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1 CG-A-42/10 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA A LOS INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES Y SUS SEDES, PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2009-2010. Reunidos en Sesión Extraordinaria en la sede del Instituto Estatal Electoral, los integrantes del Consejo General, previa convocatoria de su Presidenta y determinación de quórum legal, con base en los siguientes: R E S U L T A N D O S I. En fecha veintiséis de enero del dos mil nueve, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tomo LXXII, Tercera Sección, Núm. 4, el Decreto número 149, emitido por el H. Congreso del Estado, mediante el cual se aprobó el Código Electoral del Estado de Aguascalientes, abrogando el publicado en el Periódico Oficial del Estado el primero de octubre del año dos mil tres. II. El Consejo General en Sesión Extraordinaria celebrada el día primero del mes de diciembre del año dos mil nueve, dio inicio formal al Proceso Electoral Local 2009-2010, para la renovación del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y de los miembros de los H. Ayuntamientos que integran el Estado. III. El día cinco de abril del año en curso, fue publicada en el periódico local denominado “EL HERALDO”, la convocatoria para la integración de los Consejos Municipales Electorales que habrán de funcionar con motivo del Proceso Local Electoral 2009-2010, señalándose dentro de ésta los requisitos y plazos para la entrega y recepción de solicitudes. IV. El día diecinueve de abril del año en curso, se emitió una Adenda a la Convocatoria para la Integración de Consejos Municipales.

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CG-A-42/10

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE

EL CUAL SE DESIGNA A LOS INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES

ELECTORALES Y SUS SEDES, PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2009-2010.

Reunidos en Sesión Extraordinaria en la sede del Instituto Estatal Electoral, los

integrantes del Consejo General, previa convocatoria de su Presidenta y determinación

de quórum legal, con base en los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. En fecha veintiséis de enero del dos mil nueve, fue publicado en el

Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tomo LXXII, Tercera

Sección, Núm. 4, el Decreto número 149, emitido por el H. Congreso del

Estado, mediante el cual se aprobó el Código Electoral del Estado de

Aguascalientes, abrogando el publicado en el Periódico Oficial del Estado

el primero de octubre del año dos mil tres.

II. El Consejo General en Sesión Extraordinaria celebrada el día primero del

mes de diciembre del año dos mil nueve, dio inicio formal al Proceso

Electoral Local 2009-2010, para la renovación del Poder Ejecutivo, del

Poder Legislativo y de los miembros de los H. Ayuntamientos que integran

el Estado.

III. El día cinco de abril del año en curso, fue publicada en el periódico local

denominado “EL HERALDO”, la convocatoria para la integración de los

Consejos Municipales Electorales que habrán de funcionar con motivo del

Proceso Local Electoral 2009-2010, señalándose dentro de ésta los

requisitos y plazos para la entrega y recepción de solicitudes.

IV. El día diecinueve de abril del año en curso, se emitió una Adenda a la

Convocatoria para la Integración de Consejos Municipales.

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V. Del día doce al veintiséis de abril del presente año, se recibieron las

solicitudes de los aspirantes mencionados, derivadas de la convocatoria

referida en los Resultandos que anteceden.

VI. El día veintisiete de abril del presente año, fue publicada en los estrados de

este Instituto así como en la página web oficial de este Organismo

Electoral, la lista de aspirantes a integrar los Consejos Municipales a

instalarse con motivo del Proceso Electoral Local 2009-2010.

VII. Del día cuatro al siete de mayo del año en curso, por conducto de la

Dirección de Capacitación y Organización Electoral, se impartió

capacitación a todos los aspirantes, aplicándoles el examen para acreditar

sus conocimientos en materia electoral, el día siete de mayo del año que

transcurre.

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO. La organización de las elecciones estatales es una función

que se realiza a través del Instituto Estatal Electoral, como organismo público

autónomo, ciudadanizado, permanente e independiente en sus decisiones y

funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, en cuya

integración participan los Partidos Políticos y la ciudadanía en los términos

que establece la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y los

artículos 91 y 92 del Código Electoral del Estado, conforme a los principios de

certeza, legalidad, imparcialidad, independencia, definitividad y objetividad.

SEGUNDO. El artículo 99 del Código Electoral del Estado establece a la

letra que:

“ARTÍCULO 99.- Son atribuciones del Consejo del

Instituto:

(…)

IV.- Designar al Secretario Técnico del Consejo, a los

directores administrativos, de Capacitación y

Organización Electoral, Organismo de Fiscalización y

Jurídico del Instituto, así como al Presidente, Secretario y

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consejeros electorales propietarios y suplentes de los

consejos distritales y municipales y nombrar a los

integrantes del servicio profesional electoral, en los

términos del presente Código;

(…)”.

De la anterior trascripción se desprende la competencia de este Consejo

General para conocer de la designación de las personas que integrarán los

Consejos Municipales responsables de celebrar el cómputo de la elección de

Ayuntamiento de los once Municipios del Estado.

TERCERO. El artículo 100 del Código Electoral del Estado, establece lo

siguiente:

“ARTÍCULO 100.- Corresponden al Consejero Presidente

las atribuciones siguientes:…

(…)

VI.- Proponer al Consejo, la designación de los ciudadanos

que fungirán como consejeros presidentes, consejeros

electorales y secretarios, propietario y suplentes, de los

consejos distritales y municipales, así como la revocación

del cargo para el que fueron propuestos, cuando existan

razones fundadas para ello, en términos de este Código;

(…)”.

Precepto legal del que se desprende la atribución del Consejero Presidente de

este Organismo Electoral, para proponer la designación de los ciudadanos que

fungirán como Consejeros Presidentes, Secretarios Técnicos y Consejeros

Electorales Propietarios y Suplentes de los Consejos Municipales, facultad que

llevó a cabo la Consejera Presidenta al emitir la propuesta respectiva ante los

integrantes de este Consejo General.

CUARTO.- El artículo 117 del Código de la materia establece que:

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“ARTÍCULO 117.- Los consejos municipales electorales son

los responsables de celebrar el cómputo de la elección de

Ayuntamiento de los once Municipios del Estado, conforme

a lo dispuesto por este Código, gozarán de autonomía en

su funcionamiento e independencia en sus decisiones.”

Precepto legal del que se desprende que los organismos electorales en

comento, constituyen los órganos electorales sobre los cuales recae la

responsabilidad de realizar el cómputo de la elección de Ayuntamiento dentro

de sus respectivos municipios, ostentando para el cumplimiento de ducha

función, autonomía en su funcionamiento e independencia en las decisiones

que se adopten.

QUINTO.- El artículo 118 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes,

establece textualmente lo siguiente:

“Artículo 118.- Con residencia en cada una de las

cabeceras municipales de cada uno de los once municipios

del Estado, funcionará un Consejo Municipal que a más

tardar el 1 de junio del año de la elección, iniciará sus

sesiones. A partir de esa fecha y hasta la terminación del

proceso electoral, sesionará por lo menos una vez al mes.”

SEXTO.- El artículo 119 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes,

establece textualmente lo siguiente:

“ARTÍCULO 119.- Los consejos municipales electorales se

integrarán por cinco consejeros electorales, con derecho a

voz y voto, de entre los cuales uno de ellos será el

Presidente; por un Secretario técnico y por un

representante de cada uno de los partidos políticos, con

derecho a voz.

El Consejo designará a los consejeros electorales y

secretarios técnicos de los consejos municipales, de entre

los ciudadanos que proponga el Consejero Presidente.

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El Presidente, en la primera quincena de abril emitirá la

convocatoria a los ciudadanos para integrar los consejos

municipales; los solicitantes en la primera semana de

mayo recibirán la capacitación y se procederá a la

realización de un examen para acreditar los conocimientos

en materia electoral; con base en los resultados el

Presidente formulará las propuestas de integración de

cada Consejo Municipal, que presentará al Consejo para su

designación en la última semana de mayo.”

Precepto legal del cual se desprende el procedimiento que este Organismo de

Dirección Electoral en el Estado se encuentra obligado a observar para la

designación de los integrantes de los Consejos Municipales durante el

presente Proceso Electoral Local 2009-2010, mismo que de los Resultandos III,

IV, V, VI y VII del presente Acuerdo, se desprende que fue acatado

estrictamente por esta Autoridad Administrativa Electoral.

SÉPTIMO.- El artículo 122 del Código Electoral del Estado, prescribe a la letra

que:

“ARTÍCULO 122.- Corresponden al Presidente del

Consejo Municipal las atribuciones siguientes:

(…)

IV.- Proponer al Consejo de entre los suplentes, los

candidatos para cubrir las vacantes de consejeros

electorales;

(…)”

OCTAVO.- Una vez que ha sido substanciado el procedimiento de selección

establecido por el artículo 119 del ordenamiento electoral del Estado de

Aguascalientes, tal y como se desprende de los Resultandos III, IV, V, VI y VII

del presente Acuerdo y una vez analizada la propuesta de los ciudadanos a

fungir como Presidentes, Secretarios y Consejeros Electorales Propietarios y

Suplentes de los Consejos Municipales Electorales, presentada por la

Consejera Presidenta de este Organismo Superior de Dirección Electoral, en

ejercicio de las atribuciones que le confieren la fracción IV del artículo 99 y

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119 del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes, este Consejo

General, determina procedente designar a las personas que integrarán los

once Consejos Municipales de los once municipios en los que se compone el

territorio del Estado, estableciendo de igual manera las sedes de cada uno de

los Consejos Municipales Electorales durante el Proceso Electoral Local 2009-

2010 para quedar de la siguiente manera:

AGUASCALIENTES

Sede: Instituto Estatal Electoral, Carretera a Calvillo, desv. Al norte 600 mts. Granjas

Cariñan.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE GRISELDA ALICIA MACIAS IBARRA

CONSEJERO ELECTORAL ISRAEL GARCIA AMADOR

CONSEJERO ELECTORAL JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ GARIBAY

CONSEJERO ELECTORAL DEYCI BRENDA LUPERCIO RUBALCAVA

CONSEJERO ELECTORAL MARCOS ISRAEL PALACIOS ALONSO

SECRETARIO TECNICO VICTOR MANUEL DELGADILLO DE LA SERNA

SUPLENTES NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL ALMA CECILIA RAMÍREZ DÍAZ

CONSEJERO ELECTORAL MARIO EDUARDO GUTIÉRREZ MUÑOZ

CONSEJERO ELECTORAL CLAUDIA PATRICIA ESPINOSA LÓPEZ

CONSEJERO ELECTORAL LUZ IVETTE GONZÁLEZ VILLANUEVA

CONSEJERO ELECTORAL NORMA ANGELICA MARTÍNEZ ÁLVAREZ

SECRETARIO TECNICO JESÚS GONZÁLEZ MARTÍNEZ

ASIENTOS

Sede: Biblioteca de la Escuela Primaria "Ignacio Zaragoza", Hidalgo No. 18, Asientos,

Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

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CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE MARIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ MACIAS

CONSEJERO ELECTORAL ARCELIA SUGEY DÍAZ AVILA

CONSEJERO ELECTORAL ELSA KARINA CORDOVA FIGUEROA

CONSEJERO ELECTORAL JESUS MONTOYA VALENZUELA

CONSEJERO ELECTORAL ALBERTO ORTEGA HERNÁNDEZ

SECRETARIO TECNICO JAIME DÍAZ ESPARZA

SUPLENTES NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL VIOLETA SABÁS DIAZ DE LEÓN

CONSEJERO ELECTORAL ALEJANDRO IVAN DELGADO DURON

CONSEJERO ELECTORAL SALVADOR CARREON RODRÍGUEZ

CONSEJERO ELECTORAL BLANCA ARACELY CHÁVEZ ROMO

CONSEJERO ELECTORAL ABRAHAM RAMÍREZ PÉREZ

SECRETARIO TECNICO BRAULIO HUMBERTO HERNÁNDEZ LUEVANO

CALVILLO

Sede: Centro de Desarrollo Educativo "Centro de Maestros", Artículo No. 115

Constitucional, Col. Del Carmen, Calvillo, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE ALFREDO MARTÍNEZ XACUR

CONSEJERO ELECTORAL PATRICIA LANDEROS GONZÁLEZ

CONSEJERO ELECTORAL MARIA DE JESUS MUÑOZ GALLEGOS

CONSEJERO ELECTORAL JULIAN ACERO MUÑOZ

CONSEJERO ELECTORAL LUCIA MARTINEZ RUIZ

SECRETARIO TECNICO EDITH MARTINEZ VELASCO

SUPLENTES SUPLENTES

CONSEJERO ELECTORAL AURORA HERNÁNDEZ CHINCOYA

CONSEJERO ELECTORAL MARIA ALEJANDRA LUNA RIVERA

CONSEJERO ELECTORAL CARLOS FERNANDO ARENAS RENTERIA

CONSEJERO ELECTORAL CLAUDIA SELENE CUELLAR URBINA

CONSEJERO ELECTORAL MARCO ANTONIO RODRIGUEZ GÓMEZ

SECRETARIO TECNICO CLAUDIA MORALES SANVICENTE

COSÍO

Sede: Escuela Secundaria Técnica No. 9, Carretera Panamericana S/N, Cosío, Ags.

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PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE MAYRA FABIOLA HUITRADO MARTÍNEZ

CONSEJERO ELECTORAL MARÍA DEL CARMEN CARRANZA MARMOLEJO

CONSEJERO ELECTORAL SALVADOR LUNA PÉREZ

CONSEJERO ELECTORAL DIANA VEGA AGUIRRE

CONSEJERO ELECTORAL EDELMIRA AGUIRRE HERNANDEZ

SECRETARIO TECNICO ELEAZAR RIVERA NERI

SUPLENTES NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL SERGIO TORRES AVILA

CONSEJERO ELECTORAL JUAN MANUEL ORENDAY GONZALEZ

CONSEJERO ELECTORAL JOSE ISRAEL JAUREGUI RODRIGUEZ

CONSEJERO ELECTORAL JUAN CARLOS ALDERETE CONTRERAS

CONSEJERO ELECTORAL HECTOR ADOLFO GARCIA FLORES

SECRETARIO TECNICO MARIBEL DE SANTIAGO GUERRERO

EL LLANO

Sede: Escuela Secundaria Técnica No. 4, Leona Vicario S/N, Palo Alto, El Llano, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE JESÚS RAMIREZ DE DIOS

CONSEJERO ELECTORAL FRANCISCO JAVIER PAREDES AGUIRRE

CONSEJERO ELECTORAL FRANCISCO JAVIER PAREDES MORALES

CONSEJERO ELECTORAL FRANCISCO CERVANTES CERVANTES

CONSEJERO ELECTORAL LOURDES ELIZABETH CISNEROS RODRIGUEZ

SECRETARIO TECNICO RICARDO ALBERTO BALLESTEROS ROBLES

SUPLENTES NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL RODRIGO ALEJANDRO DE LUNA GARCÍA

CONSEJERO ELECTORAL ISAAC COVARRUBIAS HERRERA

CONSEJERO ELECTORAL EMMANUEL ROBERTO DE LA CERDA ROMO

CONSEJERO ELECTORAL LEONEL GABRIEL AVILA SIERRA

CONSEJERO ELECTORAL RICARDO DANIEL QUIROZ QUEZADA

SECRETARIO TECNICO LUIS FERNANDO VILLALOBOS VELEZ

JESÚS MARÍA

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Sede: Escuela Secundaria Técnica No. 10, Prolongación Iturbide No. 402, Jesús

María, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE CARLOS ALBERTO DÍAZ GUTIÉRREZ

CONSEJERO ELECTORAL TERESA DE JESUS VARELA RUIZ

CONSEJERO ELECTORAL JULIO CESAR DE LUNA LOMELI

CONSEJERO ELECTORAL LINDA MITZI CASTILLEJA HERNÁNDEZ

CONSEJERO ELECTORAL JUAN CARLOS ESPINOZA

SECRETARIO TECNICO SILVIA ALEJANDRA VÁZQUEZ SALAZAR

SUPLENTES NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL ROBERTO CARLOS ESPARZA ESQUEDA

CONSEJERO ELECTORAL EDITH DE ANDA ESPINOZA

CONSEJERO ELECTORAL VICTOR LUIS SANCHEZ LUNA

CONSEJERO ELECTORAL FERNANDO CASTILLEJA DE LA PASCUA

CONSEJERO ELECTORAL CLAUDIA ANDRADE PALOS

SECRETARIO TECNICO MARIO ALBERTO MACIAS VILLARRUEL

PABELLÓN DE ARTEAGA

Sede: Escuela Secundaria Técnica No. 23, Ing. Pablo Héctor Glez., Col. Popular,

Pabellón de Arteaga, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE GUADALUPE ROBERTO HERRADA

CONSEJERO ELECTORAL WENDOLYNE GONZALEZ DONDIEGO

CONSEJERO ELECTORAL FILEMÓN ARENAS ROSALES

CONSEJERO ELECTORAL ARACELI DE LOURDES LÓPEZ OLIVARES

CONSEJERO ELECTORAL MARIA AURORA SOSA RUIZ

SECRETARIO TECNICO MARIO DANIEL BALLESTEROS ROBLES

SUPLENTES SUPLENTES

CONSEJERO ELECTORAL FATIMA HERNANDEZ MONTOYA

CONSEJERO ELECTORAL RAMIRO ESCOBEDO PRIETO

CONSEJERO ELECTORAL MA. GUADALUPE VELEZ ZUÑIGA

CONSEJERO ELECTORAL JOSE DE JESUS TABARES REYES

CONSEJERO ELECTORAL KARLA MARGARITA SOTO CASTILLO

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SECRETARIO TECNICO CARLOS FORTINO CABRAL AVILA

RINCÓN DE ROMOS

Sede: Escuela Primaria "Dr. Francisco Guel Jiménez", Insurgentes S/N, Rincón de

Romos, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE MA. CONSUELO MENDEZ NORIEGA

CONSEJERO ELECTORAL MAURO ISIDRO ARAIZA CALZADA

CONSEJERO ELECTORAL SERGIO ANDRÈS DE LARA OVALLE

CONSEJERO ELECTORAL PATRICIA PÉREZ ORTEGA

CONSEJERO ELECTORAL FABIOLA ALICIA ROMERO GUZMAN

SECRETARIO TECNICO ANGELICA MEDEL ZAMORA

SUPLENTES SUPLENTES

CONSEJERO ELECTORAL PORFIRIO PABLO CORTES HERNANDEZ

CONSEJERO ELECTORAL MIGUEL ANGEL ALONSO DE LOS SANTOS

CONSEJERO ELECTORAL FALY MARBEL CAROLINA CORREA PAREDES

CONSEJERO ELECTORAL JOSÉ GILBERTO CARMONA RAMIREZ

CONSEJERO ELECTORAL JONATHAN ALFREDO DE LUNA RODRÍGUEZ

SECRETARIO TECNICO YAMIL KURI AGUILAR

SAN FRANCISCO DE LOS ROMO

Sede: Escuela Primaria "Esteban Ávila Mier", Romo del Vivar No. 204, San

Francisco de los Romo, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE WILLIAM ZAVALETA AQUINO

CONSEJERO ELECTORAL ALEJANDRA RIOS ZUÑIGA

CONSEJERO ELECTORAL JAIME JOSHUA MACÌAS GUTIERREZ

CONSEJERO ELECTORAL FRANCISCO JAVIER AGUIRRE ESPINO

CONSEJERO ELECTORAL JAZMIN VILLA ZAMARRIPA

SECRETARIO TECNICO KARINA MUÑOZ VALDERRAMA

SUPLENTES SUPLENTES

CONSEJERO ELECTORAL LUCIANO ESPINOZA MUÑOZ

CONSEJERO ELECTORAL YOLANDA LOPEZ ZAVALA

CONSEJERO ELECTORAL ENGELBERT AZAEL GARCIA CORTEZ

CONSEJERO ELECTORAL RAUL ESPINOZA MEDINA

CONSEJERO ELECTORAL RODOLFO MARTINEZ VILLALOBOS

SECRETARIO TECNICO OSIRIS ELIN RIVERA TREJO

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SAN JOSÉ DE GRACIA

Sede: Escuela Secundaria Técnica No. 6, Edmundo Gámez Orozco No. 501, San

José de Gracia, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE SUSANA DELGADO ANTUÑANO

CONSEJERO ELECTORAL MARIA OBDULIA GONZALEZ SALAZAR

CONSEJERO ELECTORAL DIANA ARACELY ROMERO FIERROS

CONSEJERO ELECTORAL JUAN RICARDO MARTINEZ HERNANDEZ

CONSEJERO ELECTORAL SILVIA PATRICIA RANGEL NERI

SECRETARIO TECNICO JOSÉ VICTORIO CARDONA HERNÁNDEZ

SUPLENTES SUPLENTES

CONSEJERO ELECTORAL DANIEL OROSCO SANCHEZ

CONSEJERO ELECTORAL RENE LÓPEZ RODRÍGUEZ

CONSEJERO ELECTORAL MARIBEL CHÁVEZ CARDONA

CONSEJERO ELECTORAL MARIA INES HERNÁNDEZ GARCIA

CONSEJERO ELECTORAL MA. YOLANDA GONZALEZ LARA

SECRETARIO TECNICO ELSA LILIANA ROMO ANDRADE

TEPEZALÁ

Sede: Escuela Secundaria General "Lic. José Vasconcelos", José Ma. Rodríguez

S/N, Tepezalá, Ags.

PROPIETARIOS NOMBRES

CONSEJERO ELECTORAL PRESIDENTE MA. DEL REFUGIO REYES GAYTÀN

CONSEJERO ELECTORAL JAEL LÓPEZ VAZQUEZ

CONSEJERO ELECTORAL CRISTINA MATILDE DURON REYES

CONSEJERO ELECTORAL LUIS ENRIQUE LUEVANO JIMENEZ

CONSEJERO ELECTORAL LUCIA POSADA AVILA

SECRETARIO TECNICO LORENA PATRICIA BAEZ DAVILA

SUPLENTES SUPLENTES

CONSEJERO ELECTORAL FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ GUTIERREZ

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CONSEJERO ELECTORAL JOSE ALBERTO LOPEZ CAMACHO

CONSEJERO ELECTORAL JAVIER GONZALEZ BERNAL

CONSEJERO ELECTORAL ALAN ENCINA BERNAL

CONSEJERO ELECTORAL JOSE GUADALUPE CAMACHO FLORES

SECRETARIO TECNICO TOMAS ESPINOSA MALDONADO

Los Suplentes se designan de manera general, sin establecerse una

correspondencia entre Propietario y Suplente, a excepción del correspondiente

al Secretario Técnico, de conformidad con lo establecido por el artículo 122,

fracción IV del Código Electoral que señala, que es facultad del Presidente del

Consejo Municipal, proponer al Consejo General de entre los suplentes, a los

candidatos para cubrir la ausencia definitiva que se genere, respecto de alguno

de los Consejeros Electorales de los Consejos Municipales Electorales.

Con base en los anteriores Resultandos y Considerandos, con fundamento en

los artículos 116 fracción IV, incisos a), b) y c) de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 17 Apartado B de la Constitución Política del Estado

de Aguascalientes; 91, 92, 93 fracción III, 99 fracciones I, IV, XXVIII y XXXV, 100

fracción VI, 117, 118, 119 y 122 fracción IV del Código Electoral del Estado de

Aguascalientes, este órgano electoral procede a emitir el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO. Este Consejo General, es competente para emitir el presente

Acuerdo, de conformidad con lo establecido por los Considerandos que lo

integran.

SEGUNDO. Este Consejo General aprueba la integración de los Consejos

Municipales Electorales para el Proceso Electoral Local 2009-2010, así como

las cabeceras Municipales donde desarrollarán sus actividades; en términos de

lo establecido en el Considerando Octavo del presente Acuerdo.

TERCERO. El presente Acuerdo surtirá sus efectos al momento de su

aprobación.

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CUARTO. Tómese la protesta de ley a los Consejeros Municipales designados

y expídanse los nombramientos correspondientes, para efecto de que entren

en funciones a partir del próximo primero de junio del presente año.

QUINTO. Para su conocimiento general publíquese el presente

Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.

SEXTO. Notifíquese por estrados el presente Acuerdo en términos de lo

establecido por los artículos 379, 381 fracción III y 384 del Código Electoral

vigente en el Estado.

El presente Acuerdo fue tomado en Sesión Extraordinaria del Consejo General del

Instituto Estatal Electoral, celebrada a los veinticinco días del mes de mayo del año dos

mil diez.- CONSTE.---------------------------------------------------------------------------

-------

LA PRESIDENTA

EL SECRETARIO TÉCNICO

MTRA. LYDIA GEORGINA

BARKIGIA LEAL

LIC. SANDOR EZEQUIEL

HERNÁNDEZ LARA

Así lo acordaron, por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales que integran el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, lo anterior de conformidad con la fracción I del artículo 38 del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral.