l-0. Septj_embre 1977. Opónganse. , Registro Propied\ld Industrial. ·...,. Managua, 22

Septiembre 1977. - Yolanda Garcla. de Monte.ale· gre, Registrador.·-'- J. ·Argeo Miranda, Secreta· rio •.

3 3 Reg: No. 6853 - .R/F 822618 - Valor ~ 90.00

Comecial e:Inversiones Galaxia, S . .¡;,..., de C. V., hondur.eiiat _mediante_apode.rado Dr. Luis Alonso López. A.zmitia, solielta registro marca fábrica:

"TRINICHLOR" Clase 3. Presentada: 10, Septiembre 1977. Opóngans~. Registro Propiedad Industrial. -·Managua., 22

Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monte.a.le­gre, Registra.dor. - J. Argeo Miranda. Secreta· rio.

ll 8 Reg;· No. 6859 - R/F 822619 - Valor 4:· 90.00

Comecial e Inversiones Galaxia, S. A., de C .. v., hondurefla, mediante apoderado Dr. Luis Alonso López Azmitla, solielta registro marca fábrica:

''TRIN I CH L 0.R"· Clase .3. Presenta.da: 10 Septiembre 1977. Opónganse. · Registro Propiedad Industrial. - Managua) 22

Septiembre 1977. - Yolanda Garcla de Monteale­gre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta­rlo.

a 3 Reg. No. 6855 - R/F 822620 - Valor ~ 90.00

Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni­caragüense, mediante apoderado Dr. Luis Alon· so López .A.zmitia, .. solicita registr.o marca fábri· ca: ·

Clase 3. _ "T A -R - G O N"

Presentada: 10 Septiembre 1977. Opónganse, , Registro Propiedad Industrial. - Managua 22

Septiembre 1977. - Y.olanda Gareia de Monte'ale­gre, Registrador. - J, Argeo Miranda, Secreta­rio.

3 3

Reg. No. 6859 - R/F 822624 - Valor CS: 45.00 William Benard Chirip. nicaragüense, perso­

nalmente solicita -registro marca fábti~a: ºA D E V I T A S I l"

Clase 5. Presentada: 28 Julio 1977. Opónganse .. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 11

Agosto 1977. ~ Róger Quintanilla .González, Re­gistrador. -- Teresa Torres M., Secretaria.

3 s Reg. No. 6858 - R/F 822623 - Valor CS: 45.00

Williain Benard Chirip, nicaragüense; perso­nalmente. solicita. r.egis.tro. marca fábrica:

"A L_F A.M O X". Clase 5; Presentada: 29 Jnlio 1977; Opónganse. Registro Propiedad Industrlol. - Managua, 11

Agosto 1977. - Róger Quintanilla González, Re­~or. -:--- Teresa _Torres. M., Secreta.ria..

3 3

Renovaciones de Marcas Reg. No. 6926 - R/F 821734 - Valor ~ 45.00

Americalt'·Home .Product:s Corporation;' estado­\mldenl9 cmedl~ apoderado Dr, Franklin Cal•

. 3~01

dera, solicita renovación marca. fá.brie&: HMENOPAK" No.16,5~

Clase 5. Registro Propiedad Industrial. ""' Managua,· 21

Septiembre 1977. - Yolanda.Garcla de Monteale· gre, Registrador. - Urlel Silva, ~etario" ,.,,

a a Reg. No. 6923 - R/F 821737 ~·valor .IJ 45.00

American Home Products Corporatlon, uta.do· unidense mediante apoderado- Dr . .Franklin .. C&l .. dera, solicita renovación marca fábrica: "T A N D Y" . No. 8,357

Clase 3. · ~ · . Registro Propiedad Industrial. ~.Managua, '..1

Octubre 1977. - Yolanda Garcla de Montealegre, Reg:iotrador. - Uriel Silva T., Secretarlo.·.· ..

a a. Reg. No. 6924 - R/F-s217ati.-".'valor 1J 45.00

American Home Produets Corporation,~ estado· unidense mediante apoderado Dr. Franklin .Cal .. ·dera, solicita renovación marca fábrica: "B R O.N I TI N" No. 16,826

Clase 5. Registro Propiedad Industrial. - Managua,.21

Septie.mbre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale•, gre, Registrador. - Uriel Silva, Secretario. ' ··

3 3 --Reg. No. 6925 - R/F 821735 - Valore~ 4~.00 ··American Home Products Corporation, estado­

unidense mediante apoderado Dr. Franklin ·cal .. dera, solicita renovación m.a.rca. fábriCa: · "S A N I - F L U S H" No. 8,615

Clase 3. Registro Propiedad Industrial. ~ Managua, 21

Septiembre 1977. - Yolanda Garcla de Monteale­gre, Registrador. - Urlel SUV.., Secretario.

3 3

Reg, No. 6927 - R/F 821733 ...:_ Valor CS: 45.00 American Home Produets Corpora.tion, · est3.<10-

unidense- mediante apoderado Dr. ·Frariklin ·cat­dera; solicita renovación marca fábrica: "BIO-DYNE" No.8,542

Clase 5. · Re.gistro Propiedad Industrhtl. - M::inagua; 21

Septiembre 1977. - Yolanda Garcla de Monteale· gre, Registrador, - Uriel Silva, Secretario.

. 3 3-

Reg, No. 6928 - R/F 821738 - Valor ~· 45 .. 00 Empro Entangibles, Inc., estadounidensé, .· me ..

diante apoderado Dr. Franklin Caldera; solicita renovación marca fábrica: "STOPETTE" No. 8,555

Clase 3. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 21

Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale .. gre, Registrador. - Uriel Silva T. ,Secretario. ·

3 3

Nombres Comerciales. Reg. No. 6868 - R/F 801839 - Valor CS: · 9().00

Hoteles, S.A. (HOTELSA), nicaragüense,· me­diante apoderado Dr. Ramón López Cisneros, Pre­sidente de la Junta Directiva. de la misma, solici-ta registro nombre eom.erclal: , ,

"HOTEL LA COLINA POSINTEPE'"" Para Protege.r y distinguir: actWidade.!I de alo·

jamiento u Hotel. Presentaqa: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23

·Septiembre 1977. - Yolanda Garcfa de M"onteate-­gre, Registrador. - J, Argeo Miranda, Secreta· rlo, - 11 a ..

·Reg. No. 6869 - R/F-801838 - Valor~· 96.00 Hoteles, S.A. (HOTELSA), nlcarag-Uense; me-

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-

3502 ·LA GACETA-DIARIO OFICIAL

dlante apoderado Dr. Ramón López Cisneros, Pre­. sidente de la Junta Directiva de la misma, solici­ta registro nombre comercial:

"HOTEL COCIBOLCA" Para Proteger y distinguir: Act!Vl<iades de alo-

jamiento u Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23

·Septiembre 1977. - Yolanda García de Monteale­·gre, .Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-rio. 3 3

Reg. No. 6870 - R/F 801837 -'- Valor <$: 90.00 Hoteles, S;A. ( HOTELSA), nicaragUense, me­

diante apoderado Ramón López Cisneros, Pre­sidente de la Junta Directiva de la misma, solici­ta regtstro nombre comercial: ·

"HOTEL GRANADA" Para Proteger y distinguir: Actividades de hos-

pedaj~ " Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua. 23

septiembre 1977. - Yolanda García de Monteale­gre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-

· r10. 3 3

Reg. No. 6871 - R/F 801835 - Valor <$: 90.00 · Hoteles, S.A. (HOTELSA), nicaragüense, me­diante apoderado Ramón López Cisneros, Pre­sidente de la Junta Directiva de la misma, solici­-ta registro nombre comercial:

"CLUB RECREATIVO COCIBOLCA" Para Proteger y distinguir: Centro deportivos,

talea como caMhas a~ ~J volibo'l, pfscina, ins­. talacWn.u de boliche} etc.

Presentada: 19 Septiembre 1977. · Opónganse.

Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23 septiembre 1977. - Yolanda García de Monteale­gre, Registrador. - J. Argeo _Miranda, Secreta-rlo. 8 a

· Reg. No. 6872 - R/F 801836 - Valor <$: 90.00 Hoteles, S.A. {HOTELSA)_, nicaragUense, me­

-diante apoderado Ramón López Cisneros, Pre­sidente de la Junta Directiva de ta misma, solici­ta registro nombre comercial:

"BOTEL MAHUI" Para. Proteger y distinguir: Actividades de alo ..

ja.miento u H otei y Trwnsporte la()1118tre que pres­tará a l~ huéspedes.

· F_resentada: 19 :Septiembre 1977. Opónganse.

· Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23 septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale· ¡-re, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-rlo. 3 a

Reg. No. 6873 - R/F 801834 - Valor <$! 90.00 Hoteles, S. A. (HOTELSA) nicaragüense, me­

diante apodera.e.o Ramón López Cisneros, Pre­sidente de la Junta Directiva de la misma, solici­ta. registro nombre comercial:

"HOTELES, S.A. (HOTELSA) Para. Proteger y distinguir: actividades dedica­

M.s ll B."tplotaci6n. turística, procedente del extran­jfwo o del interior del país, y actividades de hote­l<!oo.

Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23

. Septiembre 1977. - Yolanda García de Monteale­-~. Registrador,_. - J. Argeo Mirarida, Secreta-. no. a a

Reg. No. 6874 - R/F 801833 - Valor <$! 90.00 Hoteles, S.A._ (HOTELSA), nicaragüense, me­

.lfiallte apoderado Ramón López Clsneros, Pre·

$idérite de la Junta Directiva. ae· 1a: misma; solíci­ta registro nombre comercial:

"HOTEL MIRALAGOS" Para Protéger y distinguir: Actividades de Alo-

jami.entO u Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23

Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale­gre, Registrador. - :r. Argeo Mira.nda, Secreta~

rio. a a Reg. No. 6875 - R/F 801832 - Valor <$: 90.00

Hoteles, S.A. { HOTELSA) , nicaragi.i.e-nse, me­diante apoderado Dr. Ramón López CisneroS, Pre­sidente de la Junta Directiva de la misma, solici­ta registro nombre comercial:

"HOTEL MOMBACHO" Para Proteger y distinguir: Actividades de .A.lo-

jam'iento u Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23

Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale­gre,. Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-rio. 3 S

Marcas- de Servicio Reg. No. 7464 - R/F 838658.- Valor <$: 90.00

Agroerédito, S.A., nicaragüense, mediante apo­derado Dr. Raúl Barrios, solicita registro marca de servicio :

"A G .R O ~1: A T I C" Clase 36. Presentada: 14:- Octubre 1977. Op()nganse.

'Registro Propiedad Industrial. - Managua, 2C)

Octubre '1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - J. Axgeo Miranda, Secretario.

s 2

Reg. No. 7399 - R/F 837950 - Valor ~ 90.00 Fernando Membrefío Torres, nicaragüense, per­

sonalmente solicita registro me.rea servicio;.

Clase 41. Presentada: 6 Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 11

Oct~bre 1977. - Yolanda García de Montealregre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.

3 2

Venta de Patente Reg. No. 6692 - R/F 821016 - Valor <$! 30.00

Imperial Che.mica! Industries Limi.ted, de Lon­dres, Inglaterra, ofri•ce en venta o licencia de de­rechos Patente de Invención: No.-25 R.P.L "COMPOSICIONES HERBICI­

DAS QUE TIENEN ESTABILI-DAD MEJORADA". .

Concedida 9 Agosto 1974. · Managua, 21 .Julio 1977. - Mario Palma Iba­

rra.

SECOON JUDICIAL .

Remates Reg. No. 7576 - R/F 839305 - Valor <$: 90.00

Doce meridianos, doce ~oviembre en - curso.

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL

t ,: ~ Juzgado, subastára.se televiPor marca Sharp, modelo l2P-27Z; serle 19356, doee pulgadas, co­lor rojo.

Base: Un Mil Quinientos Córdobas. EjeCuta: C_rédito Automotriz, S. A. vs. Salva­

dor Fonseca Orochena. Oyense pos_turas. Dado- Juzgado Tetcero Civil_Distrito. Managua,

primero Nodiembre mil novecientos se.tentisíete. ~ute Fi_guer~a. Secretario.

3 2

Reg; No. 7077 - R/F 889306 - Valor e; 90.00 Diez mafia.na, doce Noviembre en curso, e.ste

Ju:¡gildo·, · si.Jbastárase camión marca Ford, color a.qua, ·cuatro toneladas, chasis 002Kw999_38, motor Y03F25A.

Base: Cuatro Mil Córdobas. Ejecuta: Crédito. Automotriz, S. A. vs. Celso

Guerrero ·Lagos y Lino Santamarla. Oyense posturas. Dado Juzgado Tercero Civil Distrito. Managua,

primero Noviembre mil novecientos setenta y sie­te. ~ Rosa Delfina Cruz, Secretaria.

/ 3 2

Reg. No. 7518 - R/F 839120 - Valor e; 225.00 Once maftana, próximo quince Noviembre, lo­

cal este Juzgado, subastáranse. dieciocho set_~nta y cincoa.Vas partes indívisas siguientes inmue­bles: a:) finca. rústica "El Volcán". ubicada ju­risdicción Nandaime. Departamento Granada, 2,364 m_anZ\:l:P.~, ~9- vrs.2, Undante: .Oriente, Lago Nicár3.griif;~--Poriiente Sucesores Rosendo López; Norte, Natalia de Mejía; Sur, Sucesores Rosen­do López; inscrita No. 7,366, Folio 205, Tomo 92, Registro Granada. b) finca urbana ·consistente casa y solar ubicada ciudad Granada, 29 y % por 29 y %; vrs.2, Undante: Norte, Carlos Cuadra Pa­sos Ildefonso Vivas; Sur, Mercedes vda. de Var­ga~; Oriente, Carmen Icaza; Poniente, Refugia viuda de Rocha: inscrita No. 7,297; Folios 184/ 185, Tomo 115, Asiento So., Registro Granada ..

Base: Ochocíentos Sesenta y Dos :Mil Doscien­tos Setenta y Ocho Córd<?.bas con Doce yentavo;;. (e; 862,278.12).

Ejecuta: Banco Nacional de Nicaragua ·a Noemi Monterrey de Calero. ·

Posturas: Estricto contado : Dado. JÜZgado Tercero Civil Distrito Managua,

veinte Octubre mil novecientas setenta y siete. -Antonio Morgan Pérez, Júez 3ro. Civil Distrito Managua. - Ro.sa Delfiná Cruz, Sria.

3 2

Reg. No. 7517 __:_ R/F 839049 - Valor e; 225.00 Venta al martillo, diecisiete de Noviembre de

mil Ilovecie.ntos setenta y siete. Las diez cíe la mañana.

Nicaragua Machiner;y Company vs. Rafael Me­za Gutiérrez y Humberto Meza Gutiérrez. 1) Camión marca rnternational modelo 1750, se­rie No. 10675-DHA-17782, motor DV5508-39764 e, cilindros ocho, capacidad, ocho tons., año 1976.

Se encu-entra Parque.o Nicaragua Machinery Company. (desarmado). 2) Pr_opiedad urbana en ciudad Masnchapa, con 1ind€'!ros: Oriente, casa y solar de Moisés Bo.lto­dano y herm~o; Poniente, n1edíando calle, pre~ -:j" ,,~, gobiern0 y Rosa Fernández; Norte, Este­ro <:1 Acosaco; _Sur, Mediando calle, de por medio, la plaza ·pública. De un mil seiscientas varas :;·q~drarlas. Propiedad No. 31325, totno 422; Fo- · lio 1_93, Asiento Segundo.

Precio Base de subasta: Cuar~ta y Cinco Mil Córdobas.

Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil del Dis· lrito de Mana.gµa., ·a. las nueve d-e la mañana del dia _v'eintiséU; ·de Octubre Ce m,U novecientos se· teilta y siete. - Antonio Morglan Pér'ezl Juez

Tercero de lo Civil del Distrito de Managua. -Rosa Delfina Cruz, Secretarla..

3 2

Reg. No. 7481 - R/F 838697 - Valor e; 180.00 Diez maiíana, 23 Noviembre, corriente afio, Ju ..

gar este juzgado, suba.stárase finca urbana, si­tuada en esta ciudad, Reparto Linda Vtst.a Norte, lote 44, extensión superficial 431.80 varas cuadra­das dentro de los siguientes linderos: Norte, ca.ne No. 2; Sur, lote No. 27~ Este; lote No. 43; Oeste lote No. 45 e Inscrita con el nfilnero 70,1548, Tomo 1,193, Folios 261 y 262 Asiento lo., Sección Dere· chos Reales Regist¡:o Público de este Departa.­mento.

Base: e; 149,400.00, más lntem•s legales mo­ratorios desdé su vencimiento .hasta su efectivo pago y costas del juicio.

Ejecuta.; Financiera de la Vivienda a Julio C~ sar Meda! Mendoza..

Postura.: Estricto .contado. . Dado Juzgado Tercero Civil del Distrito de Ma­

nagua veintidós Noviembre de mil novecientos s~ tenta y siete. -·Antonio Morgan PéreZ, Juez Te.?' .. _ cero Civil del Distrito ManagUa. - Rosa Delfina Cruz, Secretaria.

a 2

Títulos Supletorios , Reg. No. 7316 - R/F 797889 - Valor e; 45.00

Natividad López Pozo, .Jalapa, pide supletorio, treiitta manzanas, linda: N otj;e, :ftaym.l!DdO ~­pinoza; Sur, Los Zamora; Oriente, Federico- Ama• dor; Occidente, Lds Zamora.

Opónganse. , Juzgado Local Unico-Jalapa, Octubre quince

1977. - Coronado López Ortiz, secretario. ¡¡ 2

Reg. No. 7317 - R/F 674614 - Valor e; 90.00 Juan José Suárez Jarquin: solieita supletorio,

dos cerramientos en sitio El Horno, de esta ju­risdicción, linad: a), de treinta y dos manzanas, Oriente, Manuel Lira; Occidente y Norte, Angel Altamirano; Sur, Manuel Calderón; b) de tres in<:i.nzanas; Oriente y Norte, Petrona Yanes; Oc· cidente, Fidelina Arauz de Martinez; Sur, Máxi· mo Rodríguez.

Opóngase. Juzgado Local Unico. Limay, quince Octubre

setentisiete. - Mayorga, &'!cretari.o. 3 2

Reg. No. 7318 - R/F 797886 - Valor e; 90.00 Clementina Umanzor Lqpez, pide titulo urba­

no, Ocotal; Norte, Porfirio Zavala; Sur, Raymun­do Inestroza; Oriente, Paulino Espinal; Occiden­te. :h-Ianuel Almendárez.

Opónganse. Juzgado Distrito. Ocotal .seis de Noviembre mil

novecientos setenticuatro. - B. Hernández R., Juez. - Rey Zúniga, Srio~

3 2

Reg. No. 7302 - RiF 599429 - Valor e; 45.00 Justo Pavón y Maria López, solicitan supleto­

rio, rústica, Nlquinohomo; Oriente, Emilio Pa­vón; Poniente, carretera y camino; Norte, Juana Canelo; Sur, carretera, Eligio Pavón.

Oponerse. .Juzgado Civil Distrito. Masaya, Abril catorce

setentisietc. - Helmore Miranda, secretario. 3 2

Rei;. No. 7304 - R/F 770358 - Valor e; 45.00 Pedro Norori 11.Iolina, solicita supletorio urba·

na, Niquinohomo; Oriente, Manuel Ba1todano; Poniente, Frnncis_po Balt()dano; Nort.e; cat:ilímt. Lóµez; Sur, Fte'.ric'i'ádo :SaJto'da::io.

Oponerse.

Page 16: : DIARIO 'OFICIAL · DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO (Continúa) ticulado, tal como lo proponía la Comisión Dictaminadora, es la siguiente: "CAPITULO V DISPOSICIONES

LA. GACETA-DIARIO OFICLUO

-Juzgado Civil Distrito. Masaya, Abril catotcé set.entisiete. - Helmore Miranda, Secretario.

3 2 Reg. No. 6938 -· R/F 801805 - Valor e; 45.00

-..TOSé ,Isabel ·l..ópez Mercado, -unión hermanos, solicitta.n titulo -supletorio rural Diriomo, linda: Norte,-Carmen L6pez; Sur, los solicitantes, Orien· te, ·Dolores -Lacayo~ :Poniente, Guillermo !barra. . Oponerse. . - .Juzgado Civil Distrito. Granada, uno Julio mil

novecientos- setentisiete. - Alvaro Bermítdez. 3 2

Reg. No. 7315 ~ R/F 847192 - Valor e; 45.00 Pedro Gutiérrez Lazo, solicita supletorio, cinco

manzanas, esta· jurisdicción; Norte, cayetana Gutiérrez;, sur, Carlos·· Ruiz; Este, Prudencio Gu .. tiérrez¡ Oeste, Maria Gutlérrez. · · Opónganse.

Juzgado Local CivU. Esteli. diecisiete Octubre mil novecientos setentisiete. -- Mal'io Gómez, se .. eJ"etario, 3 '

SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR KARLA

Re, No. 7328 - R/F 837693 - Valor <$! 45.00 Joseph y Carrie Smith, solicitan autorización

jUrlicial para adoptar menor Karla, expósita del Hogar Ternpotal Infantil.

Opónganse. Dado Juzgado Primero Civil Distrito.·Managua¡

Octubre veinte mu novecientos setentisietie-. "- I. Palma M., Juez. - T. Guardado, Srlo,

SOLICITUD DE REPOSICION DE CERTIFICADO DE FRANCO-AME!UCANA

. DE FINANZAS Reg. No. 7330 - R/F 837878 - Valor-~- '135.00

corporación Franco-Americana de Finanzas (Nicaragua) S. A., informa a solicitud de parte interesa:da qÜe se extraviaron los ·siguientes Tf .. tulos:

Titulo Vc¡lor V~to

CMR No. 4406 <; 350,000.00 20-0ct.-71 CMR No. 4444 . ~ 175,000.00 '25-Nov.-71

Los intetesados solicitan la reposlctón dé dtchos Certificados.

ne no haber oposición dentro de Jín . plazo de treinta. días a partir de la última fecha de 'PUbJ1 .. cacíón de este aviso, será. considerado nulo y sin ningún valor, emitiéndose. el· nuevo correspondien­te.

Managua, D.N., Oetubre 24 de mil novecientos setenta y siete.

Bernard Dupin, Gerente General.

~· :r Indice:· Pendiente del :Materia1 que se Prepara..

LA GACETA DIARIO OFICIAL DEL GOBimNO DE NICARAGUA

Se publica todos Jos días, excepto los festlvO& Dirección: Frente Academia Militar, -contiguo a

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Véase Decreto No. 555 de Sept. 22/65, publicado en Gaceta No. 222 de Octubre 1/65 y Decreto No • .;¡ de Febrero 11/76. publicado en Gaceta No. 42 de Febrero 19 de 1976.

DI.AS P'ERIADOS: Enero l; Jueves y Viernes Santo; Mayo 1; Julio 14; Septiembre H y 15; O<:tubre 12 y Diciembre 25.

V.Ac.A.CIONES .. , Sábado de ~os a LlllleS áé Pascua, .1nchl8ive;- Diciembre ... ~-'ª: Enero ·1. - . , -"IDclllBive.- - Para ·,dJas. compen.sad<>11, véase· Decreto ?(•: 198 de ·Enero -111119

.., ~ N> 31 .do Febrero 1176.